ESTATUTOS IGLESIA DEL MONSTRUO DE ESPAGUETI VOLADOR. - Fresco del artista del S.XIV Rigoberto Tallarini en la Catedral del Monte Salsa -

ESTATUTOS - Fresco del artista del S.XIV Rigoberto Tallarini en la Catedral del Monte Salsa - IGLESIA DEL MONSTRUO DE ESPAGUETI VOLADOR • • • Prem
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EL RENACER DEL MONSTRUO Sergio Polo Sánchez & EL RENACER DEL MONSTRUO Primera edición: octubre 2014 © Derechos de edición reservados. Editorial C

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ESTATUTOS

- Fresco del artista del S.XIV Rigoberto Tallarini en la Catedral del Monte Salsa -

IGLESIA DEL MONSTRUO DE ESPAGUETI VOLADOR

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Premisa 1: el Monstruo de Espagueti Volador es un ser que tiene toda perfección. Premisa 2: la existencia es parte de la perfección. Conclusión: por lo tanto el Monstruo de Espagueti Volador existe.

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INDICE

PREÁMBULO ESTATUTOS ACTA FUNDACIONAL DOCUMENTO ADJUNTO UNO DOCUMENTO ADJUNTO DOS DOCUMENTO ADJUNTO TRES Decreto de Erección (Canónica) ACTA DE REPRESENCACIÓN LEGAL CERTIFICADO DE FIELES FATWA

3 4 9 10 11 12 13 14 15

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PREÁMBULO La Iglesia del Monstruo de Espagueti Volador (IMEV) surge como respuesta a la Comunidad Andante de Pastafaris y Devoradores de Carbohidratos, a los que por tantos siglos se ha venido ignorando por parte de, el Senado de Roma primero, y la Administración Pública ahora. La Iglesia MEV es el culto a través del cual los Pastafaris muestran (o no) su devoción a MONESVOL. Tal y como nuestro guía espiritual Bobby Henderson –sea alabado y condimentado- anunció en 2005, los pastafaris nos constituimos como religión. Se reconoce en virtud de los Acuerdos de Cooperación firmados con las siguientes iglesias y ministerios, la Verdad de todas ellas como Una e Indivisible, aceptando a su dios como el mismo que el nuestro pero con otro nombre y distinta forma de adoración: - Hermanamiento con el Frente Popular de Judea del año 33. - Libre Asociación con la Iglesia Maradoniana del 30 de Octubre de 1960. - Acuerdo de Cooperación con la Iglesia del Unicornio Rosa Invisible, del 30 de Febrero de 2010. - Aceptación Mental de la Fuerza con el Reverso Tenebroso del Jedi, en proceso de aprobación. - Acuerdo Secreto de Divinidad firmado en secreto con la Iglesia Chucknorrisiana, con fecha secreta. Lamentablemente, debido a un terrible incendio ocurrido de manera muy tonta en el Armario de los Documentos* y que quedó completamente carbonizado, al igual que su contenido, de los acuerdos firmados no se conserva copia, salvo del Acuerdo Secreto de Divinidad que, precisamente por ser secreto, no se piensa mostrar de ninguna de las maneras. Esta Entidad religiosa se regirá desde su anotación en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia por los presentes Estatutos y actuará conforme a los mismos y al amparo de los derechos reconocidos en la Constitución y en la Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 5 de Julio de 1980.

* Ese incendio ocurrió al cocinar un plato de espaguetis con albóndigas con un camping-gas en el interior del mencionado Armario de los Documentos y, como era previsible, se quemó. Porque como todo el mundo sabe, cuando se utiliza un campinggas en el interior de un armario lleno de papeles lo fácil es que ardan irremediablemente. Eso sí, los espaguetis estaban buenísimos y entramos en comunión con Monesvol que, a fin de cuentas, es lo que pretendemos y el culpable, de quien no procede en este documento a revelar su nombre, quedó exonerado de toda culpa y felicitado por todos los comensales. Y además todos nos congratulamos por el hecho de no haber causado víctimas en el siniestro del que se dio parte al seguro pero que, con toda probabilidad, no se haga cargo debido a que fue producido por una más que apreciable negligencia. A partir de

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entonces, a los niños se les enseña a no utilizar dispositivos que producen llamas en el interior de armarios llenos de papeles por una más que evidente cuestión de seguridad.

