Cuadernillo para adolescentes Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Dirección de Políticas Públicas e Investigación
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Hablemos de derechos Todas las personas tienen necesidades y a lo largo de la historia, esas necesidades se fueron convirtiendo en derechos. Eso no ocurrió automáticamente sino por el esfuerzo de grupos que lucharon para lograrlo. Por ejemplo, todos tenemos necesidad de descansar y eso hoy es reconocido legalmente como un derecho, es decir que se puede exigir. Hoy más allá de las necesidades, todos tenemos los mismos derechos. Sin embargo los niños, niñas y adolescentes no siempre tuvieron derechos. Hasta 1989, cuando se sanciona la Convención sobre los Derechos del Niño, sólo los adultos de la familia y el Estado tomaban las decisiones que tenían que ver la vida de los chicos y chicas. Los chicos eran tratados como objetos, como propiedad de sus padres. La Ciudad Autónoma de Buenos Aires fue una de las primeras en reconocer a los niños y adolescentes como sujetos de derecho, es decir ciudadanos. En el año 1983, surge la ley 114 de la CABA y se empieza a reconocer en la Ciudad de Buenos Aires, a los niños y adolescentes como ciudadanos. Esto implica considerar que tienen todos los derechos y garantías que se les reconoce a los adultos más un plus especial por ser personas en formación. Ser ciudadano significa ser titular activo de derechos. Por eso tenés que conocer tus derechos, para poder ejercerlos de manera efectiva. Cuando a un chico o una chica no los dejan ir a la escuela porque tienen que trabajar, cuando no tienen una vivienda digna o no los atienden en el hospital o centro de salud, cuando no les brindan educación sexual, cuando los maltratan o no los escuchan, sus derechos no están siendo respetados. Si los derechos no se pueden ejercer, hablamos de derechos vulnerados. El Estado debe garantizarte el ejercicio de tus derechos y como ciudadano vos podés exigirlo.1
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El uso de las palabras que denotan género se ha restringido para facilitar la lectura
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¿Todos somos iguales o todos somos diferentes? Derechos: a la identidad, a no ser discriminado
Todas las personas somos diferentes y todos tenemos derecho a tener una identidad, a conocer nuestra historia y a formar parte de una comunidad. Tu nombre, tu nacionalidad, tu historia familiar, la pertenencia a un grupo, a una comunidad, tus gustos, tus costumbres y tu orientación sexual, forman parte de tu identidad. Pero cuando por sus características, algunas personas o grupos son marginados o excluidos, hablamos de discriminación. Discriminar es tratar a alguien como si fuera inferior por sus características. En los boliches no pueden negarte la entrada por tu cara, tu color de piel o tu aspecto físico. Tenés derecho a no ser discriminado, a que se respete tu identidad, tus creencias, tu forma de ser. Porque todos somos diferentes pero iguales en derechos.
Algunas de las formas más frecuentes de discriminar para que pensemos desde nuestras actitudes de todos los días Hay muchas formas de ser varón o de ser mujer. Sin embargo en general se le atribuyen a cada género ciertas características como si fueran fijas. Se dice que el hombre es fuerte, no llora, es agresivo, racional… y la mujer es débil, sensible, pasional… Pero esto no necesariamente es así, las mujeres y los varones presentan las mismas posibilidades físicas, intelectuales y emocionales para realizar diferentes actos. Sin embargo tanto mujeres como varones suelen ser sancionados por la sociedad cuando alguno hace una actividad solo aceptada para el sexo opuesto. También es muy frecuente la discriminación a personas gays, lesbianas y trans. Es como si nadie pudiera salirse de las formas tradicionales y estereotipadas de ser varón o ser mujer, y todo aquel que se corriera de esos moldes sociales impuestos pasara a ser una persona “anormal” o “desviada”. Hoy en día, en nuestro país se ha avanzado mucho en las leyes para la igualdad, pero aún falta mucho por hacer, ya que no solo es necesario un cambio legal sino también un cambio cultural. Todos y todas tenemos derecho a vivir la sexualidad que elegimos con placer y responsabilidad. Otra forma de discriminación muy frecuente hacia las personas es por su nacionalidad, su cultura o por las características de un grupo étnico específico. Esto viene desde hace muchísimo tiempo y fue justificado incluso por la ciencia en algunos momentos históricos. Cuando a un grupo se le atribuyen características negativas por su origen, se lo está reduciendo a esas características y esto deforma la forma de verlo. Esta manera deformada de ver a los demás se llama “racismo” y ha tenido consecuencias muy graves, se ha asesinado a millones de personas en nombre de la superioridad de una raza sobre otra. Esta manera de pensar puede estar oculta detrás de 4
actitudes que vemos todos los días. Si bien en estos casos las leyes protegen a las personas, aún falta mucho para el cambio…
Callate y hacé lo que te digo… Derechos: a la vida digna, a la salud, a la protección contra la violencia…
La discriminación contra la mujer es una forma de violencia. Implica considerar a las mujeres como inferiores a los hombres y como propiedad de ellos. Este tipo de violencia se puede ver en todos los ámbitos; en la familia, cuando es el padre el único que toma las decisiones importantes, o en el trabajo cuando las mujeres no son elegidas para los puestos importantes o no cobran los mismos salarios que los hombres. Lamentablemente existen también situaciones de violencia contra las mujeres que muchas veces pasan inadvertidas al principio. A veces empiezan en el noviazgo. Un día un insulto, después una cachetada o un empujón, los celos exagerados…Las conductas violentas muchas veces se justifican diciendo que son muestras del amor. Las relaciones violentas comienzan de a poco y suelen empeorar aunque por momentos se atraviesen etapas tranquilas, de perdón y reconciliación.
