Subdirección de Administración y Finanzas Departamento de Servicios Regionales Zona Norte Área de Contratación Obra Pública y Servicios Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Número DSR933I312001
Convocatoria para un Procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Número DSR933I312001
1. INVITACIÓN. Pemex-Gas y Petroquímica Básica le invita a participar en el procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional bajo la modalidad de Contrato Abierto, a Precio Fijo relativa a la Contratación de Servicios de: “SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAL DEL SECTOR DE DUCTOS MONTERREY” bajo las siguientes:
BASES Con fundamento en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1o. fracción IV, 3o., 25, 26 fracción II, 28 fracción I Nacional, 42, 43 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) y aplicables de su Reglamento (RLAASSP); así como el “ACUERDO por el que se crea con carácter permanente la Comisión Intersecretarial de Compras y Obras de la Administración Pública Federal a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de enero de 2009; el Área de Contratación Obra Pública y Servicios del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte, de Pemex-Gas y Petroquímica Basica, ubicada en Ave. Ruiz Cortines 3520 Oriente, Col. Moderna, Monterrey, N.L. con los teléfonos (81) 8126-5500 Ext. 20-226, Ext/Fax 20415, Fax directo 8126-5505 y al correo electrónico
[email protected], iniciará el procedimiento de contratación antes indicado. En la presente Convocatoria sólo podrán participar personas de nacionalidad mexicana Esta Convocatoria estará a disposición de los invitados a participar en este procedimiento de contratación a partir de la fecha en que se les notifique y hasta la fecha y hora límite para su entrega, conforme a lo establecido en el punto 3 de las presentes bases. La Convocatoria no tiene costo y para participar como Licitante en cualquiera de los eventos de este procedimiento de contratación es requisito haberlas recibido en el Área de Contratación Obra Pública y Servicios del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte, ubicada en Ave. Adolfo Ruiz Cortines # 3520 Ote. 2º. Piso, Col. Moderna, Monterrey, N.L., CP. 64530. La fecha y hora límite para recibir la Convocatoria será la establecida en punto 3 de la presente.
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2. DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA CONTRATACION DE SERVICIOS. La contratación objeto de la presente invitación consiste en lo siguiente: “SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAL DEL SECTOR DE DUCTOS MONTERREY”
3. FECHA, HORA Y LUGAR DE LOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO 3.1 Visita a Sitio. No aplica
3.2. RECEPCIÓN Y ENTREGA DE SOLICITUDES DE ACLARACIÓN A LA CONVOCATORIA. Los licitantes que deseen efectuar preguntas deberán presentarlas por escrito en la Ventanilla de Atención a Proveedores del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte. La recepción de solicitudes de aclaración a la Convocatoria se llevará a cabo el día 13 de febrero de 2012 de las 9:00 a las 11:00 horas, en la Ventanilla de Atención a Proveedores del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte, ubicada en Av. Ruiz Cortines No. 3520 Oriente, Planta Baja, Col. Moderna, Monterrey, N.L. C.P. 64530, Teléfonos (01-81) 8126-5508 y 8126-5500 Ext. 20-116 o 20-226 / 20414 fax/directo 8126-5505, conmutador 8126-5500 Ext. 20415 o bien en el horario antes indicado a través del correo electrónico:
[email protected] y/o
[email protected]. La entrega de respuestas a solicitudes de aclaración a la Convocatoria se llevará a partir del día 14 de febrero de 2012 de las 12:00 a las 17:00 horas, en la Ventanilla de Atención a Proveedores del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte, ubicada en Av. Ruiz Cortines No. 3520 Oriente, Planta Baja, Col. Moderna, Monterrey, N.L. C.P. 64530, Teléfonos (01-81) 8126-5508 y 8126-5500 Ext. 20-116 o, fax/directo 8126-5505. A los licitantes invitados se les entregará por escrito las respuestas a las solicitudes de aclaración a partir de la fecha y lugar antes señalados mediante escrito o bien a través del correo electrónico. La Convocatoria sólo podrá ser modificada cuando lo solicitado no consista en la sustitución de los servicios convocados originalmente, la adición de otros de distintos rubros o la variación significativa de su naturaleza, no sea factible su realización en lo técnico, se establezcan requisitos en violación del derecho o se contravengan las prácticas del ramo. Cualquier modificación a la Convocatoria, derivada de las solicitudes de aclaración de los licitantes y de sus correspondientes respuestas, formara parte de esta Convocatoria y deberá ser considerada por los Licitantes en la elaboración de su proposición. Las respuestas a las solicitudes de aclaración, para efectos de su notificación, se pondrá a disposición de los licitantes fijándose copia del documento o el aviso del lugar donde será Página 2 de 64
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proporcionado, en el Tablero de avisos del Área de Contratación Obra Pública y Servicios del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte, ubicada en Av. Ruiz Cortines No. 3520 Oriente, Planta Baja, Col. Moderna, Monterrey, N.L. C.P. 64530, por un término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de entrega de respuestas indicada en el programa de eventos de esta Convocatoria. Este procedimiento sustituirá a la notificación personal.
3.3. ENTREGA Y APERTURA DE PROPOSICIONES 3.3.1. ENTREGA DE PROPOSICIONES Con el propósito de agilizar el desarrollo del acto de apertura de proposiciones, preferentemente entregar el Documento 1, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de entregar este formato no será motivo de descalificación. La entrega de proposiciones se llevará a cabo de conformidad con lo previsto por el primero y segundo párrafos del artículo 34 y 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público el día 20 de febrero de 2012 de las 9:00 a las 13:30 y de las 15:00 a las 18:30 horas, en la Ventanilla de Atencion a Proveedores del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte ubicada en Av. Ruiz Cortines No. 3520 Oriente, Planta Baja, Col. Moderna, Monterrey, N.L. C.P. 64530. La propuesta se presentará, de manera impresa integrando los documentos dentro de un sobre cerrado e identificado de acuerdo a lo siguiente:
Nombre o razón social y domicilio del licitante. Número de invitación.
Una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos en este punto, no podrán ser retiradas o dejarse sin efectos, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de invitación hasta su conclusión. Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se solicita presentar las proposiciones foliadas y firmadas en cada hoja y documento que forme parte de su contenido, en papel membretado de la empresa con una copia fotostática simple de la misma, establecer un índice del contenido de cada propuesta, el folio se aplicará también a todas las hojas de información complementaria. El incumplimiento a lo establecido en este párrafo no será motivo para desechar la propuesta, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integren. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las propuestas técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el licitante. Se aceptarán proposiciones enviadas por servicio postal o mensajería. Página 3 de 64
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El personal responsable de la Ventanilla Atención a Proveedores recibirá y resguardará el sobre.
3.3.2. APERTURA DE PROPOSICIONES. El Acto de Apertura de Proposiciones se llevará a cabo de conformidad con lo previsto por el artículo 35 fracciones I, II y III de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público el día 21 de febrero de 2012 a las 12:00 p.m., en la Ventanilla Atención a Proveedores del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte, previa invitación al Órgano Interno de Control en Pemex-Gas y Petroquímica Básica, quien en su caso, designará algún representante para participar en dicho acto y realizará la apertura de las proposiciones. No se requiere la presencia de los licitantes. El servidor público que presida el acto, será el único facultado para conducirlo y admitir proposiciones. En este acto, solamente se abrirán las proposiciones de los Licitantes invitados, la revisión de la documentación se efectuará en forma cuantitativa, sin entrar en análisis detallado de su contenido, el cual se efectuará durante el proceso de evaluación de las proposiciones. No se podrá efectuar ninguna modificación, adición, eliminación o negociación a las condiciones de la Convocatoria o de las proposiciones de los licitantes. El servidor público designado por Pemex-Gas y Petroquímica Básica rubricará, como mínimo, las partes de especificaciones, tiempos y lugares de entrega e importes, que para estos efectos constarán documentalmente (Documento 3 y Documento 4). Se procederá a la apertura de los sobres que contengan las proposiciones de los licitantes que hayan enviado las mismas en documentos impresos. Se levantará acta del evento que servirá de constancia de la celebración del acto de apertura de las proposiciones, en la que se harán constar el importe de cada una de ellas; se señalará lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo. De conformidad con lo previsto en el artículo 37 Bis de la LAASSP, el acta de apertura de proposiciones se pondrá al finalizar dicho acto, para efectos de su notificación, a disposición de los licitantes, fijándose copia de dicha acta o el aviso del lugar donde será proporcionada, en el Tablero de avisos del Área de Contratación Obra Pública y Servicios del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte, por un término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la celebración del acto de apertura de proposiciones. Este procedimiento sustituye a la notificación personal.
3.4. FALLO. El fallo de este procedimiento se emitirá conforme a lo previsto por los artículos, 37 y 37 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, dentro de los veinte Página 4 de 64
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días naturales siguientes a la fecha del acto de apertura de proposiciones y podrá diferirse, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de veinte días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente para ello. En el mismo documento de fallo, la convocante proporcionará por escrito todas las razones legales, técnicas o económicas que sustentan tal determinación e indicando los puntos de la convocatoria que en cada caso se incumplan. El fallo se publicará, para efectos de su notificación, a disposición de los licitantes, fijándose copia de dicho documento o el aviso del lugar donde será proporcionado, en el Tablero de avisos del Área de Contratación Obra Pública y Servicios del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte, por un término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la emisión del fallo respectivo, conforme se haya indicado en la Convocatoria o, en caso de modificación, en el acta de la apertura de proposiciones. Este procedimiento sustituye a la notificación personal. Las proposiciones desechadas durante el desarrollo de este procedimiento de contratación, podrán ser devueltas a los licitantes que lo soliciten, una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de que se dé a conocer el fallo, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso las proposiciones se conservarán hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; agotados dichos términos, se podrá proceder a su devolución o destrucción.
3.5. FIRMA DEL CONTRATO. La fecha de la firma del Contrato será dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la notificación del fallo, en la Ventanilla Atención a Proveedores del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte de Pemex-Gas y Petroquímica Básica ubicada en: Av. Ruiz Cortines No. 3520 Oriente, Planta Baja, Col. Moderna, Monterrey, N.L. C.P. 64530 a las 16:00 hrs. Previo a la firma del contrato, el licitante a quien se le adjudique el mismo deberá presentar para su cotejo, original o copia certificada de los siguientes documentos: I. Tratándose de persona moral, testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional, o II. Tratándose de persona física, copia certificada del acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacionalde decir verdad que el citado registro y la información se encuentra completa y actualizada. De acuerdo a lo que establece el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y la Regla I 2.1.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012, los proveedores nacionales que resulten adjudicados con un pedido o contrato cuyo monto exceda de $ 300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N) sin incluir IVA, deberán presentar la opinión vigente expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales, al momento de suscribirse los mismos, o bien con el “acuse de recepción” con el que comprueban que realizaron dicha solicitud de opinión. Debiendo observar lo siguiente: Página 5 de 64
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a)
La consulta de opinión ante el SAT, deberá hacerse preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tengan conocimiento del fallo o adjudicación correspondiente.
b)
En dicha opinión, la(s) persona(s) física(s) o moral(es) adjudicada(s) deberán incluir el siguiente correo electrónico
[email protected], a fin de que el SAT envíe el “acuse de respuesta” que emitirá en atención a su solicitud de opinión.
c)
El “acuse de recepción” que emite el SAT al momento de solicitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, sólo será exigible a las personas que resulten adjudicadas.
d)
No se requerirá la solicitud de opinión al SAT en el caso de ampliación de contratos o pedidos.
CADENAS PRODUCTIVAS NAFIN.- Nacional Financiera cuenta con un esquema de factoraje que está a disposición de todos los proveedores y contratistas en adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, servicios y obra pública de la Administración Pública Federal. Para aquellos proveedores y contratistas que estén interesados en utilizar este esquema de factoraje, se les invita a que se afilien al Programa de Cadenas Productivas. Al respecto encontrará mayor información en la página web de Nacional Financiera: http://www.nafin.com/portalnf/content/ventas-al-gobierno/programa-de-compras-del-gobiernofederal/cadenas-productivas.html El licitante ganador deberá presentar previo a la firma del contrato, copia simple y original para su cotejo de la siguiente documentación: última declaración anual de impuestos y constancia del último pago a que este obligado de cuotas obrero patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
4. REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES, CRITERIOS EVALUACIÓN Y CAUSAS DE DESECHAMIENTO.
DE
4.1. REQUISITOS DE CARÁCTER TÉCNICO. Referencia
4.1
Requisitos que deberá cumplir el licitante 4.1.1.- Escrito que contenga la propuesta técnica en la que se describa de manera detallada los servicios cotizados, la cual debe incluir toda la información contenida en el punto 1 de esta invitación, pudiendo utilizar como formato el Documento 3. Así como con lo que en su caso se asiente en el acta de entrega de respuestas a las aclaraciones
Criterios de Evaluación PEMEX-GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA VERIFICARÁ: 4.1.1.1.- Que se presente el escrito.
4.1.1.1.- No presentar el escrito
4.1.1.2.- Que incluya toda la información contenida en el Documento 3.
4.1.1.2.- No incluir la totalidad de la información contenida en el Documento 3.
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Causas de Desechamiento
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Referencia
Requisitos que deberá cumplir el licitante
Criterios de Evaluación 4.1.1.3.- Que se encuentre redactado en idioma español
4.1.1.4.- Que se encuentre firmado por la persona facultada conforme al Documento 2. PEMEX-GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA VERIFICARÁ:
4.1.2.Que contengan individual o conjuntamente las especificaciones técnicas de los servicios propuestos, de acuerdo a los Anexos Tecnicos A, B, B-1, B-2, D, E, E-1, y E-2. Estos documentos podrán presentarse en el idioma del país de origen de los servicios pero acompañados de una traducción simple al español.
