DE LA PROVINCIA DE ALMERÍA

DE LA PROVINCIA DE ALMERÍA Número 222 Depósito Legal AL-1-1958 EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA Navarro Rodrigo, 17 - 04071 ALMERÍA - Tlf.: 950

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DE LA PROVINCIA DE ALMERÍA Número 222 Depósito Legal AL-1-1958 EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA Navarro Rodrigo, 17 - 04071 ALMERÍA - Tlf.: 950 211 130 correo-e: [email protected] - web:www.bop.almeria.es

Viernes, 16 de Noviembre de 2012 Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

SUMARIO ADMINISTRACIÓN LOCAL

Pág.

08438-12 08439-12 08443-12 08441-12

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA AREA DE FOMENTO, AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE FORMALIZACIÓN CONTRATOS DE OBRAS EMPEZANDO POR OBRA 124 URBANIZACIONES EN TABERNAS Y OTRA MAS .................................................................. APROBACIÓN PROVISIONAL PROYECTOS DE OBRAS APROBADOS EN JUNTA DE GOBIERNO 6.11.12 EMPEZANDO POR REPERFORACIÓN DE SONDEO. VICAR. .... NOTIFICACIÓN EXPTE 001/2012-SS A HNOS. ALONSO VAQUERO ................................................................................................................................................................ NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN 1540/12 A PATRICIO JIMENEZ CAMPOY EXPTE. 020/2012-S ........................................................................................................................

08366-12 08079-12 08081-12 08083-12 08084-12 08085-12 08086-12 08087-12 08115-12

AYUNTAMIENTO DE ALMERIA AREA DE FOMENTO Y SERVICIOS CIUDADANOS ANUNCIO PARA LA CONTRATACIÓN DE OBRAS ADECUACIÓN Y MEJORA DE LA PLAZA HILARIÓN ESLAVA Y ENTORNO DE ALMERÍA .............................................. GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO NOTIFICACION RESOLUCION CONCLUSION EN EXPTE. 2003/168 DE EJECUCION SUBSIDIARIA A DÑA. ISABEL JIMENEZ MONTERO. ............................................. NOTIFICACION INCOACION EXPEDIENTE SANCIONADOR S-536/08 INFRACCION URBANISTICA S/REF. EDICTO 062/12. .................................................................... NOTIFICACION CAMBIO INSTRUCTOR EXPEDIENTE SANCIONADOR S-160/08 S/REF. EDICTO 063/12. ................................................................................................. NOTIFICACION CAMBIO INSTRUCTOR EXPEDIENTE SANCIONADOR S-310/09 S/REF. EDICTO 064/12. ................................................................................................. NOTIFICACION EXPEDIENTE SANCIONADOR S-432/09 S/REF. EDICTO 065/12. ......................................................................................................................................... NOTIFICACION INCOACION EXPEDIENTE SANCIONADOR S-140/09 S/REF. EDICTO 066/12. .................................................................................................................... NOTIFICACION INCOACION EXPEDIENTE SANCIONADOR S-442/08 S/REF. EDICTO 068/12. .................................................................................................................... APROBACION DEFINITIVA ORDENANZA REGULADORA DE INSPECCION TECNICA DE EDIFICACIONES Y CONSTRUCCIONES. ........................................................

08121-12

AYUNTAMIENTO DE ABRUCENA BAJA EN PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES A VASILE CHIRILA Y OTROS DOS MAS ........................................................................................................................... 31

08136-12

AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO NOTIFICACION PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EN MATERIA DE TRAFICO RESOLUCIONES RECURSOS POTESTATIVOS DE REPOSICION EN MATERIA DE TRAFICO, ACTOS DE INICIO Y REMISION DE PRUEBAS................................................................................................................................................................................. 31

08454-12

AYUNTAMIENTO DE FELIX APROBACION INICIAL PRESUPUESTO GENERAL PARA EL EJERCICIO ECONOMICO 2012. ..................................................................................................................... 33

08464-12

AYUNTAMIENTO DE GADOR APROBACION EXPEDIENTE MODIFICACION PRESUPUESTO Nº 3/2012 Y AMPLIACION DE PLANTILLA. ................................................................................................ 33

08113-12

AYUNTAMIENTO DE HUERCAL DE ALMERIA APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN REGLAMENTO MUNICIPAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA ............................................................................................... 34

08436-12

AYUNTAMIENTO DE ORIA APROBACIÓN INICIAL PRESUPUESTO EJERCICIO 2012 ............................................................................................................................................................................... 34

08078-12

AYUNTAMIENTO DE PARTALOA ANUNCIO COBRANZA 1ER. SEMESTRE 2012 LOS RECIBOS AGUA Y ALCANTARILLADO .......................................................................................................................... 34

08434-12

AYUNTAMIENTO DE PULPI APROBACIÓN INICIAL PRESUPUESTO EJERCICIO 2012 ............................................................................................................................................................................... 35

08463-12

AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR ELEVACIÓN A DEFINITIVA ORDENANZAS FISCALES VARIAS ........................................................................................................................................................................ 38

08124-12 08125-12 08128-12 08129-12 08131-12 08133-12 08135-12

AYUNTAMIENTO DE VIATOR NOTIFICACIÓN EXPEDIENTE SANCIONADOR POR INFRACCIÓN ORDENANZA CONVIVENCIA CIUDADANA A FCO. JOSE OLIVER MARTIN. EXPTE. 11/317/PU-SA .... NOTIFICACIÓN INICIO EXPEDIENTES SANCIONADORES NUM. 12/341-PU-SA POR INFRACCION LEY COMERCIO AMBULANTE A JUAN MUÑOZ GARCIA ............. NOTIFICACIÓN INICIO PROCEDIMIENTO SANCIONADOR INFRACCIONES DE TRÁFICO A ENCARNACIÓN MUÑOZ GARCIA Y SIGUIENTES ..................................... NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTES SANCIONADORES EMPEZANDO POR JOSE MANUEL RODRIGUEZ MANE Y SIGUIENTES .......................................... NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTE SANCIONADOR INFRACCIÓN ORDENANZA CONVIVENCIA CIUDADANA A ALVARO DE CORDOBA CORTES REYES . NOTIFICACIÓN EXPEDIENTE SANCIONADOR POR INFRACCIÓN ACTIVIDADES DE OCIO A JUAN RODRIGUEZ PEINADO .................................................................. NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPTE. SANCIONADOR POR INFRACCIÓN ACTIVIDADES DE OCIO A FCO. JOSE OLIVER MARTIN. EXPTE. 11/402-PU-SA ..............

42 43 44 44 45 46 47

08090-12 08091-12 08094-12 08093-12

AYUNTAMIENTO DE VICAR EXPOSICION PUBLICA BAJAS EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES A ABBOU RODAINA Y SIGUIENTES. ................... TRAMITE BAJA OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE DECEBAL SEBASTIAN FULGA. ............................................................................. TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE FATIMA EZZAHRA EL OUAKILI. ....................................................................... TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE MIHAELAOANA IRIMEA. ...................................................................................

47 48 49 49

3 3 4 4

5 6 9 11 11 12 13 15 16

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B.O.P. de Almería

SUMARIO Pág. AYUNTAMIENTO DE VICAR 08092-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL HABITANTES DE VICAR DE DARIA BEATRIZ FULGA IRIMEA. ........................................................................... 49 08095-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE NADIA MEZZI. ................................................................................................... 50 08096-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE ABDERRAHMAN EL OUAKILI. .......................................................................... 50 08097-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE HAMZA EL OUAKILI. ......................................................................................... 50 08098-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE BENEDICT DANIEL SIMA. ................................................................................ 51 08099-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE DANUT MARIAN BURULEAN. .......................................................................... 51 08100-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE MARIUS VASILE BOTA. .................................................................................... 51 08101-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE DORINA CALINA PUICA JURJ. ......................................................................... 52 08102-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE ALEXANDRU PUICA JURJ. ............................................................................... 52 08104-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE FLORIN NICULAE PUICA JURJ. ....................................................................... 53 08105-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE ADRIANA VALENTINA PUICA JURJ. ................................................................ 53 08106-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE MARIN MAN. ..................................................................................................... 54 08107-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE TOADER VALER MOLDOVAN. ......................................................................... 54 08108-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE RONALD ENRIQUE BOLIVAR HUARINGA. ..................................................... 54 08109-12 TRAMITE BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES DE VICAR DE MIGUEL ANGEL BOLIVAR OSEDA. .................................................................. 55

ADMINISTRACION AUTONOMICA 07372-12 07373-12

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE. DELEGACIÓN TERRITORIAL EN ALMERÍA ANUNCIO DE OTORGAMIENTO DE PERMISO DE INVESTIGACION EXPTE. NUM. 40.625 A SOLICITUD DE CARDIAL RECURSOS ALTERNATIVOS, S.L. ................... 55 ANUNCIO DE OTORGAMIENTO DE PERMISO DE INVESTIGACION EXPTE. NUM. 40.626 A SOLICITUD DE CARDIAL RECURSOS ALTERNATIVOS, S.L. ................... 56

ADMINISTRACION DEL ESTADO 08114-12

SUBDELEGACION GOBIERNO ALMERIA SECRETARIA GENERAL NOTIFICACIÓN TRÁMITES PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES EMPEZANDO POR NOURREDINE HAIDA Y SIGUIENTES ............................................................... 56

08120-12

SERVICIO PROVINCIAL DE COSTAS DE ALMERIA NOTIFICACION INCOACION EXPEDIENTE SANCIONADOR SAN01/12/04/0055. ........................................................................................................................................... 58

08116-12

COMISARIA LOCAL DE POLICIA DE EL EJIDO NOTIFICACIÓN INICIACIÓN PROCEDIMIENTO EXPULSIÓN EMPEZANDO POR LHOUSSN EL GHALLOUSSI Y SIGUIENTES ................................................................ 58

ADMINISTRACION DE JUSTICIA 08139-12 08140-12 08141-12 08142-12 08143-12 08144-12 08145-12 08146-12 08147-12 08148-12 08149-12 08150-12

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3 DE ALMERIA PROCEDIMIENTO Nº 473/11 SOBRE RECLAMACION CANTIDAD A INSTANCIA DE ENRIQUE GONZALEZ DOMINGUEZ FRENTE A APLICAN INNOVACIONES, S.L. ....... PROCEDIMIENTO NUM. 863/11 SOBRE DESPIDO DE FRANCISCO MANUEL LOPEZ MARTIN FRENTE A INGENIERIA Y MEDICINA PREVENTIVA S.L. Y OTROS. ..... PROCEDIMIENTO AUTOS NUM. 0724/12 SOBRE RECLAMACION CANTIDAD DE JOAQUIN GUILLEN MOYA CONTRA CONTRATAS ESPAÑOLAS 1, S.L. ................... PROCEDIMIENTO AUTOS NUM. 268/12 SOBRE CANTIDAD DE INMACULADA VAZQUEZ DIAZ CONTRA LAGOMAR ALMERIMAR, S.L. ................................................ PROCEDIMIENTO EJECUCION NUM. 268/11 SOBRE CANTIDAD DE DÑA. INMACULADA PALMA AGULLO CONTRA PUERTAS JUVISA, S.L. ....................................... PROCEDIMIENTO EJECUCION NUM. 479/09 DE KLEBER MANRIQUE CARRION VASQUEZ CONTRA PROYECTOS Y ECOESTRUCTURAS, S.L. ............................... PROCEDIMIENTO EJECUCION NUM. 479/09 DECRETO 3/9/12. ..................................................................................................................................................................... PROCEDIMIENTO NUM. 324/11 SOBRE RECLAMACION CANTIDAD DE VIDAS PULJANAUSKAS FRENTE A ELECTRO-RENOVABLES HERRIGA, S.L.U. ................... PROCEDIMIENTO AUTOS NUM. 0701/12 SOBRE DESPIDO DE MARIA DEL CARMEN MIÑARRO SALMERON CONTRA ALMERIPAPEL HOGAR, S.L. Y OTROS. ........ PROCEDIMIENTO EJECUCION NUM. 19/12 SOBRE DESPIDO DE D. CECILIO VAZQUEZ LOPEZ CONTRA RAFAEL PEREZ MARTIN. ................................................... PROCEDIMIENTO EJECUCION NUM. 195/11 SOBRE RECLAMACION CANTIDAD DE JOSE MARIA AVILA SEGURA CONTRA GRANITOS JIMARSA, S.L. .................... PROCEDIMIENTO EJECUCION NUM. 195/11 DE JOSE MARIA AVILA SEGURA CONTRA GRANITOS JIMARSA, S.L. DECRETO. ............................................................

08465-12

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 4 DE ALMERIA PROCEDIMIENTO EJECUCION TITULOS JUDICIALES 362/2012 SOBRE DESPIDOS DE ILIE ANDRECA CONTRA MULTISERVICIOS FERMAR, S.L. ........................... 69

08117-12 08118-12 08119-12

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 26 DE MADRID PROCEDIMIENTO AUTOS DEMANDA 301/2012 ORDINARIO DE NICOLAE URS CONTRA DIEGO AYEN TORRENTE Y OTROS. ............................................................. 69 CEDULA CITACION PROCEDIMIENTO AUTOS DEMANDA 301/2012 ORDINARIO DE NICOLAE URS CONTRA DIEGO AYEN TORRENTE Y OTROS. ............................ 70 DECRETO PROCEDIMIENTO AUTOS DEMANDA 301/2012 ORDINARIO DE NICOLAE URS CONTRA DIEGO AYEN TORRENTE Y OTROS. ........................................... 70

08123-12

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUC. Nº 8 DE ALMERIA EXPEDIENTE DOMINIO. EXCESO DE CABIDA 1213/2012 DE MARGARITA CRISTINA MARTINEZ PERALES Y OTROS DOS ................................................................... 71

08110-12

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUC. Nº 3 DE EL EJIDO PROCEDIMIENTO EXPEDIENTE DOMINIO REANUDACION TRACTO SUCESIVO 740/2012 A SOLICITUD DE D. JUAN GONZALEZ GONZALEZ Y DÑA. FILOMENA MATARIN CUADRA. ............................................................................................................................................................................................................................................. 71

08152-12 08153-12

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCC. Nº 3 DE VERA SENTENCIA DE 160512 SOBRE PROCEDIMIENTO JUCIO FALTAS 224/2010 DE DOMINGO JOSE FLORES FLORES .............................................................................. 72 SENTENCIA DE 7.09.12 EN PROCEDIMIENTO JUICIO FALTAS 268/2012 DE JUAN ANTONIO JIMENEZ YAÑEZ ........................................................................................ 73

59 59 60 60 61 62 63 63 64 64 66 68

OTROS 08453-12

COMUNIDAD DE REGANTES S.N. SIERRA NEVADA CONVOCATORIA PARA EL 1.12.2012 ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA COMUNIDAD DE REGANETS DE S.N DEL BARRANCO SIERRA NEVADA ..... 73

08452-12

MARTINEZ-AMO GAMEZ MARIA BEGOÑA (NOTARIA) TRAMITE ACTA DE NOTORIEDAD PARA INSCRIPCION POR EXCESO DE CABIDA A INSTANCIA DE GABRIEL LOPEZ GUERRERO, S.L. ............................................. 74

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Administración Local 8438/12 EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA Área de Fomento, Agricultura y Medio Ambiente Sección de Contratación de Obras En cumplimiento con lo establecido en el art. 138.2 de la Ley 30/2007,de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se procede a la publicación de la formalización de los siguientes contratos cuya cuantía es igual o superior a 100.000 euros: OBRA DENOMINACION

CONTRATO IMPORTE ADJUDIC.

CONTRATISTA

PROCEDIMIENTO

PLAN: PPOS 2009 (II) 124

TABERNAS. URBANIZACIONES TABERNAS

23/10/2012

184.790,07

9/10/2012

CONSTRUCCIONES NILA, SA

NEGOCIADO

CONSTRUCCIONES NILA, SA

ABIERTO

PLAN: PLAN FEDER-CONVERGENCIA/2007-2013 207

ALHAMA DE ALMERIA. MEJORA REDES URB. CICLO DE



ALHAMA DE ALMERIA

23/10/2012

170.165,68

9/10/2012

Lo que se hace público para general conocimiento. EL DIPUTADO DELEGADO DEL AREA DE FOMENTO AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE, Miguel Ángel Castellón Rubio. 8439/12 EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA Área de Fomento, Agricultura y Medio Ambiente Sección de Contratación de Obras Por Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial, en sesión celebrada el día 6 de Noviembre de 2012, ha/n quedado aprobado/s, provisionalmente, el/los proyecto/s que constituye/n la definición del objeto del contrato. OBRA

DENOMINACION

MUNICIPIO

IMPORTE

VICAR

86.000,00

DIPUTACION PROVINC

166.694,43

SORBAS

75.000,00

PLAN: PRESUPUESTO GENERAL/2012

13

REPERFORACION DE SONDEO. VICAR PLAN: PLAN FEDER-CONVERGENCIA/2007-2013

153

AMPLIACIÓN RED PROV. COMUNIC. WIMAX ZONA FILABRES-ALHAMILLA

155

SONDEO ABASTECIMIENTO SORBAS Y ULEILA DEL CAMPO

En cumplimiento con lo establecido en el art.93 del R.D. 781/86, se somete a información pública dicho documento, por un plazo de VEINTE (20) días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. El/los proyecto/s se considerará/n aprobado/s definitivamente si dentro del citado plazo no se hubieran presentado reclamaciones al contenido del mismo. Lo que se hace publico para general conocimiento. EL DIPUTADO DELEGADO DEL AREA DE FOMENTO AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE, Miguel Ángel Castellón Rubio. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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8441/12 EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA Área de Fomento, Agricultura y Medio Ambiente Sección de Actuación Administrativa De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica la notificación de la resolución que después se indica, dictada por el Presidente de la Diputación Provincial de Almería, puesto que habiéndose intentado la notificación al interesado en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Expte. 020/2012-S

Nº Resolución 1540/12

Fecha Resolución 26 de septiembre de 2012

Persona a que se notifica PATRICIO JIMÉNEZ CAMPOY

En dicha resolución se ordena la demolición de la actuación denunciada y la restitución de los terrenos afectados a su estado anterior, concediéndole al interesado el plazo de un mes para que proceda a su cumplimiento y advirtiéndole que, de no hacerlo, se podrá proceder a la ejecución subsidiaria de dicha orden, en sustitución del interesado y a su costa; todo ello sin perjuicio de los daños que pudieran producirse a terceros a causa de la peligrosidad vial, así como de las sanciones y responsabilidades que procedan. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en el artículo 46, en relación con el artículo 8, ambos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, podrá interponerse previamente, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación. Se le indica que si presenta recurso de reposición no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición por el transcurso del plazo de un mes desde su interposición. El expediente estará a disposición de los interesados, en particular para el conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto, en las dependencias de la Sección de Actuación Administrativa del Área de Fomento, Agricultura y Medio Ambiente de la Excma. Diputación Provincial de Almería (C/. Hermanos Machado, 27 – C.P. 04071 – Almería), en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes (excepto festivos). Almería, a 12 de noviembre de 2012. EL DIPUTADO DELEGADO DEL AREA DE FOMENTO AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE, Miguel Ángel Castellón Rubio. 8443/12 EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA Área de Fomento, Agricultura y Medio Ambiente Sección de Actuación Administrativa De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica la notificación de la propuesta de resolución del Instructor del procedimiento sancionador que después se indica, puesto que habiéndose intentado la notificación al interesado en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Expediente 001/2012-SS

Fecha de propuesta de resolución 27 de septiembre de 2012

Interesado HNOS. ALONSO VAQUERO

Artículo infringido 72.1d) Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía.

Mediante el citado acto, el instructor del expediente sancionador propone la imposición de una sanción de cuatro mil ochocientos (4.800) euros al interesado, como responsable de una infracción grave, sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiere lugar, por la ejecución de actuaciones que han afectado a la carretera provincial AL-3117 “De la AL-12 a Rioja por Viator y Pechina”, en el punto kilométrico 0,002 de la antigua ALP-207, en suelo no urbano, en el término municipal de Almería. Asimismo, se concede al interesado un plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la recepción de la presente notificación, para formular alegaciones y presentar documentos e informaciones que estime pertinentes ante el instructor del procedimiento. El expediente estará a disposición de los interesados, en particular para el conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto, en las dependencias de la Sección de Actuación Administrativa del Área de Fomento, Agricultura y Medio Ambiente de la Excma. Diputación Provincial de Almería (C/. Hermanos Machado, 27 – C.P. 04071 – Almería), en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes (excepto festivos). Almería, a 12 de noviembre de 2012. EL DIPUTADO DELEGADO DEL AREA DE FOMENTO AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE, Miguel Angel Castellon Rubio. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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8366/12 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA Area de Fomento y Servicios Ciudadanos ANUNCIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA POR EL QUE SE HACE PUBLICA LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL CONTRATO DE LAS OBRAS DE: “ADECUACIÓN Y MEJORA DE LA PLAZA HILARIÓN ESLAVA Y ENTORNO (ALMERÍA)”. 1º) ENTIDAD ADJUDICADORA. DATOS GENERALES Y DATOS PARA LA OBTENCIÓN DE LA INFORMACIÓN: a) Organismo: Excmo. Ayuntamiento de Almería. b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Gobierno de Fomento y Servicios Ciudadanos. Delegación de Área de Obras Públicas y Servicios Urbanos. c) Obtención de documentación e información: 1.- Dependencia: Delegación de Área de Obras Públicas y Servicios Urbanos. 2.- Domicilio: C/ Rincón de Espronceda, s/nº. 3.- Localidad y código postal: 04001 Almería. 4.- Teléfono: 950-210000 (extensión 2715). 5.-Telefax: 950-081700. 6.- Correo electrónico: mcollado@aytoalmería.es. 7.- Dirección de Internet de perfil del contratante: www.aytoalmería.es 8.- Fecha límite de obtención de documentos e información: el último día del plazo de presentación de proposiciones. d) Número de expediente: C-4/12. 2º) OBJETO DEL CONTRATO. a) Tipo: OBRAS. b) Descripción: OBRAS DE: “ADECUACIÓN Y MEJORA DE LA PLAZA HILARIÓN ESLAVA Y ENTORNO (ALMERÍA)”. c) División por lotes/Número de unidades: No procede. d) Lugar de ejecución/entrega: 1- Domicilio: El ámbito de actuación de la zona esta formada por la Plaza Hilarión Eslava y las Calles Isaac Albéniz, Manuel de Falla, Usandiaga, Amadeo Vives y Ruperto Chapí. 2.- Localidad y código postal: Almería. -04008e) Plazo de ejecución/entrega: Seis (6) meses. f) Admisión de prórroga: Se estará a lo dispuesto en el art. 213 TRLCSP. g) Establecimiento de un acuerdo marco (en su caso): No procede. h) Sistema dinámico de adquisición (en su caso): No procede. i) CPV (referencia de nomenclatura): - 45.21 “Trabajos generales de construcción de inmuebles y obras de ingeniería civil”. - 45.233252-0 . “Trabajos de pavimentación en calles”. 3º) TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO. a) Tramitación: ORDINARIA. b) Procedimiento: ABIERTO. c) Subasta electrónica: No procede. d) Criterios de adjudicación, en su caso: Criterios evaluables mediante fórmulas: 3.1.- Valoración económica: (75 puntos). Criterios no evaluables mediante fórmulas: 3.3.- Organización del proceso constructivo: (20 puntos). 3.4.- Valoración del plazo de ejecución: (5 puntos). 4º) VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: CUATROCIENTOS NUEVE MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE EUROS CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS DE EURO (409.319,33) €. 5º) PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN: a) Importe neto: 409.319,33 € Importe Total: 409.319,33 € más IVA al 21% que asciende a la cantidad de 85.957,06 €, lo que hace un total de 495.276,39 €. 6º) GARANTIA EXIGIDAS: Provisional (importe): no se exige. Definitiva: 5% del importe de adjudicación, IVA excluido. 7º) REQUISITOS ESPECIFICOS DEL CONTRATISTA. a) Clasificación en su caso: Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Grupo: G) Viales y pistas. Subgrupo: 6. Obras viales sin cualificación especifica. Categoría: d) La anualidad media excede de 360.000 € y no sobrepasa los 840.000 €. Grupo: E ) Hidráulicas.Subgrupo: 1. Abastecimiento y Saneamiento. Categoría: c) La anualidad media excede de 120.000 € y no sobrepasa los 360.000 €. b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional, en su caso: No procede. c) Otros requisitos específicos: Adscripción a la ejecución del contrato de los medios personales y materiales que se indican en la cláusula V.2.1 g) del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. d) Contrato reservado: No procede. 8º) PRESENTACIÓN DE OFERTAS O DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN: a) Fecha límite de presentación: veintiséis (26) días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el B.O.P. b) Modalidad de presentación: La exigida en la cláusula V del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. c) Lugar de presentación: 1) Dependencia: En el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Almería, o bien por Correo. 2) Domicilio: Plaza de la Constitución, s/nº. 3) Localidad y código postal: Almería 04001. 4) Dirección electrónica: No procede. d) Número previsto de empresas a las que se pretende invitar a presentar ofertas (procedimiento restringido): No procede. e) Admisión de variantes, si procede: No se admiten. f) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Durante dos (2) meses, a contar desde la apertura de las proposiciones sin perjuicio de lo establecido en el art. 161.2 TRLCSP. 9º) APERTURA DE OFERTAS: a) Descripción: Apertura sobre A.- Documentación administrativa y, en su caso, apertura sobre B.- Referencias Técnicas. b) Dirección: Área de Gobierno de Fomento y Servicios Ciudadanos. Delegación de Área de Obras Públicas y Servicios Urbanos. Plaza Rincón de Espronceda, s/nº. c) Localidad y código postal: Almería. -04001-. d) Fecha y hora: el tercer día hábil siguiente, excepto sábados, a la conclusión del plazo de presentación de proposición, a las doce horas. 10º) GASTOS DE PUBLICIDAD: Importe máximo 250 € que correrán a cuenta del adjudicatario. 11º) FECHA DE ENVÍO DEL ANUNCIO AL “DIARIO OFICIAL DE LA UNIÓN EUROPEA” ( en su caso): No procede. 12º) OTRAS INFORMACIONES: PORTAL INFORMÁTICO O PAGINA WEB DONDE FIGUREN LAS INFORMACIONES RELATIVAS A LA CONVOCATORIA O DONDE PUEDEN OBTENER LOS PLIEGOS: Perfil del Contratante: www.aytoalmería.es Almería, 6 de Noviembre de 2.012 EL ALCALDE-PRESIDENTE, Luis Rogelio Rodríguez-Comendador Pérez. 8079/12 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA Gerencia Municipal de Urbanismo Sección de Disciplina Urbanística - Negociado de Ruinas y Ordenes de Ejecución EDICTO EXPTE. Mº 2003/168 EJECUCION SUBSIDIARIA EN EXPEDIENTE DE EJECUCIÓN FORZOSA, REF. INMUEBLE C/ CASTAÑOS Nº 15. D. Pablo José Venzal Contreras, Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Almería. HACER SABER: Que, no pudiéndose practicar notificación a Dª Isabel Montero Jiménez, con DNI nº 27060047H, en calidad de propietaria interesada en el procedimiento de Orden de Ejecución Subsidiaria del inmueble situado en C/ Castaños nº 15, por ser desconocida, por medio del presente Edicto, y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación a Dª Isabel Montero Jiménez y a todos los que pudieran resultar interesados en relación con el expediente nº 2003/168 del Negociado de Ruinas y Órdenes de Ejecución, de la notificación de la Resolución que a continuación se transcribe: DON PABLO JOSÉ VENZAL CONTRERAS, VICEPRESIDENTE DE LA GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DE ALMERÍA, CON FECHA 22 DE OCTUBRE DE 2012, HA DICTADO LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN Resultando del expediente los siguientes Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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ANTECEDENTES DE HECHO Primero.- El 17/05/2012 se dictó Resolución del Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Almería, por la que se incoa procedimiento para la Ejecución Forzosa mediante la Ejecución Subsidiaria de los trabajos de demolición del inmueble sito en C/. Castaños nº 15, propiedad de Dª Isabel Montero Jiménez con DNI nº 27060047H, en los términos expresados en la Resolución del Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo de fecha 13/03/2009, en la que se declaraba la ruina urbanística del mismo, por incumplimiento de la propiedad de la ejecución de los trabajos indicados en los informes de los Servicios Técnicos municipales de 02/03/2004 y 14/05/2012, bajo la dirección de técnico competente. Segundo.- Habiendo sido notificada la Resolución de Incoación del procedimiento para la Ejecución Forzosa, mediante Ejecución Subsidiaria, a la propiedad, publicándose en el BOP en fecha 02/10/2012, y en el Tablón de Edictos del 14/09/2012 al 14/10/2012, ante la imposiblidad de practicar la notificación. Considerando la aplicación a los antecedentes descritos los siguientes: FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero.- El artículo 158 apartado 2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante, LOUA) previene que “el incumplimiento injustificado de las órdenes de ejecución habilitará a la Administración actuante para adoptar cualquiera de estas medidas: a) Ejecución subsidiaria a costa del obligado, hasta el límite del deber normal de conservación, al que se refiere el artículo 155.3 de esta Ley. b) Imposición de hasta diez multas coercitivas con periodicidad mínima mensual, por valor máximo, cada una de ellas, del diez por ciento del coste estimado de las obras ordenadas. El importe de las multas coercitivas impuestas quedará afectado a la cobertura de los gastos que genere efectivamente la ejecución subsidiaria de la orden incumplida, a los que habrá que sumar los intereses y gastos de gestión de las obras. La expropiación del inmueble, previa declaración del incumplimiento del deber de conservación, o la colocación del inmueble en situación de ejecución por sustitución, mediante el correspondiente concurso regulado en los artículos 151 y 152, que será instado, en su caso, antes de la declaración de ruina.” Segundo.- El artículo 24 del Reglamento de Disciplina Urbanística, Real Decreto 2187/1978 de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre régimen del Suelo y Ordenación Urbana, (en adelante RDU) dice: 1. La resolución del expediente se notificará a todos los que hubieran sido parte en el mismo y a todos los moradores del inmueble, aunque no se hubieren personado. 2. Cuando se hubiese acordado la ejecución de obras, se fijará el término dentro del cual deban iniciarse, con la advertencia de que, de no hacerlo, y de no llevarse a cabo las obras a ritmo normal, la Administración las ejecutará, pasando al obligado el cargo correspondiente. Tercero.- El artículo 28 del RDU, señala que: 1.- La declaración administrativa de ruina o la adopción de medidas de urgencia por la Administración no eximirá a los propietarios de las responsabilidades de todo orden que pudieran serles exigidas por negligencia en los deberes de conservación que les correspondan. 2.- Para el reintegro de los gastos hechos por la Administración en la acción sustitutiva de la inactividad de los particulares, en supuestos de órdenes de conservación o de adopción de medidas de seguridad, se seguirá, en su caso, el procedimiento de apremio. Cuarto.- El artículo 95 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LPA), señala que las Administraciones Públicas, a través de sus órganos competentes en cada caso, podrán proceder, previo apercibimiento, a la ejecución forzosa de los actos administrativos, salvo en los supuestos en que se suspenda la ejecución de acuerdo con la Ley, o cuando la Constitución o la Ley exijan la intervención de los Tribunales, y no concurriendo en el presente expediente causa legal de la que se derive suspensión por lo que se ha de predicar la ejecutividad del acto administrativo. Quinto: El artículo 96 de la LPA dice: “1. La ejecución forzosa por las Administraciones Públicas se efectuará, respetando siempre el principio de proporcionalidad, por los siguientes medios: a) Apremio sobre el patrimonio. b) Ejecución subsidiaria. c) Multa Coercitiva. d) Compulsión sobre las personas. 2. Si fueran varios los medios de ejecución admisibles, se elegirá el menos restrictivo de la libertad individual. 3.Si fuese necesario entrar en el domicilio del afectado, las Administraciones Públicas deberán obtener el consentimiento del mismo, o, en su defecto, la oportuna autorización judicial.” Sexto: El artículo 98 de la LPA dispone que: “1. Habrá lugar a la ejecución subsidiaria cuando se trate de actos que por no ser personalísimos puedan ser realizados por sujeto distinto del obligado. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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2. En este caso, las Administraciones Públicas realizarán el acto, por sí o a través de las personas que determinen, a costa del obligado. 3. El importe de los gastos, daños y perjuicios se exigirá conforme a lo dispuesto en el artículo anterior. 4. Dicho importe podrá liquidarse de forma provisional y realizarse antes de la ejecución, a reserva de la liquidación definitiva.” Séptimo: La competencia para dictar la presente resolución corresponde al Vicepresidente de la Gerencia, en virtud de la delegación efectuada por el Alcalde, mediante Decreto de fecha 30/06/2011, de las competencias que le atribuye el art. 124.4.ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local así como el resto de competencias que en virtud del RDUA se otorgan al Alcalde. Por cuantos antecedentes obran en el expediente y cuantos fundamentos de derecho han sido considerados, en uso de las facultades que ésta Vicepresidencia ostenta en virtud de los Estatutos aprobados para el funcionamiento de ésta Gerencia Municipal de Urbanismo, HE RESUELTO: PRIMERO: Concluir el procedimiento de Ejecución Forzosa mediante la Ejecución Subsidiaria de los trabajos de demolición o rehabilitación del inmueble sito en C/ Castaños nº 15, propiedad de Dª Isabel Montero Jiménez, con DNI nº 27060047H, en los términos expresados en la Resolución del Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo de fecha 13/03/2009, en la que se declaraba la ruina urbanística del mismo, por incumplimiento de la propiedad de la ejecución de los trabajos indicados en los informes de los Servicios Técnicos municipales de 02/03/2004 y 14/05/2012, bajo la dirección de técnico competente. Todo ello a costa de la propiedad del inmueble cuyos datos son: Dª Isabel Montero Jiménez, con DNI nº 27060047H, con domicilio a efectos de notificaciones en C/ Somontín nº 8 -04006- Almería. SEGUNDO: Dar traslado de la presente Resolución a la Sección de Patrimonio y Contratación de la Gerencia Municipal de Urbanismo, a fin de que inicie los trámites oportunos tendentes a la contratación de los trabajos que se contemplan en los Informes de los Servicios Técnicos Municipales de fechas 02/03/2004 y 14/05/2012 y que se transcriben a continuación por orden de fechas: “CONCLUSIÓN Proceder, a su elección, a la completa rehabilitación o a la demolición según art. 157.3-B)a) de la citada Ley. Caso de demolición deberá cumplir lo siguiente, Orden de DEMOLICIÓN del inmueble bajo Proyecto y Dirección Técnica de Arquitecto Superior ó Aparejador/Arquitecto Técnico, debiendo presentar, a la finalización de los trabajos, Certificado final de obras con visado colegial del Técnico y fotografías acreditativas de la demolición efectuada. Después de efectuar la demolición completa del inmueble se procederá a: e)ejecutar nueva valla de cerramiento en fachada según alineaciones del PGOU. Dicha valla de cerramiento perimetral tendrá altura mín. 2,40 m, ejecutada con fábrica de bloque tipo split y rematada con albardilla del mismo material. Se dispondrá una puerta en el solar para acceso y mantenimiento por parte de la propiedad. f) enfoscar y pintar las medianerías en evitación de infiltración de humedades a colindantes. g) ejecutar un pavimento de hormigón de espesor mín. 15 cm en todo el solar con pendiente mín. 2 % hacia la calle, dejando previstos, en la nueva valla de cerramiento de fachada, como mínimo 2 agujeros con tubo de PVC, como desagües del solar. Plazo de ejecución: 2 meses. Plazo de inicio de obras desde la obtención de licencia de demolición: 5 días. Se adjunta Valoración en ejecución subsidiaria por valor de 3.504 €uros. MEDIDAS PRECAUTORIAS Deberán colocarse vallas ancladas a la acera a lo largo de la fachada de forma que impidan el paso de peatones junto a la fachada hasta la finalización de las obras, por existir peligro para viandantes. Plazo de ejecución para la colocación de vallas 5 días Y otro de fecha 14/05/2012 CONCLUSIÓN Orden de DEMOLICIÓN según art. 157.3-B)a) de la citada Ley. Orden de DEMOLICIÓN del inmueble bajo Proyecto y Dirección Técnica de Arquitecto Superior ó Aparejador/Arquitecto Técnico, debiendo presentar, a la finalización de los trabajos, Certificado final de obras con visado colegial del Técnico y fotografías acreditativas de la demolición efectuada. 1. Demolición y posterior Limpieza y retirada de escombros a vertedero autorizado 2. El vallado del solar deberá estar formado, esencialmente, por 50 cm como máx de parte opaca (hormigón o 2 hiladas de bloques prefabricados), completado por entre 1,50 y 2 m de malla de simple torsión con postes tubulares galvanizados a una distancia máx de 3 m. Por motivos de mantenimiento, el vallado deberá contar con una puerta de acceso situada en lugar adecuado y realizada con el mismo tipo de malla de torsión (no opaca). En todo caso, se evitarán cierres opacos que puedan ser sometidos a esfuerzos eólicos y que puedan provocar accidentes en caso de derribo. 3. En cuanto al tratamiento de la superficie, se procederá, tal y como indica el PGOU, a la regularización del terreno, evitando en todo caso acopios de material removido en el interior de la parcela. Los pozos, arquetas y en general cualquier elemento que pueda provocar accidentes deberá ser adecuadamente relleno con material granular debidamente compactado o con hormigón pobre. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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4. En cuanto a la limpieza y salubridad, con objeto de garantizar la durabilidad de la retirada de la maleza que pudiera existir, se deberá ejecutar una solera de hormigón pobre de unos 10 cm de espesor con pendiente hacia vías públicas donde se producirá el vertido en superficie de las aguas de escorrentía superficial. Para favorecer esta evacuación de pluviales, la base opaca del vallado deberá contar con mechinales cada 2 m formados por tubo de PVC de diámetro mínimo 100 mm. 5. Enfoscar y pintar las medianerías en evitación de infiltración de humedades a colindantes. Plazo de ejecución: 2 meses. Plazo de inicio de obras desde la obtención de licencia de demolición: 5 días. Se una Valoración en ejecución subsidiaria por valor de 5.000 €uros. Dicha cantidad puede verse alterada durante la ejecución de las obras. MEDIDAS PRECAUTORIAS Deberán colocarse vallas ancladas a la acera a lo largo de la fachada de forma que impidan el paso de peatones junto a la fachada hasta la finalización de las obras, por existir peligro para viandantes. Plazo de ejecución para la colocación de vallas 5 días...” TERCERO: Notificar la Resolución a la propiedad del inmueble, Dª Isabel Montero Jiménez, para su conocimiento y efectos oportunos. Así lo acuerda, manda y firma el Sr. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Almería, Don Pablo José Venzal Contreras, en Almería a veintidós de octubre de dos mil doce, de todo lo que yo, el Secretario, Don Fernando Gómez Garrido, doy fe. Lo que le traslado para su conocimiento y efectos oportunos, advirtiéndole que contra la presente Resolución no cabe interponer recurso alguno, por tratarse de un acto trámite, pudiendo hacer valer su oposición al mismo conforme a lo dispuesto en el artículo 107.1 párrafo 2 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como tener vista del expediente que se custodia en el Negociado de Ruinas y Órdenes de Ejecución del Área de Urbanismo, en horario de atención al público. Almería, a 25 de octubre de 2012 EL VICEPRESIDENTE DE LA GERENCIA, Pablo José Venzal Contreras. 8081/12 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA Gerencia Municipal de Urbanismo Disciplina Urbanística E D I C T O: 062/12 El Sr. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Almería. HACE SABER que habiéndose intentado la notificación de los diferentes actos administrativos que a continuación se relacionarán, referidos todos ellos a expedientes en tramitación en el Negociado de Disciplina Urbanística, resultando imposible practicar las mismas; y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59.5 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación a través de anuncio en el Tablón de Edictos de este Excmo. Ayuntamiento y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, siendo su extracto el siguiente INCOACIÓN RESULTANDO: Que, la Jefatura de Policía local formula denuncias por la realización de obras, no aportando la preceptiva licencia municipal. RESULTANDO: Que, consultados los archivos de la Sección de Licencias, las referidas obras carecían de la preceptiva licencia municipal que legitimara la actuación urbanística en el momento de la denuncia, habiendose emitido informe técnico al respecto. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 169 de la Ley 7/2002, de 17/12, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante “LOUA”), y preceptos concordantes del Plan General de Ordenación Urbana de Almería, los actos que nos ocupan están sujetos a licencia urbanística, sin perjuicio de que, en su caso, procediera o no su otorgamiento. CONSIDERANDO: Que el artículo 191 de la LOUA, prescribe que son infracciones urbanísticas las acciones u omisiones que estén tipificadas y sancionadas como tales en esta Ley, estableciendo el artículo 192 de la misma, que toda acción u omisión tipificada como infracción urbanística, dará lugar, entre otras, a la adopción de las medidas precisas que procedan para la exigencia de la responsabilidad sancionadora y disciplinaria administrativa. CONSIDERANDO: Que los actos que nos ocupan, presuntamente, son constitutivos de una infracción administrativa CONSIDERANDO: Que, las sanciones se graduarán conforme a los artículos 203 y siguientes de la LOUA. CONSIDERANDO Que, la competencia para iniciar y resolver el procedimiento sancionador que nos ocupa corresponde al Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Almería, de conformidad con el artículo 195.1 de la LOUA y 21 de la Ley 7/1985, de 02/04, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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CONSIDERANDO: Que por Resolución del Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Almería, de fecha 30 de junio de 2011, la incoación de los expedientes sancionadores, ha sido delegada en el Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 124.4.ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en los términos y con los requisitos contemplados en los artículos 43 y 44, 114 y 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Régimen Jurídico de las entidades Locales , y en los artículos 11 y 90 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Excmo. Ayuntamiento de Almería (B.O.P. de 24/02/2009). CONSIDERANDO: Que, en los términos de los artículos 193 y 194 de la LOUA, y sin perjuicio de todo lo dispuesto en los mismos artículos, pueden ser personas responsables de las infracciones urbanísticas los propietarios, promotores, constructores, urbanizadores y cuantas otras personas tengan atribuidas facultades decisorias sobre la ejecución o el desarrollo de los actos, así como los técnicos titulados directores de los mismos, y los redactores de los proyectos. También pueden ser responsables las empresas suministradoras. CONSIDERANDO: Que el artículo 13 del Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, antes citado, establece el contenido mínimo que ha de tener la iniciación del procedimiento sancionador, disponiendo su número 2 que el acuerdo de iniciación se comunicará al instructor, con traslado de cuantas actuaciones existan al respecto, y se notificará al denunciante, en su caso, y los interesados, entendiendo en todo caso por tal al inculpado, y que en la notificación se advertirá a los interesados que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo previsto en el Art. 16.1 (quince días), la iniciación podrá ser considerada propuesta de Resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento. Asimismo el presunto infractor, puede reconocer voluntariamente su responsabilidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento, pudiendo resolverse, en ese caso, el procedimiento con la imposición de la sanción que proceda. DISPONGO: PRIMERO: Incoar procedimiento sancionador para determinar las responsabilidades administrativas en que haya podido incurrir, y ello como presuntos responsables de infracción urbanística Expte.

