María del Carmen Carreón: Resoluciones del TEDF en favor de personas con discapacidad

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Programa: Foro Jurídico Frecuencia: Radio Red 110 am Conductor: Elías Huerta Psihas Hora: 22:.00 Hrs María del Carmen Carreón: Resoluciones del TEDF en favor de personas con discapacidad Elías Huerta (EH), conductor: Bueno, pues, estamos saliendo de un proceso, de varios procesos electorales, muy sorpresivos, muy polémicos. Y también tuvimos aquí un proceso también muy polémico en la Ciudad de México, para votar diputados constituyentes al Congreso Constituyente, que habrá aquí en la Ciudad de México para que se elabore, se cree la Constitución de la Ciudad de México. Y algunos temas interesantes, relativos de los derechos electorales de las personas, derechos político-electorales, hemos platicado en algunas ocasiones en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México con una destacada profesora de posgrado ahí en la Facultad de Derecho, la maestra María del Carmen Carreón Castro, quien es magistrada en el Tribunal Electoral del Distrito Federal, hoy Ciudad de México. Y ella tiene una especialidad muy direccionada hacia los temas de equidad de género y hay un caso muy interesante, que hemos platicado y que queremos compartir hoy con nuestro auditorio, sobre la libertad de legisladores y la situación que se tiene en esta materia de discapacitados y particularmente los antecedentes que hay judiciales, de sentencia a favor de personas con discapacidades. María del Carmen, muy bienvenida, gracias por acompañarnos esta noche aquí en el programa de Foro Jurídico, el Derecho al alcance de todos. María del Carmen Carreón (MCC), magistrada del Tribunal Electoral del Distrito Federal: Muchísimas gracias, doctor Elías por la invitación y más por la preocupación de que se sigan conociendo los derechos políticos-electorales en favor de las personas con discapacidad, puesto que todavía actualmente la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y el Código Electoral del Distrito Federal, deben a artículo expreso, que impide que las personas con algún tipo trastorno mental, puedan ejercer su derecho al voto ¿no? Entonces aquí hay, se han cometido, a veces no sé si por falta de conocimiento o por involucrar a esta parte de la sociedad en los temas que también les conciernen, que es el elegir a las personas que los puedan representar y principalmente que pudiéramos ir conociendo los derechos que prevé la Convención de Protección de los Derechos de las Personas con Discapacidad. EH: Bien, pues déjeme comentarle aquí a nuestro auditorio, como lo hacemos cada miércoles, los invitamos a que participen, a que participen llamando, haciendo preguntas, reflexiones, nuestros teléfonos aquí en cabina, son el 5095 1510 y también nos puede llamar desde cualquier parte del

país, 01 800 711 1110, también nos puede seguir en nuestras redes sociales, en Twitter, @forojurídico, en Facebook como Foro Jurídico. Bueno, les comento que la magistrada, María del Carmen Carreón Castro es licenciada y maestra en Derecho de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, ya les comentaba, ella es ahí docente, es profesora de Judicialización Electoral y Discriminación de Violencia de Género, en la división de Estudios de Posgrado de la misma Facultad de Derecho de la UNAM. Y es expositora en diversos temas que tienen que ver con Derecho Electoral y la equidad de género y temas vinculados en el respeto a los derechos humanos, también ha colaborado en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y ahora se desempeña como ya lo comentábamos, como magistrada del Tribunal Electoral del Distrito Federal, creo que de los funcionarios que nos han acompañado aquí, es ahora con el cambio de nomenclatura por la reforma jurídica, pues todos, la reforma política de la Ciudad de México, porque estamos haciendo, no es Distrito Federal, es Ciudad de México, que aquí el caso es diferente, ¿verdad? coméntanos así rápidamente por qué. MCC: Sí, aquí fue exacto la reforma, contempla que ahora ya es Ciudad de México, actualmente estamos en esa transición mis compañeros de Pleno y su servidora para estar haciendo este análisis para que ya nos denominemos, esperemos que el Tribunal Electoral de la Ciudad de México, puesto que también el Constituyente, puede determinar alguna otra denominación para ser el órgano jurisdiccional, que conozca de los asuntos electorales de la ciudad. EH: Las controversias electorales. Bien, déjame darle también la bienvenida a nuestros amigos de Periscope, aquí en nuestro programa de esta noche. Bienvenidos, nos están siguiendo por este interesante medio de transmisión en directo. Antes de entrar en materia sobre estos temas de la libertad que tienen los juzgadores como tú y todos los juzgadores particularmente en materia electoral en general, y el tema de los discapacitados, ya que tú eres magistrada electoral en la Ciudad de México, me gustaría hacerte una pregunta, aquí hemos tenido algunos doctores, especialistas, maestros de la Facultad de Derecho que fueron candidatos a diputados también para este proceso y bueno, siempre las llamadas del auditorio, de comentarios sobre la polémica y lo veíamos en la prensa que para qué queremos una Constitución, que para qué se gasta, en fin, entre tantos más que venían aquí a defender la conveniencia. Y al final nos damos cuenta que lamentablemente muy por abajo de la media nacional hubo una participación en la Ciudad de México, flamante Ciudad de México, para elegir a sus diputados para su Congreso Constituyente, del 28 por ciento de participación, ¿Qué opinas, magistrada, en ese tema? MCC: Mira, a groso modo aun y cuando el Tribunal Electoral del Distrito Federal, no está siendo la autoridad responsable de conocer los medios de impugnación que se derivó o que se hayan derivado de este proceso electoral, yo que creo que sí tenemos que hacer un ejercicio, las autoridades electorales, por cuanto hace a la capacitación, volver iniciar a los orígenes de lo que es la participación ciudadana y que nos responsabilicemos tanto autoridades como ciudadanos de los derechos y obligaciones que tenemos ambos.

