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CONDICIONES GENERALES CAPITULO 1o. 1.1
Objeto Antel llama a licitación, para contratar por rubros, trabajos de albañilería, carpintería, herrería, eléctrica y sanitaria, incluyendo suministros y colocaciones en diversos edificios ocupados por Antel en todo el territorio Nacional. Se amplía la información en las Especificaciones Particulares.
1.2
Alcance de la licitación A los efectos del presente pliego el territorio Nacional se divide en 4 zonas de trabajo, a saber: •
Zona 1: Montevideo y Canelones
•
Zona 2: Lavalleja, Maldonado, Rocha, Cerro largo, Treinta y Tres.
•
Zona 3: Soriano, Flores, Durazno, Colonia, San José y Florida.
•
Zona 4: Artigas, Salto, Paysandú, Río Negro, Tacuarembó y Rivera
1.3
Montos máximos a adjudicar. Las empresas podrán presentar ofertas para una, algunas o todas las zonas en forma independiente, pero para cada zona se estipula los siguientes montos máximos de adjudicación: •
Zona 1: $ 2.000.000 (dos millones de pesos), impuestos y leyes sociales incluidos.
•
Zona 2: $ 1.500.000 (un millón quinientos mil pesos) impuestos y leyes sociales incluidos.
•
Zona 3: $ 1.500.000 (un millón quinientos mil pesos) impuestos y leyes sociales incluidos.
•
Zona 4: $ 2.000.000 (dos millones de pesos), impuestos y leyes sociales incluidos. Antel se reserva el derecho de hacer uso de opción de hasta un 100% más para cada zona. Si bien los rubrados y los metrajes solicitados por zona, oficiarán a los efectos del estudio comparativo de las ofertas, Antel se reserva del derecho de realizar trabajos modificando los metrajes solicitados, de manera de realizar obras hasta el monto máximo definido para cada zona, utilizando los valores unitarios cotizados, pero pudiendo variar los metrajes indicados. Las ofertas deberán cumplir en su totalidad con las especificaciones establecidas en el presente Pliego de Condiciones. El alcance específico de cada rubro está definido en las Especificaciones Particulares. CAPITULO 2o. DEFINICIONES
2.1.
Los términos "Obra" y "Obras" se refieren a todas las instalaciones, construcciones y trabajos de cualquier naturaleza, objeto de esta licitación.
2.2.
Los términos "Bases de Licitación" o "Pliego de Condiciones" se refieren al conjunto de los documentos que contienen los requisitos básicos para la licitación, inclusive sus anexos y aclaraciones a los mismos.
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2.3.
El término "Administración" o la sigla Antel que se emplean en el texto de estas bases de licitación, se refieren ala Administración Nacional de Telecomunicaciones, de la República Oriental del Uruguay.
2.4.
El término "Directorio", se refiere al Directorio de la Administración Nacional de Telecomunicaciones.
2.5.
La denominación "Comisión Asesora de Adjudicaciones" se refiere a la Comisión designada por Antel, encargada del análisis y estudio de las propuestas.
2.6.
El término "Director de Obras" o "Director" se refiere al profesional designado por la Gerencia respectiva de la Administración.
2.7.
El "término Jefe de Obra" se refiere al técnico de Antel dependiente del Director de Obras que intervendrá en los asuntos relacionados con partes específicas de las obras.
2.8.
El Término "proponente" y "oferente" se refiere a la persona, firma o grupo económico que presente o someta formalmente una proposición para ejecutar el trabajo que se licita, obrando por si o por medio de sus representantes debidamente autorizados.
2.9.
El término "Contratista", se refiere a la persona o empresa cuya propuesta, por el total de las obras especificadas más adelante, sea aceptada e incluirá a sus representantes legales o sucesores.
2.10.
El término "Representante Técnico", se refiere al profesional designado por el Contratista para representarlo en la obra.
2.11.
El término "Sobrestante", se refiere a la persona o personas a quien o quienes el Director designe para la vigilancia de las obras.
2.12.
"P.D.O." se refiere al Plan de Desarrollo de Obras.
2.13.
"C.G." se refiere a las Condiciones Generales
2.14.
"E.P." se refiere a las Especificaciones Particulares CAPITULO 3o. DEL REPRESENTANTE TÉCNICO
3.1.
La empresa adjudicataria deberá designar un Representante Técnico que será el interlocutor válido entre el Contratista y el Director de Obra designado por Antel. Poseerá obligatoriamente título de Arquitecto o Ingeniero Civil y su designación será condicionada a la aceptación por el Director de Obra.
3.2.
Tendrá en la obra toda la documentación que integra la contratación.
3.3.
Deberá en todo momento acatar y cumplir las instrucciones e indicaciones que le dé el Director (sean éstas dadas verbalmente o por escrito), en lo que se refiere a la construcción de la obra. En caso que al momento de impartir las instrucciones en cuestión, no se hallara presente en Obra el Representante Técnico de la Empresa Contratista, las mismas deberán ser acatadas y cumplidas por el Capataz. Sin perjuicio de lo anterior, el Contratista podrá proponer (dentro de las 24 horas de recibida una orden) cualquier otra solución al problema planteado, que a su juicio sea conveniente; en caso de no realizar tal propuesta en el lapso indicado, deberá ejecutar las órdenes originales sin más trámite dentro de las 48 horas siguientes al momento de recibidas.
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3.4.
Si durante la ejecución de la obra el Director considerara que el Representante Técnico no llena adecuadamente las funciones a su cargo por falta de corrección o eficacia, el Contratista estará obligado a sustituirlo. CAPITULO 4o. DEL SOBRESTANTE
4.1.
Para estas obras Antel podrá designar sobrestante.
4.1.
El Sobrestante permanecerá en la obra durante las horas de labor, debiendo el Contratista permitirle en todo momento la fiscalización de los trabajos. Además vigilará que se cumplan las órdenes que dé por escrito el Director.
4.2.
Las funciones del Sobrestante son inspectivas; no obstante queda facultado para ordenar, por su solo arbitrio, la suspensión de los trabajos de ejecución de la obra siempre que constatase que no se cumplen los términos de la contratación. En este caso dará aviso de inmediato al Director. Dicha suspensión será materializada por orden escrita comunicada al Contratista o al Representante Técnico. Las suspensiones ordenadas por el Sobrestante tendrán fin por otra orden escrita del mismo o del Director.
4.3.
El Sobrestante no tiene funciones resolutivas o ejecutivas de otra naturaleza que las indicadas en el inciso anterior. No es misión del Sobrestante el ordenar actos técnicos o administrativos en la obra, sólo podrá notificar al Contratista o a su representante en la obra de las órdenes que dé el Director.
4.4.
El Sobrestante tendrá, en la misma forma que el Director, libre acceso a la obra durante las horas de labor y libre acceso a todos los lugares y recintos de la misma, construidos dentro del obrador o que en su proximidad sirvan a ella de depósitos, habitaciones, oficinas, servicios higiénicos u otros fines. CAPITULO 5o. ACLARACIONES SOBRE LA LICITACIÓN
5.1.
Hasta 5 (cinco) días antes de la fecha de apertura de las propuestas toda firma interesada en presentarse a la licitación y que haya adquirido el Pliego de Condiciones puede solicitar aclaración por escrito sobre alguna estipulación de estas bases. La Administración considerando el pedido evacuará la consulta dándola a conocer al peticionario y a los demás adquirentes del Pliego. Antel por propia iniciativa podrá dar aclaraciones y/o informaciones ampliatorias o introducir modificaciones a estas bases hasta el segundo día hábil anterior al de la fecha fijada para el acto de apertura de las propuestas. CAPITULO 6o. PRÓRROGA DE LA FECHA DE APERTURA DE LAS OFERTAS
6.1.
En el caso de que un eventual proponente solicite prórroga de apertura de ofertas, la misma deberá formularse por escrito con una antelación como mínimo de 5 (cinco) días hábiles de la fecha que establece el Pliego para la apertura de la licitación; sin perjuicio de lo expuesto, la Administración podrá resolver a su exclusivo arbitrio, situaciones especiales que contemplen sus intereses. No se dará lugar al trámite si él o los solicitantes no depositan en garantía de la efectiva presentación de la propuesta, la suma de 70 U.R. (setenta unidades reajustables), en alguna de las modalidades establecidas para la garantía de mantenimiento de oferta. Los referidos valores quedarán en propiedad de la Administración de pleno derecho y sin necesidad de intimación ni trámite alguno, por el solo hecho de vencer el nuevo plazo estipulado sin que el o los solicitantes hayan presentado las respectivas propuestas en forma. Página 3 de 46
En caso de que se presenten en tiempo las mencionadas propuestas, el depósito le será devuelto al día siguiente de la apertura de la Licitación. Si la solicitud de prórroga no fuera concedida, el depósito le será devuelto al día siguiente de la notificación respectiva. CAPITULO 7o. REGISTRO NACIONAL DE EMPRESAS DE OBRAS PÚBLICAS 7.1.
Las empresas que se presenten a esta licitación deberán encontrarse inscriptas en el Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas. En cuanto a los sub-contratistas, será suficiente que el oferente indique el número de inscripción.
7.2.
El oferente deberá presentar el Certificado de Inscripción vigente, expedido por el Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas según lo dispuesto en el Decreto 208/2009 y su intructivo publicado en la página del M.T.O.P., numeral 4. En el certificado, vigente a la fecha de apertura de ofertas deberá constar: La inscripción de la empresa en el R.N.E.O.P. El monto del V.E.C.A. libre de la empresa, el cuál deberá ser mayor o igual al monto de la oferta a ejecutar en el período de un año. La calificación en categoría y especialidad solicitada en este Pliego de Condiciones:
Categoría I: Arquitectura - Construcción, acondicionamiento y mantenimiento de edificios; instalaciones de servicios y colocación en obra de elementos para la construcción.
Especialidades de Arquitectura: A. Construcción de edificios. B. Albañilería y afines. C. Acondicionamiento y terminación de edificios.- (reformas, restauraciones, reciclajes, etc) D. Obra seca (obras de yeso, prefabricadas, cielorrasos, pisos técnicos, etc.) E. Pintura de obra. F. Impermeabilizaciones. G. Instalaciones sanitarias, de gas y agua corriente. H. Instalaciones eléctricas, de comunicaciones y datos. J. Colocación de herrería, carpintería de madera, aluminio y otros y vidrio en obra. K. Preparación del terreno (limpieza, nivelación, etc) L. Demolición. M. Excavación y movimientos de suelo. N. Fundaciones en obras de arquitectura. O. Instalaciones de calefacción y aire acondicionado. P. Galponería. Q. Instalación y mantenimiento de ascensores, montacargas y otros.
7.3
En caso de no presentar el certificado del M.T.O.P. la Administración se reserva el derecho de solicitarlo, o de descalificar la oferta.
7.4.
Si el certificado presentado por el adjudicatario al momento de la presentación de las ofertas, tuviera una vigencia inferior al a finalización de la contratación, la Administración se reserva el derecho de solicitar la renovación de dicho certificado.
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CAPITULO 8o. DOCUMENTACIÓN 8.1.
La documentación relacionada en los puntos siguientes podrá ser solicitada por la Gerencia de División Contrataciones durante el procedimiento licitatorio, concediendo los plazos que estime conveniente a tal efecto.
8.2.
Documentación que acredite la representación invocada por el firmante de la oferta.
8.3.
Para el caso de que el proponente sea una Sociedad Comercial, la misma deberá presentar Testimonio Notarial de los Estatutos o Contrato Social y un Certificado Notarial acreditando la constitución, vigencia y representación de la misma de acuerdo al Contrato Social.
8.4.
Si comparece por apoderado y a los efectos de que el mismo pueda firmar el acta de apertura y formular observaciones, deberá adjuntar a la oferta primera copia del Mandato o Testimonio Notarial del mismo, del cual resulte la representación invocada.
8.5.
Las Empresas podrán presentarse en forma individual o colectiva. En este último caso, las Empresas deberán presentarse en forma conjunta y solidaria por toda la licitación, estableciéndolo en forma expresa, debiendo presentar para cada una de ellas la documentación exigida en estas especificaciones.
8.6.
Estarán exentos de presentar la documentación precedente, aquellas firmas oferentes que en los 12 (doce) meses inmediatos anteriores a esta licitación, hubieran entregado en Asesoría Notarial de Antel la documentación completa correspondiente a la empresa y la misma hubiese sido aprobada por dicha Asesoría.
8.7.
En el caso previsto en el punto 8.6 la Gerencia de División Contrataciones podrá solicitar Certificado Notarial de actualización referente a la documentación presentada. En todos los casos la documentación aludida en el punto 8.6 tendrá una vigencia de 12 (doce) meses, contados a partir de la fecha de su aprobación por la Asesoría Notarial vencidos los cuales deberá renovarse la misma, no aceptándose solamente el certificado de actualización.
8.8.
Toda documentación proveniente del extranjero incluidos Poderes deberá presentarse en su idioma original y si éste no es el idioma español, deberá ser traducido por Traductor Público y en ambos casos legalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores. En caso de Poderes, podrá adjuntarse a la oferta Testimonio Notarial del mismo.
8.9.
Cuando se solicite documentación con una vigencia determinada a partir de la fecha de apertura de ofertas, se tomará la primera fecha fijada para tal acto, independientemente de las prórrogas que puedan existir. CAPITULO 9o. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTAS.
9.1.
Al presentar sus ofertas los proponentes deberán garantizar, si correspondiera, el mantenimiento de las mismas por un valor equivalente al 1% (uno por ciento) del monto establecido en el Capítulo 1, para cada una de las zonas mencionadas.
9.2.
El depósito de garantía se podrá realizar: Para el caso de empresas constituidas bajo el régimen jurídico de la República Oriental del Uruguay o empresas del exterior que tengan representación permanente en Uruguay: Mediante las siguientes modalidades:
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• • • • •
Valores Públicos caucionados por el BROU a favor de Antel; Aval Bancario o Fianza Bancaria, Póliza de Seguro de Fianza a cargo del Banco de Seguros del Estado Póliza de empresas aseguradoras habilitadas por el Banco Central del Uruguay. Efectivo (cheque certificado, letra de cambio, o efectivo propiamente dicho) en la Tesorería de Antel.
Las modalidades precedentemente detalladas serán constituidas en Pesos Uruguayos, Dólares Estadounidenses o Euros. El depósito de garantía deberá efectuarse hasta una hora antes a la señalada para la apertura de las propuestas, en la Unidad de Acreedores de esta Administración. 9.3.
Las garantías de mantenimiento de oferta deberán constituirse con una vigencia mínima de un año. No se aceptarán garantías de mantenimiento de ofertas con plazo de vigencia inferior al establecido.
9.4.
Las garantías no podrán tener una fecha de emisión superior a 10 (diez) días calendario, previos a la fecha de apertura, a excepción de las realizadas por empresas del exterior sin representación permanente en el Uruguay y que opten por la transferencia a una cuenta de Antel en el BROU, a las cuales no se les aplicará este plazo.
9.5.
Para el caso de prorrogarse la fecha de apertura de ofertas, serán plenamente válidas las garantías emitidas para la primera fecha fijada para la apertura de ofertas, siempre que la misma haya sido emitida como máximo 10 (diez) días calendario, previos a dicha fecha, considerando para las empresas del exterior sin representación permanente en el Uruguay, la misma excepción del numeral 9.4. CAPITULO 10o. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
10.1.
Por tratarse de una compra genérica por rubros, no se realizará vista de obra para esta licitación.
10.2.
Para el caso en que se presentara una sola firma oferente el día y hora fijados para el primer llamado del acto de recepción y apertura de ofertas, se levantará acta para la Administración, en la que se dejará constancia de tal situación siendo firmada por los funcionarios actuantes y la firma presente si así lo desea. No se recepcionará en esta instancia la propuesta de la única firma presente. Para la situación precedente y para el caso de que no se presentara ninguna oferta al primer llamado, por lo que resultaría desierto el acto, se realizará el segundo llamado en el día y hora fijados en la carátula de este Pliego, comunicándose tal situación a los adquirentes del Pliego Será válido el acto de apertura de la licitación en el segundo llamado cualquiera sea el número de ofertas presentadas al mismo.
10.3.
Las propuestas, extendidas en papel simple con membrete del oferente y en idioma español y todos los elementos que la integran, deberán ser presentadas en triplicado (original y dos copias), explícitamente identificadas, en sobres, que llevarán en forma bien visible las indicaciones establecidas en la carátula de este Pliego. Cada oferta deberá tener todos los folios que componen la misma engrampados y/o encarpetados. Serán recibidas por la Gerencia de División Contrataciones en el lugar, día y hora indicados en la carátula de este Pliego y abiertas en presencia de los interesados que concurran al acto. El acto de
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apertura se realizará en la Sala de Aperturas de Antel, Paraguay 2097, Edificio Clientes, 2do. Nivel, Complejo Torre de las Telecomunicaciones. El oferente deberá iniciar las propuestas con su nombre o razón social correspondiente, dirección postal, teléfono y fax. Se deberá indicar claramente el nombre de la firma oferente, quien tendrá la total responsabilidad sobre la ejecución de la obra ya sea obrando por si misma o por medio de sus representantes cuya calidad será debidamente acreditada. Dicha firma será la única responsable de todos los suministros y/o servicios que comprende la licitación así como también de sus eventuales subproveedores. El en acto de Apertura de Ofertas solo podrán realizar observaciones los representantes o apoderados de las empresas oferentes. En éste último caso, los mismos deberán exhibir el poder correspondiente que los habilite a tales efectos. En caso de no presentarlo, no podrán hacer observaciones en dicho acto. 10.4.
