Empresas navieras

Derecho Corporativo. Agentes navieros. Tripulación. Regimen naviero. Tratados. Contratos. Transporte de carga en México

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UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE MEXICO DERECHO COORPORATIVO II MEXICO D.F. A 12 DE ABRIL DEL AÃ O 2008. INDICE INTRODUCCION………………………………………………………………..

PAG.

ANTECEDENTES…………………………………………..............................

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DEFINICION EMPRESAS NAVIERAS……………………………………….............................................

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SUJETOS………………………………………………………………………… 5 REQUISITOS PARA ACTUAR COMO EMPRESA NAVIERA………………………………………………………………………….

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AGENTES NAVIEROS…………………………………………………..

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TRIPULACION……………………………………………………………

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REGIMEN NAVIERO…………………………………………………….

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TRATADOS……………………………………………………………….

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CONTRATOS……………………………………………………………..

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ACTIVIDADES…………………………………………………………….

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TRASPORTE DE CARGA EN MEXICO……………………………….

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CONCLUSIONES…………………………………………....................

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BIBLIOGRAFIA………………………………………………………….. INTRODUCCIÃ N

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LAS EMPRESAS NAVIERAS POSEEN UNA ACTIVIDAD PRIVADA DE SERVICIOS, DE NATURALEZA MUY COMPETITIVA. EL SECTOR SE DIVIDE EN VARIAS CATEGORà AS: SERVICIOS REGULARES, SERVICIOS SIN TRAYECTO FIJO, SERVICIOS INDUSTRIALES Y PETROLEROS. TODOS ESTOS SERVICIOS SE VALEN DE RUTAS COMERCIALES ESTABLECIDAS. LA MAYORà A DE LOS BARCOS UTILIZA UN Nà MERO RELATIVAMENTE PEQUEà O DE RUTAS OCà ANICAS PRINCIPALES: LA DEL ATLÓNTICO NORTE, ENTRE EUROPA Y EL ESTE DE AMà RICA DEL NORTE; LA RUTA DEL MEDITERRÓNEO A ASIA, A TRAVà S DEL CANAL DE SUEZ; LA RUTA DEL CANAL DE PANAMÓ, QUE UNE EUROPA Y LA COSTA ORIENTAL DE AMà RICA CON LAS COSTAS OCCIDENTALES DE AMà RICA Y CON ASIA; LA RUTA SURAFRICANA, QUE UNE EUROPA Y AMà RICA CON ÓFRICA; LA RUTA AMERICANA, ENTRE EUROPA Y AMà RICA DEL NORTE Y AMà RICA DEL SUR; LA RUTA DEL PACà FICO 1