4.1.2.1.Que las especificaciones técnicas que se contienen individualmente o en su conjunto en los catálogos, folletos o fichas técnicas correspondan y cubran la totalidad de las especificaciones técnicas establecidas en su propuesta
4.1.2.2.- Que el documento se presente en el idioma español.
Causas de Desechamiento 4.1.1.3.- No se encuentre redactado en idioma español 4.1.1.4.- No se encuentre firmado por la persona facultada conforme al Documento 2. 4.1.2.1.Que las especificaciones técnicas que se contienen individualmente o en su conjunto en los catálogos, folletos o fichas técnicas no correspondan o no cubran la totalidad de las especificaciones técnicas establecidas en su propuesta
4.1.2.2.- Cuando no se anexe la traducción simple al español, en caso de Catálogos y/o folletos y/o fichas técnicas y/o copias fotostáticas legibles y/o impresiones claras bajadas de páginas de Internet, se presenten en un idioma distinto al español.
4.1.3.- Detalle del contenido de la proposición. Presentar preferentemente los anexos técnicos A, B, B-1, B2, D, E, E-1, y E-2. Firmados por la persona facultada conforme al Documento 2. 4.1.4.- Pruebas. 4.1.5.- Propuesta Conjunta
NO APLICA NO APLICA
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NO APLICA NO APLICA
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4.2. REQUISITOS DE CARÁCTER ECONÓMICO. Referencia
Requisitos que deberá cumplir el licitante
Criterios de Evaluación
Causas de Desechamiento
PEMEX-GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA VERIFICARÁ: 4.2.1.1.Que presente escrito que contenga la propuesta económica.
4.2.1
4.2.1.- Escrito que contenga la propuesta económica en la que se describa de manera genérica los servicios cotizados, la cual debe incluir toda la información contenida en el Documento 4 (Anexo C) mismo que podrá utilizar como formato.
4.2.1.2.- Que su propuesta económica contenga los precios unitarios y el importe total de la misma sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). 4.2.1.3.- Que la propuesta contenga la información que se solicita en el Documento 4 (Anexo C), y que se haya elaborado de conformidad con las indicaciones establecidas en el numeral 4 de esta invitación, así como con lo que en su caso se asiente en el acta de entrega de respuestas a aclaraciones.
4.2.1.4.- Que se encuentre firmado por la persona facultada conforme al Documento 2.
4.2.1.1.- Que no presente escrito que contenga la propuesta económica. 4.2.1.2.- No incluir el precio unitario de alguno de los servicios (partidas, subpartidas, renglones o conceptos) relacionados en este DOCUMENTO. 4.2.1.3.- Que la propuesta no contenga la información que se solicita en el Documento 4 (Anexo C), y que no se haya elaborado de conformidad con las indicaciones establecidas en el numeral 4 de esta invitación, así como con lo que en su caso se asiente en el acta de la junta de aclaraciones. 4.2.1.4.- No se encuentre firmado por la persona facultada conforme al Documento 2.
4.3. REQUISITOS DE CARÁCTER LEGAL Y ADMINISTRATIVO. Referencia
Requisitos que deberá cumplir el licitante
4.3.1
4.3.1.- Escrito para acreditar la existencia legal y personalidad jurídica del licitante, para efectos de la suscripción de las proposiciones, y en su caso, firma del contrato, que incluya toda la información contenida en el Documento 2, el cual podrá
Criterios de Evaluación PEMEX-GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA VERIFICARÁ: 4.3.1.1.- Que se presente el escrito.
4.3.1.1escrito.
4.3.1.2.- Que incluya toda la información contenida en el
4.3.1.2.No incluir la totalidad de la información
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Causas de Desechamiento
No
presentar
el
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Referencia
Requisitos que deberá cumplir el licitante utilizar como formato.
Criterios de Evaluación Documento 2. 4.3.1.3.- Que contenga la manifestación bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para suscribir la proposición y en su caso firmar el contrato. 4.3.1.4.- Que contenga la manifestación bajo protesta de decir verdad que los datos asentados en este documento son ciertos. 4.3.1.5.- Que se encuentre redactado en idioma español. 4.3.1.6.- Que el firmante en caso de que incluya su nombre sea la misma persona que declara.
Causas de Desechamiento contenida en el Documento 2. 4.3.1.3.No incluir la manifestación bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para suscribir la proposición y en su caso firmar el contrato. 4.3.1.4.- No incluir la manifestación bajo protesta de decir verdad que los datos asentados en este documento son ciertos. 4.3.1.5.- No se encuentre redactado en idioma español. 4.3.1.6.- Que el nombre de la persona declarante no coincida con el del firmante
PEMEX-GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA VERIFICARÁ:
4.3.2
4.3.3.
4.3.2.- Declaración escrita bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 ante penúltimo párrafo de la LAASSP, que incluya toda la información contenida en el Documento 5, el cual podrá utilizar como formato.
4.3.3.- Declaración Escrita bajo protesta de decir verdad de la declaración de integridad, que
4.3.2.1.- Que se presente el escrito.
4.3.2.1.escrito
4.3.2.2.- Que incluya toda la información contenida en el Documento 5.
4.3.2.2.No incluir la totalidad de la información contenida en el Documento 5.
4.3.2.3.- Que se encuentre redactado en idioma español.
4.3.2.3.- No se encuentre redactado en idioma español.
4.3.2.4.- Que se encuentre firmado por la persona facultada conforme al Documento 2 (Acreditación personalidad). PEMEX-GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA VERIFICARÁ: Página 9 de 64
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No
presentar
el
4.3.2.4.- No se encuentre firmado por la persona facultada conforme al Documento 2 (Acreditación personalidad).
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Referencia
Requisitos que deberá cumplir el licitante incluya toda la información contenida en el Documento 6, el cual podrá utilizar como formato.
Criterios de Evaluación
Causas de Desechamiento
4.3.3.1.- Que se presente el escrito.
4.3.3.1.escrito.
No
presentar
el
4.3.3.2.- Que incluya toda la información contenida en el Documento 6.
4.3.3.2.No incluir la totalidad de la información contenida en el Documento 6.
4.3.3.3.- Que se encuentre redactado en idioma español
4.3.3.3.- No se encuentre redactado en idioma español
4.3.3.4.- Que se encuentre firmado por la persona facultada conforme al Documento 2 (Acreditación personalidad).
4.3.3.4.- No se encuentre firmado por la persona facultada conforme al Documento 2 (Acreditación personalidad).
PEMEX GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA VERIFICARÁ:
4.3.4
4.3.5
4.3.6
4.3.7
4.3.4.1. Las MIPYMES podrán participar con ese carácter en este procedimiento de contratación, cuando presenten copia del documento expedido por autoridad competente que determine su estratificación como micro, pequeña o mediana empresa, o bien, un escrito en el cual manifiesten bajo protesta de decir verdad, que cuentan con ese carácter, utilizando para tal fin el Documento 8.
Propuestas conjuntas Documentos 11 (Compromisos con la Transparencia), 12 (Nota Informativa para Incluir en los Procedimientos de Contratación del Gobierno Federal) Documento 13 (Escrito en el que el licitante manifieste que su representada es de Nacionalidad Mexicana, conforme al Articulo 35 del
4.3.4.1. Que presente copia del documento expedido por autoridad competente que determine su estratificación como micro, pequeña o mediana empresa, o bien, escrito en el cual manifiesten bajo protesta de decir verdad, que cuentan con ese carácter, conforme al Documento 8.
NO APLICA
Lo anterior No es motivo para desechar la propuesta. Sin embargo, en caso de empate este documento será el que se utilice para la definición del ganador. Documento 8. NO APLICA
PEMEX-GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA VERIFICARÁ: 4.3.7.1.- Que se presente el escrito.
4.3.7.1.escrito
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4.3.4.1. En caso de no presentar el escrito expedido por autoridad competente ó la manifestación bajo protesta de decir verdad quedará sin efecto el carácter de MIPYME.
No
presentar
el
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Referencia
Requisitos que deberá cumplir el licitante Reglamento de la LAASSP)
Criterios de Evaluación
Causas de Desechamiento
4.3.7.2.- Que incluya toda la información contenida en el Documento 13.
4.3.7.2.No incluir la totalidad de la información contenida en el Documento 13.
4.3.7.3.- Que se encuentre redactado en idioma español.
4.3.7.3.- No se encuentre redactado en idioma español.
4.3.7.4.- Que se encuentre firmado por la persona facultada conforme al Documento 2 (Acreditación personalidad).
4.3.7.4.- No se encuentre firmado por la persona facultada conforme al Documento 2 (Acreditación personalidad).
4.3.8.1. Se solicita al licitante incluir junto con su propuesta y en el “LA MANIFESTACIÓN DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE MANO DE OBRA EN LOS SERVICIOS OFERTADOS” que se incluye como Documento 07, la información de la integración nacional de la mano de obra que oferte, expresada en porcentaje.
4.3.8
La omisión de esta información, no es motivo de descalificar la proposición, sin embargo, contribuirá a conocer el grado de integración nacional que se oferta, con el propósito de identificar áreas de oportunidad para propiciar el desarrollo de la industria nacional. Dicha información es adicional y NO se refiere al cumplimiento de los Acuerdos relacionados con el contenido nacional expedidos por la Secretaría de Economía”
4.4. OTRAS CAUSAS DE DESECHAMIENTO. 4.4.1 El señalar condicionantes dentro de sus proposiciones, a cualesquiera de los requisitos establecidos en la Convocatoria de este procedimiento de invitación. Página 11 de 64
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4.4.2 Cuando se compruebe que ha habido acuerdo entre los licitantes para elevar los precios de los servicios objeto de esta Convocatoria o cualquier otro acuerdo que tenga como propósito obtener ventaja respecto a los demás licitantes. 4.4.3 Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en esta convocatoria. 4.4.4 Se podrá desechar por estimarla insolvente, si como resultado del análisis de comparación de precios de los Servicios propuestos resulta mayor el costo de producción que el precio ofertado. 4.4.5 Si los precios no resultan aceptables, derivado del análisis de comparación de precios. 4.4.6 Si el licitante presenta más de una proposición para esta convocatoria.
5. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. 5.1
Se consideran solventes las proposiciones de los licitantes que cumplieron todos los requisitos de la Convocatoria y reúnen las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por Pemex-Gas y Petroquímica Básica, y garanticen satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
5.1.1.- Una vez hecha la evaluación de las proposiciones y/o posiciones, el contrato se adjudicará al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la convocatoria, y por lo tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y que sus precios ofertados resulten más bajos y sean aceptables. Las proposiciones cuyo precio resulte no aceptable, se determinaran conforme al mecanismo siguiente: I.-
De los precios obtenidos de la investigación de mercado Pemex-Gas y Petroquímica Básica determina la mediana y a esta, le suma un 10%, obteniendo el precio calculado, éste se comparará con los precios mas bajos cotizados por los licitantes en la propia licitación, y los precios que se ubiquen por arriba del precio calculado, se considerarán como no aceptables. Para determinar la mediana, Pemex-Gas y Petroquímica Básica ordenó los precios de la investigación de mercado, realizada previo al inicio del presente procedimiento, de acuerdo a su monto, de menor a mayor y tomó como mediana el promedio aritmético de los dos precios intermedios, esto es, que sumó los dos precios y el resultado lo dividió entre dos. Este método aplica para la obtención de la mediana de una serie par de precios. Para el caso de una serie impar de precios, Pemex-Gas y Petroquímica Básica ordenó los precios de la investigación de mercado, realizada previo al inicio del presente Página 12 de 64
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procedimiento, de acuerdo a su monto, de menor a mayor y tomó como mediana el precio intermedio ó. II.-
Cuando se consideren como referencia los precios de las ofertas presentadas en la misma licitación, se deberá contar con al menos tres proposiciones aceptadas técnicamente y el promedio de dichas ofertas se obtendrá de la siguiente manera: a) Se sumarán todos los precios ofertados en el proceso de licitación pública que se aceptaron técnicamente; b) El resultado de la suma señalada en el inciso que antecede se dividirá entre la cantidad de precios considerados en el inciso anterior, y c)
El promedio será el resultado de la división a que se refiere el inciso anterior. De los precios obtenidos de la convocatoria Pemex-Gas y Petroquímica Básica determina el promedio y a esta, le suma un 10%, obteniendo el precio calculado, éste se comparará con los precios más bajos cotizados por los licitantes en la propia licitación, y los precios que se ubiquen por arriba del precio calculado, se considerarán como no aceptables.