Nombre

DNI/CIF

Calidad

Obras

Propuesta

Art. LOUA

Fecha

sanción S-536/08

Francisca Palenzuela Díaz

27080857 J

Promotora

Construcción de vivienda de 70 m2., hasta la fecha se ha construido la

42.875,35 €

Resolución Art. 251.1, puesto en

cimentación, los muros de carga laterales, interiores y repellado de la fachada

reslación

exterior de la vievienda, careciendo de la preceptiva licencia municipal.

207.4.C.a)

con

el

24-05-2012

art.

SEGUNDO: Nombrar Instructor del expediente sancionador de referencia a Dª Dolores del Pilar González Espinosa, Jefe de la Sección de disciplina Urbanística y Medioambiental, y Secretaria del mismo a Dª Antonia Ruiz Marín, Jefe del Negociado de Disciplina Urbanística, ambos de la de la Sección de Disciplina Urbanística y Medioambiental del Área de Urbanismo, nombramientos contra los que podrá Vd. promover recusación en los términos del art. 29 de la mencionada Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. TERCERO: Conceder al interesado un plazo de QUINCE DÍAS hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación de la presente Resolución para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y , en su caso, proponer prueba concretando las medidas de que pretenden valerse. En caso de no efectuarse alegaciones en dicho plazo, el acto de iniciación de este expediente podrá considerarse propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, ya que este acuerdo contiene un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada. El presunto responsable puede reconocer voluntariamente su responsabilidad, pudiendo, en ese caso, resolverse el procedimiento con la imposición de la sanción que proceda; asimismo, el pago voluntario por el imputado de la sanción correspondiente podrá implicar igualmente la terminación del procedimiento sancionador, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes. Lo que traslado a Vd. en la advertencia de que contra la expresada resolución no cabe interponer recurso alguno, por tratarse de un acto trámite, pudiendo hacer valer su oposición al mismo conforme a lo dispuesto en el art. 107.1, párrafo 2º, de la ley 4/1999 de 13 de Enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contra los nombramientos del Instructor y del Secretario podrá Vd. presentar recusación por causa legítima expresada con precisión a través de escrito en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, según el régimen contemplado en los artículos 28 y 29 de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A efectos del cumplimiento de lo preceptuado en el punto 2º del artículo 196 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa del procedimiento sancionador será de un año a contar desde la fecha del acuerdo de inciación. En caso de falta de resolución y notificación expresa, en dicho plazo, se producirá la caducidad del procedimiento de acuerdo con lo establecido en el punto 2º del artículo 44 de la citada Ley 4/1999 de 13 de Enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dado en la Casa Consistorial de Almería, a 4 de agosto de 2012 EL VICEPRESIDENTE, Pablo José Venzal Contreras. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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8083/12 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA Gerencia Municipal de Urbanismo Disciplina Urbanistica E D I C T O: 063/12 El Sr. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Almería. HACE SABER que habiéndose intentado la notificación de los diferentes actos administrativos que a continuación se relacionarán, referidos todos ellos a expedientes en tramitación en el Negociado de Disciplina Urbanística, resultando imposible practicar las mismas; y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59.5 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación a través de anuncio en el Tablón de Edictos de este Excmo. Ayuntamiento y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, siendo su extracto el siguiente RESULTANDO: Que por Resolución del Vicepresidente de la Gerencia Municipal de urbanismo, se incoó procedimiento sancionador a los expedientes que a continuación se relacionan. Nº Expediente S-160/08

Nombre José ignacio Arenedo Mayoral

DNI/CIF

Obras

16484583 T

Fecha incoación

Construcción de una haitación de unos 6,50 m2, en vivienda de panta baja con fachada a la calle Tenis, estando a unos 2,70 m. de altura sobre la pared de la vivienda y sobre el muro de una valla ya existente, que ha sido elevada unos 40 centímetros, con dos filas de bloques cerámicos, en un perímetro de unos 7,30 m. Igualmente se ha subido una valla de medianería con el vecino del dúples 13. con bloque cerámico, unos 15,00 m. lineales y 1,50 m. de altura, dejando unos 6 huecos para colocación de cristales de “pavés”, en C/ Tenis, dúplex 11 bajo. Avda. De los Juegos Mediterráneos nº 4, Acceso B de Retamar.

28-03-12

RESULTANDO: Que en la citada Resolución de incoación, se nombra instructora del expediente sancionador a Dª. Dolores del Pilar González Espinosa, Jefe de Sección de la Sección de Disciplina Urbanística y Medioambiental CONSIDERANDO: que por cuestiones organizativas se hace necesario cambiar el instructor de los citados expedientes sancionadores, a efectos de lo establecido en el artículo 195.2 de la Ley 7/2002. DISPONGO: 1) Nombrar instructor para los procedimientos sancionadores incoados, a D. Manuel Ricardo Vallecillos Siles, Técnico de Administración General adscrito a la Unidad de Inspección Urbanística, contra el que se podrá promover recusación en los términos del art. 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Manteniendo por lo demás su parte dispositiva en sus propios términos. 2) Conceder trámite de Audiencia durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la recepción de la presente. Lo que traslado a Vd. en la advertencia de que contra la expresada resolución no cabe interponer recurso alguno, por tratarse de un acto trámite, pudiendo hacer valer su oposición al mismo conforme a lo dispuesto en el art. 107.1, párrafo 2º, de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dado en la Casa Consistorial de Almería, 5 de octubre de 2012. EL VICEPRESIDENTE, Pablo José Venzal Contreras. 8084/12 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA Gerencia Municipal de Urbanismo Disciplina Urbanística E D I C T O: 064/12 El Sr. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Almería. HACE SABER que habiéndose intentado la notificación de los diferentes actos administrativos que a continuación se relacionarán, referidos todos ellos a expedientes en tramitación en el Negociado de Disciplina Urbanística, resultando imposible practicar las mismas; y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59.5 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación a través de anuncio en el Tablón de Edictos de este Excmo. Ayuntamiento y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, siendo su extracto el siguiente RESULTANDO: Que por Resolución del Vicepresidente de la Gerencia Municipal de urbanismo, se incoó procedimiento sancionador a los expedientes que a continuación se relacionan Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Nº Expediente S-310/09

Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012

Nombre Jose Javier Bordes García

DNI/CIF 27529408 M

B.O.P. de Almería

Obras

Fecha incoación

Instalación de una casa prefabricada de 80 m2 compuesta por dos módulos fijado uno a otro en Polígono 35, Parcela 62 de Bellavista

30-03-12

RESULTANDO: Que en la citada Resolución de incoación, se nombra instructora del expediente sancionador a Dª. Dolores del Pilar González Espinosa, Jefe de Sección de la Sección de Disciplina Urbanística y Medioambiental CONSIDERANDO: que por cuestiones organizativas se hace necesario cambiar el instructor de los citados expedientes sancionadores, a efectos de lo establecido en el artículo 195.2 de la Ley 7/2002. DISPONGO: 1) Nombrar instructor para los procedimientos sancionadores incoados, a D. Manuel Ricardo Vallecillos Siles, Técnico de Administración General adscrito a la Unidad de Inspección Urbanística, contra el que se podrá promover recusación en los términos del art. 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Manteniendo por lo demás su parte dispositiva en sus propios términos. 2) Conceder trámite de Audiencia durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la recepción de la presente. Lo que traslado a Vd. en la advertencia de que contra la expresada resolución no cabe interponer recurso alguno, por tratarse de un acto trámite, pudiendo hacer valer su oposición al mismo conforme a lo dispuesto en el art. 107.1, párrafo 2º, de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dado en la Casa Consistorial de Almería, a nueve de octubre de dos mil doce EL VICEPRESIDENTE, Pablo José Venzal Contreras. 8085/12 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA Gerencia Municipal de Urbanismo Disciplina Urbanistica E D I C T O: 065/12 El Sr. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Almería. HACE SABER que habiéndose intentado la notificación de los diferentes actos administrativos que a continuación se relacionarán, referidos todos ellos a expedientes en tramitación en el Negociado de Disciplina Urbanística, resultando imposible practicar las mismas; y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59.5 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación a través de anuncio en el Tablón de Edictos de este Excmo. Ayuntamiento y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, siendo su extracto el siguiente SANCIÓN “VISTO los expedientes sancionadores por infracción urbanística careciendo de la preceptiva licencia municipal RESULTANDO: Que las referidas obras carecen de la preceptiva licencia municipal en el momento de su ejecución, siendo no legalizables incoándose expediente sancionador contra el inculpado, como presunto responsable de la infracción urbanística habida en la presente actuación ilegal, quedando advertido en la misma de que, de conformidad a lo dispuesto en el art. 13.2 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora (Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto), si no formulaba alegaciones en el plazo de 15 días, la iniciación podría ser considerada propuesta de resolución, por contener un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada RESULTANDO: Que en el mencionado expediente se han seguido todos los trámites que señala el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto que aprobó el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora CONSIDERANDO: Que el artículo 191 de la LOUA, prescribe que son infracciones urbanísticas las acciones u omisiones que estén tipificadas y sancionadas como tales en esta Ley, estableciendo el artículo 192 de la misma, que toda acción u omisión tipificada como infracción urbanística, dará lugar, entre otras, a la adopción de las medidas precisas que procedan para la exigencia de la responsabilidad sancionadora y disciplinaria administrativa.. CONSIDERANDO: Que, en los términos de los artículos 193 y 194 de la LOUA, y sin perjuicio de todo lo dispuesto en los mismos artículos, pueden ser personas responsables de las infracciones urbanísticas los propietarios, promotores, constructores, urbanizadores y cuantas otras personas tengan atribuidas facultades decisorias sobre la ejecución o el desarrollo de los actos, así como los técnicos titulados directores de los mismos, y los redactores de los proyectos. También pueden ser responsables las empresas suministradoras. CONSIDERANDO: Que, la competencia para resolver el procedimiento sancionador que nos ocupa corresponde al AlcaldePresidente del Excmo. Ayuntamiento de Almería, de conformidad con el artículo 195.1 de la LOUA y 21 de la Ley 7/1985, de 02/04, Reguladora de las Bases del Régimen Local. CONSIDERANDO: Que por Resolución del Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Almería, de fecha 30 de junio de 2011, la resolución de los expedientes sancionadores, ha sido delegada en el Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

B.O.P. de Almería

Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012

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Urbanismo, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 124.4.ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en los términos y con los requisitos contemplados en los artículos 43 y 44, 114 y 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Régimen Jurídico de las entidades Locales , y en los artículos 11 y 90 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Excmo. Ayuntamiento de Almería (B.O.P. de 24/02/2009).. DISPONGO: 1º. La imposición de sanción como responsable de la infracción urbanística cometida. 2º.- Procédase a practicar la correspondiente liquidación” Expte. S-432/09

Nombre INVERSIGEST S.L.

DNI B-04485165

Obras

Art. LOUA

Construcción de trastero en el hueco de la rampa de acceso instalando puerta metálica en pared de plaza de garaje nº 21, siendo las medidas de la puerta 1,65 x 0,85 metros, alto y ancho, en Ctra. De Nijar nº 186 de la Cañada, plaza de garaje 21, careciendo de la preceptiva licencia municipal.

218.1.a) de la LOUA puesto en relación con el artículo 207 3.d)

Tipificación

Sanción

Fecha Resolución

grave

525 €

21-0912

Lo que comunico a usted advirtiéndole que contra la expresada Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Vicepresidente de Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo Ayuntamiento de Almeria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de dicho orden jurisdiccional de Almería, en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en el art. 46, en relación con el art. 8, ambos de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que estime pertinente. Se le advierte que de optar por la presentación de recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso, de acuerdo con lo que establece el art. 116.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, citada. A estos efectos deberá retirar en horario de oficina (de 9 a 13 horas) el instrumento de pago en el Negociado de Liquidaciones del Área de Gestión Económica, a fin de ingresar el importe de la sanción en las Oficinas de CAJAMAR Transcurrido el plazo correspondiente sin haber efectuado el ingreso de la sanción, se procederá a su cobro en VÍA DE APREMIO. Dado en la Casa Consistorial de Almería, a nueve de octubre de dos mil doce EL VICEPRESIDENTE, Pablo José Venzal Contreras. 8086/12 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA Gerencia Municipal de Urbanismo Disciplina Urbanistica E D I C T O: 066/12 El Sr. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Almería. HACE SABER que habiéndose intentado la notificación de los diferentes actos administrativos que a continuación se relacionarán, referidos todos ellos a expedientes en tramitación en el Negociado de Disciplina Urbanística, resultando imposible practicar las mismas; y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59.5 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación a través de anuncio en el Tablón de Edictos de este Excmo. Ayuntamiento y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, siendo su extracto el siguiente INCOACIÓN RESULTANDO: Que, la Jefatura de Policía local formula denuncias por la realización de obras, no aportando la preceptiva licencia municipal. RESULTANDO: Que, consultados los archivos de la Sección de Licencias, las referidas obras carecían de la preceptiva licencia municipal que legitimara la actuación urbanística en el momento de la denuncia, habiendose emitido informe técnico al respecto. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 169 de la Ley 7/2002, de 17/12, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante “LOUA”), y preceptos concordantes del Plan General de Ordenación Urbana de Almería, los actos que nos ocupan están sujetos a licencia urbanística, sin perjuicio de que, en su caso, procediera o no su otorgamiento. CONSIDERANDO: Que el artículo 191 de la LOUA, prescribe que son infracciones urbanísticas las acciones u omisiones que estén tipificadas y sancionadas como tales en esta Ley, estableciendo el artículo 192 de la misma, que toda acción u omisión tipificada como infracción urbanística, dará lugar, entre otras, a la adopción de las medidas precisas que procedan para la exigencia de la responsabilidad sancionadora y disciplinaria administrativa. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012

B.O.P. de Almería

CONSIDERANDO: Que los actos que nos ocupan, presuntamente, son constitutivos de una infracción administrativa. CONSIDERANDO: Que, las sanciones se graduarán conforme a los artículos 203 y siguientes de la LOUA. CONSIDERANDO Que, la competencia para iniciar y resolver el procedimiento sancionador que nos ocupa corresponde al Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Almería, de conformidad con el artículo 195.1 de la LOUA y 21 de la Ley 7/1985, de 02/04, Reguladora de las Bases del Régimen Local. CONSIDERANDO: Que por Resolución del Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Almería, de fecha 30 de junio de 2011, la incoación de los expedientes sancionadores, ha sido delegada en el Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 124.4.ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en los términos y con los requisitos contemplados en los artículos 43 y 44, 114 y 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Régimen Jurídico de las entidades Locales , y en los artículos 11 y 90 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Excmo. Ayuntamiento de Almería (B.O.P. de 24/02/2009). CONSIDERANDO: Que, en los términos de los artículos 193 y 194 de la LOUA, y sin perjuicio de todo lo dispuesto en los mismos artículos, pueden ser personas responsables de las infracciones urbanísticas los propietarios, promotores, constructores, urbanizadores y cuantas otras personas tengan atribuidas facultades decisorias sobre la ejecución o el desarrollo de los actos, así como los técnicos titulados directores de los mismos, y los redactores de los proyectos. También pueden ser responsables las empresas suministradoras. CONSIDERANDO: Que el artículo 13 del Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, antes citado, establece el contenido mínimo que ha de tener la iniciación del procedimiento sancionador, disponiendo su número 2 que el acuerdo de iniciación se comunicará al instructor, con traslado de cuantas actuaciones existan al respecto, y se notificará al denunciante, en su caso, y los interesados, entendiendo en todo caso por tal al inculpado, y que en la notificación se advertirá a los interesados que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo previsto en el Art. 16.1 (quince días), la iniciación podrá ser considerada propuesta de Resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento. Asimismo el presunto infractor, puede reconocer voluntariamente su responsabilidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento, pudiendo resolverse, en ese caso, el procedimiento con la imposición de la sanción que proceda. DISPONGO: PRIMERO: Incoar procedimiento sancionador para determinar las responsabilidades administrativas en que haya podido incurrir, y ello como presuntos responsables de infracción urbanística Expte.

Nombre

DNI/CIF

Calidad

Obras

Propuesta Sanción

Art. LOUA

Fecha resolución

S-140/09

Manuel Sánchez Berenguel

27230164 G

Promotor

Cerrar unos 7 m2 de la terraza ático, con carpintería de aluminio, así como haber instalado un toldo con apertura horizontal de 12 m2, en C/ Gloria nº 3 ático.

3.299,00 €

218.1.a), puesto en relación con el art. 207.3.d

20/08/12

SEGUNDO: Nombrar Instructor del expediente sancionador de referencia D. Manuel Ricardo Vallecillos Siles, Técnico de Administración General adscrito a la Unidad de Inspección Urbanística, y Secretaria del mismo a Dª Antonia Ruiz Marín, Jefe del Negociado de Disciplina Urbanística, ambos de la de la Sección de Disciplina Urbanística y Medioambiental del Área de Urbanismo, nombramientos contra los que podrá Vd. promover recusación en los términos del art. 29 de la mencionada Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. TERCERO: Conceder al interesado un plazo de QUINCE DÍAS hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación de la presente Resolución para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y , en su caso, proponer prueba concretando las medidas de que pretenden valerse. En caso de no efectuarse alegaciones en dicho plazo, el acto de iniciación de este expediente podrá considerarse propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, ya que este acuerdo contiene un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada. El presunto responsable puede reconocer voluntariamente su responsabilidad, pudiendo, en ese caso, resolverse el procedimiento con la imposición de la sanción que proceda; asimismo, el pago voluntario por el imputado de la sanción correspondiente podrá implicar igualmente la terminación del procedimiento sancionador, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes. Lo que traslado a Vd. en la advertencia de que contra la expresada resolución no cabe interponer recurso alguno, por tratarse de un acto trámite, pudiendo hacer valer su oposición al mismo conforme a lo dispuesto en el art. 107.1, párrafo 2º, de la ley 4/1999 de 13 de Enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contra los nombramientos del Instructor y del Secretario podrá Vd. presentar recusación por causa legítima expresada con precisión a través de escrito en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, según el régimen contemplado en los artículos 28 y 29 de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A efectos del cumplimiento de lo preceptuado en el punto 2º del artículo 196 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa del procedimiento sancionador será Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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de un año a contar desde la fecha del acuerdo de inciación. En caso de falta de resolución y notificación expresa, en dicho plazo, se producirá la caducidad del procedimiento de acuerdo con lo establecido en el punto 2º del artículo 44 de la citada Ley 4/1999 de 13 de Enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dado en la Casa Consistorial de Almería, a diez de octubre de dos mil doce EL VICEPRESIDENTE, Pablo José Venzal Contreras. 8087/12 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA Gerencia Municipal de Urbanismo Disciplina Urbanística E D I C T O: 068/12 El Sr. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Almería. HACE SABER que habiéndose intentado la notificación de los diferentes actos administrativos que a continuación se relacionarán, referidos todos ellos a expedientes en tramitación en el Negociado de Disciplina Urbanística, resultando imposible practicar las mismas; y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59.5 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación a través de anuncio en el Tablón de Edictos de este Excmo. Ayuntamiento y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, siendo su extracto el siguiente INCOACIÓN RESULTANDO: Que, la Jefatura de Policía local formula denuncias por la realización de obras, no aportando la preceptiva licencia municipal. RESULTANDO: Que, consultados los archivos de la Sección de Licencias, las referidas obras carecían de la preceptiva licencia municipal que legitimara la actuación urbanística en el momento de la denuncia, habiendose emitido informe técnico al respecto. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 169 de la Ley 7/2002, de 17/12, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante “LOUA”), y preceptos concordantes del Plan General de Ordenación Urbana de Almería, los actos que nos ocupan están sujetos a licencia urbanística, sin perjuicio de que, en su caso, procediera o no su otorgamiento. CONSIDERANDO: Que el artículo 191 de la LOUA, prescribe que son infracciones urbanísticas las acciones u omisiones que estén tipificadas y sancionadas como tales en esta Ley, estableciendo el artículo 192 de la misma, que toda acción u omisión tipificada como infracción urbanística, dará lugar, entre otras, a la adopción de las medidas precisas que procedan para la exigencia de la responsabilidad sancionadora y disciplinaria administrativa. CONSIDERANDO: Que los actos que nos ocupan, presuntamente, son constitutivos de una infracción administrativa CONSIDERANDO: Que, las sanciones se graduarán conforme a los artículos 203 y siguientes de la LOUA. CONSIDERANDO Que, la competencia para iniciar y resolver el procedimiento sancionador que nos ocupa corresponde al Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Almería, de conformidad con el artículo 195.1 de la LOUA y 21 de la Ley 7/1985, de 02/04, Reguladora de las Bases del Régimen Local. CONSIDERANDO: Que por Resolución del Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Almería, de fecha 30 de junio de 2011, la incoación de los expedientes sancionadores, ha sido delegada en el Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 124.4.ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en los términos y con los requisitos contemplados en los artículos 43 y 44, 114 y 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Régimen Jurídico de las entidades Locales , y en los artículos 11 y 90 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Excmo. Ayuntamiento de Almería (B.O.P. de 24/02/2009). CONSIDERANDO: Que, en los términos de los artículos 193 y 194 de la LOUA, y sin perjuicio de todo lo dispuesto en los mismos artículos, pueden ser personas responsables de las infracciones urbanísticas los propietarios, promotores, constructores, urbanizadores y cuantas otras personas tengan atribuidas facultades decisorias sobre la ejecución o el desarrollo de los actos, así como los técnicos titulados directores de los mismos, y los redactores de los proyectos. También pueden ser responsables las empresas suministradoras. CONSIDERANDO: Que el artículo 13 del Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, antes citado, establece el contenido mínimo que ha de tener la iniciación del procedimiento sancionador, disponiendo su número 2 que el acuerdo de iniciación se comunicará al instructor, con traslado de cuantas actuaciones existan al respecto, y se notificará al denunciante, en su caso, y los interesados, entendiendo en todo caso por tal al inculpado, y que en la notificación se advertirá a los interesados que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo previsto en el Art. 16.1 (quince días), la iniciación podrá ser considerada propuesta de Resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento. Asimismo el Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012

B.O.P. de Almería

presunto infractor, puede reconocer voluntariamente su responsabilidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento, pudiendo resolverse, en ese caso, el procedimiento con la imposición de la sanción que proceda. DISPONGO: PRIMERO: Incoar procedimiento sancionador para determinar las responsabilidades administrativas en que haya podido incurrir, y ello como presuntos responsables de infracción urbanística Expte. S-442/08

Nombre Yolanda Galindo Villadón

DNI/CIF

Calidad

34852498 T

Promotora

Obras

Propuesta Sanción

Haber demolido una cochera en la parte posterior de la vivienda, de unos 14,00 m2., y estar construyendo la misma en obra nueva, así como construcción en el lateral izquierdo de la vivienda en primera planta de una habitación de unos 11,00 m2, en C/ Lérida nº 1

