CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR

1 CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR Entre los suscritos a saber Gimena Andrea Correa Pérez identificada con la C. C. N° 52.41

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CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR Entre los suscritos a saber Gimena Andrea Correa Pérez identificada con la C. C. N° 52.412.964 de Bogotá, en mi sociedad legalmente constituida, con domicilio en la ciudad de Bogotá quien en adelante se llamará la contratista, y……………..............................................................................., identificado con la C.C. N°. …………........................ de.........................., y quien en delante se denominará el contratante, hemos decidido celebrar el presente contrato de prestación del servicio de transporte escolar, el cual se regirá por las siguientes cláusulas: Primera. Objeto: Prestación del servicio de transporte escolar para el año 2016 al alumno ……………..………………………………………………………………………………………, del COLEGIO INTEGRACIÓN MODERNA. Segunda. Duración: La duración del presente contrato es de diez meses, correspondientes al año lectivo escolar, contado a partir del mes de febrero de 2016, y hasta el mes de noviembre del mismo año. Tercera. Valor y forma de pago: El valor del presente contrato será la suma de $............................. Mensuales, pagaderos dentro de los ocho (8) primeros días de cada mes. Cuarta. Obligaciones del contratista: a) El contratista se obliga a transportar al estudiante desde su respectivo lugar de residencia o paradero hacia el COLEGIO INTEGRACIÓN MODERNA ubicado en la calle 4 # 71 a 41 y desde las instalaciones del Colegio hacia sus respectiva casa o al sitio previamente estipulados como paradero del alumno beneficiario del servicio contratado, según la ruta y horarios establecidos por el colegio y/o el contratista. b) A transportar al alumno beneficiario en condiciones normales de calidad, oportunidad y seguridad acorde con las normas legales vigentes. c) A mantener la calidad y el buen estado de los vehículos utilizados para el cumplimiento del objeto de este contrato. Quinta. Obligaciones del contratante. a) Pagar puntualmente dentro de los ocho primeros días del mes, el valor de la mensualidad de que trata la cláusula tercera de este contrato. b) Informar oportunamente a la coordinación de transporte del colegio y al contratista los cambios de domicilio del alumno beneficiario para efectos de la notificación de las rutas respectivas. Anexo N° 1. c) no podrá suspender el servicio durante el periodo contratado. Anexo N° 1 Sexta. Obligaciones del alumno beneficiario: a) Cumplir los horarios prefijados de iniciación y terminación de la ruta, b) A no cambiar de ruta, salvo solicitud del contratante debidamente autorizado por el coordinador de ruta. c) Observar buen comportamiento y disciplina durante la realización de la ruta fijada. d) Informar cualquier alteración y/o anomalía que se presente en el desarrollo del servicio de transporte. e) aceptar los cambios de paradero motivados por casos imprevistos de reparación, cierre o modificaciones de vías. Séptima. Sanciones e Indemnizaciones: a) Si el Contratante da por terminado el presente contrato debe avisar por lo menos con treinta (30) días de antelación, de forma escrita a la coordinación de rutas y cancelar la indemnización que se establece en el literal siguiente. b) Si el Contratante de manera unilateral y sin dar el aviso con un mes de antelación, da por terminado este contrato, cancelara a título de indemnización el equivalente a un (1) mes de servicio contratado. c) si el Contratante, incumple en el pago del valor de transporte, incurrirá en mora y falta de pago reclamables ejecutivamente con intereses a la tasa más alta del mercado, acorde con las normas legales vigentes, y acarreará, consecuentemente, la suspensión de la ruta, dejando claro que la suspensión no lo exonera del pago. En los anteriores eventos el Contratante renuncia a todo requerimiento previo y a la constitución en mora. Octava. Integración. Hacen parte de este contrato el

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reglamento previsto en el Anexo No. 1 asi como las disposiciones del Manuel de Convivencia del Colegio en lo relativo al servicio del transporte. El desconocimiento de estas disposiciones no lo exime del cumplimiento del contrato y el anexo N° 1.