5.1.2.- Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate en el precio de dos o más proveedores, de conformidad con el criterio de desempate previsto en el párrafo segundo del artículo 36 Bis de la Ley, se deberá adjudicar el contrato en primer término a las micro empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa. En caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados en el párrafo anterior, o bien, de no haber empresas de este sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de MIPYMES, se realizará de conformidad con el artículo 54 del Reglamento, la adjudicación se efectuara a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada licitante empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados en esa partida, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. en presencia de los licitantes que asistieren, así como del representante del Órgano Interno de Control en PEMEX-GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA. 5.1.3.- La adjudicación del Contrato será: por la totalidad de los servicios 5.2.- Adjudicación por Abastecimiento simultáneo. –No aplica
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6. INDICACIONES PARA LA ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA. 6.1.- El licitante deberá considerar en la elaboración de su proposición lo que en su caso se asiente en el documento de entrega de respuestas. 6.2.- En la determinación de los precios solicitados, el licitante debe considerar en la elaboración de su proposición, todos los costos necesarios para la correcta y oportuna entrega de los bienes o prestación de los servicios objeto de esta Convocatoria, de acuerdo a las estipulaciones contractuales contenidas en el modelo de contrato. 6.3.- En la elaboración de su proposición los licitantes podrán identificar cada una de las páginas que la integran, con los datos siguientes: logo de su empresa, número de convocatoria y número de página. 6.4.- La proposición se integrará con la propuesta técnica y económica, así como con los documentos que se relacionan en el punto 4.3 de la presente Convocatoria. La documentación distinta a la que conforma las propuestas técnica y económica se podrán presentar dentro o fuera del sobre cerrado, misma que forma parte de su proposición. 6.5.- Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integren y preferentemente en papel membreteado de la empresa. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las propuestas técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el licitante. La omisión de los requisitos de este párrafo, no afectará la solvencia de la proposición y no será motivo para desecharla. 6.5.- Se deberán cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). No se aceptan precios condicionados o variables, ni tampoco sujetos a descuento. 6.6.- Las condiciones contenidas en esta convocatoria así como en las proposiciones presentadas por los licitantes no podrán ser negociadas. 6.7.- El tiempo de entrega y condiciones de entrega conforme a los requerimientos de PemexGas y Petroquímica Básica. 6.8.- Se solicita al licitante incluir junto con su propuesta y en el “LA MANIFESTACIÓN DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE MANO DE OBRA EN LOS SERVICIOS OFERTADOS” que se incluye como Documento 7, la información de la integración nacional de la mano de obra que oferte, expresada en porcentaje. La omisión de esta información, no es motivo de descalificar la proposición, sin embargo, contribuirá a conocer el grado de integración nacional que se oferta, con el propósito de identificar áreas de oportunidad para propiciar el desarrollo de la industria nacional. Dicha Página 14 de 64
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información es adicional y NO se refiere al cumplimiento de los Acuerdos relacionados con el contenido nacional expedidos por la Secretaría de Economía”. La determinación del grado de participación de la industria nacional en los servicios se calculará mediante la siguiente formula: PPNS= (X/Y)*100 PPNS= Porcentaje de Participación Nacional en Servicios Donde: Y= Costo de la mano de obra (horas hombre) total requerida o utilizada en la prestación del servicio. X= Costo de la mano de obra nacional (horas hombre nacional) utilizada en la prestación del servicio. Esta determinación se haría de acuerdo al cuadro del Documento 7.
7. PERÍODO QUE ABARCARÁ LA CONTRATACIÓN. El contrato que se derive del presente procedimiento abarcará un sólo ejercicio fiscal 2012.
8. INCONFORMIDADES. Podrá interponerse inconformidad por actos del procedimiento de contratación que contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto de la LAASSP, ante la Secretaría de la Función Pública, a través del Órgano Interno de Control en Pemex-Gas y Petroquímica Básica, ubicado en Av. Marina Nacional número 329, Torre Ejecutiva Piso 18, Petroleos Mexicanos, Código Postal 11311 en México, D. F., en días y horas hábiles, o en la siguiente dirección electrónica de compranet: www.compranet.gob.mx.
9. INDICACIONES GENERALES. 9.1.- El Idioma del procedimiento para la presentación de la propuesta será el español para todos los aspectos técnicos y económicos, con excepción de lo indicado en el punto 9.1. 9.2.- Plazo, lugar, forma y condiciones de entrega de la ejecución de los servicios 9.2.1 El plazo de entrega de la ejecución de los servicios es de acuerdo a las especificaciones técnicas. 9.2.2 La ejecución de los servicios objeto de este procedimiento de contratación, serán en las instalaciones de la Superintendencia General Sector de Ductos Monterrey. 9.2.3 La entrega de la ejecución de los servicios será por servicio ejecutado, a más tardar el día en que concluya el plazo pactado, salvo que el mismo coincida con un Página 15 de 64
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día inhábil, en cuyo caso la fecha de entrega se correrá hasta el siguiente día hábil sin dar lugar a la aplicación de penas convencionales, sin embargo, si el término del plazo no coincide con un día inhábil y el proveedor no entrega la ejecución de los servicios en esa fecha, los días inhábiles siguientes contarán como naturales para efectos de la aplicación de penas convencionales. 9.2.3.1 Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios ingresar a la siguiente liga del portal: http://www.pemex.com/index.cfm?action=google&cx=00922574805991661020 7:fcrr04gyqq4&cof=FORID:9&q=reglamento%20de%20seguridad%20e%20hig iene,&as_qdr=all]. 9.3.- Moneda, precio, anticipo, pagos progresivos y condiciones de pago. 9.3.1 Las cantidades que se incluyen en la columna (cantidades de referencia) del Documento 4 (Anexo C) son estimadas y no representan ninguna obligación contractual para Pemex-Gas y Petroquímica Básica, cumplir con las cantidades asentadas, toda vez que servirán únicamente para que este efectúe la evaluación económica. El licitante realizará la operación de multiplicar los precios unitarios por las cantidades de referencia. Sumará los (conceptos, renglones posiciones o servicios); que integran la partida para obtener el importe total de la partida. Pemex-Gas y Petroquímica Básica no se obliga a ejercer el monto máximo establecidos para el contrato que se formalice. Los precios deberán cotizarse en Pesos Mexicanos. No se acepta ningún precio con valor: $0.00 pesos y lo anterior será motivo de desechamiento de la propuesta. 9.3.2 El precio de la ejecución de los servicios será fijo y no estará sujeto a ajustes. 9.3.3 Pemex-Gas y Petroquímica Básica no otorgará anticipo. 9.3.4 Pemex-Gas y Petroquímica Básica no otorgará pagos progresivos. 9.3.5 El pago que se derive por la ejecución de los servicios, se realizará a los veinte (20) días naturales a partir de la recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte, que proceda y del acuse de recibo correspondiente conteniendo el sello del área receptora de los bienes, fecha de la recepción, así como el nombre, ficha y firma del personal facultado para estos efectos, conforme a los términos establecidos en esta Convocatoria y en el modelo de contrato (Ver modelo de contrato).
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9.4.- Garantías. El Proveedor, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a Pemex-Gas y Petroquímica Básica, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, garantía que se constituirá por el 10% del monto MAXIMO del contrato adjudicado a favor de Pemex-Gas y Petroquímica Básica y deberá entregarse en la Ventanilla de Atención a Proveedores del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte, ubicada en Av. Ruiz Cortines No. 3520 Oriente, Planta Baja, Col. Moderna, Monterrey, N.L. C.P. 64530, Teléfonos (01-81) 8126-5508 y 8126-5500 Ext. 20-116, en el caso de que el Proveedor no cumpla con la entrega de la presente garantía, Pemex-Gas y Petroquímica Básica podrá determinar la rescisión administrativa del contrato. CASOS EN QUE SE APLICARÁ LA GARANTIA: La Garantía se podrá hacer efectiva por Pemex-Gas y Petroquímica Básica, cuando se presente de manera enunciativa y no limitativa alguno de los siguientes casos: a).-
Cuando el Proveedor incumpla con cualquiera de las obligaciones que deriven del contrato.
b).-
Cuando se rescinda el contrato por causas imputables al Proveedor.
c).-
Cuando por las características de los bienes y/o servicios entregados, éstos no puedan funcionar o ser utilizados por PGPB, por estar incompletos, en cuyo caso, la aplicación será por el total de la garantía.
d).-
Cuando por las características de los bienes y/o servicios entregados, éstos no puedan funcionar o ser utilizados por PGPB, por estar incompletos, en cuyo caso, la aplicación será por el total de la garantía.
e).-
Cuando hubiese transcurrido el plazo, que en su caso, se haya concedido al Proveedor para reparar, reponer o corregir los defectos, vicios ocultos y la calidad de los bienes, así como cualquier otra responsabilidad cuando aplique, y no se hayan reparado, repuesto o corregido los defectos, vicios ocultos de los bienes y la mala calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.
El proveedor a su elección pordrá entregar cualquiera de los siguientes instrumentos de garantía [De acuerdo a los términos establecidos en el modelo de contrato]: 9.4.1 PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO. 9.4.1.1 Fianza. (Documento 10) 9.4.1.2 Carta De Crédito Standby Irrevocable Confirmada. (Documento 10-A) Página 17 de 64
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9.4.2
Garantía de Anticipo. No aplica
9.4.3
Garantía de Pagos Progresivos. No aplica
9.5.- Inspección y/o supervisión. El Proveedor se obligará a garantizar la calidad de los bienes entregados o la ejecución de servicios, y se comprometerá a su reposición sin costo para Pemex-Gas y Petroquímica Básica, si al ser recibidos o puestos en operación no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto a las penas convencionales correspondientes. La inspección que realice Pemex-Gas y Petroquímica Básica a los bienes o servicios, no relevará al Proveedor del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados o la ejecución de los servicios, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía respectiva por los conceptos indicados. De conformidad con los artículos 57 y 58 de la Ley, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime necesarias así como verificar la calidad y las especificaciones de los bienes y/o ejecución de los servicios amparados en esta invitación, pudiendo solicitar a Pemex-Gas y Petroquímica Básica y al Proveedor todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate. Los servicios objeto de esta convocatoria de invitación, serán inspeccionados por el personal tecnico que designe el área requirente de la Superintendencia General Sector de Ductos Monterrey quien tendrá la facultad de aprobar o rechazar cualquiera de ellos por falta de calidad y demás condiciones establecidas en los contratos. El nivel de inspección que se aplicará será Nivel V de inspección de los servicios, conforme a lo establecido en el procedimiento de inspección MP-70600-01, lo cual no liberará al proveedor del cumplimiento de sus obligaciones. El nivel de inspección seleccionado, se describe a continuación: Inspección la Ejecución de Servicios. Descripcion del Nivel V de inspección: Aplica los servicios terminados que requieren de una inspección hasta su aceptación. El área o personal designado para realizar la inspección, deberá verificar, documentar físicamente lo siguiente: 1) Los requerimientos técnicos y contractuales. 2) La ingeniería aprobada conforme a contrato. Página 18 de 64
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3) La competencia (formación académica y profesional, habilidades y experiencia) del personal técnico que intervenga en la prestación de los servicios. 4) Los dispositivos de medición y prueba con registro de calibración vigente. 5) La aplicación de las Normas, Códigos, Procedimientos o Especificaciones de los bienes y servicios. 6) Los equipos y materiales considerados en el alcance del contrato. 7) Las pruebas finales de aceptación del servicio 8) Reporte final del servicio 9) Manuales (operación, mantenimiento y capacitación) y memoria técnica del servicio. Procedimiento de inspección y aceptación de los Servicios: Pemex-Gas y Petroquímica Básica, directamente o a través de terceros, podrá realizar visitas de inspección y pruebas requeridas para avalar que el bien y/o servicio solicitado cumpla con las normas y especificaciones pactadas en el contrato, obligándose el proveedor a proporcionar toda la información y facilidades para tal efecto. En cada una de las entregas se verificará que el (los) bien(es) cumpla(n) con las normas y especificaciones solicitadas en las bases de invitación y ofertadas en la propuesta de acuerdo con lo que se consigne en el contrato correspondiente. El área de inspección o quien determine Pemex-Gas y Petroquímica Básica, como resultado de la misma emitirá dentro del plazo señalado, los siguientes documentos “Reporte de Conformidad” o “Reporte de No Conformidad” de la inspección del bien y/o servicios. Pemex-Gas y Petroquímica Básica extenderá el Reporte de Conformidad de inspección de los bienes definitivo hasta que se cumpla con la totalidad y las características del contrato adjudicado y se hubieren entregado en el destino final los bienes y/o servicios, dentro de los siete días naturales posteriores a la presentación por parte del proveedor, en el área que haya realizado la Inspección, de copia de la factura y/o remisiones con los sellos, en su caso autorizaciones, de la recepción por el almacén receptor, conforme a lo establecido en el contrato. Este certificado no autoriza el trámite de pago. El rechazo por mala calidad de los bienes suministrados, dará lugar al pago por parte del proveedor de los gastos que ocasione la inspección a la Entidad y no será motivo de prórroga de la fecha de cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes. 9.6.- Recepción de la ejecución de los servicios.
