El impacto de la Ley Que ningún niño quede rezagado en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades

Universidad Metropolitana Escuela de Educación Programa Graduado El impacto de la Ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos de

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Universidad Metropolitana Escuela de Educación Programa Graduado

El impacto de la Ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades

Jamyr Resto Román Mayo, 2009

Sumario La investigadora desarrolló un estudio descriptivo tipo documental sobre el impacto de la Ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades. El propósito de este estudio documental es identificar el efecto de la ley NCLB en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades. El problema planteado en este estudio son los limitados trabajos de investigación que existen y los documentos académicos que incluyen el tema del impacto de la Ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidad. El trabajo de investigación se basa en que la ley NCLB estipula la participación de los estudiantes con discapacidades en los procesos de enseñanza a base de los estándares académicos. En el mismo se utilizó como instrumento una rúbrica creada por la investigadora y validada por la profesora mentora, en la cual se recopiló la información necesaria para esta investigación. La muestra fue localizada por disponibilidad para un total de 28 revisiones de literatura. Las preguntas de investigación que se formularon para este trabajo investigativo tipo documental son las siguientes: ¿Cuáles son las disposiciones, relacionadas a los estudiantes con discapacidades, qué estipula la Ley “Que ningún niño quede rezagado”? ¿Cuál ha sido el impacto de la Ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades? ¿Cómo se estará aplicando la Ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos que reciben los estudiantes con discapacidades?.

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La información recopilada fue examinada estadísticamente mediante la frecuencia y el por ciento de la muestra. Los resultados son representados en tablas y gráficas con su correspondiente análisis e interpretaciones. Entre los resultados más relevantes se encontró que el 32% de los documentos revisados, mencionan el tema sobre las disposiciones que estipula la ley NCLB en los derechos que tienen los estudiantes con discapacidades. Por igual, el 50%, explican el impacto significativo que ha tenido la ley NCLB, en métodos de enseñanza a los estudiantes con discapacidades. Por último, se encontró que las áreas en las cuales se está aplicando la ley NCLB, para beneficiar a los estudiantes con discapacidades son: la participación de estos estudiantes en evaluaciones estandarizadas, modificaciones a los currículos y creación de programas para el fortalecimiento de destrezas.

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Dedicatoria A mi Dios Todo Poderoso, porque con su bendición, ayuda y dirección obtuve fuerzas para realizar esta ardua jornada, añadiendo la perseverancia necesaria para lograr completarla. A mis amados padres, Juan y Myrna por su incondicional ayuda, sabiduría, consejos, esmero, dedicación y enseñanza, me han demostrado que “el cielo es el límite” ustedes siempre serán parte esencial en mi vida. A mi amado esposo, Miguel, por su ayuda, paciencia, soporte, facilitador y consejero, ya que me inspiraste a continuar hasta el final. A mi abuela, Mercedes y mi tía Mildred, por su amor, dedicación, esfuerzos y cuidar siempre de nosotros y sobre todo por ayudarme a cuidar a mi hija. A mi hermano, Edgardo, su esposa Lucy e hijos, Luis Edgardo, Luz Diany y muy pronto la llegada de Myrna Luz por su amor, ayuda, alegría y entusiasmo. A mi suegra, Awilda, por sus detalles y ser parte del equipo de cuido de mi hija. A mis amigos, Raquel, Keila, Omaira y Armando, por su tiempo, dedicación y por enseñarme con sus acciones que hay que ser persistente y luchar por las metas trazadas. A mis padres segundos Rafael y Dolli, por su incondicional ayuda, amor y sus palabras de elogio, ustedes me han enseñado que los obstáculos a pesar de la adversidad y con ayuda de Dios se pueden vencer. Especialmente este trabajo va dedicado a ti Jamilka, mi hija maravillosa, que con tus pequeñas huellas de amor, alegría, picardía y sonrisa me has confortado y ayudado en los momentos difíciles de arduo trabajo. A todos, Gracias, sus huellas quedarán impregnadas por siempre en mi corazón. ¡ Que Dios Los Bendiga! iii

Agradecimiento Deseo reconocer a todos mis queridos colegas y amigos que contribuyeron en los procesos de preparación de este trabajo. A la Dra. Awilda Núñez Sánchez que me enseñó durante todos estos años a defender los derechos de los estudiantes con discapacidades. Siendo mi profesora mentora y guía. A la profesora y amiga Sra. Elizabeth Bonano quien me ofreció su ayuda incondicional. Por último, a mis estudiantes los cuales son mi inspiración, un desafío continuo el cual va enriqueciendo diariamente mi vida. Cultivando en ella conocimientos, vivencias y experiencias que forman a su vez parte del impartir la enseñanza individualizada en la sala de clases. Sin sus fabulosas contribuciones, ideas y sugerencias no lo hubiera logrado.

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Tabla de Contenido Sumario .....................................................................................................................

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Dedicatoria................................................................................................................

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Agradecimientos.......................................................................................................

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Tabla de Contenido ..................................................................................................

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Listas de Tablas ........................................................................................................

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Lista de Gráficas ......................................................................................................

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Capítulo I: Introducción..........................................................................................

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Planteamiento del Problema ..........................................................................

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Justificación ...................................................................................................

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Objetivos de la investigación .........................................................................

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Preguntas de la investigación .........................................................................

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Limitaciones ...................................................................................................

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Delimitaciones ...............................................................................................

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Definiciones de Términos .............................................................................

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Resumen del Capítulo ...................................................................................

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Capítulo II: Revisión de Literatura........................................................................

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Introducción ...................................................................................................

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Antecedentes de la Investigación ...................................................................

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Trasfondo Histórico y Legal ..........................................................................

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Implicaciones en la Educación.......................................................................

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Marco Teórico ................................................................................................

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Marco Conceptual ..........................................................................................

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Métodos de Evaluación para los Estudiantes con Discapacidades ................

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Investigaciones Educativas ............................................................................

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Resumen del Capítulo ....................................................................................

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Capítulo III: Metodología .......................................................................................

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Introducción ...................................................................................................

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Diseño de la Investigación .............................................................................

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Preguntas de Investigación ............................................................................

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Descripción de la Muestra ............................................................................

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Procedimiento de la Investigación .................................................................

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Descripción del Instrumento de Investigación ...............................................

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Análisis de Datos ...........................................................................................

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Limitación del Estudio ...................................................................................

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Delimitaciones del Estudio ............................................................................

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Resumen del Capítulo ....................................................................................

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Capítulo IV: Análisis e Interpretación de los Hallazgos ......................................

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Introducción ...................................................................................................

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Análisis e Interpretación de los Hallazgos .....................................................

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Discusión de los Hallazgos ............................................................................

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Resumen del Capítulo ....................................................................................

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Capítulo V: Conclusiones, Implicaciones y Recomendaciones ............................

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Introducción ...................................................................................................

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Conclusiones ..................................................................................................

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Implicaciones .................................................................................................

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Recomendaciones ..........................................................................................

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Recomendaciones para Futuras Investigaciones ............................................

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Resumen del Capítulo ....................................................................................

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Referencias................................................................................................................

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Lista de Tablas Tabla 1: Distribución porcentual de las relaciones a los estudiantes con discapacidades, que estipula la Ley “Que ningún niño quede rezagado” ....

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Tabla 2: Distribución porcentual localizada en la literatura, relacionada al impacto de la ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades .........................................

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Tabla 3: Distribución porcentual de las aplicaciones de la Ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos que reciben los estudiantes con discapacidades ......................................................................

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Tabla 4: Distribución porcentual de los años de publicación de la literatura localizada en los servicios educativos que reciben los estudiantes con discapacidades ................................................................................................

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Lista de Gráficas Gráfica 1: Disposiciones que estipula la ley NCLB ..................................................

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Gráfica 2: Impacto de la ley NCLB en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades .................................................................

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Gráfica 3: Aplicaciones de la ley NCLB en los servicios que reciben los estudiantes con discapacidades .................................................................

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Gráfica 4: Años de publicación de la literatura localizada ........................................

