DEL CONCEPTO, CARACTERISATICAS Y ELEMENTOS DEL MANUAL, DE LA FILOSOFÌA Y OBJETIVOS DEL MANUAL, DE LA VISIÒN Y MISIÒN DE LA INSTITUCIÒN EDUCATIVA

PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS QUE ORIENTAN LA ACCION LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA INSTITUCION. DE Es una Institución Educativa Técnica, que orienta la ed
Author:  Lucas Maidana Toro

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PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS QUE ORIENTAN LA ACCION LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA INSTITUCION.

DE

Es una Institución Educativa Técnica, que orienta la educación; pre-escolar, básica primaria y secundaria, y la media técnica en la especialidad comercio, sistemas y computación, basada en la ley general de educación ( ley 115 – 94) y sus decretos reglamentarios; Propendiendo por los sanos principios axiológicos en el ámbito individual, familiar, social, ambiental y en la democracia, el pluralismo, en la justicia y la sociedad.

DEL CONCEPTO, CARACTERISATICAS Y ELEMENTOS DEL MANUAL, DE LA FILOSOFÌA Y OBJETIVOS DEL MANUAL, DE LA VISIÒN Y MISIÒN DE LA INSTITUCIÒN EDUCATIVA.

ARTICULO 1ª CONCEPTO El manual de convivencia es un conjunto de normas y preceptos establecidos mediante concertación de la comunidad educativa para enmarcar las relaciones sociales de profesores, estudiantes, padres de familia, ex-alumnos, directivos y administrativos con la entidad escolar y determina los procesos de orden académico, disciplinario y administrativo. El manual de convivencia debe ser libremente aceptado por los miembros de toda comunidad y pretende la formación integral, humanística científica y tecnológica de los estudiantes y profesores; el logro da los objetivos de la institución, el buen comportamiento individual y social de los alumnos y en general de la comunidad perteneciente a la INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA SANTA ISABEL. El manual de convivencia es un instrumento que contribuye a la formación moral y facilita a los estudiantes y profesores una participación consciente y responsable en todos los actos de su vida, procurando siempre el bienestar y promoción de la persona.

Pretendemos con este manual de convivencia que el alumno como centro del proceso educativo, participe activamente en su propia formación integral, al mismo tiempo que la INSTITUCION establezca las condiciones de permanencia del alumno y el procedimiento en caso de exclusión.

ARTICULO 2º CARACTERISTICAS El manual de convivencia es un documento válido en los marcos juridicos, políticos, sociales, científicos, éticos y culturales frente a los actuales esquemas de desarrollo que se adelantan en nuestro país. Sus principales características son: 2.1. CONSTITUCIONAL. Elaborado a la luz de la constitución y sus normas reglamentarias. 2.2. DEMOCRATICO PARTICIPATIVO. Fue elaborado con la participación de todos los estamentos de la I.E.T.S.I. de conformidad con las disposiciones legales vigentes (literal C Art. 144 ley 115/94) y adoptado por el Consejo Directivo. 2.3. HUMANISTA. Estimula el desarrollo integral de los educandos y protege los derechos fundamentales constitucionales 2.4. INTEGRAL. El manual de convivencia es aplicable a todos los estamentos de la I.E.T.S.I. 2.5. FORMATIVO. Fomenta el desarrollo de las sanas costumbres y hábitos para la convivencia y el desarrollo socio escolar. 2.6. CLARO Y SENCILLO. Su lenguaje es muy comprensible para las personas comprometidas en su aplicación y cumplimiento.

2.7. FLEXIBLE. Esta sujeto a adecuaciones y ajustes cuando las circunstancias lo ameriten, para llenar los vacíos que se puedan presentar en su aplicación. ARTICULO 3º ELEMENTOS Para su elaboración se tuvieron en cuenta elementos como: 3.1. La legislación educativa vigente. 3.2. el P.E.I. 3.3. La estrategia pedagógica Institucional 3.4. El Plan de Mejoramiento Institucional 3.5. la Organización interna de la Institución 3.6. las características y particularidades de la I.E.T.S.I en lo que tiene que ver con planta física, dotación y cobertura ARTICULO 4º OBJETIVOS Establecer los siguientes objetivos académicos, disciplinarios para que la comunidad educativa los logre a cabalidad. 4.1. OBJETIVO GENERAL Implementar principios básicos que conduzcan a la convivencia social entre los miembros de la comunidad educativa de la INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA SANTA ISABEL. 4.2. OBJETIVOS ESPECIFICOS 4.2.1.

Inculcar valores que redunden en la formación integral del educando. 4.2.2. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de la comunidad educativa. 4.2.3. Cultivar el sentido crítico, analítico e investigativo de los estamentos. 4.2.4. Optar principios de autonomía, equidad, solidaridad y justicia social para la convivencia social.

4.2.5. Orientar al estudiante para que logre un desarrollo integral y sea una persona útil a la sociedad en la cual se desempeña. 4.2.6. Fomentar hábitos de conducta social, como la responsabilidad, honradez, honestidad, Puntualidad, pulcritud, solidaridad y autoformación 4.2.7. Desarrollar la capacidad de análisis que le permita valorar los diferentes aspectos de la vida diaria. 4.2.8. Crear hábitos de salud e higiene para un mejor desarrollo físico y mental y una sana con convivencia social. 4.2.9. Cultivar valores éticos y morales a través de la vida diaria. 4.2.10. Sensibilizar al estudiante, al docente y al padre de familia de la función que le corresponde desempeñar como miembro de la comunidad educativa. 4.2.11. Reconocer la importancia de los valores humanos y su respeto para las buenas relaciones en comunidad. 4.2.12. Reconocer la importancia del desarrollo individual y comunitario como base del progreso de toda sociedad culta y civilizada. 4.2.13. Encauzar el comportamiento del alumno según las necesidades de promoción y trascendencia humana. 4.2.14. Conocer los diferentes aspectos del presente manual de convivencia para una mejor comprensión entre los estamentos educativos. 4.2.15. Cumplir los lineamientos del PEI correspondiente a la INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA SANTA ISABEL y las normas educativas emanadas por el MEN o la secretaría de educación respectiva.

