Delitos Contra la Salud Pública

Coltic 2012 Congreso Latinoamericano de Técnicas de Investigación Criminal Delitos Contra la Salud Pública Dr Fernando G. Cardini Director Académico

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Coltic 2012 Congreso Latinoamericano de Técnicas de Investigación Criminal

Delitos Contra la Salud Pública

Dr Fernando G. Cardini Director Académico Escuela de Derecho Penal y Ciencias Forenses Aplicadas

Coltic 2012 • LA EXPRESIÓN "SALUD PÚBLICA" • Se entiende por salud pública, la salud de todos, la de la población en general, de manera indeterminada y que va más allá de la suma de las saludes individuales de los habitantes. La salud pública, es responsabilidad de los poderes públicos de los estados, es a ellos a quienes corresponde la organización de todas las actividades comunitarias que directa o indirectamente preserven la salud de la población.

Coltic 2012 • LA EXPRESIÓN "SALUD PÚBLICA" • Las estrategias y políticas en salud pública se basan en los conocimientos científicos más avanzados obtenidos a partir de diferentes disciplinas, tratándose por tanto de una actividad multidisciplinar, eminentemente social, cuyo objetivo final es la salud de la población. • Con la protección de la salud pública, el Estado pretende aportar a los ciudadanos la máxima seguridad de los productos y servicios a los que se accede a través del mercado.

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Delitos contra la salud publica • En este tipo de delitos, son dos los extremos de difícil prueba: la autoría del daño causado y el nexo de causalidad. Por eso, la legislación sanciona estos delitos de peligro abstracto, que se adelanta al daño más grave, en cuanto a que las penas impuestas recaen sobre aquel que simplemente ponga en peligro la salud pública, sin que para que operen sea necesario que se haya configurado la lesión especifica en algún consumidor.

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• Casos en el Mundo • España: 20.000 personas intoxicadas y más de 2.500 fallecidos fue el resultado de la adulteración del aceite de Colza en la década del 80. • La epidemia se debió a un aceite de colza desnaturalizado con anilinas y derivados del fenilaminopropandiol (PAP)

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EEUU: En 1982, la empresa Johnson & Johnson se vio en problemas cuando siete personas de Chicago que habían consumido píldoras de Tylenol, un analgésico de venta libre, murieron intoxicadas con CIANURO La retirada del producto del mercado, (“recall” en inglés), fue la estrategia seguida por otras empresas en crisis posteriores. Tales fueron los casos de Bayer en 1997, con un medicamento contra el colesterol, o Perrier en 1990, con su agua mineral contaminada con benceno, entre otros.

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• Casos en el Mundo • USA: 403.000 personas se intoxicaron y más de 100 fallecieron durante la epidemia de crystosporidum en agua de consumo en Milwaukee durante el año 1993. • Este hecho sin precedentes en la historia de la salud pública de los Estados Unidos fue debido a la contaminación de las fuentes de abastecimiento de agua potable de la ciudad.

Crystoporidium

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Casos en el Mundo Bebidas Adulteradas Nicaragua : En setiembre de 2006, 700 personas se intoxicaron con metanol y 50 murieron como resultado de la adulteración de licor con metanol.

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EEUU: El presidente de la compañía Perrier, Gustave Leven, anunció el 14 de febrero de 1990 el retiro en todos los mercados del mundo, excepto el francés, de todas las botellas de la célebre agua mineral. Leven afirmó que no había "medias medidas posibles" tras el descubrimiento en Estados Unidos de varias botellas de Perrier contaminadas con benceno. El número de botellas de Perrier distribuidas en esos momentos en los mercados exteriores se calculó en unos 160 millones.

Las acciones cayeron en 24 hs. el 12%

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En Europa: Vacas locas y dioxina – 1996 el mal de las vacas locas, en Reino Unido. – 1999 los pollos contaminados con dioxinas en Bélgica.