Podés llamar de forma anónima todos los días las 24 horas al: 0800-666-8537. Línea Gratuita para Mujeres Víctimas de Violencia Doméstica y Delitos Sexuales.
Para algunas cosas soy grande y para otras soy chico ¿Qué onda? Derechos: a la participación, a la comunicación
Durante la adolescencia sentís que no necesitás la ayuda de los adultos y que hay un montón de cosas que podés hacer solo. Cada vez tenés más autonomía pero todavía es muy importante el rol de los adultos en el ejercicio de tus derechos. Como adolescente tenés derecho a elegir y a participar en la vida familiar y comunitaria sin discriminación. También en la vida política. Tenés derecho a conformar organizaciones estudiantiles, comunitarias, deportivas, artísticas y sociales. Tenés derecho a opinar sobre las cosas que pasan en la escuela y a participar para cambiar las que no te gustan o te parecen injustas, por ejemplo, si tu escuela se encuentra en malas condiciones, si algunos docentes abusan de su autoridad, si te cuesta estudiar por dificultades económicas y no tenés una beca, si las viandas son insuficientes o están en mal estado, etc. También podés organizar actividades que les interesen a los estudiantes (artísticas, deportivas, solidarias, recreativas, etc.). ¿Sabías que en la Ciudad de Buenos Aires la ley nº 137 dice que todos los estudiantes tienen derecho a formar un Centro de Estudiantes en su escuela y que los adultos tienen la obligación de 5
colaborar en el cumplimiento de este derecho? Es importante juntarse con otros y organizarse para lograr cambios.
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Derechos: a la libertad, a la dignidad, a la integridad personal y a un abogado especializado en niñez
Si tengo menos de 18 años ¿Qué hago si la Policía me detiene? En principio es necesario que sepas que:
No pueden esposarte ni llevarte en un auto que no se identifique como policial. No pueden encerrarte en un calabozo. No pueden tenerte junto a personas mayores de edad. No pueden tomarte las huellas dactilares (“tocar el pianito"). No pueden incomunicarte, salvo por disposición del juez interviniente por la comisión de algún delito. Deben informarte a vos y a quien se acerque a la comisaría qué delito te imputan. No pueden tenerte detenido más de 10hs (Ciudad de Buenos Aires) y más de 12hs (Provincia de Bs As), lleguen los antecedentes o no. No puede revisarte un policía, a menos que sea del mismo sexo que vos. Nadie puede hacerte quitar la ropa y revisar tu cuerpo a menos que sea un médico. Acordate, aunque el médico tenga guardapolvo pedile su matrícula.
En la Ciudad de Buenos Aires, la policía tiene la obligación de:
Dejarte hablar de inmediato por teléfono, con un familiar, un abogado o una persona de tu confianza. Si no tenés a nadie a quién llamar, podés llamar a la línea 102 para pedir ayuda.
Llamar a la Guardia Permanente de Abogados del Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
No pueden detenerte por: Averiguación de identidad o de antecedentes. Por no tener tus documentos con vos. Sin embargo, tratá de llevarlos siempre, ya que puede ser una excusa para detenerte.