También para la ciudadanía creo que fue muy poco el tiempo de difusión, de conocer, incluso, los alcances de por qué es importante que la Ciudad de México tenga ahorita la primera Constitución, o sea, la redacción de la primera Constitución, porque incluso había spots que referían, "organicemos la nueva", o yo no sé por qué nueva, más bien, estamos por conmemorar el centenario de la Constitución de 1917. Pero en esta ocasión, esta vez, en el momento actual, con los problemas y realidades actuales que tiene la ciudad, ¿qué queremos que se tenga, qué derechos fundamentales consideramos que debe de tener esta Constitución? Incluso opinión personal, creo que también incluso muchos candidatos hacían campaña, haciendo referencia a temas como si en ellos estuviera resolverlos, ¿no? Una cosa es que tenga un cuerpo normativo y otra que en su caso el Poder Ejecutivo pueda llevarlas a cabo ¿no? temas de agua o temas como muy específicos. Pero aquí sí, sí es el que nos hagamos responsables también las autoridades electorales, por cuanto hace a la difusión, capacitación y tener ese contacto ciudadano nuevamente, de saber qué es lo que quiere la ciudadanía, incluso puedo aplicar al caso concreto, un principio que utiliza la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, que te indica que "nada de nosotros sin nosotros", y algo similar, lo puedo utilizar para los ciudadanos, igual hay también que escuchar a los ciudadanos qué es lo que necesitan, qué es lo que consideran deben de contener este cuerpo normativo. EH: Y bueno, al final de cuenta como tú bien lo dices, en el contexto de que el año que entra estaremos festejando los 100 años de nuestra Constitución Federal de 1917, que está el marco ahí general, esta Constitución de la Ciudad de México bajo ningún contexto podrá contravenir a la Constitución Federal, la Constitución Política de los mexicanos, por aquí tuvimos en la edición del mes pasado en la revista de Foro Jurídico, y ya la de este mes ya ahorita nos la contará la maestra Janet Huerta Estefan, que decía "no, bueno, es que no es una Constitución, es una Ley reglamentaria de la Constitución Federal", y también ahí se daba un debate, pero al final de cuentas ahí está ese marco, o sea, no nos podemos salir de ese marco. Sí hay novedades, maneras de poder, como tú bien decías ahorita, a la mejor hasta cambiarle el nombre a la autoridad electoral, en fin, pero no puede ir más allá de lo que ya está en la Constitución Federal, ¿no es así? MCC: Correcto, sí. Efectivamente es algo que también los partidos políticos, incluso ahora los candidatos, bueno, que nada más hubo un candidato independiente que llegó, debe de tener pleno conocimiento en por cuanto está contemplado y regulado el marco de las entidades federativas. EH: O sea, de los candidatos independientes que compitieron ¿nada más uno obtuvo la votación?, no conocía ese dato. Me llama la atención, ahorita que estabas dando tu comentario, ¿por qué si fue la elección del constituyente de la Ciudad de México, el Tribunal Electoral del Distrito Federal o de la Ciudad de México no es competente para verlo en la legislación, para conocerlo, ¿parece extraño no? MCC: Claro, parece extraño pero es de respetarse, el Instituto Nacional Electoral así lo designó, el Instituto Nacional Electoral centralizó la organización de este proceso electoral, estableciendo las fechas, involucró en algunos aspectos al Instituto Electoral del Distrito Federal y por ende al no ser un acto emitido por el Instituto Electoral del Distrito Federal, nosotros no teníamos competencia.