ARTICULO 5º . FILOSOFIA Formar personas analíticas, críticas y creativas, incorporando la participación como forma de gobierno y aplicando la concertación como método para resolver las diferencias. Construyendo su propio proyecto de vida, con sentido de pertenencia a su entorno, con

capacidad de liderazgo hacia la consecución de la democracia, la tolerancia, la paz y la sana convivencia, basados en principios éticos y morales.

ARTICULO 6º MISIÒN Y VISIÒN MISIÒN Brindar al educando de la Institución Educativa Técnica Santa Isabel, Una formación integral, especializada, apoyados en el la TECNOLOGIA, el SENA, el programa COMPUTADORES PARA EDUCAR, a través de un currículo flexible, dirigido hacia la formación laboral, en el campo de las comerciales, sistemas y computación.

VISION Pretendemos en ser líderes de las innovaciones educativas y de excelencia académica, comprometidos con el desarrollo integral, del ser humano, mediante proyectos alternativos que mejoren la calidad de vida de nuestra sociedad.

ARTICULO 7º

PERFIL DEL ESTUDIANTE

7.1

Que tenga Un alto sentido de pertenencia para que identificado con la Institución proyecte a su entorno socio-cultural los valores ciudadanos,

7.2

Que aprenda a transmitir los avances Técnicos para darle mayor importancia a sus conocimientos.

7.3

7.4 7.5

Que se proyecte en su formación integral, para que le permita desempeñarse en las actividades laborales teniendo en cuenta las continuas innovaciones Tecnológicas. Que desempeñen cargos de acuerdo a los conocimientos adquiridos en Comercio y Sistema. Que se proyecte a la comunidad y explote adecuadamente sus capacidades intelectuales frente a los avances Técnicos.

CAPITULO II PROCESO DE MATRICULAS ARTICULO 8º. La matricula es el acto jurídico o contrato que formaliza la vinculación del estudiante, como alumno de la INSTITUCION, dicho acto se realizará por una sola vez y se podrá renovar cada año lectivo siempre y cuando se cumpla con los requisitos. La matricula se formaliza con la suscripción del contrato, previo cumplimiento de todos los requisitos señalados en el siguiente artículo. Al momento de suscribir el acta en el libro respectivo, los padres o acudientes, el alumno y el rector firmaran el contrato de matrícula con la institución, el cual se regirá por las reglas del derecho privado. Una vez firmada la matrícula la institución, el estudiante y el padre de familia se comprometen a cumplir con el presente manual de convivencia. ARTICULO 9º: El aspirante a ingresar como estudiante de la INSTITUCIÒN deberá: Llenar los requisitos vigentes en su situación académica al momento de la matricula. 9.1.

Pago de los derechos académicos (incluyendo sostenibilidad de proyectos) aprobados Por el Consejo Directivo.

9.2. 9.3. 9.4. 9.5.

Presentar el registro Civil de Nacimiento Certificados de estudios de los años anteriores. Cuatro fotos recientes, tamaño Carné otros documentos que la Institución estime conveniente: (Paz y Salvo institucional y certificado de comportamiento social para alumnos nuevos. ) 9.6. Ningún alumno debe permanecer en la Institución como asistente, para evitar posibles compromisos de la Institución con el educando y su acudiente o padre de familia. 9.7. Los estudiantes que han presentado dificultades de comportamiento social se admitirán Teniendo en cuenta el concepto del Consejo Directivo, debidamente registrado en el Libro de actas, de reuniones de profesores, comité de Evaluación y Observador del Estudiante. ARTICULO 10º: Cada estudiante tendrá en ausencia de sus padres, un acudiente previamente aceptado por el Instituto, salvo los que permita la ley bajo responsabilidad del Rector. PARAGRAFO: Los Directivos Docentes, Docentes y demás empleados del plantel no podrán servir de acudientes a los estudiantes del mismo establecimiento, salvo cuando se trate de sus hijos y/o hermanos. ARTICULO 11º: En ningún caso se autorizara la matrícula sin el lleno de los requisitos exigidos por el MEN y por la Institución. ARTICULO 12º: En lo referente al costo de matrículas, pensiones, constancias, validaciones, derechos de grado y demás aspectos, se cumplirá conforme a las disposiciones vigentes del MEN y de la Secretaría de Educación Departamental y por intermedio del Consejo Directivo de la Institución.

CAPITULO III

DECÀLOGO DEL ESTUDIANTE 1. Mantener la firme convicción de la existencia de Dios. 2. Cumplimiento de los deberes y obligaciones de hijos, de estudiantes y de ciudadanos. 3. Amor, lealtad y defensa por el buen nombre de la institución. 4. Actitud, ética y moral en todas sus manifestaciones, como también respeto por la dignidad, la vida y los derechos humanos. 5. Autonomía y seguridad en sus propias decisiones. 6. Sensibilidad social, civismo, ayuda mutua, además estar preparado para el trabajo y para la paz. 7. Equilibrio emocional y mente sana. 8. Autoestima elevada, para sobreponer los conflictos y dificultades. 9. Buenas relaciones interpersonales con los demás miembros de la comunidad educativa. 10. Práctica de valores y de los sanos hábitos, al igual que la pulcritud en sus uniformes y en el aseo personal.

CAPITULO IV NORMAS GENERALES DE COMPORTAMIENTO ARTICULO 13º: Todos los estudiantes de la institución están en la obligación de observar las siguientes normas generales de comportamiento social. 13.1. Honradez, buenas maneras, respeto, a sus profesores y compañeros evitando el mal trato y las palabras soeces. 13.2. Aceptar respetuosamente la autoridad de los profesores y directivos del plantel. 13.3. El comportamiento fuera del Instituto (calles sitios públicos de diversión o recreativos, ser correcto, observando buenas maneras para enaltecer el buen nombre de la Institución y el de su conglomerado social

13.4. Mostrar interés por la observación y utilización correcta de los servicios sanitarios, elementos de aseo, muebles y demás enseres del plantel. 13.5. Responder por los daños causados en la institución en cuanto a la planta física, material .Educativo, elementos de oficina, equipos destinados a las ayudas educativas, pupitres, útiles y objetos personales de sus compañeros. 13.6. Velar por las plantas decorativas del establecimiento y en general de todos aquellos Elementos que estén destinados al embellecimiento y funcionamiento del Instituto (instalaciones eléctricas, grifos etc. 13.7. Evitar todo acto que atente contra la moral de las personas o de sus compañeros en Particular. 13.8. Cumplir puntualmente el horario de clases y el que corresponda a cualquier otra. actividad o acto en comunidad programado por la institución observando un comportamiento acorde con las normas de convivencia social. 13.9. Evitar el uso de joyas finas durante las jornadas de clase o de educación física la institución no se responsabiliza de los objetos personales perdidos o extraviados. 13.10. Colaborar, participar y trabajar en toda clase de acción proyectada para el mejoramiento de la institución y en beneficio de la comunidad.

