27. Medio ambiente. 1

27. Medio ambiente. 1 TEMA NÚMERO 27 – Medio ambiente. RESUMEN El tema Medio ambiente se estructura en torno a tres ejes fundamentales: las cuesti

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27. Medio ambiente.

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TEMA NÚMERO 27 – Medio ambiente.

RESUMEN El tema Medio ambiente se estructura en torno a tres ejes fundamentales: las cuestiones referidas a la normativa ambiental y la dotación de recursos a la gestión para su correcta implementación; la desarticulación entre las políticas de protección de bosques y la política agropecuaria, y por último las relaciones entre la normativa que regula cuestiones ambientales y la actividad industrial.

Organizaciones que realizaron aportes en este tema: -

Cámara de Industriales Metalúrgicos y de Componentes de Córdoba (CIMCC) Foro Ambiental Córdoba Rectorado de la Universidad Nacional de Córdoba

CONVERGENCIAS Y DIVERGENCIAS Las organizaciones Foro Ambiental Córdoba y Rectorado de la Unviersidad Nacional de Córdoba señalan una serie de problemáticas comunes en lo relativo a la regulación y la caracterización de las políticas adoptadas en torno a esta temática. La Cámara de Industriales Metalúrgicos y de Componentes de Córdoba hace hincapié en el déficit de regulación y planificación del impacto de determinadas actividades sobre la industria y la actividad económica Por otra parte, el Foro Ambiental Córoba, aborda de manera específica la relación entre la regulación y protección de los bosques y la actividad agropecuaria.

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Problema 1. Contradicciones legales en la normativa provincial de Bosques nativos. El Foro Ambiental Córdoba señala que la ley de bosques nativos de la provincia de Córdoba, Ley 9814 (2010), ha sido objeto de diversas controversias, especialmente, sobre su legalidad. En este marco, la Universidad Nacional de Río Cuarto presentó una acción de inconstitucional en contra de la Ley de Ordenamiento Territorial aprobada por la Legislatura de la Provincia de Córdoba, solicitando la inconstitucionalidad de 12 de sus artículos por no respetar la ley de presupuestos mínimos de bosques nativos (Ley 26.331). A pesar de que la acción de inconstitucionalidad fue rechazada por la Corte de Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) por cuestiones de forma, resulta interesante observar que aún persisten las contradicciones con la ley nacional. Entre los principales argumentos se destaca la categoría de los bosques, donde la ley provincial permite el desmonte de zonas con bosques nativos al establecer en el Artículo 2 inc. f) “garantizar la supervivencia y conservación de los bosques nativos, promoviendo su explotación racional y correcto aprovechamiento”. De este modo, el presente artículo de la Ley 9814, va en contra del espíritu de la Ley 26331, cuyo principal objetivo es la protección del bosque y no la promoción de la intervención o aprovechamiento productivo sobre el mismo, prohibiendo cualquier transformación en la zona roja por su alto valor de conservación. Al mismo tiempo, el Artículo 5 de la ley provincial define a los bosques de categoría I (rojo) como “sectores de bosques nativos de muy alto valor de conservación que no deben transformarse. Quedan excluidos de esta categoría aquellos sectores de bosques nativos que hayan sido sometidos con anterioridad a un cambio de uso del suelo, con excepción de aquellos casos en que hayan sido en violación a la normativa vigente al momento del hecho”. Ello demuestra la situación de indeterminación respecto a estas áreas, dejando impune a los desmontadores anteriores a la sanción de la ley y esas aéreas que debería ser restauradas quedan fuera de las zonas de conservación, y por tanto, fuera de la ley. Por otra parte, la ley provincial estipula que el territorio comprendido dentro de la zona roja o los bosques de Categoría I puede ser objeto de “aprovechamiento sustentable”. Sin embargo, el Artículo 9 de la ley nacional no se incluye este punto ya que sólo permite que sean hábitat de comunidades indígenas, objeto de investigación científica o turismo sustentable. De este modo, este concepto de aprovechamiento sustentable -que incluye el uso de técnicas de desmontes e incorpora el uso de especies exóticas- vulnera la ley nacional, establecida únicamente para la categoría (verde) III y en algunos casos para las II (amarilla). Finalmente, otro factor que incide sobre la legalidad de la mencionada ley fue su proceso participativo durante el proceso de elaboración y aprobación. En este aspecto, si bien la provincia de Córdoba conformó una Comisión de Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de la Provincia de Córdoba (COTBN) en el seno de la Secretaría de Ambiente de Córdoba para la elaboración del proyecto de ley de OTBN, no fue sancionada la versión fruto de la participación social, sino otro proyecto que no fue sometido a debate y el cual ni siquiera generó un mapa con las categorías de conservación elaborado en un Sistema de Información Geográfica, sino un simple mapa de Córdoba en una hoja tamaño A4, que es completamente inaplicable a la hora de proyectarlo al terreno. Por todo lo anteriormente descripto, creemos que la Ley 9814 presenta claras contradicciones con la ley de presupuestos mínimos de bosques nativos (Ley 26331), la Ley General del Ambiente 25675, la Nueva Ley de Política Ambiental Provincial (10208) y la propia Constitución Nacional atentando contra el Artículo 41, el cual establece el derecho a un ambiente sano y es un derecho de tercera y cuarta generación.