Lo que nos lleva a que todos los medios de impugnación que se deriven o que se hayan derivado de este proceso electoral, serán materia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Estamos hablando del Federalismo, estamos hablando de que decidió centralizar esta función, lo cual está dentro de su competencia, pero nosotros como tribunales locales no podemos hacer nada al respecto. EH: No parecería que te atibó. Pero bueno, vamos a entrar a temas ya de la materia de la discapacidad. Te quisiera preguntar, antes de abordar el tema estrictamente electoral en cuanto a los discapacitados, de repente uno está en una reunión y dice, "no, no, no digas discapacitados, hay que decir personas con capacidades diferentes", y parecía que de repente uno decía "discapacitado" y estaba ofendiendo y que había un tema de discriminación, entonces bueno, ubícanos, ya que has retomado el tema de los instrumentos internacionales, de la legislación internacional, ¿qué es lo correcto y qué implican las discapacidades? MCC: Gracias, es un tema relevante porque sabemos que existe. Este grupo de población, estamos hablando que son 5.7 millones a nivel nacional, de personas con discapacidad, y éste es un dato que te lo da el INEGI en 2010, aquí hay algo grave de que no contamos con un registro para conocer a nivel nacional de cuántas personas con discapacidad existen. Pero el documento más reciente, incluso si hice mención de esta frase es porque estuvieron presentes en esta convención de la ONU, personas con discapacidad, y estuvieron presentes asociaciones a nivel internacional que conocen cómo las necesidades y materia y en todos los ámbitos que debe de normarse la inclusión de las personas con discapacidad; uno de ellos, que son los derechos político-electorales, que son los derechos a la participación ciudadana. Esta convención se habla de cuatro tipos de discapacidad. EH: A ver, antes de que me des los cuatro tipos, entonces es correcto decir que es una persona discapacitada, y no se tiene que decir, "con capacidades diferentes". MCC: No, haciendo mención en nuestro artículo primero, es "persona con discapacidad". EH: ¿No discriminamos si decimos "con discapacidad"? MCC: Exacto, con discapacidad, puesto que es el término correcto que contempla la Convención Internacional, incluso nuestra ley general también contempla este término de "personas con discapacidad". El término que se había manejado antes, sí era "personas con capacidades diferentes", pues todos tenemos una capacidad diferente ¿no?, o tenemos habilidades distintas. EH: Y tú las tienes aquí respecto a lo que estamos platicando, tú eres una persona especialista en el tema electoral. MCC: Yo también aprendo de ustedes ¿no?, entonces es como también los jueces nos vamos sensibilizando y vamos haciendo uso de las herramientas que debemos de conocer para aquellos casos que se nos presente el tener que emitir una sentencia en donde se encuentre involucrada una persona con discapacidad.

EH: Le recuerdo a nuestro auditorio que estamos platicando con la magistrado de la Ciudad de México en materia electoral, María del Carmen Carreón Castro, la maestra María del Carmen Carreón Castro, se le puede llamar aquí a la cabina de Radio Red, al 50 95 11 10, y nos puede también marcar de cualquier parte del país al 01 800 711 11 10, ya tenemos algunas preguntas, algunas reflexiones de nuestros amigos de Periscope. Pero también ya nos están diciendo que llegamos a la primera parte de nuestro programa, vamos a un corte breve, no le cambie, siga aquí con nosotros en Radio Red y con la maestra María del Carmen Carreón Castro. (Pausa) Seguimos hablando con la magistrada María del Carmen Carreón Castro, pero entes de que nos contestes María del Carmen, ya tenemos aquí algunas inquietudes de nuestros amigos de Periscope, le voy a pedir al director de producción, que por favor nos dé salida, Janet, adelante. Janet Huerta (JH), colaboradora: Hola, buenas noches. Bueno, ahora sí vamos con nuestras preguntas de nuestros amigos en Periscope, que como siempre están muy activos, obviamente comentan algunos comentarios sobre las elecciones, de que hubo fraude electoral como siempre. Pero en específico, con los temas de discapacitados comentan que las urnas en esta elección no tenían rampas para discapacitados ni estaban adaptadas para estos temas de los cuales estamos hablando, y preguntan, ¿por qué los tribunales no toman acciones preventivas en estos temas, en vez de tener después que sancionar?, y finalmente una tercer pregunta, ¿cómo influye la progresividad de los derechos humanos en las decisiones del Tribunal? EH: Adelante, magistrada, Carreón, por favor. MCC: Gracias, doctor. Por contraste a las urnas, sí es de comentarte que el Instituto Nacional Electoral, previo a la definición de la colocación de las urnas, y no recuerdo si son como 12 mil urnas que se colocaron, debe de hacer un análisis para conocer en dónde se van a instalar. Es importante reconocer, que de las asociaciones que son especialistas en movilidad, y que son especialistas para hacer un análisis de los lugares y de los inmuebles, COAMEX tiene un estudio en donde trabajamos con ellos el año pasado, en donde hicimos un foro de acercamiento y foro informativo a través de las asociaciones, para que conocieran las personas con discapacidad, sus derechos políticoelectorales. También indicar que actualmente el Instituto Electoral del Distrito Federal cuenta con material idóneo para que se lleven a cabo los procesos selectivos, pero como les comentaba, es un proceso electoral que organizó y fue determinando las reglas el Instituto Nacional Electoral y no las autoridades locales. EH: Pero sí deberían de haber existido. MCC: Debe de haber, estamos diciendo que tenemos que hacer los diseños universales previstos en esta convención, para que todas las personas puedan ejercer su derecho al voto.