CAPITULO V

DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES, DEL CONDUCTO REGULAR, EL DEBIDO PROCESO, DE LAS COMPETENCIAS, ACCIONES INCORRECTAS; CORRECTIVOS Y SANCIONES DERECHOS

ARTICULO 14º: Todo estudiante de la institución tiene derecho a: 14.1. Ser orientados por profesores competentes, de estructurada personalidad y pedagógicamente preparados. 14.2. Ser respetados en su dignidad personal por parte de directivos, administrativos, profesores y empleados de la Institución. 14.3. Recibir de sus profesores testimonio de cultura, moral, civismo y relaciones humanas. 14.4. Ser tratados con imparcialidad, respeto y consideración. 14.5. Que se les dicten los programas completos de acuerdo con el plan de estudios vigentes y las ayudas educativas. Conocer la programación y la planeación de su enseñanza y recibirla oportunamente. 14.6. Recibir la jornada de estudios completa. 14.7. Que sus trabajos sean evaluados y devueltos oportunamente con sus correcciones. 14.8. Conocer oportunamente los logros y deficiencias en el momento en que se apliquen lecciones orales, escritas, tareas, investigaciones, consultas, etc. 14.9. Que las condiciones locativas, mobiliario, organización escolar, recursos didácticos y bienestar estudiantil, sean eficientes. 14.10. Solicitar explicación sobre las áreas de estudio cuando ello sea necesario. 14.11. Ser evaluado acorde con su rendimiento académico. Que sus conceptos sean resultado de tareas, exposiciones, investigaciones, trabajos aplicados, demostraciones, pruebas objetivas: por sus actitudes, intereses, aprovechamiento, iniciativa, exactitud, creatividad, etc. 14.12. Que los criterios evaluados de cada periodo, se ajuste a las normas de ley. 14.13. Que se les de a conocer sus conceptos definitivos en cada periodo, respetando el derecho a su intimidad, antes de ser consignadas en la planilla respectiva de Evaluación. Después no será viable ninguna reclamación.

14.14. Ser informados periódicamente sobre su rendimiento académico, comportamiento social. 14.15. Los aspectos disciplinarios no se desligan de los aspectos académicos en el alcance de los logros previstos por la Institución, por lo tanto el alumno debe mostrar buena disciplina en todos los procesos. 14.16. Presentar solicitudes, formular quejas y hacer sugerencias siguiendo el respectivo conducto regular. 14.17. Ser oídos y defenderse antes de aplicar cualquier tipo de correctivo por infracción disciplinaria y/o académico. 14.18. Presentar justificaciones por inasistencia al Coordinador General de la institución. 14.19. El estudiante que haya justificado su inasistencia, tendrá derecho a presentar trabajos y evaluaciones durante los tres días siguientes a su ausencia, con el visto bueno del Coordinador del plantel. 14.20. Que se les expida certificados de estudio, comportamiento social y constancia de asistencia, dentro de un plazo de diez (10)días hábiles. (Res. 12376, Art. 13 de Agosto de 1978:). Cada vez que soliciten este servicio, siempre que se encuentren a paz y salvo por todo concepto con la Institución y pague los derechos correspondientes. 14.21. Utilizar los elementos didácticos y de recreación, siempre y cuando responda económicamente por los daños causados, si se presentasen. 14.22. Participar en todas las actividades científicas, culturales y deportivas que programe la Institución y todo acto de comunidad. 14.23. Representar la institución en cualquiera de las actividades señaladas en el inciso anterior. 14.24. Conocer el calendario académico y el cronograma de actividades de la institución actualizado. 14.25. Que se les conceda los estímulos que otorga el plantel. 14.26. El conocimiento del manual de convivencia es responsabilidad de los padres de familia, estudiantes y profesores. Los Directores de grupo, durante la semana de

inducción promoverán la lectura, análisis e interpretación del manual de convivencia para un eficiente cumplimiento. 14.27. No ser retirados del salón de clase por motivos disciplinarios y/o académicos. 14.28. Participar en la conformación, ejercicio y control del gobierno escolar, para lo cual pueden elegir y ser elegidos por parte de consultas y demás formas de participación democrática. 14.29. Todos los estudiantes tendrán derecho a la intimidad personal y familiar y su nombre deberá ser respetado por la misma comunidad. 14.30. Cualquier estudiante de la comunidad educativa tiene derecho a la honra en su integridad física, moral e intelectual. 14.31. Participar y ser miembro de los organismos de dirección de la Institución, mediante elección democrática. 14.32. Registrar el observador de los aspectos positivos de los estudiantes. 14.33. Recibir el carné estudiantil en los primeros 15 días hábiles después de iniciadas las clases. 14.34. Los estudiantes tienen derecho a exigir la puntualidad del profesor en las clases asignadas. 14.35. Ser escuchados en sus reclamos o insinuaciones de índole académico o de comportamiento general, cuando las solicitudes se hagan con respeto y cortesía, de no atenderse el presente derecho los alumnos podrán dirigirse al superior inmediato siguiendo el conducto regular existente. 14.36. No se considerara como insistente, el estudiante que por cualquier motivo se encuentre en reunión o desempeño de funciones para una actividad en beneficio de la Institución teniendo autorización por escrito de la Coordinación o Rectoría. DEBERES ARTICULO 15º: Es deber de todo estudiante:

15.1. 15.2. 15.3. 15.4.