7,789,61 €

Art. LOUA Art. 218.1.a) puesto en relación con el art. 207.3.d

Fecha Resolución 01/10/12

SEGUNDO: Nombrar Instructor del expediente sancionador de referencia D. Manuel Ricardo Vallecillos Siles, Técnico de Administración General adscrito a la Unidad de Inspección Urbanística, y Secretaria del mismo a Dª Antonia Ruiz Marín, Jefe del Negociado de Disciplina Urbanística, ambos de la de la Sección de Disciplina Urbanística y Medioambiental del Área de Urbanismo, nombramientos contra los que podrá Vd. promover recusación en los términos del art. 29 de la mencionada Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. TERCERO: Conceder al interesado un plazo de QUINCE DÍAS hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación de la presente Resolución para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y , en su caso, proponer prueba concretando las medidas de que pretenden valerse. En caso de no efectuarse alegaciones en dicho plazo, el acto de iniciación de este expediente podrá considerarse propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, ya que este acuerdo contiene un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada. El presunto responsable puede reconocer voluntariamente su responsabilidad, pudiendo, en ese caso, resolverse el procedimiento con la imposición de la sanción que proceda; asimismo, el pago voluntario por el imputado de la sanción correspondiente podrá implicar igualmente la terminación del procedimiento sancionador, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes. Lo que traslado a Vd. en la advertencia de que contra la expresada resolución no cabe interponer recurso alguno, por tratarse de un acto trámite, pudiendo hacer valer su oposición al mismo conforme a lo dispuesto en el art. 107.1, párrafo 2º, de la ley 4/1999 de 13 de Enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contra los nombramientos del Instructor y del Secretario podrá Vd. presentar recusación por causa legítima expresada con precisión a través de escrito en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, según el régimen contemplado en los artículos 28 y 29 de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A efectos del cumplimiento de lo preceptuado en el punto 2º del artículo 196 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa del procedimiento sancionador será de un año a contar desde la fecha del acuerdo de inciación. En caso de falta de resolución y notificación expresa, en dicho plazo, se producirá la caducidad del procedimiento de acuerdo con lo establecido en el punto 2º del artículo 44 de la citada Ley 4/1999 de 13 de Enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dado en la Casa Consistorial de Almería, a 22 de octubre de 2012. EL VICEPRESIDENTE, Pablo José Venzal Contreras. 8115/12 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA Gerencia Municipal de Urbanismo EDICTO Acuerdo definitivo de aprobación de ordenanza. Don Pablo José Venzal Contreras, Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Almería. HACE SABER: Que el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión de 15 de octubre de 2012 ha adoptado un acuerdo de aprobación definitiva de la ordenanza reguladora de Inspección Técnica de Edificaciones y Construcciones, procediendo a la publicación del texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia. 1º.- Estimar las siguientes alegaciones: - la inclusión de la “placa distintivo” para los inmuebles que hayan superado la ITE favorable (artículo 7). - Concretar el plazo máximo en que deben realizarse las obras en un máximo de seis meses (artículo 9.2.a párrafo primero), y de dos meses si son urgentes (artículo 9.2.a párrafo segundo). - Ampliar la descripción de los inmuebles contenida en la ficha del edificio. - Modificar la redacción del artículo 5.2 en relación con los inmuebles que hayan sido objeto de rehabilitación. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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- Modificar la redacción del artículo 3.1 sobre los estudios y pruebas que el técnico redactor considere necesarios realizar. 2º.- Desestimar el resto de las alegaciones por los motivos contenidos en el informe anteriormente transcrito. 3º.- Aprobar definitivamente la “Ordenanza de Inspección Técnica de Edificaciones y Construcciones” y sus Anexos. ORDENANZA INSPECCION TECNICA DE EDIFICACIONES Y CONSTRUCCIONES Artículo 1. Fundamento, objeto y contenido de la Ordenanza. 1. Se regula en esta Ordenanza la obligación de los propietarios, comunidades de propietarios y titulares de derechos de uso de construcciones y edificaciones, de efectuar una inspección periódica dirigida a determinar el estado de conservación de las mismas y el cumplimiento del deber de conservación impuesto por la normativa urbanística y de régimen del suelo. 2. Toda clase de edificaciones y construcciones, con independencia de su uso o destino, estarán afectadas por la obligación regulada en esta Ordenanza. 3. El contenido del deber de conservación, cuyo grado de cumplimiento habrá de recogerse en las inspecciones periódicas, en los términos de esta Ordenanza, se refiere al mantenimiento en las adecuadas condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato público de la construcción o edificación en su conjunto, en los términos establecidos en la normativa urbanística vigente. Artículo 2. Inspección periódica de Construcciones y Edificaciones. 1. La obligación legal de efectuar la inspección periódica, se verificará mediante la obtención por cuenta y cargo de los sujetos obligados a realizarla, de un informe expedido por técnico facultativo competente, conforme al modelo de Informe de Inspección Técnica de la Edificación vigente y en los plazos que se establecen en esta Ordenanza, y su posterior presentación en la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Almería. 2. A estos efectos se presentará un informe de Inspección Técnica de la Edificación por cada edificio, entendiéndose por edificio el cuerpo constructivo único con independencia de su distribución espacial, situación registral, catastral o su dirección postal, incluyendo sus construcciones auxiliares. Sólo podrá presentarse un informe de Inspección Técnica de la Edificación para parte de un edificio cuando dicha parte sea funcionalmente independiente del resto y las patologías que presente no afecten al conjunto del edificio. No podrá entenderse, a efectos del párrafo anterior, como parte de un edificio una planta del mismo, incluidas bajo rasante, viviendas, pisos o locales susceptibles de aprovechamiento independiente. Artículo 3. Contenido del informe de Inspección Técnica de la Edificación. 1. El informe de Inspección Técnica de la Edificación deberá consignar el resultado de la inspección realizada, cumplimentando para ello los modelos oficiales aprobados, y especialmente los apartados Conclusión Final y Certificación de la efectiva ejecución de las obras. En la Conclusión Final se debe indicar, de manera inequívoca, que el edificio reúne las condiciones adecuadas de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato público establecidas en la normativa urbanística y de régimen de suelo, o bien que el mismo no las reúne. Con carácter previo a la redacción del informe, el técnico redactor determinará los trabajos y estudios previos que considere necesarios para obtener un conocimiento suficiente de la edificación, describiéndolos en el Informe de Inspección Técnica. El informe de Inspección Técnica contendrá: A) Fecha de la visita o visitas de inspección realizada, planos de situación y fotografías del exterior e interior del edificio expresivas del contenido del informe. B) Descripción detallada del edificio o construcción y número de referencia catastral con arreglo al Anexo vigente de Ficha Técnica de la Edificación. C) Desperfectos y deficiencias apreciados con indicación de al menos los siguientes apartados relativos a la seguridad constructiva de la edificación: a) Cimentación y Estructura, con indicación de si el edificio o construcción o parte de los mismos sufren daños que tengan su origen o afecten a cimentación, soportes, vigas, forjados, muros de carga u otros elementos estructurales que puedan comprometer la resistencia mecánica y estabilidad del edificio o construcción. b) Fachadas y Medianeras, en especial de los elementos que puedan suponer un peligro para la vía pública o zonas interiores de la edificación tales como frentes de forjado, cornisa, aplacados, etc. c) Estanqueidad e instalaciones generales, indicando el estado general de las cubiertas, azoteas, paramentos y carpinterías exteriores, así como el estado general de las redes de fontanería, saneamiento y electricidad. d) Otras condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato que afecten a la habitabilidad y uso efectivo, respecto de otros elementos con deficiencias no contemplados en los apartados anteriores y referentes al mantenimiento o recuperación de las condiciones de habitabilidad o uso efectivo según el destino propio de la edificación o construcción. D) Posibles causas de todos los desperfectos o deficiencias apreciados e indicación de las medidas, trabajos y obras necesarios para repararlos, haciendo expresa referencia a los plazos de solicitud de licencia y de ejecución de las obras. E) Presupuesto estimativo de las medidas, trabajos y obras necesarias. F) En el supuesto de emisión del segundo y sucesivos informes de Inspección Técnica de Edificaciones, indicación del grado de ejecución y efectividad de las medidas, trabajos y obras realizados para cumplimentar las recomendaciones señaladas en los informes de inspección técnica anteriores. 2. Sin perjuicio de la mención de las medidas, trabajos y obras a que se refiere el apartado anterior, el informe de Inspección Técnica de la Edificación deberá comprender las medidas inmediatas de seguridad adoptadas, debiendo justificarse que no Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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admitían demora por motivo de inminente peligro para los ocupantes de la construcción o edificación, colindantes o quienes transiten por sus inmediaciones. A estos efectos, los sujetos obligados a la Inspección Técnica de la Edificación, deberán adoptar, bajo supervisión técnica, todas aquellas medidas precisas para la inspección y las necesarias para eliminar de forma precautoria y preventiva una situación de riesgo inminente, tales como apeos, apuntalamientos, desmonte de elementos sueltos, etc., comunicando de forma inmediata su comienzo a la Gerencia de Urbanismo mediante informe técnico justificativo suscrito por el profesional competente que las esté supervisando. De esta forma única y exclusivamente podrán realizarse, bajo supervisión técnica, las medidas de seguridad provisionales que de forma precautoria y preventiva eliminen la situación de riesgo inminente, tales como apeos, apuntalamientos, desmonte de elementos sueltos, etc., e igualmente deberá comunicarse de forma inmediata, a la Gerencia de Urbanismo, su efectiva instalación, mediante informe técnico justificativo suscrito por el profesional competente que las haya supervisado. No podrán realizarse, el amparo de este procedimiento, en ningún caso, obras, medidas o trabajos que supongan demolición total o parcial de la edificación o construcción, alteración de elementos protegidos ni que afecten al régimen de ocupación del edificio o construcción. 3. El informe de Inspección Técnica de la Edificación se presentará conforme al modelo oficial aprobado que resulte vigente. Artículo 4. Ficha Técnica de la Edificación. Se establece la obligación de realizar una Ficha Técnica de la Edificación, relativa a la situación catastral, identificativa y de propiedad de la misma, conforme al modelo oficial aprobado que resulte vigente. Artículo 5. Forma y plazo de presentación de la documentación relativa a la Inspección Técnica de la Edificación. 1. El informe de Inspección Técnica de la Edificación, junto con la Ficha Técnica, deberá presentarse, conforme a los modelos oficialmente aprobados. 2. A los efectos de esta Ordenanza se entiende como edad de la edificación el tiempo transcurrido desde la fecha de terminación total de su construcción. Para determinar la edad de la edificación se atenderá a la antigüedad según la información catastral, si bien podrá acreditarse documentalmente que la edad es otra mediante los siguientes documentos: licencia de ocupación certificado final de obras cualquier medio de prueba admisible en derecho. No obstante, en el caso de obtención de licencia de ocupación por la ejecución de obras de rehabilitación, y siempre que así sea determinado previamente por los técnicos municipales a la vista de la entidad y alcance de las obras realizadas, el plazo de presentación del primer Informe de Inspección Técnica de la Edificación, así como el de las sucesivas renovaciones comenzará a contar a partir de la fecha de terminación de las referidas obras. La Gerencia de Urbanismo colaborará con los interesados facilitándoles los datos y antecedentes de los edificios que obren en sus archivos. 3. El primer Informe de Inspección Técnica de la Edificación deberá presentarse dentro del año siguiente a aquel en que el edificio cumpla 50 años de antigüedad, sin perjuicio de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Única. Se realizará una revisión periódica dentro del año siguiente a aquel en que hayan transcurrido 10 años desde el vencimiento del plazo en que debió presentarse el anterior. Sin perjuicio de los plazos generales establecidos en los apartados 2.º y 3.º de este artículo, la Gerencia de Urbanismo podrá requerir, de forma motivada, la realización de la Inspección Técnica de la Edificación o construcción concediendo un plazo específico para su realización. 4. Agotado el plazo correspondiente para presentar el informe de Inspección Técnica de la Edificación por parte de los sujetos obligados, podrá hacerlo cualquier otro titular legítimo de un derecho real sobre la edificación. Artículo 6. Registro de Inspección Técnica de la Edificación y libro del Edificio. A los efectos previstos en esta Ordenanza se constituirá un Registro informatizado de Inspección Técnica de la Edificación en la Gerencia de Urbanismo que será público y en el que quedará constancia respecto de cada edificio, como mínimo los siguientes datos: - Identificación de la edificación o construcción mediante referencia catastral, dirección y número de policía. - Año de construcción. - Protección asignada por el planeamiento. - Número de expediente asignado. - Para cada Informe de Inspección Técnica de la Edificación presentado constará: fecha de presentación y de inclusión en este Registro, conclusión de dicho Informe de Inspección Técnica de la Edificación y subsanación de los daños o deficiencias indicadas en el informe, mediante Certificado de la realización efectiva de las obras y los trabajos de conservación requeridos para mantener el inmueble en el estado legalmente exigible, según modelo oficial. Las copias acreditativas de la presentación del primer y sucesivos informes de Inspección Técnica de la Edificación y sus correspondientes Fichas Técnicas de la Edificación se unirán al libro del Edificio, o en su defecto a la documentación técnica del mismo, y deberán ser conservadas por los propietarios y transmitidas, en caso de enajenación por cualquier título, a sus nuevos titulares, de conformidad con lo previsto en Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación y las posteriores disposiciones de desarrollo de la misma. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Artículo 7. Efectos del cumplimiento de la presentación en plazo del Informe de Inspección Técnica de la Edificación y Compromiso de Ejecución y Conclusión Final. El cumplimiento, en tiempo y forma, de la obligación de presentación de la Inspección Técnica de la Edificación, en donde se exprese, tanto el cumplimiento de las condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato público, como en su caso la necesidad de acometer obras para alcanzar dichas condiciones, facultará a los sujetos obligados a realizarla, a solicitar cualquier tipo de ayuda para la conservación y/o rehabilitación que la Gerencia de Urbanismo establezca en la correspondiente Ordenanza municipal. Una vez presentada la documentación acreditativa de la realización de la Inspección Técnica, incluida Conclusión Final en la que se informa que el edificio REUNE las condiciones exigibles, o Certificación de la Efectiva Ejecución de las Obras, en su caso, según modelos oficiales aprobados, la propiedad, u otros titulares legítimos de derechos reales sobre el edificio, podrán solicitar del Ayuntamiento, previo pago de la tasa estipulada al efecto, la emisión de una Placa distintiva, con indicación del numero de expediente municipal en el que se ha tramitado la Inspección Técnica Artículo 8. Consecuencias del incumplimiento de la presentación en plazo del informe de Inspección Técnica de la Edificación, Ficha Técnica de la Edificación y Compromiso de Ejecución y Conclusión Final. 1. No podrá concederse ayuda para la conservación y/o rehabilitación de la edificación que establezca la Gerencia de Urbanismo sin cumplir en plazo con la obligación de presentar la documentación completa sobre la Inspección Técnica de la Edificación. En el caso de presentación fuera de plazo de la documentación completa de la Inspección Técnica de la Edificación quedará facultado, a partir de esa fecha, para solicitar las ayudas que la Gerencia de Urbanismo tenga establecidas para la conservación y/o rehabilitación de la edificación.. 2.- Si transcurrido el plazo para presentar el Informe de Inspección Técnica, los obligados no hubieran realizado este o el informe no se ajustara al contenido establecido en el modelo vigente, el órgano competente le ordenará la realización del mismo, o le requerirá para la subsanación de los defectos observados, otorgándole un plazo adicional de dos meses para presentarlo, con advertencia se procederá a la ejecución subsidiaria a costa de los obligados y a la incoación del correspondiente procedimiento sancionador. Artículo 9. Conclusión Final y Compromiso de Ejecución. 1. En el informe de Inspección Técnica de la Edificación, que se acompañará en todo caso de la Ficha Técnica de la Edificación, se consignará, tal y como señala el artículo 3.1 de la presente Ordenanza, el resultado de la inspección realizada. Así, en la Conclusión Final del informe de Inspección Técnica, y conforme al modelo vigente, se deberá indicar, inequívocamente, el cumplimiento o no del deber de conservación conforme a la normativa urbanística vigente. 2. Sin perjuicio del régimen jurídico general del deber de conservación establecido en la legislación urbanística vigente y de las facultades de inspección urbanística de la Gerencia de Urbanismo, en aquellos supuestos en los que el informe de Inspección Técnica de la Edificación concluya que la edificación o construcción no reúne las condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato público definidas en el planeamiento vigente, será necesario además, la cumplimentación de los compromisos de ejecución correspondientes, conforme al modelo vigente que contenga al menos lo siguiente: a) Cuando el Informe de Inspección Técnica de la Edificación recoja en sus recomendaciones la necesidad de ejecutar obras de conservación o rehabilitación en la edificación o construcción, se acompañará el compromiso de ejecución expreso de solicitar los permisos y licencias oportunas, en un plazo máximo de 6 meses, y a iniciar y ejecutar las obras indicadas en los plazos señalados, una vez obtenidos dichos permisos y/o licencias. En aquellos supuestos en los que el informe de Inspección Técnica de la Edificación señale desperfectos o deficiencias que hagan necesaria la adopción de obras de conservación o rehabilitación acompañadas de circunstancias de urgencia por existir algún riesgo para las personas o bienes, se acompañará el compromiso de ejecución expreso del propietario de solicitar los permisos y licencias oportunas, en un plazo máximo de dos meses, así como iniciar y ejecutar los trabajos, medidas u obras necesarias, según el informe de Inspección Técnica de la Edificación, una vez obtenida la previa licencia para las mismas en el informe de Inspección Técnica de la Edificación. Todo ello sin perjuicio de las facultades de Inspección Urbanística de la Gerencia de Urbanismo en materia de conservación que se ejercerá en caso de denegación de la licencia o de incumplimiento de los plazos asumidos. En estos supuestos, el informe técnico que sirva de fundamento a la orden de ejecución podrá emitirse en base sólo a lo recogido en el informe de inspección técnica de la edificación, salvo que incluya demolición total o parcial de edificaciones o construcciones, o alteración de elementos protegidos, o afecten al régimen de ocupación del edificio. En ningún caso se podrán entender concedidas por silencio facultades en contra del planeamiento urbanístico. b) Si el informe de Inspección Técnica de la Edificación justifica la existencia de un peligro inminente para las personas o bienes, sin haberse solventado conforme a lo establecido en el artículo 3.2, el propietario deberá acompañar compromiso de ejecución de medidas provisionales de seguridad ante el peligro inminente, bajo supervisión técnica, recogidas en el informe de Inspección Técnica de la Edificación que de forma precautoria y preventiva eliminen la situación de riesgo inminente, tales como apeos, apuntalamientos, desmonte de elementos sueltos, etc., presentando, a su finalización, informe técnico justificativo sobre la correcta ejecución de las mismas. La firma del compromiso recogido en el párrafo anterior supone la completa asunción del propietario de las responsabilidades de todo orden que puedan derivar por la falta de mantenimiento en condiciones de seguridad del edificio, sin perjuicio de que, en cualquier momento la Gerencia de Urbanismo pueda dictar orden de ejecución conforme a lo señalado en el apartado a). Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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En cualquier caso la Gerencia de Urbanismo ejercerá sus facultades urbanísticas en materia de conservación cuando se trate de obras, medidas o trabajos que incluyan demolición total o parcial de edificaciones o construcciones o alteración de elementos protegidos o afecten al régimen de ocupación del edificio, por lo que no se aplicará a este tipo de obras el procedimiento establecido en el artículo 3.2 de esta Ordenanza. Las obligaciones recogidas en los apartados anteriores - obras de conservación o rehabilitación- incluyen la necesidad de aportar la certificación de la ejecución efectiva de las obras y los trabajos de conservación requeridos para mantener el inmueble en el estado legalmente exigible, según modelo oficial, tras la conclusión de las obras ejecutadas. Artículo 10. Régimen general del deber de conservación. El cumplimiento de la obligación regulada en esta Ordenanza se entiende sin perjuicio del restante régimen jurídico ordinario del deber de conservación establecido en la legislación urbanística vigente y de las facultades de inspección urbanística de la Gerencia de Urbanismo en materia de conservación. El incumplimiento de los compromisos asumidos en el Compromiso de Ejecución y Conclusión Final supone incumplimiento de la obligación de conservar y será objeto de sanción en los términos establecidos por la legislación urbanística vigente. Sin perjuicio de lo anterior, el incumplimiento de realizar las obras especificadas en las órdenes de ejecución del Ayuntamiento, como consecuencia del resultado del informe de Inspección Técnica de la Edificación o de la inspección de los técnicos municipales, dará lugar a la adopción de cualquiera de las medidas recogidas en el artículo 158.2 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, y entre ellas a la imposición de hasta 10 multas coercitivas, con una periodicidad mínima de un mes, por importe cada una de ellas del diez por ciento del coste estimado de las obras, sin perjuicio de optar por la ejecución subsidiaria a costa del obligado, hasta el límite del contenido del deber normal de conservación fijado en el artículo 155.3 de la misma Ley. Artículo 11.- Infracciones y Sanciones 1.- El incumplimiento de la obligación de cumplimentar en tiempo y forma la Inspección Técnica de la Edificación, constituye infracción grave, salvo que se subsane voluntariamente tras el primer requerimiento formulado al efecto por la Gerencia de Urbanismo, en cuyo caso tendrá la consideración de infracción leve. El incumplimiento de la obligación de cumplimentar en tiempo y forma la Inspección Técnica de la Edificación cuando afecte a construcciones o edificaciones catalogadas constituye infracción muy grave. 2.- Las cuantías mínimas de las sanciones a imponer serán: a) Infracciones leves: multa hasta 750 euros. b) Infracciones graves: multa desde 701,00 hasta 1.500 euros. c) Infracciones muy graves: multa desde 1.501,00 hasta 3.000 euros. A efectos de la necesaria graduación de la sanción a imponer, serán de aplicación las circunstancias agravantes, atenuantes y mixtas, establecidas legal y reglamentariamente. 3.-El procedimiento y competencia para la imposición de las sanciones procedentes será el establecido en la legislación urbanística vigente y en las Normas de procedimiento administrativo común. Disposición adicional única Los modelos de Informe de Inspección Técnica de la Edificación y de Ficha Técnica contenidos en el Anexo 1 podrán ser completados y adaptados a la nueva normativa que pueda entrar en vigor con posterioridad a la aprobación de esta Ordenanza así como en función de las nuevas aplicaciones telemáticas, mediante el correspondiente acuerdo del órgano competente para ello, sin necesidad de modificar la presente Ordenanza. Para fomentar el mejor cumplimiento de esta Ordenanza, la Gerencia de Urbanismo profundizará y ampliará la colaboración con todos los Colegios Profesionales implicados en la gestión de la Inspección Técnica de la Edificación y abrirá esta posibilidad de colaboración a entidades bancarias y aseguradoras, así como a cualesquiera otras entidades y asociaciones que muestren su interés en participar en el proceso de aplicación de esta Ordenanza. Disposición transitoria De conformidad con lo establecido en la Disposición transitoria segunda del Real Decreto Ley 8/2011, de 1 de julio se establece el siguiente calendario de fechas: 1.- Desde la fecha de entrada en vigor de la presente Ordenanza y durante el año 2013 se realizará la Inspección Técnica de los edificios con una antigüedad anterior a 31 de diciembre de 1930. 2.- Durante el año 2014 se realizará la Inspección Técnica de los edificios con una antigüedad entre el 1 de enero de 1931 y el 31 de diciembre de 1950. 3.- Durante el año 2015 se realizará la Inspección Técnica de los edificios con una antigüedad entre el 1 de enero de 1951 y el 31 de diciembre de 1964. Disposición final única Esta Ordenanza entrará en vigor a los quince días de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincial, y permanecerá en vigor hasta su modificación o derogación expresa. Contra el acuerdo definitivo anterior sólo cabrá recurso contencioso-administrativo que se podrá interponer, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, en el plazo de dos meses, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada. Almería, 25 de octubre de 2012 EL VICEPRESIDENTE DE LA GMU, Pablo José Venzal Contreras. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Anexo I Modelos oficiales FICHA TÉCNICA DE LA EDIFICACIÓN Identificación del edificio objeto de la ITE Tipo de vía

Dirección postal



Código postal

El edificio objeto de la presente ITE es de conformidad con el art. 2.2 de la vigente Ordenanza de ITE: Un edificio o cuerpo constructivo único. Parte (bloque, portal...) de un edificio o cuerpo constructivo único que es funcionalmente independiente del resto y las patologías que presenta no afectan al conjunto del edificio.

Identificación catastral

Según catastro, el edificio objeto de la ITE se ubica en:

Referencia/s catastral/es que identifican al edificio.

Una parcela catastral. Parte de una parcela catastral. Varias parcelas catastrales.

Dirección Catastral:

Datos Identificativos del edificio objeto de la ITE Datos generales

Superficie

m2 parcela

total m2 construidos

N° plantas

sobre rasante

bajo rasante

Antigüedad.

Año

Licencia de Ocupación nº :

(Según art. 5.2)

CFO fecha: Otro medio de prueba:

Elementos del edificio Nº Viviendas:

Nº Locales:

Uso global

Industrial

Residencial

Protección PGOU

Integral

Global

Nº Oficinas: Turístico Parcial

Nº plazas Garaje: Terciario

Nº Trasteros:

Otros:

Dotacional

Jardines H. y Espacios P.

Otros

Bienes Etnológicos

Propiedad u otros titulares legítimos de derechos reales sobre el edificio (l) Nombre:

NIF/NIE/CIF

En calidad de: Dirección País

Número C.P.

Provincia

Teléfonos (separados por ";")

Planta

Puerta

Municipio Correo electrónico

Representante de la propiedad o de otros titulares legítimos de derechos reales sobre el edificio Nombre:

NIF/NIE/CIF

En calidad de: Dirección País

Número C.P.

Provincia

Teléfonos (separados por";")

Municipio

Planta

Puerta

..

Correo electrónico

(1) En caso de inmuebles con varios titulares, comunidades de propietarios o proindivisos, deberá designarse a una persona que actúe en nombre y representación del resto. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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INFORME DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE LA EDIFICACIÓN Referencia Catastral: Dirección:

Técnico/s redactor/s del informe

Nombre y apellidos

NIF/NIE/CIF

Técnico 1. Técnico 2:

Titulación:

Colegio profesional:

Técnico 1. Técnico 2

Dirección

Número

Número de colegiado:

Planta

Puerta

Técnico 1. Técnico 2:

País

C.P.

Provincia

Municipio

Técnico 1. Técnico 2

Teléfonos (separados por ";")

Correo electrónico

Técnico 1. Técnico 2

Fecha/s de la inspección Medios empleados en la inspección

Los medios de inspección empleados han sido los necesarios para obtener un conocimiento suficiente de la edificación

Medidas inmediatas de seguridad adoptadas durante la inspección del inmueble

Estas medidas se atendrán a lo dispuesto en el art 3.2 de la Ordenanza de ITE Se adjunta descripción completa en anexo

Se adjuntan Plano de situación en anexo Fotografías en anexo

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1 CIMENTACIÓN Y ESTRUCTURA Referencia Catastral: Dirección:

A.- Desperfectos y deficiencias observados Este apartado se cumplimentará en los términos previstos en el art. 3.1, C, a) de la Ordenanza de ITE Señalar exclusivamente una de las dos opciones siguientes: Al

A2

El edificio presenta la estructura en buen estado o con mínimas afecciones que no comprometen la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio o construcción, salvo vicios ocultos, y no requieren la realización de obras de reparación salvo aquellas propias de mantenimiento. El edificio presenta la estructura con desperfectos y deficiencias que pueden comprometer la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio o construcción, por lo que requiere la realización de obras de reparación. Descripción de los desperfectos (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Posibles causas de los desperfectos (máximo 130 caracteres):

Descripción completa en anexo

Rellenar este apartado sólo si se ha cumplimentado la opción A2 en el apartado anterior. Las obras que no presentan circunstancias de urgencia se describirán en Bl, y las que sí presentan circunstancia de urgencia en B2. Bl Obras de conservación o rehabilitación de carácter no urgente Si se señala este apartado, la propiedad del edificio deberá cumplimentar el Compromiso de Ejecución 1 Descripción de las obras propuestas (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Plazo máximo de solicitud de licencia Plazo de ejecución Presupuesto estimativo

(Máx. 6 meses)

B2 Obras de conservación o rehabilitación acompañadas de circunstancia de urgencia Si se señala este apartado, la propiedad del edificio deberá cumplimentar el Compromiso de Ejecución 2 Descripción de las obras propuestas (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Plazo máximo de solicitud de licencia Plazo de ejecución Presupuesto estimativo

(Máx. 2 meses)

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2 FACHADAS Y MEDIANERAS Referencia Catastral: Dirección:

A.- Desperfectos y deficiencias observados Este apartado se cumplimentará en los términos previstos en el art. 3.1, C, b) de la Ordenanza de ITE Señalar exclusivamente una de las dos opciones siguientes: Al

El edificio presenta las fachadas y medianeras en buen estado o con mínimas afecciones que no suponen peligro para la vía pública o zonas interiores de la edificación, salvo vicios ocultos, y no requieren la realización de obras de reparación salvo aquellas propias de mantenimiento.

A2

El edificio presenta las fachadas y medianeras con desperfectos y deficiencias que pueden suponer peligro para la vía pública o zonas interiores de la edificación por lo que requiere la realización de obras de reparación. Descripción de los desperfectos (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Posibles causas de los desperfectos (máximo 130 caracteres):

Descripción completa en anexo

Rellenar este apartado sólo si se ha cumplimentado la opción A2 en el apartado anterior. Las obras que no presentan circunstancias de urgencia se describirán en Bl, y las que sí presentan circunstancia de urgencia en B2. Bl Obras de conservación o rehabilitación de carácter no urgente Si se señala este apartado, la propiedad del edificio deberá cumplimentar el Compromiso de Ejecución 1 Descripción de las obras propuestas (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Plazo máximo de solicitud de licencia Plazo de ejecución Presupuesto estimativo

(Máx. 6 meses)

B2 Obras de conservación o rehabilitación acompañadas de circunstancia de urgencia Si se señala este apartado, la propiedad del edificio deberá cumplimentar el Compromiso de Ejecución 2 Descripción de las obras propuestas (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Plazo máximo de solicitud de licencia Plazo de ejecución Presupuesto estimativo

(Máx. 2 meses)

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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3 ESTANQUEIDAD E INSTALACIONES GENERALES Referencia Catastral: Dirección:

A.- Desperfectos y deficiencias observados Este apartado se cumplimentará en los términos previstos en el art. 3.1, C, c) de la Ordenanza de ITE Señalar exclusivamente una de las dos opciones siguientes: Al

El edificio presenta las cubiertas, paramentos, carpinterías exteriores y redes de fontanería, saneamiento y electricidad en buen estado o con mínimas afecciones que no afectan a la habitabilidad y uso efectivo, salvo vicios ocultos, y no requieren la realización de obras de reparación salvo aquellas propias de mantenimiento.

A2

El edificio presenta las cubiertas, paramentos, carpinterías exteriores y redes de fontanería, saneamiento y electricidad con desperfectos y deficiencias que afectan a la habitabilidad y uso efectivo, por lo que requieren la realización de obras de reparación. Descripción de los desperfectos (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Posibles causas de los desperfectos (máximo 130 caracteres):

Descripción completa en anexo

Rellenar este apartado sólo si se ha cumplimentado la opción A2 en el apartado anterior. Las obras que no presentan circunstancias de urgencia se describirán en Bl, y las que sí presentan circunstancia de urgencia en B2. Bl Obras de conservación o rehabilitación de carácter no urgente Si se señala este apartado, la propiedad del edificio deberá cumplimentar el Compromiso de Ejecución 1 Descripción de las obras propuestas (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Plazo máximo de solicitud de licencia Plazo de ejecución Presupuesto estimativo

(Máx. 6 meses)

B2 Obras de conservación o rehabilitación acompañadas de circunstancia de urgencia Si se señala este apartado, la propiedad del edificio deberá cumplimentar el Compromiso de Ejecución 2 Descripción de las obras propuestas (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Plazo máximo de solicitud de licencia Plazo de ejecución Presupuesto estimativo

(Máx. 2 meses)

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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4 OTRAS CONDICIONES DE SEGURIDAD, SALUBRIDAD, ACCESIBILIDAD Y ORNATO, QUE AFECTEN A LA HABITABILIDAD Y USO EFECTIVO DE LA EDIFICACION Referencia Catastral: Dirección:

A.- Desperfectos y deficiencias observados Este apartado se cumplimentará en los términos previstos en el art. 3.1, C, d) de la Ordenanza de ITE. Se estimarán otras condiciones no contempladas en los apartados anteriores que afectan a la habitabilidad y ornato público. Señalar exclusivamente una de las dos opciones siguientes:

Al

A2

El edificio no presenta, salvo vicios ocultos, otras deficiencias no contempladas en los apartados anteriores referentes al mantenimiento o recuperación de las condiciones de habitabilidad o de uso efectivo según el destino propio de la construcción o edificación.

