Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal. DÉCIMA OCTAVA ÉPOCA 9 DE ENERO DE 2015 No. 6 Í N D I C E

Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA OCTAVA ÉPOCA 9 DE ENERO DE 2015 No. 6 Í N D I C E  ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRIT

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Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA OCTAVA ÉPOCA

9 DE ENERO DE 2015

No. 6

Í N D I C E 

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

Oficialía Mayor  Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Datos Personales bajo la tutela de la Dirección General de

Administración en la Secretaría de Finanzas denominado “Sistema de Administración de Prestadores de Servicio Social y/o Prácticas Profesionales en la Secretaría de Finanzas”

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 Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Datos Personales bajo la tutela de la Dirección General de

Administración en la Secretaría de Finanzas denominado “Sistema de Datos Personales de Personas Físicas con Actividad Empresarial en la Secretaría de Finanzas”

6

 Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Datos Personales bajo la tutela de la Dirección General de

Administración en la Secretaría de Finanzas denominado “Sistema de Administración de Prestadores de Servicios en la Secretaría de Finanzas”

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 Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Datos Personales bajo la tutela de la Dirección General de

Administración en la Secretaría de Finanzas denominado “Sistema de Administración de Recursos Humanos en la Secretaría de Finanzas”

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SECCIÓN DE AVISOS  Conceptualizadora de Negocios, S.A. de C.V.

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 Proveedora de Materiales Médicos, S.A. de C.V.

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 Kasimu Conexión Servicios Especializados, S.A. de C.V.

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Continúa en la Pág. 2

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Índice Viene de la Pág. 1  Llamyca, S.A. de C.V.

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 COPSLMV Mexicana, S.A. de C.V.

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 Administradora de Personal Metropolitana Ebri, S.A. de C.V.

17

 Asesora y Administradora de Proyectos y Negocios, S.A. de C.V.

18

 Net Seguridad Privada, S.A. de C.V.

18

 Crédito Inmobiliario, S.A. de C.V., Sofom, E.N.R.

19

 Editorial Fiscal y Laboral, S.A. de C.V.

20

 Inmobiliaria Pale, S.A. de C.V.

20

 Operadora de Entretenimiento Pucara, S.A. de C.V.

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 Progresemos del Centro de Veracruz, S.A. de C.V.

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 Sercotel, S.A. de C.V.

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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS MARCOS MANUEL HERRERÍA ALAMINA, Director General de Administración en la Secretaría de Finanzas y Responsable del Sistema de Datos Personales denominado “Sistema de Administración de Prestadores de Servicio Social y/o Prácticas Profesionales en la Secretaría de Finanzas”, con fundamento en los artículos 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, los artículos 7 fracción XIII numeral 5, 37, 101 G fracción XIV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 6 y 7 fracción I y II, inciso h) y 21 fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; y los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, así como también los siguientes: CONSIDERANDOS I. Que la Oficialía Mayor mediante oficio OM/2098/2008 de fecha 06 de noviembre de 2008, delega al titular de “la Dirección General Ejecutiva o de Área encargada de la Administración en las Dependencias de la Administración Pública Central, la atribución de decidir sobre la finalidad, contenido y uso del tratamiento del o los Sistemas de Datos Personales que sean de su competencia; asimismo lo designó para los efectos legales y administrativos responsable de la aplicación y tutela de la información que contenga dichos sistemas” II. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal corresponde al titular del ente púbico determinar la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales en el ámbito de su competencia. III. Que de conformidad con el artículo 7 fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se establece que la integración, tratamiento y tutela de los sistemas de datos personales está a cargo de los entes públicos y que la creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales deberán publicarse en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. IV. Que de manera adicional los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal establecen como obligación para todos los entes públicos, que la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales sólo podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. V. Que con fecha 15 de noviembre de 2013, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Datos Personales bajo la tutela de la Dirección General de Administración en la Secretaría de Finanzas denominado “Sistema de Administración de Prestadores de Servicio Social y/o Prácticas Profesionales en la Secretaría de Finanzas”, de conformidad con lo establecido en la normatividad aplicable en la materia. VI. Que con el fin de brindar seguridad y certeza jurídica a todos los prestadores de servicio social y/o prácticas profesionales interesados con el tratamiento, integración y tutela de sus datos personales en uso de la Dirección General de Administración en la Secretaría de Finanzas, resulta necesario modificar, adicionar y eliminar algunos conceptos que integran los apartados del Sistema de Datos Personales denominado “Sistema de Administración de Prestadores de Servicio Social y/o Prácticas Profesionales en la Secretaría de Finanzas”, tengo a bien emitir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES BAJO LA TUTELA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS DENOMINADO “SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE PRESTADORES DE SERVICIO SOCIAL Y/O PRÁCTICAS PROFESIONALES EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS” PRIMERO.- Se modifica la sección Cesión de datos

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Dice: Instituciones educativas públicas y privadas, para la notificación de prestación de servicio social y/o prácticas profesionales, Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, Contraloría General del Distrito Federal, Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, Órganos Jurisdiccionales federales y locales, en cumplimiento a los requerimientos que en el ejercicio de sus atribuciones realicen. Debe decir: TIPO DE DESTINATARIO Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal

FINALIDAD GENÉRICA DE LA TRANSMISIÓN Para la investigación de quejas y denuncias por presuntas violaciones a los derechos humanos.