Sólo te pueden detener:
Si se sospecha que cometiendo un delito. Si estás cometiendo contravención. Por orden judicial.
estás una
No firmes declaraciones que no coincidan con lo que pasó en el momento de la detención. Nadie está obligado a declarar ni firmar en contra de sí mismo. Si te obligan a firmar algo y no podés negarte, tratá de leerlo para después poder informar de que se trataba.
Si la policía no respeta tus derechos llamá a La Línea 102 o acercate a la Defensoría Zonal de tu comuna 7
¿Yo puedo trabajar? Derechos: al trabajo de los adolescentes, a no ser explotado
Todos los adolescentes que trabajen tienen derecho a no ser explotados económicamente y hacerlo en condiciones que no supongan un peligro ni para su salud, ni para su desarrollo físico, mental o social. Por eso en nuestro país el trabajo adolescente está regulado por la ley Nacional Nº 26.390, y en la Ciudad por la Ley 937. De esta manera:
Los adolescentes de 16 a 18 años pueden trabajar 6hs por día (36 horas semanales), con autorización de los padres, responsables o tutores. Y con autorización de los padres o tutores y del Ministerio de Trabajo pueden trabajar 8 hs. por día (48 hs. semanales). No pueden realizar trabajo nocturno. Los adolescentes de entre los 14 y 16 años pueden trabajar como máximo tres horas por día, y 15 horas semanales en total, siempre que sea una empresa familiar y no se trate de tareas penosas, peligrosas y/o insalubres y que cumplan con la asistencia escolar. Para ello se debe contar con la autorización de los padres, responsables o tutores y con autorización del Ministerio de Trabajo. La Convención sobre los Derechos del Niño establece en su Artículo 32 que todos los niños, niñas y adolescentes deben estar protegidos contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico,
mental, espiritual, moral o social. Los Estados deben adoptar todas las medidas, legislativas, administrativas, sociales y educativas para garantizar este derecho. En la Argentina la obligatoriedad de la educación se extiende desde los 5 años de edad hasta la finalización de la Educación Secundaria.
-Links de interés: Convención sobre los derechos del Niño. Disponible en: http://www2.ohchr.org/spanish/law/crc.htm -Ley Nacional Nº 26.390 de Prohibición del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente. Disponible en: http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/140000-144999/141792/norma.htm -Ley CABA Nº 937 trabajo Infantil. Prohibición. Disponible en: http://www.cedom.gov.ar/es/legislacion/normas/leyes/ley937.html
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Y ahora… hablemos de sexo Derechos: a la salud, a la educación, a la información, a la vida privada e intimidad familiar, a la participación
¿A qué edad se puede empezar a tener relaciones sexuales? No existe una edad para tener tu primera vez, todos somos distintos. Lo importante es que tengas ganas, te sientas seguro/a, que la otra persona esté de acuerdo y que cuentes con la información adecuada acerca de cómo prevenir un embarazo y las enfermedades de transmisión sexual. Muchas veces los adolescentes se sienten presionados a perder la virginidad por la insistencia de amigos, familiares, pareja u otra persona. Por eso, es importante que sepas que tenés derecho a decidir cuándo y con quién tener tu primera vez, y esta decisión tiene que ser respetada.
¿Y qué hago si yo no quiero tener relaciones y mi pareja si? Si tu pareja te respeta va a querer que el comienzo de las relaciones sexuales sea algo deseado y disfrutado por los dos. Y… si voy solo/a a un hospital ¿me tienen que atender o tengo que ir acompañado de un adulto? Los médicos y profesionales de los Hospitales y Centros de Salud tienen la obligación de atenderte aunque no estés acompañado de un adulto. Si esto no sucede tenés que comunicarlo para que no vuelva a pasar, podés acercarte a la Defensoría Zonal de tu comuna o llamar a la Línea 102. Todos los adolescentes tienen derecho a recibir información sobre sexualidad, VIH/SIDA, infecciones de transmisión sexual y métodos anticonceptivos, respetando la privacidad de la consulta, incluso si concurren solos. También tenés derecho a acceder gratis a métodos anticonceptivos. En caso de que el Hospital o Centro de Salud no cuente con los métodos que necesitás, tienen que informarte sobre otros lugares que te los provean. Si se niegan a hacerlo también tenés que comunicarlo.
Recordá
que a pesar de que existen diferentes métodos anticonceptivos, el
preservativo es el único método que te protege al mismo tiempo del embarazo no buscado, del VIH/SIDA y de las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS).
