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!NSTITUTO DE !NFORMACIÓN ESTADíSTICA y GEOGRÁF!CA JALISCO
ACTA CC-IIEG/Ol/2015 COMITÉ DE CLASIFICACiÓN DE INFORMACiÓN DEL INSTITUTO
DE INFORMACiÓN
PÚBLICA
ESTADíSTICA Y GEOGRÁFICA DEL ESTADO DE JALISCO.
a
2 SESiÓN ORDINARIA
2015
Siendo las 10:00 horas del día 28 de mayo del año 2015 dos mil quince, en la Ciudad de Guadalajara, Jalisco, con fundamento
en los artículos 27, 28, 29 Y 30 fracción 1incisos 111,IV Y VIII,
60 fracción 1 inciso 1,y 61 fracción 1 inciso IV, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios;
6 fracciones 1, 11 fracción 1, y 12 fracciones 1,y 11,
del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información sus Municipios;
12 y 13 fracciones
ujetos Obligados;
11y IV, del Reglamento
Marco de Información
Pública para
Primero, Segundo, Tercero, Sexto, Séptimo, Octavo, Noveno, de los Criterios
nerales en Materia de Clasificación de la Información Comité
Pública del Estado de Jalisco
de Clasificación
de Información
Pública de éste Sujeto Obligado, se reunió
Pública del Instituto
de Información
G ográfica del Estado de Jalisco, en la sala de juntas de la unidad administrativa cal e Penitenciaría n° 180, Colonia Centro, en el Municipio
Estadística y localizada en la
de Guadalajara, Jalisco. --------------------
--- reside la sesión del Comité, el MTRO. DAVID ROGELlO CAMPOS CORNEJO, Director General del Sujeto Obligado; funge como Secretario el L1C.SERGIO LÓPEZ ARCINIEGA, en su calidad de Titular de l¡:t Unidad de Transparencia
del Sujeto Obligado y se hace constar la presencia del C.P.A. JOSÉ
MANUEL PADILLA SÁNCHEZ, Comisario Público Propietario y miembro de este Comité. ---El Presidente
y Secretario
respectivamente,
desempeñan
artículo 28 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Municipios,
y conforme
a la instalación
--------------
sus cargos con fundamento
en el
Pública del Estado de Jalisco y sus
del presente Comité que obra en el acta de la Primera
Sesión Ordinaria 2014 de este órgano, llevada a cabo el día 07 siete de mayo de 2014.------------------ A efectos de dar inicio a ésta SEGUNDA SESiÓN ORDINARIA 2015 de CARÁCTER RESTRINGIDO del Comité de Clasificación del IIEG, el Presidente del Comité sede el uso de la voz al Secretario q uie n da lectu ra al: -------------------------------------------------------------------------------------------------------Orden del Día. Primero. Lista de asistencia y decla ratoria de q uóru m lega 1. --------------------------------------------------
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'
. INSTITUTO DE INFORMACiÓN EST¡,,,\DfsTICA y GEOGRAFICA
I
JALISCO
Segundo. Atención a las observaciones
realizadas por el Instituto
de Transparencia e Información
Pública del Estado de JaIisco. ------------------------------------------------------------------------------------------Tercero. Clasificación inicial de información: ejidos y comunidades
l/Cartografía Vectorial
indígenas, así como ell/shapefilel/
en archivo I/shapefilel/ de los
de la propiedad privada, elaborados por el
Registro Agrario Nacional, entregado alllEG en el año 20121/. ------------------------------------------------Cuarto. Clasificación inicial de expedientes en proceso relativos a las auditorias. -----------------------Quinto.
Clasificación
Agricultura,
inicial de imágenes
I/SPOT ERMEX NGI/, obtenidas
Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
de la Secretaría
de
[SAGARPA]. ------------------------------
---Acto seguido se procede a dar desahogo al Orden del Día: ------------------------------------------------PRIMERO. LISTA DE ASISTENCIA Y DECLARATORIA DEl QUÓRUM LEGAL. ----------------------------------Para desahogar este punto del orden del día, el Presidente, cede la palabra al Secretario Comité, Lic. Sergio López Arciniega, quien de la lista de asistencia declara existente quórum para la celebración
de la sesión, en virtud de encontrarse
del legal
el cien por ciento de los integrantes
de
este Comité, y da cuenta al Comité de la presencia del Director de la Unidad Geográfico Ambiental de este Sujeto Obligado, el MTRO. MAXIMIANO dirige, maneja información
BAUTISTA ANDALÓN, en vista que el área que
que puede ser considerada de carácter reservado y que será analizada
por éste Comité, quién comparece como invitada especial y solo con uso de la voz a esta sesión, acto seguido, se procede al desahogo del siguiente punto a tratar.