NORTE, QUE UNE EL OESTE DE AMà RICA CON AUSTRALIA, NUEVA ZELANDA, INDONESIA Y EL SUR DE ASIA. LA ANTIGUA RUTA DEL CABO DE BUENA ESPERANZA, DESCUBIERTA POR EL PORTUGUà S VASCO DA GAMA Y ACORTADA CON LA APERTURA DEL CANAL DE SUEZ, HA VUELTO A SER USADA POR LOS PETROLEROS GIGANTES QUE VIAJAN DEL GOLFO Pà RSICO A EUROPA Y AMà RICA. MUCHAS RUTAS MÓS CORTAS, ALGUNAS DE ELLAS COSTERAS, TAMBIà N SON MUY TRANSITADAS; TENIENDO UN SECTOR QUE SE DEDICA AL TRANSPORTE MARà TIMO O FLUVIAL. EL TRANSPORTE DE PASAJEROS FUE EN EL PASADO UN COMPONENTE IMPORTANTE DE LAS ACTIVIDADES NAVIERAS, PERO LA APARICIà N DE LOS AVIONES COMERCIALES LIMITà EN GRAN MEDIDA ESA FUNCIà N. EL ENORME AUMENTO DE DETERMINADOS TIPOS DE CARGA, COMO EL PETRà LEO, HA COMPENSADO CON CRECES LA REDUCCIà N DEL TRÓFICO DE PASAJEROS. LAS MATERIAS PRIMAS COMO MINERALES, CARBà N, MADERA, CEREALES Y OTROS ALIMENTOS DETERMINAN UN ENORME VOLUMEN DE CARGA QUE NO DEJA DE CRECER; POR OTRA PARTE, EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS MANUFACTURADOS HA AUMENTADO MUY RÓPIDAMENTE DESDE LA II GUERRA MUNDIAL. ANTECEDENTES ES POSIBLE QUE LAS ACTIVIDADES NAVIERAS COMERCIALES COMENZARAN CON LOS MERCADERES DE FENICIA, QUE TENà AN SUS PROPIOS BARCOS PARA TRANSPORTAR PRODUCTOS POR EL MEDITERRÓNEO. SUS PRÓCTICAS FUERON ADOPTADAS POR LOS MERCADERES DE LAS ANTIGUAS GRECIA Y ROMA. EL DOMINIO MARà TIMO DE LOS ÓRABES DURANTE LA EDAD MEDIA DIO PASO AL AUGE COMERCIAL DE LAS REPà BLICAS MARà TIMAS ITALIANAS. ENTRE LOS SIGLOS XIV Y XVI, LOS VENECIANOS Y LOS GENOVESES POSEà AN UNA ENORME FLOTA MERCANTE QUE SERVà A EXCLUSIVAMENTE A LOS INTERESES DE LOS COMERCIANTES Y DE SUS RESPECTIVAS CIUDADES - ESTADOS . DURANTE ESTE PERIODO, LA INVENCIà N DE LA BRà JULA PERMITIà LA NAVEGACIà N OCEÓNICA. LOS ESPAà OLES Y PORTUGUESES ACOMETIERON ESTA EMPRESA Y EN POCOS Aà OS DESCUBRIERON GRAN PARTE DE LAS TIERRAS Aà N NO CONOCIDAS DEL PLANETA. DESDE 1600 HASTA 1650, LOS HOLANDESES FUERON LOS PRINCIPALES NAVIEROS, Y MANTENà AN UN SERVICIO MUNDIAL DE BARCOS SIN TRAYECTOS FIJOS PARA USO DE LOS COMERCIANTES DE EUROPA OCCIDENTAL. HASTA EL SIGLO XIX LOS BARCOS ERAN PROPIEDAD DEL COMERCIANTE O DE LA COMPAà à A COMERCIAL; NO EXISTà A UN SERVICIO Pà BLICO DE TRANSPORTE MARà TIMO O FLUVIAL..UNO DE LOS AVANCES TECNOLà GICOS PRODUCIDOS A FINALES DEL SIGLO XIX FUE EL DESARROLLO DE LA TURBINA COMPUESTA DE VAPOR, INVENTADA POR EL BRITÓNICO CHARLES A. PARSONS Y ADAPTADA PARA SU USO NAVAL EN 1897. EN 1903, EL WANDAL, UN PAQUEBOTE DEL VOLGA, FUE EL PRIMER BUQUE PROPULSADO POR UN MOTOR DIESEL. Mà XICO,− EN EL CAMPO DE COMERCIO, HA CRECIDO A TASAS PROMEDIO ANUALES DE 12.3 POR CIENTO ENTRE 1990 Y 2007, CONVIRTIà NDOSE EN EL Sà PTIMO PAà S EXPORTADOR, PARADà JICAMENTE CADA VEZ EL TRASLADO DE CARGA ES MÓS CARO EN RELACIà N CON LOS ESTADOS UNIDOS. EN Mà XICO, LA ECONOMà A CON UN FLUJO COMERCIAL (EXPORTACIONES E IMPORTACIONES) ANUAL DE 335 MIL MILLONES DE Dà LARES, CUYA UBICACIà N GEOGRÓFICA REPRESENTA UNA VENTAJA COMPETITIVA POTENCIAL, EL SISTEMA DE TRANSPORTE SIGNIFICA UN ALTO COSTO DE OPERACIà N QUE LIMITA EL CRECIENTE INTERCAMBIO DE MERCANCà AS. “5 DATOS DE LA ASOCIACIà N NACIONAL DE IMPORTADORES Y EXPORTADORES DE LA REPà BLICA MEXICANA (ANIERM) INDICAN QUE EL 58 POR CIENTO DEL MOVIMIENTO DE 2