– 2004 y 2006 en Holanda y Bélgica respectivamente se detectaron dioxinas en la leche de los animales como consecuencia de la contaminación del pienso. – 2008 cerdos contaminados con dioxina en Irlanda

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EEUU/España: La multinacional Bayer ordenó el 8 de agosto de 2001 el retiro mundial de Lipobay, un extendido medicamento contra el colesterol. La medida se tomó después de haberse registrado 31 muertes en EE UU y cuatro en España por tomar el principio activo de este fármaco -la cerivastatina- en dosis excesivas o combinado con un medicamento contra los triglicéridos. El Ministerio de Sanidad Español recomendó a las 200.000 personas que los consumen que acudan al médico para que les cambie el tratamiento. En todo el mundo seis millones de personas tomaban Lipobay o Baycol (los dos nombres del producto).

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Crisis de Lipobay

Argentina: repercusiones por los afectados al Lipobay

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• Casos como el de España con el aceite de colza, o la enfermedad europea “de las vacas locas” y los pollos con dioxina, entre otras se suman a los que se han registrado en nuestro país, como sucedió en los llamados casos “Laboratorio Huilen” y los vinos “Mancero” y “Soy Cuyano”, sin perjuicio de que muchos otros sucesos similares se han producido pero no han tenido la repercusión de los que recientemente se mencionan y que han sido elegidos como materia objeto del presente análisis.

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Casos en Argentina Bebidas Adulteradas Caso “Soy Cuyano” y “Mancero”. Vinos estirados que causaron la muerte de 26 personas por envenenamiento con metanol en 1993. La lucha contra todo tipo de fraude vínico está respaldada por el Código Penal, así como la ley 14878 dispone en su art. 31 penas de tres a diez años y establece que a los fines de la calificación del delito, los jueces juzgarán cometida adulteración o falsificación, cuando cualquiera de los productos comprendidos en esa ley se le haya agregado elementos extraños a su composición natural y especialmente materias colorantes, ácidos minerales y edulcorantes no provenientes de la uva.

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Medicamentos Falsificados • De hecho, hoy en Argentina, está abierta la investigación por una adulteración de inyecciones de hierro, “Yectafer”. • Entre noviembre 2004 y el 1º semestre de 2005 se produjeron 35 intoxicaciones por la administración de Yectafer falsificado que ha provocado por lo menos tres muertes comprobadas por causa de la administración de este medicamento, sin que se sepa al momento quienes son los autores de este delito contra la salud pública. Los casos se produjeron en Capital Federal, Provincia de Buenos Aires, Entre Ríos, Río Negro, Chubut y Neuquén

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The Odwalla Outbreak • En Estados Unidos de Norteamérica, el 8 de noviembre de 1996 muere una beba de 16 meses por una infección bacteriana que le provoca una falla pulmonar y cardíaca. • Otros 49 niños aparecen infectados en el noroeste de EEUU, la causa de la infección un jugo de manzana no pasteurizado hecho por la firma Odwalla. • La bacteria es la escherichia coli 0157:H7.

Anne

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The Odwalla Outbreak • La causa detectada fue que las manzanas caídas al suelo eran recogidas para fabricar el jugo. • Estas manzanas estaban contaminadas con heces animales.

• El jugo fabricado con estas manzanas y sin pasteurizar producía una bebida que infectaba a quien la bebiese y presentaba un alto riesgo de muerte a menores de 5 años.

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The Spinach Outbreak • El 14 de setiembre de 2006 la FDA confirmó la epidemia con espinaca de la Companía “Natural Selection Foods”que a esa fecha había producido la muerte de una persona y la internación de otras 100 infectadas con E Coli 0157:H7. • La FDA lanzó un comunicado a nivel nacional para alertar a la población debido a que se habían reportado casos en más de 20 estados del todo el país. Inmediatamente todas las principales cadenas de supermercados dejaron de vender estos productos naturales.

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Inocuidad de los Alimentos – Los alimentos para circular libremente en el mercado y ser aptos para el consumo humano deben ser inocuos. – La inocuidad de un alimento es un concepto mucho más amplio que simplemente estar libre de microorganismos patógenos.

– Ser inocuos significa no afectar la salud humana en el corto o mediano plazo e inclusive no afectar la salud de su decendencia.

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• La necesidad de que intervenga el Estado surge ante la imposibilidad factual de que los ciudadanos, por sí mismos, no pueden conocer la nocividad o riesgo de un bien de consumo, dadas las extremadamente complejas circunstancias en que se fabrican, elaboran y distribuyen los productos de consumo. Las mismas premisas se aplican y son válidas en la prestación de servicios tanto públicos como privados.