-----------------------------------------
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------SEGUNDO.
ATENCiÓN
A
LAS
OBSERVACIONES
REALIZADAS
POR
EL
INSTITUTO
DE
TRANSPARENCIA E INFORMACiÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE JALISCO. -----------------------------------Para el desahogo informado
del segundo punto
del orden del día, el Secretario
DPDP/18/2015,
mediante
lo
Confidencial
al Sistema de Información
de clasificación de este Sujeto Obligado, por lo que es
necesario que se atiendan dichas observaciones Información
del mismo, que el ITEI notificó el oficio No.
la cual se hacen diversas observaciones
Reservada, así como a los procedimientos
unánime
retoma
en la Primera Sesión Ordinaria de éste Comité desahogada al día previo al presente, es
decir el 27 de mayo, en el cual hizo del conocimiento
miembros
del Comité
para poder crear correctamente
los Sistemas de
del IIEG, en ese orden de ideas y de la lectura que se ha dado a los
del Comité sobre las observaciones
contenidas
en el oficio se acuerda
realizar de nueva cuenta el proceso de clasificación
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de información
de manera
reservada
con la
.
INSTITUTO
DE
INFORMACiÓN
16
ESTADíSTICA Y GEOGRÁFICA
JALISCO
finalidad de dar certeza jurídica del porqué de la clasificación y que sienta la base para poder crear eI Siste m a de Info rm ació n Reserva da. -------------------------------------------------------------------------------TERCERO. CLASIFICACiÓN INICIAL DE INFORMACiÓN:
"CARTOGRAFíA VECTORIAL EN ARCHIVO
"SHAPEFILE" DE LOS EJIDOS y COMUNIDADES INDíGENAS, Así COMO EL "SHAPEFILE" DE LA PROPIEDAD PRIVADA, ELABORADOS POR EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL, ENTREGADO Al IIEG EN EL AÑO 2012". --------------------------------------------------------------------------------------------------En uso de la voz el Presidente,
MTRO. DAVID ROGEUO CAMPOS CORNEJO, manifiesta
virtud de haber sido autorizados
por el Instituto
lel dictamen
relativo
a los criterios
050/2012
alizar el análisis y estudio de información
de Transparencia e Información emitidos
que en
Pública de Jalisco
por este sujeto obligado,
se procede a
relativa a "Cartografía Vectorial en Archivo Shapefile"
los Ejidos y Comunidades Indígenas, así como el "Shapefile" de la Propiedad Privada, borados por El Registro Agrario Nacional, entregado alllEG en el año 2012", narrándose tinuación
los argumentos
y fundamentos
se tienen por reproducidos
Política de los Estados Unidos Mexicanos, en correlación
con el artículo 4 párrafo segundo, tercero, el derecho
cuarto y sexto, 9 y 15 fracción
a la información
como un Derecho
importante
aclarar que no es absoluto,
limitaciones
o excepciones que se sustentan fundamentalmente,
nacional
y en el respeto
gobernados, información
limitaciones
del Comité, mismos
en el sigu iente orden: ----------------------------------------------------------
s artículos 6 y 16 de la Constitución
cal, contemplan
realizados por los integrantes
a
tanto
Humano,
han dado
en la protección
origen
a la figura
jurídica
es
sujeta a
de la seguridad
de la sociedad como a los derechos
que se conoce en la doctrina como "reserva de información".
En este sentido, se hace oportuno
no obstante
sino que, como toda garantía se encuentra
de los intereses
que incluso
IX de la Constitución
de los
del secreto
de
-------------------------------
resaltar la tesis aislada de la Suprema Corte de Justicia de la
Nació n q ue sost iene: -----------------------------------------------------------------------------------------------------"DERECHO A LA INFORMACiÓN.