Acatar en su totalidad el Manual de Convivencia Institucional. Acatar las observaciones que les hagan sus directores y docentes. Cumplir con el horario de clase establecido por la institución. Participar objetivamente en las actividades de clase y comportarse correctamente durante mismas y fuera de ellas sin interrumpir su desarrollo. 15.5. Adquirir los elementos de trabajo necesarios para el desarrollo de las actividades curriculares. 15.6. Contribuir con el aseo permanente de las aulas y demás dependencias de la institución en colaboración con los compañeros en las respectivas comisiones de aseo. 15.7. No arrojar desperdicios ni residuos al piso del aula de clase o en los patios de recreación. Tampoco ingerir alimentos en la formación, en la clase o en actos de comunidad. 15.8. Presentar evaluaciones y trabajos en las horas y fechas señaladas. 15.9. Permanecer en los salones durante los cambios de clase y, en horas de descanso, fuera de ellos. 15.10. Respetar la propiedad ajena. 15.11. Cumplir con las obligaciones que adquiera con la empresa. 15.12. Respetar todas las carteleras, anuncios y elementos ubicados dentro y fuera aulas de clase. 15.13. Para salir del plantel en horas laborales, se debe solicitar permiso al profesor de disciplina de turno siempre y cuando la causa sea de fuerza mayor. 15.14. Asistir puntualmente a todos los actos culturales, deportivos, cívicos y otros que programe la Institución. 15.15. Respetar la integridad física y moral de todos y cada uno de los miembros de la Institución. 15.16. Guardar discreción y tacto en todas sus actuaciones, así como también respetar las creencias y convicciones religiosas y políticas de los demás 15.17. Entregar citaciones y circulares que sean enviados por la institución a los padres de familia, como también las respuestas enviadas por los mismos. 15.18. Respetar los emblemas de la patria y los de la Institución

15.19. Presentarse a la institución aseado y decentemente vestido y con el uniforme acordado por la comunidad educativa. 15.20. Considerar la Biblioteca como un recurso de consulta y formación y hacer uso de ella en el horario establecido cumpliendo fielmente su reglamento y teniendo especial cuidado con el buen uso y manejo de los libros, revistas, periódicos, etc. No arrancar hojas o destrozarlas. 15.21. Cuando por ausencia justificada se deja de presentar un trabajo o evaluación debe hacerlo dentro de los tres (3) días laborables siguientes a su presentación en el plantel, previa autorización del Coordinador de la institución. 15.22. Conservar el pupitre puesto a su servicio, durante todo el año y entregarlo en perfecto estado. 15.23. Terminada la jornada de clase en horas de la tarde y entre clases, los sábados y festivos no podrán portar los uniformes reglamentarios de la Institución. 15.24. No festejar actos dentro o fuera de la institución utilizando elementos que atente contra la integridad del estudiante. 15.25. El estudiante debe permanecer en el salón de clase durante el desarrollo de esta y, en caso de ausentarse, debe solicitar permiso al profesor o director de clase. 15.26. El alumno debe traer a la institución los respectivos útiles escolares necesarios para un mejor desarrollo integral. ARTICULO 16º: Queda reglamentada la asistencia de la siguiente manera: *. Sede Uno: Secundaria y Media de 7:00 am. a 1:15 pm. *. Sedes Dos y Tres: Primaria de 7:30 am. a 1:00 pm. Preescolar: de 8:00 am. A 12:30 m. * Sedes Rurales: Secundaria de 8:00 am a 2:00 pm Primaria y Preescolar de 8:00 am a 1:00 pm 16.1. Todo estudiante está obligado a asistir como mínimo al plantel el 75% de la intensidad horaria de cada área académica. Con menos, se perderá el año.

16.2. Cuando el estudiante justifica su inasistencia, y en ese día tiene evaluación, este debe presentarse a la evaluación por tardar durante la semana siguiente. 16.3. Estudiante que injustificadamente no asista a clases, a su regreso será devuelto y se solicitará por parte del jefe disciplina la presencia en el plantel del estudiante con el respectivo padre o acudiente. 16.4. Toda ausencia por enfermedad u otros motivos debe ser justificada oportunamente. En caso de ausencia prolongada debe Presentarse con el padre o acudiente con la debida justificación o según el caso hacerlo por teléfono. 16.5. El estudiante que se sienta incapacitado para ejecutar ejercicios gimnásticos o de otro tipo físico, deberá presentar la respectiva incapacidad médica será informando oportunamente al Rector. Este estudiante, quedará supeditado a presentar trabajos teóricos o de investigación. ARTICULO 17º: De los actos que atenten contra la integridad de docentes, directivos o de miembros de la Institución y el buen nombre del plantel. Son faltas las siguientes: 17.1. Los retardos y ausencia a clases o actos de comunidad. 17.2. Las salidas del plantel, sin el debido permiso. 17.3. Introducir a la institución cigarrillos, bebidas alcohólicas o estupefacientes. 17.4. El uso de naipes y demás juegos de azar dentro de la Institución. 17.5. Evasión del plantel de cualquier actividad académica o actos de comunidad. 17.6. Entrar al plantel por lugar diferente a la entrada principal. 17.7. Jugar dinero dentro de la institución o en sus alrededores. 17.8. Hurtar, estafar o cometer delitos contra la propiedad ajena. 17.9. Portar armas o elementos contundentes destinados a herir o maltratar. 17.10. Traer al plantel libros, revistas publicaciones pornográficas.

17.11. Asistir al plantel bajo los efectos del alcohol o cualquier estimulante pernicioso. 17.12. Promocionar pugnas y rivalidades que conlleven a enfrentamientos de carácter político o el establecimiento de centros o comités partidistas entre los estudiantes, dentro de la planta física de la Institución. 17.13. Destruir o mutilar obras, muebles o demás enseres de la institución, como también el uso inadecuado de implementos del plantel. 17.14. Traer a la institución grabadoras, radios o cualquier otro objeto que interfiera con el normal desarrollo de las clases, con excepción de cuando las necesidades curriculares lo requiera. 17.15. Utilizar el uniforme en horas que no correspondan a estudio o actos de comunidad, maquillaje o pintado de uñas, uso de adornos extravagantes o prendas distintas al uniforme de clase. 17.16. Mal comportamiento en actos de comunidad o en los escenarios deportivos. 17.17. El irrespeto y la riña entre compañeros de estudio. 17.18. Intento de insubordinación y su ejecución en contra de las autoridades de la institución 17.19. Atender visitas de novios y manifestaciones amorosas dentro del plantel. 17.20. Las agresiones a mano armada dentro y fuera del plantel; amenazas o insultos a cualquiera de los miembros de la Institución. 17.21. Entrar a la Rectoría, Coordinación o a la Sala de Profesores sin la debida autorización. 17.22. Todo intento de fraude en las lecciones, tareas, trabajos, previas. Falsificación de documentos calificaciones y excusas. 17.23. Coaccionar, deliberadamente, daños a la planta física, material didáctico, carteleras, horario, material de trabajo. Sacar pupitres, sillas u otro tipo de muebles del salón de clases del Instituto sin el debido permiso.