FUNDAMENTO LEGAL 

Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Distrito Federal

 Para la sustanciación de recursos de revisión y revocación, denuncias y el procedimiento para determinar el  probable incumplimiento a la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.

Auditoría Superior de la Ciudad de México

Para el ejercicio de sus funciones de fiscalización.

Contraloría General del Distrito Federal

Para la realización de auditorías o desarrollo de investigaciones por presuntas faltas administrativas.

   

   Órganos jurisdiccionales

Para la sustanciación de los procesos jurisdiccionales tramitados ante ellos

    

Instituciones educativas públicas y privadas

Para la notificación de prestación de servicio social y/o prácticas profesionales



Artículos 3 y 36 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y demás aplicables. Artículos 32, 71 fracción II, 80 fracciones II y V, 89 y 91 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Artículos 38, 39, 40 y 42 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y demás aplicables. Artículo 8 Fracción VIII y XIX. Artículo 9 y 14 fracción VII y XX del la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México. Artículo 34 y 74 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y demás aplicables. Artículos 3, 14, 15, 75, 121, 143, 144, 147, 149 Ley de Amparo Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículos 783 y 784 de la Ley Federal del Trabajo. Artículo 191 Fracción XIX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Artículo 2 y 180 del Código Federal de Procedimientos Penales. Artículo 323 del Código Civil del Distrito Federal. Artículo 96, 109, 278, 288, 326, 327, 331 y 334 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. Artículos 3, 9 Bis, 180 y 296 Bis del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal. Artículos 35 Bis y 55 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y demás aplicables. Capítulo VII de la Ley Reglamentaria del Artículo Quinto Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal Capítulo VIII del Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo Quinto Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal.

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Secretaría de Finanzas del Distrito Federal

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Para llevar a cabo trámites administrativos.

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Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Artículo 33 Fracción XXVIII y demás aplicables.

SEGUNDO.- Se modifica el Domicilio Oficial de la Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición de datos personales, así como la revocación del consentimiento: Dice: Domicilio Oficial: Plaza de la Constitución, número 1, planta baja, colonia Centro, delegación Cuauhtémoc, C.P. 06068, Ciudad de México. Debe decir: Domicilio Oficial: Plaza de la Constitución número 1, planta baja, Colonia Centro, delegación Cuauhtémoc, C.P. 06080. Distrito Federal TRANSITORIO PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el presente acuerdo en cumplimiento a lo previsto en el artículo 7°, fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. TERCERO.- Una vez publicado el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el Responsable del Sistema de Datos Personales denominado “Sistema de Administración de Prestadores de Servicio y/o Prácticas Profesionales en la Secretaría de Finanzas”, realizará las acciones necesarias para su inscripción en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación. CUARTO.- Notifíquese el presente Acuerdo al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. México Distrito Federal a 19 de diciembre de 2014. (Firma) ________________________________________ MARCOS MANUEL HERRERÍA ALAMINA DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS

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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS MARCOS MANUEL HERRERÍA ALAMINA, Director General de Administración en la Secretaría de Finanzas y Responsable del Sistema de Datos Personales denominado “Sistema de Datos Personales de Personas Físicas con Actividad Empresarial en la Secretaría de Finanzas”, con fundamento en los artículos 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 7 fracción XIII numeral 537, 101 G fracción XIV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 6 y 7 fracción I y II, inciso h) y 21 fracción I y 22 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; y los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, así como también los siguientes: CONSIDERANDOS I. Que la Oficialía Mayor mediante oficio OM/2098/2008 de fecha 06 de noviembre de 2008, delega al titular de “la Dirección General Ejecutiva o de Área encargada de la Administración en las Dependencias de la Administración Pública Central, la atribución de decidir sobre la finalidad, contenido y uso del tratamiento del o los Sistemas de Datos Personales que sean de su competencia; asimismo lo designó para los efectos legales y administrativos responsable de la aplicación y tutela de la información que contenga dichos sistemas” II. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal corresponde al titular del ente púbico determinar la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales en el ámbito de su competencia. III. Que de conformidad con el artículo 7 fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se establece que la integración, tratamiento y tutela de los sistemas de datos personales está a cargo de los entes públicos y que la creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales deberán publicarse en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. IV. Que de manera adicional los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal establecen como obligación para todos los entes públicos, que la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales sólo podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. V. Que con fecha 15 de noviembre de 2013, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Datos Personales bajo la tutela de la Dirección General de Administración en la Secretaría de Finanzas denominado “Sistema de Datos Personales de Personas Físicas con Actividad Empresarial en la Secretaria de Finanzas”, de conformidad con lo establecido en la normatividad aplicable en la materia. VI. Que con el fin de brindar seguridad y certeza jurídica a todas las personas físicas con actividad empresarial interesadas con el tratamiento, integración y tutela de sus datos personales en uso de la Dirección General de Administración en la Secretaría de Finanzas, resulta necesario modificar, adicionar y eliminar algunos conceptos que integran los apartados del Sistema de Datos Personales denominado “Sistema de Datos Personales de Personas Físicas con Actividad Empresarial en la Secretaría de Finanzas”, tengo a bien emitir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES BAJO LA TUTELA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS DENOMINADO “SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE PERSONAS FÍSICAS CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS” PRIMERO.- Se modifica la sección Cesión de datos:

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Dice: Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, Contraloría General del Distrito Federal, Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, Órganos Jurisdiccionales federales y locales en cumplimiento a los requerimientos que en el ejercicio de sus atribuciones realicen. Debe decir: TIPO DE DESTINATARIO Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Distrito Federal

FINALIDAD GENÉRICA DE LA TRANSMISIÓN Para la investigación de quejas y  denuncias por presuntas violaciones a los derechos humanos.  Para la sustanciación de recursos de revisión y revocación, denuncias y el procedimiento para determinar el  probable incumplimiento a la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.

Auditoría Superior de la Ciudad de México

Para el ejercicio de sus funciones de fiscalización.

Contraloría General del Distrito Federal

Para la realización de auditorías o desarrollo de investigaciones por presuntas faltas administrativas.

  



   Órganos jurisdiccionales

Para la sustanciación de los procesos jurisdiccionales tramitados ante ellos

   

Secretaría de Finanzas del Distrito Federal

Para llevar a cabo trámites administrativos.



FUNDAMENTO LEGAL Artículos 3 y 36 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y demás aplicables. Artículos 32, 71 fracción II, 80 fracciones II y V, 89 y 91 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Artículos 38, 39, 40 y 42 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y demás aplicables. Artículo 8 Fracción VIII y XIX. Artículo 9 y 14 fracción VII y XX de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México. Artículo 34 y 74 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y demás aplicables. Artículos 3, 14, 15, 75, 121, 143, 144, 147, 149 Ley de Amparo Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículos 783 y 784 de la Ley Federal del Trabajo. Artículo 191 Fracción XIX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Artículo 2 y 180 del Código Federal de Procedimientos Penales. Artículo 323 del Código Civil del Distrito Federal. Artículo 96, 109, 278, 288, 326, 327, 331 y 334 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. Artículos 3, 9 Bis, 180 y 296 Bis del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal. Artículos 35 Bis y 55 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y demás aplicables. Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, Artículo 33 Fracción XXVIII y demás aplicables.

SEGUNDO.- Se modifica el Domicilio Oficial de la Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición de datos personales, así como la revocación del consentimiento:

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Dice: Domicilio Oficial: Plaza de la Constitución, número 1, planta baja, colonia Centro, delegación Cuauhtémoc, C.P. 06068, Distrito Federal. Debe decir: Domicilio Oficial: Plaza de la Constitución número 1, planta baja, Colonia Centro, delegación Cuauhtémoc, C.P. 06080, Distrito Federal. TRANSITORIO PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el presente acuerdo en cumplimiento a lo previsto en el artículo 7º, fracción I, de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. TERCERO.- Una vez publicado el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el Responsable del Sistema de Datos Personales denominado “Sistema de Administración de Datos Personales de Personas Físicas con Actividad Empresarial en la Secretaría de Finanzas”, realizará las acciones necesarias para su inscripción en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación. CUARTO.- Notifíquese el presente Acuerdo al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. México Distrito Federal a 19 de diciembre de 2014. (Firma) ________________________________________ MARCOS MANUEL HERRERÍA ALAMINA DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS

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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS MARCOS MANUEL HERRERÍA ALAMINA, Director General de Administración en la Secretaría de Finanzas y Responsable del Sistema de Datos Personales denominado “Sistema de Administración de Prestadores de Servicios en la Secretaría de Finanzas”, con fundamento en los artículos 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, los artículos 7 fracción XIII numeral 5, 37, 101 G fracción XIV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 6 y 7 fracción I y II, inciso h) y 21 fracción I y 22 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; y los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, así como también los siguientes: CONSIDERANDOS I. Que la Oficialía Mayor mediante oficio OM/2098/2008 de fecha 06 de noviembre de 2008, delega al titular de “la Dirección General, Ejecutiva o de Área encargada de la Administración en las Dependencias de la Administración Pública Central, la atribución de decidir sobre la finalidad, contenido y uso del tratamiento del o los Sistemas de Datos Personales que sean de su competencia; asimismo lo designó para los efectos legales y administrativos responsable de la aplicación y tutela de la información que contenga dichos sistemas” II. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal corresponde al titular del ente púbico determinar la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales en el ámbito de su competencia. III. Que de conformidad con el artículo 7 fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se establece que la integración, tratamiento y tutela de los sistemas de datos personales está a cargo de los entes públicos y que la creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales deberán publicarse en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. IV. Que de manera adicional los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal establecen como obligación para todos los entes públicos, que la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales sólo podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. V. Que con fecha 15 de noviembre de 2013, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el Aviso mediante el cual se da conocer el Sistema de Datos Personales bajo la tutela de la Dirección General de Administración en la Secretaría de Finanzas denominado “Sistema de Administración de Prestadores de Servicios en la Secretaría de Finanzas”, de conformidad con lo establecido en la normatividad aplicable en la materia. VI. Que con el fin de brindar seguridad y certeza jurídica a todos los prestadores de servicios interesados con el tratamiento, integración y tutela de sus datos personales en uso de la Dirección General de Administración en la Secretaría de Finanzas, resulta necesario modificar, adicionar y eliminar algunos conceptos que integran los apartados del Sistema de Datos Personales denominado “Sistema de Administración de Prestadores de Servicios en la Secretaría de Finanzas”, tengo a bien emitir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES BAJO LA TUTELA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS DENOMINADO “SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE PRESTADORES DE SERVICIOS EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS”

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PRIMERO.- Se modifica la sección Cesión de datos: Dice: Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, Contraloría General del Distrito Federal, Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, Órganos Jurisdiccionales federales y locales, en cumplimiento a los requerimientos que en el ejercicio de sus atribuciones realicen, Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal y Coordinación General de Modernización Administrativa. Debe decir: TIPO DE DESTINATARIO Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal

FINALIDAD GENÉRICA DE LA TRANSMISIÓN Para la investigación de quejas y denuncias por presuntas violaciones a los derechos humanos.

FUNDAMENTO LEGAL 

Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Distrito Federal

 Para la sustanciación de recursos de revisión y revocación, denuncias y el procedimiento para determinar el  probable incumplimiento a la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.

Auditoría Superior de la Ciudad de México

Para el ejercicio de sus funciones de fiscalización.

Contraloría General del Distrito Federal

Para la realización de auditorías o desarrollo de investigaciones por presuntas faltas administrativas.

 

Artículo 8 Fracción VIII y XIX. Artículo 9 y 14 fracción VII y XX de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México.



Artículo 34 y 74 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y demás aplicables.



Artículos 3, 14, 15, 75, 121, 143, 144, 147, 149 Ley de Amparo Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículos 783 y 784 de la Ley Federal del Trabajo. Artículo 191 Fracción XIX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Artículo 2 y 180 del Código Federal de Procedimientos Penales. Artículo 323 del Código Civil del Distrito Federal. Artículo 96, 109, 278, 288, 326, 327, 331 y 334 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.



Órganos jurisdiccionales

Para la sustanciación de los procesos jurisdiccionales tramitados ante ellos.

Artículos 3 y 36 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y demás aplicables. Artículos 32, 71 fracción II, 80 fracciones II y V, 89 y 91 de la Ley de transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Artículos 38, 39, 40 y 42 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y demás aplicables.

   

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 



Para la autorización de Programas de Dirección General de Contratación de Prestadores de Administración y Desarrollo Servicios, con cargo a la partida de Personal presupuestal 1211“Honorarios  Asimilables a Salarios”.

Coordinación General de Modernización Administrativa

Prevenir que la contratación de los prestadores de servicios afecte el contenido y alcances de los dictámenes de estructura.

Secretaría de Finanzas del Distrito Federal

Para llevar a cabo trámites administrativos.





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Artículos 3, 9 Bis, 180 y 296 Bis del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal. Artículos 35 Bis y 55 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y demás aplicables. Numeral 1.4 de la Circular Uno 2014, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal Lineamientos para la autorización de programas de contratación de prestadores de servicios con cargo a la partida presupuestal específica 1211“Honorarios asimilables a salarios”, para el ejercicio presupuestal 2014. Circular Contraloría General para el control y evaluación de la gestión pública; el desarrollo, modernización, innovación y simplificación administrativa, y la atención ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal. Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Artículo 33 Fracción XXVIII y demás aplicables.

SEGUNDO.- Se modifica el Domicilio Oficial de la Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición de datos personales, así como la revocación del consentimiento: Dice: Domicilio Oficial: Plaza de la Constitución, número 1, primer piso, colonia Centro, delegación Cuauhtémoc, C.P. 06068. Debe decir: Domicilio Oficial: Plaza de la Constitución número 1, planta baja, Colonia Centro, delegación Cuauhtémoc, C.P. 06080. Distrito Federal.