SU EJERCICIO SE ENCUENTRA LIMITADO
TANTO POR LOS
INTERESES NACIONALES Y DE LA SOCIEDAD, COMO POR LOS DERECHOS DE TERCEROS. (...lEn
estas condiciones al encontrarse obligado el Estado, como sujeto pasivo de la citada garantía, a velar por dichos intereses, con apego a las normas constitucionales derecho no puede ser garantizado
indiscriminadamente,
y legales, el mencionado
sino que el respeto
a su ejercicio
encuentran excepciones que lo regulan y a su vez lo garantizan, en atención a la materia que se refiera; así en cuanto a la seguridad nacional, se tienen normas que, por un lado, restringen el Página 3 de 13
INSTITUTO DE INFORMACiÓN ESTADíSTICA Y GEOGRÁFICA JALISCO
acceso a la información
en esta materia,
en razón de que su conocimiento
público
generar daños a los intereses nacionales y, por otro, sancionan la inobservancia
puede
de esa reserva;
por lo que hace al interés social, se cuenta con normas que tienden a proteger la averiguación los delitos, la salud y la moral pública, mientras
que por lo que respecta a la protección
persona existen normas que protegen el derecho a la vida o a la privacidad Amparo
en revisión 3137/98, Bruno F. Villaseñor 2 de diciembre
11.-Ahora bien, y dada la naturaleza de la información,
referente
de
de la
de los gobernados.--
1999. -------------------------------a la Cartografía
Vectorial
en
archivo ((shapefile(( elaborada por el Registro Agrario Nacional, y entregada al IIEG en el año 2012, atendiendo
a lo dispuesto en el punto décimo octavo de los Criterios Generales en Materia
Clasificación de la Información
Pública de este sujeto obligado, así como el artículo 17 fracción
y 18 de la Ley de Transparencia Municipios,
se determina
que la información
RESERVADA, por encontrarse señalándose
y Acceso a la Información
los motivos
motivo de la presente clasificación
y fundamentos
VII
Pública del Estado de Jalisco y sus
dentro del catálogo de la información
a continuación
de
es de carácter
considerada como reservada,
que propiciaron
la reserva
de la
info rm ació n de la sigu ie nte fa rm a: ----------------------------------------------------------------------------------El Mtro. manifiesta
Maximiano
Bautista
que la Cartografía
Andalón,
como titular
del área generadora
Vectorial en Archivo Shapefile"
de la información
de los Ejidos y Comunidades
Indígenas, así como el "Shapefile" de la Propiedad Privada, elaborados por El Registro Agrario Nacional, entregado al IIEG en el año 2012, debe ser reservada con fundamento en el artículo
17 fracción VII de la Ley de Transparencia
en lo dispuesto
y Acceso a la Información
Pública del
Estado de Jalisco y sus Municipios, en razón que con su difusión se estaría violando lo pactado en el convenio celebrado por el entonces Instituto
de Información
Territorial
del Estado de Jalisco, y
el Registro Agrario Nacional, mediante el cual se acordó en la cláusula CUARTA: -----------------------"...EL RAN se compromete
a proporcionar
a "EL INSTITUTO" la información
digital, surgida como resultado del "Programa (PROCEDE), así como preferentemente
la relativa
por las Municipios
de Certificación
al inventario que componen
cartográfica
agraria
de Derechos Ejidales y Titulación
de los pequeños
propietarios,
en formato de Solares"
las entregas
cada región, de acuerdo al siguiente
se harán
orden: a) Región.
Ciénega; b) Región Sur; c) Región Altos Sur; d) Región Altos Norte; e) Región Costa Norte; f) Región Costa Sur;
g) Región Valles; h) Región Sierra de Amula; i) Región Sierra Occidental; j) Región Centro; k) Región Sureste; 1) Reg ión N o rte ..." ----------------"-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
Del mismo documento
se desprende en su cláusula OCTAVA: ------------------------------------------------
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iNSTITUTO
DE
INFORMt,CláN ESTADíSTICA y GEOGRAFICA JALISCO
"...Las partes se obligan a respetar los principios de confidencialidad que resulte y manejen
y reserva, respecto de la información
en relación a las acciones objeto del presente
instrumento,
autorizando
que los
Municipios del Estado de Jalisco, a través de sus Direcciones de Catastras así como otras dependencias
que
se consideren necesario participen en el proceso de validación de la información antes mencionada ..." ------Adicionalmente expresamente
expresa
que en las negociaciones
se manifestó que el otorgamiento
para la obtención
de dicha información
de dicha
a terceros puede causar un
perjuicio al Registro Agrario Nacional al no ser entregada vía la certificación esa autoridad
y podría derivar en Juicios innecesarios
información
por definiciones
de planos oficiales de
limítrofes
de ejidos y/o
pro pie dad es p rivadas. ------------------------------------------------------------------------------------------------------En uso de la voz el C.P.A. José Manuel Padilla Sánchez, Comisario Público e integrante Comité manifiesta
que la transmisión
de la información
obtenida
del Registro Agrario Nacional
violaría a lo pactado en la cláusula Octava del convenio de Colaboración y Coordinación el día 12 de diciembre
de 2007 entre el Registro Agrario del Estado, organismo
de
a este Instituto
de
nformación
Estad ística y Geográfica del Estado de JaIisco. ----------------------------------------------------
Archivo
de área responsable Shapejile/l
Propiedad
Privada,
elaborados
2012/1 , obtenida
por el Instituto
Registro Agrario
Nacional,
Transparencia
de los presentes en esta sesión, y en especial del
de la información
de los Ejidos
y
para dar creación
Instituto
Territorial
irector
.1
Nacional y el entonces
celebrado
Información
11.- Habiéndose desahogado los argumentos
fusionado
de este
correspondiente
Comunidades
Indígenas,
a "Cartograjía
así como
de la.