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¿Qué son las ITS? Además del VIH/SIDA hay otras enfermedades que se pueden transmitir cuando tenemos
Infecciones de Transmisión Sexual (ITS). Algunas de ellas son: la sífilis, la gonorrea, el herpes y la hepatitis B. Por eso para relaciones sexuales. Son las llamadas
evitarlas, siempre recordá usar el preservativo desde el principio hasta el final de las relaciones sexuales. Es importante que te asesores sobre el uso correcto del preservativo y en caso de que tengas relaciones sexuales no protegidas consultes a un médico antes de las 48 hs.
¿Si voy a ser mamá o papá y soy menor de edad, puedo tomar mis propias decisiones o debe hacerlo mi familia? Durante la adolescencia tenés derecho a decidir si querés ser mamá o papá. Sin embargo para poder tomar esta decisión es necesario que recibas información adecuada y veraz. Es importante que sepas que en caso de rotura del preservativo u olvido del método anticonceptivo, en los primeros cinco días es posible tomar la pastilla de anticoncepción hormonal de emergencia (AHE), que se brinda gratis en hospitales y centros de salud. Esta pastilla evita el embarazo pero si el embarazo ya se produjo no afecta al embrión, es decir que puede continuar su desarrollo normal. En el caso de decidir tener hijos tenés derecho a tomar tus propias decisiones en cuanto a la educación y la crianza. Por supuesto que en esta tarea deben brindarte todo su apoyo tu familia, la comunidad y el Estado (la escuela, el hospital, etc.) Recordá que si estás embarazada no pueden echarte de la escuela y tienen que darte facilidades para que no pierdas el año. En caso de interrupción del embarazo, es importante que la adolescente concurra de inmediato a un hospital para ser atendida, y así evitar infecciones que pongan en riesgo su vida.
¿Qué es el abuso sexual? Muchas veces se utiliza el abuso sexual como sinónimo de violación. Esto no es correcto. No necesariamente tiene que darse la penetración forzada o existir contacto corporal para que se trate de abuso sexual infantil o hacia adolescentes. El abuso sexual es cuando un adulto busca obtener placer sexual con un niño, niña o adolescente. Cuando un mayor se masturba enfrente de un niño, niña o adolescente o pide que éste/a lo haga, cuando intenta seducirlo/a verbalmente; cuando un adulto le pide a un niño, niña o adolescente que toque sus partes íntimas o se las toca; cuando le saca fotos o lo filma para material pornográfico, en todos estos casos estamos hablando de abuso sexual.
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Generalmente cuando alguna de estas situaciones ocurre, el adulto le pide al joven que le guarde el secreto o lo amenaza si llega a contar lo que ocurre. La mayoría de las veces el abusador puede ser alguien muy cercano, de la familia, del barrio, de la escuela o de alguna actividad cotidiana que realizan los jóvenes. Lamentablemente el abuso es una situación muy común, pero en general se mantiene oculto. La persona que lo está sufriendo muchas veces no se anima a contarlo, porque da miedo, da vergüenza y da culpa. El abuso sexual es un delito, es muy grave y NUNCA sucede por tu culpa ni porque lo buscaste.
Abuso Sexual e Internet Una de las formas en que un extraño con malas intenciones puede contactarse con vos es a través de las redes sociales (Facebook, Sónico, MSN, Fotolog, etc.) Generalmente utilizan un nombre e identidad falsa. Es importante que al usar redes sociales aprendas a configurar tu perfil de manera privada para que las cosas que publiques (fotos, datos personales, gustos, etc.) sólo puedan ser vistas por gente de confianza. También es muy importante que no agregues a tu grupo de “amigos” a personas desconocidas. Si sospechás que alguien puede estar usando las redes con malas intenciones es importante que pidas ayuda a un adulto.
¿Qué puedo hacer si me pasa a mí o a un/a amigo/a? La única forma de detener el abuso sexual es pidiendo ayuda. Todos los adultos no son iguales, siempre vas a encontrar un adulto que te va a escuchar, te va a creer y te va a ayudar. Alguien de tu familia Algún/a maestra/o o profesor/a Algún/a médico o médica La Defensoría de Derechos de tu barrio La línea telefónica 102, que es gratuita y atiende todos los días de año, las 24 horas.