A fin de facilitar el estudio de las ofertas y evitar posibles contingencias desfavorables a los licitantes, estos deberán establecer en sus ofertas, en forma clara y terminante, si aceptan todas las condiciones estipuladas para esta Licitación. a) Para el caso de omisión de la precedente declaración, se interpretará a todos los efectos legales, la aceptación plena de las condiciones del presente pliego. b) Sin perjuicio de lo precedente, en caso de existir diferencias entre lo requerido en el pliego y lo presentado en la oferta, Antel se reserva el derecho de aceptarlas, o no hacer lugar a las mismas.
10.5
En el acto de apertura se solicitará:
10.5.1.
Constancia de adquisición del Pliego de Condiciones; Certificado del Registro de Proveedores de Antel; Fotocopia simple de la inscripción en el S.I.I.F. (Sistema Integrado de Información Financiera) conjuntamente con el original, este último, una vez exhibido será devuelto. En caso de no presentar el original se otorgará plazo a criterio de la Administración, para presentar el mismo y en dicha oportunidad la fotocopia será autenticada por el funcionario que la recepcione. Recibo del depósito de Garantía de Mantenimiento de Oferta, si correspondiere; Certificado que acredite el cumplimiento de la Ley 16.074 sobre Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (art. 61), si correspondiere. Fotocopia simple del Certificado expedido por el Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas conjuntamente con el original, este último, una vez exhibido será devuelto. En caso de no presentar el original se otorgará plazo a criterio de la Administración, para presentar testimonio notarial de dicho documento. Formulario de Identificación del Oferente (ANEXO I del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales), en el que se deberán completar obligatoriamente todos los datos. Integración de Consorcio:
Si dos o más empresas resolvieran presentarse a la licitación integrando un consorcio, además de la documentación exigida para cada una de ellas, deberán presentar una carta firmada por los representantes legales de cada empresa por la cual se comprometen a constituir el consorcio de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 17, Página 7 de 46
501, 502, 503 de la Ley 16.060 del 4/09/89 (Suscripción del contrato, inscripción del mismo en el Registro Público de Comercio y publicación de un extracto en el Diario Oficial), en caso de resultar adjudicatarios.
A los efectos precedentes para la etapa de presentación de propuestas se deberá indicar además:
Empresas que conformarán el consorcio Razones de complementariedad que justifican la Asociación Áreas específicas que serán desarrolladas bajo la responsabilidad de cada asociado Compromiso de no modificar los términos del documento de asociación hasta la finalización del contrato. Este documento deberá estar formulado de acuerdo y conformidad a las disposiciones legales vigentes en la República Oriental del Uruguay, cualquiera sea la nacionalidad de las empresas.
Se deberá indicar cual de las empresas serán las responsables de facturar el objeto de la presente licitación, y en que porcentaje lo hará cada una. El depósito de garantía de mantenimiento de oferta, deberá ser constituido a nombre de una o más de las empresas integrantes del consorcio. NO se aceptarán garantías a nombre del futuro consorcio a constituirse. Los recaudos antes referidos, todos ellos vigentes a la fecha de apertura de ofertas, una vez exhibidos y controlados por el escribano actuante en el acto de apertura de ofertas, quedarán en poder de la Administración a excepción del recibo del depósito de Garantía de Mantenimiento de Oferta. Una vez adjudicada la compra, Antel podrá solicitar el documento que acredite la constitución del consorcio el que deberá establecer expresamente que los integrantes del mismo responderán en forma conjunta y solidaria durante la ejecución de la contratación. 10.6.
Pasado el plazo para la presentación de las ofertas no se tomará en cuenta ninguna interpretación, aclaración, ampliación o modificación de propuestas, salvo aquellas que directa y expresamente sean solicitadas por escrito por la Gerencia de División Contrataciones.
10.7.
La Administración se reserva la facultad de tomar en consideración únicamente aquellas propuestas que no se aparten sensiblemente de las condiciones especificadas en el presente Pliego de Condiciones.
10.8.
Abiertas las propuestas los proponentes no podrán formular ninguna interpretación, aclaración, ampliación o modificación de las mismas, salvo aquellas que les fueran directa o expresamente solicitadas por escrito, por la Gerencia de División Contrataciones de esta Administración. CAPITULO 11o. DE LAS PROPUESTAS. En base a lo establecido en la Ley 18.083, Decreto 199/007 y sus concordantes y modificativos 306/007 y 365/009, no se considerarán ofertas de empresas que estén amparadas por el régimen de MONOTRIBUTO.
11.1.
Las propuestas deberán presentarse según el siguiente formato: "XX... domiciliado en la ciudad de . calle ....No.... se compromete a ejecutar y entregar las obras en un todo de acuerdo con las condiciones y especificaciones de la licitación No... y los siguientes Página 8 de 46
planos y documentos que hemos tenido a la vista: Pliego de Condiciones No.:..., según se indica a continuación: 1) 2) 3) 4) 5) 6)
11.2.
Suma de rubros Varios e imprevistos I.V.A. Leyes Sociales (calculadas como se indica en el capítulo correspondiente) Complemento de cuota mutual TOTAL DE LA OFERTA
Validez de las propuestas La Administración considerará las propuestas válidas por el término de 120 (ciento veinte) días, a contar desde el día siguiente de la fecha señalada para la apertura de las mismas. En caso que se estipule en la oferta, un plazo de validez menor al mencionado precedentemente, la Administración se reserva el derecho de considerar o no la propuesta. Las propuestas obligarán a los oferentes por dicho plazo a menos que antes de expirar el mismo se haya aceptado alguna de ellas. Serán devueltas a todos los proponentes cuyas ofertas no hubiesen sido aceptadas, las cantidades depositadas en garantía de mantenimiento de las mismas. Para las propuestas que no se mantengan durante el plazo mínimo de 120 (ciento veinte) días la Administración se reserva el derecho a su solo juicio de considerarlas o no. Si antes de finalizado el plazo de 120 días el oferente solicita el retiro de la oferta la misma no será considerada y se procederá a la ejecución de la garantía de mantenimiento de oferta que hubiera realizado. La oferta presentada quedará en poder de Antel. Si transcurrido el plazo de 120 (ciento veinte) días mencionado, la Administración no hubiera tomado resolución al respecto, la validez de las propuestas se considerarán prorrogadas automáticamente por lapsos sucesivos de 60 (sesenta) días. Si iniciadas las prórrogas automáticas el oferente mediante comunicación escrita solicita el retiro de la oferta le será devuelto el respectivo depósitos de garantía. Dicha comunicación deberá presentarse en la Unidad Comunicación con Proveedores (Paraguay 2097, Edificio Clientes 2do Nivel). CAPITULO 12o. PLAN DE DESARROLLO DE OBRAS.
12.1.
La presente licitación esta pensada para realizar varias obras, antes de comenzar cada una de ellas, Antel solicitará al contratista un Plan de Desarrollo de cada obra en particular, ajustando para cada una de ellas, el rubrado específico, detallando metrajes, aportes sociales y plazo de ejecución particular. La cantidad total de obras será definida por Antel y de acuerdo a sus necesidades, pero se fija un máximo de 3 (tres) obras en sumultáneo, en cada una de las zonas. También se fija el plazo de 1 (un) año, luego de adjudicada la licitación, para la ejecución de todas las obras y por el total del monto contratado. CAPITULO 13o. PLAZO DE ENTREGA.
13.1.
Cada una de las obras que intervendrán en esta licitación tendrá un plazo particular acordado entre Antel y el contratista en el Plan de desarrollo de Obras definido en el Capitulo 12. Este plazo oficiará Página 9 de 46
para la entrega de cada uno de los trabajos involucrados en la presente licitación, y empezará a contarse luego de transcurridos 10 (diez) días calendarios, luego de aprobado el Plan de Desarrollo de Obras. No se computan dentro del plazo los días correspondientes a la licencia de la construcción. Se realizará el acta de inicio de cada obra en el lugar de trabajo, ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA DE LOS TRABAJOS y si correspondiera, Acta de Interrupción (a los efectos de la contabilización del plazo e informar a ATYR para que no se generen multas por Leyes Sociales). El incumplimiento de los plazos parciales habilitará a Antel a aplicar las multas que están estipuladas en el presente Pliego de Condiciones. El Director de Obra podrá autorizar incrementos de plazo por causa de fuerza mayor, trabajos extraordinarios o causas imputables a Antel, los que deberán registrarse en el Acta correspondiente. 13.2.
El plazo final para la realización de todas las obras que integrarán la presente licitación, se estipula en 12 (doce) meses, contados desde la adjudicación de la compra. CAPITULO 14o. PRECIOS.
14.1.
La presente licitación se adjudicará por zonas a la/s empresa/s que habiendo dado cumplimiento a los requisitos del pliego de condiciones, presente el menor precio comparativo en el rubrado adjunto para cada una de las zonas. El rubrado regirá para la adjudicación de la licitación y será la herramienta para contratar y pagar cada obra en particular. En ese aspecto, Antel se reserva el derecho a modificar los metrajes en función de las necesidades reales de las obras a realizar. Para la adjudicación, el monto a adjudicar de leyes sociales y complemento de cuota mutual se calculará en forma proporcional a lo cotizado por el oferente para cada zona en cada uno de los rubrados.
14.2.
Los proponentes deberán presentar obligatoriamente el presupuesto detallado, según el cuadro de rubrado de la memoria descriptiva, respetando los metrajes solicitados, indicando los precios unitarios de cada rubro y detallando los aportes sociales unitarios por rubro.
14.3.
Los rubros parciales se colocarán en el orden indicado (y con el desglose solicitado) en este Pliego de Condiciones. En caso que el oferente no presente el detalle antes mencionado o incluya en la planilla de cotización unidades diferentes a las indicadas en la misma, Antel se reserva el derecho de descartar la oferta a su exclusivo criterio.
14.3.
Si un proponente omitiera un rubro, la Administración se reserva el derecho de determinar la importancia de la omisión y si la propuesta presentada cumple con el Pliego o merece rechazo. En caso de ser considerada la propuesta en el estudio comparativo, se tomará para el rubro omitido la cotización más alta entre las propuestas de los restantes oferentes. Para la adjudicación se considera que el rubro omitido deberá ejecutarse sin cargo para la Administración. En caso que el oferente establezca en su oferta porcentajes superiores al tope máximo requerido por Antel para determinados rubros (por ejemplo: implantación, replanteo, imprevistos, o cualquier otro rubro para el cuál la Administración establezca tope, a excepción de las Leyes Sociales), la evaluación se hará considerando el monto cotizado por el oferente pero la
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adjudicación se realizará por el tope establecido en el pliego (siendo de cargo del contratista el pago de la diferencia). 14.4.
Los proponentes presentarán sus precios en moneda nacional y se especificará separadamente el importe correspondiente a I.V.A., el monto correspodiente a las Leyes Sociales y Complemento de Cuota Mutual que se deberán verter en el Banco de Previsión Social, el cual formará parte integrante del Precio. Todos los precios serán cotizados en moneda nacional y se ajustarán según fórmula paramétrica establecida en el capítulo correspondiente.
14.5.
El importe correspondiente a “varios e imprevistos” se refiere exclusivamente a rubros o trabajos no especificados. Dicho monto será utilizado solo en caso de ser necesario y de acuerdo a lo que disponga Antel. El monto adjudicado para varios e imprevistos no generará derecho alguno a favor del adjudicatario en caso de no utilizarse, así como tampoco generará derechos el remanente del mismo en caso de que el rubro se utilice parcialmente. CAPITULO 15o. IMPUESTOS.
15.1
El proveedor de esta Administración cotizará con los impuestos correspondientes, de acuerdo con las leyes de la República Oriental del Uruguay, que graven directamente las obras, bienes o servicios cotizados. En caso de creación, modificación o eliminación de impuestos se aplicará la normativa legal vigente a tales efectos en cualquier caso.
15.2
El oferente deberá indicar claramente los impuestos que gravan su oferta y sobre que rubros y/o ítems.
15.3
Antel será agente de retención, en los casos que corresponda, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa legal vigente. CAPITULO 16o. LEYES SOCIALES.
16.1.
De acuerdo al régimen de unificación de Aportes Patronales y Obreros de la Industria de la Construcción establecido por la Ley 14.411, los Aportes al B.P.S. son de cargo de Antel, siendo de aplicación la tasa vigente sobre monto imponible. A los efectos de la adjudicación, así como para la comparación de las ofertas, se tendrá en cuenta los aportes al B.P.S. (Leyes Sociales), más la estimación de los complementos por cuota mutual que el oferente indique en la planilla de cotización. La estimación de los complementos por cuota mutual que el oferente indique en la planilla de cotización, será el tope máximo que pagará Antel por dicho concepto. Los aportes por Leyes Sociales se calcularán de la siguiente forma: El oferente deberá indicar el monto imponible unitario y total por rubro, no debiendo su porcentaje de incidencia ser menor al 18% ni mayor al 28%, de cada uno de los rubros ofertados (que no sean suministros). En caso de que existan rubros que solo sean suministros, no corresponderá cotizar monto imponible.
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En caso que el oferente establezca en su oferta un porcentaje de incidencia de Monto Imponible que sea menor al mínimo establecido en el presente pliego, la evaluación de ofertas se realizará tomando en cuenta el mínimo requerido por Antel pero se adjudicará por lo que estableció el oferente en su oferta, siendo de su cargo las diferencia por Leyes Sociales que puedan existir. En caso que el oferente establezca en su oferta un porcentaje de incidencia de Monto Imponible que sea superior al máximo requerido por Antel, la evaluación se hará considerando ese máximo, al igual que la adjudicación, siendo de su cargo las diferencias de Leyes Sociales que se ocasionaren. Sobre el Monto Imponible así considerado se aplicará la tasa unificada vigente de aportes de la Industria de la Construcción. El valor resultante será el que debe figurar en la oferta como LEYES SOCIALES. Esta cifra será el tope del aporte que Antel efectuará al B.P.S. actualizado por los aumentos de salarios que existieran. Superado el tope antes establecido, Antel retendrá el importe que corresponda de los pagos de certificados de obra respectivos. En todos los casos Antel abonará mensualmente los aportes sociales correspondientes en base a las planillas suministradas por el Contratista, hasta el tope indicado, así como los complementos por Cuota Mutual que correspondan. Los aportes por complemento de Cuota Mutual, establecidos en el Art. 338 de la Ley 16320, reglamentada por Decreto 67/993 deberán ser debidamente acreditados. Los mismos serán de cargo de la Administración hasta el tope máximo establecido, siempre que el empleado haya cumplido en la obra de Antel un mínimo de 13 jornales de 8hs. En caso contrario solo podrá cargar a la Administración el complemento de cuota mutual proporcional a los jornales trabajados en la obra de Antel. En caso de comprobarse el no cumplimiento de lo establecido en el precedente párrafo, el contratista deberá restituir a la Administración los importes abonados por dicho concepto que no correspondía ser de cargo de la misma. En caso que para algún rubro no sea necesario cotizar monto imponible, el oferente deberá especificarlo expresamente en su oferta. En caso contrario, para el comparativo de ofertas se penalizará con el monto imponible más caro y para la adjudicación se considerará que para dichos rubros no corresponde el cálculo de leyes sociales. Si durante la ejecución de la contratación, surgiere por parte de BPS la imposición del pago de LLSS por esos rubros, las mismas se le descontarán al adjudicatario de las facturas pendientes de pago si las hubiere. En caso de no existir facturas, se les comunicará el monto y se le otorgará plazo para su pago. CAPITULO 17o. CONSIDERACIÓN DE LAS PROPUESTAS. 17.1.
La Administración no se obliga a aceptar ninguna de las propuestas que sean presentadas, reservándose el derecho de rechazarlas todas, si a su exclusivo juicio lo estimara conveniente, o a dejar sin efecto la licitación en cualquier etapa del trámite en que se encuentre, sin que esto pueda dar lugar a indemnización o reclamo de ninguna especie.
17.2.
Los gastos y pérdidas que pudieran tener los proponentes con motivo de la preparación y presentación de sus propuestas, serán de su exclusiva cuenta, no abonando la Administración compensación de ninguna especie por ese concepto.
17.3.
La adjudicación a que se refiere este Pliego queda supeditada a la intervención preventiva de legalidad del Tribunal de Cuentas.
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CAPITULO 18o. NOTIFICACIÓN DE LA ACEPTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CONTRATACIÓN. 18.1.