Agrario
de Información
Estadística y Geográfica del Estado de Jalisco del
y Acceso a la Información
a los artículos
entregado
/lShapejile/l
en
por El Registro
de conformidad
Nacional,
el
Vectorial
17 fracción
al IIEG en el año
VII y 18 de la Ley de
Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios,
y de los
criterios décimo tercero, décimo cuarto y décimo quinto de los Criterios Generales en Materia de
En uso de la voz el Presidente, MTRO. DAVID ROGELlO CAMPOS CORNEJO, manifiesta virtud de haber sido autorizados el dictamen
relativo
por el Instituto
a los criterios
050/2012
realizar el análisis y estudio de información
de Transparencia e Información emitidos
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Pública de Jalisco
por este sujeto obligado,
relativa a "Expedientes
en Proceso
que en
se procede a Relativos
a las
INSTITUTO DE INFORMAOON
ESTADíSTICA y GEOGRÁFICA JALISCO
Auditorios",
narrándose
a continuación
los argumentos
y fundamentos
integrantes del Comité, mismos que se tienen por reproducidos 1.- Los artículos 6 y 16 de la Constitución
como un Derecho
Política de los Estados Unidos Mexicanos, en correlación
Humano,
no obstante
Local, contemplan
es importante
absoluto, sino que, como toda garantía se encuentra sujeta a limitaciones sustentan fundamentalmente,
por los
en el siguiente orden: ---------------
con el artículo 4 párrafo tercero, 9 y 15 fracción IX de la Constitución a la información
realizados
en la protección
el derecho
aclarar que no es o excepciones que se
de la seguridad nacional y en el respeto tanto de
los intereses de la sociedad como a los derechos de los gobernados, dado origen a la figura jurídica del secreto de información
limitaciones
que incluso han
que se conoce en la doctrina
como
"rese rva dei nfo rm ación". ----------------------------------------------------------------------------------------------En este sentido, se hace oportuno
resaltar la tesis aislada de la Suprema Corte de Justicia de la
Nació n q ue sostie ne : -----------------------------------------------------------------------------------------------------"DERECHO A LA INFORMACIÓN.
SU EJERCICIO SE ENCUENTRA LIMITADO
TANTO POR LOS INTERESES
NACIONALES Y DE LA SOCIEDAD, COMO POR LOS DERECHOS DE TERCEROS. (...lEn estas condiciones encontrarse apego
obligado
el Estado, como sujeto pasivo de la citada garantía,
a las normas
indiscriminadamente, garantizan,
constitucionales
el mencionado
sino que el respeto a su ejercicio encuentran
a velar por dichos intereses, con
derecho
no puede
ser garantizado
excepciones que lo regulan y a su vez lo
en atención a la materia que se refiera; así en cuanto a la seguridad nacional, se tienen normas
que, por un lado, restringen público
y legales,
puede generar
el acceso a la información
daños a los intereses
en esta materia,
nacionales
en razón de que su conocimiento
y, por otro, sancionan
fa inobservancia
reserva; por lo que hace al interés social, se cuenta con normas que tienden a proteger la averiguación delitos, la salud y la moral pública, mientras que por lo que respecta a la protección normas que protegen Amparo
al
el derecho a la vida o a la privacidad
de los
de la persona existen
de los gobernados. ----------------------------------------
en revisión 3137/98, Bruno F. Villaseñor 2 de diciembre
11.-Ahora bien, y dada la naturaleza
de esa
de la información,
1999.------------------------------------------------referente
a "Expedientes
en Proceso
Relativos a las Auditorios", atendiendo a lo dispuesto en el punto décimo octavo de los Criterios Generales en Materia de Clasificación de la Información
Pública de este sujeto obligado, así como
el artículo 17 fracción I inciso d) y 18 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Jalisco y sus Municipios, clasificación
se determina
que la información
es de carácter RESERVADA, por encontrarse
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motivo
Pública
de la presente
dentro del catálogo de la información
INSTITUTO DE INFORMACiÓN
ESTADíSTICA Y GEOGRÁFICA JALISCO
considerada
como
propiciaron
reservada,
señalándose
la reserva de la información
El C.P.A. José Manuel
a continuación
los motivos
de la siguiente forma:
que los expedientes
Proceso Relativos a las Auditorías, que genera la Unidad de Administración,
dispuesto
por el artículo
17 fracción
información
en
a cargo de la Mtra.
