Definiciones e Historia de la de Higiene y Seguridad

Definiciones e Historia de la de Higiene y Seguridad Algunas definiciones ACCIDENTE DE TRABAJO “ Acontecimiento no planeado que interrumpe el avance
Author:  Ana Carmona Peña

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DE SEGURIDAD E HIGIENE
MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO UÍAS PARA LA EVALUACIÓN DE RIESGOS SERIE MICROEMPRE

DE SEGURIDAD E HIGIENE
MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO UêAS PARA LA EVALUACIîN DE RIESGOS SERIE MICROEMPRE

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Definiciones e Historia de la de Higiene y Seguridad

Algunas definiciones ACCIDENTE DE TRABAJO “ Acontecimiento no planeado que interrumpe el avance ordenado de una actividad / proceso, pudiendo provocar lesiones personales o daños materiales en el momento “ La SEGURIDAD INDUSTRIAL es la ciencia que estudia la prevención de Accidentes.

Algunas definiciones ENFERMEDAD PROFESIONAL “ Es aquella de aparición previsible, de manifestación lenta y gradual, -cuya causa se debe exclusivamente al trabajo de la víctima-” La HIGIENE INDUSTRIAL O SALUD OCUPACIONAL es la ciencia que estudia la prevención de las Enfermedades en el Trabajo.

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ANTECEDENTES Siglos atrás: CULPABLE  CASTIGO Décadas atrás: INDEMNIZACIÓN Hoy: PREVENCIÓN  Obligatoria, Instrucción Futuro: INVOLUCRAMIENTO  Cambio cultural

Salud según la OMS SALUD según la OMS

“ Es un estado de Bienestar físico, mental y social “ y no meramente la ausencia de daño o enfermedad.

Algunas definiciones ANTECEDENTES LEGALES 1802 : 1º Ley de Ventilación y Pintura - Inglaterra 1885 : 1º Ley de Indemnizaciones - Alemania 1886 : Reglamentos sobre minería - Argentina 1905 : Ley de Descanso dominical – Argentina 1916 : Ley 9688, Resp. por Acc. y Enf. Profesionales 1929 : Ley 11544, 8 Hs y 6 Hs. por trabajo insalubre 1972 : Ley 19587, Higiene y Seguridad 1979 : Decreto 351, reglamenta la Ley 19587 2003 : Resolución 295 complemento del Decreto 351

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Ley 19587 (H y S en el T-03/72) Comprende normas técnicas y medidas sanitarias precautorias de tutela o de cualquier otra índole, en Hig. y Seg. en el Trabajo. Objetivo: Proteger la vida, preservar y mantener la integridad psicofísica de los trabajadores. Prevenir, reducir, eliminar o aislar los riesgos de los distintos puestos de trabajo. Estimular y desarrollar una actitud positiva respecto de la prevención de los accidentes o enfermedades que puedan derivarse de la actividad laboral.

PELIGRO: Fuente o situación con un potencial de daño en términos de lesión humana, daño a la propiedad, al ambiente de trabajo o una combinación de estos RIESGO: Combinación de probabilidad y consecuencia(s) de un evento peligroso

Establecimientos Industriales

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Decreto 351 (Reg. Ley 19587-05/79) Es aplicación de Ley 19.587 a Estab. Industriales. Los principales Capítulos son:  Servicio de Medicina Laboral y de Higiene y Seguridad  Proyecto, instalación, ampliación, modificación, etc.  Carga Térmica. – Radiaciones - Ventilación – Iluminación  Ruidos y Vibraciones – Inst. Eléctricas – Máq. Herramien.  Aparatos que pueden desarrollar presión interna.  Trabajo con Riesgos Especiales.(Altura, confinado)  Protección contra Incendios.  Selección del Personal, Registros, Plazo y Sanciones (EPP)

Resolución 295 (Modif.Dec.351-12/03) Especificaciones Técnicas de la Ley 19.587. Los principales puntos son:  Ergonomía, levantamiento manual de cargas (351 no lo considera).  Radiaciones (modifica / agrega puntos respecto del 351).  Estrés Térmico (351 no considera frío).  Anulación Resolución 444/91 de sustancias químicas.  Acústica, modifica nivel mínimo de 90 a 85 db.

