Story Transcript
Las 35 h. a examen
C L A R I D A D · P R I M AV E R A 2 0 0 5 · C U A R TA E TA PA
La jornada de trabajo: Reflexiones sobre el debate actual Santos M. Ruesga y Laura Pérez Ortiz*
ÍNDICE GENERAL
dad. Se extiende la idea de alargar la jorna-
mento de política activa laboral, para gene-
dos Unidos y Japón (entorno a 1.850-
da laboral, en los países desarrollados, co-
rar empleo. Los objetivos que se buscan
2.000 horas); por el contrario, en los Paí-
mo fórmula –defensiva, desde luego– de
son precisamente crear empleo, aumentar
ses Bajos o Noruega, las cifras reflejan
hacer frente al deterioro de la posición
la competitividad y mejorar las condiciones
una media inferior a 1.400 horas de tra-
competitiva de algunas empresas, a resul-
de trabajo para lograr un mayor equilibrio
bajo anuales, mientras el resto de países
tas del avance del proceso de globaliza-
entre la vida profesional y la vida familiar.
de la Europa continental se sitúa entre
ción. La amenaza de deslocalización se
1.550 y 1.800 horas anuales.
aborda pues con la intensificación del es-
La primera de las leyes promulgadas a es-
fuerzo laboral por parte de los asalariados.
tos efectos, conocida como Ley Robien
Además, hay que tener en cuenta que el
(de 11 de junio de 1996) conforma un sis-
LA JORNADA DE TRABAJO: REFLEXIONES SOBRE EL DEBATE ACTUAL ...........................................
4
tiempo de trabajo de toda una vida también
No obstante, en esta tendencia que se
tema de ayudas a las empresas que prac-
SANTOS M. RUESGA Y LAURA PÉREZ ORTIZ ................................................................................
4
disminuye por la cada vez más tardía incor-
apunta, impulsada por determinados secto-
tican una reducción colectiva del tiempo
1. INTRODUCCIÓN. EL DEBATE EN TORNO A LAS 35 HORAS DE TRABAJO SEMANALES ..................
4
poración al mercado laboral, así como la
res empresariales, subyacen dos posibles
de trabajo, con el objetivo de favorecer el
2. ALGUNAS EXPERIENCIAS RECIENTES EN LA UE .......................................................................
5
más pronta salida del mismo. Por otro la-
consecuencias a considerar, al menos des-
empleo. Así, plantea una serie de condi-
FRANCIA ......................................................................................
5
do, gracias a la incorporación de la mujer
de el punto de vista del análisis económico.
ciones, según las cuales, aquella empresa
PAÍSES BAJOS .........................................................................
7
al mercado laboral, ha aumentado la pobla-
De un lado, el posible impacto sobre los
que reduzca al menos en un 10% el tiem-
3. LA JORNADA DE TRABAJO EN LA UNIÓN EUROPEA ..................................................................
9
ción activa, lo que a su vez ha permitido una
costes laborales –en términos absolutos–
po de trabajo de todos o parte de sus asa-
...........................................................................................
9
reducción generalizada del tiempo dedicado
de un incremento de la jornada laboral que,
lariados, disfruta de una desgravación en
......................................................................................
10
al trabajo, al mismo tiempo que un aumen-
si se llevase a cabo sin alterar el valor del
las cotizaciones sociales que alcanza el
3.2.1. ¿Regulación normativa o negociación colectiva? ..........................................................
10
to del tiempo libre o dedicado al ocio.
salario por persona –como está ocurrien-
40% el primer año, y el 30% los seis si-
3.2.2. Horas extraordinarias y cómputo anual de las horas de trabajo .....................................
11
do–, supondría un descenso del coste sala-
guientes. Si la reducción del tiempo de tra-
3.2.3. El trabajo a tiempo parcial .......................................................................................
15
El 22 de septiembre de este año, la Comi-
rial por hora. Y, de otro sobre la dinámica
bajo llega al 15%, las desgravaciones se
4. LA IMPORTANCIA DE LA PRODUCTIVIDAD ................................................................................
17
sión Europea propuso una revisión de la
real de la productividad del trabajo.
incrementan hasta el 50% el primer año y
17
Directiva Europea sobre tiempo de traba-
19
jo, reabriendo el debate sobre este espi-
En una primera parte de este articulo se
2.1. LAS 35 2.2. EL
HORAS SEMANALES EN
EMPLEO A TIEMPO PARCIAL EN LOS
3.1. EVOLUCIÓN 3.2. LA
DE LA JORNADA LABORAL
REGULACIÓN DE LA JORNADA LABORAL
4.1. ¿CÓMO
REDUCIR EL TIEMPO DE TRABAJO?
4.2. ¿CÓMO
FINANCIAR LA REDUCCIÓN DEL TIEMPO DE TRABAJO?
4.3. ALGUNAS
..................................................................................... ................................................................
el 40% los siguientes.
.................................
19
noso tema. Según dicha propuesta1, “los
analiza la información cuantitativa más re-
En el caso de establecerse una estrategia
5. UNA NOTA SOBRE EL PANORAMA ACTUAL DE LA JORNADA LABORAL EN ESPAÑA ....................
21
Estados miembros podrán adoptar medi-
levante sobre la jornada laboral en los paí-
denominada ofensiva, las desgravaciones
6. CONCLUSIONES .....................................................................................................................
22
das a escala nacional para regular los
ses de la Unión Europea (a quince), en tan-
están condicionadas a la creación del mis-
BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................................................
22
acuerdos individuales de no aplicación del
to que en una segunda se explora la
mo porcentaje de empleos en que se haya
1
REFLEXIONES SOBRE LA RELACIÓN ENTRE JORNADA LABORAL Y PRODUCTIVIDAD
1. Introducción. El debate en torno a las 35 horas de trabajo semanales
tiempo máximo semanal de 48 horas (opt-
relación que las alteraciones de la jornada
acometido la reducción del tiempo de tra-
out)”, haciéndose más explícitas las condi-
de trabajo puedan tener con la dinámica
bajo (ya sea del 10 o del 15%), y al man-
ciones que deben respetarse en caso de
competitiva de las empresas.
tenimiento del nivel de empleo alcanzado
acuerdo entre empresario y trabajador. Este cambio de orientación en la doctrina
durante, al menos, dos años. Cuando el
2. Algunas experiencias recientes en la UE
carácter es defensivo, las desgravaciones se dirigen a las empresas que, mediante
De tal forma que la reducción del tiempo de trabajo se
comunitaria sobre la jornada de trabajo
constata recordando las jornadas laborales de 14 ho-
abunda en el debate sobre el papel de la
ras diarias a finales del siglo
frente a la media de 8
misma en la dinámica competitiva de las
El tiempo dedicado al trabajo se ha venido reduciendo
horas actuales. Es decir, entre los años 1870 y 1990,
empresas, que ha entrado en el campo de
La situación francesa resulta interesante,
Esta ley es derogada por la primera Ley
de manera constante desde la revolución industrial,
la duración media anual del tiempo trabajado ha pasa-
la praxis de las relaciones laborales con
puesto que se han promulgado una serie
Aubry (de 13 de junio de 1998), que fija la
gracias tanto al crecimiento económico como a la evo-
do de más de 3.000 horas a las 1.500-2.000 horas
acuerdos, como los firmados en Alemania,
de normas2 que pretenden implantar la re-
duración legal de trabajo en 35 horas se-
lución tecnológica, que permiten disminuir el tiempo
que se dedican en la actualidad (Maddison, 1998). La
alargando las horas semanales de activi-
ducción de la jornada laboral, como instru-
manales, situación a la que se llega me-
de trabajo tanto en el conjunto de la vida laboral, co-
diferencia entre los países también es considerable,
mo en la generalización de jornadas más cortas.
puesto que en un primer grupo de países con mayores
XIX
* Santos M. Ruesga es catedrático de Economía Aplicada en la Universidad Autónoma de Madrid y Laura Pérez Ortiz es Doctora en Ciencias Económicas e investigadora en dicha Universidad.
4
tiempos de trabajo, se encuentran Esta-
una reducción del tiempo de trabajo, evi2.1. Las 35 horas semanales en Francia
tan despidos colectivos.
1. El texto completo de esta propuesta sobre el tiempo de trabajo se puede consultar en la dirección http://europa.eu.int/employment_social/news/2004/sep/working_time_pro_en.htm. 2. Comenzando por la ordenanza de 16 de enero de 1982, según la cual se reduce la jornada laboral semanal legal de 40 a 39 horas y se incrementan las vacaciones remuneradas, pasando de 4 a 5 semanas.
5
diante negociación, empresa a empresa,
lación de los horarios a lo largo del año,
en cuanto a la creación o mantenimiento de
A finales del año 2000, la contribución
2.2. El empleo a tiempo parcial en los
de 1.550 a 1.365 horas anuales el tiem-
sector por sector, con el fin de determinar
la reducción de la jornada laboral sobre
un determinado número de empleos.
directa a la creación de empleo de los
Países Bajos
po de trabajo medio de los asalariados,
las modalidades concretas de reducción
una base diaria, diferentes formas de
de la jornada laboral. La novedad de esta
trabajo a tiempo parcial, trabajo inter-
La ley de 17 de enero de 2003, referente
trabajo se estima en torno al 30% del to-
El caso holandés, por el contrario, es un
tasa de paro pasó del 9,7% al 5,2% (Cet-
ley respecto de la anterior es la de incluir
mitente, cuenta ahorro-tiempo3, moda-
a los salarios, al tiempo de trabajo y al des-
tal de empleos creados (figura 1). Entre
paradigma de la reducción del tiempo de
te, 2000).
una cláusula de incentivación a la disminu-
lidades específicas para ejecutivos, se-
arrollo del empleo, pretende, en cuanto a
los años 1996 y 2001 se estima en al-
trabajo a través de la creciente relevancia
ción del tiempo de trabajo antes de la fe-
gún su grado de autonomía);
la ordenación del tiempo de trabajo, una
rededor de 300.000 los puestos de tra-
que ha adquirido la contratación a tiempo
La principal característica del trabajo a
cha prevista (1 de enero de 2000 para
dispositivos de reducción del tiempo de
mientras el empleo creció en un 26% y la
cierta flexibilización de las 35 horas, afec-
bajo creados que se pueden imputar a la
parcial, alcanzando las cotas más altas de
tiempo parcial en este país es que es vo-
las empresas de más de 20 asalariados y
• el régimen de horas extraordinarias,
tando principalmente a la determinación de
reducción del tiempo de trabajo, lo que
la Unión Europea. Sin disminuciones consi-
luntario en su gran mayoría5 . Los holan-
1 de enero de 2002 para las demás), dis-
que contarán a partir de la hora núme-
las horas extraordinarias (pasando de 130
representa, en conjunto, el 18% del to-
derables de la jornada a tiempo completo,
deses consideran que el trabajo a tiempo
minuyendo el montante de las desgrava-
ro 36 (o 1.600 si el cómputo es anual);
a 180 horas) y su remuneración, cambian-
tal de empleos creados en el período, de
pero con un fuerte incremento en la parti-
parcial es interesante porque permite con-
do así, en cierta medida, el rumbo estable-
los cuales, la mitad corresponde al año
cipación del empleo a tiempo parcial, ha
ciliar la actividad laboral con otros aspec-
cido por los gobiernos anteriores.
