de Gobierno Municipal en México

de Gobierno Municipal en México sy Pregunta s respuesta sobre el no gobierip al munic Abiram Hernández F.  Alfonso Osegueda Cruz León Páez Manua

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de Gobierno Municipal en México

sy Pregunta s respuesta sobre el

no gobierip al munic

Abiram Hernández F.  Alfonso Osegueda Cruz León Páez

Manual de Gobierno Municipal en México  Preguntas y Respuestas sobre el Gobierno Municipal Primera edición: CESEM, diciembre de 2009

c Centro de Servicios Municipales “Heriberto Jara”, A.C. Justo Sierra 19, Colonia Centro C.P. 91000 Xalapa, Veracruz  México Tel/fax 01 (228) 8 18 78 10  [email protected]  www.cesem.org.mx c Rosa-Luxemburg-Stiftung Integración de contenidos: Abiram Hernández Fernández y Alfonso Osegueda, tomando como base el Manual de Gobierno Municipal de Veracruz. Preguntas y respuestas sobre administración municipal. Alfonso Osegueda. CESEM, H. Ayuntamiento de Coatzacoalcos, Veracruz, Secretaría de Desarrollo Social. 2004. Concepto, ilustraciones, diagramación y portadas: León Páez. Apoyo de investigación: Pavel Bautista Godinez.

de Gobierno Municipal en México

Preguntas y respuestas sobre el gobierno municipal

Contenido Presentación

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¿Qué es un municipio?

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¿Qué es un ayuntamiento?

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¿Quién es la máxima autoridad de un municipio?

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¿Cuáles deben ser las facultades y obligaciones de una presidenta o presidente municipal?

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¿Cuáles son las actividades principales de la síndica o el síndico?

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6

¿Qué hace la regidora y el regidor?

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7

¿Quiénes son las autoridades auxiliares?

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8

¿Cuál es la labor del secretario y la secretaria del ayuntamiento?

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9

¿Cuál es la labor de una tesorera o tesorero municipal?

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¿Qué son las comisiones?

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11

¿En qué consiste la comisión de hacienda?

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¿Cuáles son los ingresos municipales?

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Preguntas y respuestas sobre el gobierno municipal

Contenido 13

¿Qué es un plan de ingresos y un presupuesto de egresos?

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14

¿En qué consiste la comisión de equidad de género?

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15

¿En qué consiste la comisión de asuntos indígenas?

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¿En qué consiste la comisión de gobernación, reglamentos y circulares?

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¿En qué consiste la comisión de derechos humanos?

40

18

¿En qué consiste la comisión de educación y cultura?

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19

¿En qué consiste la comisión de salud y asistencia?

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20

¿En qué consiste la comisión de ecología y medio ambiente?

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¿En qué consiste la comisión de desarrollo urbano y obras públicas? 46

22

¿En qué consiste la comisión de comercio y fomento industrial?

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¿En qué consiste la comisión de desarrollo agropecuario?

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¿En qué consiste la comisión de seguridad pública?

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Preguntas y respuestas sobre el gobierno municipal

Contenido 25

¿En qué consiste la comisión de tránsito y vialidad?

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¿En qué consiste la comisión de limpia pública?

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27

¿Qué es el DIF municipal?

54

¿Cuáles son los servicios públicos que debe prestar el ayuntamiento?

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¿Qué es el bando de policía y gobierno?

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¿Cuál es la relación que debe de tener el gobierno municipal con los gobiernos estatal y federal?

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¿Cómo debe ser una relación democrática entre ayuntamiento y ciudadanía?

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28 29 30 31

Biblioteca

de Gobierno Municipal en México

Presentación El municipio es sin duda el lugar donde la relación entre pueblo y gobierno es cotidiana y

permanente; es donde los reclamos sociales por atender las demandas y necesidades se hacen realidad; es donde el o la representante popular o autoridad local vive más nítida e intensamente la responsabilidad de atender de manera eficaz los reclamos sociales, ya que de no ser así padece directamente la irritación y el descontento social por la ausencia de respuestas. La ciudadanía y las comunidades para tener logros en la demanda social, tienen que conocer sus propios derechos y obligaciones y las responsabilidades de los gobernantes. Y tienen que hacer uso de toda su imaginación, creatividad y capacidad política para abrir espacios, convencer, o en su caso, obligar a los gobiernos a que incorporen la decisión de la gente en la política municipal.

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Los territorios de los municipios son arenas de conflictos ya que la distribución del poder es injusta. Esta injusticia y la intolerancia ante la diversidad, genera tensiones constantes. Por ello, requerimos gobernantes locales, que además de buenos administradores, sean buenos políticos; es decir, que cuenten con la capacidad de conciliación y negociación en condiciones de respeto, reconocimiento y tolerancia de los diversos actores y actoras sociales, que encuentren mecanismos y formas de desarrollo y democratización, aún con pocos recursos económicos.

El buen gobierno es aquel que tanto atiende las demandas de bienes y servicios como el que abre espacios de expresión y acción ciudadana. 7

Es importante que las y los ediles:  sepan elaborar diagnósticos,  hacer planes de trabajo,  revisar presupuestos; pero es igual de importante que las y los gobernantes locales sepan:  cómo comunicarse con la gente,  cómo atender conflictos,  cómo conducir una asamblea y una negociación, es decir, que los representantes políticos ¡sepan ser buenos gobernantes! En virtud de lo anterior, pensamos que se requieren materiales de capacitación que contribuyan a la formación de actitudes y métodos democráticos, basados en la ética del gobernante honesto, responsable, respetuoso, tolerante, flexible y buen servidor público, de un gobernante convencido de que es posible mandar obedeciendo y de que la eficacia, eficiencia y participación ciudadana son elementos que combinan perfectamente. Para la integración de los contenidos de este manual, hemos revisado las Leyes orgánicas municipales de los Estados de la Republica, así como las Constituciones políticas de los mismos, tratando de plasmar la diversidad política y cultural que existe en México en el ámbito del poder local. Agradecemos la colaboración de nuestro gran amigo Flavio Lazos, quien fuera integrante de Locallis, y ahora participa en Fundar, por sus aportaciones para el manual en lo referente a la economía de los municipios mexicanos. Aprovechamos para reconocer el apoyo que desde hace varios años la Rosa Luxemburg Stiftung ha dado a la labor de CESEM. Con la Rosa nuestra alianza es fundamental, ya que compartimos identidades y tareas que apuntan a la erradicación de una cultura política vertical y centralista por una cultura democrática, ciudadana y comunitaria. Con esta fundamentación, CESEM y la RLS ofrecemos a ustedes, el Manual de Gobierno Municipal en México, deseando que contribuya a la democratización, fortalecimiento y autonomía de los municipios mexicanos.

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1. ¿Qué es un municipio? De manera común, la gente tiene algunas ideas sobre lo que es un municipio. Por ejemplo, cuando dicen:

Voy al municipio a sacar el acta de nacimiento de mi hija

Voy al municipio a pagar mi impuesto predial

Esas personas se refieren al palacio municipal, o sea al lugar donde funciona el ayuntamiento o el gobierno municipal

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El gobierno municipal que también se le llama ayuntamiento es una parte del municipio. Pero no es el municipio.

Esa es la primera idea que se tiene del municipio; comunmente se le confunde con el palacio municipal o con el ayuntamiento. Siguiendo con los ejemplos, cuando alguien le pregunta a otra persona: Nací en la comunidad de Chiltoyac, perteneciente al municipio de Xalapa.

¿en que lugar naciste?

En esa respuesta entendemos que el municipio es un territorio que tiene localidades, comunidades, y una cabecera municipal. Al hablar de territorio no sólo debemos entender por éste una simple demarcación geográfica o un mapa, al hablar de territorio nos referimos también a la flora y a la fauna, y en general, a toda la naturaleza.

Debemos saber que el municipio es principalmente una comunidad formada por seres humanos que son las y los ciudadanos y que somos la parte más importante de un municipio.

¡Nosotros somos el municipio!

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Al hablar de comunidad ciudadana nos referimos a un espacio local y comunitario de convivencia humana, formado éste por viviendas, ríos, calles, montes, servicios, árboles, comercios, animales, industrias, cultivos, ganadería, edificios, etcétera. Estamos hablando de una pequeña sociedad que come y trabaja, que produce o vive el desempleo, que vende y compra, que se divierte, que hace deporte, que sufre de enfermedades, que procrea, educa y lleva a cabo otras actividades.

Escuela

Escuela Escuela

En resumen: un municipio es una comunidad de ciudadanas y ciudadanos que vive en un determinado territorio y que tiene su propio gobierno o ayuntamiento. 11

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2. ¿Qué es un ayuntamiento? El ayuntamiento es un grupo de personas encargadas de gobernar y administrar un municipio.

Dichas personas son elegidas por votación, por lo regular cada tres años.

Sin embargo, hay excepciones como en el caso de Oaxaca, en muchos municipios de población indígena e incluso en algunos municipios no indígenas que regidos por “usos y costumbres”, los ayuntamientos pueden elegirse cada año o por un tiempo menor a los tres años y mediante asambleas comunitarias u otros mecanismos de elección de acuerdo a las prácticas de los pueblos. La Constitución General de la República da libertad para que cada Estado pueda decidir la duración del mandato de sus ayuntamientos.

Estado de Coahuila

Los ayuntamientos tienen una casa o edificio que es el palacio municipal

En el Estado de Coahuila, duran cuatro años. Estado de Oaxaca

Co M Po nsti ex lít tu i 19 ca ica ció n 17 na

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Los ayuntamientos están formados por:

Síndica o Síndico

En algunos Estados de la República, los ayuntamientos sólo tienen un síndico.

Síndicos

Regidoras y Regidores

En otros Estados, los ayuntamientos pueden tener dos síndicos si la población es grande.



En casi todos los Estados de la República, los integrantes del ayuntamiento se eligen mediante la votación.



Cada partido presenta una sola planilla en la que a la cabeza figura la candidata o candidato a la Presidencia municipal y la gente al votar por esa persona automáticamente vota por las y los síndicos y las y los regidores.



Pero otro caso ocurre en el Estado de Nayarit donde las elecciones por voto directo y secreto son distintas.



Allí las y los regidores se eligen aparte de la Presidencia y la Sindicatura.



Al interior de cada municipio se hace una división territorial y la ciudadanía de ese territorio, en edad de votar, elige a cada regidor por medio de elección directa.