reservada con fundamento
I inciso d) de la Ley de Transparencia
en lo
y Acceso a la
que señala: "Cause perjuicio grave a las
Información
Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios,
actividades
de verificación, inspección y auditoría, relativas al cumplimiento
reglamentos",
en razón que con su difusión se estaría poniendo
cumplimiento
de la auditoría
al revelar información
que
----------------------------------------------
Padilla Sánchez, Comisario Público, manifiesta
Rosa Gabriela García Robles, deben considerarse
y fundamentos
de las leyes y
en riesgo el propio proceso de
que pueda poner al tanto a algún presunto
servidor público que hubiese incurrido en algún acto sancionado por la ley ya sea por acción o por omisión,
incluso se puede decir que también
es aplicable el artículo
17 fracción
I inciso f) que
precisa: "Cause perjuicio grave a las actividades de prevención y persecución de los delitos, o de impartición e la justicia",
ahora bien, también se tiene que observar que el publicar dichos expedientes,
sitúa a
os servidores públicos que se les haya realizado alguna observación, toda vez que éstos tienen la portunidad ue publicar
de aclarar y subsanar las observaciones derivadas de este proceso de auditoría un proceso en el cual aún no se ha emitido
un dictamen
formal
por lo
por parte de la
Contraloría del Estado o del propio Comisario Público delllEG puede ocasionar un daño moral, a la re puta ció n y ha no r de los servid ore s pú bl icos. -----------------------------------------------------------------------En uso de la voz el MTRO. DAVID ROGELlO CAMPOS CORNEJO, Presidente de éste Comité manifiesta que los "Procesos Relativos a las Auditorías", se ajustan a lo señalado por el artículo 17 fracción I inciso d) y f), de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Jalisco y sus Municipios, filtrar
información
ya que pueden afectar directamente
las auditorías que se practiquen
a áreas internas que no deben tener conocimiento
supuesto a posteriori,
Pública del Estado de al
de los procesos y en un
pueden afectar las actividades de prevención o persecución de delitos que
pudiesen deriva rse de las m ismas. ------------------------------------------------------------------------------------
111.- Habiéndose desahogado los argumentos de los presentes en esta sesión, de conformidad artículos 17 fracciones d) y f) Y 18 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Estado de Jalisco y sus Municipios, el Comité de Clasificación de Información
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a los
Pública del
Pública de este sujeto
INSTITUTO DE INFORMACION ESTADisTICA y GEOGRÁFICA
I
JALISCO
obligado, décimo tercero, décimo cuarto y décimo quinto de los Criterios Generales en Materia de Clasificación Pública delllEG se pasa al siguiente punto del Orden del Día. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------QUINTO. CLASIFICACiÓN INICIAL DE IMÁGENES SPOT ERMEX NG, OBTENIDAS DE LA SECRETARíA DE AGRICULTURA, GANADERíA, DESARROllO RURAL, PESCAY ALIMENTACiÓN [SAGARPA]. -----En uso de la voz el Presidente,
MTRO. DAVID ROGElIO CAMPOS CORNEJO, manifiesta
virtud de haber sido autorizados por el Instituto de Transparencia e Información el dictamen
relativo
a los criterios
050/2012
realizar el análisis y estudio de información DE
LA
SECRETARíA
ALIMENTACiÓN
DE
Pública de Jalisco
por este sujeto obligado,
se procede a
relativa a "IMÁGENES SPOT ERMEX NG, OBTENIDAS
AGRICULTURA,
[SAGARPA)",
emitidos
narrándose
GANADERíA, a continuación
DESARROLLO
RURAL,
los argumentos
PESCA
en el siguiente
I
o rden: ------ ----------------- ------------ --------- ------------ ----------------- ---------- -----------------------------
como un Derecho
Humano,
no obstante
a soluto, sino que, como toda garantía se encuentra s stentan fundamentalmente,
--------
Política de los Estados Unidos Mexicanos, en correlación
c n el artículo 4 párrafo tercero, 9 y 15 fracción IX de la Constitución a la información
Y
y fundamentos
realizados por los integrantes del Comité, mismos que se tienen por reproducidos
1 - Los artículos 6 y 16 de la Constitución
que en
en la protección
Local, contemplan
es importante
sujeta a limitaciones
el derecho
aclarar que no es o excepciones que se
de la seguridad nacional y en el respeto tanto de
los intereses de la sociedad como a los derechos de los gobernados, dado origen a la figura jurídica del secreto de información
limitaciones
que incluso han
que se conoce en la doctrina
como
"rese rva dei nfo rm ació n". ----------------------------------------------------------------------------------------------En este sentido, se hace oportuno
resaltar la tesis aislada de la Suprema Corte de Justicia de la
Naci ó n q ue sost iene : -----------------------------------------------------------------------------------------------------"DERECHO A LA INFORMACiÓN.
