DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA MILITAR JEFATURA DE ADQUISICIONES INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS
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FAVOR DE HACER REFERENCIA DE ESTOS. DATOS EN SU PROPUESTA.
FA15-R011/2016
LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL (SEDENA), EN CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO (L.A.A.S.S.P.), A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA MILITAR (D.G.I.M.), JEFATURA DE ADQUISICIONES, UBICADA EN: AVENIDA INDUSTRIA MILITAR No. 1111, COLONIA LOMAS DE TECAMACHALCO, C.P. 53950, NAUCALPAN DE JUÁREZ, ESTADO DE MÉXICO, CON LOS SIGUIENTES TELÉFONOS DIRECTOS: (01 55) 55 89 49 95, (01 55) 55 89 64 22, (01 55) 55 89 61 11; INSTRUMENTA LA PRESENTE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, CON FUNDAMENTO EN EL ART. 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LOS ARTÍCULOS 26 FRACCIÓN II, 40 Y 41 FRACCIÓN VIII DE LA L.A.A.S.S.P., A FIN DE ADQUIRIR LOS BIENES QUE SE DESCRIBE A CONTINUACIÓN: I.
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES: PTDA. REQ.
COD. MAT. ALMACÉN
DESCRIPCIÓN
1
28-91600000059
ACEITE PARA MOTOR A DIESEL SAE 5W40, MARCA MOTORCRAFT.
2
28-91600000095
3
28-91600000096
4
28-91600000097
5
28-68500000261
6
28-91600000098
FICHA TÉCNICA
CANTIDAD
UNIDAD
FET(H)-FA15-CLYA-005 VER. 00 20/AGO/2015
756
BOTE
FET(H)-FA15-CLYA-025 VER. 00 26/DIC/2015
63
BOTE
FET(H)-FA15-CLYA-007 VER. 00 10/OCT/2015
63
BOTE
FET(H)-FA15-CLYA-008 VER. 00 27/NOV/2015
63
BOTE
ANTICONGELANTE, MARCA MOTORCRAFT No. DE PARTE VC 3B.
FET(H)-FA15-CLYA-028 VER. 00 26/DIC/2015
345
GALÓN
ACEITE PARA CAJA DE TRANSFERENCIA ISO 32, MARCA MOTORCRAFT.
FET(H)-FA15-CLYA-009 VER. 00 22/SEP/2015
63
BOTE
ACEITE PARA DIRECCIÓN HIDRAULICA ISO 32 MARCA MOTORCRAFT MERCON V SINTETICO. ACEITE PARA DIFERENCIAL SAE 75W-140, MARCA MOTORCRAFT No. DE PARTE XY75W140-QL. ACEITE PARA TRANSMISIÓN, MARCA MOTORCRAFT MERCON LV No. DE PARTE XT-10-QLVC.
A.
EL LICITANTE DEBERÁ DE BASAR SUS PROPUESTAS CONFORME A LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, NORMA Y/O MÉTODO DE PRUEBA, DOCUMENTACIÓN Y ATRIBUTOS, QUE SE ENCUENTREN DESCRITOS EN LAS FICHAS DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ADEMÁS DEBERÁ HACER REFERENCIA A LA MAYOR CANTIDAD POSIBLE DE CARACTERÍSTICAS DE “LOS BIENES” QUE ESTÁ OFERTANDO
B.
EL LICITANTE DEBERÁ HACER MENCIÓN EN SU PROPUESTA TÉCNICA QUE “LOS BIENES” QUE OFERTA Y EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO, LOS BIENES CUMPLEN CON LAS NORMAS SIGUIENTES: PARA LAS PARTIDAS Nos. 1, 2 Y 3, CON LAS NORMAS ASTM-D-2270, ASTM-D-445, ASTM-D-97 Y ASTM-D-92, PARA LA PARTIDA No. 4, CON LA NORMA No. NOM-116-SCFI-1997, PARA LA PARTIDA No. 5, CON LA NORMA No. NMX-Z-12-1-1987, PARA LA PARTIDA No. 6, LAS NORMAS ASTM-D445 Y ASTM-D-92.
C.
LOS BIENES DEBERÁN SER ENTREGADOS EN UNA SOLA EXHIBICIÓN.
D.
LA FORMA DE ADJUDICACIÓN SERÁ POR PARTIDA.
E.
FORMA DE GARANTÍA: GARANTÍA DE CALIDAD POR 6 MESES CONTRA DEFECTOS DE FABRICACIÓN Y VICIOS OCULTOS.
F.
DEBERÁ ENTREGAR HOJA DE DATOS DE SEGURIDAD DEL PRODUCTO.
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G.
LOS BIENES QUEDARÁN SUJETOS A INSPECCIÓN FÍSICA, CONFORME LO ESTABLECIDO EN LAS FICHAS DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS CORRESPONDIENTES. EN CASO DE QUE LOS BIENES SEAN RECHAZADOS Y DEVUELTOS, “EL PROVEEDOR” TENDRÁ CINCO DÍAS HÁBILES, A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN PARA ENTREGARLOS CONFORME A LA DESCRIPCIÓN, NORMA, FICHAS DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ETC. EN EL CONCEPTO DE QUE EN CASO DE QUE EXISTAN DOS RECHAZOS DE LOS MISMOS BIENES, AUN Y CUANDO SE TRATE DE CAUSAS DIFERENTES, SE PROCEDERÁ A INICIAR EL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA EN TÉRMINOS DEL ART. 54 DE LA L.A.A.S.S.P.
H.
NO SE RECIBIRÁN BIENES QUE NO TENGAN IMPRESA MARCA, ORIGEN Y CARACTERÍSTICAS QUE LO IDENTIFIQUEN, ASÍ COMO AQUELLOS QUE NO SE ENTREGUEN EN SU EMPAQUE ORIGINAL O QUE PRESENTEN ALGUNA ALTERACIÓN EN SU EMPAQUE, COMPOSICIÓN O CUERPO.
I.
EL CRITERIO DE EVALUACIÓN A UTILIZAR PARA ESTA INVITACIÓN SERÁ EL BINARIO, SELECCIONANDO LA PROPOSICIÓN QUE HUBIERA OFERTADO EL PRECIO MÁS BAJO, SIEMPRE Y CUANDO ESTE RESULTE CONVENIENTE TÉCNICAMENTE, ADMINISTRATIVAMENTE Y ECONÓMICAMENTE, DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 2 FRACCIONES XI Y XII, 36 Y 36 BIS FRACCIÓN II DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y EL ARTICULO 51 DE SU REGLAMENTO.
II. FECHA, HORA Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES. A. FECHA EN QUE SE REQUIEREN "LOS BIENES": MES DE JULIO DEL 2016. B. HORARIO DE ENTREGA DE LOS BIENES: LUNES A VIERNES DE LAS 08:00 A LAS 13:30 HORAS, (EN
DÍAS HÁBILES Y NO FESTIVOS). C. LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES: EN EL ALMACÉN DE LA ENSAMBLADORA MILITAR, UBICADO
EN AV. REFORMA No. 2700, ESQUINA CON CONSTITUYENTES, COLONIA LOMAS ALTAS, CÓDIGO POSTAL 11950, DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, CIUDAD DE MÉXICO. III.
FECHA, HORA Y LUGAR DE CELEBRACIÓN DE LOS EVENTOS.
PUBLICACIÓN
JUNTA DE ACLARACIONES
20 MAYO 2016
NO APLICA
PRESENTACIÓN Y NOTIFICACIÓN DEL APERTURA DE FALLO PROPOSICIONES 26 MAYO 2016 13:00 HRS.
2 JUNIO 2016 12:00 HRS.
FECHA LÍMITE PARA FORMALIZACIÓN DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL 17 JUNIO 2016.
A. TODOS LOS ACTOS SE REALIZARÁN EN LA JEFATURA DE ADQUISICIONES DE LA D.G.I.M., UBICADA EN AV. INDUSTRIA MILITAR No. 1111, COL. LOMAS DE TECAMACHALCO, C.P. 53950, NAUCALPAN DE JUÁREZ, ESTADO DE MÉXICO. B. EL MEDIO UTILIZADO PARA LA PRESENTE INVITACIÓN SERÁ DE MANERA PRESENCIAL, EN LA CUAL LOS LICITANTES EXCLUSIVAMENTE PODRÁN PRESENTAR SUS PROPOSICIONES EN FORMA DOCUMENTAL, EN SOBRE CERRADO, DURANTE EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 26 BIS, FRACCIÓN I DE LA L.A.A.S.S.P. C. EN LA PRESENTE INVITACIÓN, NO SE ACEPTARA ENVÍO DE PROPOSICIONES POR MEDIO DE SERVICIO POSTAL O DE MENSAJERÍA.
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D. LA O LAS JUNTAS DE ACLARACIONES, EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES Y EL ACTO DE NOTIFICACIÓN DE FALLO, SE REALIZARÁN DE MANERA PRESENCIAL, A LOS CUALES PODRÁN ASISTIR LOS LICITANTES, SIN PERJUICIO DE QUE EL FALLO PUEDA NOTIFICARSE POR ESCRITO CONFORME A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 37 DE LA L.A.A.S.S.P. IV.