EH: Aquí le pondríamos un puntito malo al INE en esta elección, porque así sea un solo votante debe de haber infraestructura. MCC: Claro, vale lo mismo, claro que vale lo mismo, y por cuanto hace a las acciones preventivas, si bien es cierto, ahorita los tribunales electorales en este proceso electoral que acabamos de pasar, hubo ya sentencias relevantes en el tema, la Sala Especializada emite una sentencia, la número 27 de este año, en donde hace una interpretación muy amplia de la convención y en donde hace ya un pronunciamiento de que todos los partidos políticos tienen que generar su material informativo en formatos accesibles, para que todas las personas puedan tener esta información. Desafortunadamente hay una de las sentencias que fue la JVC/109, de un caso de Durango, en donde para la autoridad electoral fue muy sencillo decir, para una persona ciega que no había podido tomar el curso para ser integrante de una. EH: ¿Funcionario de casilla? MCC: Exactamente, lo vuelve a solicitar y se lo niegan, entonces no sabemos si porque fue detectada como una persona ciega y pensaban que no podía ejercer esa función, o efectivamente no fue designada como funcionaria de casilla. Pero también como autoridad, no podemos quedarnos solamente con "contéstale, aunque le des la negativa", tenemos que ir más allá para que efectivamente se ejerzan estos derechos político-electorales y las personas puedan ser sujetos de esos derechos. EH: Me gustaría que comentaras, antes del corte, las cuatro modalidades que Naciones Unidas ha determinado de discapacitados, ¿o cuál es el término correcto? MCC: Los tipos de discapacidad que se contemplan es la discapacidad física, que en el aspecto estadístico es la más grande, sigue la discapacidad intelectual, ya veces incluso pudiéramos ahí englobar a las personas con Síndrome de Down, la discapacidad mental, que aquí la discapacidad mental es la más difícil de detectar, porque son aquellas personas que pueden tener esquizofrenia, que pueden tener algún trastorno psiquiátrico y no a simple vista lo podemos detectar, incluso parte de lo que se está fomentando es que se dé un sistema de apoyos y no solamente un certificado médico. Y la cuarta clasificación es la discapacidad sensorial, en ésta engloban tanto las persona ciegas como las personas sordas, no por el simple hecho de que sean sordas, son mudas, sino que más bien no conocen el idioma o la lengua en español. EH: Y todas tienen derecho a ejercer su derecho al voto evidentemente. MCC: Todos son personas, siempre y cuando, aquí dentro de la clasificación de derechos fundamentales que hace el Instituto de Nayarit, siempre y cuando también cumplan con los requisitos que prevé nuestra Constitución, que tengan su credencial de elector, que se encuentren en el padrón, que aparezcan en la lista nominal. Digo, si bien es cierto, para ser sujetos de estos derechos fundamentales de votar y ser votado, es importante que tengas el carácter de ciudadano y que tengas los 18 años. EH: Sí, que cumplas con todos los requisitos de cualquier ciudadano.

MCC: Exactamente, de cualquier ciudadano. EH: Es decir, que esta discapacidad no sea una limitación. MCC: Exacto. EH: Y bueno, quisiera que nos platicaras un poco sobre toda esta sentencia a favor de los sordos, que implica una libertad del juzgador electoral. MCC: Sí, como les comentaba, desde mi humilde opinión, la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación hace un análisis. EH: ¿La del Distrito Federal? MCC: No, es de Sala Superior. EH: Ah, la Sala Especializada, tienes razón. MCC: La Sala Superior, de las cinco salas que existen, hay una sexta que es la Sala Especializada, creada con esta reforma. EH: Apenas el año pasado creo ¿no? MCC: En el 2014. EH: Pero el proceso para designarlos fue el año pasado. MCC: En donde se divide la materia de los procedimientos especiales sancionadores que antes el Instituto, o antes el IFE hacía la investigación y ellos emitían la resolución. Ahora se divide esa función, solamente el Instituto Nacional Electoral integra como una averiguación previa, integra el expediente con los documentales, va realizando todas las diligencias para poder encontrar una posible conducta, y es pasado o lo transmite a la Sala Especializada, y ésta determina si efectivamente hay alguna infracción, hay alguna falta con respecto a las pautas, a la promoción personalizada, pero solamente de partidos políticos nacionales. Porque también las autoridades electorales locales sufrimos esta reforma, en donde los institutos locales llevan a cabo esta revisión e investigación y recepción de quejas, que presenta la ciudadanía y los partidos políticos en aquellos casos que creen que están cometiendo una falta, e inicia un procedimiento de aquellos que consideran que puedan ser ya sujetos de algún tipo de responsabilidad, lo pasan a los tribunales electorales locales para que emitan una resolución, que incluso puede ser la pérdida de la candidatura. EH: Perfecto, ahora platícanos de ésta que emitieron respecto a los sordos. MCC: Mira, ellos hacen un análisis exhaustivo de todos los ordenamientos internacionales que prevén y regulan.