2000.
logrado aumentar la competitividad gene-
tos de la vida social. De ahí que el 58,1%
ral de sus empresas y favorecer el creci-
de los parados busque un trabajo a tiem-
ciones a medida que la reducción del tiempo de trabajo se realiza en una fecha
• y la creación de un dispositivo de garan-
próxima a la de la instauración legal de las
tía mensual de la remuneración para
35 horas semanales.
los asalariados sujetos al salario míni-
Aunque, en principio, las medidas no cues-
Los datos facilitados por el Gobierno fran-
miento y la generación de empleo. Por
po parcial, cifra que cuadruplica la media
mo interprofesional, para asegurar el
tionan las 35 horas y no constituyen una
cés estiman que, en agosto de 2001,
ejemplo, entre 1983 y 1997, se redujo
de la Unión Europea (tabla 1).
mantenimiento de su remuneración.
vuelta a la legislación anterior (con la refe-
más de 83.000 empresas, que agrupan
rencia de 39 horas semanales) sí repre-
a 7,1 millones de empleados, han cumpli-
La segunda Ley Aubry (de 19 de enero de 2000) confirma la reducción legal de la jornada laboral a 35 horas de trabajo
Pero, sobre todo, prevé una desgravación
sentan una flexibilización de estas leyes.
do los plazos y se han incorporado a la jor-
efectivo semanal (en 2000 y 2002 res-
anual única de las cotizaciones sociales, que
La modificación de las leyes Aubry por el
nada laboral de 35 horas. A esta situación
pectivamente para las empresas de más
se otorga a las empresas que logran acuer-
gobierno conservador francés, responde
se ha llegado principalmente mediante
de 20 asalariados y el resto) y organiza el
dos colectivos sobre el tiempo de trabajo
a una demanda de ciertos sectores em-
convenios empresariales (el 65%), mien-
nuevo régimen del tiempo de trabajo, defi-
que no superen las 35 horas (siendo esta
presariales, que vienen abogando por el
tras el 35% restante se enmarca en con-
niendo especialmente:
desgravación mayor si la duración estableci-
alargamiento de la jornada laboral –o la
venios sectoriales4.
da es inferior a 32 horas), pero sin condicio-
menos de mayor flexibilidad en la aplica-
• la manera de calcular el tiempo efectivo
nes en cuanto a la amplitud de la disminu-
ción de la jornada máxima– como medio
Así, en Francia se utiliza la reducción del
de trabajo (ya sea a través de la modu-
ción. Tampoco establece umbrales mínimos
de mejorar sus condiciones competitivas.
tiempo de trabajo, mediante la reducción directa por ley de la jornada laboral, financiada con ayudas públicas (básica-
Figura 1. Efectos de la reducción del tiempo de trabajo sobre el empleo asalariado (en miles)
mente, deducciones en las cotizacio-
600
nes), pero facilitando que los mecanis150
mos
500
más
adecuados
según
cada
empresa o sector se lleven a cabo a través de las negociaciones entre los acto-
62
400
res implicados.
Tabla 1. Porcentaje de parados en busca de un empleo a tiempo parcial (2000) Países Alemania Austria Bélgica Dinamarca España Finlandia Francia Grecia Irlanda Italia Luxemburgo Países Bajos Portugal Reino Unido Suecia UE-15
Total 12,8 20,7 16,4 15,6 5,5 16,7 15,7 4,4 17,3 15,7 14,5 58,1 22,3 11,3 14,3
Mujeres 23,6 40,5 25,8 17,7 8,2 20,4 24,7 5,0 36,1 26,2 25,1 78,1 42,5 19,2 22,9
Fuente: Encuesta de Fuerzas de Trabajo, EUROSTAT.
300 14
58
6
200
al margen de la reducción del tiempo de trabajo
100
efecto de la reducción del tiempo de trabajo
0 1996
1997
1998
1999
2000
2001
Fuente: La réduction négociée du temps de travail: Bilan 2000-2001, Ministère de l’Emploi et de la Solidarité (2002).
3. La cuenta ahorro-tiempo permite la posibilidad de que los asalariados que lo deseen capitalicen los períodos de descanso, pudiendo convertirse en períodos de vacaciones sin sueldo o permitiendo que el empleado pase a tiempo parcial. También puede utilizarse para financiar formación realizada fuera del tiempo de trabajo, facilitando a los trabajadores un ahorro de dinero.
6
4. Esta información ampliada se puede seguir en el sitio http://www.35h.travail.gouv.fr. Según las encuestas realizadas los distintos sindicatos franceses, así como por el Ministerio de Empleo y Solidaridad, el 81% de los asalariados trabaja 35 horas o menos; para el 72% de las personas encuestadas, los nuevos horarios permiten mejorar la calidad de vida personal fuera de la empresa, mientras para el 53%, la mejora se encuentra en las condiciones de trabajo. El 66% de los asalariados valora positivamente el aumento del tiempo libre, dedicándolo el 53% de los hombres a su ocio personal, mientras el 48% de las mujeres lo distribuye entre sus responsabilidades familiares. De forma global, pues, la mayoría de los trabajadores afectados por la reducción legal del tiempo de trabajo manifiesta una postura positiva. Véase, por ejemplo, las encuestas de la CFDT (1999): “10.000 salariés s’expriment sur la RTT”, en Le temps de travail en question, n.º 6, octubre, INSTITUT CSA/MINISTÈRE de L’EMPLOI et de la SOLIDARITÉ (2001): L’attitude des français vis-a-vis des 35 heures, Synthèse des principaux enseignements de la 12ème vague, abril 2001, o ESTRADE, M-A, MÉDA, D. y ORAIN, R. (2001): “Les effets de la réduction du temps de travail sur les mode de vie: qu’en pensent les salariés un an après?”, Premières Synthèses, n.º 21.1, mayo. 5. El porcentaje de personas que prefiere un trabajo a tiempo parcial en lugar de uno a tiempo completo, en los Países Bajos alcanza cifras cercanas al 80%, similares también en países como el Reino Unido, Dinamarca o Alemania, y que contrastan con España, Francia o Grecia, donde resulta ese mismo porcentaje entre aquellos que prefieren el trabajo a tiempo completo (García Femenía et al., 2000: 7).
7
La mayor preferencia de las mujeres
holandesas que se encuentra en situa-
con lo que sucede en Grecia o España
El peligro latente con el uso de esta vía de
por encontrar un trabajo a tiempo par-
ción de desempleo buscan un trabajo a
(tabla 2).
flexibilización de las relaciones laborales
cial se refleja en que el 78,1% de las
tiempo parcial, situación que contrasta
Figura 2. Horas de trabajo al año (asalariados) Grecia
1.800
está en que se produzca una fuerte dualización en el mercado de trabajo, con un
Tabla 2. Tasa femenina de empleo a tiempo parcial
tipo de trabajo a tiempo completo realiza-
Países Alemania Austria Bélgica Dinamarca España Finlandia Francia
1995 33,8 26,8 29,8 35,5 16,5 15,8 28,9
1996 33,6 27,2 30,5 34,5 17,0 15,6 29,4
1997 35,1 28,5 31,4 34,5 17,4 15,6 30,9
1998 36,4 30,7 33,3 35,8 17,1 17,0 31,6
1999 37,2 32,1 39,9 33,9 17,6 17,0 31,7
2000 37,9 32,6 39,9 35,2 17,1 16,9 31
2001 39,3 34,5 36,8 31,6 17,3 16,7 30,4
2002 39,5 35,8 37,7 31,4 17,0 17,1 29,7
2003 40,8 35,9 39,7 32,0 17,1 17,8 30,0
do básicamente por hombres mientras el
Grecia Irlanda Italia Luxemburgo Países Bajos Portugal Reino Unido Suecia UE-15
8,4 23,1 13,1 20,3 67,3 11,6 44,3 43,4 27,9
9,0 22,1 13,0 18,4 68,5 13,0 44,8 41,8 27,9
8,1 23,2 13,9 20,2 67,9 15,0 44,9 41,4 28,5
10,5 30,1 14,4 22,5 67,9 17,2 44,8 40,7 30,0
10,2 30,5 15,7 24,6 68,6 16,7 44,3 40,0 30,7
7,9 30,7 17,4 26,0 70,6 16,5 44,4 36,3 30,7
7,2 31,1 17,8 25,6 71,3 16,7 44,3 32,7 30,2
8,1 30,5 16,7 26,4 72,8 16,5 44,0 32,9 30,4
7,5 31,0 17,2 30,3 74,2 17,3 44,3 35,4 31,4
1.700 Luxemburgo
1.600
guientes menores ingresos que supone,
Italia
1.500
Austria
quede únicamente en manos de la población femenina. Esta situación puede refle-
Alemania
con sus ingresos, el hogar familiar, siendo el trabajo femenino tan sólo “medio ingre-
Francia
Bélgica
1.400
jar una economía en la que tradicionalmente el hombre es el que ha mantenido,
Portugal
Irlanda
trabajo a tiempo parcial, con los consi-
Suecia
Dinamarca Países Bajos
1.300 1991
1992
1993
1994 1.995
1996 1997
1998
1999
2000 2001
2002
2003
Fuente: OCDE.
so” adicional, convirtiéndose en una economía de “ingreso y medio” por familia (Yerkes y Visser, 2004).
ras anuales menos en 2003 que en el año
mo los Países Bajos y el Reino Unido,
1991 en ambos casos).
que reflejan una mayor proporción de trabajadores a tiempo parcial que tra-
3. La jornada de trabajo en la Unión Europea 3.1. Evolución de la jornada laboral
Fuente: Encuesta de Fuerzas de Trabajo, EUROSTAT. [Austria y Francia (1995-2002): OCDE].