La adjudicación se comunicará por escrito al o a los adjudicatarios o a quienes legalmente los representen, por la Unidad Comunicación con Proveedores. A tales efectos, deberán incluir en la oferta domicilio electrónico. Dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores al de la mencionada comunicación, el o los adjudicatarios deberán hacer el depósito de garantía de fiel cumplimiento de contrato a que se refiere este Pliego. La circunstancia de no hacer efectivo el depósito de garantía de fiel cumplimiento de contrato en el plazo previsto, se considera incumplimiento del adjudicatario y la Administración podrá revocar la adjudicación, ejecutar la garantía de mantenimiento de oferta e iniciar la acción por daños y perjuicios correspondientes. Si el adjudicatario no realizara el depósito de la garantía de cumplimiento de contrato, Antel retendrá de las facturas a pagar, el porcentaje que no incida en los jornales, de acuerdo a lo que surge de la paramétrica de ajuste de precios, hasta llegar al monto correspondiente a ésta garantía. En caso que en la paramétrica el porcentaje de incidencia de los jornales sea el 100%, la retención será de hasta el 50% del monto facturado. En caso que el pliego no estableciera una fórmula paramétrica de ajuste de precios, la Administración determinará el monto a retener. Si el adjudicatario o sus representantes no concurrieran dentro del plazo arriba señalado, la Administración podrá anular la adjudicación, perdiendo en tal caso, el Depósito de Mantenimiento de Oferta o de Cumplimiento del Contrato, si solamente éste se hubiera realizado.
18.2.
El proponente a quien se adjudique la presente licitación deberá fijar domicilio contractual en la República Oriental del Uruguay, si ya no lo tuviera, para todos los efectos judiciales y extrajudiciales de la contratación.
18.3.
La Administración se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación correspondiente, si el adjudicatario no diera cumplimiento a cualquiera de las obligaciones a que se refiere este artículo. CAPITULO 19o. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y RESPONSABILIDADES LABORALES
19.1.
Garantía de fiel cumplimiento de contrato: El proponente a quien se adjudique la presente licitación, si correspondiere, deberá sustituir su depósito de garantía de mantenimiento de oferta por el 5% (cinco por ciento) del monto total contratado. Esta suma servirá de garantía de fiel cumplimiento de contrato y será depositada en la Unidad Acreedores de esta Administración, dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la fecha de la notificación de la adjudicación, devolviéndose el depósito del 1% (uno por ciento) por mantenimiento de oferta, contra presentación del recibo correspondiente. El depósito de garantía se podrá realizar mediante: • • • •
Valores Públicos caucionados por el BROU a favor de Antel; Aval Bancario o Fianza Bancaria, Póliza de Seguro de Fianza a cargo del Banco de Seguros del Estado, o Póliza de empresas aseguradoras habilitadas por el Banco Central del Uruguay.
En caso que la adjudicación se realice en varias monedas la garantía será constituida en la moneda del mayor monto adjudicado, debiendo realizarse por el 5% (cinco por ciento) del monto total del contrato.
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El depósito de garantía de cumplimiento de contrato deberá estar vigente durante toda la duración de la contratacion. La garantía de cumplimiento de contrato será devuelta al Contratista, a pedido escrito del mismo, después de otorgada la recepción definitiva de todo el trabajo contratado. En todos los casos las garantías deberán estar a disposición de Antel y los contratos deberán contener, en caso de incumplimiento, cláusulas que establezcan que no será necesario trámite alguno para efectivizar su cobro. Los montos límites a tener en cuenta para esta garantía serán los vigentes a la fecha de la recepción de ofertas. 19.2.
Garantia por Responsabilidades laborales: El proponente a quien se adjudique la presente licitación, deberá constituir una garantía del 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado para leyes sociales, para cubrir las obligaciones laborales establecidas en la Ley 18.099 del 24/01/2007, sus concordantes y modificativas. El depósito deberá realizarse en alguna de las siguientes modalidades: • • • •
Valores Públicos caucionados por el BROU a favor de Antel; Aval Bancario o Fianza Bancaria, Póliza de Seguro de Fianza a cargo del Banco de Seguros del Estado, o Póliza de empresas aseguradoras habilitadas por el Banco Central del Uruguay.
En caso que la adjudicación se realice en varias monedas la garantía será constituida en la moneda del mayor monto adjudicado, debiendo realizarse por el 10% (diez por ciento) del monto de adjudicado para leyes sociales. Esta garantía podrá ser devuelta a pedido del contratista, luego de cumplido un plazo de 13 (trece) meses, a partir del día siguiente a aquél en que haya finalizado la contratación. En caso que el adjudicatario se vea imposibilitado de constituir dicha garantía en las condiciones y modalidades establecidas, Antel retendrá de las facturas a pagar, el porcentaje que no incida en los jornales de acuerdo a lo que surge de la paramétrica de ajuste de precios, hasta llegar al monto correspondiente a ésta garantía. En caso que en la paramétrica el porcentaje de incidencia de los jornales sea el 100%, la retención será de hasta el 50% del monto facturado. En caso que el pliego no estableciera una fórmula paramétrica de ajuste de precios, la Administración determinará el monto a retener. Dicha retención se mantendrá por el plazo máximo establecido precedentemente. Si durante el período de contratación, el adjudicatario constituye la garantía aquí establecida y la deposita en Acreedores, deberá presentar la solicitud por escrito a la Gerencia de Área Seguimiento de Contratos (Guatemala 1075, Edificio Torre, Nivel 14) a efectos de liberarle el monto retenido hasta el momento por tal concepto. CAPITULO 20o. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. 20.1.
Generales
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1) Cumplir con las Leyes, Ordenanzas y Reglamentaciones aplicables a las obras, a la forma de llevarlas a cabo y de actuar dentro de ellas, así como aquellas que en cualquier forma afecten a las personas empleadas en los trabajos, al equipo o materiales que utilice. 2) El Contratista será el UNICO responsable de todas las obras que comprende la presente licitación. Por lo tanto Antel tratará directamente con el Contratista todas las cuestiones que se susciten. 3) Asegurar las obras y suministros de que es responsable contra toda pérdida o daño que pudiera sobrevenirle. Dicho seguro se extenderá a las obras definitivas y provisorias a medida que sean ejecutadas y a los materiales, equipos y otros aprovisionamientos, desde el inicio de las obras hasta la Recepción Definitiva de las mismas, sin interrupción alguna. En caso de producción de siniestros, el deducible de los seguros será de cargo del Contratista. 4) Todo personal dependiente del Contratista deberá estar asegurado contra accidentes de trabajo, siendo el Contratista el único responsable de los daños y perjuicios que por accidentes de trabajos sufra su personal durante el transcurso de la ejecución de las obras, por violación de las leyes, decretos, ordenanzas y reglamentos aplicables a sus operaciones. 5) El Contratista tomará todas las precauciones a fin de evitar accidentes a personal o daños a propiedades, así provengan los mismos de las maniobras del obrador, por la ejecución de las obras, por transporte de materiales y en general de la acción de los elementos o de causas eventuales. Si a pesar de las precauciones adoptadas se produjeran durante la ejecución de las obras y hasta la recepción provisoria de las mismas, accidentes o perjuicios a personas o cosas, el Contratista queda obligado a reparar el daño causado e indemnizar por el producido. El contratista restituirá a Antel los gastos que eroguen las acciones por indemnización que se le promovieran por accidentes de trabajo o daños a terceros o cosas, pudiendo Antel retener de las sumas que se le adeudaren al Contratista, la cantidad que estime conveniente, hasta tanto las reclamaciones o acciones formuladas por aquellos conceptos hayan sido definitivamente levantadas o terminadas por gestión y a costa del Contratista. 6) El Contratista deberá obtener de las autoridades competentes, los permisos, autorizaciones e inspecciones necesarias, dar los avisos requeridos por leyes, decretos, ordenanzas y reglamentos vigentes y depositar las garantías exigidas. No se admitirán demoras respecto al plazo estipulado en la oferta por causas imputables a dichos permisos. A tales efectos Antel brindará todo el apoyo que esté a su alcance. El Contratista es responsable del cumplimiento de las leyes que rigen para todas las construcciones y de todo lo que prescriben las ordenanzas municipales y sanitarias. En caso contrario, es su deber dar el correspondiente aviso por escrito al Director de la Obra sin cuyo requisito tendrá la responsabilidad consiguiente a la transgresión que se cometa. Las mismas prescripciones anteriores rigen en lo relativo a reglamentos de UTE, Antel, OSE, etc. para la localidad. Serán de exclusiva cuenta del contratista todos los impuestos, derechos, etc. con que las leyes y reglamentos gravan las obras, así como el mantenimiento y reposición de las instalaciones exteriores de los servicios públicos, en cuanto esos servicios generales pasen por el frente de la obra a construirse. 7) Acreditar estar al día en el pago de todas sus obligaciones tributarias en el momento de proceder a hacer efectivos los cobros de certificados de obras, de conformidad con lo dispuesto por la ley.
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8) Ejecutar las obras en los plazos establecidos y conforme a las indicaciones de los planos, a las prescripciones de los pliegos, memorias y recaudos respectivos, y a las órdenes e instrucciones que expida el Director de Obra. 9) Si en la interpretación de la contratación bajo su faz técnica surgieran divergencias, éstas serán resueltas por Antel cuyas decisiones serán definitivas respecto a la calidad de materiales, solidez y eficiencia en ejecución de estructuras y metrajes de obra. El Contratista no podrá suspender los trabajos - aún parcialmente- bajo este pretexto. 10) Suministrar a su costo todos los materiales y proveer todo el personal y mano de obra y todas las maquinarias, herramientas, útiles, elementos de transporte, tanto de carácter principal como accesorio. Para la ejecución de las obras y trabajos anexos tales como colocación de cercos, barreras, establecimiento de guardias, serenos y luces de señales exigidos por las ordenanzas o necesarios para la protección de personas y propiedades, para el trazado y replanteo, para mediciones, pruebas y ensayos, alumbrados interior y exterior de las obras, etc. deberá asimismo el Contratista suministrar por su cuenta todos los materiales, servicios y equipos necesarios. 11) Constituir en obra, con carácter permanente, un capataz general, personal obrero competente e inscripto en los registros de la Seguridad Social, con experiencia y habilidad para realizar los trabajos, realizando tantos turnos como sean necesarios a los efectos de dar cumplimiento al plazo previsto en el pliego. En caso de tener que realizarse trabajos en tres turnos, deberán cumplirse con las normas relacionadas con el Derecho laboral, en lo que refiere a pago de horas extras, incentivos por horas nocturnas, etc., y brindar una iluminación y dispositivos de seguridad que cumplan con todas las ordenanzas vigentes. 12) Estar presente en el lugar de las obras el contratista y/o su representante Técnico, toda vez que el Director de Obra así lo requiera con motivo de inspecciones y visitas, o para dilucidar otros problemas surgidos en la misma. 13) Poner en conocimiento del Director de Obra, por escrito y de inmediato, cualquier circunstancia, detalle u observación referente a los planos, memorias y demás recaudos que a su juicio, pueda conspirar contra la perfecta ejecución de la obra o su correcto funcionamiento. 14) Acatar las decisiones del Director de Obra, no pudiendo recusar a éste ni a los demás funcionarios encargados de las inspecciones, vigilancia y mediciones que realizan los controles para Antel. Cuando se considere perjudicado por los procedimientos empleados por aquellos, acudir por escrito en queja fundada al Director de Obra, estando a su resolución, sin que esto le dé derecho a interrumpir los trabajos o paralizar las obras. 15) Asumir la responsabilidad integral por todos los trabajos y suministros a cargo suyo sin más excepciones que las establecidas en forma expresa por otras disposiciones de los Pliegos vigentes y en la contratación. La Recepción Definitiva y la devolución de la garantía al Contratista, no liberan a éste de las responsabilidades que establezcan las leyes vigentes en la República Oriental del Uruguay, en especial la responsabilidad decenal establecida por el artículo 1844 del Código Civil. Se considera también propiedad de Antel todo material de construcción que se extraiga de las excavaciones o desmontes y no se empleen en las obras, salvo el caso de que se haga expreso abandono de dichos materiales. 16) Si el Director de Obra lo solicita en el rubrado, se deberá colocar en la obra 1 cartel de 2 X 4 mts., en lugares visibles y con el texto y diseño que indicará el Director de Obra., no pudiendo colocar ningún otro tipo de inscripción, ya sea de carácter permanente o transitorio sin la
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autorización expresa de Antel. Esta prohibición no alcanza a las inscripciones que con carácter de seguridad coloque el Contratista. 17) El Contratista y todo su personal técnico, administrativo y obrero propio autorizados acatarán las órdenes del Director de Obra, al que guardarán el debido respeto, toda falta disciplinaria por parte de aquellos que al solo juicio del Director de Obra perjudiquen la buena marcha de la obra, será suficiente motivo para amonestar, suspender o expulsar el o los culpables. 18) El Contratista se obliga a cumplir las disposiciones de los laudos y convenios vigentes para la rama de actividad laboral que desarrolle en materia de salario, categorías de labor, pago de suplementos por horas extraordinarias, primas por horario nocturno, incentivos de asistencia, viáticos y en general todas las asignaciones y beneficios que mejoren las condiciones establecidas por la legislación laboral común. 19) El contratista no podrá sub-contratar, traspasar o ceder a terceros la contratación o cualquier parte de ella sin la autorización expresa y por escrito de Antel. 20) El o los proponentes a quienes se adjudique la presente licitación deberán ser empresas constituidas en el país o tener establecida sucursal de conformidad con los incisos 3º y 4º del art. 193 de la Ley 16.060 del 04.09.89. 21) Todos los derechos por el empleo en las obras de materiales o dispositivos patentados se entienden incluidos en los precios de la contratación y deberán abonarlos el Contratista, quedando Antel a cubierto de cualquier reclamación o demanda que pudiera originar el uso indebido de las Patentes. En el caso de que esas reclamaciones o demandas prosperasen, aun después de la recepción definitiva de la obra, el Contratista se obliga a restituir a Antel todos los gastos y costas a que dieran lugar y todo otro perjuicio que le ocasionaren. El Contratista será el UNICO responsable de todas las obras que comprende la presente licitación. Por lo tanto Antel tratará directamente con el Contratista todas las cuestiones que se susciten. 22) El contratista deberá cumplir con lo establecido en la Ley 18.516 en lo que refiere a contratación de trabajo de peones prácticos y de obreros no especializados, sin distinción de género, en las obras para las que fue contratado. CAPITULO 21o. SUBCONTRATISTAS. 21.1.
Antel aplicará en este tema lo dispuesto en la Ley 18251 del 6 de enero de 2008. El contratista deberá entregar al Director de Obra la nómina de Subcontratistas que intervendrán en la obra. Iniciada la obra el Contratista deberá comunicar por escrito al Director, cualquier cambio que pudiera surgir dentro de la nómina presentada. CAPITULO 22o. CESIONES DE LA CONTRATACIÓN.
22.1.
El contratista no podrá traspasar o ceder a terceros todo o parte de la contratación sin consentimiento expreso de la Administración y de conformidad con las condiciones que ésta exija. El traspaso o cesión no surtirá efectos legales hasta que se haya dado cumplimiento los trámites que lo validen. CAPITULO 23o. PREFERENCIA DE EJECUCIÓN.
23.1.
El contratista dará preferencia de construcción a las partes del trabajo que las E.P. especifiquen o que el Director con la debida autorización le indique durante la ejecución del mismo. Página 17 de 46
En el caso de que lo indicado pueda tener interferencia con el P.D.O. vigente, el Director podrá acordar con el Contratista la confección de uno nuevo que, salvo motivo justificado, no implicará extensión del plazo de ejecución. CAPITULO 24o. SEGUROS DEL PERSONAL. 24.1.
Todo el personal dependiente del Contratista deberá estar asegurado en el Banco de Seguros del Estado contra accidentes de trabajo. CAPITULO 25o. CONEXION DE SERVICIOS.
25.1.
Salvo indicación expresa, serán de cuenta de la Administración los gastos y trámites de conexión de los servicios de aguas corrientes, sanitarios, eléctricos y demás servicios. Los correspondientes a provisorios de obra en todos los casos serán de cuenta del Contratista. CAPITULO 26o. COPIAS DE PLANOS Y DOCUMENTOS.
26.1.
La Administración entregará al Contratista 2 (dos) juegos completos del Pliego de Condiciones que corresponde a su contratación, debiendo aquél tener uno de ellos en la obra. Todo otro juego solicitado deberá ser abonado a la Administración por parte del Contratista. Será obligación de éste controlar los ejemplares que adquiera posteriormente a la adjudicación con los planos entregados por la Administración en el llamado a Licitación, de tal manera que coincidan exactamente. La Administración queda exonerada de cualquier responsabilidad por las consecuencias que deriven del no cumplimiento de esta exigencia. CAPITULO 27o. CONTRADICCIONES EN DOCUMENTOS.
27.1.