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Capítulo I Introducción La historia de educación especial ha marcado trascendencia para los historiadores y educadores en las artes de la educación, ya que al pasar los tiempos se ha identificado que no todos los estudiantes aprenden de la misma manera (Armstrong, 2003). Al poder establecer la necesidad de aprender de diferentes maneras, el Congreso de los Estados Unidos ha creado leyes que protegen y cobijan los derechos de los estudiantes con discapacidades. Por tal razón los estados han tenido que regirse por leyes federales que aportan a los esfuerzos de integrar a los estudiantes en el ambiente menos restrictivo. En Puerto Rico el Departamento de Educación se rige por las leyes federales y estatales que tienen el propósito de proteger los derechos de los estudiantes con discapacidades. La educación especial es una instrucción específicamente diseñada para satisfacer las necesidades únicas de los niños con discapacidades, de las edades de 0 a 21 años. Además, esta educación incluye una instrucción especial en la sala de clases, en el hogar, en los hospitales, en las instituciones, o en otros ambientes (Ley IDEIA, 2004). Según Godoy, Meza & Salazar (2004), la población con discapacidades históricamente ha sido uno de los grupos que ha sufrido de mayor discriminación en el sistema social y educativo. Por otro lado, Mateos (2008), indica que los avances teóricos y prácticos en el área de Educación Especial han desarrollado en los últimos años a nivel federal y estatal la necesidad de proveerle diversidades educativas a los estudiantes con discapacidades. Colocando de manifiesto la necesidad urgente de crear nuevas alternativas educativas para los Programas de Educación Especial como en los

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Programas de Educación Regular para proveerle variedades educativas adecuadas y de calidad, que favorezcan el acceso, la permanencia y el egreso de los estudiantes con discapacidades en el sistema escolar. Además, Casanova (2005), menciona que los servicios de educación especial deben ser ofrecidos en distintas alternativas educativas; los servicios educativos que recibirán los estudiantes con discapacidades dependerán de las necesidades educativas que requiera el estudiante con discapacidad. Los servicios educativos se podrían ofrecer en las siguientes alternativas de ubicación: educación en un salón regular con maestro consultor, en un salón regular con un maestro itinerante, en un salón de educación especial a tiempo parcial o tiempo completo y en una escuela especial. Mateos (2008), indica que en la actualidad, dialogar de Educación Especial implica tener presentes los cambios experimentados y abruptos en el campo, iniciándose con los mismos términos de Educación Especial tales como: discapacidad, dificultades de aprendizaje y necesidades educativas especiales. Sin embargo, Casanova (2005), indica que los cambios que han surgido en la Educación Especial para beneficiar a los estudiantes con discapacidades, los cuales se deben a las leyes federales estadounidenses, tales como, la Ley Federal Pública Núm. 94-142 del 1973; la Sección 504 de la Ley Federal Núm. 93-112 de Rehabilitación Vocacional; Ley Federal Núm. 101-476, conocida como Ley de Educación para Personas con Discapacidades (IDEA por sus siglas en inglés) surge por una enmienda a la Ley Pública 94-142; y la Ley Federal 101336 (ADA por sus siglas en inglés), aprobada en el 1990, conocida como Ley de Norteamericanos con Impedimentos. Conforme a Hardman & Dawson (2008), las leyes federales han contribuido para la iniciación inmediata de la eliminación de las barreras

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físicas y psicológicas que habían aislado y segregado a los estudiantes con discapacidades. Schrag (2003), expone que el gobierno federal ha enmendado leyes, como la, Ley Federal Núm. 107-110 del 2001, mejor conocida como la Ley “Que ningún niño se quede rezagado” (NCLB por sus siglas en inglés), que buscan la igualdad de condiciones para los estudiantes con discapacidades. Además, Cortiella (2007), indica que la Ley NCLB ha marcado un precedente en la reforma educativa al tener como objetivo mejorar el rendimiento académico de los estudiantes incluyendo a los estudiantes con discapacidades. Con la aprobación de la Ley NCLB el Congreso de Estados Unidos, reautorizó la Ley de Educación Primaria y Secundaria (Elementary and Secondary Education Act, 1965, conocida en inglés por sus siglas ESEA). La Ley NCLB representa una reforma fundamental de las iniciativas federales de apoyo a la enseñanza primaria y secundaria en los Estados Unidos. La Ley NCLB está fundamentada en cuatro principios: la responsabilidad de los resultados en las Pruebas de Ejecución por escuela; mayores opciones para los padres; y mayor control local y flexibilidad. La Ley NCLB, establece la integración de los estudiantes con discapacidad e indica que todos los estudiantes tienen el derecho de ser evaluados utilizando los estándares académicos, para que logren dominar y alcanzar los niveles de aprendizaje, establecidos por los grados académicos (Henley, Ramsey & Algozzine, 2006). La Ley NCLB, contempla el proveer responsabilidad pública en las escuelas, distritos escolares y estados para todos los estudiantes con discapacidades. La ley anteriormente mencionada contempla la participación de las evaluaciones estandarizadas de todos los estudiantes incluyendo a los estudiantes con discapacidades (Sec.111 (3) (C)

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(i)); el término de evaluaciones se refiere a un conjunto de evaluaciones académicas de alta calidad llevadas a cabo anualmente (Ley NCLB, 2001). Las adaptaciones y los acomodos razonables son requeridos y necesarios para que los estudiantes con discapacidades logren realizar las evaluaciones académicas. Teniendo como objetivo evaluar el rendimiento académico de los estudiantes con discapacidades. Además, la ley NCLB establece que cada Estado debe evaluar el progreso académico de los estudiantes con discapacidad, en el ambiente menos restrictivo, siendo responsabilidad de cada estado ofrecer los acomodos razonables para que los estudiantes con discapacidades logren realizar las pruebas de ejecución (U.S. Department of Education, 2001). Según el Departamento de Educación de Puerto Rico, las leyes federales y estatales, establecen la necesidad de incluir a los estudiantes con discapacidades en los programas de medición a nivel estatal, con el propósito de evaluar los logros de los estudiantes. En armonía con las disposiciones de la Ley IDEIA y NCLB, los estudiantes que reciben educación especial participarán de los programas de medición que la Agencia Educativa desarrolle, con los acomodos razonables necesarios. Cuando el Programa de Medición Regular que es administrado por la Agencia Educativa que no resulta apropiado para los estudiantes con discapacidades significativas, el Departamento de Educación tendrá la responsabilidad de desarrollar procedimientos de medición alternos, que faciliten la evaluación de los logros del estudiante con discapacidades de acuerdo al contenido curricular de su programa de estudio (Departamento de Educación, 2008).

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Planteamiento del Problema Son limitados los trabajos de investigación y documentos académicos que incluyen el tema del impacto de la Ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidad. Lo que intenta la investigadora es conocer e identificar el efecto de la Ley NCLB en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidad. Las legislaciones vigentes requieren la participación de los estudiantes con discapacidades en los procesos de enseñanza a base de los estándares académicos (NCLB, 2001 & IDEIA, 2004). Existen muchas controversias relacionadas a los servicios educativos que reciben los estudiantes con discapacidades. Además son pocas las investigaciones relacionadas con la Ley “Que ningún niño quede rezagado”, lo cual hace necesario esta investigación documental. La mayoría de las investigaciones están enfocadas en los cambios que conlleva con respecto a las disposiciones de los fondos federales (Cortiella, 2007). Los hallazgos obtenidos de esta investigación, podrían servir para compartir la información sobre los servicios educativos que deben recibir los estudiantes con discapacidades de acuerdo a sus necesidades (Luft, 2008). Además, el maestro podría beneficiarse en su rol al poder recopilar información de varias fuentes para promover los servicios educativos que reciben los estudiantes con discapacidades con mayor eficacia (Departamento de Educación, 2008). De acuerdo a Tena & Rivas (2008), el proceso de investigación está siempre en marcha, son muy raros, o muy falsos, los conceptos teóricos que se conservan en su forma original por mucho tiempo. Toda teoría, por su naturaleza, implica un constante

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proceso de evolución. Por lo tanto, la revisión de la teoría no se puede limitar a los libros en que originalmente se establecieron sus fundamentos. Es necesario que el investigador haga una revisión histórica de la evolución del concepto desde que aparece hasta que empieza su propia investigación. Es a esos efectos que se hace la revisión de la literatura periódica, o sea, de los artículos de revista que se han publicado al respecto. La revisión literaria tiene que ser minuciosa y a la vez selectiva. Esta investigación documental tiene el propósito de analizar el impacto producido por la Ley “Que ningún niño quede rezago” en los servicios educativos que reciben los estudiantes con discapacidades. Además, la misma se realizará en un contexto pedagógico y legal de los servicios que reciben los estudiantes con discapacidades. Justificación Es importante conocer la Ley “Que ningún niño quede rezagado”, en la actualidad existen controversias que evitan o perjudican la implantación correcta de la misma, trayendo como consecuencia el rezago de los estudiantes con discapacidad. Según indica, Henley, Ramsey & Algozzine (2006), la Ley “Que ningún niño quede rezagado” proporcionó una reautorización del acta de la educación especial de las escuelas elementales y secundarias, provocando cambios en los estándares académicos de la educación de los niños y jóvenes de América. Objetivos de la investigación La investigadora realizará una investigación documental para cumplir con los siguientes objetivos: analizar el impacto de la Ley NCLB en los servicios educativos que

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reciben los niños con discapacidades e identificar las implicaciones de la Ley NCLB al programa de educación especial. Preguntas de la investigación Las preguntas de investigación que se formularon para este trabajo investigativo tipo documental son las siguientes: 1. ¿Cuáles son las disposiciones, relacionadas a los estudiantes con discapacidades, que estipula la Ley “Que ningún niño quede rezagado”? 2. ¿Cuál ha sido el impacto de la Ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades? 3. ¿Cómo se estará aplicando la Ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos que reciben los estudiantes con discapacidades? Limitaciones Este estudio de investigación se limita a analizar los artículos de investigación sobre el impacto de la Ley NCLB y los servicios de educación especial. Desde los inicios de la implantación de la ley de los años 2001 hasta el 2009. Delimitaciones Este estudio se delimita a la disponibilidad de encontrar la información necesaria para evaluar y analizar los estudios de investigación, desde los inicios de la implantación de la Ley NCLB desde el año 2001.

