Curso PLD-FT-2022 Flipbook PDF

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CURSO DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO ________ 2022


TEMARIO 1. Objetivos. 2. Antecedentes históricos. 3. Autoridades regulatorias. 4. Fundamento Legal. 5. Conceptos básicos. 6. Etapas del Lavado de Dinero. 7. Consecuencias del Lavado de Dinero. 8. Políticas de Identificación y Conocimiento del cliente. i. Integración de expedientes. ii. Calidad y características de los documentos que integran los expedientes. iii. Entrevista y declaración firmada. iv.Reglas de identificación. v. Medidas Simplificadas. 9. Agentes, aplicación de las políticas. 10. Convenios con terceros. 11. Clasificación de los Clientes por su grado de riesgo. 12. Perfil transaccional de los Clientes. 13. Tipos de Operaciones. 14. Estructura Internas. 15. Enfoque basado en riesgo. 16. Confidencialidad y conservación de la información. 17. Otras obligaciones 18. Sanciones.


Difundir a los agentes las políticas de Thona Conocer las obligaciones y sanciones. 1. Objetivos Cumplir las obligaciones de las Disposiciones Concientizar a de la materia a los participantes del cumplimiento de políticas


2. Antecedentes históricos México se vuelve integrante del GAFI 19/07/2012 . 04/04/2013 Se derogó la LGISMS y se publicó la LISF 01/01/2021 Entran en vigor las DCG del Art. 492 de la LISF. 2000 2012 2013 2021 Se publican las primeras DCG del ART 140 de la LGISMS.


Nacional e internacional Autoridad Ordenadora. SHCP 3. Autoridades regulatorias Autoridad de Inteligencia. UIF Autoridad Ejecutora / Ordenadora. CNSF Elabora normas de alcance mundial para prevenir el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. GAFI Agrupa a las Unidades de Inteligencia Financiera de los países miembro, con el fin de coordinar esfuerzos internacionales en la materia. GRUPO EGMOUNT


4. Fundamento Legal Código Penal Federal, Art. 139, 139 Quáter, 148 Bis, Art. 400 Bis Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, Art. 492 (Delitos) Disposiciones de Carácter General del Art. 492 LISF. Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita Título 27 de la CUSF y sus Anexos Medidas y Criterios de que emita la SHCP


5. Conceptos básicos Lavado de Dinero • El procesamiento de las ganancias derivadas de la actividad criminal para disfrazar su procedencia ilícita, permitiendo a los criminales gozar de ellas sin arriesgar su fuente)” (GAFI). Terrorismo • Consiste en la aportación, financiación o recaudación de recursos o fondos económicos que tengan como fin provocar alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella, para atentar contra la seguridad nacional o presionar a la autoridad para que tome una determinación” (CNBV). Riesgo • Probabilidad de que Thona sea utilizada por los Clientes para realizar actos u Operaciones a través de los cuales pudiesen favorecer, prestar ayuda, auxilio o cooperación de cualquier especie para la comisión de los delitos previstos en los Art. 139, 139 Quáter, 148 Bis o 400 Bis del CPF. (DCG 492 LISF). Cliente Persona física o moral con carácter de: (DCG 492 LISF). a) Contratante b) Asegurado c) Fideicomitente / comitente


6. Etapas del Lavado de Dinero Disposición de los productos a través de la venta de los activos o instrumentos empleados. Introducción de Recursos de Procedencia Ilícita al Sistema Financiero. Colocación Ocultamiento Integración Mecanismo de organización criminal para disimular el origen del recurso. Disposición de los productos a través de la venta de los activos o instrumentos empleados. El Señor Rico, adquiere ingresos de forma ilícita (secuestros express). Parte de ese dinero lo utiliza para comprar varios seguros de COVIDA en el portal de THONA para él y sus secuaces. A la semana de iniciar la vigencia, solicita la cancelación de los seguros contratados y pide la restitución de las notas de crédito. Cuando Thona hace la devolución del dinero, apoyó al Señor Rico a legalizar sus ingresos ilícitos.


