CONDICIONES DE TRANSPORTE 1 GENERALES 1.1 DEFINICIONES 1.2 ÁMBITO DE APLICACIÓN 2 CONDICIONES DE TRANSPORTE PARA PASAJEROS Y EQUIPAJE EN EL

CONDICIONES DE TRANSPORTE 1 2 3 GENERALES 1.1 DEFINICIONES 1.2 ÁMBITO DE APLICACIÓN CONDICIONES DE TRANSPORTE PARA PASAJEROS Y EQUIPAJE EN EL T

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CONDICIONES DE TRANSPORTE 1

2

3

GENERALES 1.1

DEFINICIONES

1.2

ÁMBITO DE APLICACIÓN

CONDICIONES DE TRANSPORTE PARA PASAJEROS Y EQUIPAJE EN EL TRANSPORTE AÉREO 2.1

BILLETE DE AVIÓN

2.2

INTERRUPCIÓN DEL VIAJE

2.3

PRECIO DE BILLETE

2.4

RESERVA DE PLAZAS

2.5

OBLIGACIONES DE LOS PASAJEROS DEL TRANSPORTE AÉREO

2.6

OBLIGACIONES DEL TRANSPORTISTA DEL TRANSPORTE AÉREO

2.7

DENEGACIÓN Y EXPULSIÓN DE LAS PERSONAS DEL TRANSPORTE

2.8

ACEPTACIÓN CONDICIONAL PARA EL TRANSPORTE

2.9

EQUIPAJE

2.10

HORARIO DE VUELOS

2.11

REEMBOLSO DEL PRECIO DE BILLETE

2.12

REQUISITOS PARA EL VIAJE

DISPOSICIONES CONJUNTAS Y LA RESPONSABILIDAD DEL TRANSPORTISTA AÉREO 3.1

TRANSPORTE EFECTUADO POR TRANSPORTISTAS SUCESIVOS

3.2

RESPONSABILIDAD DEL TRANSPORTISTA

3.3

MODO Y PLAZOS PARA PRESENTAR RECLAMACIONES

3.4

EFECTOS Y VALIDEZ

1

CONDICIONES DE TRANSPORTE 1

GENERALES

1.1

DEFINICIONES

AEROPUERTO DE TRANSFERENCIA – aeropuerto de la escala en el que los pasajeros hacen el trasbordo de una línea a otra (el aeropuerto está indicado en el billete de avión) AEROPUERTO DE TRÁNSITO - aeropuerto de la escala en el que los pasajeros continúan su viaje en el mismo vuelo (el aeropuerto no está indicado en el billete de avión) AGENTE (IATA AGENTE) – persona u organización aprobada por la organización IATA para la venta del transporte aéreo a otras personas u organizaciones BILLETE DE AVIÓN / RESGUARDO DE EQUIPAJE – documento de viaje emitido por el transportista o la agencia de ventas para el transporte aéreo del pasajero y su equipaje BÚSQUEDA – proceso en el que el transportista busca el equipaje no entregado CONDICIONES DE TRANSPORTE – términos según los que se efectúa el transporte aéreo de pasajeros y equipaje CONVENIO DE MONTREAL - Convenio para la unificación de ciertas reglas para el transporte aéreo internacional firmado en Montreal el 28.05.1999 DOCUMENTO SOSPECHOSO – documento que está perdido, desaparecido, sustraído, falsificado, con signos de manipulación indebida o fue adquirido por internet en una transacción sospechosa EMBARGO – prohibición del transporte aéreo para pasajeros y/o carga (o de ciertos tipos de carga) durante cierto tiempo en cierta línea (o bien en cierto tramo de la línea) EQUIPAJE DESTRUIDO – equipaje destruido completamente por la influencia de la acción física o química EQUIPAJE DETERIORADO – equipaje deteriorado por la influencia de la acción física o química EQUIPAJE EXCEDENTE – equipaje que excede los límites gratuitos (peso, tamaño, número de piezas) EQUIPAJE NO ACOMPAÑADO – equipaje transportado con una carta de porte aéreo según las condiciones de transporte para la carga EQUIPAJE DE CABINA (DE MANO) – equipaje de mano que los pasajeros pueden llevar a la cabina de la aeronave y por el cual serán responsables durante todo el viaje (véase parte 2.9. punto 3) EQUIPAJE REGISTRADO (FACTURADO) – equipaje que el pasajero entrega al transportista en el mostrador de facturación y que está colocado y transportado en la bodega de la aeronave IATA – International Air Transport Association - Asociación Internacional de Transporte Aéreo ICAO – International Civil Aviation Organization - Organización de Aviación Civil Internacional IRREGULARIDADES EN EL TRANSPORTE DE PASAJEROS – incumplimiento del horario de vuelos ITINERARIO – cuadro general de viaje indicado en el billete de avión LUGAR DE SALIDA – aeropuerto en el que conforme al billete de avión comienza el transporte aéreo de pasajeros y equipaje LUGAR DE DESTINO - aeropuerto en el que conforme al billete de avión termina el transporte aéreo de pasajeros y equipaje

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NIÑO NO ACOMPAÑADO – niño con edad entre 5 y 11 años inclusive (hasta cumplir sus 12 años) que no está acompañado por una persona de 15 o más años; como un niño no acompañado puede ser transportado también un menor con edad entre 12 y 17 años inclusive (hasta cumplir sus 18 años) PRECIO DEL BILLETE – precio por el transporte aéreo facilitado según los términos y las condiciones establecidos por el transportista RECLAMACIÓN – solicitud de indemnización presentada por escrito si el transportista no respeta el contrato de transporte RESERVA (INSCRIPCIÓN) – reserva de plaza para el pasajero y de la capacidad de transporte para el equipaje SDR (SPECIAL DRAWING RIGHT) – unidad monetaria definida por el Fondo Monetario Internacional SISTEMA POR PIEZAS – transporte de equipaje según el número de piezas, el peso y el tamaño TASA POR EL VALOR DECLARADO – tasa que se basa en el valor total del equipaje declarado andes de la salida del vuelo TIEMPO PREVISTO DE SALIDA DEL VUELO – tiempo en el que está prevista la salida de la aeronave TIEMPO PREVISTO DE LLEGADA DEL VUELO - tiempo en el que está prevista la llegada de la aeronave al aeropuerto TRANSPORTE IRREGULAR – transporte aéreo efectuado fuera del horario de vuelos TRANSPORTE AÉREO INTERNACIONAL – transporte aéreo durante el que el lugar de salida y el lugar de destino (sin tomar en consideración el traslado durante el transporte) se encuentran en países diferentes o dentro del mismo país con una escala acordada en otro país. TRANSPORTE TERRESTRE – transporte alternativo de pasajeros y equipaje en autobús o en tren en el caso de las irregularidades en el transporte aéreo TRANSPORTE REGULAR – transporte aéreo efectuado según el horario de vuelos TRANSPORTISTA – compañía aérea que opera el transporte de personas, equipaje, carga o correo a base de billetes aéreos y cartas de porte aéreo VALOR DECLARADO – valor declarado del equipaje (incluido su contenido) que representa el valor que supera el límite de responsabilidad del transportista

