COMPLEJO EDUCACIONAL JOAQUIN EDWARDS BELLO GUÍA REFORZAMIENTO 4 MEDIO

COMPLEJO EDUCACIONAL “JOAQUIN EDWARDS BELLO” GUÍA REFORZAMIENTO 4° MEDIO NOMBRE: CURSO: 4° MEDIO PJE. TOTAL: PJE. OBTENIDO: FECHA: CALIFICACION:

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COMPLEJO EDUCACIONAL “JOAQUIN EDWARDS BELLO” GUÍA REFORZAMIENTO 4° MEDIO NOMBRE:

CURSO: 4° MEDIO

PJE. TOTAL:

PJE. OBTENIDO:

FECHA:

CALIFICACION:

ASIGNATURA:

Historia y Ciencias Sociales.

UNIDAD:

I - II

OBJETIVO (S):

Reconocer las características de la organización política de Chile según la Constitución de 1980

CONTENIDO (S):

.- Estado. .- Soberanía. .- Constitución. .- Poderes del estado. .- Nacionalidad. .- Ciudadanía.

INSTRUCCIONES:

.- LEE ATENTAMENTE LA GUIA .- ANTE CUALQUIER DUDA CONSULTE AL DOCENTE RESPECTIVO.

Concepto de Estado: Es una agrupación humana fijada en un territorio determinado y en la que existe un orden social, político y jurídico orientado hacia el bien común, establecido y mantenido por una autoridad dotada de poder de coerción. Desde el punto de vista de su forma, los estados se clasifican en unitarios y federales. Que sea unitario el estado chileno, quiere decir que existe un solo centro político y gubernamental, el gobierno central y las leyes son aplicables en todo el territorio nacional.

En un estado federal la estructura del estado está descentralizada políticamente, es decir, existen varios centros de poder político ,por una parte el gobierno central y de otra parte los estados miembros o federados que ejercen los gobiernos regionales. Concepto de Constitución: Ley fundamental del estado, actualmente en Chile rige la del año 1980, en esta constitución se establecen los deberes y derechos de las autoridades y habitantes del territorio, las normas de organización del país constituyendo el estado de derecho, es decir, tanto los gobernantes como los gobernados deben someterse a ciertas normas fundamentales obligatorias. El estado con todo su poder se encuentra limitado por la constitución, la que condiciona la acción del estado por tres vías: a través de las bases de la institucionalidad, a través del reconocimiento del estado de derecho y por el principio de la separación de funciones. Es el estado el que ejerce todo el poder lo que distribuye son sus funciones a través del llamado poder ejecutivo (administración del estado), legislativo (discusión de leyes) y judicial (aplicación de la ley). Las bases de la institucionalidad corresponden al conjunto de valores, principios jurídicos y normas que fundamentan la constitución, ya que son considerados válidos y legítimos en la sociedad chilena y por tanto, obligatorios para todos los chilenos. Los valores fundamentales de la constitución chilena corresponden a: a-) dignidad de la persona humana. b-) libertad de la persona humana. c-) igualdad del ser humano. d-) la familia como núcleo fundamental de la sociedad. e-) respeto a grupos intermedios. Según lo anterior el artículo 1 de la constitución chilena señala: ”el estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común “.

Soberanía Nacional: La soberanía es el poder supremo en virtud del cual el estado se dota de organización política y de autonomía legal y se plantea frente a otros estados en un plano de independencia e igualdad. La soberanía reside esencialmente en la nación, su ejercicio se realiza por el pueblo a través del plebiscito y de elecciones periódicas y también por las autoridades que esta constitución establece. La soberanía la ejerce el pueblo a través de: plebiscito, elecciones periódicas de autoridades representativas y actividades de las autoridades que la constitución establece. Principios de Probidad y Transparencia: Es un principio general de la administración pública, que implica una “conducta funcionaria moralmente intachable y una entrega honesta y leal al desempeño de su cargo, con preeminencia del interés público sobre el privado “ Principio de transparencia: Son públicos los actos y resoluciones de los órganos del estado ,así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen, sin embargo, una ley de quórum calificado podrá establecer la reserva o secreto de aquellos “ (quórum calificado:leyes que para ser aprobadas, modificadas o eliminadas ,requieren de la mayoría absoluta, 50% más uno) Poderes del Estado: En Chile se reconoce la teoría de división de los poderes del estado mencionada por John Locke, reconociendo los tres poderes del estado: ejecutivo, legislativo y judicial. -Atribuciones del presidente de la república: el presidente de la república es el titular de la función ejecutiva a él le compete tanto el gobierno como la administración superior del estado, el presidente dura 4 años en su cargo y no puede ser reelegido inmediatamente. Entre las atribuciones del presidente se encuentra la de colegislar, es decir, presentar proyectos de ley al congreso nacional y luego de ser discutidos si son aprobados al presidente le cabe la facultad de promulgarlos y publicarlos en el diario oficial. Requisitos para ser presidente de la república: Poseer nacionalidad chilena, tener cumplidos 35 años edad, ser ciudadano con derecho a sufragio, -Atribuciones del poder legislativo: tiene por misión presentar proyectos de ley, aprobar, rechazar, derogar (eliminar) e interpretar nuevas leyes o normas jurídicas.