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TRANSITORIO PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el presente acuerdo en cumplimiento a lo previsto en el artículo 7º, fracción I, de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. TERCERO.- Una vez publicado el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el Responsable del Sistema de Datos Personales denominado “Sistema de Administración de Prestadores de Servicios en la Secretaría de Finanzas”, realizará las acciones necesarias para su inscripción en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación. CUARTO.- Notifíquese el presente Acuerdo al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. México Distrito Federal a 19 de diciembre de 2014. (Firma) ________________________________________ MARCOS MANUEL HERRERÍA ALAMINA DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS

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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS MARCOS MANUEL HERRERÍA ALAMINA, Director General de Administración en la Secretaría de Finanzas y Responsable del Sistema de Datos Personales denominado “Sistema de Administración de Recursos Humanos en la Secretaría de Finanzas”, con fundamento en los artículos 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 7 fracción XII,37, 101 G fracción XIV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 6 y 7 fracción I y II, inciso h) y 21 fracción I y XXII y 22 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; y los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, así como también los siguientes: CONSIDERANDOS VII. Que la Oficialía Mayor mediante oficio OM/2098/2008 de fecha 06 de noviembre de 2008, delega al titular de “la Dirección General Ejecutiva o de Área encargada de la Administración en las Dependencias de la Administración Pública Central, la atribución de decidir sobre la finalidad, contenido y uso del tratamiento del o los Sistemas de Datos Personales que sean de su competencia; asimismo lo designó para los efectos legales y administrativos responsable de la aplicación y tutela de la información que contenga dichos sistemas” I. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal corresponde al titular del ente púbico determinar la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales en el ámbito de su competencia. II. Que de conformidad con el artículo 7 fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se establece que la integración, tratamiento y tutela de los sistemas de datos personales está a cargo de los entes públicos y que la creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales deberán publicarse en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. III. Que de manera adicional los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal establecen como obligación para todos los entes públicos, que la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales sólo podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. IV. Que con fecha 20 de septiembre de 2012, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el Aviso mediante el cual se da conocer el Sistema de Datos Personales bajo la tutela de la Dirección General de Administración en la Secretaría de Finanzas denominado “Sistema de Administración de Recursos Humanos en la Secretaría de Finanzas”, de conformidad con lo establecido en la normatividad aplicable en la materia. V. Que con fecha 15 de noviembre de 2013, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Datos Personales bajo la tutela de la Dirección General de Administración en la Secretaría de Finanzas denominado “Sistema de Administración de Recursos Humanos en la Secretaría de Finanzas”, de conformidad con lo establecido en la normatividad aplicable en la materia. VI. Que con el fin de brindar seguridad y certeza jurídica a todos los servidores públicos interesados con el tratamiento, integración y tutela de sus datos personales en uso de la Dirección General de Administración en la Secretaría de Finanzas, resulta necesario modificar, adicionar y eliminar algunos conceptos que integran los apartados del Sistema de Datos Personales denominado “Sistema de Administración de Recursos Humanos en la Secretaría de Finanzas”, tengo a bien emitir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES BAJO LA TUTELA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS DENOMINADO “SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS”

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PRIMERO.- Que el “Sistema de Administración de Recursos Humanos en la Secretaría de Finanzas”, se modifica en los siguientes apartados: Estructura básica del sistema de datos personales: Se adiciona el siguiente tipo de datos: Datos sobre la salud: Expediente clínico de cualquier atención médica. Cesión de datos: Se modifica el apartado para quedar como sigue: TIPO DE DESTINATARIO Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Distrito Federal

FINALIDAD GENÉRICA DE LA TRANSMISIÓN Para la investigación de quejas y  denuncias por presuntas violaciones a los derechos humanos.  Para la sustanciación de recursos de revisión y revocación, denuncias y el procedimiento para determinar el  probable incumplimiento a la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.

Auditoría Superior de la Ciudad de México

Para el ejercicio de sus funciones de fiscalización.

Contraloría General del Distrito Federal

Para la realización de auditorías o desarrollo de investigaciones por presuntas faltas administrativas.

Artículo 8 Fracción VIII y XIX. Artículo 9 y 14 fracción VII y XX de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México.



Artículo 34 y 74 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y demás aplicables.



Artículos 3, 14, 15, 75, 121, 143, 144, 147, 149 Ley de Amparo Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículos 783 y 784 de la Ley Federal del Trabajo. Artículo 191 Fracción XIX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Artículo 2 y 180 del Código Federal de Procedimientos Penales. Artículo 323 del Código Civil del Distrito Federal. Artículo 96, 109, 278, 288, 326, 327, 331 y 334 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. Artículos 3, 9 Bis, 180 y 296 Bis del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal. Artículos 35 Bis y 55 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y demás aplicables.