Decreto 1338 (Reg. Ley 19587-11/96) U 2- Decreto 1338-96 Prof. en HyS.doc Servicios de Medicina y de Higiene y Seguridad. Los principales puntos son:  Cantidad de Horas Profesionales mensuales de un Médico por cantidad de trabajadores.  Cantidad de Horas de un Responsable de Higiene y Seguridad por cantidad de trabajadores y tipo de riesgo del Establecimiento.  Excepciones a estos servicios: Administración por debajo de los 200 empleados, Colegios e Instituciones de enseñanza, Talleres con menos de 5 empleados, etc.

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Empresas de Construcción

Decreto 911 (Reg. Para Const.-08/96) Es la aplicación de la Ley 19.587, pero a las industrias de la construcción y surge del acuerdo entre U.O.C.R.A. (lado sindical) y; U.A.C. y C.A.C. (lado empresarial).

Contiene capítulos similares al Decreto 351 para los Establecimientos Industriales

Resolución 231 (Ind. Const.-11/96)  Artículo 1: Condiciones que deben cumplir en una Obra.  Artículo 2: Según riesgos/cantidad hs de trabajadores en Obra, establece hs asignación profesional semanales.  Artículo 3: El Legajo Técnico de Obra deberá constar principalmente de:  Memoria Descriptiva de la Obra.  Programa Prevención Accidentes y Capacitación.  Registro evaluaciones efectuadas por el Servicio de Higiene y Seg. (propia o de la ART)  Organigrama del Servicio de Higiene y Seguridad.  Plano o esquema del obrador y servicios auxiliares.

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Resolución 51 (Prog. de Seg.-07/97) Establece empleadores de la construcción deberán comunicar a su ART, 5 días hábiles de anticipación, la fecha de inicio de las obras que emprendan. Deberán confeccionar el Programa de Seguridad que integra el Legajo Técnico cuando la obra tenga:  Excavaciones / Demoliciones / Altura mas de 4 mts. (otras 2 mts)  Construcciones superiores a 1.000 m2 cubiertos.  Tareas sobre o próximas a líneas de Media y Alta Tensión.  Cualquier tarea que la ART del empleador / Comitente lo crea conveniente.

Resolución 35 (Prog. Unico de Seg.-04/98) Establece un mecanismo para la coordinación de los Programas de Seguridad, su verificación y recomendación de medidas correctivas en las obras de construcción, cuando un Contratista Principal maneja subcontratistas. El Contratista Principal realiza un Programa Único de Seguridad (Res. 35) y los Subcontratistas realizan un Programa de Seguridad (Res. 51), trazable con la del Principal. Estos planes deben estar aprobados por la ART

Resolución 319 (Cont. Const.-09/99)  Responsable coordinación de actividades en H y ST.  Programa de Seguridad actividades diversas y no repetitivas, aprobado por la ART y su cumplimiento.  Programa de Seguridad obras repetitivas y de corta duración (menos de 1 semana), aprobado por la ART y su cumplimiento. (Validez 6 meses con opción a otros 6, previa autorización de la ART).

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Resolución 320 (Alta Laboral-09/99)

 Alta de los Trabajadores antes de comenzar las Obras.  Preocupacionales, validez (18 meses). Los exámenes de la nueva ocupación, deben coincidir con la anterior. Exámenes según riesgos. (Ej.: Caso de carpintero a Ayudante de Soldador)  Plan de Emergencia / clínica por derivación de enfermos o accidentados.

Ley de Higiene y Seguridad Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT)

Ley 24557 (Riesgos del Trabajo 09/95) Contempla en general la prevención de los riesgos y la reparación de los daños derivados del Trabajo. Objetivos:  Reducir siniestralidad laboral con la prevención.  Reparar daños de accidentes de trabajo y enfermedades Profesionales.  Promover recalificación damnificados.