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Definición de términos A continuación la investigadora incluye las definiciones de los siguientes términos para una mejor comprensión de la investigación. Acomodos razonables- son prácticas y procedimientos utilizados en las áreas de presentación, en la forma de responder, ambiente, lugar, tiempo e itinerario que proveen acceso equitativo durante la enseñanza y evaluación para estudiantes con discapacidades (Departamento de Educación, 2008). Alternativa menos restrictiva- es aquella ubicación del estudiante con discapacidades en que puede atenderse las necesidades educativas particulares manteniéndose a su vez lo más integrado posible con los estudiantes sin impedimento en actividades tanto académicas, no académicas, así como extracurriculares en la máxima medida apropiada a las necesidades del estudiante (Departamento de Educación, 2008). Ambiente menos restrictivo- ambiente en el cual puede tener éxito un estudiante con discapacidades el cual satisface las necesidades educativas del estudiante. Departamento de Educación- Agencia Gubernamental Discapacidad- se refiere al funcionamiento individual incluyendo la condición física, mental o emocional que limite o interfiera con el desarrollo y la capacidad del aprendizaje de la persona (Diccionario Real Academia Española). Distrito Escolar- es la parte del organigrama del Departamento de Educación que dedica su esfuerzo a la tarea docente y al desarrollo profesional. Actualmente se le

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reconoce como los Centro de Desarrollo Profesional. En la fase operacional dirigen sus esfuerzos en las áreas de centro de desarrollo del personal docente, centro de desarrollo tecnológico, control de calidad y servicios de apoyo docente (Departamento de Educación, 1999, Historia de la reforma educativa: transformación de la escuela pública puertorriqueña). Educación Especial- enseñanza pública, gratuita y específicamente diseñada para responder a las necesidades particulares de las personas con impedimentos, en el ambiente menos restrictivo. El propósito es asegurar que los educadores y padres tienen las herramientas necesarias para mejorar los resultados educativos de los estudiantes con discapacidades (Departamento de Educación, 2008). Estudiantes- Persona que actualmente está cursando en un estudio (Diccionario Real Academia Española). Estudiante con Discapacidad- Un estudiante que al ser evaluado por un especialista y de acuerdo con la Ley IDEIA tiene un diagnóstico de las siguientes discapacidades de las cuales requieren por ese motivo una educación especial y servicios relacionados: retardo mental, problemas específicos de aprendizaje, impedimento auditivo, impedimento del habla o lenguaje, impedimentos visuales, desorden emocionales, impedimentos ortopédicos, autismo, lesión traumática cerebral, otros impedimentos de salud y discapacidades múltiples. Dichas discapacidades tienen que estar afectando adversamente la ejecución académica del estudiante con discapacidad para que el mismo sea elegible para recibir los servicios de educación especial (Ley IDEIA, 2004).

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Impacto- efecto causado por una acción o una idea (Diccionario Real Academia Española). Ley “Que ningún niño quede rezagado”- Es una reautorización de la Ley Federal Núm. 189-10 “Elementary and Secondary Education Act” (ESEA, abril 11, 1965). Ley Federal Núm. 107-110 NCLB, impacta la enseñanza desde el pre-escolar hasta la escuela superior cuyo proyecto central es el Programa Título I diseñado para mejorar el aprovechamiento académico de los estudiantes de bajo recursos económicos o desventajados de la nación americana. Plan Educativo Individualizado- documento escrito que describe un programa adecuado específicamente diseñado para el estudiante con discapacidad. El PEI debe estar: relacionado con la capacidad del aprendizaje del estudiante, construido especialmente para cubrir las necesidades individuales del estudiante, y diseñado para proporcionar beneficios educativos (Santrock, 2006). Además en el documento se establecen los servicios relacionados que el estudiante con discapacidad recibirá de acuerdo a sus necesidades particulares durante el año escolar (Departamento de Educación, 2008). Enmiendas- corrección o eliminación de un error. (Diccionario Real Academia Española). Progreso Anual Adecuado (AYP)- número basado en los resultados de las pruebas estandarizadas.

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Salón Recurso- salón de educación especial a tiempo parcial, el cual debe ser utilizado para brindar servicios valiosos a los estudiantes con discapacidades. Los estudiantes que estén integrados en la corriente regular pueden recibir ayuda individualizada en el salón recurso en una pequeña porción del día. Es un arreglo típico, el estudiante pasa una o dos horas del día en el salón recurso y el resto del tiempo en un salón de clases regulares. Los maestros de salón recurso en su gran mayoría trabajan con los estudiantes para que ellos puedan mejorar sus habilidades y destrezas de lectura, escritura y matemáticas, según estipuladas en el Plan Educativo Individualizado (Santrock, 2006). Secretaría Auxiliar de los Servicios para las Personas con Impedimento- Secretaría adscrita al Departamento de Educación que tiene la responsabilidad de coordinar los servicios educativos y servicios relacionados para las personas con discapacidades (Departamento de Educación, 2008). Servicios relacionados- Ayudas, servicios y otras asistencias que se proveen en clases de educación regular o localidades relacionadas para que el estudiante discapacitado sea educado con estudiantes no-discapacitados en cuanto sea posible. Ayudas y servicios suplementarios determinados como necesarios y apropiados por el equipo multidisciplinario, deben estar disponibles para proveer servicios y actividades no académicas y extracurriculares de la manera necesaria para ser ofrecidas a los estudiantes con discapacidades una oportunidad igual de participar en esos servicios y actividades.

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Resumen del capítulo En el Capítulo I la investigadora menciona detalladamente la importancia y pertinencia del impacto de la Ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades. Además se indican las preguntas de investigación, la justificación, las limitaciones, delimitaciones que se localizaron para realizar el trabajo de investigación. También la investigadora detalladamente indica las definiciones de los términos que se estarán utilizando en la investigación tipo documental.

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Capítulo II Revisión de Literatura Introducción Este capítulo presenta la revisión de literatura relacionada con los antecedentes de la investigación, el marco conceptual y teórico, y las leyes que sustentan el impacto de la ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades. Antecedentes de la Investigación Casanova (2005), explica que las personas con discapacidades eran aisladas al ser excluidas de las actividades y privilegios que brinda la sociedad y a veces hasta eran suprimidos. Las personas utilizaban nombres despectivos como imbéciles y bobos al referirse a las personas con discapacidades. Según Godoy, Meza & Salazar (2004), los inicios de la Educación Especial han estado vinculados con las ciencias de la medicina y la psicología. Desde estas perspectivas se inició el estudio y descripción de los déficits, estableciendo amplias y detalladas categorías clasificatorias, en función de la etiología, con el propósito en un principio, de “curar o corregir” la situación deficitaria o patológica (modelo bio-médico) y más tarde, basado en el enfoque psicológico, de adaptar las intervenciones a las particularidades del déficit diagnosticado y definido. Además, Mateo (2008), indica que las clasificaciones por los psicólogos estaban basados en una concepción determinista del desarrollo, tuvieron su mayor auge entre los años 40 y 60,

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época en la cual se define y forja una modalidad de atención de carácter segregado, que consistió básicamente en dar atención educativa de los estudiantes con discapacidades. Las leyes federales y estatales propulsaron en Puerto Rico el comienzo de los servicios de educación especial. Sin embargo, el Departamento de Educación, antes Departamento de Instrucción Pública, indica que los servicios para los estudiantes con discapacidades se iniciaron en los años escolares 1958-1959. El Departamento de Educación de Puerto Rico, comenzaron con un grupo de dieciocho (18) estudiantes con Retardo Mental Educable en la Escuela Pública Luis Muñoz Rivera del Distrito Escolar de Bayamón (Departamento de Educación, Manual de Procedimientos para Educación Especial, 1988). A finales de las décadas de los 50 es que surge el Programa de Educación Especial, comenzó a crecer en matrícula y en las clasificaciones de categorías de impedimentos. Para la década de los sesenta fue que establecieron la categoría de Retardo Mental Adiestrable, Problemas de Audición, Disturbios Emocionales e Impedimentos Múltiples, Problemas Específicos de Aprendizaje, Niños con Impedimento de Edad Preescolar y Problemas de Visión. Debido al incremento en la matrícula, fue necesario tener disponible el personal preparado así como presupuesto para atender la población de los estudiantes con discapacidades en el Departamento de Educación (APNI, Historia de la Educación Especial, 2003). Por el aumento de categoría de los estudiantes con discapacidades, las Agencias Educativas tuvieron que realizar lo necesario para que el maestro a nivel elemental estuviera especializado para atender a los estudiantes con discapacidades. Además, se aprobaron leyes que asignan fondos a las universidades y agencias educativas estatales con el propósito de adiestrar al personal profesional en la educación de los estudiantes

