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EL CULTIVO DEL ARROZ Y EL MERCADO DEL CARBONO
El empleo del nitrógeno en el arrozal Entre las medidas agroambientales que son de aplicación en las zonas húmedas de nuestro país destaca la que se deriva de la reducción de la aplicación de abonos químicos nitrogenados, con unos límites máximos de 120 UF/Ha. en el caso de las variedades de grano corto (Japónica) o bien de 150 UF/Ha. para el caso de las variedades de grano largo (Indica). Pues bien, las subvenciones que se perciben por tal concepto por parte de los agricultores arroceros y enmarcadas en el nuevo régimen de ayudas al desarrollo rural del Contrato Global de Explotación, podrían verse incrementadas de tenerse en cuenta su contribución a la disminución de las emisiones de los gases que contribuyen al efecto invernadero (GEI) y al consecuente recalentamiento de la atmósfera. En este sentido, la tecnología NUE (Nitrogen Use Efficiency) debería ser indispensable para el cultivo del arroz, debido a la importancia de dicho cereal como alimento básico de una gran parte de la población mundial, así como su aplicación a las necesidades nutricionales de los celíacos, por su ausencia de gluten. Si se tienen en cuenta el crecimiento de la población planetaria y la necesidad de aumentar proporcionalmente la producción alimentaria en general, y la arrocera en particular, la tecnología UE puede constituir una herramienta de singular importancia para minimizar el impacto de la agricultura en el calentamiento climático.
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El acuerdo Arcadia-China La empresa americana Arcadia Biosciencies, Inc. ha anunciado un acuerdo con el gobierno de la región china autónoma de Ningxia Hui (Ningxia) que establece las bases para una metodología de “créditos de carbono” aplicables al cultivo del arroz. Este sistema constituye un procedimiento innovador para reducir de manera significativa los GEI mediante la utilización eficiente del nitrógeno. Arcadia trabajará conjuntamente con la Ningxia Academy of Agricultural and Forestry Sciences (NAAFS) con el fin de desarrollar esta metodología. Desde abril de 2007 (que, al igual que en nuestro país tiene lugar el inicio de la temporada de plantación de arroz en la región), Arcadia y NAAFS comenzaron las experiencias en Ningxia para calcular las emisiones de gas de efecto invernadero resultante del cultivo del arroz. Además, tienen como objetivo medir la disminución de estas emisiones consecutivas reduciendo el empleo de abonos nitrogenados. Arcadia desarrolló y demostró, con su tecnología NUE, que es posible guardar un alto nivel de productividad de la cosecha con un 50-60% de unidades fertilizantes de N2 de menos.
Los mercados de carbono Los mercados de carbono surgen en el mundo como una vía complementaria, alternativa y económicamente viable al compromiso asumido por muchos países, empresas e individuos para disminuir las emisiones de dichos gases, una de las principales causas del cambio climático que está sufriendo el planeta. Los mercados de carbono pueden definirse genéricamente como el ámbito donde se negocian e intercambian unidades representativas de derechos de emisión de GEI y/o certificados de reducción de emisiones entre gobiernos, corporaciones privadas, organismos internacionales, brokers, bancos e individuos. Desde el punto de vista ambiental y en atención a las características de substitutibilidad de los GEI en la atmósfera, sin perjuicio del lugar físico o jurisdicción política desde donde se emitan, es posible referirse a estos mercados como de dimensiones globales y a los permisos y/o créditos que se comercializan en ellos como commodities. El mundo registra transacciones basadas en GEI desde la década de los 90, ya sea como complemento de sistemas de reducción de emisiones impuestos a nivel nacional y/o estatal y/o iniciativas de empresarios que buscan mejorar una imagen corporativa en base a estas prácticas que son vistas como "ambientalmente amigables".
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El Protocolo de Kyoto Sin embargo, el verdadero impulso a los mercados de carbono se produce a partir de la entrada en vigencia del Protocolo de Kyoto (PK) en el mes de febrero de 2005 y del lanzamiento de sistemas de comercio de emisiones de GEI nacionales y/o regionales que se anticiparon al mismo (como el UK Emission Trading Scheme en el Reino Unido o más recientemente el EU en la Unión Europea) y que, en el último caso, admite el comercio de unidades de carbono previstas por el Protocolo. El PK es un tratado de alcance internacional creado en 1997 cuyo aspecto más relevante es la fijación e imposición de límites cuantitativos para las emisiones de gases efecto invernadero (GEI) de los países industrializados. El PK fue ideado con el objeto de poner en marcha la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CNUCC) acordada en la Conferencia de Ambiente y Desarrollo de las Naciones Unidas realizada en la ciudad de Río de Janeiro en el año 1992. A través del PK los países desarrollados del mundo, que han ratificado el acuerdo, asumieron un compromiso legal y vinculante de reducir sus emisiones de GEI en un promedio de 5,2% con respecto a los niveles de emisiones del año 1990. Esta reducción de emisiones debe realizarse en el período 20082012 al finalizar el llamado "Primer período de compromiso". Los países ratificantes del PK se denominan Partes y se agrupan según su grado de desarrollo como países Anexo I y países no Anexo I. El primer grupo
4 se integra con países desarrollados que han adoptado compromisos de reducción de GEI y el segundo con países en desarrollo que, por este motivo, no han asumido obligaciones de disminución de emisiones pero que contribuyen al objetivo del Protocolo a través de la acogida en sus territorios de actividades que reduzcan y/o absorban cantidades de GEI en la atmósfera. El PK contempla la disminución de seis clases de GEI: dióxido de carbono (CO2); metano (CH4); óxido nitroso (N2 O); hidrofluorocarbonos (HFC); perfluoro carbono (PFC) y hexafluoruro de azufre (SF6) a un 5,2% menos del nivel de emisiones de 1990. A estos gases se les asigna un potencial de generación de efecto invernadero que permite referenciar cada uno al CO2 y así utilizar como unidad común de referencia el CO2 equivalente.