/

recolocación

empleados

 Promover negociación colectiva laboral para mejorar la prevención y las prestaciones reparadoras.

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Ley 24557 (Riesgos del Trabajo 09/95)

Autoseguro y Seguro: Rige para todos aquellos que contraten a trabajadores: Autoseguro: La empresa debe tener solvencia económica financiera, y además que garantice los servicios necesarios. Seguro: Las empresas que no acrediten las condiciones para el Autoseguro, deberán asegurarse obligatoriamente en una ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo)

Resolución 15 (Reg.Siniestros 02/98) Se realizan los registros basados en la Resolución 15 / 98, ocurrido el accidente, se debe denunciar con informe a la ART ó lo realiza la misma ART. Todos los accidentes (ACTP, ASTP, In Itinere), se denuncian a través de este formulario.  ACTP: Accidente con Tiempo Perdido.  ASTP: Accidente sin Tiempo Perdido.  In Itinere: yendo o regresando del trabajo

Decreto 170 (Reg.de Ley 24557-02/96) Establece 4 niveles cumplimiento normativas Hig. y Seg. 1º Nivel: Significa no cumple las obligaciones básicas. 2º Nivel: Significa cumple con lo básico. 3º Nivel: Significa cumplimiento de todas las obligaciones legales en materia de Higiene y Seguridad. 4º Nivel:Significa alcanza niveles de prevención y de condiciones y medio ambiente de trabajo superiores a las obligaciones (OHSAS 18001 IRAM 3800).

Mínimo el empleador debe alcanzar el 3º nivel.

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Todas las empresas que cuentan con ART

Inspecciones de Seguridad de la ART Tipo de Inspecciones: Releva las condiciones operativas en el Medio Laboral en el entorno inmediato y mediato  Agentes de Riesgo: La ART realiza una inspección a su empresa asegurada, según los agentes de riesgo que haya declarado la empresa  Seguridad: La ART realiza inspecciones de acuerdo a una lista de verificación. (En caso de ser una empresa testigo, la inspección es por la Resolución 700 / 2000). La ART capacita sobre los agentes de riesgo de la empresa. La Empresa capacita sobre el resto y además realiza las mediciones de los agentes de riesgo.

Inspecciones de Seguridad de la ART Característica las inspecciones: Evalúa las condiciones operativas existentes al momento de realizarse.  Documentación: Es la primera tarea que realiza el inspector de la ART, verificar la documentación que debe tener la empresa.  Auditoria: Paso siguiente es la caminata que realiza el inspector por el establecimiento o las Obras, verificando Instalaciones y Personas (p.e. la Res. 700 en caso de empresas testigos).  Por último deja constancia de la inspección en un formulario con lo visto y las observaciones realizadas y de ser necesario una recomendación de las acciones correctivas que debe tomar la empresa.

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Evaluaciones de la ART Realizada las inspecciones, han calificado a sus empresas en los niveles que correspondía de acuerdo al Dec. 170. Elaboraron un plan de mejoramiento para que todas las empresas tuvieran el nivel 3 a fines del 98. S / Resolución 700, empresas Testigos, en 1999 con = ó > a 50 trabajadores, han registrado una Tasa de Incidencia > al 10% de la Tasa de Incidencia de Siniestralidad de su actividad y tamaño de empresa. La idea es mejorar y reducir el %. Entran empresas anualmente como testigos y otras salen (las que mejoraron por debajo del % indicado como piso). Esto mejora el desempeño total de las empresas.

Estadísticas de accidentes

Accidentes año 2003: 297.294 Muertes: 600 (47% In Itinere – 44% en el Trabajo – 9% por violencia) Accidente de Trabajo: 83.1% Enfermedad Profesional: 1.3% In Itinere: 11.7% Reagravación: 3.9%

Promedio anual de trabajadores cubiertos

Total de casos notificados y de casos por Accidentes de trabajo y Enfermedades OcuacT/EP

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Total de trabajadores fallecidos y trabajadores fallecidos por AT/EP

Índice de incidencia de AT/EP por sector de actividad económica.

Ley de Higiene y Seguridad

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