3

1.2

ÁMBITO DE APLICACIÓN

1)

Disposiciones generales Las condiciones de transporte para pasajeros y equipaje en el transporte aéreo (en lo sucesivo llamadas „condiciones“) se aplican a todo el transporte de pasajeros y equipaje regular e irregular nacional e internacional que realizan las Aerolíneas Checas SA („České aerolinie a.s.“) (en lo sucesivo llamadas „transportista“), incluidos los servicios relacionados con este transporte y acarreo. En el caso del transporte irregular de pasajeros y equipaje, el transportista tiene derecho a aplicar de modo diferente algunas disposiciones de estas condiciones. Las condiciones de transporte se rigen por el derecho Checo si su aplicación no se excluye por disposiciones obligatorias de otro derecho. Si en el transporte de pasajeros participa un transportista ajeno en la línea explotada por el transportista ajeno, pueden ser aplicadas otras condiciones de transporte. Las condiciones de transporte válidas en los vuelos operados por la compañía aérea asociada están a su disposición aquí.

2)

Transporte gratuito En el caso del transporte gratuito el transportista tiene derecho de excluir plena o parcialmente la validez de estas condiciones.

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2

CONDICIONES DE TRANSPORTE PARA PASAJEROS Y EQUIPAJE EN EL TRANSPORTE AÉREO

2.1

BILLETE DE AVIÓN

1)

Disposiciones generales El transportista no acepta para el transporte a personas sin billete de avión válido. El billete de avión no es transferible. El pasajero ha de presentar el billete de avión y entregar los cupones de vuelo pertinentes al transportista a petición del transportista u otros órganos competentes. Los cupones de vuelo han de ser utilizados para el transporte en las líneas correspondientes en el orden indicado en el billete de avión.

2)

Validez del billete de avión El billete de avión autoriza al pasajero para el transporte del aeropuerto de salida al aeropuerto de destino según el itinerario del viaje y la tarifa indicada en el billete de avión. El billete de avión es válido durante 1 año a partir del día de realización del primer tramo de viaje, o 1 año a partir del día de la expedición del billete de avión si no se ha utilizado ninguno de los cupones de vuelo. Las condiciones del billete adquirido pueden limitar el plazo para el uso del billete en el transporte aéreo. Cada cupón de vuelo autoriza para el transporte en la fecha y en el vuelo para los que fue reservada la plaza. Si fue emitido un billete de vuelo sin fecha de vuelo, la plaza para el pasajero puede ser reservada solo dependiendo de la capacidad disponible de la aeronave en el vuelo solicitado. Si el transportista no puede garantizar al pasajero la plaza en el avión que le había sido confirmada antes o si se produce un aplazamiento de vuelo en el período de validez del billete de avión, la validez se prolonga hasta el período en el que el transportista pueda efectuar el transporte.

3)

Defectuosidad del billete El transportista tiene derecho a denegar el embarque al pasajero en el caso de que: a) el billete de avión presentado está deteriorado; b) los datos en el billete de avión están cambiados por otra persona distinta al transportista o al representante de ventas autorizado; c) el billete presentado está sin el cupón válido de pasajero; d) el cupón de vuelo anterior no ha sido utilizado; e) el pago por el billete de avión no está finalizado.

2.2

INTERRUPCIÓN DEL VIAJE

El viaje se puede interrumpir tan solo si lo permiten las condiciones de la tarifa pertinente. La interrupción del viaje ha de ser marcada en el billete de avión. 2.3

PRECIO DE BILLETE

1)

Disposiciones generales Para el transporte al que se refieren estas Condiciones son obligatorias las tarifas de los precios de billete declarados como válidos por el transportista el día del pago del billete de avión. Si no se ha publicado el precio de billete entre dos lugares, se aplicará el precio de billete combinado. El billete de avión extendido por el precio de billete correspondiente puede ser utilizado solo bajo las condiciones establecidas para este precio de billete y para el itinerario que consta en el billete de avión. Cualquier cambio de itinerario (del lugar del inicio o del fin de viaje), de la fecha o bien el cambio de todo el billete puede significar el cambio de precio de billete.

2)

Otras tasas y derechos El pasajero tiene la obligación de pagar, aparte del precio de billete, las tasas y derechos relacionados con el transporte aéreo. En el caso de cualquier cambio del monto de tasas y derechos en el período entre la extensión del billete de avión y el inicio de viaje, la diferencia pertinente será adicionalmente recaudada o devuelta. Para cubrir los gastos relacionados con el modo elegido de adquisición del billete de avión se recauda una tasa de servicio.

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3)

Pago El billete de avión se puede pagar en efectivo, con tarjeta de pago o mediante una transferencia bancaria en la moneda aceptada por el transportista conforme al reglamento monetario del país pertinente. Si el pago puede ser efectuado en la moneda distinta de la moneda del precio publicado, el cambio se realiza según el tipo de cambio establecido en el sistema de reservas.

2.4

RESERVA DE PLAZAS

1)

Disposiciones generales El pasajero cuyo billete de avión o el cupón de vuelo no lleva fecha de vuelo o el que pida el cambio de fecha de vuelo no tiene derecho a la reserva preferente de plaza.

2)

Condiciones para la reserva de plaza El transportista efectúa la reserva de plaza para el vuelo concreto gratuitamente. El transportista tiene derecho de cancelar la plaza reservada sin previo aviso si el pasajero no compra el billete de avión dentro del plazo establecido por el transportista.

3)

Tamaño de asientos La anchura del asiento entre los reposabrazos es de 43 cm en los aviones con capacidad máxima de 70 asientos en las clases Economy y Business. En el caso de los aviones con capacidad mayor a 70 asientos, la anchura del asiento en la clase Economy es de 44 cm y en la clase Business de 50 cm (con excepción de las aeronaves de tipo A320 y B737 donde la anchura del asiento es de 44 cm en ambas clases). El pasajero, tomando en consideración su comodidad, puede reservar con antelación la plaza en la clase Business o bien un asiento adicional en la clase Economy.

4)

Asignación de plazas en el avión Por motivos de seguridad u operativos el transportista no puede garantizar la asignación al pasajero de una plaza concreta en la aeronave. Si el pasajero no se presenta a la facturación en el plazo establecido o si no tiene documentos necesarios o si no es apto para efectuar el vuelo, el transportista tiene derecho de cancelar la plaza reservada.

5)

Cambio de reserva de plaza Si el pasajero desea cambiar cualquier parte del billete adquirido, ha de contactar previamente con el transportista o con la oficina de ventas. Por cada cambio de reserva se recauda un derecho según las condiciones de la tarifa adquirida y una tasa de servicio adicional. Si la tarifa adquirida originalmente no queda a disposición, el cambio de reserva puede suponer un cambio de la tarifa.

