DESTREZAS Y HABILIDADES DEL JUEZ EN AUDIENCIA PARA LA APLICACIÓN DEL CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS (COGEP)

DESTREZAS Y HABILIDADES DEL JUEZ EN AUDIENCIA PARA LA APLICACIÓN DEL CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS (COGEP) 2. EL ROL DE LA O EL JUEZ EN LA DI

9 downloads 296 Views 732KB Size

Recommend Stories


CODIGO ORGANICO GENERAL DE PROCESOS, COGEP
CODIGO ORGANICO GENERAL DE PROCESOS, COGEP Ley 0 Registro Oficial Suplemento 506 de 22-may.-2015 Estado: Vigente NOTA GENERAL: Por Mandato de la Dispo

Habilidades y destrezas
Contexto. Proyecto. Actividades de equilibrio

LAS HABILIDADES Y DESTREZAS MOTORAS
DESARROLLO EVOLUTIVO Y DE APRENDIZAJE MOTOR LAS HABILIDADES Y DESTREZAS MOTORAS CIPRIANO ROMERO CEREZO Didáctica de la Expresión Corporal Universidad

El movimiento en el desarrollo de habilidades y destrezas; y estimulo del aprendizaje motor
El movimiento en el desarrollo de habilidades y destrezas; y estimulo del aprendizaje motor Lic. Carlos Anicama Aguilar Tecnologo medico en Terapia f

EL JUEZ DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA Y LA SEPARACIÓN DE SUS FUNCIONES COMO JUEZ DE AUDIENCIA Y JUEZ DE DESPACHO
Este documento corresponde al trabajo final del Curso Intermedio "Instrumentos para la Implementación de un Sistema Acusatorio Oral" VI PROGRAMA INTER

LA POSICION DEL JUEZ EN PANAMA
TOMADO DE: La Justicia como Garante de los Derechos Humanos: La Independencia del Juez. Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicarag

Story Transcript

DESTREZAS Y HABILIDADES DEL JUEZ EN AUDIENCIA

PARA LA APLICACIÓN DEL CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS (COGEP)

2. EL ROL DE LA O EL JUEZ EN LA DIRECCIÓN DE AUDIENCIAS.

El cambio de paradigma La oralidad por sí sola no asegura ningún resultado si no se logra una efectiva inmediación

Cambio de paradigma

El proceso como instrumento

La inmediación como método

EL CAMBIO DE PARADIGMA

SISTEMA ANTERIOR

SISTEMA COGEP

SISTEMA ESCRITO

SISTEMA ORAL

DILIGENCIAS ESCRITAS

DILIGENCIAS VERBALES

MERA LEGALIDAD

GARANTIAS DE DERECHOS

PRINCIPIO DISPOSITIVO

PRINCIPIO DE OFICIOSIDAD

PRINCIPIO DE EXHAUSTIVIDAD

PRINCIPIO DE CONCENTRACION

DILATACION PROCESAL

PRINCIPIO DE CELERIDAD

CONGESTION PROCESAL

DESCONGESTIONAMIENTO PROCESAL

ACTUACIONES PROCESALES SIN INMEDIACIÓN PRINCIPIO DE INMEDIACION

El cambio de paradigma El moderno proceso por audiencias como eje del trabajo de los tribunales

La oralidad con inmediación como método de trabajo en audiencia

La Justicia como un servicio esencial a la sociedad: el justiciable como centro

El juez como director del proceso

Publicidad y Transparencia

Características de la o el juez “Cuatro características corresponden al juez: • Escuchar cortésmente, • responder sabiamente, • ponderar prudentemente y • decidir imparcialmente”. Sócrates (470 AC-399 AC) Filósofo griego.

El rol de la o el Juez en el COGEP • Facultades (Poderes-deberes) • Articulación de rol de “director” del juez con: – Principio dispositivo – Principio de congruencia – Derecho de defensa – Debido proceso INDEPENDENCIA Y CARRERA JUDICIAL

DIRECCIÓN DEL PROCESO (ART. 3 DEL CO.GE.P.)

Rol de la o el Juez en el proceso • ¿Cuáles son los límites de la función de la o del Juez en el proceso? • 4 figuras posibles: – Juez espectador – Juez omnipotente – Juez protector de una de las partes – Juez director

EL ROL DE LA O EL JUEZ EN EL PROCESO

Juez director • Solución intermedia • Facultades (poderes-deberes) del juez son incrementados, pero existe un equilibrio entre sus atribuciones y las facultades de las partes – Co-protagonista en el proceso y autoridad única – No es dictador que prescinde de las partes, pero tampoco un mudo espectador que se desentiende del litigio hasta su fin – Encauza el proceso y lo orienta al descubrimiento de la verdad en los límites de la congruencia y el debido proceso

• Bajo la figura del juez director, a su vez, existen distintos modelos (mayores o menores potestades)

EL ROL DE LA O EL JUEZ EN EL PROCESO

Juez director

• “El proceso debe ser un proceso idóneo para el ejercicio de los derechos: – lo suficientemente ágil como para no agotar por desaliento al actor y – lo suficientemente seguro como para no angustiar por restricción al demandado” (Couture)

ROL DE LA O EL JUZGADOR DIRECTOR DEL PROCESO Tomar en cuenta ciertos principios como :

IGUALDAD DE LOS LITIGANTES

CONCILIAR

LEALTAD , PROBIDAD EN EL PROCESO Y VERDAD PROCESAL

CONTRADICTORIO.