7. Consecuencias del Lavado de Dinero Social Social - Aumento de delitos y víctimas. - Fortalecimiento del crimen organizado. Política - Aumento de corrupción. -Debilita instituciones públicas. Financiera - Pone en riesgo la estabilidad del sistema financiero. - Daño reputacional a las instituciones financieras. Económicas - Menores ingresos del sector público, incluyendo la evasión fiscal. - Volatilidad del tipo de cambio y del tipo de interés. -Alteraciones en la demanda de dinero sin explicación económica aparente. -Contaminación de negocios legales por ilegales, etcétera.


8. Políticas de Identificación y Conocimiento del Cliente - Se ubican en las carpetas compartidas de Thona Seguros en la sección de Jurídico. - Contiene los lineamientos que Thona Seguros debe acatar para identificar y conocer a sus Clientes. - Identificación comprende recabar datos y documentos de los Clientes. - Conocimiento comprende entrevistar presencialmente al Cliente y realizar una visita de inspección para validar que los datos proporcionados en su declaración, sean correctos.


PERSONA FÍSICA NACIONAL O EXTRANJERA Cliente, Proveedor de Recursos, Propietario Real, Cónyuge o dependiente económico de una PPE Extranjera y/o Beneficiarios Descripción RI 1 RI 2 RI 3 Datos Apellido paterno, apellido materno y nombre(s) Fecha de nacimiento Domicilio Particular (calle, avenida o vía, número exterior, interior, colonia, ciudad o población, alcaldía o municipio, entidad federativa y código postal) País de Nacimiento Entidad de Nacimiento Nacionalidad Ocupación, profesión, actividad o giro del Cliente Teléfono en el que se pueda localizar Correo electrónico (Opcional) Tipo de identificación, número y emisor. Constancia Única de Registro de Población (Opcional) Registro Federal de Contribuyentes (Con homoclave /Opcional) Número de serie del certificado digital de la Firma Electrónica Avanzada (Opcional) Número de identificación fiscal (Solo extranjeros / Opcional) Documentos Identificación personal Constancia CURP (Opcional) Cédula de Identificación Fiscal (Opcional) Comprobante de inscripción para la Firma Electrónica Avanzada (Opcional) Comprobante de Domicilio Declaración Firmada (Se llena en la solicitud) Documento que acredite su calidad migratoria (Solo extranjeros) Documento que acredite su internación o legal estancia en el país Documento que acredite domicilio en el lugar de residencia permanente. i. Integración de expedientes.


PERSONA MORAL NACIONAL O EXTRANJERA. Aplica también para Proveedores de recursos Descripción RI 1 RI 3 Datos Denominación o razón social Giro mercantil, actividad u objeto social Nacionalidad Clave del Registro Federal de Contribuyentes (con homoclave) Número de serie del certificado digital de la Firma Electrónica Avanzada (Opcional) Domicilio Teléfono del domicilio Correo electrónico (Opcional) Fecha de Constitución Folio mercantil (Solo PM Nacionalidad Mexicana) Nombre completo sin abreviaturas del administrador(es), director, gerente general o apoderado que, con su firma pueda(n) obligar a la persona moral a celebrar Operaciones Solo para Clientes de Alto Riesgo Estructura corporativa De los principales accionistas: i) Nombre completo ii) Nacionalidad iii) Porcentaje del capital que representa su participación en el capital social correspondiente Documentos Testimonio o copia certificada que acredite su legal existencia inscrito en el RPPyC En caso de reciente constitución, escrito firmado por persona legalmente facultada en la que conste la inscripción en el RPPyC Cédula de Identificación Fiscal Comprobante de inscripción para la Firma Electrónica Avanzada (Opcional) Comprobante de Domicilio Declaración Firmada (se llena en la solicitud) Estructura corporativa interna para Clientes que no sean de grado de riesgo bajo. En su caso, un documento de identificación de la persona Física que ejerza el Control que acredite un porcentaje superior al 25% del Capital. Documentos de los Apoderados Identificación Personal Documento que acredite el carácter de apoderado


Clave de elector, en su caso. Consentimiento. Correo electrónico o teléfono celular. En su caso, número de cuenta y Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) en la Entidad, para recibir depósitos, y que corresponda con el nombre señalado en los datos y documentos del Cliente. Manifestación de la persona física en la que señale si actúa por cuenta propia o de un tercero, en caso de manifestar que actúa por cuenta de un tercero se recabarán además los mismos datos y documentos del tercero. La versión digital de la identificación personal oficial vigente que se conservará de conformidad con la norma oficial mexicana sobre digitalización y conservación de Mensajes de Datos aplicable. Tratándose de Propietarios Reales, bastarán los Datos del domicilio en el que puedan localizarse. Si el Cliente es clasificado con un grado de riesgo bajo, no será necesario recabar el comprobante de Domicilio Identificación de forma no presencial para persona FÍSICA.


