DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO FEDERAL
Nombre del Servicio
Solicitar en concesión el uso de inmuebles federales del dominio público de la Federación que no sean compartidos. Fecha de Actualización 31 de marzo de 2014 Unidad Administrativa Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal Dirección Av. México No. 151, Col. El Carmen, Delegación Coyoacán, C.P. 04100, México, D.F. Nombre del Responsable del Servicio para Lic. Gabriela Guerrero Aguilar quejas Cargo Subdirectora de Evaluación y Usos Alternos de Inmuebles Correo electrónico
[email protected] Lunes a viernes de 9:00 15:00 y de 16:00 a Horario de atención 18:00 47-80-22-00 y 47-80-23-00 Teléfono Extensiones: 214 y 160
Deterioro, abandono y reducción del óptimo ¿Qué efectos tendría la eliminación del aprovechamiento de los inmuebles de Servicio? propiedad federal, así como un detrimento en la captación de ingresos. Dependencia Secretaría de la Función Pública Los particulares podrán solicitar para uso o Descripción del servicio aprovechamiento de forma parcial, superficies dentro de los inmuebles federales que no sean útiles para destinarlos al servicio de las instituciones públicas. Centro de Contacto INDAABIN Oficina receptora Otorgamiento de concesión: Particulares ¿Quién solicita el servicio? Autorizaciones de concesión o permiso: Dependencias de la Administración Pública Federal que tengan inmuebles federales destinados a su servicio. ¿En qué casos?
Que el solicitante cumpla con los requisitos establecidos en leyes específicas que regulen inmuebles federales. Evitar el acaparamiento o concentración de
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concesiones en una sola persona. Que no sea posible o conveniente que la Federación emprenda la explotación directa de los inmuebles de que se trate. No podrán otorgarlas a favor de los servidores públicos que en cualquier forma intervengan en el trámite de las concesiones, ni de sus cónyuges o parientes consanguíneos y por afinidad hasta el cuarto grado o civiles, o de terceros con los que dichos servidores tengan vínculos privados o de negocios. Que no se afecte el interés público. En el caso de concesiones de espacios sobre inmuebles federales que ocupen las dependencias administradoras de inmuebles, que la actividad a desarrollar por el concesionario sea compatible y no interfiera con las actividades propias de dichas dependencias, sujetándose a las disposiciones que las mismas expidan para tal efecto. Fundamento jurídico que da origen al Artículos 8 de la Constitución Política de los trámite Estados Unidos Mexicanos; 14, 15 primer párrafo, 16, 17, 18, 19, 28 fracción V, 58, 64, del 72 al 77 de la Ley General de Bienes Nacionales; 37 fracciones XXIX, XXX, XXXIII y segundo transitorio de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 15 y 15-A, 28, 29 y 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 190-B fracción XVII, 190-C, 232 y, 234 de la Ley Federal de Derechos; 3 inciso B y 85 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; 11, fracciones XX y XXI del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales y demás normatividad aplicable a la materia. Medio de presentación del servicio La solicitud deberá hacerse por escrito dirigido al Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal en el que se precisará el nombre, denominación o razón social de quién o quiénes promuevan, en su caso de su representante legal, domicilio para
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Fundamento Jurídico Número de originales Número de copias Dirección web Anexar formato Monto de los derechos sin IVA
Concepto del monto
Fundamento jurídico
recibir notificaciones, así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas, la petición que se formula, los hechos o razones que dan motivo a la petición, el lugar y fecha de su emisión, la vigencia requerida. El escrito deberá estar firmado por el interesado o su representante legal, a menos que no sepa o no pueda firmar, caso en el cual, se imprimirá su huella digital. Asimismo, deberá indicar la ubicación exacta del inmueble así como la superficie solicitada en concesión o permiso, y el uso que se le pretende dar. Artículos 15, 15-A, 19, y 20, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativos No aplica No aplica
[email protected] No aplica $3,089.00 $1,545.00 $238.00 por m2 para superficies menores a 30 m2 7.5% anual del valor inmueble concesionado o permisionado para superficies mayores a 30 m2 $582.00 Por recepción y estudio de solicitud de concesión o permiso sobre inmuebles del dominio público $3,089.00 Por otorgamiento, autorización o prórroga de concesión o permiso $1,545.00 Inscripción de asientos registrales en libros o en folio real por alta y en su momento por baja $582.00 Derecho por uso, goce o aprovechamiento de inmuebles, consultar caso específico en el artículo 232 de la Ley Federal de Derechos. Derechos por uso, goce o aprovechamientos de inmuebles: 190-C fracciones I, III, y 232 y 234 de la Ley
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Federal de Derechos 2014. Dictamen valuatorio: Artículos 142, 143 fracciones IX, X y XIII, 145 y 148 de la Ley General de Bienes Nacionales; 1, 3 fracción IV y 19 del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. Inscripción en el Registro Público de Propiedad de Federal: Artículos 42 fracciones VI, VIII, IX de la Ley General de Bienes Nacionales; 190-B fracción XVII de la Ley Federal de Derechos. Nombre del solicitante. Denominación o razón social de quién o quiénes promuevan. Representante legal en su caso. Domicilio para recibir notificaciones. Nombre de la persona o personas autorizadas para recibir notificaciones. La petición que se formula, los hechos o razones que dan motivo a la petición. La ubicación exacta del inmueble así como la superficie solicitada en concesión. El uso que se le pretende dar. La vigencia por la requiere la concesión o permiso. El lugar y fecha de la emisión de la solicitud. El escrito deberá estar firmado por el interesado o su representante legal, a menos que no sepa o no pueda firmar, caso en el cual, se imprimirá su huella digital. Artículos 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativos Personas físicas: Copia fotostática de identificación oficial del solicitante Copia fotostática de la Clave Única de Registro de Población
Datos requeridos
Fundamento jurídico Documentos requeridos
Personas morales: Copia del acta constitutiva de la persona moral solicitante.