CARÁCTER E IDIOMA DE LA INVITACIÓN. A. EL CARÁCTER DE LA PRESENTE INVITACIÓN SERÁ: NACIONAL B. LAS PROPOSICIONES, SE DEBERÁN PRESENTAR POR ESCRITO, EN PAPEL MEMBRETADO DE LA EMPRESA, EN IDIOMA ESPAÑOL Y DIRIGIDAS AL ÁREA CONVOCANTE, ADEMÁS FIRMADAS AUTÓGRAFAMENTE POR EL REPRESENTANTE LEGAL. C. LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ANEXOS TÉCNICOS Y FOLLETOS SE PODRÁN PRESENTAR EN UN IDIOMA DIFERENTE AL ESPAÑOL PERO SE DEBERÁN PRESENTAR CON SU TRADUCCIÓN SIMPLE Y EN EL CASO DE QUE EXISTA DISCREPANCIA ENTRE LA INFORMACIÓN Y LAS PROPOSICIONES ÉSTAS ÚLTIMAS SERÁN DESECHADAS.
V.
DESARROLLO DE EVENTOS A. ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES. a. SOLO PODRÁN PARTICIPAR EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN AQUELLOS LICITANTES QUE HAYAN SIDO INVITADOS POR LA DEPENDENCIA O ENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 77, PÁRRAFOS SEGUNDO Y CUARTO DEL REGLAMENTO DE LA L.A.A.S.S.P. b. LA ENTREGA DE PROPOSICIONES SERÁ EN LA JEFATURA DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA MILITAR; POR UN REPRESENTANTE DE LA EMPRESA EN SOBRE CERRADO. c. LOS INTERESADOS EN PARTICIPAR PODRÁN REALIZAR LA PRESENTACIÓN CONJUNTA DE PROPOSICIONES SIEMPRE Y CUANDO SE DÉ DEBIDO CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 44 DEL REGLAMENTO DE LA L.A.A.S.S.P., SIN LA NECESIDAD DE CONSTITUIR UNA SOCIEDAD O UNA NUEVA SOCIEDAD EN CASO DE PERSONAS MORALES, DEBIENDO EL REPRESENTANTE COMÚN DE LA AGRUPACIÓN SEÑALAR, EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES, QUE LAS PROPOSICIONES SE PRESENTAN EN FORMA CONJUNTA. 1.
ADEMÁS DEL CONVENIO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 44 DEL REGLAMENTO DE LA L.A.A.S.S.P., PARA DAR CUMPLIMIENTO A ESTA INVITACIÓN ES INDISPENSABLE QUE LAS PROPUESTAS QUE PRESENTEN “LOS LICITANTES” EN FORMA CONJUNTA CONTENGAN TODOS LOS REQUISITOS TÉCNICOS, ECONÓMICOS, ADMINISTRATIVOS Y LEGALES QUE SE SOLICITAN EN ESTA INVITACIÓN.
2.
“LOS LICITANTES” DEBERÁN CUMPLIR CON TODOS LOS REQUISITOS TÉCNICOS SOLICITADOS, YA SEA SEPARADA O CONJUNTAMENTE, A CONDICIÓN DE QUE SE INDIQUE PUNTUALMENTE LA CORRELACIÓN QUE GUARDA EL CUMPLIMIENTO DE CADA REQUISITO SOLICITADO CON LAS OBLIGACIONES DE LOS CONSORCIADOS FRENTE A LA CONVOCANTE DE TAL MANERA QUE SE CUMPLA AL CIEN POR CIENTO CON TODOS LOS REQUISITOS.
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3.
LOS REQUISITOS ADMINISTRATIVOS Y LEGALES DEBERÁN CUMPLIRSE POR CADA PERSONA CONSORCIADA.
4.
POR LO QUE HACE A LOS ASPECTOS ECONÓMICOS, ESTOS DEBERÁN SER PRESENTADOS POR EL REPRESENTANTE COMÚN QUE HAYAN NOMBRADO LOS CONSORCIADOS.
d. UNA VEZ RECIBIDAS LAS PROPOSICIONES, NO PODRÁN SER RETIRADAS O DEJARSE SIN EFECTO, POR LO QUE DEBERÁN CONSIDERARSE VIGENTES DURANTE TODO EL PROCEDIMIENTO HASTA SU CONCLUSIÓN. e. NO SERÁ MOTIVO DE DESECHAMIENTO LA FALTA DE IDENTIFICACIÓN O DE ACREDITACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN DE LA PERSONA QUE SOLAMENTE ENTREGUE LA PROPOSICIÓN, PERO ÉSTA SÓLO PODRÁ PARTICIPAR DURANTE EL DESARROLLO DEL ACTO CON EL CARÁCTER DE OBSERVADOR. f. LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES DEBERÁ REALIZARSE EN LA FECHA, HORA Y LUGAR ESTABLECIDOS EN LA PRESENTE INVITACIÓN, POR LO QUE NO SE PERMITIRÁ EL ACCESO A NINGÚN LICITANTE, NI OBSERVADOR, O SERVIDOR PÚBLICO AJENO DESPUÉS DE LA HORA SEÑALADA PARA EL INICIO DEL ACTO. g. SERÁN ABIERTOS LOS SOBRES QUE ENTREGUEN LOS LICITANTES (UN SOLO SOBRE POR LICITANTE). HACIÉNDOSE CONSTAR LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA, SIN QUE ELLO IMPLIQUE LA EVALUACIÓN DE SU CONTENIDO. h. SE REVISARÁN DE FORMA CUANTITATIVA LAS PROPOSICIONES TÉCNICAS, CONFORMADAS POR LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA, LEGAL Y ADMINISTRATIVA SIN QUE ELLO IMPLIQUE LA EVALUACIÓN DE SU CONTENIDO, DESPUÉS SE DARÁ LECTURA AL IMPORTE TOTAL DE CADA UNA DE LAS PROPUESTAS ECONÓMICAS QUE HUBIEREN SIDO ACEPTADAS PARA SU POSTERIOR EVALUACIÓN. i. “EL LICITANTE” DEBERÁ REVISAR PREVIAMENTE A LA ENTREGA DE SUS PROPOSICIONES QUE NO TENGAN ERRORES ORTOGRÁFICOS, MECANOGRÁFICOS O IMPRESOS QUE ORIGINEN DISCREPANCIA O INFORMACIÓN INCOMPLETA QUE PROVOQUE SU DESECHAMIENTO. j. DE ENTRE LOS LICITANTES QUE HAYAN ASISTIDO, ÉSTOS ELEGIRÁN A UNO, PARA QUE JUNTO CON EL SERVIDOR PÚBLICO QUE PRESIDA EL ACTO O EL SERVIDOR PÚBLICO QUE ÉSTE DESIGNE, RUBRIQUEN LAS PROPOSICIONES (TÉCNICA Y ECONÓMICA) PRESENTADAS POR LOS LICITANTES. k. SE LEVANTARÁ ACTA QUE SERVIRÁ DE CONSTANCIA DE LA CELEBRACIÓN DEL ACTO, EN LA QUE SE HARÁ CONSTAR EL IMPORTE DE CADA UNA DE ELLAS; SE SEÑALARÁ EL LUGAR, FECHA Y HORA EN QUE SE DARÁ A CONOCER EL FALLO, FECHA QUE QUEDARÁ COMPRENDIDA DENTRO DE LOS VEINTE DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA ESTABLECIDA PARA ESTE ACTO; SERÁ FIRMADA POR LOS ASISTENTES, SIN QUE LA FALTA DE FIRMA DE ALGUNO DE ELLOS RESTE VALIDEZ O EFECTOS A LAS MISMAS; SIENDO DE LA EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DEL LICITANTE ENTERARSE DE SU CONTENIDO, QUEDANDO LOS CITADOS DOCUMENTOS A DISPOSICIÓN DEL LICITANTE INTERESADO EN LA JEFATURA DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA MILITAR. B. FALLO EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTARSE EN LA JEFATURA DE ADQUISICIONES EL DÍA Y LA HORA SEÑALADOS EN EL ACTA DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES PARA LA NOTIFICACIÓN DEL FALLO; MISMO QUE PODRÁ DIFERIRSE SIEMPRE QUE EL NUEVO PLAZO FIJADO NO EXCEDA DE VEINTE DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DEL PLAZO ESTABLECIDO ORIGINALMENTE O EN SU CASO PODRÁ ANTICIPARSE, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 35 DE LA L.A.A.S.S.P. Y 48 ÚLTIMO PÁRRAFO DE SU REGLAMENTO; EL FALLO SE ENCONTRARÁ PUBLICADO EN COMPRANET PARA SU CONSULTA. MGA-MLHL-AUR-vcl-lrhm
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VI.
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INFORMACIÓN GENERAL. A.
EL LICITANTE DEBERÁ ENTREGAR SUS PROPOSICIONES AJUSTÁNDOSE ESTRICTAMENTE A LO ESTABLECIDO EN LA FRACCIÓN XVIII (DOCUMENTOS OBLIGATORIOS QUE DEBERÁ ENTREGAR EL LICITANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES) Y SERÁN ENTREGADAS EN EL LUGAR, FECHA Y HORA QUE INDICA LA PRESENTE INVITACIÓN.
B.