Para que tengas en cuenta
Podés llamar a la línea de Salud Sexual 0800-222-3444 que brinda atención a toda la población y facilita el acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva en todo el país. Podés llamar a la Línea 102 o a las Defensorías Zonales de tu comuna en el caso de que amenacen y/o vulneren tus derechos. La ley nacional 26150 dice que los estudiantes: “…tienen derecho a recibir educación sexual integral en los establecimientos educativos públicos, de gestión estatal y privada de las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal”
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Trata de personas Muchas veces se ven noticias sobre chicos o chicas que desaparecen de un día para el otro y cuyas familias no tienen idea de dónde pueden estar. Muchos de ellos/as son engañados o amenazados para llevarlos lejos de su casa y explotarlos sexualmente. Esto es un delito y se lo llama “trata de personas para la explotación sexual”, casi siempre las víctimas son chicas. A veces esto se combina con otras formas de trata como la trata laboral, que se da cuando se obliga a la persona a trabajar en el campo o en talleres o en tareas domésticas. Los delincuentes consiguen esto con ofertas muy tentadoras de trabajo o estudio. También con amenazas.
LA TRATA DE PERSONAS ES UN DELITO. LLAMÁ AL 0-800-333-47225 (0-800-33-FISCAL)
Ley 26.061. ARTICULO 30. — DEBER DE COMUNICAR. Los miembros de los establecimientos educativos y de salud, públicos o privados y todo agente o funcionario público que tuviere conocimiento de la vulneración de derechos de las niñas, niños o adolescentes, deberá comunicar dicha circunstancia ante la autoridad administrativa de protección de derechos en el ámbito local, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad por dicha omisión.
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Consumidores de sustancias somos todos… pero algunos consumos pueden volverse un problema Derecho a la salud
Todas las personas consumimos sustancias cuando tomamos té, café y mate, también cuando tomamos medicamentos porque estamos enfermos, o cuando tomamos alguna bebida alcohólica. A las sustancias o preparados medicamentosos de efecto estimulante, deprimente, narcótico o alucinógeno se las llama drogas. Existen drogas legales e ilegales y esto depende de la sociedad y la cultura más que de la sustancia en sí. Por ejemplo es muy habitual que en los países islámicos se fume hachís, pero está prohibido el consumo de alcohol, al revés de lo que ocurre en nuestro país. Drogas legales: Son las socialmente aceptadas dentro del circuito legal. Por ejemplo: el café, el mate, el tabaco y el alcohol. También se encuentran la mayoría de los medicamentos, aunque deban ser adquiridos con la receta de un médico. Drogas ilegales: Son las socialmente prohibidas. La producción y distribución de estas sustancias se realizan a través de un circuito ilegal clandestino. Por ejemplo la marihuana, el paco, el éxtasis, la cocaína, el LSD, entre otras.
Las drogas socialmente aceptadas no siempre son inofensivas y pueden causar daño. Basta con observar los daños ocurridos por el consumo de tabaco y alcohol. Existen diferentes niveles de consumo, de acuerdo al vínculo que la persona tiene con la sustancia. Para determinar el tipo de consumo es necesario preguntarse siempre quién consume, qué consume, cuánto consume, dónde consume y cuándo lo hace, para entender si es algo problemático. Los diferentes niveles de consumo pueden ser: 1) Uso: El uso de drogas legales o ilegales está caracterizado por ser esporádico y ocasional. Como cualquier otra cosa, se puede hacer un uso correcto o incorrecto de drogas. Es preciso considerar que el uso esporádico y ocasional también puede, en ocasiones, ser problemático. Ejemplo de esto son las personas que eventualmente consumen alcohol y que conducen un vehículo bajo sus efectos. 2) Abuso: Muchas personas abusan de las drogas sin saberlo o sin haber tomado conciencia de ello. Abusar de drogas es, por ejemplo, tomar un medicamento no recetado o en dosis mayores a la indicada, o beber alcohol en exceso. El abuso puede darse con sustancias tanto ilegales como legales. El abuso de drogas implica, en general, consumirlas en demasía y con cierta periodicidad. 3) Adicción: Cuando alguien siente o cree que no puede vivir sin una sustancia y la utiliza en forma permanente y de manera compulsiva, sufre una adicción. Son adictas las personas que no pueden dejar
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de consumir, que viven por y para las drogas. Hay drogadicción cuando la persona tiene la necesidad inevitable de consumir alguna sustancia y depende física y/o psíquicamente de ella. Se puede tener adicción tanto a drogas ilegales como a las legales. Cuando existe adicción a una sustancia también se produce la dependencia de ésta. La dependencia a una sustancia implica que ante la supresión del consumo se produce un malestar acompañado de síntomas y al que se llama síndrome de abstinencia.