En constancia se firma en Bogotá a los............. del mes de............. de 201.....

El contratista,

Gimena Andrea Correa Pérez C.C. # 52.412.964 de Bogotá

El contratante,

____________________________________

C.C. No______________ De_____________

INFORMACIÓN BASICA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Ruta N°……………….Curso…………………Dirección alumno: .......................................................................... Barrio: ............................................................ Teléfonos…………………………..……………………………………….. Mamá: .............................................................................. N° Celular:………………………………………………….. Papá: ................................................................................. N° Celular:………………………………………………….. E-mail del contratante……………………….…….…………………………. Tipo de Ruta: ……………………………………................

Testigo:

……………………………………………………………. Coordinador de rutas C.C. No........................ De.................

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ANEXO N° 1 DEBERES Y COMPROMISOS DE LOS ESTUDIANTES 1. El estudiante usará el servicio de transporte escolar, siempre y cuando este cancelado e inscrito en la ruta asignada. 2. Mantener un trato cordial y respetuoso con el monitor (a), conductor (a) y sus compañeros, de acuerdo a los parámetros de comportamiento para crear un ambiente de armonía. 3. Esperará su respectiva ruta en el paradero habitual con cinco (5) minutos de anterioridad a la hora establecida para recogerlo en la casa. 4. Por seguridad, los estudiantes deben permanecer sentados durante el recorrido y mantener un comportamiento adecuado para una amable convivencia; el monitor será la única persona que se movilizará dentro del vehículo. 5. Prohibido consumir alimentos dentro del vehículo ya que estando en movimiento el carro, el estudiante se puede atragantar y poner en riesgo su integridad física. 6. Dentro del vehículo no está permitido, gritar, sacar alguna parte del cuerpo por una ventana, lanzar objetos por las ventanas, dirigirse verbalmente o realizar actos que atenten contra la integridad moral y física de los peatones. 7. Utilizar siempre el cinturón de seguridad, según el decreto distrital 036 del 2009 resolución 1949 del 2009. En caso de generarse una multa por no usar el cinturón, los padres o acudientes del estudiante, deberán cancelar el valor de la multa. 8. Esperar en el sitio establecido por la monitora dentro de las instalaciones del Colegio a la hora de salida para abordar el vehículo sin ocasionar retrasos; por ningún motivo el alumno tomador del servicio de ruta podrá retirarse del punto de encuentro, hasta tanto llegue el vehículo que los deberá transportar; si el alumno no está al momento de salida de rutas, los padres tendrán la responsabilidad de recogerlo en las instalaciones del colegio. Si estas situaciones son reiteradas, la monitora de manera formal informara por medio del conducto regular al coordinador de ruta y al padre de familia. 9. Los estudiantes no pueden cambiar de ruta, si no existe solicitud por escrito del padre de familia con una antelación de 3 (tres) días calendario como mínimo, para permitir su reubicación en una nueva ruta siempre y cuando el sitio no esté fuera del recorrido de la ruta. En la solicitud debe aparecer: nombre completo del estudiante, grado al que pertenece, ruta que lo transporta, nueva dirección, teléfonos (oficina y residencia), celulares (padre y madre), y em@il. Para poder dar Respuesta a la solicitud deberá encontrarse a PAZ Y SALVO. Se suspende la solicitud en rutas que no exista cupo. (Consultar previamente al coordinador de rutas) 10. Se autorizara la no utilización de la ruta por parte de un estudiante, únicamente por solicitud escrita de los padres o acudientes, con la suficiente anticipación (minino dos días) para realizar las confirmaciones del caso y dar aviso oportuno al conductor y a la monitora de la ruta. 11. Prohibido realizar compras a vendedores en paradas de semáforo u otros sitios. 12. Abstenerse de subir mascotas en las rutas.

