documento DE BUENAS PRÁCTICAS
01
Objeto del informe
02
Normativa aplicable
03
Diagrama de flujo del procedimiento de presentación de la declaración sumaria vía EDI
04
Plazos de presentación
05
Mensajes de retraso
06
Sanciones
07
Modificaciones
08
Preguntas frecuentes
09
Otras preguntas
10
Errores más frecuentes
11
Anexos
01
OBJETO DEL INFORME La Autoridad Portuaria de Barcelona, en su función de ventanilla única para la recepción de Manifiestos de Carga y Declaraciones Sumarias, atiende multitud de consultas relativas tanto al estado de los mensajes recibidos vía EDI, como a la forma de hacer modificaciones, adiciones….. A partir de todas estas consultas se ha visto que hay una serie de dudas que se repiten a menudo, es por eso que se ha decidido la elaboración de este informe en el cual además de dar explicación de la normativa se quiere dar también respuesta a estas dudas más frecuentes.
02
Normativa aplicable: ORDEN de 27 de julio de 1995 por la que se establece el modelo de declaración sumaria para el tráfico marítimo (BOE núm. 184, del 3 de agosto de 1995 – Ministerio de Economía y Hacienda ) ORDEN de 18 de diciembre de 2001 por la que se establecen las instrucciones para la presentación del manifiesto de carga para el tráfico marítimo (BOE núm. 4, del 4 de enero de 2002 – Ministerio de Hacienda) ORDEN de 18 de diciembre de 2001 por la que se modifica la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 27 de julio de 1995 por la que se establece el modelo de declaración sumaria para el tráfico marítimo (BOE núm. 4, del 4 de enero de 2002 – Ministerio de Hacienda)
03
Diagrama de flujo del procedimiento de presentación de la declaración sumaria vía EDI Consignatario
Agente de Aduanas
Autoridad Portuaria
Aduana Marítima
1 1 2 2 3
Llegada del barco
4
5
5
1.
El consignatario envía un mensaje Edi a la APB. La APB lo remite a la Aduana.
2.
La Aduana contesta y envía un mensaje a la APB quién a su vez lo remite al consignatario.
3.
Cuando llega el barco, la APB lo notifica a la Aduana y ésta activa automáticamente la declaración sumaria.
4.
En este momento ya se pueden hacer los despachos de la mercancía
5.
Una vez la mercancía ya está despachada o fuera de los plazos para hacer modificaciones, el consignatario tendrá que presentar las modificaciones en papel ante la Aduana, quién remitirá una copia a la APB
04 Plazos de presentación • •
Descarga: 1 día hábil contado a partir de la fecha de llegada del barco Carga: 3 días hábiles contados a partir de la fecha de salida del barco
05 Mensajes de retraso Los mensajes de retraso se envían: •Descarga: el segundo día, el 7º, el 12º y a partir del 17º (inclusive), cada día. •Carga: el 4º día, 9º, el 14º y a partir del 19º (inclusive), cada día.
06
Sanciones
Ley 48/2003 de 26 de noviembre de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general: – Artículo 24 – Tasa de la mercancía. Punto 7: La Autoridad Portuaria podrá imponer las siguientes multas coercitivas, que no tendrán carácter tributario: • A) Por incumplir la obligación de presentar en plazo la declaración o manifiesto de carga de un 5,10,15 ó 25 por ciento de la cuota de la tasa, según que la declaración se presente dentro de los 3,6,12 o más de 12 días siguientes al término del plazo voluntario de presentación
Por tanto las sanciones se aplicarán de la siguiente forma: DIAS HÁBILES
DESCARGA
CARGA
DIAS HÁBILES
DESCARGA
CARGA
1
0%
0%
10
15%
15%
2
0%
0%
11
15%
15%
3
0%
0%
12
15%
15%
4
5%
0%
13
15%
15%
5
10%
0%
14
25%
15%
6
10%
5%
15
25%
15%
7
10%
10%
16
25%
25%
8
15%
10%
17
........
.......
9
15%
10%
NOTA: Si un mensaje EDI se envía dentro de plazo (punto 04) y se rechaza, se da un día más antes de aplicar la sanción
07 •
Modificaciones
Descarga: Cuando la partida ya está despachada, la modificación se tendrá que hacer en papel y se tendrá que presentar en la Aduana por triplicado : - una copia se devuelve al usuario - otra es para la Aduana y - la tercera se remite a la Autoridad Portuaria. Plazos: • Modificaciones, anulaciones y cambios de ubicación: 45 días siempre y cuando la partida no esté datada (despachada) • Adiciones: 10 días naturales • Cabeceras: Sólo las puede hacer el consignatario del buque
•
Carga: Las modificaciones se pueden hacer sin límite de tiempo o situación Las altas y modificaciones de cabecera sólo las puede hacer el consignatario del buque
08 Preguntas frecuentes (I): ¿Qué función se utiliza para ...... añadir un conocimiento de contenedores vacíos ?
Función 2 - ADICIÓN
añadir un conocimiento de contenedores llenos con su partida?