En cuanto a los consumos problemáticos de sustancias, los mismos se relacionan con los diferentes niveles de consumo, así observamos: Intoxicaciones agudas: Se presentan muchas veces en personas que no usan habitualmente sustancias pero cuando consumen esporádicamente lo hacen en exceso y llegan a una sobredosis. Un ejemplo es la alcoholización durante el fin de semana. Usos regulares crónicos: Es el caso de los consumidores habituales de sustancias. No abarca los usos médicos de sustancias pero sí en ocasiones casos de automedicación o abusos de otras drogas con una frecuencia suficiente para interferir, en la salud o en las relaciones de la vida cotidiana. Adicciones: Son siempre situaciones problemáticas. Llegan a invalidar al individuo en lo familiar y en lo social. La persona no logra conformar un proyecto vital, sostener un estudio o un trabajo y tiene como casi único interés el consumo de sustancias.
No todo el que consume una droga ilegal es un adicto ya que existen diferentes tipos de vínculos de las personas con las sustancias y no todos ellos constituyen necesariamente adicciones. Es decir, no existe una relación directa entre el consumo de drogas ilegales y la adicción, como tampoco existe un vínculo de este tipo entre el consumo de drogas legales y la salud, ya que el consumo de drogas legales puede darse en el marco de un vínculo adictivo o abusivo. Ante el consumo problemático de sustancias, el Estado debe estar presente. En la escuela, para acompañar al estudiante y a su familia garantizando la escolaridad y colaborando con la intervención de otras instituciones de atención integral de la salud. Los docentes deben cuidar y sostener un buen vínculo con todos los estudiantes, pero más aún con quienes tienen consumos problemáticos de drogas. Los adultos del sistema educativo son responsables de velar por el cumplimiento de los derechos y de informar a los organismos de protección y promoción de derechos en el caso de que estos se encuentren amenazados y/o vulnerados.
Si tenés problemas con el consumo de drogas y no sabés que hacer, podés llamar todos los días del año, a cualquier hora a la LINEA 102.
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VOS PODÉS Derechos: a opinar, a ser oído, a la participación, a la integración, a la libre asociación, a trabajar, a la seguridad social, a un abogado especialista en niñez y adolescencia, a votar.
Como adolescente tenés derecho a opinar, a ser oído y a participar en todos los ámbitos de tu vida cotidiana, especialmente en la vida familiar, en la comunidad y en la escuela. También tenés derecho a la vida política, a conformar organizaciones estudiantiles, comunitarias, deportivas, artísticas, religiosas, sociales y culturales. A expresar tu opinión sobre los servicios públicos. Tenés derecho a promover y constituir asociaciones conformadas exclusivamente por niñas, niños y/o adolescentes y a ser parte de sus órganos directivos. Tenés derecho a trabajar con las restricciones que imponen la legislación vigente, a obtener los beneficios de la seguridad social. Y también tenés derecho a ser escuchado en todos los procedimientos administrativos o judiciales, a que tu opinión sea tomada en cuenta al momento de arribar a una decisión que te afecte, a participar activamente de todo el procedimiento, a recurrir cualquier decisión que te afecte y a ser asistido por un abogado especializado en niñez desde el inicio del procedimiento. Fijate en el artículo 27 de la ley 26061: Ley 26.061. ARTICULO 27. — GARANTIAS MINIMAS DE PROCEDIMIENTO. GARANTIAS EN LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ADMINISTRATIVOS. Los Organismos del Estado deberán garantizar a las niñas, niños y adolescentes en cualquier procedimiento judicial o administrativo que los afecte, además de todos aquellos derechos contemplados en la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño, en los tratados internacionales ratificados por la Nación Argentina y en las leyes que en su consecuencia se dicten, los siguientes derechos y garantías: a) A ser oído ante la autoridad competente cada vez que así lo solicite la niña, niño o adolescente; b) A que su opinión sea tomada primordialmente en cuenta al momento de arribar a una decisión que lo afecte; c) A ser asistido por un letrado preferentemente especializado en niñez y adolescencia desde el inicio del procedimiento judicial o administrativo que lo incluya. En caso de carecer de recursos económicos el Estado deberá asignarle de oficio un letrado que lo patrocine; d) A participar activamente en todo el procedimiento; e) A recurrir ante el superior frente a cualquier decisión que lo afecte.
En resumen, tenés derecho a participar, a ser oído y expresar tus opiniones en todos los asuntos que te conciernan y/o que tengas interés, en todos los lugares en que te desenvuelvas, como por ejemplo el estatal, familiar, comunitario, social, escolar, científico, cultural, deportivo y recreativo.
