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− Los sindicatos: Dentro de las disciplinas jurídicas reconocidas hoy en día, las relaciones de Derecho Sindical comienzan con el Derecho del Trabajo. El Derecho Sindical es un ente no visible, un ideal que persiguen los trabajadores para llegar a lograr sus fines de progreso y protección de los intereses comunes y que forma parte, indudablemente, del Derecho del Trabajo. Individualmente, este Derecho, presenta tres aspectos: • Libertad positiva de afiliación. • Libertad positiva de asociación. • Libertad de separarse del sindicato, sin que ello acarree consecuencias para los trabajadores. Colectivamente se descubren también cuatro posiciones en cuanto las posibilidades de constitución de los sindicatos: • Libre organización sindical. • La del sindicato obligatorio, impuesto por la violencia de los trabajadores. • La del sindicato obligatorio, establecido por el Estado (asociación compulsiva) • Sindicato apatronado. • Origen y Evolución del Derecho Sindical: Karl Marx y la escuela del materialismo histórico sostienen que es una consecuencia de la Revolución Industrial, es decir, de las grandes concentraciones que provocaron a mediados del siglo pasado los nuevos métodos de producción. A nuestro juicio, el sindicalismo es un método que tiene que ver no sólo con el modo de producir, sino con el proletariado, que no es necesariamente un miembro de la clase obrera, sino el hombre que integra cualquier grupo humano que, viviendo en el determinado momento de la evolución de una sociedad, no se siente históricamente identificado o solidarizado con la misma. El hombre se siente amenazado por la inestabilidad económica y extraño a su época, porque el poder económico o político le cierra el paso a todos los órganos desde los cuales pueden influir en su generación, sustituyen la sumisión al estado de derecho a que estan obligados, por una psicosis de tipo revolucionario. El proceso de proletarización es un producto de la inestabilidad de las condiciones económicas y de la formación de nuevas formas de opresión política; por eso, cada vez un número mayor de hombres se sienten proletarios. El sindicalismo es un poder de masa y en el siglo XX se han presentado varias tentativas de publicitación de esta fuerza: comunismo, fascismo, nazismo, con los cuales se pretendió sustuir la democracia liberal por una democracia más realista de extracción corporativa o popular. La importancia del sindicalismo parece hoy comparable a la de la oligarquía económica, conjuntamente con el miedo nuclear, como las grandes y poderosas fuerzas que arrastran en este momento a la humanidad hacia una nueva era, sin que los pueblos lo hayan advertido, porque, como según Lask, la mayoría de los hombres nacen y mueren sin haber tenido una idea de la fuerza que mueve al Mundo. El sindicalismo se define como la teoría y práctica sindical, encaminadas a la transformación de la sociedad y 1
del Estado. Inspirados los trabajadores por estas ideas, tiempo después empiezan a agruparse por empresas, en forma local y extendiendo su acción, posteriormente, a grandes uniones de una rama de la producción o actividad, en forma regional, nacional o internacional. Así, los trabajadores toman conciencia de su fuerza invocando el derecho individual, pero comienzan a preguntarse si no sería mejor buscar la transformación de la sociedad y el Estado, para imponer una justicia social. Se ligaron el movimiento obrero y las doctrinas sociales, y de esta unión nació el Sindicalismo, que se define diciendo que es la teoría y la práctica del movimiento obrero sindical encaminadas a la transformación de la sociedad y del Estado. La asociación profesional, de organismo económico−local, devino en cuerpo económico−político. Sindicalismo es la actitud política del movimiento obrero y es una consecuencia necesaria de la desigualdad social y no termina sino con el restablecimiento de la justicia o por la fuerza (Hitler y Franco). El fondo ideológico estuvo formado en sus orígenes por el pensamiento socialista. Socialismo es la doctrina social que pretende estructurar la vida económica sobre el trabajo. • Características del Sindicalismo: Carece de continuidad histórica al igual que el gremialismo medieval. Se siente presionado por la obsesión económica y por la preponderancia social, animado