LOS LICITANTES DEBERÁN REGISTRARSE EN EL SISTEMA COMPRANET PARA ESTAR EN CONDICIONES DE PODER PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN, LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 43 DE LA L.A.A.S.S.P.
C.
LA PRESENTE INVITACIÓN ABARCARÁ Y SE PAGARÁ CON RECURSOS DEL EJERCICIO FISCAL 2016.
D.
LAS PROPOSICIONES DESECHADAS DURANTE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS PODRÁN SER DEVUELTAS A LOS LICITANTES QUE LO SOLICITEN, UNA VEZ TRANSCURRIDOS SESENTA DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE DE A CONOCER EL FALLO RESPECTIVO, SALVO QUE EXISTA ALGUNA INCONFORMIDAD EN TRÁMITE, EN CUYO CASO LAS PROPOSICIONES SE CONSERVARAN HASTA LA TOTAL CONCLUSIÓN DE LA INCONFORMIDAD (ARTÍCULO 56 DE LA L.A.A.S.S.P.)
E.
A LOS PROVEEDORES QUE HAYAN TENIDO RESCISIÓN EN MÁS DE UN INSTRUMENTO CONTRACTUAL DURANTE DOS AÑOS, NO SE LES ACEPTARÁN SUS PROPOSICIONES NI SE LES ADJUDICARÁN INSTRUMENTOS CONTRACTUALES DURANTE LOS DOS AÑOS SIGUIENTES A LA COMUNICACIÓN DE LA ÚLTIMA RESCISIÓN, A MENOS DE QUE ESTE PLAZO VARÍE, SEGÚN LA COMUNICACIÓN QUE SE LE HAGA, COMO LO ESTABLECE EL ARTÍCULO 50 DE LA L.A.A.S.S.P.
F.
NO PODRÁN PARTICIPAR PERSONAS FÍSICAS O MORALES INHABILITADAS POR LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA (S.F.P.) DE FORMA DIRECTA O A TRAVÉS DE PERSONAS FÍSICAS O MORALES, EN TÉRMINOS DE LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 50 DE LA L.A.A.S.S.P.; ASÍ MISMO, TAMPOCO PODRÁN PARTICIPAR LAS PERSONAS FÍSICAS Y MORALES QUE HAYAN CUMPLIDO EL PERÍODO DE INHABILITACIÓN, PERO QUE NO HAYAN CUBIERTO EL IMPORTE DE LA SANCIÓN QUE LE IMPUSO LA S.F.P.
G. LOS CASOS EN LOS CUALES PODRÁ SER APLICABLE EL OTORGAMIENTO DE ANTICIPO SERÁ EN
BASE A LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 13 DE LA L.A.A.S.S.P., LOS CUÁLES EN TODO CASO DEBERÁN GARANTIZARSE EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 48 DE LA MISMA LEY, POR LO QUE PARA ESTE PROCEDIMIENTO NO SE OTORGARÁ ANTICIPO. H.
EL PROVEEDOR Y “LA SECRETARÍA” CONVIENEN QUE TODA LA INFORMACIÓN ES DE CARÁCTER CONFIDENCIAL, ASUMIENDO LA RESPONSABILIDAD LEGAL CORRESPONDIENTE.
I.
LAS BASES CONTENIDAS EN LA PRESENTE INVITACIÓN Y EN LAS CLÁUSULAS O CONDICIONES DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL, NO ESTÁN SUJETAS A NEGOCIACIÓN ALGUNA.
J.
LAS SOLICITUDES, COMENTARIOS Y ACLARACIONES SE HARÁN POR ESCRITO, EN ORIGINAL, EN HOJA MEMBRETADA Y FIRMADA AUTÓGRAFAMENTE POR EL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL, EL CUAL DEBERÁ SER ENTREGADO EN LA MESA DE ENTRADA DE LA JEFATURA DE ADQUISICIONES, DEBIENDO SER DIRIGIDA AL C. TENIENTE CORONEL DE CABALLERÍA DIPLOMADO DE ESTADO MAYOR, JUAN ANTONIO MALDONADO CASTAÑEDA, JEFE DE ADQUISICIONES. CUANDO NO SE CUMPLA CON ESTA FORMALIDAD SERÁ POTESTATIVO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA MILITAR ATENDER ESTE DOCUMENTO.
K.
EL PROVEEDOR NO PODRÁ CEDER A NINGUNA PERSONA FÍSICA O MORAL DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE SE DERIVEN DEL INSTRUMENTO LEGAL, SALVO LOS DERECHOS DE COBRO DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN LA LEY DE LA MATERIA.
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L.
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EN CASO DE VIOLACIÓN A DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL O DE AUTOR, LA RESPONSABILIDAD SERÁ ASUMIDA POR “EL PROVEEDOR”.
M. A FIN DE FOMENTAR SU DESARROLLO Y PARTICIPACIÓN PARA LOS CASOS SEÑALADOS EN LAS
FRACCIONES I Y II DEL ARTÍCULO 36 BIS. DE LA L.A.A.S.S.P., EN CASO DE EXISTIR IGUALDAD DE CONDICIONES, SE DARÁ PREFERENCIA A LAS PERSONAS QUE INTEGREN EL SECTOR DE MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS NACIONALES, EN PRIMER TÉRMINO A LAS MICRO EMPRESAS, A CONTINUACIÓN SE CONSIDERARÁ A LAS PEQUEÑAS EMPRESAS Y EN CASO DE NO CONTARSE CON ALGUNA DE LAS ANTERIORES, SE ADJUDICARÁ A LA QUE TENGA EL CARÁCTER DE MEDIANA EMPRESA COMO LO DETERMINA EL ARTICULO 54 DEL REGLAMENTO DE LA L.A.A.S.S.P. N.
VII.
LA PROPIEDAD DE LOS BIENES AMPARADOS EN EL PRESENTE INSTRUMENTO LEGAL, SE TRANSFERIRÁ A “LA SECRETARÍA” UNA VEZ QUE SEAN ENTREGADOS, ACEPTADOS Y PAGADOS EN SU TOTALIDAD.
INSTRUMENTO CONTRACTUAL. A.
EL LICITANTE ADJUDICADO FORMALIZARÁ UN INSTRUMENTO CONTRACTUAL COMO RESULTADO DE ESTA INVITACIÓN.
B.
LA VIGENCIA DE LOS INSTRUMENTOS CONTRACTUALES QUE SE DERIVEN DE LA PRESENTE INVITACIÓN ABARCARÁN EL EJERCICIO FISCAL 2016 Y ESTARÁN SUJETOS PARA LOS EFECTOS DE EJECUCIÓN Y PAGO A LA DISPONIBILIDAD DEL PRESUPUESTO OFICIAL 2016.
C.
LA FORMALIZACIÓN DEL O LOS INSTRUMENTOS CONTRACTUALES CORRESPONDIENTES, SE REALIZARÁ EN UN PLAZO NO MAYOR A 15 DÍAS NATURALES A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A LA FECHA DE NOTIFICACIÓN DEL FALLO EN LA JEFATURA DE ADQUISICIONES, EN UN HORARIO DE LAS 08:00 A LAS 14:00 HORAS Y DE LAS 18:00 A LAS 21:00 HORAS. a.
PREVIAMENTE A LA FIRMA DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL QUE RESULTE, CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 46 DE LA L.A.A.S.S.P., EL LICITANTE DEBERÁ VERIFICAR QUE NO EXISTA ERROR EN LA DESCRIPCIÓN, UNIDAD, CANTIDAD, PRECIO UNITARIO O CUALQUIER OTRO QUE PUDIERA IMPEDIR SU CUMPLIMIENTO, YA QUE UNA VEZ FIRMADO SE CONSIDERA QUE ES ACEPTADO POR EL PROVEEDOR Y POR TANTO DEBERÁ SER CUMPLIDO, NO HABIENDO LUGAR A SOLICITUD DE MODIFICACIÓN.
b.
EL LICITANTE AUTORIZA SER VISITADO POR EL PERSONAL QUE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA MILITAR DESIGNE, A FIN DE QUE SE VERIFIQUE SU EXISTENCIA, INFRAESTRUCTURA Y SE DETERMINE SI CUENTA CON LA CAPACIDAD DE RESPUESTA A LOS COMPROMISOS QUE SE GENEREN CON ESTA DEPENDENCIA; ASÍ COMO CON LOS RECURSOS TÉCNICOS Y FINANCIEROS.
MODELO DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL. (ANEXO A). VIII.
GARANTÍAS. A.
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL. PARA EFECTOS DEL INSTRUMENTO LEGAL LAS PARTES CONVIENEN QUE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS EN EL MISMO SON DIVISIBLES Y EN CASO DE INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE “EL PROVEEDOR”, LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO SERÁ EFECTIVA PROPORCIONALMENTE A LA OBLIGACIÓN INCUMPLIDA, SALVO QUE POR LAS CARACTERÍSTICAS DEL “SERVICIO” ADQUIRIDOS, ÉSTOS NO PUEDAN FUNCIONAR O SER UTILIZADOS POR “LA SECRETARIA”, EN CUYO CASO LA APLICACIÓN DE DICHA GARANTÍA SE APLICARÁ AL 100%, DE CONFORMIDAD CON EL CRITERIO NO. AD-02/2011 “DIVISIBILIDAD O INDIVISIBILIDAD DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES Y APLICACIÓN TOTAL O PROPORCIONAL DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE LOS INSTRUMENTOS CONTRACTUALES SUJETOS A LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIO DEL SECTOR PUBLICO”, DE FECHA 09 DE MAYO DE 2011, EMITIDO POR LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.
