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AYUNTAMIENTO DE CASTELLON NEGOCIADO DEL PROGRAMA DE FAMILIA E INFANCIA
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGULA LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, PARA LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO MUNICIPAL DE TRES ESCUELAS INFANTILES DE PRIMER CICLO DENOMINADAS “CHUPETES“, “BIBERONS” Y “PEÜCS”.
1.- OBJETO DEL CONTRATO La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, define la Educación Infantil como una etapa educativa que atiende a niños y niñas desde el nacimiento hasta los seis años de edad, tiene carácter voluntario y su finalidad es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños. La etapa de Educación Infantil se divide en dos ciclos, el primero comprende hasta los tres años y el segundo desde los tres hasta los seis años. La educación es y debe ser objeto de interés prioritario. La misión de educar corresponde a la sociedad en su conjunto. La función de educar corresponde en primer lugar a la familla como célula social básica, en este sentido los poderes públicos deben impulsar el apoyo a la familia mediante ayudas adecuadas que favorezcan y potencien su función educativa y socializadora. Es objetivo común de las administraciones públicas el aumento en la oferta de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil, de modo que se atienda a la demanda creciente de este
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periodo educativo, con el objetivo común de conseguir un servicio educativo de calidad que facilite la conciliación de la vida familiar y laboral y avanzar en la compensación de desigualdades. El Ayuntamiento de Castellón ofrece recursos de apoyo a las familias para que desarrollen adecuadamente su función de agente educativo y socializador. Es una demanda real y justificada hoy, la necesidad de servicios en los propios centros escolares en colaboración con las entidades locales y con las familias destinados a atender a los niños y niñas fuera del horario escolar. La educación de los niños de 0 a 3 años tiene sentido en si misma. Los primeros años de la vida infantil constituyen un momento básico para potenciar el desarrollo global de los niños a través de una acción institucional específica. De esta forma las necesidades asistenciales reciben una respuesta educativa a través de profesionales especialistas e instituciones, que permiten enriquecer sus experiencias iniciales, favoreciendo la adquisición y el desarrollo de los primeros hábitos y actitudes. El Ayuntamiento de Castellón es titular de Escuelas de Primer Ciclo de Educación Infantil, de 0 a 3 años, al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.
El objeto del presente pliego de prescripciones técnicas es fijar principios técnicos básicos que constituirán las directrices que regirán la contratación plurianual para la gestión del servicio socioeducativo de titularidad municipal de tres escuelas de primer ciclo de educación infantil, “Chupetes”, situada en la C/ Antonio Prades Safont; “Biberons”, en la C/ Desierto de las Palmas; y “Peücs” en la C/ José Mª Mulet Ortiz.
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2.- CARACTERÍSTICAS DE LAS ESCUELAS INFANTILES DE TITULARIDAD MUNICIPAL. La gestión administrativa, técnica y pedagógica de la escuela, así como la organización de ésta, estará bajo la supervisión del Ayuntamiento de Castellón de la Plana, y sujeta a lo estipulado en la autorización resuelta por la Dirección General de Ordenación y Centros docentes de la Consellería de Educación, y se ajustará a lo regulado en la normativa vigente para la financiación y gestión de Escuelas de Primer Ciclo de Educación Infantil, y todas las normas establecidas en esta materia de ámbito estatal y autonómico. En cualquier caso, el titular del contrato se compromete a cumplir lo que se establece sobre los órganos de gobierno de los centros públicos el capitulo III del título V de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; cumplir la normativa aplicable que establece los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general; seguir las directrices académicas de la administración educativa para los centros dependientes de la Consellería de Educación, así como a presentar cada curso académico una programación general anual en la que consten los datos académicos y administrativos de las escuelas infantiles. La enseñanza en estas escuelas infantiles de titularidad municipal será bilingüe y se impartirá indistintamente en castellano y valenciano. Además todos los niños y niñas matriculados en los centros participarán del proyecto de iniciación al inglés. La escuela de primer ciclo de educación infantil “Chupetes”, tendrá inicialmente 6 aulas, debidamente adaptadas para niños y niñas de 0 a 3 años. La agrupación de alumnos prevista será: •
2 aulas: niños y niñas de 0 años/lactantes.
•
2 aulas: niños y niñas de 1 a 2 años.
•
2 aulas: niños de 2 a 3 años.
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La escuela de primer ciclo de educación infantil “Biberons”, tendrá inicialmente 10 aulas, debidamente adaptadas para niños y niñas de 0 a 3 años. La agrupación de alumnos prevista será: •
2 aulas: niños y niñas de 0 años/lactantes.
•
4 aulas: niños y niñas de 1 a 2 años.
•
4 aulas: niños de 2 a 3 años.
La escuela de primer ciclo de educación infantil “Peücs”, tendrá inicialmente 12 aulas, debidamente adaptadas para niños y niñas de 0 a 3 años. La agrupación de alumnos prevista será: •
2 aulas: niños y niñas de 0 años/lactantes.
•
5 aulas: niños y niñas de 1 a 2 años.
•
5 aulas: niños de 2 a 3 años.