Correo electrónico. En su caso, número de cuenta y Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) en la entidad financiera. Entidad Financiera Extranjera autorizadas para recibir depósitos, y que corresponda con el nombre señalado en los datos y documentos del Cliente. Firma Electrónica o Firma Electrónica Avanzada, del representante legal. La versión digital de los documentos de identificación de la persona moral y apoderado. Identificación de forma no presencial para persona MORAL.


8. Políticas de Identificación y Conocimiento del Cliente ii. Calidad y características de los documentos que integran los expedientes. A. Cotejados • Todos los documentos de identificación deben estar cotejados con la Leyenda que indique: “Cotejado contra el original”, más el nombre y firma de quien coteja y fecha del cotejo. • QUIEN COTEJA DEBE SER PERSONA DISTINTA AL DUEÑO DE LOS DOCUMENTOS. B. Legibles y vigentes • Identificación oficial vigente y el comprobante de domicilio no mayor a tres meses. C. Sin tachaduras ni enmendaduras • En su caso, se debe recabar otro con los puntos anteriores.


8. Políticas de Identificación y Conocimiento del Cliente Ejemplos de casos no admitidos:


8. Políticas de Identificación y Conocimiento del Cliente Ejemplo de documentos que no requieren cotejo : Documentos digitales. Documentos públicos.


8. Políticas de Identificación y Conocimiento del Cliente iii. Entrevista y declaración firmada • Entrevista •Se aplica antes de iniciar una relación comercial con un Cliente, a fin de recabar los datos y documentos de identificación. •Los resultados quedarán de forma física o electrónica en el expediente •PRESENCIAL. Se utilizaran los formatos de Thona Seguros. •NO PRESENCIAL. Utilizar formularios que interactúen con el Cliente a través del medio digital. • Declaración firmada •Se especificará que si el solicitante actúa por nombre y por cuenta propia o por cuenta de un tercero. •La información se conservará en el expediente del Cliente.


8. Políticas de Identificación y Conocimiento del Cliente iv. Reglas de Identificación. • Prima neta menor a 2,500 USD y que el seguro contratado sea sin componente de ahorro e inversión. Regla de Identificación 1 • Prima neta entre 2,500 y 7,500 USD y que el seguro contratado no tenga un componente de ahorro e inversión, o bien, que el seguro con componente de ahorro e inversión tenga una prima neta menor a 2,500 USD. Regla de Identificación 2 • La prima neta sea superior a 7,500, o el seguro con componente de ahorro e inversión, su prima neta sea mayor a 2,500 UDS. Regla de Identificación 3 De forma excepcional pueden aplicarse a los Clientes Personas Físicas o Morales, los criterios 1 y 2 :


8. Políticas de Identificación y Conocimiento del Cliente v. Medidas Simplificadas. Medidas Simplificadas Descripción Datos Denominación o razón social Actividad u objeto social Nacionalidad Registro Federal de Contribuyentes (con homoclave) Número de serie del certificado digital de la Firma Electrónica Avanzada (Opcional) Domicilio Nombre completo sin abreviaturas del administrador(es), director, gerente general o apoderado que, con su firma pueda(n) obligar a la persona moral a celebrar Operaciones Declaración Firmada (se llena en la solicitud) Correo electrónico de contacto. En su caso, número de cuenta y Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) en la entidad financiera o Entidad Financiera Nacional o Extranjera autorizadas para recibir depósitos. Documentos Identificación Personal Documento que acredite el carácter de apoderado