CAPITULO PRIMERO CONFESIONALIDAD, NOMBRE FINES Y FACULTADES Artículo 1.- Nombre Esta Entidad Religiosa de Confesión Pastafari, tiene naturaleza teofágica y se denomina “Iglesia del Monstruo de Espagueti Volador” (IMEV). En lo sucesivo, en este documento figurará indistintamente con el nombre de IMEV o Iglesia. Artículo 2.- Domicilio social El domicilio social se establece en XXXXXXXXXXXX, Alcalá de Henares (Madrid). Artículo 3.- Fines Se trata de una Iglesia cuyo ministerio exclusivo es difundir el Evangelio según el Capitán Mosey en el ámbito de los derechos protegidos en el artículo segundo de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa 7/1980 y, específicamente, los siguientes: A. Implantar templos en todo el territorio nacional, preferentemente bajo el aspecto de restaurantes italianos. B. Reconocer al Monstruo Espagueti Volador o Monesvol como único dios verdadero y al Capitán Mosey su profeta. C. Trasmitir el Evangelio a cuantos quieran aceptar su Verdad innegable y absoluta. D. Establecer acuerdos de cooperación con otras religiones y que se detallan en el preámbulo. E. Promover una Iniciativa Legislativa Popular (ILV) al Congreso de los Diputados para el desarrollo de un Reglamento de Prevención de Incendios en Sedes Religiosas y Lugares de Culto. F. Buscar la igualdad de trato por la Administración con las confesiones minoritarias. Artículo 4.- Facultades Para la consecución de sus fines la IMEV gozará de plena capacidad de obrar pudiendo ejercitar las siguientes facultades: A. Suscribir acuerdos, convenios o contratos de colaboración con todo tipo de entidades en aras al mejor cumplimiento de los fines de esta Entidad. B. Contratar y ser contratada, y ejercitar todos aquellos derechos reconocidos en la Constitución y en las Leyes vigentes. C. Publicar en diferentes medios de comunicación el Evangelio de Monesvol y hablar en nombre de la Iglesia. D. Emitir fatwas de cumplimiento opcional.

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CAPITULO SEGUNDO DECLARACION DE FE RELIGIOSA Artículo 5.- Base de fe La Fe Pastafari, aceptada por la Iglesia del Monstruo Espagueti Volador tiene, en resúmen, como base doctrinal la siguiente Confesión de fe: I. La Omnipotencia de Monesvol en la Creación, la Providencia, la Revelación, la Presentación y la Digestión. II. La divina inspiración de la Revelación del Capitán Mosey en el Monte Salsa y sus diez “Realmente preferiría que no” (aunque perdió dos), su credibilidad total y su suprema autoridad en todo lo que atañe a la fe y a la conducta, salvo que la conciencia dictamine otra cosa. Los “Realmente preferiría que no” vienen incluidos en el Documento Adjunto número 1. III. La pecaminosidad universal y la culpabilidad del hombre alejado de Dios que le acarrea la salvación. IV. La obra de Monesvol que ilumina, alimenta, mora en el creyente y le santifica. V. La resurrección múltiple y la aceptación de Son Goku mesiánico tal y como se explica en el Documento Adjunto número 2. VI. La esperanza del retorno visible del Menú en poder y gloria y la santificación del “puedo repetir”. VII. Asumir día festivo cada 18 de Julio la Natividad de Bobby Henderson. VIII. La eucaristía como acto de fe mediante la transformación de un simple plato de pasta con albóndigas en el Monstruo Espagueti Volador y su posterior ingesta (con bien de cerveza fresquita). Aquí no se dan hostias a nadie.