El número de plazas, 72 alumnos/as, 128 alumnos/as y 156 alumnos/as respectivamente, viene determinado por el Decreto 2/2009, del Consell por el que se establecen los requisitos mínimos que deben cumplir los centros que impartan el Primer ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad Valenciana. El Ayuntamiento de Castellón, de acuerdo con la Dirección General de Ordenación y Centros docentes de la Consellería de Educación, siempre que quede debidamente motivado en función de la demanda social y del proyecto educativo y social anual, podrá variar la distribución de las unidades, su número y agrupaciones, respetando la existencia como mínimo de una unidad de cada nivel.
3.- ADMISIÓN DE ALUMNOS
Podrán solicitar plaza en las escuelas de primer ciclo de educación infantil de titularidad municipal los padres, madres o tutores/as de estos/as cuyas edades correspondan a los niveles del citado ciclo, de 0 a 3 años, residentes en el 4
municipio de Castellón de la Plana. En todo caso, para efectuar la matricula es necesario que los niños admitidos hayan nacido. La incorporación a los centros de primer ciclo de educación infantil de los niños admitidos se realizará, al menos, con tres meses de edad cumplidos. Podrán admitirse solicitudes de plaza para niños en trámite de adopción o acogimiento familiar condicionado a la presentación de la filiación del alumno en el momento de efectuar la matrícula. Cada escuela hará pública, con anterioridad al periodo de solicitud, la oferta de plazas vacantes de los niveles de primer ciclo de educación infantil. Se aceptarán las solicitudes que integrarán, una vez completadas las plazas ofertadas, la lista de no admitidos para los niveles autorizados, aunque no se disponga de plazas vacantes. Las escuelas infantiles podrán integrar niños y niñas con necesidades educativas especiales con carácter excepcional. El número de niños de esas características escolarizados en cada centro será el que establece la normativa vigente en la materia y estará sujeto a la correspondiente autorización, en función de la capacidad para cubrir las necesidades de equipamiento singular, especialización profesional, y dotación de personal especializado requerido por la Consellería de Educación. Estas escuelas infantiles podrán reservar plazas para los niños y niñas en situación de riesgo social previa valoración municipal de la situación o en virtud de obligaciones derivadas de convenios establecidos por el Ayuntamiento de Castellón con otras entidades o instituciones de carácter social relacionadas con la atención a la familia e infancia. En cualquier caso serán derivados por el Negociado del Programa de Familia e Infancia. Las plazas a que se refieren los dos últimos párrafos se harán constar en la convocatoria anual de escolarización en las escuelas infantiles.
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A efectos de organizar adecuadamente la escolarización, dado que existe más de un centro de titularidad municipal de primer ciclo de educación infantil, existirá una comisión de escolarización en escuelas de primer ciclo de educación infantil de titularidad municipal, presidida por un representante de esta entidad local y por los representantes de las escuelas de primer ciclo de educación infantil de titularidad municipal. Anualmente se establecerán, respecto de las solicitudes de plazas vacantes que integrará la lista de no admitidos para los niveles autorizados y las solicitudes de nuevo ingreso, los plazos, criterios de adjudicación y la documentación requerida. En cualquier caso, los criterios de baremo y admisión general tendrán en cuenta: a) la situación laboral de los padres y tutores; b) la situación familiar (hermanos, familias monomarentales, niños y niñas en situación de acogimiento familiar o adopción, y niños y niñas nacidos en partos múltiples); c) proximidad del domicilio familia o lugar de trabajo; d) situación social; e) otras situaciones no previstas en el baremo debidamente justificadas y acordadas por la comisión de escolarización en escuelas de primer ciclo de educación infantil de titularidad municipal . Únicamente se baremará la renta per cápita en caso de empate, en cuyo caso tendrán prioridad los niños y niñas de familias con rentas más bajas.
4.- JORNADA
La atención educativa en las escuelas de primer ciclo de educación infantil de titularidad municipal se ajustará al calendario escolar del curso académico y las horas lectivas para las actividades escolares del alumno de acuerdo a lo que anualmente fije por Resolución la Dirección General de Ordenación y Centros Escolares.
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Las escuelas de primer ciclo de educación infantil de titularidad municipal “Chupetes”, “Peücs “y “Biberons” prestarán los siguientes servicios: → Durante el periodo correspondiente al calendario escolar y horario lectivo, servicio de escolaridad, atenderán a niños y niñas matriculados en el centro de 0 a 3 años: •
Atención educativa: de 09:00h a 17:00h.
La Escuela Infantil ofrecerá una ampliación de profesionales, respecto de los mínimos establecidos por la Consellería de Educación, tres Técnicos de Educación Infantil, uno para cada franja de edad, al objeto de mejorar la calidad educativa y dar adecuada respuesta a las necesidades del servicio y el servicio de comedor escolar para todos los niños y niñas escolarizados en el centro, dado que la comida es un momento educativo más. El coste de estos conceptos, en horario de 09:00h a 17:00h, estará iincluida a la cuota de escolaridad. → Durante los periodos fuera del calendario escolar y en horario no lectivo, coincidentes con el calendario laboral: a través de servicios complementarios se atenderá a los niños y niñas de 0 a 6 años. •
Servicio de ampliación de jornada, coincidiendo con el calendario escolar y fuera del horario lectivo, por las mañanas en horario de 07:30h a 09:00h y por las tardes de 17:00h a 20:30h.