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• La salud pública de los consumidores y usuarios es el conjunto de condiciones objetivas que aseguran el bienestar físico y psíquico de los ciudadanos. El concepto de salud pública abarca tanto la sanidad como la salubridad y la higiene, e incluso debe comprender el riesgo para la vida y/o la integridad física.

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Delitos contra la salud pública Leyes de “Fondo” que regulan y tipifican los delitos relacionados con infracciones en estas áreas. 1) Código Penal (delitos contra la salud Pública) 2) Código Alimentario Nacional (CAA). 3) Leyes en el orden Nacional sobre Medicamentos y Alimentos (Producción, comercialización y ejercicio profesional relacionado con la salud)

Coltic 2012 • Ahora bien, cierto es que la sustancia (Alimento, Medicamento) en sí misma no tiene de por sí la potencialidad dañosa, sino que, es menester que un agente externo adultere dicha esencia para transformarla en dañina. • Es ante la acción de un tercero que la sustancia adopta la característica de ser apta para causar un daño, y en esta esfera es cuando hace su aparición el Derecho Penal, previniendo y sancionando toda conducta que por acción u omisión modifique estas sustancias inicialmente inofensivas en unas de tipo altamente perjudicial para la salud humana.

Coltic 2012 • Entiende nuestra Constitución Nacional que la salud – estado de bienestar psico-físico general- es un derecho tutelado por ella y elevado a rango de derecho fundamental. • El porque de la importancia de prevenir y evitar este tipo de delitos, viene dada por una razón muy simple: en muchos países son muchos los damnificados que enferman o mueren a raíz del consumo de productos que han sido adulterados o que se presentan inaptos para el consumo producto de la falta de control o higiene en la cadena productiva y/o de comercialización.

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• Si el Estado debe procurar las condiciones objetivas necesarias para garantizar la seguridad de los ciudadanos, le es exigible también controlar los riesgos derivados de los productos y servicios que se ofrecen en el mercado.

Coltic 2012 • Otro aspecto que dificulta la investigación en estos casos, es la envergadura que posee la fabricación y distribución de las sustancias alimenticias o medicamentosas. Basta con imaginar la cadena que se forma entre aquel que ha dado la orden de la elaboración, hasta la venta y llegada a los consumidores de los productos. Mucho más aún si en el proceso interviene alguna empresa transnacional, ya sea en la fabricación o en la logística de los productos.

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Código Penal • Como se mencionó, entre los artículos 200 a 208 del Código Penal Argentino, se encuentran regulados los delitos contra la salud pública. • Este capitulo del Código mencionado se ocupa de aquellos delitos de daño, teniendo en cuenta específicamente, el peligro que estas conductas descriptas representan para la seguridad de la población en general.

Coltic 2012 • ARTICULO 200. - Será reprimido con reclusión o prisión de TRES (3) a DIEZ (10) años y multa de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) a PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000), el que envenenare, adulterare o falsificare de un modo peligroso para la salud, aguas potables o sustancias alimenticias o medicinales destinadas al uso público o al consumo de una colectividad de personas. • (Artículo sustituido por art. 1° de la Ley N° 26.524 B.O. 5/11/2009)

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• ARTICULO 201. - Las penas del artículo precedente se aplicarán al que vendiere, pusiere en venta, suministrare, distribuyere o almacenare con fines de comercialización aguas potables, sustancias alimenticias o medicinales o mercaderías peligrosas para la salud, disimulando su carácter nocivo. • (Artículo sustituido por art. 2° de la Ley N° 26.524 B.O. 5/11/2009)

Coltic 2012 • ARTICULO 201 bis. - Si como consecuencia del envenenamiento, adulteración o falsificación de aguas potables o sustancias alimenticias o medicinales, resultare la muerte de alguna persona, la pena será de DIEZ (10) a VEINTICINCO (25) años de reclusión o prisión; si resultaren lesiones gravísimas, la pena será de TRES (3) a QUINCE (15) años de reclusión o prisión; si resultaren lesiones graves, la pena será de TRES (3) a DIEZ (10) años de reclusión o prisión. • En todos los casos se aplicará además multa de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) a PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000).