EH: ¿Qué da origen a esta sentencia?, ¿qué caso concreto? MCC: Es un caso que se da en el estado de Chihuahua, en donde el Partido Verde Ecologista y el PRI se quejan en contra del candidato, hoy gobernador del estado de Chihuahua, el señor Corral, donde dicen que tenía un pequeño spot, que eran como unas caricaturas. EH: Gobernador electo, porque todavía no. MCC: Bueno, que omitía poner en los subtítulos, haciendo hincapié o destacando que se estaba incumpliendo con un acuerdo que emitió el INE, en donde según ellos, aunque desde mi percepción es un aspecto muy limitado, en donde creen que pueden con el subtitulado atender o cubrir todos los diferentes tipos de discapacidad, lo cual es incorrecto. Aun y cuando hace un análisis exhaustivo la Sala y conmina a las autoridades electorales, como a los partidos políticos, que toda la información que se tenga que difundir y tener contacto con la ciudadanía, incluso con esta población de personas con discapacidad, sea en formatos accesibles. ¿Qué es esto?, si quieres tener contacto con la población ciega, que es la segunda discapacidad que tenemos a nivel nacional. EH: ¿Cuál es la primera? MCC: Es la física, que tiene que ver con las personas en silla de ruedas, enyesados, o con algún tipo de incapacidad motriz, la segunda son las personas ciegas, que aquí, ya sea que sea por audio o por el sistema Braille, que sí es también algo súper grave, puesto que no todas las personas están capacitadas para el sistema Braille. Entonces, esta conminación que se le hace a los partidos políticos, es decir, estás dejando de atender a un grupo de la población que no es menor, cinco, casi seis millones de personas a nivel nacional, a nivel Ciudad de México estamos hablando de cerca de 500 mil personas, con 483 mil personas, y como te refiero, es un censo que tenemos del 2010. Estamos dejando de destacar y de conocer todavía de aquellas regiones que no dudo que tengan a las personas amarradas, escondidas, o que todavía te dé pena tener a una persona con discapacidad cerca. Aquí es un llamado a las autoridades y sensibilizarnos como sociedad, para atender e incorporar a las personas con discapacidad en nuestra vida cotidiana. Y esta sentencia sí marca un parte aguas para conminar a las autoridades de que hagamos estos ajustes razonables para poder atender a las personas con discapacidad. Aquí el único problemita es que las personas sordas en, diría como un 90 por ciento, no conocen la lengua en español, uno diría que las personas sordas pueden leer los labios, pero siempre y cuando ya conozcas tú la lengua en español y por alguna enfermedad, o por algún accidente hayas perdido la audición, entonces sí tu cerebro conoce el idioma en español, y sí pudieras tener en una posibilidad de leer los labios, pero cuando tú eres sordo de nacimiento te tienen que enseñar la lengua de señas. Y si esa lengua de señas también es reconocida dentro de la comunidad, la comunidad de sordo también tiene sus propias reglas, tiene sus propias tradiciones, que también incluso están buscando que sean reconocidos como los grupos indígenas.