17.24. Y las que atenten contra los principios de la I.E.T.S.I. . CONDUCTO REGULAR ARTÍCULO 18°: EL conducto regular a seguir en los casos de reclamos por parte del estudiante o de su representante legal, observará el siguiente orden: 1. Profesor de la asignatura 2. Director de grupo 3. Coordinador 4. Rector 5. Secretaria de educación departamental. 6. Ministerio de Educación Nacional. DEBIDO PROCESO ARTÍCULO 19°. El debido proceso es formativo y se ajustará a las normas legales vigentes, teniendo en cuenta los principios y fines de la Institución educativa y tendrá el siguiente procedimiento: 19.1. Amonestación verbal y registro en el observador del estudiante, inmediatamente tenga 3 observaciones, se citará al acudiente por parte del director de grupo o coordinador. 19.2. Información al acudiente de las observaciones que lleva el estudiante y firma por parte del acudiente. Se le hará claridad que en la próxima observación debe presentarse al comité orientador. 19.3. A la cuarta observación se presentará ante el comité orientador, donde se le recomendará los correctivos para que

modifique su actitud, solo podrá asistir una vez al comité orientador. 19.4. a la quinta observación se presentará ante el comité superior de disciplina, quien por primera vez aplicará la sanción de contrato en observación (un año) o cancelación de matricula si la falta lo amerita.19.5. A la sexta observación se presentará al comité superior de disciplina, quien aplicara la respectiva sanción cancelación de matricula. PARAGRAFO UNO: el comité orientador, podrá, cuando la situación lo amerite aplicar sanción “retiro con trabajo pedagógico” máximo hasta tres días PARAGRAGO DOS: El procedimiento podrá comenzar en el comité superior de disciplina, cuando las actuaciones incorrectas sean GRAVISIMAS, a petición dla coordinadora de disciplina. PARAGRAFO TRES: de cada uno de los pasos del proceso se dejará constancia en el observador del estudiante , quien además del profesor y del padre de familia firmará la respectiva anotación, cuando el alumno se niegue a firmar , lo firmarán los alumnos testigos del hecho, o si no esta de acuerdo con la anotación puede describir sus descargos y firmar. PARAGRAFO CUATRO: El comité superior de disciplina, solo podrá analizar situaciones cuando sean de carácter gravísimo, ya que los demás casos han cumplido el debido proceso. PARAGRAFO CINCO: las sanciones impuestas no pueden contemplar escarnio público para el menor o afectar de alguna manera su dignidad personal.

PARAGRAFO SEIS: EL éxito de estos procedimientos empieza por su ejecución oportuna, por lo tanto es absolutamente obligatorio la asistencia de las personas convocadas. PARAGRAFO SIETE: La cancelación del contrato o matrícula se hará cuando se hayan cumplido las instancias anteriores o cuando la gravedad de la faltáis lo amerite. esta es una determinación del comité superior de disciplina y de conformidad con la ley. PARAGRAFO OCHO: El comité superior de disciplina, se convocará inmediatamente se presente la solicitud por parte dla coordinadora. ARTÍCULO 20°. ORIENTACIÓN: Es la labor pedagógica, que lleva a un estudiante o a un grupo a evitar un comportamiento indebido, o a sumir conductas positivas en busca de su formación integral. ARTÍCULO 21°: CORRECTIVOS: Es la acción pedagógica, que previene y modifica en forma positiva un comportamiento determinado. ARTÍCULO 22°: SANCIÓN: es aquella acción aplicada a un estudiante, a quien se le han agotado los recursos pedagógicos previstos y su comportamiento continua siendo incorrecto, o cuando comete acciones incorrectas graves o bravísimas COMPETENCIAS ARTICULO 23° - Para orientación, los correctivos y las sanciones, seguirán las siguientes instancias. 23.1. El comportamiento de estudiantes, será objeto de observación permanente por parte de los profesores y coordinador quienes harán los llamados de atención en el momento oportuno y el respectivo registro en el observador.

23.2. Ante las acciones incorrectas de menor trascendencia, funcionarán DOS COMITÉS ORIENTADORES, (uno para la sección primaria y otro para la secundaria y la media técnica) convocados por la coordinadora a solicitud del director de grupo, un profesor o los alumnos de un grupo. 23.3. La principal función del comité orientador es la de brindar apoyo, asesoría y orientación al educando en observación y sus decisiones y recomendaciones quedaran consignadas en el libro de actas, firmadas por los participantes, lo mismo que el observador, cuando el caso lo amerite se impondrá la sanción “RETIRO CON TRABAJO PEDAGÓGICO” (hasta por tres días). 23.4. El comité orientador, estará conformado por las siguientes personas:

PARA BASICA PRIMARIA:  El personero estudiantil  Un estudiante conciliador designado por el consejo estudiantil  Un docente de la básica primaria.  Un padre de familia designado por consejo de padres.  El coordinador PARA BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA TÉCNICA  El personero estudiantil  Un estudiante conciliador designado por el consejo estudiantil  Un docente que no tenga Dirección de Grupo  Un padre de familia designado por el consejo de padres.  El coordinador PARAGRAFO UNO: El comité orientador, cuando la situación lo amerite, deberá convocar al padre de familia del alumno en

observación, al director de grupo y a la(s) persona(s) que presenció (aron) la acción incorrecta del alumno en observación, si las hay. PARAGRAFO DOS: los comités orientadores se reunirán cada quince días o cuando las situaciones lo ameriten. PARAGRAFO TRES: cuando el comité orientador estime conveniente que la falta cometida es gravísima, remitirá el caso al comité superior de disciplina. 23.5. Ante la reincidencia, o la comisión de acciones incorrecta de extrema gravedad, el comité orientador del grupo solicitara la reunión del comité superior de disciplina, quien tendrá a su cargo la aplicación de sanciones y estará conformada por las siguientes personas:  el personero estudiantil.  Dos estudiantes designados por consejo estudiantil, uno de Básica y uno de media.  Un padre de familia, delegado por el consejo de padres de familia  El director de grupo o de los estudiantes en observación  El coordinador  El rector. PARAGRAFO UNO: El comité superior de disciplina, cuando la situación lo amerite, deberá convocar al padre de familia, al alumno en observación, y a la(s) persona(s) que presenció (aron) la acción incorrecta del alumno en observación, si las hay. 23.6. La principal función del comité superior de disciplina, es la de aplicar sanciones, las cuales deben de estar acordes con las disposiciones legales y no atentar contra la dignidad personal

del educando. Sus reuniones deben ser registradas en actas, firmadas por los participantes y sus decisiones consignadas en el observador.