El edificio presenta otras deficiencias no contempladas en los apartados anteriores referentes al mantenimiento o recuperación de las condiciones de habitabilidad o de uso efectivo según el destino propio de la construcción o edificación. Descripción de los desperfectos (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Posibles causas de los desperfectos (máximo 130 caracteres):

Descripción completa en anexo

Rellenar este apartado sólo si se ha cumplimentado la opción A2 en el apartado anterior. Las obras que no presentan circunstancias de urgencia se describirán en Bl , y las que sí presentan circunstancia de urgencia en B2. Bl Obras de conservación o rehabilitación de carácter no urgente Si se señala este apartado, la propiedad del edificio deberá cumplimentar el Compromiso de Ejecución 1 Descripción de las obras propuestas (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Plazo máximo de solicitud de licencia Plazo de ejecución Presupuesto estimativo

(Máx. 6 meses)

B2 Obras de conservación o rehabilitación acompañadas de circunstancia de urgencia Si se señala este apartado, la propiedad del edificio deberá cumplimentar el Compromiso de Ejecución 2 Descripción de las obras propuestas (máximo 130 caracteres): Descripción completa en anexo

Plazo máximo de solicitud de licencia Plazo de ejecución Presupuesto estimativo

(Máx. 2 meses)

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EXISTENCIA DE PELIGRO INMINENTE Referencia Catastral: Dirección:

El edificio presenta peligro inminente y requiere medidas de seguridad Este apartado se cumplimentará sólo y excepcionalmente cuando concurran las circunstancias de peligro inminente descritas en el art 9.2.b) de la Ordenanza de ITE. Las medidas que se pueden incluir en este apartado son aquéllas medidas provisionales de seguridad que de forma precautoria y preventiva eliminen la situación de riesgo inminente, tales como apeos, apuntalamientos, desmontaje de elementos sueltos, etc. La propiedad del inmueble deberá cumplimentar el Compromiso de Ejecución 3. Descripción y justificación de la existencia de peligro inminente (máximo 1400 caracteres):

Descripción completa en anexo

Descripción de las medidas (máximo 1400 caracteres):

Descripción completa en anexo

Plazo máximo de inicio Plazo de ejecución Presupuesto estimativo Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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COMPROMISOS DE EJECUCION Referencia Catastral: Dirección: Cuando el edificio presente desperfectos y deficiencias, se cumplimentarán los Compromisos que a continuación se recogen

Compromiso de ejecución l: obras de conservación o rehabilitación Cumplimentar cuando el Informe de Inspección Técnica de la Edificación recoja en alguno de los apartados la necesidad de acometer obras de conservación o de rehabilitación de carácter no urgente en los términos previstos en el art. 9. 2 a) de la Ordenanza de ITE. Don/Doña , en su calidad de del edificio de referencia, declara conocer y aceptar toda la información contenida en el presente informe de inspección técnica de la edificación, comprometiéndose a solicitar los permisos y licencias oportunas, y a iniciar y realizar la ejecución de las obras indicadas en el mismo en los plazos señalados, así como a presentar a su terminación la Certificación de la efectiva ejecución de las obras, en los términos señalados en el último párrafo del art. 9 de la Ordenanza de ITE. Para que conste, lo firmo en

a

de

de 20 .

Compromiso de ejecución 2: obras de conservación o rehabilitación en circunstancias de urgencia Cumplimentar cuando el Informe de Inspección Técnica de la Edificación recoja en alguno de los apartados la necesidad de acometer medidas de conservación o rehabilitación acompañadas de circunstancias de urgencia en los términos previstos en el art. 9.2 a) de la Ordenanza de ITE. Don/Doña , en su calidad de del edificio de referencia, declara conocer y aceptar toda la información contenida en el presente informe de inspección técnica de la edificación, comprometiéndose a solicitar los permisos y licencias oportunas, a iniciar y realizar la ejecución de las obras indicadas en el mismo en los plazos señalados, así como a presentar a su terminación la Certificación de la efectiva ejecución de las obras, en los términos señalados en el último párrafo del art. 9 de la Ordenanza de ITE. Igualmente, se compromete a hacer mención expresa, en la correspondiente solicitud de la licencia de obras, del carácter urgente de las obras solicitadas. Para que conste, lo firmo en

a

de

de 20 .

Compromiso de ejecución 3: ejecución de medidas provisionales de seguridad cuando el edificio presenta peligro inminente Cumplimentar cuando el Informe de Inspección Técnica de la Edificación señale en el apartado existencia de peligro inminente que el edificio requiere medias de seguridad en los términos previstos en el art. 9,2 b) de la Ordenanza de ITE. Don/Doña , en su calidad de del edificio de referencia, declara conocer y aceptar toda la información contenida en el presente informe de inspección técnica de la edificación, comprometiéndose a adoptar, en los plazos señalados y bajo inspección técnica, todas aquellas medidas señaladas ante la existencia de peligro inminente, comunicando de forma inmediata a la Gerencia de Urbanismo, tanto su comienzo como su efectiva instalación, mediante los correspondientes Informes Técnicos justificativos, suscritos por el técnico competente encargado de la supervisión de las medidas señaladas. Para que conste, lo firmo en

a

de

de 20 .

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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CONCLUSION FINAL Y FIRMA DEL DOCUMENTO Referencia Catastral: Dirección: Don/Doña como Técnico/s redactor/es del presente documento INFORMA, inspeccionado el edificio de referencia, utilizando para ello los medios adecuados para obtener el suficiente conocimiento del edificio: Que el mismo REÚNE las condiciones adecuadas de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato público definidas en la normativa vigente. Que el mismo NO REÚNE las condiciones adecuadas de seguridad, salubridad, accesbilidad y ornato público definidas en la normativa vigente. Para que conste, lo firmo en

a

de

de 20 .

Don/Doña , en su calidad de del edificio de referencia, declara conocer y aceptar toda la información contenida en el presente documento, así como el contenido de los COMPROMISOS cumplimentados.

Para que conste, lo firmo en

a

de

de 20 .

En cumplimiento del art. 5 de la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, se le informa que los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de este formulario y demás documentos que, en su caso, se adjunten con el mismo, serán incluidos, para su tratamiento, en un fichero automatizado del que es responsable el Ayuntamiento de Almería, Gerencia de Urbanismo. Asimismo, le informamos que la finalidad del citado fichero es la tramitación de los expedientes administrativos de la Gerencia de Urbanismo del Excelentísimo Ayuntamiento de Almería y notificación de actos administrativos a los interesados. De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el responsable del tratamiento, dirigiendo una comunicación escrita a la Gerencia de Urbanismo. Ayuntamiento de Almería, Avda. Federico García Lorca, 73, 04004, Almería. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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CERTIFICACION DE LA EFECTIVA EJECUCION DE LAS OBRAS

Referencia Catastral: Dirección: Don/Doña facultativo competente, en calidad de , en relación con la documentación técnica de la ITE elaborada para la edificación arriba referida, suscrita en fecha , por el Técnico , con numero de expediente municipal , en la que se observaban desperfectos y deficiencias, y se proponían obras de conservación o rehabilitación, habiendo girado visita de inspección a la edificación, en fecha , CERTIFICO: Que las obras y los trabajos de conservación requeridos para mantener el inmueble en el estado legalmente exigible, SE HAN REALIZADO de forma efectiva. Que las obras y los trabajos de conservación requeridos para mantener el inmueble en el estado legalmente exigible, NO SE HAN REALIZADO de forma efectiva. Para que conste, lo firmo en

a

de

de 20 .

En cumplimiento del art. 5 de la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, se le informa que los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de este formulario y demás documentos que, en su caso, se adjunten con el mismo, serán incluidos, para su tratamiento, en un fichero automatizado del que es responsable el Ayuntamiento de Almería, Gerencia de Urbanismo. Asimismo, le informamos que la finalidad del citado fichero es la tramitación de los expedientes administrativos de la Gerencia de Urbanismo del Excelentísimo Ayuntamiento de Almería y notificación de actos administrativos a los interesados. De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el responsable del tratamiento, dirigiendo una comunicación escrita a la Gerencia de Urbanismo. Ayuntamiento de Almería, Avda. Federico García Lorca, 73, 04004, Almería. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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8121/12 AYUNTAMIENTO DE ABRUCENA ANUNCIO Habiendo iniciado este Ayuntamiento procedimiento para la BAJA en el Padrón Municipal de habitantes, por haberse detectado la no residencia en el domicilio de inscripción padronal, de los ciudadanos que figuran en la relación adjunta y no habiendo sido posible su notificación en el último domicilio conocido, por medio del presente se ruega a los mismos, se presenten en el Ayuntamiento de Abrucena, en el plazo máximo de quince días naturales a partir de la publicación del presente anuncio, a fin de aclarar su situación padronal. Asimismo se informa, que en caso de no atender este requerimiento, el Excmo. Ayuntamiento de Abrucena, actuará de oficio, a fin de completar el procedimiento previsto en el art. 72 del R.D. 2612/1996, de 20 de diciembre, apartado II.1.c.2 de la Resolución de 9 de abril de 1997, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal. Lo que se comunica para general conocimiento de los interesados. Expediente: 01/12/PH - C/ Constitución, 25 Aniversario, nº 10 (Antigua C/ Santa Catalina, nº 14): - VASILE CHIRILA, PASAPORTE: 08953610 - IOAN PAUL LAZARESCU, DOCUMENTO DE IDENTIDAD: TM-567597 - ALINA ANCA STERP, DOCUMENTO DE IDENTIDAD: TM-453324 En Abrucena, a 3 de octubre de 2012. EL ALCALDE, Juan Manuel Salmerón Escámez. 8136/12 AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO ANUNCIO De conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y habiéndose intentado la notificación al interesado o a su representante legal, en dos ocasiones, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a esta Administración, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado y numero de boletín de denuncia se especifican a continuación: TRASLADOS DE RESOLUCIONES SANCIONADORAS DICTADOS POR EL ALCALDE POR INFRACCIONES EN MATERIA DE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL: ApellidoY Nombre

Identificador

Nº Boletin

Matrícula

F Denuncia

H Denuncia

Art. Ley

Lugar Infracción

ACOSTA ANTEQUERA JOSE

74709341M

9702945

-6176-CGJ

19/05/2012

12:30:00

18-2-B RGC

AV OASIS, 0;

ALMERITURBA SL

B04209664

161872-

-3113-FMH

06/06/2012

12:37:03

9-bis-1A LSV

NU EL EJIDO, 0;

AMHAOUACH ARAFA

X9395509D

164735

B-8038-VP

02/06/2012

22:50:00

18-2-B RGC

CL CERVANTES, 132;

HORTALIZAS HERRERA SL

B04154456

163741-

-9674-BJS

18/06/2012

09:21:54

9-bis-1A LSV

NU EL EJIDO, 0;

IMPOR-CAR EJIDO SL

B04560710

162367-

-4664-FWG

21/06/2012

10:42:45

9-bis-1A LSV

NU EL EJIDO, 0;

JIMENEZ CASTRO CARMEN

25997592W

162358

-2473-BTR

20/01/2012

16:16:00

94-2-E2 RGV

CL JULIO CESAR, 030;

PONIENTERA COMERCIALIZ SL

B04263208

161869-

-7479-FCZ

06/06/2012

12:39:58

9-bis-1A LSV

NU EL EJIDO, 0;

ZRF ALMERIPAPEL H SL

B04188140

152893-

-6326-FKR

28/06/2012

08:46:19

9-bis-1A LSV

NU EL EJIDO, 0;

TRASLADOS DE RESOLUCIONES SOBRE RECURSOS POTESTATIVOS DE REPOSICIÓN, DICTADOS POR EL ALCALDE POR INFRACCIONES EN MATERIA DE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL: Apellido y Nombre

Identificador

Nº Boletín

Matrícula

F Denuncia

H Denuncia

Art. Ley

Lugar Infracción

AOUTIL MAHIBE DJAMAA

54200809K

154553

-6130-BSH

04/03/2011

00:50:00

3-1-B RGC

CL CINE CON C/ ALMERIA

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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TRASLADOS DE NOTIFICACIONES DE ACTOS DE INICIACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES EN MATERIA DE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL: Apellido y Nombre

Identificador

NºBoletí

Matrícula

FDenuncia

HDenunci

Art.Ley

Lugar Infracción

ACERCA COMUN. Y SISTEMAS SL

B92121250

166598-

-7418-GVR

03/10/2012

08:28:00

9bis1A LSV

NU EL EJIDO, 0;

AMADOR FERNANDEZ ROCIO

75241678F

168216

R-4179-BCJ

27/08/2012

13:15:00

31-1B OMC

AV PAIS VASCO,FRENTE CL. ALBAICIN

BACU MARCELA

X5929289G

168376

AL-1934-AC

21/08/2012

11:40:00

94-2-A RGC

CL JULIO CESAR, 0; FRENTE 92

BUD NICUSOR FLORIAN

X9128066X

167570

B-3952-VZ

15/08/2012

16:50:00

37-G OMC

CL PRINCESA SOFIA, 104;

CANZIO TIZIANO

X6630268N

160399

-8082-DGY

27/07/2012

01:24:00

94-2E-2 RGC

CL DRAGA, JUNTO EDIFICIO JALEO

CARA BARRANCO ROCIO

53713037X

160400

-4507-GWY

29/07/2012

00:30:00

91-2M2 RGC

CL DRAGA, JUNTO CAFE BAR VEREA

CATALA SELLER PATRICIA

48360271B

167716

-0221-BTX

15/08/2012

20:20:00

91-2-C2 RGC

AV HISPANOAMERICA, 0;

COBO DE LA CRUZ JOSE

24084579Z

167565

-6427-DYM

15/08/2012

16:42:00

37-G OMC

CL PRINCESA SOFIA, 080;

DASKALOV ALEKSANDAR TRAY

X6785716A

161908

-2557-CBT

08/07/2012

15:40:00

37-G OMC

CL DRAGA, 0; EDIFICIO JALEO

DOMINGUEZ PIEDRA PEDRO

45582715G

167440

-9386-CLM

08/08/2012

20:05:00

37-G OMC

CL PEDRO VALDIVIA, 0; FRENTE 4

EJITURBAS SLU

B04421640

168256

-7819-HGG

16/08/2012

17:38:00

94-2-C RGC

AV BULEVAR DE EL EJIDO, 357;

FERNANDEZ FDEZ PURIFICACION

09181508T

168396

L-3925-X

02/09/2012

16:00:00

32-A OMC

CL PERU, 0; FRENTE AL Nº 12

FERRER MATEO JORGE

78033685K

166253

-7779-GKR

13/07/2012

21:09:00

57-1 RGC

CL GARCIA ESPIN, CON M PELAYO

FUTURAS INVER ANDALUZAS SL

B04226221

167719

-6168-DFK

16/08/2012

16:16:00

94-2-E1 RGC

PZ IGLESIA (LA), 0;

GALAN DELGADO JUANA

54121391E

167443

-1229-CLH

16/08/2012

12:48:00

94-2-A RGC

CL SEGOVIA, 0; CON CALLE MOYA

GARBIN CASTAÑEDA MARIA JOSE

74910932R

168399

-4131-CTZ

05/09/2012

07:30:00

91-2M2 RGC

CL CLAVEL, 0; FRENTE A 9

GARCES CORTES MANUEL S

18111684N

167635

AL-6495-AD

10/09/2012

13:55:00

117-1-A RGC

CR GUARDIAS VIEJAS, 0; SN

GEORGIEV MITKO

X9627053N

168422

B-1889-LF

05/09/2012

12:28:00

154-1-B RGC

CL ALMIRANTE, 014;

HARRAS KHALID

X4000042C

165157

AL-9478-AB

26/05/2012

23:17:00

91-2M2 RGC

CL CAMILO J CELA, ACCESO R FERIAL

JIMENEZ SUAREZ JOSE ANTONIO

08911957D

167515

-0453-CDW

15/08/2012

11:15:00

37-G OMC

CL VIRGEN DE LAS MERCEDES, 017;

KANNOUFA MAHJOUBA

Y0409296W

167782

-2136-DHC

10/07/2012

09:41:00

94-2E2 RGC

CL BERNINI, 0; CON RIO JUCAR

LOPEZ VARGAS ANTONIO

18112213N

168092

-2087-FGG

27/08/2012

00:50:00

94-2-E1 RGC

CL DRAGA, 0; JUNTO EDFI JALEO

MEDINA SOTO SANTIAGO

53714624X

167864

AL-9053-AJ

31/07/2012

18:10:00

94-2C RGC

CL BERNINI, 0; FRENTE 17

MOISA MARIA CERASELA

X4528898Z

168523

-3924-GBF

12/09/2012

20:00:00

154-1B RGC

CL ALVAREZ DE CASTRO, FRENTE 14

MORENO LOPEZ JOSE

39119626F

163559

-6287-DDN

11/08/2012

01:25:00

91-2E-2 RGC

CL FARO (DEL), 0;

MOUBARIK ABDERRAHMANE

X6881634B

166550

-9225-CHM

10/07/2012

09:50:00

91-2C-2 RGC

CL MANOLO ESCOBAR, 025;

MOYA MARTINEZ ROCIO

14624464Y

167300

-4885-FBX

04/07/2012

17:30:00

94-2-E1 RGC

PZ CERBERO, 0; FRENTE A Nº 13

NICULCIOIU GEORGICA

X9127446B

167568

-7199-BST

15/08/2012

16:45:00

37-G OMC

CL PRINCESA SOFIA, 096;

NORVILIENE DAIVA

X3919608V

167116

-7755-BDK

13/08/2012

01:16:00

171 RGC

CL CELIA VIÑAS, JUNTO PL TORRE

ONICA LILIANA MARIA

X7988595M

168197

-8676-DTJ

16/08/2012

15:45:00

94-2-E1 RGC

CL M COMUN, JUNTO H VICTORIA

PEREZ RODRIGUEZ ANTONIO

27519708R

167567

AL-6955-AG

15/08/2012

16:45:00

37-G O OMC

CL PRINCESA SOFIA, 090;

PIERA CERVANTES RICARDO

46108811K

168518

B-9668-PC

12/09/2012

19:00:00

94-2-C RGC

AV BULEVAR EJIDO FRENTE 370

RODA MALDONADO JUAN LUIS

39371285T

167720

AL-9546-AH

16/08/2012

18:00:00

32-A OMC

CL MAR (DEL), 072;

RODRIGUEZ ACOSTA ANA MARIA

78036409P

167198

-3948-DSS

28/07/2012

00:27:00

94-2-E1 RGC

CL DRAGA, 0; JALEO

RODRIGUEZ ROBLES GABRIEL

78035987T

167629

-6977-GPS

30/07/2012

09:05:00

3-1-B RGC

CN PARAISO AL MAR 24, 0;

RUIZ PEREZ ISMAEL

74828153E

168530

-3757-HJK

06/09/2012

11:53:00

32-B OMC

CL TOLEDO, 136;

SANCHEZ ANTEQUERA JUAN

27488850D

167631

-0853-CYW

12/08/2012

20:28:00

91-2C2 RGC

AV HISPANOAMERICA ESQ. C/ ESTIONAL

SANTA GOMEZ FREDY

X6677672J

168535

-7607-FFW

10/09/2012

16:29:00

94-2-A RGC

AV BULEVAR DE EL EJIDO, 210;

SEGALY SL

B80900871

166120 -

M-6391-XV

17/09/2012

12:58:04

9-bis-1A LSV

NU EL EJIDO, 0;

SEGOVIA FLORES ANGEL

50077159H

167444

-2814-GBC

17/08/2012

12:15:00

94-2-C RGC

CL SEVILLA, 009;

SUMINISTROS AGRICOL PEÑA SL

B04600649

166863

-8884-GVV

28/08/2012

10:00:00

94-2-C RGC

CL MIGUEL ANGEL, 0;

TORRES RUIZ ANA MARIA

27248768R

168537

AL-0521-AJ

10/09/2012

17:14:00

155-1-A RGC

CL HERM LIROLA CON BULEVAR

ZARCO DUARTE ENRIQUE

22688258T

168501

-6626-GRD

05/09/2012

12:00:00

94-2-C RGC

AV BULEVAR EJIDO, FRENTE 273

TRASLADO DE NOTIFICACIÓN DE ESCRITO DE REMISIÓN DE PRUEBAS DEL PROCEDIMIENTO EN MATERIA DE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL: Apellido y Nombre

Identificador

Nº Boletin

Matrícula

F Denuncia

H Denuncia

Art. Ley

Lugar Infracción

DIAZ PARRILLA JOSE LUIS

18110157A

165312

-3130-CYY

20/04/2012

02:45:00

94-2-A RGC

CL TOLEDO CON CASTELLON

El órgano responsable de la tramitación de los procedimientos referenciados, es la Unidad de Servicios Fiscales del Área de Hacienda del Ayuntamiento de El Ejido. Las personas responsables, como autores de los hechos en que consistan las infracciones, deberán comparecer en el plazo de DIEZ DIAS, en la Unidad de Servicios Fiscales del Área de Hacienda del Ayuntamiento de El Ejido, contados desde el Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, al efecto de practicar la notificación del citado acto. Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer. Contra la Resolución Sancionadora, dictada por el Alcalde por Infracciones en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y que ponen fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer Recurso Reposición, con carácter potestativo, previo al Recurso Contencioso-Administrativo, ante el mismo órgano que lo dicto, la Alcaldía, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente a la presente notificación, todo ello a tenor de lo dispuesto, en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contra la resolución del Recurso Potestativo de Reposición, dictado por el Alcalde por infracciones en materia de Tráfico, circulación de vehículos a Motor y Seguridad Vial, que es firme en vía administrativa, el interesado podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado Provincial de lo Contencioso-Administrativo con sede en Almería, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se publica la presente notificación. Contra la notificación del inicio del procedimiento sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, el denunciado dispondrá de un plazo de veinte días naturales, a contar a partir del día siguiente a la presente notificación, para optar por ejercitar cualquiera de los procedimientos sancionadores en materia de trafico descritos en el artículo 79 de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, ya sea para realizar el pago voluntario por el procedimiento abreviado con las consecuencias establecidas en el artículo 80 LSV, o para proponer o aportar las pruebas que estime oportunas por el procedimiento ordinario, según lo previsto en el 81 de dicho texto legal. En caso de que el denunciado no formule alegaciones ni abone el importe de la multa en el plazo indicado, el acto de iniciación, notificado surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador, según lo establecido en el apartado 5 del citado artículo 81 de LSV. Contra la notificación del escrito de remisión de pruebas del procedimiento sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, podrá interponer pliego de descargos y alegaciones, en el plazo de quince días, a contar a partir del día siguiente a la presente notificación, a tenor de lo estipulado en el artículo 81 apartado 3 y 4 de la LSV, y una vez concluida la instrucción del procedimiento, el órgano instructor elevará propuesta de resolución al órgano competente para sancionar par que dicte la resolución que proceda. Dado en El Ejido (Almería), a 29 de Octubre de 2.012 EL ALCALDE-PRESIDENTE , Francisco Góngora Carra. 8454/12 AYUNTAMIENTO DE FÉLIX EDICTO D. Baldomero Martínez Carretero, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Felix, (Almería) HACE SABER: Que el Pleno de la Corporación Municipal, en sesión celebrada con carácter extraordinario con fecha 5 de noviembre de 2012, acordó aprobar inicialmente el Presupuesto General de la Corporación para el ejercicio 2012. De conformidad con lo previsto en el art. 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público, durante el plazo de quince días, para que cualquier interesado pueda examinarlo y presentar las reclamaciones que estime oportunas. Si en el plazo expresado no se presentasen reclamaciones, el presupuesto y documentación anexa se considerará definitivamente aprobado sin más trámite. En Felix, a siete de noviembre de dos mil doce. EL ALCALDE, Baldomero Martínez Carretero. 8464/12 AYUNTAMIENTO DE GÁDOR ANUNCIO A los efectos de lo dispuesto en el Art. 169 del R.D. Legislativo 2/ 2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remite el Art. 177 del mismo Texto Refundido y art. 20.3 en relación con el art.38.2 del R.D.500/1990, de 20 de Abril, se pone en conocimiento general que en la Intervención de ésta Entidad Local se haya expuesto al público el expediente de Modificación del presupuesto n°3/2012 y ampliación de plantilla, aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación en Sesión Extraordinaria celebrada el día 8 de Noviembre de 2.012, que se nutrirá con Bajas en otras partidas no invertidas ni comprometidas. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el Art. 170 del R.D. Legislativo 2/ 2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y por los motivos taxativamente numerados en el número 2 de dicho Articulo, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites: a) Plazo de Exposición y Admisión de Reclamaciones: 15 días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial Provincia. b) Oficina de Presentación: Registro General. c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno. Gádor, 12 de Noviembre de 2012. LA PRIMERA TENIENTE DE ALCALDE, POR DELEGACIÓN, Lourdes Ramos Rodríguez. 8113/12 AYUNTAMIENTO DE HUERCAL DE ALMERIA EDICTO Este Ayuntamiento tiene definitivamente aprobada la Modificación del Reglamento Municipal de Participación Ciudadana. Entrará en vigor de conformidad con el art. 70.2 de la Ley 7/185, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Contra dicho acuerdo que es definitivo en la via administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de Almería de dicho orden jurisdiccional en el plazo de dos meses, a contar del dia siguiente al de publicación del presente edicto en el BOP de Almería; y sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro que tengan por conveniente. Huercal de Almeria, a/31 da octubre de 2012. EL ALCALDE, firma ilegible. El texto de la modificación es el siguiente: Se añade al articulo 3, párrafo 1: “Asimismo se permite la grabación y difusión, en cualquier formato, de los Plenos Municipales por parte de vecinos y vecinas que lo soliciten verbalmente a la Alcaldía antes de comenzar los mismos, siempre con respeto a la normativa en materia de protección de datos de carácter personal y restante normativa que resulte de aplicación. La Alcaldía solo podrá, de forma puntual, prohibir o limitar dichas actuaciones justificándolas en razones de espacio, concurrencia o alteración del orden”. 8436/12 AYUNTAMIENTO DE ORIA EDICTO Don Marcos Reche Galera, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Oria (Almería).HACE SABER: Que habiéndose aprobado por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 11 de octubre de 2012, el Presupuesto General del Ayuntamiento de Oria (Almería) para el ejercicio de 2.012, estará de manifiesto al público en la Secretaría de esta Entidad por espacio de 15 días hábiles, contados a partir de su publicación en el B.O.P. de Almería, durante cuyo plazo cualquier interesado podrá presentar contra el mismo las reclamaciones que estime pertinentes ante el Pleno de esta Corporación, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Transcurrido el plazo sin que se hubiera presentado ninguna, quedará definitivamente aprobado. En Oria, a 12 de noviembre de 2012. EL ALCALDE, Marcos Reche Galera. 8078/12 AYUNTAMIENTO DE PARTALOA EDICTO José González Rodríguez, Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Partaloa de conformidad con lo establecido en el art. 49 LRBRL y artículo 17 TRLRHL y aplicación del art. 60 Ley 30/92 26 noviembre: EXPONE: Se hace pública la puesta al cobro de la facturación correspondiente al 1. er semestre 2012 de los recibos de AGUA Y ALCANTARILLADO , con fecha facturac. 15/08/2012. El período de cobranza en voluntaria será de 1 més contados desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOP. Se comunica a los interesados, que los padrones, se encontrarán a su disposición en la oficina del Excmo. Ayuntamiento de Partaloa., sita en plaza CONSTITUCION, 1 de PARTALOA, en horario de 9 a 13 horas de lunes a viernes, durante el período de un mes a contar desde el día siguiente al inicio de la puesta al cobro de los recibos. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Los contribuyentes afectados podrán formular recurso de reposición conforme al artículo 223.1 de la Ley 58/2003 Gral Trib., durante el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del período de cobro en voluntaria. El cobro se realizará de forma domiciliaria o a través de oficinas bancarias o de ahorro que se indican en la factura-recibo emitido al efecto. Una vez finalizado el periodo voluntario, se iniciará el procedimiento de apremio de acuerdo con lo previsto en el vigente R. GR lo que determinará la exigibilidad del recargo de apremio establecido y el devengo de los intereses de demora hasta el ingreso de la deuda tributaria. En Partaloa, a dos de noviembre de dos mil doce. EL ALCALDE PRESIDENTE, José González Rodríguez. 8434/12 AYUNTAMIENTO DE PULPÍ EDICTO Juan Pedro García Pérez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de la Villa de Pulpí (Almería). HAGO SABER: Que por el Pleno de la Corporación celebrado en Sesión Extraordinaria el veintidós de agosto de dos mil doce fue Aprobado Inicialmente EL PRESUPUESTO GENERAL PARA EL EJERCICIO 2012. Dicho presupuesto ha sido sometido al preceptivo trámite de información pública mediante anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Pulpí y en el B.O.P. de Almería núm. 166 del pasado veintiocho de agosto de dos mil doce. Durante el periodo de exposición al público se presentó una alegación, que fue desestimada por el Pleno de la Corporación celebrado en Sesión Extraordinaria, el veintiséis de octubre de dos mil doce y a su vez fue aprobado definitivamente. En cumplimiento de lo dispuesto por el art. 169.3 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales aprobada por R.D.Leg. 2/2004 de 5 de marzo, se procede a la pu8blicación de dicho Presupuesto General resumido por capítulos, contra el cual podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo contenciosoadministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. AYUNTAMIENTO DE PULPI EJERCICIO ECONOMICO 2012 RESUMEN POR CAPITULOS GASTOS CAPITULOS 1 2 3 4 6 7 8 9

DENOMINACION Gastos de personal Gastos en bienes corrientes y Servicios Gastos Financieros Transferencias corrientes A) GASTOS POR OPERACIONES CORRIENTES Inversiones Reales Transferencias de Capital Activos Financieros Pasivos financieros B) GASTOS POR OPERACIONES DE CAPITAL Total Presupuesto

EUROS 2.310.172,72 6.045.964,04 240.039,74 793.549,25 9.389.725,75 264.340,86 361.523,82 1.651.386,40 351.859,01 2.629.110,09 12.018.835,84

INGRESOS CAPITULOS 1 2 3 4 5 6 7 8 9

DENOMINACION Impuestos directos Impuestos Indirectos Tasas y Otros Ingresos Transferencias Corrientes Ingresos Patrimoniales A) INGRESOS POR OPERACIONES CORRIENTES Enajenación de Inversiones Reales Transferencias de Capital Activos Financieros, Pasivos financieros B) INGRESOS POR OPERACIONES CAPITAL Total Presupuesto

EUROS 4.604.979,10 216.984,71 1.451.663,47 4.323.350,48 10.436,88 110.607.414,64 194.452,87 100.453,24 70.569,32 1.651.386,40 2.016.861,83€ 12.624.276,47

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EMPRESA MUNICIPAL DEL SUELO DE PULPI S.L. EJERCICIO ECONOMICO 2012 RESUMEN POR CAPITULOS GASTOS CAPITULOS 1 2 3 4 6 7 8 9

DENOMINACION Gastos de personal Gastos en bienes corrientes y Servicios Gastos Financieros Transferencias corrientes A) GASTOS POR OPERACIONES CORRIENTES Inversiones Reales Transferencias de Capital Activos Financieros Pasivos financieros B) GASTOS POR OPERACIONES DE CAPITAL Total Presupuesto

EUROS 102.863,92 1.465.980 81.484,02 0 1.650.327,94 0 0 0 156.112,76 156.112,76 1.806.440,70

INGRESOS CAPITULOS 1

DENOMINACION

0

2

Impuestos Indirectos

3

Tasas y Otros Ingresos

4

Transferencias Corrientes

5

Ingresos Patrimoniales

0 2.363.931,78

A) INGRESOS POR OPERACIONES CORRIENTES 6

EUROS

Impuestos directos

2.363.931,78

Enajenación de Inversiones Reales

0

7

Transferencias de Capital

8

Activos Financieros,

185.027,46

9

Pasivos financieros

1.651.386,40

B) INGRESOS POR OPERACIONES CAPITAL

1.836.413,86

Total Presupuesto

4.200.345,64

0

PRESUPUESTO GENERAL (CONSOLIDADO AYTO-EMS) EJERCICIO ECONOMICO 2012 RESUMEN POR CAPITULOS GASTOS CAPITULOS

DENOMINACION

EUROS

1

Gastos de personal

2.413.036,64€

2

Gastos en bienes corrientes y Servicios

7.511.944,04€

3

Gastos Financieros

268.954,44€

4

Transferencias corrientes

793.549,25€

A) GASTOS POR OPERACIONES CORRIENTES

10.987.484,37€

6

Inversiones Reales

264.340,86€

7

Transferencias de Capital

176.496,36€

8

Activos Financieros

0€

9

Pasivos financieros

507.971,77

B) GASTOS POR OPERACIONES DE CAPITAL

948.808,99

Total Presupuesto

11.936.293,36€

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INGRESOS CAPITULOS 1 2 3 4 5 6 7 8 9

