Pena de Muerte

Castigos penales. Ejecuciones. El Arte de matar. Daniel Quiroga

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PENA DE MUERTE Aníbal QUIROGA LEON | Ultimos acontecimientos del drama lamentablemente cotidiano de nuestra sociedad nuevamente han traído a la mente de algunos antiguos y noveles legisladores, y de no pocas personas, la posibilidad de reinstaurar la pena de muerte. Ellos inevitablemente trae sesudos debates jurídicos, políticos y culturales acerca de la necesidad de la sociedad de defenderse adecuadamente, de la proporcionalidad de las penas, del factor discutidamente disuasivo de la pena capital, y hasta de su propia semántica como "pena" al ser terminal; cuando por su propia definición humanitaria, la punición legal debe ser siempre reeducativa, sancionadora y no vindicativa. Pero esto último resulta siendo lo más discutible. Y es que tal vez, y sin tal vez quizás, el plano de discusión de la pena de muerte es fundamentalmente moral, y por eso la imposibilidad de llegar a un consenso razonable, por eso la posición cambiante de la sociedad que, de tiempo en tiempo y de tumbo en tumbo, gira entre la pena de muerte y su proscripción. Siendo moral el real fondo de la discusión, esta jamás tendrá fin. No podemos, si queremos ser consecuentes con una verdadera vocación democrática, imponer nuestra moral a los demás, máxime cuando ella misma nos enseña el camino de la

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tolerancia, de la aceptación de los demás aunque no sean de nuestro agrado, del mutuo respeto. Es curioso comprobar que en ello, muchas veces se descubre una doble moral −que en el fondo es ninguna−, cuando por ejemplo los mismos personajes que a capa y espada −en el más fiel sentido de la expresión− reprueban a muerte (?) el tema del aborto, se definen partidarios de la pena de muerte como opción social en la sanción a lo que se entiende como los crímenes más aberrantes de nuestra sociedad, incluyendo en ello a importantes líderes de la Iglesia que, Biblia en mano, pueden incluso justificar su aplicación a la luz de su interpretación de las Sagradas Escrituras. El tema de la pena de muerte, sin solución teórica a la vista, enfrenta en realidad una "Cultura de Vida" con una "Cultura de Muerte". Saber si vamos a responder aún con la Ley de Talión, y si por cada vida arrebatada, arrebatáramos en nombre de la ley otra es lo que debemos determinar cara a nuestro futuro como sociedad, como Nación. Además de ello, el tema de la pena de muerte nos enfrenta a un problema de legalidad internacional. El Tratado Interamericano de Derechos Humanos de San José de Costa Rica, suscrito en 1969, y ratificado por el Perú por partida doble en 1978 y en 1980 −en este último caso, a nivel constitucional− señala taxativamente en su Art. 2º la prohibición de que los Estados partes que hayan suprimido la pena de muerte la reimplanten, o que luego de derogada en uno

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o más la extiendan a supuestos de hecho abandonados a esa fecha o futuro. Si bien en 1978 el Perú contemplaba la pena de muerte en caso de homicidio calificado contra miembros de las FFAA o FFPP, o violación de menores, en 1980 ello fue restringido por mandato constitucional a sólo un supuesto: la traición a la Patria en caso de guerra exterior; dejando fuera de tal sanción la traición a la Patria en tiempos de paz. Por ello nuestra obligación como Nación, so riesgo de incurrir en grave responsabilidad internacional, nos enfrentaría, en caso de tratar de reimplantar la pena de muerte de supuestos diferentes, a tener que denunciar el Pacto de San José, debiendo esperar los dos años de moratoria que su sistema de desvinculación exige, con el descrédito y la inconveniencia internacional que ello supondría, costos y responsabilidad que muy pocos valoran cuando prestamente lanzan sus propuestas al aire. Pero sobre la pena de muerte, cuya ausencia no nos ha impedido derrotar eficientemente casi toda actividad terrorista, y donde el confinamiento de por vida de sus principales cabecillas sea tal vez mejor castigo para éllos y para la sociedad, quizás quien mejor pueda adentrarnos en su reflexión más humana sea el Prof. Daniel SUEIRO (*), quien sobre el particular expresara: "A lo largo de los años y de los siglos ha ocurrido que sólo se ahorcó simplemente cuando hubo que dejar de descuartizar, sólo se agarrotó cuando hubo que dejar la espada o el hacha, sólo se gaseó o electrocutó

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cuando fue preciso dejar de linchar o arrancar la piel a tiras.... Cuando haya que dejar de electrocutar y gasear, de fusilar y agarrotar, de guillotinar y ahorcar, que no sea porque los reos puedan suicidarse a escondidas, sin hacérnoslo saber ni hacérnoslo sentir. Que sea porque se puede dejar de matar..." (*) El Arte de matar; Ed. Alfaguara; Madrid−Barcelona 1968.

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