CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ REUNIDOS

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ Y …………………………………………. REUNIDOS De una parte D. Eduardo González Mazo, Rector Magnífico de la Univ

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CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ Y …………………………………………. REUNIDOS De una parte D. Eduardo González Mazo, Rector Magnífico de la Universidad de Cádiz, con domicilio en C/ Ancha, 16, 11001 Cádiz (España), y C.I.F. Q1132001G , en nombre y representación de la misma según nombramiento de la Presidencia de la Junta de Andalucía aprobado por Decreto número 230/2011, de 5 de julio (B.O.J.A. nº 133 de 8 de julio de 2011), y de conformidad con las competencias que le atribuyen los Estatutos de la UCA aprobados por Decreto 281/2003, de 7 de octubre (B.O.J.A. nº 207, de 28 de octubre), modificados por los Decretos 2/2005, de 11 de enero y 4/2007 de 9 de enero. De otra parte, ………………………………………………………………, en calidad de…………………………………… de la entidad…………………… Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Convenio, y presididos por el espíritu de colaboración entre las Administraciones Públicas y Entidades Privadas.

ACUERDAN PRIMERO.- Que ambas entidades están interesadas en el fomento y desarrollo de la práctica de la actividad físico-deportivas de sus miembros. SEGUNDO: Que para tal fin, ambas entidades se facilitarán el uso de sus servicios, instalaciones, material y equipamientos deportivos, en los términos establecidos en el Anexo del presente convenio. TERCERO.- Que el periodo de vigencia del presente convenio coincidirá con el calendario académico. Las actividades que se encuentren en curso de desarrollo deberán ser finalizadas en este periodo de vigencia.

Sello de la entidad

El presente convenio podrá prorrogarse, siempre mediante acuerdo expreso y por escribo de las partes con un mes de anterioridad a la fecha de modificación o finalización del mismo. CUARTO.- Que la Universidad de Cádiz, por causas excepcionales debidamente motivadas, se reserva la potestad de variar los términos del anexo, debiendo comunicar las modificaciones a la otra parte, siempre que las circunstancias lo permitan, en un plazo no inferior a siete días. QUINTO.- Que para el acceso y uso de los servicios y/o instalaciones universitarias, los usuarios beneficiarios de este convenio deberán tramitar y presentar la tarjeta deportiva del curso académico en vigor y, en su caso, la autorización correspondiente, que deberán mostrarse al personal de la instalación.

SEXTO.- Que ambas entidades se comprometen a colaborar en la organización o promoción de actividades, cursos formativos y competiciones deportivas surgidas por iniciativa de alguna de ellas. SÉPTIMO.- Se constituye una Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio encargada de resolver las dudas que surjan en su interpretación, de solventar las posibles discrepancias que puedan surgir en su ejecución y de elaborar las propuestas tendentes a mejorar el funcionamiento del servicio del presente Convenio de Colaboración. La Comisión estará integrada por dos representantes de la Universidad de Cádiz, designados por el órgano correspondiente, y dos representantes de la empresa. OCTAVO.- Este convenio tiene la naturaleza de los previstos en el art. 4.1 d) de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre de Contratos del Servicio Público, y se regirá por lo previsto en el clausulado de este Convenio y demás normas especiales, aplicándose, de acuerdo con lo previsto en su artículo 4.2 los principios de la citada Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. NOVENO.- El presente convenio se podrá resolver por iniciativa de cualquiera de las partes a través de la comunicación expresa y por escrito, debiendo comunicarse tal circunstancia con un mes de anterioridad a la fecha de modificación o finalización del mismo. DÉCIMO.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente Convenio deberán solventarse de mutuo acuerdo por las partes. Si no se alcanzara dicho acuerdo y, sin perjuicio de la previa resolución de las mismas por la Comisión de Seguimiento que se regula en el punto séptimo, las cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contenciosoadministrativo de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción. En prueba de conformidad con cuanto antecede, firman el presente convenio por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en la ciudad y fecha al inicio indicadas.

Sello de la entidad

En Cádiz, a …… de ……. de 20….

Por la entidad:……………………………..

Por la Universidad de Cádiz

Fdo:

Fdo: Eduardo González Mazo

Página 2/2 ORIGINAL PARA LA ENTIDAD EN CONVENIO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ Y …………………………………………. REUNIDOS De una parte D. Eduardo González Mazo, Rector Magnífico de la Universidad de Cádiz, con domicilio en C/ Ancha, 16, 11001 Cádiz (España), y C.I.F. Q1132001G , en nombre y representación de la misma según nombramiento de la Presidencia de la Junta de Andalucía aprobado por Decreto número 230/2011, de 5 de julio (B.O.J.A. nº 133 de 8 de julio de 2011), y de conformidad con las competencias que le atribuyen los Estatutos de la UCA aprobados por Decreto 281/2003, de 7 de octubre (B.O.J.A. nº 207, de 28 de octubre), modificados por los Decretos 2/2005, de 11 de enero y 4/2007 de 9 de enero. De otra parte, ………………………………………………………………, en calidad de…………………………………… de la entidad…………………… Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Convenio, y presididos por el espíritu de colaboración entre las Administraciones Públicas y Entidades Privadas.

