LA CALIDAD COMO FACTOR DE COMPETITIVIDAD DENTRO DE LA LIBRE COMPETENCIA

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Superintendencia de Industria y Comercio

SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

LA CALIDAD COMO FACTOR DE COMPETITIVIDAD DENTRO DE LA LIBRE COMPETENCIA GUSTAVO VALBUENA QUIÑONES Superintendente de Industria y Comercio

Mayo 6 de 2010

Superintendencia de Industria y Comercio

La libre competencia, la competitividad y la calidad juegan un papel importante en la organización y desarrollo del país.

Superintendencia de Industria y Comercio

CALIDAD

Calidad

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La calidad se refiere al conjunto total de las propiedades, ingredientes o componentes que constituyen, determinan, distinguen o individualizan un producto, servicio o proceso, el cual además de cumplir los requerimientos y satisfacer las necesidades para las cuales ha sido producido, puede ajustarse a un referente normativo de carácter voluntario.

Calidad

Superintendencia de Industria y Comercio

Papel del Estado

La Constitución Política impone al legislador la obligación de regular el control de calidad de bienes y servicios, así como la información que debe suministrarse al público en su comercialización. (Artículo 78)

Calidad

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Papel del Estado (Documento Conpes 3439 de 2006). • Propiciar un entorno favorable al mejoramiento de la calidad. • Apoyar y coordinar a los organismos y entidades vinculados a la expedición y control de reglamentos técnicos, normalización, acreditación, metrología y evaluación de la conformidad. • Buscar su aceptación en diferentes foros de comercio y/o calidad, así como, por las autoridades competentes locales y extranjeras.

Calidad

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Política nacional La calidad y la innovación impulsan la competitividad al permitir a los empresarios diferenciar sus productos y adaptarlos a los diferentes mercados, lo cual reconoce el Gobierno al establecer los “Lineamientos para una Política Nacional de Calidad”. (Documento Conpes 3527 de 2008)

Calidad Metas de la política nacional • Apoyar la competitividad

• Facilitar el control • Proteger al consumidor

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COMPETITIVIDAD

Competitividad

Superintendencia de Industria y Comercio

“La competitividad de una nación se define como el grado en el que un país puede producir bienes y servicios capaces de competir exitosamente en mercados globalizados y a la vez mejorar las condiciones de ingreso y calidad de vida de su población” (Documento Conpes 3439 de 2006).

Competitividad

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Factores Básicos • Transparencia y eficiencia en las Instituciones. • Infraestructura. • Estabilidad macroeconómica. • Salud y Educación Primaria. (Foro Económico Mundial)

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Competitividad Índice Doing Business

Posición Colombia

Total Países

2007

2008

2009

66

45

37

178

181

183

(Banco Mundial, Doing Business 2010)

Competitividad

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Papel del Estado Intervenir en la economía para promover la productividad y competitividad, entre otros. (Artículo 334 C.P.)

Competitividad

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Política nacional El Gobierno estableció la “Política Nacional de Competitividad y Productividad” que busca que las políticas públicas sean diseñadas teniendo en cuenta, su impacto sobre la competitividad del país. (Documento Conpes 3527 de 2008)

Competitividad

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Metas de la política nacional • Una economía exportadora de bienes y servicios. • Alto valor agregado e innovación de los productos. • Un entorno favorable a la inversión nacional y extranjera. • Mejores oportunidades de empleo formal. • Un elevado nivel de ingreso por persona. • Un mejoramiento en la calidad de vida. (Documento Conpes 3527 de 2008)

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LIBRE COMPETENCIA

Competencia

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“La competencia es un principio estructural de la economía social del mercado, (…) que propende por la protección del interés público, que se materializa en el beneficio obtenido por la comunidad de una mayor calidad y unos mejores precios de los bienes y servicios que se derivan como resultado de una sana concurrencia”. (Corte Constitucional C-616 /2001)

Competencia

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La libre competencia es considerada en el ámbito mundial como uno de los elementos determinantes para generar eficiencia en los mercados y bienestar a los consumidores, lo que se traduce igualmente en incrementos en la competitividad y calidad de vida así, como en un mayor desarrollo y crecimiento económico.

Competencia

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“Se calcula que, como media, los carteles elevan los precios en un 10%. Además de estos cobros excesivos, los carteles causan derroche y faltas de eficiencia, teniendo como resultado un daño global a la sociedad que representa un 20% de las ventas afectadas” . (OECD, Hard Core Cartels (2000) pág. 12”).