•
Fuera del horario lectivo, los meses de junio y septiembre, en horario de 13:00h a 20:30h.
•
Fuera del calendario escolar, Pascua y Semana Santa, Navidades, fiestas locales y puentes, en horario de 08:00h a 16:00h.
•
Fuera del calendario escolar, durante los meses de julio y agosto, en horario de 08:00h a 16:00h.
El uso y abono de cualquiera de los servicios complementarios fuera del calendario escolar y en horario no lectivo, conllevará el servicio de desayuno, 7
merienda y en su caso comidas, y tendrá un coste adicional para el usuario. Para el desarrollo de estos servicios complementarios, la empresa adjudicataria deberá diseñar actividades educativas y/o lúdicas en las instalaciones del centro. Estas actividades irán dirigidas a niños de edades comprendidas entre 0 y 6 años matriculados o no matriculados en las escuelas infantiles y a sus familias. Los alumnos matriculados en la escuela tendrán prioridad sobre los no matriculados. Las actividades propuestas, así como las cuotas establecidas para esos servicios, formarán parte del Proyecto de Gestión de las Escuelas Infantiles. En el caso de que las ratios lo aconsejen en función de la demanda, los servicios complementarios, previa autorización por el Negociado de Familia e Infancia, con el visto bueno de la Teniente de Alcalde responsable del Área de Servicios a la Ciudadanía del Ayuntamiento de Castellón, podrán ejecutarse en una, dos o las tres escuelas infantiles. No obstante todo ello, si bien de un lado los padres demandan una serie de servicios no estrictamente educativos sino complementarios a la enseñanza para poder compatibilizar su vida personal y familiar con la vida laboral, y como demanda real y justificada es atendida por este Ayuntamiento creando servicios de apoyo a las familias, de otro lado, distintos estudios sobre la infancia y adolescencia avalan al respecto como , si el niño rompe la relación afectiva con la familia, con sus padres, se convierte en indiferente, egoísta, exige, hace chantaje emocional con mucha frecuencia. Así, será condición indispensable de cualquiera de las ampliaciones de horario, ofertadas a través de servicios complementarios, a que se ha hecho mención en párrafos anteriores, el diseño, por la entidad gestora, de actividades compartidas infantes/adultos que potencien y faciliten la relación niños y niñas con sus familias y, al mismo tiempo, la relación familia escuela. Estas actividades deberán contar con profesionales con formación específica y aparecer claramente 8
especificadas en el proyecto anual de gestión de la escuela infantil, sujeto a la aprobación por la unidad competente del Ayuntamiento de Castellón. En cualquier caso las actividades únicamente podrán ir dirigidas a acciones formativas de los padres, madres, tutores y tutoras;
actividades compartidas
infantes/adultos; y actividades de atención a los niños y niñas que impriman un carácter lúdico y de ocupación del tiempo libre y de ocio, y se ajustarán a criterios racionales y que favorezcan de un lado bienestar de los niños y niñas, y de otro lado la conciliación personal, laboral y familiar. El horario de estas actividades agrupadas como servicios complementarios, no podrá ir más allá de las 20:30 horas, teniendo siempre el cuidado preciso para que no se produzcan molestias a los vecinos colindantes.
5.- PERSONAL DEL SERVICIO
Corresponden al personal que preste servicios en la Escuela de Primer Ciclo de Educación Infantil las funciones específicas que establece el X Convenio Colectivo de ámbito estatal de Centros de Asistencia y Educación Infantil, publicado en el BOE de 7 de junio de 2007. En cuanto a la atención educativa, los requisitos mínimos del personal de la Escuela de Primer Ciclo de Ecuación Infantil, se ajustarán, además, a lo establecido por el Decreto 2/2009, de 9 de enero, del Consell, por el que se establecen los requisitos mínimos que deben cumplir los centros que impartan el Primer Ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad Valenciana. El personal de las escuelas de primer ciclo de educación infantil de titularidad municipal se agrupará en tres bloques: 1.- Profesionales de atención educativa. 2.- Personal de servicios generales. 9
3.- Personal de servicios complementarios.
PLANTILLA
“Chupetes”
“Peücs”
“Biberons”
6 unidades
12 unidades
10 unidades
1.- Atención Educativa Maestro de Educación Infantil
1
1
1
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15
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Director gerente
0,3
0,3
0,3
Administración
1
1
1
Limpieza
1
1
1
Mantenimiento
1
1
1
Pinche de cocina………………
1
1
1
Control
1
1
1
0,3
0,3
0,3
1
1
1
1
2
2
Técnico
Superior
en
Educación
Infantil/ Educador Infantil 2.- Servicios Generales
Personal cocina: Cocinera……………………….
de
análisis
de
puntos
críticos…………………………. 3.2.-Servicios complementarios Técnico
Superior
en
Educación
Infantil Técnico Especialista: atención de mañana;
actividades
complementarias Escuela de verano. ratio: de 0 a 1 año 1/8; de 1 a 3 años 1/20 ...