Bastará que una obra se encuentre claramente indicada en una de las piezas que forman parte del presente Pliego, aunque haya sido omitida en otras, para que tenga que ser efectuada por el contratista a su exclusivo costo y sin derecho a reclamación alguna. Cualquier otro tipo de contradicción entre alguna de las piezas que forman parte de la contratación, cuya aclaración no hubiera sido solicitada por el Contratista antes de la apertura de las propuestas, será resuelta a juicio del Director. CAPITULO 28o. CONDICIONES DE PAGO.
28.1.
Una vez aprobados los certificados de avance de obra, Antel hará efectivos los pagos correspondientes dentro del cronograma de pagos de esta Administración. Los pagos se realizarán contra trabajos efectivamente realizados.
28.2.
Los pagos se realizarán según se indica a continuación: • 95% (noventa y cinco por ciento) de cada certificado de obra aprobado, en forma mensual. • 5% (cinco por ciento) del precio total una vez otorgada la recepción definitiva de la obra ante solicitud del contratista. Este 5% no será pasible de nuevo ajuste al momento de la liberación.
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28.3.
El importe de cada factura se calculará teniendo en cuenta la obra hecha dentro del mes, los materiales empleados en ese mes y los precios unitarios. La factura deberá presentarse por el 100% del avance de obra del mes. En el detalle de la factura deberá indicarse el porcentaje de retención que corresponda según lo establecido en el presente Pliego de Condiciones, así como el importe equivalente en números. El valor total de la factura debe ser el 100% del avance de obra del mes. El oferente deberá presentar al Director de Obra de Antel una fotocopia de la factura ingresada en la Unidad Acreedores, con sello de intervención de la misma.
28.4.
Solicitudes de Pagos El contratista formulará mensualmente, dentro de los 5 (cinco) primeros días hábiles de cada mes, las solicitudes de pago por obras efectivamente realizadas. Dichas solicitudes vendrán discriminadas según los siguientes conceptos: A) Solicitud de pago de los trabajos ordinarios realizados cada mes mediante la presentación de una liquidación de acuerdo a los precios básicos de la oferta, ajustados a la relación general de rubros de la obra. B) Ajustes del monto de los trabajos precedentemente indicados, conforme a la fórmula paramétrica establecida. C) Planilla que corresponde al avance técnico de la obra, indicando coincidencias o desfasajes con respecto al avance previsto en el P.D.O. D) Adjuntará los formularios correspondientes a las Leyes Sociales que Antel deberá abonar al Banco de Previsión Social. E) Eventualmente, deberá presentar también y conjuntamente con la solicitud de pago, toda otra documentación que la Dirección de Obra estime necesaria para la liquidación gestionada. Cada certificado incluirá la parte de obra ejecutada hasta el último día hábil del mes anterior, entendiéndose por obra ejecutada, aquella cuyos elementos se hallaren colocados en la misma, en el lugar y la forma que deben ocupar definitivamente. Dentro de los cinco últimos días de cada mes el Contratista efectuará una medición total de obra realizada respetando los rubros o ítems consignados en la planilla de cotización. Los valores así obtenidos, disminuidos de los valores de obra realizada en el mes anterior y aprobada por la Dirección de Obra, determinará los metrajes de obra realizados en el mes. El importe a certificar se obtendrá aplicando a los metrajes así determinados de cada rubro o ítem, los precios unitarios del presupuesto aprobado. Las mediciones que se efectuarán no implican una liquidación de obra por medición de lo ejecutado, sino que los valores así determinados servirán para cuantificar el AVANCE PORCENTUAL DE OBRA EN EL MES, a ser abonado a cuenta de un precio fijo total, llave en mano.
28.5.
Tramitación de las solicitudes El Director de Obra elevará la solicitud de pago con su aprobación dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de recibido. Si Antel observara la liquidación presentada por el Contratista, tramitará el pago de la liquidación que estime pertinente, poniéndose en conocimiento de éste las observaciones anotadas. El Contratista contará con un plazo de cinco (5) días hábiles desde la fecha de haber sido notificado de las observaciones para justificar su liquidación y si transcurrido dicho plazo no contestara a la Administración, se entenderá que acepta la observación efectuada. En el caso de que dentro del plazo de los cinco días hábiles, el Contratista levantara las observaciones efectuadas, la Administración procederá al ajuste de la liquidación original. Página 19 de 46
28.6.
Condiciones para efectuar los pagos En el momento de hacer efectivo cualquier pago, el Contratista deberá presentar la documentación que acredite estar al día en el pago de las primas de seguros, obligaciones tributarias y de previsión social. A tales efectos el Contratista tendrá en cuenta que los documentos que debe exhibir serán los siguientes: a) Certificado Único expedido por los organismos de seguridad social (BPS) b) Certificado único expedido por la Dirección General Impositiva. c) Certificado de pago de las primas de los seguros y seguros de caución que está obligado a contratar conforme a las prescripciones de pliegos. d) Toda otra documentación que eventualmente exija la Dirección de Obra.
28.7.
Se descontarán de los pagos, los importes de multas que se hubieren aplicado al Contratista conforme a las prescripciones por incumplimientos de obras y las obligaciones accesorias establecidas en los pliegos, que a juicio exclusivo de Antel, sean graves y no tengan previstas las sanciones correspondientes. Estas retenciones por multas requerirán para su imposición, en cada caso, la previa intimación y notificación con determinación de un plazo prudencial perentorio para que el Contratista regularice su situación.
28.8.
CESIÓN DE CRÉDITOS El adjudicatario que solicite cesión de créditos deberá rembolsar a Antel los gastos administrativos que se generan por tal motivo. De cada factura cedida se descontará el 1% (uno por ciento) de la facturación cuyo pago fue cedido, con un mínimo de 10 U.R. (diez unidades reajustables) y un máximo de 50 U.R. (cincuenta unidades reajustables). CAPITULO 29o. DIFERENCIA DE PRECIOS.
29.1.
Antel liquidará los trabajos presupuestados, ajustándolos con la siguiente fórmula paramétrica:
P = Po x [0,78 (M / Mo) + 0,22 ((1+ CSi)(1+CS(i+1))( 1+CS(i+2) ) …(1+CS(i+n)))] Siendo: P = precio ajustado de la obra realizada en el mes. Po = precio de la obra realizada en el mes a precios básicos. M = Índice de Costo de materiales de la Construcción del mes anterior al de ejecución de los trabajos. Mo = Índice de Costo de materiales de la Construcción del mes anterior a la fecha de apertura de ofertas. Fuente: Instituto Nacional de Estadísticas (INE) CSi = Porcentajes de incremento salarial para los intervalos de tiempo definidos por los Consejos de Salarios para Grupo No. 9 - Sub grupo 01, medio oficial. Dichos incrementos deberán estar establecidos en decreto publicado en el diario oficial y/o en acta homologada por el MTSS con fecha posterior al mes de la fecha de apertura de ofertas. Página 20 de 46
i = 1º, 2º, 3º,…..., etc. incremento por consejo de salario posterior al mes de la fecha de apertura de ofertas. Esta fórmula se calculará para cada mes de obra ejecutada en el mes que corresponda liquidar. La solicitud de ajuste se podrá presentar una vez que se cuente con la documentación probatoria de los índices que conforman la paramétrica. El adjudicatario que solicite ajuste de precios, deberá remitir la liquidación con el detalle del cálculo correspondiente, haciendo mención a la factura básica que está ajustando. Cuando la entrega se realice dentro del plazo contractual, el ajuste del precio se calculará a entrega real. Si la referida entrega se realizara fuera de dicho plazo por razones imputables al proveedor, el ajuste de precio se calculará tomando como fecha de entrega la contractualmente convenida. Sin embargo si esto implica una erogación mayor para la Administración, se ajustará a entrega real. La actualización de precios correspondiente, deberá ser solicitada a la Gerencia de Área Seguimiento de Contratos dentro de los 90 (noventa) de presentada cada factura correspondiente al avance de obra, debiendo presentar el cálculo correspondiente en base a la fórmula establecida. En caso de que Antel lo requiera deberá presentar documentación probatoria de los índices considerados en dicha solicitud. Vencidos los 90 (noventa) días de presentada la factura básica, Antel no aceptará ni efecturá ajuste de precios. En caso de ajustes negativos, Antel podrá comunicar de oficio al contratista. En todos los casos la aceptación o rechazo de las liquidaciones por variaciones de precios, quedan a exclusivo juicio de la Administración, pudiendo a su vez formular de oficio la reliquidación que corresponda. CAPITULO 30o. TRABAJOS IMPREVISTOS 30.1.
Cualquier orden de ejecución de un trabajo imprevisto de las obras contratadas, cuyos precios forman parte de la contratación, será dado bajo firma del Director y se adjuntará el presupuesto firmado por el Contratista. CAPITULO 31o. RECEPCIÓN PROVISORIA
31.1.
Cuando el Contratista haya dado término a los trabajos correspondientes a cada una de las obras, de conformidad con los documentos de la contratación y hayan resultado satisfactorios los ensayos y las pruebas de carácter técnico e inspecciones previas, comunicará por escrito al Director de cada Obra la fecha en que desea se realice la inspección que dará lugar al otorgamiento de la recepción provisoria.
31.2.
La inspección previa al otorgamiento de la recepción provisoria se verificará en presencia del Director y del Contratista o de su Representante Técnico. Si realizada la inspección se comprobara que las obras han sido ejecutadas a entera satisfacción de la Dirección, y han sido entregados los planos estipulados, se procederá a labrar el acta respectiva la cual será suscrita por el Director y por el Representante Técnico. Si en la inspección se constataran faltas o defectos en las obras, el Contratista deberá subsanarlos siguiendo las obligaciones indicadas en los planos, en las especificaciones técnicas y las
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instrucciones que imparta el Director. El tiempo que ello insuma no dará al Contratista derecho a prórroga del plazo total de la obra. No obstante, quedará a juicio del Director la realización de trabajos correctivos y/o complementarios dentro del período de garantía, cuando estos no sean de entidad. Subsanados los defectos y las faltas a satisfacción del Director, se procederá a labrar nueva acta otorgándose la recepción provisoria. 31.3.
Aquellos trabajos que se indiquen en el acta para la recepción provisoria como observados y que deberán ser realizados por exclusiva cuenta de la Empresa, serán declarados por ésta en el B.P.S. para los aportes respectivos, los que serán de exclusiva cuenta del contratista.
31.4.
Para aquellas obras cuya ejecución deba realizarse en etapas, de acuerdo a lo establecido en las E.P., se otorgará la recepción provisoria de cada etapa con las mismas formalidades indicadas precedentemente.
31.5.
Si durante el desarrollo de las obras la Administración tuviera necesidad de ocupar locales ya terminados, se otorgará la recepción provisoria correspondiente a los mismos con iguales formalidades que las indicadas precedentemente. CAPITULO 32o. RECEPCIÓN DEFINITIVA
32.1.
A partir de la útlima recepción provisoria comenzará a correr un plazo de 6 (seis) meses, en el cuál el contratista deberá subsanar todos los defectos que surjan o estén pendientes en ese período para que la administración otorgue la recepción definitva. Cumplido el referido plazo se acordará con el Contratista la fecha para la realización de la inspección que dará lugar al otorgamiento de la recepción definitiva para lo cual el Contratista deberá acreditar, previamente, que ha procedido a la clausura de la obra ante B.P.S. La verificación de su comportamiento y condiciones de funcionamiento se realizará en presencia del Contratista o su Representante Técnico y el Director.
32.2.
Si este exámen demostrara que los defectos aparecidos durante el período de 6 meses han sido subsanados a satisfacción de Antel y en general que todas las condiciones contractuales han sido cumplidas, se labrará el acta correspondiente para la recepción definitiva, la cual será suscrita por el Director y por el Representante Técnico. El acta para la recepción definitiva de las obras debe acompañarse de todas la liquidaciones, conformadas por el Contratista, de los trabajos realizados entre la recepción provisoria y la definitiva que no fueren de su cargo.
32.3.
Si vencido el término de plazo no se hubieran cumplido las condiciones contractuales, se labrará un acta en la cual consten los incumplimientos y el plazo para subsanarlos. La recepción definitiva no se otorgará hasta que el contratista de total cumplimiento a sus obligaciones.
32.4.
Si el contratista no diera cumplimiento dentro del nuevo plazo establecido Antel podrá disponer, previas inspecciones e inventarios que sean necesarios, las reparaciones, sustituciones y reconstrucciones que correspondan, por sí o por terceros, con cargo al Contratista y deduciendo su importe de la garantía establecida.
32.5.
La recepción definitiva total de las obras y la devolución de las garantías liberará a las partes contratantes y dará por terminada la contratación. Se mantendrán las responsabilidades establecidas en el Código Civil por responsabilidad decenal.
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CAPITULO 33o. INCUMPLIMIENTOS Y SANCIONES. 33.1.
Mora automática El Contratista caerá en mora de pleno derecho, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas, sin necesidad de interpelación judicial ni extrajudicial alguna, ni protesta ni intimación por daños y perjuicios.
33.2. 33.2.1.
Sanciones Por incumplimientos técnicos Si Antel comprobara que los materiales, procedimientos constructivos y equipos instalados no cumplen con las condiciones técnicas esenciales a las que se comprometió el Contratista, éste deberá corregir la irregularidad en un plazo perentorio máximo de 5 (cinco) días calendario Si no corrigiera la irregularidad al cabo de dicho plazo, se aplicará una multa de 2 UR (dos unidades reajustables) por cada día de atraso.
33.2.2.
Por incumplimiento en los plazos Si el Contratista no cumpliera con los plazos fijados para la iniciación de las obras, o con los plazos estipulados en los P.D.O. o con el plazo de terminación de las mismas, se hará pasible de multas por atrasos, sin perjuicio de las prórrogas que en cada caso se hubieran efectivamente concedido. Dichas multas se aplicarán en función de cada día hábil de demora y por los montos que se determinan en cada obra, y se harán efectivas mediante descuentos a partir del primer pago que deba efectuarse de su imposición. Se considerarán “días hábiles” a los efectos de este artículo, los no feriados, los feriados laborables y los días de lluvia que no sean impedimento para el desarrollo y/o ejecución de los trabajos en forma regular, de común acuerdo con la Dirección de Obra. A los mismos efectos se entenderá por “lluviosos” no hábiles, aquellos días cuya sumatoria supere el 10 % del plazo de la obra y no existan tareas que puedan realizarse a pesar de la situación climática. Para que esos días sean considerados a los efectos de prorrogar el plazo de la obra, deberán solicitarse mediante Nota de Pedido. Serán considerados también días no hábiles aquellos en que la actividad del Contratista pueda haber sido afectada por paros generales, por causas no imputables al mismo. Los posibles cierres de obra ordenados por Organismos nacionales o departamentales encargados del contralor en materia de seguridad laboral, dentro de las potestades que establece la ley correspondiente, son responsabilidad del Contratista y los días perdidos por este concepto no se descontarán de los plazos de obra.
33.2.3.
Por atraso en los plazos finales de cada obra. Si el Contratista no terminase las obras en losl plazos finales establecidos para cada obra particular, por causas que le sean imputables, Antel podrá aplicar una multa que se fija de acuerdo a la siguiente fórmula: M = dxmxc siendo:
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M d c m
= = = =
Monto de la multa a aplicar Demora expresada en días calendario, por sobre el plazo previsto Monto acordado de la obra atrasada en particular 1 % (uno por ciento)/día
En ningún caso el total de las multas aplicadas puede exceder el 20% (veinte por ciento) del monto total adjudicado sin impuestos. En caso que las multas alcancen el porcentaje indicado, Antel se reserva el derecho de rescindir la contratación e iniciar las acciones que correspondan. CAPITULO 34o. RESCISIÓN DE LA CONTRATACIÓN. 34.1.
El incumplimiento total o parcial de la contratación será causal de rescisión de la misma por parte de Antel, pudiendo además la Administración entablar todas las acciones legalmente previstas, así como decretar la suspensión o eliminación del Registro de Proveedores de Antel y la comunicación de dicha medida al S.I.I.F. (Sistema Integrado de Información Financiera).
34.2.
La Administración podrá en cualquier momento y por causa de fuerza mayor debidamente fundamentada, declarar rescindida la contratación. CAPITULO 35o. PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN.
35.1.
Una vez que la Administración declare rescindida la contratación, sin interpelación judicial ni extrajudicial, se lo comunicará al Contratista por telegrama colacionado y recomendado. Posteriormente se realizará, con Escribano de la Administración o en su defecto por el Director y dos testigos, un inventario de la obra realizada, con tasación de los trabajos efectuados y no pagados hasta ese momento. CAPITULO 36o. LISTADO Y CODIFICACIÓN DE RUBROS.
36.1.
En las Especificaciones Particulares se determinan los rubros de cotización obligatoria, en los cuales deberá indicarse Nº de Rubro, Descripción, Tipo de Unidad, Metraje o Cantidad, Precio Unitario y Precio Total, Monto imponible unitario y global. CAPITULO 37o. GARANTÍAS.
37.1.