España Reino Unido
De los países con cifras superiores a las
bajan muy pocas horas (menos de 20)
1.600 horas anuales únicamente Irlanda
en comparación con el resto de países,
ha presentado una reducción relevante de
repartiéndose el resto de asalariados,
dichas horas, mientras en el resto, la can-
fundamentalmente, entre los que traba-
tidad se ha mantenido considerablemente
jan durante 35-39 horas y los que lo ha-
estable (figura 2).
cen 40 horas o más, con un peso tam-
Además, la participación femenina en el
Otro de los aspectos determinantes es la
De esta forma, la reducción del tiempo de
Entre los años 1991 y 2003 las horas
empleo a tiempo parcial alcanza el 74,2%
progresiva igualdad de trato que se ha in-
trabajo en los Países Bajos se lleva a cabo
anuales trabajadas por los asalariados se
en los Países Bajos en el año 2003, sien-
troducido en la normativa holandesa entre
principalmente a través del desarrollo del
han reducido en la inmensa mayoría de los
También las diferencias en la distribución
creciente, de los asalariados que traba-
do la más alta de la Unión Europea y con-
los trabajadores a tiempo parcial y a tiem-
empleo a tiempo parcial, buscando la equi-
países europeos. Únicamente han presen-
del tiempo de trabajo en los países euro-
jan entre 20 y 29 horas semanales de
trastando con porcentajes que no llegan
po completo, en cuanto a derechos de los
paración de derechos de este tipo de con-
tado una evolución creciente en Dinamar-
peos son notables. Siguiendo los datos
media.
al 20% en los países mediterráneos (Es-
trabajadores (inclusión en los convenios
tratación con el del trabajo a tiempo comple-
ca y Grecia, países que se sitúan práctica-
ofrecidos por la OCDE, se pueden estable-
paña, Italia, Portugal), e incluso del 7,5%
colectivos), salarios (“salario igual para
to, por lo que los resultados parecen indicar
mente en los extremos: Dinamarca es uno
cer diversos grupos o tipologías de países,
En general, en todos los países se obser-
en Grecia (tabla 2). Esta alta tasa es el re-
trabajo de igual valor”, es decir, fijar un sa-
una elección de esta forma de trabajo. Y es-
de los países donde se registra un menor
según esta estructura horaria:
va una evolución ascendente de la propor-
flejo de una sociedad en la que la partici-
lario sobre la hora de trabajo) o derecho a
ta reducción del tiempo de trabajo se logra
número de horas anuales trabajadas (en
pación femenina ha avanzado considera-
participar en los planes de jubilación anti-
por un camino individual: los asalariados que
torno a las 1.400), mientras en Grecia es
• aquellos cuya mayor proporción de asa-
20 horas al trabajo, lo cual indica la ma-
blemente en los últimos años, adquiriendo
cipada. Con todo ello, se presenta una
prefieren trabajar menos horas tienen dere-
donde más horas se trabaja (ligeramente
lariados trabaja 40 horas o más (Aus-
yor utilización del empleo a tiempo parcial
peso en las diferentes negociaciones co-
Ley6 en la que se establece la equipara-
cho a hacerlo, sin tener que justificar el mo-
por encima de las 1.800).
tria, España, Grecia, Irlanda –hasta el
como forma de flexibilización.
lectivas y sociales, de modo que la carre-
ción progresiva de los derechos de los tra-
tivo, negociando directamente con el empre-
ra profesional de las mujeres no se vea,
bajadores a tiempo parcial y según la cual
sario la forma de reducción y reordenación
La reducción más considerable, en este
necesariamente, cortada por la materni-
ni el empleador ni las partes de un conve-
del nuevo horario. Esta característica tan
período, se ha producido en Francia, deri-
dad, sino que a través del trabajo a tiem-
nio colectivo pueden tratar desigualmente
acusada del mercado de trabajo holandés
vada de la legislación implementada sobre
• los países donde la mayoría de los tra-
ciones internacionales hacen referencia a
po parcial es más factible la conciliación
a los trabajadores a tiempo parcial por su
refleja una creciente preocupación por con-
la semana de 35 horas, pasando de tra-
bajadores lo hace entre 35 y 39 horas
la jornada habitualmente trabajada por el
de la vida laboral con la familiar.
diferente duración de la jornada laboral.
ciliar la vida laboral y la vida privada7.
bajar 1.500 horas en el año 1991 a alre-
(Alemania, Bélgica, Dinamarca, Finlan-
trabajador, porque no depende de la esta-
dedor de 1.350 en el pasado año 2003.
dia, Francia e Irlanda –a partir del año
cionalidad del tiempo trabajado ni del re-
6. La Ley de 3 de julio de 1996, con respecto a la prohibición de discriminar a trabajadores por razón del número de horas trabajadas entró en vigor en noviembre de ese mismo año (García Femenía et al., 2000: 23).
La caída de las horas anuales trabajadas
1997),
parto del mismo, a lo largo del año, de los
7. En el análisis de la causalidad que determina una mayor o menor preferencia por el trabajo a tiempo parcial, es preciso contemplar una gama amplia de variables condicionantes, que van desde el nivel relativo de renta per capita de los hogares, el tamaño de estos o el nivel de participación femenina en el mercado laboral, hasta aspectos socioculturales más o menos singulares de cada país.
da (de casi 1.700 a 1.550), así como en
• y aquellos países con una estructura di-
Alemania y los Países Bajos (con 100 ho-
versificada de horarios de trabajo, co-
8
bién superior al resto de países, y
ción de asalariados que dedica menos de
año 1996–, Italia, Luxemburgo, Portugal y Suecia),
Sin embargo, los datos que se emplean más comúnmente para realizar compara-
también ha resultado significativa en Irlan-
días festivos y de vacaciones, que pueden diferir considerablemente entre los distintos países (Fina et al., 2001: 227).
9
De esta forma, la reducción generalizada
en Austria, Bélgica Dinamarca, Finlandia y
mientras la duración anual del tiempo de
del tiempo de trabajo, observada a través
Grecia, presentando una ligera evolución
trabajo se ha visto disminuida, como se
de evolución de la jornada habitual8 de los
a la baja en el resto de países. Y gracias a
muestra en la anterior figura 2.
asalariados a tiempo completo medida en
la introducción de fórmulas tales como la
horas semanales (tabla 3), no ha sufrido
ampliación de las vacaciones retribuidas y
La jornada habitual de los trabajadores a
variaciones considerables en la última dé-
el cómputo anual de las horas trabajadas,
tiempo parcial, en cambio, ha sufrido ma-
cada, manteniéndose similar en Alemania,
se ha mantenido la duración de la jornada
yores cambios en los últimos años y en los
Italia, Luxemburgo y Suecia, aumentando
semanal media en los mismos términos,
distintos países. Así, se considera un pri-
adicionales que consideran necesarias;
Tabla 4. Horas semanales máximas legalmente establecidas (2003) 48 horas
sin embargo, dada la dificultad de reducir
Alemania
Italia
40 horas Austria
38 horas Bélgica
Dinamarca
Luxemburgo
España
de países, se fomentan otras opciones,
Francia
Países Bajos
Finlandia
como la distribución “irregular” del tiempo
Grecia
Portugal
Suecia
de trabajo, el trabajo a tiempo parcial y el
Irlanda
Reino Unido
el coste de las horas extras en la mayoría
paulatino uso de contratos temporales.
Fuente: EIROnline (Carley, 2004).
Para los sindicatos, por el contrario, co-
Tabla 3. Jornada habitual de trabajo de los asalariados (horas semanales)
Países
1995 TC TP
1996 TC TP
1997 TC TP
1998 TC TP
1999 TC TP
2000 TC TP
2001 TC TP
2002 TC TP
2003 TC TP
Alemania
39,7 19,5 40,0
18,8
40,1 18,5 40,1 18,3 40,1 17,9 40,1 18,0 39,9
18,0
39,9 17,7 39,6 17,8
Austria
39,6 23,3 40,0
22,1
40,0 22,4 40,1 22,1 40,2 22,1 40,1 22,0 40,1
22,0
40,0 21,8 40,0 22,0
Bélgica
38,3 21,5 38,2
21,5
38,3 21,6 38,6 21,8 38,4 21,7 38,5 22,5 39,2
22,1
39,3 22,7 39,2 22,9
Dinamarca
38,9 19,2 38,7
19,1
38,6 19,0 38,7 19,2 38,9 19,6 39,3 19,9 39,2
20,1
39,1 18,5 39,2 19,2
España
40,7 17,9 40,6
18,0
40,6 18,0 40,7 17,8 40,6 18,1 40,6 18,1 40,6
18,2
40,4 18,3 40,3 18,3
Finlandia
38,6 22,0 38,7
20,7
39,1 20,7 39,2 20,0 39,3 21,2 39,3 20,8 39,3
20,6
39,2 20,6 39,1 20,5
Francia
39,9 22,6 39,8
22,7
39,7 22,6 39,7 22,9 39,6 22,9 38,9 23,1 38,3
23,3
37,7 23,0 38,8 23,2
Grecia
40,3 23,5 40,4
25,2
40,5 21,4 40,8 21,3 40,9 21,1 40,9 21,4 41,1
21,4
41,0 20,7 41,0 20,3
Irlanda
40,2 18,8 40,4
19,0
40,1 18,4 40,3 18,9 40,0 18,4 39,9 18,6 39,7
18,8
39,5 18,7 39,5 16,6
Italia
38,5 24,5 38,5
24,5
38,5 23,7 38,5 23,8 38,5 23,2 38,6 24,0 38,5
23,6
38,5 23,8 38,6 23,4
Luxemburgo 39,5 20,0 39,5
20,8
39,5 19,8 39,3 20,3 39,7 21,1 39,8 21,3 39,3
20,8
39,5 20,9 39,8 20,6
Países Bajos 39,5 18,4 39,4
18,7
39,2 18,9 39,0 18,7 39,0 19,0 39,0 18,8 39,0
19,0
38,9 19,2 38,8 19,3
Portugal
41,2 22,4 41,2
23,0
40,9 21,6 41,0 19,4 40,5 20,1 40,3 19,9 40,2
19,9
40,2 20,7 40,0 20,5
Reino Unido 43,9 17,8 43,9
17,8
44,0 18,0 44,0 18,1 43,6 18,2 43,6 18,4 43,5
18,8
43,3 18,8 43,2 18,7
Suecia
40,0 23,5 40,0
23,9
40,1 23,9 40,1 24,3 40,1 23,9 40,0 22,8 39,9
22,3
39,9 22,5 39,8 22,7
UE-15
39,9 21,0 40,0
21,1
39,9 20,6 40,0 20,5 40,0 20,6 39,9 20,6 39,9
20,6
39,8 20,5 39,8 20,4
TC: asalariados a tiempo completo; TP: asalariados a tiempo parcial.
media, sobre un período de referencia no
al mismo tiempo que se convierte en un
mo respuesta al desempleo, la reducción
superior a 4 meses, con un mínimo de
obstáculo para la reducción global del
del tiempo de trabajo se convierte en un
descanso diario de 11 horas y un límite
tiempo de trabajo.
objetivo fundamental, ligado a la creación
diario de 8 horas para los trabajadores nocturnos (Carley, 2004).
o el mantenimiento de puestos de trabaAnte el período de estancamiento en el
jo. De esta forma, resulta fundamental
crecimiento económico que comenzó en
que el empleo de horas extraordinarias
Si se comparan las horas semanales pac-
la década de los años setenta, se introdu-
no impida los resultados esperados de
tadas con las horas habitualmente traba-
ce una nueva percepción de las horas ex-
una reducción del tiempo de trabajo, en
jadas, entre los trabajadores a tiempo
traordinarias: los empresarios se ven in-
términos de empleo. Pero, alternativa-
completo (figura 3), llama la atención la di-
capaces de ajustar los costes laborales
mente, la creciente flexibilización del tra-
ferencia existente sobre todo, en el caso
como respuesta a la creciente competitivi-
bajo se puede convertir en un nuevo obje-
del Reino Unido, donde las jornadas habi-
dad, de manera que promueven estrate-
to de la negociación colectiva: así, por
tuales superan con creces las 37,2 horas
gias de flexibilización alternativas para la
ejemplo, los sindicatos podrían plantear-
pactadas, debido, entre otras causas, a la
relación laboral. Para ello, tratan de aba-
se aceptar un uso más extensivo de las
práctica extendida del uso de horas ex-
ratar los costes derivados de las horas
horas extraordinarias a cambio de res-
traordinarias, incluidas entre las horas habitualmente trabajadas.