Pr es ide Sín nt dic e Re os gid or es

Presidenta o Presidente

Estado de Nayarit

Los ayuntamientos cuentan además con autoridades auxiliares que funcionan en las localidades y comunidades que se encuentran afuera de la cabecera municipal.  Estas autoridades reciben distintos nombres:  delegados,  agentes municipales,  jefes de tenencia o encargados del orden,  ayudantes municipales y  presidentes de juntas municipales.  Cada ayuntamiento tiene a su cargo a dos servidoras o servidores públicos que se encargan de labores administrativas: el secretario o secretaria municipal y el tesorero o tesorera municipal;  Estos servidores públicos no forman parte del ayuntamiento, sino que son funcionarios o funcionarias que están a su servicio.

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3. ¿Quién es la máxima autoridad de un municipio? Casi todo el mundo piensa que la máxima autoridad de un municipio y del ayuntamiento es el presidente o la presidenta municipal,

pero esto... ¡ no es así !

Según el Artículo 39 de nuestra Constitución, la soberanía reside en el pueblo. Si la representación del pueblo de un municipio está en el ayuntamiento, entonces la máxima autoridad del municipio es el Cabildo, que es la asamblea donde están presentes los integrantes del ayuntamiento: presidenta o presidente, síndicos y regidores. En el Cabildo se deciden los acuerdos más importantes del ayuntamiento y de la vida municipal. Las sesiones de Cabildo se deben de celebrar periódicamente de manera ordinaria, dependiendo de la Ley Municipal de cada Estado:  en algunos Estados de la República, las sesiones de Cabildo deben hacerse cada semana;  en otros Estados, deben realizarse dos sesiones al mes o cada quince días, por lo menos;  mientras que en otros Estados, las sesiones se deben realizar “cada vez que sea necesario”.

Sesión de Cabildo

Regidoras y Regidores

Presidenta

Síndico

Las sesiones de Cabildo deben ser públicas por regla general y en ellas puede participar la ciudadanía. Solamente cuando se traten asuntos que afecten la moral o por cualquier causa justificada, las sesiones serán privadas. Los acuerdos en el Cabildo se toman por mayoría de votos de entre sus integrantes, y en la mayoría de los Estados de la República, en caso de empate, el voto del presidente o la presidenta municipal es el que decide. Las sesiones de Cabildo se realizan en un salón del Palacio Municipal pero también pueden efectuarse en la plaza pública, en los bajos del Palacio, en una plaza, en un teatro, en un cine, en una escuela, o en algún otro lugar público y adecuado para esta actividad.

* ** * *** * * **

Participación Ciudadana

Estos espacios requieren ser declarados recintos oficiales para tal evento por parte del propio Cabildo.

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4. ¿Cuáles deben ser las facultades y obligaciones de una presidenta o presidente municipal? Las presidentas y los presidentes municipales como representantes de los ayuntamientos deben: Presidir y convocar las sesiones del Cabildo.  Cumplir y hacer cumplir en el municipio las leyes de orden estatal, federal y municipal.  Comunicar y ejecutar los acuerdos del Cabildo.  Vigilar la recaudación en todas las ramas de la hacienda municipal.  Vigilar la correcta administración del patrimonio.  Promulgar y publicar los reglamentos y disposiciones administrativas del ayuntamiento.  Suscribir los convenios y contratos del ayuntamiento.  Tener bajo su mando la policía municipal.  Vigilar que la prestación de los servicios públicos como el agua, alumbrado, limpia y otros servicios, se esté proporcionando de la mejor manera y que la administración de los mismos sea honrada y eficaz.  Autorizar las órdenes de pago a la tesorería municipal.  Proponer al ayuntamiento al secretario o secretaria y al tesorero o tesorera.  Proponer al ayuntamiento la integración de las comisiones municipales vigilando que cumplan con su función.  En representación del ayuntamiento, rendir el informe anual de sus actividades.  Planear, programar, presupuestar, coordinar y evaluar el desempeño de todas las unidades de la administración pública municipal.  Formular, ejecutar y evaluar el Plan Municipal de Desarrollo, así como los demás planes municipales.  Promover la participación de la ciudadanía y de las comunidades en los programas del municipio.  Visitar los centros de población: rancherías, comunidades, pueblos, barrios y colonias del municipio. 

Estas son algunas de las más importantes obligaciones y facultades del presidente o presidenta municipal que están contempladas en las Leyes Orgánicas Municipales.

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Sin embargo, en muchos casos, el presidente municipal, en la práctica: No convoca a Sesiones de Cabildo, o cuando las convoca es para “legalizar” acciones ya tomadas por él.  Se enriquece ilegalmente a costa del dinero del municipio.  Dispone del Palacio Municipal, los vehículos, los bienes públicos como si fueran patrimonio personal. Así, la hacienda municipal sirve para efectuar “combinaciones” con el fin de comprarse y adquirir autos, terrenos, negocios, etcétera.  Todos los asuntos importantes del ayuntamiento los decide él solo sin consultar absolutamente a nadie, o únicamente lo hace con alguno o algunos de sus “subordinados”.  No visita las comunidades. En su campaña política para ser alcalde llegó a visitar a todas o casi todas las comunidades, colonias o barrios; sin embargo, llegando a la presidencia, sale muy poco del Palacio Municipal o se la pasa en la capital del Estado o en un lugar preferido, y habrá muchas comunidades que nunca volverá a visitar.  Considera al secretario(a) y al tesorero(a) como empleados a su servicio y él los pone o los quita cuando quiere.  También considera a los síndicos y regidores como empleados a su servicio.  No le preocupa si los servicios públicos son eficientes y bien administrados. La comunidad sufre deficiencias en los servicios de agua, alumbrado, limpia, etcétera.  Tiene una forma de ser autoritaria, déspota, engreída. El poder se le ha subido a la cabeza. Ha cambiado su forma de ser; su comportamiento social es destructivo.  En la medida en que un solo hombre (o mujer), el presidente municipal, se convierte en el mandamás del pueblo y todo lo decide él, en esa medida los problemas de la comunidad se hacen más graves, ya que la solución de la problemática municipal requiere de la participación de mucha gente. 

La infinidad de conflictos municipales que ocurren en toda la República por demandas de tipo comunitario, nos indican que existe un potencial de la gente que no encuentra canales democráticos para su participación. Aunque en nuestro país hay más mujeres que hombres, en la actualidad hay pocas presidentas municipales.

2439

municipios

2340

presidentes municipales

99

presidentas municipales

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En México tenemos 2,439 municipios a lo largo y ancho de los 31 Estados del país y en el año 2008 el porcentaje de mujeres que ocupaban la alcaldía era de 4.1 es decir, sólo 99 mujeres ocupaban algunas alcaldías.

Las presidentas y presidentes municipales democráticos:



Abren el Cabildo a la gente.



No tienen miedo de darle la cara a su pueblo.



Respetan a los síndicos y a los regidores en el desempeño de sus comisiones.



Permiten que la hacienda sea controlada por la comuna (ayuntamiento).



Informan y rinden cuentas al pueblo.



Hacen reuniones periódicas en las comunidades, barrios y colonias.



El secretario y el tesorero no son personas a su servicio, sino al servicio de la comuna.



Son los coordinadores y coordinadoras generales de los ayuntamientos.

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5. ¿Cuáles son las actividades principales de la síndica o el síndico? Las síndicas y síndicos deben: 

Procurar y defender los intereses del municipio en los litigios (pleitos legales)



Formar parte de la Comisión de Hacienda Municipal.



Vigilar la aplicación correcta del presupuesto.



Revisar y firmar las cuentas, órdenes de pago, cortes de caja y demás documentos de la tesorería.



Vigilar que la cuenta pública se presente con oportunidad al congreso del Estado.





que se presenten con relación a los manejos de la Hacienda municipal.

Tener al corriente el inventario de bienes muebles e inmuebles del

ayuntamiento.

Fungir como Agente del Ministerio Público en los casos que la ley lo

establezca.



Asistir con voz

y voto a las sesiones de Cabildo.



Vigilar que en los actos del ayuntamiento, se respeten los Derechos Humanos y se observen las leyes y demás ordenamientos vigentes.

En resumen: Las y los Síndicos son los defensores de los derechos del municipio, son una especie de procuradores de justicia (abogados del pueblo), representan legalmente al ayuntamiento en los pleitos jurídicos y tienen un papel de vigilancia y auxilio en la hacienda municipal.

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Las síndicas y síndicos En la práctica de los actuales ayuntamientos en México, los presidentes municipales absorben funciones que le corresponden a las sindicaturas, particularmente en lo relacionado a la vigilancia de la hacienda municipal, por lo que en muchos municipios sólo se conoce al síndico o a la síndica por el encargo que tienen de las labores de la policía municipal, y por su auxilio a los agentes del ministerio público.

Se debe considerar que en muchos municipios de México se carece de una agencia del Ministerio Público y que, por otra parte, donde existen juzgados municipales, sobre todo en zonas rurales, los jueces no residen en ese municipio y están muy pocas horas en el ejercicio de su función. Por lo tanto, la responsabilidad de los síndicos y síndicas municipales es bastante grande ya que diariamente, ante ellos se presentan casos de mujeres maltratadas y golpeadas por sus parejas, casos de maltrato infantil, riñas familiares y entre vecinos, e infinidad de alteraciones del orden público. El ayuntamiento a través de las y los síndicos, es un contacto permanente con esta parte de la vida cotidiana de la población;

sin embargo, su labor se realiza con poca o nula preparación jurídica y desconocimiento de los derechos humanos.

En las regiones indígenas y rurales, las y los síndicos respetan las costumbres y normas internas de las comunidades, pero en otros casos aplican solamente su criterio personal. Las y los síndicos democráticos deberían ser algo así como el Consejo de Vigilancia de los ejidosy comunidades. En éstos existe un Comisariado ejidal, que vendría a ser para el municipio la presidencia municipal, pero además existe el contrapeso del Consejo de Vigilancia, que en este caso vendría a ser el síndico o síndica municipal. Esta función de vigilancia es en primer lugar sobre el manejo de la hacienda municipal. Los síndicos deberían estar preparados, al menos de manera elemental en el conocimiento del manejo de las cuentas municipales , de la Constitución de la República y de los derechos humanos .

La ciudadanía vería en ellos y ellas a los vigilantes y defensores de sus derechos en los ayuntamientos. 19

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6. ¿Qué hace la regidora y el regidor? Las principales funciones de las regidoras y los regidores son:



Asistir con voz y voto a las Sesiones de Cabildo.



Proponer al ayuntamiento las medidas y tareas que consideren convenientes para el mejoramiento del municipio.



Atender las comisiones a su cargo e informar al ayuntamiento del desempeño de las mismas.



Asistir a las ceremonias cívicas.



Vigilar las ramas o dependencias administrativas que estén bajo su responsabilidad.



Promover la participación ciudadana en apoyo a los programas del ayuntamiento.