 Órganos jurisdiccionales

   

Secretaría de Finanzas del Distrito Federal

Para llevar a cabo trámites administrativos.

Artículos 3 y 36 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y demás aplicables. Artículos 32, 71 fracción II, 80 fracciones II y V, 89 y 91 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Artículos 38, 39, 40 y 42 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y demás aplicables.

 

 

Para la sustanciación de los procesos jurisdiccionales tramitados ante ellos

FUNDAMENTO LEGAL



Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, Artículo 33 Fracción XXVIII y demás aplicables.

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TERCERO.- Se modifica el domicilio oficial de Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición de datos personales, así como la revocación del consentimiento: Dice: Domicilio Oficial: Plaza de la Constitución, número 1, planta baja, colonia Centro, delegación Cuauhtémoc, C.P. 06068, Distrito Federal. Debe decir: Domicilio Oficial: Plaza de la Constitución, número 1, planta baja, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06080, Distrito Federal. TRANSITORIO PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el presente acuerdo en cumplimiento a lo previsto en el artículo 7°, fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. TERCERO.- Una vez publicado el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el Responsable del Sistema de Datos Personales denominado “Sistema de Administración de Recursos Humanos en la Secretaría de Finanzas”, realizará las acciones necesarias para su inscripción en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación. CUARTO.- Notifíquese el presente Acuerdo al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. México Distrito Federal a 19 de diciembre de 2014. (Firma) ________________________________________ MARCOS MANUEL HERRERÍA ALAMINA DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS

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SECCIÓN DE AVISOS “CONCEPTUALIZADORA DE NEGOCIOS” S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 8 DE SEPTIEMBRE DE 2014 Activo Efectivo en caja Pasivo Capital

0 0 México, D.F. , a 7 de Enero de 2015. Liquidador MARGARITA ESCALONA CAMPOS (Firma)

“PROVEEDORA DE MATERIALES MEDICOS” S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 14 DE AGOSTO DE 2014 Activo Efectivo en caja Pasivo Capital

0 0 México, D.F. , a 7 de Enero de 2015. Liquidador MARICELA BEDOLLA ARROYO (Firma)

“KASIMU CONEXION SERVICIOS ESPECIALIZADOS” S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 6 DE NOVIEMBRE DE 2014 Activo Efectivo en caja Pasivo Capital

0 0 México, D.F. , a 7 de Enero de 2015. Liquidador MARIA HILARIA JUANA TRUJILLO MENDOZA (Firma)

“LLAMYCA” S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 13 DE NOVIEMBRE DE 2014 Activo Efectivo en caja Pasivo Capital

0 0 México, D.F. , a 7 de Enero de 2015. Liquidador MARIA HILARIA JUANA TRUJILLO MENDOZA (Firma)

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COPSLMV MEXICANA S.A. DE C.V. CME120907LD7 BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2014 CONCEPTO ACTIVO CIRCULANTE ACTIVO FIJO ACTIVO DIFERIDO TOTAL DE ACTIVOS

IMPORTE $ 0.00 $0.00 $0.00 $0.00

COMCEPTO PASIVO CORTO PLAZO TOTAL PASIVO CAPITAL SOCIAL TOTAL CAPITAL SUMA PASIVO MÁS CAPITAL

IMPORTE $ 0.00 $ 0.00 $ 0.00 $ 0.00 $ 0.00

La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 247de Ley General de Sociedades Mercantiles México D.F. a 17 de Diciembre de 2014 (Firma) Liquidador: C. DOMINGO CORTES OLGUIN

ADMINISTRADORA DE PERSONAL METROPOLITANA EBRI S.A. DE C.V. APM1209072L3 BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2014 CONCEPTO ACTIVO CIRCULANTE ACTIVO FIJO ACTIVO DIFERIDO TOTAL DE ACTIVOS

IMPORTE $ 0.00 $0.00 $0.00 $0.00

COMCEPTO PASIVO CORTO PLAZO TOTAL PASIVO CAPITAL SOCIAL TOTAL CAPITAL SUMA PASIVO MÁS CAPITAL

IMPORTE $ 0.00 $ 0.00 $ 0.00 $ 0.00 $ 0.00

La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 247de Ley General de Sociedades Mercantiles México D.F. a 17 de Diciembre de 2014 (Firma) Liquidador: C. DANIEL PEREZ MOSCOSO

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“ASESORA Y ADMINISTRADORA DE PROYECTOS Y NEGOCIOS” S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 30 DE OCTUBRE DE 2014 Activo Efectivo en caja Pasivo Capital

0 0 México, D.F. , a 7 de Enero de 2015. Liquidador CARLOS FERNANDEZ RAMIREZ (Firma)

NET SEGURIDAD PRIVADA S.A. DE C.V. NSP130607HXA BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2014 CONCEPTO ACTIVO CIRCULANTE ACTIVO FIJO ACTIVO DIFERIDO TOTAL DE ACTIVOS