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y deberán disponer de la siguiente titulación:
PLANTILLA
Titulación requerida
1.- Atención Educativa Maestro de Educación Infantil
Titulo
de
maestro
con
la
especialización en Educación Infantil Técnico Superior en Educación Infantil/ Técnico Educador Infantil
Superior
en
Educación
Infantil
2.- Servicios Generales Director gerente
Titulado medio
Administración
Técnico medio, rama administrativa FP1
Limpieza
-
Mantenimiento
-
personal cocina: Cocinera……………………….
-
Pinche de cocina………………
-
Control
de
análisis
de
puntos Técnico especialista de laboratorio,
críticos………………………….
rama sanitaria FP2, 3.2.-Servicios complementarios Técnico Superior en Educación Infantil
Técnico
Superior
en
Educación
Infantil
Técnico
Especialista:
atención
de
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mañana; actividades complementarias Escuela de verano. ratio: de 0 a 1 año 1/8; de 1 a 3 años 1/20 ...
Técnico Especialista en Jardín de Infancia. Monitores especialistas en actividades a realizar.
Además de las titulaciones incluidas se admitirán, teniendo en cuenta el diseño de las categorías profesionales recogidas en el convenio laboral aplicable: los técnicos especialistas en Jardín de Infancia;
los profesionales que hayan obtenido la
especialización y la habilitación de acuerdo con la Orden de 11 de enero de 1996, del Ministerio de Educación y Ciencia; los profesionales que cumplan los requisitos contemplados en la Orden de 11 de octubre de 1994 para centros de Educación Infantil de primer ciclo; maestros que hayan adquirido la habilitación para la provisión de vacantes de naturaleza laboral en escuelas Infantiles de la Generalitat; Educadores que hayan adquirido la habilitación para la provisión de vacantes en Escuelas Infantiles de la Generalitat; y las Cualificaciones o categorías profesionales especialistas en el servicio a prestar, reconocidas en el catalogo de Cualificaciones Profesionales publicado anualmente por el Instituto Nacional de Cualificaciones Profesionales. Todos los profesionales relacionados para la atención educativa deberán acreditar los conocimientos de lengua valenciana. El contratista deberá obtener autorización previa del Ayuntamiento de Castellón para efectuar cambios en el equipo educativo de la Escuela Infantil, debiéndose respetar en este caso la titulación profesional y el número de profesionales exigidos en este Pliego y en el Decreto 2/2009, de 9 de enero, del Consell, por el que se establecen los requisitos mínimos que deben cumplir los centros que impartan el
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Primer Ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad Valenciana. De ser necesario
realizar
cambios
en
el
equipo
educativo,
éste
se
realizará
preferentemente al finalizar el curso escolar. El personal del servicio, a excepción de las figuras profesionales de director/a pedagógico y del director gerente, que deberán acreditar el ejercicio durante al menos un año de las mismas funciones,
deberán encontrarse inscritos como
desempleados en la oficina de empleo a fecha de la contratación según los periodos establecidos y que se recogen a continuación. Del grupo contratado en situación de desempleo, el 60% formará parte del colectivo de mayores de 45 años o personas menores de 30 años y que accedan a primer empleo. A estos efectos se considerarán primer empleo aquellas personas sin experiencia laboral o que en los últimos dos años no haya trabajado más de 90 días. La entidad concesionaria se podrá dirigir a la Agencia de Desarrollo Local del Ayuntamiento, a efectos de solicitar candidatos/as desempleados/as, para dichas contrataciones. La incorporación del personal requerido será progresiva, desde el momento de la adjudicación hasta el inicio de la prestación del servicio en septiembre 2010. En el momento de la adjudicación del contrato se incorporarán, el director/a gerente, directores/as
pedagógicos
(maestros/as),
administración,
limpieza
y
mantenimiento. En el mes de junio podrán incorporarse los profesionales dirigidos a los servicios complementarios y a partir del 1 de septiembre, deberá estar incorporada toda la plantilla de las escuelas infantiles. En la exposición del proyecto deberá figurar la expresión clara de la estructura y jerarquía de profesionales que realizan y coordinan el servicio, al objeto de evitar la posible sobrecarga de tareas en un solo cargo y/o relevando o no dotando de la
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responsabilidad intrínseca a otros especialistas, y expresión clara de la dotación de personal administrativo, técnico, gerencia u otros que eviten la concentración de tareas a realizar por un profesional concreto y tipo de dedicación.
6.-
CARACTERÍSTICAS
EDUCATIVAS
DE
LAS
ESCUELAS
INFANTILES.