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El Proveedor se obliga a ejecutar los servicios en el plazo señalado anteriormente y de acuerdo a los términos precisados en el Contrato. Los Bienes y/o ejecución de los servicios que se entreguen deberán ser nuevos. El proveedor se obliga a otorgar las facilidades necesarias para que con base en las atribuciones legales y reglamentarias que tengan conferidas la Secretaria de Economía y/o de la Función Pública, se realice la Verificación de los servicios adquiridos por PGPB bajo el o los contratos que resulten como resultado del presente procedimiento. 9.7.- Penas Convencionales. Las penas convencionales a las que el proveedor se hará acreedor por incumplimiento en la fecha de entrega de los Servicios se calcularán, a partir del día siguiente del cumplimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos, o en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas en función del valor de los servicios entregados o ejecutados con atraso, a razón de 0.5% (cero punto cinco por ciento) por cada día calendario de atraso y hasta por el importe de la garantía de cumplimiento del Contrato (Ver Modelo de Contrato). 9.8.- Facturación. El Proveedor deberá presentar sus facturas acompañadas de la documentación soporte en términos del Contrato, para inicio de trámite de pago en la Ventanilla Unica Departamento de Servicios Regionales Zona Norte, ubicada en Av. Ruiz Cortines No. 3520 Oriente, Planta Baja, Col. Moderna, Monterrey, N.L. C.P. 64530, con horario de 9:30 a 13:30 y de 15:00 a 16:30 horas en días hábiles de lunes a viernes, debidamente requisitadas, en original, para proceder al inicio de trámite de pago, mismas que deberán ser pre sentadas en un máximo de siete (7) días naturales posteriores a la recepción de los Bienes y/o Servicios. 9.9.- Subcontración. No se permite la Subcontratación
9.10.- Contrato abierto. 9.10.1 Vigencia del Contrato La vigencia del Contrato iniciará en la fecha de firma del mismo y concluirá el 31 de diciembre de 2012 o antes de esta fecha si se agota el presupuesto máximo susceptible de ejercer, lo que ocurra primero, en el entendido que PEMEX-GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA no se obliga a agotar el presupuesto máximo. 9.10.2. Presupuesto EL PRESUPUESTO MÁXIMO QUE PEMEX-GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA PODRÁ EJERCER ES DE LA SIGUIENTE MANERA: Página 20 de 64
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El presupuesto mínimo que se ejercerá, es de $203,600.00 (DOSCIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS PESOS, 00/100 M.N.) El presupuesto máximo que podrá ejercerse, es de $509,000.00 (QUINIENTOS NUEVE MIL PESOS, 00/100 M.N.) 9.10.3. Ordenes de Servicios. Pemex-Gas y Petroquímica Básica ejercerá el Contrato a través de “órdenes de servicio” (de aquí en adelante “ORDEN” u “ÓRDENES”), aplicando los siguientes mecanismos para la entrega de las mismas: En su caso la ORDEN que emita Pemex-Gas y Petroquímica Básica será entregada al PROVEEDOR en las instalaciones del proveedor de acuerdo a lo establecido en el Documento 3 denominado ESPECIFICACIÓN TÉCNICA de estas bases o transmitida vía fax o cualquier otro medio que en el futuro las partes convengan. Cuando la ORDEN sea transmitida vía fax o cualquier otro medio convenido por las partes, el PROVEEDOR se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la misma vía a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que reciba dicha ORDEN, fecha a partir de la cual, empezará a computarse el plazo de ejecución. Si el PROVEEDOR no confirma la recepción de la ORDEN, el plazo de ejecución empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de transmisión por parte de Pemex-Gas y Petroquímica Básica según conste en la notificación de entrega que proporcione el medio utilizado por Pemex-Gas y Petroquímica Básica. 9.11.- Ajuste de precios. (No aplica)
9.12.- Rescisión Administrativa del Contrato. Pemex-Gas y Petroquímica Básica podrá, por causas imputables al Proveedor, rescindir administrativamente el Contrato en cualquier momento, cuando éste incumpla con cualquiera de las obligaciones estipuladas en el mismo. Dicha rescisión operará de pleno derecho, sin necesidad de intervención judicial, bastando que se cumpla con el procedimiento señalado en el artículo 54 de la Ley. [Ver Cláusula del modelo de contrato]
9.13.- Información Reservada y Confidencial. Se hace del conocimiento de las personas físicas y morales que tengan interés en participar en el proceso de invitación convocado, que en términos de lo dispuesto por los artículos 14 fracciones I y II, 18 fracciones I y II, y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 38 de su Reglamento, deberán Página 21 de 64
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indicar si en los documentos que proporcionen a Pemex-Gas y Petroquímica Básica se contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de estos que la contengan, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter. 9.14.- Prórrogas. Las condiciones que podrán prorrogar el plazo y/o fecha de entrega de los bienes y/o servicios que no dan lugar a la aplicación de penas convencionales, se relacionan a continuación de manera enunciativa y no limitativa: a) Atraso en la entrega de anticipos o pagos progresivos. b) Atraso en la entrega de planos, dibujos, especificaciones o cualesquiera otros documentos, elaborados por Pemex-Gas y Petroquímica Básica. c) Atraso por parte de Pemex-Gas y Petroquímica Básica, en la aprobación de dibujos, planos y/o especificaciones del proveedor. d) Entrega fuera del plazo pactado de materiales y equipos suministrados por PemexGas y Petroquímica Básica. e) Razones de caso fortuito o fuerza mayor previstas en la Cláusula Décima Sexta del Modelo de Contrato anexo a la presente Convocatoria. f) Atraso en la terminación de obras por Pemex-Gas y Petroquímica Básica, para la recepción y/o instalación de los bienes y/o servicios contratados. g) Atraso imputable a Pemex-Gas y Petroquímica Básica en la disponibilidad de las áreas para la recepción de los bienes y/o servicios. h) Atraso de Pemex-Gas y Petroquímica Básica en el cumplimiento del plazo para realizar la inspección de los bienes y/o servicios, siempre y cuando el proveedor los hubiese puesto a disposición. i) Cualquier situación imputable a la Entidad análoga a las anteriores. 9.15.- Modificación del Contrato [Ver Cláusula del modelo de contrato] 9.16.- Seguros. El proveedor será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario. 9.17.- Casos en que se declarará desierto el procedimiento. La Convocante podrá declarar desierto el procedimiento en los casos previstos por el primer y tercer párrafo del Artículo 38 y fracción III del artículo 43 de la Ley y 58 de su Reglamento. 9.18.- Cancelación del procedimiento. La Convocante podrá cancelar el procedimiento, partidas o conceptos incluidos en esta conforme a los supuestos previstos en el penúltimo párrafo del Artículo 38 de la Ley.
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10.- MODELO DE CONTRATO AL QUE SE SUJETARÁN LAS PARTES. Ver Documento 09.
______________________________________
C.P. VÍCTOR M. REYNAL CASTILLO JEFE DEPARTAMENTO SERVICIOS REGIONALES ZONA NORTE Monterrey, N.L., a
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10 de febrero de 2012
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1
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NÚMERO: DSR933I312001
RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE EN SU PROPOSICIÓN ENTREGO
Número de Documento
Nombre del Documento
1
Constancia de recepción de los documentos que integran la proposición presentada por el licitante.
2
Información para acreditar la existencia y personalidad del licitante.
3
Propuesta Técnica.
4
Propuesta Económica.
5
Declaración escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la LAASSP de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
6
Declaración de Integridad.
7
Manifestación de integración nacional de mano de obra en los servicios ofertados.
8
Formato para la manifestación de la ubicación que corresponda en la estratificación establecida en el acuerdo publicado en el DOF el 30 de junio de 2009, para efectos del artículo 3, fracción III de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
9
Modelo de Contrato.
11
Compromisos con la Transparencia
13
Manifestación de Nacionalidad Mexicana
SI
NOMBRE DE LA EMPRESA LICITANTE:
.
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: FIRMA:
.
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.
NO
NO. DE FOLIO De Hoja No.
A Hoja No.
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2
INFORMACIÓN PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD DEL LICITANTE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NÚMERO: DSR933I312001 Yo, (nombre ) , manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para suscribir la proposición de la presente invitación (y en su caso firma del contrato), a nombre y representación de: (nombre de la persona física o moral). Clave del Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio.Calle y Número: Colonia: Código Postal: Teléfono(s) (opcional): Correo electrónico (opcional):
Delegación o Municipio: Entidad Federativa: Fax (opcional):
No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:
Fecha:
Nombre, número y circunscripción del Notario Público ó Fedatario que las protocolizó: No. de la escritura pública en la que constan Reformas o modificaciones al acta constitutiva: Fecha: Nombre, número y circunscripción del Notario Público ó Fedatario que las protocolizó: Relación de Socios: Apellido Paterno:
Apellido Materno:
Nombre( s )
Descripción del objeto social (para personas físicas: actividad comercial o profesional): Nombre y domicilio del apoderado o representante: Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta: Escritura pública número: Fecha: Nombre, número, y circunscripción del Notario o Fedatario Publico que la protocolizó:
Lugar y fecha Protesto lo necesario. (Firma autógrafa original) . Notas: 1.- El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente. 2.-
El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar abreviaturas, principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral.
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3
PROPUESTA TÉCNICA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NÚMERO: DSR933I312001 Con este documento presento mi oferta técnica en el procedimiento mencionado, para la contratación de los servicios relativos a: “SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAL DEL SECTOR DE DUCTOS MONTERREY”, la cual se integra de acuerdo a los anexos técnicos: A, B, B-1, B-2, D, E-1, y E-2
Solicitud(es) de Pedido Número 40046307 Plazo de entrega: 306 Lugar de ejecución del Superintendencia General Sector de Ductos Monterrey, Libramiento servicio: Noreste Km. 26+850 en Escobedo, N.L.
Asimismo anexo al presente como parte de mi propuesta, la documentación requerida en los numerales: (3) . NOMBRE DE LA EMPRESA LICITANTE:
(4)
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: FIRMA:
(6)
. (5)
.
. INSTRUCTIVO DE LLENADO
NUMERO
(1)
INSTRUCCION
Incluir el objeto de la invitación NOTA: EN CASO DE NO INCLUIR ESTE PÁRRAFO, NO SERÁ MOTIVO DE DESECHAMIENTO
(2) (3) (4) (5) (6)
Anotar número de solicitud de pedido Anotar los numerales que correspondan a los documentos indicados en el numeral 4.1 de la convocatoria Anotar el nombre de la empresa licitante Anotar el nombre del representante legal de la empresa licitante Firma del representante legal
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4
PROPUESTA ECONÓMICA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NÚMERO DSR933I312001
V E R
A N E X O
“ C ”
Con este documento presento mi oferta económica en el procedimiento mencionado, para la contratación de los servicios relativos a: “SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAL DEL SECTOR DE DUCTOS MONTERREY” la cual se integra de la siguiente manera: Solicitudes de Pedido Número 40046307 Nota.- Preferentemente se recomienda entregar en su propuesta el archivo electrónico del anexo C.
Monto total de la propuesta sin I.V.A. Tipo de Empresa:
$
(indicar moneda) (Indicar si es Micro, Pequeña o Mediana)
NOMBRE DE LA EMPRESA LICITANTE:
.
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: FIRMA:
.
.
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DECLARACIÓN ESCRITA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NÚMERO: DSR933I312001
Quien suscribe, Sr. (escribir el nombre de la persona física apoderado o representante legal) en mi carácter de (términos en que este otorgando el mandato), representante legal de, (escribir el nombre de la persona física o persona moral) lo que acreditó con (datos del documento que acredite su personalidad), “MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD”, que mi representada, sus accionistas y asociados, no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Lo anterior para los fines y efectos que haya lugar. Protesto lo Necesario.
(Nombre y firma de la persona física o del representante legal).
NOTA: En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.
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DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NÚMERO: DSR933I312001 (Lugar y Fecha) PEMEX-GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA DEPARTAMENTO DE SERVICIOS REGIONALES ZONA NORTE ÁREA DE CONTRATACIÓN OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS PRESENTE
Por este conducto, quien suscribe, Sr. (nombre de la persona física o del apoderado o representante legal), declaro que (denominación o razón social) a quien represento, por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de PEMEX-GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.
Lo anterior para los fines y efectos a que haya lugar.
Atentamente,
(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)
NOTA: En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.
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MANIFESTACIÓN DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE MANO DE OBRA EN LOS SERVICIOS OFERTADOS Información con carácter voluntario INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NÚMERO: DSR933I312001
Descripción de los Trabajos a Realizar
Cantidad (hrs)
Costo
Mano de Obra Total (Horas Hombre Totales (Y)) Mano de Obra Nacional (Horas Hombre (X) Porcentaje de Contenido Nacional en Servicios (CNS) Para los casos en que la prestación de servicios involucre bienes el prestador de servicios deberá requisitar adicionalmente lo siguiente: Con fundamento en lo establecido por los artículos 18 fracción I y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, ___(nombre)____, en mi carácter de apoderado o representante acreditado de (nombre o razón social), entrego con el carácter de confidencial la información correspondiente al porcentaje de integración nacional del(de los) siguiente(s) bien(es):
% Número Integración de Descripción Nacional Material (de 0 a 100 %)
Marca
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Campos adicionales, únicamente para Distribuidores o Comercializadores Nombre o Origen del Razón Social Bien del Fabricante
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MANIFESTACIÓN DE LA UBICACIÓN QUE CORRESPONDA EN LA ESTRATIFICACIÓN ESTABLECIDA EN EL ACUERDO PUBLICADO EN EL DOF EL 30 DE JUNIO DE 2009, PARA EFECTOS DEL ARTICULO 3, FRACCIÓN III DE LA LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA. INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NÚMERO: DSR933I312001 __________de __________ de ______________ (1) PEMEX-GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA DEPARTAMENTO DE SERVICIOS REGIONALES ZONA NORTE ÁREA DE CONTRATACIÓN OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS PRESENTE Me refiero al procedimiento (2) No. (3) en el que mi representada, la empresa, (4) participa a través de la propuesta que se contiene en el presente sobre. Sobre el particular, y con base en el Acuerdo publicado en el DOF el 30 de junio de 2009, que tiene por objeto establecer la estratificación bajo la cual se catalogarán las micro, pequeñas y medianas empresas, declaro bajo protesta de decir verdad, que mi representada pertenece al sector (5) , y se encuentra en el rango de una empresa (6) atendiendo a lo siguiente: Estratificación Rango de número de Rango de monto de ventas trabajadores anuales (mdp)
Tamaño (6)
Sector (5)
Micro
Todas Comercio Industria y Servicio Comercio Servicio
Hasta 10 Desde 11 hasta 30 Desde 11 hasta 50 Desde 31 hasta 100 Desde 51 hasta 100
Industria
Desde 51 hasta 250
Pequeña
Mediana
Tope máximo combinado*
Hasta $4 Desde $4.01 hasta $100 Desde $4.01 hasta $100
4.6 93 95
Desde $100.01 Hasta $250
235
Desde $100.01 Hasta $250
250
*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%) (6) El tamaño de la empresa se determinara a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente formula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90% el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría.
ATENTAMENTE (7) INSTRUCTIVO: NUMERO 1 2 3 4 5 6 7
DESCRIPCION Señalar la fecha de suscripción del documento Precisar el procedimiento de que se trate, invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa Indicar el numero respectivo del procedimiento Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa Indicar con letra el sector al que pertenece (Industria, Comercio o Servicio) Señalar con letra el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme a la formula anotada al pie del cuadro de estratificación Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante
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CONTRATO ABIERTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS A PRECIO FIJO (EN ADELANTE CONTRATO) QUE CELEBRAN POR UNA PARTE PEMEX GAS Y PETROQUIMICA BASICA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “PEMEX GAS”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL ING. FELIPE VILLARREAL MEDRANO, EN SU CARÁCTER DE SUPERINTENDENTE GENERAL SECTOR DE DUCTOS MONTERREY DE PEMEX GAS Y PETROQUIMICA BASICA Y POR LA OTRA xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, S.A. DE C.V., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “PROVEEDOR” REPRESENTADA POR EL SR. xxxxxxxxxxxxxxxxxxx EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: DECLARACIONES 1.