Sin perjuicio de la responsabilidad Civil a que se compromete el Contratista por la ejecución de las obras vinculadas a esta licitación, previo a la Recepción Provisoria de las obras se exigirán los siguientes documentos: a) Garantía por la calidad de la instalación sanitaria (sistemas de abastecimiento y desagües del edificio). El Contratista extenderá una garantía por diez años por el buen funcionamiento de las instalaciones de abastecimiento y desagüe, incluyendo en dicha garantía las obras de albañilería, pintura, etc. que fuera necesario realizar en caso de detectarse pérdidas de cualquier tipo en dichas instalaciones. b) Garantía de modificaciones de Diseño Para el caso en que se acepten variantes introducidas por el Contratista, en los casos en que la modificación esté destinada a optimizar el procedimiento constructivo (por razones de economía de costo o de plazo), deberá extender una garantía de esas partes o sistemas modificativas de las
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originalmente descriptas en este pliego, por lo menos por un período de dos (2) años a partir de la Recepción Definitiva. c) Garantía por todos los elementos electromecánicos. Todos los elementos electromecánicos que pasen a formar parte de la obra deberán estar respaldados por una Garantía de cobertura total, extendida por el Contratista, con un mínimo de dos (2) años de vigencia. CAPITULO 38o. PREVENCION DE SINIESTROS. 38.1.
No está permitido que luego de finalizada la jornada de trabajo, queden equipos a ser instalados en sus cajas (embalajes) en el Edificio objeto de esta Licitación, y/o elementos que eleven el coeficiente de carga de fuego del lugar. Si por razones de tiempo la instalación de los equipos no se puede realizar o finalizar en el correr de la jornada como se previó, solo los equipos involucrados podrán quedar en el lugar donde se van a instalar, sin los embalajes correspondientes. Los edificios de Antel no deben ser utilizados como depósito de material embalado a instalar en el futuro.
38.2.
No se permite que terminada la jornada diaria de labor, se dejen en el mencionado Edificio, ni herramientas ni ningún otro tipo de deshecho. Se incluyen en estos deshechos los producidos con motivo de las instalaciones o los restos de embalajes, como cajas de cartón, cajas de madera, nylon, espuma plast o goma. Vale lo mismo para los restos de cables, aunque éstos sean de aislación ignífuga, pues estos restos amontonados pueden no ser autoextinguibles y por lo tanto propagar las llamas. Para el depósito de herramientas, cables, herrajes, etc., el contratista deberá disponer de un pequeño contenedor o caja de herramientas en el Edificio, el cual estará bajo llave y custodia del mismo. El lugar de emplazamiento del contenedor será definido con el director de obra. En caso de no existir posibilidad alguna de emplazar el contenedor en el predio del Edificio, o en la acera o calle de entrada, deberá ser comunicado al director de obra con una antelación de 10 días hábiles al inicio de la obra, para que este asigne un área dentro del Edificio donde emplazar al mismo.
38.3.
En caso de tener que usarse líquidos inflamables como pinturas o solventes, se deberá tomar las siguientes precauciones:
38.3.1. Se evitarán los derrames o salpicaduras de líquidos combustibles e inflamables, debiéndose prever en el momento de su utilización los medios para contener y recoger sus vertidos, así como la adecuada ventilación de la zona. 38.3.2. Aceites y disolventes, constituyen un peligro sobre todo recién aplicados. Para minimizar los riesgos de incendio; el material sobrante, esponjas, trapos, etc. Impregnados en los compuestos mencionados deben guardarse en recipientes metálicos con tapa, procediéndose a su vaciado en forma diaria, (instruir al personal de limpieza). 38.3.3. Ceras, sobre todo cuando se emplean con pulidoras eléctricas pueden provocar la ignición como consecuencia de la fricción y la chispa; por consiguiente se aconseja que las empresas de limpieza utilicen ceras de emulsión acuosa. 38.4.
En caso de ser necesario el uso de soldaduras de arco, oxiacetilénica o similares que originen aumento de temperatura, se tomarán las siguientes precauciones:
38.4.1. Se deberá contar con extintores propios, los que se encontrarán cargados, en condiciones de trabajo y fácilmente accesibles en el momento de ejecutar la tarea. El personal deberá estar convenientemente adiestrado en el manejo y mantenimiento de los equipos de extinción.
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38.4.2. El corte y la soldadura no deben realizarse en atmósferas inflamables cercanías de materiales inflamables.
(explosivas) o en las
38.4.3. Los suelos deben mantenerse limpios y sin materiales combustibles, como; maderas, trapos, etc. 38.4.4. Verificar la zona de trabajo y áreas adyacentes una vez finalizada la operación a fin de detectar posibles fuegos latentes. 38.5.
En ningún caso se deberán obstruir; elementos de extinción de incendios, o los pasajes, pasillos o puertas con depósitos de materiales o herramientas. La empresa que contraviniere estas disposiciones y que como consecuencia se produjere un siniestro o agravara los alcances del mismo, será pasible de las acciones civiles y penales que le correspondieren. No obstante, Antel por intermedio de su personal, queda facultado para encargar a un tercero, el retiro de todo material que no cumpla con las condiciones antedichas, siendo el costo de dicho trabajo de cargo de la empresa contratista, al que se le agregará en 20% por gastos de administración. CAPITULO 39o. CUMPLIMIENTO DE NORMAS LABORALES
39.1.
De acuerdo a lo establecido por la ley 18.098 del 12 de enero de 2007, el adjudicatario deberá respetar, en la retribución de los trabajadores asignados al cumplimiento de las tareas objeto de esta contratación, los laudos salariales establecidos por los consejos de salarios. El incumplimiento por parte de la empresa adjudicataria en el pago de las retribuciones antes mencionadas será causal de rescisión de la contratación por responsabilidad imputable del adjudicatario. Dentro de los 10 (diez) días corridos siguientes a la notificación de adjudicación, el adjudicatario deberá presentar en la Gerencia de Área Seguimiento de Contratos de la División Contrataciones, la nómina de los empleados que directa o indirectamente estén afectados a la contratación con Antel. Dicha nómina tendrá carácter de declaración jurada. La información deberá comprender además, el porcentaje de incidencia del salario de dichos empleados con relación a la contratación correspondiente. El no cumplimiento en tiempo y forma de este requisito dará lugar a la aplicación de una multa de 0,5% sobre el monto total adjudicado para servicios, por cada día de atraso en presentarla. Los empleados afectados al servicio deberán ser los indicados en la comunicación al Área Seguimiento de Contratos de la División Contrataciones, y los mismos no podrán ser cambiados sin previa notificación a dicha Area. Lo establecido en el párrafo anterior, es aplicable también para el caso de un alta al servicio de la contratación. Ningún empleado, que no esté comprendido en dicha nómina, podrá realizar tareas para el servicio contratado. En caso que uno o más empleados detallados en la nómina sean cambiados o dados de baja, deberá ser comunicado a la Gerencia de Área Seguimiento de Contratos de la División Contrataciones, en un lapso no mayor a los 2 (dos) días hábiles siguientes al evento. En dicho aviso deberán expresarse los motivos del cambio o baja y si la misma es solo para la contratación con Antel o si implica además la desvinculación con la empresa. En éste último caso, se deberá proporcionar la liquidación de sueldo firmada por el empleado, y planilla del BPS en la cual figure dicho evento. Página 26 de 46
La empresa adjudicataria se compromete a proporcionar mensualmente a Antel, la siguiente información:
Recibos de Sueldos correspondiente a los empleados afectados al servicio prestado. Planilla de Trabajo y en su caso, convenio colectivo aplicable. Póliza vigente del B.S.E por accidentes de trabajo. Declaración nominada de historia laboral y recibo de pago al BPS. Certificado que acredite situación regular de pago de las contribuciones a la seguridad social a la entidad provisional que corresponda. Ante cualquier incumplimiento en la presentación de la información antes solicitada, Antel se reserva el derecho de rescindir la contratación unilateralmente. En caso de no optar por la rescisión y que la Gerencia de Área Seguimiento de Contratos no reciba la documentación requerida en el punto precedente, dentro de los 25 días siguientes al mes de prestado el servicio facturado, se procederá a realizar una retención. Antel retendrá de las facturas a pagar, el porcentaje que no incida en los jornales de acuerdo a lo que surge de la paramétrica de ajuste de precios. En caso que en la paramétrica el porcentaje de incidencia de los jornales sea el 100%, la retención será de hasta el 50% del monto facturado. En caso que el pliego no estableciera una fórmula paramétrica de ajuste de precios, la Administración determinará el monto a retener. En caso de corresponder, dicha retención se liberará en oportunidad de realizarse el pago de la facturación del mes siguiente del mes incurrido en falta (Decreto 475/05 de fecha 14 de Noviembre de 2005, y Ley 18.098 del 12 de enero de 2007). La información deberá comprender además, por empleado, la cantidad de horas que realice en Antel y la categoría del personal. La Administración tendrá el derecho de ejercer todos los actos de control tendientes a comprobar el cumplimiento de las normas laborales y de seguridad por parte de la adjudicataria, quien será la única responsable en el cumplimiento de las obligaciones correspondientes a las leyes sociales del personal provisto así como de todas las que la ley y reglamentación vigente o futura pone a cargo de los patronos. De encontrar Antel incumplimientos de cualquier índole podrá retener pagos hasta tanto el mismo no sea solucionado, siendo de cuenta del adjudicatario todo perjuicio que el mismo pudiera ocasionar. Sin perjuicio de lo anterior, la comprobación del incumplimiento de las normas laborales y de seguridad social será causa de rescisión de la contratación y dará lugar a indemnización a la Administración por los daños y perjuicios que esta ocasione. En caso que el personal afectado no tenga carácter de empleado del adjudicatario.se deberá presentar en la Gerencia de Área Seguimiento de Contratos de la División Contrtaciones, una declaración jurada firmada por el representante legal de la empresa detallando las personas involucradas, e indicando: •
Naturaleza jurídica de la empresa (ej. Unipersonal, Ltda, S.A., etc ),
•
Si es una persona jurídica, representantes legales de la misma,
•
Razón Social de la Empresa,
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•
Domicilio legal y/o constituido,
•
Teléfono, Fax o e-mail,
•
Número de RUT,
•
Número de BPS, o de Caja de Profesionales Universitarios (según corresponda).
La administración se reserva el derecho de requerir al contratista documentación vinculada a sus dependientes, por un período de cinco años, de acuerdo al nuevo régimen de prescripción de los créditos laborales (Ley 18.091 del 17/01/2007). Antel, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 475/05 de fecha 14 de Noviembre de 2005, y Ley 18.098 del 12 de enero de 2007, tiene la potestad de retener de los pagos debidos en virtud de la contratación, los créditos laborales a los que tengan derecho los trabajadores de la empresa contratada. CAPITULO 40o. INSERCION LABORAL DE PERSONAS LIBERADAS 40.1.
El adjudicatario deberá dar cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 14 de la ley Nro 17.897 de fecha 14 de setiembre de 2005. CAPITULO 41o. DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS
41.1.
Antel aplicará lo dispuesto en el Artículo 3º de la Ley Nº 18.244 del 27 de diciembre de 2007. CAPITULO 42o. MEMORIA CONSTRUCTIVA GENERAL
42.1.
Para todos los casos en los que no se establezca Memoria Constuctiva, regirá la Memoria Constructiva General del MTOP. Será responsabilidad del oferente procurar la obtención de dicha documentación.
CAPITULO 43o. PRIORIDAD A LOS BIENES, SERVICIOS Y OBRAS PÚBLICAS FABRICADOS, BRINDADOS O EJECUTADOS POR MPYME 43.1
De acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 800/008 del 29 de diciembre de 2008 en su artículo 3ro., Antel aclara expresamente que no aplicará el régimen de Prioridad a los bienes, servicios y obras públicas fabricados, brindados o ejecutados por MPYME por ser ente que se encuentra en competencia directa. CAPITULO 44o. PREFERENCIA EN EL PRECIO DE LOS BIENES, SERVICIOS Y OBRAS PÚBLICAS QUE CALIFIQUEN COMO NACIONALES
44.1
Será de aplicación lo dispuesto en el Art. 41 de la Ley 18.362 del 15 de octubre de 2008.
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ESPECIFICACIONES PARTICULARES Las presentes Especificaciones Particulares complementan o modifican determinados procedimientos constructivos (o materiales) indicados en el presente pliego. Para aquellos ítems sobre los cuales no se haga referencia en las presentes Especificaciones Particulares, será válido lo establecido en capítulo 42 – Memoria Constructiva General de las Condiciones Generales.
1. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS 1- Implantación. A los efectos de cotizar los gastos de implantación y repliegue, para cada obra que efectivamente se ejecute, se define el rubro, que incluirá todos los gastos de fletes, traslados de personal, vallados, protecciones, limpieza de obra, etc. En todos los casos la implantación estará de acuerdo al volúmen de la obra solicitada, definiendo un tope máximo el 1% del costo total de cada una de las obras. Para obras menores se estipula un costo mínimo de implantación de $ 1.500 más impuestos (IVA y aportes sociales) por cada obra. Solamente a los efectos de la comparación de precios se determina para cada zona la cantidad de implantaciones, debiendo cotizarce como unitario el costo mínimo de implantación. 2- Demoliciones y albañilería rústica. Detalle de rubros de albañilería rústica a cotizar: 2.1 – Demolición de muros de 15 cm Se cotizará la demolición y el retiro de muros de mampuestos de ancho nominal 15 cm (unidad de metraje: m2). Mampuestos de referencia: ladrillo de campo, ladrillo de prensa, ticholos, rejillones, bloque de hormigón. Morteros de toma de referencia: arena y portland, mortero de albañilería, mezcla gruesa reforzada. En el rubro se incluyen los acarreos, retiros y disposición final de los escombros generados. 2.2 – Demolición de muros de 30 cm Se cotizará la demolición y el retiro de muros de mampuestos de ancho nominal 30 cm (unidad de metraje: m2). Mampuestos de referencia: ladrillo de campo, ladrillo de prensa, ticholos, rejillones, bloque de hormigón. Morteros de toma de referencia: arena y portland, mortero de albañilería, mezcla gruesa reforzada. En el rubro se incluyen los acarreos, retiros y disposición final de los escombros generados. 2.3 - Picado y retiro de revoques y revestimientos Picado y retiro de la obra de revoques y revestimientos en paramentos o pisos. Morteros de referencia: revoque interior dos capas, revoque exterior tres capas, revestimientos cerámicos, aplacados de piedra. En el rubro se incluyen los acarreos, retiros y disposición final de los escombros generados. 2.4 - Picado de canaleta en muros Picado de canaleta en muros a los efectos de alojar instalaciones y retiro de escombro producido, medidas nominales: 10 cm x 5 cm (prof.) Corresponde a picado con herramientas manuales o herramientas mecánicas. 2.5 - Picado de canaleta en contrapiso Picado de canaleta en contrapiso a los efectos de alojar instalaciones y retiro de escombro producido, medidas nominales: 10 cm x 10 cm (prof.). Corresponde a picado con herramientas manuales o herramientas mecánicas. Puede ser picado directamente sobre el contrapiso o eventualmente picado sobre el pavimento existente. 2.6 - Muro de ladrillo rústico Muro de ladrillo de 12 cm. de espesor a construir. Corresponde a mampuesto ladrillo de campo de primera de las siguientes características: de forma regular, color uniforme, sin fisuras en su masa, sonido metálico al golpe. No deberán disgregarse ni romperse fácilmente, no se aceptarán ladrillos crudos ni quemados. Página 29 de 46
Se mojarán previo a su colocación. El mortero a utilizar tendrá la proporción 7:1 (arena gruesa, cemento de albañilería), las juntas no superarán 1,5 cm de espesor. Se levantarán de manera uniforme y simultánea, serán planos y a plomo, cuidando además que las hiladas sean horizontales. Se colocarán a soga y junta trabada y enrasada para su posterior revoque. 2.7 - Muro de ticholos rústico Muro de ladrillos huecos de 12 cm de espesor a construir. Corresponde a mampuestos industriales de 12 x 25 x 25 cm, de primera calidad. No se aceptarán piezas quemadas, deformadas o fisuradas. Se mojarán previo a su colocación. El mortero a utilizar tendrá la proporción 6:1 (arena gruesa, cemento de albañilería), las juntas no superarán 1,5 cm de espesor. Llevarán junta horizontal y vertical. Se levantarán de manera uniforme y simultánea, serán planos y a plomo, cuidando además que las hiladas sean horizontales. Se colocarán a soga y junta trabada y enrasada para su posterior revoque. 2.8 - Contrapiso de hormigón pobre sobre terreno Luego de retirada la capa vegetal se rellenará con balasto compactado en capas de 10 cm de altura, y regado para mejor asentamiento de las partículas. Sobre ese sustrato se colocará un hormigón C100 (tensión de rotura a los 28 de 100 daN/cm2, compactado y regleado, con un espesor mínimo de 7 cm). 2.9 - Contrapiso sobre entrepisos o sustratos existentes Se colocará un hormigón C100 (tensión de rotura a los 28 de 100 daN/cm2, compactado y regleado, con el espesor necesario para lograr los niveles definitivos correctos del rústico. El espesor mínimo a considerar será de 7 cm. 2.10 - Pisos de hormigón armado sobre terreno Luego de retirada la capa vegetal (40 cm) se rellenará con balasto compactado en capas de 10 cm de altura, y regado para mejor asentamiento de las partículas. Sobre ese sustrato se realizará el replanteo de las pendientes, para la posterior colocación un hormigón C150 (tensión de rotura a los 28 de 150 daN/cm2, compactado y regleado, con un espesor mínimo de 7 cm. Malla: electrosoldada de 15x15 cm, diámetro 3,4 mm. Juntas de retracción cada 3 m. Terminación: lustrado a llana. Se incluyen los retiros de suelo y otros sobrantes de las obras. 2.11 - Pisos de hormigón armado sobre sustrato existente Sobre la superficie preexistente, cuidadosamente barrida y limpia, se realizará el replanteo de las pendientes, y luego se colocará un hormigón C150 (tensión de rotura a los 28 de 150 daN/cm2, compactado y reglado, con un espesor mínimo de 7 cm. Malla: electrosoldada de 15x15 cm, diámetro 3,4 mm. Juntas de retracción cada 3 m en ambos sentidos. Se deberá utilizar sellador flexible en estas juntas. 3- Yesos y cielorrasos livianos Nota: en este ítem se considerarán incluidos todos los materiales y elementos accesorios especificados por los fabricantes (tapajuntas, cantoneras, etc.), a los efectos de lograr una obra con terminación esmerada. 3.1 - Suministro y colocación de tabique espesor 10 cm (superficie menor de 4 m2). La estructura será realizada mediante soleras y montantes metálicos con una separación máxima de 48 cm, sujetos mediante tornillos galvanizados de 1 1/2". Las láminas de 12 mm de placa verde serán atornilladas con tornillería Grabber de 1 1/8" o similar (cantidad: 40 tornillos por m2 de muro). Llevará cinta de terminación y enduido. Cantoneras en chapa calibre 23 con calado para tornillos. Los tabiques serán entregados enduidos en toda su superficie y lijados, perfectamente preparados para pintar. La cámara entre ambas láminas se rellenará con lana de vidrio (característica de aislación R.11). Ancho total del tabique: 10 cm nominal. Cuando se tenga que atornillar un marco de madera al tabique de yeso, se deberá colocar una escuadría de madera por dentro de los montantes, para garantizar una correcta sujeción. Se incluye en este rubro las tareas necesarias referente a otros subcontratos (eléctrica, datos, etc.) en lo que a tabiquería de yeso se refiere (calados, refuerzos, etc.).