Función 2 - ADICIÓN
añadir un conocimiento, en un manifiesto con diferentes consignatarios, cuando en un primer envío hemos declarado pasajeros o equipo vacío?
Función 47 - ALTA
modificar la cabecera ?
Función 33 – Cambio en la sección de cabecera
modificar los datos del conocimiento (localidad o puerto de origen, puerto de descarga, transporte anterior / posterior …)
Función 4 – Cambio a nivel de B/L
modificar los datos de un conocimiento con equipos vacíos? (cambiar una matrícula, añadir o quitar un equipo ….)
Función 4 – Cambio a nivel de B/L
anular un conocimiento y todas sus partidas?
Función 40 – Baja de un conocimiento de embarque sin posibilidad de reutilización
modificar los datos de una partida (bultos, partida arancelaria, kilos, situación aduanera ….)?
Función 36 – Cambio en la sección de detalle (nivel de partida)
08 Preguntas frecuentes (II): ¿Qué función se utiliza para ...... añadir o quitar un equipo lleno de una partida ?
Función 36
anular una partida?
Función 3 – Baja de una partida sin posibilidad de reutilización
anular una declaración sumaria cuando el buque finalmente no hace escala en el puerto ?
Función 1 – Cancelación. Anula la totalidad de la declaración (anula a todos los consignatarios) y esta escala ya no se podrá volver a utilizar.
eliminar todas las partidas de un consignatario?
Función 13 – Baja de una declaración sumaria con posibilidad de reutilización DSD: La puede utilizar cada consignatario individualmente (ELIMINA TODOS SUS TRAMOS) MC: Nada más la puede utilizar el consignatario del buque (ELIMINA TODO EL MANIFESTO, TAMBIÉN EL DE OTROS CONSIGNATARIOS DE CARGA)
09 Otras preguntas (I): En un mismo mensaje modificaciones a la vez?
¿se
pueden
enviar dos
No. Se envía una modificación y cuando ésta se acepta o rechaza, se envía la otra
Cuando se envía una única función ¿se pueden enviar diferentes conocimientos o partidas ?
Si
Se sanciona una adición presentada fuera de plazo?
Si
Se sanciona una modificación presentada fuera de plazo?
No
Se puede enviar una adición de partida a un conocimiento ya existente?
No. Se ha de añadir un conocimiento nuevo. Tanto al nuevo conocimiento como a la nueva partida se le pondrá el número inmediatamente posterior al último declarado
Cómo se modifica el código del armador de la mercancía declarado en un mensaje previo?
- Consignatario del buque: función 33 (cambio de cabecera) -Consignatario de la mercancía: función 4 (cambio de conocimiento)
Cómo se declara la terminal en concesión en adiciones y modificaciones ?
Se ha de poner explícitamente a nivel de conocimiento y/o partida
En el caso de transporte por ferrocarril ¿qué localidad se ha de poner?
Siempre la de origen / destino. Nunca Barcelona
Cuando se activa un buque?
Se han de dar dos condiciones: 1- que se haya recibido y aceptado la cabecera del consignatario del buque 2- que el barco haya entrado en el puerto
09 Otras preguntas (II): Cómo se declara la cabecera cuando eres consignatario del buque y no llevas mercancía?
el
- Consignatario del buque : XXXX - Consignatario de la mercancía : YYYYY - Declarantes: Y(tantos como consignatarios con mercancías) - Movimiento de mercancías: Con descarga / con carga
Cómo se declara la mercancía de diferentes armadores en una misma escala y operativa?