Entonces es importante conocer que actualmente aquí en México, en la Ciudad de México hay lugares en los cuales ellos se reúnen y saben qué día, saben qué hora, ellos pueden tener una interlocución. Entonces... EH: Oye, se me viene a la mente con este caso de la sentencia o del acuerdo primero que hacen los partidos para que los promocionales donde se difunde la oferta del voto, en fin, tienen no solamente que tener letritas, porque el sordo puede igual no leer, no saber leer o escribir. Y como tú bien lo dices, aunque sepa leer y escribir, pero ellos tienen un idioma diferente, como las manos. MCC: Que es la Lengua de Señas Mexicana. EH: Entonces como sucede, y bueno, ahora se explica cómo en tantos programas internacionales, nacionales, oficiales, se pone el recuadro donde está alguien haciendo la transmisión simultánea de lo que se habla, eso es lo que se debería de haber hecho entonces con esos promociónales, hacia allá tenemos que avanzar. MCC: Hasta allá tenemos que avanzar, créeme que me siento muy orgulloso de pertenecer a este pleno, porque nosotros ya contamos con un intérprete en lengua de señas, al momento de tener nuestras sesiones públicas. Actualmente estamos organizando un foro donde vamos a profesionalizar en términos jurídicos, a los intérpretes de lengua de señas, porque también es una especialidad de que ellos a veces están capacitados o tienen conocimiento en la mayoría o en la generalidad de los conceptos de la vida diaria, pero no en los técnicos. O sea, no en los términos jurídicos, en donde aquellos que puedan estar sujetos a un proceso, los intérpretes tampoco lo conocen, entonces créeme que es muy grato el que ahorita como Tribunal Electoral estamos siendo promotores de este tema tanto de los grupos vulnerables, nos estamos capacitando a los jóvenes, estábamos incorporando a niños para que formemos una nueva ciudadanía. Y en este tema, sí estamos siendo como innovadores por lo que hace a la inclusión de las personas con discapacidad. EH: Fíjate qué interesante esta reflexión que estás haciendo tú, porque nos están limitando únicamente al aspecto electoral, al ejercicio de los derechos político-electorales, pero haciendo una reflexión más profunda y quizá compartiéndola con algunas personas del auditorio y también de Periscope, pues esto debería irradiar a toda la actividad humana del país o de otras naciones que si lo hacen los países desarrollados porque no nada más es a ver si quieres ejercer un derecho, en general diría que es una forma de discriminación. Tenemos que irnos a nuestro segundo corte, tenemos ya varias participaciones de nuestros amigos de Periscope, también algunas preguntas en el radio, y le recuerdo a nuestro auditorio que estamos charlando con la magistrada electoral de la Ciudad de México, María del Carmen Carreón Castro, sobre estos temas de la libertad de legisladores y las discapacidades. Vamos a un corte.

(Pausa comercial) EH: Bien, pues vamos a la última parte de nuestro programa. Tenemos algunos, aquí muy inquietos amigos de Periscope, por favor, Janet. JH: Claro que sí, pues tenemos aquí muchas, muchas preguntas, quisiera antes precisar, porque por aquí están comentando nuestros amigos de Periscope abrevian TFE, supongo que se refiere al Tribunal Federal Electoral, pero ahorita que la magistrada nos precise un poco la diferencia, porque ella es magistrado del Tribunal Electoral del Distrito Federal, la Ciudad de México. Entonces bueno, aprovechamos como hacer esta primea pregunta de ¿cuál es la diferencia? Y algunas de las inquietudes es bueno, que preguntan ¿en qué artículo de la ley o cuál es la normativa en donde se maneja el término de "discapacitado"? y pues seguimos con este tema de las urnas no adaptadas en las elecciones, que nos comentan, ¿pues para que sirve el millonario presupuesto que destina el INE a las elecciones y específicamente el presupuesto que se destina a cada casilla que ni siquiera se ve reflejado en que estén adaptadas? Y preguntan también que si en estas adaptaciones, por lo que comentó antes de la pausa, debería de haber también un intérprete, un traductor de lenguaje de señas o de estas cuestiones para discapacitados en cada casilla más allá de haber una rampa de discapacitados. Entonces es otra pregunta y pues si quieres, vamos con estas y seguimos con las demás dudas de nuestro auditorio. MCC: Gracias, Janet. Pues bueno, por cuanto hace al término de personas con discapacidad, mira, créeme que ahorita lo más cercano que es la convención y la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, que es del año 2011, la convención prevé que es cada persona que presente una deficiencia física, mental o sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal que limita la capacidad de ejercer una o varias actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social. Así, una de las críticas que pudiéramos generar a este concepto es que tenemos que pasar esta problemática que se ha tenido del sistema médico reparador de las personas con discapacidad, pensando al que ellas pueden curar, no todas las personas con discapacidad puedan tener el sistema reparador médico de tener una solución y tenemos que pensar en las políticas públicas para atender efectivamente lo que va a desencadenado a la siguiente pregunta, que las personas con discapacidad quieren trabajar, quieren ser incluidas. Claro, el Tribunal Electoral del Distrito Federal, que somos el órgano jurisdiccional de la Ciudad de México, el máximo Tribunal que conoce de las controversias electorales que se dan aquí, hemos estado trabajando tanto en un lenguaje incluyente para que también conozcan sus derechos políticos-electorales y tengan la posibilidad de si es su deseo de asociarse a un partido político, de contender como candidato independiente. Incluso, la Ciudad de México va a vivir un proceso electivo nuevamente el 3 de septiembre en donde se van a renovar los comités vecinales y vamos a resolver también o conocer el presupuesto participativo que se da cada año.