Coltic 2012 •ARTICULO 202. - Será reprimido con reclusión o prisión de tres a quince años, el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas. Artículo 203 del Código Penal de la Nación que condena con penas de multa y prisión al que: "... por imprudencia o negligencia o por impericia en el propio arte o profesión o por inobservancia de los reglamentos u ordenanzas”, realizare las actividades dolosas estipuladas en el artículo 201 del mismo Código de fondo que son: "... vendiere, pusiere en venta, entregare o distribuyera ... mercaderías peligrosas para la salud”

Coltic 2012 • ARTICULO 204.- Será reprimido con prisión de SEIS (6) meses a TRES (3) años el que estando autorizado para la venta de sustancias medicinales, las suministrare en especie, calidad o cantidad no correspondiente a la receta médica, o diversa de la declarada o convenida, o excediendo las reglamentaciones para el reemplazo de sustancias medicinales, o sin la presentación y archivo de la receta de aquellos productos que, según las reglamentaciones vigentes, no pueden ser comercializados sin ese requisito. • (Artículo sustituido por art. 5° de la Ley N° 26.524 B.O. 5/11/2009)

Coltic 2012 • ARTICULO 204 bis.- Cuando el delito previsto en el artículo anterior se cometiere por negligencia, la pena será de multa de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) a PESOS CIEN MIL ($ 100.000). • (Artículo sustituido por art. 6° de la Ley N° 26.524 B.O. 5/11/2009) • ARTICULO 204 ter.- Será reprimido con prisión de UNO (1) a CUATRO (4) años y multa de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) a PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000), el que produjere o fabricare sustancias medicinales en establecimientos no autorizados. • (Artículo sustituido por art. 7° de la Ley N° 26.524 B.O. 5/11/2009)

Coltic 2012 • Ley 18.284 18/07/69 Código Alimentario Argentino Decreto 2126/71- Reglamentario de la Ley 18.284 • El artículo 21 del CAA, hace especial mención de la capacitación de los manipuladores de alimentos, y el inciso d, se transcribe a continuación. • La Dirección de la empresa, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Nº 587/97 (M.S. y A.S.), que ha incorporado al Código Alimentario Argentino, la Resolución GMC 86/96, deberá, dentro del plazo de 1 (UNO) año, contado a partir del momento en que las personas obtengan la Libreta Sanitaria, efectuar la capacitación primaria del personal involucrado en la manipulación de alimentos, materias primas, utensilios y equipos a través de un curso instructivo.

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Alimento alterado Ha sufrido, por causas no provocadas, variaciones en sus características organolépticas (olor, sabor, textura...), composición química o valor nutritivo. Su aptitud para la alimentación es nula, aunque se mantenga inocuo. Un alimento perecedero se altera de forma fácil y rápida y, por tanto, necesita medios de conservación adecuados.

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Alimento contaminado Contiene microorganismos como bacterias o virus u otros organismos como parásitos, así como sustancias químicas o radiactivas e incluso objetos extraños de forma accidental, susceptibles de producir o transmitir enfermedades.

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Alimento contaminado Es el que contenga: a) Agentes vivos (virus, microorganismos o parásitos riesgosos para la salud), sustancias químicas, minerales u orgánicas extrañas a su composición normal, sean o no repulsivas o tóxicas. b) Componentes naturales tóxicos en concentración mayor a las permitidas por exigencias reglamentarias.

Coltic 2012 Alimento adulterado Leche adulterada en China

Se ha añadido o quitado de forma premeditada alguna sustancia con fines fraudulentos y se ha modificado para que varíe su composición, peso o volumen, o para encubrir algún defecto.

Coltic 2012 Alimento falsificado El que tenga la apariencia y caracteres. generales de un producto legítimo protegido o no por marca registrada, y se denomine como éste sin serlo o que no proceda de sus verdaderos fabricantes o zona de producción conocida y/o declarada.

Europa un 30% de las botellas de vino que se venden son falsificaciones

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Alimento nocivo. Aunque se use con prudencia, tiene un efecto negativo para la salud del consumidor, bien en el momento del consumo o tras su ingesta repetida. Esto se debe a que su contenido en sustancias tóxicas, propias (naturales) o extrañas (contaminantes), o la presencia de organismos o microorganismos patógenos en los alimentos es superior a los límites permitidos considerados seguros y aptos para el consumo. Algunos alimentos no son nocivos para el consumidor medio, pero pueden tener efectos perjudiciales para sectores concretos, como celiacos o diabéticos.