IMPORTE $ 0.00 $0.00 $0.00 $0.00

COMCEPTO PASIVO CORTO PLAZO TOTAL PASIVO CAPITAL SOCIAL TOTAL CAPITAL SUMA PASIVO MÁS CAPITAL

IMPORTE $ 0.00 $ 0.00 $ 0.00 $ 0.00 $ 0.00

La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 247de Ley General de Sociedades Mercantiles México D.F. a 17 de Diciembre de 2014 (Firma) Liquidador: C. DANIEL PEREZ MOSCOSO

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CREDITO INMOBILIARIO, S.A. DE C.V., SOFOM, E.N.R. BALANCE DE INICIO DE LIQUIDACION AL 30 DE NOVIEMBRE DEL 2014 (Cifras en pesos)

ACTIVO

PASIVO

TOTAL DISPONIBLE

601,617.52

TOTAL OTRAS CUENTAS POR COBRAR

10,169.10

TOTAL IMPUESTOS A FAVOR

1,513,624.29

TOTAL MOBILIARIO Y EQUIPO

ACREEDORES DIVERSOS PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS

691,806.33 2,301817.47

IMPUESTOS POR PAGAR

1,030,974.44

TOTAL PASIVO

4,024,598.24

8,037.23 Capital Contable

TOTAL ACTIVO DIFERIDO

413,195.12 CAPITAL SOCIAL OTRAS CUENTAS DE CAPITAL TOTAL CAPITAL CONTABLE

TOTAL ACTIVO

2,546,643.26

SUMA PASIVO + CAPITAL CONTABLE

726,376,000.00 ############

-1,477,954.98 2,546,643.26 0.00

(Firma) ___________________________________________ MIGUEL ANGEL HERNANDEZ MELLADO LIQUIDADOR UNICO

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EDITORIAL FISCAL Y LABORAL, S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUDACION AL 15 DE NOVIEMBRE DE 2014

ACTIVO

PASIVO

BANCOS

$0.00

ANTICIPOS IVA ACREDITABLE

$0.00 $0.00

TOTAL ACTIVO

$0.00

CAPITAL

CUENTAS POR PAGAR

TOTAL PASIVO

$0.00

CAPITAL SOCIAL

$0.00

RESERVA LEGAL RESULTADO DE EJERCICIOS ANTERIORES RESULTADO DEL EJERCICIO TOTAL CAPITAL

$500,000.00 $3,887.85 -$490,753.01 -$13,134.84 $0.00

(Firma) LIC. SAUL URIBE BARROSO APODERADO LEGAL

INMOBILIARIA PALE, S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE JULIO DE 2014 ACTIVO BANCOS INVERSIONES EN VALORES TOTAL ACTIVO PASIVO TOTAL PASIVO CAPITAL CAPITAL SOCIAL FIJO RESULTADO DE EJERCICIOS ANTERIORES RESERVAS PERDIDA DEL EJERCICIO TOTAL CAPITAL CONTABLE TOTAL PASIVO + CAPITAL México, D.F. a 31 de Julio de 2014 Liquidador RICARDO ALBIN ZYCHLINSKY (Firma)

106,578 3,754,681 3,861,259 .00 2,755,217 2,066,272 500 -960,730 3,861,259 3,861,259

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OPERADORA DE ENTRETENIMIENTO PUCARA S.A. DE C.V. ESTADO DE POSICION FINANCIERA AL 31 DE SEPTIEMBRE DE 2014 ACTIVO CIRCULANTE: CAJA Y BANCOS IVA ACREDITABLE DEPOSITOS EN GARANTIA IDE SUMA ACTIVO CIRCULANTE NO CIRCULANTE: MAQUINARIA Y EQUIPO DEDUCCIÓN INMEDIATA ADAPTACIONES A LOCALES DEDUCCIÓN INMEDIATA SUMA ACTIVO CIRCULANTE TOTAL DE ACTIVO

82,146.68 413,236.81 89,834.80 1,369.00 586,587.28

835,580.01 -618,329.21 952,074.92 -542,682.70 626,643.02 1,213,230.30

PASIVO A CORTO PLAZO: PROVEEDORES IVA CAUSADO IVA PEND DE CAUSAR IMPUESTOS POR PAGAR: SUMA PASIVO CAPITAL CONTABLE CAPITAL SOCIAL APORTACIÓN FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL PERD. EJERCICIOS ANTERIORES PERDIDAD DEL EJERCICIO

SUMA CAPITAL CONTABLE SUMA PASIVO MAS CAPITAL

(Firma) ________________________________ LIC. MARIO SALAZAR MARTÍNEZ Notario Público No. 42 Puebla, Puebla. H. Puebla de Z., 05 de Noviembre de 2014.