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Normas de calidad. Las placas de yeso deberán cumplir con la Norma ASTM C36 y E119, y las estructuras metálicas con las Normas ASTM A 446 y A525. 3.2 - Suministro y colocación de tabique espesor 10 cm (superficie mayor de 4 m2) Especificaciones ídem punto anterior. 3.3 – Suministro y colocación de revestimiento sobre paramentos Será realizado mediante perfiles "omega" de chapa galvanizada de 12 mm con una separación máxima de 48 cm, sujetos con tacos de expansión plásticos N° 8 con tornillos galvanizados correspondientes cada 40 cm. Las láminas de 12 mm de placa verde serán atornilladas con tornillería Grabber de 1 1/8" o similar (cantidad: 40 tornillos por m2 de revestimiento). Llevarán cinta de terminación y enduido. Los tabiques serán entregados enduidos en toda su superficie y lijados, perfectamente preparados para pintar. Se incluye en este rubro las tareas necesarias referente a otros subcontratos (eléctrica, datos, etc.) en lo que a tabiquería de yeso se refiere (calados, refuerzos, etc.). Normas de calidad. Las placas de yeso deberán cumplir con la Norma ASTM C36 y E119, y las estructuras metálicas con las Normas ASTM A 446 y A525. 3.4 - Suministro y colocación cielorraso de yeso (junta tomada). La estructura será realizada mediante soleras y montantes metálicos con una separación máxima de 48 cm, sujetos mediante tornillos galvanizados de 1 1/2". Velas rígidas: mínimo una por m2. Láminas de 12 mm de placa verde serán atornilladas con tornillería Grabber de 1 1/8" o similar (cantidad: 40 tornillos por m2 de muro). Llevará cinta de terminación y enduido, incluidos los bordes. Se aplicará enduido en toda la superficie y se lijará, dejándola perfectamente preparada para pintar. Se realizarán todas las tareas pertinentes (en lo que a este rubro se refiere) para la colocación de luminarias, ductos de aire acondicionado, etc. Normas de calidad. Las placas de yeso deberán cumplir con la Norma ASTM C36 y E119, y las estructuras metálicas con las Normas ASTM A 446 y A525. 3.5 - Suministro y colocación de cielorraso desmontable tipo Armstrong. A) TIPO DE PANELES Paneles acústicos en base a fibra mineral de 0.60x0.60 m Modelo Georgian con rebaje - Código 1752 de Armstrong o similar diseño y calidad, color blanco. El coeficiente de reducción de ruido (NRC), debe estar comprendido entre 55 y 70. La clasificación de atenuación (CAC), debe estar comprendida entre 33 y 35. Tanto los paneles como la estructura de suspensión debe ser resistente al fuego, y deben conservar la integridad estructural del sistema. Deben cumplir con los siguientes parámetros: a) Índice de propagación de llama del material (IPLL), debe ser menor o igual a 25. b) Índice de generación de humo (IH), debe estar entre 0 y 50. c) La clase del panel debe ser A, según la norma. Los paneles deberán ser aptos para todas las aplicaciones de alto nivel de humedad, edificios donde el sistema de calefacción, ventilación y aire acondicionado no están en funcionamiento continuamente. Tendrán que poder ser instalados antes de la finalización de la obra. Estarán tratados con inhibidores de la propagación superficial de moho y hongos, pruebas conforme a métodos ASTM D 3273, con evaluación de rendimientos basado en criterios ASTM G 21. Debe tener alto índice de reflectancia lumínica, comprendido entre 84% y 86%, según ASTM E 1477-98 como lo indica ASTM E 1268-98.
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B) SISTEMA DE SUSPENSIÓN Componentes: Tes principal y Tes secundaria, metal base y conector, fabricado de acero de calidad comercial galvanizado por baño en caliente de conformidad con ASTM A 653. Tes principal y secundaria son de construcción de acero con trama doble con diseño de brida expuesta. Superficies expuestas químicamente lavables, tapas terminadas de acero galvanizado con pintura poliéster horneada. Tes principal y secundaria tendrán costura. Alambres para colgantes y tes: ASTM A 641, Clase 1 revestimiento de zinc, temple blando, preestirado, no menos de calibre 12. Bordes y ángulos perimetrales, de acero de calidad comercial galvanizado. Estos serán de acabado para Humedad Alta de conformidad con los requisitos ASTM C 635. Todos los componentes deben ser resistentes al fuego. 4- Revestimientos 4.1 - Revoques grueso y fino Se ejecutará una primera capa de mortero de cemento de albañilería y arena terciada (1:6) como revoque grueso (regleada y peinada) y la segunda de revoque fino: mortero de mezcla fina reforzada (1 cal, 3 arena fina, 1/20 cemento portland). En conjunto, el espesor nominal será de 2 cm. Sobre hormigón, ticholo, bloques u otras superficies difíciles de cargar con mortero se aplicará una azotada de consistencia líquida de arena gruesa y portland (3:1). En los ángulos salientes llevarán cantoneras de chapa nervada en 2 mts de altura, por lo menos. 4.2 - Revoques de cielorraso de losa de hormigón. Se aplicará una azotada de consistencia líquida de arena gruesa y portland (3:1) para posibilitar la adherencia. Se ejecutará una primera capa de mortero de cemento de albañilería y arena terciada (1:6) como revoque grueso y la segunda de revoque fino: mortero de mezcla fina reforzada (1 cal, 3 arena fina, 1/20 cemento portland). En conjunto, el espesor nominal será de 2 cm. 4.3 - Revoque exterior hidrófugo. Se aplicará en muros del lado exterior, submuraciones, impermeabilizaciones de amure de aberturas, etc. Su dosificación será arena terciada y cemento portland (3:1) con aditivo hidrófugo líquido en la proporción sugerida por el fabricante del mismo. Se comenzará a colocar el mortero de abajo hacia arriba, planchando con cuchara de albañil para eliminar aire ocluido y superponiendo las cargas (efecto "teja"). Una vez terminada la ejecución del mortero se azotará la superficie con un mortero de consistencia líquida de arena gruesa y portland (3:1) para posibilitar la adherencia de posteriores capas. 4.4 - Alisados de arena y portland (espesor 2 cm.). Se utilizarán para diversos usos: sustrato para capas impermeables asfálticas, base para pisos flotantes, PVC, moquette, parquet, cerámicos, etc. Dosificación: arena gruesa o terciada y cemento portland (4:1). Se regleará y se pasará el fratacho hasta lograr una superficie perfectamente plana. 4.5 - Facerit sobre revoques. Se aplicará el producto con máquina de balai, planchándose posteriormente las puntas con llana metálica. Se evitará el contacto con elementos de hierro o acero. 4.6 - Cerámicos en muros. Suministro y colocación de cerámicos de monococción, PEI III o IV, color y dimensiones a elección del Director de Obra. Serán de primera calidad, sin defectos. Colocación: sobre un revoque de arena y portland (4:1) perfectamente vertical y plano, se colocarán los revestimientos cerámicos utilizando mortero predosificado específico para ese uso (adhesivo para cerámicos, tipo Bindafix), aplicándolo con llana dentada. Se mojarán previamente las piezas antes de su colocación. Se utilizarán separadores plásticos de 3 mm para las juntas; las mismas, una vez endurecido el adhesivo, se rellenarán con pastina predosificada, color a elección del Director de Obra.
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4.7 - Porcelanatos en pisos. Suministro y colocación de PORCELANATO 30 cm x 30 cm, terminación mate, con medidas rectificadas, de color gris claro, única tinta. Al finalizar la obra, se debe dejar en poder de Antel una cantidad de baldosas enteras equivalente al 2% de la superficie colocada (para posteriores reparaciones, etc.) sin costo adicional para Antel. La colocación de las baldosas será con mortero predosificado específico para porcelanato (calidad de referencia: Binda Porcelanato). Se colocarán de manera uniforme sin resaltes, sin puntas levantadas, perfectamente alineadas y con una junta de 3 mm (se utilizará cruces separadoras plásticas) que se llenará con pastina de color gris (consistencia de masilla, aplicada con espátula plástica y rectificada con el canto de una varilla Ø 12). Arranque: Se indicará en obra, según las conveniencias de Antel. Los pavimentos a suministrar deberán cumplir con las siguientes características: • •
Terminación: Colores:
•
Calidad:
•
Resistencia:
Lisa y mate natural. Lisos (única tinta), de preferencia gris claro, pero podrán cotizarse blancos, o beiges claros (arena, manteca, huevo, etc.) 1° calidad, retificados, cerámicos planos y con menos del 0,5% de variación dimensional Para alto tránsito PEI IV o Mohs 6.
4.8 - Zócalos de porcelanato. Se utilizarán las mismas baldosas descritas en el ítem anterior, con una altura de 9 cm. Se colocarán con mortero predosificado y pastina ídem pavimento. 4.9 - Antepechos y umbrales de madera. Se colocarán con dos grapas cada 50 cm de separación máxima (ejemplo: umbral de 0,80 x 0,15 m: 6 grapas). Las grapas estarán tornilladas, no clavadas. Llevará una mano de emulsión asfáltica en la zona inferior y los cantos, para evitar que absorbe agua del mortero y se deforme. Madera: lapacho seco (15% de humedad). Se colocarán sobre una capa de arena y portland (4:1). 4.10 - Antepechos y umbrales de mármol. Se cotizarán piezas 0,80 x 0,15 nominales de mármol homogéneo color gris o blanco de 2 cm de espesor. S se colocarán con mortero predosificado sobre un alisado de arena y portland (4:1). Las juntas se rellenarán con pastina predosificada. 5- Aberturas y mamparas Se solicitan una serie de rubros a los efectos de poder cotizar diferentes obras. Se adjunta planillas con aberturas o módulos de diferentes tipos de cerramientos para poder componer diferentes soluciones. En todos los casos, las planillas son guías para cotizar, donde se especifican las calidades, dimensiones y terminaciones de cada rubro solicitado. 5.1 – Puerta interior (75 x 210) Puerta tipo placa con enchapado en MDF y cármica de acuerdo a las especificaciones de la planilla de abertura de la lámina 5–1. 5.2 – Puerta Blindex (75 x 210) Puerta de cristal templado de 10 mm de espesor, con vidrio fijo superior, herrajes y manotón de acero inoxidable de acuerdo a la planilla de la lámina 5–2/3.
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5.3 – Vidrio fijo templado Paño de vidrio fijo templado de 10 mm de espesor, altura 2,60 (a rectificar) t perfiles U de sujeción superiores e inferiores. Se deberá cotizar por m2. de acuerdo a la planilla de la lámina 5–2/3. 5.4 – Abertura de aluminio (2.10 x 2.10) Abertura de aluminio con terminación en pintura electrostática blanca, de acuerdo a la planilla de la lámina 5–4/5. Calidad de referencia: Línea Prima 5.5– Abertura de aluminio (2.10 x 1.10) Abertura de aluminio con terminación en pintura electrostática blanca, de acuerdo a la planilla de la lámina 5–4/5. Calidad de referencia: Línea Prima 5.6 – Mampara de aluminio Mampara de aluminio MA1, con terminación de pintura electrostatica blanca, de acuerdo a la planilla de la lámina 5–6/7. Calidad de referencia: Línea Prima 5.7 – Mampara con puerta Mampara de aluminio con puerta MA2, con terminación de pintura electrostatica blanca, de acuerdo a la planilla de la lámina 5–6/7. Calidad de referencia: Línea Prima 5.8 – Mampara de madera Mampara de madera construida con Pino Brasil, terminada con barniz poliuretanico mate, y paño inferior en MDF 18 mm, con enchapado melamínico en ambas caras, de acuerdo a la planilla de la lámina 5–8. 6- Pinturas 6.1 - Enduidos de interiores. Sobre una superficie convenientemente preparada, se realizarán las reparaciones menores que sean necesarias (retiro de clavos, pequeñas fisura y oquedades). Se aplicará con llana según especificaciones del fabricante, y se realizarán suficientes capas y lijados hasta lograr un plano perfecto, sin desplomes aún con luz rasante. 6.2 - Pintura interior al agua calidad Súper Lavable. La pintura debe estar formulada en base a polímeros 100% acrílicos en emulsión. Debe ofrecer resistencia al manchado y facilidad de limpieza superior a las de las pinturas al agua convencionales. Calidad de referencia: Incalex Superlavable. Color: a elección del Director de Obra, con colores de catáogo, no admitiéndose preparaciones artesanales con entonadores. Las superficies a pintar deben estar limpias, libres de polvillo, restos de cal, suciedad y gratitud. Se prepararán las mismas siguiendo las recomendaciones del fabricante (incluidas las imprimaciones y fijadores, de ser necesarios, según criterio del Director de Obra). Se aplicarán tantas manos como sean necesarias para lograr un trabajo prolijo, limpio y uniforme. 6.3 - Interior para cielorrasos (antihongos) Se trata de pintura tipo látex no lavable formulada especialmente para el pintado de cielorrasos, por lo que debe de ser porosa. Tiene que tener aditivos fungicidas. Su aplicación debe de respetar las recomendaciones del fabricante. Color: blanco. 6.4 - Impermeable exterior (anti algas) Pintura acrílica, que actúa como barrera anticarbonatación. Debe ser formulada especialmente para la protección de paredes exteriores, evitando la filtración de humedad provocada por el agua de lluvia y sellando las fisuras que pudieran aparecer en el revoque. Debe secar formando una membrana de gran Página 34 de 46
elasticidad, resistente a la acción de los agentes atmosféricos y que además evite el crecimiento de algas y hongos debido a la incorporación de bactericida, fungicida y alguicida no mercuriales. Calidad de referencia: Incafrent Antialgas. Aplicación según especificaciones del fabricante, color a elección del Director de Obra. 6.5 - Esmalte sintético sobre madera o hierro. Se utilizará esmalte sintético basado en una resina alquídica, que forme una película de aspecto satinado, de gran duración y excelente lavabilidad. Calidad de referencia: Satinca de Inca. Aplicación según especificaciones del fabricante, incluyendo los fondos necesarios (madera: fondo blanco lijado, hierro: dos manos de convertidor de óxido), color a elección del Director de Obra. 7- IMPERMEABILIZACIONES Se detallan una serie de rubros a los efectos de poder armar diferentes soluciones de impermeabilización. 7.1 - Levantar tejuelas y/o terminaciones de arena y portland. Picado de protección existente y retiro del escombro generado. Se tendrá especial cuidado de evitar que los escombros y arena no sea arrastrado por viento, lluvia u otras causas dentro de la red de evacuación de pluviales (colocación de obstáculos o filtros (tejuelas, tejidos, etc.) que dejen pasar el agua pero no los sólidos). 7.2 - Retiro de impermeabilización existente y limpieza. Se retirará la impermeabilización existente hasta llegar al sustrato, ya sea con herramientas manuales o con calor (soplete de gas). La superficie resultante debe de quedar lisa. Se rectificará las pendientes del sustrato, ya sea retirando plastones de impermeabilización anterior, como rellenando con arena y portland (4:1), de manera de asegurar una eficiente evacuación, sin zonas empozadas, y dejándola lista para colocar la nueva impermeabilización. 7.3 - Picado de gargantas. Se picará los bordes de la azotea a reimpermeabilizar (retirando el escombro producido), llegando hasta la impermeabilización existente, la cual se retirará según el punto anterior. Se rectificará la capa soporte con arena y Portland (3x1) con Hidrófugo, de maner que quede pronta para instalar la impermeabilización. 7.4 - Colocación de membrana asfáltica UNIT. Imprimación: sobre el sustrato (alisado de arena y portland) se colocarán dos o más manos de imprimación asfáltica de base hidrocarbonada (solución asfáltica, específica para su uso como imprimación): la primera de las capas puede ser diluida, pero las siguientes manos deben ser puras hasta llegar a los 100g/m2 de asfalto puro, como mínimo. Se colocará membrana asfáltica prefabricada con aluminio gofrado de 44 k/rollo (4 mm) soldada. La misma debe estar certificada por la norma UNIT 1058:2000. Tanto los materiales utilizados como los procesos de colocación no descriptos en la presente memoria, se realizarán de acuerdo a las Normas UNIT, desde la 1052:2000 a la 1059:2000 y la 1065:2000. Sistema de colocación: adherida, donde todas las capas que constituyen la impermeabilización deben adherirse totalmente, tanto entre si como al soporte, habiéndose tratado éste previamente con la imprimación detallada. La membrana se colocará en sentido perpendicular a la dirección de la pendiente, y se comenzará a colocar desde los puntos bajos a los puntos altos solapando en la dirección de la pendiente. Este solape será de 10 cm, y se debe hacer con el máximo de cuidado, asegurando el perfecto sellado entre capas (consultar UNIT 1065:200, punto 8.3). En todos los bordes y pretiles se pondrá dos capas de membrana solapando como mínimo 40 cm en horizontal con la azotea. Página 35 de 46
Se repasarán todas las soldaduras con una capa de emulsión asfáltica pura con velo de vidrio o geotextil (definición de capa: emulsión - velo de vidrio o geotextil - emulsión). Ancho de esta capa: 5 cm + 5 cm (10 cm montando en los bordes de unión soldados). Estos bordes se pintarán con una mano de aluminio asfáltico. 7.5 – Impermeabilización de desagües pluviales Los puntos de bajada de pluviales se resolverán con embudos EPDM, colocados según instrucción del fabricante. Previo a su colocación, se limpiarán perfectamente del talco de almacenamiento con que viene de fábrica. En cada bajada de pluviales, se amurarán rejillas de PVC con su marco, confeccionando pequeñas cámaras de 20 x 20 cm. Se limpiarán todas las bajadas de pluviales hasta las primeras cámaras al pie de las mismas en planta baja inclusive. 7.6 - Ensayos hidráulicos Las pruebas de agua serán de dos tipos: por un lado se probarán las columnas de bajada y seguidamente se probará la azotea y puntos de bajada. Momento: una vez terminada la capa impermeable. Orden: - Tapado de las cañerías al pie de las columnas - Llenado de los caños con agua coloreada hasta llegar al nivel de la impermeabilización - Reposo por 24 hs, inspección. Si se comprueba que las columnas no pierden, manteniendo el tapón, se llenará la azotea con agua coloreada y se inspeccionará nuevamente a las 24 hs por parte de la Dirección de Obra o su representante. -
Finalmente desagote.