Competencia

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La libertad de competencia supone la ausencia de obstáculos para que una pluralidad de empresarios que ponen sus esfuerzos o recursos en la conquista de un determinado mercado de bienes y servicios, lo realicen en un marco de igualdad de condiciones. (Corte Constitucional C-616 /2001)

Competencia

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Papel del Estado • Defender la libre competencia económica como un derecho de todos que supone responsabilidades. • Garantizar la libertad económica y la iniciativa privada dentro de los límites del bien común. • Impedir que se restrinja la libertad económica y evitar o controlar el abuso de la posición dominante en el mercado. (Artículo 333 Constitución Política.)

Competencia

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Libertades asociadas a la libre competencia • Libertad para escoger actividad. • Libertad de entrada y salida de los mercados. • Libertad de ofrecer sus productos y servicios en las condiciones que considere más apropiadas. • La libertad de los consumidores para contratar con cualquiera de los oferentes, los bienes o servicios que requieren. 22

El papel del Estado

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Instrumentos para proteger la libre competencia • Prohibir y sancionar las prácticas restrictivas de la competencia (actos y acuerdos). • Evitar o controlar el abuso de posición dominio en el mercado.

de

• Efectuar control previo de integraciones. • Prohibir y sancionar la competencia desleal entre empresarios.

Prácticas restrictivas

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• Actos. • Acuerdos.

• Abuso de posición dominante.

Prohibición general

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Quedan prohibidos los acuerdos o convenios que directa o indirectamente tengan por objeto limitar la producción, abastecimiento, distribución o consumo de materias primas, productos o servicios nacionales o extranjeros y, en general, toda clase de prácticas, procedimientos o sistemas tendientes a limitar la libre competencia y a mantener o determinar precios inequitativos. (Ley 155 de 1959; Art. 1) 25

Actos

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• Infringir las normas sobre publicidad contenidas en el Estatuto de Protección al consumidor (Decreto 3466/82). • Influenciar a una empresa para que incremente los precios de sus productos o para que desista de bajarlos. • La negativa a la venta cuando sea como una retaliación a la política de precios de la empresa. (D. 2153/92 art. 48) 26

Acuerdos

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• Fijación directa o indirecta de precios. • Determinar condiciones de venta o de comercialización discriminatoria. • Repartición de mercados. • Asignación de cuotas de producción. • Asignación, repartición o limitación fuentes de abastecimiento de insumos.

de

(D. 2153/92 art. 47) 27

Acuerdos

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• Limitación a desarrollos técnicos. • Subordinar el suministro de un producto a la aceptación de obligaciones adicionales.

• Abstenerse de producir un bien o servicio o afectar sus niveles de producción. • Colusión en licitaciones. • Impedir el acceso a los mercados o a canales de comercialización. (D. 2153/92 art. 47) 28

Excepciones

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• Las conductas que tengan por objeto la cooperación en investigaciones y desarrollo de nueva tecnología. • Los acuerdos sobre cumplimientos de normas, estándares y medidas no adoptadas como obligatorias por el organismo competente cuando no limiten la entrada de competidores al mercado. • Los acuerdos que se refieran a procedimientos, métodos, sistemas y formas de utilización de facilidades comunes. (D. 2153/92 art. 49)

29

Posición dominante.

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La posibilidad de determinar, directa o indirectamente, las condiciones de un mercado

(D.2153/92 art. 45, numeral 5)

30

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Abuso de Posición dominante.

• Disminuir los precios por debajo de los costos. • Aplicar condiciones discriminatorias a operaciones equivalentes. • Subordinar el suministro de un producto a la aceptación de obligaciones adicionales. • Vender o prestar servicios en una zona, a un precio diferente del ofrecido en otra parte, con el propósito de eliminar competencia, • Obstruir o impedir a terceros el acceso a los mercados o a los canales de comercialización. (D.2153/92 art. 50) 31

Competencia Desleal.

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Se considera competencia desleal, todo acto o hecho que se realice en el mercado con fines concurrenciales, contrario a: • Las sanas costumbres mercantiles, • El principio de la buena fe comercial, • Los usos honestos en materia industrial o comercial, o • Cuando este encaminado a afectar o afecte la libertad de decisión del comprador o consumidor, o el funcionamiento concurrencial del mercado. (Ley 256 de 1996) 32

Competencia Desleal. • • • • • •

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Actos de desviación de la clientela. Actos de desorganización. Actos de confusión. Actos de engaño. Actos de descrédito. Actos de comparación.