6)

Cancelación de la reserva de plaza Si el pasajero no utiliza su reserva de plaza en el primer tramo del itinerario y sin avisar al transportista no emprende el viaje en el vuelo acordado, se le puede cancelar la reserva de plaza también en otros vuelos, incluido el vuelo de vuelta. Si el pasajero no utiliza los diferentes tramos del viaje en el orden original señalado en el billete de avión, el transportista tiene derecho de cambiar el precio del billete según el plan de viaje modificado según las condiciones de la tarifa válida el día de la realización del viaje. El precio del billete así puede superar el precio del billete de avión original.

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2.5

OBLIGACIONES DE LOS PASAJEROS DEL TRANSPORTE AÉREO

1)

El pasajero está obligado a identificarse y a presentar los documentos de viaje pertinentes al requerimiento del empleado del transportista o de los órganos estatales o bien contestar las preguntas sobre la seguridad o facilitar a los órganos estatales competentes los datos personales solicitados. Conforme al precepto legal se puede solicitar del transportista la facilitación de la información sobre los viajeros o la puesta al alcance de los datos sobre los pasajeros.

2)

A la hora de comprar el billete el pasajero está obligado a informar al transportista aéreo de sus problemas de salud que podrían complicar su transporte o afectar el transcurso de vuelo. El pasajero está obligado a someterse al control de seguridad incluyendo su equipaje registrado y no registrado. Por motivos de seguridad los objetos o sustancias peligrosos no pueden estar en el equipaje registrado (facturado) ni en el no registrado (de cabina), véase la parte 2.9 Equipaje, punto 1) Los pasajeros no pueden transportar los objetos valiosos o frágiles en el equipaje registrado, véase la parte 2.9, punto 2). El pasajero está obligado a guardar prudencia adecuada al caracter del tráfico aéreo y seguir las instrucciones del transportista sobre todo a la hora de:  facturación, reunión y movimiento en el espacio para los pasajeros;  entrada y salida del avión;  colocación de la ropa y del equipaje no registrado (de cabina) en el avión. El pasajero está obligado a abstenerse del comportamiento que podría poner en peligro la seguridad y la fluidez del transporte aéreo, molestar o incomodar a otros pasajeros o ser la causa de sus quejas, impedir la ejecución efectiva de obligaciones de los empleados del transportista, perjudicar los bienes del transportista o de los pasajeros, abstenerse del consumo excesivo de alcohol a bordo del avión. El pasajero está también obligado a:  presentarse en el mostrador de facturación con todo su equipaje al menos 60 minutos antes de la salida del vuelo para cumplir con todos los procedimientos de facturación y de seguridad,  pagar un suplemento por el transporte de equipaje que supere la franquicia de equipaje gratuita,  al requerimiento del empleado del transportista o conforme a la instrucción mediante un panel luminoso utilizar el cinturón de seguridad durante el despegue y aterrizaje, o bien durante el vuelo,  al requerimiento del empleado del transportista cambiar el asiento si ello es necesario por motivos operativos o de seguridad,  respetar la prohibición de fumar, incluidos los cigarrillos electrónicos, a bordo de todos los aviones. Por la violación de la prohibición se puede imponer una multa máxima de 100.000 CZK.  durante el vuelo no utilizar los dispositivos electrónicos personales y los aparatos que con su funcionamiento podrían afectar las funciones y la explotación de los aparatos y dispositivos electrónicos del avión establecidos por el transportista. Por la violación de esta prohibición se puede imponer una multa máxima de 100.000 CZK.  someterse a los primeros auxilios en el caso de la perjudicación de su salud durante el vuelo, informar a la tripulación de los datos personales y de salud requeridos y someterse al examen médico subsecuente si su salud está afectada durante el vuelo,  pagar al transportista por todos los gastos por pérdidas y daños causados por el pasajero o por su actuación inoportuna (por ejemplo, deterioro del interior de la aeronave, transporte ilegal de animales u objetos peligrosos, aterrizaje extraordinario del avión etc.),  someterse sin la menor reserva a las instrucciones del comandante (capitán) del avión y de la tripulación durante el vuelo,  someterse al control de seguridad personal obligatorio efectuado por los órganos de administración estatal o por las organizaciones delegadas,  adaptar su ropa o el aspecto exterior para que corresponda al estándar del transporte aéreo.

3)

4) 5)

6)

7)

7

2.6

OBLIGACIONES DEL TRANSPORTISTA DEL TRANSPORTE AÉREO

1)

La compañía aérea está obligada informar a los pasajeros de la identidad de la compañía o compañías aéreas operadoras. El transportista está obligado a asegurar que los pasajeros estén informados de la colocación y del modo de usar:  los cinturones de seguridad,  salidas de emergencia y dispositivos destinados al uso común,  chalecos salvavidas y aparatos de oxígeno si estos medios están prescritos para el uso de los pasajeros,  otros dispositivos de emergencia destinados para el uso individual. El pasajero ha de ser informado sobre la prohibición de fumar y de usar los dispositivos electrónicos a bordo del avión, por la violación de esta prohibición se puede imponer una multa máxima de 100 000 CZK. El transportista está obligado en el caso de la necesidad informar a los pasajeros sobre los procedimientos de emergencia convenientes para la situación concreta. El transportista está obligado a asegurar a los pasajeros la posibilidad de usar los cinturones de seguridad durante el despegue y aterrizaje y en cualquier momento al requerimiento del comandante (capitán) del avión e informar a los pasajeros sobre la colocación de sus pertenencias en el avión.

2)

3)

4) 5)

2.7

DENEGACIÓN Y EXPULSIÓN DE LAS PERSONAS DEL TRANSPORTE

1)

Disposiciones generales El transportista puede denegar el transporte al pasajero: a) si lo requieren las normas de efectuación de vuelos del transportista, b) si el pasajero viola la normativa válida en el país de salida, la llegada del vuelo o de sobrevuelo, c) si el pasajero está contagiado con una enfermedad transmisible sometida a la declaración obligatoria, si sufre una enfermedad grave cuyos ataques violentos podrían afectar la seguridad de los pasajeros y del vuelo o si el pasajero, debido a su estado físico o psíquico, no puede cuidar de si mismo y no tiene acompañamiento que le preste el cuidado necesario, d) que con su comportamiento viola la seguridad de transporte o el orden público o el que no está vestido adecuadamente, e) si el pasajero se niega a pagar un suplemento por el transporte de equipaje que supere la franquicia de equipaje gratuita, f) si se viola cualquiera de las obligaciones señaladas en la parte 2.5, sobre todo teniendo en consideración la seguridad de transporte aéreo. Derecho del pasajero a la indemnización Al pasajero que fue excluido del transporte o al que le fue denegado el transporte según la letra a) de la disposición anterior, como indemnización por el transporte no efectuado se devuelve el precio de billete o su parte proporcional al tramo no efectuado del itinerario, o bien se le ofrece el transporte alternativo en otro avión u otro tipo de transporte. Si se deniega el transporte al pasajero por otros motivos, de la indemnización por el transporte no efectuado se deduce el derecho según el punto 5), parte 2.4 de estas Condiciones.