ACUERDAN PRIMERO.- Que ambas entidades están interesadas en el fomento y desarrollo de la práctica de la actividad físico-deportivas de sus miembros. SEGUNDO: Que para tal fin, ambas entidades se facilitarán el uso de sus servicios, instalaciones, material y equipamientos deportivos, en los términos establecidos en el Anexo del presente convenio. TERCERO.- Que el periodo de vigencia del presente convenio coincidirá con el calendario académico. Las actividades que se encuentren en curso de desarrollo deberán ser finalizadas en este periodo de vigencia.

Sello de la entidad

El presente convenio podrá prorrogarse, siempre mediante acuerdo expreso y por escribo de las partes con un mes de anterioridad a la fecha de modificación o finalización del mismo. CUARTO.- Que la Universidad de Cádiz, por causas excepcionales debidamente motivadas, se reserva la potestad de variar los términos del anexo, debiendo comunicar las modificaciones a la otra parte, siempre que las circunstancias lo permitan, en un plazo no inferior a siete días. QUINTO.- Que para el acceso y uso de los servicios y/o instalaciones universitarias, los usuarios beneficiarios de este convenio deberán tramitar y presentar la tarjeta deportiva del curso académico en vigor y, en su caso, la autorización correspondiente, que deberán mostrarse al personal de la instalación.

SEXTO.- Que ambas entidades se comprometen a colaborar en la organización o promoción de actividades, cursos formativos y competiciones deportivas surgidas por iniciativa de alguna de ellas. SÉPTIMO.- Se constituye una Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio encargada de resolver las dudas que surjan en su interpretación, de solventar las posibles discrepancias que puedan surgir en su ejecución y de elaborar las propuestas tendentes a mejorar el funcionamiento del servicio del presente Convenio de Colaboración. La Comisión estará integrada por dos representantes de la Universidad de Cádiz, designados por el órgano correspondiente, y dos representantes de la empresa. OCTAVO.- Este convenio tiene la naturaleza de los previstos en el art. 4.1 d) de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre de Contratos del Servicio Público, y se regirá por lo previsto en el clausulado de este Convenio y demás normas especiales, aplicándose, de acuerdo con lo previsto en su artículo 4.2 los principios de la citada Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. NOVENO.- El presente convenio se podrá resolver por iniciativa de cualquiera de las partes a través de la comunicación expresa y por escrito, debiendo comunicarse tal circunstancia con un mes de anterioridad a la fecha de modificación o finalización del mismo. DÉCIMO.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente Convenio deberán solventarse de mutuo acuerdo por las partes. Si no se alcanzara dicho acuerdo y, sin perjuicio de la previa resolución de las mismas por la Comisión de Seguimiento que se regula en el punto séptimo, las cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contenciosoadministrativo de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción. En prueba de conformidad con cuanto antecede, firman el presente convenio por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en la ciudad y fecha al inicio indicadas.

Sello de la entidad

En Cádiz, a …… de ……. de 20…. Por la entidad:……………………………..

Por la Universidad de Cádiz

Fdo:

Fdo: Eduardo González Mazo

Página 2/2 ORIGINAL PARA LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ

CONVENIO DE COLABORACIÓN 2012/2013

DATOS DE LA ENTIDAD EN CONVENIO NOMBRE FISCAL DE LA ENTIDAD EN CONVENIO

DATOS FISCALES DE LA ENTIDAD C.I.F. / N.I.F. DOMICILIO C.P. PROVINCIA

LOCALIDAD

DIRECCIÓN POSTAL DE LA ENTIDAD DOMICILIO C.P. PROVINCIA

LOCALIDAD

CONTACTOS Teléfonos ENTIDAD RESPONSABLE QUE SUSCRIBE EL CONVENIO

Fax

Página web

e-mail

Nombre y Apellidos

Cargo

Teléfono

e-mail

Nombre y Apellidos

Cargo

Teléfono

e-mail

-

-

PERSONA DE CONTACTO

Descripción del documento que acredite la pertenencia a la entidad en convenio, a presentar individualmente por los usuarios a la hora de tramitar la T.D. En caso de ser tarjetas ó carnets, deberá pegarse en este espacio una copia del anverso y reverso del modelo a presentar

DATOS BANCARIOS TITULAR DE LA CUENTA ENTIDAD BANCARIA ENTIDAD

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SUCURSAL

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D.C.

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NÚMERO C/C

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FIRMA Y SELLO DE LA ENTIDAD

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