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Bacterias Morfología microscópica de bacterias que se observan frecuentemente en los alimentos.

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Formación de Esporas En ambientes adversos, ciertos grupos de bacterias forman estructuras de resistencia (protección), denominadas esporas. Ej.: las especies de Clostridium y Bacillus. las bacterias esporuladas son más resistentes al calor que las no esporuladas . Espora madura

Célula normal reproduciéndose

Ciclo de Esporulación Bacteriana

Desarrollando cobertura del núcleo

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Empanadas: Clostridium perfringens (carne).

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Botulismo

Estas esporas generan toxinas durante el tiempo que el alimento permanece envasado. Cuando ingerimos el alimento, viene acompañado de la toxina, en este caso toxina botulínica producida por la bacteria Clostridium botulinum.

bacteria

toxina

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Botulismo Probablemente a alguien le suene el nombre de la toxina, es porque está de moda y no precisamente por sus efectos perjudiciales para la salud. La toxina botulínica, conocida como Botox en el mundo de la cirugía estética se la aplican alegremente en el rostro -sobre todo frente y patas de gallolos famosos de Hollywood y demás obsesos de la tersura dérmica -enemigos de la arruga-. Esto es así, porque entre otras, el Botox, tiene la propiedad de relajar los músculos faciales camuflando, mientras dure el efecto, las imperfecciones de la edad. toxina

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Organismos encargados de control y fiscalización 1) INAME (Instituto Nacional de Medicamentos) 2) INAL (Instituto Nacional de Alimentos) 3) ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Medica) 4) ADUANAS 5) SENASA (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria) 6) IASCAV (Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal) 7) Organismos Provinciales y Municipales (Salud, Bromatología, etc.)

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Inocuidad de los Alimentos – Los alimentos para circular libremente en el mercado y ser aptos para el consumo humano deben ser inocuos. – La inocuidad de un alimento es un concepto mucho más amplio que simplemente estar libre de microorganismos patógenos. – Ser inocuos significa no afectar la salud humana en el corto o mediano plazo e inclusive no afectar la salud de su decendencia.

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Inocuidad de los Alimentos

– Por lo tanto deberán estar excentos de patógenos, alergenos, sustancias tóxicas, vitaminas y aditivos en exceso, elementos radiactivos, carcinogénicos, mutágenos, etc.

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Inocuidad de los Alimentos •

Cifras que se manejan – 80 % de las enfermedades producidas en seres humanos estan vinculadas directa o indirectamente con los alimentos – La mayoría de estas enfermedades no se declaran a la autoridad sanitaria (solo el 1% llegan a la consulta médica) – En 1997 se estimaron casi 600.000 casos de enfermedades causadas por alimentos (20.000 hospitalizaciones). Los costos en salud se calcularon en 8 millones de dólares.

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Inocuidad de los Alimentos •

Cifras que se manejan – La letalidad de las enfermedades causadas por alimentos se calcula en 1,5 % y los grupos mas susceptibles son los niños, adultos mayores e inmunodeprimidos. – Estadísticamente el 50 % de las enfermedades transmitidas por alimentos (ETA) se originan por malas prácticas de manipulación de alimentos en el hogar.

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CDC estima que cada año 1 de cada 6 estadounidense se enferma (48 x 106) de los cuales 128.000 son hospitalizados y 3.000 se mueren por enfermedades trasmitidas por alimentos. Las estimaciones del 2011 suministran la imagen mas precisa, hasta ahora, de que las bacterias y los virus causan la mayoría de las enfermedades transmitidas por alimentos y se estima causan las enfermedades trasmitidas por alimentos cuyo causa se desconoce. Esto sería lo expresado por el CDC en el párrafo siguiente:

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– Cifras que se manejan (cont.) –

– –



En 2011 según el Departamento de Epidemiología de la Ciudad Autònoma de Buenos Aires, los casos de ETAs en todo el país disminuyeron de 9586 casos en 2008 a 6586 en 2011 ??? Las verdaderas cifras que se manejan segun la OMS son varios cientos de miles de casos con aprox 20.000 muertes al año. Lo que equivaldría 2 veces las muertes por accidentes de tránsito en la Argentina (9.000 por año) Sólo por SUH en 2006 se registraron 40 casos por cada 100.000 chicos menores de 5 años. Fuente: boletín epidemiológico annual, pag 34.