2)

2.8

ACEPTACIÓN CONDICIONAL PARA EL TRANSPORTE

1)

Aceptación condicional para el transporte El transporte del pasajero cuya salud podría estar afectada o al que podría surgir otro daño o perjuicio debido a su estado físico o psíquico o debido a su edad, se efectúa bajo la condición de que el transportista no tenga responsabilidad por lesiones, enfermedades ocasionadas o por otro perjuicio a la salud, incluida la muerte del pasajero, y por los daños a las pertenencias que lleve el pasajero si tal daño o perjuicio se produjera por consecuencia de o en relación con el transporte. El transportista tiene derecho por motivos de seguridad denegar el transporte al pasajero discapacitado física y mentalmente no acompañado. El pasajero enfermo a la hora de comprar el billete de avión ha de tener un certificado en el formulario preceptivo de su médico tratante de que es apto para el transporte aéreo.

8

2)

3)

4)

5)

6)

En el caso de la muerte súbita del pasajero durante el vuelo sus restos mortales serán desembarcados en el aeropuerto más cercano y entregados de forma protocolar a los órganos locales competentes para otra investigación y para encargar el transporte de sustitución. Transporte de pasajeros con movilidad reducida Los pasajeros con movilidad reducida son aquellos cuyo estado físico o de salud actual requiere cuidados especiales por parte del transportista aéreo. La extensión de cuidados durante el viaje depende del reglamento de seguridad en el transporte aéreo, equipamiento de los aviones del transportista y de las condiciones locales del aeropuerto correspondiente. Los pasajeros invidentes u otros pasajeros dependientes de la asistencia de un perro han de llevar un certificado del adiestramiento del perro para la asistencia a las personas discapacitadas, los documentos de viaje solicitados y además se recomienda llevar el bozal para usarlo en el caso de necesidad. El perro de asistencia ha de llevar los arneses e ir en correa y se transporta en cabina del avión gratuitamente. Transporte de mujeres embarazadas Las mujeres embarazadas no se consideran como pasajeros transportados bajo condiciones especiales sanitarias. No se solicita el certificado del médico tratante si se transportan las mujeres embarazadas sin complicaciones de salud cuya etapa de gestación no sobrepase 34 semanas, en el caso de multifetación cuya etapa de gestación no sobrepase 28 semanas. Si la mujer embarazada cuya etapa de gestación no sobrepase 34 semanas, en el caso de multifetación cuya etapa de gestación no sobrepase 28 semanas, o en el caso de multifetación anterior o si se suponen complicaciones durante el parto, tiene complicaciones de salud, hace falta presentar siempre un certificado médico en el formulario preceptivo que certifique que la mujer embarazada puede viajar en transporte aéreo. A la hora de transportar a una mujer embarazada cuya etapa de gestación sobrepase 34 semanas, en el caso de multifetación cuya etapa de gestación sobrepase 28 semanas, hace falta presentar siempre un certificado médico en el formulario preceptivo, el transporte se realiza a riesgo propio de la mujer y del niño y el transportista aéreo renuncia a cualquier responsabilidad. El transportista tiene derecho de rechazar el transporte de una mujer embarazada. Transporte de niños sin acompañante Siempre hay que solicitar el transporte de un niño sin acompañante ya a la hora de hacer la reserva de plaza. El transportista confirma la reserva con vista a la capacidad disponible. Un niño con edad entre 5 y 11 años inclusive (hasta cumplir sus 12 años de edad) puede viajar solo con tal de que llegue acompañado al aeropuerto de salida por una persona adulta. El transportista ha de obtener de los padres o del representante legal una declaración por escrito en un formulario preceptivo de que otra persona adulta estaría esperando al niño en el aeropuerto de llegada. Los formularios están a disposición en las oficinas de venta del transportista. El niño no acompañado ha de tener todos los documentos de viaje requeridos. Al transporte de los niños no acompañados se aplica un recargo y este servicio puede ser facilitado al requerimiento también para los niños con edad entre 12 y 17 años inclusive (hasta cumplir sus 18 años de edad). El transportista puede solicitar que la edad del niño sea probada de forma verosímil. Transporte de niños menores a 2 años El pasajero adulto puede viajar en las líneas operadas por ČSA como máximo con dos niños menores a 2 años. El segundo de los niños ha de tener la reserva del asiento y su propio asiento infantil certificado para el uso en el transporte aéreo. De las condiciones de transporte más detalladas de las categorías de pasajeros arriba indicadas informará la oficina de ventas del transportista.

2.9

EQUIPAJE

1)

Disposiciones generales El equipaje se transporta como equipaje registrado (facturado) y no registrado (de cabina). El pasajero tiene derecho al transporte gratuito del equipaje según las siguientes disposiciones de estas Condiciones. La información sobre el transporte del equipaje en las líneas operadas por una aerolínea asociada están a disposición aquí. El pasajero ha de presentar en el mostrador de facturación todo su equipaje. El transportista tiene derecho de verificar el tamaño y el peso de todas las piezas del equipaje transportado.

9

2)