3.2.2. Horas extraordinarias y cómputo
Figura 3. Jornadas habitual y pactada en negociación colectiva de los trabajadores a tiempo completo (2003)
anual de las horas de trabajo
Fuente: Labour Force Survey, EUROSTAT.
mer grupo de países en el que la jornada
Suecia
la misma en los Estados miembros de la
Tras la Segunda Guerra Mundial, en la ma-
Unión, conviene recordar que en algunos
yoría de los países europeos, el uso de ho-
3.2.1. ¿Regulación normativa o negocia-
países es la legislación laboral la que marca
ras extraordinarias se llevó a cabo de for-
ción colectiva?
las pautas a seguir en cuanto a la duración
ma generalizada, en un contexto de
y distribución del tiempo de trabajo.
empleo creciente hasta situaciones de
3.2. La regulación de la jornada laboral
ha experimentado un ligero crecimiento en los últimos años (entre los que se encuentran Bélgica, España, Francia, Luxemburgo, los Países Bajos y el Reino Unido), y otro grupo de países donde la jornada ha-
A través de la negociación colectiva se de-
bitual a tiempo parcial ha disminuido, co-
terminan las principales condiciones labora-
En los países donde existen máximos esta-
bajadores, constituía una importante fuen-
mo se constata en la tabla 3. La evolución
les, de manera que el tiempo de trabajo se
blecidos por ley, éstos se ajustan, hasta el
te de ingresos, siendo por tanto la princi-
del empleo a tiempo parcial es también
convierte en uno de los elementos clave a
momento, a la Directiva europea de 1993
pal forma de flexibilidad en la cantidad de
una de las razones por las que se explica
la hora de pactar los convenios en la mayo-
(93/104/EC) que trata de regular los as-
trabajo9 . Sin embargo, los sindicatos se
ría de los países europeos. Sin embargo,
pectos básicos que determinan la organi-
han opuesto tradicionalmente al uso gene-
que, de forma agregada, se haya continua-
prácticamente pleno empleo. Para los tra-
do con la disminución del tiempo de traba-
además de las diferencias en cuanto a los
zación del tiempo de trabajo, incluyendo
ralizado y continuado de esta práctica, ya
jo en el conjunto de la Unión Europea.
modelos de negociación y a la cobertura de
un máximo de 48 horas semanales de
que empeora las condiciones de vida de los empleados fuera del lugar de trabajo,
8. El número de horas habitualmente trabajadas corresponde al número de horas normalmente prestadas por cada trabajador, e incluye las horas extraordinarias, pagadas o no, trabajadas. Se excluye el tiempo de desplazamiento entre el domicilio y el lugar de trabajo, así como los descansos para la comida (EUROSTAT, 2001).
10
Alemania 45
Austria
43 Reino Unido
Bélgica 41 39 Dinamarca
Portugal 37 35
España
Países Bajos
Luxemburgo
Finlandia
Italia
Francia Irlanda Habitual
Grecia Pactada
Fuente: EIROnline (Carley, 2004) y EUROSTAT.
9. Asimismo, constituía un importante mecanismo de flexibilidad salarial. Para el caso español véase Malo de Molina y Serrano (1979).
11
tringir las denominadas formas de em-
• en Austria, España, Francia, Grecia, Lu-
pleo precario (temporal); o bien podrían
xemburgo y Suecia el umbral que mar-
priorizar el cambio por tiempo de descan-
ca el inicio de las horas consideradas
so en lugar de pagas adicionales (Freyssi-
extraordinarias lo marca la legislación
• mientras en el resto de países (Bélgica,
net y Michon, 2003)10.
(en general, en torno a las 40 horas se-
Finlandia, Italia, Países Bajos y Portu-
manales y 8 diarias),
gal) dicho umbral deriva de una combi-
La regulación de las horas extraordinarias muestra una amplia variedad de esquemas en los países de la Unión (tabla 5):
en los convenios colectivos suscritos en
Alemania Austria
Bélgica
Dinamarca
• en Alemania, Dinamarca, Irlanda y el Reino Unido, este umbral se determina
España
colectivos.
Finlandia
Francia
Grecia
Irlanda
Italia
Luxemburgo
Coste de las horas extras o cambio por tiempo
Acuerdo sectorial.
Según convenio.
Requiere el acuerdo de los comités de empresa, salvo cuando se incluya en los convenios sectoriales.
Por convenio colectivo.
Legislación: 8 diarias; 40 semanales.
5 semanales 60 anuales.
Sin condiciones.
+50% coste +50% cambio por tiempo.
No hay.
Sólo se pueden utilizar por razones específicas (picos excepcionales de trabajo, fuerza mayor, necesidades imprevisibles...).
Legislación o acuerdos: 40 semanales.
Legislación: 35 semanales.
Portugal
Legislación y convenios colectivos: 8 diarias; 44 semanales.
2 diarias; 200 anuales.
Acuerdos.
No hay.
Sin condiciones.
Incremento del coste y cambio por tiempo según convenio.
Legislación: 40 semanales.
No hay.
Justificable por necesidades especiales y sujeto a convenio.
Incremento del coste (normalmente entre +50% y +100%) o cambio por tiempo según convenio.
12 horas en 4 semanas.
80 anuales.
Fuente: EIROnline (Freyssinet y Michon, 2003).
se con fuerza de nuevo en los años ochen-
+50% coste (+100% los fines de semana y festivos): convertible en tiempo de descanso por convenio colectivo.
imprevisibles.
ta y, sobre todo, en los años noventa (Kou-
legal existente en Bélgica, Luxemburgo,
Por otra parte, una forma de reorganiza-
implícitamente promocionado por la direc-
los Países Bajos, el Reino Unido y Sue-
ción y/o reducción del tiempo de trabajo
tiva europea de 1993 (93/104/EC), así
Se requiere un período de notificación.
Empresas con convenio: se incrementa el coste, y se cambia por tiempo. Empresas sin convenio: cambio por tiempo.
cia, hasta el límite de 60 horas anuales
se logra también mediante el cómputo
como las diferentes directrices marcadas
permitidas en Austria, 80 en España o,
anual de las horas de trabajo. Esta forma
por la Estrategia Europea de Empleo, don-
Requiere acuerdo colectivo o entre empresario y trabajador.
Se incrementa el coste (media de +18%) o cambio por tiempo (convenio colectivo).
incluso, 250 en Italia, por ejemplo. Asi-
de organización (el contabilizar las horas
de se planteaba el cómputo anual como
mismo, las condiciones del uso de las
de trabajo en un período más largo del ha-
una forma de modernización de la organi-
horas extraordinarias quedan restringi-
bitual, que es la semana, generalmente,
zación del trabajo, permitiendo así la flexi-
das, en la mayoría de países, a situacio-
un año) surgió a mediados de los años se-
bilización del mismo y la adaptación a los
nes y circunstancias específicas de picos
tenta en los países nórdicos, retomándo-
cambios productivos11.
138 horas en un período de 4 meses, 250 anuales en el marco de 40 horas.
Es necesario un acuerdo individual del empleado para trabajar más de 40 horas semanales.
+50% coste para las primeras 2 horas diarias, +100% el resto. Se puede cambiar por tiempo según convenio.
180 anuales.
Sin condiciones (con requerimiento de las autoridades si excede las horas anuales).
Entre 35 y 43 horas semanales: coste mínimo del +10% (+25% sin acuerdo) o cambio por tiempo según convenio. Desde la hora 44: +50% coste.
Acuerdos: media de 39 semanales.
2 diarias; 12 semanales; 240 anuales; o 36 horas en 4 semanas consecutivas.
Sin condiciones.
250 anuales.
Convenio colectivo.
+10% coste.
Sólo está permitido en circunstancias especiales (casos excepcionales) y precisa el permiso de las autoridades.
+25% coste para los trabajadores de cuello azul, +50% para los de cuello blanco. Se puede convertir el +50% por tiempo para todos los trabajadores.
No hay.
Suecia
Sólo está permitido en circunstancias +50% coste para la 1.ª hora, +75% a especiales (incremento de la cantidad de partir de ahí, +100% en días de descantrabajo no previsto, fuerza mayor) y preso y vacaciones. Más tiempo a cambio. cisa el mantenimiento de registros.
excepcionales de trabajo o situaciones
Por encima de 43 horas requiere justificación y notificación de las autoridades.
Entre 40 y 43 horas semanales: +50% coste. Desde la hora 44: +150% coste.
tipo de horas de trabajo, desde el vacío
+25% coste.
zis y Kretsos, 2003). El cómputo anual fue
Tabla 6. Marco legislativo sobre el cómputo anual de las horas de trabajo
Países Alemania
10. En suma, la consideración de nuevo de la jornada como un mecanismo de flexibilidad en la relación laboral, considerada, a juicio de diversos analistas como moneda de cambio frente a otras formas de flexibilidad consideradas como menos “saludables” tanto para las condiciones de trabajo de los asalariados como para la propia dinámica de la productividad de las empresas.
12
Incremento del coste y cambio por tiempo según convenio.
riedad en cuanto al uso máximo de este
3 diarias sobre las 43 semanales.
Legislación: 8 diarias; 40 semanales.
No hay.
Deben ser circunstanciales y no estructurales. Los convenios colectivos a menudo precisan el acuerdo de los comités de empresa y/o los empleados implicados.
Del mismo modo, existe una amplia va-
Legislación: 40 semanales.
Legislación y convenios colectivos: 40 semanales.
Países Bajos
Legislación y convenios colectivos.
Reino Unido
Condiciones de uso del tiempo extra
Legislación: 40 semanales.
Coste de las horas extras o cambio por tiempo
ción y lo pactado en los convenios
Máximo de horas extras
Convenios colectivos: 37 semanales.
Condiciones de uso del tiempo extra
nación de lo establecido en la legisla-
Umbral para horas extras
Legislación y convenios colectivos: 8 diarias; 38 semanales
Umbral para horas extras
Máximo de horas extras
Países
Tabla 5. Principales características de los esquemas de horas extraordinarias en Europa Países
Cont. Tabla 5. Principales características de los esquemas de horas extraordinarias en Europa
diferentes ámbitos,
Media de horas semanales (o máximo anual)
Legislación fundamental
Período de referencia
Horas diarias máximas
Ley sobre tiempo de trabajo (1994).
24 semanas.
10
8 diarias.
Austria
Ley sobre tiempo de trabajo (1997).
Hasta 12 meses.
–
40 (o la semana por convenio colectivo, si es más corta).
Bélgica
Leyes de 16 de marzo de 1971, 10 de agosto de 2001 y 17 de marzo de 1987 y convenios colectivos nacionales n.º 42 (de 2 de junio de 1987) y n.º 42bis (de 10 de noviembre de 1987).
Entre 3 y 12 meses.
9 bajo esquemas de semanas flexibles; 11 o 12 por razones específicas.
38
Dinamarca
Ley de aplicación de la Directiva europea sobre tiempo de trabajo (2002).
Hata 4 meses.