CARGA SE CONCRETA MEDIANTE EL AUTOTRANSPORTE, UNA TERCERA PARTE POR MAR, 10 POR CIENTO POR FERROCARRIL Y APENAS 0.1 POR CIENTO POR AVIà N.”6 LA ACTIVIDAD DE TRANSPORTE EN Mà XICO HA CONTADO CON UNA GRAN EVOLUCIà N A TRAVà S DE LOS Aà OS, EL GOBIERNO HA REALIZADO PROGRAMAS DE DESARROLLO PARA ESTE SECTOR. EL DESARROLLO DE LAS COMUNICACIONES Y EL TRANSPORTE SON INDISPENSABLES PARA GENERAR MAYOR CRECIMIENTO ECONà MICO EN EL PAà S DADO QUE INTEGRA LOS CENTROS DE PRODUCCIà N, COMERCIALIZACIà N Y CONSUMO Y AYUDA A OFRECER CON OPORTUNIDAD Y A MENORES COSTOS LOS INSUMOS BÓSICOS Y SERVICIOS A LOS CONSUMIDORES EMPRESAS NAVIERAS LAS EMPRESAS NAVIERAS QUEDAN REGULADAS POR LA LEY DE NAVEGACIà N LA CUAL NO BRINDA UN ADEFINICION CON MEJOR PRECISION A LA IDEA COMUN DE ESTE CONCEPTO. EMPRESA NAVIERA: PERSONA Fà SICA O MORAL QUE TIENE POR OBJETO OPERAR Y EXPLOTAR UNA O MÓS EMBARCACIONES DE SU PROPIEDAD O BAJO SU POSESIà N, Aà N CUANDO ELLO NO CONSTITUYA SU ACTIVIDAD PRINCIPAL. SUJETOS QUE INTERVIENEN EN UN AMEPRESA NAVIERA • EL ARMADOR ES EL NAVIERO O EMPRESA NAVIERA QUE SE ENCARGA DE EQUIPAR, AVITUALLAR, APROVISIONAR, DOTAR DE TRIPULACIà N Y MANTENER EN ESTADO DE NAVEGABILIDAD LA EMBARCACIà N, CON OBJETO DE ASUMIR SU EXPLOTACIà N Y OPERACIà N. • EL OPERADOR ES LA PERSONA Fà SICA O MORAL QUE, SIN TENER LA CALIDAD DE NAVIERO O ARMADOR, CELEBRA A NOMBRE PROPIO LOS CONTRATOS DE TRANSPORTE POR AGUA PARA LA UTILIZACIà N DEL AL ESPACIO DE LAS EMBARCACIONES QUE à L, A SU VE, HAYA CONTRATADO. • EL PROPIETARIO ES LA PERSONA Fà SICA O MORAL TITULAR DEL DERECHO REAL DE LA PROPIEDAD DE UNA O VARIAS EMBARCACIONES O ARTEFACTOS NAVALES, BAJO CUALQUIER Tà TULO LEGAL. REQUISITOS PARA ACTUAR COMO EMPRESA NAVIERA SE NECESITA: I. SER MEXICANO O SOCIEDAD CONSTITUIDA CONFORME A LAS LEYES MEXICANAS; II. TENER DOMICILIO SOCIAL EN TERRITORIO NACIONAL; Y III. ESTAR INSCRITO EN EL REGISTRO Pà BLICO MARà TIMO NACIONAL. IV.- SER PROPIETARIO DE UNA O VARIAS EMBARCACIONES CUYO OTNELAJE SEA DE UN MINIMO DE 500 TONELADAS DE PESO BRUTO. AGENTES NAVIEROS