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con discapacidades. En la década de los años 60, se inicia el primer Programa de Preparación de Maestros de Educación Especial en la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras, Facultad de Educación, mediante una propuesta federal. El mismo comenzó a preparar Maestros de Educación Elemental con especialidad en Educación Especial en Impedimentos Visuales, Retardo Mental y Desórdenes Emocionales o de Conducta (Propuesta Revisión de Educación Especial, Universidad de Puerto Rico, 1995, citado en Maldonado, 2002). De acuerdo a Maldonado (2002), la Educación Especial tuvo sus orígenes en Europa durante los años 1700. En esa época “varios profesionales de la ciencias comenzaron a inquietarse por las personas con impedimentos”. Sin embargo, Héral & Oviedo (2007) y Maldonado (2002), coinciden en que Jean Marc Gaspard Itard (17741838) es considerado como el Padre de la Educación Especial. Durante los años 1800 y los 1900 continuaron los avances en la Educación Especial que propulsaron el desarrollo de grupos de presión social. Lograron promover la creación de asociaciones y entidades a favor de las personas con impedimento (Kauffman & Hallahan, 1994; Smith & Luckasson, 1992, citados en Maldonado, 2002). Por otro lado, en Puerto Rico se deroga la Ley número 21 por la Ley número 51 el 7 de junio de 1996, y se conoce como “Ley de Servicios Integrales para Personas con Impedimentos” (Departamento de Educación, 2008 & Ley 51 del 7 de junio de 1996). Actualmente esta ley está vigente en Puerto Rico en unión con las Leyes IDEIA, 2004 y NCLB, 2001 de los Estados Unidos de América. Según Pizón (2003), la educación es un bien socialmente apreciado. Lo que en el debate de la filosofía moral y política de los últimos tiempos se denomina bien primario,

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desde la perspectiva de la confección de los planes individuales de vida, o bien público, si atendemos a su repercusión sobre el progreso moral y el desarrollo de la sociedad. Es, por ello, que el establecimiento de un sistema educativo, desde sus aspectos jurídicos hasta institucionales, recibe una especial atención tanto por los ciudadanos como por los grupos sociales. No siempre esa atención se plasma en modelos unánimemente aceptados. Como los últimos años están demostrando, la educación especial es un asunto muy controversial, un asunto de mucha preocupación entre partidarios de los diferentes modelos educativos. Es por eso que el derecho de la educación para todos los estudiantes con discapacidades, tienen sus inicios en la decisión de la Suprema Corte de los Estados Unidos en el caso de segregación, Brown vs Board of Education, en 1954 (Weber, Mawdsley & Redfield, 2004). De acuerdo con el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos, la segregación de los estudiantes basados en raza, “Causa un daño a los corazones y mentes de los niños que probablemente nunca se puede reparar”. El Presidente Ford, el 19 de noviembre de 1975, firma la primera Ley Federal 94-142 conocida como “Acta para la Educación de los Niños con Impedimentos”, con el propósito de garantizar el derecho de todos los estudiantes con discapacidades de 3 a 21 años de edad y proporcionar el derecho a los padres de participar en los programas educativos de sus hijos; siendo la ley que protege a los estudiantes de educación especial. Dicha ley estipula que los estudiantes se tienen que educar mediante el mayor grado de integración posible con los estudiantes que no tienen impedimentos en las salas de clases regulares ( Schrag, 2003 & Harriman, 2005).

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Trasfondo Histórico y Legal Según, Mateos (2008), la educación especial se ha utilizado de manera tradicional para nombrar a un tipo de educación diferente a la educación regular u ordinaria. Es así que los estudiantes diagnosticados con deficiencia, discapacidad o minusvalía (términos que hasta la fecha son considerados como sinónimos sin serlo), se les segregaban a escuelas específicas (de educación especial), para la atención de esa situación particular que presentaban, por el puro hecho de salirse de la norma y sin analizar en ningún momento las capacidades con las que sí contaban. Además, Henley, Ramsey & Algozzine (2006), indica que en los últimos años, la educación especial ha alcanzado una gran importancia teórica, legal y práctica desde el punto de vista pedagógico, médico, psicológico y social. Cuando acudimos a su dimensión histórica se observa que la educación especial podrá ser tan antigua como la historia misma de la cultura y podría ser tan reciente como cualquiera de los saberes científicos de los siglos XVIII y XIX. Sin entrar en consideraciones epistemológicas, lo cierto es que deficientes, inadaptados, minusválidos, retardados e inútiles, han existido siempre, y que las culturas antropológicas y pedagógicas por acción u omisión, por exceso o defecto, han tenido que afrontar el problema en sus múltiples y variadas circunstancias. Philip (2008), indica que las leyes federales han promulgado cambios significativos a los servicios de los estudiantes con discapacidades en los cuales se destacan que la educación pudiera ser más efectiva si son considerados los siguientes aspectos: los padres deben tener oportunidades para participar en la educación de sus

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hijos en la escuela o el hogar y proveer una educación especial apropiada, adecuada y con los servicios relacionados y acomodos razonables en la sala de clases regular. Desde mediados de los años 1960 y hasta mediados de la década de 1970, el poder legislativo, los tribunales federales y el Congreso de Estados Unidos establecieron los derechos de la educación especial para los estudiantes con discapacidades (Santrock, 2006). El 1970 fue un año de litigios y de legislaciones, empezó a surgir preocupaciones por los derechos civiles de las personas con discapacidades. La Ley Pública Núm. 93112, de 1973 “Ley de Rehabilitación Vocacional”, según enmendada. En la Sección 504 de dicha ley, garantiza al ciudadano con impedimento la accesibilidad a programas y servicios ofrecidos que apliquen a programas educativos, y oportunidades de empleo y vivienda. Permite igual acceso físico de naturaleza pública o privada que reciban alguna aportación que provenga del gobierno federal (Casanova, 2005 & Departamento de Educación, 2008). El Programa de Educación Especial se rige por una combinación de leyes estatales y federales que garantizan a todos los estudiantes con discapacidades una educación pública, gratuita y apropiada (IDEIA, 2004). Según indica Armstrong (2003), las leyes contienen la mayoría de las disposiciones que regulan cómo tienen que ser los servicios que recibirán los estudiantes con discapacidades. La Ley Pública Federal Núm. 94-142 en el año 1975, “Acta para la Educación del Niño con Discapacidad” (The Education for All Handicapped Children Act, en inglés), esta ley es aprobada por los Estados Unidos, y estableció que todos los estudiantes con discapacidades deben recibir una educación pública, gratuita y apropiada (Santrock, 2006). Es reconocida como la ley más importante de la historia de la Educación

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Especial; al indicar que todos los estudiantes con discapacidades se educarán en el ambiente menos restrictivo y solamente se removerán del ambiente regular cuando la severidad del caso es tal que se puedan ofrecer satisfactoriamente los servicios educativos, de acuerdo con Stowell & Terr (1997, citado por Casanova, 2005). Uno de los componentes más importantes que estipula la Ley Núm. 94-142 es el Programa de Enseñanza Individualizada (PEI), el mismo se trabaja con el Comité de Programación y Ubicación (COMPU), el cual es un equipo de personas que están en continua interacción con el estudiantes con discapacidades, el COMPU debidamente constituido son las siguientes personas: la maestra(o) de sala regular que atiende al estudiante, las personas encargadas del estudiante, un representante del distrito escolar, director escolar, trabajador social, orientador, maestra(o) de educación especial, y el estudiante si se considera necesario. El PEI es una forma de asegurarse que con cada estudiante con discapacidad, se estarán trabajando y considerando, las necesidades, evaluaciones relacionadas a las discapacidades, en el cual se tienen que establecer y estipular las metas a corto y a largo plazo. El PEI se evaluará regularmente o cuantas veces sea necesario. El mismo es considerado como un documento legal y confidencial de cada estudiantes con discapacidad (Lynch, Adams, 2008 & Departamento de Educación, 2008). La Ley Pública Federal Núm. 94-142, estipula las siguientes pautas las cuales son consideradas para la enseñanza de los estudiantes con discapacidades: (1) las escuelas deben tomar medidas oportunas para identificar y situar a cada estudiante calificado con discapacidad que no esté recibiendo la apropiada educación pública; (2) los estudiantes con discapacidades deben tener una libre y apropiada educación pública en relación con la gravedad de su discapacidad; (3) deben diseñarse programas y servicios para satisfacer