PEMEX GAS declara a través de su representante que: 1.1 Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios de conformidad con la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios publicada el 16 de julio de 1992 en el Diario Oficial de la Federación, y tiene por objeto llevar el procesamiento del gas natural, líquidos del gas natural y el gas artificial; almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de estos hidrocarburos, así como de derivados que sean susceptibles de servir como materias primas industriales básicas y continúa realizando dichas actividades, en cumplimiento de su objeto, de conformidad con el artículo Tercero Transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada el 28 de noviembre de 2008 en el Diario Oficial de la Federación. 1.2
Que acredita su personalidad y facultades mediante el testimonio de la Escritura Pública N° xx,xxx de fecha xx de xxxxx del xxxxxx otorgada ante la fe del Lic. xxxxxxxxxxxxxxxxx Titular de la Notaría Pública No. xx de la ciudad de México D.F., mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.
1.3.
Cuenta con la suficiencia presupuestal para hacer frente a las erogaciones que se originen en este contrato, con cargo a la Partida Presupuestal 21-20-00, Renglón de Gasto 212 y Centro de Trabajo 933.
1.4. Este contrato se celebra mediante el procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Convocatoria No. DSR933I312001, con fundamento en los artículos 26 fracción II, 42 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, cuyo fallo fue dado a conocer el XX de XXXXXXX de 2012. 2.
El PROVEEDOR declara a través de su representante que: 2.1.
Acredita la legal existencia de su representada con la Escritura Pública No. XX,XXX de fecha XX de XXXXX de XXXX otorgada ante la Fe del Lic. XXXXXXXXXXX, Titular de la Notaría Pública N°XX de la ciudad de XXXXXXXX., la cual quedó debidamente inscrita en el Registro Público correspondiente.
2.2 Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Representante Legal de “XXXXXXXXXXX, S.A. de C.V.” mediante la Escritura Pública No. XX,XXX de fecha XX de XXX de XXXX, otorgada ante la Fe del Lic. XXXXXXXXXXXXX, Titular de la Notaría Pública N°XXX de la ciudad de XXXXXXXX.; La que quedo debidamente inscrita en el Registro Página 32 de 64
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Público correspondiente, mismas que no le han sido revocadas, limitadas ó modificadas en forma alguna. 2.3. Cuenta con Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave XXXXXXXXXXXX 2.4
Es mexicano y conviene que, aún y cuando llegare a cambiar de nacionalidad, seguirse considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y no invocar la protección de ningún gobierno extranjero bajo pena de perder en beneficio de la nación mexicana, todo derecho derivado de este contrato.
2.5.
Tiene capacidad jurídica para contratar y reúne las condiciones y recursos técnicos, humanos y económicos para obligarse a la ejecución de los servicios objeto de este contrato.
2.6.
Conoce plenamente el contenido y requisitos que establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento así como las disposiciones legales y administrativas aplicables al presente contrato.
2.7.
Ha entregado la manifestación a que se refiere el artículo 29 fracción VIII de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
2.8.
Reconoce plenamente la personalidad con que interviene el representante de PEMEX GAS
2.9
Reconoce y acepta que cuenta con los elementos propios a que se refiere el artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo y en consecuencia es el único patrón de todas y cada una de las personas que intervengan en el desarrollo y ejecución del objeto de este contrato.
2.10 Su moneda funcional es Pesos Mexicanos. 2.11 Cuenta con las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para la adecuada ejecución de los servicios objeto del presente contrato. 2.12. Ha inspeccionado debidamente el lugar en donde se prestarán los servicios objeto de este contrato y considerado todos los factores que intervienen en su ejecución. Asimismo, manifiesta haber revisado los documentos e información proporcionada por PEMEX GAS para el debido cumplimiento del objeto del contrato. 2.13. De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del articulo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha presentado a PEMEX GAS el "acuse de recepción" con el que comprueba que ha realizado la solicitud de opinión respecto de sus obligaciones ante el Sistema de Administración Tributaria prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. 2.14
El PROVEEDOR declara que su empresa se encuentra ubicada en la siguiente estratificación Tamaño XXXXXXXXX Empresa y Sector de Servicio de acuerdo con la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
Vistas las declaraciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes:
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CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO PEMEX GAS encomienda al PROVEEDOR y éste se obliga a realizar hasta su total terminación, de conformidad con las especificaciones y alcances contenidos en el contrato y sus anexos, el servicio consistente en: SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAL DEL SECTOR DE DUCTOS MONTERREY, (en adelante “servicios”). Las obligaciones que se convienen en el objeto de este contrato no son divisibles toda vez que por las características de los servicios materia del mismo, no pueden ser utilizados de manera incompleta, por lo que la garantía se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada. SEGUNDA.- VIGENCIA DEL CONTRATO La vigencia de este contrato iniciará el XX de XXXXXX del 2012 y concluirá el 31 de Diciembre del 2012 o antes de esta fecha si se agota el presupuesto máximo susceptible de ejercer, lo que ocurra primero, en el entendido de que PEMEX GAS no se obliga a agotar el presupuesto máximo establecido en este contrato. TERCERA.- IMPORTE DEL CONTRATO El presupuesto mínimo es de $203,600.00 (DOSCIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS PESOS, 00/100 M.N.) Más el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) y el presupuesto máximo que PEMEX GAS podrá ejercer es de: $509,000.00 (QUINIENTOS NUEVE MIL PESOS, 00/100 M.N.) más el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). El precio unitario de los servicios se especifica por posición/partida en el anexo Propuesta económica de este contrato, mismo que se considerará fijo hasta la conclusión total de los servicios y no estará sujeto a ajustes. CUARTA.- ÓRDENES DE SERVICIO PEMEX GAS ejercerá este contrato a través de “órdenes de servicio” (de aquí en adelante “ORDEN u ÓRDENES”), mismas que deberán contener la referencia a este contrato. La ORDEN que emita PEMEX GAS será entregada al PROVEEDOR en el interior de la Superintendencia General Sector de Ductos Monterrey o transmitida vía fax o cualquier otro medio que en el futuro las partes convengan. Las partes se obligan a llevar el saldo correspondiente de las ÓRDENES, mismas que no podrán rebasar el presupuesto máximo establecido en este contrato, ya que, si en algún momento las ÓRDENES rebasan el presupuesto máximo establecido en este contrato, el PROVEEDOR no deberá realizar ejecución alguna de los servicios, a menos que se celebre convenio modificatorio en los términos de la cláusula denominada Modificaciones al Contrato. El PROVEEDOR sólo recibirá ÓRDENES cuando éstas puedan ser ejecutadas dentro de la vigencia originalmente pactada o modificada mediante el convenio respectivo. Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por la Superintendencia General Sector de Ductos Monterrey de PEMEX GAS, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en este contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales de este contrato. Página 34 de 64
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QUINTA.- PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS Los plazos de ejecución de los servicios por partida/posición se establecen en el Anexo Especificaciones Técnicas de este contrato, contados a partir de la fecha de la recepción de la ORDEN por parte del PROVEEDOR. Cuando la ORDEN sea transmitida vía fax o cualquier otro medio convenido por las partes, el PROVEEDOR se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la misma vía a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que reciba dicha ORDEN, fecha a partir de la cual, empezará a computarse el plazo de ejecución. Si el PROVEEDOR no confirma la recepción de la ORDEN, el plazo de ejecución empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de transmisión por parte de PEMEX GAS según conste en la notificación de entrega que proporcione el medio utilizado por PEMEX GAS. La ejecución de los servicios amparados en cada ORDEN, se realizará: en las instalaciones de la Superintendencia General Sector de Ductos Monterrey conforme a las condiciones descritas en el Anexo A, B y B-1 Especificaciones Técnicas, mismo que forma parte integrante de este contrato. No se contabilizará como día de ejecución de los servicios, todo aquel que no se haya laborado por caso fortuito o fuerza mayor, según sea el caso, de conformidad con la cláusula denominada Caso Fortuito o Causas de Fuerza Mayor o por motivos imputables a PEMEX GAS PEMEX GAS se obliga a tener oportunamente y en condiciones adecuadas para el inicio de los servicios, el (los) lugar(es) en que deberá(n) ejecutarse los servicios objeto de este contrato. SEXTA.- FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la responsable de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos, previo verificación del cumplimiento de los servicios en términos del contrato, la que podrá estar sustentada en la constancia que acredite la autorización de los servicios. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica o documental, según corresponda. La(s) factura(s) serán consecuencia de la autorización de los pagos por parte de la(s) persona(s) designada(s) para tal efecto. Cuando el PROVEEDOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda electrónica de PEMEX GAS, mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada. Cuando el PROVEEDOR emita facturación documental, deberá presentar la factura en la ventanilla única correspondiente, ubicada en el Departamento de Servicios Regionales Zona Norte de P.G.P.B, ubicada en Av. Ruiz Cortines No. 3520 Ote. Planta Baja, Col. Moderna Código Postal 64530, Monterrey, N.L., en original sin copias, mismas que deberán ser presentadas en un plazo máximo de 7 (siete) días naturales posteriores a la recepción de los servicios en los términos de este contrato. El PROVEEDOR, al momento de facturar, deberá hacer referencia a este contrato, a la ORDEN, a los servicios proporcionados de acuerdo a la (partida/posición) correspondiente y al precio unitario de los mismos.
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En caso de que las facturas entregadas por el PROVEEDOR para su pago, presenten errores o deficiencias, PEMEX GAS dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al PROVEEDOR las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el PROVEEDOR presente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido para el pago. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo antes mencionado. PEMEX GAS pagará al PROVEEDOR el importe de los servicios concluidos y aceptados que ampare cada ORDEN a los 20 (veinte) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura. El pago al PROVEEDOR se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe el mismo en el momento de darse de alta en la Ventanilla Única de PEMEX GAS. El plazo que transcurra entre la notificación electrónica de rechazo de una factura y la fecha en que el PROVEEDOR presente esta corregida, no se computará para efectos de reprogramación del plazo de ejecución. Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, este tendrá 10 (diez) días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación. Los pagos que al respecto procedan, se realizarán de acuerdo a lo dispuesto en esta cláusula y estarán sujetos a lo establecido en el segundo y tercer párrafo del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para el caso de atraso en los pagos y pagos en exceso que se realicen. El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los servicios hayan sido prestados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 (veintiocho) días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con dos días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago. Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con 3 (tres) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de Crédito a favor de PEMEX GAS bajo el concepto de “descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX GAS. Facturar a nombre de: Pemex Gas y Petroquímica Básica, Av. Marina Nacional #329. Petróleos Mexicanos. Cp. 11311 RFC: PGP920716MT6
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SÉPTIMA.- ANTICIPO En el presente contrato PEMEX GAS No otorgará anticipo al PROVEEDOR. OCTAVA.- PAGOS EN EXCESO En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de PEMEX GAS. PEMEX GAS procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de PEMEX GAS. NOVENA.- TRANSFERENCIA DE DERECHOS En ningún caso los derechos y obligaciones derivados de este contrato, podrán ser transferidos total o parcialmente en favor de otras personas físicas o morales distintas de aquella a la que se le hubiere adjudicado el contrato, con excepción de los derechos de cobro en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de PEMEX GAS. El PROVEEDOR podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un Intermediario Financiero mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y PEMEX GAS otorga su consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o administrativo. En virtud de lo anterior, las Partes se obligan al procedimiento establecido en las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2007 DÉCIMA.- OBLIGACIONES FISCALES Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que PEMEX GAS realice, de los pagos que haga a el PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia. DÉCIMA PRIMERA.-GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX GAS, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10 % del importe total del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX GAS Página 37 de 64
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El PROVEEDOR manifiesta expresamente: (A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX GAS, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX GAS (B) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. (C) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. (D) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX GAS (E) Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8.
Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación. Copia del finiquito Importe reclamado.
La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de la Ventanilla Atención a Proveedores del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte en el horario de: 9:00 a 14:00 y de 15:00 a 17:00 horas ubicadas en Av. A. Ruíz Cortines No. 3520 Ote, Planta Baja, Colonia Moderna, en Monterrey, N.L. en estricto apego a los textos que se acompañan en el Documento 10 de las bases concursales, aceptando expresamente a el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos. Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberán verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX GAS detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.