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DERIVADO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN, EN CASO DE QUE ALGÚN LICITANTE SEA ADJUDICADO CON INSTRUMENTO CONTRACTUAL CUYO MONTO TOTAL SEA IGUAL O INFERIOR A LOS $ 450,000.00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) SIN IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (I.V.A.), PODRÁ GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL PEDIDO, MEDIANTE CHEQUE CERTIFICADO, CHEQUE DE CAJA O PÓLIZA DE FIANZA, EN EL CONCEPTO DE QUE, SI EL PLAZO DE ENTREGA DE LOS BIENES O REALIZACIÓN DEL SERVICIO SEA SUPERIOR A TRES MESES Y EL PROVEEDOR GARANTIZA DICHO INSTRUMENTO CONTRACTUAL MEDIANTE CHEQUE CERTIFICADO O CHEQUE DE CAJA, “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A REALIZAR LA RENOVACIÓN DEL CHEQUE CERTIFICADO O CHEQUE DE CAJA SEGÚN CORRESPONDA, DEBIENDO REALIZAR CON QUINCE DÍAS DE ANTICIPACIÓN, ANTES DE CONCLUIR LOS TRES MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE EMISIÓN DEL CHEQUE CERTIFICADO O CHEQUE DE CAJA. DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 48 FRACCIÓN II Y 49 FRACCIÓN I DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, 103 DE SU REGLAMENTO Y 48 FRACCIÓN II DE LA LEY DE TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN, “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE INSTRUMENTO CONTRACTUAL MEDIANTE PÓLIZA DE FIANZA, EXPEDIDA POR UNA COMPAÑÍA LEGALMENTE ESTABLECIDA EN MÉXICO, EN MONEDA NACIONAL A FAVOR DE LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN Y A DISPOSICIÓN DE LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL; “DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA MILITAR”, EQUIVALENTE AL 10% DEL IMPORTE TOTAL DEL PRESENTE INSTRUMENTO CONTRACTUAL ANTES DEL I.V.A., LA CUAL DEBERÁ SER ENTREGADA A LA FORMALIZACIÓN DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL, CONFORME A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 48 ÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, TENIENDO LA MISMA QUE CUMPLIR CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 166 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS EL TEXTO DE LA PÓLIZA DE FIANZA DEBERÁ CONTENER LOS SIGUIENTES REQUISITOS: a.
EL NOMBRE Y DOMICILIO DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZA O AFIANZADORA, DEL PROVEEDOR O FIADO Y DEL BENEFICIARIO, PARA ESTE ULTIMO DEBERÁ OTORGARSE A FAVOR DE LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN Y A DISPOSICIÓN DE LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL, DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA MILITAR, CON DOMICILIO EN AVENIDA INDUSTRIA MILITAR NUMERO 1111, COLONIA LOMAS DE TECAMACHALCO, NAUCALPAN DE JUÁREZ, ESTADO DE MÉXICO, CÓDIGO POSTAL 53950.
b.
LA FIRMA DEL REPRESENTANTE DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZA O AFIANZADORA.
c.
INDICARÁ EL IMPORTE TOTAL A GARANTIZAR CON NÚMERO Y LETRA, NO DEBE INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (I.V.A.).
d.
EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 20 PÁRRAFO OCTAVO DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, EL IMPORTE SE AJUSTARÁ DE 1 A 50 CENTAVOS A 1 PESO INMEDIATO ANTERIOR Y DE 51 A 99 CENTAVOS AL PESO INMEDIATO SUPERIOR.
e.
REFERENCIA DE QUE LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS CONDICIONES CONTENIDAS EN EL INSTRUMENTO LEGAL.
f.
DEBERÁ SEÑALAR: i. ii. iii. iv. v. vi.
NÚMERO DEL INSTRUMENTO LEGAL. FECHA DE EMISIÓN DEL FALLO. LOS BIENES QUE SE ADQUIEREN (EN FORMA GENERAL). LA RAZÓN SOCIAL O NOMBRE DE “EL PROVEEDOR”. DOMICILIO DE “EL PROVEEDOR”. REPRESENTANTE EN LA CIUDAD DE MÉXICO O ÁREA METROPOLITANA.
NOTA: LOS SIGUIENTES INCISOS SE DEBERÁN TRANSCRIBIR EN LA PÓLIZA DE FIANZA COMO SE DETALLA A CONTINUACIÓN: MGA-MLHL-AUR-vcl-lrhm
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g.
QUE LA COMPAÑÍA AFIANZADORA ACEPTA SOMETERSE EXPRESAMENTE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 282, 283, 178 Y RENUNCIA AL 179, DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS EN VIGOR, POR LO QUE EN CASO DE PRÓRROGA O ESPERA, LA PÓLIZA SE PRORROGARÁ AUTOMÁTICAMENTE EN CONCORDANCIA CON LA PRÓRROGA O ESPERA CONCEDIDA SIENDO OBLIGACIÓN DE “EL PROVEEDOR” COMUNICARLO A LA COMPAÑÍA AFIANZADORA.
h.
PARA CANCELAR LA PÓLIZA DE FIANZA, ES NECESARIO LA AUTORIZACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA MILITAR.
i.
LA PÓLIZA DE FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN Y HASTA QUE SE DICTE RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE.
j.
LA AFIANZADORA ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN ESTABLECIDOS EN LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS EN VIGOR, EN CASO DE QUE SEA NECESARIO HACERLAS EFECTIVAS, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA EN CASO DE QUE SEA REQUERIDA.
k.
SE GARANTIZA EL IMPORTE TOTAL DE “LOS BIENES” OBJETO DEL INSTRUMENTO LEGAL, MISMO QUE SERÁ CUMPLIDO EN EL PLAZO PACTADO, ASÍ COMO EL CUMPLIMIENTO DE TODAS LAS CONDICIONES DEL INSTRUMENTO LEGAL.
l.
CUANDO “LA SECRETARÍA”, CONCEDA PRORROGA AL CUMPLIMIENTO DE ESTE INSTRUMENTO LEGAL, SERÁ RESPONSABILIDAD DE “EL PROVEEDOR” COMUNICARLO A LA COMPAÑÍA AFIANZADORA QUE EXPIDIÓ LA PÓLIZA, QUEDANDO A SU CARGO LOS GASTOS QUE SE GENEREN CON ESTE MOTIVO. EN EL CONCEPTO DE QUE ESTA INFORMACIÓN INVARIABLEMENTE DEBE MENCIONARSE EN EL TEXTO DE LA PÓLIZA DE FIANZA; ASIMISMO LA VIGENCIA DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO QUEDARÁ AUTOMÁTICAMENTE AMPLIADA EN CONCORDANCIA CON LA PRORROGA.
m.
EL DOCUMENTO CON EL QUE SE GARANTICE EL CUMPLIMIENTO DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL, DEBERÁ SER ENTREGADO POR “EL PROVEEDOR” O SU REPRESENTANTE LEGAL EN LA JEFATURA DE ADQUISICIONES DE LA DIRECCIÓN DE INDUSTRIA MILITAR; DONDE SERÁ ACEPTADO UNA VEZ QUE SEA REVISADO Y OPINADO POR EL GRUPO JURÍDICO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA MILITAR, DE SER ACEPTADO, QUEDARÁ EN CUSTODIA Y SERÁ LIBERADO HASTA QUE “EL PROVEEDOR” CUMPLA CON LA TOTALIDAD DE CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL INSTRUMENTO LEGAL.
n.
EN EL SUPUESTO DE QUE ENTREGUE UNA GARANTÍA DIFERENTE A LA PÓLIZA DE FIANZA EL MISMO DEBERÁ DE APEGARSE A LOS INCISOS ANTERIORMENTE CITADOS QUE APLIQUEN SEGÚN SEA EL CASO ASIMISMO, PONE A DISPOSICIÓN DE "EL PROVEEDOR" EL CORREO ELECTRÓNICO
[email protected], COMO MEDIO PARA RECIBIR FIANZAS ELECTRÓNICAS
IX.