Los mecanismos del Protocolo Con carácter suplementario a las políticas nacionales de reducción de emisiones de GEI, el PK introduce tres mecanismos cuyo objetivo principal es ofrecer a las Partes medios para recortar las emisiones con menos gastos en el exterior que en el propio país, promoviendo el desarrollo de un mercado global de comercialización de permisos y/o créditos de carbono (CER): - Mecanismo para un Desarrollo Limpio (MDL): a través del MDL se promueve la realización de proyectos de reducción y/o absorción de emisiones de GEI en países no Anexo I a cambio de reducciones de emisiones
5 certificadas (CER). Los CER derivados de estos proyectos pueden ser comercializados libremente y serán finalmente utilizados por las Partes del Anexo I para dar cumplimiento a las obligaciones asumidas en Kyoto. Los proyectos MDL deben contar con la aprobación de todas las Partes implicadas (no Anexo I y Anexo I involucradas) y ser registrados ante la Junta Ejecutiva del MDL (EB), dependiente de la Conferencia de las Partes del PK. Los proyectos MDL deben contribuir al desarrollo sostenible y dar lugar a bene ficios reales, mensurables y duraderos para el clima, en forma de reducción y/o absorción de emisiones de GEI, adicionales a las que se habrían producido sin el proyecto. - Mecanismo de Implementación Conjunta (IC): el IC permite a los países Anexo I ejecutar proyectos que reduzcan las emisiones o consigan una mayor absorción utilizando sumideros, en otros países Anexo I. Las unidades de reducción de emisiones (ERU) generadas por estos proyectos pueden utilizarse por las Partes inversoras Anexo I para ayudar a cumplir sus objetivos de emisión. Los proyectos de IC deben contar con la aprobación de todas las Partes involucradas para dar lugar a las reducciones y absorciones de emisiones que sean adicionales a las que se habrían registrado en su ausencia. - Comercio de derechos de emisión: a través de este régimen los países del Anexo I y/o sus empresas pueden comercializar libremente unidades de sus cantidades atribuidas (AAU) que les fueron asignadas de conformidad con sus niveles de emisiones de GEI y de acuerdo con los términos del Protocolo. Este sistema permite a las Partes Anexo I adquirir AAU de aquellos sectores (sería el caso del arroz español) que cuenten con excedentes de las mismas por haberles resultado más fácil y económico disminuir las cantidades de GEI que envían a la atmósfera en sus actividades y/o procesos productivos. Nuestro país puede tener una participación destacada en los mercados de carbono. A través de la promoción y ejecución de actividades que se registren como proyectos MDL nuestro país y su sector privado pueden contribuir al cumplimiento de los objetivos del PK generando, a su vez, un atractivo y promisorio mercado de créditos de carbono (CER) de comercialización mundial. Además, la realización de actividades dentro del procedimiento del MDL es un instrumento de impulso para la inversión internacional y la transferencia de fondos y tecnología por parte de países desarrollados a países del tercer mundo. Cualquier persona física y/o jurídica puede ser proponente de proyectos MDL. El MDL incluye la ejecución de actividades tendientes a reducir emisiones en el sector agrícola, mediante la reducción de emisiones de gases CH4 y N2O. Con el objetivo de dar a conocer la idea de proyecto a técnicos especializados, futuros inversores y desarrolladores del proyecto, los proponentes pueden elaborar un primer documento que incluya información y cálculos preliminares de la idea. De esta forma, terceros interesados pueden tener una aproximación al potencial proyecto y discutir los términos del mismo antes de entrar en la fase formal del procedimiento del MDL.
6 Una vez analizada la viabilidad técnica y económica financiera de una determinada actividad a la luz del MDL se inicia el denominado “ciclo de proyecto MDL”. Un proceso complejo que incluye un mecanismo de aprobación en fase nacional del país huésped y del país Anexo I si interviniere alguno en el proyecto, y un proceso de análisis y registro del proyecto en fase internacional ante el EB.
Josep Ma. Franquet Bernis Dr. Ingeniero Agrónomo, EUR-ING Dr. en Ciencias Económicas y Empresariales