–
48
11. Es en este sentido como se puede interpretar la regulación de la distribución de la jornada laboral como instrumento alternativo (y/o adicional) de flexibilidad en las relaciones laborales.
13
Cont. Tabla 6. Marco legislativo sobre el cómputo anual de las horas de trabajo
Países
Legislación fundamental
España
Reales Decretos 1/1995 y 1561/1995, Leyes 39/1999 y 12/2001.
Horas diarias máximas
Hasta 12 meses.
Media de horas semanales (o máximo anual)
9
Ventajas
Hasta 52 semanas.
Para los empresarios
40
Ley Robien (1996), Ley Aubry I (1998) y Ley Aubry II (2002) sobre reducción del tiempo de trabajo.
Hasta 12 meses.
Grecia
Leyes 2639/1998 y 2874/2000.
Hasta 12 meses.
Irlanda
Ley sobre organización del tiempo de trabajo (1997).
Hasta 4 meses o hasta 12 por convenio.
–
• puede actuar como catalizador de cambios más innovadores en el lugar de trabajo.
• garantiza un ingreso estable;
40
10
35 (máximo de 1.600 anuales).
12
40 (38 o 1.748 anuales si el período de referencia es 12 meses).
–
• mayor perspectiva de controlar la organización de las horas de trabajo; • mayor capacidad de predecir el tiempo de trabajo; • mejora la reconciliación de la vida laboral y familiar;
Para los trabajadores
• mejora la planificación del tiempo de ocio, con mayores períodos de tiempo libre;
48
• puede reducir el empleo precario y el abuso de la externalización;
Italia
Ley 196/1997, circular ministerial 10/2000 y decreto legislativo 66/2003.
Hasta 4 meses o hasta 12 por convenio.
–
48
• puede sentar las bases para una armonización de las condiciones de los trabajadores de cuello azul y de cuello blanco (siempre que se aplique al conjunto de los empleados);
Luxemburgo
Leyes de 9 de diciembre de 1970 y 12 de noviembre de 1971, enmendadas por las leyes de 12 de febrero de 1999, 8 de marzo de 2002 y 20 de diciembre de 2002.
1 mes/4 semanas o hasta más de 1 año por convenio.
10
40 (10 diarias).
• proporciona las bases para una mayor implicación de los representantes de los trabajadores y sindicatos, sobre todo cuando se requiere un acuerdo local para implantar la anualización de las horas trabajadas.
Ley sobre tiempo de trabajo (1995).
13 semanas.
Estándar, 9; por convenio, 10; circunstancias especiales, 12.
Estándar, 40; por convenio, 45; circunstancias especiales, 48.
Ley 73/98 sobre la organización general del tiempo de trabajo.
Hasta 4 meses o hasta 12 por convenio.
–
48
Reino Unido
Regulaciones sobre tiempo de trabajo (1998).
Hasta 17 semanas, o hasta 26 semanas en determinados casos, o hasta 52 semanas por convenio.
–
48
Suecia
Ley sobre tiempo de trabajo (1982).
4 semanas.
–
40
Países Bajos Portugal
Desventajas
• reduce la rotación laboral;
• refuerza la estabilidad en el empleo;
Ley sobre horas de trabajo (605/1996).
Finlandia Francia
Período de referencia
Cont. Tabla 7. Ventajas y desventajas del cómputo anual de las horas trabajadas
• puede haber recortes de ingresos si la pérdida de las horas extraordinarias no se acompaña de un incremento en el salario base; • se trabajan más horas denominadas “antisociales” (trabajo nocturno y de fin de semana, por ejemplo) sin recompensa asociada; • puede intensificarse el trabajo, sobre todo en determinados períodos; • pérdida del control sobre la cantidad de horas efectivamente dedicadas al trabajo; • problemas de conciliación entre la vida laboral y la familiar; • puede congelar la reducción del tiempo de trabajo.
Fuente: Elaboración propia a partir de EIROnline (Kouzis y Kretsos, 2003).
3.2.3. El trabajo a tiempo parcial
do de los Países Bajos, pero también en
Por lo general, y debido a la amplia gama
Bélgica e Irlanda, y únicamente con las
de definiciones del empleo a tiempo par-
Las grandes diferencias, sin embargo, se
excepciones de Dinamarca, Suecia y, en
cial en los distintos países, se puede con-
encuentran en el porcentaje del empleo a
menor medida, los Países Bajos, aunque
siderar, como forma de medición de esta
tiempo parcial sobre el total del empleo,
en estos países ya se partía de altas ta-
modalidad de trabajo, aparte de la propia
siendo la participación española (sólo un
sas de participación del empleo a tiempo
normativa existente, si es el caso, en ca-
8% del empleo es a tiempo parcial en el
parcial12.
da país, una medición basada en la per-
año 2003) una de las más bajas (junto a
Fuente: EIROnline (Kouzis y Kretsos, 2003).
cepción del propio trabajador reflejada en
Grecia e Italia) de la Unión Europea, cifra
A la hora de comprender la importancia
las distintas encuestas de población acti-
En teoría, este esquema de cómputo
bajo a las necesidades productivas de
puesto de trabajo, aunque también se
muy alejada del 32,2% que reflejan los
del empleo a tiempo parcial, hay que te-
va, o un umbral máximo calculado a partir
anual reduce la cantidad de horas ex-
cada momento y permite una mayor fle-
enfrentan a un posible recorte de ingre-
Países Bajos, uno de los Estados en don-
ner en cuenta una serie de consideracio-
del tiempo habitual de trabajo. De esta for-
traordinarias, al compensarse en un pe-
xibilidad de las mismas. Para los trabaja-
sos si se eliminan las pagas adicionales
de mayor relevancia ha adquirido este ti-
nes, ya que no existe una definición clara
ma, la línea que separa el tiempo parcial
ríodo de tiempo más largo, a la vez que
dores, asimismo, puede representar
que suponen las horas extraordinarias
po de contratación, e incluso, de la media
acerca de qué se considera tiempo par-
del tiempo completo se establece entre
permite ajustar mejor las horas de tra-
una cierta medida de estabilización en el
(tabla 7).
europea, situada en torno el 17%. Ade-
cial, aunque la Organización Internacional
30 y 35 horas de trabajo semanales, tal y
más, la evolución del empleo a tiempo
del Trabajo propone denominar este tipo
como ya se recoge en la legislación labo-
parcial se ha venido incrementando consi-
de trabajo al “empleo regular donde el
ral de países como España13, Reino Unido
derablemente en la Unión Europea, con
tiempo de trabajo es sustancialmente infe-
e Irlanda, donde se define un límite máxi-
notables avances, como el ya menciona-
rior al normal” (OCDE, 1997).
mo de 30 horas semanales.
Tabla 7. Ventajas y desventajas del cómputo anual de las horas trabajadas Ventajas
Desventajas
• se logra un mejor ajuste de las horas a las necesidades de producción;
• complicación de los procedimientos administrativos y posibles costes relacionados con la dirección y organización de las horas de trabajo;
• mejora la explotación y el incremento de la productividad de los recursos humanos y de capital;
Para los empresarios
14
• mejora la planificación presupuestaria con unos costes más predecibles; • aumenta la capacidad para recortar las horas extraordinarias y sus correspondientes primas salariales, lo cual reduce los costes laborales;
• problemas si los trabajadores no están dispuestos a trabajar horas extraordinarias sin preaviso; • posible pérdida de capital humano, en el sentido de menos horas extras trabajadas por el personal experimentado.
12. Las diferencias son más acusadas aún en el caso español si se deslinda dentro del empleo a tiempo parcial entre el que se desarrolla por tiempo indefinido y el que lo hace de forma temporal, dado que la mayor parte del trajo asalariado a tiempo parcial es temporal. 13. En el Real Decreto-Ley 5/2001, de 2 de marzo, en el artículo 12, se entiende por contrato “celebrado a tiempo parcial cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable”. Con esta modificación se elimina el límite establecido en el Acuerdo de 1998, donde se especificaba que, para ser considerado contrato a tiempo parcial, el número de horas debía ser “inferior al 77% de la jornada a tiempo completo establecida en el Convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, de la jornada máxima legal”.
15
Figura 4. Evolución del empleo a tiempo parcial (1991-2003) 0,0
5,0
10,0
15,0
20,0
25,0
30,0
35,0
A pesar de todo ello, el análisis del trabajo
57,3, 72,1 y 74,4%, respectivamente,
(25,6 y 24,6,% respectivamente) la edu-
porcentaje de estos trabajadores que pre-
ha de establecerse una diferenciación en-
entre las mujeres).
cación o formación se convierten en una
fieren un trabajo a tiempo completo en es-
razón importante para trabajar a tiempo
tos países no alcanza siquiera el 10% (ta-
parcial.
bla 8). Por el contrario, contrasta
Alemania
tre aquellos casos en los que se presta de
Austria
modo voluntario o deseado y aquellos
En Alemania (60,7%), Austria (49%), Lu-
Bélgica
otros en los que el empleo a tiempo par-
xemburgo (43,5%) y el Reino Unido
Dinamarca
cial es asumido como paso o puente para
(43,9%), la principal razón para emplear-
En Austria, Luxemburgo, los Países Bajos
trabajadores a tiempo parcial involuntarios
España
lograr un trabajo a tiempo completo, por
se a tiempo parcial se deriva de la aten-
y el Reino Unido (junto con Irlanda, en los
registrada en Portugal, Finlandia, Grecia o
lo que podría contemplarse como una for-
ción a cargas familiares o personales.
últimos años) es donde más aceptación
Francia, todos ellos, con porcentajes su-
ma de subempleo o empleo marginal. Es-
Únicamente en Dinamarca y Finlandia
tiene esta modalidad de empleo, pues el
periores al 25%, en los últimos años.
Finlandia
1991
2003
Francia
sobremanera con la alta proporción de
ta situación, por ejemplo, tal y como se
Grecia
muestra en la figura 5, alcanza al 40% de
Irlanda Italia Luxemburgo
los empleados a tiempo parcial en Grecia,
Tabla 8. Porcentaje de empleo a tiempo parcial involuntario (respecto al total de empleo a tiempo parcial)
y cifras superiores al 20% en países co-
Países Alemania
mo Finlandia, Francia, Italia o Suecia.