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• EL AGENTE NAVIERO GENERAL ES LA PERSONA Fà SICA O MORAL QUE ACTà A EN NOMBRE DEL NAVIERO U OPERADOR COMO MANDATARIO O COMISIONISTA MERCANTIL Y ESTÓ FACULTADO PARA REPRESENTAR A SU MANDANTE O COMITENTE EN LOS CONTRATOS DE TRANSPORTE DE MERCANCà AS Y DE FLETAMENTO, NOMBRAR AGENTE NAVIERO CONSIGNATARIO DE BUQUES Y REALIZAR LOS DEMÓS ACTOS DE COMERCIO QUE SU MANDANTE O COMITENTE LE ENCOMIENDE. • EL AGENTE NAVIERO CONSIGNATARIO DE BUQUES ES LA PERSONA Fà SICA O MORAL QUE ACTà A EN NOMBRE DEL NAVIERO U OPERADOR CON CARÓCTER DE MANDATARIO O COMISIONISTA MERCANTIL PARA TODOS LOS ACTOS Y GESTIONES QUE SE LE ENCOMIENDEN EN RELACIà N A LA EMBARCACIà N EN EL PUERTO DE CONSIGNACIà N; TENIENDO QUE ACTUAR COMO REPRESENTANTE DEL NAVIERO ANTE LAS AUTORIDADES FEDERALES EN EL PUERTO REQUISITOS PARA EL AGENTE NAVIERO • SER PERSONA Fà SICA DE NACIONALIDAD MEXICANA O PERSONAL MORAL CONSTITUIDA CONFORME A LAS LEYES MEXICANAS; • TENER SU DOMICILIO SOCIAL EN TERRITORIO NACIONAL; • COMPROBAR, MEDIANTE CONTRATO DE MANDATO O COMISIà N, LA REPRESENTACIà N Y FUNCIONES ENCARGADAS POR EL NAVIERO U OPERADOR; Y • ESTAR INSCRITO EN EL REGISTRO Pà BLICO MARà TIMO NACIONAL. TRIPULACION ESTA COMPRENDA A LOS CAPITANES, PILOTOS NAVALES, PATRONES, MAQUINISTAS NAVALES, OPERARIOS MECÓNICOS Y, DE UNA MANERA GENERAL, TODO EL PERSONAL QUE TRIPULE CUALQUIER EMBARCACIà N MERCANTE MEXICANA DEBERÓ SER MEXICANO POR NACIMIENTO QUE NO ADQUIERA OTRA NACIONALIDAD Y ESTAR EN PLENO GOCE Y EJERCICIO DE SUS DERECHOS CIVILES Y POLà TICOS. NUMERO DE TRIPULANTES. EL Nà MERO DE TRIPULANTES DE UNA EMBARCACIà N Y SU CAPACITACIà N DEBERÓ SER TAL QUE GARANTICE LA SEGURIDAD DE LA NAVEGACIà N Y DE LA EMBARCACIà N. PARA ELLO, LOS TRIPULANTES DEBERÓN ACREDITAR SU CAPACIDAD Tà CNICA O PRÓCTICA, MEDIANTE EL DOCUMENTO QUE LOS IDENTIFIQUE COMO PERSONAL DE LA MARINA MERCANTE MEXICANA, DE CONFORMIDAD CON EL REGLAMENTO RESPECTIVO, ESTABLECIà NDOSE EN à STE LOS REQUISITOS PARA DESEMPEà AR LAS DISTINTAS CATEGORà AS, EN LOS Tà RMINOS DEL CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE NORMAS DE FORMACIà N, TITULACIà N Y GUARDIA PARA LA GENTE DE MAR. REGIMEN NAVIERO DICHAS EMPRESAS DEBNREAN ACATERSE A LA LAEY DE NAVEGACION PARA PODER REALIZAR SUS ACTIVIDADES DE NAVEGACIà N EN ZONAS MARINAS MEXICANAS Y EL ARRIBO A PUERTOS MEXICANOS EL CUAL NOS MENCIONA QUE ESTARÓ ABIERTO, EN TIEMPOS DE PAZ, PARA LAS EMBARCACIONES DE TODOS LOS PAà SES, EN LOS Tà RMINOS DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES. 4

