Story Transcript
CONVENIO PARA EL DESCUENTO DE FACTURAS CON RECURSOS
Entre los suscritos ______________, mayor de edad y vecino de ________, identificado con la cédula de ciudadanía número __________, expedida en _________, obrando en su calidad de __________ y por tanto en nombre y representación de SERVICIOS FINANCIEROS S.A. SERFINANSA COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO, entidad financiera con domicilio principal en Barranquilla, en adelante SERFINANSA y __________________________, mayor de edad vecino de , identificado con la cédula de ciudadanía número __________, expedida en _________, obrando en su calidad de __________ y por tanto en nombre y representación de_______________________________, sociedad comercial con domicilio en __________, constituida mediante escritura pública número _________, debidamente registrada en la Cámara de Comercio de ______________, en adelante EL CLIENTE, se ha celebrado el presente convenio para el descuento de facturas: ANTECEDENTES 1. En desarrollo de su actividad comercial, EL CLIENTE vende bienes o servicios a terceros, en adelante LOS TERCEROS, concediéndoles plazo para su pago. Esta operación se instrumenta mediante la expedición o giro por parte de EL CLIENTE de facturas, en adelante LAS FACTURAS. 2. LAS FACTURAS que expide EL CLIENTE y aceptan LOS TERCEROS, pueden ser facturas título valor, expedidas conforme a la ley 1231 de 2008, o facturas de venta en los términos de los Arts. 617 y ss del Estatuto Tributario, o facturas electrónicas en los términos del Decreto 1094/96 y demás normas que los modifiquen o adicionen. 3. En cuanto incorporan un derecho de crédito a favor de EL CLIENTE, dichas facturas son susceptibles de cederse o endosarse y por tanto, de ser negociadas o descontadas para su pago por SERFINANSA en desarrollo de su operación financiera y crediticia. 4. La negociación de LAS FACTURAS por parte de SERFINANSA se hará bajo la modalidad de Descuento de Facturas con Recurso, mediante la cual EL CLIENTE no obstante ceder en propiedad a favor de SERFINANSA todos los derechos económicos y de cualquier naturaleza incorporados en LAS FACTURAS, se compromete para con SERFINANSA a que si al vencimiento de las mismas,
EL TERCERO no paga su valor, EL CLIENTE las pagará y se subrogará en los derechos que le asistan a SERFINANSA. 5. Que EL CLIENTE y SERFINANSA han acordado establecer procedimientos de circulación y aceptación de dichas FACTURAS, de modo que la transferencia tenga plenos efectos jurídicos y otorgue seguridad y validez al negocio, en los términos que aquí se expresan. CONDICIONES PRIMERA: OBJETO: EL CLIENTE se obliga a que LAS FACTURAS que expida para instrumentar los diferentes negocios de venta de bienes o servicios que celebre con LOS TERCEROS y que sean presentadas a SERFINANSA para su negociación: 1. Cumplan con los requisitos legales que correspondan a la modalidad de factura, esto es factura título valor, factura de venta en los términos del artículo 617 del Estatuto Tributario, o factura electrónica, respondiendo por cualquier perjuicio que cause el incumplimiento de tales requisitos. 2. Correspondan a títulos vigentes, cuyos derechos patrimoniales son exigibles. 3. Contengan créditos ciertos a cargo de LOS TERCEROS, por ventas de bienes o servicios. 4. No estén afectadas por notas crédito ni por devoluciones de mercancía y en caso de estarlo, EL CLIENTE, responderá frente a SERFINANSA por dichas circunstancias. En consecuencia, cualquier disputa comercial entre LOS TERCEROS y EL CLIENTE, no impedirá a SERFINANSA el cobro de las facturas frente a EL CLIENTE, en caso de no pago por parte de LOS TERCEROS. SEGUNDA: PROCEDIMIENTO. Para el perfeccionamiento de las operaciones de negociación de facturas, se procederá de la siguiente forma: 1. EL CLIENTE enviará a SERFINANSA, una relación de LAS FACTURAS que quiere negociar, indicando su número, valor, nombre e identificación del deudor (TERCERO), fecha de expedición y fecha de vencimiento, en la forma y condiciones requeridas por SERFINANSA. SERFINANSA podrá exigir la entrega de los originales de LAS FACTURAS, sin perjuicio de la facultad de dejar las mismas, bajo la custodia y administración de EL CLIENTE, tal como se indicará más adelante. 2. Desde el momento del envío de la relación de las facturas EL CLIENTE se abstendrá de ofrecer a terceros LAS FACTURAS, o de adelantar negociaciones simultáneas sobre las mismas, hasta tanto SERFINANSA se haya pronunciado al