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CAPITULO TERCERO MEMBRESÍA 1.- De los miembros. Artículo 6.- Requisitos Para ser miembro de esta Iglesia deberán reunirse los siguientes requisitos: A. Ser mayor de edad. B. Estar en pleno uso de sus facultades mentales. C. Aceptar el Pastafarismo tanto en sus aspectos doctrinales como prácticos. Artículo 7.- Tramitación de la solicitud de membresía Las solicitudes se tramitarán de manera automática mediante solicitud, que no podrán ser denegadas bajo ningún concepto. El interesado tiene pleno derecho al acceso, modificación, rectificación y cancelación de sus datos personales mediante solicitud. Artículo 8.- Admisión y denegación de la solicitud de membresía Las solicitudes de membresía admitidas se comunicarán a los interesados y al Registro de Entidades Religiosas en la forma prevista en el artículo 2 de la Ley 24/1992. Artículo 9.- Tipos de miembros En función de su integración y de la participación en la consecución de los fines de esta Iglesia, se reconocen dos tipos de miembros: A. Pastafaris, que tienen derecho a participar de todos los derechos y obligaciones de esta Iglesia. B. Comensales, que son aquellos que, sin ser asociados, participan activamente en la eucaristía. C. Sumo Sacerdote, que será el pastafari fundador o quien éste designe. Artículo 10.- Derechos de los miembros. Los miembros tendrán derecho a: A. Disfrutar de los servicios y ventajas de la Iglesia. B. Participar en el contenido de los Acuerdos de Cooperación con el Estado español. C. Ser informado de los acuerdos adoptados por el Sumo Sacerdote. Artículo 11.- Deberes de los miembros Sólo el Sumo Sacerdote y los que éste designe tendrán los siguientes deberes: A. Cumplir con los fines de la Iglesia. B. Cumplir los presentes estatutos, las normas que se establezcan por el Consejo de Ancianos y los acuerdos que se adopten por la misma, siempre que estos últimos no se desvíen de los fines de la Iglesia. C. Responder positiva y jurídicamente a las obligaciones derivadas de los Acuerdos de Cooperación con el Estado español. Como novedad en cualquier religión, los Pastafaris y los Comensales no tendrán ninguna obligación. Artículo 12.- Baja de los miembros

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Los miembros de la Iglesia del Monstruo de Espagueti Volador causarán baja por voluntad propia sin más requisitos que un vulgar corte de mangas. Por escrito también sirve. No se contempla ningún tipo de expulsión, excomunión o humillación semejante, aunque el feligrés se vuelva vegetariano o casto. CAPITULO CUARTO ESQUEMA DE ORGANIZACION

1.- ÓRGANOS RECTORES Artículo 13. Órgano rector. Es órgano rector de esta Iglesia el Consejo de Ancianos. Artículo 14. Composición del Consejo de Ancianos. El Consejo de Ancianos lo formará El Sumo Sacerdote y los Ancianos que éste designe de entre los Pastafaris. El Sumo Sacerdote nombrará a uno de los ancianos El Elegido, que tendrá las funciones que delegue. Artículo 15. Funciones del Consejo de Ancianos. El Consejo de Ancianos tendrá todas las funciones ejecutivas de la Iglesia como en cualquier otra secta. Cada anciano tendrá las funciones que el Sumo Sacerdote delegue. Artículo 16. Reuniones y adopción de acuerdos. El consejo de Ancianos se reunirá cuando el Sumo Sacerdote lo decida. Los acuerdos se tomarán por aprobación del Sumo Sacerdote. El quórum mínimo para dar validez a un acuerdo será la presencia del Sumo Sacerdote. Artículo 17. Facultades del Sumo Sacerdote. El Sumo Sacerdote nombrará o depondrá Ancianos del Consejo de la manera que decida. Artículo 19. Expulsión del Sumo Sacerdote del Consejo de Ancianos o elección de Uno Nuevo. No se podrá expulsar al Sumo Sacerdote del Consejo de ancianos. Se podrá elegir Uno Nuevo por renuncia o fallecimiento del Sumo Sacerdote y se nombrará el que éste decida. En caso de no haber nombrado sucesor, la decisión la tomará el Consejo de Ancianos. En caso de no haber Ancianos nombrados en ese momento, la decisión recaerá sobre los pastafaris. En el improbable caso de no contar con pastafaris la cosa está clara. Muerto el perro acabó la rabia. Artículo 19. Tesorería. No hay tesorería. No se podrán abrir cuentas bancarias de ningún tipo ni poseer cualquier cosa que tenga valor. Por lo tanto no habrá tesorero.