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la necesidades de estos estudiantes; (4) los estudiantes con discapacidades deben ser educados junto a los que no lo son hasta el nivel que se considere adecuado, teniendo en cuenta sus necesidades; (5) deben adoptarse procedimientos de evaluación apropiada para asegurar su adecuada identificación y situación; (6) deben establecerse procedimientos para salvaguardar los derechos de los padres a influir en las decisiones que se refieran a las evaluaciones y actuaciones sobre la situación de sus hijos; y (7) las escuelas deben dotar a los estudiantes de las ayudas necesarias y suplementarias para hacer posible que se beneficien de la educación pública (U.S. Departamento de Educación, 2006; i, f. Ley 94-142). El 22 de julio de 1977, es aprobada por la Legislatura de Puerto Rico, la Ley Estatal Núm. 21, en la cual se crea el Programa de Educación Especial adscrito al Departamento de Educación de Puerto Rico “Ley de Servicios Educativos Integrales para Personas con Impedimentos”. Conforme a la Ley Núm. 21 el estado debe garantizar: “una educación pública, gratuita y apropiada, en el ambiente menos restrictivo posible, especialmente diseñada a las necesidades individuales de las personas con impedimentos y con todos los servicios relacionados indispensables para su desarrollo”. Luego la Ley Federal Núm. 98-199, fue aprobada por el Congreso Federal en el año 1983, la cual contiene enmiendas a la Ley Núm. 94-142 en lo que respecta al proceso administrativo de prestación de servicios de educación especial a niños sordos, ciegos, intervención temprana para infantes, educación secundaria y servicios para facilitar la transición de los estudiantes de escuela secundaria a nivel post-secundario, si el estudiante cualifica al solicitar. La sección 626 autoriza fondos para ser utilizados en

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estudios, adiestramientos y demostraciones en el área de transición de la escuela a la vida adulta (Casanova, 2005). Por otro lado, el Gobierno Federal aprobó la Ley Núm. 98-524 en octubre del 1984, la cual es conocida como el “Acta de Educación Vocacional Carl D. Perkins”, que tiene como propósito el desarrollar las destrezas académicas, ocupacionales y técnicas. Además garantiza la igualdad de acceso a los servicios educativos y de apoyo ofrecidos en la alternativa menos restrictiva (Departamento de Educación, 2008). El Congreso de los Estados Unidos aprobó la Ley Pública Núm. 101-336 de 1990, conocida como la Ley de Americanos con Impedimentos (ADA, por sus siglas en inglés), que “garantiza la protección de los derechos civiles a todo individuo con impedimentos en el empleo privado, todos los servicios públicos, facilidades públicas, transportación y telecomunicaciones” (Departamento de Educación, 2008). Por otro lado Casanova (2005), indica que en el Título II de la Ley ADA se establece como ilegal que un individuo con impedimento calificado sea excluido de participar en o de negarle el disfrute de servicios, programas o actividades de una entidad pública, por razón de la discapacidad del estudiante. Las Leyes Federales que impactan los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades, tienen como propósito garantizar una educación de excelencia. Para que los estados cumplan a cabalidad estas leyes; el Gobierno Federal tiene como propósito proteger los derechos educativos de los estudiantes con discapacidades. A través de la Ley Federal Núm. 101-476 aprobada el 30 de octubre de 1990 “Ley de educación para individuos con discapacidades”, conocida como IDEA (Individuals with Disabilities Education Act), asegura que los estudiantes con discapacidades tuvieran las mismas oportunidades de recibir una educación pública, gratuita y apropiada en el ambiente

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menos restrictivo a todos los estudiantes de 3 a 21 años de edad. Dicha ley dicta las obligaciones generales de servicios para todos los estudiantes con discapacidades. Estos incluyen la evaluación y determinación de elegibilidad, una educación apropiada y un Plan Educativo Individualizado (Santrock, 2006). El 3 de diciembre de 2004, el presidente George W. Bush, firmo la Ley 108-446, conocida como la Ley “Individuals with Disabilities Education Improvement Act” (IDEIA por sus siglas en inglés). En esta ley se contemplan varios cambios significativos de los cuales se destacan el fortalecer los derechos de los estudiante con discapacidad e imponer mayor responsabilidad a los padres. También, establece medidas disciplinarias estrictas para los estudiantes que muestren problemas de conducta. La Ley IDEIA, 2004; provee fondos federales a los distritos escolares para apoyar la educación especial y los servicios relacionados. Los servicios que son ofrecidos a los estudiantes con discapacidades tienen que estar estipulados en su Plan Educativo Individualizado (PEI), específicamente adaptado a las necesidades únicas de cada estudiante (Departamento de Educación, 2008). La Ley Núm. 51 del 7 de junio de 1996, basada en la Constitución de Puerto Rico consagra el derecho de toda persona a una educación que propicie al pleno desarrollo de su personalidad y al fortalecimiento de sus derechos y libertades fundamentales. Le ordena al Gobierno que sostenga un sistema de educación pública primario y secundario, libre de costo y de carácter no sectario para todos los niños y jóvenes sin distinción de condición física o mental (Departamento de Educación, 2008, s. f. a., Ley 51 del 7 de junio de 1996).

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En la exposición de motivos de enmienda de la Ley Núm. 51 del 7 de junio de 1996, indica que la Ley Núm. 21 de Educación Especial de Puerto Rico del 22 de julio de 1977, omitió fijar las responsabilidades a otras agencias sobre los servicios profesionales especializados que hay que brindar a esta población para que sus oportunidades de desarrollo sean similares a las personas sin discapacidades, su proceso educativo requiere de un enfoque multidisciplinario que justifique la intervención de diferentes agencias del gobierno en la prestación de servicios (Departamento de Educación, 2008, s.f. Ley 51 del 7 de junio de 1996). Casanova (2005), indica que la Ley Núm. 51 es aprobada para asegurar la prestación de servicios educativos integrales para personas con discapacidades; bajo dicha ley se crea la Secretaría Auxiliar de Servicios Educativos Integrales para Personas con Impedimentos. Esta Secretaría Auxiliar contará con la flexibilidad y autonomía administrativa, docente y fiscal necesarias para proveer los servicios con prontitud. Esta ley otorga poderes y facultades para coordinar la prestación de servicios de las agencias; estableciendo las responsabilidades a las agencias; al asignarles fondos. Sin embargo, la Ley Núm. 51 del 7 junio de 1996, establece que el Departamento de Educación es la agencia responsable por la prestación de los servicios educativos, desde los 3 años hasta los 21 años y el Departamento de Salud es la Agencia responsable por los servicios de intervención temprana desde el nacimiento hasta los 3 años. Además, propicia la colaboración y coordinación entre las agencias para que se ofrezcan los servicios integrales que aumentan las oportunidades de desarrollo de la población con discapacidad. La ley establece las responsabilidades comunes y particulares para las Agencias Gubernamentales tales como: Departamento de Educación, Departamento de

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Salud, Departamento del Trabajo, Departamento de Recreación y Deportes, Departamento de la Familia, Departamento de Corrección y la Universidad de Puerto Rico (Departamento de Educación, 2008, s. f. a, Ley 51 del 7 de junio de 1996); su vigencia sigue siendo efectiva hasta la actualidad. Por otro lado, la Ley Núm. 149 de 15 de junio de 1999, según enmendada y conocida como “Ley Orgánica para el Departamento de Educación Pública de Puerto Rico”, crea un sistema de Educación Pública basado en escuelas de la comunidad con autonomía académica, fiscal y administrativa. En la misma se disponen los derechos y obligaciones de los estudiantes y el personal docente y no docente de las escuelas (Departamento de Educación, 2008, s.f. a, Ley 149 de 1999). Ley Núm. 107-110 “Que ningún niño quede rezagado”, el Presidente George W. Bush, el Congreso de Estados Unidos reautorizó la Ley de Educación Elemental y Secundaria, 1965, “Acta para Educación Elemental y Secundaria” (ESEA, por sus siglas en inglés). Esta ley introdujo cambios significativos en los cuales se destacan, las exigencias de una mayor responsabilidad a las Agencias Educativas Estatales, Distritos Escolares y Escuela (Schrag, 2003). La Ley NCLB, está fundamentada en cuatros principios: • mayor énfasis en la responsabilidad institucional; • aumento en el control de las agencias estatales para los métodos de enseñanza; •

mayor poder decisional de los padres en la educación de sus hijos; y



énfasis en los métodos de educación (Cortiella, C. 2007).