CONDICIONES DE PAGO. A. UNA VEZ QUE SE ENTREGUEN “LOS BIENES” Y A SATISFACCIÓN DEL ÁREA USUARIA, SE PAGARÁ
EL IMPORTE TOTAL DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL. a. EL PROVEEDOR DEBERÁ NOMBRAR UN REPRESENTANTE PARA QUE PARTICIPE EN LA ENTREGA DE “LOS BIENES”, EL CUAL DEBERÁ FIRMAR EL ACTA INFORMATIVA CORRESPONDIENTE, Y EN CASO DE AUSENCIA, SE ENTIENDE QUE EXISTE UNA ACEPTACIÓN TÁCITA DEL CONTENIDO DEL ACTA, SIN RESERVA DE DERECHO ALGUNO. ADEMÁS LA FALTA DE FIRMA DEL PROVEEDOR, NO INVALIDA SU CONTENIDO. MGA-MLHL-AUR-vcl-lrhm
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b. LA TRANSFERENCIA DE PAGO SE REALIZARÁ A TRAVÉS DEL SISTEMA INTEGRAL DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA FEDERAL (S.I.A.F.F.), DE ACUERDO A LA DISPONIBILIDAD DEL PRESUPUESTO OFICIAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016, UNA VEZ QUE SE TENGA LA ACEPTACIÓN DE LOS BIENES, Y EN CASO DE QUE SE HAYA CUBIERTO EL IMPORTE DE LA PENA CONVENCIONAL POR ATRASO EN LA ENTREGA, CUANDO LOS BIENES HAYAN SIDO ENTREGADOS FUERA DEL PLAZO ESTABLECIDO. c. “LA SECRETARIA” CUBRIRÁ EL IMPORTE DEL INSTRUMENTO LEGAL A “EL PROVEEDOR”, DESPUÉS DE LA ENTREGA TOTAL DE LOS BIENES, DE ACUERDO A LA DISPONIBILIDAD DEL PRESUPUESTO OFICIAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016, MISMO QUE SERÁ EN MONEDA NACIONAL, DENTRO DE LOS VEINTE DÍAS NATURALES SIGUIENTES EN QUE “EL PROVEEDOR” ENTREGUE LA FACTURA RESPECTIVA (SIN ERRORES), PREVIA ENTREGA DE LOS BIENES OBJETO DEL INSTRUMENTO LEGAL, A ENTERA SATISFACCIÓN DE “LA SECRETARIA”. EN BASE AL ARTÍCULO 29 Y 29-A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, “EL PROVEEDOR” DEBERÁ ENTREGAR O PONER A DISPOSICIÓN DE “LA SECRETARÍA”, A TRAVÉS DEL CORREO ELECTRÓNICO:
[email protected], EL ARCHIVO ELECTRÓNICO DEL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET (C.F.D.I.) EN SU FORMATO ELECTRÓNICO XML Y PDF. X.
RESCISIÓN DEL INSTRUMENTO LEGAL. A.
B.
CUANDO SE RESCINDA EL INSTRUMENTO LEGAL SE FORMULARÁ EL FINIQUITO CORRESPONDIENTE, A EFECTO DE HACER CONSTAR LOS PAGOS QUE DEBA EFECTUAR ESTA DIRECCIÓN GENERAL POR CONCEPTO DE EL BIEN RECIBIDOS HASTA EL MOMENTO DE LA RESCISIÓN. (ARTÍCULO 54 FRACCIÓN TERCERA DE LA L.A.A.S.S.P. Y ARTÍCULO 99 DE SU REGLAMENTO). a.
SI PREVIAMENTE A LA DETERMINACIÓN DE DAR POR RESCINDIDO EL INSTRUMENTO LEGAL, SE HICIERE ENTREGA DE EL BIEN, EL PROCEDIMIENTO INICIADO QUEDARÁ SIN EFECTO, PREVIA ACEPTACIÓN Y VERIFICACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA MILITAR DE QUE CONTINÚA VIGENTE LA NECESIDAD DE LOS MISMOS, APLICANDO, EN SU CASO, LAS PENAS CONVENCIONALES CORRESPONDIENTES. (ARTICULO 54 PÁRRAFO TERCERO DE LA LA.A.S.S.P.).
b.
AL NO DAR POR RESCINDIDO EL INSTRUMENTO LEGAL, LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA MILITAR ESTABLECERÁ CON “EL PROVEEDOR” OTRO PLAZO, QUE LE PERMITA SUBSANAR EL INCUMPLIMIENTO QUE HUBIERE MOTIVADO EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO. EL CONVENIO MODIFICATORIO QUE AL EFECTO SE CELEBRE DEBERÁ ATENDER A LAS CONDICIONES PREVISTAS POR EL ARTÍCULO 52 Y 54 PÁRRAFO QUINTO DE LA L.A.A.S.S.P. EN CASO DE RESCISIÓN DEL INSTRUMENTO LEGAL, “LA SECRETARIA” HARÁ EFECTIVA LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO PRESENTADA “POR EL PROVEEDOR”
RESCISIÓN ADMINISTRATIVA (PARCIAL O TOTAL) DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL: EL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA SE INICIARÁ EN CUALQUIER MOMENTO, CUANDO “EL PROVEEDOR” INCURRA EN INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES A LAS QUE SE SUJETO EN EL MISMO, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 54 DE LA L.A.A.S.S.P., EN CASO DE RESCISIÓN DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL, “LA SECRETARÍA” HARÁ EFECTIVA LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO PRESENTADA POR “EL PROVEEDOR”, CONFORME AL PROCEDIMIENTO SIGUIENTE: a.
INICIARÁ A PARTIR DE QUE “EL PROVEEDOR” RECIBA EL ESCRITO DE INCUMPLIMIENTO EN QUE HAYA INCURRIDO, PARA QUE EN UN TÉRMINO DE CINCO DÍAS HÁBILES EXPONGA LO QUE A SU DERECHO CONVENGA Y APORTE, EN SU CASO, LAS PRUEBAS QUE ESTIME PERTINENTES.
b.
TRANSCURRIDO EL TÉRMINO A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO ANTERIOR, SE RESOLVERÁ CONSIDERANDO LOS ARGUMENTOS Y PRUEBAS QUE HUBIERE HECHO VALER.
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XI.
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c.
LA DETERMINACIÓN DE DAR O NO POR RESCINDIDO EL INSTRUMENTO LEGAL SE FUNDARÁ Y MOTIVARÁ, COMUNICÁNDOSELE AL PROVEEDOR.
d.
EN CASO DE RESCISIÓN DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL, “EL PROVEEDOR” DEBERÁ REINTEGRAR LOS PAGOS QUE HAYA RECIBIDO, MAS LOS INTERESES CORRESPONDIENTES. LOS INTERESES SE CALCULARAN SOBRE EL MONTO DEL ANTICIPO NO AMORTIZADO Y PAGOS PROGRESIVOS EFECTUADOS CONSIDERANDO LA TASA ESTABLECIDA POR LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN, Y SE COMPUTARAN POR DÍAS NATURALES DESDE LA FECHA DE SU ENTREGA, HASTA LA FECHA EN QUE SE PONGAN EFECTIVAMENTE LAS CANTIDADES A DISPOSICIÓN DE “LA SECRETARIA”.
TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL. “LA SECRETARÍA” PODRÁ DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE EL INSTRUMENTO CONTRACTUAL, CUANDO CONCURRAN RAZONES DE INTERÉS GENERAL; O BIEN CUANDO POR CAUSAS JUSTIFICADAS, SE EXTINGA LA NECESIDAD DE REQUERIR LOS BIENES Y SE DEMUESTRE QUE DE CONTINUAR CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES, SE OCASIONARÍA ALGÚN DAÑO O PERJUICIO AL ESTADO; O SE DETERMINE LA NULIDAD DE LOS ACTOS QUE DIERON ORIGEN AL INSTRUMENTO LEGAL, CON MOTIVO DE LA RESOLUCIÓN DE UNA INCONFORMIDAD, EMITIDA POR LA SECRETARIA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.
XII.
CANCELACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN. A. SE PODRÁ CANCELAR EL PROCEDIMIENTO, PARTIDAS O CONCEPTOS POR CASO FORTUITO,
CAUSAS DE FUERZA MAYOR O CUANDO EXISTAN CIRCUNSTANCIAS, DEBIDAMENTE JUSTIFICADAS, QUE PROVOQUEN LA EXTINCIÓN DE LA NECESIDAD DE EL BIEN O SERVICIOS Y QUE DE CONTINUAR CON EL PROCEDIMIENTO SE PUDIERA OCASIONAR UN DAÑO O PERJUICIO A LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA MILITAR Y/O A LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL. B. CANCELACIÓN (PARCIAL) DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL:
CUANDO EL PROVEEDOR DEMUESTRE LA EXISTENCIA DE CAUSAS JUSTIFICADAS QUE LE IMPIDAN CUMPLIR CON LA ENTREGA TOTAL DE LOS BIENES, CONFORME A LAS CANTIDADES PACTADAS EN EL INSTRUMENTO CONTRACTUAL, SE LE PODRÁN CANCELAR PARTIDAS O PARTE DE LAS CANTIDADES ORIGINALMENTE ESTIPULADAS, SIEMPRE Y CUANDO NO SE REBASE EL DIEZ POR CIENTO DEL IMPORTE TOTAL DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL.
C. PARA EL EFECTO EL, PROVEEDOR DEBERÁ ENTREGAR EN LA JEFATURA DE ADQUISICIONES DE
LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA MILITAR, SU SOLICITUD POR ESCRITO ORIGINAL FIRMADO POR EL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL, PREVIAMENTE A LA FECHA LÍMITE DE ENTREGA. D. SALVO EN LAS CANCELACIONES POR CASO FORTUITO Y DE FUERZA MAYOR, LA DEPENDENCIA
O ENTIDAD CUBRIRÁ A LOS LICITANTES LOS GASTOS NO RECUPERABLES QUE EN SU CASO, PROCEDAN EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. XIII.