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13. Después de que los estudiantes estén dentro de la ruta no podrán salir de la misma sin previa autorización de la monitora. 14. Ocupar siempre la silla que asigne la monitora del vehículo y responder por los daños que ocasione al vehículo por su comportamiento. 15. Colaborar con el aseo interno del vehículo, evitando botar basura dentro de él. 16. Los estudiantes de la misma ruta podrán dejarse en sitios diferentes a los domicilios registrados, con previa solicitud escrita de los padres o acudientes; y autorización de la coordinación de rutas, siempre y cuando el sitio no esté fuera del recorrido de la ruta; se debe gestionar con una antelación de un (1) día hábil. 17. Las faltas a las normas de convivencia serán notificadas por la monitora de la ruta correspondiente en un informe escrito, enviado internamente a la coordinación de rutas, quien se encargara de hacer un comunicado verbal y escrito al gestor de convivencia del colegio. El gestor de convivencia realizara los procedimientos respectivos para mejorar la conducta del estudiante y a su vez hará saber a los padres de familia sobre el hecho (s) presentado(s). En caso de necesitarse, se generaran acuerdos por escrito con el alumno y el padre de familia. Si es reiterativa la falta(s) a las normas de convivencia, este caso será llevado a un estamento superior (dirección general y/o rectoría). 18. El estudiante que reitera cometer faltas a las normas de convivencia y que no cumpla el acuerdo de convivencia pactado se le suspenderá el servicio de transporte escolar provisional o total de acuerdo al caso. 19. El pago de los costos por los daños que pudieran ocasionar, no los exime de las medidas disciplinarias correspondientes. CONDUCTO REGULAR A LAS FALTAS DEL REGLAMENTO POR PARTE DE LOS ESTUDIANTES 1. Llamado de atención al estudiante, por parte del monitor y reporte al coordinador de rutas. Si continua la falta, la coordinación de rutas informara por escrito al Coordinador de convivencia. 2. La coordinación de rutas, notificara a los padres o acudientes del hecho(s), pero el proceso seguirá llevándose por parte de la coordinación de convivencia del colegio quien convocara al padre de familia a una reunión para generar acuerdos de convivencia. 3. Si aun después de la carta de acuerdos firmada por el alumno y sus padres, la situación continua, se procederá a hacer suspensión del servicio de transporte para el estudiante, por el lapso de un día de acuerdo con el Manual o Pacto de Convivencia, sin derecho a reembolso por el valor respectivo. 4. Si es reiterativa la falta o esta es lo suficientemente grave (que atente contra la integridad de las personas que lo rodean), se dará orden de retirar al alumno del servicio de ruta. 5. Se establece un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 am a 12:30 pm, en la Coordinación de rutas.

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DEBERES Y COMPROMISOS PARA PADRES DE FAMILIA o ACUDIENTES 1. Mantener un trato cordial y respetuoso con el monitor (a), conductor (a) y estudiantes, de acuerdo a los parámetros de comportamiento para crear un ambiente de armonía. 2. Propender el cumplimiento de los horarios a los estudiantes o usuarios del servicio, en su respectiva ruta en el paradero habitual con cinco (5) minutos de anterioridad a la hora establecida para recogerlo. 3. Promulgar y propender las normas de convivencia de transporte escolar. 4. Participar en los procedimientos correctivos encaminados a mejorar el comportamiento dentro de la ruta escolar del estudiante. 5. Cumplir las citaciones que les realice el gestor de convivencia cuando el estudiante no ha atendido las sugerencias en mejora de su comportamiento o cuando amerite la falta, donde generaran un acuerdo de convivencia firmado entre las partes. 6. Cumplir con sus obligaciones económicas durante los diez meses del calendario escolar. El padre de familia o acudiente pagará cumplidamente dentro de los ocho (8) primeros días de cada mes, la cuota prevista del servicio de transporte escolar. El pago no oportuno de la cuota dará lugar a la suspensión del servicio, lo cual no lo exime del pago de la deuda. 7. Realizar los pagos respectivos a la mensualidad en las siguientes cuentas asignadas por la coordinación de rutas:   