Países Bajos
1991 5,0
1992 4,8
1993 6,0
1994 7,6
1995 8,1
1996 10,5
1997 12,1
1998 12,3
1999 11,6
2000 10,7
2001 10,6
2002 11,1
2003 13,2
Austria
–
–
–
–
Sin embargo, esta modalidad de empleo
Bélgica
21,4
25,1
24,6
23,8
es elegida como forma voluntaria o desea-
Dinamarca
12,2
14,3
15,2
17,0
14,6
11,8
12,0
12,9
12,9
10,7
10,7
13,8
12,9
da por la inmensa mayoría de los emplea-
España
28,8
21,3
19,3
23,0
26,3
28,3
29,1
28,4
28,2
25,4
22,6
21,4
21,1
dos a tiempo parcial en Francia (55,7%),
Finlandia
–
–
–
–
–
55,1
44,3
39,3
39,6
34,2
32,4
31,9
29,7
Irlanda (61,9%) y, sobre todo, en los Paí-
Francia
–
25,3
30,0
34,0
34,1
34,9
35,3
24,4
23,0
22,2
19,2
18,7
26,9
de los hijos, estando cerca del 80% del
ses Bajos, donde el 70,5% de los emplea-
Grecia
15,7
17,5
17,6
21,5
18,7
20,5
22,4
25,5
28,1
31,0
33,7
33,4
27,9
empleo a tiempo parcial en la Unión Euro-
dos a tiempo parcial lo es porque lo prefie-
Irlanda
19,1
19,5
21,2
20,4
21,6
19,4
16,7
18,0
9,6
11,8
10,7
9,8
10,0
nes, los encuestados se consideran a sí
pea ocupado por mujeres (EUROSTAT,
ren respecto a un trabajo a tiempo
Italia
11,3
12,2
12,5
16,0
16,0
16,8
17,7
18,3
19,4
19,6
19,7
17,2
17,2
mismos trabajadores a tiempo completo,
2000).
completo (porcentaje que se eleva al
Luxemburgo
1,6
2,8
3,3
6,3
4,7
3,7
4,5
4,5
6,6
5,1
5,5
4,5
–
Países Bajos
19,8
4,3
4,6
5,8
7,0
5,7
5,1
4,2
3,6
3,6
2,6
2,6
3,4
Portugal
12,7
12,5
16,0
15,0
17,9
19,3
19,9
35,2
38,7
38,5
30,1
31,8
34,1
Portugal Reino Unido Suecia Nota: Los datos están referidos a las definiciones nacionales de empleo a tiempo parcial. Fuente: OCDE y Eurostat, en el año 2003, para Austria, Francia y Luxemburgo.
Por ejemplo, llama la atención el caso de Italia, debido a que en muchas ocasio-
cuando en la práctica realizan habitualmente jornadas inferiores a 30 horas semanales (OCDE, 1997). De ahí que la
Figura 5. Razones por las que se trabaja a tiempo parcial (2003) 0
20%
40%
60%
80%
100%
Reino Unido Suecia
5,6
8,4
8,2
14,6
10,8
9,4
9,0
8,2
7,7
24,2
23,6
23,5
23,7
16,1
18,3
18,2
14,9
16,4
7,5
9,4
11,7
12,0
11,7
10,9
10,6
9,9
8,9
8,1
7,8
7,3
7,0
20,1
26,8
32,0
34,2
34,7
36,5
37,5
35,2
28,1
24,5
22,5
22,0
22,2
media de horas semanales habitualmen-
Alemania
te trabajadas por los empleados italianos
Austria
Nota: Austria, Finlandia y Suecia: empleo total; resto de países: asalariados.
a tiempo parcial sea la más elevada
Bélgica
Fuente: OCDE.
(23,4 horas semanales) de todo el ámbi-
Dinamarca
to europeo, contrastando con las alrede-
España
dor de 18 horas de media trabajadas en
Finlandia
Alemania o España (tabla 3). Por esta ra-
Francia
zón, la proporción de empleo a tiempo
Grecia
parcial se encontraría subestimada en países como Italia. En general, el incremento en el uso del trabajo a tiempo parcial ha venido acompañado de una mayor participación femenina en el mercado laboral, puesto que el
Así, se puede distinguir entre aquellos países con un fuerte peso del trabajo a tiempo parcial, como es el caso de los Países Bajos, el Reino Unido, Suecia, Dinamarca
Irlanda
yoritariamente por las mujeres) con la vida profesional, así como con el cuidado
16
comprobar cuáles son los efectos que una reducción del tiempo de trabajo tiene sobre los costes soportados por la empresa
4.1. ¿Cómo reducir el tiempo de trabajo?
y Bélgica, donde, salvo Suecia y Bélgica, la
y por ende, en su nivel de competitividad, debe observarse la forma de llevar a cabo
Italia
jornada laboral de los asalariados a tiem-
Los ejes fundamentales que determinarán
Luxemburgo
po parcial se encuentra por debajo de la
el que una reducción (o en su caso alarga-
guiendo el esquema representado en la fi-
Países Bajos
media europea y los países en que, a pe-
miento) del tiempo de trabajo tenga efec-
gura 6, una reducción de la jornada labo-
Portugal
sar de haber sufrido un importante empu-
tos positivos sobre el empleo, se centran
ral puede venir acompañada por una
Reino Unido
je, siguen presentando bajos niveles de
en la reacción de la productividad, en las
reorganización del trabajo en la empresa,
empleo a tiempo parcial (en general, los
medidas de reordenación del trabajo y en
unidad o centro de producción. Esta reor-
países mediterráneos).
las negociaciones salariales. Así, para
ganización o reordenación del trabajo per-
Suecia
horario reducido permite conciliar las tareas domésticas (todavía realizadas ma-
4. La importancia de la productividad14
No encontrar jornada completa
Prefieren tiempo parcial
Enfermedad o discapacidad
Responsabilidades familiares o personales
Educación o formación
Ninguna razón específica
esa reducción del tiempo de trabajo. Si-
Otras razones
Fuente: Elaboración propia a partir de la Encuesta de Fuerzas de Trabajo, EUROSTAT.
14. La argumentación de este epígrafe proviene, en buena parte, de Pérez Ortiz y Ruesga (2003).
17
mite un mejor aprovechamiento de la ca-
pital disminuyan (ya que el equipamiento ins-
posible la realización de trabajo los sába-
trabajador) o a la falta de oferta de traba-
como a la eliminación de prácticas infrapro-
reorganización vinculados a dicha reduc-
pacidad productiva (del stock de capital),
talado puede llegar a producir más), lo que
dos o fines de semana, así como trabajos
jo cualificada (sobre todo, a corto plazo, lo
ductivas. Tales ganancias de productividad
ción del tiempo de trabajo.
gracias a una mejor y mayor utilización de
a su vez, permitirá mantener un precio
nocturnos.
que a su vez se podría paliar con políticas
se reparten entre beneficios, aumentos sa-
los equipos de producción (por ejemplo,
competitivo, así como el nivel de beneficios.
estableciendo distintos turnos que permi-
activas de formación). Ahora bien, si las
lariales y mejoras en las condiciones de tra-
Por último, el mecanismo de financiación
En cuanto a una reducción de la jornada
horas extras resultan demasiado caras
bajo. Según algunas investigaciones (Cette,
básico de la reducción del tiempo de traba-
tan mantener en funcionamiento, a lo lar-
Ahora bien, la reorganización del trabajo
laboral combinada con una compensación
(están verdaderamente penalizadas) y es-
2000), se pueden situar las ganancias de
jo se realiza a través de las contribuciones
go de la jornada, durante más tiempo las
será posible siempre que exista una cier-
salarial, es decir, un aumento salarial que
tán limitadas por ley o por acuerdos colec-
productividad por hora entre el 25 y el 50%,
salariales, ya sean dinámicas o estáticas.
máquinas).
ta flexibilidad interna en la empresa, gra-
retribuya a los trabajadores por el salario
tivos, el empresario tendrá que contratar
tras la reducción del tiempo de trabajo.
En el caso de las contribuciones dinámicas,
cias a la cual se puedan establecer distin-
que dejan de percibir al trabajar menos
a nuevos trabajadores. El uso abusivo de
Esta mayor duración del uso del capital ins-
tos turnos de horarios, se pueda realizar
horas, ha de contrastarse lcon a reacción
horas extraordinarias como compensa-
Por otro lado, las economías (ahorro o
más lento del que ocurriría si no tuviera lu-
talado hace que los costes unitarios del ca-
una distribución anual de la jornada, o sea
de la productividad laboral.
ción a reducciones del tiempo de trabajo
uso más eficiente) de capital resultado de
gar la reducción del tiempo de trabajo;
es una de las mayores dificultades con las
la reorganización del trabajo, también
mientras que en las contribuciones estáti-
que se enfrenta esta medida.
constituyen un canal de financiación ade-
cas lo que se produce es una disminución
cuado para ciertas empresas (sobre todo
del poder adquisitivo en el momento de la
4.2. ¿Cómo financiar la reducción del
las de gran tamaño pertenecientes al sec-
reducción del tiempo de trabajo.
tiempo de trabajo?
tor industrial), pero no resultan un méto-
Figura 6. Efectos de la reducción del tiempo de trabajo sobre los costes
Reorganización del trabajo
Reducción del tiempo de trabajo
Duración del uso de los equipamientos productivos
Compensación salarial
Productividad por hora del trabajo y del capital
Coste del trabajo por unidad producida
Coste del capital por unidad producida Coste de producción unitario
Precio unitario
Rentabilidad por unidad producida
Fuente: CETTE, G. y TADDEI, D. (1994): Temps de travail, modes d’emploi: vers la semaine de quatre jours?, La Découverte, París, reproducido en Bosch y Lehndorff, 1997: 344.
En definitiva, una compensación salarial
rán o incluso disminuirán (dependiendo de
ción del trabajo, utilizando, en este caso,
que permita, por ejemplo, mantener el
la intensidad de la reducción de la jornada
más intensivamente el factor trabajo15.
mismo salario nominal o pactar subidas sa-
laboral) los costes laborales unitarios, lo
lariales más suaves de las que se produci-
que permitirá, a su vez, mantener o mejo-
Uno de los problemas que surgen es si, a
rían sin la reducción de la jornada laboral,
rar el nivel competitivo de la empresa.
pesar de reducir los costes unitarios, no
es decir, no una compensación salarial ín-
se produce un incremento del empleo, o
tegra, pues agotaría las futuras ganancias
Además, el incremento de la productividad
si, más bien, la reducción de la jornada la-
de productividad, sino una remuneración
vendrá determinado también por la propia
boral se compensa con el incremento de
adicional a los trabajadores que llevará a
reducción del tiempo de trabajo, ya que el
las horas extraordinarias. Esta situación
un aumento de los salarios por hora. Si es-
rendimiento laboral debiera mejorar al dis-
puede deberse a la existencia de unos cos-
ta compensación salarial no supera el in-
minuir el tiempo trabajado, y a través de
tes laborales fijos muy altos (por ejemplo,
cremento de la productividad se estabiliza-
los mencionados cambios en la organiza-
debido a la necesidad de formación del
15. Esta es una consideración básica a la hora de debatir sobre un posible alargamiento de la jornada como medida “defensiva” ante una situación crítica en la empresa, que puede derivar en deslocalización de la misma.