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DÉCIMA SEGUNDA.- RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS PEMEX GAS recibirá los servicios objeto de este contrato, cuando éstos se hayan ejecutado y concluido de acuerdo con los alcances y estipulaciones convenidas. La recepción de los servicios se hará a través del: Departamento de Desarrollo Social y Adq. Inmobiliaria de la Superintendencia General Sector de Ductos Monterrey con el Ing. Omar Chapa Cantú, tel. 01 (81) 8354-2001 Ext. 21-218, de lunes a viernes en el horario siguiente: de 8:00 hrs. A 17:00 hrs. El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación de las especificaciones y la aceptación de los Servicios en los términos previstos en este Contrato y sus Anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por PEMEX GAS. En caso de que la fecha de conclusión de los servicios coincida con un día inhábil, la recepción de éstos se correrá al siguiente día hábil, sin dar lugar a la aplicación de penas convencionales. Una vez cumplidas las obligaciones del PROVEEDOR a satisfacción de PEMEX GAS, el Ing. Omar Chapa Cantú Jefe del Departamento de Desarrollo Social y Adq. Inmobiliaria de la Superintendencia General Sector de Ductos Monterrey procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales para que se dé inicio a los trámites para la cancelación la garantía de cumplimiento del contrato. DÉCIMA TERCERA.- SUPERVISIÓN E INSPECCIÓN DE LOS SERVICIOS El área responsable que realizará la supervisión de los servicios será la Superintendencia General Sector de Ductos Monterrey a través del Departamento de Desarrollo Social y Adq. Inmobiliaria con el Ing. Omar Chapa Cantú, tel. 01 (81) 8354-2001 Ext. 21-218, dicha supervisión se llevará a cabo en la Superintendencia General Sector de Ductos Monterrey. El PROVEEDOR acepta que el Supervisor de PEMEX GAS vigilará y revisará en todo tiempo los servicios objeto de este contrato y dará a el PROVEEDOR por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida, así como la aprobación de la relación de servicios ejecutados y que sean presentados por el PROVEEDOR. La supervisión de los servicios que realice PEMEX GAS no libera al PROVEEDOR del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así como de responder por deficiencias en la calidad de los servicios una vez concluidos estos. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los servicios, ni libera al PROVEEDOR de las obligaciones que contrae bajo este contrato. De conformidad con el artículo 57 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime necesarias así como verificar la calidad y las especificaciones de los servicios, pudiendo solicitar a PEMEX GAS y a el PROVEEDOR todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate. Por su parte, los PROVEEDORES se obligan a tener en el lugar de los servicios por el tiempo que dure la ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para ejecutar los servicios a que se refiere este contrato.
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El responsable del PROVEEDOR previamente a su intervención en los servicios, deberá ser aceptado por PEMEX GAS quien determinará si reúne los requisitos señalados. En cualquier momento o por razones justificadas, PEMEX GAS podrá solicitar el cambio del responsable del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos señalados en esta cláusula. Para este contrato aplicará el siguiente procedimiento de inspección: Nivel V el área que realizará la inspección será: el Departamento de Desarrollo Social y Adq. Inmobiliaria de la Superintendencia General Sector de Ductos Monterrey con el Ing. Omar Chapa Cantú, el lugar donde se llevará a cabo será en: la Superintendencia General Sector de Ductos Monterrey ubicado en Libramiento Noreste Km. 26+850 en Escobedo, N.L., de Lunes a Viernes de 8:00 a 17:00 hrs. El tiempo máximo utilizado por el área o personal designado para atender la solicitud de inspección de los servicios es de 7 días naturales a partir de la fecha de recepción de la solicitud de inspección de los servicios, que deberá estar considerado dentro del plazo de entrega. Al término de la inspección, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los servicios fueron realizados de conformidad con este contrato. DÉCIMA CUARTA.- RESPONSABILIDAD LABORAL El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores. Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como proveedor independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados, y PEMEX GAS Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de PEMEX GAS o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, de cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto. DÉCIMA QUINTA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR El PROVEEDOR será el único responsable cuando los servicios objeto de este contrato, no se hayan realizado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las instrucciones dadas por escrito por parte de PEMEX GAS; por lo que en estos casos PEMEX GAS podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos servicios que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los servicios rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su conclusión.
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Si el PROVEEDOR realiza servicios por mayor valor de lo indicado, sin que para tales efectos se hubiera celebrado el convenio modificatorio respectivo, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecución de los servicios excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello. El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir y realizar el servicio en estricto cumplimiento con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad industrial e higiene de PEMEX GAS para la ejecución de los servicios. El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este Contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que practique la Secretaría de la Función Pública y/o el Órgano Interno de Control en PEMEX GAS, y, en su caso, la información que sobre este contrato le sea requerida a PEMEX GAS por la Secretaría de Energía y sus Órganos Desconcentrados. Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para la conclusión satisfactoria de los servicios en los términos de este contrato. El PROVEEDOR se compromete a inscribirse en el Directorio de Proveedores del Gobierno Federal de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo. DÉCIMA SEXTA.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES El PROVEEDOR será el único responsable de la ejecución de los servicios y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale PEMEX GAS, así como apegarse al sistema de seguridad industrial de PEMEX GAS. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR. Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penas por atraso y/o deducciones establecidas en el presente instrumento. Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización. Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos. Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente. Página 41 de 64
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DÉCIMA SÉPTIMA.- PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS DE AUTOR El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad. En caso de que derivado de los servicios prestados por el PROVEEDOR se invadan derechos de propiedad intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a PEMEX GAS de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PEMEX GAS en relación con el asunto. Si se actualiza dicho supuesto, PEMEX GAS dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de (3) (tres) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEMEX GAS un informe circunstanciado sobre la referida violación. El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a PEMEX GAS respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de PEMEX GAS de implementar sus propios medios y estrategias de defensa. En caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual, la titularidad sobre los mismos corresponderá en todo momento a PEMEX GAS. Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por parte de quien corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación o constitución en favor de PEMEX GAS de los derechos de propiedad intelectual generados. DÉCIMA OCTAVA.- PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCCIONES Respecto de cada ORDEN, las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en el plazo de ejecución de los servicios, se calcularán, a partir del día siguiente del vencimiento del plazo pactado para la ejecución de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas sobre el valor de los servicios ejecutados con atraso a razón de 0.5 % por cada día calendario de atraso y hasta el importe del 10% del valor de los servicios ejecutados con atraso de la ORDEN de que se trate. Si el PROVEEDOR ejecuta los servicios durante el plazo máximo de espera PEMEX GAS aplicará la pena convencional que corresponda en el momento que se concluya su ejecución, y en el caso de que no los ejecute se aplicará una deducción equivalente al 10% del importe de la orden y se podrá emitir una nueva orden. Para determinar el número máximo de ÓRDENES que podrán ser objeto de deducciones se considerará como límite el importe de la garantía de cumplimiento del contrato. Si el PROVEEDOR incurre en atrasos imputables a él mismo, PEMEX GAS emitirá una factura que ampare el monto de las penas convencionales a que se haya hecho acreedor el PROVEEDOR, Página 42 de 64
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correspondientes a los días de atraso entre la fecha pactada en el contrato o convenio modificatorio y la fecha real de conclusión de los servicios. El pago de los servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el PROVEEDOR deba efectuar por concepto de penas convencionales y/o deducciones Cuando la suma de las penas convencionales y/o de las deducciones alcance el importe de la garantía de cumplimiento de este contrato, PEMEX GAS podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa de este contrato. Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR. DÉCIMA NOVENA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO PEMEX GAS podrá acordar con el PROVEEDOR por razones fundadas y explicitas respecto del contrato vigente, el incremento en el monto del contrato o en la cantidad de los servicios del mismo, así como en la vigencia del contrato en el caso de que PEMEX GAS lo considere conveniente, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase, en conjunto, el 20% de los conceptos y volúmenes máximos establecidos, el precio de los servicios sea igual al originalmente pactado, el contrato esté vigente y el PROVEEDOR no se encuentre en incumplimiento. Cuando PEMEX GAS requiera ampliar únicamente el plazo o la vigencia del contrato y esto no implique incremento en el monto total de los servicios contratados, y cuente con el consentimiento del PROVEEDOR, se podrá suscribir el convenio modificatorio para ampliar la vigencia. En el caso de que el presente contrato incluya dos o más partidas, el porcentaje se aplicará para cada una de ellas. Cualquier solicitud de modificación que se presente por parte del PROVEEDOR a las condiciones originalmente pactadas deberá tramitarse por escrito exclusivamente ante la Superintendencia General Sector de Ductos Monterrey a través del Departamento de Desarrollo Social y Adq. Inmobiliaria de PEMEX GAS, en el entendido de que cualquier cambio o modificación que no sea autorizada expresamente por el área citada, se considerara inexistente para todos los efectos administrativos y legales del presente contrato. La solicitud de modificación por parte del PROVEEDOR, no interrumpirá el plazo para la conclusión de los servicios originalmente pactado. En términos de lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no procederá ningún cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas comparadas con las establecidas originalmente. En el caso de cualquier modificación a lo pactado en el contrato y/o sus anexos, el PROVEEDOR se obliga a entregar a PEMEX GAS dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de la formalización del convenio modificatorio respectivo; el endoso o documento modificatorio de la fianza otorgada originalmente el cual deberá contener la estipulación de que es conjunto, solidario e inseparable de la fianza inicialmente presentada por el PROVEEDOR.
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VIGÉSIMA.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR Ninguna de las partes será responsable ante la otra por causa que derive de caso fortuito o fuerza mayor. Se entiende por caso fortuito o causa de fuerza mayor, aquellos hechos o acontecimientos ajenos a la voluntad de las partes, siempre y cuando, dichos hechos o acontecimientos sean imprevisibles, irresistibles, insuperables y actuales y no provengan de alguna negligencia o provocación del PROVEEDOR, tales como los que a continuación se señalan de manera enunciativa más no limitativa: terremotos, incendios, inundaciones, ciclones o huracanes, huelgas o paros no imputables a la administración de la empresa del PROVEEDOR, actos terroristas, estado de sitio, levantamiento armado, alborotos públicos, escasez en el mercado de materias primas que incidan directamente con la prestación de los servicios y otras causas imputables a la autoridad. Cualquier causa no obstante ser del dominio público deberá acreditarse documentalmente por la parte que la padezca y notificar a la otra parte dentro de un plazo de cinco días hábiles contados a partir de que se presente el evento que la motivó a través de un oficio con acuse de recibo. Cuando se le notifique a PEMEX GAS, deberá ser ante la Superintendencia General Sector de Ductos Monterrey a través del Departamento de Desarrollo Social y Adq. Inmobiliaria de PEMEX GAS. En caso de que el PROVEEDOR no dé aviso en el término a que se refiere este párrafo, acepta que no podrá reclamar caso fortuito o fuerza mayor. El PROVEEDOR podrá solicitar la modificación al plazo y/o fecha establecida para la conclusión de los servicios, por caso fortuito o fuerza mayor que ocurran de manera previa o hasta la fecha pactada. Para estos efectos cuando el PROVEEDOR por causa de fuerza mayor o caso fortuito no pueda cumplir con sus obligaciones en la fecha convenida, deberá solicitar por escrito a la Superintendencia General Sector de Ductos Monterrey a través del Departamento de Desarrollo Social y Adq. Inmobiliaria, una prórroga al plazo pactado, sin que dicha prórroga implique una ampliación al plazo original, acompañando los documentos que sirvan de soporte a su solicitud, en la inteligencia de que si la prórroga solicitada se concede y no se cumple, se aplicará la pena convencional correspondiente en términos de la cláusula denominada Penas Convencionales y Deducciones. Cuando se determine justificado el caso fortuito o fuerza mayor, se celebrará entre las partes, a más tardar dentro de los treinta días naturales siguientes a que se reanuden los servicios o se actualice la condición operativa a que hubiere quedado sujeta la misma, un convenio modificatorio de prórroga al plazo respectivo sin la aplicación de penas convencionales, en términos del artículo 91 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, debiendo el PROVEEDOR actualizar las garantías correspondientes. No se considera caso fortuito o fuerza mayor, cualquier acontecimiento resultante de la falta de previsión, negligencia, impericia, provocación o culpa del PROVEEDOR, o bien, aquellos que no se encuentren debidamente justificados, ya que de actualizarse alguno de estos supuestos, se procederá a la aplicación de las penas convencionales que se establecen en la cláusula correspondiente. VIGÉSIMA PRIMERA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO Ambas partes convienen y el PROVEEDOR está de acuerdo en que PEMEX GAS podrá en cualquier momento, por causas imputables al PROVEEDOR, rescindir administrativamente el presente contrato, cuando éste último incumpla con cualquiera de las obligaciones estipuladas en el mismo. Dicha rescisión operará de pleno derecho, sin necesidad de declaración o resolución judicial, bastando que se cumpla con el procedimiento señalado en la cláusula denominada Procedimiento de Rescisión Administrativa del Contrato. Página 44 de 64
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Las causas que pueden dar lugar a que PEMEX GAS inicie el procedimiento de rescisión administrativa del contrato, son las siguientes: 1. Si el PROVEEDOR no entrega la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se haya exceptuado al PROVEEDOR de su presentación. 2. Cuando se agote el monto límite de aplicación de penas convencionales. 3. Una vez agotado el monto límite de aplicación de deducciones. 4. Si el PROVEEDOR no presta los servicios en el plazo establecido. 5. Si el PROVEEDOR antes del vencimiento del plazo para la conclusión de los servicios, manifiesta por escrito su imposibilidad para continuar prestando los mismos. 6. Si el PROVEEDOR se niega a reponer los servicios que PEMEX GAS hubiere considerado como rechazados o discrepantes. 7. Si los servicios no cumplen con las especificaciones y calidades pactadas en el contrato. 8. Si el PROVEEDOR suspende injustificadamente los servicios o bien si incumple con los programas de ejecución que se hubieren pactado en este contrato. 9. Si el PROVEEDOR no inicia la ejecución de los servicios en la fecha pactada en este contrato. 10. Si el PROVEEDOR es declarado en concurso mercantil o de acreedores o en cualquier situación análoga que afecte su patrimonio. 11. Si el PROVEEDOR transfiere los derechos de cobro derivados del contrato, sin contar con el consentimiento de PEMEX GAS. 12. Si el PROVEEDOR no da a PEMEX GAS o a quien éste designe por escrito, las facilidades o información necesarias para la supervisión de los servicios. 13. En general, por el incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato y sus anexos o a las leyes y reglamentos aplicables. En caso de incumplimiento del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones del contrato, PEMEX GAS podrá optar entre exigir el cumplimiento del mismo y el pago de las penas convencionales por el atraso, o declarar la rescisión administrativa conforme al procedimiento que se señala en la cláusula denominada Procedimiento de Rescisión Administrativa del Contrato y hacer efectiva la garantía de cumplimiento, sin menoscabo de que PEMEX GAS pueda ejercer las acciones judiciales que procedan. En el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de las penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento si la hubiere. Si el PROVEEDOR es quien decide rescindirlo, será necesario que acuda ante la autoridad judicial y obtenga la declaración o resolución correspondiente. VIGÉSIMA SEGUNDA.- PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO El procedimiento de rescisión administrativa del contrato se iniciará a partir de que al PROVEEDOR le sea comunicado por escrito el o los incumplimientos en que haya incurrido, para que en un término de cinco días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. Transcurrido el término a que se refiere el párrafo anterior, PEMEX GAS resolverá considerando los argumentos y pruebas que, en su caso, hubiere hecho valer el PROVEEDOR. La determinación de dar o no por rescindido el contrato, deberá ser comunicada al PROVEEDOR dentro de los (15) quince días hábiles siguientes al vencimiento del plazo a que se refiere el primer párrafo o contados a partir del día siguiente de recibida la contestación del PROVEEDOR dentro de dicho plazo. Página 45 de 64
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Cuando se rescinda el contrato PEMEX GAS formulará y notificará el finiquito correspondiente, dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes a la fecha en que se notifique la rescisión. Si previamente a la determinación de dar por rescindido administrativamente el presente contrato, el PROVEEDOR concluyere con la ejecución de los servicios, el procedimiento quedará sin efecto, sin perjuicio de que PEMEX GAS pueda aplicar las penas establecidas en la cláusula correspondiente de este contrato. Se podrá negar la recepción de los servicios una vez iniciado el procedimiento de rescisión administrativa del contrato, cuando el incumplimiento del PROVEEDOR implique que se extinga para PEMEX GAS la necesidad de la contratación de los servicios, por lo que en este supuesto, PEMEX GAS determinará la rescisión administrativa del contrato y hará efectiva la garantía de cumplimiento. En caso de que PEMEX GAS decida no dar por rescindido el contrato, se deberá establecer con el PROVEEDOR otro plazo que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento, debiéndose celebrar un convenio en términos de los dos últimos párrafos del artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. De actualizarse el último párrafo del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, PEMEX GAS podrá recibir los servicios, previa verificación de que continúa vigente la necesidad de los mismos y se cuenta con partida y disponibilidad presupuestaria del ejercicio fiscal vigente, en cuyo caso, mediante Convenio se modificará la vigencia del presente contrato con los precios originalmente pactados. Cualquier pacto en contrario se considerará nulo. VIGÉSIMA TERCERA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO Ambas partes convienen y el PROVEEDOR está de acuerdo en que PEMEX GAS podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio a PEMEX GAS, o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaria de la Función Pública, lo anterior, de conformidad con el artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y primer párrafo del artículo 102 de su Reglamento. En este supuesto, PEMEX GAS procederá a reembolsar, previa solicitud del PROVEEDOR, los gastos no recuperables en que éste hubiere incurrido, en el entendido de que dicho pago será procedente cuando los mencionados gastos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales deberán señalarse en el finiquito correspondiente. El Proveedor, en términos de lo dispuesto en el artículo 102 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, podrá solicitar a PEMEX GAS el pago de gastos no recuperables, en un plazo máximo de un mes contado a partir de la fecha de la terminación anticipada del contrato, los cuales serán pagados dentro de un término que no podrá exceder de cuarenta y cinco días naturales posteriores a la solicitud fundada y documentada del PROVEEDOR. VIGÉSIMA CUARTA.- DOMICILIO CONVENCIONAL Y NOTIFICACIONES Para los efectos del presente contrato, las partes señalan como su domicilio convencional los siguientes: Página 46 de 64
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PEMEX-GAS Y PETROQUIMICA BÁSICA Libramiento Noreste Km. 26+850 en Escobedo, N.L..