SU EJERCICIO SE ENCUENTRA LIMITADO
TANTO POR LOS
INTERESES NACIONALES Y DE LA SOCIEDAD, COMO POR LOS DERECHOS DE TERCEROS. (...)En estas condiciones
al encontrarse
velar por dichos intereses, derecho
el Estado, como sujeto pasivo de la citada garantía,
con apego a las normas
no puede ser garantizado
encuentran refiera;
obligado
constitucionales
indiscriminadamente,
así en cuanto a la seguridad
acceso a la información
y legales, el mencionado
sino que el respeto
excepciones que lo regulan y a su vez lo garantizan,
a su ejercicio
en atención a la materia
que se
nacional, se tienen normas que, por un lado, restringen
en esta materia,
en razón de que su conocimiento
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a
el
público puede generar
INSTITUTO DE INFOR!,1ACION
1
I
I
JALISCO
ESTAD¡S~ICA y GEOGRAPICA
daños a los intereses nacionales y, por otro, sancionan la inobservancia hace al interés social, se cuenta con normas que tienden a proteger
de esa reserva; por lo que
la averiguación
la salud y la moral pública, mientras que por lo que respecta a la protección normas que protegen Amparo
el derecho a la vida o a la privacidad
obtenidas
de la Secretaría
[SAGARPA], atendiendo
de Agricultura,
I
a las imágenes SPOT ERMEX NG,
Desarrollo
Rural, Pesca y Alimentación
Pública de este sujeto obligado, así como el artículo 17
VII y 18 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
y sus Municipios,
1999.-----------------------------------
a lo dispuesto en el punto décimo octavo de los Criterios Generales en
Materia de Clasificación de la Información fracción
referente
Ganadería,
de la persona existen
de los gobernados. --------------------------
en revisión 3137/98, Bruno F. Villaseñor 2 de diciembre
/1.- Ahora bien, y dada la naturaleza de la información,
de los delitos,
se determina
que la información
carácter RESERVADA, por encontrarse reservada, señalándose a continuación
motivo
Pública del Estado de Jalisco
de la presente
clasificación
es de
dentro del catálogo de la información
considerada
como
los motivos y fundamentos
que propiciaron
la reserva de la
info rm ació n de la sigu iente fo rm a: ----------------------------------------------------------------------------------I Mtro.
Maximiano
anifiesta
que las imágenes
anadería, c njunto
Bautista
Desarrollo
Andalón,
como titular
del área generadora
SPOT ERMEX NG, obtenidas
Rural, Pesca y Alimentación
de la información
de la Secretaría
[SAGARPA], se derivan
de Agricultura, de un proyecto
entre la SAGARPA y la Secretaria de la Defensa Nacional, conocido como Estación de
ecepción México Nueva Generación [ERMEX NG], que tiene entre otras funciones la de gestionar las imágenes satelitales del territorio
nacional. La ERMEX NG fue inaugurada el 19 de febrero del
2013 y recibe telemetría de la constelación de Satélites Para la Observación de la Tierra [SPOT]. La ERMEX NG recibe
diariamente
imágenes
caract e ríst icas: -- ----------------------------------SATÉLITE
MODO
de los satélites
--------------------------------------------------
RESOLUCiÓN
BANDAS
ESPACIAL
SPOT5
Pancromátrico
2.5m
1 (Visible)
Multiespectral
10m
4 (Verde, Rojo, NIRY MIR)
2.5m
3 (Compuesto
Pancromátrico
105m
1(Visible)
Multiespectral
6m
Fusión Color.