9. Agentes, aplicación de las políticas Los Agentes de Seguros deberán aplicar y cumplir la Política de Identificación y Conocimiento del Cliente de Thona. Por lo anterior, Thona tendrán que entregar o poner a disposición de los Agente las Políticas dejando constancia de ello. En caso de que Thona Seguros requiera mayor información del cliente a cargo de un Agente por una Operación Inusual, u Operación Relevante, este último tendrá la responsabilidad de entregarla a la Aseguradora en los términos establecidos en su contrato. Las sanciones se impondrán también a los Agentes, cuando por sus actos u omisiones hayan ocasionado que las Instituciones incumplan con las obligaciones que tienen impuestas


10. Convenios con terceros Son las pólizas autoadministradas y que cuentan con el endoso del 492. Los terceros tendrán la responsabilidad de conservar e integrar los expedientes del grupo o colectividad. Las obligaciones del contratante para con Thona será: a) Consulta; b) Verificación aleatoria de la integración de los expedientes; c) Entrega oportuna por solicitud de autoridad y, cuando así proceda, d) Conservar los expedientes de identificación de aquellos trabajadores o personal, una vez que dejen de prestar sus servicios a terceros solicitantes o contratantes, y cuando concluya la relación entre la Aseguradora y los terceros que en substitución de ella integraron el expediente. Avisará al Oficial de Cumplimiento de cualquier indicio que pudiera favorecer los delitos de LD / FT.


11. Clasificación de los Clientes por su grado de riesgo Bajo: Aquellos que no se encuentren en las listas de PLD, por la naturaleza del seguro no se permita Operaciones que favorezcan el LD / FT, o que no tengan una actividad vulnerable. Medio: Sean catalogados como Clientes Personas Políticamente Expuestas Nacionales en las listas con las que cuenta Thona Seguros. Alto: Serán las Personas Políticamente Expuestas extranjeras. Los Clientes no residentes en el país que operen seguros con componentes de inversión en moneda extranjera. Serán aquellos productos disponibles solo para Clientes con un mayor patrimonio que la generalidad de los clientes.


11. Clasificación de los Clientes por su grado de riesgo Clientes de alto riesgo: Cuando se identifique este tipo de clientes, se les aplicará un cuestionario de identificación y visita de domiciliaria. Se debe calificar al cliente una vez al año que cuente con todos los datos y documentos. Para iniciar o continuar con una relación comercial de alto riesgo, se debe obtener la aprobación del director general, o un directivo dentro de los tres niveles jerárquicos inferiores a él. Deben ser del conocimiento del Oficial de Cumplimiento. En el Comité de Comunicación y Control se determinará las medidas para continuar, limitar o no con la relación comercial del Cliente.


12. Perfil transaccional de los Clientes. 000 La información que proporcione el Cliente y con la que en su caso, cuente Thona Seguros, respecto del monto, número, tipo, naturaleza y frecuencia de las Operaciones que comúnmente realizan dichos Clientes. El origen y destino de los recursos involucrados; En el conocimiento que tenga el empleado o funcionario de la Aseguradora respecto de su cartera de Clientes. En los casos de identificación no presencial del Cliente, se debe considerar la información de la Geolocalización del dispositivo utilizado, previo consentimiento del cliente. En los demás elementos y criterios que determine Thona.


13. Tipos de Operaciones. Realizadas en efectivo, cheque o monedas acuñadas en platino, oro y plata por un monto igual o mayor a $7,500.00 USD. Reporte trimestral, vía CNSF, a través del sistema SEIVE. RELEVANTES (OPREL) - Cambio del perfil transaccional del Cliente. - El Cliente niega proporcionar datos y documentos de identificación correspondientes. - El Cliente intenta sobornar, persuadir o intimidar al personal de Thona Seguros. - Si el cliente cambia inesperadamente de actividad, especialmente si cambia a comercio internacional o cultivo de tierra. - Si el pago de un mismo cliente en moneda extranjera, cheques de viajero, cheques de caja y monedas acuñadas en platino, oro y plata, superen los $7,500 USD y las mismas no corresponden al perfil transaccional del cliente INUSUALES (OPINU) - Un directivo, funcionario, empleado, mantiene un nivel notoriamente superior al que le corresponde. - Cuando haya intervenido de manera reiterada en las operaciones determinadas como inusuales. - Sospechas de que hayan incurrido en actos, omisiones u operaciones que favorezcan el LD/FT. - Reporte eventual, (se debe dictaminar por el Comité dentro de los 60 días naturales siguientes y reportar a los 3 días hábiles posteriores a la dictaminación). INTERNAS PREOCUPANTES (OPREP)