PENAS CONVENCIONALES. EN CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” NO CUMPLA CON LA ENTREGA DE “LOS BIENES” ADQUIRIDOS, DENTRO DEL PLAZO DE ENTREGA ESTABLECIDO EN EL INSTRUMENTO CONTRACTUAL, SE LE PENALIZARÁ AL DÍA SIGUIENTE DE ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES CON EL 1% ANTES DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DEL MONTO DE LO NO ENTREGADO POR CADA DÍA NATURAL DE ATRASO Y HASTA EL 10% ANTES DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO COMO MÁXIMO DEL IMPORTE DE “LOS BIENES” NO ENTREGADOS OPORTUNAMENTE, SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. EN EL CONCEPTO QUE EN TÉRMINOS DEL ARTICULO 20 PÁRRAFO OCTAVO DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, EL IMPORTE SE AJUSTA DE 1 A 50 CENTAVOS A 1 PESO INMEDIATO ANTERIOR Y DE 51 A 99 CENTAVOS AL PESO INMEDIATO SUPERIOR.
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A. “EL PROVEEDOR” ACEPTA Y SE COMPROMETE A EFECTUAR EL PAGO DE LA PENALIZACIÓN IMPUESTA, EN UN TÉRMINO QUE NO EXCEDA DE 10 DÍAS NATURALES APARTAR DE LA FECHA EN QUE SE LE NOTIFIQUE LA MISMA. B. “EL PROVEEDOR” AUTORIZA A LA "SECRETARIA" QUE PASADOS LOS 10 DÍAS NATURALES DENTRO DE LOS CUALES DEBIÓ REALIZAR EL PAGO DE LA PENA CONVENCIONAL, Y SE LE ENCUENTRE PENDIENTE DE CUBRÍRSELE ALGUNA CANTIDAD SE DESCUENTE A ESTA EL MONTO A QUE ASCIENDA LA PENA CONVENCIONAL SIENDO LA JEFATURA E FINANZAS DE ESTA DIRECCIÓN GENERAL LA ENCARGADA DE REALIZAR LOS ENTEROS A LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN.
C. EL PAGO DE LA PENALIZACIÓN QUE LLEGARA A IMPUTARSE A “EL PROVEEDOR” NO LO EXIME DE CUMPLIR AL 100% CON LA OBLIGACIÓN CONTRACTUAL CORRESPONDIENTE . XIV.
PRORROGAS. SOLO SE OTORGARÁN PRORROGAS CUANDO “EL PROVEEDOR” ENTREGUE SU SOLICITUD POR ESCRITO (EN HOJA MEMBRETADA Y FIRMADA POR SU REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL) PREVIAMENTE A LA FECHA Y HORA LÍMITE DE ENTREGA, ACOMPAÑADA DE LA EVIDENCIA DOCUMENTAL QUE JUSTIFIQUE Y COMPRUEBE LA CAUSA DE FUERZA MAYOR, CASO FORTUITO O CAUSAS IMPUTABLES A LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA MILITAR O A LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL, QUE MOTIVA LA SOLICITUD DE PRORROGA.
XV.
XVI.
RECEPCIÓN DEFINITIVA. A.
EN INSTRUMENTOS CONTRACTUALES CON VALOR SUPERIOR A $ 450,000.00 M.N. ANTES DE I.V.A., , LA RECEPCIÓN DEFINITIVA DE LOS BIENES SE EFECTUARÁ EN EL LUGAR DONDE SE ENTREGUEN LOS BIENES, LEVANTÁNDOSE EL ACTA INFORMATIVA DE RECEPCIÓN O ACTA INFORMATIVA DE ACEPTACIÓN RESPECTIVAS, DEBIENDO ESTAR PRESENTE UN REPRESENTANTE DE LA “COMISIÓN INTERVENTORA PARA LA RECEPCIÓN DE MATERIAL NACIONAL Y PROCEDENTE DEL EXTRANJERO DEPENDIENTE DE LA INSPECCIÓN Y CONTRALORÍA GENERAL DEL EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA” DE LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL Y UN REPRESENTANTE DE LA EMPRESA, QUIENES DEBERÁN FIRMAR EL ACTA CORRESPONDIENTE, ACEPTANDO LAS PARTES QUE PARA EL CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” NO ESTE PRESENTE EN LA RECEPCIÓN, ACEPTA TÁCITAMENTE EL CONTENIDO DEL ACTA, SIN RESERVA DE DERECHO ALGUNO, EN EL CONCEPTO DE QUE ESTA FECHA SERÁ CONSIDERADA COMO LA FECHA PARA EL INICIO DE LA VIGENCIA DE LA GARANTÍA DE EL BIEN.
B.
PARA LOS INSTRUMENTOS CONTRACTUALES CON VALOR MENOR A $450,000.00 M.N. ANTES DE I.V.A., LA RECEPCIÓN DEFINITIVA SERÁ EL ACTA INFORMATIVA DE RECEPCIÓN DE LOS BIENES Y EL ACTA INFORMATIVA DE ACEPTACIÓN CUANDO LOS BIENES QUEDEN SUJETOS A ALGÚN TIPO DE PRUEBA DE FUNCIONAMIENTO Y/O LABORATORIO.
“TRAMITE DE LICENCIAS, AUTORIZACIONES PERMISOS Y GASTOS DE OPERACIÓN” “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A REALIZAR TODOS LOS TRAMITES NECESARIOS PARA OBTENER LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS DE LA AUTORIDAD COMPETENTE Y EN CASO DE REQUERIR POR PARTE DE “LA SECRETARIA” ALGÚN PERMISO, CERTIFICADO O DOCUMENTO ADICIONAL, DEBERÁ SOLICITARLO POR ESCRITO Y CON ANTICIPACIÓN A ESTA DEPENDENCIA, ASIMISMO A CUBRIR TODOS LOS GASTOS QUE SE GENEREN DURANTE LA ADMINISTRACIÓN, TRANSPORTE, PAPELERÍA, IMPORTACIÓN, COSTOS DE FIANZA, SEGUROS, Y DEMÁS QUE SE ORIGINEN CON MOTIVO DEL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE INSTRUMENTO LEGAL. MGA-MLHL-AUR-vcl-lrhm
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XVII.
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CONVENIOS MODIFICATORIOS. “LA SECRETARÍA” Y “EL PROVEEDOR” PODRÁN REALIZAR CONVENIOS DE MODIFICACIÓN AL INSTRUMENTO CONTRACTUAL EN TÉRMINOS DE LOS PÁRRAFOS CUARTO Y QUINTO DEL ARTÍCULO 52 DE LA L.A.A.S.S.P., SIEMPRE Y CUANDO “EL PROVEEDOR” LO SOLICITE POR ESCRITO Y SEA ACEPTADO.
XVIII.
DOCUMENTOS OBLIGATORIOS QUE DEBERÁ ENTREGAR EL LICITANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES. DEBERÁ ENTREGAR SUS PROPOSICIONES EN SOBRE CERRADO DE ACUERDO CON LOS FORMATOS ANEXOS DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS, DEBERÁN ESTAR FOLIADOS DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 50 PÁRRAFO II DEL REGLAMENTO DE LA L.A.A.S.S.P.: A. PROPUESTA TÉCNICA (ANEXO B). B. PROPUESTA ECONÓMICA (ANEXO C). LA MONEDA EN QUE SE DEBE COTIZAR SERÁ PESOS (MONEDA NACIONAL), LA VIGENCIA DE LOS PRECIOS DEBERÁN SER FIJOS Y DEFINITIVOS, POR LO QUE NO ESTÁN SUJETOS A AJUSTES DE COSTO POR VARIACIONES EN EL MERCADO NACIONAL E INTERNACIONAL Y DEBERÁN PERMANECER FIJOS HASTA LA TOTAL ENTREGA DE EL BIEN O LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, SEGÚN SEA EL CASO. C. ESCRITO DE INTEGRIDAD Y ACREDITAMIENTO DE PERSONA MORAL O FÍSICA SEGÚN CORRESPONDA (ANEXO D) Y (ANEXO E) EN EL CUAL DEBERÁ INCLUIR: a. DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO EN CASO DE CONTAR CON EL, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 39 FRACCIÓN VI INCISO “D” DEL REGLAMENTO DE LA L.A.A.S.S.P. b. PÁRRAFO EN DONDE MANIFIESTE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERSE POR SÍ O POR SU REPRESENTADA. D. ESCRITO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE NO SE ENCUENTRA EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA L.A.A.S.S.P. (ANEXO F). E. ESCRITO BAJO DE PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN EL QUE MANIFIESTE QUE SE ENCUENTRA DENTRO DE LA CLASIFICACIÓN DE MIPYMES, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN ARTÍCULO 34 DEL REGLAMENTO LA L.A.A.S.S.P. (ANEXO G). EN CASO DE NO ENCONTRARSE DENTRO DE LAS MIPYMES, O SER EMPRESA EXTRANJERA, DEBERÁ ENTREGAR UN ESCRITO LIBRE EN EL CUAL LO MANIFIESTE. F.
DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD EN LA QUE MANIFIESTE, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE POR SÍ MISMOS O A TRAVÉS DE INTERPÓSITA PERSONA, SE ABSTENDRÁN DE ADOPTAR CONDUCTAS PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA DEPENDENCIA INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPOSICIONES, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO U OTROS ASPECTOS QUE LES PUEDAN OTORGAR CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS CON RELACIÓN A LOS DEMÁS PARTICIPANTES; ASÍ MISMO QUE ACEPTAN TODAS LAS CLÁUSULAS O CONDICIONES DE LA INVITACIÓN (ANEXO H).