respecto. Dicho envío no compromete la responsabilidad de SERFINANSA quien se reserva el derecho de aceptar el descuento de todas LAS FACTURAS relacionadas o de algunas de ellas. 3. SERFINANSA fijará la tasa del negocio y dará aviso a EL CLIENTE de la decisión, a fin de que éste proceda a endosar o ceder LAS FACTURAS a favor de SERFINANSA, en los términos y condiciones establecidos por esta última. Las condiciones del descuento se fijarán en el anexo de operación activa suscrito por EL CLIENTE, en el formato diseñado por SERFINANSA. 4. El endoso o cesión de LAS FACTURAS a favor de SERFINANSA, constará en una comunicación suscrita por representante legal o apoderado de EL CLIENTE, en la cual especificará, previo acuerdo con SERFINANSA, si el descuento será con custodia o sin custodia de las facturas. 5. Del endoso o cesión a favor de SERFINANSA, EL CLIENTE notificará a LOS TERCEROS y les indicará que el pago respectivo deberá hacerse directamente a favor SERFINANSA en la fecha de vencimiento. TERCERA: Tratándose de factura título valor, SERFINANSA autoriza y delega en EL CLIENTE, la responsabilidad de notificar al TERCERO (comprador o beneficiario del servicio) dentro del término legalmente establecido, que SERFINANSA es el tenedor de la factura, conforme a lo establecido en el parágrafo del artículo 2º, de la ley 1231 de 2008, o las normas que lo modifiquen o adicionen. CUARTA: EL CLIENTE acepta que si al vencimiento de LAS FACTURAS, LOS TERCEROS no pagan, éste pagará a SERFINANSA los valores correspondientes, incluidos los intereses por mora que se causaren y gastos de cobranza prejudicial y judicial. EL CLIENTE por este medio autoriza a SERFINANSA para debitar de cualquier depósito que tenga en esa entidad financiera. QUINTA: SERFINANSA procederá a imputar los pagos recibidos de LOS TERCEROS y/o de EL CLIENTE en el orden que legalmente corresponda. Cuando los pagos recibidos no sean suficientes para cubrir la totalidad de las facturas que tengan el mismo vencimiento y a cargo del mismo deudor, SERFINANSA procederá a aplicar tales pagos a dichas facturas, de acuerdo con su criterio, hasta donde lo permita el importe recibido. SEXTA: EFECTOS VINCULANTES: EL CLIENTE manifiesta que todos los documentos o transmisión de archivos que tengan su origen o se suscriban en
desarrollo del presente convenio, incluidas las firmas en LAS FACTURAS, serán efectuados por un representante legal o por quien tenga atribuciones suficientes para obligar a la compañía, y por tanto, producirán plenos efectos vinculantes. SEPTIMA: CUSTODIA: Tratándose de facturas físicas, EL CLIENTE conservará la custodia física de las mismas, cuando SERFINANSA y EL CLIENTE así lo acuerden, caso en el cual: - EL CLIENTE mantendrá a su cargo la custodia de LAS FACTURAS debidamente aceptadas y endosadas o cedidas a favor de SERFINANSA. Dicha custodia se hará en forma separada de otros títulos de EL CLIENTE o de terceros y con las debidas seguridades. EL CLIENTE se abstendrá de trasladar dicha custodia sin autorización expresa de SERFINANSA. - EL CLIENTE se abstendrá de ejecutar cualquier acto de disposición sobre las FACTURAS tales como endoso, cesión o entrega a un tercero, pues es entendido que el dueño de LAS FACTURAS es SERFINANSA, quien podrá exigir su entrega en cualquier tiempo y oponerse a cualquier acción intentada por un tercero sobre LAS FACTURAS. - EL CLIENTE conoce y acepta que de acuerdo con el artículo 6º de la ley 1231 de 2008, la transferencia o endoso de más de un original de la misma factura constituye delito contra el patrimonio económico en los términos del artículo 246 del