El transportista tiene derecho a rechazar el transporte del equipaje que incumple los límites establecidos por estas condiciones de transporte. El transportista renuncia a cualquier responsabilidad por los objetos retenido por motivos de seguridad. Según las normas vigentes internacionales el pasajero no puede llevar armas, munición, cuchillos, juguetes que imiten las armas ofensivas auténticas (por ejemplo pistolas o granadas) y todos los demás objetos punzantes o cortantes. Estos objetos han de estar tan solo dentro del equipaje registrado. El pasajero toma acta que el transportista no es responsable por los objetos retenidos por el transportista o por otra persona por motivos de seguridad. La información sobre el transporte de líquidos y sobre el uso de los dispositivos electrónicos a bordo de la aeronave está a disposición aquí. Cualquier batería de sustitución puede ser transportada solo en el equipaje de cabina a bordo del avión y ha de ser embalada aparte para evitar un cortocircuito. Las sustancias de carácter peligroso (explosivos y munición, materias inflamables, cáusticos, gases comprimidos, venenos o materiales tóxicos e infecciosos, sustancias corrosivas, material radioactivo, material magnético y otros artículos/objetos peligrosos) se pueden transportar con pocas excepciones solo como artículos con carta de porte aéreo bajo condiciones de transporte especiales. El equipaje registrado (facturado) El peso de una pieza de equipaje registrado no puede superar 32 kg y su tamaño máximo ha de ser de 203 cm (largo + ancho + profundidad). Se aceptan para el transporte como el equipaje registrado las maletas bien cerradas y cerradas a llave u otros bultos resistentes con posibilidad de cerrarlos. Con la autorización del transportista se pueden aceptar para el transporte también otros artículos. En la clase de viaje Business los pasajeros adultos tienen derecho a transporte gratuito de dos piezas de equipaje registrado, cada uno con una masa no superior a 32 kg. En la clase de viaje Economy los pasajeros adultos tienen derecho a transporte gratuito de equipaje registrado solamente si el transporte de equipaje gratuito está incluido en el comprado paquete de precios. A disposición están los siguientes tipos de paquetes de precios:  paquete de precios sin derecho a transporte gratuito de equipaje registrado  paquete de precios con derecho a transporte de 1 pieza de equipaje registrado de menos de 15 kg (zona 1)  paquete de precios con derecho a transporte de 1 pieza de equipaje registrado de menos de 23 kg (zona 2)  paquete de precios con derecho a transporte de 2 piezas de equipaje registrado, cada pieza de menos de 23 kg Para más información sobre el transporte de equipaje registrado véase esta dirección. Los niños que tienen su reservación de asiento (un asiento individual), tienen derecho a transporte gratuito de equipaje registrado en la misma medida como los pasajeros adultos y de un asiento de coche (certificado para el transporte aéreo), que será usado a bordo del avión para transporte del niño, y de una silla de paseo. Los niños que no tienen su reservación de asiento y tienen un billete de avión de un paquete de precios con derecho a transporte gratuito de equipaje registrado, tienen derecho a transporte gratuito de una pieza de equipaje registrado, cuya suma de los dimensiones (anchura + altura + profundidad) no supera 115 cm y su masa no supera 10 kg, y de 1 silla de paseo. Los niños que no tienen su reservación de asiento y tienen un billete de avión de un paquete de precios sin derecho a transporte gratuito de equipaje registrado, tienen derecho a tranporte gratuito de 1 silla de paseo. Por el equipaje que el pasajero entrega al transportista para el transporte (equipaje registrado) se da al pasajero como acuse de recibo el talón de la etiqueta de equipaje el que el pasajero ha de conservar para una posible reclamación. Se pueden transportar como equipaje registrado también los alimentos y los animales pequeños vivos en embalajes pertinentes según las normas internas del transportista. Antes de aceptarlo para el transporte cada equipaje ha de llevar tanto por dentro como por fuera un cartelito con el nombre del pasajero y su dirección de contacto del lugar de su estancia (por ejemplo el nombre y la dirección del hotel, la dirección de su residencia permanente etc.). El nombre del cartelito ha de corresponder al nombre indicado en el billete de avión y en el documento de viaje.

10

3)

El equipaje, incluido el equipaje con cierre a cremallera, ha de estar cerrado con llave para que no se pueda abrir durante su transporte. El pasajero tiene la obligación de recoger su equipaje enseguida después de la llegada. El transportista no se responsabiliza por el equipaje no recogido enseguida después de la llegada. El equipaje registrado se transporta en la bodega de carga del avión y por regla general se transporta en el mismo avión en el que viaja el pasajero. Si este transporte no es posible, se efectúa con la conexión más cercana posible. El transportista antes de la salida o en cualquier momento durante el vuelo puede denegar el transporte del equipaje y objetos que podrían poner en peligro la seguridad del vuelo, las personas o los bienes, y también del equipaje y objetos que podrían ser perjudicados fácilmente durante el transporte aéreo o los que tengan un embalaje inconveniente. Los pasajeros no deben transportar en el equipaje registrado el dinero, los cheques, las tarjetas de crédito, los valores o efectos u otros objetos de valor, los documentos comerciales u otros documentos personales, los pasaportes u otros documentos personales de identidad, los medicamentos, las llaves, los teléfonos móviles, las gafas dióptricas o de sol, las joyas y objetos de metales preciosos, las cámaras de fotos, de video u otros dispositivos electrónicos (incluidos los ordenadores, los ordenadores portátiles y CDs con bases de datos), los objetos artísticos y frágiles o los artículos perecederos. El pasajero puede llevar a bordo como equipaje y transportar en un asiento separado los objetos de valor, frágiles o fácilmente rompibles (por ejemplo, instrumentos musicales, lámparas de araña etc.) envueltos en un embalaje protector. Para este tipo de equipaje, el pasajero tiene que tener un asiento reservado con antelación junto con su propio asiento. Al reservar un asiento para el equipaje se han de indicar sus medidas y el peso. Para el transporte seguro en un asiento, el artículo no puede superar el peso de 20 kg y sus dimensiones no pueden exceder un ancho de 42 cm, una profundidad de 41 cm y una altura de 80 cm en todos los tipos de aeronaves. Existe un cargo equivalente a la tarifa de adulto para dichos equipajes transportados en el asiento. El equipaje de cabina (de mano) El equipaje de cabina ha de tener la longitud máxima de 55 cm, el ancho máximo de 45 cm y la profundidad máxima de 25 cm incluyendo asas, bolsillos laterales y ruedas. Los niños sin reservación de asiento (un asiento individual) no tienen derecho a transporte de equipaje de mano. Clase ejecutiva (Business) El pasajero puede llevar a bordo de avión, a parte de 1 pieza de equipaje de cabina, 1 pieza de pequeño equipaje de mano cuya dimensión máxima no puede exceder el ancho de 30 cm, la profundidad de 20 cm y la longitud de 40 cm, incluyendo asas y bolsillos laterales (por ejemplo, el bolso de mano, el maletín o el bolso con ordenador portátil). La suma total del peso del equipaje de cabina y del equipaje de mano no puede exceder 12 kg. Clase económica (Economy) El peso del equipaje de cabina no puede exceder 8 kg. Todos los demás objetos han de estar puestos en el equipaje de cabina. A bordo de avión se pueden transportar tambien en las dos clases:  Silla infantil para el niño con la reserva de asiento confirmada. La silla infantil ha de ser certificada para el uso en avión. Para sujetar la silla infantil al asiento del avión de forma segura, la parte inferior de la silla infantil no puede exceder el ancho de 42 cm y la profundidad de 46 cm.  Muletas o silla de ruedas completamente plegable, o bien otros aparatos ortopédicos para los viajeros discapacitados. La silla de ruedas se coloca por motivos de espacio en la bodega de carga de la aeronave. El equipaje de cabina debe ser almacenado a bordo del avión en los compartimentos superiores asignados o debajo del asiento frente al pasajero. El equipaje que exceda el tamaño o el peso permitidos no se puede llevar a bordo del avión por razones de seguridad. Dicho equipaje se puede colocar y transportar como equipaje registrado en la bodega de carga de la aeronave si cumple las condiciones estipuladas para el equipaje registrado. Por el transporte de equipaje que supere la franquicia de equipaje gratuita se cobra suplemento. Si el pasajero no está de acuerdo con el transporte del equipaje como registrado, el transportista tiene derecho a excluir del transporte dicho equipaje.