G. EL LICITANTE DEBE ENTREGAR UN ESCRITO DONDE MANIFIESTE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE ES DE NACIONALIDAD MEXICANA CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL PÁRRAFO PRIMERO DEL ARTÍCULO 35 DEL REGLAMENTO DE LA L.A.A.S.S.P. (ANEXO I)
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FAVOR DE HACER REFERENCIA DE ESTOS. DATOS EN SU PROPUESTA.
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H. EL ESCRITO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL ORIGEN DE LOS BIENES OFERTADOS PARA CADA PARTIDA COMO SIGUE: a.
EN CASO DE OFERTAR BIENES IMPORTADOS SE DEBERÁN AGRUPAR EN EL ESCRITO DE MANIFESTACIÓN DE QUE CUMPLEN CON LAS REGLAS DE ORIGEN ESTABLECIDOS EN LOS CAPÍTULOS DE COMPRA DEL SECTOR PÚBLICO DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO AL QUE CORRESPONDAN (ANEXO “M”).
b.
EN CASO DE OFERTAR BIENES DE ORIGEN NACIONAL SE DEBERÁN AGRUPAR EN EL ESCRITO DE MANIFESTACIÓN QUE CUMPLEN CON EL PORCENTAJE DE CONTENIDO NACIONAL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 28 FRACCIÓN I DE LA L.A.A.S.S.P. (ANEXO “N”).
I.
EL LICITANTE DEBE ENTREGAR LA OPINIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES EN SENTIDO POSITIVO EMITIDO POR EL S.A.T., CON VIGENCIA DE 30 DÍAS Y QUE NO PRESENTE DISCREPANCIAS, CUANDO EL MONTO TOTAL OFERTADO SEA IGUAL O EXCEDA A $300,000.00 M.N. SIN INCLUIR EL I.V.A. (CONFORME LA REGLA 2.1.31 DE LA MISCELÁNEA FISCAL 2016).
J.
EL LICITANTE DEBE ENTREGAR LA OPINIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SENTIDO POSITIVO EMITIDO POR EL I.M.S.S., VIGENTE Y QUE NO PRESENTE DISCREPANCIAS, CUANDO EL MONTO TOTAL OFERTADO SEA IGUAL O EXCEDA LOS $300,000.00 M.N. SIN INCLUIR EL I.V.A. (CONFORME A LAS "REGLAS PARA LA OBTENCIÓN DE LA OPINIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL").
K. PARA EFECTO DE COMPROBAR SU PERSONALIDAD, EL LICITANTE DEBERÁ ENTREGAR COPIA SIMPLE DE IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE (CREDENCIAL PARA VOTAR, CARTILLA MILITAR, PASAPORTE O CEDULA PROFESIONAL) ASÍ COMO EL RFC CON OBLIGACIONES FISCALES O FORMATO R-2, PODER NOTARIAL, ACTA CONSTITUTIVA CON SU ÚLTIMA REFORMA PARA REALIZAR LOS TRÁMITES CORRESPONDIENTES. L.
XIX.
EL CONVENIO FIRMADO POR CADA UNA DE LAS PERSONAS QUE INTEGREN UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 44 DEL REGLAMENTO DE LA L.A.A.S.S.P., INDICANDO EN EL MISMO LAS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL INSTRUMENTO LEGAL QUE CORRESPONDERÁ A CADA UNA DE ELLAS, ASÍ COMO LA MANERA EN QUE SE EXIGIRÁ SU CUMPLIMIENTO.
EL LICITANTE QUE RESULTE ADJUDICADO EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN, DEBERÁ ENTREGAR PREVIO A LA FORMALIZACIÓN DEL INSTRUMENTO LEGAL LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
A. EN EL ÁREA CONVOCANTE: a. LOS LICITANTES ADJUDICADOS Y LOS QUE ESTOS SUBCONTRATEN, DEBERÁN ENTREGAR LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS VIGENTES, EN SENTIDO POSITIVO, Y QUE NO PRESENTE DISCREPANCIA CUANDO EL MONTO DE LA CONTRATACIÓN SEA IGUAL O EXCEDA DE $300,000.00 M.N. SIN INCLUIR EL I.V.A: 1.
EL LICITANTE DEBE ENTREGAR LA OPINIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES EN SENTIDO POSITIVO EMITIDO POR EL S.A.T., CON VIGENCIA DE 30 DÍAS Y QUE NO PRESENTE DISCREPANCIAS, CUANDO EL MONTO TOTAL OFERTADO SEA IGUAL O EXCEDA A $300,000.00 M.N. SIN INCLUIR EL I.V.A. (CONFORME LA REGLA 2.1.31 DE LA MISCELÁNEA FISCAL 2016).
2.
EL LICITANTE DEBE ENTREGAR LA OPINIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SENTIDO POSITIVO EMITIDO POR EL I.M.S.S., VIGENTE Y QUE NO PRESENTE DISCREPANCIAS, CUANDO EL MONTO TOTAL OFERTADO SEA IGUAL O EXCEDA LOS $300,000.00 M.N. SIN INCLUIR EL I.V.A. (CONFORME A LAS "REGLAS PARA LA OBTENCIÓN DE LA OPINIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL").
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FAVOR DE HACER REFERENCIA DE ESTOS. DATOS EN SU PROPUESTA.
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b. ASIMISMO, LOS CITADOS LICITANTES DEBERÁN CUMPLIR EN LAS DEMÁS DISPOSICIONES DE LAS REGLAS EN COMENTO
B. EN EL LUGAR DE ENTREGA DE “LOS BIENES”:
XX.
a.
“EL PROVEEDOR” DEBERÁ ENTREGAR UNA CARTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN LA QUE MANIFIESTE QUE “LOS BIENES” SON NUEVOS, LIBRES DE DEFECTOS Y QUE ESTÁN EN BUENAS CONDICIONES DE USO, LA CUAL SE ENTREGARÁ JUNTO CON “LOS BIENES” EN “LA FABRICA” O "ALMACÉN", Y SU VIGENCIA INICIARÁ A PARTIR DE QUE LE SEAN RECIBIDOS A ENTERA SATISFACCIÓN “LOS BIENES”, ASIMISMO DEBERÁ ENTREGAR LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR “LA FABRICA” Ó EN SU CASO LA SOLICITADA EN LA FICHA DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
b.
“EL PROVEEDOR” DEBERÁ ENTREGAR COPIA DEL DOCUMENTO QUE ACREDITE QUE LOS BIENES CUMPLEN CON ALGUNA DE LAS NORMAS ISO CITADAS CUMPLEN CON LAS NORMAS SIGUIENTES: PARA LAS PARTIDAS Nos. 1, 2 Y 3, LAS NORMAS ASTM-D-2270, ASTM-D-445, ASTM-D-97 Y ASTM-D-92, PARA LA PARTIDA No. 4, LA NORMA No. NOM-116-SCFI-1997, PARA LA PARTIDA No. 5, LA NORMA No. NMX-Z-12-1-1987, PARA LA PARTIDA No. 6, LAS NORMAS ASTMD-445 Y ASTM-D-92, DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 53 Y 55 DE LA LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN, ASÍ COMO DE LOS ARTÍCULOS 39 FRACCIÓN VI INCISO “C” Y ARTÍCULO 31 DEL REGLAMENTO DE LA L.A.A.S.S.P.
CAUSAS DE DESECHAMIENTO DE PROPOSICIONES: A. CAUSAS TÉCNICAS, NO CUMPLIR CON LAS ESPECIFICACIONES DESCRITAS EN LA TABLA Y LOS INCISOS “A” Y "B" DE LA FRACCIÓN I. B. CAUSAS ECONÓMICAS, EN CASO DE RESULTAR PRECIO NO ACEPTABLE Y/O PRECIO NO CONVENIENTE, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 51 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. C. CAUSAS ADMINISTRATIVAS, EL NO ENTREGAR ALGUNO DE LOS DOCUMENTOS MENCIONADOS EN LA FRACCIÓN XVIII, INCISOS "A", "B", “C” (EL QUE CORRESPONDA), "D", "E" (EL QUE CORRESPONDA), "F", "G", "H" (EL QUE CORRESPONDA), "I" (CUANDO APLIQUE), "J" (CUANDO APLIQUE) "K" Y "L" (CUANDO APLIQUE). D. CAUSAS LEGALES, ENCONTRARSE EN CUALQUIERA DE LOS SIGUIENTES SUPUESTOS: No.
4
SUPUESTOS SI TIENE ACUERDO CON OTROS LICITANTES PARA ELEVAR EL COSTO DE LOS BIENES, ASÍ COMO CUALQUIER OTRO ACUERDO QUE TENGA COMO FIN OBTENER UNA VENTAJA. EN CASO DE NO ESTABLECER PRECIOS EN LA PROPUESTA ECONÓMICA. EN CASO DE COTIZAR CON UNA MONEDA DISTINTA A LA ESTABLECIDA EN ESTA INVITACIÓN. QUE EL LICITANTE PROPORCIONE INFORMACIÓN QUE RESULTE SER FALSA.
5
QUE EN LA PROPUESTA TÉCNICA MENCIONE PRECIOS.