Nota: La empresa constructora deberá tomar las precauciones necesarias en caso de lluvias. 7.7 - Aislación térmica. Se colocarán sobre la impermeabilización planchas de poliestireno expandido de alta densidad (tipo III) con un espesor de 5 cm, ubicado en la posición relativa elegida por el Director de Obra. 7.8 - Colocación de protección: carpeta hormigón. Consiste en una carpeta de hormigón de pedregullín (proporción 3, 2, 1) con un espesor de 3 cm y alma de malla electrosoldada (20x20x3mm). Juntas de dilatación cada 3 m (con sellador mastic asfáltico) y juntas de retracción cada 60 cm. Terminación llaneada. 7.9 - Colocación de protección: alisado arena y portland. El espesor será de 2 cm, dosificación arena y portland (4:1) se colocará sobre una capa que separe la impermeabilización del mortero para evitar la adherencia (capa separadora: papel kraft o polietileno (nylon) de 100 micras). Juntas de dilatación cada 3 m (con sellador mastic asfáltico) y juntas de retracción cada 60 cm. Terminación llaneada. 7.10 - Colocación de tejuelas. Suministro y colocación de tejuelas (cerámicas industriales, medidas nominales 12x25x3cm). Se asentarán sobre una capa de 2 cm de mezcla gruesa (cal y arena 4x1). Se llenarán las juntas con mortero de arena y cemento de albañilería (7:1). 7.11 - Cerrado de gargantas y pintura impermeabilizante. Se realizará con ladrillo de campo, teniendo la precaución de colocar capa separadora sobre la impermeabilización para evitar la adherencia del mortero. Los mampuestos se colocarán con mortero de arena y cemento de albañilería (6:1), revocando el conjunto con arena y portland (3:1) con hidrófugo y Página 36 de 46
revoque grueso de arena y cemento de albañilería (6:1). Una vez seca la superficie, se pintará el pretil con impermeabilizante blanco para azoteas. 8.- Sanitaria A los efectos de poder contratar diferentes trabajos sanitarios se detalla una serie de rubros a cotizar. Posteriormente, y en función de los rubros detallados, se cotizarán las obras específicas. 8.1- SSHH Completo Tipo 1 Se cotizará la instalación sanitaria correspondiente a un SS.HH tipo, conformado por un inodoro, un bidet, un lavabo y un duchero, según detalles en láminas: S01, S02, S08 y S09. El abastecimiento se realizará nuevo en Polipropileno Termofusionado desde la columna de bajada o alimentación que llegue al servicio. Se realizará el recorrido de acuerdo a las láminas suministradas. La distribución interna en los servicios será siempre en Termofusión Ø25mm tanto para agua fría como caliente. Se abastecerá a 1 (una) bacha, 1 (una) canilla de servicio, 1 (una) cisterna, 1 (un) duchero, 1 (un) bidet y 1 (un) termotanque. Se colocará llave de paso esférica a la entrada del local y antes de la cisterna y del termotanque. Se realizará prueba manométrica a 7 Kg./cm2 luego de realizados los trabajos de sanitaria y antes de comenzar los trabajos de revestimientos, a fin de comprobar el estado de la instalación. Los desagües se realizarán en PVC aprobado con los diámetros indicados en láminas y pendientes siempre superiores a 2%, tomándose como norma: desagüe Primario 110mm, desagüe de Caja de Piso a ramal 63mm, desagüe secundario de más de 2 mts de largo o que desagua más de dos artefactos 50mm, desagüe secundario simple 40mm. El desagüe primario se conectará a la Cámara de Inspección Existente con una pendiente superior a 2%, debiéndose realizar siempre en el interior de la cámara los trabajos que sean necesarios de adecuación de paredes y cojinetes para el correcto escurrir de las aguas. En entrepiso, el tendido de cañería primaria se conectará en PVC 110 a columna de bajada. Si esta columna es existente en Hierro fundido, la empresa deberá realizar la conexión mediante pieza de transición HF-PVC. Para la unión de los desagües secundarios del SS.HH. a la primaria, siempre se utilizará una Caja de PVC sifonada abierta, donde desaguará la bacha, el bidet y la rejilla de piso del duchero. Dicha caja sifonada auspiciará de desagüe de piso. Antes de dar el visto bueno, se realizará prueba hidráulica a toda la nueva instalación sanitaria de desagüe así como también a los sectores de unión con tramos de desagües existentes. Para el SS.HH. se suministrará y colocará una mesada de granito gris con 1 bacha “de abajo” en acero inoxidable 304. La mesada tendrá 0.80 x 0.60mts y 2cms de espesor con los cantos vistos redondeados y llevará pollerín de 20cms de alto en los frentes. Para la mesada se colocarán ménsulas metálicas (conformadas por perfiles “T”) debidamente protegidas con antióxido y esmalte sintético negro sobre las cuales se pegará la placa de granito con cemento a base de siliconas. Se amurarán a 0.90 mts de altura desde el nivel de piso terminado. La mesada estará además empotrada 2 cm en el muro en los lados donde tenga contacto con éste como se indica en láminas. El sifón de las bacha será de PVC rígido cromado. La grifería a utilizar será tipo monocomando, en la bacha será de mesada, el duchero será embutido con llave de volante cruz. Página 37 de 46
La canilla de servicio será tipo globo. La cisterna a suministrar y colocar será exterior de PVC (tipo Magya), en color blanco. Las colillas a suministrar e instalar serán de PVC con malla. Los accesorios a suministrar y colocar son: 1 (un) portarrollos cerámico de embutir color blanco, 3 (tres) percheros cerámicos, y 1 (una) jabonera cerámica de embutir color blanco y su ubicación a definir en obra. El inodoro será tipo Ferrum modelo Florencia. La tapa de los inodoros será de madera en color blanco. En los desagües de piso se colocarán rejillas de metal cromado. Se suministrará y colocara 1 (un) secamanos electrónico con célula fotoeléctrica. Se deberá suministrar y colocar un espejo sobre el lavabo, el cual será de 80x100. Estará ubicado sobre mesada y pegado con silicona. El Termotanque a suministrar deberá ser de 60 lts. El mismo será de cobre y deberá ser completamente nuevo, presentado con su respectiva garantía. Nota: En baño tipo 1 no se incluyen los revestimientos de piso, ni de pared. 8.2 - SSHH Completo Tipo 2 Se cotizará la instalación sanitaria correspondiente a un SS.HH tipo, conformado por dos inodoros y un lavabo según detalles en láminas: S03, S04, S05, S08 y S09. El abastecimiento se realizará nuevo en Polipropileno Termofusionado desde la columna de bajada o alimentación que llegue al edificio. Se realizará el recorrido de acuerdo a láminas suministradas, la distribución interna en los servicios será siempre en Termofusión Ø25mm tanto para agua fría como caliente. Se abastecerá a 1 (una) bacha, 1 (una) canilla de servicio, 2 (dos) cisternas y 1 (un) termotanque. Se colocará llave de paso esférica a la entrada del local y antes de la cisterna y del termotanque. Se realizará prueba manométrica a 7 Kg./cm2 luego de realizados los trabajos de sanitaria y antes de comenzar los trabajos de revestimientos, a fin de comprobar el estado de la instalación. Los desagües se realizarán en PVC aprobado con los diámetros indicados en láminas y pendientes siempre superiores a 2%, tomándose como norma: desagüe Primario 110mm, desagüe de Caja de Piso a Ramal 63mm, desagüe secundario de más de 2 mts de largo o que desagua más de dos artefactos 50mm, desagüe secundario simple 40mm. El desagüe primario se conectará a la Cámara de Inspección Existente con una pendiente superior a 2%, debiéndose realizar siempre en el interior de la cámara los trabajos que sean necesarios de adecuación de paredes y cojinetes para el correcto escurrir de las aguas. En entrepiso, el tendido de cañería primaria se conectará en PVC 110 a columna de bajada. Si esta columna es existente en Hierro fundido, la empresa deberá realizar la conexión mediante pieza de transición HF-PVC. Para la unión de los desagües secundarios del SS.HH. a la primaria, siempre se utilizará una Caja de PVC sifonada abierta, donde desaguará la boca de acceso que recibe las aguas de la bacha. Dicha caja sifonada y boca de accesos auspiciarán de desagüe de piso.
