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Diciembre 2013
PLANES ESPECIALES
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE BURGOS
CONDICIONES DE DESARROLLO DEL SECTOR Plan Especial
Diciembre 2013
PLAN ESPECIAL DE FUENTE DEL REY
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE BURGOS
CONDICIONES DE DESARROLLO DEL SECTOR Plan Especial
Diciembre 2013
NOMBRE
Fuente del Rey
FIGURA DEL PLANEAMIENTO
HOJA PLANO
PO-2 Hoja 5, 6 , 9 y 10
PROGRAMACIÓN
CLASE DE SUELO
Urbanizable y rústico
Plan Especial Fuera de programa
PLANO DE SITUACION
Sup.: 560,6033 ha
E:1/25000
CONDICIONES DE ORDENACIÓN 1- Los objetivos del Plan Especial son: a. La compatibilización de las intervenciones de reforestación y plantaciones sobre el sistema general de Espacios Libres definido en la parte occidental del ámbito con las actividades agropecuarias tradicionales en el resto del ámbito, teniendo en cuenta criterios funcionales y de armonización paisajística. b. La definición de criterios adicionales para los usos excepcionales en suelo rústico no incluido en sistemas generales, en coherencia con las actuaciones mencionadas en el punto anterior. c. La definición del diseño del parque fluvial en el Sistema General de Espacios Libres de la parte occidental del ámbito. 2. Los parámetros de referencia para el Plan Especial son los siguientes: a. Las intervenciones sobre los sistemas generales y el régimen de autorización de usos excepcionales en suelo rústico propiciarán la continuidad de las actividades agropecuarias. b. No se permitirá el incremento de la superficie preexistente de edificaciones vinculadas a actividades agropecuarias. c. Los parámetros máximos de edificación en el sistema general de espacios libres se adaptarán a las condiciones generales para estas dotaciones. d. En el diseño del sistema general de espacios libres se tendrá en cuenta el riesgo de inundación y la presencia de hábitats garantizando la preservación de sus valores naturales. e. Deberá ordenarse con criterios paisajísticos la dotación de aparcamientos en sistema general de espacios libres públicos, limitando su visibilidad. f. En todo caso se preservarán los elementos de arbolado de gran porte preexistentes y los elementos constitutivos de la trama rural (rodales de vegetación, cierres tradicionales, caminos), integrándolos en la ordenación de conjunto de manera compatible con el uso público. g. En las parcelas que incluyan hábitats de interés comunitario será obligatorio garantizar la conservación y el mantenimiento de dichos hábitats. 3. En el ámbito del Plan Especial se prevé la obtención de Espacios Libres en la orilla del río Arlanzón por los sistemas definidos en sus fichas respectivas. No se plantea la obtención de suelos adicionales para otras actuaciones de espacios libre o reforestación.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE BURGOS
CONDICIONES DE DESARROLLO DEL SECTOR Plan Especial
Diciembre 2013
NOMBRE
Fuente del Rey
FIGURA DEL PLANEAMIENTO
HOJA PLANO
PO-2 Hoja 5, 6 , 9 y 10
PROGRAMACIÓN
CLASE DE SUELO
Urbanizable y rústico
Plan Especial Fuera de programa
ESTRUCTURA - REPRODUCCIÓN PO-2.