DENOMINACION Impuestos directos Impuestos Indirectos Tasas y Otros Ingresos Transferencias Corrientes Ingresos Patrimoniales A) INGRESOS POR OPERACIONES CORRIENTES Enajenación de Inversiones Reales Transferencias de Capital Activos Financieros, Pasivos financieros B) INGRESOS POR OPERACIONES CAPITAL Total Presupuesto

EUROS 4.604.979,10€ 216.984,71€ 3.309.385,59€ 4.323.350,48€ 10.436,88€ 12.465.136,76€ 194.452,87€ 100.453,24€ 18.000€ 1.651.386,40€ 1.964.292,51€ 14.429.429,27€

PLANTILLA DE FUNCIONARIOS, PERSONAL LABORAL Y PERSONAL EVENTUAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 2.012 1.- Plantilla de Funcionarios Municipales: HABILITACIÓN NACIONAL.Secretario A1-30......................................................................................1 Interventor. A1-28....................................................................................1 ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL: SUBESCALA TÉCNICA: TAE Asesor Jurídico. A2-26....................................................................1 Arquitecto Técnico. A2-26 ......................................................................1 TAE Trabajadora Social A2-18................................................................1 SUBESCALA ADMINISTRATIVA: Administrativos C1-22.............................................................................2 Administrativo C1-20...............................................................................2 SUBESCALA AUXILIAR ADMINISTRATIVO: Auxiliares Administrativos C2-18...........................................................10 SUBESCALA SUBALTERNA: Alguacil Portero E-11...............................................................................1 Conserje Colegio. E-14...........................................................................1 Operario Oficio Conductor. E-14 ………………………............................1 Obras y Servicios. E-14…………………………………........................…6 Limpieza. E-14 …………………………………………...................... ……1 FUNCIONARIOS EVENTUALES Funcionario eventual…………………………….....................……………1 SUBESCA LA DE SERVICIOS ESPECIALES: POLICIA LOCAL: Subinspector. A2-24 ..............................................................................1 Oficial. C1-22 ….....................................................................................1 Policías Local C1-20 ............................................................................17 2.- Plantilla del Personal Laboral: SERVICIO MUNICIPAL DE OBRAS Y SERVICIOS: Peones Limpieza E-14 ...........................................................................1 Mantenimiento E-14 …............................................................................2 PERSONAL DE OFICIOS: Servicio de Parques y Jardines: Oficiales...................................................................................................1 Peones….................................................................................................3 Servicio de Cementerio: Peón........................................................................................................1 Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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SERVICIO DE DEPORTES: Monitor de tiempo libre E-13..................................................................1 SERVICIO DE CULTURA Y JUVENTUD: Monitor de Cultura D-16 ……………………………………………….……1 CENTRO MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES: Bibliotecaria B-16…….……………………………………………......……… 1 3.- Plantilla del Personal Eventual CENTRO MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES: Abogada CIM/Drogas A-20.....................................................................1 Psicólogo.................................................................................................1 Guadalinfo….......................................................................................... 1 Trabajador Social....................................................................................1 Informadora CIM C-22.............................................................................1 Auxiliar Administrativo.............................................................................1 Abogado inmigrantes..............................................................................1 SERVICIOS DE FOMENTO DE EMPLEO Andalucía Orienta A1-21 ........................................................................2 SERVICIOS DE APOYO PERIODO ESTIVAL Ayudantes Monitores Cultura/Deportes/Turismo.................................…7 OTROS SERVICIOS Curso Celador ........................................................................................1 Curso Inglés ...........................................................................................2 Lo que se hace público para general conocimiento. En Pulpí a treinta y uno de octubre de dos mil doce. EL ALCALDE, Juan Pedro García Pérez. 8463/12 AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR EDICTO D. Gabriel Amat Ayllón, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería). HACE SABER: Que finalizado el periodo de exposición al público (B.O.P. Núm. 178 de fecha 13 de septiembre de 2012), y no habiéndose presentado alegaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.2 del RDL 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, por Decreto de la Alcaldía-Presidencia de fecha 9 de noviembre de 2012, se ha elevado a Definitiva la Aprobación Inicial de la Modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales: - O. F. Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. - O. F. Reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Celebración de Matrimonio en forma Civil. - O.F Reguladora de la tAsa por Instalación de Puestos, Casetas de Venta, Espectáculos o Atracciones situados en terrenos de uso Público e Industrias Callejeras y Ambulantes y Rodajes cinematrográficos. - O.F. Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa de Edificios e Instalaciones Municipales. - Establecimiento y Ordenación del Precio Público del Castillo de Santa Ana, del Museo Taurino, Sala de Usos Múltiples y Plaza de Toros. Por lo que que procede a la publicación del texto íntegro de las citadas modificaciones: ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (I.B.I.) Artículo 3º.3º.2. El tipo de gravamen a aplicar en razón a su naturaleza es el siguiente: b) Cuando se trate de inmuebles de características especiales el 0,862 % c) Cuando se trate de inmuebles de naturaleza Urbana el 0,862 %. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA No obstante el tipo de gravamen establecido en el articulo 3.2 apartados b) y c), de la presente Ordenanza fiscal, en cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 8, apartado 2 del Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público (BOE número 315, de 31.12.2011), será incrementado para el ejercicio de 2013 en el 4% a aquellos inmuebles a que se refiere el articulo 8, apartado 1,c) tomando como base el tipo de gravamen vigente en el ejercicio de 2011. ( 0,862+0,038:0,90%). DISPOSICIÓN FINAL La presente Ordenanza entrará en vigor el próximo día 1 de enero de 2013, surtiendo efectos hasta que expresamente se acuerde su modificación o derogación, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.4 del RDL 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de las Haciendas Locales. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE CELEBRACION DE MATRIMONIOS EN FORMA CIVIL ARTICULO 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del R.D. Legislativo . 2/2004 de 5 de marzo, por le que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, el Ayuntamiento de Roquetas de Mar establece la Tasa por la prestación del servicio relativo a la celebración de matrimonio en forma civil, que se regirá por la presente Ordenanza fiscal cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo 57 del citado Real Decreto Legislativo. ARTÍCULO 2.- HECHO IMPONIBLE Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación del servicio de carácter administrativo y protocolario con motivo de la celebración de matrimonio en forma civil (en adelante matrimonio civil) en los términos establecidos en la presente Ordenanza. ARTÍCULO 3.- SUJETOS PASIVOS Son sujetos pasivos de esta tasa las personas físicas que soliciten la celebración de matrimonio civil y, tras aportar la documentación requerida al efecto, se les reservará día y hora para materializar dicho acto. ARTÍCULO 4.- EXENCIONES Y BONIFICACIONES No se concederá exención ni bonificación alguna en la exacción de la presente tasa. ARTÍCULO 5.- CUOTA TRIBUTARIA 1. La cuota tributaria a exigir, consistirá en una cantidad que se determinará en función del edificio o instalación a utilizar, y si la celebración tiene lugar en horario laboral (de lunes a viernes de 8,00 a 14 horas), en horario no laboral (de lunes a viernes desde 16 a 21,00 horas) y en festivos (se incluye sábados, domingos y festivos de 10,00 horas a 14 horas y de 16,00 a 21,00 horas). 2.- El cuadro de tarifas que se aplicará es el siguiente: CUADRO DE TASAS -LUGAR DE CELEBRACION CELEBRACION MATRIMONIO CIVIL

SALON DE PLENOS

CASTILLO STA ANA Y ANEXOS

PLAZA DE TOROS Y ANEXOS

INSTALACIONES

LABORAL

95,00

150,00

150,00

150,00

NO LABORAL

125,00

175,00

175,00

175,00

FESTIVO

150,00

225,00

200,00

200,00

HORARIO

OTROS EDIF O

3.-Cuando la celebración tenga lugar en edificios o instalaciones que no sean de titularidad municipal, la tarifa de aplicación será la correspondiente a la de “otros edificios “con una cuota de 200,00 euros, con independencia del día y hora de celebración. 4.- Las cuotas se abonarán mediante autoliquidación del interesado con motivo de la solicitud de celebración del matrimonio civil en las cuentas corrientes del Ayuntamiento de Roquetas de Mar. ARTÍCULO 6.- DEVENGO 1. Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir, cuando se solicite la prestación del servicio, debiendo venir acompañada del justificante acreditativo del abono de la tarifa que sea de aplicación. 2. Será preciso depositar el importe de fianza del 20% del importe total de la cuota total a satisfacer con un importe mínimo de 60 euros, salvo cuando la celebración tenga lugar en el Salón de Plenos o en edificios o instalaciones privadas, que resultará exento. La fianza responderá de los gastos ocasionados al Ayuntamiento y de los posibles daños que pudiera afectar a los bienes o instalaciones municipales con motivo de la celebración del matrimonio civil. 3. En caso de desistimiento formulado por el solicitante antes de la fecha prevista para la celebración la cuota a liquidar quedará reducida al 20% de la que corresponda por aplicación de la tarifa. ARTÍCULO 7.- NORMAS DE GESTION 1. La celebración del matrimonio civil en los edificios e instalaciones Municipales podrá realizarse: Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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A) Siempre y cuando no haya programación municipal coincidente en fechas o de Asociaciones Socio Culturales e Instituciones que tengan un acuerdo de Colaboración con el Ayuntamiento, o que estén patrocinadas, subvencionadas y/o auspiciadas por el mismo. B) Siempre que exista disponibilidad de recursos humanos para su atención y seguridad de las instalaciones. 2. Las solicitudes de celebración de matrimonio civil deberán tramitarse al menos con sesenta días de antelación al evento, y serán resueltas con una antelación no superior a un mes. Las solicitudes de más de un mes de antelación, serán consideradas como reservadas y condicionadas a la programación municipal y serán tramitadas con efecto real de un mes antes de la celebración del matrimonio. 3. Cuando la celebración del matrimonio civil comporte a petición del interesado la realización de actividades o prestación de servicios accesorios o complementarios a cargo del Ayuntamiento (medios materiales o humanos), deberá aprobarse una liquidación valorativa de los gastos de posible devengo, que deberán ser satisfechos por el interesado con carácter previo a su realización. Dicha liquidación tendrá carácter provisional a resultas de su efectiva ejecución, para la que se aprobará una liquidación definitiva, cuyo saldo si resulta a ingresar deberá ser atendido en los plazos establecidos conforme a la deudas de carácter tributario. Si el saldo es favorable al interesado, el Ayuntamiento procederá a su devolución. Se consideran servicios accesorios o complementarios aquellos que excedan a lo dispuesto para la celebración, tales como la presencia de Alcalde o Concejal, Secretario y sala o espacio a utilizar en la misma. DISPOSICION TRANSITORIA ÚNICA Los solicitantes de celebración de matrimonio civil que al día de entrada en vigor de la presente Ordenanza hubiese satisfecho sus cuotas con arreglo a la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por utilización privativa de edificios e instalaciones municipales no les será de aplicación la nueva regulación establecida en ésta. DISPOSICIÓN FINAL La presente Ordenanza entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, surtiendo efectos hasta que expresamente se acuerde su modificación o derogación, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.4 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de las Haciendas Locales. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR INSTALACION DE PUESTOS, CASETAS DE VENTA, ESPECTACULOS O ATRACCIONES SITUADOS EN TERRENOS DE USO PÚBLICO E INDUSTRIAS CALLEJERAS Y AMBULANTES Y RODAJES CINEMATOGRÁFICOS ARTICULO 6.- CUOTA TRIBUTARIA La cuota tributaria será la fijada en las tarifas de los siguientes epígrafes: Epígrafe 1º: Mercadillo de venta ambulante Ocupación de terrenos de uso público con puesto de venta, en el mercadillo semanal de Roquetas, por m2 o fracción y al año: 29,00 € ARTICULO 7 : DEVENGO Y PERIODO IMPOSITIVO 7.1.- En los casos de los aprovechamientos definidos por los epígrafes 2º a 4º del artículo anterior: 7.1.1: La tasa se devengará cuando se inicie el uso privativo o aprovechamiento especial, momento que, a estos efectos se entiende que coincide con el de concesión de la licencia, si la misma fue solicitada. 7.1.2: Será preciso depositar el importe de la tasa cuando se presente la solicitud de autorización para la utilización privativa o aprovechamiento especial de que se trate. 7.1.3: Cuando el uso privativo o aprovechamiento especial hubiera tenido lugar sin solicitar la licencia preceptiva, el devengo de la tasa coincidirá con el inicio del aprovechamiento. 7.1.4: El periodo impositivo coincidirá con el determinado en la licencia municipal 7.2.- En los casos de los aprovechamientos definidos por el epígrafe 1º del artículo anterior: 7.2.1: La tasa se devengará cuando se inicie el uso privativo o aprovechamiento especial, momento que a estos efectos, se entiende que coincide con la concesión, produciéndose el devengo de la tasa en los ejercicios sucesivos con fecha 1 de enero de cada año. 7.2.2: El periodo impositivo comprenderá el año natural, salvo en el supuesto de inicio en el uso de la ocupación, emitiéndose a través de padrón dos recibos cada año por la cuota correspondiente a un semestre natural cada uno de ellos 7.2.3: Cuando se inicie la ocupación, la primera cuota se devengará mediante autoliquidación el primer día del mes siguiente a la concesión y comprenderá el periodo de tiempo entre dicho día y el último día del semestre natural en que se produzca el alta. 7.2.4: Cuando se cese, la última cuota devengada corresponderá al mes en que haya tenido lugar la baja, siempre que esta fuese comunicada al Ayuntamiento antes del día primero del mes natural siguiente al cese, y dará lugar, previa petición, a la devolución de la cuota correspondiente a los meses completos que resten por transcurrir del semestre natural en que este cese se produzca. 7.2.5: El impago de dos recibos consecutivos por esta tasa dará lugar al inicio inmediato del correspondiente procedimiento administrativo a efectos de rescisión de la concesión de la ocupación. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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7.2.6: En el mes de enero de cada año se expondrá al público el censo anual de concesionarios de puestos en los Mercadillos de venta ambulante, con referencia al día uno del mismo, que será aprobado por el Sr. Alcalde-Presidente y expuesto al público por un mes a efectos de posibles reclamaciones, elevándose a definitivo con la resolución de las mismas si las hubiese, estableciéndose dos recibos anuales, que comprenderá cada uno de ellos un semestre natural del año. DISPOSICIÓN FINAL La presente Ordenanza fiscal entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y será de aplicación desde el día 1 de enero de 2013, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LA UTILIZACION PRIVATIVA DE EDIFICIOS E INSTALACIONES MUNICIPALES Quedan suprimidos: 1.- El apartado 1. Dos del artículo 5, que queda sin contenido al regularse expresamente, la prestación del servicio de celebración del matrimonio civil en una nueva ordenanza fiscal. 2.-La entrada en vigor de la presente modificación será simultánea a la entrada en vigor de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de celebración de matrimonio civil. ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO DEL CASTILLO DE SANTA ANA, DEL MUSEO TAURINO, SALA DE USOS MULTIPLES Y PLAZA DE TOROS TÍTULO PRELIMINAR Artículo 1. Objeto. La presente Ordenanza tiene por objeto regular el régimen jurídico de los precios públicos relativos a las visitas que se realizan en los edificios e instalaciones del Castillo de Santa Ana y Centro de Interpretación, Edificio del Faro, el Museo Taurino, Sala de usos múltiples y Plaza de Toros, conforme a lo dispuesto en los artículos 2 y 41 y siguientes del RD Legislativo, 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TR de la LRHL. Artículo 2. Concepto de precio público. Tienen la consideración de precio público del Ayuntamiento de Roquetas Mar las visitas a los recintos de los edificios , instalaciones y museos municipales recogidos en el artículo anterior, así como las realizadas a exposiciones temporales o permanentes, sean o no guiadas. Dichas prestaciones se efectuarán en régimen de Derecho público en concurrencia con las realizadas por el sector privado, prestándose mediante solicitud voluntaria por parte de los administrados. Articulo 3. Nacimiento de la obligación La obligación a pagar nace desde el momento en que se pretende realizar la visita a los edificios o instalaciones mencionados. Articulo 4. Obligados al pago Estarán obligadas al pago las personas físicas o jurídicas que visiten los edificios e instalaciones expresadas en el artículo 1 anterior. Articulo 5. Cuantías La cuantía del precio público a satisfacer con arreglo a lo dispuesto en la presente ordenanza es la contenida en el siguiente cuadro de tarifas: CUADRO DE TARIFAS I.- CASTILLO STA ANA Y DEPENDENCIAS A.- Visita al Castillo y Centro de Interpretación TARIFAS IMPORTE EN EUROS 1.- Entrada general, por persona 2,00 2.- Entrada reducida, por persona 1* 1,00 3.- Visita guiada, por persona 2* 2,50 NOTAS: 1*. La entrada reducida se aplicará a quienes acrediten el carnet joven, de estudiantes, de desempleados, de jubilados y discapacitados. 2*. La visita guiada se realizará de martes a domingos y de 11,00 horas a 12,00 horas, siempre y cuando el grupo mínimo sea de 15 personas. 3*. Las exposiciones temporales serán gratuitas el día de la inauguración 4.* La entrada gratuita se aplicara a quienes acrediten el carnet de amigos de la cultura del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y a los menores de 12 años. 5*. Tendrá carácter gratuito la entrada al anexo del Faro de Roquetas de Mar Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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II.- MUSEO TAURINO, PZA DE TOROS Y DEPENDENCIAS B.- Visita al Museo taurino, pza de toros y dependencias TARIFAS IMPORTE EN EUROS 1.- Entrada general, por persona 2,00 2.- Entrada reducida, por persona 1* 1,00 3.- Visita guiada, por persona 2* 2,50 4.- Exposición temporal, por persona 1,00 NOTAS: 1*. La entrada reducida se aplicará a quienes acrediten el carnet joven, de estudiantes, de desempleados, de jubilados y discapacitados. 2*. La visita guiada se realizará de martes a domingos y de 11,00 horas a 12,00 horas, siempre y cuando el grupo mínimo sea de 15 personas. 3*. Las exposiciones temporales serán gratuitas el día de la inauguración 4.* La entrada gratuita se aplicara a quienes acrediten el carnet de amigos de la cultura del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y a los menores de 12 años. Artículo 6. Régimen de cobros. 1. El pago de los precios públicos se efectuará con motivo de la entrada a dichos edificios o instalaciones, mediante la expedición de las correspondientes entradas o tickes talonarios debidamente enumerados, custodiados por la Tesorería Local, que se entregarán al personal habilitado correspondiente, en cuyo caso tal ingreso será condición indispensable para la realización de aquélla. 2. El Ayuntamiento podrá celebrar Convenios de colaboración con otros organismos o entidades sin ánimo de lucro, con el fin de facilitar un acercamiento a la población de los recursos museísticos disponibles, pudiendo para ello aplicar una reducción en los precios comprendida entre el 20% y el 50%, de forma que redunde en beneficio de los colectivos sociales. 3.- El importe de la recaudación será ingresado por el habilitado, de forma periódica en las cuentas de titularidad municipal con arreglo a las instrucciones emanadas de la Tesorería Local. 4. El control y manejo de fondos será responsabilidad directa del Tesorero municipal, quien podrá dictar cuantas instrucciones estime pertinentes en orden a garantizar la corrección de los procedimientos de cobro y manejo de fondos. Artículo 7. Devolución. Cuando por causas no imputables al obligado al pago, la visita se preste o realice, procederá la devolución del importe correspondiente, previa acreditación de su pago por aquél. DISPOSICIÓN FINAL La presente Ordenanza entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, surtiendo efectos hasta que expresamente se acuerde su modificación o derogación, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.4 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de las Haciendas Locales. Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos indicados. Roquetas de Mar, a 9 de noviembre de 2012. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Gabriel Amat Ayllón. 8124/12 AYUNTAMIENTO DE VIATOR EDICTO DE NOTIFICACIÓN De conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 y 61 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de la Resolución dictada por la Alcaldía, al expediente sancionador por infracción del artículo 15.1).E) de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana de Viator, instruido por este Ayuntamiento, a la persona que a continuación se relaciona, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Por tratarse de un acto firme en vía administrativa, conforme al artículo 52.2 de la Ley 7/85 en relación con el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, cabe interponer los siguientes recursos: RECURSOS Con carácter potestativo recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el término de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, en su caso, o bien directamente contra esta resolución, se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de la provincia de Almería, en el término de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación correspondiente, si bien, cuando el Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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inmueble afectado esté ubicado en otra provincia, el recurso se habrá de interponer ante el juzgado contencioso administrativo que tenga competencia territorial en la circunscripción donde radique el inmueble afectado. En el caso que la desestimación del recurso de reposición se produzca por silencio administrativo -silencio que se producirá por el transcurso de un mes a contar desde la fecha de su interposición sin que se haya notificado su resolución- el término para la interposición del recurso contencioso administrativo, será de seis meses a contar desde el siguiente al día en que el referido recurso de reposición se entienda desestimando. FORMA DE PAGO El importe de la sanción lo puede hacer efectivo en los siguientes términos: a) Si recibe la notificación entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. b) Si recibe la notificación entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Transcurridos los citados plazos sin hacer efectivo el pago, se iniciará el procedimiento de apremio con el 20% de recargo. Expediente: 11/317-PU-SA Nombre: D. FRANCISCO JOSE OLIVER MARTIN DNI: 75.724.156-Z Localidad: PECHINA (ALMERIA) Domicilio: CMNO. CUESTA DE LAS VACAS, 1 Resolución: 24/08/2012 Notificación Resolución Resultado: AUSENTE REPARTO / AUSENTE REPARTO. Cuantía de la sanción: 150,00 euros. Viator, a 20 de septiembre de 2012. LA ALCALDESA, María del Mar López Asensio. 8125/12 AYUNTAMIENTO DE VIATOR EDICTO DE NOTIFICACIÓN De conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 y 61 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentra pendiente de notificar el expediente sancionador por infracción de la Ley 9/1988, de 25 de noviembre, del Comercio Ambulante (art. 8.2.C.b)) instruido por este Ayuntamiento, a la persona que a continuación se relaciona, ya que habiéndose intentado la notificación por dos veces, ésta no se ha podido practicar por causas no imputables a esta Administración. En virtud de lo anterior dispongo que las personas responsables, como autores de los hechos en que consistan las infracciones, deberán comparecer en el plazo de DIEZ DÍAS, en las oficinas de este Ayuntamiento, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, al efecto de practicar la notificación del citado acto. Asimismo, se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer. RECURSOS La presente resolución, que es un acto administrativo de trámite no decisorio que inicia el procedimiento administrativo es inimpugnable, por lo cual no puede presentar ningún recurso, sin perjuicio de impugnaren su día la decisión que ponga fin al mismo, si es contrario a sus derechos. Contra la notificación del inicio del procedimiento sancionador, podrá interponer alegaciones, aportar documentos y proponer pruebas en el plazo de quince días, a contar a partir del día siguiente a la presente notificación, a tenor de lo estipulado en el artículo 16 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, significándole que si no efectúa alegaciones en el plazo indicado, la iniciación del procedimiento será considerado propuesta de resolución, según señala el artículo 13.2 del citado Reglamento, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del mismo. Expediente: 12/341-PU-SA Nombre: D. JUAN MUÑOZ GARCIA DNI: 52.964.835-K Domicilio: BARRIADA LAS FLORES, BLQ. 5 P-3B Localidad: PINOS PUENTE (GRANADA) Resultado: AUSENTE REPARTO / AUSENTE REPARTO Viator, a 11 de octubre de 2012. LA ALCALDESA, Fdo. María del Mar López Asensio. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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8128/12 AYUNTAMIENTO DE VIATOR EDICTO DE NOTIFICACIÓN D.ª María del Mar López Asensio, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Viator (Almería), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación del inicio del procedimiento sancionador por infracción de tráfico a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Sanciones de las oficinas de este Ayuntamiento de Viator, a disposición de los interesados ante el cual les asiste el derecho a personarse y alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días naturales contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia. Iniciación: Mediante denuncia formulada por el Agente de la Autoridad (art. 73 RDL 339/1990). Autoridad Sancionadora: Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento de Viator (art. 71.4 RDL 339/1990). Alegaciones: En el plazo de quince días naturales, desde la notificación de la denuncia, podrá formular las alegaciones y proponer o aportar las pruebas que estime oportunas (art. 12 RD 320/1994), significándole que si no efectúa alegaciones en el plazo indicado, la iniciación del procedimiento será considera propuesta de resolución, según señala el art. 13.2 del RD 1398/1993, con los efectos previstos en los arts. 18 y 19 del mismo. Pago de la multa con reducción del 50% y efectos del pago: Si abona la sanción en el plazo de 15 días naturales contados desde el día siguiente al de su notificación se tendrá por concluido el procedimiento sancionador, con las consecuencias establecidas en el art. 80 RDL 339/1990. Caducidad: Este procedimiento caducará al año de su iniciación sin que hubiera recaído resolución sancionadora expresa, salvo que concurran causas de suspensión (art. 92.3 RDL 339/1990). Expte.

Denunciado

DNI / CIF

Localidad

Fecha

Ley

Art.

1020/2012

ENCARNACIÓN MUÑOZ GARCIA

77155829

PINOS PUENTE

23/07/2012

RGC

94.2-G.5Z

1034/2012

MATEO GARCIA DEL RIO Y FERNANDEZ

24186032

MALAGA

13/08/2012

RGC

154-5B

1046/2012

ANGEL VALDIVIA ENRIQUE

27493584M

ALMERIA

27/08/2012

RGC

12.2.2B

1047/2012

DANIEL BELMONTE VIDAL

75260748X

ALMERIA

22/08/2012

RGC

91.2.5J

1053/2012

ROSARIO FATIMA AMADOR OJEDA

43656794

TELDE

03/09/2012

RGC

94.2-C.5U

1058/2012

JULIAN MESTANZA HUERTAS

38471315

BARCELONA

10/09/2012

RGC

171-5A

En Viator, a 24 de octubre de 2012. LA ALCALDESA, María del Mar López Asensio. 8129/12 AYUNTAMIENTO DE VIATOR EDICTO DE NOTIFICACIÓN D.ª María del Mar López Asensio, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Viator (Almería), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de la resolución de los expedientes sancionadores que se indican, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Estas resoluciones ponen fin a la vía administrativa, por lo que los interesados disponen de un plazo de quince días naturales para hacer efectivo el importe y, transcurrido dicho plazo sin hacerse efectivo, se exigirá en vía ejecutiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 90 del R.D. Legislativo 330/1990, de 2 de marzo. Por tratarse de un acto firme en vía administrativa, conforme el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, en relación con el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, cabe interponer los siguientes recursos: Con carácter potestativo recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el término de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Contra la desestimación expresa del recurso de reposición en su caso, o bien contra esta resolución, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de la provincia de Almería, en el término de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación correspondiente. En el caso que la desestimación del recurso de reposición se produzca por silencio administrativo -silencio que se producirá por el transcurso de un mes a contar desde la fecha de su interposición sin que se haya notificado su resolución en el término para la interposición del recurso administrativo- será de seis meses desde el siguiente al día en que el referido recurso de reposición se entienda desestimado. FORMA DE PAGO El importe de la sanción aprobada lo puede hacer efectivo en los siguientes términos: a) Si recibe la notificación entre los días 1 al 15 del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. b) Si recibe la notificación entre los días 16 y último de mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Transcurridos los citados plazos sin hacer efectivo el pago, se iniciará el procedimiento de apremio. Expte.

Denunciado

DNI / CIF

Localidad

Fecha

Ley

Art.

169/2012

JOSE MANUEL RODRÍGUEZ MANÉ

76632104Z

ALMERIA

10/04/2012

RGC

118.1.5A

191/2012

JOAQUIN MIGUEL CORTES AGUILERA

75712583X

EL ALQUIAN

28/04/2012

RGC

154-5A

203/2012

ISAMEL AGUILERA CRUZ

75252583X

ALMERIA

17/04/2012

RGC

19.1.5A

205/2012

ISMAEL AGUILERA CRUZ

75252583X

ALMERIA

17/04/2012

RGC

143.1.5A

En Viator, a 24 de octubre de 2012. LA ALCALDESA, Fdo. María del Mar López Asensio. 8131/12 AYUNTAMIENTO DE VIATOR EDICTO DE NOTIFICACIÓN De conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 y 61 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de la Resolución dictada por la Alcaldía, al expediente sancionador por infracción del artículo 15.1.E) de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana de Viator instruido por este Ayuntamiento, a la persona que a continuación se relaciona ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Por tratarse de un acto firme en vía administrativa, conforme al artículo 52.2 de la Ley 7/85 en relación con el artículo 109 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, cabe interponer los siguientes recursos: RECURSOS Con carácter potestativo recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el término de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, en su caso, o bien directamente contra esta resolución, se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de la provincia de Almería, en el término de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación correspondiente, si bien, cuando el inmueble afectado esté ubicado en otra provincia, el recurso se habrá de interponer ante el juzgado contencioso administrativo que tenga competencia territorial en la circunscripción donde radique el inmueble afectado. En el caso que la desestimación del recurso de reposición se produzca por silencio administrativo -silencio que se producirá por el transcurso de un mes a contar desde la fecha de su interposición sin que se haya notificado su resolución- el término para la interposición del recurso contencioso administrativo, será de seis meses a contar desde el siguiente al día en que el referido recurso de reposición se entienda desestimando. FORMA DE PAGO El importe de la sanción lo puede hacer efectivo en los siguientes términos: a) Si recibe la notificación entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. b) Si recibe la notificación entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Transcurridos los citados plazos sin hacer efectivo el pago, se iniciará el procedimiento de apremio con el 20% de recargo. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Expediente: 11/318-PU-SA Nombre: D. ALVARO DE CORDOBA CORTES REYES DNI: 14273488-X Localidad: LOJA (GRANADA) Domicilio: CMNO DE ZAGRA, 2 Resolución: 24/08/2012 Notificación Resolución Resultado: DESCONOCIDO / DESCONOCIDO Cuantía de la sanción: 300,00 euros. Viator, a 2 de octubre de 2012. LA ALCALDESA, Fdo. María del Mar López Asensio. 8133/12 AYUNTAMIENTO DE VIATOR EDICTO DE NOTIFICACIÓN De conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 y 61 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de la Resolución dictada por la Alcaldía, al expediente sancionador por infracción del artículo 8.1 de la Ley 7/2006, de 24 de octubre, sobre potestades administrativas en materia de determinadas actividades de ocio en los espacios abiertos de los municipios de Andalucía, a la persona que a continuación se relaciona, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Por tratarse de un acto firme en vía administrativa, conforme al artículo 52.2 de la Ley 7/85 en relación con el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, cabe interponer los siguientes recursos: RECURSOS Con carácter potestativo recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el término de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, en su caso, o bien directamente contra esta resolución, se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de la provincia de Almería, en el término de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación correspondiente, si bien, cuando el inmueble afectado esté ubicado en otra provincia, el recurso se habrá de interponer ante el juzgado contencioso administrativo que tenga competencia territorial en la circunscripción donde radique el inmueble afectado. En el caso que la desestimación del recurso de reposición se produzca por silencio administrativo –silencio que se producirá por el transcurso de un mes a contar desde la fecha de su interposición sin que se haya notificado su resolución- el término para la interposición del recurso contencioso administrativo, será de seis meses a contar desde el siguiente al día en que el referido recurso de reposición se entienda desestimando. FORMA DE PAGO El importe de la sanción lo puede hacer efectivo en los siguientes términos: a) Si recibe la notificación entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. b) Si recibe la notificación entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Transcurridos los citados plazos sin hacer efectivo el pago, se iniciará el procedimiento de apremio con el 20% de recargo. Expediente: 11/392-PU-SA Nombre: D. JUAN RODRÍGUEZ PEINADO DNI: 77.245.833-B Domicilio: CMNO. CUESTA DE LAS VACAS, 4 Localidad: PECHINA (ALMERIA) Resolución: 29/08/2012 Notificación Resolución Resultado: AUSENTE REPARTO / AUSENTE REPARTO Cuantía de la sanción: 200,00 euros. Viator, a 16 de octubre de 2012. LA ALCALDESA, Fdo. María del Mar López Asensio. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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8135/12 AYUNTAMIENTO DE VIATOR EDICTO DE NOTIFICACIÓN De conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 y 61 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de la Resolución dictada por la Alcaldía, al expediente sancionador por infracción del artículo 8.1 de la Ley 7/2006, de 24 de octubre, sobre potestades administrativas en materia de determinadas actividades de ocio en los espacios abiertos de los municipios de Andalucía, instruido por este Ayuntamiento, a la persona que a continuación se relaciona, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Por tratarse de un acto firme en vía administrativa, conforme al artículo 52.2 de la Ley 7/85 en relación con el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, cabe interponer los siguientes recursos: RECURSOS Con carácter potestativo recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el término de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, en su caso, o bien directamente contra esta resolución, se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de la provincia de Almería, en el término de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación correspondiente, si bien, cuando el inmueble afectado esté ubicado en otra provincia, el recurso se habrá de interponer ante el juzgado contencioso administrativo que tenga competencia territorial en la circunscripción donde radique el inmueble afectado. En el caso que la desestimación del recurso de reposición se produzca por silencio administrativo –silencio que se producirá por el transcurso de un mes a contar desde la fecha de su interposición sin que se haya notificado su resolución- el término para la interposición del recurso contencioso administrativo, será de seis meses a contar desde el siguiente al día en que el referido recurso de reposición se entienda desestimando. FORMA DE PAGO El importe de la sanción lo puede hacer efectivo en los siguientes términos: a) Si recibe la notificación entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. b) Si recibe la notificación entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Transcurridos los citados plazos sin hacer efectivo el pago, se iniciará el procedimiento de apremio con el 20% de recargo. Expediente: 11/402-PU-SA Nombre: D. FRANCISCO JOSE OLIVER MARTIN DNI: 75.724.156-Z Localidad: PECHINA (ALMERIA) Domicilio: CMNO. CUESTA DE LAS VACAS, S/N Resolución: 29/08/2012 Notificación Resolución Resultado: AUSENTE REPARTO / AUSENTE REPARTO. Cuantía de la sanción: 200,00 euros. Viator, a 21 de septiembre de 2012. LA ALCALDESA, Fdo. María del Mar López Asensio. 8090/12 AYUNTAMIENTO DE VÍCAR EDICTO Por D. Antonio Bonilla Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vícar (Almería), se HACE SABER: Que mediante las correspondientes Resoluciones de Alcaldía, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se ha declarado la caducidad y acordado la baja en el Padrón Municipal de Habitantes de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que figuran en la relación adjunta, por no haber solicitado la renovación expresa de su inscripción en el plazo de dos años desde su fecha de alta en el mismo o desde la fecha de la última renovación expresa. Lo que se hace público mediante edicto publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y Tablón de Edictos de este Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al haber sido imposible practicar la notificación en su último domicilio conocido. Frente a estos actos, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses, o recurso potestativo de reposición ante esta misma Alcaldía en el plazo de un mes, contados ambos a partir del día siguiente al de la fecha de la publicación, no pudiendo simultanear ambos recursos; o cualquier otro que estime procedente en derecho. ANEXO: FECHA RESOLUCION