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Contradicción entre los criterios establecidos de la Ley de Bosques Nativos Provincial (9814) con la Ley de presupuestos Mínimos de Bosques Nativos (26331), Ley General del Ambiente (25675) y la Nueva Ley de Política Ambiental Provincial (10208). Aproximadamente 12.000.000 Ha de bosques presentes en la provincia a comienzos del siglo XX han sido reducidos a 640.000 Ha de bosques relativamente bien conservados, 1.060.000 Ha de bosques de sustitución y 960.000 Ha de matorrales en 2010 (Cabido, M y Zak, M. 2010). En plena vigencia de la ley 9814, según los datos aportados por la Asociación Guyra Paraguay para el trienio 2012-2014, se desmontaron en el norte y oeste de Córdoba un total de 14.665 Ha.

Fuentes Foro Ambiental Córdoba -

Cabido, M y Zak, M. 2010.Deforestación, agricultura y biodiversidad.

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http://www.lavoz.com.ar/ciudadanos/ambiente/mayor-parte-desmonte-2012-se-hizozona-roja

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Informes de monitoreo de deforestación del Gran Chaco Sudamericano, realizado por la Asociación Guyra Paraguay

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http://www.guyra.org.py/index.php?option=com_phocadownload&view=category&id =2&Itemid=141&lang=es

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Problema 2. Desarticulación entre las políticas de bosque nativo y las políticas de promoción de la actividad agropecuaria. De acuerdo con lo planteado por el Foro Ambiental Córdoba, existen marcadas tensiones y contradicciones entre las políticas de protección del bosque nativo y las políticas de promoción de la actividad agropecuaria constituyen otra de las situaciones críticas en la provincia de Córdoba. Si bien, existen en Córdoba una amplia gama de políticas y programas vinculadas al sector agropecuario y forestal, también existen una serie de políticas sectoriales y políticas macroeconómicas que carecen de integración y articulación con las políticas ambientales. Ello se refleja en la contradicción de objetivos que percibe la norma de protección ambiental sobre bosques nativos (Ley 26331) con la Ley provincial 9814. La existencia de cierta debilidad en la integración y articulación de las políticas ambientales de la provincia de Córdoba con las políticas sectoriales y las políticas macroeconómicas ocurre no sólo en términos operacionales sino también en términos de objetivos contrapuestos, particularmente, en la falta de articulación entre las políticas de protección del bosque nativo y las políticas de promoción de la actividad agropecuaria generando deficiencias en su diseño, implementación y ejecución.

Fuentes Foro Ambiental Córdoba -

DI PAOLA, María Marta; RIVERO Inés y DI PAOLA María Eugenia (editora). 2012. “Informe Nacional sobre el Estado y Calidad de las Políticas Públicas sobre Cambio Climático y Desarrollo en Argentina. Sector agropecuario y forestal.” FARN. Argentina.

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RYAN, Daniel. 2012. “Informe sobre el Estado y Calidad de las Políticas Públicas sobre Cambio Climático y Desarrollo en América Latina. Sector Agropecuario y Forestal.” Plataforma Climática Latinoamericana.

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Problema 3. Incompleta implementación de los instrumentos de política y gestión que incorpora la ley 10208 y escasa asignación de recursos, materiales y humanos, para su desarrollo. El Rectorado UNC indica que la provincia de Córdoba cuenta con una nueva Ley de política ambiental provincial 10208 que incorpora un conjunto de instrumentos para la política y gestión ambiental en el territorio. En materia, tanto de radicación de nuevas industrias, como respecto de las ya existentes, se establecen la evaluación de impacto ambiental, los planes de gestión ambiental y las auditorias de los planes de gestión ambiental como principales instrumentos, así como también la utilización de mecanismos de participación como las audiencias públicas y la consulta popular ambiental para casos de conflictos relevantes. La evaluación de impacto en la salud de la población para aquellos emprendimientos que se instalen es de suma importancia, frente a las distintas situaciones conflictivas vividas en la Provincia (vecinos de la industria Porta, vecinos de Malvinas Argentinas, vecinos de enterramientos sanitarios de RSU entre otros). Asimismo, la incorporación de los sistemas de gestión ambiental, el control de las actividades antrópicas con la incorporación de estándares ambientales, tecnológicos o de efluentes que deben cumplimentar todas aquellas actividades que se pretenden instalar en la provincia son instrumentos sumamente importantes en pos de la sustentabilidad. En materia de remediación y mitigación la regulación de los pasivos ambiéntales y la creación de un fondo para su remediación son dos aspectos de la Ley 10.208 que importan instrumentos nuevos para abordar estos problemas y que se deben implementar en forma urgente.

Fuentes Rectorado de la Universidad Nacional de Córdoba: -

Ley 10.208 del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos

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Problema 4. Desregulación de la ubicación de industrias de cierta antigüedad. La CIMCC indica que sobre todo en las ciudades grandes, como Córdoba capital, se presentan instalaciones de empresas con más de 30 años de antigüedad las cuales al momento de la puesta en marcha no contaban con población vecina, y actualmente las zonas próximas a las grandes industrias se encuentran totalmente pobladas lo que genera la necesidad de erradicación de las antiguas industrias por cuestiones de seguridad, salud, entre otras. Mala ubicación inicial de las diferentes industrias, y su consecuente aprobación.

Fuentes CIMCC: -

Elaboración propia.

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Problema 5. Insuficiente participación del sector privado en la formulación de leyes que regulen las actividades con impacto ambiental. La CIMCC señala que no existe participación en la formulación de las leyes, por parte del sector privado Las leyes existentes no se encuentran formuladas pensando en las condiciones específicas del empresariado, sino que fueron desarrolladas copiando leyes de otros países.

Fuentes CIMCC: -

Elaboración propia.

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