SPOT 5 y 6 con
las siguientes
------- ---------------
COBERTURA
RESOLUCiÓN
ESPACIAL
RADIOMÉTRICA
60x 60 km
8 bits.
Color)
4 (Azul, Verde, SPOT6
Rojo e NIR) Fusión Color
1.5m
4 (Azul, Verde, Rojo e NIR)
Página 9 de 13
60x60km
12 bits.
INSTITUTO DE tNFORMACION ESTADíSTICA y GEOGRr\FICA
Tiene un rango de cobertura para la adquisición de imágenes de 2,500 km, a partir de su ubicación actual en el Estado de México, por lo que se pueden obtener Mexicana
(territorio
continental
e insular),
imágenes de toda la República
sur de los Estados Unidos, Centroamérica,
Cuba,
Jam aica, Hait í Y no roe ste de CAlo m bia. -----------------------------------------------------------------------------Las imágenes
pueden
ser solicitadas
gratuitamente
Pública en los tres niveles de Gobierno
por todas las áreas de la Administración
(Federal, Estatal y Municipal),
públicas de educación Superior y centros públicos de investigación deberán de registrarse
mediante
el documento
denominado
así como instituciones
sin fines de lucro, para lo cual
"Procedimiento
alta de gestores en la ERMEX NG" y cumplir con los compromisos
para ratificación
de confidencialidad
y
y respeto a
los derechos de autor que en él se establecen. ----------------------------------------------------------------------En uso de la voz el Mtro. Comité manifiesta
David Rogelio Campos Cornejo,
Presidente
e integrante
las imágenes SPOT ERMEX NG están protegidas de conformidad
exclusivo de áreas de la Administración
de este
a que su uso es
Pública en los tres niveles de Gobierno,
instituciones
públicas de educación Superior y centros públicos de investigación sin fines de lucro y este sujeto obligado al cumplir con ese supuesto y estar registrado como gestor del ERMEX NG, está obligado a guardar
la confidencialidad
de dichas imágenes y resguardarlas
conforme
a las reglas de operación del ERMEX NG, adicionalmente
como información
reservada,
en cada entrega de imágenes
por parte de SAGARPA se ratifica dicha situación en oficio que hacen llegar a este sujeto obligado.
111.- Habiéndose desahogado los argumentos
de los presentes en esta sesión, y en especial del
Director de área responsable de la información obtenidas
de la Secretaría de Agricultura,
[SAGARPAJ", de conformidad Acceso a la Información
a los artículos
correspondiente
Ganadería,
Desarrollo
a "Imágenes SPOT ERMEX NG, Rural, Pesca y Alimentación
17 fracción VII y 18 de la Ley de Transparencia
Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios,
y de los criterios
y
décimo
tercero, décimo cuarto y décimo quinto de los Criterios Generales en Materia de Clasificación de Info rm ació n Públ ica del 11 EG, se to m an los sigu ie ntes: ----------------------------------------------------------A CU E R D O S: PRIMERO. A través
de la presente
acta se tiene
dando
cumplimiento
a las observaciones
realizadas al acta de la Sexta Sesión Ordinaria 2015 de éste Comité, hechas por el ITEI en su oficio núm e ro No. DPDP/18/2015.
-------------------------------------------------------------------------------------------
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INSTITUTO DE iNFORMACiÓN ESTADíS~ICA y GEOGRAFiCA
j
I
JALISCO
SEGUNDO. A partir del 28 de mayo de 2015, se reserva de manera inicial por un periodo de 6 años de conformidad Información a.
a lo señalado por el artículo 19 fracción 1 de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios,
"Cartografía
Vectorial
como el "shapefile"
en archivo "shapefile"
de la propiedad
la siguiente información:
------------------
de los ejidos y comunidades
indígenas, así
privada, elaborados por el Registro Agrario Nacional,
entrega do al 11EGen e I año 2012". -------------------------------------------------------------------------b.
Exped ientes en proceso relativos a las auditorias. ------------------------------------------------------
c.