CADUCIDAD

APELLIDOS Y NOMBRE

10/10/2012

14/09/2012

ABBOU RODAINA

X09726027V

10/10/2012

13/09/2012

BAGAYOKO MOUSSA

Y00990769N

10/10/2012

27/09/2012

BAGHERI MOHAGHEGHI HANIYEH

10/10/2012

06/10/2012

BOUAALAGUA BILAL

10/10/2012

21/09/2012

CHALH GHARIBA

10/10/2012

21/09/2012

CHALH HOURIA

NIE/PASAPORTE

C1150513 X09836180T SF6413497 U160845

10/10/2012

21/09/2012

CHALH MOHAMMED

U160846

10/10/2012

27/09/2012

CHERHL JAOUAD

W526903

10/10/2012

15/09/2012

CHKHOUNTI MOHAMED

10/10/2012

04/10/2012

DABO MAHAMADOU

10/10/2012

17/09/2010

DATUCAMPUL TALI VICENTE

10/10/2012

14/09/2012

DIAW MAMADOU

10/10/2012

30/09/2012

DOUMBOUYA KABINET

10/10/2012

18/09/2012

ESSAFIR ZAINAB

X04481655J B0209384 X03218683V A00225682 R0314028 Y01488907Q

10/10/2012

07/10/2012

KEITA LANCINE

10/10/2012

05/10/2012

OUABDI NABIL

X08559218K

B0173961

10/10/2012

21/09/2012

TOP MOUSTAPHA

X08358339R

10/10/2012

13/09/2012

TRAORE BANFO

Y00271884S

10/10/2012

22/09/2012

YUNCAR MARTINEZ DIEGO ALEJANDRO

X07116147Q

10/10/2012

22/09/2012

YUNCAR MARTINEZ LUIS PIERO

X07116129K

10/10/2012

27/09/2012

ZAKERI BEHZAD

I10440397

En Vícar a 10 de octubre de 2012. EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez. 8091/12 AYUNTAMIENTO DE VÍCAR EDICTO HAGO SABER: Que en este Ayuntamiento se está tramitando Expediente de Baja de Oficio de D./ña. DECEBAL SEBASTIAN FULGA, con D.N.I./PASAPORTE/N.I.E. núm. X09110121M, ya que tiene su residencia en CALLE RIO JANDULA Nº 3 2º P de Vícar (Almería), según consta en el Padrón Municipal de Habitantes renovado el día 1 de mayo de 1.996. Y de acuerdo con lo que prevé el punto 3- comprobación de datos de la Resolución de 21 de julio de 1.997 de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 4 de julio de la Presidencia del I.N.E. y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la actualización del Padrón Municipal, y como quiera que incumple el art. 70 del Reglamento de Población, ya que, según informa el propietario de la vivienda, se encuentra en paradero desconocido, es por lo que se le concede un plazo de DIEZ DIAS, a partir de su publicación en el B.O.P., para que se persone en dicho expediente y alegue lo que estime en su defensa. Lo que se hace público para conocimiento de los interesados. En Vícar, a 19 de octubre de 2012. EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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8092/12 AYUNTAMIENTO DE VÍCAR EDICTO HAGO SABER: Que en este Ayuntamiento se está tramitando Expediente de Baja de Oficio de D./ña. DARIA BEATRIZ FULGA IRIMEA, con D.N.I./PASAPORTE/N.I.E. núm. , ya que tiene su residencia en CALLE RIO JANDULA Nº 3 2º P de Vícar (Almería), según consta en el Padrón Municipal de Habitantes renovado el día 1 de mayo de 1.996. Y de acuerdo con lo que prevé el punto 3- comprobación de datos de la Resolución de 21 de julio de 1.997 de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 4 de julio de la Presidencia del I.N.E. y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la actualización del Padrón Municipal, y como quiera que incumple el art. 70 del Reglamento de Población, ya que, según informa el propietario de la vivienda, se encuentra en paradero desconocido, es por lo que se le concede un plazo de DIEZ DIAS, a partir de su publicación en el B.O.P., para que se persone en dicho expediente y alegue lo que estime en su defensa. Lo que se hace público para conocimiento de los interesados. En Vícar, a 19 de octubre de 2012. EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez. 8093/12 AYUNTAMIENTO DE VÍCAR EDICTO HAGO SABER: Que en este Ayuntamiento se está tramitando Expediente de Baja de Oficio de D./ña. MIHAELAOANA IRIMEA, con D.N.I./PASAPORTE/N.I.E. núm. Y00652955E, ya que tiene su residencia en CALLE RIO JANDULA Nº 3 2º P de Vícar (Almería), según consta en el Padrón Municipal de Habitantes renovado el día 1 de mayo de 1.996. Y de acuerdo con lo que prevé el punto 3- comprobación de datos de la Resolución de 21 de julio de 1.997 de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 4 de julio de la Presidencia del I.N.E. y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la actualización del Padrón Municipal, y como quiera que incumple el art. 70 del Reglamento de Población, ya que, según informa el propietario de la vivienda, se encuentra en paradero desconocido, es por lo que se le concede un plazo de DIEZ DIAS, a partir de su publicación en el B.O.P., para que se persone en dicho expediente y alegue lo que estime en su defensa. Lo que se hace público para conocimiento de los interesados. En Vícar, a 19 de octubre de 2012. EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez. 8094/12 AYUNTAMIENTO DE VÍCAR EDICTO HAGO SABER: Que en este Ayuntamiento se está tramitando Expediente de Baja de Oficio de D./ña. FATIMA EZZAHRA EL OUAKILI, con D.N.I./PASAPORTE/N.I.E. núm. X08862151K, ya que tiene su residencia en CALLE SANTO CRISTO Nº 38 2º E de Vícar (Almería), según consta en el Padrón Municipal de Habitantes renovado el día 1 de mayo de 1.996. Y de acuerdo con lo que prevé el punto 3- comprobación de datos de la Resolución de 21 de julio de 1.997 de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 4 de julio de la Presidencia del I.N.E. y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la actualización del Padrón Municipal, y como quiera que incumple el art. 70 del Reglamento de Población, ya que, según informa el propietario de la vivienda, se encuentra en paradero desconocido, es por lo que se le concede un plazo de DIEZ DIAS, a partir de su publicación en el B.O.P., para que se persone en dicho expediente y alegue lo que estime en su defensa. Lo que se hace público para conocimiento de los interesados. En Vícar, a 19 de octubre de 2012. EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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8095/12 AYUNTAMIENTO DE VÍCAR EDICTO HAGO SABER: Que en este Ayuntamiento se está tramitando Expediente de Baja de Oficio de D./ña. NADIA MEZZI, con D.N.I./PASAPORTE/N.I.E. núm. X08862010H, ya que tiene su residencia en CALLE SANTO CRISTO Nº 38 2º E de Vícar (Almería), según consta en el Padrón Municipal de Habitantes renovado el día 1 de mayo de 1.996. Y de acuerdo con lo que prevé el punto 3- comprobación de datos de la Resolución de 21 de julio de 1.997 de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 4 de julio de la Presidencia del I.N.E. y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la actualización del Padrón Municipal, y como quiera que incumple el art. 70 del Reglamento de Población, ya que, según informa el propietario de la vivienda, se encuentra en paradero desconocido, es por lo que se le concede un plazo de DIEZ DIAS, a partir de su publicación en el B.O.P., para que se persone en dicho expediente y alegue lo que estime en su defensa. Lo que se hace público para conocimiento de los interesados. En Vícar, a 19 de octubre de 2012. EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez. 8096/12 AYUNTAMIENTO DE VÍCAR EDICTO HAGO SABER: Que en este Ayuntamiento se está tramitando Expediente de Baja de Oficio de D./ña. ABDERRAHMAN EL OUAKILI, con D.N.I./PASAPORTE/N.I.E. núm. X06787012B, ya que tiene su residencia en CALLE SANTO CRISTO Nº 38 2º E de Vícar (Almería), según consta en el Padrón Municipal de Habitantes renovado el día 1 de mayo de 1.996. Y de acuerdo con lo que prevé el punto 3- comprobación de datos de la Resolución de 21 de julio de 1.997 de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 4 de julio de la Presidencia del I.N.E. y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la actualización del Padrón Municipal, y como quiera que incumple el art. 70 del Reglamento de Población, ya que, según informa el propietario de la vivienda, se encuentra en paradero desconocido, es por lo que se le concede un plazo de DIEZ DIAS, a partir de su publicación en el B.O.P., para que se persone en dicho expediente y alegue lo que estime en su defensa. Lo que se hace público para conocimiento de los interesados. En Vícar, a 19 de octubre de 2012. EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez. 8097/12 AYUNTAMIENTO DE VÍCAR EDICTO HAGO SABER: Que en este Ayuntamiento se está tramitando Expediente de Baja de Oficio de D./ña. HAMZA EL OUAKILI, con D.N.I./PASAPORTE/N.I.E. núm. X08862217H, ya que tiene su residencia en CALLE SANTO CRISTO Nº 38 2º E de Vícar (Almería), según consta en el Padrón Municipal de Habitantes renovado el día 1 de mayo de 1.996. Y de acuerdo con lo que prevé el punto 3- comprobación de datos de la Resolución de 21 de julio de 1.997 de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 4 de julio de la Presidencia del I.N.E. y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la actualización del Padrón Municipal, y como quiera que incumple el art. 70 del Reglamento de Población, ya que, según informa el propietario de la vivienda, se encuentra en paradero desconocido, es por lo que se le concede un plazo de DIEZ DIAS, a partir de su publicación en el B.O.P., para que se persone en dicho expediente y alegue lo que estime en su defensa. Lo que se hace público para conocimiento de los interesados. En Vícar, a 19 de octubre de 2012. EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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8098/12 AYUNTAMIENTO DE VÍCAR EDICTO Antecedentes: El Consejo de Empadronamiento, en su reunión de veintisiete de junio de dos mil ocho, acordó: “la ampliación de la realización de comprobaciones periódicas de la continuidad de la residencia a todos los ciudadanos extranjeros que no están obligados a renovar su inscripción padronal cada dos años. (Ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta de residencia de régimen comunitario por ser familiares de comunitarios y aquellos que tienen autorización de residencia permanente).” En relación al expediente con Rfª 512/143/12, relativo a la baja por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes de Vícar (Almería) de D./ña BENEDICT DANIEL SIMA con Identificador nº X06570057S habiéndose intentado la notificación al mismo según lo previsto en el art. 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero. D. Antonio Bonilla Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vícar (Almería). En virtud a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común HACE SABER: Que el expediente con Rfª 512/143/12, relativo a la BAJA POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA, POR CADUCIDAD PADRONAL de D/Dª BENEDICT DANIEL SIMA, está expuesto al público por plazo de DIEZ DÍAS, a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Vícar (Almería), con objeto de que se personen en el mismo y aleguen lo que consideran oportuno. Lo que se hace público para general conocimiento en Vícar, a 19 de octubre de 2012. EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez. 8099/12 AYUNTAMIENTO DE VÍCAR EDICTO Antecedentes: El Consejo de Empadronamiento, en su reunión de veintisiete de junio de dos mil ocho, acordó: “la ampliación de la realización de comprobaciones periódicas de la continuidad de la residencia a todos los ciudadanos extranjeros que no están obligados a renovar su inscripción padronal cada dos años. (Ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta de residencia de régimen comunitario por ser familiares de comunitarios y aquellos que tienen autorización de residencia permanente).” En relación al expediente con Rfª 612/143/2, relativo a la baja por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes de Vícar (Almería) de D./ña MARIUS VASILE BOTA con Identificador nº X06428854D habiéndose intentado la notificación al mismo según lo previsto en el art. 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero. D. Antonio Bonilla Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vícar (Almería). En virtud a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común HACE SABER: Que el expediente con Rfª 612/143/2, relativo a la BAJA POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA, POR CADUCIDAD PADRONAL de D/Dª MARIUS VASILE BOTA, está expuesto al público por plazo de DIEZ DÍAS, a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Vícar (Almería), con objeto de que se personen en el mismo y aleguen lo que consideran oportuno. Lo que se hace público para general conocimiento en Vícar, a 19 de octubre de 2012. EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez. 8100/12 AYUNTAMIENTO DE VÍCAR EDICTO Antecedentes: El Consejo de Empadronamiento, en su reunión de veintisiete de junio de dos mil ocho, acordó: “la ampliación de la realización de comprobaciones periódicas de la continuidad de la residencia a todos los ciudadanos extranjeros que no están obligados a renovar su inscripción padronal cada dos años. (Ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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sobre el Espacio Económico Europeo, así como los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta de residencia de régimen comunitario por ser familiares de comunitarios y aquellos que tienen autorización de residencia permanente).” En relación al expediente con Rfª 612/143/2, relativo a la baja por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes de Vícar (Almería) de D./ña MARIUS VASILE BOTA con Identificador nº X06428854D habiéndose intentado la notificación al mismo según lo previsto en el art. 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero. D. Antonio Bonilla Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vícar (Almería). En virtud a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común HACE SABER: Que el expediente con Rfª 612/143/2, relativo a la BAJA POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA, POR CADUCIDAD PADRONAL de D/Dª MARIUS VASILE BOTA, está expuesto al público por plazo de DIEZ DÍAS, a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Vícar (Almería), con objeto de que se personen en el mismo y aleguen lo que consideran oportuno. Lo que se hace público para general conocimiento en Vícar, a 19 de octubre de 2012. EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez. 8101/12 AYUNTAMIENTO DE VÍCAR EDICTO Antecedentes: El Consejo de Empadronamiento, en su reunión de veintisiete de junio de dos mil ocho, acordó: “la ampliación de la realización de comprobaciones periódicas de la continuidad de la residencia a todos los ciudadanos extranjeros que no están obligados a renovar su inscripción padronal cada dos años. (Ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta de residencia de régimen comunitario por ser familiares de comunitarios y aquellos que tienen autorización de residencia permanente).” En relación al expediente con Rfª 912/141/3, relativo a la baja por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes de Vícar (Almería) de D./ña DORINA CALINA PUICA JURJ con Identificador nº XB264212 habiéndose intentado la notificación al mismo según lo previsto en el art. 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero. D. Antonio Bonilla Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vícar (Almería). En virtud a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común HACE SABER: Que el expediente con Rfª 912/141/3, relativo a la BAJA POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA, POR CADUCIDAD PADRONAL de D/ Dª DORINA CALINA PUICA JURJ, está expuesto al público por plazo de DIEZ DÍAS, a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Vícar (Almería), con objeto de que se personen en el mismo y aleguen lo que consideran oportuno. Lo que se hace público para general conocimiento en Vícar, a 19 de octubre de 2012. EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez. 8102/12 AYUNTAMIENTO DE VÍCAR EDICTO Antecedentes: El Consejo de Empadronamiento, en su reunión de veintisiete de junio de dos mil ocho, acordó: “la ampliación de la realización de comprobaciones periódicas de la continuidad de la residencia a todos los ciudadanos extranjeros que no están obligados a renovar su inscripción padronal cada dos años. (Ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta de residencia de régimen comunitario por ser familiares de comunitarios y aquellos que tienen autorización de residencia permanente).” En relación al expediente con Rfª 912/141/2, relativo a la baja por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes de Vícar (Almería) de D./ña ALEXANDRU PUICA JURJ con Identificador nº 050475006 habiéndose intentado la notificación al mismo según lo previsto en el art. 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero. D. Antonio Bonilla Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vícar (Almería). Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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En virtud a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común HACE SABER: Que el expediente con Rfª 912/141/2, relativo a la BAJA POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA, POR CADUCIDAD PADRONAL de D/Dª ALEXANDRU PUICA JURJ, está expuesto al público por plazo de DIEZ DÍAS, a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Vícar (Almería), con objeto de que se personen en el mismo y aleguen lo que consideran oportuno. Lo que se hace público para general conocimiento en Vícar, a 19 de octubre de 2012. EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez. 8104/12 AYUNTAMIENTO DE VÍCAR EDICTO Antecedentes: El Consejo de Empadronamiento, en su reunión de veintisiete de junio de dos mil ocho, acordó: “la ampliación de la realización de comprobaciones periódicas de la continuidad de la residencia a todos los ciudadanos extranjeros que no están obligados a renovar su inscripción padronal cada dos años. (Ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta de residencia de régimen comunitario por ser familiares de comunitarios y aquellos que tienen autorización de residencia permanente).” En relación al expediente con Rfª 912/141/4, relativo a la baja por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes de Vícar (Almería) de D./ña FLORIN NICULAE PUICA JURJ con Identificador XB257465 habiéndose intentado la notificación al mismo según lo previsto en el art. 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero. D. Antonio Bonilla Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vícar (Almería). En virtud a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común HACE SABER: Que el expediente con Rfª 912/141/4, relativo a la BAJA POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA, POR CADUCIDAD PADRONAL de D/ Dª FLORIN NICULAE PUICA JURJ, está expuesto al público por plazo de DIEZ DÍAS, a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Vícar (Almería), con objeto de que se personen en el mismo y aleguen lo que consideran oportuno. Lo que se hace público para general conocimiento en Vícar, a 19 de octubre de 2012. EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez. 8105/12 AYUNTAMIENTO DE VÍCAR EDICTO Antecedentes: El Consejo de Empadronamiento, en su reunión de veintisiete de junio de dos mil ocho, acordó: “la ampliación de la realización de comprobaciones periódicas de la continuidad de la residencia a todos los ciudadanos extranjeros que no están obligados a renovar su inscripción padronal cada dos años. (Ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta de residencia de régimen comunitario por ser familiares de comunitarios y aquellos que tienen autorización de residencia permanente).” En relación al expediente con Rfª 912/141/1, relativo a la baja por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes de Vícar (Almería) de D./ña ADRIANA VALENTINA PUICA JURJ con Identificador nº 050475007 habiéndose intentado la notificación al mismo según lo previsto en el art. 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero. D. Antonio Bonilla Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vícar (Almería). En virtud a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común HACE SABER: Que el expediente con Rfª 912/141/1, relativo a la BAJA POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA, POR CADUCIDAD PADRONAL de D/Dª ADRIANA VALENTINA PUICA JURJ, está expuesto al público por plazo de DIEZ DÍAS, a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Vícar (Almería), con objeto de que se personen en el mismo y aleguen lo que consideran oportuno. Lo que se hace público para general conocimiento en Vícar, a 19 de octubre de 2012. EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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8106/12 AYUNTAMIENTO DE VÍCAR EDICTO Antecedentes: El Consejo de Empadronamiento, en su reunión de veintisiete de junio de dos mil ocho, acordó: “la ampliación de la realización de comprobaciones periódicas de la continuidad de la residencia a todos los ciudadanos extranjeros que no están obligados a renovar su inscripción padronal cada dos años. (Ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta de residencia de régimen comunitario por ser familiares de comunitarios y aquellos que tienen autorización de residencia permanente).” En relación al expediente con Rfª 612/141/4, relativo a la baja por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes de Vícar (Almería) de D./ña MARIN MAN con Identificador nº RT760683 habiéndose intentado la notificación al mismo según lo previsto en el art. 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero. D. Antonio Bonilla Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vícar (Almería). En virtud a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común HACE SABER: Que el expediente con Rfª 612/141/4, relativo a la BAJA POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA, POR CADUCIDAD PADRONAL de D/Dª MARIN MAN con Identificador nº RT760683, está expuesto al público por plazo de DIEZ DÍAS, a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Vícar (Almería), con objeto de que se personen en el mismo y aleguen lo que consideran oportuno. Lo que se hace público para general conocimiento en Vícar, a 19 de octubre de 2012. EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez. 8107/12 AYUNTAMIENTO DE VÍCAR EDICTO Antecedentes: El Consejo de Empadronamiento, en su reunión de veintisiete de junio de dos mil ocho, acordó: “la ampliación de la realización de comprobaciones periódicas de la continuidad de la residencia a todos los ciudadanos extranjeros que no están obligados a renovar su inscripción padronal cada dos años. (Ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta de residencia de régimen comunitario por ser familiares de comunitarios y aquellos que tienen autorización de residencia permanente).” En relación al expediente con Rfª 211/21/142, relativo a la baja por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes de Vícar (Almería) de D./ña TOADER VALER MOLDOVAN con Identificador nº X03337684Q habiéndose intentado la notificación al mismo según lo previsto en el art. 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero. D. Antonio Bonilla Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vícar (Almería). En virtud a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común HACE SABER: Que el expediente con Rfª 211/21/142, relativo a la BAJA POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA, POR CADUCIDAD PADRONAL de D/Dª TOADER VALER MOLDOVAN, está expuesto al público por plazo de DIEZ DÍAS, a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Vícar (Almería), con objeto de que se personen en el mismo y aleguen lo que consideran oportuno. Lo que se hace público para general conocimiento en Vícar, a 19 de octubre de 2012. EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez. 8108/12 AYUNTAMIENTO DE VÍCAR EDICTO HAGO SABER: Que en este Ayuntamiento se está tramitando Expediente de Baja de Oficio de D./ña. RONALD ENRIQUE BOLIVAR HUARINGA, con D.N.I./PASAPORTE/N.I.E. núm. 20531779R, ya que tiene su residencia en CALLE RIO JANDULA Nº 3 2º P de Vícar (Almería), según consta en el Padrón Municipal de Habitantes renovado el día 1 de mayo de 1.996. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Y de acuerdo con lo que prevé el punto 3- comprobación de datos de la Resolución de 21 de julio de 1.997 de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 4 de julio de la Presidencia del I.N.E. y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la actualización del Padrón Municipal, y como quiera que incumple el art. 70 del Reglamento de Población, ya que, según informa el propietario de la vivienda, se encuentra en paradero desconocido, es por lo que se le concede un plazo de DIEZ DIAS, a partir de su publicación en el B.O.P., para que se persone en dicho expediente y alegue lo que estime en su defensa. Lo que se hace público para conocimiento de los interesados. En Vícar, a 19 de octubre de 2012 EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez. 8109/12 AYUNTAMIENTO DE VÍCAR EDICTO HAGO SABER: Que en este Ayuntamiento se está tramitando Expediente de Baja de Oficio de D./ña. MIGUEL ANGEL BOLIVAR OSEDA, con D.N.I./PASAPORTE/N.I.E. núm. X08164378E, ya que tiene su residencia en CALLE RIO JANDULA Nº 3 2º P de Vícar (Almería), según consta en el Padrón Municipal de Habitantes renovado el día 1 de mayo de 1.996. Y de acuerdo con lo que prevé el punto 3- comprobación de datos de la Resolución de 21 de julio de 1.997 de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 4 de julio de la Presidencia del I.N.E. y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la actualización del Padrón Municipal, y como quiera que incumplen el art. 70 del Reglamento de Población, ya que, según informa el propietario de la vivienda, se encuentra en paradero desconocido, es por lo que se le concede un plazo de DIEZ DIAS, a partir de su publicación en el B.O.P., para que se persone en dicho expediente y alegue lo que estime en su defensa. Lo que se hace público para conocimiento de los interesados. En Vícar, a 19 de octubre de 2012. EL ALCALDE, Antonio Bonilla Rodríguez.

Administración Autonómica 7372/12 JUNTA DE ANDALUCÍA Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo Delegación Territorial de Almería ANUNCIO DE OTORGAMIENTO DE PERMISO DE INVESTIGACIÓN La Delegación Territorial ele Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía en Almería, HACE SABER, que por Resolución de 30 de mayo de 2012 de esta Delegación, ha sido otorgado el siguiente Permiso de Investigación: NOMBRE: “CARDIAL I” EXPEDIENTE NUMERO: 40.625 RECURSO: Sección D CUADRICULAS: 97 (noventa y siete) TÉRMINO MUNICIPAL AFECTADO: Níjar (Almería) TITULAR: Cardial Recursos Alternativos, S.L. Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el art 78.2 de la Vigente Ley de Minas de 21 de Julio ele 1973, y su correspondiente artículo 101.5 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, de 25 de Agosto de 1978. LA DELEGADA TERRITORIAL DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO, Adriana Valverde Tamayo. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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7373/12 JUNTA DE ANDALUCÍA Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo Delegación Territorial de Almería ANUNCIO DE OTORGAMIENTO DE PERMISO DE INVESTIGACIÓN La Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía en Almería, HACE SABER, que por Resolución de 30 de mayo de 2012 de esta Delegación, ha sido otorgado el siguiente Permiso de Investigación: NOMBRE: “CARDIAL II” EXPEDIENTE NUMERO: 40.626 RECURSO: Sección D CUADRICULAS: 62 (sesenta y dos) TÉRMINO MUNICIPAL AFECTADO: Níjar (Almería) TITULAR: Cardial Recursos Alternativos, S.L. Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el art 78.2 de la Vigente Ley de Minas de 21 de Julio de 1973, y su correspondiente artículo 101.5 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, de 25 de Agosto de 1978. LA DELEGADA TERRITORIAL DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO, Adriana Valverde Tamayo.

Administración del Estado 8114/12 SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ALMERÍA Secretaria General – Unidad de Sanciones EDICTO Por haber resultado desconocidas o ausentes las personas que se relacionan en los domicilios que se indican sin que por ello hayan podido notificar el correspondientes trámites en procedimientos sancionadores, se practica la presente notificación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 27.11.92), modificada por la Ley 4/99, de 13 de Enero (BOE 14.01.99) I. Acuerdos de Inicio. N° ED.

APELLIDOS Y NOMBRE

N.I.F./N.I.E.

MUNICIPIO-PROVINCIA

N°. EXPTE.

PRECEPTO INFRIGIDO

242/12

NOURREDINE HAIDA

X3334040Y

Cartagena-Murcia

7871/2012

L.O.1/1992-23.a)

AGUSTIN CUENCA SANCHEZ

27504105S

Almería-Almería

7883/2012

L.O.1/1992-25.1

JUAN CORTES CORTES

45601978Q

Vera-Almería

7947/2012

L.O.1/1992- 26.i)

MIGUEL MARTIN SANCHEZ GARCIA

27228325M

Almería-Almería

7954/2012

L.O.1/1992- 26.i)

JUAN MANUEL SANCHEZ GALDEANO

78034022J

Berja-Almería

7955/2012

L.O.1/1992- 23.n)

JURGITA ANTONEVICIUTE

X7749803E

Albox-Almería

7969/2012

L.O.1/1992- 26.i)

JOSE ANTONIO ESCUDERO RODRIGUEZ

78039849K

Vícar-Almería

7981/2012

L.O1/1992- 26.i)

MIHAI GABRIEL CRACIUN

Y1320191MI

Ejido (El)-Almería

7983/2012

L.O.1/1992-25.1

JOSÉ FRANCISCO LÓPEZ GUALDA

75712788P

Níjar-Almería

7993/2012

L.O.1/1992-25.1

FERNANDO COSTA JIMÉNEZ

05282201K

Ejido (El)-Almería

7996/2012

L.O.1/1992-23.a)

CUJBA DRAGOS

X7588227K

Guadalajara-Guadalajara

8018/2012

L.O.1/1992- 23.n)

JAVIER PINILLOS CARDIEL

11863704M

Madrid-Madrid

8025/2012

L.O.1/1992- 23.h)

RAMÓN MANUEL PÉREZ MARTÍN

47074773Y

Almería-Almería

8367/2012

L.O.1/1992-25.1

ARANZAZU SANCHEZ GONZALEZ

77167443M

Viator-Almería

8014/2012

L.O.1/1992- 23.n)

ISAAC CONTRERAS CORTÉS

15427980V

Roquetas de Mar-Almería

7823/2012

L.O.1/1992-25.1

JAVIER LOPEZ MARTINEZ

77154281E

Almería-Almería

7896/2012

L.O.1/1992-25.1

ABDELLATYF KARDIDOA

X6271047MI

Ejido (El)-Almería

7960/2012

L.O.1/1992-25.1

GODA VASILIUSKAITE

X8050820S

Albox-Almería

7967/2012

L.O.1/1992- 26.i)

AROA RODRIGUEZ GARCIA

77152496P

Huércal-Overa-Almería

7990/2012

L.O.1/1992- 23.n)

BORJA QUINTANA GARCIA

49053268H

Madrid-Madrid

8032/2012

L.O.1/1992- 23.n)

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

B.O.P. de Almería N° ED.

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APELLIDOS Y NOMBRE

N.I.F./N.I.E.

MUNICIPIO-PROVINCIA

N°. EXPTE.

PRECEPTO INFRIGIDO

HALOQ EL GHANI

X9516033J

Níjar-Almería

8110/2012

L.O.1/1992-25.1

HAMID ERGUIG

X3193016H

Níjar-Almería

8125/2012

L.O.1/1992-25.1

FERMIN MORENO FERNANDEZ

75239998Y

Almería-Almería

8130/2012

L.O.1/1992-25.1

GERMÁN MUÑOZ VARGAS

54122368X

Almería-Almería

8153/2012

L.O.1/1992-25.1

NURIA VANESA REYES HERNANDEZ

45594473D

Almería-Almería

8188/2012

L.O.1/1992- 26.i) y26.h)

JUAN MARCELO GALARZA

X8949536Y

Almería-Almería

8536/2012

L.O.1/1992-25.1

ANDRIY LYOVIN

X4800939B

Huércal-Overa-Almería

7435/2012

L.O.1/1992-25.1

FRANCISCO RODRIGUEZ PARDO

76661690E

Antas-Almería

7441/2012

L.O.1/1992-25.1

ANDREAS MAXIMILIAN BARTZ

Y2253086C

Turón-Granada

7772/2012

L.O.1/1992-23.a)

LUIS SANTIAGO AMADOR

34862068W

Roquetas de Mar-Almería

7778/2012

L.O.1/1992-25.1

MANUEL ALEJANDRO CAMPOY CRESPO

18113120E

Adra-Almería

7813/2012

L.O.1/1992-25.1

ROBERTO CARLOS JIMENEZ HERNANDEZ

75156087E

Purullena-Granada

7814/2012

L.O.1/1992-23.a)

ENRIQUE UBALDE RUIZ

75722103P

Roquetas de Mar-Almería

7830/2012

L.O.1/1992-25.1

FRANCISCO GALERA TRINIDAD

45596822N

Albox-Almería

7840/2012

L.O.1/1992-23.a)

JOSE ANTONIO ALONSO UBEDA

76658730Y

Pechina-Almería

7853/2012

L.O.1/1992-25.1

De conformidad con el artículo 24.2 del Real Decreto 1398 / 93 de 4 de Agosto, se le concede un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente Edicto, para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes, significándole que una vez transcurrido el mismo, se dictará la procedente resolución, hayan hecho o no uso del trámite de referencia. II. Resoluciones. N° ED.

APELLIDOS Y NOMBRE

N.I.F./N.I.E

DOMICILIO

N°. EXPTE.

ART. INFR.

243/ 12

FRANCISCO LEAL GOMEZ

75729057Q

Almería-Almería

4745/2012

L.O. 1/1992 -25.1

SANC. 150€

SALAHEDOLINE SOUADI

M0404476K

Almería-Almería

4751/2012

L.O. 1/1992 -25.1

390€

OSCAR LOZANO MORALES

75249061 F

Almería-Almería

4832/2012

L.O. 1/1992 -25.