(ley 256 de 1996) 33

Competencia Desleal. • • • • • •

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Actos de imitación. Explotación de la reputación ajena. Violación de secretos. Inducción a la ruptura contractual. Violación de normas. Pactos desleales de exclusividad

(ley 256 de 1996) 34

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LEY 1340 DE 2009

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I.DISPOSICIONES GENERALES

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1. OBJETO DE LA LEY

Objeto de la ley

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Actualizar la normatividad

Facilitar a los usuarios su adecuado seguimiento Optimizar las herramientas con que cuentan las autoridades nacionales para el cumplimiento del deber constitucional de proteger la libre competencia

Prácticas Comerciales Restrictivas Integraciones Empresariales Competencia Desleal Administrativa

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2. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Ámbito de aplicación

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 Objetivo: • Prácticas comerciales restrictivas • Integraciones empresariales • Competencia desleal administrativa.

 Subjetivo: Todo aquel que desarrolle una actividad económica o afecte o pueda afectar ese desarrollo, independientemente de su forma o naturaleza jurídica.

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3. PROPÓSITOS

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Propósitos Decreto 2153 de 1992 Mejorar la eficiencia del aparato productivo nacional

Libre escogencia y acceso a los mercados de bienes y servicios

Ley 1340 de 2009 Eficiencia económica (visión holística del sistema) Bienestar de los consumidores

Variedad de precios y calidad de bienes y servicios Que las empresas participar libremente mercados

puedan La libre participación de las en los empresas en el mercado

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II. CAMBIOS EN LAS RELACIONES FUNCIONALES DE LA SIC CON OTRAS AUTORIDADES NACIONALES

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1. AUTORIDAD ÚNICA

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Autoridad única SIC autoridad única (concentración de la aplicación de las reglas de la competencia)

Prácticas comerciales restrictivas Integraciones empresariales Competencia desleal administrativa

Referencias a otras autoridades: 1. Integraciones sector financiero (art. 9) 2. Funciones de la Aeronáutica Civil 3. Concepto Minagricultura Ley 155 de 1959

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2. LA NUEVA FUNCIÓN DE ABOGACÍA DE LA COMPETENCIA

Abogacía

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► La función de abogacía de la competencia modifica las relaciones funcionales de la SIC con las autoridades de regulación:  SIC: Posibilidad concepto previo  Autoridades estatales de regulación: Obligación de informar a la SIC de los proyectos.

 Efectos de los conceptos de la SIC

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III. CAMBIOS EN LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS ANTE DE LA SIC

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1. NOVEDADES EN CONTROL DE INTEGRACIONES

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1.1. OBJETO DEL CONTROL DE INTEGRACIONES

Objeto del integraciones

control

de

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• Requisito subjetivo del artículo 4 de la Ley 155 de 1959 se amplía: – –

Integraciones Horizontales Reconocimiento expreso de la ley a la necesidad de analizar las operaciones verticales

• Requisito

objetivo:

Resolución

SIC

topes

(150.000 SMLV. Resolución 69901 de 2009)

• Requisito cronológico: Previamente a llevar a cabo la integración

Objeto del control

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• Notificación si menos del 20% del mercado (sin perjuicio de verificación facultativa de la SIC) • Grupo empresarial: Exento del deber de notificación (par. 3 artículo 9, concepto de unidad de control)

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1.2. NOVEDADES PROCESALES

Novedades procesales

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FASE I: • Pre-evaluación – Solicitud: Informe sucinto de la operación • Publicación– Anuncio:

El fin es obtener información del mercado (10 días)

Excepción:

• 30 Días

Justificación por parte de las solicitantes con fundamento en razones de orden público (Art. 10, núm. 2).

No continuarlo: Adopción de decisión SIC Continuarlo FASE II

Novedades procesales

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FASE II: Autoridades de Regulación y control = concepto

 Continúa - Comunicación

Interesados • Aportar totalidad de información • Ofrecer condicionamientos • Controvertir información aportada terceros

por

 SIC: Tiene la facultad de solicitar que se aclare, modifique o complemente la información  Silencio administrativo (3 meses)  Desistimiento (2 meses)

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1.3. DECISIONES DE LA SIC Y SUPERVISIÓN AL CONDICIONAMIENTO

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Decisión de la SIC en integraciones

• No objetar la integración

• Objetar la integración = restricción • Autorizar la condicionamientos

integración

bajo

Supervisión al condicionamiento

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1.