Se han de asignar tantos tramos como armadores haya
Dónde podemos encontrar la lista actualizada de los códigos arancelarios?
www.portdebarcelona.es - Comunidad Portuaria - Edi Archivos - Mercancía general - ZIP
Dónde podemos encontrar la guía EDIFACT ?
www.portdebarcelona.es - Comunidad Portuaria - Fòrum Telemàtic - Procedimientos - Declaración sumaria y manifiestos de carga - Guía de mensajes - Versión 3.3
Dónde podemos encontrar las tasas del año en curso?
www.portdebarcelona.es - Puerto de los negocios - Clientes Tasas - Mercancía
10 Errores EDI más frecuentes (I): El estado de la partida impide la operación
La partida ya está despachada
Incoherencia de sit. Aduanera, ind. tránsito., ind. escala
Situación aduanera errónea
Tramo utilizado por el consignatario XXXX
Otro consignatario ha utilizado ya el mismo tramo nuestro
Concesionario / Muelle incorrecto
Se ha puesto una terminal en concesión en un muelle donde no corresponde
Nif consignatario CN no está en lista consignatarios del CV
El nif del consignatario de la mercancía (CN) no está en la lista de consignatarios declarados por el consignatario del buque (CV)
Id. Buque no puede ser blanco si tránsito marítimo con mercancía Animal
El R. D. 1977/1999 de 23 de diciembre (BOE nº 311 de 29/12/99), establece la obligación de presentar una determinada documentación a los Servicios de Sanidad Exterior y Sanidad Animal para las mercancías de origen animal que lleguen al puerto. De acuerdo con esto siempre que una mercancía de origen animal tenga prevista la salida del puerto vía marítima (tránsito marítimo o transbordo), tendrán que indicar en la declaración sumaria: el código identificativo y el número de manifiesto del buque en que saldrá la mercancía del puerto
10 Errores EDI más frecuentes (II): Error en el origen / destino mercancía / código transporte anterior
No hay relación entre origen/destino y transporte declarado
Error en el peso medio del contenedor
- Si es un contenedor: error si peso 4.000 kilos - Cisterna: error si relación ton/teu > 10.000 kilos - Si es un contenedor: error si la relación ton/teu < 500 kilos - Si es un contenedor que no es cisterna ni reefer, se da error si la relación ton/teu > 3.000 kilos
es
La carga general ha de tener bultos
Si el código de envase está asociado a carga general, el número de bultos no puede ser cero
Número de consignatarios erróneo
-Si es un lastre: el número de consignatarios de mercancía ha de ser igual a cero - Si no es lastre: el número de consignatarios ha de ser diferente de cero - El número de declarantes o consignatarios ha de coincidir con el número de nifs de consignatarios de mercancía
EQUIPOS LLENOS FUNCIÓN 4
FUNCIÓN 36
FUNCIÓN 36
FUNCIÓN 36
FUNCIÓN 36
Datos conocimiento o B/L
Datos de la partida (Nº y tipo de equipamientos)
Datos de la partida
Datos de la partida
Datos de la partida
Nº Orden – tipo Conocimiento embarque Puerto descarga Puerto transbordo Destino mercancía Origen mercancía Transporte anterior Servicio de mercancía AH/EM/PE
Indicador ISO-Matrícula ISO 6346 – estado-tara-bultos-(precinto)
Nª partida Bultos-tipo bultos-IDMG Mercancía Partida arancelaria Marcas Muelle-Estibador Declaración sumaria descarga -partida Código comercial-marca vehículo
Peso
Situación Aduanera Documento Fecha Embarque(total/parcial/resto)
1M XMN123 CNXMN –Xiamen CNXMN – Xiamen CNXMN- Xiamen ESBCN – Barcelona ZZ2 - Terrestre
CN XXXX122456/4 2100 8 2000 15 S/N
1 15 PK Granito 2516 1
25.910
Z1 830 ES0812..... 15/07/2009 T
EQUIPOS VACÍOS FUNCIÓN 4
FUNCIÓN 4
Datos conocimiento o B/L
(Nº y tipo de equipamientos)
Datos de la partida
Datos de la partida
Datos de la partida
Nº Orden – tipo Conocimiento embarque Puerto descarga Puerto transbordo Destino mercancía Origen mercancía Transporte anterior Servicio de mercancía AH/EM/PE
Indicador ISO-Matrícula ISO 6346 – estado-tara-bultos(precinto)
Nª partida Bultos-tipo bultos-IDMG Mercancía Partida arancelaria Marcas Muelle-Estibador Declaración sumaria descarga-partida Código comercial-marca vehículo
Peso
Situación Aduanera Número Documento Fecha Embarque(total/parcial/resto)
1T 1 CNXMN –Xiamen CNXMN – Xiamen CNXMN- Xiamen ESBCN – Barcelona ZZ2 - Terrestre
CN XXXXXXXX 45R1-4-4000-1
•
Para consultas relativas a las declaraciones sumarias y manifiestos de carga dirigirse a:
– – – –
[email protected] [email protected] Telèf. : 93.298.60.00 (S.A.U.) Telèf. : 93.298.61.22 (Tasas a mercancías)