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CAPITULO QUINTO EL PATRIMONIO Y LA DISOLUCION DE LA ENTIDAD Artículo 20.- Recursos Económicos. No hay recursos económicos. La Iglesia no tendrá posesión ninguna, exceptuando: A. El papel soporte de los presentes estatutos, que se considera donativo del Sumo Sacerdote y el resto de la documentación que la Iglesia genere, excepto la carpeta que los contenga (incluyendo las gomillas). B. Los restos carbonizados del Armario de los Documentos. C. La túnica del Sumo Sacerdote –benditas sean sus albóndigas- y su colador de pasta para la cabeza. Artículo 21.- Fin no lucrativo Esta Entidad no tiene un fin lucrativo. Cosa bastante imbécil de recordar porque ni unos papeles, ni unos restos carbonizados ni una puta túnica pueden valer algo. Si acaso el colador de pasta, pero no vale más de 0,60€ en unos chinos y, sinceramente, jugarse una pena de cárcel por apropiarse de una mierda de colador de pasta es tan absurdo como creer en la existencia de una Entidad Sobrenatural (que no sea el Monstruo Espagueti Volador, ojo). Artículo 22.- Gratuidad de los cargos Todos los cargos son voluntarios, honoríficos y gratuitos. Artículo 23.- Disolución. La Iglesia se constituye por tiempo perpetuo. Podrá disolverse cuando lo acuerde el Consejo de Ancianos o una Autoridad Judicial sensata así lo disponga.

DISPOSICIONES ADICIONALES Disposición Adicional Primera. En caso de discrepancia con estos estatutos, o considerarlos despóticos o tiránicos, se anima a quien piense esto a aplicar el Artículo 12 o a fundar su propia secta, con las normas que sus fluidos corporales le aconsejen. Disposición Adicional Segunda. Los presentes estatutos podrán ser modificados por el Consejo de Ancianos a voluntad. Disposición Adicional Tercera. El Sumo Sacerdote ostentará el título en sus comunicaciones oficiales precedido de su nombre, de la siguiente manera: “Maestro de la Verdad Suprema, Señor Sumo Sacerdote”.

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ACTA DE FUNDACIÓN En Orbita (Avila), circulando por la A-6 sentido Madrid y preso de sus tribulaciones, se reúne por inspiración divina el Reverenciado, Todopoderoso y Maestro de la Verdad Suprema, Señor Sumo Sacerdote D. xxxxxxxxxxx, mayor de edad, con D.N.I. nº xxxxxxxxx y, al parecer, en pleno uso de sus facultades mentales, con el Monstruo Espagueti Volador. Tras detener el automóvil por indicación de la Guardia Civil de Tráfico y realizar la pertinente prueba de alcoholemia (de la que el Sumo Sacerdote sale airoso), mantienen una conversación, como digo, el Sumo Sacerdote y El Monstruo Espagueti Volador, que en su revelación le ordena: FUNDAR UNA IGLESIA en su gloria para toda la eternidad. Ese día, mientras cavilaba sobre la mejor manera de cumplir Su Voluntad, es increpado por D. xxxxxxxxxxxxxx, mayor de edad, con D.N.I. xxxxxxxxxxxx. Tras aclarar el malentendido, se presenta como Sumo Sacerdote y le revela la Verdad, haciéndole partícipe de la eucaristía en un buen restaurante italiano y acogiéndole en su Ministerio. Un comensal de la mesa vecina que, esgrimiendo la tan manida expresión de “Perdón, pero no he podido evitar escucharles…”, interrumpe la conversación para unirse casi llorando de emoción a la fundación del la Iglesia del Monstruo Espagueti Volador. Se trataba de D. xxxxxxxxxxxxxx, mayor de edad, con D.N.I. xxxxxxxxxx. Tras una copiosa comida, café, copa y puro, son nombrados en el acto Ancianos del Consejo de Ancianos en invocación del Artículo 18 de los Estatutos que son mostrados, leídos y bendecidos. Es por ello por lo que los presentes. ACUERDAN: 1.- Aprobar los presentes Estatutos y presentarlos en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia de conforme a la LO 7/1980 de 5 de Julio de Libertad Religiosa. 2.- Comenzar a reclutar pastafaris. 3.- Intentar, dentro de lo posible y allá la suerte de cada uno, multiplicarse. 4.- Degustar un rico plato de espaguetis con albóndigas tan a menudo como les sea posible. 5.- Diligenciar un Libro Registro de Pastafaris donde se acreditan los fieles que van engrosando las filas. 6.- Solicitar la devolución de la primera copia de la escritura, en los términos que marca la ley. 7.- Galardonar a D. xxxxxxxxxx con el título de “Sumo Sacerdote” y conocerle bajo el nombre de Benedicto XVII 8.- Asignar el título de “El Elegido” a D. xxxxxxxx y “El Iluminado” a D. xxxxxxxxxxxxx. En Alcalá de Henares (Madrid), a 25 de Julio de 2011