Sup.: 549,7042 ha
E:1/25000
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE BURGOS
CONDICIONES DE DESARROLLO DEL SECTOR Diciembre 2013
Plan Especial
PLAN ESPECIAL DE FRESDELVAL
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE BURGOS
CONDICIONES DE DESARROLLO DEL SECTOR Diciembre 2013
Plan Especial NOMBRE
Fresdelval
FIGURA DEL PLANEAMIENTO
HOJA PLANO
PO-2 Hoja 2 y 3
PROGRAMACIÓN
CLASE DE SUELO
Urbanizable y rústico
Plan Especial Fuera de programa
PLANO DE SITUACION
Sup.: 88,6325 ha
E:1/9000
CONDICIONES DE ORDENACION 1. Los objetivos del Plan Especial son: a. La configuración de un ámbito de ocio de titularidad pública con una baja intensidad edificatoria que contribuya a la calidad ambiental del entorno del Monasterio de Fresdelval. b. La rehabilitación del Monasterio de Fresdelval para la implantación de un uso terciario hostelero y dotacional privado. c. La definición de la conexión viaria entre el BIC del Monasterio de Fresdelval y el acceso desde la ciudad de Burgos y las vías interurbanas del entorno de forma que también contribuya a la ordenación de las instalaciones al servicio del ocio. d. La preservación de hábitats valiosos en el suelo rústico del entorno del monasterio, y las masas arbóreas autóctonas existentes. 2. En cumplimiento de la normativa sectorial de patrimonio cultural se permiten actividades de rehabilitación sobre los inmuebles del monasterio situados en suelo rústico con anterioridad al desarrollo del Plan Especial de Fresdelval. No obstante, para permitir su ocupación y puesta en uso, será necesario el trámite y aprobación de un Plan Especial que resuelva correctamente los accesos. 3. Los parámetros de referencia para el Plan Especial de Fresdelval serán los siguientes: a. No se permitirán nuevos usos residenciales ni lucrativos, sino que éstos se limitarán a los que resulten materializados en la rehabilitación del monasterio. b. Intensidad edificatoria máxima: 1m2 de techo por cada 20m2 de suelo, incluyendo la superficie edificada del monasterio de Fresdelval. c. Altura máxima de las edificaciones: en el caso de intervenciones sobre el BIC del monasterio se aplicará el régimen definido con carácter general en la normativa del Plan para estos bienes; en nuevas edificaciones en el resto del ámbito se limitan las alturas a dos (2) plantas, con 9 metros de altura máxima. d. Superficie máxima de suelo impermeabilizada por pistas deportivas, aparcamientos, pavimentación y actuaciones análogas: 20% de la superficie total. e. El diseño de las plantaciones y del arbolado enmascarará los nuevos edificios y los aparcamientos en la visión desde el Monasterio y en el itinerario de acceso hacia este. f. En todo caso se preservarán los elementos de arbolado de gran porte preexistentes y los elementos constitutivos de la trama rural (rodales de vegetación, cierres tradicionales, caminos), integrándolos en la ordenación de conjunto de manera compatible con el uso público.
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE BURGOS
CONDICIONES DE DESARROLLO DEL SECTOR Diciembre 2013
Plan Especial NOMBRE
Fresdelval
FIGURA DEL PLANEAMIENTO
HOJA PLANO
PO-2 Hoja 2 y 3
PROGRAMACIÓN
CLASE DE SUELO
Urbanizable y rústico
Plan Especial Fuera de programa
OBSERVACIONES A los suelos del sector que se encuentren dentro del ámbito de protección definido por la carretera nacional le resultan de aplicación las limitaciones establecidas en la Ley de Carreteras y su reglamento, así como el establecimiento de la alineación constructiva por detrás de la línea límite de edificación, 90 metros a contar desde la arista exterior de calzada más próxima. No podrán construirse nuevos accesos desde las autovías en ejecución
ESTRUCTURA - REPRODUCCIÓN PO-2.
Sup.: 88,3939 ha
E:1/9000
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE BURGOS
CONDICIONES DE DESARROLLO DEL SECTOR Plan Especial
Diciembre 2013
PLAN ESPECIAL DEL ARLANZÓN
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE BURGOS
CONDICIONES DE DESARROLLO DEL SECTOR Plan Especial
Diciembre 2013
NOMBRE
Arlanzón
FIGURA DEL PLANEAMIENTO
HOJA PLANO
PO-2 Hoja 5,9,10,11 y 12
PROGRAMACIÓN
CLASE DE SUELO
Urbano, urbanizable y rústico
Plan Especial Fuera de programa
PLANO DE SITUACION
E:1/85000 CONDICIONES DE ORDENACION 1. Los objetivos del Plan Especial son: a. Ajuste de las determinaciones del Plan General a un estudio más pormenorizado del riesgo de inundación en los sectores con planeamiento remitido S-61.01, S-61.02, S-63-02, S-63.03, S-10, S-12 y S-24. En dichos ámbitos la aprobación del planeamiento de desarrollo se condiciona a la conformidad con las determinaciones del Plan Especial o, alternativamente, a la redacción de un estudio específico de inundación que permita a la Confederación Hidrográfica del Duero validar la adecuación de las soluciones propuestas a sus criterios. b. Definición de medidas correctoras para los desbordamientos del río Arlanzón identificados en el estudio de inundabilidad al menos en las zonas de: - Oeste de la ciudad: Entorno del puente de Malatos y el actual puente del ferrocarril sobre el Arlanzón - Este de la ciudad: Entorno del Cauce Molinar c. Recuperación de funciones hidrológicas y contribución a la reducción del riesgo de inundación del Cauce Molinar en la zona oriental de la ciudad, un cauce del cual existe constancia histórica y que no se aprecia reflejado en el estudio recibido. d. Definición de condiciones de urbanización para los espacios libres públicos vinculados al río Arlanzón. 2. Entre las medidas que el Plan podrá incorporar estarán: - Definición de alturas de antepechos macizos para contribuir a contener avenidas - Ampliación de la sección del cauce en zonas determinadas para reducir el nivel de inundación. 3. El Plan deberá garantizar la integración paisajística de las medidas correctoras 4. El propio Plan Especial asumirá el estudio de los costes de las actuaciones necesarias.