Participar en la revisión de documentación con la comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal.

En la práctica, en muchos casos, las regidoras y los regidores son empleados al servicio de la presidencia municipal y sus puestos son casi decorativos. Esto pasa sobre todo en las ciudades; en ellas, la presidencia concentra las decisiones importantes de la mayoría de las comisiones. El aparato administrativo formado por directores, técnicos y burócratas, pasa por encima del poder de decisión de las regidurías.

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El aparato administrativo de los ayuntamientos de las ciudades es una burocracia con muy buenos salarios, pero que obedece (desde su selección) a los criterios personales del presidente municipal. Estos funcionarios y empleados, que manejan en los hechos  el alumbrado público,  la limpia pública,  el agua potable,  la obra pública y  el conjunto de los servicios, deberían de ser electos por concursos públicos de selección y estar bajo la responsabilidad administrativa, en primera instancia, del regidor o regidora del ramo. Este panorama se complica cuando los regidores no asisten a trabajar al ayuntamiento y sólo se presentan para ocasiones especiales, cumplir con las apariencias y, ¡claro está, a la hora de cobrar su sueldo!

Las regidoras y los regidores deben asumir sus comisiones y hacer respetar su capacidad para resolver los problemas de sus áreas de trabajo, sin que esto signifique autonomía absoluta con respecto al conjunto del ayuntamiento y del presidente municipal, a quienes es un deber informarles sobre su trabajo, pero debe entenderse que

el regidor y la regidora son ediles con voz y voto, y con derechos igual que cualquier integrante del ayuntamiento.

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7. ¿Quiénes son las autoridades auxiliares? Las autoridades auxiliares son servidoras y servidores públicos del ayuntamiento que funcionan en los territorios de las comunidades que se localizan fuera de la Cabecera municipal.

Reciben diferentes nombres dependiendo del Estado de la República que se trate, así tenemos que autoridades auxiliares pueden ser: delegados y subdelegados, agentes y subagentes municipales, agentes de policía, jefes de tenencia y encargados del orden. También existen autoridades auxiliares que funcionan de manera colegiada, como las juntas municipales del Estado de Durango.     

Las autoridades auxiliares tienen entre sus funciones:          

Cuidar el orden, la seguridad y la tranquilidad de los vecinos del lugar. Supervisar la prestación de los servicios públicos y proponer las medidas necesarias al ayuntamiento para mejorarlos y ampliarlos. Hacer y actualizar el padrón de habitantes de su territorio. Cumplir y ejecutar las resoluciones del ayuntamiento. Apoyar a la población para que tenga los certificados y actas del registro civil. Procurar que se establezcan los centros educativos y que se cumpla con la enseñanza obligatoria y la alfabetización. Informar a las autoridades municipales y de protección civil sobre siniestros, epidemias o cualquier otro evento que ponga en riesgo la seguridad de la población. Practicar las primeras diligencias donde no haya juez municipal o rural y fungir como auxiliar del ministerio público y de la policía judicial. Procurar la captura de los presuntos delincuentes poniéndolos a disposición de las autoridades competentes. Fungir como conciliadores en los conflictos vecinales.

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¿Cómo se elige a las autoridades auxiliares?

Las autoridades auxiliares se pueden elegir de las siguientes maneras, de acuerdo con la legislación en cada Estado de la República.

Por designación directa El ayuntamiento nombra directamente a quien ha de ser la autoridad auxiliar.

Por voto secreto Se convoca a la ciudadanía a emitir sufragio (voto) con boletas únicas preparadas con anticipación a favor de los candidatos registrados, en ánforas o urnas. Se debe formar una junta electoral para tal efecto. Los candidatos triunfadores son los que obtengan el mayor número de votos.

Por plebiscito en asamblea Se convoca a los vecinos y vecinas para que en forma expresa y pública propongan a las candidatas y candidatos, en una asamblea pública y ahí, por mayoría se decide quién será la autoridad auxiliar.

Por auscultación Los grupos de ciudadanos de una congregación expresan su apoyo por escrito a favor de dos personas: el propietario y el suplente. El ayuntamiento recibe este escrito y si no hay oposición manifiesta de la ciudadanía, las personas mencionadas quedan en los cargos.

Por usos, costumbres y prácticas tradicionales En algunos municipios, sobre todo de población indígena como en el Estado de Oaxaca, las autoridades auxiliares se eligen por las propias comunidades y el gobierno respeta las tradiciones, usos, costumbres y prácticas democráticas propias de las localidades. Esta forma de elección incluye el plebiscito y la asmblea. Las autoridades auxiliares que viven en localidades algunas de ellas muy alejadas de la cabecera municipal y de centros urbanos, tienen responsabilidades muy importantes y actúan en muchos órdenes de la vida social.

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autoridades auxiliares Estas autoridades deberían de participar en las decisiones del ayuntamiento y las leyes deberían garantizar un mayor respaldo a su labor. En buena parte de los municipios de México se presenta el fenómeno de la concentración de recursos por parte de la cabecera municipal en detrimento de las comunidades olvidadas, lo que alimenta el deseo de la creación de nuevos municipios. El olvido en el que viven las comunidades provoca una serie de conflictos políticos y sociales que se manifiestan en divisiones profundas.

Estas situaciones se recrudecen en las elecciones municipales.

Existe la enorme tarea de la educación con equidad de género a estas autoridades para que puedan atender los múltiples casos que se presentan en las comunidades por abusos y maltratos a las mujeres. Es positivo que cada vez mayor número de mujeres accedan a los cargos como autoridades auxiliares. Por otra parte, es importante señalar que hay en México ejemplos sobresalientes de municipios con policía comunitaria como en la Costa y la Montaña del Estado de Guerrero. Allí las poblaciones indígenas, mestizas y afromexicanas mediante prácticas de impartición de justicia como los juicios públicos en asambleas y de sanción tradicional como la restitución del daño por trabajo y la aceptación del “error” cometido, mantienen el orden y generan un servicio de seguridad pública eficiente donde la policía está controlada por las propias comunidades.

Estado de Guerrero

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8. ¿Cuál es la labor del secretario y la secretaria del ayuntamiento? El ayuntamiento en su totalidad, es decir, presidenta o presidente, síndicos y regidores deberán nombrar a una persona que se haga cargo de la Secretaría Municipal.

El secretario o la secretaria municipal tendrá a su cargo la oficina y el archivo del ayuntamiento entre otras funciones. Entre las facultades y atribuciones de la secretaría del ayuntamiento se encuentran las siguientes: Estar presente en las sesiones del Cabildo donde tiene derecho a voz informativa y levantar las actas de estas sesiones.  Atender lo relativo al envío de acuerdos del ayuntamiento que requieran la aprobación del Congreso o del Ejecutivo del Estado.  Citar oportunamente por escrito a las sesiones de Cabildo.  Dar cuenta de todos los asuntos que diariamente se tramitan al presidente.  Expedir y certificar copias, credenciales y demás documentos que acuerde el ayuntamiento.  Autorizar con su firma y rubrica, según corresponda, las actas y documentos emanados del ayuntamiento.  Presentar en la primera sesión de Cabildo de cada mes, un informe sobre los asuntos que haya pasado a las comisiones, los despachados en el mes anterior y los asuntos pendientes.  Compilar y mantener actualizadas las leyes, decretos, reglamentos, gacetas oficiales del Estado, circulares relativas al gobierno municipal, así como publicar los Bandos, reglamentos, circulares y disposiciones de observancia general.  Llevar el registro de los ciudadanos en el padrón municipal. 

Es bueno aclarar que esta persona no es el secretario o la secretaria del presidente municipal, sino el secretario o la secretaria del ayuntamiento. 25

E

secretaria o secretario del ayuntamiento

L secretario o la secretaria del ayuntamiento debe tener un libro foliado con las actas de Cabildo. De su trabajo depende el archivo municipal y todos los documentos. En algunos municipios el secretario o la secretaria extralimita sus funciones y llega a tener la capacidad de decisión por encima de síndicos y regidores. En otros en cambio, se le reduce a ser un mero escribiente (empleado de oficina que escribe o copia lo que le mandan).

Sin información pública no hay transparencia. La información de los archivos es un patrimonio histórico que pertenece a los pueblos; desgraciadamente numerosos documentos de valor histórico y con utilidad se han destruido, se queman o se roban y se llevan a casas particulares. De ahí la necesidad de que los secretarios y secretarias, y los ayuntamientos salvaguarden estos documentos. También es necesario que se cumpla con la ley para que se proteja este patrimonio público.

ento de H . A yun t a mi Río Escondido al Archivo Municip

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de Gobierno Municipal en México

9. ¿Cuál es la labor de una tesorera o tesorero municipal? La tesorería es el órgano de recaudación del ayuntamiento y está a cargo de una tesorera o un tesorero municipal, el cual tiene que ejercer las siguientes funciones: Recaudar, administrar, concentrar, custodiar y vigilar los ingresos municipales.  Tener voz informativa para la formulación y discusión de los presupuestos.  Cuidar que los cobros se hagan con exactitud y no haya pérdidas económicas.  Llevar al día los libros de caja, diario, cuenta corriente y auxiliares de registro que sean necesarios para la debida comprobación de los ingresos y egresos.  Participar en la elaboración de proyectos de presupuestos de egresos y de ingresos que corresponde al ayuntamiento.  Elaborar la cuenta pública anual que debe presentar el ayuntamiento al congreso del Estado.  Proporcionar todos los informes que el ayuntamiento o alguno de sus integrantes lo solicite.  Cuando el presidente municipal le ordene algún gasto que no reúna los requisitos legales, el tesorero se abstendrá de pagarlo, fundando por escrito su abstención, pero si el presidente insistiera en su orden, la misma será cumplida bajo la responsabilidad del presidente. 

Una tesorera o tesorero municipal debe tener dos características centrales: 1. Ser una persona de honrada trayectoria, y 2. Tener una mínima preparación o aptitud para el manejo de dinero o de recursos. Los problemas que viven las tesorerías municipales en el país, también se deben, aparte del incumplimiento de estos puntos, a la poca información que el pueblo recibe del manejo de los recursos del ayuntamiento. Mientras la comunidad no tenga información y no se le pida su opinión sobre el manejo de los recursos del municipio, los ayuntamientos seguirán siendo grupos y aparatos políticos separados y desvinculados del conjunto de la población.

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10. ¿Qué son las comisiones? Las comisiones son las áreas de trabajo que tiene a su cargo el ayuntamiento,

estas propondrán los proyectos de solución a los problemas de su conocimiento, a efecto de atender todos los ramos de la administración municipal.