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Antes de dar el visto bueno, se realizará prueba hidráulica a toda la nueva instalación sanitaria de desagüe así como también a los sectores de unión con tramos de desagües existentes. La división de los gabinetes se realizará con perfilaría tubular de Aluminio y placa aglomerada con revestimiento melamínico o cármica de 25mm de espesor color blanco. Las puertas se realizarán del mismo material y elementos de maniobra de metal cromado de acuerdo al detalle adjunto. Para el SS.HH. se suministrará y colocará una mesada de granito gris con 1 bachas “de abajo” en acero inoxidable 304. La mesada tendrá 0.80 x 0.60mts y 2cms de espesor con los cantos vistos redondeados y llevará pollerín de 20cms de alto en los frentes. Para la mesada se colocarán ménsulas metálicas (conformadas por perfiles “T” de) debidamente protegidas con antióxido y esmalte sintético negro sobre las cuales se pegará la placa de granito con cemento a base de siliconas. Se amurarán a 0.90 mts de altura desde el nivel de piso terminado. La mesada estará además empotrada 2cm en el muro en los lados donde tenga contacto con éste como se indica en láminas. El sifón de las bacha será de PVC rígido cromado. La grifería a utilizar será tipo monocomando, en la bacha será de mesada. La canilla de servicio será tipo globo. La cisterna a suministrar y colocar será exterior de PVC (tipo Magya), en color blanco. Las colillas a suministrar e instalar serán de PVC con malla. Los accesorios a suministrar y colocar son: 2 (dos) portarrollos cerámico de embutir color blanco y 2 (dos) percheros cerámicos, y su ubicación a definir en obra. El inodoro será tipo Ferrum modelo Florencia. Las tapas de los inodoros serán de madera en color blanco. En los desagües de piso se colocarán rejillas de metal cromado. Se incluirá un zócalo para el duchero de granito gris (igual a la mesada) de de 120 x 8 cm y 40mm de espesor. Se suministrará y colocará 1 (un) secamanos electrónico con célula fotoeléctrica. Se deberá suministrar y colocar un espejo sobre el lavabo, el cual será de 80x100. Estará ubicado sobre mesada y pegado con silicona. El termotanque a suministrar deberá ser de 60lts para los servicios. El mismo será de cobre y deberá ser completamente nuevo, presentado con su respectiva garantía. Nota: En baño tipo 2 no se incluyen los revestimientos de piso, ni de pared. 8.3 - Gabinete Adicional en SSHH Completo Tipo 2 Se cotizará la instalación sanitaria correspondiente a un gabinete adicional en un SS.HH Tipo 2, conformado por un nuevo inodoro y un lavabo según detalles en láminas: S06, S07, S08 y S09. El abastecimiento se realizará nuevo en Polipropileno Termofusionado Ø25mm. Se abastecerá a 1 (una) bacha y 1 (una) cisterna. Se colocará llave de paso esférica antes de la cisterna. Se realizará prueba manométrica a 7 Kg./cm2 luego de realizados los trabajos de sanitaria y antes de comenzar los trabajos de revestimientos, a fin de comprobar el estado de la instalación. Página 39 de 46
Los desagües se realizarán en PVC aprobado con los diámetros indicados en láminas y pendientes siempre superiores a 2%, tomándose como norma: desagüe Primario 110mm, y PVC 40mm desde el nuevo lavabo hasta la boca de desagüe. Antes de dar el visto bueno, se realizará prueba hidráulica a toda la nueva instalación sanitaria de desagüe así como también a los sectores de unión con tramas de desagües existentes. Se contemplará los trabajos en la mampara de división de los gabinetes, la que se realizará con igual criterio, en perfilería tubular de Aluminio y placa aglomerada con revestimiento melamínico o cármica de 25mm de espesor color blanco. Las puertas se realizarán del mismo material y elementos de maniobra de metal cromado de acuerdo al detalle adjunto. La mesada de granito gris tendrá por cada gabinete adicional una nueva bacha “de abajo” en acero inoxidable 304. La mesada tendrá 0.80 mts de largo adicional manteniéndose los 0.60mts de profundidad y 2cms de espesor; con los cantos vistos redondeados y llevará pollerín de 20cms de alto en los frentes. Para la mesada se colocarán siempre ménsulas metálicas (conformadas por perfiles “L” y “T” de 1 y ½ '') debidamente protegidas con antióxido y esmalte sintético negro sobre las cuales se pegará la placa de granito con cemento a base de siliconas. Se amurarán a 0.90 mts de altura desde el nivel de piso terminado. La mesada estará además empotrada 2cm en el muro en los lados donde tenga contacto con éste como se indica en láminas. El sifón de las bacha será de PVC rígido cromado. La grifería a utilizar será tipo monocomando, en la bacha será de mesada. La cisterna a suministrar y colocar será exterior de PVC (tipo Magya), en color blanco. Las colillas a suministrar e instalar serán de PVC con malla. Los accesorios a suministrar y colocar por cada gabinete adicional son: 1 (un) portarrollos cerámico de embutir color blanco y 1 (un) perchero cerámico, y su ubicación a definir en obra. La tapa de los inodoros será de madera en color blanco. El espejo sobre el lavabo tendrá 80cm adicionales por cada nueva bacha, a los efectos que tenga el mismo largo que la mesada de granito, y será pegado con silicona. Nota: En gabinete adicional no se incluyen los revestimientos de piso, ni de pared. 8.4 - Tisanería Tipo Se cotizará la instalación sanitaria de una tisanería tipo de acuerdo a detalles en láminas: S10 y S11. El abastecimiento se realizará nuevo en Polipropileno Termofusionado desde la columna de bajada y alimentación que llegue hasta la misma. Se realizará el recorrido de acuerdo al láminas suministradas. La distribución interna será en Termofusión Ø25mm tanto para agua fría y caliente. Se abastecerá en la tisanería a 1 (una) pileta de cocina y un termotanque. Se colocará llave de paso esférica a la entrada al local y antes del calefón. Se realizará prueba manométrica luego de realizados los trabajos de sanitaria y antes de comenzar los trabajos de revestimientos, a fin de comprobar el estado de la instalación. Se deberá realizar el desagüe de la pileta de cocina en PVC aprobado de 50mm a un interceptor de grasa redondo con tapa roscada de PVC (éste deberá ser presentado a la Dirección de Obra para su autorización) y de este conducirá a una pileta de Patio de 20x20 realizada en ladrillos de campo, con paredes internas revocadas con cemento portland lustrado, la que contará con tapa ciega. Página 40 de 46
En entrepisos se podrá sustituir la pileta de patio por una caja de pvc sifonada con tapa ciega de metal cromado. Se podrá colocar el interceptor de grasas y la pileta de patio en el exterior del local siempre que la mesada esté en una pared exterior. La ventilación del circuito secundario se realizará en PVC50. Se colocará rejilla de aspiración que saldrá desde la pileta de patio o caja sifonada según corresponda y rejilla de evacuación desde el sifón de la pileta de cocina hacia el exterior. Todas las rejillas serán de metal cromado. Para la tisanería se deberá suministrar y colocar una mesada de granito gris con pileta de acero inoxidable 304. La mesada será de 60cm x 180cm y 2 cms de espesor (a rectificar en obra). Se amurará a 0.90 mts de altura desde el nivel de piso terminado. La mesada estará además empotrada 2cm en el muro en los lados donde tenga contacto con éste, colocando en estos lugares, zócalo de granito gris humo (igual a la mesada) de 5 cm de altura, como se indica en lámina: S11. En este caso en particular, se incluirá sobre los muros perimetrales a la mesada, cerámicos monococción en 60 cm de altura según lo indicado en lámina: S10. Se suministrará un mueble bajo mesada, sobre banquina de mampostería de 12 cm de altura (ver lámina: S10). Se realizará en placas de MDF terminación melamínico de color gris humo en ambas caras. Los costados, separadores verticales y techos, serán de MDF de 18mm de espesor enchapados en ambas caras y llevarán cantos ABS de idéntico color. Los separadores irán unidos mediante tarugos y excéntricas, y llevarán perforaciones para la regulación de altura. Las puertas batientes irán colocadas tipo heladera y se harán de MDF terminación melamínico de 15mm de espesor color humo en ambas caras, y llevarán cantos ABS de idéntico color. Cada puerta deberá contar con los siguientes herrajes: bisagras de auto retén, cerradura que se entregará con dos juegos de llaves y tiradores. Las puertas dobles llevarán pasadores inferiores. Todos los herrajes serán de primera calidad en el mercado (tipo Hafele o similar). Se le colocará un estante, será de MDF terminación melamínico de 18mm de espesor color gris humo en ambas caras. Llevarán cantos ABS de idéntico color. Las caras traseras y laterales cubrirán la totalidad del mueble y será de MDF de 3mm color humo. El sifón de la pileta de cocina será de PVC rígido. La grifería a utilizar será tipo monocomando, en la tisanería será de pared. Las colillas a suministrar e instalar serán de PVC con malla. El Termotanque a suministrar deberá ser de 40lts para los servicios. El mismo será de cobre y deberá ser completamente nuevo, presentados con su respectiva garantía. 8.5 - Tendido de Cañería de Desagüe y Ventilación Se deberá cotizar el metro lineal de cañería en PVC y Polipropileno aprobado de 110 mm para tramos de cañería de desagüe y así como también tendido de cañería para ventilación primaria que se encuentren fuera de los SSHH y tisanerías de determinado local. Se utilizará siempre PVC 110 a sola excepción de aquellos tendidos de cañerías de desagüe y ventilación que queden expuestos al exterior, los que deberán ser de Polipropileno 110 mm, con filtro anti UV. Página 41 de 46
Todo tramo de cañería de PVC subterráneo que quede por debajo de una zona de transito vehicular, deberá ser protegido por una carpeta de hormigón de 10cm de espesor armado con varillas Ø6 cada 10cm. Los tramos que puedan ser suspendidos, serán sostenidos por grampas metálicas espaciadas cada 40 cm de acuerdo a lámina S13. Aquellos tendidos de cañerías suspendidos que contengan agua de origen pluvial deberán ser colocados en bandeja metálica conformados por dos planchuelas de acero de 1 1/2” unidas a través de otra de 1” tal como se especifica en los recaudos gráficos. Esta bandeja irá sostenida a través de ménsulas cada 1 metro, compuestas por perfiles de acero 21/2””x1/4, unidas a la pared mediante tacos expansivos de 3”. El tendido de cañería se ajustará a esta mediante cinta metálica. 8.6 - Tendido de Cañería Abastecimiento Se deberá cotizar el metro lineal de tendido de cañería de abastecimiento en termofusión 40 mm para tramos de cañería de abastecimiento que se encuentren fuera de los SSHH y tisanerías de determinado edificio. Todo tramo de cañería subterráneo que queden por debajo de una zona de transito vehicular, deberá ser protegido por una carpeta de hormigón de 10cm de espesor, armado con varillas Ø6 cada 10cm. Los tramos de cañerías que no sean embutidos, serán colocados en bandejas de chapa galvanizada de acuerdo a lámna S12 (la empresa a la que se le adjudique la licitación deberá presentar muestra de la bandeja, la que deberá ser previamente aprobada por la Dirección de Obra para poder ser colocada). Para su colocación, se fijarán por medio de tacos y tornillos, colocándose a tope entre una y otra. Deberá tener en su interior un aislante térmico, símil espuma de poliuretano, a ser aprobado por la Dirección de Obra. La empresa a la que se le adjudique la licitación deberá presentar también muestra del aislante para aprobación. En recorridos verticales, irán amuradas a la pared mediante tacos de anclaje y tornillos. Cuando deba ir separada de la pared, irán con ménsulas, las que deberán ser pintadas con dos manos de fondo antióxido y dos manos de esmalte sintético. En recorridos horizontales irán apoyadas sobre pilastras de por lo menos 20 cms de alto, las que irán revocadas y pintadas con pinturas para exteriores en color blanco. 8.7 - Cámara de Inspección Se deberá cotizar la construcción de una cámara de inspección con tapa de 60cm x 60cm (lámina: S12) Las mismas se realizarán según ubicación, tamaño, cotas de zampeado existentes en los distintos locales a actuar, considerando una profundidad máxima de 1 metro. Serán construidas con base de hormigón tipo 3:2:1 de 10 cm de espesor, con media caña con 10% de pendiente. Sus paredes se construirán de ladrillo de campo, serán revocadas interiormente con arena y cemento. Los cojinetes se realizarán de hormigón pobre tipo 5; 2; 1, y tendrán como terminación en cemento Pórtland lustrado. Se les colocará contra tapa y tapa en hormigón de 5 cm de espesor. Las mismas deberán ser de las armadas con varillas de 4 mm cada 3cm. Deberán contar con sus debidos tiradores (bulones) para su correcta manipulación. Todas las cámaras de inspección quedarán en óptimas condiciones, con debida terminación, colocado y sellado de tapas, contratapas y rejilla de aspiración y sifón desconector correspondiente en cámara de inspección numero 1.
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A juicio de la Dirección de Obra, se podrá solicitar la no construcción de los cojinetes, o la incorporación de un sifón prefabricado de hormigón, para que la cámara esté en condiciones de prestar funciones de otra índole (boca de desagüe y pileta de patio, ambas de 60x60cm) 8.8 - Tanque de Abastecimiento Se cotizará la instalación de un tanque tipo Perdurit Plus Aprobado de una capacidad de 600 lts, el que deberá estar fabricado con el sistema tricapa. El mismo está compuesto por una capa interior blanca, una capa intermedia negra (barrera anti-UV) y una capa exterior con aditivo anti-UV, en color gris, realizándose también el tendido de cañería necesario para su correcto funcionamiento. El abastecimiento al tanque será por su parte superior, por la cara lateral de la tapa, para permitir la fácil manipulación de la misma. El abastecimiento será en polipropileno roscado 1 ¼”, para lo cual se podrá adaptar la entrada de fábrica del tanque. Se colocará válvula de paso y continuará en Polipropileno Roscado. Antes de entrar al tanque, se le colocará pieza de unión doble para facilitar su limpieza o reemplazo. La salida es por debajo en Polipropileno Roscado en 1 ½”. Se deberá colocar las llaves de corte para el correcto mantenimiento del tanque con pieza de doble unión para facilitar su reemplazo, con corte de ingreso, para el purgado y para independizar cada tanque. Las válvulas de paso a colocar serán para cañería roscada. Todo el sistema de cañerías aledaño al tanque deberá ser aislado contra rayos UV con cinta autoadhesiva de 8 cms de espesor. Los tanques deberán presentar desborde y ventilación en Polipropileno Roscado1 ½” (50mm.), con malla electrosoldada y serán suministrados con grifo y flotador. Dicho flotador podrá ser sustituido a cargo de la empresa, dependiendo el sistema de corte existente. Si de acuerdo a las exigencias del edificio se necesita colocar más de un tanque, se deberá contemplar el ingreso a cada uno de ellos de manera independiente, en Polipropileno Roscado 1 ¼”, así también como la horquilla. Para realizar la horquilla, se continuará la salida del tanque en Polipropileno Roscado en 1 ½”, y pieza de unión doble mediante. Se colocará en la salida una T para realizar la purga con llave de paso. Se continuará en la salida horizontal, colocándose válvula de paso para independizar los tanques. Se realizará siempre ruptor de vacío en Polipropileno Roscado Ø20mm y llevará malla electrosoldada en el extremo libre. El mismo superará en 20cms la altura de la tapa de los tanques, y terminará con dos codos a 90º, quedando su extremo libre en sentido inferior. El ruptor de vacío deberá quedar fijo. En caso de existir algún paramento cerca, se llevará hasta éste y se amurará por medio de grampas metálicas. Las horquillas y los ruptores de vacío que queden a la intemperie deberán ser aislados contra rayos UV con cinta autoadhesiva de 8 cms de espesor. La base se construirá de acuerdo a los detalles suministrados en láminas: S14, S15, S16 y S17, teniendo en consideración la estructura del edificio, y debiéndose rectificar las medidas en obra. La losa de apoyo del tanque será en hormigón del tipo 3:2:1, de 1.00 mts x 1.00 mts y de 0.10 mts de espesor en la parte más fina y 0.15 mts en la parte más gruesa, armada con hierros Ø10 c/12 en ambos sentidos. Esta tendrá orificio de 0.11 mts para la salida de las cañerías.
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Para la realización de la pendiente necesaria en la losa, para el correcto apoyo de los tanques, se deberá realizar posicionando el mismo tanque en su lugar. La base de hormigón se apoyará en pilastras de 0.60 mts de altura útil (de dimensiones según láminas) y serán de ladrillo de campo, revocadas con arena y Pórtland. Si el o los tanques son inferiores y se apoyan sobre el suelo, se realizará una platea de hormigón de 120 cm x 120 cm de 20 cm de espesor, amarado con varillas Ø10 cada 10cm. En caso que la base auspicie de soporte a más de un tanque, la misma irá apoyada en perfiles de acero PNI 14 si es un sistema de tanque superior, o pilastras intermedias si se trata de un sistema de tanques inferiores. La empresa deberá realizar y/o reparar la impermeabilización de azotea que se haya afectado en el momento de colocación de la base de hormigón de los tanques, siendo la empresa responsable por los defectos producidos por la mala ejecución de los trabajos. Los perfiles que sean necesarios, se pintarán con dos manos de fondo antióxido y dos manos de esmalte sintético, en color a definir por la Dirección de Obra. 9 - Eléctrica A los efectos de poder contratar diferentes trabajos de eléctrica, se detallan una serie de rubros a cotizar. Posteriormente, en función de los rubros detallados, se cotizarán las obras específicas. En todos los casos los materiales utilizados serán autorizados por UTE, Ursea o los organismos de control competentes, y las instalaciones serán realizadas por empresas y técnicos instaladores autorizados por UTE. 9.1 - Línea de iluminación 2 2 En todos los casos se cotizarán líneas de 1mm + t de 2mm con un largo de 30m. Estas líneas contarán con los interruptores necesarios (embutidos o aparentes). El tubulado podrá ser embutido o aparente por ducto plástico (en ambos casos, el tamaño será de acuerdo a las normas). Podrán conectar en salto hasta 6 luminarias. Se incluirán el conexionado de las luminarias y el conexionado en el tablero. 9.2 - Línea de energía 2 2 En todos los casos se cotizarán líneas de 2mm + T2mm con un largo de 30m, en tubulado embutido (1”) o aparente por ducto plástico (27x30). Podrán conectar en salto hasta 2 cajas de piso (o grupo de tomas). Se incluirán el conexionado de las cajas (o grupos de tomas) y el conexionado en el tablero. 9.3 - Artefacto de iluminación tipo 1 Se cotizará el suministro y la instalación de artefacto de iluminación de adosar para 2 tubos de 36w tipo 840, incluyendo zócalos, impedancias, arrancadores y condensadores de 1° calidad. Calidad de referencia: Lumenac, Lucciola 9.4 - Artefacto de iluminación tipo 2 Se cotizará el suministro y la instalación de artefacto de luz de embutir, para cielorraso tipo Armstrong, de 60x60, para 4 tubos de 18W, tipo 840, incluyendo zócalos, impedancias, arrancadores y condensadores de 1° calidad. Calidad de referencia: Lumenac, Lucciola 9.5 - Caja de piso tipo 1 Caja para piso sobre elevado de 12 módulos, incluyendo 3 plaquetas, con 1 toma tipo schuko y 1 toma modular cada una. Conexionado interno incluido. Calidad de referencia: cajas Distrimet – módulos y plaquetas Conatel (modelos AVE uo Duomo) Página 44 de 46
9.6 - Caja de piso tipo 2 Caja para piso sobre elevado de 18 módulos, incluyendo 3 plaquetas, con 1 toma tipo schuko y 1 toma modular cada una. Conexionado interno incluido. Calidad de referencia: cajas Distrimet – módulos y plaquetas Conatel (modelos AVE uo Duomo) 9.7 - Grupo de tomas Cajas de embutir, o cajas exteriores, para alojar linealmente 9 módulos (incluyendo: tres shukos, tres modulares, y las tapas ciegas que sean necesarias), más caja de embutir o exterior separada para 2 módulos (RJ11 y RJ45, que no se incluyen). Conexionado interno incluido. Calidad de referencia: cajas, módulos y plaquetas Conatel (modelos AVE u Duomo) 9.8 - Tablero de eléctrica tipo 1 Se cotizará el suministro y la instalación de un tablero de eléctrica de adosar para 24 módulos y barra de tierra, con frente muerto y tapa de plástico autoextingible. Se incluirán 10 llaves termomagneticas II de 25Amp/10ka, 1 llave gral. termomagnética y diferencial III de 25 Amp/10ka, incluyendo conexionado interno con barras de conexión, bormera de tierra y el rotulado. Calidad de referencia: Termomagneticas- Merlin Gerin, ABB, Moeller 9.9 - Tablero de eléctrica tipo 2 Se cotizará el suministro y la instalación de un tablero de eléctrica de adosar para 36 módulos y barra de tierra, con frente muerto y tapa de plástico autoextingible. Se incluirán 16 llaves termomagneticas II de 25Amp/10ka, 1 llave gral. termomagnética y diferencial III de 25 Amp/10ka, incluyendo conexionado interno con barras de conexión, bormera de tierra y el rotulado. Calidad de referencia: Termomagneticas- Merlin Gerin, ABB, Moeller 9.10 - Tablero de eléctrica tipo 3 Se cotizará el suministro y la instalación de un tablero de eléctrica metálico de adosar con pintura electrostática para una llave Monoblock trifasica + una llave diferencial + 36 módulos y bornera de tierra, con frente muerto, bandeja para riel Din y tapa metálica. Se incluirán 1 llave Monblock IIIde 100 amp ISKA, una llave diferencial y 18 llaves termomagneticas II de 25Amp/10ks, con el conexionado interno con barras de conexión, y el rotulado. Calidades de referencia: Termomagnéticas- Merlin Gerin, ABB, Moeller, Monoblock- Mitsubhisi, Terasaki
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