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De acuerdo a la Ley NCLB, 2001; requiere una implantación de sistemas de evaluación anual, basándose en los estándares y expectativas del grado académico del estudiante, “Progreso Anual Adecuado” “Adequate Yearly Progress” (AYP, por sus siglas en inglés). Desde el 1969, la Evaluación Nacional del Progreso en la Educación (National Assessment of Education Progress), conocida por sus siglas en inglés NAEP, es la única evaluación con una muestra representativa de todo el país y de carácter continuo sobre lo que los estudiantes estadounidenses deben aprender por grado y materia académica (Ley No Child Left Behind, 2001). Sin embargo, Luft (2007), indica que existen varios elementos críticos en la Ley NCLB, que estipulan la responsabilidad de las escuelas por los resultados y el rendimiento académico. Los estándares para el contenido académico (lo que los estudiantes deben aprender) y estándares de ejecución y los logros académicos (cuán bien deben aprender) en las áreas académicas de lecturas, lenguaje y matemáticas (las áreas de ciencia incluidas en los años 2007-2008), forman la base de los sistemas de responsabilidad de cada estado. Las evaluaciones a nivel estatal son los mecanismos para cotejar si las escuelas han sido exitosas en lograr que los estudiantes con discapacidad obtengan los conocimientos y las destrezas necesarias. La Ley NCLB especifica que durante los años 2005-2006, todos los estados deberían de proveer evaluaciones en las áreas académicas de español y matemáticas para todo estudiante, incluyendo a los estudiantes con discapacidad, en los grados de tercero, cuarto, sexto, séptimo octavo y undécimo. Las responsabilidades de los distritos escolares y de los estados están basadas en evaluar el éxito de educar a todos los estudiantes y el determinar qué deben mejorar para cada grupo específico de estudiante (NCLB, 2001).

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La Sección I del Artículo 11 de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico declara que “la dignidad del ser humano es inviolable” y establece que “todos los seres humanos son iguales ante la ley”. El reconocimiento de la condición de igualdad de todos los seres humanos en la Constitución, impone al Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico la responsabilidad indelegable de proteger, promover, defender, fomentar y crear las circunstancias particulares que respondan a la igual calidad de vida de todos los puertorriqueños. Por lo tanto, se crea la Ley Núm. 238 del 31 de agosto de 2004, conocida como, “La Carta de Derechos de las Personas con Impedimentos” (Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Ley Núm. 238). Para efectos de la Ley Núm. 238, el término de personas con impedimentos se refiere a toda persona que tiene un impedimento físico, mental o sensorial que limita sustancialmente una o más actividades esenciales de su vida, tiene un historial o récord médico de impedimento físico, mental o sensorial. Según estipulado en la ley Núm. 238, Puerto Rico ha evolucionado sobre su visión de lo que son las personas con impedimentos. De una acción inicial de rechazo, segregación, integración, aspiran ahora hacia una meta más elevada la cual es la inclusión. Este concepto filosófico se fundamente en seis principios básicos los cuales el Estado Libre Asociado los incorpora: • todas las personas son valiosas y pueden contribuir a la vida en esta sociedad; • todas las personas tienen habilidades, talentos y dotes; • todas las personas pueden desarrollarse con sujeción a sus capacidades; •

los impedimentos son una creación social, las personas no son impedidas sino que los sistemas impiden a las personas;

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• el único descriptor recomendado es el nombre y cualquier otra forma de llamar a una persona es esconder la realidad de que no sabemos qué hacer; y •

el sentido común es lo más importante. Según De La Torres (2007), las leyes federales y estatales han tenido que ser

revisadas y enmendadas para proveer los servicios, ayuda y proteger los derechos a los estudiantes con discapacidades, proporcionando cambios significativos. Implicaciones en la educación Según, Schrag (2003), establece que los servicios de educación especial que reciben los estudiantes con discapacidades, han sido creados por los esfuerzos de los padres de estos estudiantes, de exigir los derechos a los estados correspondientes. La reautorización de la Ley ESEA, 1965 ha implicado que la educación de las escuelas elementales y secundarias han provocado cambios significativos en los estándares académicos de la educación de los jóvenes estadounidenses. ESEA, 1965, está basado en cuatro principios fundamentales: • fortalecer la respuesta de las escuelas que es necesario para el mejoramiento del aprendizaje de los estudiantes con discapacidad; • las escuelas locales necesitan aumentar la flexibilidad en orden que respondan a las necesidades específicas del estudiante; •

proveer opciones en las escuelas y que la información esté accesible para los padres; y

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métodos de enseñanza que los maestros deben tener una búsqueda contundente de lo que le enseñanza a los estudiantes (Henley, et al, 2006). La Ley NCLB (2001), establece que los estudiantes con discapacidad tienen que

ser incluidos en cada estado en el nuevo sistema de evaluación. Cada estado tiene que establecer un Plan Educativo Individualizado (PEI), para los estudiantes discapacitados. Los estándares académicos serán utilizados y aplicados para todos los estudiantes de las escuelas públicas incluyendo a los estudiantes con discapacidades. Los estudiantes de educación especial deben tener un expediente en cada distrito escolar (Luft, 2008). Sin embargo desde el 1969, la evaluación del Progreso en la Educación conocida por sus siglas en inglés NAEP, ha sido la única evaluación con una muestra representativa de todo el país y de carácter continuo sobre lo que los estudiantes estadounidenses deben aprender, en las principales materias académicas (Bowen & Harvey, 2006). Por otro lado, Hardman & Dawson (2008), indican que la educación era más accesible a un número limitado de estudiantes y los maestros enseñaban a estudiantes que tenían el potencial. Aunque las escuelas históricamente excluían a los estudiantes con discapacidades, en la actualidad es responsabilidad de los sistemas educativos incluir a los estudiantes con discapacidad. Por lo cual la Ley NCLB establece que los estudiantes con discapacidades deben tener acceso a los estándares educativos igual que los estudiantes sin discapacidad y que deben ser incluidos en los resultados en los cuales se evalúa el nivel de ejecución de los estudiantes, de acuerdo al grado académico. Es esencial que todos los estudiantes, incluyendo a aquellos con discapacidades, estén sujetos a niveles estatales adecuados y logren un Progreso Anual Adecuado en su

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aprendizaje. También es fundamental para los estados y los distritos escolares contar con sistemas únicos e integrados de asignación de responsabilidad para todos los estudiantes. Marco teórico Ponce (2006), señala que el marco teórico es la selección del proyecto de investigación que recoge la posición filosófica del investigador ante lo supuesto de la investigación social y pedagógica. Esta investigación documental está basada en las teorías de conocimientos de Jean Piaget, Lev Vygotsky (humanismo cognoscitivo) y Bandura (humanismo clásico). Según Ortiz (2008), las diversidades teóricas benefician para comprender, predecir y controlar el comportamiento humano y tratan de explicar cómo los individuos adquieren los conocimientos. De acuerdo a Piaget (1952, citado por Santrock, 2006), existen dos procesos responsables de la forma en que los niños utilizan y adaptan sus esquemas: la asimilación y la acomodación. La asimilación ocurre cuando el niño incorpora nuevos conocimientos a los ya existentes; es decir, en la asimilación los niños relacionan el ambiente dentro de un esquema. La acomodación se da cuando el niño se adapta a nueva información; es decir, los niños ajustan sus esquemas a un entorno. Piaget, por igual indica que para darle sentido a su mundo, los niños organizan sus experiencias a nivel cognoscitivo. Además explica que cuando habla de organización es el concepto que utiliza, para definir el agrupamiento de conductas aisladas en un sistema de funcionamiento cognoscitivo más cuidadoso y de mayor nivel.