Las comisiones pueden ser las siguientes:

Gobernación, reglamentos y circulares

Equidad y género

Asuntos indígenas

Hacienda municipal

Educación, cultura y deportes

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Seguridad pública

Derechos humanos

Tránsito y vialidad

Desarrollo urbano y obras públicas

Salud y asistencia social

Asentamientos humanos, fraccionamientos, licencias y regularización de la tenencia de la tierra

Ecología y medio ambiente

Desarrollo agropecuario

Comercio y fomento industrial

Participación ciudadana

Agua potable y alcantarillado

Ornato, parques y jardines

Registro civil y panteones

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L

as comisiones deben repartirse entre todas y todos los integrantes del ayuntamiento de manera equitativa en la primera sesión de Cabildo, es decir, inmediatamente después de la toma de posesión.

 Cada comisión vigilará y cuidará el funcionamiento de la dependencia a su cargo y puede proponer el nombramiento, la suspensión y la remoción de los empleados y empleadas a su cargo.  Cada comisión programa, supervisa y vigila la aplicación de los recursos económicos, realiza la promoción de sus actividades ante la ciudadanía e informa al ayuntamiento.  Cuando en la prestación de un servicio participa el ayuntamiento con la federación o con el gobierno del Estado, la edil o el edil (integrante del ayuntamiento) responsable de la comisión debe proponer un presupuesto de gastos al ayuntamiento;  además debe aplicar o proponer reformas a los reglamentos.

programar

COMISIONES

supervisar

aplicación recursos actividades

vigilar

COMISIONES

promover actividades

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ciudadanía

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11. ¿En qué consiste la comisión de hacienda? La comisión de hacienda será integrada por un síndico o síndica y por un regidor o regidora que designe el ayuntamiento. Tendrá las siguientes funciones:

        

Elaborar los proyectos de iniciativa de Ley del Plan de Ingresos y el Presupuesto de Egresos del Ayuntamiento, en coordinación con las dependencias y entidades municipales. Vigilar a la tesorería municipal e informar al ayuntamiento de las irregularidades. Analizar y dictaminar sobre las cuentas que rinda el Tesorero o la tesorera Municipal. Vigilar que se realice la recaudación o el cobro de los impuestos, derechos y contribuciones de acuerdo a la ley. Vigilar que el gasto del ayuntamiento se haga de acuerdo a las partidas aprobadas en el presupuesto de egresos. Revisar y firmar los cortes de caja. Examinar las cuentas de las comisiones. Examinar las cuentas documentadas de la tesorería. Actualizar el inventario de los bienes muebles e inmuebles del ayuntamiento.

Las haciendas de los municipios del país dependen en gran medida de las participaciones y aportaciones que les otorga el gobierno federal a través de los gobiernos de los Estados.

Gobierno Federal

Gobiernos Estatales

Gobiernos Municipales

Los municipios dependen de los recursos del gobierno federal. Se estima que del total de los ingresos municipales de todos los ayuntamientos del país, entre el 80% y el 90% de estos ingresos, provienen de los recursos del gobierno federal, a través de: A) las participaciones federales (ramo 28 del presupuesto de egresos de la federación) y B) las aportaciones federales (ramo 33 del presupuesto de egresos de la federación).

31

Es bajísimo el monto de los recursos que captan los ayuntamientos por sí mismos. Solo los municipios urbanos pueden recibir ingresos significativos por vía del cobro del impuesto predial. México sigue siendo un país centralista en el aspecto económico de los gobiernos. Del gran total de recursos públicos en el año de 2007, la federación se quedó con el 69%, las entidades de la república se quedaron con el 24% y solamente el 7% les correspondió a los municipios.

7%

69% 24%

¡Estamos hablando de 2,439 municipios de todo el país! Este porcentaje que la federación le otorga a los municipios de nuestro país es uno de los más bajos de Latinoamérica. Por ejemplo, en Guatemala y Costa Rica el gobierno central destina por lo menos el 10% del presupuesto nacional a los municipios. Actualmente, es a través de los recursos del ramo 33 como el gobierno federal destina recursos a los municipios para la realización de obra pública. Estos recursos son superiores, hablando de obras públicas, a los recursos propios del ayuntamiento. En la mayoría de los municipios, un problema grave es el pago del alumbrado público. Por este concepto, los ayuntamientos llegan a destinar sumas que rebasan el 50% de sus ingresos

¡

!

La realidad de la hacienda municipal es que nunca podrá ser fortalecida si no se promueven reformas de las leyes fiscales que permitan a los municipios captar directamente impuestos que ahora capta la federación.

32

Por otra parte, una necesidad vital para descentralizar la vida nacional y democratizar las decisiones consiste en otorgar a los municipios del país un porcentaje superior al del conjunto del

10%

presupuesto federal

Esta solución tendría un gran impacto en la modernización política de los propios municipios. Por ahora, la mayoría de ellos debe conformarse con recursos que solo le sirven para el pago de los sueldos y el mantenimiento del aparato administrativo. sin embargo, el fortalecimiento económico del municipio debe ir acompañado de una verdadera democratización de la vida local y reglas claras de transparencia, que obliguen a los gobiernos a obedecer la participación ciudadana en las decisiones del destino de esos recursos para evitar la corrupción y aprovecharlos adecuadamente.

De todos es conocido cómo las compañías constructoras y los alcaldes se asocian para desviar fuertes cantidades de dinero que deberían de invertirse en beneficio del municipio. Y quitando esas casuchas, nuestro municipio contará con el más lujoso fraccionamiento de la región.

Constructora

del Paraíso

Proximamente Fraccionamiento

Lomas del paraíso

33

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12. ¿Cuáles son los ingresos municipales? Los ingresos del municipio son las percepciones en dinero, especie, crédito, servicios o cualquier otra forma que incremente la Hacienda Municipal y que se destine al gasto público. Los ingresos municipales se dividen en tributarios y no tributarios. Tienen el carácter de tributarios: los impuestos, las contribuciones por mejoras y los derechos. Se consideran no tributarios: los productos, aprovechamientos, participaciones y financiamientos. La Ley de Ingresos

también llamado Plan de Ingresos de cada municipio, estimará el monto gobal de los ingresos que, por cada uno de estos conceptos, obtendrá el ayuntamiento durante el ejercicio fiscal de que se trate.

En esta Ley de Ingresos el ayuntamiento establece las tarifas, las cuotas y las tasas de sus cobros.

Impuestos. el predial, la compra venta de inmuebles, las rifas, los concursos, las loterías, los sorteos, etcétera.  Contribuciones especiales. son las que se obtienen por alguna obra o por algún servicio especial.  Derechos. estos son los cobros por algún servicio administrativo como los certificados, títulos, copias, legalización de firmas, por servicio de registro civil, expedición de permisos y licencias, alumbrado, basura, rastros, ocupación de la vía pública (ambulantes), mercados, panteones.  Productos. estos son los cobros por el aprovechamiento y la explotación de sus bienes patrimoniales: como las concesiones de algún servicio público a particulares, la explotación o arrendamiento de inmuebles (edificios, instalaciones, mercados, centros sociales, etc.), venta de bienes muebles e inmuebles.  Aprovechamientos. estos son otro tipo de cobros, tales como: multas, recargos, reintegros, donativos, indemnizaciones.  Participaciones. este es el dinero que llega de la federación, producto de la recaudación federal y que cada mes, el gobierno del Estado, distribuye entre los municipios.  Créditos. son préstamos de la federación, del gobierno del Estado, de bancos o de particulares. 

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13. ¿Qué es un plan de ingresos y un presupuesto de egresos? Cada año, dependiendo de la entidad federativa que se trate, el ayuntamiento presentará al Congreso local su anteproyecto de plan de arbitrios y presupuesto de egresos para el año próximo. El plan de ingresos es un cálculo de lo que el ayuntamiento va a captar mes con mes por concepto de impuestos, derechos, participaciones, etc. Esto se hace en base a los que captó durante el año en curso y previendo los posibles cambios para el año próximo. El presupuesto de egresos es una previsión de los gastos que mes con mes tendrá el ayuntamiento en todo el año siguiente, como son los salarios y la obra pública.

  

impuestos derechos ingresos otros

egresos

 

salarios obra pública

Sede del Ayuntamiento

Como ejemplo presentamos el Plan de ingresos para el ejercicio fiscal de 2009 del Municipio de La Paz, Baja California, Sur. H. Xlll AYUNTAMIENTO DE LA PAZ, B.C.S. TESORERÍA GENERAL MUNICIPAL PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS DEL EJERCICIO 2009

PRESUPUESTO 2009

%

149, 311,618 114, 955,453 5, 158,148

21% 17% 1%

APROVECHAMIENTOS

82, 497,407

12%

INGRESOS EXTRAORDINARIOS

14, 999,997

2%

Subtotal

366, 922,623

53%

INGRESOS FEDERALES PARTICIPACIONES FONDOS DE APORTACIONES FEDERALES

202, 275,104 128, 929,766

29% 18%

Subtotal

331, 204,870

47%

TOTAL DE INGRESOS

698, 127,493

CONCEPTO INGRESOS PROPIOS IMPUESTOS DERECHOS PRODUCTOS

La Paz Estado de Baja California Sur

35

100%

A continuación les presentamos el presupuesto de EGRESOS de 2009 del mismo ayuntamiento.

H. Xlll AYUNTAMIENTO DE LA PAZ, B.C.S. TESORERÍA GENERAL MUNICIPAL PRESUPUESTO 2009

CONCEPTO GASTO CORRIENTE SERVICIOS PERSONALES MATERIALES Y SUMINISTROS SERVICIOS GENERALES

Subtotal GASTOS DE CAPITAL SUBSIDIOS Y FOMENTOS BIENES MUEBLES E INMUEBLES OBRAS PÚBLICAS Subtotal OTROS GASTOS DEUDA PÚBLICA

TOTAL DE EGRESOS

PRESUPUESTO 2009

%

471, 883,578 66, 622,011 88, 769,971

67% 9% 13%

627, 275,560

89%

5, 727,619 6, 245,905 57, 263,102

1% 1%

69, 236,626

10%



Como se puede observar en estos presupuestos, el ayuntamiento del municipio de La Paz, estado de Baja California Sur, obtiene casi un 50% de sus INGRESOS por los recursos federales.



Mientras que el 89% de los gastos de su presupuesto de EGRESOS los destina a pago de sueldos y gasto corriente.