Anciano D. xxxxxxx, El Elegido

Maestro de la Verdad Suprema, Señor Sumo Sacerdote D. xxxxxxxxxx

Anciano D. xxxxxxxxxx, El Iluminado

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DOCUMENTO ADJUNTO UNO LOS OCHO “REALMENTE PREFERIRÍA QUE NO” Cuando, allá por el S. XVIII el Capitán Mosey ascendió al Monte Salsa, recibió el Verbo y contempló la Gracia de Monesvol, divulgó los diez “Realmente Preferiría que no” al mundo. Lamentablemente perdió dos, por lo tanto aquí se detallan según trascendieron. 1. Realmente preferiría que no actuaras como un imbécil santurrón que se cree mejor que los demás. Si alguien no cree en mí, no pasa nada. 2. Realmente preferiría que no usases mi existencia como excusa para matar. Yo no requiero sacrificios, y la pureza es para el agua potable, no para la gente. 3. Realmente preferiría que no juzgases a las personas por su aspecto origen o religión. 4. Realmente preferiría que no hicieras cosas que no te gustaran por culpa de una religión. 5. Realmente preferiría que no desafiaras las ideas fanáticas, misóginas y de odio de otros con el estómago vacío. 6. Realmente preferiría que no construyeras iglesias/templos/mezquitas/santuarios multimillonarios a mi tallarinesca santidad cuando el dinero podría ser mejor gastado en (tú eliges): A. Terminar con la pobreza. B. Curar enfermedades. C. Vivir en paz, amar con pasión, y bajar el precio de la televisión por cable. 7. Realmente preferiría que no fueras por ahí contándole a la gente que hablo contigo. 8. Realmente preferiría que no le hicieses a los otros lo que te gustaría que te hiciesen a ti. Adjuntamos el presente documento como prueba de la Verdad.

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DOCUMENTO ADJUNTO DOS LA MULTIRRESURRECCIÓN Resucitar sólo una vez no es muestra ni de poder alguno ni de la más mínima divinidad. La Iglesia del Monstruo Espagueti Volador cree firmemente, más bien SABE que resucitar cuatro o más veces es una prueba inequívoca de ello. Uno de los más poderosos motivos por los cuales hemos cambiado de religión tan alegremente ha sido la Revelación de la Verdad a través del profeta Son Goku. Él ha sido capaz de: · Resucitar varias veces · Dar más hostias que en una iglesia. · Volar. · Teletransportarse.

Representación de nuestro Mesías en un dibujo del S.XI

No olvidamos el favor que hizo a la humanidad salvándonos del Apocalipsis en multitud de ocasiones y le adoramos y condimentamos. Adjuntamos el presente documento como prueba de la Verdad.

