EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EDIFICIOS: NUEVO REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN EDIFICIOS (RITE)

EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EDIFICIOS: NUEVO REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN EDIFICIOS (RITE). Para adaptarse al marco normativo europeo, España

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EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EDIFICIOS: NUEVO REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN EDIFICIOS (RITE). Para adaptarse al marco normativo europeo, España ha publicado recientemente el Reglamento de Instalaciones Térmicas de Edificios (RITE) y por ello, la Junta de Castilla y León, por medio del Ente Regional de la Energía de Castilla y León (EREN), está organizado Jornadas Técnicas para dar a conocer las novedades del nuevo Reglamento en nuestra Comunidad Autónoma. El RITE, se redacta para transponer la Directiva 2002/91/CE, de 16 de diciembre de 2002, de eficiencia energética en edificación, que tiene el objetivo de fomentar la eficiencia energética de los edificios, teniendo en cuenta tanto las condiciones climáticas exteriores como las particularidades locales. Para trasponer esta normativa, España aprueba en marzo del 2006 el Código Técnico de la Edificación, el cuál establece las exigencias básicas que deberán cumplir los edificios, en relación con los requisitos básicos de calidad, seguridad y habitabilidad. Además, el 19 de enero de 2007, se aprobó el RD 47/2007, de certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción, para ofrecer información objetiva sobre las características energéticas de los edificios, de forma que se pueda valorar y comparar su eficiencia, con el fin de promocionar los edificios de alta eficiencia energética y las inversiones de ahorro de energía. Por todo ello, surge la necesidad de modificar el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), aprobado en julio de 1998, incorporando, además, la experiencia de su aplicación práctica durante los últimos años. Con todos estos antecedentes, el 29 de julio de 2007 se publica el RD 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, fijando de esta forma las exigencias de eficiencia energética y de seguridad que deben cumplir los sistemas de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria en los edificios para atender la demanda de bienestar e higiene de las personas. La entrada en vigor de este nuevo Reglamento, tuvo lugar el 29 de febrero, y por ello se realizaron varias jornadas a nivel nacional impulsadas por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través del IDAE, el Ministerio de la Vivienda, y con la colaboración de las Comunidades Autónomas. Así, en Castilla y León se celebraron jornadas técnicas en Valladolid y León donde se presentaron las novedades más importantes que implica este nuevo Reglamento, contando con las experiencias de la Asociación Española de Climatización y Refrigeración (ATECYR), cuyos miembros han colaborado en la redacción del texto del nuevo RITE. Estos encuentros fueron organizado por el Ente Regional de la Energía de Castilla y León (EREN), como organismo responsable del fomento del ahorro y

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eficiencia energética y de las energías renovables en esta Comunidad Autónoma, dentro de la Dirección General de Energía y Minas y la Dirección General de Industria, como responsable de la Seguridad Industrial. Destacan en el Real Decreto, su carácter de reglamentación básica del Estado, si bien, las Comunidades Autónomas podrán introducir requisitos adicionales sobre las mismas materias cuando se trate de instalaciones ubicadas en su territorio. Dicho Reglamento, únicamente afecta a las instalaciones térmicas en los edificios de nueva construcción y a las instalaciones térmicas en los edificios ya construidos, en lo relativo a su reforma, mantenimiento, uso e inspección, siempre que incorpore nuevos sistemas, cambie el tipo de energía o el uso previsto del edificio. El Reglamento presenta un enfoque basado en prestaciones u objetivos, es decir, que expresa los requisitos que deben cumplir las instalaciones, pero sin obligar al uso de una determinada técnica o material, ni impidiendo la introducción de nuevas tecnologías. En cuanto al contenido del Reglamento del RITE, cabe destacar, su marcado carácter técnico, formado por un texto articulado con dos partes diferenciadas. Una de ellas explica las condiciones generales de aplicación del RITE, y la segunda, con las instrucciones técnicas que desarrollan dichas condiciones. En esencia, las instalaciones deben diseñarse, ejecutarse, mantenerse y utilizarse, de forma que se cumplan las exigencias técnicas de bienestar e higiene, eficiencia energética y seguridad que establece el reglamento según las instrucciones técnicas. Respecto al Bienestar e Higiene, el RITE establece los parámetros para que las instalaciones permitan una calidad de aire interior y una calidad del agua caliente sanitaria aceptables para los usuarios, así como un adecuado confort acústico. En relación a la Eficiencia Energética, el Reglamento establece que las instalaciones térmicas deben diseñarse, calcularse, ejecutarse, mantenerse y utilizarse de forma que se reduzca el consumo de energía convencional de las instalaciones térmicas, y por tanto las emisiones de gases de efecto invernadero y otros contaminantes atmosféricos, utilizando para ello sistemas eficientes energéticamente, la recuperación de energía y la utilización de las energías renovables y de las energías residuales. Es de destacar, que se establece una fecha límite para la instalación en el mercado español de las calderas por debajo de un rendimiento energético mínimo. Así, las calderas de una estrella y las atmosféricas desaparecerán a partir del 1 de enero de 2010. El nuevo Reglamento, también fija que las calderas de carbón estarán prohibidas a partir del 1 de enero de 2012, a la vez que se fomenta la instalación de calderas que permitan reducir las emisiones de óxidos de nitrógeno y otros contaminantes, lo cuál supondrá una mejora en la calidad del aire. De esta forma, se fomenta el uso de las energías renovables, tanto de la energía solar como la biomasa, con el objetivo de cubrir con estas energías, al menos, una parte de las necesidades del edificio.