Entonces, sí hemos trabajado una accesibilidad en el aspecto jurisdiccional, nos hemos estado capacitando como autoridad a través de los cursos que ha realizado la Suprema Corte de Justicia. Tenemos la participación en algunos foros y actividades de cómo juzgar ahora con estos paradigmas de aquellas situaciones que tengamos a una persona con discapacidad, o incluso a una persona de la tercera edad, porque no estamos siendo conscientes de que México se está haciendo viejo, y la primera estadística que pudiéramos generar de algún tipo de afectación que tengamos, ya sea auditiva, o de lenguaje o de movilidad, pues también lo están padeciendo las personas de la tercera edad y no estamos contemplando en nada, nada para ellos. Por cuanto hace a los intérpretes, mira, desafortunadamente por el contacto que hemos tenido con la Asociación de Intérpretes de la República, y así como del Distrito Federal, tenemos la estadística que aproximadamente hay 40 intérpretes a nivel nacional. Y aquellos que están en funciones, por ejemplo los que están en la Suprema Corte de Justicia, con el jefe de Gobierno, con el Presidente de la República o con algunos gobernadores, es por ello que como Tribunal Electoral del Distrito Federal estamos haciendo u organizando en coordinación con el posgrado en Derecho, con la Suprema Corte de Justicia, un foro en el cual podamos capacitar a los intérpretes que actualmente están en funciones, en los términos jurídicos, precisamente para que puedan en su caso ser parte en aquellos que tengan o que sean sujetos de un proceso civil familiar del que sea, o que sepan las señas de qué es sentencia, qué es juez, qué es actor, qué es demandado, y no les estén dando un contexto distinto que pueda estar mermando sus derechos. Claro que, yo veo difícil por todas las casillas, honestamente, haya un intérprete en lengua de señas, no se dan en los árboles, de verdad, sí estamos hablando de que son lingüistas, son personas muy especializadas que también tenemos que estandarizar lo que debe de cobrar un intérprete de lengua de señas certificado porque a veces conseguimos al más barato pero a lo mejor no está lo suficientemente capacitado. Pero yo creo que sí pudiéramos traer a colación que la COAMEX desarrolló un decálogo que sirviera como guía a los funcionarios de casilla, que estamos hablando en un lenguaje ciudadano, para que tuvieran conocimiento de cómo no discriminar a una persona con discapacidad y que sepan que incluso podrían ser acompañados a la urna para que ejercieran su voto y no esto generara una sospecha por parte de los partidos políticos, o que supieran que podían estar con su perro. Estas situaciones fueron contempladas por la COAMEX y el Tribunal Electoral del Distrito Federal en la jornada que tuvimos en el 2015, que nuevamente vamos a repetir este foro ahora para la participación que vamos a tener en la jornada electoral del 3 de septiembre, que nuevamente nuestra ciudad va a salir a votar, ojalá que haya una mayor participación, porque lo importante aquí es ejercer nuestro derecho a decidir, esa parte no la podemos dejar en manos de nadie más, que tengamos esa posibilidad para ejercerla. EH: Ahorita que tú estabas platicando con esto, que se abre una veta de reflexiones, de inquietudes, diría bueno, pues se acerca el día de la elección, nos están invitando millones de spots del INE, que nos quejamos que nos inundan de publicidad, ¿verdad? que muchos de ellos así como dicen también: "ve a tu casilla, checa que esté tu nombre en la lista nominal, chécalo por internet". Bueno, yo supongo que a la hora que la persona que tiene una discapacidad va a sacar su credencial de

votar con fotografía, ahí debe de decir cuál es su discapacidad, supongo, entonces en el padrón debe de estar que hay una discapacidad. Entonces invitar a la gente que tiene una discapacidad, así como nos invitan a todos que vayamos a revisar si estamos en el padrón, decirle, "usted vaya y haga saber que va a ir a votar, aunque ya en la elección decida no ir a votar, pero ya que sepan en qué casillas va a haber gente donde deben de tener un intérprete, en fin. Y nada más ampliando el comentario que hacías tú hace un rato, dentro de la inquietud de los amigos de Periscope, pues sí, la Ley General para la Inclusión de las Personas se llama con discapacidad, o sea, está dicho en el concepto de la propia Ley que así se llama, pero a mayor abundamiento, en el artículo 10 de esta Ley dice que el Sector Salud expedirá un certificado de reconocimiento y calificación de discapacidad con validez nacional, está clarísimo que ese es el término correcto, ¿no? MCC: Pero permíteme hacer la crítica al respecto porque volvemos a caer al sistema médico de que solamente el médico puede determinar el grado de discapacidad que tienes, y es incorrecto, porque tan es así que la Suprema Corte de Justicia al momento que se resolvió la opción de la Ley de Autismo, sacó del aspecto jurídico este certificado, incluso que se le solicitaba a las personas con discapacidad para poder trabajar. Debemos de quitar el aspecto médico reparador del tema de que solamente el médico puede hacerlo, estamos caminando a este sistema de apoyos porque el grado o nivel de discapacidad intelectual que tienes no solamente un médico puede detectarlo, sino a través de pruebas y peritajes psicológicos, psiquiátricos, sociólogo, que ya hay un grupo piloto en el estado de Morelos que están viendo la forma ETREMET y también CONFE, esta asociación de CONFE, están llevando a cabo pruebas piloto de cómo pudiera ser adecuado este sistema de apoyos para apoyar a las autoridades. No olvidemos que tanto las autoridades jurisdiccionales y las asociaciones podemos trabajar de manera coordinada para dar mejores resultados. EH: Está muy interesante el tema, da para mucho, es un tema nuevo. Tenemos aquí unas inquietudes de los amigos de Periscope y Janet, ya se nos está acabando el programa, por favor, las últimas. JH: Sí, inclusive, bueno, nada más es un, me parece muy interesante aquí un comentario que hace uno de nuestros amigos en Periscope, dice: "Más allá de lo que comentaba el doctor de que la persona vaya a decir que tiene una discapacidad, ¿por qué no tener un espacio en la credencial de elector en donde desde que la persona va a sacar la credencial de elector pues diga que tiene esta discapacidad y que haya en el formato de la credencial de elector esta opción?". MCC: Mire, es una reflexión importante porque ahorita estamos caminando para que el Instituto Nacional Electoral haga esta reflexión para las próximas boletas que se vayan a emitir, estén en sistema Braille, se concentren los diferentes formatos accesibles contemplando los diferentes tipos de discapacidad y esta credencial de elector tiene que también tener los propios candados de seguridad que las personas ciegas con todo derecho deben de tener.