11

4)

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6)

7) 8)

Si el equipaje de cabina cumple con las dimensiones permitidas y se entrega al transportista tan solo antes de subir al avión por falta de espacio a bordo, no se considera como un equipaje registrado y no se cobra ningún recargo por él. Si el equipaje de cabina ha de ser transportado en la bodega del avión, el pasajero es responsable por el contenido del equipaje. El pasajero ha de sacar del equipaje así los objetos valiosos y frágiles (por ejemplo, medicamentos, gafas, documentos de identidad y otros documentos importantes, dinero, teléfono móvil y otros dispositivos electrónicos, joyas etc.). Tipos de equipaje especial Se pueden transportar solo con autorización previa del transportista y bajo las condiciones establecidas por él: a) equipamiento deportivo u otro equipaje no estándar o excedente b) animales vivos solo a los lugares en los que las normas vigentes lo permitan Los animales no forman parte del derecho al transporte de equipaje gratuito. El transportista no se hace responsable por los posibles problemas de salud del animal causados por el transporte aéreo. Algunos animales pueden ser transportados por el cargo correspondiente en la cabina de pasajeros o como un equipaje registrado en el espacio de carga del avión en un transportín suficientemente grande y resistente con fondo impermeable y con orificios suficientes para poder respirar. El transportista tiene derecho de solicitar del servicio veterinario una autorización para el transporte del animal y la autorización para el transportín utilizado. En la cabina de pasajeros se pueden transportar los animales pequeños en un transportín cuya dimensión máxima no puede exceder el largo de 43 cm, el ancho de 30 cm y la altura de 27 cm. El peso máximo del transportín con el animal no puede exceder 8 kilogramos. A partir de eso se pueden transportar en cabina del avión perros guía si acompañan a una persona invidente, sorda o con otro tipo de discapacidad y perros de rescate. Estos perros han de llevar los arneses e ir en correa, llevar un certificado de adiestramiento y la documentación solicitada, además se recomienda llevar un bozal para usarlo en caso de necesidad. c) transporte de armas y de munición Las armas de todo tipo pueden ser aceptadas para el transporte aéreo solo a los lugares donde la legislación vigente lo permita. Han de ser no cargadas y encontrarse tan solo en la bodega de carga. La munición que por su carácter es un explosivo pertenece a la carga llamada peligrosa y puede ser transportada solo como la mercancía aérea según las condiciones para el transporte de carga peligrosa. d) el transporte del equipaje diplomático está permitido a los corrieres diplomáticos en la cabina de pasajeros Transporte de equipaje que excede los límites permitidos El equipaje excedente se transportará conforme las posibilidades de capacidad del transportista. Utilizando el sistema de transporte por piezas se paga un cargo establecido por el transportista por cada pieza de equipaje adicional o por exceder las dimensiones o el peso de equipaje. Utilizando el sistema de transporte de equipaje por peso se cobrará por el equipaje con un peso que supere el límite permitido un recargo por cada kilogramo de sobrepeso dependiendo de su peso total y del destino final. Los cargos por exceder el límite para el transporte gratuito del equipaje registrado pueden ser cobrados, con vista a las posibilidades técnicas, en cualquier momento durante el transporte. Control de equipaje El transportista puede controlar en presencia del pasajero el contenido de su equipaje. Si el viajero no está presente, el transportista tiene derecho en presencia de por lo menos un testigo, que no sea el empleado del transportista, abrir el equipaje del pasajero si es de opinión que contiene los objetos excluidos del transporte o cuyo transporte requiere un régimen especial. Equipaje no acompañado El transporte del equipaje no acompañado observa las normas especiales del transportista. Equipaje con valor declarado El pasajero tiene la posibilidad de declarar a más tardar antes de la facturación del equipaje el valor del equipaje superior al límite de responsabilidad del transportista aéreo y pagar una tasa establecida por el valor declarado superior, o bien puede asegurar dicho equipaje en la compañía de seguros.

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9)

Entrega del equipaje registrado a) el pasajero está obligado a recoger su equipaje inmediatamente después de su llegada b) el equipaje lo puede recoger el titular del resguardo de equipaje y del talón de la etiqueta de equipaje que había obtenido. El transportista no está obligado a verificar si el titular del resguardo de equipaje y del talón de la etiqueta de equipaje tiene derecho a recoger el equipaje y no se responsabiliza por la pérdida, daños o los gastos ocasionados al pasajero en relación con la entrega. c) es necesario notificar inmediatamente después de la llegada en el mostrador identificado con el rótulo RECLAMACIÓN DE EQUIPAJES – BAGGAGE CLAIM – REKLAMACE ZAVAZADEL el equipaje dañado o no entregado. El transportista está obligado a redactar un escrito. La no reclamación conlleva la aceptación de que el equipaje se ha entregado correctamente. d) si se notifica el daño más tarde, el pasajero ha de justificar el enlace causal entre el daño notificado y el transporte correspondiente.

2.10 HORARIO DE VUELOS 1)

2)

Horario de vuelos El transportista desplegará sus máximos esfuerzos para transportar al pasajero y sus equipajes en conformidad con el horario de vuelos vigente el día del vuelo. La hora de salida, la duración del vuelo y el tipo de avión previstos y anunciados en el horario de vuelos pueden sufrir cambios efectuados por el transportista en el periodo entre la emisión del billete de avión y el día de la salida del vuelo. El transportista no se hace responsable de los posibles errores que puedan aparecer en los horarios de vuelos y otras fuentes de información sobre las fechas u horas de salida y llegada o sobre la circulación de los aviones, salvo aquellos casos en los que se ocasionen daños debido a su actuación o deficiencias. Irregularidades en el transporte aéreo Si el vuelo está retrasado, cancelado o si el transportista no es capaz de garantizar la plaza ya confirmada y el pasajero no puede ser transportado al lugar de su destino final o si pierde la línea de conexión con la reserva de plaza confirmada, el transportista está obligado en conformidad con el Reglamento del Parlamento Europeo número 261/2004: a) reembolsar los billetes si el viaje ya no puede cumplir su objetivo original o b) conducir al pasajero al lugar de su destino final señalado en el billete de avión en otro vuelo regular propio o si es técnicamente posible, en un vuelo regular de otro transportista aéreo. El cambio de transportista basado en el acuerdo previo con el pasajero significa extinción del contrato original y nacimiento de un nuevo contrato de transporte con el transportista correspondiente. Si el pasajero acepta el cambio de transportista, acepta también las condiciones de transporte del nuevo transportista. c) en función del tiempo de la espera necesario, el pasajero tiene derecho a la comida y refrescos o bien al alojamiento en un hotel en los casos en que sea necesario pernoctar una o varias noches. Al pasajero con reserva confirmada que no fue admitido para el transporte debido a la cancelación del vuelo causada por el transportista o debido a la falta de plazas en el avión, se le proporcionará una compensación pertinente. En los vuelos de marketing a/de EEUU el transportista operador facilitará una asistencia a los pasajeros en el caso del carreteo largo por el aeropuerto en la extensión establecida por el Plan de emergencia del transportista operador.