Sabías qué… Ahora los jóvenes de 16 y 17 años de edad también tienen el derecho a votar en las elecciones nacionales, provinciales y municipales para poder elegir a sus representantes. 16
Si querés hablar con alguien sobre tus derechos, para saber más o para pedir orientación y ayuda, llamá todo el año, todos los días, a toda hora, a la LINEA 102. Pero… ¿Qué es la Línea 102? La Línea 102 es un servicio telefónico gratuito que funciona durante todo el año, las 24hs. del día, al que podés llamar para consultar sobre cualquier situación de amenaza y/o vulneración de derechos que te involucre a vos o a cualquier otro niño y/o y adolescente. En todas las consultas se te garantiza el derecho a la reserva de identidad y el resguardo confidencial de la información. Este número es para que todos los niños, niñas y adolescentes puedan comunicarse y recibir escucha, asesoramiento, contención, orientación sobre recursos, servicios y programas disponibles tanto del Consejo como de otros organismos del Gobierno de la Ciudad. También se pueden comunicar los adultos, las instituciones y los organismos gubernamentales y no gubernamentales, siempre que las consultas tengan como interés a niños y adolescentes.
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¿Qué son las Defensorías Zonales de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes? Las Defensorías Zonales son los organismos descentralizados del Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, creadas por Ley 114 y que funcionan en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. Los equipos de atención están formados por psicólogos/as, trabajadores/as sociales y abogados/as La Defensorías son espacios abiertos a las consultas de los niños, niñas y adolescentes, sus familiares, la comunidad, las organizaciones sociales, brindan servicios de protección y promoción de derechos y se ocupan de dar respuesta cuando los derechos de niños, niñas y adolescentes se encuentran vulnerados, amenazados o cuando es necesario remover obstáculos que impiden el pleno ejercicio de los mismos. Actualmente en la Ciudad existen 17 Defensorías Zonales. Cada Defensoría se encuentra ubicada en una Comuna, salvo en la Comuna 4 que por su extensión se han establecido 3 Defensorías.
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Si tus derechos o los de tus amigos están amenazados y/o vulnerados acercate a la Defensoría Zonal de tu Comuna Direcciones y Datos Útiles Línea 102. Las 24hs los 365 días del año Defensoría de Niñ@s y Adolescentes Comuna 1 Paraná 426, piso 12, depto. H. Tel: 4374-3273 / 4373-6559 Lunes a viernes de 9 a 16 h. Mail:
[email protected]
Defensoría de Niñ@s y Adolescentes Comuna 7 Castañón 1060. Tel: 4637-9378 / 4613-7068 Lunes a viernes de 9 a 16 h. Mail:
[email protected]
Defensoría de Niñ@s y Adolescentes Comuna 2 Uriburu 1022, piso 3. Tel: 4823/1165 / 4823-1172 Int.: 127/230 Lunes a viernes de 9 a 16 h. Mail:
[email protected]
Defensoría de Niñ@s y Adolescentes Comuna 8 Cafayate 5262. Tel: 4605-5741 / 4604-0590 Lunes a viernes de 9 a 16 h. Mail:
[email protected]
Defensoría de Niñ@s y Adolescentes Comuna 3 Junín 521, piso 2. Tel: 4375-0644 / 1850 / 2042 / directo 4372-9452 Lunes a viernes de 9 a 16 h. Mail:
[email protected]
Defensoría de Niñ@s y Adolescentes Comuna 9 Pieres 376, depto. B. Tel: 4642-3321 / 4643-1572 Lunes a viernes de 9 a 16 h. Mail:
[email protected]
Defensoría de Niñ@s y Adolescentes Comuna 4 Boca-Barracas Rocha 1731 Tel: 4301-8824 / 4301-4859 Lunes a viernes de 9 a 16 h. Mail:defensoriacomuna4bocabarracas@buenosaires .gob.ar
Defensoría de Niñ@s y Adolescentes Comuna 10 Bacacay 3968. Tel: 4363-3885 / 4636-2490 / 2262 Int. 108 Lunes a viernes de 9 a 16 h. Mail:
[email protected]
Defensoría de Niñ@s y Adolescentes Comuna 4 Parque Patricios-Nueva Pompeya Av. Cruz 1252 Tel: 4919-6429 Lunes a viernes de 9 a 16 h. Mail:defensoriacomuna4parquepatriciospompeya@ buenosaires.gob.ar Defensoría de Niñ@s y Adolescentes Comuna 4 Barrio Zabaleta 21-24 Escuela Infantil Nº 12 del Distrito Escolar 5 Polo Educativo Barracas. Iriarte y Montesquieu. Tel: 4301-0039 Mail:
[email protected]. ar Defensoría de Niñ@s y Adolescentes Comuna 5 Av. Jujuy 1028. Tel: 4942-0747 / 4942-7164 Lunes a viernes de 9 a 16 h. Mail:
[email protected] Defensoría de Niñ@s y Adolescentes Comuna 6 Emilio Mitre 954, local 26. Tel: 4922-6271 / 4922-0439 Lunes a viernes de 9 a 16 h. Mail:
[email protected]
Defensoría de Niñ@s y Adolescentes Comuna 11 Helguera 2881. Tel: 4505-0853 / 4501-9319 Lunes a viernes de 9 a 16 h. Mail:
[email protected] Defensoría de Niñ@s y Adolescentes Comuna 12 Miller 2751. Tel: 4523-9489 / 4521-3496 Lunes a viernes de 9 a 16 h. Mail:
[email protected] Defensoría de Niñ@s y Adolescentes Comuna 13 Av. Cabildo 3067, piso 2. Tel: 4702-3740 / 4703-1941 Lunes a viernes de 9 a 16 h. Mail:
[email protected] Defensoría de Niñ@s y Adolescentes Comuna 14 Beruti 3325. Tel: 4829-1256 (directo) / 4829-1256 / 4773-2946 / 4771-0750 / 1306 Int. 202/207 Lunes a viernes de 9 a 16 h. Mail:
[email protected] Defensoría de Niñ@s y Adolescentes Comuna 15 Rodney 226. Tel: 4857-0121 Lunes a viernes de 9 a 16 h. Mail:
[email protected]
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Links sugeridos de legislaciones: -Convención sobre los derechos del Niño. Disponible en: http://www2.ohchr.org/spanish/law/crc.htm -Ley Nacional Nº 25.673. Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable. Disponible en: http://www.msal.gov.ar/saludsexual/ley.php -Ley Nacional Nº 26.061 de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Disponible en: http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/110000-114999/110778/norma.htm -Ley Nacional 26.150. Programa Nacional de Educación Sexual Integral. Disponible en: http://portal.educacion.gov.ar/files/2009/12/ley26150.pdf -Ley Nacional Nº 26.390 de Prohibición del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente. Disponible en: http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/140000-144999/141792/norma.htm -Ley 114 de Protección Integral de los derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de la Ciudad de Buenos Aires. Disponible en: http://www.cedom.gov.ar/es/legislacion/normas/leyes/ley114.html -Ley 137 de Centros de Estudiantes. Disponible en: http://www.cedom.gov.ar/es/legislacion/normas/leyes/ley114.html -Ley 418 de Salud Reproductiva y Procreación Responsable Disponible en: http://www.cedom.gov.ar/es/legislacion/normas/leyes/ley418.html
Links sugeridos de páginas web: -Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Ver: http://www.buenosaires.gov.ar/linea-102/consejo-derechos-de-ninos-ninas-y-adolescentes -Línea 102. Ver: http://www.buenosaires.gov.ar/linea102
BIBLIOGRAFIA UTILIZADA Educación Sexual Integral. Para charlar en familia. (2011) Programa Nacional de Educación Sexual Integral. Ministerio de Educación de la Nación. Nuestros Derechos, Nuestras Vidas. Abriendo espacios de reflexión y construcción conjunta. (2004) Cuadernillo de Técnicas Participativas del Programa “Nuestros Derechos, Nuestras Vidas”. Área de Capacitación, Promoción y Participación Ciudadana del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Carballeda, Alfredo (2002/2005). La Intervención en lo Social. Editorial Paidós. Buenos Aires. Carballeda, Alfredo (2004). La intervención en lo social y las nuevas formas de padecimiento subjetivo. Artículo publicado en la Revista Escenarios. ESTS. UNLP. Consumo de drogas: ¿Qué hacer desde la escuela? (2010) Programa Nacional de Educación y Prevención de las Adicciones y del Consumo Indebido de drogas. Subsecretaría de Equidad y Calidad Educativa. Ministerio de Educación de la Nación. Prevención del consumo problemático de drogas desde el lugar del adulto de la comunidad educativa. (2011). Área de Consumo Problemático de Drogas. Subsecretaría de Equidad y Calidad Educativa. Ministerio de Educación de la Nación. Proponer y Dialogar. Temas jóvenes para la reflexión y el debate. (2002) Unicef. Fondo de Naciones Unidas para la Infancia.
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