LA NAVEGACIà N EN ZONAS MARINAS MEXICANAS Y EL ARRIBO A PUERTOS MEXICANOS PODRÓN SER NEGADOS POR LA AUTORIDAD MARà TIMA, QL MOMENTO DE NO PRESENTAR LA AUTORIZACION DEBIDA. LA AUTORIDAD ORDENARA, POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR PODRÓ DECLARAR, EN CUALQUIER TIEMPO, PROVISIONAL O PERMANENTEMENTE CERRADOS A LA NAVEGACIà N DETERMINADOS PUERTOS, A FIN DE PRESERVAR LA SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y DE LOS BIENES. LA EMBARCACIONES PODRAN RELAIZAR TRES TIPOS DE ACTIVIDADES: • INTERIOR.- DENTRO DE LOS Là MITES DE LOS PUERTOS O EN AGUAS INTERIORES MEXICANAS, COMO LAGOS, LAGUNAS, PRESAS, Rà OS Y DEMÓS CUERPOS DE AGUA TIERRA ADENTRO; • DE CABOTAJE.- POR MAR ENTRE PUERTOS O PUNTOS SITUADOS EN ZONAS MARINAS MEXICANAS Y LITORALES MEXICANOS; Y • DE ALTURA.- POR MAR ENTRE PUERTOS O PUNTOS LOCALIZADOS EN TERRITORIO MEXICANO O EN LAS ZONAS MARINAS MEXICANAS Y EN PUERTOS O PUNTOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO. ESAT OPERACIà N Y EXPLOTACIà N DE EMBARCACIONES EN NAVEGACIà N DE ALTURA, QUE INCLUYE EL TRANSPORTE Y EL REMOLQUE MARà TIMO INTERNACIONAL ESTÓ ABIERTA PARA LOS NAVIEROS Y LAS EMBARCACIONES DE TODOS LOS PAà SES, CUANDO HAYA RECIPROCIDAD, EN LOS Tà RMINOS DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES. LA SECRETARà A, CON LA PREVIA OPINIà N DE LA COMISIà N FEDERAL DE COMPETENCIA, PODRÓ RESERVAR, TOTAL O PARCIALMENTE, DETERMINADO TRANSPORTE INTERNACIONAL DE CARGA DE ALTURA, PARA QUE Sà LO PUEDA REALIZARSE POR EMPRESAS NAVIERAS MEXICANAS, CON EMBARCACIONES MEXICANAS O REPUTADAS COMO TALES, CUANDO NO SE RESPETEN LOS PRINCIPIOS DE LIBRE COMPETENCIA Y SE AFECTE LA ECONOMà A NACIONAL. TRATADOS SIN PERJUICIO DE LO PREVISTO EN LOS DIVERSOS TRATADOS INTERNACIONALES DE LOS QUE Mà XICO SEA PARTE, LA OPERACIà N Y EXPLOTACIà N DE EMBARCACIONES EN NAVEGACIà N INTERIOR Y DE CABOTAJE ESTÓ RESERVADA A NAVIEROS MEXICANOS CON EMBARCACIONES MEXICANAS. EN CASO DE NO EXISTIR ESTAS EMBARCACIONES DISPONIBLES Y EN IGUALDAD DE CONDICIONES Tà CNICAS Y PRECIO, O QUE EL INTERà S Pà BLICO LO EXIJA, LA SECRETARà A PODRÓ OTORGAR PERMISOS TEMPORALES PARA NAVEGACIà N INTERIOR Y DE CABOTAJE, DE CONFORMIDAD CON LA SIGUIENTE PRELACIà N: • NAVIERO MEXICANO CON EMBARCACIà N EXTRANJERA, BAJO CONTRATO DE ARRENDAMIENTO O FLETAMENTO A CASCO DESNUDO; • NAVIERO MEXICANO CON EMBARCACIà N EXTRANJERA, BAJO CUALQUIER CONTRATO DE FLETAMENTO, Y • NAVIERO EXTRANJERO CON EMBARCACIà N EXTRANJERA. EN TODO CASO, PARA EL OTORGAMIENTO DEL PERMISO SE DARÓ PRIORIDAD, A AQUELLOS NAVIEROS CUYAS EMBARCACIONES CUENTEN CON MAYOR Nà MERO DE TRIPULANTES MEXICANOS EN LOS Tà RMINOS DE LO DISPUESTO POR LOS ARTà CULOS 7 Y 154 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y A EMBARCACIONES CUYOS PAà SES DE BANDERA TENGAN UN TRATADO DE TRANSPORTE MARITIMO CELEBRADO CON MEXICO.