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Desde la perspectiva de Vygotsky existen tres afirmaciones fundamentales sobre las habilidades cognoscitivas del niño (Tappan, 1998, citado por Santrock, 2006) las cuales son: • las habilidades cognoscitivas del niño sólo se pueden comprender cuando se analizan e interpretan desde un punto de vista del desarrollo; •

las habilidades cognoscitivas están mediadas por las palabras, el lenguaje y las formas de discurso, las cuales sirven como herramientas psicológicas para facilitar y transformar la actividad mental, y



las habilidades cognoscitivas se originan en las relaciones sociales y están enclavadas en un fondo sociocultural. La teoría de Vygotsky plantea que el conocimiento está distribuido entre las

personas y las situaciones, que incluyen objetos, artefactos, herramientas, libros y las comunidades donde viven las personas. Esto sugiere que el conocimiento puede adquirirse mejor a través de la interacción con otros en actividades cooperativas. De acuerdo a Bandura (1974, citado en Riestra, 2004), es identificado como el creador de la teoría social del aprendizaje, mejor conocida por su énfasis en el proceso de aprendizaje por medio de la observación o el ejemplo. Bandura, señala que la mayor parte de la conducta humana es aprendida al seguir un modelo, en lugar de ser a través de los procesos de condicionamiento clásico y operante. Sugiere que la conducta es aprendida a través de la observación ya sea en forma intencional o accidental. El aprendizaje por observación excede a la sola imitación: el observador aprende de los

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errores y los éxitos del modelo. El aprendizaje por medio de la observación puede explicar las conductas innovadoras y creativas. Bandura, sugiere que los observadores obtienen las características similares de diferentes respuestas y crean reglas de conducta que les permiten ir más allá de lo que han visto o escuchado. Por medio de este tipo de síntesis son capaces de desarrollar patrones nuevos de conducta que pueden ser muy diferentes de aquéllos que han observado en realidad. Marco Conceptual De La Torre (2007), señala que el marco conceptual es una técnica de apreciar las publicaciones relacionadas con el tema de investigación desde una perspectiva de vigencia. Educación es el acto de educar, del latín “educare”, significa desarrollar o perfeccionar las facultades intelectuales y morales del niño o joven por medio de preceptos, ejercicios y ejemplos. Desde la perspectiva de Hostos, la educación exhibe una relación muy estrecha entre la sociedad y el individuo. Aunque el individuo como persona es el objetivo de la educación, Hostos sostenía que no se podía teorizar sobre el ser humano que queremos lograr sin tomar en cuenta los efectos condicionantes de la sociedad en la que está inmerso. La educación debe ser considerada en la sociedad como parte de ella, de la cultura y de los diversos modos de vida, ya que la realidad educativa es parte de una realidad social de dimensiones más amplias y globales. La educación contribuye a atender las necesidades sociales y personales a través del desarrollo de las capacidades de los ciudadanos (Departamento de Educación, 2003). Para que los procesos de enseñanza y aprendizaje estén basados en la teoría cognitivista del aprendizaje se tienen que utilizar estrategias, métodos y técnicas acordes

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con este paradigma. Diversos autores han utilizado las palabras técnicas, métodos y estrategias de enseñanza para denotar lo mismo (Trowbridge, et. al., 1981; Carin & Sund, 1985; Borich, 1988; citado por el Departamento de Educación, 2007). Las estrategias de trabajo cooperativo: son aquéllas en donde los estudiantes trabajan juntos hacia un fin en común cooperando los unos con los otros, según indican los autores Kagan & Johnson, 1994 (citados por el Departamento de Educación, 2003). Aunque se trabaja con responsabilidad individual, el esfuerzo de uno beneficia a todos. El trabajo es un grupo, pero el aprendizaje es responsabilidad individual y la estructuración de la tarea debe proveer para que esto ocurra (Cooper, 1993 citado por el Departamento de Educación, 2003). Otra de las estrategias es la enseñanza individualizada que parte del supuesto de que los estudiantes aprenden a diferentes ritmos un mismo material, y que los aprenden y lo procesan utilizando diferentes mecanismos y bajo diferentes condiciones. Esta estrategia pretende proporcionar a cada estudiante un programa de estudio, de acuerdo con los deseos o necesidades del estudiante, ya que considera las diferencias en estilos de aprendizaje, capacidad y ritmo al que se aprende (Departamento de Educación, 2003). Métodos de Evaluación para los Estudiantes con Discapacidades El Departamento de Educación en la creación de los informes de los resultados de las Pruebas de Medición establecieron los siguientes: La agencia será responsable de disponer al público e informará el número de estudiante con discapacidad la participación del Programa de Medición Regular y del Programa de Medición Alterno con la misma frecuencia y de la misma forma que lo hace con los resultados del Programa de Medición

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administrado a estudiantes sin discapacidad. Los resultados de la ejecución de los estudiantes con discapacidad serán informados al público si se considera que éstos son estadísticamente válidos y su divulgación no afectará la confidencialidad de la información de los estudiantes. Los resultados serán informados de manera agregada y segregada. El Comité de Programación y Ubicación (COMPU), de la escuela se reunirá para desarrollar o revisar el PEI del estudiante con discapacidad y decidirán el Programa de Medición del cual podrá participar el estudiante (Lynch & Adams, 2008). Los acomodos razonables que necesita el estudiante con discapacidad para participar del programa de medición, serán establecidos los procedimientos que se utilizarán para evaluar el progreso del estudiante con discapacidad respecto a su PEI y la forma en que los padres serán informados sobre dicho progreso. La evaluación del progreso del estudiante debe ser considerada con los acomodos necesarios para que éste pueda demostrar lo aprendido. El conceder tiempo adicional para contestar pruebas o desarrollar proyectos, el uso de un lector o anotador y el uso de exámenes orales son algunos de los acomodos razonables que se utilizan con mayor frecuencia, para beneficiar al estudiante con discapacidad (Departamento de Educación, 2008). El Departamento de Educación (2008), determinó las consideraciones relacionadas con la participación de los estudiantes con discapacidades en el Programa de Medición Regular las cuales son las siguientes: • los estudiantes con discapacidades pueden participar en el Programa de Medición Regular de la misma forma que los demás estudiantes sin discapacidades;

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• los estudiantes con discapacidades pueden participar de las pruebas, pero requieren de acomodos razonables o modificaciones para poder contestar las mismas; • algunos estudiantes con discapacidades utilizan ciertas estrategias o equipos asistivos como parte de los servicios de apoyo que necesitan en su proceso de aprendizaje; y • en la mayoría de los casos, los estudiantes con discapacidades necesitan los mismos servicios de apoyo para poder participar en el Programa de Medición Regular. Esto significa que el acomodo razonable a utilizarse en la administración de las pruebas deberá ser el mismo o consistente con el que el estudiante recibe en su ambiente educativo diario. Los acomodos razonables pueden ir dirigido hacia la forma de presentar las pruebas, la forma de contestar las mismas, el ambiente o lugar de la prueba y el tiempo o itinerario. La decisión del tipo de acomodo que recibirá el estudiante deberá ser considerado por las personas que componen el Comité de Programación y Ubicación (COMPU), de la escuela o del distrito escolar basándose en las necesidades particulares del estudiante con discapacidad. Esta decisión se realizará durante la preparación del Plan Educativo Individualizado (PEI) del estudiante (Departamento de Educación, 2008). Además, las consideraciones que han determinado la Agencia Educativo de Puerto Rico con el Programa de Medición Alterna las cuales son específicamente diseñadas para los estudiantes con discapacidades significativas, son las siguientes:

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la Agencia implantó el Programa de Medición Alterno utilizando las estrategias de Porfolio a partir del año escolar 2005-2006. Esta prueba se denomina las Pruebas Puertorriqueñas de Evaluación Alterna (PPEA);



el programa de Medición es aquél que se utiliza para evaluar los logros académicos de los estudiantes con discapacidades significativas, para los que el Programa de Medición Regular no es apropiado (Departamento de Educación, 2008).

Investigaciones Educativas Mateo (2008), en su investigación señala que la educación, como cualquier actividad humana parte de una realidad concreta y que incide sobre ella con ánimo de modificarla, exige flexibilidad y adecuación continua de los procedimientos de intervención que descalifican lo anteriormente establecidos. En la actualidad, hablar de educación especial implica tener presentes los cambios experimentados en este campo, iniciando con los mismos términos de educación especial, discapacidad, dificultades de aprendizaje, necesidades educativas especiales y, por supuesto, normalidad, tan comunes en lenguaje educativo contemporáneo. Por igual Cortiella (2007), indica, que es indispensable el cambio de la sociedad en la valoración de las diferencias humanas, ya que no se trata de eliminar las diferencias sino de aceptar que existen distintos modos de ser dentro de un contexto social específico. Capaz de ofrecer a cada uno de sus miembros las mejores condiciones para que logren el máximo desarrollo de sus capacidades, ofreciendo los mismos beneficios y oportunidades para que logren alcanzar una vida normal. La educación especial debe verse en función de las acciones que se articulan, de