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Los documentos que acrediten la personalidad del solicitante, así como copia de su identificación.
Para ambos casos se deberá exhibir: Comprobante de pago de derechos por concepto de recepción y estudio de solicitud Copia fotostática del comprobante de domicilio Copia fotostática del Registro Federal de Contribuyentes Exposición de motivos que justifique las causas por las que solicita la superficie del inmueble federal en concesión o permiso. Carta compromiso bajo protesta de decir verdad, en la que se obligan a cubrir las contribuciones en materia inmobiliaria (pago del impuesto predial, suministro por consumo de agua y energía eléctrica), el aseguramiento del inmueble, contratación de póliza de fianza, así como los gastos que se generen por la inscripción del título de concesión en el Registro Público de la Propiedad Federal. Carta compromiso bajo protesta de decir verdad en la que se obligan a pagar los gastos que se generen con motivo de la realización del dictamen valuatorio para superficies mayores a 30 m2 que realice el INDAABIN. Para superficies mayores a 30 m2 adicionalmente deberá exhibir: Proyecto que contemple o El monto de la inversión. o El plazo de amortización de la inversión. o Propuesta técnica y económica. o El beneficio social y económico para la región o localidad. o Justificación de la vigencia solicitada, misma que debe ir acorde
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o
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al proyecto presentado. Planos o croquis con medidas del espacio solicitado donde se señale el área pretendía en concesión, mismo que deberá estar contemplado en el inmueble federal; El uso u objeto para el que se requiere la concesión o permiso
Carta compromiso mediante la cual manifieste que se compromete al pago de honorarios derivados de los trabajos valuatorios solicitados a la Dirección General de Avalúos y Obras del INDAABIN, dentro de los siguientes 30 días a que la citada Dirección emita el requerimiento. Fundamento jurídico Artículos 15, 15-A, 19, y 20, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativos Familia de Servicios Dictamen de mejor uso y aprovechamiento que (En caso de que este servicio se asocie a realiza la Dirección de Planeación Inmobiliaria otros servicios que ofrece INDAABIN) Dictamen valuatorio que realiza la Dirección General de Avalúos y Obras para superficies mayores a 30 m2 Inscripción en el Registro Público de la Propiedad Federal que realiza la Dirección de Registro Público y Control Inmobiliario Concesión, permisos y arrendamiento Combo al que pertenece el servicio Tres meses Plazo máximo de respuesta Fundamento jurídico Plazo de prevención
Fundamento jurídico
Artículo 17 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo Por escrito y por una sola vez, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir de que haya surtido efectos la notificación, transcurrido el plazo correspondiente sin desahogar la prevención, se desechará el trámite Artículo 17-A de la Ley Federal de
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Aplica afirmativa o negativa ficta
Tipo de resolución
Tiene vigencia Periodo de presentación Criterios de resolución del trámite:
FIRMA DE ACTUALIZACIÓN.
CONFORMIDAD
Procedimiento Administrativo Negativa Ficta. Transcurrido el plazo de 3 meses, se entenderán las resoluciones en sentido negativo al promovente, Oficio de otorgamiento de concesión y título de concesión Oficio de autorización de concesión Oficio de autorización de permiso Si No aplica No ser útil para el servicio público y el cumplimiento de los requisitos antes mencionados DE Lic. Gabriela Guerrero Aguilar