Código Penal o de las normas que lo adicionen sustituyan o modifiquen. - En caso de pérdida, hurto o extravío de LAS FACTURAS custodiadas por EL CLIENTE a nombre de SERFINANSA, EL CLIENTE adelantará a su cargo, los correspondientes procesos legales tendientes a su cancelación y/o reposición, cuando a ello hubiere lugar. -Una vez LAS FACTURAS hayan sido pagadas, EL CLIENTE se obliga a devolverlas a LOS TERCEROS con el respectivo sello de cancelación o a destruirlas si fuere autorizado por LOS TERCEROS. - En caso de no pago de las facturas por parte de EL CLIENTE, SERFINANSA podrá solicitar a EL CLIENTE, la entrega de LAS FACTURAS y de la notificación de endoso a los TERCEROS, para promover las acciones legales correspondientes frente a éstos. - SERFINANSA se reserva el derecho de solicitar certificación emitida por el Revisor Fiscal de EL CLIENTE en la cual conste el cumplimiento de estas obligaciones, o de efectuar revisión física de los títulos descontados, en las oficinas de EL CLIENTE. PARAGRAFO: EL CLIENTE será responsable frente a SERFINANSA por cualquier perjuicio que le pudiere ocasionar por la inadecuada custodia y administración de las facturas descontadas. SERFINANSA podrá instrumentar en el pagaré con espacios en blanco suscrito por EL CLIENTE, cualquier suma que
se viera obligado a reconocer frente a un tenedor de buena fe de LAS FACTURAS custodiadas. OCTAVA: Para el surgimiento de la obligación de pago a cargo de EL CLIENTE, en razón de las facturas descontadas con recurso, bastará: a) la comunicación entregada a SERFINANSA por el CLIENTE, informando sobre endoso o cesión de LAS FACTURAS b)El incumplimiento en el pago de LAS FACTURAS por parte de LOS TERCEROS, en la fecha de vencimiento indicada en la comunicación mediante la cual el proveedor efectúa el endoso o cesión de las factura. NOVENA: DURACIÓN. El presente contrato tendrá duración indefinida, pero cualquiera de las partes podrá decidir no continuar celebrando las operaciones de negociación de LAS FACTURAS aquí reguladas, en cualquier tiempo y sin necesidad de aviso a la otra parte. No obstante la decisión en tal sentido, las obligaciones de EL CLIENTE respecto de facturas ya descontadas conservarán vigencia en los términos aquí expresados. DÉCIMA INFORMACIÓN. EL CLIENTE en desarrollo del presente convenio, se obliga a suministrar a SERFINANSA información cierta y fidedigna y a mantener en estricta reserva toda la información sobre el convenio y las condiciones en que se efectúa la negociación, y será responsable de los perjuicios que le ocasione a SERFINANSA o a terceros con el incumplimiento de estas obligaciones. DÉCIMA PRIMERA: IMPUESTO DE TIMBRE. El presente convenio se encuentra exento de impuesto de timbre de acuerdo con el numeral 9 del Artículo 530 del Estatuto Tributario. Todos los gastos e impuestos que se causaren con la celebración del presente contrato o su ejecución, serán asumidos por EL CLIENTE. DÉCIMA SEGUNDA: MODIFICACIONES: SERFINANSA podrá limitar, ampliar o modificar las condiciones del presente convenio, dando aviso con anterioridad a EL CLIENTE a la dirección para notificaciones que suministró EL CLIENTE a SERFINANSA. Si anunciada la modificación, EL CLIENTE solicita la realización de nuevas operaciones, se entenderá que acepta tales modificaciones.
Para constancia se firma en _____________, a los ___________ del mes de ____________ de año _______.
SERFINANSA
_______________________________________ Representante Legal C.C.
EL CLIENTE _________________________________________ Representante Legal. C.C.
Señores SERVICIOS FINANCIEROS S.A SERFINANSA COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO Ciudad
Apreciados señores:
En desarrollo de lo dispuesto en la cláusula segunda numeral 3 del convenio de descuento de facturas celebrado con ustedes el día de de 20, solicitamos realizar operación de descuento de facturas bajo las siguientes condiciones: Modalidad: Con Recursos________ Facturas No. Pagador: Plazo: Tasa
Cordialmente,
Cliente C.C. Representante Legal
Sin Recursos________