OBSERVACIONES Será el propio Plan Especial el que defina la delimitación precisa del ámbito en fúnción de sus objetivos y el alcance de sus determinaciones.
ESTRUCTURA - REPRODUCCIÓN PO-2.
Sup.: 88,310310 ha E:1/85000
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE BURGOS
CONDICIONES DE DESARROLLO DEL SECTOR Plan Especial
Diciembre 2013
PLAN ESPECIAL DEL ANTIGUO PUEBLO DE GAMONAL
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE BURGOS
CONDICIONES DE DESARROLLO DEL SECTOR Plan Especial
Diciembre 2013
NOMBRE
Antiguo pueblo de Gamonal
FIGURA DEL PLANEAMIENTO
HOJA PLANO
PO-4 hojas 47a, 47b, 52a, 52b
PROGRAMACIÓN
CLASE DE SUELO
Urbano consolidado
Plan Especial de Reforma Interior Fuera de programa
PLANO DE SITUACION
Sup.: 2,1928 ha
E:1/2000
CONDICIONES DE ORDENACIÓN Los objetivos del Plan Especial son: a. La protección y mejora del Camino de Santiago a su paso por el núcleo del antiguo pueblo de Gamonal. b. La definición de la ordenación teniendo en cuenta la visión global del paso del Camino de Santiago por la ciudad de Burgos y la aportación del antiguo pueblo de Gamonal a la conservación de los valores excepcionales universales que motivan la inclusión del bien en la lista del Patrimonio Mundial y su consideración como Bien de Interés Cultural. Los criterios de ordenación del Plan Especial serán: a. Con carácter general se mantendrá la traza medieval del ámbito, estableciendo motivadamente la posibilidad de modificaciones puntuales de alineaciones tendentes a la regularización de las mismas o la mejora y ampliación de los espacios de dominio público, siempre que respeten los valores patrimoniales b. Definición de una norma zonal de aplicación específica para el ámbito, que será la adecuada para la consecución de los objetivos y criterios de ordenación definidos en la presente ficha c. Se permitirá el Mantenimiento de la edificación en altura de cronología contemporánea existente en el ámbito (parcela catastral 51951-14) con la condición de resolver el tratamiento de la medianera que presenta en su fachada oriental, que podrá incluir la ordenación de un nuevo volumen edificable que permita su ocultación d. Estudio de la posibilidad de elevación hasta tres plantas de las alturas de las edificaciones, salvo en aquellas catalogadas con régimen de protección ambiental en las fichas de catálogo incorporadas desde el Plan Especial del Camino de Santiago. e. El Plan Especial de Reforma Interior podrá delimitar las actuaciones aisladas de las modalidades oportunas para alcanzar sus objetivos f. La edificabilidad del ámbito no superará los 29.000 m2
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE BURGOS
CONDICIONES DE DESARROLLO DEL SECTOR Plan Especial
Diciembre 2013
NOMBRE
Antiguo pueblo de Gamonal
FIGURA DEL PLANEAMIENTO
HOJA PLANO
PO-4 hojas 47a, 47b, 52a, 52b
PROGRAMACIÓN
CLASE DE SUELO
Urbano consolidado
Plan Especial de Reforma Interior Fuera de programa
LOCALIZACIÓN - REPRODUCCIÓN PO-4.
Sup.: 2,1928 ha
E:1/2000
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE BURGOS