EH: Algo hay que hacer, si no todas las boletas, una parte proporcional, pero algo se tiene que hacer. MCC: Algo se tiene que implementar. EH: Janet, tenemos una pregunta de nuestro auditorio. JH: Una pregunta del público, también le quería decir a la magistrada que nos están pidiendo sus datos de contacto, ahorita Hugo Lozano, de Iztapalapa, nos está hablando, también José Amor López, de la Gustavo A. Madero, en la Ciudad de México, dice: "Está muy interesante el programa y sobre todo el comentario de lo que dicen sobre la discapacidad, aunque no estoy de acuerdo con el término en el que se nos señalan, en mi caso tengo ceguera y no discapacidad mental, ustedes creen que por no ver se nos habla así, cuando tenemos otros sentidos. La manera en la que lo están diciendo no es correcta, no deben de señalarnos así, hay ciegos que hacemos distintas cosas y es grave esta situación". MCC: Creo que hay una, hay una... EH: Una reacción rápida, ¿no? MCC: Exacto, es una confusión, efectivamente el ser ciego o el ser sordo forma parte de una discapacidad sensorial, efectivamente no debemos de confundir unas con otras. La discapacidad mental es otra, la discapacidad intelectual también es otra pero no, en ningún momento se ha hecho referencia que las personas ciegas tengan algún tipo de disminución intelectual, por el contrario, son capaces de realizar muchos trabajos que cualquier persona también pudiera realizar. JH: El número de contacto, o algún Twitter. EH: Lo damos al final del programa. MCC: El 53-40-46-00 extensión 1210, que son del Tribunal Electoral del Distrito Federal y Carmen Carreón C, del Twitter. JH: Perfecto. MCC: Muchísimas gracias. EH: Bueno, pues ya despedimos el programa porque llegamos al fin, muchas gracias. MCC: Muchas gracias Héctor, gracias Janet. EH: Magistrada María del Carmen Carreón Castro, después te vamos a invitar a otro programa, se quedaron muchas cosas, se me quedaron como cinco o seis temas que hubiera querido preguntarte. MCC: Además para precisar la diferencia entre el Tribunal Electoral de la Ciudad de México y el Tribunal Federal, es importante. EH: También eso, ¿no? también ustedes son objeto de discriminación.

MCC: Es correcto. EH: Porque para eso son instituidos y no califican elecciones del Distrito Federal. MCC: Es correcto. EH: La que se considera la más importante que es la de la nueva Constitución. Ahora, de la Constitución, yo nada más quisiera despedirme comentándole a nuestro amigo que llamó, que no nos queda la menor duda, y lo hemos comprobado muchas veces, que a personas que a veces tienen un problema de alguna discapacidad desarrollan otras de otra naturaleza y vemos que son mucho más hábiles, en fin, en otro tipo de actividades. JH: Magistrada, perdón, si nos puede nada más repetir rápido el teléfono, que me dicen que lo comentaste muy rápido. MCC: Discúlpame. 53-40-46-00 extensión 1210 y si no, los datos se encuentran en la página del Tribunal Electoral del Distrito Federal. EH: Se nos acabó el tiempo, además de agradecerle nuevamente a nuestra invitada del día de hoy, a la magistrada María del Carmen Carreón Castro, les agradecemos a nuestros amigos del auditorio de Radio Red, y a nuestros amigos de Periscope. Y nos despedimos dándoles y deseándoles las buenas noches. Yo soy Elías Huerta Psihas y los espero el próximo miércoles en un programa más, a partir de las 10:00 de la noche de Foro Jurídico, el Derecho al alcance de todos.

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