Imágenes
"SPOT ERMEX NG", obtenidas
de la Secretaría
de Agricultura,
Ganadería,
Desa rrollo Rura 1, Pesca y Alim entación [SAGARPA]. ---------------------------------------------------TERCERO. Se instruye
al Secretario
del Comité, para que elabore los Sistemas de Información
Reservada que se deriven de la presente clasificación de información
y los presente ante el ITEI en
e I té rm ino señalado pa ra ta I efecto. ---------------------------------------------------------------------------------CUARTO. La Unidad Administrativa correspondiente indígenas,
a "Cartografía
Vectorial
así como el "shapefilel/
Nacional, entregado
responsable
de la custodia
en archivo
de la propiedad
al //EG en el año 2012",
"shapefile
N
privada,
de la información
clasificada
de los ejidos y comunidades
elaborados
por el Registro Agrario
será la Unidad de Geografía y Medio Ambiente,
de
\
este sujeto obligado, así como la encargada de colocar los sellos y/o las leyendas donde se indique la reserva de la información
dentro
de los documentos
en los cuales conste
re ervada, y según manifiesta el Director de esa unidad, todos sus subordinados
m i m a . -------- ------ ----------------------------------------------Q INTO. La Unidad Administrativa co respondiente dministracián,
a "Expedientes
responsable
----- --------------------------de la custodia
en Proceso Relativos
de este sujeto obligado,
conste
la información
reservada,
tienen acceso a la
_-
_
de la información
a las Auditorios",
y se ordena
a la Directora
correspondiente Ganadería, Medio
Administrativa
de la custodia
a '{Imágenes SPOT ERMEX NG, obtenidas
Desarrollo
Ambiente,
responsable
Rural, Pesca y Alimentación
de este sujeto obligado,
en los cuales
de la Unidad
Ad m inist ració n. ----------------------------------------------------------------------------------------------SEXTO. La Unidad
de
los sellos y/o las
dentro de los documentos
notificar
clasificada
será la Unidad
así como la encargada de colocar
leyendas donde se indique la reserva de la información
la información
_
de la información
de la Secretaría
de
clasificada
de Agricultura)
[SAGARPAj", será la Unidad de Geografía y
así como la encargada de colocar los sellos y/o las
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INSTITUTO DE INFORMACiON ESTADíSTiCA Y GEOGR;\FICA
I
JALISCO
leyendas donde se indique la reserva de la información
dentro de los documentos
conste
el Director
la información
subordinados
reservada,
y según manifiesta
en los cuales
de esa unidad,
todos
sus
tienen acceso a la misma. -----------------------------------------------------------------------------
SÉPTIMO. Se ordena
remitir
direcciones que intervengan
s e s ión. ----------------------------------OCTAVO. Notifíquesele
la presente
acta a todas aquellas unidades
o tengan acceso a la información
--------------------------
allTEI el cumplimiento
administrativas
y/o
clasificada como reservada en esta
~----------------------------------
-- -----------------------
a su oficio de fecha No. DPDP/18/2015.
-------------
Se levanta la presente acta para constancia del desahogo de la sesión, siendo las 12:00 horas del día, mes y año en que se actúa, firmando legal cumplimiento Información
los presentes de conformidad,
y protestando
el fiel y
de las funciones que le son conferidas por la Ley de Transparencia y Acceso a la
Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios
así como su Reglamento
y demás
o rd enam iento siega Ies. --------------------------------------------------------------------------------------------------
lOS CC. INTEGRANTES DEl COMITÉ DE CLASIFICACiÓN DE INFORMACiÓN PÚBLICA DEl INSTITUTO DE INFORMACiÓN ESTADíSTICA Y GEOGRÁFICA DEl ESTADO DE JALISCO.
PRESIDENTE
Mtro
SECRETARIO
li . 10 l:ópez Arciniega Titular de la Unidad de Transparencia delllEG
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INSTITUTO DE INFORMACiÓN
ESTADíSTICA Y GEOGRÁFICA
) /
Mtro aximiano Bautista Andalón Director de 1, Unidad de Geografía y Medio Ambiente
ACfA
DEL COMITÉ DE CLASIFICACiÓN DE INFORMACiÓN
GEOGRÁFICA DEL ESTADO DE JALISCO N° CC/IIEG/02/2015 SEGUNDA SESiÓN ORDINARIA
PÚBLICA DEL INSTITUTO DE INFORMACiÓN
2015, EN LA QUE INTERVINIERON:
CORNEJO; SECRETARIO, L1C. SERGIO LÓPEZ ARClNIEGA; PADILLA SÁNCHEZ; INVITADO, MTRO. MAXIMIANO
ESTADíSTICA Y
DE FECHA 28 DE MAYO DEL 2015, CORRESPONDIENTE A LA COMISARIO
PRESIDENTE, MTRO.
DAVID
PÚBLICO PROPIETARIO,
ROGELlO CAMPOS
C.P.A JOSÉ MANUEL
BAUTISTA ANDALÓN. -------------------------------------------------------------
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