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2.11 REEMBOLSO DEL PRECIO DE BILLETE 1)

2)

3)

4)

5)

6)

7)

Disposiciones generale El reembolso del precio de billete o la restitución se rige por estas Condiciones de transporte y las condiciones de tarifas vigentes para el precio del billete pertinente en el período de la adquisición del billete. El reembolso se efectúa tan solo por el transportista que había expedido el billete o por el agente autorizado. A la hora del reembolso del precio de billete se respetará el mismo modo de pago. El transportista puede pedir que la persona que solicita el reembolso del precio de billete presente la solicitud por escrito. Si el transportista no puede cumplir con las condiciones del transporte según el contrato de transporte o si el pasajero pide un cambio de alguna de las condiciones de transporte, el transportista aéreo tiene derecho a proporcionar al pasajero una compensación por el billete o parte de él no utilizados. El precio de billete será reembolsado a la persona autorizada si ésta entrega al transportista el billete con los cupones de vuelo no utilizados, el cupón de pasajero o bien también la tarjeta de embarque. El transportista efectúa el reembolso sea a la persona cuyo nombre está en el billete, sea a la persona que pagó por el billete, a condición de que presente una prueba de pago. Cuando el billete fue pagado por otra persona distinta de la persona cuyo nombre está en el billete, y en el billete se menciona una restricción en cuanto al reembolso, el transportista efectuará el reembolso solamente a la persona que pagó por el billete. Salvo los casos de los billetes perdidos, el transportista efectúa el reembolso solamente después de presentar los cupones pertinentes al transportista. Reembolso del precio de billete por motivos no causado por el pasajero Si el pasajero no pudo emprender el viaje para el que tenía el billete adquirido por motivos causados por el transportista, el transportista reembolsa al pasajero el precio de billete independientemente de las condiciones del precio de billete adquirido. Reembolso del precio de billete al requerimiento del pasajero Si el pasajero solicita el reembolso del precio de billete después de la adquisición del billete por otros motivos que los indicados en el punto 2) de este párrafo, el transportista efectúa el reembolso del precio de billete según las presentes Condiciones de transporte y las condiciones de tarifas vigentes para el precio del billete pertinente en el período de la adquisición del billete. Por el reembolso del billete se cobra una tasa de servicio. Reembolso de los billetes perdidos Si se pierde el billete, el transportista ofrecerá al pasajero la posibilidad de comprar un nuevo billete. Si el pasajero presenta posteriormente el billete en la oficina de ventas donde fue adquirido el billete, es posible realizar un reembolso estándar en conformidad con las condiciones de la tarifa. Plazo para presentar la solicitud La solicitud de reembolso del precio de billete por el billete no utilizado o utilizado parcialmente ha de presentarse a más tardar en el plazo de 30 días después del vencimiento de la validez del billete. Derecho a la negación del reembolso El transportista puede rehusar el reembolso: a) después del vencimiento de la validez del billete y el vencimiento del plazo para presentar la demanda, b) si el billete de vuelta fue una condición para obtener el permiso para entrar en el país, c) en conformidad con las condiciones de la tarifa adquirida. Moneda Los reembolsos se efectuarán en conformidad con la legislación vigente en el estado en el cual se compró el billete o en el cual se hace el reembolso. Debido a esto, los reembolsos se efectuarán en la moneda de pago del billete o en la moneda del estado en el cual se hace el reembolso, en conformidad con los reglamentos monetarios vigentes.

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2.12 REQUISITOS PARA EL VIAJE 1)

2)

3)

4)

Pasaportes, visados y otros documentos a) el pasajero está obligado a procurarse todos los documentos y cumplir con todas las condiciones requeridas por las autoridades del país de salida, tránsito, traslado o llegada (por ejemplo, las condiciones para entrar a un país o bien para salir de un país), b) el transportista no asume la responsabilidad por los daños o gastos ocasionados al pasajero debido al no respetar las obligaciones indicadas, c) el transportista tiene derecho, pero no obligación, de efectuar el control de todos los documentos y requisitos para el viaje. Denegación de entrada a un país y la expulsión El pasajero será responsable por el pago del precio de transporte vigente si el transportista tiene que llevarlo al punto de origen o a cualquier otro lugar como consecuencia de una disposición del órgano competente. El transportista puede utilizar con esta finalidad los billetes de vuelo todavía no utilizados. El importe del billete correspondiente al transporte del pasajero hasta el lugar donde le fue denegada la entrada al país o de donde el pasajero fue expulsado no será reembolsado por el transportista. Pago de los gastos y daños ocasionados al transportista El pasajero está obligado al requerimiento del transportista pagarle todos los gastos y los daños ocasionados por la no observancia de los requisitos administrativos obligatorios para el viaje requeridos en el país de salida, tránsito, traslado o de llegada. Control aduanero El pasajero tiene que presenciar al control de su equipaje registrado o no registrado efectuado por las autoridades aduaneras u otras autoridades. El transportista no es responsable por las pérdidas y daños sufridos por los pasajeros por no respetar esta condición.

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3

DISPOSICIONES CONJUNTAS Y LA RESPONSABILIDAD DEL TRANSPORTISTA AÉREO

3.1

TRANSPORTE EFECTUADO POR TRANSPORTISTAS SUCESIVOS

El transporte aéreo que ha de ser efectuado por varios transportistas sucesivos en el marco de un billete de avión o de billetes de conexión expedidos junto con él se considera como una sola acción. Si el transporte y el acarreo se efectúan por varios transportistas sucesivos, cada transportista que acepta a los pasajeros y el equipaje se considerará como parte contractual del contrato de transporte en conformidad con los convenios internacionales vigentes. En el caso de este tipo de transporte, los pasajeros o sus representantes pueden presentar la reclamación tan solo al transportista que efectuó el transporte durante el que se produjo el hecho que genera el derecho a la indemnización por el daño, excepto el caso cuando el primer transportista asume la responsabilidad por la totalidad del itinerario mediante un acuerdo explícito. Si se trata del equipaje, el pasajero puede presentar la reclamación al primer transportista, luego el pasajero autorizado a la entrega del equipaje puede presentar la reclamación al último transportista, y también puede presentar la reclamación al transportista que efectuó el transporte durante el que se produjo destrucción, pérdida o daño del equipaje o su retraso. Estos transportistas llevan una responsabilidad conjunta y solidaria hacia el pasajero. 3.2

RESPONSABILIDAD DEL TRANSPORTISTA

1)

En general a) La responsabilidad del transportista aéreo en el transporte aéreo internacional se rige por el Convenio para la unificación de ciertas reglas para el transporte aéreo internacional del 28 de mayo de 1999 (llamado también Convenio de Montreal), y también por el Reglamento del Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea número 2027/97 modificado por el Reglamento número 889/2002 del 13 de mayo de 2002 basado en el Convenio de Montreal y referente al transporte aéreo tanto internacional como el nacional. b) El transportista será responsable del importe del daño real, como máximo pero hasta el límite de su responsabilidad. El transportista no se responsabiliza por el daño indirecto o consecuencial ni por el lucro frustrado. c) La limitación de la responsabilidad del transportista será aplicada a todos los agentes, empleados y representantes del transportista.