ARTÍCULO 24°: CONCEPTO DE ACCIÓN INCORRECTA Se considera acción incorrecta la realizada por un estudiante cuando incumple los deberes y/o abusa de los derechos consagrados en el manual de convivencia o que atenta contra la dignidad humana, el bienestar social y la institución educativa; en todo caso será objeto de llamados de atención, correctivos o sanciones según el procedimiento establecido, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que su acción pueda originar. Clasificada en leves, graves y gravísimas. Parágrafo: toda falta sancionada por la legislación civil o penal, será tenida como grave en la institución

ARTÍCULO 25° - CALIFICACIÓN DE LAS ACCIONES INCORRECTAS Las acciones incorrectas se califican como leves, graves o gravísimas en atención a su naturaleza y efectos, a las modalidades y circunstancias del hecho, a los motivos determinantes y a los antecedentes personales del educando, teniendo en cuenta entre otros los siguientes criterios:  La naturaleza de la acción incorrecta y sus efectos, se aprecian según hayan causado escándalo, mal ejemplo o perjuicio.  Las modalidades o circunstancias del hecho se aprecian de acuerdo con el grado de responsabilidad en la comisión de la acción incorrecta, la existencia de circunstancias agravantes o atenuantes y el número de acciones incorrectas que se estén evaluando.

 Las acciones incorrectas leves darán origen a amonestaciones verbales o a comités de orientación.  Para las acciones incorrectas graves y/o gravísimas se aplicaran las acciones que van desde el contrato en observación hasta la cancelación del mismo. ARTÍCULO 26° SE CONIDERAN FALTAS LEVES

26.1. Portar mal el uniforme dentro y fuera de la institución o de una manera insinuante. 26.2. El uso del maquillaje, aretes pulseras, collares bambas Y/O balacas de colores, portando el uniforme de la institución. 26.3. No presentarse a las actividades culturales, sociales y/o deportivas programadas por la institución. 26.4. Las silbatinas y manifestaciones de saboteo portando el uniforme del plantel. 26.5. Salirse del salón en horas de clase sin autorización del profesor respectivo. 26.6. Colocar apodos o remoquetes a sus compañeros, directivos y profesores, personal administrativo y de servicio. 26.7. No atender oportunamente el toque del timbre o de campana. 26.8. Arrojar basura por las ventanas de los salones a la calle, o arrojarla en el patio, pasillos etc. Del plantel. 26.9. comer chicle dentro del salón de clase. 26.10. no cumplir los turnos de aseo, tanto del salón como de la institución cuando corresponde. 26.11. No cumplir con las actividades programadas por la I.E.T.S.I.

ARTÍCULO 27°: SE CONIDERAN FALTAS GRAVES

27.1. la reincidencia en faltas leves. 27.2. rayar o romper cuadernos, libros, pupitres, bolsos, maletines, carteleras y otros elementos que no sean de su propiedad. 27.3. las salidas del plantel sin el debido permiso. 27.4. jugar dinero dentro del plantel. 27.5. sentarse en sitios tales como billares, salas de juegos, cantinas y otros, portando el uniforme del plantel o parte de él. 27.6. mal comportamiento en actos de comunidad deportivos.

y eventos

27.7. esconder o extraviar útiles escolares. 27.8. Atender visitas de novios o manifestaciones amorosas dentro de la Institución. 27.9. intento de fraude en las lecciones, trabajos y evaluaciones entre otros. 27.10. las celebraciones grotescas. Por ejemplo arrojar huevos, orines, maizena, tierra, agua u otros elementos dentro y fuera del plantel. 27.11. la transferencia de prendas de vestir para ingresar a estudiar. 27.12. el marcado o constante bajo rendimiento académico. 27.13. la no presentación de evaluaciones sin justificación alguna. 27.14. la vulgaridad y/o irrespeto en el trato a compañeros, profesores, funcionarios, directivos y demás integrantes de la institución. 27.15. propiciar críticas negativas sin fundamento que atenten contra la buena imagen de la institución. 27.16. la agresión física sin arma a un compañero de estudio.

27.17. el no acatamiento o interferencia particular y colectiva a las órdenes impartidas por las autoridades de la institución, dentro y fuera del plantel. 27.18. el irrespeto a las creencias y convicciones de los demás. 27.19. el uso inadecuado de los baños. 27.20. escribir grafitos dentro y fuera de la Institución. 27.21. encubrimiento y/o complicidad en el extravío y/o pérdida de elementos. 27.22. la calumnia a compañeros, docentes y demás integrantes de la comunidad IETSIANA y/o denigrar de la Institución. 27.23. fumar dentro o fuera de la institución portando el uniforme. 27.24. ser comprendido haciendo fraude en las evaluaciones académicas. 27.25. Convertir la institución en sitio de negocios tales como: venta de dulces, artesanías y otros, salvo en casos autorizados por la rectoría del plantel. 27.26. destrucción con plena intención de muebles, útiles de compañeros, pupitres, implementos deportivos, maquinas de escribir y/o equipos de sistemas. 27.27. Ejecutar maniobras personales que pongan en peligro la integridad personal Ej.: sentarse en la baranda del segundo piso o subirse por las torres que sostienen el techo para evitar las escaleras, colgarse de las porterías del polideportivo (cancha de microfutbol). 27.28. Negligencia o desinterés e incumplimiento con los deberes académicos. ARTÍCULO 28° - SE CONSIDERAN FALTAS GRAVÍSIMAS San aquellas acciones u omisiones que cometen los alumnos, que no se pueden catalogar como graves que por su naturaleza revisten suma