Las escuelas infantiles de titularidad municipal de gestión municipal indirecta se acreditan como un servicio que parte de las necesidades sociales y educativas de atención infantil. De acuerdo con la normativa vigente, estos centros impartirán el primer ciclo correspondiente a la Educación Infantil, que se extiende hasta los 3 años, dando una respuesta educativa a las necesidades evolutivas y de atención básica de los niños y niñas, y contribuyendo a su desarrollo físico, intelectual, afectivo, social y moral. La oferta de enseñanza bilingüe en castellano y en valenciano se ampliará en el proyecto educativo de las escuelas infantiles con la programación de iniciación al inglés, música y para los niños y niñas de 2 a 3 años, iniciación a la informática y nuevas tecnologías. Al objeto de ofrecer por el ayuntamiento recursos de apoyo a las familias, se podrán atender fuera del calendario y horario lectivo actividades lúdicas y de ocupación del ocio y tiempo libre, a niños y niñas hasta los 6 años. A) Objetivos del servicio La oferta de plazas de primer ciclo de Educación Infantil de titularidad municipal, parte integrante del apoyo a familias y de la intervención socioeducativa cubrirá los siguientes objetivos:
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a) Constituir un servicio que da respuesta a las necesidades de atención educativa de los niños y niñas de 0 a 3 años, abordando los ámbitos educativo y asistencial y que contribuye a su desarrollo físico, intelectual, afectivo, social y moral. b) Constituir un servicio de apoyo a la familia o unidad de convivencia, que permita la conciliación entre la vida personal, familiar y laboral, y que tiene, en consecuencia, una fuerte connotación preventiva y de compensación de desigualdades sociales. c) Contribuir a desarrollar en los niños y niñas capacidades en las áreas física, social, afectiva, intelectual, tecnológica y de autonomía básica. d) A través de un método de trabajo basado en las actividades y el juego aplicados en un ambiente de afecto y confianza, cubrir los aspectos básicos del Currículo del Primer Ciclo de la Educación Infantil, incluyendo la enseñanza de ingles y la iniciación a la informática y nuevas tecnologías. e) Ser un servicio complementario de otros proyectos educativos, sociales o culturales enraizados en la comunidad. f) El aprovechamiento de los recursos públicos y privados con implantación en la localidad y más concretamente en la demarcación del centro, que constituye un factor de rentabilidad de medios y establecimiento de buenas prácticas en el servicio. g) La incorporación de fenómenos sociales emergentes en nuestra sociedad en la programación anual de contenidos educativos del centro de Educación Infantil. Se materializará, evolucionando en su contenido en la misma medida que lo harán los acontecimientos sociales, de modo que en los programas educativos deben contemplar la interculturalidad y la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
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h) La formación permanente tanto del profesorado y profesionales al servicio del proyecto de educación infantil como de las familias. i) La innovación educativa, entendida como capacidad de experimentar e incorporar nuevos objetivos, estrategias, prácticas o actividades tanto en lo relativo a los contenidos estrictamente académicos, como al modelo organizativo del centro o al modelo de relación del centro con su entorno e implicación en el tejido social de la comunidad. j) El establecimiento de relaciones de cooperación y trasvase de información sobre buenas prácticas con otros proyectos curriculares de Educación Infantil de ámbito nacional B) Estructura y características que definen la educación en las escuelas de primer ciclo de educación infantil. Se configura esta etapa educativa con carácter abierto y flexible que satisfaga las necesidades educativas y asistenciales de los niños y niñas y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de los padres, madres, tutores y tutoras. A tal fin el Decreto 2/2009, del Consell por el que se establecen los requisitos mínimos que deben cumplir los centros que impartan el Primer Ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad Valenciana, regula los aspectos curriculares para el desarrollo de la actividad educativa y asistencial; los requisitos y titulaciones exigidas al personal a quien se confié esta actividad, las características y requisitos que han de reunir los centros, así como los medios organizativos necesarios. La finalidad de los centros de educación infantil de primer ciclo es contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de las niñas y de los niños.
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La educación Infantil de primer ciclo contribuirá a desarrollar en los niños y niñas capacidades dentro de los ámbitos físico, social, afectivo, intelectual, tecnológico y de autonomía básica. Los métodos de trabajo se basarán en las actividades y el juego y se aplicarán en un ambiente de afecto y confianza, para potenciar la autoestima e integración social. Las áreas o ámbitos de experiencia incluyen la identidad y autonomía personal; el descubrimiento del medio físico, natural, social y cultural y los lenguajes: comunicación y representación. La evaluación en educación infantil será global, continua y formativa. La observación directa y sistemática constituirá la técnica principal del proceso de evaluación. El número de puestos escolares de los Centros de Educación Infantil se fijará en las correspondientes resoluciones administrativas de autorización y funcionamiento, teniendo en cuenta el número máximo de alumnos por unidad. Las Administraciones Educativas competentes determinará el número máximo de alumnos para las unidades que integren a niños con necesidades educativas especiales.
C) Aspectos básicos del currículo del Primer Ciclo de la Educación Infantil Se entiende por currículo el conjunto de objetivos, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación que han de regular la práctica educativa. La atención educativa del centro desarrollará los contenidos educativos establecidos por el Decreto 37/2008, de 28 de marzo, del Consell, por el que se establecen los contenidos educativos del primer ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad Valenciana.
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D) Aspectos complementarios del currículo de la educación infantil. Como complemento de los contenidos educativos del primer ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad Valenciana, establecido por Decreto 37/2008, de 28 de marzo, del Consell, se orientará el proyecto curricular de las escuelas de primer ciclo de Educación Infantil a la consecución de los siguientes objetivos que inciden directamente en la calidad docente: • La complementariedad con otros proyectos educativos, sociales o culturales enraizados en la comunidad donde se implanta el Centro de Educación Infantil. •
El aprovechamiento de los recursos públicos y privados con implantación en la localidad y más concretamente en la demarcación del centro, que constituye un factor de rentabilidad de medios y establecimiento de buenas prácticas en el servicio.