8%

1%

6, 972,480

703, 484,666

100%

Desgraciadamente en nuestro país tenemos pocos casos de municipios que desarrollan el presupuesto participativo que es una herramienta por medio de la cual, la población de un municipio participa en la elaboración, seguimiento y aplicación del presupuesto municipal. La gente decide en qué y cómo se va a repartir y realizar el gasto del ayuntamiento. El presupuesto participativo nació en el municipio de Porto Alegre, Brasil y de ahí se ha extendido a muchas partes del mundo, incluso está reglamentado en algunas Constituciones nacionales como las de Perú y Ecuador. El presupuesto participativo con enfoque de género es otro cambio que se necesita, ya que por lo común los presupuestos municipales no contemplan las necesidades de las mujeres en todos los aspectos de la vida local.

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14. ¿En qué consiste la comisión de equidad de género? Son funciones de ésta comisión:



Promover la planeación del desarrollo municipal, bajo una perspectiva de equidad e igualdad de géneros.



Fomentar la generación y aplicación de mecanismos que permitan el acceso de la mujer a los beneficios de los programas municipales en condiciones de igualdad.



Gestionar que los apoyos y recursos que se soliciten, ya sea individualmente o a través de organizaciones o asociaciones cumplan en su distribución con el principio de equidad de género.



Establecer coordinación con Institutos e instancias similares para desarrollar proyectos o programas a favor de las mujeres.



Fomentar la creación de los espacios de expresión para que las mujeres puedan dar a conocer sus necesidades e inquietudes sin distinción o discriminación.



Impulsar en el municipio los programas que a favor de las mujeres promuevan organismos nacionales e internacionales y diseñar y aplicar los propios.



Cuidar el cumplimiento de la obligación de que las niñas y los niños en edad escolar asistan a las escuelas.



Promover y organizar la participación de los ciudadanos y de los vecinos en las actividades del ayuntamiento, desde una perspectiva de equidad de género.

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15. ¿En qué consiste la comisión de asuntos indígenas? Esta comisión tendrá las siguientes funciones:



Coadyuvar con las instancias y áreas competentes al impulso del desarrollo regional de las zonas indígenas, con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, buscando las acciones coordinadas entre los tres niveles de gobierno federal, estatal y municipal, y con la participación de las comunidades, buscar sus justas y equitativas medidas para mejorar las condiciones de vida de las mismas.



Vigilar que las diferentes instancias de gobierno garanticen e incrementen los niveles de escolaridad, favoreciendo la educación bilingüe e intercultural, la alfabetización, la conclusión de la educación básica, la capacitación productiva y la educación media superior, buscando un sistema de becas para estudiantes indígenas en todos los niveles.



Promover la incorporación de las mujeres indígenas al desarrollo, mediante el apoyo a los proyectos productivos, la protección de su salud, el otorgamiento de estímulos para favorecer su educación y su participación en la toma de decisiones relacionadas con la vida comunitaria.



Impulsar los mecanismos adecuados para extender la red de comunicaciones que permita la integración de las comunidades, mediante la construcción y ampliación de vías de comunicación.



Participar en la organización de las actividades productivas y el desarrollo sustentable de las comunidades indígenas mediante acciones que permitan alcanzar la suficiencia de sus ingresos económicos, así como la incorporación de tecnologías para incrementar su propia capacidad productiva, procurando asegurar el acceso equitativo a los sistemas de abasto y comercialización.



Buscar mecanismos de consulta a los pueblos indígenas, para que sean tomados en cuenta en la elaboración del Plan Municipal de Desarrollo, y en su caso incorporar las recomendaciones y propuestas que ellos realicen.

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16. ¿En qué consiste la comisión de gobernación, reglamentos y circulares? Esta comisión tendrá las siguientes funciones:



Proponer la expedición, actualización y difusión de los bandos, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general, y proponerlos al ayuntamiento.



Vigilar el debido trámite de los documentos oficiales del ayuntamiento.



Vigilar el cumplimiento de las obligaciones ciudadanas.



Vigilar que se cumpla con la elaboración del padrón de los habitantes del municipio, así como las estadísticas.



Vigilar el funcionamiento de la cárcel municipal preventiva y velar por el respeto a los derechos fundamentales de las personas recluidas.

do Ban

Reglamentos

Circulares

39

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17. ¿En qué consiste la comisión de derechos humanos? Esta comisión tendrá las siguientes funciones:



Recibir quejas o denuncias y conocer e investigar de oficio de presuntas violaciones de los derechos humanos atribuidas a las autoridades municipales y a particulares que presten un servicio público municipal concesionado.



Realizar denuncias de oficio o a instancia de cualquier persona ante las comisiones nacional o estatal de derechos humanos, por presuntas violaciones que cometan autoridades federales o estatales.



Solicitar a las autoridades municipales señaladas como resposables, informe, sobre el asunto sujeto a su investigación. Las autoridades municipales estarán obligadas a atender cualquier solicitud de la Comisión Municipal de Derechos Humanos, en el desempeño de sus funciones.



Emitir recomendaciones públicas, autónomas, no vinculatorias, denuncias y quejas en contra de las autoridades respectivas.



Procurar la conciliación entre los quejosos y las autoridades en los casos de faltas a los bandos y reglamentos de policía y buen gobierno por parte de aquellos.



Orientar a los particulares en la defensa de sus derechos cuando la queja o denuncia que se presente ante la comisión de derechos humanos no sea de su competencia.



Presentar anualmente un informe al ayuntamiento sobre el ejercicio de sus atribuciones, mismo que hará público por los medios adecuados.

40



Formular propuestas de reforma a las disposiciones jurídicas municipales y a las prácticas administrativas que sean de la competencia del ayuntamiento y que redunden en una mejor protección de los derechos humanos de la población del municipio.



Fomentar la cultura de los derechos humanos en el municipio.



Coordinarse con organismos estatales y nacionales tendientes a lograr una mejor defensa y promoción de los derechos en el Estado.

sy Pregunta s respuesta sobre el

no gobierip al munic

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18. ¿En qué consiste la comisión de educación y cultura? Esta comisión debe:



Vigilar y coordinar las actividades educativas en el municipio.



Coadyuvar con los gobiernos federal y estatal en el cumplimiento de las disposiciones que en materia de educación establezcan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política del Estado.



Fomentar el establecimiento y operación de centros de cultura, bibliotecas y esparcimientos públicos.



Visitar las escuelas y conocer las necesidades y problemática escolar.



Procurar que los niños en edad escolar vayan a la escuela.



Promover la recreación y la cultura mediante la participación popular.



Observar que se cumpla con el calendario escolar.



Promover el deporte en el municipio.



Crear becas para estudiantes sobresalientes.

en EDUCACIÓN ha afectado seriamente la ED UC AC IÓ N El bajo presupuesto

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19. ¿En qué consiste la comisión de salud y asistencia social? Esta comisión debe: 

Establecer y aplicar en coordinación con las autoridades competentes los programas de salud pública.



Promover la integración y aplicación de programas de asistencia social, especialmente a favor de los habitantes de las zonas marginadas de la municipalidad.



Integrar una política municipal de combate al alcoholismo, la drogadicción y toda actividad que deteriore la dignidad de la persona.



Favorecer la creación de centros de integración, tratamiento y adaptación juvenil.



Inspeccionar los hospitales y centros de salud para vigilar el buen trato a los enfermos.



Vigilar que existan condiciones de salubridad en construcciones y comercios.



Apoyar la creación de asilos o casa hogar.



Vigilar que el funcionamiento de los rastros municipales se realice conforme a las disposiciones sanitarias aplicables.



Fomentar que la exposición, conservación y venta de alimentos al público se ajuste a las disposiciones sanitarias aplicables.



Auxiliar en las campañas de vacunación.



Apoyar a las autoridades sanitarias, impedir condiciones insalubres o peligrosas en industrias y establecimientos.



Tratar de impedir plagas y epidemias.



Vigilar que se cumplan las disposiciones sanitarias en cines, teatros, escuelas, templos y otros centros públicos.



Coadyuvar con las autoridades competentes, en la supervisión de los estándares de potabilidad y sanidad del agua para el consumo humano.

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20. ¿En qué consiste la comisión de ecología y medio ambiente? Esta comisión tendrá las siguientes facultades:



Promover e inducir inversiones en la infraestructura ambiental encaminadas a favorecer el desarrollo sustentable del municipio.



Vigilar que se cumpla la ley en todas las obligaciones que tiene el ayuntamiento en materia ambiental.



Coadyuvar con las autoridades competentes en la preservación del derecho de toda persona a disfrutar de un ambiente sano.

44

45



Promover en el ámbito de su competencia, la preservación y la restauración del equilibrio ecológico, así como la protección al ambiente y los recursos naturales.



Fomentar la prevención de la contaminación de aguas que el municipio tenga asignadas o concesionadas.



Supervisar el cumplimiento de las disposiciones sobre los residuos sólidos, aguas residuales, drenaje, alcantarillado y saneamiento.

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21. ¿En qué consiste la comisión de desarrollo urbano y obras públicas? Esta comisión tiene las siguientes atribuciones:



Coadyuvar al cunplimiento de las disposiciones que en materia de desarrollo urbano y asentamientos humanos, corresponden al municipio.



Proponer la actualización de la nomenclatura de las calles, plazas, jardines y paseos públicos.



Programar y vigilar la ejecución de las obras de pavimentación, embanquetado, nivelación y apertura de calles y plazas.



Inspeccionar la construcción de obras materiales propiedad del municipio o formular, los presupuestos los presupuestos repectivos.



Inspeccionar la construcción de puentes, acueductos y presas, así como conservar las vías de comunicación.



Procurar la construcción de puentes, acueductos, presas y conservar las vías de comunicación.



Auxiliar a las autoridades relacionadas en la conservación del patrimonio histórico y cultural.



Participar en la formulación y aplicación del Plan de Desarrollo Urbano Municipal.



Supervisar la conservación, rehabilitación y mejoramiento de los panteones, mercados, jardines y parques públicos.



Impulsar la satisfacción del requerimiento social sobre la pavimentación, el embanquetado, la nivelación y la apertura de calles, plazas y jardines; así como la conservación de las vías de comunicación del territorio municipal.



Opinar sobre la ejecución de la obra pública municipal.



Vigilar el mantenimiento de los equipos y maquinaria destinada a la prestación de los servicios públicos municipales.

46

Además, los ayuntamientos están facultados para diseñar y echar a andar: 

los planes de desarrollo urbano,



reservas territoriales,



controlar y vigilar el uso del suelo,



intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra,



otorgar licencias y permisos de construcción y



crear y administrar zonas de reserva ecológica.

47

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22. ¿En qué consiste la comisión de comercio y fomento industrial? A esta comisión le corresponde: 

Establecer y aplicar, en coordinación con las autoridades competentes, una política de fomento de inversiones.



Coadyuvar con las dependencias y entidades competentes, en la aplicación de las disposiciones sobre precios, derechos comerciales, licencias y permisos.