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TIPOS DE CONTRATOS LOS CONTRATOS QUE PODRAN EFECTUAR LAS EMPRESAS NAVIERAS PARA REALIZAR SUS ACTIVIDAES SON: • EL CONTRATO POR VIAJE, EL MÓS COMà N DE LOS TRES, PREVà EL TRANSPORTE DE UNA CARGA CONCRETA EN UN à NICO VIAJE ENTRE DOS PUERTOS, A CAMBIO DE UNA CUOTA ACORDADA; EL FLETADOR PROPORCIONA TODOS LOS ATRACADEROS DE CARGA Y DESCARGA Y LOS AGENTES PORTUARIOS, MIENTRAS QUE EL ARMADOR ES RESPONSABLE DE PROPORCIONAR LA TRIPULACIà N, MANEJAR EL BARCO Y ASUMIR TODOS LOS GASTOS RELACIONADOS CON EL VIAJE, SALVO QUE SE ACUERDE OTRA COSA. • EL CONTRATO POR TIEMPO IMPLICA EL ALQUILER DEL BARCO Y LA TRIPULACIà N POR UN PERIODO DETERMINADO; ESTE TIPO DE CONTRATO NO ESPECIFICA LA CARGA QUE SE VA A TRANSPORTAR, SINO QUE PONE EL BARCO A DISPOSICIà N DEL FLETADOR DURANTE UN TIEMPO DETERMINADO; EL FLETADOR DEBE ASUMIR EL COSTE DEL COMBUSTIBLE Y LAS CUOTAS PORTUARIAS. • EL CONTRATO DE CESIà N DE BUQUE SE ALQUILA EL BARCO A UN FLETADOR QUE DISPONE DE LA ORGANIZACIà N, HACIà NDOSE RESPONSABLE DE TODOS LOS ASPECTOS DE LA OPERACIà N. ACTIVIDADES PRIMORDIALES • INDUSTRIALES DE CARGA SON BARCOS UTILIZADOS POR GRANDES EMPRESAS (QUE PUEDEN SER LAS PROPIETARIAS, O SIMPLEMENTE SER FLETADOS POR à STAS) PARA REALIZAR EL TRANSPORTE NECESARIO PARA LOS PROCESOS DE FABRICACIà N Y DISTRIBUCIà N, CUYAS ESCALAS Y PROGRAMA DE VIAJES SON DETERMINADOS POR LAS NECESIDADES ESPECà FICAS DE LOS PROPIETARIOS. MUCHAS COMPAà à AS PETROLERAS TIENEN GRANDES FLOTAS DE PETROLEROS OCEÓNICOS, REMOLCADORES Y BARCAZAS FLUVIALES PARA TRANSPORTAR PETRà LEO A LAS REFINERà AS Y DISTRIBUIR LOS DERIVADOS. • PETROLEROS EFECTà AN SERVICIOS DE TRANSPORTE PRIVADOS O POR CONTRATO. EN LA Dà CADA DE 1970, APROXIMADAMENTE EL 34% DE LA FLOTA MUNDIAL DE PETROLEROS (CON UN TOTAL DE 200 MILLONES DE TONELADAS DE PESO MUERTO) ERA PROPIEDAD DE COMPAà à AS PETROLERAS; EL RESTO PERTENECà A A ARMADORES INDEPENDIENTES CUYOS BARCOS ERAN FLETADOS POR DICHAS COMPAà à AS. LOS LLAMADOS SUPERPETROLEROS (QUE SUPERAN LAS 100.000 TONELADAS DE PESO MUERTO) SE UTILIZAN PARA TRANSPORTAR PETRà LEO CRUDO DESDE LOS CAMPOS PETROLà FEROS A LAS REFINERà AS. LOS PRODUCTOS REFINADOS COMO LA GASOLINA, LA PARAFINA O LOS ACEITES LUBRICANTES SE DISTRIBUYEN MEDIANTE BUQUES CISTERNA MÓS PEQUEà OS, GENERALMENTE DE MENOS DE 30.000 TONELADAS DE PESO MUERTO, O MEDIANTE BARCAZAS. EL TRANSPORTE DE CARGA EN Mà XICO EN Mà XICO EL TRANSPORTE HA TENIDO DESARROLLOS QUE BENEFICIAN A TODO EL PAà S, YA SE CUENTA CON MEJORES Và AS DE COMUNICACIà N DENTRO DEL PAà S. EL AUTOTRANSPORTE DE CARGA DE Mà XICO ES EL MEDIO MAS UTILIZADO PARA LA TRANSPORTACIà N DE MERCANCà AS. GRACIAS AL CONTINUO DESARROLLO ECONà MICO MUNDIAL, LOS SISTEMAS DE TRANSPORTACIà N DEBEN EXPANDIRSE HACIA LOS MERCADOS INTERNACIONALES, PARA QUE PRESENTE EXCELENTES EVOLUCIONES Y CUENTE CON UN BUEN DESARROLLO DENTRO DEL MERCADO DE TRANSPORTACIà N DE CARGA. COMO PAà S ES UNA VENTAJA MUY IMPORTANTE CONTAR CON EL TLCAN, YA 6