• La incorporación de fenómenos sociales emergentes en nuestra sociedad en la programación anual de contenidos educativos del centro de Educación Infantil. Se materializará, evolucionando en su contenido en la misma medida que lo harán los acontecimientos sociales. En los proyectos educativos deben contemplar la interculturalidad y la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Este objetivo comportará en ocasiones la sensibilización y cambio de perspectiva cultural del personal Formador y Técnico participante en el proyecto, de modo que puedan constituirse en agentes de cambio. • La formación permanente del profesorado y profesionales al servicio del proyecto de educación infantil. • La innovación educativa, entendida como capacidad de experimentar e incorporar nuevos objetivos, estrategias, prácticas o actividades tanto en lo relativo a los contenidos estrictamente académicos, como al modelo 18
organizativo del centro o al modelo de relación del centro con su entorno e implicación en el tejido social de la comunidad. • El establecimiento de relaciones de cooperación y trasvase de información sobre buenas prácticas con otros proyectos curriculares de Educación Infantil de ámbito nacional y/o europeo.
E) Aspectos metodológicos relativos a la atención asistencial y educativa de los niños. 1. Establecer las relaciones entre aprendizaje y desarrollo como procesos indisociables. 2. Tener en cuenta incidir y cubrir todas las necesidades de tipo físico, social, afectivo y cognitivo, procurando situaciones que propicien una educación integral. 3. Organizar la vida diaria siguiendo los principios de seguridad, estabilidad, estimulación y flexibilidad, creando ambientes seguros, agradables y motivadores. 4. Atender a las diferencias entre los niños, respetando sus necesidades individuales y teniendo en cuenta las diferentes condiciones de vida de las familias, favoreciendo relaciones personales estimulantes y positivas. 5. Favorecer la colaboración, formación y coordinación con las familias. 6. Marcar la organización del tiempo que permanecen los niños en el centro desde las rutinas de la vida diaria. Las decisiones pedagógicas que se tomen en el centro educativo dependerán de las necesidades de los niños de estas edades. 7. Valorar las necesidades educativas especiales de los alumnos que lo requieran y elaborar los proyectos de educación compensatoria temprana, a fin de evitar las desigualdades derivadas de factores sociales, económicos y culturales, geográficos, étnicos y de otra índole. 19
8. Facilitar, por parte de los profesionales encargados de estos niños en el centro, la interacción y las expresiones abiertas de afecto, cuidando de que las experiencias sean ricas, estimulantes, satisfactorias en si mismas, que fomenten cualidades de atención, el respecto a los otros y la colaboración.
F) Servicios Generales: Los centros de Primer Ciclo de Educación Infantil deberán ofrecer los servicios educativos y asistenciales completos que requiere cualquier menor en edades comprendidas entre los 3 meses y los 3 años y que con carácter general engloban: 1. Dirección de gestión y pedagógica del centro. 2. Administración general. 3. Suministro y reposición de materiales didácticos y de servicios adecuados. 4. Seguros derivados de la ejecución del servicio y mantenimiento de las instalaciones requeridos. 5. Custodia del menor durante su estancia en el centro. 6. Cuidados tendentes a garantizar la integridad física y seguridad del menor. 7. Prestación de sustento adecuado a la fase evolutiva del menor y al horario de permanencia en el centro. 8. Facilitar un repertorio suficientemente amplio de experiencias adecuadas al desarrollo evolutivo de cada menor, para contribuir a la estimulación de sus capacidades físicas, psíquicas, sensoriales y de socialización. 9. Favorecer las situaciones de comunicación y afecto con los adultos de referencia. 10. Contribuir al desarrollo progresivo de la autonomía de los menores. 11. Servicios de Orientación familiar. 12. Apoyo psicosocial al menor y en su caso a la familia. 13. Promoción de la igualdad de oportunidades y de la salud 20
14. Evaluación anual de calidad en la prestación del servicio.
7.- EQUIPAMIENTO Y MATERIAL DIDÁCTICO Las
escuelas
infantiles
de
titularidad
municipal
dispondrán
del
equipamiento básico para la puesta en marcha de los servicios requeridos, debiendo la empresa adjudicataria adquirir todos aquellos que requieran la puesta en marcha del proyecto de gestión y educativo propuesto. Además deberán adquirir este en función de las exigencias que se deriven de los proyectos anuales de gestión de las escuelas aprobados y autorizados por el Ayuntamiento de Castellón. Los materiales didácticos y equipamiento a aportar por la entidad gestora de las escuelas de primer ciclo de educación infantil de titularidad municipal, como regla general, deberán estar en relación con la propuesta pedagógica presentada en el proyecto de gestión de la escuela y de acuerdo con la propuesta educativa y pedagógica que se haya de realizar en los distintos espacios de la escuela. Incluirán como mínimo: •
El material didáctico de las aulas;
•
Material didáctico de juego exterior y psicomotricidad;
•
Material didáctico de expresión musical, juego simbólico y expresión plástica;
•
Material didáctico para la enseñanza de ingles;
•
Material didáctico de informática adaptado (en las aulas de 2 a 3 años: equipos informáticos adaptados y pizarras electrónicas);
•
Espejo grande de seguridad en las aulas de lactantes.