DAVIVIENDA CUENTA EMPRESARIAL N° 007590249228 (nombre del convenio TEQUAN, referencia n° 1 código del estudiante asignado por el colegio). TUS PAGOS PSE BBVA ( Link BBVA-Rutas http://www.integracionmoderna.edu.co/home.php pagina del colegio) DATAFONO (ubicado en Coordinación de Rutas)

DE SER CONSIGNADO EL VALOR CORRESPONDIENTE A RUTA EN OTRA CUENTA DIFERENTE A LA ASIGNADA, ESE VALOR SE APLICARA AL SERVICIO EN LA QUE CONSIGNARON, GENERANDO MORA EN RUTAS. 8. Informar previamente por medio de autorización escrita con un (1) día de antelación a la coordinación de rutas del colegio, cuando el estudiante es recogido por el padre o acudiente antes de la salida habitual en el colegio. 9. El padre de familia o acudiente deberá estar en el lugar de recogida y/o dejada del estudiante (casa, portería o paradero) (5) minutos antes de la llegada de la ruta asignada en el sitio acordado y así evitar la tardanza en la continuación del recorrido. En la ruta de la tarde para los alumnos de primaria, en caso de que el padre de familia o acudiente no esté en el sitio acordado, el estudiante se llevará de regreso al colegio, donde deberá ser recogido por la persona autorizada por el padre de familia para tal fin. 10. Informar de manera escrita o telefónica a la coordinación de rutas (conductor-monitor) cuando el niño no va asistir al Colegio. 11. Informar con 15 días de antelación el cambio de domicilio a la coordinación de rutas del colegio. En el caso de que el colegio (sección rutas) no tenga el cubrimiento al nuevo sector, se dará por terminado el contrato de forma automática, sin generarse ninguna cláusula o indemnización para ninguna de las partes. 12. Responder por los daños causados por sus hijos a los vehículos.

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13. Utilizar el conducto regular: la monitoria, y/o el coordinador de ruta para resolver las dificultades presentadas en las rutas (formatos establecido en las rutas) o al correo email: [email protected] (registrando los datos correspondientes de padre de familia, N° de ruta, nombre del estudiante, celular de contacto.). 14. Recuerde que toda novedad en la rutas (permisos, cambios, etc.) deben ser con autorización escrita, por razones de seguridad no se tomarán autorizaciones por vía telefónica o terceras personas. 15.Los padres de familia que deseen prescindir del servicio de transporte deben informar por medio de una carta dirigida al coordinador de ruta con copia a la coordinación de Bienestar, 30 días antes del retiro y deberá encontrarse a paz y salvo (tener presente cancelar a título de indemnización por terminación del contrato, un monto equivalente a un mes de servicio de ruta contratado mensualmente), en el caso de no ser una terminación por justa causa. No se aceptaran descuentos por incapacidad médica extendida, ni por salidas familiares o académicas. 16.Terminación por justa causa: Entiéndase por justa causa, aquellas situaciones en las cuales es imposible seguir con el servicio: (PRESENTANDO CARTA EXPLICANDO LOS MOTIVOS y EL DOCUMENTO QUE RESPALDA LA JUSTA CAUSA)  Por parte del contratante (padre de familia): Calamidad domestica: Fallecimiento, enfermedad medica catalogada como terminal o perdida laboral de uno de los padres o del acudiente registrado en el colegio como responsable tributario del contrato de rutas del alumno. Incapacidad medica del alumno que sobrepase los 90 días continuos.  Por parte del contratista (Gimena Correa): Cambio de domicilio a un sector que no tiene cubrimiento el colegio, falta de pago del servicio de ruta, que de todas formas generara cobro al padre de familia por el monto total del contrato, faltas al manual de convivencia de rutas que se consideren graves, o que sean reiterativas, a pesar de los acuerdos generados con coordinación de rutas y coordinación de convivencia del Colegio.

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