gravedad porque atentan contra la moral, la ética, las buenas costumbres y el manual de convivencia. Se contemplan: 28.1. introducir y/o consumir en el plantel cigarrillos, bebidas alcohólicas y/o estupefacientes. 28.2. el uso de elementos explosivos (pólvora) dentro de la Institución. 28.3. hurtar, estafar o cometer delitos contra la propiedad ajena. 28.4. portar armas o elementos contundentes destinados a herir o maltratar. 28.5. asistir al plantel bajo los efectos del alcohol o cualquier estimulante pernicioso. 28.6. la obstrucción intencional de objetos de la institución. 28.7. contribuir a la alteración del orden público con o sin uniforme. 28.8. Promocionar pugnas y rivalidades que conlleven a enfrentamientos de carácter político o establecimiento de centros o comités partidistas entre los estudiantes, dentro de la planta física de la institución. 28.9. destruir, mutilar obras, muebles o demás enseres de la institución como también el uso inadecuado de implementos del plantel. 28.10. traer a la institución grabadoras, radios o cualquier otro objeto que interfiera con el normal desarrollo de las clases, con excepción de cuando las necesidades curriculares lo requieran institución. 28.11. utilizar el uniforme en horas que no correspondan a estudio o actos de comunidad, maquillaje o pintado de uñas, uso de adornos extravagantes o prendas distintas al uniforme. 28.12. y las que no estén contempladas, superior de disciplina así lo considere.

pero que el comité

28.13. Desactivar el automático que controla la entrada de energía eléctrica a la institución. 28.14. El chantaje y/o manipulación de compañeros con fines de sometimiento a quien lo ejerce o a otros. 28.15. el uso inadecuado del servicio de INTERNET (visitas a paginas pornográficas, satánicas y otras que atenten contra los principios y fundamentos de la institución) ARTICULO 29°. CORRECTIVOS Entendidos como estrategias pedagógicas, aplicadas por el comité orientador que tendrá en cuenta los siguientes pasos: 29.1. En primera instancia, el alumno en observación debe reconocer su acción incorrecta, propondrá el correctivo para enmendar y firmará un compromiso de buen comportamiento. 29.2. El porte de armas, elementos incendiarios y otros que puedan causar daño físico, serán decomisados, registrados en el observador del alumno y causará la citación del padre de familia o acudiente. 29.3. ante la amenaza o agresión verbal, el alumno agresor deberá ser llevado al comité orientador. Si la agresión física, da lugar a querellas judiciales, los padres de familia del alumno agredido las llevarán a las instancias pertinentes y el caso ira al comité superior de disciplina. Los padres del estudiante agresor responderán por los costos médicos, de fármacos y de tratamientos pertinentes. 29.4. el porte, consumo y distribución de alucinógenos será evaluado por el comité superior de disciplina. 29.5. cualquier hurto o destrucción de enseres debe ser indemnizado. El estudiante no será recibido en el colegio hasta tanto no cumpla con la reparación respectiva.

29.6. quien sea sorprendido haciendo daño a la planta física, deberá reparar el daño y contribuir con una acción de ornato dentro de la institución. 29.7. la acción incorrecta contemplada en el artículo 27 numeral 22, se considera una conducta desleal con la Institución será tratada con especial cuidado porque ello refleja la no aceptación de la filosofía de la institución, la desadaptación y palta de pertenencia. La reincidencia en esta conducta incorrecta debe ser evaluada por el C. S. d. D. 29.8. La indisciplina individual o colectiva debe ser llevada al C. O. para analizar el problema, sus posibles causas y soluciones. 29.9. El ausentismo reiterado de los estudiantes, recibirá un tratamiento especial por el comité orientador, si el problema no se soluciona, se actuará de conformidad con los artículos 313 y 314 del código del menor. 29.10. toda falta sancionada por la legislación civil o penal será considerada como acción incorrecta y el comité superior de Disciplina, decidirá la continuidad o no del estudiante en la institución. 29.11. todos los casos de extrema gravedad, serán tratados directamente por el C.S.D.D. 29.12. las anteriores pautas, no agotan las posibilidades de los correctivos pedagógicos que la institución pueda aplicar a sus educandos, siempre y cuando en ellos esté implícita su formación integral. ARTÍCULO 30° SANCIONES Teniendo en cuenta que puede ser aplicada tanto por el comité orientador como por el C.S.D.D. y que a esta instancia se llega por reincidencia, por acumulación o por la gravedad de las acciones incorrectas y que existan parámetros legales para sancionar a los menores de edad y además que la filosofía de la institución propugna por la equidad y la justicia, se contemplan las siguientes sanciones.

30.1. Retiro temporal con trabajo pedagógico: será aplicado por el C.O., cuando la situación lo amerite y será máximo por tres días. El alumno deberá al finalizar presentar un trabajo escrito encaminado a su formación integral. 30.2. Contrato en observación: es la sanción disciplinaria que exige del estudiante un comportamiento ejemplar durante el resto del año escolar, como requisito para conservar la categoría de alumno Ietsiano: tendrá vigencia efectiva de un año calendario. Es aplicada por el C.S.D.D. 30.3. Retiro de documentos: Consiste en que el C.S.D.D. le solicita al padre de familia o acudiente que retire voluntariamente a su hijo o acudido; solicitud que debe ser acatada inmediatamente, y este no podrá reingresar a la institución en el año lectivo siguiente a la sanción. 30.4. Cancelación del contrato: Es la pérdida de la categoría de estudiante Ietsiano y la rotura del compromiso bilateral entre la institución y el estudiante. Puede darse cuando el estudiante vuelve a cometer acciones incorrectas teniendo el contrato en observación, o cuando se niegue a retirar sus documentos habiéndoselo solicitado el C.S.D.D. o cuando la gravedad de la falta así lo amerite. esta sanción debe ser determinada por el C.S.D.D. y ejecutada mediante resolución de Rectoría, en la cual estará estipulado el tiempo de duración de la sanción. ARTICULO 31°. El alumno que sea sancionado se hace acreedor a que su comportamiento general sea evaluado con el concepto adecuado a la situación en ese periodo. ARTICULO 32°. La evaluación del comportamiento general a los estudiantes se realizará al finalizar cada uno de los periodos en que está dividido el año escolar, teniendo en cuenta la siguiente escala conceptual: Excelente, Bueno, Regular . Esta se hará en plenaria de docentes, dirigida por la coordinadora, teniendo en cuenta el