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Inocuidad de los Alimentos – La inocuidad de los alimentos en el mercado no se garantiza solamente con Sistemas de Calidad, con Buenas Pácticas de Manufactura (GMP), con Procesos bajo normas ISO, con Sistema HACCP, con procesos Seis Sigma o Sistemas de mejora contínua. – Si bien estos sistemas son necesarios para prevenir accidentes y/o desvios de proceso, errores humanos, etc.; no son suficientes para evitar acciones intencionales de sabotaje, extorsión o bioterrorismo.

Coltic 2012 Diferentes organizaciones internacionales han promovido y fortalecido estos mecanismos, entre ellas, la FAO, el Codex Alimentarius, y la OMS, acordando que la Bioseguridad está constituida por tres elementos fundamentales que son: Evaluación del riesgo • Gestión del Riesgo • Comunicación del riesgo

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Riesgo • Una función de la probabilidad de que se produzca un efecto adverso para la salud y la gravedad de este efecto, como consecuencia de la exposición a uno o más peligros presentes en los alimentos.

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Peligro • Agente biológico, químico o físico presente en un alimento, o condición del mismo, que pueden ocasionar un efecto nocivo para la salud.

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– Se dice que una persona se puso en "riesgo" cuando está "expuesta" a un "peligro" y la magnitud del riesgo es una función de la peligrosidad de la substancia y de la magnitud de la exposición. RIESGO = f (EXPOSICIÓN, PELIGRO)

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RIESGO = f (EXPOSICIÓN, PELIGRO) – Para que exista un riesgo es necesario que se esté expuesto a una substancia y que esta exposición represente un peligro para la salud. Se necesitan tanto el peligro como la exposición, si alguno de ellos es igual a cero entonces no hay riesgo.

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RIESGO = f (EXPOSICIÓN, PELIGRO) – La toxicidad es una medida del peligro inherente de la substancia.

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Evaluación de Riesgos – Evaluación científica de los efectos adversos para la salud, conocidos o potenciales, resultantes de la exposición humana a peligros transmitidos por los alimentos. – El proceso consta de los siguientes pasos: • 1) identificación de los peligros, • 2) caracterización de los peligros, • 3) evaluación de la exposición • 4) caracterización de los riesgos.

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Análisis de Riesgo Para esta charla dejaremos de lado el estudio y análisis de otros tipos de riesgo a que está sometida la industria (secuestros extorsivos, atentados, accidentes, daños a la integridad de instalaciones o personas, etc) para abocarnos a lo que más está afectado el producto alimenticio e interviene el laboratorio analítico: al error humano y al biocrimen.

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Análisis de Riesgo Un concepto mas amplio de analisis de riesgos es agregar a los conceptos del Codex, las acciones criminales e intencionales de contaminacion en alimentos que puedan cometerse. Cómo se comete el Biocrimen? • Microorganismos Vivos • Toxinas microbianas • Venenos de Plantas y animales • Tóxicos en Alimentos y Bebidas Hídricas de Consumo

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Análisis de Riesgo Qué motiva al Biocrimen

Extorsión

Sabotaje

Bioterrorismo

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Clarín Viernes 22/10/04

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Regla de oro de la Toxicología Tóxico: Todo agente físico o químico que altere algún equilibrio bioquímico fundamental para la vida.