1301€

JAVIER GARCIA COMPAN

75716375F

Almería-Almería

4900/2012

L.O. 1/1992 -25.1

150€

RAFAEL CEBA NAVARRO

7523383L

Almería-Almería

6533/2012

L.O. 1/1992 - 23.n)

300€

JUAN AMADOR HERNANDEZ

77166422L

Huércal de Almería- Almería

6682/2012

L.O. 1/1992 -25.1

APREHENSIÓN

JUAN MANUEL MOLINA DEL PINO

77248744R

Almería-Almería

6534/2012

L.O. 1/199- 23.n)

300€

OLEH SADOVYY

X3914872L

Vera-Almería

6699/2012

L.O. 1/1992- 26.h)

200€

ILIASS JAMAI

Y1962210W

Jerez de la Frontera- Cádiz

6619/2012

L.O. 1/1992 -25.1

Aprehensión

HASSAN AOURAGH

X6849707P

Pobla (Sa)-Baleares

6258/2012

L.O. 1/1992 -23.a)

300€

Contra esta sanción puede interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Ministro del Interior, el cual deberá presentarse en el plazo máximo de un mes contado a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, bien ante la referida Autoridad o en este Centro. En el supuesto de que no hagan uso del derecho a recurrir, recibirán notificación de la Delegación de Economía y Hacienda informándole sobre plazo y forma de pago de la sanción, debiendo abstenerse de efectuarlo hasta que reciban la notificación. IV. Resolución Recurso de Alzada. N° ED.

APELLIDOS Y NOMBRE

N.I.F./N.I.E

DOMICILIO

N°. EXPTE.

ART. INFR.

244/12

ALFONSO RIPOLL LEON

54121411 L

Ejido (El)-Almería

733/2012

L.O. 1/1992 -23.a)

SANC. 250€

TRINIDAD SANTAMARIA CANO

78036019D

Algeciras-Cádiz

8372/2011

L.O. 1/1992 -26.h)

150€

AITOR GARCIA MUÑOZ

47796139T

Castellbisbal- Barcelona

9313/2011

L.O. 1/1992 -23.a)

200€

Contra dicha resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga el recurrente su domicilio, o se halle la sede del órgano autor del acto originario impugnado, a su elección, y ello en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de notificación de la presente, de conformidad con lo previsto en el art. 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. En el supuesto de que no haga uso del derecho a recurrir, deberá hacerse efectiva la multa en el plazo máximo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a la finalización del plazo para interponer recurso. Transcurrido dicho término sin que el pago se haya efectuado, se ejercerán las facultades subsidiarias reservadas a la Autoridad para mantener la efectividad de las sanciones. Almería, a 02/11/12. EL SECRETARIO GENERAL, Luis Hernández Jiménez-Casquet. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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8120/12 Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente DEMARCACION DE COSTAS EN ANDALUCÍA-MEDITERRÁNEO Servicio Provincial de Costas en Almería EDICTO A los efectos de notificación previstos en el articulo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y ante la imposibilidad de poder practicar directamente la notificación de las INCOACIONES de fecha 5 de septiembre de 2012, en los expedientes sancionadores que se citan, enviadas mediante carta certificada con acuse de recibo a los interesados que se relacionan en los domicilios que se indican, se llevan a cabo las mismas en el Boletin Oficial de la Provincia y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, insertándose a continuación: - Expediente SAN01/12/04/0055, instruido a MANUEL LÁZARO MÁRQUEZ, domiciliado en C/. LA MERLUZA, 2 - 04150 CABO DE GATA (Almeria) , motivado por la ejecución no autorizada de « obras en zona de dominio público maritimo-terrestre consistentes en pérgola de estructura de madera y barca como asador de pescado, ocupando un total de 12 m2. Lugar: San Miguel de Cabo de Gata, en el término municipal de Almeria, entre los mojones M-14 y M-15 del expediente de deslinde DL-3-AL. Estos hechos constituyen una infracción administrativa tipificada en el articulo 91.2.b) de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, como grave y sancionados en el articulo 97.1.b) de la misma Ley. Asimismo se resuelve nombrar Instructor y Secretario de este expediente sancionador a los funcionarios afectos a este Organismo, Da. Amparo Castillo Precioso y D. Enrique Callejón Espinosa, respectivamente, al objeto de que si lo estima conveniente y en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, pueda promoverse recusación contra los designados Instructor y Secretario, mediante escrito, en el que se expresará la causa o causas en que se funda. Se resuelve también acordar la inmediata paralización provisional de las obras, de conformidad con lo dispuesto en el art. 103 de la Ley de Costas, con la advertencia de que en caso de incumplimiento de esta Orden se procederá al precintado o retirada de los materiales y maquinaria de la obra. Por el contrario, y para el caso de resultar pertinente la sanción, ésta podria reducirse hasta la mitad de su importe, si procede, en el plazo de 15 dias a corregir la situación ilegal creada, en cuyo caso deberá dar cuenta por escrito a este Servicio. Asi mismo se le propone la obligación de demoler y retirar del dominio público maritimo- terrestre y de sus servidumbres las obras objeto del expediente sancionador, con las restituciones o reposiciones necesarias para dejar los terrenos en igual situación a la anterior, para la cuál se les concede un plazo de quince dias, apercibiéndole de que en caso contrario se procederá por la Administración a la ejecución subsidiaria con cargo a su costa, sin perjuicio de las multas coercitivas que puedan acordarse, conforme al articulo 107 de la Ley de Costas y 95 y siguientes de la Ley 30/92, de RJAP y PAC. En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 192 y 194,8 del Reglamento de Costas (RD 1471/1989, de 1 d diciembre) y el artículo 13,2 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora se le concede un plazo de diez días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes, y en su caso proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse. Le informamos de que en caso de no efectuar alegaciones sobre el contenido de esta iniciación en el plazo previsto, ésta podrá ser considerada como propuesta de resolución. En Almería, a 23 de octubre de 2012. EL JEFE DEL SERVICIO PROVINCIAL DE COSTAS, Miguel Angel Castillo Mesa. 8116/12 Ministerio de Interior COMISARIA NACIONAL DE POLICÍA COMISARIA LOCAL DE EL EJIDO (ALMERIA) – BRIGADA LOCAL DE ESTRANJERÍA Y FRONTERAS EDICTO Por haber resultado desconocidos los extranjeros que se relacionan en el último domicilio conocido, sin que, por ello, hayan podido notificarse en los mismos los trámites de esta Comisaría Local de Policia que se indican a continuación, se practica la NOTIFICACIÓN de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. I. NOTIFICACIÓN DE LA INICIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO PREFERENTE DE EXPULSIÓN. Nombre y Apellidos

N.I.E.

Domicilio

Artículo

Fecha

1.

LHOUSSINE EL GHALLOUSSI

Y1317093N

MOTRIL

53.1.A)

28/09/12

2.

FATIHA ES SAHRAOUY

Y2622788C

LA MOJONERA

53.1.A)

19/09/12

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

B.O.P. de Almería

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Nombre y Apellidos

N.I.E.

Domicilio

Artículo

Fecha

3.

AZIZI LKOUCH

Y1545033E

ROQUETAS DE MAR

53.1.A)

25/09/12

4.

RACHIDA MAMOU AOUICHA

Y2633746F

EL EJIDO

53.1.A)

25/09/12

5.

ABLIA BOUCHRA

Y2588607V

EL EJIDO

53.1.A)

27/08/12

6.

ABDESSAMAD DELLAHI

X9565172R

ROQUETAS DE MAR

53.1.A)

05/09/12

7.

EL HOUCINE FANTIJI

Y1506801Q

TORROX

53.1.A)

05/09/12

8.

MERYEM JANATI IDRISSI

Y2595390S

EL EJIDO

53.1.A)

15/10/12

9.

SALAH AIT ABBOU

X3252936T

EL EJIDO

53.1.A)

25/09/12

10.

MOHAMED KAAHI

Y2604830W

EL EJIDO

53.1.A)

06/09/12

11.

LHOUSSAINE OUKOUJANE

Y1888389B

EL EJIDO

53.1.A)

25/09/12

COMUNÍQUESE al interesado que tiene un plazo de 2 días contados a partir del día siguiente a la publicación de dicho trámite para que pueda alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo y vistas, en su caso, las alegaciones presentadas, se dictará la correspondiente resolución. Almería, 31 de octubre de 2012. EL INSPECTOR JEFE, JEFE COMISARIA LOCAL, Ángel A. Fernández Rodríguez.