Impulsar la concertación de convenios o acuerdos, que tengan por objeto otorgar facilidades para el establecimiento en el municipio de fuentes de trabajo o de inversiones de elevada rentabilidad económica.



Cuidar que en los mercados y plazas no se altere el orden, procurando la locación mejor y más cómoda de los vendedores.



Vigilar que el manejo de alimentos y bebidas se haga en lugares y formas adecuadas y que reúnan las condiciones higiénicas necesarias.



Vigilar que no se cometan fraudes en el peso, medida y precio de las mercancías.



Participar en la integración y aplicación de los programas de reordenamiento del comercio informal.



Supervisar, en su caso, el cumplimiento de los horarios de apertura y cierre a que deben sujetarse los establecimientos que expendan bebidas alcohólicas.



Organizar y operar un sistema de información industrial y comercial municipal.

trabajo

comercio

industria

Municipio

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23. ¿En qué consiste la comisión de desarrollo agropecuario? Esta comisión debe: 

Vigilar que se cumplan las obligaciones legales del ayuntamiento en materia de tierras, bosques, minas y aguas.



Informar al comité directivo del distrito de temporal o su equivalente, del uso indebido del agua en los sistemas de riego; así como la existencia de tierras ociosas.



Proporcionar o solicitar al gobierno estatal, federal o municipal la asesoría agropecuaria a los ejidatarios, comuneros y pequeños propietarios.



Fomentar en el municipio la producción agrícola, ganadera, forestal, apícola y pesquera para procurar el uso de los recursos naturales en la forma más productiva y razonable.



Fomentar la organización de los productores agrícolas, pecuarios, ganaderos y acuícolas con la finalidad de que solventen en mejores circunstancias su problemática común.



Coadyuvar en el establecimiento de centros de capacitación y de organización rural para proporcionar educación técnica y tecnología a ejidatarios, comuneros y pequeños propietarios.



Evitar y denunciar la tala ilegal de los bosques.



Emitir opinión fundada ante el delegado forestal respecto al derribo o desrame de árboles en lugares públicos, urbanos o rurales, con la aprobación del presidente municipal.



Opinar sobre la integración y aplicación del Programa Municipal de Desarrollo Agropecuario.



Coadyuvar con los gobiernos federal y estatal en la ejecución de los programas municipales en la materia de su competencia.



Fomentar la conservación, generación y aprovechamiento de los recursos pesqueros en la circunscripción municipal.

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24. ¿En qué consiste la comisión de seguridad pública? Esta comisión debe: 

Promover programas para prevenir el delito y apoyar a las autoridades componentes en la investigación y persecución del delito.



Reglamentar los centros de diversión para que no afecten la moral y el orden del municipio.



Procurar que los presos reciban alimentos sanos y suficientes.



Cuidar que las cárceles cuenten con higiene y seguridad.



Escuchar a los presos y atenderlos en sus quejas.



Cuidar que los menores no entren a centros no aptos para ellos.



Promover la capacitación de los elementos de la policía municipal en el conocimiento de los derechos humanos y las garantías individuales.



Procurar que los policías sepan leer y escribir y promover la educación básica en sus filas.

Además de lo anterior, el municipio debe contar con su reglamentación, de tal manera que queden bien establecidas las multas o detenciones por faltas de tipo administrativo.

Es muy importante la capacitación de la policía municipal respecto de: 

lo que significa una orden de aprehensión,



acerca del conocimiento de los derechos humanos y constitucionales, y



del tipo de funciones preventivas que le corresponden a la policía municipal.

50

Las policías municipales, por lo regular tienen una baja o nula escolaridad.

El ayuntamiento debe atender este problema... mediante la alfabetización y la educación para adultos en forma obligatoria.

Otro problema que impide un control social y municipal de las policías en los municipios, es el hecho de que la gran mayoría de los comandantes de policía son designados directamente por seguridad pública del Estado u otra oficina del gobierno central,

y el ayuntamiento no interviene en su selección.

51

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25. ¿En qué consiste la comisión de tránsito y vialidad? Esta comisión tendrá las siguientes funciones: 

Plantear la vigilancia vial y el control del tránsito.



Promover acciones de vialidad para el control del tránsito.



Promover acciones de vialidad que protejan al peatón.



Gestionar la colocación de señalamientos y nomenclaturas de vialidades, así como las áreas de estacionamientos.



Diseñar programas de vigilancia y control de vehículos parta disminuir la contaminación del ambiente.



Inspeccionar a los agentes de tránsito y dar cuenta al ayuntamiento.



Promover la capacitación de los elementos de tránsito.

Vigilancia vial y control del tránsito.

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26. ¿En qué consiste la comisión de limpia pública? Esta comisión debe: 

Fomentar los hábitos de limpieza en el municipio, así como promover la participación comunitaria, a fin de establecer una convivencia social en la población.



Vigilar el correcto funcionamiento de los sistemas de recolección y disposición final de la basura.



Operar los rellenos sanitarios y las plantas de tratamiento de basura.



Coordinarse y apoyar a la comisión municipal de ecología y medio ambiente, así como a las autoridades competentes en la materia en sus actividades para preservar, conservar y restaurar el equilibrio ecológico y la protección al ambiente.

Hasta aquí hemos revisado de manera general las obligaciones y funciones que deben cumplir algunas de las diferentes comisiones que pueden existir en un ayuntamiento.

El ayuntamiento es libre para crear las comisiones que considere necesarias para la buena marcha del gobierno.

Todas estas disposiciones se encuentran establecidas en las Leyes Orgánicas municipales de cada entidad. 53

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27. ¿Qué es el DIF municipal? Es costumbre que la esposa del presidente municipal se encargue de una institución que se llama Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF municipal).

También es costumbre que la esposa del gobernador se encargue del DIF estatal. Por el contrario cuando es una mujer la que asume la Presidencia, es poco probable que este cargo lo ocupe su esposo.

El DIF se encarga de una serie de labores de asistencia social referidas a:

alimentación

salud

atención a menores de edad

adultos mayores

protección a la maternidad

planificación familiar

vivienda y otros.

El DIF atiende sectores desprotegidos de la sociedad mediante la dotación o venta a muy bajo precio de despensas y de una serie de recursos para los grupos necesitados. También organiza pláticas y otras actividades de orientación; y, canaliza a personas con deficiencias mentales, enfermos necesitados, niños en situación de calle, ancianos, y otras personas que requieren de ayuda a las instituciones de beneficencia. En la práctica real de los municipios, el DIF funciona, salvo excepciones, con muy pocos recursos (casi todos provenientes del exterior), y claramente desvinculado y con poco o nulo apoyo del conjunto del ayuntamiento.

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En la cultura que domina en los municipios, las labores de asistencia social no son consideradas importantes, y por lo tanto no son labor del ayuntamiento, sino de un organismo considerado secundario y que está por fuera de la estructura del ayuntamiento. La concepción machista hace que estas tareas las lleve a cabo una mujer. Es un puesto que el hombre le da a la mujer y no es un puesto de elección popular debido a estas concepciones de menosprecio a la asistencia social y a la labor de las mujeres. En el peor de los casos, los DIF son utilizados para fines distintos a la asistencia social, se lucra con los programas que desde allí se implementan y se hace un manejo de tipo clientelar y electoral, entonces es cuando se destinan grandes cantidades de dinero y se justifica de esta manera ese gasto. En cuanto al DIF, necesitamos un cambio de mentalidad:

DIF municipal La asistencia social no es una cosa secundaria, sino de la más grande de las importancias: la integración familiar, los niños y niñas, los ancianos, la sexualidad, la alimentación, la salud, el apoyo a los sectores más necesitados y desvalidos de la población, debe ser parte de la política central de los ayuntamientos. El papel que juegan las mujeres en los municipios no debe ser de tipo “decorativo” o para salir en las páginas de “sociales” en los diarios. Las mujeres en los municipios deben de promover la creación de espacios de organización y de defensa de sus derechos, y los ayuntamientos formados por hombres y mujeres pueden y deben colaborar y apoyar estos esfuerzos. La necesidad de que los municipios tengan reglamentado o no, el derecho de la participación de las mujeres en la toma de decisiones, deberá de estar en correspondencia con una reforma del DIF municipal. Mientras sucede una reforma del DIF en los municipios, las labores de asistencia social deberá asumirlas con decisión el conjunto del ayuntamiento con la participación del DIF municipal.

de Gobierno Municipal en México

Preguntas y respuestas sobre el gobierno municipal

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28. ¿Cuáles son los servicios públicos que debe prestar el ayuntamiento? Los servicios públicos que debe prestar el ayuntamiento son:



Agua potable y alcantarillado







Limpia pública

Calles, parques y jardines 





Alumbrado público

Mercado y central de abastos

Policía municipal





Panteones

Tránsito municipal

Los demás que la legislatura local determine.

El ayuntamiento administrará el funcionamiento, la conservación y el

aprovechamiento de sus servicios públicos bajo las leyes reglamentarias.

56

La administración de estos servicios es de interés público, deberán ser  generales,  continuos,  regulares y  uniformes.

Cuando falte alguna de estas características y genere una deficiente prestación, se podrán delegar o concesionar.

También a petición de los vecinos por deficiente o nula prestación del servicio se puede dar la concurrencia del Estado.

Según la constitución de la República, los servicios públicos deberán

ser administrados por los ayuntamientos. El ayuntamiento puede elegir libremente si presta por él mismo este servicio, o si lo descentraliza o concesiona a particulares o al gobioerno del Estado.

En todos los casos, el ayuntamiento debe velar por que la prestación del

servicio tenga como objetivo el beneficio social, la eficacia y la eficiencia, antes que el lucro y la ganancia de un particular.

57

Veamos algunos tipos de administración de los servicios municipales:

Municipalización

El ayuntamiento es el encargado directo de la administración del servicio público.

Ayuntamiento

Administración del servicio público

Entre otros servicos...

Municipalización descentralizada

El ayuntamiento y otros sectores sociales y/o gubernamentales participan en la administración del servicio en un organismo con autonomía y personalidad jurídica propia.

Organismo descentralizado que administra el servicio público Ayuntamiento

Entre otros servicios...

Gobierno del Estado y/o federal

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Sectores sociales

Concesión

El ayuntamiento somete a concurso de particulares, iniciativa privada o grupos civiles, la prestación del servicio, de tal manera que quien presenta las mejores opciones para el manejo, la operación y la administración del servicio queda a cargo del organismo concesionado. El ayuntamiento verifica diversas condiciones en torno a la necesidad de garantizar el beneficio social, y en el momento en que haya incumplimiento de la empresa a la que se le dió la concesión del servicio, el ayuntamiento puede retirarle dicha concesión.