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DOCUMENTO ADJUNTO TRES DECRETO DE ERECCIÓN (CANÓNICA) Teniendo en cuenta el auge del culto del pastafarismo, y que esos grupos carecen de un pastor espiritual que les una y consolide, que fomente su espiritualidad, les ayude en remediar sus necesidades, y que los impulse al apostolado; considerando también el parecer del Sumo Sacerdote, y la respuesta favorable del Consejo de Ancianos, disponemos lo siguiente: VISTA la obligación por parte del Ministerio de Justicia de tener una erección, EL SUMO SACERDOTE DECRETA: 1.- Tener dicha erección por la Gloria de Monesvol. 2.- Que dicha erección sea canónica. 3.- Que dicha erección tenga lugar en la localidad de Alcalá de Henares (Madrid), a vista de todos, siempre con absoluta seguridad de que no se encuentran menores presentes. Alcalá de Henares (Madrid), a 25 de Julio de 2011

Anciano D. xxxxxxx, El Elegido

Maestro de la Verdad Suprema, Señor Sumo Sacerdote D. xxxxxxxxxx

Anciano D. xxxxxxxxxx, El Iluminado

ESTATUTOS 02883519P13 IGLESIA DEL MONSTRUO DE ESPAGUETI VOLADOR

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ACTA DE REPRESENCACIÓN LEGAL El Maestro de la Verdad Suprema, Señor Sumo Sacerdote, D. xxxxxxxxxxxxx, habiendo sido galardonado con dicho título por parte de los demás pastafaris constituidos según figura en el Acta Fundacional, ACREDITA: Que sólo él dispone de representación legal ante terceros en nombre de la Iglesia del Monstruo de Espagueti Volador. Alcalá de Henares (Madrid), a 25 de Julio de 2011

Maestro de la Verdad Suprema, Señor Sumo Sacerdote D. xxxxxxxxxxxxxxxxxx

ESTATUTOS 02883519P14 IGLESIA DEL MONSTRUO DE ESPAGUETI VOLADOR

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CERTIFICADO DE NÚMERO DE FIELES El Maestro de la Verdad Suprema, Señor Sumo Sacerdote, D. xxxxxxxxxxx, habiendo sido galardonado con dicho título por parte de los demás pastafaris constituidos según figura en el Acta Fundacional, ACREDITA: Que hasta la fecha, y que se sepa, apenas se cuenta con los siguientes fieles debidamente inscritos en el Libro Registro de Pastafaris: Xxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxx Alcalá de Henares (Madrid), a 25 de Julio de 2011

Maestro de la Verdad Suprema, Señor Sumo Sacerdote D. xxxxxxxxxxxxxxxxxx

ESTATUTOS 02883519P15 IGLESIA DEL MONSTRUO DE ESPAGUETI VOLADOR

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FATWA

‫ـــــ ى‬ El Reverenciado, Todopoderoso y Maestro de la Verdad Suprema, Señor Sumo Sacerdote Benedicto XVII tiene la obligación moral de dar instrucciones a todos los pastafaris para que cumplan y hagan cumplir la presente fatwa, en los siguientes términos: Ordeno a todos los creyentes a entrar en comunión con Monesvol tantas veces como sea posible. Declaro los siguientes doce meses posteriores al solsticio de verano de todos los años, contados a partir del cénit sobre el Trópico de Cáncer, como santos, siendo obligatorio para todos los pastafaris a no pasar hambre, prohibiendo toda clase de ayuno voluntario. Declaro como impuros, y por tanto alejados de la dieta de todos los fieles, los siguientes alimentos y bebidas: fetos humanos, baterías de ión-litio usadas, cuchillas de afeitar, el tetraoxosulfato VI de hidrógeno y la estrella de neutrones PSR0531+121. Difúndase por todo el mundo. Alcalá de Henares (Madrid), a 25 de Julio de 2011

El Reverenciado, Todopoderoso y Maestro de la Verdad Suprema Señor Sumo Sacerdote Benedicto XVII

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