6
QUE EXISTA DISCREPANCIA EN LA INFORMACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA CON LA ECONÓMICA; TIEMPOS DE ENTREGA, DESCRIPCIÓN DE BIENES O SERVICIOS, CANTIDADES, UNIDADES DE MEDIDA, NÚMERO Y/O VERSIÓN DE LAS FICHAS DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y TODA AQUELLA INFORMACIÓN QUE AFECTE LA SOLVENCIA DE LA PROPOSICIÓN.
7
DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 50 FRACCIÓN VII DE LA L.A.A.S.S.P. Y 88 FRACCIÓN III DE SU REGLAMENTO, LAS PROPOSICIONES DE LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE PARTICIPEN EN EL PRESENTE PROCEDIMIENTO Y QUE SE ENCUENTREN VINCULADAS ENTRE SÍ POR ALGÚN SOCIO O ASOCIADO COMÚN SERÁN DESECHADAS.
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SUPUESTOS NO PRESENTAR LAS PROPOSICIONES EN PAPEL MEMBRETADO ORIGINAL Y CON LA FIRMA AUTÓGRAFA DEL REPRESENTANTE LEGAL O LA PERSONA FACULTADA PARA ELLO. PRESENTAR MÁS DE UNA PROPOSICIÓN POR INVITACIÓN O PARTIDA (TÉCNICA Y/O ECONÓMICA).
10
COTIZAR CANTIDADES DIFERENTES A LAS SOLICITADAS.
11
COTIZAR UNIDADES DE MEDIDA DIFERENTES A LA SOLICITADAS.
12
OFRECER UN TIEMPO DE ENTREGA MAYOR AL SOLICITADO.
13
QUE LA OPINIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES EMITIDA POR EL S.A.T. Y/O LA OPINIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL EMITIDA POR EL I.M.S.S., SEAN NEGATIVAS, NO SE ENCUENTREN VIGENTES O PRESENTEN DISCREPANCIAS EN LA INFORMACIÓN. (CUANDO APLIQUE).
14
QUE EL OBJETO SOCIAL O ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL CORRESPONDA A LOS BIENES QUE SE PRETENDEN ADQUIRIR.
15
NO AJUSTARSE A LAS CONDICIONES DE PAGO QUE SE INDICAN EN LA FRACCIÓN IX DE ESTA INVITACIÓN.
16
PARA LAS PARTIDAS QUE SE ENCUENTREN COMPRENDIDAS EN EL AGRUPAMIENTO DEL SUBINCISO “b” DEL INCISO “H” DE LA FRACCIÓN XVIII DE LA INVITACIÓN, EL NO CUMPLIR CON EL PORCENTAJE DE GRADO DE CONTENIDO NACIONAL (MÍNIMO DEL 65%).
17
LAS PARTIDAS QUE NO SE ENCUENTREN CONSIDERADAS EN LOS AGRUPAMIENTOS A QUE SE REFIERE EL INCISO “H” DE LA FRACCIÓN XVIII DE LA INVITACIÓN.
LICITANTE,
NO
E. UNA VEZ HECHA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES CONSIDERANDO LOS PRINCIPIOS DE TRANSPARENCIA, IGUALDAD, IMPARCIALIDAD, CLARIDAD, OBJETIVIDAD Y PRECISIÓN, EL INSTRUMENTO CONTRACTUAL SE ADJUDICARA AL LICITANTE CUYA OFERTA RESULTE SOLVENTE, PORQUE CUMPLE CON LAS BASES Y REQUISITOS LEGALES, TÉCNICOS Y ECONÓMICOS ESTABLECIDOS EN LA INVITACIÓN Y POR TANTO GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RESPECTIVAS. F. NINGUNA DE LAS BASES CONTENIDAS EN LA INVITACIÓN, PODRÁN SER NEGOCIADAS POR LO QUE PREVIAMENTE AL ENVÍO DE SUS PROPOSICIONES DEBERÁ VERIFICAR LA DESCRIPCIÓN, NÚMERO DE CATÁLOGO O DE IDENTIFICACIÓN, MARCA, CANTIDAD, PRECIO UNITARIO, IMPORTE TOTAL, CONDICIONES DE PAGO, PLAZO DE ENTREGA, VIGENCIA DE PRECIOS, ETC. Y EN CASO DE DUDA SOLICITAR PREVIAMENTE A LA PRESENTACIÓN DE SUS PROPOSICIONES LAS ACLARACIONES QUE CONSIDERE NECESARIAS; DEBIENDO PRESENTAR SUS PROPUESTAS MINUCIOSAMENTE REVISADAS, EN EL CONCEPTO DE QUE UNA VEZ FIRMADO EL INSTRUMENTO CONTRACTUAL, NO PROCEDERÁ SOLICITUD ALGUNA DE MODIFICACIÓN O PRÓRROGA. EN CASO DE QUE LA INVITACIÓN CONTENGA BASES DIFERENTES A LAS SEÑALADAS EN LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS POR EL LICITANTE, PREVALECERÁN LAS BASES QUE AQUÍ SE SEÑALAN.
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DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA MILITAR JEFATURA DE ADQUISICIONES INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS
No. CompraNet IA-007000997-E472-2016 Requisición No.
FAVOR DE HACER REFERENCIA DE ESTOS. DATOS EN SU PROPUESTA.
XXI.
FA15-R011/2016
INCONFORMIDADES. A. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 66 DE LA LEY DE LA MATERIA, LA INCONFORMIDAD
DEBERÁ PRESENTARSE POR ESCRITO, DIRECTAMENTE EN LAS OFICINAS DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA CON DOMICILIO EN: AV. INSURGENTES SUR NO. 1735, COL. GUADALUPE INN, DELEG. ÁLVARO OBREGÓN, D.F., C.P. 01020 TEL. (55) 20 00 30 00 Ó A TRAVÉS DE COMPRANET. B. CUANDO LA INCONFORMIDAD SE RESUELVA COMO NO FAVORABLE AL PROMOVENTE POR
RESULTAR NOTORIAMENTE IMPROCEDENTE Y SE ADVIERTA QUE SE HIZO CON EL ÚNICO PROPÓSITO DE RETRASAR Y ENTORPECER LA CONTINUACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN SE HARÁ DEL CONOCIMIENTO DE LA SECRETARIA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA A FIN QUE DE ACUERDO A SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES RESUELVA CONFORME LO ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 59 Y 60 DE LA L.A.A.S.S.P. C. TRANSCURRIDOS LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 65 DE LA L.A.A.S.S.P.,
PRECLUYE PARA LOS LICITANTES EL DERECHO DE INCONFORMARSE, SIN PERJUICIO DE QUE LA SECRETARIA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA PUEDA ACTUAR EN CUALQUIER TIEMPO EN TÉRMINOS DE LA L.A.A.S.S.P., CUANDO DICHOS ACTOS SE RELACIONEN CON: a. LA INVITACIÓN Y LA JUNTA DE ACLARACIONES. EN ESTE SUPUESTO, LA INCONFORMIDAD SÓLO PODRÁ PRESENTARSE POR EL INTERESADO QUE HAYA MANIFESTADO SU INTERÉS POR PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 33 BIS DE LA L.A.A.S.S.P., DENTRO DE LOS SEIS DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA CELEBRACIÓN DE LA ÚLTIMA JUNTA DE ACLARACIONES. b. EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES, Y EL FALLO. EN ESTE CASO, LA INCONFORMIDAD SÓLO PODRÁ PRESENTARSE POR QUIEN HUBIERE PRESENTADO PROPOSICIÓN, DENTRO DE LOS SEIS DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA CELEBRACIÓN DE LA JUNTA PÚBLICA EN LA QUE SE DÉ A CONOCER EL FALLO, O DE QUE SE LE HAYA NOTIFICADO AL LICITANTE EN LOS CASOS EN QUE NO SE CELEBRE JUNTA PÚBLICA. c. LA CANCELACIÓN DE LA INVITACIÓN. EN ESTE SUPUESTO, LA INCONFORMIDAD SÓLO PODRÁ PRESENTARSE POR EL LICITANTE QUE HUBIERE PRESENTADO PROPOSICIÓN, DENTRO DE LOS SEIS DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A SU NOTIFICACIÓN, Y d. LOS ACTOS Y OMISIONES POR PARTE DE LA CONVOCANTE QUE IMPIDAN LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN LA PRESENTE INVITACIÓN. e. EN ESTA HIPÓTESIS, LA INCONFORMIDAD SÓLO PODRÁ PRESENTARSE POR QUIEN HAYA RESULTADO ADJUDICADO, DENTRO DE LOS SEIS DÍAS HÁBILES POSTERIORES A AQUÉL EN QUE SE HUBIERE VENCIDO EL PLAZO ESTABLECIDO EN EL FALLO PARA LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO O, EN SU DEFECTO EL PLAZO LEGAL. D. EN TODOS LOS CASOS EN QUE SE TRATE DE LICITANTES QUE HAYAN PRESENTADO
PROPOSICIÓN CONJUNTA, LA INCONFORMIDAD SÓLO SERÁ PROCEDENTE SI SE PROMUEVE CONJUNTAMENTE POR TODOS LOS INTEGRANTES DE LA MISMA.
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