Este poder radica en el congreso que es un órgano bicameral, existen dos cámaras una conocida como cámara baja o de diputados y la otra conocida como cámara alta o del senado. Requisitos para ser diputado: ser ciudadano con derecho a sufragio, tener cumplido 21 años de edad, haber cursado enseñanza media o equivalente, tener residencia de al menos de dos años continuos en la región a la cual postula. La cámara baja está formada por 120 diputados, que se renuevan cada 4 años. Entre las atribuciones exclusivas de los diputados se encuentra la de fiscalizar los actos de gobierno y declarar si han o no lugar las acusaciones constitucionales que formulen sus integrantes en contra de autoridades del estado. Requisitos para ser senador: el senado se compone de 38 miembros permanecen 8 años en el cargo, pueden ser reelegidos inmediatamente, para ser senador se debe ser ciudadano con derecho a sufragio, tener cumplidos 35 años, haber cursado la enseñanza media o equivalente. -Atribuciones del poder legislativo: les corresponde la facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado. Esta es una facultad exclusiva ya que ni el presidente ni el congreso pueden ejercer estas funciones judiciales. Concepto de República: Según Cicerón, corresponde a la cosa o los asuntos del pueblo, es decir, es el gobierno que afecta a todo el pueblo, por ser el objetivo fundamental del gobierno. El concepto de república, en su versión clásica se opone a la idea de monarquía, en lo que se refiere al origen y renovación de los gobernantes, es decir, en una república las autoridades son elegidas por el pueblo, temporales y responsable de sus actos ante sus electores. Concepto Democracia: Se acostumbra a definir como el gobierno del pueblo. Chile, según la constitución es una república democrática, los principios de nuestra democracia son: participación ciudadana, pluralismo y tolerancia y consenso fundamental. La democracia chilena se caracteriza por su carácter presidencial, por lo cual, la constitución establece la primacía del presidente quien cumple con diversas facultades políticas, como jefe de gobierno, administrativas como jefe de estado e incluso legislativas como colegislador.

Democracia Electoral: Al ser esencialmente representativa, nuestra democracia requiere de elecciones periódicas para renovar autoridades del estado. Para entender cómo opera en Chile el carácter electoral de la democracia, se deben reconocer los conceptos de sufragio y sistema electoral. El sufragio es una manifestación de voluntad individual que tiene por finalidad concurrir a la formación de una voluntad colectiva, sea para designar a los titulares de determinados cargos o roles concerniente al gobierno de una comunidad, sea para decidir acerca de asuntos que interesan a esta. A partir de esta definición se concluyen dos funciones principales del sufragio: se le utiliza para las elecciones y los plebiscitos, la constitución establece como características centrales del sufragio las siguientes: personal, igualitario, secreto, voluntario. Sistema electoral en Chile: El sistema electoral corresponde a la forma en que se distribuyen y adjudican los cargos electivos, en función de los resultados electorales, de modo de dar representación a las diversas tendencias y partidos que han incurrido a la elección. En chile, coexisten tres sistemas electorales, el sistema de mayoría absoluta con segunda vuelta, el sistema binominal y el sistema de mayoría simple. Mayoría simple corresponde a obtener la mayor cantidad de votos sobre la totalidad de votantes, mayoría absoluta corresponde a obtener el 50 % más uno de los votos emitidos. En las elecciones parlamentarias se aplicaba hasta este año el sistema binominal, en el cual el tribunal calificador de elecciones considera electos a los dos candidatos de una misma lista, cuando este alcanzare el mayor número de sufragios y tuviere un total de votos que supere al doble de los votos que alcanzare la lista que le siguiere en el número de sufragios. Este sistema es criticado por favorecer a las alianzas mayoritarias y considerar que no respeta las decisiones del pueblo, al no considerar las verdaderas mayorías. Concepto ciudadanía: Corresponde a una condición o cualidad que habilita a los individuos para ejercer sus derechos políticos en el marco de la democracia constitucional. Algunos de esos derechos, como el de sufragio, pueden ser ejercidos por personas que no sean nacionales. En chile los requisitos para ser ciudadanos son tener más de 18 años, ser chileno y no haber sido condenado a pena aflictiva (más de 3 años y un día).