14. Estructura Internas. Comité de Comunicación y Control Oficial de Cumplimiento. - Enviar a aprobación las políticas al Comité de Auditoría. - Conocerá resultados de la Auditoría. - Conocerá de la celebración de contratos u Operaciones de Alto Riesgo. - Dictaminará que Operaciones deben ser reportadas. - Aprobará programa de capacitación. - Sesiona mensualmente. - Informará al Comité respecto de las Operaciones que puedan generar un alto riesgo o deban considerarse para reportar a la CNSF. - Verificar las alertas y realizar sus investigaciones respectivas. - Fungir como enlace entre el Comité, la SHCP y la CNSF. - Verificar que Thona de contestación a los requerimientos de información, así como aseguramiento o desbloqueo de cuentas. - Recibir los avisos emitidos por empleados o funcionarios sobre posibles Operaciones inusuales o internas preocupantes.


15. Enfoque basado en riesgo. Ayuda a identificar el nivel de Riesgo al que está expuesta THONA. Se valida con la información contenida en el sistema automatizado de THONA. Se debe revisar y actualizar el EBR cuando: - Detecten nuevos riesgos - Se actualice la evaluación nacional de riesgo - Dentro de los 12 meses de su implementación – resultados. - Antes de lanzar nuevos productos. Se conservará la información en un plazo no menor a 5 años, disponible para la CNSF.


16. Confidencialidad y conservación de la información. Esta prohibido alertar o dar aviso a los Clientes o algún tercero sobre: • Reportes que se estén haciendo sobre los Clientes. • Solicitud de información que requiera la CNSF. • Solicitudes de intercambio de información entre instituciones. • Contenido de las personas bloqueadas. • Órdenes de aseguramiento de las cuentas de los Clientes. Los avisos internos, de posibles Operaciones Inusuales o Internas Preocupantes serán al OC: [email protected]. Todo aviso es confidencial.


16. Confidencialidad y conservación de la información. Intercambio de información. Finalidad • Fortalecer las medidas para prevenir y detectar actos, omisiones u operaciones que pudieran favorecer, los delitos en contra de su clientela o de la propia Institución, podrá llevar a cabo el intercambio de información con otras Instituciones respecto de sus clientes, sus operaciones, o listas de personas bloqueadas. Alcance • Realizarse solo entre Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros. • Solicitarse únicamente por el OC y el personal a su cargo. • Seguir el procedimiento establecido por Thona. • Dará aviso a la CNSF de forma previa o simultánea en que se comparta la información solicitada, o bien cuando le sea compartida. Intercambio en el extranjero, • Thona Seguros podrá intercambiar información de sus clientes u operaciones con Entidades Financieras Extranjeras análogas, de acuerdo a los formatos que la CNSF establezca.


17. Otras obligaciones. • AUDITORÍA •Medida de control para evaluar y dictaminar el cumplimiento de las Disposiciones de Carácter General en la Compañía. •Los resultados se presentarán al Director General y al Comité. •Se realiza de forma anual. •La CNSF podrá realizar Visitas de Inspección a la Compañía para supervisar su correcto cumplimiento en la materia de PLD/FT. • DECLARACIÓN FIRMADA •Para funcionarios o empleados. •Asentará la información relativa a cualquier institución o sociedad mutualista en que haya laborado, no haber sido sentenciado por delito patrimoniales o inhabilitado para ejercer el comercio a consecuencia del incumplimiento de la legislación o para desempeñar un empleo, cargo o como en el servicio público, o en el sistema financiero mexicano. • CONSERVACIÓN DE LA INFORMACIÓN •Será por 10 años contados a partir de la ejecución de la Operación realizada por sus clientes respecto de la Documentación que acredite la operación y los documentos de identificación del cliente.