POR LOS PROVEEDORES xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx No. de Teléfono: (01-xx) xxxxxxxxxxx
No. de Teléfono: 01 (81) 8354-2001 Ext. 21-218
Atención: MEDRANO
ING.
FELIPE
VILLARREAL
Atención: Sr. xxxxxxxxxxxxxxxxxx
El PROVEEDOR se obliga a comunicar cualquier cambio en su domicilio y acepta que las notificaciones y avisos relacionados con el presente contrato se realicen en los siguientes términos: a) Por escrito entregado en el domicilio convencional señalado en esta cláusula, o b) Vía fax con confirmación de recepción por el mismo medio, o c) Por correo certificado con acuse de recibo. Asimismo, el PROVEEDOR acepta que en caso de incumplir con la obligación de informar su cambio de domicilio, y una vez que obre constancia fehaciente emitida por autoridad jurisdiccional o fedatario público en el expediente formado con motivo de la contratación, de que no se encuentra en el domicilio convencional, reconoce como válidas las notificaciones que se fijen en la ventanilla única de pago a proveedores de PEMEX GAS, aceptando expresamente que la notificación realizada por dicho medio será legal y surtirá sus efectos al día siguiente de su fijación en dicho lugar. Las notificaciones y avisos relacionados con el presente contrato se realizarán a PEMEX GAS en los siguientes términos: a) Por escrito con acuse de recibo de PEMEX GAS entregado en el domicilio convencional señalado en esta cláusula, o b) Vía fax con confirmación de recepción por el mismo medio, o c) Por correo certificado con acuse de recibo. VIGÉSIMA QUINTA.- SUSPENSIÓN Cuando en la ejecución del contrato, se presenten causas de caso fortuito o fuerza mayor, PEMEX GAS, podrá suspender el contrato en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos servicios que hubieren sido efectivamente prestados. Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a PEMEX GAS, procederá a reembolsar, previa solicitud del PROVEEDOR, los gastos no recuperables en que éste hubiere incurrido, en el entendido de que dicho pago será procedente cuando los mencionados gastos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato. El Proveedor, en términos de lo dispuesto en el artículo 102 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, podrá solicitar a PEMEX GAS el pago de gastos no recuperables, en un plazo máximo de un mes contado a partir de la fecha de la suspensión del servicio, los cuales serán pagados dentro de un término que no podrá exceder de cuarenta y cinco días naturales posteriores a la solicitud fundada y documentada del PROVEEDOR.
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Al presentarse cualquier causa que obligue a suspender la prestación de los servicios imputable a PEMEX GAS, el administrador del contrato deberá notificar por escrito al PROVEEDOR tal situación dentro de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir de que se presente el evento que la motivó. Si la suspensión obedece a caso fortuito o fuerza mayor, el mismo deberá acreditarse en términos de lo previsto en la cláusula denominada Caso Fortuito o Causas de Fuerza Mayor. El convenio modificatorio para la formalización de la prórroga deberá suscribirse a más tardar dentro de los treinta días naturales siguientes a que se reanuden los servicios o se actualice la condición operativa a que hubiere quedado sujeta la misma, la nueva fecha de terminación prorrogada no modificará el plazo original pactado, y deberá actualizarse la garantía correspondiente. Cuando concluido el plazo de suspensión, se determine no reanudar la prestación de los servicios, deberá llevarse a cabo la terminación anticipada del contrato, debiendo formalizarse el finiquito correspondiente. VIGÉSIMA SEXTA.- SEGUROS El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario.
VIGÉSIMA SÉPTIMA.- ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO El área de PEMEX GAS que administrará el contrato será la Superintendencia General Sector de Ductos Monterrey a través del Departamento de Desarrollo Social y Adq. Inmobiliaria con el Ing. Omar Chapa Cantú. VIGÉSIMA OCTAVA.- CONFIDENCIALIDAD Toda la información y documentación que resulte de la ejecución del presente contrato, así como la que PEMEX GAS, le proporcione al PROVEEDOR, incluyendo información de carácter técnica y/o comercial, será considerada por el mismo como información clasificada como confidencial, y por lo tanto, no deberá usarse dicha información para cualquier otro propósito distinto que no sea para el cumplimiento de las obligaciones pactadas por el PROVEEDOR, absteniéndose de divulgar dicha información por cualquier medio como lo son, en forma enunciativa más no limitativa, las publicaciones, conferencias, o bien proporcionarse a cualquier tercero sin el consentimiento previo y por escrito de PEMEX GAS. El PROVEEDOR deberán señalar los documentos que entrega a PEMEX GAS que contengan información clasificada como confidencial, reservada, y/o comercial reservada, siempre que tenga el derecho de reservarse la información de conformidad con las disposiciones legales aplicables, y salvo aquella información que sea del dominio público, que sea divulgada por causas ajenas a PEMEX GAS, por disposición legal u orden judicial, la que esté en posesión de una de las partes antes de recibirla la otra, sea recibida legalmente por un tercero sin la obligación de confidencialidad, o bien, sea dada a conocer por la aplicación de una ley y que por tanto esté obligada a revelar. VIGÉSIMA NOVENA.- SUBCONTRATACIÓN NO APLICA Página 48 de 64
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TRIGESIMA.- OTRAS ESTIPULACIONES Cuando los Servicios se efectúen en el interior de las instalaciones de PEMEX GAS, el PROVEEDOR, para la realización de los mismos, deberá preferir en igualdad de condiciones y sin perjudicar los derechos que conforme a la ley tengan terceros, al personal que proponga el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana. TRIGESIMA PRIMERA.- ANEXOS Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por ambas partes. Anexo “1”
Carta de acreditamiento de personalidad Jurídica.
Anexo "2"
Propuesta Técnica y Especificaciones Técnicas.
Anexo "3"
Propuesta Económica.
Anexo “4”
Declaración por escrito y bajo protesta de decir la verdad de no encontrarse en ninguno de los supuestos de los Artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Anexo "5"
Declaración de Integridad.
Anexo "6"
Manifestación de la ubicación que corresponda en la estratificación establecida en el acuerdo publicado en el DOF el 30 de junio de 2009, para efectos del artículo 3, fracción III de la Ley para el Desarrollo de la competitividad de la micro, pequeña y mediana empresa.
Anexo “7”
Escrito en el que el licitante manifieste su conocimiento y conformidad de ajustarse y obligarse a los términos de las estipulaciones contractuales contenidas en el modelo de contrato.
Anexo “8”
Escrito en el que el licitante Manifieste que su representada es de Nacionalidad Mexicana, conforme al articulo 35 del Reglamento de la LAASSP.
Anexo “9”
Acta de Recepción de solicitudes de Aclaración.
Así mismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato. En caso de cualquier discrepancia entre lo estipulado en el clausulado de este contrato y sus anexos, prevalecerá lo pactado en el clausulado. TRIGESIMA SEGUNDA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en que se firme el mismo. Página 49 de 64
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Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento fuere declarada como nula por la autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales. El PROVEEDOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de prórroga serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté facultado para ello. El PROVEEDOR reconoce y aceptan que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello. Para el caso de que exista discrepancia entre la invitación a cuando menos tres personas y el Contrato, prevalecerá lo establecido en la invitación a cuando menos tres personas.
TRIGESIMA TERCERA.- RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN Este contrato se regirá por las cláusulas que lo integran, por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, por las demás disposiciones legales aplicables, y supletoriamente por el Código Civil Federal, por la Ley Federal del Procedimiento Administrativo y por el Código Federal de Procedimientos Civiles. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, las partes se someten a la aplicación de las leyes federales de los Estados Unidos Mexicanos, y en caso de controversia se sujetarán a la jurisdicción de los tribunales federales competentes con residencia en la Ciudad de México, D.F., por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia a cualquier otra jurisdicción o fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa. Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León el día 29 de febrero de 2012. POR PEMEX GAS Y PETROQUIMICA BASICA
XXXXXXXXXXXXX, S.A. DE C.V
____________________________ ING. FELIPE VILLARREAL MEDRANO SUPERINTENDENTE GENERAL SECTOR DE DUCTOS MONTERREY
____________________________ XXXXXXXXXXXXXXXXX Representante Legal
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D O C U M E N T O
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ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ _________1_________(MONTO DE LA FIANZA) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE PEMEX GAS Y PETROQUIMICA BASICA PARA GARANTIZAR POR ________________2________________ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO __________3_________ DE FECHA __________4_____________ Y DE LOS ANEXOS DEL MISMO, CELEBRADO ENTRE PEMEX GAS Y PETROQUIMICA BASICA Y NUESTRO FIADO(S). EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO __________5________________ Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $________________6_________________ (NÚMERO, LETRA Y MONEDA). ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO. EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OTORGARÁ LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTA FIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO HASTA EN UN 20% DEL MONTO ORIGINAL DEL CONTRATO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA OTORGARÁ EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTO ORIGINALMENTE GARANTIZADO. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. ESTA FIANZA GARANTIZA, HASTA POR EL MONTO EN QUE FUE EMITIDA, LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, INCLUYENDO LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA
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FIANZA SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS. EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES O CUALQUIER OTRA SANCIÓN ESTIPULADA EN EL CONTRATO GARANTIZADO. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR SU INCUMPLIMIENTO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) EN SU CASO, DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO. D) EN SU CASO, LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION E) EN SU CASO, DOCUMENTO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA Y SU NOTIFICACIÓN E) FINIQUITO, Y EN SU CASO SU NOTIFICACIÓN F) IMPORTE RECLAMADO. ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. A INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE QUE EN CASO DE RECLAMACIÓN PAGARÁ AL BENEFICIARIO EL IMPORTE TOTAL DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y LA INDEMNIZACIÓN POR MORA CORRESPONDIENTE, SALVO EN AQUELLOS CASOS EN QUE EN EL CONTRATO GARANTIZADO SE HAYA ESTIPULADO LA DIVISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN, SIN EMBARGO DE ENTREGAS PARCIALES DE BIENES O SERVICIOS REALIZADOS, EL ALCANCE TOTAL DE LA GARANTÍA SE REDUCIRÁ PROPORCIONALMENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.