observador del alumno y las actas de los comités orientador y superior de disciplina. ARTICULO 33°. El concepto definitivo de comportamiento general, es decir el que aparece en los certificados de cada año escolar, será el que obtenga el estudiante en la evaluación final del año lectivo, teniendo en cuenta los progresos o los desfases en el comportamiento en el transcurso del año. Para tal evaluación se aplicará el mismo procedimiento realizado en los periodos anteriores. Si un estudiante evaluado con Regular o si se le comprueba el reiterado incumplimiento de los deberes, perderá el derecho a permanecer en la institución en el año siguiente. Tales decisiones serán consignadas en acta firmada por todos los docentes y la coordinadora, registradas en el observador del alumno. Copia de esta será remitida a la rectoría para la expedición de la resolución correspondiente.

ARTICULO 34° ESTIMULOS PARA LOS ESTUDIANTES 34.1. A los estudiantes del grado 11 mejores ICFES se harán acreedores una medalla al mérito. 34.2. La Institución dotará de implementos de trabajo con cargo al mismo, a los estudiantes que participen en eventos deportivos, culturales, banda marcial, otros. 34.3. Los estudiantes que sobresalgan en su rendimiento académico y comportamiento social, se harán merecedores a participar, honoríficamente, en estos certámenes. 34.4. Exaltar e imponer medallas de excelencia como mejor estudiante al término de la Básica Secundaria (Noveno Grado) y mejor estudiante al término de la Media Técnica y demás grados. A los estudiantes que obtengan los mejores registros escolares de valoración y excelente comportamiento social. (Decreto 1860/ 94. Articulo 51.).

34.5. Izar el pabellón Nacional cuando el estudiante obtenga un rendimiento académico Superior y su comportamiento general durante el periodo sea Excelente. 34.6. Mención de Honor y exoneración del pago de pensión en el siguiente año escolar para los primeros alumnos de cada grado que se destaquen por su excelente rendimiento académico, y disciplinario durante todo el año. ( Art. 101 de la Ley. ). 34.7. Celebración del día del estudiante en la fecha establecida en el calendario académico. 34.8. Premiación al estudiante más destacado en la Banda Marcial y en otras actividades culturales. 34.9. Notas de felicitación individual o colectiva por actuaciones meritorias. 34.10. Menciones Honoríficas por conducta y aprovechamiento excelente. 34.11. Otorgar Mención de Honor a los estudiantes que se destaquen en los diferentes eventos, actividades científicas y culturales del año. 34.12. Otorgar Mención de Honor al estudiante o estudiantes que se destaque (n) como mejor (es) deportista (s) durante al año lectivo con buen rendimiento académico y comportamiento general. 34.13. Mención de Honor al estudiante o estudiantes de cada grado, que con previo seguimiento de los profesores se hayan distinguido como líder (es) de su grado. 34.14. Matricula de Honor en el siguiente año escolar para el estudiante que haya izado el Pabellón Nacional el mayor número de veces y registrado en el libro de actas de actas. . PARAGRAFO: El Rector determinará por medio de Resolución Interna el otorgamiento de estos estímulos y menciones de acuerdo con el concepto de los profesores, la cual será leída públicamente en el acto de clausura o graduación.

CAPITULO VI

UNIFORMES UNIFORME PARA EL PERSONAL FEMENINO: Zapato negro colegial. Media blanca. Falda azul oscura. Buzo blanco sport manga corta. Saco azul oscuro cuello V. . UNIFORME PARA EL PERSONAL MASCULINO: Zapatos colegiales negros. Medias blancas. Pantalón azul oscuro. Buzo blanco sport manga corta. Saco azul oscuro cuello V. UNIFORME DE EDUCACION FISICA: Tenis blancos. Medias blancas. Sudadera vinotinto y rallas amarillas en los costados. Pantaloneta vinotinto con franjas laterales. Camiseta blanca. Chaqueta vinotinto con franjas laterales en las mangas.

UNIFORME DE GALA: El mismo de diario pero con los siguientes cambios: Camisa blanca manga larga, Corbata azul oscura.

CAPITULO VII

EVALUACION Y PROMOCION EVALUACION - AUTO EVALUACION - COEVALUACUON HETEROEVALUACION EVALUAR, es medir, observar e identificar los aciertos, dificultades, deficiencias y limitaciones en todos los procesos, y en general en toda gestión Educativa EVALUAR, es comparar, diagnosticar, analizar e identificar necesidades y problemas, a fin de priorizarlos y darles tratamiento y solución adecuados. EVALUAR, es emitir juicios de valor, juzgar, apreciar, estimar, criticar y/o valorar aspectos y situaciones de sujetos y objetos, componentes de una estructura o de un sistema. EVALUAR, es verificar el cumplimiento de los objetivos y metas implementados en el plan de estudio, lo que se traduce en medir la congruencia de los resultados con los fines y políticas establecidos. LA EVALUACION DEL RENDIMIENTO ESCOLAR, es un proceso sistemático e integral, que tiene como propósito obtener información confiable y precisa para procesarla, y aplicar los correctivos, cuyos resultados deben conducir a mejorar la calidad y los servicios educativos. AUTO EVALUACION. El educando valora personalmente en forma objetiva el LOGRO alcanzado, en la adquisición de conocimientos, habilidades o cambios de conductas, en las diferentes áreas del conocimiento o formación. Es tarea del docente sensibilizar al alumno para que adopte una responsabilidad y criterios para autoevaluarse en algunos momentos del proceso pedagógico. COEVALUACION. El educando valora en forma responsable y sin egoísmos el alcance de los LOGROS de sus compañeros de equipo. Cuando el estudiante esté lo suficientemente preparado para

autoevaluarse, podrá reunirse con otros compañeros de EQUIPO y evaluarse recíprocamente lo que permitirá que se adquiera compañerismo y cooperación. HETEROEVALUACION. Los dos procesos anteriores conducen a que todo el grupo se AUTOEVALUE.

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