•
Equipo y material audiovisual;
•
Equipo y material de audición. 21
•
Parque infantil.
•
Lencería y colchonería.
•
Menaje de cocina
•
Menaje de centro.
•
Suministros de higiene, sanitarios y de alimentación, cocina y comedor.
Todos los materiales didácticos y equipamiento adquiridos para las escuelas infantiles deberán estar homologados por la Unión Europea, disponer de garantías de fabricación y ser de máxima seguridad. Además deberán ajustarse a las características de cada edad, tamaños adecuados, fáciles de limpiar, carecer de toxicidad y, en la medida de lo posible, ser ecológicos. Será requisito indispensable retirar materiales rotos, estropeados o deteriorados, estando los materiales didácticos siempre en perfecto estado.
8.- SUPERVISIÓN DEL SERVICIO El Ayuntamiento de Castellón, a través de los servicios correspondientes, ejercitará en la forma que determine, las funciones de seguimiento y control del servicio en orden a asegurar el buen funcionamiento del mismo, solicitando a las unidades competentes, los informes precisos. 9.- RELACIÓN CON LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA Los servicios competentes de la Consellería de Educación realizarán la orientación pedagógica e inspección de la Escuela Infantil. La misma, a través de los distintos servicios de atención especializada, ofrecerá apoyo psicopedagógico a los equipos educativos, a los niños y niñas, a los padres y madres, tutores y tutoras que lo precisen.
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El funcionamiento de la escuela infantil, además de ajustarse a la normativa reguladora básica del servicio objeto del contrato, deberá hacerlo a la que para cada curso escolar dicte la Consellería de Educación en lo que se refiere al funcionamiento de las Escuelas de Primer Ciclo de Educación Infantil de la Comunidad Valenciana.
10.- CONTENIDO MÍNIMO A PRESENTAR PARA LA LICITACIÓN La memoria de la gestión del servicio hará constar: A/ Proyecto pormenorizado de la ejecución del servicio que, como mínimo, se referirá a el proyecto de gestión de centro y a la organización prevista. Incluirá, el proyecto de gestión educativa, el proyecto de gestión organizativa y económica y el diseño de funcionamiento del centro. 1.- Proyecto de gestión educativa. Proyecto relativo al desarrollo de la Educación Infantil en la escuela infantil, en el que se deberán incluir, con una extensión máxima de 40 folios, escritos por una sola cara, en formato 1,5, letra Arial 11, al menos los siguientes aspectos: Proyecto educativo de las Escuelas Infantiles. Fundamentos legislativos. Proceso a seguir y criterios para la elaboración del proyecto educativo del centro con especial referencia a la participación y relación con las familias. Elaboración del reglamento de régimen interior, organización del centro, estructura y organización del horario del centro. Propuesta pedagógica. Inclusión en el proyecto educativo y la propuesta pedagógica del centro del Plan de atención a los niños con necesidades educativas especiales y aquellos que se encuentran en situación de riesgo social.
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Relación con la administración educativa y administración local. Medidas propuestas para la integración de este alumnado en la vida diaria del centro. El proyecto educativo de las escuelas infantiles, incluyendo la propuesta pedagógica, que tomará en consideración la normativa vigente y las características de la población y del contexto social donde se ubica el centro, así como el Plan de atención a los niños con necesidades educativas especiales. Proyecto de iniciación al inglés. La propuesta incluirá: número de profesionales que se propone contratar para este fin incluyendo, en su caso, información sobre los países de origen y, en su caso, perfil de titulación y acreditación de la capacitación pedagógica. Inclusión del proyecto de iniciación al inglés en la propuesta pedagógica del centro: objetivos, secuencia y organización de contenidos, aplicación de principios metodológicos, planificación temporal de las horas semanales de exposición al idioma inglés de cada uno de los grupos. -. Contratación de personal nativo que acredite adaptación pedagógica. -. Horas de exposición al idioma inglés. -. Metodología didáctica. Proyecto de iniciación a la informática y nuevas tecnologías. La propuesta incluirá: número de profesionales que se propone contratar para este fin incluyendo, en su caso, información sobre el perfil de titulación y acreditación de la capacitación pedagógica. Inclusión del proyecto de iniciación a la informática y nuevas tecnologías en la propuesta pedagógica del centro: objetivos, secuencia y organización de contenidos, aplicación de principios metodológicos, planificación temporal de las horas semanales de exposición de cada uno de los grupos. -. Contratación de personal cualificado y que acredite adaptación pedagógica. -. Horas de exposición a la informática y nuevas tecnologías. 24
-. Metodología didáctica. Proyecto de enseñanza de música. La propuesta incluirá: número de profesionales que se propone contratar para este fin incluyendo, en su caso, información sobre el perfil de titulación y acreditación de la capacitación pedagógica. Inclusión del proyecto de iniciación a la música en la propuesta pedagógica del centro: transversalidad de la materia, objetivos, secuencia y organización de contenidos, aplicación de principios metodológicos, planificación temporal de las horas semanales de exposición de cada uno de los grupos. -. Contratación de personal cualificado y que acredite adaptación pedagógica. -. Horas de exposición de música. -. Metodología didáctica, transversalidad de la materia.