La dosis es el veneno… no la sustancia

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Regla de oro de la Toxicología Actualizada Si la Dosis es el VENENO no la SUSTANCIA vale el dicho popular que expresa esta idea "poco veneno no mata". …siempre y cuando la SUSTANCIA no sea CARCINOGÉNICA

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Tóxicos en Alimentos “si es natural es bueno…y no mata a nadie” – Taninos en café, te, vinos tintos, y alimentos derivados de plantas – Glicósidos cianogenéticos en almendras, sorgo, lima, maíz, batatas, garbanzos, castañas de cajú, – Solanina y chaconina en papas (especialmente brotadas)

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Cancerigenos en Alimentos “si es natural es bueno…y no mata a nadie” •

Cancerígenos y mutágenos en alimentos naturales

– Nitrosaminas y sus precursores (nitratos) en verduras como remolacha, apio, lechuga espinaca, rabanitos, etc. – Aflatoxinas en maní, soja, cebada, trigo y otros granos – Hidrazinas en hongos comestibles. – Benzopirenos en lechuga, col, germen de trigo, espinacas – Alcaloides de la Pirrolizidina en tés de hierbas, tisanas y remedios caseros.

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Cancerígenos en Alimentos • “si es natural es bueno…y no mata a nadie” • Ahumado • El ahumado fue un método de conservación de alimentos (pescados y carnes) que se ha transformado en un proceso para dar las propiedades sapidoaromáticas buscadas por el consumidor. Sin embargo este ahumado en muchos casos puede incorporar contaminantes que puede aumentar la toxicidad del alimento. Dioxina, aminas heterocíclicas y benzopirenos entre otros son los cancerigenos que podemos hallar en los alimentos ahumados

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Cancerígenos en Alimentos Migración Peligrosa Si los envases de PVC son sometidos a cambios bruscos de temperatura o a fuentes de energía electromagnética producen migración de cancerígenos al alimento

Si bien muchos recipientes de plástico se consideran e incluso se etiquetan como aptos para el microondas y, aunque éstos generalmente son transparentes a las microondas y dejan que éstas lleguen al alimento, "muchos envases no resisten la temperatura que alcanza la comida durante su cocinado en microondas y se desestabilizan, alteran o funden parcialmente.

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Cancerígenos en Alimentos Migración Peligrosa En estos casos puede producirse migración de los componentes del envase al alimento (plastificantes, monómeros y oligómeros del plástico, metales pesados de los masterbach, etc.). PVC fuente de los siguientes Cancerígenos • Plomo • Cadmio • Ftalatos • Dioxinas. • Cloruro de Vinilo

si

no

si

si

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Alergenos en Alimentos

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Caso de E. coli O157:H7 En julio del 2003 se produce la muerte de un niño de 7 años, que estuvo supuestamente intoxicado con la toxina shiga después de 85 días de que fuera internado en marzo de ese mismo año. Se sospechó de una hamburguesa que había comido durante el mes de febrero en un local de comidas rápidas en la ciudad de La Plata. Tres meses después del supuesto hecho el juzgado interviniente tomó muestras de “carne cruda “ del local y en diciembre de 2003 el informe confirmaba la presencia de E Coli en esa carne. La investigación fue tan desastrosa que jamás se supo cual fue la causa de muerte , incluso hasta se sospecho que no habia sido Síndrome Urémico Hemolítico producido por E. Coli 0157 H7 sino una infección con shigella. De la autopsia no se aisló la bacteria “asesina” y las muestras tomadas no sirvieron para probar nada, ya que el niño comió “carne cocida” , no cruda…

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Microbiología Forense

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E. coli O157:H7 En una investigación donde se presume una intoxicación o infección alimentaria producida por un patógeno, deberá aislarse de la victima el microorganismo que produjo la enfermedad y realizar estudios genéticos que permitan asociar a la materia prima, al producto final , a los operadores, equipos, etc. Que permitan obtener la prueba irrefutable de cómo se cometieron los hechos.

160 F son 71,11 Celsius

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E. coli O157:H7 Investigación Criminal en los delitos a la salud pública •Materias Primas •Procesos •Gestión en Sistemas de Calidad. •Polìticas •Procedimientos •Métodos •Análisis de Riesgo •Capacitación •Estadisticas

Pericias Básicas • Médico legales • Toxicológicas • Microbiológico Forense • Biológicas • Químico Forenses • Control Estadístico • Gestión en Seguridad Alimentaria

Coltic 2012 Congreso Latinoamericano de Técnicas de Investigación Criminal Gracias por su atención Dr Fernando G. Cardini Director Académico Escuela de Derecho Penal y Ciencias Forenses Aplicadas [email protected] www.tecnicasinvcriminal.com.ar

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