Administración de Justicia 8139/12 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALMERÍA E D I C T O Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su Provincia. Por medio del presente Edicto, HACE SABER: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el núm. 473/11 aparece dictada SENTENCIA cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como siguen: “SENTENCIA NÚM. 358 -En Almería a 03 de Octubre del dos mil doce. Visto por mi el Iltmo.Sr. D. JUAN CARLOS APARICIO TOBARUELA, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 3 de los de esta Ciudad y su Provincia, el juicio promovido sobre Reclamación de Cantidad a instancia de Enrique González Domínguez frente a Aplican Innovaciones s.l., Global Torio s.l. FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por D. Enrique González Domínguez debo condenar y condeno solidariamente a las empresas Aplican Innovaciones SL y Global Torio SL a abonar a la parte actora la cantidad de 20.772,72 €, más el 10% de interés anual en concepto de indemnización por mora; y todo ello sin perjuicio de la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial en los supuestos y con los límites del art. 33 del ET. Notifíquese a las partes la presente resolución, indicándoseles que no es firme y haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo Social en el plazo de CINCO DIAS hábiles siguientes a la notificación de la presente sentencia, siendo indispensable que al anunciar la suplicación, si es la parte demandada quién lo interpone, acredite haber consignado 300 €. En BANESTO sito e Paseo de Almería, Oficina 3085 c/c núm.0238000036047311. Asimismo acredite haber consignado en la referida entidad bancaria en la c/c. núm. 0238000036047311 la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse esta última consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista.” Y para que conste y sirva de NOTIFICACION DE LA SENTENCIA al demandado .GLOBAL TORIO S.L... .que se encuentran actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en, expido el presente en Almería, a 03 de Octubre del dos mil doce. EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral. 8140/12 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALMERÍA E D I C T O Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su Provincia. Por medio del presente Edicto, HACE SABER: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el núm. 863/11 aparece dictada SENTENCIA cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como siguen: “SENTENCIA NÜM. 309.- En Almería a 07 de Septiembre del dos mil doce. Visto por mi el Iltmo.Sr. D. JUAN CARLOS APARICIO TOBARUELA, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 3 de los de esta Ciudad y su Provincia, el juicio promovido sobre Despido a instancia de Francisco Manuel López Martín frente a Ingeniería y Medicina Preventiva s.l., PCG Despachos S.L. y AA.CC. Jorge Cobo García. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por D. Francisco Manuel López Martín frente a las empresas PCG Despachos SL e Ingeniería y Medicina Preventiva SL debo declarar y declaro la improcedencia del despido de que ha sido objeto la parte actora, y en consecuencia condeno solidariamente a las empresas demandadas a optar en el plazo de cinco días a partir de la notificación de sentencia, entre readmitir al demandante en su puesto de trabajo con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta que la readmisión tenga lugar, o extinguir la relación laboral, en cuyo caso deberán pagar al trabajador una indemnización por despido de 15.492,75 €, más los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta que se opte por la extinción de la relación laboral; condenando igualmente al administrador concúrsal D. Jorge Cobo García a estar y pasar por esta declaración. Y todo ello sin perjuicio de la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial en los supuestos y con los límites del art. 33 del E.T. Notifíquese la presente resolución a las partes, indicándoseles que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo Social en el plazo de CINCO DIAS hábiles contados a partir del siguiente al de su notificación, siendo indispensable que al anunciar el recurso de suplicación , si es la parte demandada quien lo interpone, acredite haber consignado 300 Euros en BANESTO, sito en el Paseo de Almería s/n, oficina 3085, cuenta corriente núm. 0238000036086311. Asimismo acredite haber consignado en la referida entidad bancaria en la cuenta corriente núm. 0238000036086311 el importe de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de la reincorporación, o en su caso, la extinción de la relación laboral, y para el caso de que el empresario no optase por la readmisión, la consignación en el anterior número de cuenta de la cantidad objeto de indemnización , pudiendo sustituirse estas dos últimas cantidades por el aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista, determinando la no aportación e los resguardos el que se tenga por desistido al recurrente. Y para que conste y sirva de NOTIFICACION DE LA SENTENCIA al demandado .INGENIERIA Y MEDICINA PREVENTIVA S.L... .que se encuentran actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en Paseo Alcalde García Acien n° 78 EL EJIDO (ALMERIA) expido el presente en Almería, a 31 de octubre de dos mil doce. EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral. 8141/12 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALMERÍA E D I C T O En cumplimiento de lo acordado en proveído del día de la fecha, dictado en los autos núm. 0724/12, seguidos a instancias de Joaquín Guillén Moyay sobre Reclamación de Cantidad, contra la entidad Contratas Españolas 1, S.L., por medio del presente se cita al legal representante de dicha entidad, de comparecencia ante este Juzgado de lo Social n° 3, sito en esta Capital, para los actos de conciliación y juicio, en su caso, señalados para el día 22 mayo 2014 próximo a las 9,45 horas de su mañana, y para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación a celebrar ante el Secretario Judicial el mismo día y hora de las 9,05, debiendo concurrir con los medios de prueba de que intente valerse, comunicándole que los actos no se suspenderán por falta de asistencia, y que puede concurrir dirigido por Letrado y asistido por Procurador, previa notificación a este Juzgado, en cuya Secretaría y a su disposición, se encuentran las copias de la demanda, y advirtiéndole de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento (art° 59 de la Ley de Procedimiento Laboral). Se admite y declara pertinente la prueba Documental aportada con el escrito de demanda. Se cita al demandado o legal representante a prestar confesión judicial, bajo apercibimiento que de no comparecer ni alegar justa causa, se le podrá tener por confeso en los hechos de la demanda. En cuanto a la Documental y Testifical a proponer en el acto del Juicio, en su momento y caso se acordará. Y para que sirva de citación en legal forma, expido la presente que firmo en Almería, a 26 de octubre de 2012. EL SECRETARIO, firma ilegible. 8142/12 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALMERÍA E D I C T O En cumplimiento de lo acordado en proveído del día de la fecha, dictado en los autos núm. 268/12, seguidos a instancias de Inmacuada Vázquez Diaz, sobre Cantidad, contra la entidad Lagomar Almerimar S.L., por medio del presente se cita al legal representante de dicha entidad, de comparecencia ante este Juzgado de lo Social n° 3, sito en esta Capital, para los actos de conciliación y juicio, en su caso, señalados para el día 28 de enero de 2014 próximo a las 9,45 horas de su mañana, debiendo concurrir con los medios de prueba de que intente valerse, comunicándole que los actos no se suspenderán por falta de asistencia, y que puede concurrir dirigido por Letrado y asistido por Procurador, previa notificación a este Juzgado, en cuya Secretaría y a su disposición, se encuentran las copias de la demanda, y advirtiéndole de que las siguientes comunicaciones se Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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harán en los estrados del juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento (art° 59 de la Ley de Procedimiento Laboral). Se admite y declara pertinente la prueba Documental aportada con el escrito de demanda. Se cita al demandado o legal representante a prestar confesión judicial, bajo apercibimiento que de no comparecer ni alegar justa causa, se le podrá tener por confeso en los hechos de la demanda. En cuanto a la Documental y Testifical a proponer en el acto del Juicio, en su momento y caso se acordará. Y para que sirva de citación en legal forma, expido la presente que firmo en Almería, a 26 de octubre de 2012. EL SECRETARIO, firma ilegible. 8143/12 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALMERÍA E D I C T O Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su Provincia. Por medio del presente Edicto HACE SABER: Que en el Procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el núm. Ejec. 268/11 sobre Cantidad, a instancia de Dª Inmaculada Palma Agullo contra Puertas Juvisa S.L., aparece dictada RESOLUCION cuyo contenido es como sigue: DECRETO nº 615/12. Secretario Judicial D. DONATO GABRIEL ALFEREZ MORAL. En Almería, a veintiséis de octubre de dos mil doce. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- En el presente procedimiento seguido entre las partes, de una como ejecutante Dª Inmaculada Palma Agullo y de otra como ejecutada, PUERTAS JUVISA S.L., se dictó resolución judicial despachando ejecución para cubrir un total de 3.929,596. SEGUNDO.- Se ha practicado sin pleno resultado diligencia de embargo, desconociéndose tras las necesarias averiguaciones practicadas la existencia de bienes suficientes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial. TERCERO.- Por resolución de fecha 18-04-12 se dió traslado al Fondo de Garantía Salarial a fin de que instase la práctica de nuevas diligencias cuyo resultado consta en autos. FUNDAMENTOS DE DERECHO UNICO.- Dispone el Art 276.1 de la LRJS que previamente a la declaración de insolvencia, si el Fondo de Garantía Salarial no hubiere sido llamado con anterioridad, el Secretario Judicial le dará audiencia, por un plazo máximo de quince días, para que pueda instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designe los bienes del deudor principal que le consten. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación. PARTE DISPOSITIVA ACUERDO: a ) Declarar al ejecutado, PUERTAS JUVISA S.L., en situación de INSOLVENCIA, con cif: B04458188, y domicilio en C/. Sierra de Aracena s/n, Polig. Ind. La Juaida, Viator (Almería), por importe de 3.929,596 Euros que se entenderá a todos los efectos como provisional; y sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivas en sus bienes. b) Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución. c) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta esta resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma ajuicio del recurrente, art. 188 LRJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euro, en la cuenta del Juzgado Banesto, Entidad 0030, oficina 3085, n° de cuenta 0238-0000-64-026811, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/ aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. EL SECRETARIO JUDICIAL. Y para que conste y sirva de NOTIFICACION A EL/LOS DEMANDADO/S, PUERTAS JUVISA S.L. que se encuentra/n actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en C/ Sierra de Aracena s/n, Polig. Ind. La Juaida, Viator (Almería), expido el presente en Almería, a 26 de Octubre de dos mil doce. EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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8144/12 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALMERÍA E D I C T O Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su Provincia. Por medio del presente Edicto, HACE SABER: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado Ejecución .479/09 aparece dictado Decreto que es como sigue: JUZGADO DE LO SOCIAL N° 3 DE ALMERIA N° PROCEDIMIENTO: EJEC. 479/09 - CR Carretera de Ronda nura. 120, Bloque B, 6ª planta. ALMERIA EJECUTANTE: DON KLEBER MANRIQUE CARRION VASQUEZ Abogado: C.C.O.O. Graduado Social: EJECUTADA: PROYECTOS Y ECOESTRUCTURAS S.L. ABOGADO: REPRESENTANTE TÉCNICO PROCESAL: DECRETO NUM: 585/12 Secretario Judicial D. DONATO ALFEREZ MORAL En la Ciudad de Almería, a quince de Octubre de dos mil doce. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Que en el presente procedimiento seguido entre las partes, de una como ejecutante DON KLEBER MANRIQUE CARRION VASQUEZ y de otra como ejecutado, la empresa PROYECTOS Y ECOESTRUCTURAS, S.L. se dictó resolución judicial despachando ejecución en fecha, 3/05/10 para cubrir la cantidad de 15.355,58 Euros de principal, SEGUNDO.- Se ha practicado sin pleno resultado diligencias de embargo, y se desconoce la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba. TERCERO.- Que por resolución de fecha 5/10/12 se dio traslado al Fondo de Garantía Salarial, a fin de que instase la practica de nuevas diligencias cuyo resultado consta en autos. FUNDAMENTOS DE DERECHO ÚNICO.- DE Conformidad con lo dispuesto en el Art. 276.1 y 2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, la declaración judicial de insolvencia de una empresa constituirá base suficiente para estimar su pervivencia en otras ejecuciones, sin necesidad de reiterar los trámites de averiguación de bienes establecidos en el Art. 250 de esta Ley. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, PARTE DISPOSITIVA ACUERDO Declarar, a los efectos de las presentes actuaciones, en situación de INSOLVENCIA, al ejecutado,PROYECTOS Y ECOESTRUCTURAS, S.L. con cif: num. B04526455 con ultimo domicilio conocido en C/ Rio Jucar num. 17, Villa Inés de HUERCAL DE ALMERIA (ALMERIA) por importe de 15.355.58 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional; y sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivas en sus bienes. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes. Notifíquese la presente resolución a las partes a los efectos oportunos. MODO DE IMPUGNACION: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DIAS DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma ajuicio del recurrente, art. 186 L.R.J.S. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el Banesto, Oficina principal 3085, entidad 0030, n° de cuenta 0238-0000-64-0479/09, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. EL/LA SECRETARIO JUDICIAL. Y para que conste y sirva /de notificación al demandado PROYECTOS Y ESTRUCTURAS S.L. ..que se encuentran actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en Huercal de Almería (Almería) C/. Río Jucar, Villa Inés expido el presente en Almería, a 25 de Octubre de dos mil doce. EL/LA SECRETARIO JUDICIAL, Donato Alférez Moral. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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8145/12 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALMERÍA E D I C T O Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su Provincia. Por medio del presente Edicto, HACE SABER: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado Ejecución 479/09 aparece dictado Decreto que es como sigue: DECRETO SECRETARIO JUDICIAL D. DONATO ALFEREZ MORAL En la Ciudad de Almería, a tres de Septiembre de dos mil doce. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO: Por el Letrado del FONDO DE GARANTIA SALARIAL, se solicitó el embargo del crédito que pudiera existir en los autos de ejecución núm. 1.034/2009 del Juzgado de Ia Instancia Na 1 de los de Almería. SEGUNDO: Que hasta el día de la fecha la empresa ejecutada PROYECTOS Y ECOESTRUCTURAS, S.L. no ha satisfecho las cantidades reclamadas en la presente ejecutoria. FUNDAMENTOS DE DERECHO UNICO: Dispone el articulo 700 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que, si el requerimiento para hacer, no hacer o entregar cosa distinta de una cantidad de dinero no pudiere tener inmediato cumplimiento, el secretario judicial responsable de la ejecución, podrá acordar las medidas de garantía que resulten adecuadas para asegurar la efectividad de la condena. Asimismo, dispone que se acordará en todo caso, el embargo de bienes del ejecutado en cantidad suficiente para asegurar el pago de las eventuales indemnizaciones sustitutorias y las costas de la ejecución. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, PARTE DISPOSITIVA ACUERDO: SE ACUERDA El EMBARGO DEL CREDITO que pudiera existir en los autos de ejecución núm. 1.034/2009 que se sigue en el Juzgado de Primera num. Uno de los de Almería . frente a la misma ejecutada PROYECTOS Y ECOESTRUCTURAS, S.L. suficientes a cubrir la cantidad de 15.355,58 Euros en concepto de principal, mas otros 1.535,55 Euros para intereses, mas otros 1.535,55 Euros, para gastos y costas, librándose exhorto al mencionado Juzgado a fin de que por la misma se tome la correspondiente anotación del reembargo trabado y lo participe a este Juzgado a la mayor urgencia posible. La cantidad embargada será transferida a la Cuenta de Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el BANCO ESPAÑOL DE CREDITO - BANESTO, 0030-1846- 42-0005001274 y en observaciones se pone: 0238-0000-64-0479/09. MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DIAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Y para que conste y sirva de notificación al demandado PROYECTOS Y ESTRUCTURAS S.L...que se encuentran actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en c/ Rio Jucar 17- Villa Inés Huercal de Almería (Almería) expido el presente en Almería, a 25 de Octubre de dos mil doce. EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral. 8146/12 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALMERÍA E D I C T O Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su Provincia. Por medio del presente Edicto, HACE SABER: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el núm. 324/11 aparece dictada SENTENCIA cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como siguen: “SENTENCIA NÚM. 240.- En Almería, a veinte de Junio de dos mil doce. Visto por mi el Iltmo. Sr. D. JUAN CARLOS APARICIO TOBARUELA, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 3 de los de esta Ciudad y su Provincia, el juicio promovido sobre Reclamación de Cantidad por Vidas Puljanauskas frente a Electro-Renovables Herriga S.L.U. Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por D. Vidas Puljanaikas debo condenar y condeno a la empresa Electro-Renovables Herriga SLU a abonar a la parte actora la cantidad de 2.521,61 €, más el 10% de interés anual en concepto de indemnización por mora. Notifíquese a las partes la presente resolución, indicándoseles que contra la misma no cabe recurso alguno y es firme. Y para que conste y sirva de NOTIFICACION DE LA SENTENCIA al demandado ..ELECTRO - RENOVABLES HERRIGA S.L.U... .que se encuentran actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en C/ Pintor Zabaleta, 45 de ALMERIA expido el presente en Almería, a 25 de Octubre de dos mil doce. EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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8147/12 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALMERÍA E D I C T O En cumplimiento de lo acordado en proveído del día de la fecha, dictado en los autos núm. 0701/12, seguidos a instancias de María del Carmen Miñarro Salmerón, sobre Despido, contra las entidades Almerípapel Hogar, &Z. ZitF Almerípapel Hogar S.L., por medio del presente se cita a los legales representantes de dichas entidades, de comparecencia ante este Juzgado de lo Social n° 3, sito en esta Capital, para los actos de conciliación y juicio, en su caso, señalados para el día 31 de enero de 2013 próximo a las 11:00 horas de su mañana, debiendo concurrir con los medios de prueba de que intente valerse, comunicándole que los actos no se suspenderán por falta de asistencia, y que puede concurrir dirigido por Letrado y asistido por Procurador, previa notificación a este Juzgado, en cuya Secretaría y a su disposición, se encuentran las copias de la demanda, y advirtiéndole de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento (art° 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Se tiene por aportada la documental acompañada con el escrito de demanda para su momento procesal oportuno. Póngase en conocimiento de la parte demandada, en el momento de su citación, que el demandante ha solicitado la prueba de su interrogatorio y que, en caso de admitirse ésta por el Magistrado Juez en el acto del juicio, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales, y que en caso de que el interrogatorio de parte no se refiera a hechos personales, se admitirá su respuesta por un tercero que conozca personalmente de los hechos, si la parte así lo solicita y acepta la responsabilidad de la declaración (art.91.2 y 91.4 L.R.J.S.). Póngase en conocimiento de la demandada, en el momento de la citación, que el actor ha solicitado que aporte la prueba documental que indica la demandada cuya copia se acompaña, y que en caso de admitirse ésta por!el Magistrado-Juez en el acto de juicio, si no se hubieran aportado los documentos requeridos, sin mediar causa justificada, podrán estimarse probadas las alegaciones hechas ppr la parte contraria en relación con la prueba propuesta. Y para que sirva de citación en legal forma, expido la presente que firmo en Almería, a 30 de octubre de 2012. EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral. 8148/12 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALMERÍA E D I C T O Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su Provincia. Por medio del presente Edicto HACE SABER: Que en el Procedimiento seguido ante este Juzgado Ejecución num. 19/12 sobre Despido, a instancia de DON CECILIO VAZQUEZ LOPEZ contra la empresa RAFAEL PEREZ MARTIN aparece dictada RESOLUCION cuyo contenido es como sigue: AUTO.- En la Ciudad de Almería, a treinta de Marzo de dos mil doce. Dada Cuenta y concurriendo los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- En el presente procedimiento seguido entre partes ante este Juzgado en reclamación sobre DESPIDO, de una y como demandante a DON CECILIO VAZQUEZ LOPEZ. con D.N.I. núm. 27.256.816-E y de otra y como demandado, la empresa RAFAEL PEREZ MARTIN, con CIF. num. 75.219.189-N, se dictó auto en fecha 15/02/12, por el que se declaraba extinguidas las relaciones laborales existentes entre el actor y la empresa demandada, condenando a este ultimo a que abonara a la actora cantidades por Indemnización, así como por Salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de dicha resolución, por importe total de 26.047’67 Euros.SEGUNDO.- La referida resolución adquirió la condición de firme al no haber sido recurrida por ninguna de las partes. TERCERO: Que, ha tenido entrada en este Juzgado escrito de la parte demandante solicitando la ejecución del auto de extinción por la vía de apremio, toda vez que la demandada no ha hecho efectivo el importe de la condena de forma voluntaria. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- El Ejercicio de la potestad jurisdiccional, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde, exclusivamente, a los juzgados y tribunales determinados en las Leyes y en los tratados internacionales, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan ( art. 117.3 C.E. y art. 2 de la LOPJ). SEGUNDO. Conforme a lo previsto en los artículos 237 de la Ley Reguladora de la ‘ Jurisdicción Social , las sentencias firmes se llevarán a efecto en la forma establecida en la Ley de Enjuiciamiento Civil para la ejecución de sentencias, con las especialidades previstas en esta ley, siempre a instancia de parte, continuándose de oficio su tramitación una vez iniciada (art. 237 L.R.J.S.). Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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TERCERO: De conformidad con lo previsto en el articulo 551 de la L.E.C. procede dictar el presente Auto conteniendo la orden general de ejecución de la sentencia, ya firme, recaída en las presentes actuaciones por concurrir los presupuestos y requisitos procésales necesarios para proceder a la misma. En atención a lo expuesto, PARTE DISPOSITIVA Procédase a la ejecución del auto de extinción firme de condena recaída en las presentes actuaciones a instancia de DON CECILIO VAZQUEZ LOPEZ, y frente a la empresa, RAFAEL PEREZ MARTÍN, por la cantidad de 26.047’67 Euros de principal, más la de 2.604’76 Euros que provisionalmente se fijan para intereses, así como la cantidad de 2.604’76 Euros que se presupuestan para gastos y costas, sirviendo la presente resolución de orden general de ejecución. Notifíquese la presente resolución a las partes, con significación de que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formular el ejecutado. Así, por este Auto, lo acuerda, manda y firma, el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 3 de Almería, D. JUAN CARLOS APARICIO TOBARUELA. Doy fe. DECRETO En la Ciudad de Almería, a treinta de Marzo de dos mil doce. ANTECEDENTES DE HECHO UNICO.- Por resolución de fecha, 30/03/12, en virtud de solicitud presentada en este Juzgado, se acordó en estos autos despachar ejecución contra los bienes del deudor, empresa RAFAEL PEREZ MARTÍN que hoy se sigue para la efectividad de la sentencia y auto de extinción dictado en las presentes actuaciones, que condenó a la demandada a pagar 26.047’67 euros de principal, pendientes de pago, así como para hacer efectivo el importe de 2.604’76 Euros calculados para intereses y otros 2.604’76 Euros presupuestados para gastos y costas. FUNDAMENTOS DE DERECHO UNICO.- En atención a lo dispuesto en el articulo 551.3 de la L.E.C., de aplicación a la ejecución laboral, dictado el auto por el Juez o Magistrado, El Secretario Judicial responsable de la ejecución, en el mismo día o en el siguiente día hábil a aquel en que se hubiera despachado ejecución, dictará decreto en eí que se contendrán las medidas ejecutivas concretas que resultaren procedentes, las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, así como el contenido del requerimiento de pago que, en su caso, deba hacerse. En Atención a lo expuesto, PARTE DISPOSITIVA Se acuerda que se proceda, sin previo requerimiento, al embargo de bienes de la parte demandada, RAFAEL PEREZ MARTIN suficientes para cubrir la cantidad de 26.047’67 Euros en concepto de principal, más la de 2.604’76 Euros que provisionalmente se fijan para intereses y otros 2.604’76 Euros que, igualmente se presupuestan para gastos y costas, llevándose a cabo la traba por la Comisión correspondiente de este Servicio Común Procesal, guardándose en la misma el orden y las limitaciones que establecen los artículos 592,2, 605 y 606 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se advierte a la parte ejecutante que el embargo de los bienes muebles se suspenderá si no se pudiera nombrar depositario en el acto de su práctica. Para el caso de que no se tuviera noticia de la existencia de bienes suficientes, pro cédase a la investigación a través de las consultas de las bases de datos de los pertinentes Organismos y Registros Públicos a que tiene acceso este Servicio Común y remitiéndose los oficios que se precisen para la determinación de bienes y derechos del deudor suficientes para dirigir la ejecución. Notifíquese este Decreto a las partes haciéndoles saber que contra el mismo cabe interponer recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, en el plazo de TRES días, ante el Tribunal que dictó la orden general de ejecución, debiendo acreditar el recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen publico de la Seguridad Social, haber constituido el deposito de 25 Euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este órgano en BANESTO 0030, OFICINA 3085, al núm. 0238-0000-64-0019/12 , debiendo especificarse por la parte en el campo “concepto” del documento, que se trata de un “Recurso de Revisión” seguido del Código “31””. Así por este Decreto, lo acuerda y firma el Ilustre Sr. Secretario Judicial del Servicio Común Procesal de Ejecución del Juzgado de lo Social n° 3 de Almería, D. DONATO GABRIEL ALFEREZ MORAL.DECRETO NUM: 617/12 Secretario Judicial D. DONATO ALFEREZ MORAL .- En la Ciudad de Almería, a veintinueve de Octubre de dos mil doce. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Qué en el presente procedimiento seguido entre las partes, de una como ejecutante DON CECILIO VAZQUEZ LOPEZ y de otra como ejecutado, la empresa RAFAEL PEREZ MARTIN, se dictó resolución judicial despachando ejecución en fecha, 30/03/12 para cubrir la cantidad de 26.047,67 Euros de principal. SEGUNDO.- Se ha practicado sin pleno resultado diligencias de embargo, habiéndose embargado a la parte ejecutada la cantidad de 17,76 Euros, que le fue entregada a la parte actora el dia 22/05/12 y se desconoce la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba. TERCERO.- Que por resolución de fecha 3/09/12 se dio traslado al Fondo de Garantía Salarial, a fin de que instase la practica de nuevas diligencias cuyo resultado consta en autos. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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FUNDAMENTOS DE DERECHO ÚNICO.- DE Conformidad con lo dispuesto en el Art. 276.1 y 2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, la declaración judicial de insolvencia de una empresa constituirá base suficiente para estimar su pervivencia en otras ejecuciones, sin necesidad de reiterar los trámites de averiguación de bienes establecidos en el Art. 250 de esta Ley. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, PARTE DISPOSITIVA ACUERDO Declarar, a los efectos de las presentes actuaciones, en situación de INSOLVENCIA, al ejecutado, RAFAEL PEREZ MARTIN con cif: num. 75.219.189-N con ultimo domicilio conocido en C/. Baza núm.6, C.P. 04740 de ROQUETAS DE MAR (ALMERIA) por importe de 26.029,91 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional; y sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivas en sus bienes. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes. Notifíquese la presente resolución a las partes a los efectos oportunos y a la ejecutada mediante Edictos, librándose los despachos necesarios. MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DIAS DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma ajuicio del recurrente, art. 186 L.R.J.S. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el Banesto, Oficina principal 3085, entidad 0030, n° de cuenta 0238-0000-64-0019/12 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el fonnato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. EL/LA SECRETARIO JUDICIAL. Y para que conste y sirva./he NOTIFICACION A LA EMPRESA EJECUTADA RAFAEL PEREZ MARTIN que se encuentra actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en C/. Baza n°6, El Solanillo de Roquetas de Mar ( Almería) expido el presente que firmo en Almería, a veintinueve de Octubre de dos mil doce. EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral. 8149/12 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALMERÍA E D I C T O Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su Provincia. Por medio del presente Edicto, HACE SABER: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado Ejecución .195/11 aparece dictado Auto y Decreto que es como sigue: EJEC. 195/11 - CR DILIGENCIA DE CONSTANCIA.En la Ciudad de Almería, a siete de Junio de dos mil once. La extiendo yo, el Secretario Judicial para hacer constar que se presentó el anterior escrito con su copia por la representación del trabajador demandante en las presentes actuaciones, instando la ejecución de la sentencia, dictada en las mismas, de lo que doy cuenta a S.Sª, doy fe. AUTO.- En la Ciudad de Almería, a siete de Junio de dos mil once. Dada cuenta y concurriendo los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- En el presente procedimiento seguido entre partes ante este Juzgado en reclamación sobre CANTIDAD, de una y como demandante a DON JOSE MARIA AVILA SEGURA, con D.N.I. n° 75.209.245-G y de otra y como demandado, GRANITOS JIMARSA, S.L., con CIF núm. B04064739 se dictó Sentencia en fecha 27/10/10 por el que se estimaba íntegramente la demanda, condenando a la parte demandada al pago de las cantidades mencionadas en la misma. SEGUNDO.- La referida sentencia, adquirió la condición de firme al no haber sido recurrida por ninguna de las partes. TERCERO: Que ha tenido entrada en este Juzgado escrito de la parte demandante solicitando la ejecución de la Sentencia por la vía de apremio, toda vez que la demandada no ha hecho efectivo el importe de la condena de forma voluntaria. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- El ejercicio de la potestad jurisdiccional, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde, exclusivamente, a los juzgados y tribunales determinados en las Leyes y en los tratados internacionales, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan ( art. 117.3 C.E. y art. 2 de la LOPJ). Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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SEGUNDO. Conforme a lo previsto en los artículos 235.1 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, las sentencias firmes se llevarán a efecto en la forma establecida en la Ley de Enjuiciamiento Civil para la ejecución de sentencias, con las especialidades previstas en esta ley, siempre a instancia de parte, continuándose de oficio su tramitación una vez iniciada ( art. 237 L.P.L). TERCERO: De conformidad con lo previsto en el articulo 551 de la L.E.C. procede dictar el presente Auto conteniendo la orden general de ejecución de la sentencia, ya firme, recaída en las presentes actuaciones por concurrir los presupuestos y requisitos procésales necesarios para proceder a la misma. En atención a lo expuesto, PARTE DISPOSITIVA Procédase a la ejecución de la Sentencia, firme de condena recaída en las presentes actuaciones a instancia de DON JOSE MARIA AVILA SEGURA, frente a la empresa, GRANITOS JIMARSA, S.L. por la cantidad de 12.706’02 Euros de principal, más la de 1.270’60 Euros que provisionalmente se fijan para intereses, así como la cantidad de 1.270’60 Euros que se presupuestan para gastos y costas, sirviendo la presente resolución de orden general de ejecución. Notifíquese la presente resolución a las partes, con significación de que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formular el ejecutado. Así, por este Auto, lo acuerda, manda y firma, el lltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 3 de Almería, D. JUAN CARLOS APARICIO TOBARUELA. Doy fe. DECRETO En la Ciudad de Almería, a siete de Junio de dos mil once. ANTECEDENTES DE HECHO UNICO.- Por resolución de fecha, 7/06/11, en virtud de solicitud presentada ante este Juzgado, se acordó en estos autos despachar ejecución contra los bienes del deudor GRANITOS JIMARSA, S.L. que hoy se sigue para la efectividad de la sentencia dictada en las presentes actuaciones, que condenó a la demandada a pagar 12.706’02 euros de principal, pendientes de pago, así como para hacer efectivo el importe de 1.270’60 Euros calculados para intereses y otros 1.270’60 Euros presupuestados para gastos y costas. FUNDAMENTOS DE DERECHO UNICO.- En atención a lo dispuesto en el articulo 551.3 de la L.E.C., de aplicación a la ejecución laboral, dictado el auto por el Juez o Magistrado, El Secretario Judicial responsable de la ejecución, en el mismo día o en el siguiente día hábil a aquel en que se hubiera despachado ejecución, dictará decreto en el que se contendrán las medidas ejecutivas concretas que resultaren procedentes, las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, así como el contenido del requerimiento de pago que, en su caso, deba hacerse. En atención a lo expuesto, PARTE DISPOSITIVA Se acuerda que se proceda, sin previo requerimiento, al embargo de bienes de la parte demandada, GRANTIOS JIMARSA. SL. suficientes para cubrir la cantidad de 12.706’02 Euros en concepto de principal, más la de 1270’60 Euros que provisionalmente se fijan para intereses y otros 1.270’60 Euros que, igualmente se presupuestan para gastos y costas, llevándose a cabo la traba por la Comisión correspondiente de este Servicio Común Procesal, guardándose en la misma el orden y las limitaciones que establecen los artículos 592.2, 605 y 606 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se advierte a la parte ejecutante que el embargo de los bienes muebles se suspenderá si no se pudiera nombrar depositario en el acto de su práctica. Para el caso de que no se tuviera noticia de la existencia de bienes suficientes, procédase a la investigación a través de las consultas de las bases de datos de los pertinentes Organismos y Registros Públicos a que tiene acceso este Servicio Común y remitiéndose los oficios que se precisen para la determinación de bienes y derechos del deudor suficientes para dirigir la ejecución. Notifíquese este Decreto a las partes haciéndoles saber que contra el mismo cabe interponer recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, en el plazo de cinco días, ante el Tribunal que dictó la orden general de ejecución, debiendo acreditar el recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen publico de la Seguridad Social, haber constituido el deposito de 25 Euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este órgano en BANESTO 0030, OFICINA 3085, al núm. 0238-0000-64-0195 /ll, debiendo especificarse por la parte en el campo “concepto” del documento, que se trata de un “Recurso de Revisión” seguido del Código “31””. Así por este Decreto, lo acuerda y firma el Ilustre Sr. Secretario Judicial del Servicio Común Procesal de Ejecución del Juzgado de lo Social n° 3 de Almería, D. DONATO GABRIEL ALFEREZ MORAL. Y para que conste y sirva de notificación al demandado GRANITOS JIMARSA S.L...que se encuentran actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en Ctra. Lorca -Baza Km. 65.500 CANTORIA (ALMERIA) expido el presente en Almería, a 29 de Octubre de dos mil doce. EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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8150/12 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALMERÍA E D I C T O Don Donato Alférez Moral, Secretario del Juzgado de lo Social Núm. Tres de Almería y su Provincia. Por medio del presente Edicto, HACE SABER: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado Ejecución 195/11, aparece dictado Decreto que es como sigue: JUZGADO DE LO SOCIAL N° 3 DE ALMERIA C/. Canónigo Molina Alonso n° 8, 5º.- Tfo: 950-002680/81. N° PROCEDIMIENTO: EJEC. 195/11 - CR EJECUTANTE: DON JOSE MARIA AVILA SEGURA Abogado: C.C.O.O. Graduado Social: EJECUTADA: GRANITOS JIMARSA S.L. ABOGADO: REPRESENTANTE TÉCNICO PROCESAL: DECRETO Secretario Judicial D. DONATO ALFEREZ MORAL. En la Ciudad de Almería, a siete de Junio de dos mil once. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Que en el presente procedimiento seguido entre las partes, de una como ejecutante DON JOSE MARIA AVILA SEGURA y de otra como ejecutado, la empresa GRANITOS JIMARSA, S.L. se dictó resolución judicial despachando ejecución en fecha, 7/06/11 para cubrir la cantidad de 12.706’02 Euros de principal. SEGUNDO.- Se desconoce la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba. TERCERO.- Que en las actuaciones de ejecución n° 376/09 del Juzgado de lo Social num. Cuatro de Almería, se dictó auto de Insolvencia en fecha 16/02/10, frente al común deudor, GRANITOS JIMARSA, S.L. al no haber encontrado ningún bien sobre los que trabar el embargo después de la oportuna investigación judicial. FUNDAMENTOS DE DERECHO ÚNICO.- DE Conformidad con lo dispuesto en el Art. 274.3 de la Ley de Procedimiento laboral, la declaración judicial de insolvencia de una empresa constituirá base suficiente para estimar su pervivencia en otras ejecuciones, sin necesidad de reiterar los trámites de averiguación de bienes establecidos en el art. 248 de esta Ley. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, PARTE DISPOSITIVA ACUERDO Declarar, a los efectos de las presentes actuaciones, en situación de INSOLVENCIA, al ejecutado, GRANITOS JIMARSA. S.L. con último domicilio conocido en Carretera de Lorca-Baza km. 65.500 C.P. 04B50 de CANTORIA (ALMERIA) por importe de 12.706’ 02 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional; y sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivas en sus bienes. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes. Notifíquese la presente resolución a las partes a los efectos oportunos. MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de CINCO DIAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma ajuicio del recurrente, art. 186 LPL. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el Banesto, Oficina principal 3085, entidad 0030, n° de cuenta 0238-0000-64-0195/11 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. EL/LA SECRETARIO JUDICIAL. Y para que conste y sirva de notificación al demandado GRANITOS JIMARSA S.L...que se encuentran actualmente en ignorado paradero, Ctra. Lorca-Baza km. 65.500 y que tuvo su último domicilio conocido en Ctra. Lorca -Baza, Km. 65.500 Cantona (Almería) expido el presente en Almería, a 29 de Octubre de dos mil doce. EL SECRETARIO, Donato Alférez Moral. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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8465/12 JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO CUATRO DE ALMERIA Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 362/2012. Negociado: AL Sobre: ** Despidos N.I.G.: 0401344S20110005466 De: D/Dª. ILIE ANDRECA Contra: D/Dª. MULTISERVICIOS FERMAR S.L. EDICTO - CÉDULA DE CITACIÓN En resolución del día de la fecha dictada en la ejecución núm.: 362/2012, seguidos en este JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 4 DE ALMERIA y su provincia en materia de Ejecución de títulos judiciales, a instancia de ILIE ANDRECA contra MULTISERVICIOS FERMAR S.L., se ha acordado citar a las partes para que comparezcan el próximo día 29 DE NOVIEMBRE DE 2012 A LAS 10:45 horas en la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en CARRETERA DE RONDA N° 120 Bloque B PTA 6 CIUDAD DE LA JUSTICIA COD. 04071, para la celebración de una comparecencia incidental prevista en el artículo 238 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción social debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intenten valerse, con la prevención de que la incomparecencia injustificada de cualquiera de los citados no causará la suspensión del acto. Y para que sirva de citación en legal forma a MULTISERVICIOS FERMAR S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, se expide la presente cédula de citación que se publicará en el Boletín Oficial de ALMERIA y se expondrá en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamientos y aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. Asimismo se le hace saber que tiene a su disposición las actuaciones para su examen en la Secretaría de este Juzgado. Dado en Almería, a veinticinco de octubre de dos mil doce. LA SECRETARIA JUDICIAL, firma ilegible. 8117/12 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO VENTISEIS DE MADRID N.I.G.: 28079 4 0013099 / 2012 07410. N° AUTOS: DEMANDA 301 /2012 MATERIA: ORDINARIO. DEMANDANTE/S: NICOLAE URS. DEMANDADO/S: DIEGO AYEN TORRENTE, PEPEMARUCA TRANSPORTES SL. EDICTO D. Fernando Alonso de Lera, Secretario del Juzgado de lo Social nº 26 de Madrid. HAGO SABER: Que por propuesta de providencia dictada en el día- de la fecha, en el proceso seguido a instancia de D. NICOLAE URS contra DIEGO AYEN TORRENTE y PEPEMARUCA TRANSPORTES SL, en reclamación por ORDINARIO, registrado con el n° 301/2012 se ha acordado citar a la mercantil PEPEMARUCA TRANSPORTES SL, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 31 de ENERO de 2013 A LAS 9:10 HORAS, para la celebración de los actos de conciliación y en su caso Juicio,que tendrán lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado de lo Social número 26 sito en C/. PRINCESA 3-8°, MADRID, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a PEPEMARUCA TRANSPORTES SL, se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios adscrito a este Juzgado. En Madrid, a veintitrés de octubre de dos mil doce. EL/LA SECRETARIO JUDICIAL, Fernando Alonso de Lera. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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8118/12 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO VENTISEIS DE MADRID N.I.G.: 28079 4 0013099 /2012 07320. N° AUTOS: DEMANDA 301 /2012 MATERIA: ORDINARIO . DEMANDANTE/S: NICOLAE URS. DEMANDADO/S: DIEGO AYEN TORRENTE PEPEMARUCA TRANSPORTES SL FECHA DE JUICIO: 31 ENERO 2013 a las 9:10 horas CEDULA DE CITACION En Madrid, a veintitrés de marzo de dos mil doce. En el proceso tramitado por este Juzgado de lo Social en base a la demanda presentada por D. NICOLAE URS contra DIEGO AYEN TORRENTE y PEPEMARUCA TRANSPORTES SL en materia de ORDINARIO se ha dictado resolución de esta misma fecha cuya copia literal se acompaña. De conformidad con los Art. 82.2 y 83 de la L.P.L. se hace constar que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por incomparecencia del demandado, así como que los litigantes han de concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intentan valerse. Si el actor, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda. La incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía. Y para que sirva de notificación y citación a V.d., expido la presente en Madrid, 23 marzo 2012. EL SECRETARIO JUDICIAL, firma ilegible. ADVERTENCIA.- Se hace saber al receptor que ha de cumplir el deber público que se le encomienda; que puede ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 eur. si se niega a la recepción, o no hace la entrega a la mayor brevedad; que ha de comunicar al órgano judicial la imposibilidad de entregar la comunicación al interesado y que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que le ocasionen. 8119/12 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO VENTISEIS DE MADRID N.I.G.: 28079 4 0013099 /2012 YM068. N° AUTOS: DEMANDA 301 /2012 MATERIA: ORDINARIO . DEMANDANTE/S : NICOLAE URS. DEMANDADO/S: PEPEMARUCA TRANSPORTES SL, DIEGO AYEN TORRENTE. DECRETO Secretario Judicial D. FERNANDO ALONSO DE LERA. En Madrid, a veintitres de marzo de dos mil doce. ANTECEDENTES DE HECHOS PRIMERO.- D. NICOLAE URS presenta demanda contra PEPEMARUCA TRANSPORTES SL y DIEGO AYEN TORRENTE. SEGUNDO.- Se ha requerido a NICOLAE URS para que subsane el defecto advertido en la demanda, en el plazo de cuatro días. TERCERO.- La parte demandante ha subsanado el defecto formal advertido en tiempo y forma legales. FUNDAMENTOS DE DERECHO UNICO.- Subsanados en tiempo y forma por el demandante los defectos formales advertidos en su demanda procede su admisión y de conformidad con el Art. 82 de la LPL señalo el próximo día 31 ENERO 2013 a las 9:10 horas para la celebración del acto del juicio en la sala de vistas de este JDO. DE LO SOCIAL N. 26 sita en Madrid, calle Princesa, 3 - 8a planta, para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación a celebrar ante el Secretario Judicial a las 9:10 horas del mismo día. Vistos los preceptos legales mencionados, y demás de general y pertinente aplicación, Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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PARTE DISPOSITIVA ACUERDO: - Admitir a trámite la demanda presentada. Señalar el próximo día 31 ENERO 2013 a las 9:10 HORAS para la celebración del acto de conciliación ante el Secretario Judicial y, en su caso, del acto del juicio. Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía. - Requerir la DOCUMENTAL solicitada en la demanda. Notifíquese la presente resolución a las partes MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de CINCO DIAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. EL SECRETARIO JUDICIAL, Fernando Alonso de Lera. 8123/12 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO OCHO DE ALMERÍA N.I.G.: 0401342C20120009489 Procedimiento: Expediente de dominio. Exceso de cabida 1213/2012. Negociado: T3 Sobre EXCESO DE CABIDA Solicitante D/ña. MARGARITA CRISTINA MARTINEZ PERALES, ANTONIO MARTINEZ IBORRA y ADOLFINA MARTINEZ PERALES. Procurador/a Sr/a. MARIA DOLORES FUENTES MULLOR. Letrado/a Sr./a.: JOSE LUIS GARZON LOPEZ. EDICTO Don Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia N° 8 de Almería. HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento Expediente de dominio. Exceso de cabida 1213/2012 a instancia de MARGARITA CRISTINA MARTINEZ PERALES, ANTONIO MARTINEZ IBORRA y ADOLFINA MARTINEZ PERALES en relación a la siguiente finca: - RÚSTICA.- Tierra de regadío, en las Lomas, Moyo de Zamora, término de Vícar, de cabida inscrita tres mil seiscientos metros cuadrados, que linda: Norte, parcela 29 de José Antonio Funes Robles y parcela 107 de Maria Perales Ruiz; Sur, parcela 42 de Rafael Ibáñez Torres y parcela 36 de Cristóbal García López; Este, camino; y Oeste, parcela 36 de Cristóbal García López y parcela 33 de Miguel Rivas Gualda.- Referencia Catastral. Parcela 34 del polígono 22 de Vícar. Esta finca es el resto al que ha quedado reducida la de este número tras las segregaciones reseñadas por nota al margen de la anterior inscripción 1ª. Registro: Tomo 1924, del Libro 148 de Vícar, del Registro de la Propiedad n° 3 de Roquetas de Mar, finca registral n° 12.952, inscripción 3ª. Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga. Así mismo se cita a los colindantes cuyo domicilio es desconocido para que dentro del término anteriormente expresado pueda comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga. En Almería, a veinticuatro de octubre de dos mil doce. EL/LA SECRETARIO, firma ilegible. 8110/12 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE EL EJIDO N.I.G.: 0490242C20120003412 Procedimiento: Expediente dominio. Reanudación tracto sucesivo 740/2012. Negociado: AF Solicitante D/ña. JUAN GONZALEZ GONZALEZ y FILOMENA MATARIN CUADRA Procurador/a Sr/a. ESPERANZA HURTADO MARIN Letrado/a Sr./a.: ELENA ISABEL CARA FUENTES Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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EDICTO D./ña Maria del Carmen Maldonado Villegas Secretaria del Juzg de Primera Inst. e Instruc. N° 3 de El Ejido. HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento Expediente dominio. Reanudación tracto sucesivo 740/2012 a instancia de JUAN GONZALEZ GONZÁLEZ y FILOMENA MATARIN CUADRA expediente de dominio para la inmatriculación de las siguientes fincas: FINCA REGISTRAL N° 4592 DE FELIZ DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Nº 2 DE ROQUETAS DE MAR. RUSTICA: TROZO DE TIERRA DE SECANO, EN EL PARAJE CORTIJO DEL OBISPO, TERMINO DE FELIZ, DE CABIDA SEIS CELEMINES IGUAL A TREINTA Y DOS AREAS. DIECINUEVE CENTIAREAS, SETENTA Y OCHO CENTIMETROS CUADRADOS, QUE LINDA: PONIENTE CON TIERRAS DE MANUEL GONZALEZ MUÑOZ LEVANTE CON OTRAS DE JOSE IBAÑEZ, NORTE GABRIEL IBAÑEZ Y SUR CARRIL VIEJO. HOY LINDA: NORTE Y OESTE JUAN GONZALEZ GONZÁLEZ, ESTE DIEGO GONZALEZ RODRIGUEZ Y SUR , CARRIL VIEJO. Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga. En El Ejido, a nueve de octubre de dos mil doce. EL/LA SECRETARIA, María del Carmen Maldonado. 8152/12 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE VERA Procedimiento: J. FALTAS 224/2010. Negociado: 2P. N.I.G.: 0410043P20100005237. De: DOMINGO JOSÉ FLORES FLORES. Procurador/a: Letrado/a: Contra: DIEGO ANTONIO CASANOVA SERNA. Procurador/a: Letrado/a: EDICTO D./Dña. María Rosario Navas García Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Vera. DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el Juicio de Faltas nº 224/2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: SENTENCIA NÚM. En Vera, a 16 de MAYO de 2012. D. Julio Jesús Enríquez Mozo, Juez titular del Juzgado Primera Instancia e Instrucción nº 3 de este Partido Judicial, ha visto en juicio verbal y público los autos del JUICIO DE FALTAS 224/2010 seguido por FALTA DE ESTAFA, en el que han sido partes, como denunciante Domingo José Flores Flores, y como denunciado Diego Antonio Casanova Serna, y en calidad de perjudicado la Estación de servicio Las Cinco Piezas. Ha intervenido el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción pública. FALLO.- CONDENO a DIEGO ANTONIO CASANOVA SERNA como autor de una falta de ESTAFA a la pena de CUARENTA Y CINCO DÍAS de multa con una cuota diaria de SEIS EUROS (270,00 euros), con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas. Asimismo, el condenado deberá indemnizar a la Estación de Servicio Las Cinco Piezas en la cantidad de euros 59,94 euros. Se imponen las costas causadas al condenado. Notifíquese esta sentencia a las partes. Contra la misma cabe RECURSO DE APELACIÓN que deberá interponerse ante este Juzgado en el PLAZO DE CINCO DÍAS contados desde la notificación de esta sentencia que será resuelto por la Audiencia Provincial de Almería. Llévese esta sentencia al Libro de su clase dejando testimonio suficiente en los autos. Así por esta mi sentencia juzgando definitivamente en esta instancia, la pronuncio, mando y firmo Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a DIEGO ANTONIO CASANOVA SERNA, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de Almería, expido la presente en Vera, a veintinueve de octubre de dos mil doce. EL/LA SECRETARIO, María Rosario Navas García. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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8153/12 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE VERA Procedimiento: J. FALTAS 268/2012. Negociado: 2P. N.I.G.: 0410043P20100003546. De: JUAN ANTONIO JIMENEZ YAÑEZ. Contra: JOSE JAVIER SANCHEZ MENGUAL Y DAVID BALLESTER SÁNCHEZ. EDICTO D./Dña. María Rosario Navas García Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Vera. DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el Juicio de Faltas nº 268/2012 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: SENTENCIA NÚM. En Vera, a 7 de SEPTIEMBRE de 2012. Julio Jesús Enríquez Mozo, Juez titular del Juzgado Primera Instancia e Instrucción nº 3 de esta ciudad y de su Partido Judicial, ha visto en juicio verbal y público los autos del JUICIO DE FALTAS 268/2012 seguidos por FALTA DE COACCIONES, en el que han sido partes como denunciante Juan Antonio Jiménez Yánez y como denunciados José Javier Sánchez Mengual y David Ballester Sánchez. No ha intervenido el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción pública. FALLO.1. ABSUELVO a JOSE JAVIER SÁNCHEZ MENGUAL Y DAVID BALLESTER SÁNCHEZ de los hechos enjuiciados. 2. Se declaran las costas de oficio. Notifíquese esta sentencia a las partes. Contra la misma cabe RECURSO DE APELACIÓN que deberá interponerse ante este Juzgado en el PLAZO DE CINCO DÍAS contados desde la notificación de esta sentencia que será resuelto por la Audiencia Provincial de Almería. Llévese esta sentencia al Libro de su clase dejando testimonio suficiente en los autos. Así por esta mi sentencia juzgando definitivamente en esta instancia, la pronuncio, mando y firmo. PUBLICACIÓN. La anterior sentencia ha sido leída, en el día de su fecha por el Juez que la dictó y firmó, estando celebrando audiencia pública. Doy fe. Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a JUAN ANTONIO JIMENEZ YAÑEZ , JOSE JAVIER SANCHEZ MENGUAL y DAVID BALLESTER SANCHEZ, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de Almería, expido la presente en Vera, a treinta de octubre de dos mil doce. EL/LA SECRETARIO, María Rosario Navas García.

Otros 8453/12 COMUNIDAD DE REGANTES S.N. DEL BARRANCO DE SIERRA NEVADA Fiñana (Almería) CONVOCATORIA DE ASAMBLEAL GENERAL EXTRAORDINARIA Por medio de la presente se convoca a los usuarios de esta Comunidad de Regantes para el próximo día 1 de diciembre de 2012 sábado, a las 11:00 h. de la mañana, en primera convocatoria y a las 11:30 h. en segunda, tendrá lugar Asamblea General Extraordinaria de la Comunidad de Regantes de S.N. Del Barranco de Sierra Nevada de Fiñana en el Teatro Municipal de Fiñana (Almería), con el siguiente: ORDEN DEL DÍA 1.- Ratificación en sus respectivos cargos de todos los miembros de la Junta Directiva de esta Comunidad. 2.- Encargo al Sr. Presidente a fin de que lleve a cabo cuantas gestiones resulten necesarias a fin de obtener la definitiva inscripción de los derechos de agua de esta Comunidad en los pertinentes registros de la Administración competente. 3.- Encargo al Sr. Presidente para que lleve igualmente a cabo, cuantas gestiones sean necesarias para la adaptación de los Estatutos de esta Comunidad a la legislación vigente. En Fiñana, a 13 de noviembre de 2.012. EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD, Juan Francisco Clares García. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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Número 222 - Viernes, 16 de Noviembre de 2012

B.O.P. de Almería

8452/12 NOTARIA DE MARÍA BEGOÑA MARTÍNEZ-AMO GÁMEZ Sorbas (Almería) EDICTO María Begoña Martínez-Amo Gámez, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía con residencia Sorbas. HAGO CONSTAR: Que en esta notaría se tramita ACTA DE NOTORIEDAD instada “GABRIEL LÓPEZ GUERRERO, S.L.”, domiciliada en Antas (Almería), Polígono Industrial Aljoroque, sin número y con C.I.F. número B04499414, para la inscripción de un exceso de cabida sobre las siguientes fincas: 1).- RÚSTICA.- Trozo de tierra de secano en el paraje Pieza de los Eucaliptus, denominado hoy paraje Capellanías, término de Sorbas, con una superficie de tres hectáreas sesenta áreas, según Registro, si bien según reciente medición su cabida es de cuatro hectáreas, tres áreas y doce centiáreas. Linda: Norte, Francisco Colomer Luque y Antonio Ruiz García, hoy la mercantil Green Almería, S.L. y Antonio Ruiz García; Sur, Francisco Colomer Luque, hoy la mercantil Green Almería, S.L.; Este, Antonio Ruiz García; y Oeste, Manuel Matas Espejo, hoy Francisco Semper Franco. Está cruzada por el Camino de los Marteles, que la separa en las dos parcelas por la que está formada. INSCRIPCIÓN.- Tomo 1996, libro 173, folio 90, finca 18020, inscripción 4ª. REFERENCIA CATASTRAL.- Está formada por las parcelas 18 y 111 del polígono 41 de Sorbas, con referencias catastrales 04086A041000180000EK y 04086A041001110000ET. Tiene una superficie inscrita de tres hectáreas sesenta áreas, si bien según su reciente medición su cabida es de cuatro hectáreas, tres áreas y doce centiáreas, existiendo pues, un exceso de cabida de CUARENTA Y TRES ÁREAS Y DOCE CENTIÁREAS. 2).- RÚSTICA.- Trozo de tierra de secano en el paraje Capellanías Bajas, término de Sorbas, con una superficie de diez hectáreas, treinta y nueve áreas y cincuenta y un centiáreas, de las que dos hectáreas, cuarenta áreas y cuarenta y seis centiáreas son de riego, si bien según reciente medición su cabida es de diecinueve hectáreas, setenta áreas y noventa y nueve centiáreas, todas ellas de secano. Linda: Norte, Juan Antonio Sánchez Sánchez y Manuel Matas Espejo, hoy la mercantil aquí requirente, Don Francisco Semper Franco y la mercantil “Green Almería, S.L.”; Sur, Francisco Mañas Cintas, Ana Martínez Ramos y Juan Antonio Sánchez Sánchez, hoy la mercantil aquí requirente, Ernesto Muñoz Fernández, Antonio Ruiz García y Ana Martínez Ramos; Este, camino de Los Marteles; y Oeste, Genoveva Muñoz Fernández y Francisco Mañas Cintas, hoy la mercantil aquí requirente y Genoveva Muñoz Fernández. Está cruzada por el Barranco de Las Capellanías. INSCRIPCIÓN.- Tomo 2199, libro 194, folio 91, finca 18021, inscripción 5ª. REFERENCIA CATASTRAL.- Está formada por las parcelas 90 y 91 del polígono 41 de Sorbas, con referencias catastrales 04086A041000900000ED y 04086A041000910000EX. Tiene una superficie inscrita de diez hectáreas, treinta y nueve áreas y cincuenta y un centiáreas, de las que dos hectáreas, cuarenta áreas y cuarenta y seis centiáreas son de riego, si bien según reciente medición su cabida es de diecinueve hectáreas, setenta áreas y noventa y nueve centiáreas, todas ellas de secano, existiendo pues, un exceso de cabida de NUEVE HECTÁREAS, TREINTA Y UNA ÁREAS Y CUARENTA Y OCHO CENTIÁREAS. 3).- RÚSTICA.- En el paraje denominado Las Capellanías, término de Sorbas, tierra de secano, con una superficie de dos hectáreas, noventa y tres áreas y setenta y cinco centiáreas, si bien según reciente medición su cabida es de tres hectáreas, cuatro áreas y veinte centiáreas. Linda: Norte, herederos de Juan Mañas López, hoy la mercantil requirente; Sur, Isabel Mañas, hoy la mercantil requirente; Este, Francisco Soler y Juan Antonio Sánchez Sánchez, hoy Green Almería, S.L. y la mercantil requirente; y Oeste, Francisco Soler y Antonio Ramírez, hoy Genoveva Muñoz Fernández y Ernesto Muñoz Fernández. Es la parcela 96 del polígono 41 de Catastro. INSCRIPCIÓN.- Tomo 1969, libro 171, folio 132, finca 17911, inscripción 3ª. REFERENCIA CATASTRAL.- 04086A041000960000EZ. Tiene una superficie inscrita de dos hectáreas, noventa y tres áreas y setenta y cinco centiáreas, si bien según reciente medición su cabida es de tres hectáreas, cuatro áreas y veinte centiáreas, existiendo pues, un exceso de cabida de DIEZ ÁREAS Y CUARENTA Y CINCO CENTIÁREAS. DATOS COMUNES A TODAS LAS FINCAS: TÍTULO.- El de compra a Don Juan Antonio Sánchez Sánchez en virtud de escritura otorgada ante el Notario de Vera, Don Francisco Vidal Martín de Rosales, el día 31 de Marzo de 2010, bajo el número 1.183 de su protocolo. Durante el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su publicación, podrán comparecer ante mí los interesados para exponer y justificar sus derechos. En Sorbas, a cinco de noviembre de dos mil doce. LA NOTARIA, María Begoña Martínez-Amo Gámez. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

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