2.- Proyecto de gestión organizativa y económica Se desarrollarán, con una extensión máxima de 30 folios, escritos por una sola cara, en formato 1,5, letra Arial 11, al menos los siguientes aspectos: - Organización propuesta para el centro: Estructura organizativa: Dirección del centro y órganos colegiados de gobierno y coordinación docente. Canales de relación de la entidad adjudicataria con: * Administración titular del centro. * Consejo Escolar. * Dirección del centro. * Equipo educativo. -. Memoria económica de viabilidad e idoneidad para la explotación del servicio durante
los
años
de
vigencia
del
contrato,
incluidas
las
actividades
complementarias. 25
-. Personal de servicios educativos, de servicios generales y servicios complementarios. Gestión de personal. Funcionamiento ordinario de la Escuela: alimentación, energía, material didáctico, material de oficina, mantenimiento, etc. Gastos propios de la entidad adjudicataria, incluidos los complementos de su personal, administración, bancarios, seguros, saldo remanente de gestión, etc. Gastos e ingresos correspondientes a las actividades complementarias. -. Formula polinómica propuesta para la revisión anual de tarifas. La formula propuesta deberá responder a la estructura de costes de la concesión, lo que deberá justificar suficientemente el licitador. Deberá también concretarse la forma de obtener los datos que deban tenerse en cuenta para la aplicación de la fórmula propuesta de revisión de tarifas. Serán inadmitidas las proposiciones cuya fórmula de revisión de precios no se ajuste a estas reglas. 3.- Funcionamiento del Centro. Se desarrollarán, con una extensión máxima de 30 páginas, escritos por una sola cara, en formato 1,5, letra Arial 11, al menos los siguientes aspectos: Puesta en marcha y funcionamiento del centro. Procedimiento a seguir, relación con la administración titular. Diseño de la puesta en marcha del equipo educativo: coordinación, formación e información sobre el proyecto educativo y la propuesta pedagógica. Instalaciones y ambientación. Proceso de admisión. Información y atención a familias. Diseño de la campaña de difusión en la puesta en marcha del servicio y propuesta anual de difusión. Propuesta de actividades complementarias. En la propuesta se deberá incluir la relación de actividades incluyendo los siguientes aspectos: 26
Destinatarios, personal y titulación del mismo, horarios, etc.; Relación con el proyecto educativo; Seguimiento y evaluación: temporalización, responsables, etc.; Actividades para niños y niñas fuera del calendario escolar y en horario no lectivo. Actividades para familias de niños y niñas matriculados en la escuela infantil y/o en actividades complementarias de la escuela infantil.
B/ Relación del personal que, con cargo al adjudicatario/a, prestará el servicio indicando la titulación, categoría profesional, funcionas a desarrollar. C/ Prototipo de aplicación informática, que deberá incluir un sistema de gestión de matriculas capaz de dar soporte a la gestión electrónica de estas, un sistema de registro de plantilla de personal, cuadrantes, planes de trabajo individualizados, seguimiento de casos especiales, así como la actualización de los datos relevantes para el adecuado funcionamiento del servicio, y que permita la consulta por parte de los técnicos municipales. Adecuación del mismo a los sistemas informáticos municipales. D/ En su caso, mejoras previstas sobre los pliegos que rigen esta contratación, que pueden permitir una cobertura más amplia de los objetivos del servicio, priorizando el bienestar de los niños y niñas, y de las familias, que versarán únicamente sobre los extremos siguientes: * Plan anual de formación continúa de la totalidad de la plantilla propuesta por el concesionario. * Creación de un servicio psicopedagógico de atención a niños y niñas y familias. Este servicio incluirá al menos dos de las figuras profesionales de psicólogo/a, pedagogo/a y educador/a social.
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* Ampliación del equipamiento estructural y/o funcional, coherente con los espacios que ofrecen las Escuelas Infantiles, que no afecte a los requisitos y condiciones que figuran en las correspondientes autorizaciones. Las mejoras propuestas se expresarán con toda claridad y detalle, de forma que no ofrezcan ninguna duda sobre su contenido técnico y su valor económico, así como respecto a si tienen carácter acumulativo o alternativo entre sí y con respecto a las determinaciones del proyecto. En cualquier caso, las mejoras tendrán siempre carácter opcional para el Ayuntamiento, que únicamente valorará a efectos de adjudicación del contrato aquellas que acepte, y con arreglo a la ventaja económica que reporten. La extensión máxima de la memoria será de 100 folios, escritos por una sola cara, en formato 1,5, letra Arial 11. Deberá contener un pronunciamiento expreso, claro, conciso y ordenado sobre cada uno de los extremos sobre los que deber versar la memoria, con exclusión de lo ya dispuesto en este pliego de prescripciones técnicas particulares y seguir el esquema propuesto.
La Jefa de Negociado Programa de Familia e Infancia
Castellón a 12 de enero de 2009
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