-

100,000.00 3,579,001.22 -2,463,790.92 -1,980.00

1,213,230.30 1,213,230.30

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PROGRESEMOS DEL CENTRO DE VERACRUZ, S.A. DE C.V. (En Liquidación) Con fundamento en lo establecido por la fracción II del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles a continuación se publica el siguiente: Balance Final de Liquidación al 30 de septiembre de 2014 (Cifras en Pesos Mexicanos) ACTIVO Circulante Caja y Bancos Cheques M.N. Depósitos en Garantía Cartera Neta Créditos Comerciales Reserva Cuentas Incobrables Otras Cuentas por Cobrar IVA a Favor Otros deudores Total Activo Circulante Fijo Inmuebles y Mobiliario de Equipo Neto Total Activo Fijo Intangible Intangibles Total Activo Intangible Diferido Impuestos Diferidos Total Activo Intangible Total Activo PASIVO Circulante IVA Causado Pendiente de Pago Total Pasivo Circulante CAPITAL CONTABLE Capital Social Fijo y Variable Resultado de Ejercicios Anteriores Resultado del Ejercicio Total Capital Contable Total Pasivo Más Capital Contable

$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

$0.00 $0.00 $2’947,600.00 ($2’947,600.00) $0.00 $0.00 $0.00

Del Balance Final de Liquidación antes expuesto se desprende que no existe remanente distribuible entre los accionistas de Progresemos del Centro de Veracruz, S.A. de C.V. (la “Sociedad”) para ser distribuido entre sus accionistas conforme a la participación de cada uno de ellos en el capital social de la Sociedad. México, Distrito Federal, a 28 de noviembre de 2014 (Firma) _______________________________ Sergio Sánchez González Liquidador

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AVISO DE ESCISIÓN En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 228 bis, fracción V de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se informa a través de esta publicación, que por virtud de lo resuelto por la asamblea general extraordinaria de accionistas de Sercotel, S.A. de C.V., celebrada el día 7 de enero de 2015, se acordó la escisión de ésta, la cual, sin extinguirse, transmitirá a una sociedad escindida al momento en que surta plenos efectos la escisión, diversas partes de su activo, pasivo y capital social, que se señalan a continuación: (i) una parte del activo registrado en un importe de $35,000,000 M.N., asumiendo que la escisión se hubiere operado al 30 de noviembre de 2014; (ii) una parte del pasivo, por un total aproximado de $27,420,000,000 M.N., así como las obligaciones derivadas de los bienes y derechos que le corresponderán como consecuencia de la escisión; y (iii) una parte del capital social por un importe aproximado de $10,000,000 M.N. Una vez que haya surtido sus efectos la escisión y se haya constituido la sociedad escindida, esta última adoptará la metodología contable de acuerdo a las normas internacionales de información financiera (conmunmente conocidas como “NIIF” o por sus siglas en inglés “IFRS”), con lo cual el activo transferido a la escindida quedará registrado en un importe de $30,427,723,000 M.N., el pasivo en un importe de $27,420,000,000 M.N., y el capital social en un importe aproximado de $10,000,000 M.N. Asimismo, la escindida, por virtud de la escisión, es causahabiente a título universal, de los conceptos de activo, pasivo y capital social transmitidos. La sociedad escindida asumirá exclusivamente las obligaciones transferidas por virtud de la escisión, sin restricción alguna. Si la sociedad escindida incumpliera alguna de las obligaciones asumidas por ella en virtud de la escisión, se estará en lo aplicable, a lo dispuesto por el inciso d) del artículo 228 Bis de la Ley General de Sociedades Mercantiles. El presente texto es un extracto de la resolución de escisión respectiva. El texto completo del acta de la asamblea de accionistas correspondiente queda a disposición de socios o acreedores de la escindente que tengan interés jurídico, durante el plazo que obliga el artículo 228 bis, fracción V de la Ley General de Sociedades Mercantiles, en el domicilio ubicado en Lago Zurich No. 245, Piso 16, Colonia Ampliación Granada, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11529, México, D.F. (Firma) _________________________________ Luis Enrique Oliveros Arreaga Delegado Especial

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DIRECTORIO Jefe de Gobierno del Distrito Federal MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA Consejero Jurídico y de Servicios Legales JOSÉ RAMÓN AMIEVA GÁLVEZ Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos CLAUDIA LUENGAS ESCUDERO Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones EDGAR OSORIO PLAZA Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios MARCOS MANUEL CASTRO RUIZ INSERCIONES Plana entera ................................................................................................... $ 1,702.00 Media plana ......................................................................................................... 915.50 Un cuarto de plana .............................................................................................. 570.00 Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo, C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza. Consulta en Internet http://www.consejeria.df.gob.mx

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V., CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA No. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860. TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80 (Costo por ejemplar $26.50) AVISO IMPORTANTE Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados, por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.

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