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ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA, MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE. EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO. ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR INCUMPLIMIENTO, O A PARTIR DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA SIEMPRE Y CUANDO EL BENEFICIARIO SOLICITE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA, ACOMPAÑANDO DICHA SOLICITUD CON LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA Página 53 de 64
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RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO, QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA.
*************************************FIN DEL TEXTO***************************************************
Descripción detallada de los campos variables en el texto de la fianza:
(1) Cantidad en número y letra equivalente al 10% del valor del contrato sin I.V.A. (2) Nombre o razón social del proveedor tal como se describe en el primer párrafo del contrato. (3) Número del contrato expreso en la parte superior de todas las hojas. (4) Fecha de firma del contrato localizada en la última página del contrato justo arriba de los firmantes. (No es la fecha de inicio de la adquisición o servicio)
(5) Objeto del contrato descrito en la cláusula primera del mismo. (6) Cantidad en número y letra del monto total del contrato sin I.V.A.. En adquisiciones se localiza en la cláusula cuarta del contrato. En servicios comúnmente se encuentra en la cláusula segunda.
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DOCUMENTO 10-A FORMATO DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY (PAPEL MEMBRETADO DEL BANCO EMISOR) Fecha de emisión
Banco Emisor Nombre y domicilio completo Beneficiario (PEMEX, Organismo Subsidiario o Empresa Filial Domicilio) Fecha de vencimiento: (Día, Mes y Año)
Carta de Crédito Standby No. XXXXXX Estimados señores: Comunicamos a ustedes que hemos establecido nuestra carta de crédito standby No. _____________ a favor de (Pemex-Gas y Petroquímica Básica, Organismo Subsidiario o Empresa Filial) (el “Beneficiario”) por la cantidad máxima de $ (importe con número, letra y moneda). Esta carta de crédito standby es emitida para garantizar las obligaciones asumidas por (nombre, denominación o razón social de la persona que asumió obligaciones con PEMEX) con relación al contrato [o convenio si ese es el caso] (número y fecha del contrato o convenio) celebrado entre (nombre, denominación o razón social de la persona que asumió obligaciones con PEMEX) y el Beneficiario así como sus futuras modificaciones, para (descripción de la obligación que garantiza). La presente carta de crédito standby será pagadera a la vista en [nuestras oficinas ubicadas en (domicilio del banco emisor y horario de presentación) mediante la presentación de los siguientes documentos: 1. Requerimiento de pago en hoja membretada del beneficiario según formato anexo, manifestando el incumplimiento por parte de (nombre, denominación o razón social de la persona que asumió obligaciones con PEMEX). 2. Original o copia de Carta de crédito standby.
Condiciones especiales: 1. Conforme a esta carta de crédito standby se permiten disposiciones parciales y disposiciones múltiples. En ningún caso el importe acumulado de los requerimientos de pago podrán exceder del importe total de esta carta de crédito standby.
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Carta de Crédito Standby No. XXXXXX Nos comprometemos irrevocablemente con el Beneficiario a honrar sus requerimientos de pago siempre y cuando sean presentados en cumplimiento con los términos y condiciones de esta carta de crédito standby en o antes de la fecha de vencimiento, mediante transferencia electrónica de fondos inmediatamente disponibles de acuerdo a las instrucciones que el Beneficiario señale en el propio requerimiento de pago. En caso de que el requerimiento de pago no cumpla con los términos y condiciones de esta carta de crédito standby, el banco emisor deberá dar aviso por escrito al Beneficiario del rechazo de la presentación especificando todas las discrepancias en las cuales ha basado su rechazo. Dicho aviso podrá ser entregado al Beneficiario al correo electrónico o facsímil (fax) que el Beneficiario informe por escrito para tal fin al banco emisor, a más tardar el tercer día hábil inmediato siguiente a aquel en que se haya hecho la presentación del requerimiento de pago. El Beneficiario podrá volver a presentar un nuevo requerimiento de pago que cumpla con los términos y condiciones de esta carta de crédito standby, siempre y cuando dicho requerimiento de pago se presente dentro de la vigencia de esta carta de crédito. En el supuesto que el último día hábil para presentación de documentos el lugar de presentación por alguna razón esté cerrado, el último día para presentar documentos será extendido al quinto día hábil inmediato siguiente a aquél en que el que el banco emisor reanude sus operaciones. La emisión de esta carta de crédito standby se sujeta a las Reglas “ISP 98” Prácticas Internacionales para Standby emitidas por la Cámara Internacional de Comercio publicación ICC 590. Cualquier controversia que surja con motivo de la misma deberá resolverse exclusivamente ante los tribunales federales competentes de los Estados Unidos Mexicanos con sede en la Ciudad de México, Distrito Federal. Atentamente,
BANCO EMISOR NOMBRE Y FIRMA DE FUNCIONARIOS FACULTADOS (Hoja membretada del beneficiario) _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Requerimiento de pago
Fecha: (fecha de presentación)
Banco emisor (Denominación y domicilio)
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Ref. Carta de Crédito Standby No.-------------
(Pemex-Gas y Petroquímica Básica, Organismo Subsidiario o Empresa Filial) en su carácter de beneficiario de la Carta de crédito standby de referencia, por medio de la presente manifiesta que: (Nombre, denominación o razón social de la persona que asumió obligaciones con PEMEX) ha incumplido con los términos y condiciones suscritas en el contrato [convenio] no. (Numero y fecha del contrato), específicamente en lo estipulado en la(s) cláusula (s) (no. Cláusula del contrato) por lo que el beneficiario (Pemex-Gas y Petroquímica Básica, Organismo Subsidiario o Empresa Filial) está en su derecho de girar a cargo de esta Carta de crédito standby.
Por lo anterior sírvanse transferir el pago por la cantidad de (moneda, importe con número y letra) a la cuenta bancaria no. (Cuenta del banco) de (Nombre del banco) a nombre de (Pemex-Gas y Petroquímica Básica, Organismo Subsidiario o Empresa Filial).
Agradeceremos citar la referencia de la presente carta de crédito standby en cada pago realizado.
Nombre completo, Cargo y firma del funcionario autorizado Correo Electrónico Teléfono Fax
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(Modelo para ser utilizado solo en caso de modificación a Carta de Crédito Standby) (PAPEL MEMBRETADO DEL BANCO EMISOR) ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Fecha de emisión Banco Emisor Nombre y domicilio completo.
(Nombre, Denominación o Razón Social de la persona que asumió obligaciones con Pemex) Número del Contrato: Beneficiario (PEMEX, Organismo Subsidiario o Empresa Filial, Domicilio Fiscal) Referencia Banco Emisor (Número de carta de crédito standby)
Modificación no. _____ Estamos modificando la Carta de crédito standby de referencia como sigue de acuerdo con los términos del propio crédito: Dice: ( i n c l u i r t e x t o a c t u a l) Debe decir: (incluirnuevotexto)
Los demás términos y condiciones de la carta de crédito standby permanecen sin cambio. Esta modificación forma parte integral de la Carta de crédito standby de referencia.
Atentamente,
BANCO EMISOR NOMBRE Y FIRMA DE FUNCIONARIOS FACULTADOS
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COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NÚMERO: DSR933I312001 COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA PARA FORTALECER EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DSR933I312001, QUE SUSCRIBEN PEMEX-GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR ________, EN SU CARÁCTER DE _____________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA PEMEX-GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA Y ___________________, REPRESENTADA POR _______________ EN SU CARÁCTER DE ___________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL LICITANTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES Y COMPROMISOS: CONSIDERACIONES I.
EL GOBIERNO FEDERAL SE HA COMPROMETIDO A IMPULSAR ACCIONES PARA QUE SU ACTUACIÓN OBEDEZCA A UNA CONDUCTA ÉTICA Y DE TRANSPARENCIA.
II.
QUE ES DE SU INTERÉS CONTAR CON EL APOYO, PARTICIPACIÓN, VIGILANCIA Y COMPROMISO DE TODOS LOS INTEGRANTES DE LA SOCIEDAD.
III.
QUE LA FALTA DE TRANSPARENCIA ES UNA SITUACIÓN QUE DAÑA A TODOS Y SE PUEDE CONSTITUIR EN FUENTE DE CONDUCTAS IRREGULARES.
IV.
ES OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO MANTENER EL COMPROMISO DE LAS PARTES EN NO TRATAR DE INFLUIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN MEDIANTE CONDUCTAS IRREGULARES.
V.
SE REQUIERE LA PARTICIPACIÓN DE LAS PARTES INVOLUCRADAS, PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.
VI.
REPRESENTA UN COMPROMISO MORAL, EL CUAL SE DERIVA DE LA BUENA VOLUNTAD DE LAS PARTES.
VII.
LA SUSCRIPCIÓN VOLUNTARIA DE ESTE DOCUMENTO DE “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA”, NO SUSTITUYE A LA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD QUE DEBE PRESENTARSE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 30 FRACCIÓN VII DE LA DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
DENTRO DE ESTE MARCO LOS FIRMANTES, ASUMEN LOS SIGUIENTES: COMPROMISOS I.- DEL LICITANTE 1.
INDUCIR A SUS EMPLEADOS QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN PARA QUE ACTÚEN CON ÉTICA EN TODAS LAS ACTIVIDADES EN QUE INTERVENGAN Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS. Página 59 de 64
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2.
ACEPTAR LA RESPONSABILIDAD DE SU ACTIVIDAD PARA CON LA SOCIEDAD Y EL GOBIERNO FEDERAL.
3.
ELABORAR SU PROPUESTA A EFECTO DE COADYUVAR EN LA EFICIENTE, OPORTUNA Y EFICAZ UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS AL OBJETO DE LA CONTRATACION.
4.
ACTUAR SIEMPRE CON HONRADEZ, TRANSPARENCIA Y LEALTAD Y MANTENER CONFIDENCIALIDAD SOBRE LA INFORMACIÓN QUE HAYA OBTENIDO EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.
5.
DESEMPEÑAR CON HONESTIDAD LAS ACTIVIDADES QUE CONFORMAN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y EN SU CASO, EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE ADQUIERA CON LA FORMALIZACION DEL CONTRATO.
6.
ACTUAR CON INTEGRIDAD PROFESIONAL CUIDANDO QUE NO SE PERJUDIQUEN INTERESES DE LA SOCIEDAD O LA NACIÓN.
7.
OMITIR ACTITUDES Y REALIZACIÓN DE ACTOS QUE PUEDAN DAÑAR LA REPUTACIÓN DE LAS INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES O DE TERCEROS.
II.- DE PEMEX-GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA 1.
EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS QUE POR RAZÓN DE SU ACTIVIDAD INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN, PARA QUE ACTÚEN CON HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y CON ESTRICTO APEGO A LA LEGALIDAD, INTEGRIDAD, EQUIDAD Y EN IGUALDAD DE CIRCUNSTANCIAS PARA TODOS LOS LICITANTES QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS, ASÍ COMO A DIFUNDIR EL PRESENTE DOCUMENTO “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA” ENTRE SU PERSONAL, Y TERCEROS QUE TRABAJEN PARA PEMEX, QUE POR RAZONES DE SUS ACTIVIDADES INTERVENGAN DURANTE EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.
2.
PROMOVER QUE LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE PARTICIPAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DESARROLLEN SUS ACTIVIDADES APEGADOS AL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y AL CODIGO DE CONDUCTA DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.
3.
EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS A NO ACEPTAR ARREGLOS COMPENSATORIOS O CONTRIBUCIONES DESTINADAS A FAVORECER O A OTORGAR VENTAJAS EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN O EN LA ADJUDICACION DEL CONTRATO. FOMENTAR QUE LA ACTUACIÓN DE SUS SERVIDORES PÚBLICOS SEA EN TODO MOMENTO IMPARCIAL EN BENEFICIO DE LA INSTITUCIÓN Y SIN PERJUICIO DE LOS LICITANTES. PROMOVER QUE SUS SERVIDORES PÚBLICOS LLEVEN A CABO SUS ACTIVIDADES CON INTEGRIDAD PROFESIONAL, SIN PERJUDICAR LOS INTERESES DE LA SOCIEDAD Y LA NACIÓN.
4. 5.
EL PRESENTE COMPROMISO CON LA TRANSPARENCIA SE FIRMA EN_______, A
POR PEMEX-GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA
Nombre y Cargo del Servidor Público.
Nombre de la Empresa POR EL LICITANTE
___________________________________ Nombre y Cargo.
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NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL.
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERONAS NÚMERO: DSR933I312001 El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales. La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:
La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención. El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.
El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del sector público se centran en:
Profundizar las reformas legales que inició en 1999. Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento. Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).
Las responsabilidades del sector privado contemplan:
Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias Página 61 de 64
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externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.
Los contadores públicos: realizar auditorias; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.
Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.
Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes. Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas. El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido. En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción. Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos: “Artículo 222 Cometen el delito de cohecho: I.
El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y
II.
El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.
Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Página 62 de 64
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Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado. Capítulo XI Cohecho a servidores públicos extranjeros Artículo 222 bis Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios: I.
A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
II.
A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o
III.
A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.
Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.” * Fuente http//:www.funcionpublica.gob.mx
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D O C U M E N T O
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ESCRITO EN EL QUE EL LICITANTE MANIFIESTE QUE SU REPRESENTADA ES DE NACIONALIDAD MEXICANA, CONFORME AL ARTICULO 35 DEL REGLAMENTO DE LA LAASSP. INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NÚMERO: DSR933I312001
Quien suscribe, Sr. (escribir el nombre de la persona física apoderado o representante legal) en mi carácter de (términos en que este otorgando el mandato), representante legal de, (escribir el nombre de la persona física o persona moral) lo que acreditó con (datos del documento que acredite su personalidad), “MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada es de nacionalidad mexicana.
Lo anterior para los fines y efectos que haya lugar. Protesto lo Necesario.
(Nombre y firma de la persona física o del representante legal).
NOTA: En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.
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