Organismo o empresa particular que administra el servicio público Ayuntamiento

Entre otros servicios...

El ayuntamiento verifica la eficiencia y el buen desempeño de la empresa en la prestación del servicio.

Estatización

Cuando el gobierno estatal o federal interviene directamente y toma en sus manos el servicio, la ley establece que tiene que darse la solicitud o petición de los vecinos o usuarios del servicio; sin esta condición dicha intervención no debe darse.

Gobierno federal o estatal

Ayuntamiento

administración del servicio público

El ayuntamiento pierde la posibilidad de intervención en el servicio y lo administra el gobierno estatal o federal.

Entre otros servicios...

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¿Cuál sería una propuesta democrática?  La municipalización descentralizada del servicio por parte del ayuntamiento, y por medio

de la creación de un organismo en el cual participaran con una proporción destacada de los usuarios del servicio;

 además, participarían profesionistas y la iniciativa privada en este organismo en

el cual el ayuntamiento participaría directamente a través de sus representantes.

 También podrían participar, si se quiere, representantes de los gobiernos estatal o

federal, pero estaría claro que la mayor parte o el 100% de los integrantes de este organismo viviría en el municipio de que se trate, y el 80% de los integrantes debe ser la representación del usuario, quien es quien paga, sufre o goza del servicio.

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29. ¿Qué es el bando de policía y gobierno? Así como nuestro país tiene una ley máxima que lo rige: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así el municipio también debe tener su propia”Constitución Municipal”.

Se le llama: Bando de Policía y Gobierno (antes de 1999 se llamaba Bando de policía y Buen Gobierno).

En el Bando se expresan las garantías individuales generales pero también las costumbres y leyes locales que se practican en el municipio y no contravienen el espíritu general de la constitución mexicana. En el Bando se observan las normas para la convivencia respetuosa relacionada con: comercios, cantinas, construcciones, licencias, servicios públicos, ecología, tránsito, y todas las normas que tienen que ver con las comisiones del ayuntamiento. En el Bando aparecen los castigos y multas por contravenir sus disposiciones. En él se definen además el nombre, el escudo, el territorio, los habitantes y los vecinos del municipio y todo lo que hace diferente a ese municipio con el resto de las municipalidades. Muchos municipios no cuentan con un Bando de Policía y Gobierno y esto puede dar lugar a muchas arbitrariedades y abusos. Se realizan detenciones arbitrarias sin existir orden de aprehensión; se encarcela durante muchos días a personas sin ponerlas a disposición de un juez.

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Al no estar establecidas el tipo de sanciones que la autoridad municipal puede aplicar, el ejercicio del poder se convierte en autoritarismo. El Bando puede prevenir los abusos que ejercen caciques a través de los ayuntamientos, así como legalizar la práctica comunitaria de justicia. En muchos municipios los ayuntamientos, a través del Bando “legalizan” las persecusiones y las discriminaciones en contra de las mujeres, las trabajadoras y trabajadores sexuales, los indígenas. los homosexuales y la gente pobre. Por ello, el Bando de Policía y Gobierno resulta también una herramienta jurídica importante para preservar los derechos de igualdad de la gente sin importar sexo, edad, orientación sexual, identidad étnica y clase social. A continuación y a manera de ejemplo, pondremos algunos fragmentos de la Reforma del Bando de Policía y Gobierno del municipio de Chocamán, Veracruz.

Cuyo objetivo fue incorporar la perspectiva de género al Bando e institucionalizar al Instituto de las Mujeres en el municipio.

BANDO DE POLICÍA Y GOBIERNO Chocamán, Veracruz. Artículo 11. El municipio de Chocamán, por conducto de su ayuntamiento tiene como fines: (...) IV. Prestar adecuadamente los servicios públicos municipales y atender en forma respetuosa, amable y eficiente a las mujeres y hombres del municipio, sin distinción de sexo, edad, identidad étnica, condición social, religión, opiniones políticas, preferencias sexuales y capacidades distintas, en un marco de respeto de los derechos humanos. (...) VII. Organizar la participación ciudadana en la toma de decisiones sobre temas de interés público e incluir a las mujeres y los hombres, en igualdad de condiciones, en el diseño, ejecución y evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos municipales;

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VIII. Incluir a las mujeres en los cargos de la administración municipal; IX. Incorporar de forma transversal la perspectiva de género en las políticas, planes y programas municipales; X. Garantizar el cumplimiento de los derechos humanos de las mujeres y el acceso de las mismas a la salud integral, sexual y reproductiva, seguridad, educación, desarrollo económico, bienestar, justicia, participación política, libertad y a una vida libre de violencia. XI. Garantizar la cultura de la transparencia, el libre acceso a la información pública y la rendición de cuentas de la gestión municipal; XII. Garantizar el derecho de las familias, de los niños y las niñas a una vida digna; XIII. Garantizar el cumplimiento, en el ámbito de sus atribuciones, de las leyes para la igualdad entre las mujeres y los hombres y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; (...) Capítulo IV. De las y los vecinos del Municipio Artículo 16. Las y los vecinos del Municipio son personas que residen permanentemente en su territorio por un año como mínimo, con el ánimo de permanecer en él y cuenten con domicilio establecido dentro de su territorio. (...) Artículo 18. Las mujeres y los hombres del Municipio, bajo el principio de igualdad sustantiva, tendrán los siguientes derechos y obligaciones: I. Derechos: (...) f) Tener preferencia, tanto hombres como mujeres en igualdad de circunstancias, para el desempeño de los empleos, cargos, comisiones del ayuntamiento, así como el otorgamiento de contratos y concesiones municipales; g) Participar junto con sus autoridades municipales en el diseño, implementación y evaluación de las políticas, planes y programas del Municipio; h) Asistir a las sesiones públicas de Cabildo; i) Participar y ejercer su voto en los plebiscitos y referendos, convocados por el H. Ayuntamiento, así como ejercer junto con otros ciudadanos la iniciativa popular;

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j) Tener acceso a la Información Pública Municipal en los términos definidos por la ley en la materia; k) Las niñas y las mujeres tendrán asesoría gratuita en los casos de violación de sus derechos humanos; l) Las niñas y los niños, las mujeres y los hombres del municipio gozarán de los derechos consagrados en la Constitución General de la República, los Tratados y Convenios Internacionales firmados y ratificados por el gobierno mexicano, así como en las Leyes Federales, Estatales y Municipales; (...) Capítulo VI. De las autoridades y funcionarios municipales (...) Artículo 32. Son organismos descentralizados: l. El Instituto Municipal de las Mujeres. (...) Capítulo X. Del Instituto Municipal de las Mujeres Artículo 44. El Instituto Municipal de las Mujeres es un organismo público, descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica y de gestión, de carácter especializado y consultivo para la promoción de la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres. Artículo 45. El Instituto Municipal de las Mujeres, en coordinación con el ayuntamiento, establecerá las políticas, acciones y programas tendientes a garantizar la igualdad de oportunidades y la eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres. (...)

BANDO DE POLICÍA Y GOBIERNO Chocamán, Veracruz.

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de Gobierno Municipal en México

30. ¿Cuál es la relación que debe de tener el gobierno municipal con los gobiernos estatal y federal? Comúnmente la gente tiene una idea muy equivocada sobre el municipio.

Sí nos pidieran que pusiéramos un 1, un 2 y un 3 (por orden de importancia) al municipio, al Estado y a la federación, la mayoría escribiría así: 1er. lugar: la federación

2do. lugar: el Estado

3er. lugar: el municipio

Algunos, tal vez muchos, al hablar del municipio, hablan del tercer nivel de gobierno, pensando que se trata de un nivel sin importancia. Sin considerar que no se trata de un simple nivel, sino de un ámbito de gobierno mas, tan importante como el de un Estado de la república o como la federación misma. Este ámbito, el municipal cubre prácticamente todo el país, al igual que los demás ámbitos. Incluso en el Distrito Federal, las delegaciones son municipios que aún no han sido reconocidos legalmente igual que los denominados municipios autónomos de los zapatistas. El municipio es la base, el elemento constitutivo, tanto de la federación como, de los Estados, y no el nivel más bajo y sin importancia. Alguien podría decir que nunca serán similares, ni jamás se podrá comparar el poder de un presidente de la república al de un ayuntamiento. Sin embargo podríamos contestar afirmando que

Libertades

es posible que en nuestro país el poder de los

2,439

Municipales

ayuntamientos

pueda llegar a ser igual o superior al poder que tiene el gobierno federal. En México, muy poca gente puede creer en estas palabras:

“La libertad municipal es la primera y más importante de las instituciones democráticas, toda vez que no hay nada más natural y respetable que el derecho que tienen los vecinos de un centro cualquiera de población, para arreglar por si mismos los asuntos de la vida común y para resolver lo que más convenga a los intereses y necesidades de la localidad”. Estas palabras escritas por el General Emiliano Zapata tienen ahora un significado muy especial.

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Desgraciadamente la cultura centralista que deprecia a los municipios se impone fuertemente hasta en la cabeza de las mismas autoridades locales. Da pena ver como tratan, en las capitales de los Estados, los funcionarios de cualquier nivel, a los representantes de los municipios. Tal pareciera que los ediles fueran simples subordinados al servicio del numeroso grupo de burócratas de los aparatos y despachos de los gobernadores. Es muy curioso y cotidiano, observar la forma de comportamiento y los desplantes ante los ediles, de cualquier empleado de alguna dependencia federal o estatal. Esto por no hablar de diputados. La cámara de diputados, para muchos, significa la “mamá” de los ayuntamientos. Si éstos se “portan bien”, los premia (es la cámara local la que vota y aprueba los recursos a los municipios); y si se “portan mal”, los regaña o incluso los desaparece. El gobernador es el “papá” de todos. En este tipo de relaciones la comunidad local no aparece, más bien desaparece. Cuando la presidenta o el presidente municipal regresa de la capital del Estado con sentimientos de frustación, de subordinación, o de indiferencia ante esta situación, se encuentra con el pueblo y éste es de carne y hueso, y presiona: quiere obras, quiere soluciones, quiere servicios, no deja descansar ni dormir adecuadamente a la presidenta o presidente. A veces el pueblo se cansa y toma la presidencia, los conflictos se agrandan y se agudizan las divisiones; los partidos, los caciques, los grupos de presión, todos intervienen y entre todos hacen un infierno. Las autoridades locales, sobre todo la presidenta o presidente municipal, está dentro de un lío. Por una parte, su pueblo exige y por otra el gobierno central subordina y desatiende. La presidenta o presidente es un ser incomprendido. Si alguien asiste a una reunión de presidentes municipales va a escuchar un rosario de quejas y lamentos. Y así se pasan los tres años. Si el presidente municipal le cae bien o tiene amistad con el gobernador, o si tiene suerte, habrá recursos y obras para el municipio; si no, pues lo que hace el presidente es irla pasando.