Los ciudadanos poseen derechos políticos que corresponden a: derecho a sufragio, derecho a presentarse como candidato a elecciones públicas, derecho a participar en partidos políticos. Concepto pluralismo doctrinario: nuestra democracia garantiza la existencia de un conjunto de concepciones acerca del ser humano, sociedad, el estado y las relaciones existentes entre ellas que se producen en la vida política ,que plantean problemáticas y postulan propuestas de solución. La limitación general a este pluralismo, está dado por “que no se opongan a la moral y las buenas costumbres o al orden público”. Concepto pluripartidismo: implica que se reconoce la competencia pacífica entre diversas opciones políticas, tanto en las elecciones, como en otros ámbitos del quehacer político. Los partidos políticos son fuerzas políticas voluntarias, organizadas en función de la interpretación que asumen de una doctrina política, que poseen una estructura mediante la cual organizan y jerarquizan la participación de sus militantes y que tienen por norte u objetivo, la conquista del poder político. Nacionalidad: Se define como el vínculo jurídico que une a una persona con un estado, estableciendo derechos y deberes recíprocos. La nacionalidad se adquiere por haber nacido en territorio chileno, con excepción de los hijos de extranjeros transeúntes o que estén prestando un servicio a su país. Los hijos de padre o madre chilenos, nacidos en el extranjero. Los extranjeros que obtuvieren carta de nacionalización y los que obtuvieren especial gracia de nacionalización. La nacionalidad se pierde: por renuncia voluntaria, por prestar servicios al enemigo en una guerra, por cancelación de carta de nacionalización, por ley que revoque la nacionalidad por gracia. Reforma procesal penal: El año 2005 el congreso aprobó la ley 20084 que busca establecer un sistema judicial destinado a prevenir la delincuencia juvenil, respetando los derechos e intereses de los menores de edad y orientando a la reinserción social de los jóvenes considerados culpables. Según esta ley, los jóvenes entre 14 y 18 años de edad ,denominados adolescentes ,tienen responsabilidad penal y por ende ,deben asumir las consecuencias legales de sus actos .Para ello la ley establece un conjunto de sanciones ,que se clasifican en dos tipos :privativas de libertad y no privativas de libertad. Las sanciones privativas de libertad consisten en la internación en régimen cerrado o semicerrado, con programa de reinserción se realizan, en lo posible, con el apoyo de la familia del menor. Las sanciones no privativas de libertad van desde las menos graves como la amonestación verbal del juez, hasta la de mayor grado, como establecer servicios en

beneficio de la comunidad. Esta última sanción, en todo caso, debe ser compatible con la actividad educacional o laboral que el adolescente realice. Nuevos actores introducidos por la reforma: Ministerio público: es un organismo autónomo, cuya función es dirigir la investigación de delitos, llevar a los imputados a los tribunales si corresponde y dar protección a víctimas y testigos. Se encuentra compuesta por un fiscal nacional nombrado por el presidente de la república con la aprobación del senado desde una lista de 5 nombres propuestos por la corte suprema. Existen también 18 fiscales regionales nombrados por el fiscal nacional de una lista de tres nombres entregados por la corte de apelaciones de cada región. Jueces de garantía: Tienen por misión el cautelar los derechos de los demandados o acusados y de los demás intervinientes en el proceso (por ejemplo los testigos) .Dirigen las audiencias de preparación del juicio oral; resuelven las autorizaciones de las diligencias de investigación y demás peticiones que le presente el fiscal y el defensor. Jueces del tribunal oral en lo penal: tienen por función juzgar los conflictos que ante ellos se presentan .Son jueces distintos de los jueces de garantía. Defensores públicos: abogados cuya función es proveer defensa en el juicio oral a quienes sean objeto de persecución penal por parte del ministerio público. En la investigación colaboran: carabineros de Chile, servicio médico legal, policía de investigaciones, servicio de registro civil, instituto de salud pública. Órganos de control Además de los anteriores órganos del estado, existen otras instancias estatales autónomas, que tienen por objeto ejercer el control de las actuaciones de los demás poderes del estado. Estas instituciones son la contraloría general de la república y el tribunal constitucional. La contraloría general de la república tiene las siguientes funciones: -controlar la legalidad de los actos de la administración del estado,- fiscalizar el ingreso y la inversión de fondos del estado,-examinar y juzgar las cuentas de las personas que tengan a su cargo bienes públicos,-llevar la contabilidad general de la nación. El tribunal constitucional es un organismo autónomo orientado a ejercer el control de la constitucionalidad de las leyes, preservar que las instituciones actúen según los dictámenes de la constitución, algunas funciones de este organismo son: convocar plebiscitos, decretos de ley, revisar la inconstitucionalidad de organizaciones o partidos políticos, etc.

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