por una conciencia de clase y un proceso de hegemonía en el proceso de la producción. El sindicalismo es consecuencia del industrialismo. El sindicato es una organización de fines puramente profesionales; en tanto el sindicalismo es la doctrina que orienta a los sindicatos para fomentar aspiraciones que superan las estrictamente profesionales. Las diversas doctrinas, inspiradas en distintas intensidades políticas, sociales o religiosas, han llevado a considerar a los sindicatos como un instrumento de una revolución o evolución social como base de una sociedad futura. Se pueden clasificar estas actitudes en: • Sindicalismo Revolucionario: anarquistas, libertarios y comunistas. • Sindicalismo Reformista: se opone a la acción violenta y directa del proletariado como único sistema, pero sin rechazar la idea de que es un medio de lucha y que el proletariado debe organizarse a fin de obtener justificadas reivindicaciones. • Sindicalismo Cristiano: inspirado en el Rerum Novarum • Sindicalismo Comunista: utilización de la fuerza sindical para la implantación de sus ideales. • Sindicalismo de Estado o nacionalista: pretende apartarse de toda orientación política, manteniéndose en el campo puramente sindical. • Finalidades de los Sindicatos: El sindicalismo persigue la elevación de la persona humana, representada en el hombre que trabaja, y su fin inmediato es la superación del Derecho Individual del Trabajo dictado por el Estado. Este fin pertenece al futuro y es loa visión de una sociedad del mañana, construida sobre los pilares de la justicia social. Es un fin político. El sindicalismo, como fenómeno social, persigue la tendencia del proselitismo y del monopolio de la 2
representación de clase y caracterizado por el espíritu expansivo de los movimientos sociales y por la imposición de las tácticas sindicales, especialmente de la huelga. El artículo 206 de las Organizaciones Sindicales y del Delegado del Personal del Código del Trabajo, señala cuáles son las finalidades exactas: • Representar a los trabajadores en el ejercicio de los derechos emanados de los contratos individuales de trabajo, cuando sean requeridos por los asociados. • Canalizar inquietudes y necesidades de integración respecto de la empresa y de su trabajo. • Velar por el cumplimiento de las leyes sobre seguridad social o del trabajo, denunciar sus infracciones ante las autoridades administrativas o judiciales que correspondan, actuar como parte en los juicios y reclamaciones que den lugar a la aplicación de multas u otras sanciones. • Prestar ayuda a sus asociados y promover la cooperación mutua entre los mismos, estimular su convivencia humana e integral y proporcionarles recreación. • Promover la educación gremial, técnica y general de sus asociados. • Propender al mejoramiento de sistemas de protección contra riesgos de accidentes del trabajo y prevención de enfermedades profesionales, sin perjuicio de la competencia de los Comités Paritarios. • Construir mutualidades y otros servicios sin fines de lucro, en beneficio de sus asociados. Sólo los sindicatos de empresa tendrán derecho a negociar colectivamente • Grupos de Sindicación: Existen cuatro grupos en los cuales se pueden dividir los sindicatos: sindicato de empresa, sindicato interempresa, sindicato de trabajadores independientes y sindicato de trabajadores transitorios. Asimismo, en materia de constitución del sindicato, se reconocen tres grandes sistemas: libre, preventivo y de registro. • Análisis de lo anterior: Aún cuando este segmento sea breve, el cual también incluiremos en las conclusiones, es de gran importancia decir cómo la cuestión sindical se ha desarrollado. En estos últimos años los sindicatos no han podido representar en forma adecuada los intereses de sus afiliados. Y esto, asociado a un mejor desarrollo de la economía y a las relaciones entre las empresas y los trabajadores, a conllevado a que exista un cada vez menor interés de las personas por sindicalizarse y, por tanto, los sindicatos han visto reducirse los números de sus afiliados. Esto es obvio, ya que los trabajadores han llegado a la conclusión de que logran más rápida y eficazmente sus objetivos, sin tener que pagar la respectiva cuota sindical y sin tener que aceptar que terceras personas representen sus intereses.
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