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Biblioteca

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66

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Un ayuntamiento que quiera ser democrático e impulsar relaciones democráticas debe entender primeramente que

EL MUNICIPIO ES EL ÁMBITO MÁS IMPORTANTE DE GOBIERNO EN LA REPÚBLICA. Más que los poderes federales o estatales, el municipio es el lugar donde todos viven y se conocen más cercanamente, donde los problemas se sienten más y el ayuntamiento es el espacio de gobierno más cercano a la población; el gobernador y el presidente de la república son figuras lejanas y esporádicas, no así el agente(a) municipal, el regidor(a) o el presidente(a) municipal. El ayuntamiento debe recuperar su dignidad y dejar de lado los paternalismos externos. Ni la legislatura, ni el gobernador, ni sus secretarios sacarán adelante los problemas del municipio. Estas figuras no serán determinantes, podrán ayudar u oponerse a un proceso democrático pero no lo determinarán. La única posibilidad para la transformación del municipio es mirar a la ciudadanía local, es la apertura del Cabildo. En vez de controlar inconformidades y demandas a los gobiernos centrales, las autoridades locales deberían ponerse al frente de las demandas y necesidades planteadas por la ciudadanía y encontrarles un cause para su satisfacción.

Aquí en este punto, las autoridades locales tendrían una mayor responsabilidad. Como autoridades poseen mayores posibilidades que la ciudadanía para justificar y presentar adecuadamente los proyectos sociales de beneficio comunitario. Si faltan los recursos y en el municipio no los hay, se requiere exigir a las instancias que los manejan, que los destinen hacia donde hacen más falta.

La unión de cientos o miles de municipios pueden hacer que esta realidad cambie radicalmente para bien de las comunidades.

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En el asunto de la planeación del desarrollo, estamos mal también. La planeación que no toma en cuenta las especificidades de cada región y de cada localidad tiende siempre al fracaso. Los planes municipales que nacen, se desarrollan y se ejecutan a partir de una oficina en la capital de la república o del Estado siempre fracasarán, siempre habrá:    

desperdicios de recursos, costos elevadísimos, burocracia absurda y finalmente muy poco beneficio.

La planeación que da resultado es aquella que parte de la localidad y la región. Aquella en la que participan la gente conocedora, los dirigentes sociales, las autoridades, los grupos civiles y de profesionistas de la localidad y de la región. De las coordinaciones intermunicipales para la planeación pueden extraerse grandes logros y enseñanzas.

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de Gobierno Municipal en México

31. ¿Cómo debe ser una relación democrática entre ayuntamiento y ciudadanía? Una relación democrática entre el ayuntamiento y la ciudadanía debe atender, al menos los siguientes elementos:

Cabildo abierto

Comunicación y transparencia

Identidad cultural

Organización civil

Cabildo abierto El Cabildo abierto puede tener diferentes formas de expresión:  Audiencia pública

Un sector o grupo social pide una sesión especial con el cabildo, o el cabildo cita a un grupo social determinado para tratar un tema específico; por ejemplo, el cobro del derecho por el uso de un local en el mercado municipal. En estas audiencias participa la comuna en pleno.  Cabildo rotativo

El ayuntamiento asiste a una comunidad o a una colonia a escuchar los planteamientos de la ciudadanía de ese lugar. Las comunidades, sobre todo, las lejanas, valoran en alto grado la visita de sus autoridades. En estas reuniones, deben participar las autoridades auxiliares o servidores públicos del lugar.  Sesiones solemnes públicas

Se trata de acontecimientos especiales para el desarrollo de la democracia y la educación cívica. En éstas, se celebran los informes de gobierno que legalmente se deben rendir ante la comunidad cada año pero que pudieran hacerse trimestrales o semestrales. Así mismo, en las sesiones solemnes se da reconocimiento a personas importantes de la comunidad o a visitantes distiguidos. En ellas también pueden desarrollarse acontecimientos cívicos de importancia para la localidad.

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 Cabildo abierto institucionalizado

Esta es una nueva forma de gobierno democrático. Se trata de una asamblea con funcionamiento regular en la que participan autoridades municipales y auxiliares. Las representaciones sociales de la comunidad, las personalidades del municipio, los comités de obra, los representantes del comisariado ejidal o de los grupos agropecuarios y cualquier persona que deseé participar. En estas asambleas se discuten las políticas a largo plazo para el municipio y la comunidad decide con el gobierno las acciones más importantes. Puede tener la forma de Parlamento Municipal, Presupuesto Participativo o Cámara de Consejeros.

Un ayuntamiento democrático debe tener políticas permanentes de comunicación, de identidad cultural y de promoción de las organizaciones autónomas de la sociedad civil.

Comunicación y transparencia

Nadie o casi nadie sabe, en un municipio, cuánto gana el presidente municipal y los integrantes de la comuna.

Tampoco cual es el presupuesto anual que maneja un ayuntamiento y para lo que alcanza. Por lo común los ayuntamientos solo buscan a la ciudadanía a la hora de pagar sus impuestos o cuando tienen problemas con la policía. El ayuntamiento no se preocupa de la comunicación con la comunidad. Para que la ciudadanía participe, es básico mantenerla informada acerca de los asuntos que le interesan:    

¿En qué se gasta el dinero? ¿Cuál es el programa de obras? ¿Qué problemas enfrenta el ayuntamiento? ¿Cuáles son las actividades que realiza el ayuntamiento?

Y no solamente se necesita informar. Es muy importante para la labor de gobierno conocer la opinión de la gente y también sus propuestas.  Sobre el uso del dinero y los recursos del municipio.  Sobre la realización de obras prioritarias, y de cómo deberían de realizarce.  Acerca de la realización de actividades y festividades que la propia sociedad “municipal” efectúa.

Muchos gobernantes se molestan porque la gente pregunta y pide información. Al contrario, debe haber gusto cuando la gente, independientemente de cualquier finalidad pida información, porque la información pública es un bien público, le pertenece al pueblo. En el Artículo 6º de la Constitución se escribió el derecho de acceso a la información pública y los ayuntamientos mexicanos están obligados a cumplir.

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¿Cómo diseñar una política de comunicación?

el Municipio

o

 Mediante la realización de encuestas.

pina

Vamos a realizar una encuesta sobre la construcción de obras prioritarias, y cómo deben llevarse a cabo.

 Los ayuntamientos pueden publicar

por sí mismos o apoyar la publicación de un órgano informativo.

Sexto Regidor

 A través de los medios masivos

 A través de volantes.

de comunicación (radios locales, periódicos, revistas, televisión)

Es una invitación para el Cabildo abierto que se va a llevar a cabo en los próximos días.

Invita ció n

 A través de los medios populares (bocinas, asambleas, reuniones públicas, etcétera).  A través de la red electrónica: correo electrónico y página electrónica (con una página

propia con su portal de transparencia que permita también recibir solicitudes de información).

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Así es posible establecer una política de cara al pueblo, en espacios donde la gente, de manera directa, diga sus opiniones sin miedo a una represalia. Las autoridades no deben temer una política de tal naturaleza, si se tiene respeto a la ciudadanía, entonces también se debe exigir respeto a la población hacia sus autoridades. Cuando se le toma en cuenta, el pueblo es el principal defensor de sus autoridades. El marco para hacer esto, es el respeto mutuo entre ciudadanos y autoridades.

Identidad cultural

Las festividades, los valores, las costumbres, las tradiciones, la riqueza artesanal, arqueológica, artística, los símbolos, etc. de un pueblo, lo unen y lo identifican. Estos elementos refuerzan su unidad social. Los ayuntamientos deben de promover la identidad del municipio: su escudo, sus canciones, sus leyendas, su historia. La creación de espacios libres y comunitarios de expresión cultural en los municipios puede ser la base de un nuevo movimiento cultural en nuestro país. La riqueza del lenguaje de las comunidades puede impulsar un fenomeno literario novedoso. Las casas de la cultura y otros espacios de expresión pueden ser espacios no selectos sino comunitarios. Los ayuntamientos, aun con pocos recursos económicos pueden ser un importante apoyo. El amor a la tierra, el intercambio cultural con otros municipios y regiones del país, la llegada de artistas e intelectuales, puede ser motivo de entusiasmo popular en una comunidad, si se parte del impulso a sus valores culturales propios.                

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Organización civil En este punto nos enfrentamos a una cultura paternalista y subsidaria. Las organizaciones sociales de campesinos, de comerciantes, de profesionistas, etcétera, de un municipio, en muchos casos tienen líderes que están subsidiados o que dependen del gobierno o de un partido político. Este tipo de organizaciones no sirven para el ejercicio de los derechos. La gente desconfía de estos grupos y busca otras formas para manifestarse. Los ayuntamientos deberían apoyar organizaciones que se encaminen a la autogestión, es decir, con las siguientes características:  Autonomía Para su existencia no dependen de agentes externos.  Democracia Se reúnen regularmente en asambleas y la máxima autoridad es la asamblea. La

gente participa en el trabajo, en los beneficios y en la responsabilidad. Las mujeres participan con igualdad de derechos y oportunidades.

 Dirección colectiva y rotativa No existen líderes eternos en los cargos, los dirigentes son varios

y no uno solo. Las responsabilidades se distribuyen entre los dirigentes. Hay paridad de mujeres en los cargos directivos.

Para la creación, desarrollo y consolidación de una organización autogestiva se requiere de un proceso EDUCATIVO en las organizaciones. El ayuntamiento puede apoyar a clubes deportivos, asociaciones civiles, cooperativas, grupos de mujeres, ejidos, gremios, comités de obra, juntas de mejoras, grupos de profesionistas, grupos culturales, artistas, maestros, bomberos, grupos de salud y de rescate civil, casas del anciano, grupos de beneficiencia, orfelinatos, asociaciones civiles, etcétera, el ayuntamiento debe estar ligado y cerca de estos grupos, brindándoles las mejores condiciones posibles para su desarrollo. En estos grupos no existe el afán de lucro por naturaleza, sino el beneficio social de la comunidad.

de Gobierno Municipal en México

Preguntas y respuestas sobre el gobierno municipal

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Preguntas y respuestas sobre el gobierno municipal

Se terminó de imprimir en el mes de diciembre de 2009 en los talleres de

impretei, s.a. de c.v. Almería 17, Col. Postal, 03410 México, D.F. Tel. 5590 5681 [email protected] Se imprimieron 500 ejemplares más sobrantes para reposición.

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