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ENFERMEDAD MENTAL
• La valoración de la Enfermedad • Mental se realizará de acuerdo con los grandes grupos de Trastornos Mentales incluidos en los sistemas de clasificación universalmente aceptados CIE 10, DSM-IV
• Teniendo como referencia estos manuales, los grandes grupos psicopatológicos susceptibles de valoración son: • Trastornos Mentales Orgánicos, Esquizofrenias y Trastornos Psicóticos, Trastornos de Estado de Ánimo, Trastornos de Ansiedad, Adaptativos y Somatomorfos, Disociativos y de Personalidad.
Trastorno Mental • Entendemos como tal el conjunto de síntomas psicopatológicos identificables que interfieren el desarrollo personal, laboral y social de la persona, de manera diferente en intensidad y duración
DIAGNOSTICO: Clasificación universal CIE 10 y DSM IV. BASE: • Disminución de la capacidad para llevar una vida autónoma. • Disminución de la vida laboral. • Correlativa a la sintomatología psicopatológica aceptada universalmente (CIE 10 – DSM IV TR).
La valoración de la discapacidad que un Trastorno Mental se realizará en base a: 1)Disminución de la capacidad del individuo para llevar a cabo una vida autónoma. 2)Disminución de la capacidad laboral. 3)Ajuste a la sintomatología psicopatológica universalmente aceptada.
Para la valoración de la discapacidad originada por Enfermedad Mental se tendrán en cuenta los tres parámetros siguientes 1) Capacidad para llevar a cabo una vida autónoma Vendrá dada por el estudio de las actividades, que incluyen: •a) Relación con el entorno: Comunicación y manejo de información general. Uso del teléfono. Relación social y su comportamiento. Capacidad psíquica para dirigir su movilidad. Uso de transporte. Realización de encargos. Tareas de hogar. Manejo de dinero Actividades de ocio. Capacidad de iniciativa, voluntad y juicio crítico.
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b) Actividades de cuidado personal: Desplazamiento Comida, Aseo, Vestido Evitación de lesiones y riesgos
• 2) Repercusión del trastorno en su actividad laboral • a) El déficit en el mantenimiento de la concentración, la continuidad y el ritmo en la ejecución de tareas. Concentración. Continuidad. Ritmo. Atención focalizada (áreas domésticas). • b) El deterioro o descompensación en la actividad laboral debido al fracaso en: Adaptarse en circunstancias de estrés Toma de decisiones. Planificación y conclusión a tiempo de los trabajos. Inter-relación con jefes y compañeros.
•El fracaso: retraimiento y/o evitación •Por la aparición o exacerbación de los síntomas del trastorno en cuestión. •Interfiera con cualquier tipo de actividad productiva.
3) Presencia y estudio de los síntomas y signos constituyentes de criterios diagnósticos •NO TODO TRASTORNO MENTAL DEFINE LIMITACIONES, por lo que se considerará: a) Evidencia razonable de síntomas ajustados a los criterios Diagnósticos definidos en los citados Manuales. b) Posibilidad de establecer criterios de provisionalidad y/o temporalidad en función del grado de evolución del trastorno o de la carencia de datos en el momento de la valoración. •Ante una CRONICIDAD CLARA y estable la calificación ha de ser DEFINITIVA. c) Posibilidad de solicitar informes psiquiátricos y/o psicológicos complementarios que permitan conocer la historia clínica previa del individuo, medidas terapéuticas y el posible pronóstico del trastorno.
Tomar en cuenta: (DSM IV, etc.), distinguiendo entre rasgos y trastorno. Los rasgos sólo se constituirán en trastorno cuando sean inflexibles, desadaptativos y persistentes. e) La dependencia a Sustancias Psicoactivas no se valorará en sí misma, sino las patologías asociadas, tanto previas y predisponentes, como las secuelas que originen.