2)

Responsabilidad del transportista por el daño ocasionado durante el transporte de pasajeros y su equipaje a) En el caso de la muerte o de la lesión causada a un pasajero en la eventualidad de un accidente, el transportista no tiene ningún límite financiero de la responsabilidad. En el caso de la indemnización máxima de 113 100 SDR (aproximadamente 135 000 EUR*) el transportista no presentará objeciones contra los derechos a la indemnización surgidos. En cuanto a la parte de la petición de la indemnización que supere 113 100 SDR, el transportista se reserva todas la posibilidades de la defensa y el derecho de probar que no se produjo ninguna negligencia u otra culpa del transportista. b) En el caso de la muerte o de la lesión del pasajero, el transportista hará pagos adelantados que ascenderán como mínimo a 16 000 SDR (aproximadamente 19 000 EUR*) a la persona con derecho a compensación para satisfacer las necesidades económicas inmediatas. El pago adelantado será realizado en un plazo máximo de 15 días de la fecha cuando se estableció la identidad de la persona que tiene derecho a compensación. El importe pagado con antelación no representa el reconocimiento de la responsabilidad del transportista y en el caso del importe pagado ulteriormente puede ser considerado como parte del total de la indemnización. El pago adelantado no ha de ser devuelto al transportista si el transportista no demuestra que el perjuicio fue causado por negligencia, omisión o por otra acción ilegal del pasajero al que está relacionado el pago o si la persona que recibió el pago adelantado no fue la persona intitulada para recibir ese pago.

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c) En el caso del retraso durante el transporte del viajero, el transportista tiene la responsabilidad por el daño máximo de 4 694 SDR (aproximadamente 5 600 EUR*) excepto los casos cuando el transportista tomó todas las medidas pertinentes para evitar el daño o los casos cuando no se pudieron tomar tales medidas. d) En el caso del retraso durante el transporte del equipaje registrado, el transportista tiene la responsabilidad por el daño máximo de 1 131 SDR (aproximadamente 1 350 EUR*), excepto los casos cuando el transportista tomó todas las medidas pertinentes para evitar el daño o los casos cuando no se pudieron tomar tales medidas. e) In En el caso de la destrucción, pérdida o deterioro de su equipaje registrado, el transportista se responsabiliza por el daño máximo de 1 131 SDR, excepto los casos del desgaste producido por el uso normal o por la manipulación con el equipaje (patas quebrantadas, sujetaequipajes perdidos, rascaduras) y los casos cuando el equipaje del pasajero era dañado ya antes del inicio del transporte o el daño era debido a un vicio propio del equipaje que el equipje tenía ya antes del inicio del transporte. f) El límite de responsabilidad por el equipaje ascendente al 1 131 SDR ampara el equipaje tanto registrado como no registrado juntos en función de las facturas presentadas. * El importe a pagar depende del tipo de cambio actual. 3)

Limitación de la responsabilidad del transportista por el daño a) El transportista es responsable tan solo por el daño ocasionado en su propio vuelo. El transportista que expedió el billete o facturó el equipaje en el vuelo de otro transportista, solo desempeña el papel de su agente. El pasajero tiene derecho de presentar la reclamación, en el caso del equipaje registrado, al primero o al último de los transportistas. b) El transportista no es responsable por el deterioro del equipaje del pasajero causado por el contenido del equipaje. c) El transportista no es responsable por los daños ocasionados en el equipaje no registrado y en otros artículos de los que se hace cargo el pasajero, con excepción cuando el transportista causa los daños o el pasajero perdió la posibilidad de hacerse cargo de su equipaje. Sin embargo, si los daños fueron ocasionados por culpa concurrente del pasajero, el pasajero junto con el transportista responden proporcionalmente según su participación en el daño ocasionado. d) El transportista no es responsable por ningún daño, pérdida o deterioro ocasionados por los agentes naturales, la muerte de animales o comportamiento de animales tal como el mordimiento, las patadas, las encarnaduras o la sofocación, o por el transportín deteriorado del animal o la incapacidad del animal de acostumbrarse psíquicamente a las condiciones diferentes del transporte aéreo. e) En el caso de transportar a un pasajero cuya edad o el estado psíquico o físico pueden ser para él causa de un peligro o un riesgo, el transportista no responde por ninguna enfermedad, lesión o incapacidad, invalidez o muerte que se puedan adjudicar a tal estado o al empeoramiento de tal estado.

3.3

MODO Y PLAZOS PARA PRESENTAR RECLAMACIONES

1)

El pasajero está obligado a notificar inmediatamente todo daño causado a la salud, equipaje no registrado y a otras pertenencias personales al transportista que extendie un acta de ello. Si se notifica el daño más tarde, el pasajero ha de justificar el enlace causal entre el daño notificado y el transporte correspondiente. En el caso de las lesiones, el transportista tiene la obligación de hacer el mismo la notificación. El pasajero ha de presentar la reclamación al transportista por el daño al equipaje registrado inmediatamente después de llegar, por escrito puede hacerlo en el plazo máximo de 7 días a partir de la entrega del equipaje al pasajero. Hace falta presentar por escrito la reclamación por responsabilidad por el retraso del equipaje en el plazo máximo de 21 días a partir del día de la entrega del equipaje. El derecho a reclamar la indemnización por los daños en la salud, equipaje retrasado, pérdida o deterioro de equipaje se extingue al cabo de 2 años a partir del día de la llegada al lugar de destino o a partir del día cuando el avión tenía que haber llegado o al cabo de 2 años a partir del fin de transporte.

2)

3)

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3.4

EFECTOS Y VALIDEZ

Las presentes „Condiciones de transporte para pasajeros y equipaje en el transporte aéreo“ adquieren efecto y entran en vigor el 1 de noviembre de 2015, se publican de forma electrónica y pueden ser imprimidas al requerimiento del pasajero en todas las oficinas de las Aerolíneas Checas. A esta fecha caduca la vigencia y el efecto de las „Condiciones de transporte para pasajeros y equipaje en el transporte aéreo“ del 25 de febrero de 2015. El texto de las presentes Condiciones de transporte está redactado en el idioma Checo. En el caso de un conflicto o incertidumbre a la hora de la interpretación del texto en otros idiomas, siempre será decisivo el texto en el idioma Checo. České aerolinie a.s.

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