ROL DE LA O EL JUZGADOR DIRECTOR DE LA AUDIENCIA PERTINENCIA: Indicar a las partes los asuntos a debatir y moderar sus intervenciones

PUBLICIDAD: Grabadas solamente por el sistema judicial. Se prohíbe fotografiar, filmar o transmitir la audiencia.

PROCEDENCIA: Ordenar la práctica de pruebas.

ORDEN: Quienes asistan a las audiencias deberán guardar respeto, silencio y acatar las disposiciones judiciales para cumplir el objeto de la audiencia

CONTINUIDAD: Presencia ininterrumpida de la o del juzgador en las audiencias desde su inicio hasta su culminación.

COMUNICACIÓN: Las partes podrán comunicarse libremente con sus defensores durante las audiencias, siempre que ello no perturbe el orden Ref.: Art. 80 y ss. COGEP

DESAFÍO EN EL NUEVO ROL DE LA O EL JUZGADOR UTILIZAR LAS TÉCNICAS Y HERRAMIENTAS JURÍDICAS EN APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS DE CELERIDAD, INMEDIACIÓN, OPORTUNIDAD, CONCENTRACIÓN, SIMPLIFICACIÓN, MOTIVACIÓN E IMPARCIALIDAD PARA CONCILIAR EN AUDIENCIA.

CUIDANDO EL DEBIDO PROCESO, TUTELA Y SEGURIDAD JURIDICA DE LAS PARTES

DESCONGESTIONAMIENTO DE LOS PROCESOS EN APLICACIÓN DE UN SISTEMA DE JUSTICIA EN AUDIENCIA

CONSIDERAR EN AUDIENCIA 

Manejo agenda

Dirección del proceso en audiencia Intervención partes y abogados: límites Complejidad y prueba a diligenciar en audiencia



Tiempo entre una y otra audiencia Contralor de admisión de prueba

 Notificaciones en audiencia  Registro

Recursos en audiencia

EL ROL DEL JUEZ O JUEZA CON LAS PARTES Y ABOGADOS             

LAS PARTES: Comparecer a audiencias o diligencias dispuestas. Intervención directa y activamente. Manejar la verdad. Puntualidad en las diligencias judiciales. ABOGADOS: Comparecencia obligatoria a las audiencias. Asesoramiento técnico jurídico adecuado. Actuar con buena fe y lealtad procesal. Manejar verdad procesal. Actuación proactiva. Control y calidad de la prueba. Colaboración probatoria.

EL ROL DE LA O EL JUEZ EN EL PROCESO • Facultades del Juzgador en audiencia :

“...podrá indicar a las partes los asuntos a debatir, moderar la discusión, impedir que sus alegaciones se desvíen hacia aspectos no pertinentes y ordenar la práctica de pruebas cuando sea procedente (...)” (art. 80 inc. 2)

EL ROL DEL JUEZ EN EL PROCESO • Facultades del Juzgador en audiencia:

“...podrá limitar el tiempo del uso de la palabra...interrumpiendo a quien haga uso manifiestamente abusivo o ilegal de su tiempo. Ejercerá las facultades disciplinarias destinadas a mantener el orden y garantizar su eficaz realización.” (art. 80 inc. 2)

EL ROL DE LA O EL JUEZ EN EL PROCESO •

Facultades del Juzgador en audiencia:

“La o el juzgador dirigirá la audiencia de tal manera que las partes y el público comprendan lo que ocurre” (art. 80 inc. final)

EL ROL DE LA O EL JUEZ EN EL PROCESO

• Facultades del Juzgador en audiencia:

“La o el juzgador que inicie una audiencia debe dirigirla y permanecer en ella.” (art. 81)

EL ROL DE LA O EL JUEZ EN EL PROCESO • Admisión de la prueba:

“La o el juzgador dirigirá el debate probatorio con imparcialidad y estará orientado a esclarecer la verdad procesal.” “...rechazará de oficio o a petición de parte la prueba impertinente, inútil e inconducente.” “...declarará la improcedencia de la prueba cuando se haya obtenido con violación de la Constitución o de la ley.” (art. 160)

EL ROL DE LA O EL JUEZ EN EL PROCESO • Admisión de la prueba:

“La o el juzgador podrá, excepcionalmente, ordenar de oficio y dejando expresa constancia de las razones de su decisión, la práctica de la prueba que juzgue necesaria para el esclarecimiento de los hechos controvertidos. Por este motivo, la audiencia se podrá suspender hasta por el término de quince días”.(art. 168)

EL ROL DE LA O EL JUEZ EN LA DIRECCIÓN DE AUDIENCIAS

• Audiencia preliminar:

“Las manifestaciones de dirección de la audiencia, incluso la proposición de fórmulas de arreglo entre las partes y las ordenadas para el cumplimiento de las actividades previstas en la misma, en ningún caso significarán prejuzgamiento.” (art. 294 numeral 8)

EL ROL DE LA O EL JUEZ EN LA DIRECCIÓN DE AUDIENCIAS

• Facultades correctivas se prevé que los jueces y juezas pueden:

– Devolver los escritos ofensivos o injuriosos, sin perjuicio de la sanción que pudiera imponer – Expulsar de las actuaciones judiciales a quienes alteren su desarrollo o atenten contra su legal evolución (131 del COFJ.; Disposición Reformatoria Segunda del COGEP.)

Herramientas para el nuevo rol de la o el Juez en el COGEP El COGEP consagra

Los principios procesales y sus diversas aplicaciones

Habilidades y destrezas para la dirección de audiencias

LA PRÁCTICA

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.