GRADOS DE DISCAPACIDAD • Grado 1: Discapacidad nula. La deficiencia no limita las AVD. • Grado 2: Discapacidad leve. Presenta alguna dificultad en las AVD, pero puede realizar la prácticamente la totalidad de las mismas • Grado 3: Discapacidad moderada. Los síntomas, signos o secuelas causan una imposibilidad o disminución importante de la capacidad de la persona para realizar algunas de las actividades de la vida diaria, siendo independiente en las actividades de autocuidado
GRADOS DE DISCAPACIDAD • Grado 4: Discapacidad grave. Disminución importante o imposibilidad para la realización de la mayoría de las AVD, pudiendo estar afectada alguna de las actividades de autocuidado. • Grado 5: Discapacidad muy grave. Imposibilidad de las AVD.
PORCENTAJE DE DISCAPACIDAD • Se establecen cinco categorías o clases de discapacidad ordenadas de menor a mayor porcentaje, en base a: •Deficiencia PERMANENTE que cumpla los parámetros objetivos que se especifican. •Grado de discapacidad (leve, moderada, grave, muy grave)
PORCENCAJE DE DISCAPACIDAD Clase 1: No limitación AVD. 0% . Clase 2: Discapacidad leve. 1-24% Clase 3: Discapacidad moderada. 2549% Clase 4: Discapacidad grave. 50-70% Clase 5: Discapacidad muy grave. 75%.
Criterios de valoración • 1) Criterio general •Cuando la persona presente sintomatología psicopatológica aislada que, aunque exista, no suponga disminución de su capacidad funcional se incluirá en la Clase I y su valoración será 0%. •Para incluir a la persona en alguna de las Clases que sí suponen disminución de su capacidad funcional (II, III, IV y V) tendrá que cumplir los tres requisitos reseñados en cada una de ellas, descritos anteriormente, de acuerdo con los criterios especificados a continuación:
CLASE II: DISCAPACIDAD LEVE (1-24%) (a+b+c) a)La capacidad para llevar a cabo una vida autónoma está conservada o levemente disminuida, de acuerdo a lo esperable para la persona de su edad y condición, excepto en períodos recortados de crisis o descompensación. b)Puede mantener una actividad laboral normalizada y productiva excepto en los períodos de importante aumento del estrés psicosocial o descompensación, durante los que puede ser necesario un tiempo de reposo laboral junto a una intervención terapéutica adecuada. c)Cumplir los criterios diagnósticos requeridos.
CLASE III: DISCAPACIDAD MODERADA (25 - 59%) (a+b+c) a) Restricción moderada en las actividades de la vida cotidiana (trabajo, socialización etc). •La medicación y/o el tratamiento son necesarios de forma habitual. Si a pesar de ello persiste la sintomatología clínicamente evidente, •Que no interfiere notablemente en las actividades del paciente: tendencia al extremo inferior del intervalo; •Que interfiere notablemente en las actividades del paciente: tendencia al extremo superior del intervalo. b) Las dificultades y síntomas pueden agudizarse en períodos de crisis o descompensación. •Fuera de los períodos de crisis: •La persona es capaz de desarrollar una actividad laboral normalizada •El individuo sólo puede realizar tareas ocupacionales con supervisión mínima c) Presenta algunos síntomas que exceden los criterios diagnósticos requeridos, situándose la repercusión funcional de los mismos entre leve y grave.
CLASE IV: DISCAPACIDAD GRAVE (60 74%) (a+b+c) a) Grave restricción de las actividades de la vida cotidiana. Precisa supervisión intermitente en ambientes protegidos y total fuera de ellos. b) Grave disminución de su capacidad laboral. No puede mantener una actividad laboral normalizada. •Puede acceder a Centros y/o actividades ocupacionales, aunque incluso con supervisión. •El rendimiento suele ser pobre o irregular. c) Se constatan todos o casi todos los síntomas que exceden los criterios requeridos para el diagnóstico, o alguno de ellos son especialmente graves.
1.- TRASTORNOS MENTALES ORGANICOS • Alteraciones psicopatológicas y del comportamiento asociados a DISFUNCION CEREBRAL, congénita y o adquirida. Factor orgánico específico. Trastornos cerebrales secundarios por alcohol y/o drogas. Trastornos de funciones cognitivas y / o emocionales. Incluyen: Demencias. Trastornos orgánicos de personalidad. Síndromes post-conmocionales. Traumatismos C.E. E.C.V
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