Deber de cumplimiento

2.

Contribución de seguimiento:  

verificación

de

Pago a cargo de las intervinientes Carácter parafiscal de esta contribución.

Sanción al incumplimiento del condicionamiento

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Sanción: Multas Reversión de la operación

Previa solicitud de explicaciones

SIC: También podrá hacer efectiva la póliza que garantiza condicionamientos

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Reversión de la operación 1. No fue informada

2. Se realiza antes de cumplirse el término que tiene la

Sólo si la SIC determina que la operación comportaba una restricción a la libre competencia

SIC para pronunciarse 3. Operación había sido objetada 4. Se incumple las condiciones bajo las cuales se autorizó la operación

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1.4. EXCEPCIÓN DE EFICIENCIA

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Excepción de eficiencia Empresas deben probar :

1. Efectos benéficos para los consumidores exceden el posible impacto negativo 2. Ausencia de otros medios 3. Acompañar compromiso 4. Excepción de eficiencia = condicionamiento de la operación

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2. NOVEDADES EN INVESTIGACIONES DE PRÁCTICAS COMERCIALES RESTRICTIVAS

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2.1. LA FIGURA DE LA CLEMENCIA

Delación o clemencia 1.

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Sujetos: • Persona natural o jurídica que participa en el acuerdo e informa a la autoridad de competencia. • El instigador o promotor no podrá acceder a los beneficios de la clemencia.

2.

Beneficios: Exoneración total o parcial de la multa

3.

Factores que se tienen en cuenta para otorgar el beneficio: • Oportunidad. • Calidad y pertinencia • Eficacia.

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2.2. NOVEDADES EN TEMAS PROCESALES

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Manejo de la información

1. Reserva documental

2. Reserva de identidad del denunciante.

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Publicación de actuaciones Actos que deben publicarse: 1.

Apertura investigación

2.

Decisión sancionatoria en firme

3.

Aceptación necesario,

4.

Inicio de procedimiento de autorización de integración

5.

Condicionamientos

de

garantías,

si

se

considera

Terceros interesados

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Régimen especial integraciones



Tercero ≠ Tercero interesado



Tratamiento especial ligas y asociaciones de consumidores



Término perentorio intervención

terceros

para

PRC.

solicitar

No

la

Terceros interesados

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Prerrogativas especiales



Excepción en cuanto al acceso a información

Actos de trámite



Principio general



Una excepción

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Irregularidades del procedimiento

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Saneamiento de vicios de procedimiento



Oportunidad alegación



Oportunidad de decisión

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Ofrecimiento de garantías Novedades:

• Término perentorio para su ofrecimiento • Obligación de verificación

• Régimen sancionatorio • Análisis de suficiencia

Caducidad de la actuación Administrativa

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• Término

• Conductas de tracto sucesivo

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2.3. NOVEDADES EN MATERIA DE SANCIONES

Multas

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Hechos que dan origen a la imposición de multas:

1. Violación régimen PCR 2. Incumplimiento de instrucciones SIC 3. Obstrucción de investigaciones

4. Omisión información de integración 5. Incumplimiento de las obligaciones relacionadas con el ofrecimiento de garantías o condicionamientos

Multas

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• Multa para personas jurídicas: 100.000 SMMLV o 150% de la utilidad, si mayor.

• Multa para personas naturales: 2.000 SMMLV por colaborar, facilitar, autorizar, ejecutar o tolerar conductas violatorias a las normas de promoción de la competencia. • Imputación patrimonial.

Otros criterios para determinar el monto de la sanción 1.

La colaboración como factor atenuante: • •

2.

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Aplicable a toda conducta anticompetitiva Consecuencia = atenuación de la sanción

Factores agravantes: • • • •

Persistencia de la conducta Existencia de antecedentes Incumplimiento de compromisos Haber actuado como líder de la conducta

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IV. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Disposiciones complementarias

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Institutos de salvamento y de la protección de la confianza pública



Fuentes de financiación SIC



Adecuación estructura administrativa SIC



Intervención del Estado económica (art. 31)



Régimen transitorio

en

materia

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