QUE SE TIENE LA OPORTUNIDAD DE TENER MEDIOS POR LOS CUALES SE TENGA UN DESARROLLO DENTRO DEL MERCADO MÓS GRANDE DEL MUNDO, COMO LO ES LOS ESTADOS UNIDOS DE AMà RICA.EL PROCESO DE EVOLUCIà N DE NUESTRA ECONOMà A HACE QUE SE ENFRENTEN RETOS DE MODERNIZACIà N EN LOS DIFERENTES SECTORES COMERCIALES; EL TRANSPORTE ES UNA DE LAS ACTIVIDADES PRIORITARIAS PARA LA INDUSTRIA NACIONAL POR LO QUE SU PARTICIPACIà N EN MERCADOS NACIONALES Y EXTRANJEROS ES CADA VEZ MAYOR, LO QUE OBLIGA A MEJORAR PERMANENTEMENTE EL SERVICIO PARA OBTENER LA PREFERENCIA DE UN CONSUMIDOR GLOBAL. CONCLUSIONES LA LEY DE NAVEGACIà N REGULA A LAS EMPRESAS DE NAVEGACIà N LAS CUALES DEBERÓN CUMPLIR CON VARIOS REQUISITOS QUE ESTIPULA LA LEY DE NAVEGACIà N Y CONFORME A LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES; ASI COMO LA DIRECCION DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES DE INDOLE COMERCIAL QUE SEAN CELEBRADOS CON MEXICO DE BUENA FE. LAS EMPRESAS NAVIERAS TIENEN POR OBJETO OPERAR O EXPLOTAR VARIAS EMBARCACIONES DE SU PROPIEDAD. ES UN SECTOR EL CUAL SE PUEDE EXPLOTAR PARA LA OBTENCION DE INGRESOS PARA EL ESTADO, QUE COMO DICE LA LECTURA HA SIDO DESPLAZADO POR LA TRASPORTACION TERRESTRE Y LA TECNOLOGIA. EL TRABAJO ES DE GRAN INTERES PERO LA INFORMACION ES NULA, YA QUE NO SE ENCUETRA A LA LIBRE DISPOSICION DEL PUBLICO. EN GENERAL; SIENTO QUE ESTE ES UN CAMPO MUY EXPLOTABLE PARA NUESTRA CARRERA, DEBIDO A QUE POR ESTE MEDIO SE REALIZAN ACTUALMENTE VARIAS TRANSACCIONES ILICITAS, QUE EL GOBIERNO CONCIENTIZA PERO QUE NOSOTROS COMO DEFENSORES DE LA LEY PODEMOS CONTROLAR. BIBLIOGRAFIA • LEY DE NAVEGACION 2008 • ANUARIO DE DERECHO MARà TIMO, ARROYO MARTINEZ, IGNACIO, 1995, 501PP • APà NDICE AL DERECHO MARà TIMO EN MEXICO, PAZ-CURBERA L, ARTURO, 2001 11 •

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