18
el crecimiento del salario real per capita es
do válido con carácter general o de mane-
4.3. Algunas reflexiones sobre la relación
El principal problema al que se enfrenta la
ra agregada (Cette, 2000). Aunque en
entre jornada laboral y productividad
reducción del tiempo de trabajo es cómo
muchos casos el simple mantenimiento
financiar su coste, de forma que la mejor
del tiempo de utilización del equipamiento
Con el fin de observar la posible relación exis-
solución para que no se planteen proble-
productivo ya es un resultado importante.
tente entre la evolución de la jornada trabaja-
mas de competitividad (lo que implicaría
da y la productividad aparente del trabajo, se
una mayor inflación, que a su vez afectaría
Otra de las vías de financiación se encuen-
han realizado algunos ejercicios estadísticos,
negativamente al empleo) será, entonces,
tra en el Estado, mediante ayudas públicas.
a nivel agregado de los países de la UE, en
vigilar que el coste de la reducción no re-
Estas ayudas, cuando son estructurales, ha-
un intento de aproximación al debate señala-
caiga sólo sobre las empresas, repartien-
brían de tener un coste nulo ex-post, es de-
do en la introducción a este trabajo.
do la carga entre los agentes implicados:
cir, se entregan ayudas directas a la implan-
moderación salarial (trabajadores), finan-
tación de una reducción del tiempo de
Tanto en tasas de valores absolutos como
ciación mediante los incrementos de pro-
trabajo en las empresas, condicionadas por
en tasas de variación no se observa una re-
ductividad (no dedicándolos en exclusiva a
lo general a la creación de empleo, de modo
lación directa entre ambas variables que
engrosar el excedente empresarial) y ayu-
que se reducen los gastos derivados de los
permita considerar que al aumento de la jor-
das de los poderes públicos que fomenten
subsidios de desempleo mientras se incre-
nada llevaría a alcanzar mayores cotas de
la generalización y profundización de la re-
mentan los ingresos por las cotizaciones a
productividad, todo ello medido en medias
ducción de la jornada laboral16.
la Seguridad Social e ingresos fiscales, gra-
nacionales. Más bien al contrario, la rela-
cias al mayor número de contribuyentes.
ción observada es inversa, si bien no sufi-
Por tanto, los incrementos de productividad
cientemente significativa –con este tipo de
derivados de la propia reducción del tiempo
Dentro de las ayudas públicas, otro tipo
análisis– como para afirmar taxativamente
de trabajo pueden contribuir a financiar di-
son las ayudas transitorias, para incenti-
que a menor jornada mayor productividad.
cha reducción, ya que dichas mejoras de
var y favorecer la reducción del tiempo de
productividad laboral están asociadas tanto
trabajo, y que se orientan a la compensa-
En efecto, contrastando la evolución de la
a la aceleración en los métodos de trabajo
ción parcial de los costes de negociación y
productividad por hora trabajada17 y las
16. Socializando parte del coste, entendiendo este gasto público como parte de la financiación de las políticas activas de mercado laboral. 17. La productividad laboral por hora de trabajo, medida a través del PIB en paridad de poder de compra, por hora trabajada, y relativizando a UE-15=100, muestra el panorama de la productividad de las economías nacionales expresada en relación con la media de la Unión Europea de los 15, de forma que si el índice de un país es superior a 100, en dicho país, el nivel del PIB por hora trabajada es mayor que la media europea. Al expresar la productividad por hora trabajada se pretende eliminar las diferencias existentes en la composición de la población ocupada, en cuanto a trabajadores contratados a tiempo parcial o a tiempo completo.
19
Países Alemania
1993 104,5
1994 104,4
1995 105,0
1996 106,0
1997 105,4
1998 104,7
1999 104,3
2000 103,3
2001 102,8
2002 103,0
2003 103,4
Austria
103,5
103,4
103,1
103,3
98,0
103,0
102,9
103,7
101,1
100,0
99,9
Bélgica
125,6
126,6
120,0
120,3
118,5
116,3
120,0
121,8
120,1
119,3
120,0
Dinamarca
103,7
100,0
102,3
103,1
102,8
102,0
101,4
101,5
101,8
99,9
101,9
86,1
86,2
85,3
84,9
83,2
81,6
83,2
81,5
81,3
82,6
83,0
España Finlandia
92,6
94,1
93,6
92,3
95,0
97,1
94,1
95,6
95,5
93,1
91,5
116,1
115,6
116,1
114,8
116,5
117,4
116,9
118,8
120,6
120,1
122,6
Grecia
66,4
65,8
65,6
65,2
68,8
64,9
65,2
67,1
68,7
72,1
Irlanda
90,3
90,1
93,1
94,2
101,2
103,4
106,0
106,8
108,7
116,3
113,2
Italia
110,0
111,3
112,5
111,4
110,0
111,2
110,0
108,4
106,3
102,7
101,2
Luxemburgo
129,4
123,9
123,3
127,0
130,9
138,1
140,2
131,1
126,8
127,2
Francia
Países Bajos
129,0
73,8
119,3
116,5
116,8
114,2
113,2
113,8
113,8
112,0
117,3
114,3
113,7
Portugal
51,1
50,8
51,1
55,1
56,7
57,7
58,4
59,3
59,1
59,0
58,1
Reino Unido
87,5
87,6
87,2
87,6
88,9
89,3
89,6
90,8
91,9
93,6
94,4
Suecia
95,7
95,6
95,8
95,8
96,5
95,3
96,6
97,6
95,1
95,0
97,5
Figura 8. Variación de los Índices productividad/hora y horas anuales (UE-15=100, media 1993-2003)
nivel de rendimiento de la hora de trabajo). Si no hay avances significativos en el
120
rendimiento laboral, como resultado de tal medida, la ganancia espuria a corto plazo Grecia
115
podría perderse a medio o largo plazo a causa de un retraimiento en la dinámica
Finlandia
España
Índice de horas anuales
Tabla 9. Productividad laboral por hora trabajada (UE-15=100)
de la productividad. Por lo que la adopción
110 Reino Unido
Portugal
de medidas de esta índole frente a la situaciones de riego o amenaza de desloca-
105 Irlanda
Luxemburgo
lización tendría un efecto temporal bastante limitado, salvo que se concierten
100
Italia
periódicamente nuevos e ilimitados au-
Austria Bélgica
mentos de la jornada laboral.
95 Francia
Países Bajos
Dinamarca Alemania 90 Suecia
5. Una nota sobre el panorama actual de la jornada laboral en España
85
-10
-5
0
5
10
15
20
25
30
Fuente: EUROSTAT.
La ordenación del tiempo de trabajo en Es-
Tasa de variación (2003-1993) del índice productividad/hora (%)
horas anuales de trabajo en cada país en
por hora para el período 1993-2003 es
se trata tan sólo de descartar, de forma
la última década (figura 7) se observa una
menor que la media de los países de la
inicial algunas de las hipótesis que se es-
relación negativa, siendo mayor la produc-
Unión Europea de los 15 (especialmente
tán barajando en el debate sobre el alar-
tividad en aquellos países donde se traba-
en Grecia), mientras en el índice medio de
gamiento de la jornada.
jan relativamente menos horas anuales.
horas anuales se sitúan muy por encima.
En Grecia, España, Finlandia y el Reino
Aunque, obviamente, este tipo de análisis
Unido, el índice medio de productividad
requeriría de una modelización compleja,
del período, aunque la evolución de la proFigura 7. Índices productividad/hora y horas anuales (UE-15=100, media 1993-2003)
ductividad por hora, sobre todo a raíz de los Pactos Sociales para la Competitividad
120 115
y el Empleo firmados en este país, ha sido muy positiva, al mismo tiempo que se re-
Grecia
ducían las horas anuales.
Finlandia
España
110 Reino Unido
Francia, Bélgica y los Países Bajos son los
105 Luxemburgo Italia
80 60
Tampoco se observa una relación signifi-
Países Bajos
cativa de forma directa entre la variación
rio, una relación inversa entre las dos va-
bién de los ámbitos académicos, parecie-
en cuestiones referentes a la adaptabili-
riables consideradas.
ra deducirse que de un aumento en la jor-
dad o flexibilidad de la ordenación de la jor-
nada
debiera
nada laboral, en temas como el cómputo
En cualquier caso, a expensas de profun-
deducirse un incremento de la productivi-
anual o la distribución irregular a lo largo
dizar en el análisis, parece que la senda
dad (variación del rendimiento) del trabaja-
del año (Fina et al., 2001: 219-220).
de competitividad para las empresas
dor. Pero lo que pudiera ser cierto en tér-
europeas pasa por la búsqueda de fórmu-
minos espurios –por la reducción del
La evolución cuantitativa de la jornada la-
las adecuadas de incremento de la pro-
coste salarial por hora de trabajo–, que se
boral en España ha presentado un cierto
ductividad laboral que por aumentos en la
materializaría a corto plazo, no tiene por-
estancamiento en los últimos años, con
jornada de trabajo. En algunos postulados,
que serlo en términos físicos (aumento del
un ligero descenso de las horas totales
70
80
90
100
110
Fuente: Elaboración propia a partir de OCDE y Eurostat.
120
130
140
media realizada, que pudiera refrendar la hipótesis de la bondad para el ajuste de los acuerdos de alargamiento de jornada.
individual
de
trabajo
Tabla 10. Evolución de la regulación sobre el tiempo de trabajo en España Ley 16/1976, de 8 de abril, de Relaciones Laborales
Establece la duración máxima de la jornada en 44 horas semanales, siendo la primera vez que se emplea el módulo semanal como referencia legal de la jornada. Fija en 21 los días de vacaciones mínimas, y 120 horas el tope máximo anual de horas extraordinarias (con un máximo de 20 mensuales y 2 diarias).
Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores
Establece la jornada máxima legal en 43 horas semanales en jornada partida y 42 horas en la continuada, e incrementa a 23 los días de vacaciones, manteniéndose el límite diario de 2 horas extraordinarias, reduciendo a 15 las mensuales y a 100 las anuales.
Ley 4/1983, de 29 de junio
Fija la jornada máxima legal semanal de 40 horas e indica que son 30 los días de vacaciones.
Real Decreto-Ley de 14 de marzo de 1986
Suprime los límites diario y mensual de las horas extraordinarias, reduciendo a 80 el límite anual.
de los índices de productividad y la jornada Índice productividad/hora
20
do sobremanera los Países Bajos).
Dinamarca Alemania Suecia
85
dad al mismo tiempo que presentan un ína las horas anuales trabajadas (destacan-
Bélgica Francia
90
raíz de la reforma de 1994, ha avanzado
dice considerablemente inferior en cuanto
Austria
95
no sólo de origen empresarial sino tam-
países con mejores índices de productivi-
Irlanda
Índice horas anuales
100
Trabajadores de 1980 que, sobre todo a Más bien parece que ocurriera lo contra-
Irlanda se sitúa ligeramente por encima de la media en los dos índices en el conjunto
paña queda recogida en el Estatuto de los
Fuente: Elaboración propia a partir de OCDE y Eurostat.
Reforma Laboral de la Ley 11/1994
Modifica globalmente la ordenación del tiempo de trabajo, con el objeto de una mayor flexibilidad en la distribución irregular de la jornada y el cómputo de períodos de descanso más amplios, además de introducir las regulaciones derivadas de la directiva de la Unión Europea sobre trabajo nocturno y a turnos. Las horas extras se compensan con descansos, salvo que por acuerdo se establezca pago en metálico, sin que sea necesario el abono con recargos.
Fuente: Elaboración propia a partir de Fina et al. (2001).
21
de trabajo. Mientras la evolución de las
cia creciente en todos los sectores, por
completo ha experimentado una cierta
• BOSCH, G. y STILLE, F. (2000): “Temps de
horas trabajadas por los empleados a
el contrario, la jornada efectiva media
caída en el período más reciente (desde
travail et réduction du temps de travail
tiempo parcial ha mostrado una tenden-
que realizan los trabajadores a tiempo
el año 2000).