18. Sanciones. Medidas de apremio (Art.472 LISF): • Amonestación • Multa por el equivalente de 100 a 5,000 días de Salario vigente en el momento en que se realizó la conducta que motivó la aplicación de la medida de apremio. En caso de que persista el desacato o resistencia podrán imponerse nuevas multas por cada día que transcurra sin que se obedezca el mandato respectivo. • En caso de que persista el desacato, podrán imponerse tantas nuevas multas por cada día que transcurra hasta en tanto se de cumplimiento. Infracciones y delitos (Art. 492 LISF): • La violación a las disposiciones de carácter general será sancionada por la Comisión conforme al procedimiento de la LISF, con multa equivalente del 10% al 100% de la operación inusual no reportada, y en los demás casos con multa de hasta 100,000 días de salario vigente. • Las sanciones, podrán consistir en revocación de autorizaciones, cancelación de registros, remociones, suspensiones, destituciones, vetos o inhabilitaciones para el desempeño de actividades. • Las multas y amonestaciones podrán ser impuestas a las Instituciones, a los miembros del consejo de administración, directores generales, directivos, funcionarios, empleados o personas que ostenten un cargo, mandato, comisión o cualquier otro título jurídico que las Instituciones otorguen a terceros para la realización de sus operaciones.


Delitos (CPF) • Se aplicará pena de 1 a 9 años de prisión y de 100 a 300 días multa, a quien encubra a un terrorista, teniendo conocimiento de sus actividades o de su identidad (139 bis) • Se impondrá pena de prisión de 15 a 40 años y de 400 a 1,200 días multa, sin perjuicio de las penas que correspondan por otros delitos que resulten: (…) IV. Al que acuerde o prepare en territorio mexicano un acto terrorista que se pretenda cometer, se esté cometiendo o se haya cometido en el extranjero (148 bis). • De 5 a 15 años de prisión y de 1,000 a 5,000 días multa al que, por sí o por interpósita persona realice cualquiera de las siguientes conductas (400 bis): • I. Adquiera, enajene, administre, custodie, posea, cambie, convierta, deposite, retire, dé o reciba por cualquier motivo, invierta, traspase, transporte o transfiera, dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita • II. Oculte, encubra o pretenda ocultar o encubrir la naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento, propiedad o titularidad de recursos, derechos o bienes, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita.


Fuentes de consulta: Código Penal Federal. Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Disposiciones de Carácter General del Art. 140 de la LGSISMS. Conocimientos básicos en PLD. Consultado en línea el 03/03/2020 URL: https://www.cnbv.gob.mx/PrevencionDeLavadoDeDinero/Documents/Conocimientos_basicos_PLDFT_Autoridades_Nacionale s.pdf SECTORES AFECTADOS POR EL DELITO DEL LAVADO DE DINERO EN MÉXICO. Consultado el 11/03/2021. URL: https://pldinfoasistencia.com.mx/2016/12/31/sectores-afectados-lavadodinero/#:~:text=Efectos%20en%20la%20tasa%20de,dinero%20sin%20explicaci%C3%B3n%20econ%C3%B3mica%20aparen te. CALLEGARI, André Luis, “Lavado d dinero, Blanqueo de Capitales”, Edit. Flores Editor y Distribuidor, 2010. “1ª Evaluación Nacional de Riesgos de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo en México 2016”, consultada en línea el 05/03/2020, URL: https://www.pld.hacienda.gob.mx/work/models/PLD/documentos/enr.pdf Guía para el proceso de certificación para auditores externos independientes, oficiales de cumplimiento y demás profesionales en materia de PLD y FT. Congreso Internacional “Prevención de lavado de dinero rebasando fronteras – retos 2021”. Consultado el 05/03/2021. URL: https://imcp.org.mx/wp-content/uploads/2021/02/Generalidades-de-la-presentaci%C3%B3n-en-el-R%C3%A9gimen-dePLD.pdf Guía para la elaboración y metodología de evaluación de riesgos en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo. Comunicado DGSF/DSE/23/2020. Registro de Modelo Novedoso. CNBV. Consultado el 05/03/2021 URL: https://www.gob.mx/cnbv/acciones-y-programas/registro-modelos-novedosos


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