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Un aspecto a señalar, son las instalaciones solares térmicas que no dejan de ser una instalación más, por ello es importante la formación de técnicos expertos en la materia a nivel de montaje, mantenimiento uso o inspección de las mismas. Con relación a la Seguridad, las instalaciones térmicas deberán prevenir y reducir el riesgo de sufrir accidentes que impliquen daños para las personas y el medio ambiente, o produzcan molestias o enfermedades. Además, en el Reglamento, se incluyen otras tres instrucciones técnicas sobre el Montaje, Mantenimiento y Uso y la Inspección de las instalaciones, siendo en todo caso el objetivo la eficiencia energética, el ahorro de combustible, el mantenimiento del medio ambiente y la seguridad, confort e higiene de las personas. Además, se ha creado la Comisión Asesora, a nivel nacional, para las instalaciones térmicas de los edificios, que será el órgano encargado de analizar los resultados en la aplicación del Reglamento y proponer las modificaciones en el mismo que se consideren necesarias. Hay que señalar, que con el nuevo Reglamento, no se requiere la concesión de ninguna autorización previa, únicamente se presentará la documentación ante la Administración, para su depósito y registro, una vez terminadas las instalaciones. En cuanto a los Instaladores, que van a ejecutar las instalaciones, según el nuevo Reglamento, solo se establece una categoría, frente a las 4 del Reglamento anterior. De esta forma, el nuevo instalador-mantenedor, estará habilitado para instalar y mantener las instalaciones de calefacción, energía solar térmica, agua caliente sanitaria y climatización. Debido al carácter básico del Reglamento, los nuevos carnés también tendrán una validez nacional, con independencia de la Comunidad Autónoma que se lo haya concedido. Siguiendo estas líneas, la Junta de Castilla y León, publica diversas ayudas para incentivar el ahorro, la eficiencia energética y la utilización de energías renovables, en programas en los que también participan el EREN y el IDAE. Es de destacar, la Orden de Ayudas para la mejora de la Envolvente Térmica de los edificios existentes, destinada a reducir la demanda energética en calefacción y refrigeración, mediante la aplicación de criterios de eficiencia energética en los cerramientos del edificio. La mejora de la envolvente térmica de los edificios existentes, se contempla dentro del convenio firmado en 2007 entre la Junta de Castilla y León y el IDAE, para la definición y puesta en práctica de las actuaciones encuadradas en el Plan de Ahorro y Eficiencia Energética (E4) de 2004-2012. Los edificios representan el 40% de la demanda energética europea, por ello las reformas importantes de los edificios existentes brindan una excelente oportunidad para poner en marcha medidas que aumenten de forma eficaz su rendimiento energético.

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En este sentido, el aislamiento térmico constituye un factor fundamental, dado que es una medida sencilla, fiable y de coste y plazo de amortización viable para alcanzar un interesante ahorro energético, limitar las emisiones de CO2 y proporcionar bienestar para el usuario. No es posible la eficiencia energética de los edificios sin la protección térmica de la envolvente, o lo que es lo mismo, sin el aislamiento térmico adecuado de sus soluciones constructivas. Un edificio mal aislado consume más energía, contamina más, cuesta más y, por tanto, genera malestar a todo el mundo. Pero, ¿qué es la envolvente térmica? Es todo el conjunto de cerramientos del edificio que separan los recintos habitables del ambiente exterior (aire, terreno u otro edificio), así como las particiones interiores que separan los recintos habitables de los no habitables, que a su vez estén en contacto con el ambiente exterior. Las características de la envolvente térmica del edificio, de cómo haya sido diseñada ésta por el proyectista, normalmente un arquitecto, harán que su demanda energética en las diferentes estaciones sea mayor o menor. La Junta de Castilla y León es la encargada del diseño y puesta en marcha de este programa de subvenciones, estableciendo las bases reguladoras y los procedimientos de tramitación de las mismas. El EREN, es la entidad colaboradora designada para la gestión de las solicitudes de ayuda. Los potenciales beneficiarios de estas ayudas son particulares, propietarios de edificios del sector terciario y de edificios de viviendas, comunidades o mancomunidades de vecinos, Ayuntamientos, Juntas Vecinales, Diputaciones Provinciales y Asociaciones sin ánimo de lucro. Son objeto de las subvenciones todas las actuaciones energéticas sobre la envolvente térmica, ya se trate de soluciones constructivas convencionales o no convencionales; las primeras son las que se suelen utilizar para disminuir la demanda energética de los edificios como, por ejemplo, actuaciones en fachadas, cubiertas, carpinterías exteriores, vidrios y protecciones solares. En cuanto a las soluciones no convencionales, se refieren a las medidas que engloba el término “arquitectura bioclimática”, y entre ellas están los muros trombe, muros parietodinámicos, invernaderos adosados, sistemas de sombreamiento, ventilación natural, etc. La rehabilitación de la envolvente térmica que se realice deberá cumplir con los requisitos mínimos de eficiencia energética recogidos en el documento HE1 de limitación de demanda energética del Código Técnico de Edificación. En cuanto a los tipos de ayuda, estas son subvenciones directas de capital. La cuantía máxima de la ayuda será del 22% del coste elegible con un máximo de 20.000€ para proyectos de vivienda y por cada vivienda afectada, y de 300.000€ para proyectos de edificios del sector terciario. Para justificar el ahorro energético es preciso presentar con la solicitud de subvención una memoria técnica que analice el consumo energético antes de la actuación y después de ésta.

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En Castilla y León hay aproximadamente 1.500.000 viviendas cuyo consumo energético para calefacción se puede estimar en 1 millón de teps. Si se ahorrara un 20% con actuaciones de mejora de la envolvente térmica, dejaríamos de emitir anualmente del orden de 500.000 toneladas de CO2.

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