1991 Tiempo completo Industria
1992
1993
1994
1995
1996
1997
1998
1999
2000
2001
2002
2003
bajo”, en Cuadernos de Información Eco-
boral como forma de creación de em-
nómica, n.º 150, septiembre, pp. 31-44.
pleo: una revisión de la aplicación en Eu-
• FINA SANGLAS, LL.; GONZÁLEZ
• CARLEY, M. (2004): Working time deve-
LENA, F.
DE
Y
PÉREZ INFANTE, J. I. (2001): Negociación
colectiva y salarios en España, Consejo
1.724,2 1.718,5
1.763,4 1.767,7 1.756,1 1.751,3 1.740,2
04/03/update/tn0403104u.html
1.759,2
1.788,2 1.787,0
1.788,5 1.781,0 1.802,7 1.801,0
1.825,3
1.826,7
1.826,7 1.812,3 1.813,3 1.811,8 1.797,8
1.742,9 1.743,6
1.737,7 1.730,9 1.742,1 1.759,4
1.762,1
1.763,4
1.764,5 1.770,0 1.763,2 1.763,6 1.755,9
942,0
987,4
Tiempo parcial
887,4
897,6
904,8
925,2
934,1
927,9
997,0
03/02/study/tn0302101s.html
933,2
936,6
953,2
968,3
964,3
987,3
1.119,7
1.092,7 1.056,8 1.081,1 1.099,0 1.098,4
929,1
929,8
905,3
944,5
934,8
960,7
1.024,8
1.057,4 1.024,0 1.033,1 1.040,7 1.062,9
899,5
922,8
930,0
923,7
936,3
972,2
984,4
967,7 1.000,1 1.018,7 1.015,5
1.707,0 1.703,4 1.694,0 1.690,8 1.698,9 1.680,8 1.675,2 1.671,7 1.674,3 1.675,2 1.669,6 1.664,9 1.652,9 1.713,8 1.707,5
1.699,7 1.715,7 1.733,9 1.728,3
1.726,6
1.730,7
Overtime in Europe, EIROnline, http://www.eiro.eurofound.eu.int/20
885,2
891,3
MICHON, F. (2003):
The General Framework and the Case
946,3
879,0
• CETTE, G. (2000): “Employment, Unem-
Y
ployment and Reducing Working Time.
Construcción Servicios
• FREYSSINET, J.
of France”, Les Documents de Travail
• GARCÍA FEMENÍA, A. M.; MARTÍNEZ RODRÍ-
de Conseil d’Analyse Économique, n.º 2-
GUEZ ,
2000, abril.
(2000): El trabajo a tiempo parcial en
1.732,3 1.733,3 1.722,9 1.716,8 1.705,9
• CETTE, G. (1996): “Reducción del tiempo
F.
Y
MOSCOSO DEL PRADO, J.
Holanda, Documentos del CES, Madrid. KRETSOS, L. (2003): Annua-
Construcción
1.775,4 1.774,3
1.773,2 1.760,7 1.783,8 1.759,7
1.793,7
1.794,4
1.795,3 1.781,6 1.783,4 1.777,2 1.766,5
de trabajo y creación de empleo. Consi-
Servicios
1.685,9 1.684,8
1.674,5 1.663,6 1.665,1 1.647,9
1.632,8
1.626,7
1.629,2 1.632,6 1.627,9 1.624,9 1.612,8
deraciones macroeconómicas”, en Eko-
lised hours in Europe, EIROnline,
nomiaz, Vitoria, n.º 34, pp. 30-41.
http://www.eiro.eurofound.eu.int/20
Fuente: Boletín de Estadísticas Laborales. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
• CHAGNY, O. (1998): “Réduction et flexibiConsiderando los tres grandes sectores
dos los países europeos, especialmente,
Además, desde el seno de la Unión Euro-
lité du temps de travail en Allemagne”,
se constata el reducido (y decreciente) nú-
del empleo a tiempo parcial femenino. Sin
pea, a través de las directrices marcadas
en Revue de l’OFCE, n.º 67, octubre,
mero de horas empleadas en el sector
embargo, existe una fuerte diversidad en
anualmente por la Estrategia Europea de
servicios (en total), a pesar de la evolución
la evolución de la preferencia por este tipo
Empleo, se fomenta la reordenación y or-
Y
03/08/study/tn0308101s.html • MADDISON, A. (1998): Historia del des-
arrollo capitalista. Sus fuerzas dinámicas, Editorial Ariel, Barcelona.
pp. 229-284. • CONSEIL SUPÉRIEUR DE L’EMPLOI, DES REVENUS
• KOUZIS, G.
ET DES COÛTS (1998): Durées du
• MALO
DE
MOLINA, J. L.
Y
ropa”,
Revista
en
SERRANO, A.
(1979): Los salarios en España, Edito-
de
Economia
Contemporânea, n.º 1, vol. 7, enero-junio, pp. 57-80. • RUESGA, S. M.
978,1 1.008,4 1.026,4 1.023,9
Industria
RUESGA BENITO, S. M.
en Allemagne”, en Économie Internatio-
Económico y Social, Madrid.
1.756,5
Y
nale. La Revue du CEPII, n.º 83, 3.er Tri-
http://www.eiro.eurofound.eu.int/20
1.711,9 1.728,5 1.748,2 1.752,3
• PÉREZ ORTIZ, L.
(2003): “La reducción de la jornada la-
lopments-2003, EIROnline,
Servicios
Industria
PÉREZ INFANTE, J. I.
1.741,4 1.739,7 1.734,4 1.735,4 1.750,3 1.761,6 1.767,8 1.770,1 1.772,5 1.775,3 1.768,5 1.767,6 1.758,5
Construcción
TOTAL
Y
(1999): “Las políticas de reparto de tra-
mestre, pp. 107-127.
Tabla 11. Jornada efectiva media por trabajador por tipo de jornada, sector de actividad y años (en horas anuales) en España
• FINA SANGLAS, LL.
Y
FUJII, G. (coord.)
(2004): El trabajo en un mundo globali-
zado, Ediciones Pirámide, Madrid. • RUESGA, S. M.; LASIERRA, J. L. MA,
Y
MURAYA-
C. (2002): Economía del trabajo y
política laboral, Pirámide, Madrid. • RUESGA, S.
Y
MURAYAMA, C. (1999): “El
reparto del trabajo: hacia las 32 horas en cuatro días a la semana”, en Temas
para el debate, n.º 50, pp. 72-75. • TADDEI, D. (1996): “El debate actual sobre la reducción y reorganización del tiempo de trabajo”, en Ekonomiaz, Vitoria, n.º 34, pp. 20-29. • TORNS, T. (2001): “El trabajo a tiempo parcial: ¿un mercado engañoso?”, en
European Industrial Relations Observatory on line.
creciente del número de horas dedicadas
de trabajo entre los diferentes países,
ganización del tiempo de trabajo, con es-
por los trabajadores a tiempo parcial (que,
convirtiéndose en un empleo de carácter
tas miras de adaptar el mercado de tra-
además, aumentan en volumen). La jorna-
secundario e, incluso, precario, en el sen-
bajo al entorno competitivo globalizado.
temps
SOLIDARITÉ
de travail aux Pays-Bas”, en Économie
(2002): La réduction négociée du
Internationale. La Revue du CEPII,
temps de travail: Bilan 2000-2001,
n.º 83, 3.er Trimestre, pp. 129-152.
travail et emploi. Les 35 heures, le partiel,
l’aménagement
du
da efectiva de los trabajadores a tiempo
tido de ser un paso intermedio en la bús-
Por lo tanto, el debate sobre la reducción
temps de travail, La Documentation
parcial es creciente en los tres grandes
queda de un empleo a tiempo completo. El
del tiempo de trabajo sigue vigente en el
Française, París.
sectores de la economía española.
peligro latente de la generalización del em-
ámbito europeo.
6. Conclusiones
http://www.35h.travail.gouv.fr
• WIERINK, M. (2000): “Pays Bas. Le
• OCDE (1998): “Working hours: latest
temps de travail: le droit de choisir”, en
fundización en la brecha entre géneros,
Por último se ha contrastado que, al menos
temps de travail sur les mode de vie:
trends and policy initiatives”, en Employ-
Chronique Internationale de l’IRES,
en el plano del análisis agregado, no se pue-
qu’en pensent les salariés un an
ment Outlook 1998, París, OCDE,
de confirmar que un hipotético alargamiento
après?”, Premières Synthèses, n.º
pp. 153-188.
mercado de trabajo.
de la jornada de trabajo redunde en mejores
.
en los países europeos en la última década:
A su vez, la reducción de la jornada de tra-
condiciones competitivas para las empresas
se produce una estabilización generalizada
bajo, en sus diferentes formulaciones, ya
europeas, en tanto que la relación que se
en la jornada a tiempo completo, mientras
sea a través de la reducción directa de la
observa entre jornada de trabajo y producti-
las horas dedicadas por los trabajadores
jornada laboral, el cómputo anual del tiem-
vidad apunta en dirección contraria.
po de trabajo, el aumento de los días festi-
forma general en casi todos los sectores y
vos y las vacaciones o, sobre todo, median-
países. España parece constituir una excep-
te el uso creciente del empleo a tiempo
ción a esta regla de comportamiento.
parcial, permite ajustar y flexibilizar la maquinaria productiva a las necesidades de
BIBLIOGRAFÍA • BOSCH, G.
Y
21.1, mayo. • EUROPEAN INDUSTRIAL RELATIONS OBSERVATORY
(2001): Working time develop-
ments – annual update 2000, EIROnline (http://www.eiro.eurofound.ie). • EUROSTAT: Encuesta de Fuerzas de
Trabajo, varios años.
n.º 63, marzo, pp. 13-29. • YERKES, M.
Y
VISSER, J. (2004): Wome-
• OCDE (1997): La définition du travail a
n’s preferences pr delineated policies?
temps partiel a des fins de comparai-
The development of part-time work in
son internationale, Documents hors sé-
the Netherlands, Germany and the UK,
rie, n.º 22.
Paper to be presented at the 9th an-
• PASSERON, V. (2002): “35 heures: 3 ans
nual International Symposium on Wor-
de mis en œvre du dispositif Aubry I”,
king Time, Paris, february, pp. 26-28,
Premières Synthèses, n.º 06.2, febrero.
2004.
LEHNDORFF, S. (1997): “La
reducción de la jornada de trabajo y el
Hay un importante aumento de la partici-
demanda del entorno globalizado en el que
empleo”, en Papeles de Economía Espa-
pación del empleo a tiempo parcial en to-
se insertan las economías europeas.
ñola, n.º 72, pp. 342-364.
22
DE L’E MPLOI ET DE LA
(2001): “Les effets de la réduction du
número de horas trabajadas (en conjunto)
contratados a tiempo parcial disminuyen de
• MINISTÈRE
• VISSER, J. (2000): “Réduction du temps
pleo a tiempo parcial femenino es la proasí como una dualización más intensa del Se observa una evolución decreciente del
• ESTRADE, M-A; MÉDA, D. y ORAIN, R.
rial Blume, Madrid.
23