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la transformación, del cambio, de la reducción de la diferencia, de la adquisición de una competencia inexistente o limitada previamente. En adición se puede intervenir para que el contexto favorezca a todas las personas, sin pretender la normalidad de la persona que, por alguna causa, consideramos fuera de ésta por presentar algún rasgo distinto. De acuerdo a McLaughlin & Thurlow (citado por Hardman, et. al., 2008), indican los paradigmas que diferencian la educación general de la educación especial. El sistema educativo plantea la capacidad de las escuelas de reconocer y de aplicar los acomodos razonables para beneficiar a los estudiantes con discapacidades. Existen varios desafíos para los estudiantes con discapacidades: • las escuelas tienen que asegurarse que el contenido y los estándares de ejecución tienen que ser amplios para beneficiar a los estudiantes con discapacidades; • se deben utilizar los resultados de las pruebas de ejecución para mejorar la enseñanza de los estudiantes con discapacidades. Por otro lado, Philip (2008), realizó una investigación relacionada a los máximos y mínimos beneficios de la Ley NCLB (2001), para los estudiantes con discapacidades. El mismo autor menciona, que la ley fue diseñada para provocar un sin número de aumentos de logros para los estudiantes con discapacidad. En los cuales se destacan los desafíos de los estándares académicos y estándares de ejecución para evaluar el logro del estudiante. Luft (2008), en su investigación establece que la Ley NCLB, ha propiciado cambios significativos en la enseñanza de los estudiantes con discapacidades. Esta ley ha

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desafiado perceptiblemente a las escuelas y a los maestros para satisfacer las medidas del progreso educativo del estudiante. Para certificar la calidad de enseñanza, todos los maestros tienen que ser “altamente cualificados”. Uno de los grandes retos que ha provocado los cambios en la ley es que los programas educativos de los estudiantes con discapacidades deben satisfacer las necesidades de forma individualizada. Estableciendo en su PEI, los acomodos razonables para que los estudiantes puedan realizar las pruebas de aprovechamiento académico. Los grandes retos de la Ley NCLB para la educación son los resultados estandarizados y normativos; en contraste, con los resultados individualizados y preceptivos. De acuerdo a Cortiella (2008), indica en su investigación que aunque la ley NCLB (2001) y la ley IDEIA (2004), son explícitas en sus opiniones la clave del éxito para los estudiantes con discapacidades no son validos el acceso al plan de estudios general, las enmiendas a las leyes han generado discusiones controversiales al campo de la educación. La promesa que cada estudiante tendrá la oportunidad de aprender es un elemento crítico dentro de la reforma educativa en el nivel federal. Nervin (citado por Hardman, et. al., 2008), plantean en su investigación, que los maestros de educación especial planifican y modifican el plan de estudios de instrucción para beneficiar a los estudiantes con discapacidades. Sin embargo, los profesores de la educación general y especial deben tener en su enseñanza múltiples disposiciones de adaptar los planes de enseñanza y de modificar las destrezas de enseñanza para motivar a los estudiantes a aprender el material educativo. Además, Hardman, et al. (2008), establecen que los investigadores y los educadores pueden discutir sobre que los estudiantes con discapacidades deben participar en el plan de estudios de la educación general que les

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permitirán experimentar una variedad más amplia de temas en un niveles más avanzado. La participación en el plan de estudios proporcionaría a la exposición de los estudiantes a las habilidades de pensamiento más elevados, provocando un sentido de responsabilidad y de mejor autoestima. Resumen del capítulo En este capítulo la investigadora menciona, los instrumentos de investigación, población y diseños de investigación que han sido utilizados en los últimos años para beneficiar en la enseñanza de los estudiantes que reciben los servicios educativos de Educación Especial. La Educación Especial es una educación diferente a la educación regular, la cual es una enseñanza individualizada (Mateos, 2008). El conocimiento se entiende como un proceso de construcción cognitiva más que un proceso de integración y reproducción de información. Se explican las características encontradas en las investigaciones realizadas en educación: la objetividad, la explicación, la precisión, el razonamiento lógico y las conclusiones provistas. La objetividad se refiere a la recopilación de datos y a los procedimientos de análisis a partir de los cuales se puede obtener una interpretación razonable. Además, con esta investigación se pretende identificar las aportaciones y los beneficios al campo la educación especial, de la Ley NCLB.

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Capítulo III Metodología Introducción Este capítulo trata del marco metodológico el cual es la descripción y análisis de los métodos que se utilizaron en el estudio de investigación (Schmelkes, 2003). Esta investigación es de índole cualitativa con enfoque documental, el propósito fue explorar, analizar y describir los artículos de investigación sobre el impacto de la Ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades, desde el 2001 hasta el momento que se realiza la investigación. Urbano (2003), indica que en el diseño de la investigación se explica el tipo de investigación que se estará utilizando, las técnicas que se utilizaron para la recopilación de los datos y su justificación. Diseño de investigación De La Torre (2007), indica que la investigación documental es aquélla que se realiza a través de la consulta de varios documentos (libros, revistas profesionales, periódicos, memorias, anuarios, registros, constituciones, leyes, estudios, entre otros), para obtener documentos nuevos en los que son posible describir, explicar, conceptualizar, analizar, comparar, actividades intelectuales, entre otros. La investigación es de tipo documental cualitativa de naturaleza exploratoria y descriptiva. En la misma se describen y se analizan los datos recolectados del impacto de la Ley

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“Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades. La investigaciones cualitativa según Nube & Sanchéz (2003), citado por Gómez (2008), indica que es una estrategia de realizar trabajos narrativos de los fenómenos que son estudiados mediante técnicas que como la observación participante y las entrevistas no estructuradas, ésta evita la cuantificación. La investigación cualitativa trata de identificar la naturaleza profunda de las realidades, su sistema de relaciones, su estructura dinámica. El método cualitativo responde al ¿qué?, ¿cómo?, ¿por qué? y ¿para qué?. Busca el significado de las cosas; es exploratorio y explicativo. Los resultados arrojados son muy representativos pero no cuantitativamente proyectables. Utiliza la observación localizada, entrevistas y grupos de discusión como técnicas de recolección de datos. Por otro lado Lucca & Berrios (2003), indican que la investigación cualitativa es un campo establecido del inquirir en las ciencias sociales y humanidades. Se trata del cuerpo de conocimiento que conforman los distintos diseños y estrategias de investigación que producen datos o información de naturaleza textual, visual o narrativa. Las cuales son analizadas, a su vez, mediante medios no matemáticos. En muchas ocasiones se le identifica con la rúbrica de investigación naturalista e interpretativa, para referirse al hecho de que la información que se recopila en estos estudios procede de personas en situaciones y ambientes naturales. El foco de atención de la investigación es la cualidad de las acciones, relaciones, materiales, situaciones, procesos e ideas. Los estudios exploratorios, según Hernández, Fernández y Baptista (2003), son considerados como el primer acercamiento científico a un problema. Este tipo de estudio se genera cuando un problema en un área específica ha sido poco estudiado, se tiene

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muchas dudas acerca de él o no se ha abordado antes. Sin embargo Arias (1999), citado por Hernández, Fernández y Baptista (2003), señala que se utilizan los estudios explorativos cuando la situación evidente que rodea al problema es poco determinante. De este modo sus resultados representan sólo una visión aproximada a dicho problema. La metodología de este tipo de investigación suele ser más flexible en comparación con los otros tipos de estudios y son más amplios y dispersos que otras tipologías de investigaciones. Las investigaciones cualitativas generalmente se asocian a este tipo de estudio aunque no siempre utilizan este enfoque, pudiendo tener alcances de tipo descriptivo, correlacional y causal. Los estudios descriptivos buscan especificar las propiedades importantes de personas, grupos, comunidades o cualquier otro fenómeno que sea sometido a análisis (Dankhe, 1986 citado por De La Torre, 2007). Además, los estudios descriptivos miden o evalúan diversos aspectos, dimensiones o componentes del fenómeno o fenómenos a investigar, o sea, proponen que “en un estudio descriptivo se selecciona una serie de cuestiones y se mida o se recolecte información sobre cada una de ellas, para así describir lo que se investiga” (Hernández, et. al., 2003). En esta clase de estudios el investigador debe definir qué se va a medir o sobre qué se habrán de recolectar los datos y cuya descripción deberán ser más o menos profundos independientemente del tipo de diseño que se seleccione para la investigación. Preguntas de Investigación Según lo planteado anteriormente, es importante que todo estudio esté conducido para buscar contestaciones a unas interrogantes que se plantean en forma de pregunta

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(Ponce, 2006). Por lo que para esta investigación de tipo documental descriptiva se emplean las siguientes preguntas de investigación como guía a utilizar en la misma: 1. ¿Cuáles son las disposiciones, relacionadas a los estudiantes con discapacidades, que estipula la ley “Que ningún niño quede rezagado”? 2. ¿Cuál ha sido el impacto de la ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades? 3. ¿Cómo se estará aplicando la ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos que reciben los estudiantes con discapacidades? Descripción de la Muestra Para la realización de la investigación cualitativa de tipo documental descriptiva y explorativa sobre el impacto de la Ley NCLB en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades; la investigadora utilizó diversos documentos acerca del tema. La muestra consistió en 28 revisiones literarias que están relacionados a los servicios de Educación Especial que reciben los estudiantes con discapacidades. En su mayoría son investigaciones en donde los participantes eran estudiantes seleccionados de manera aleatoria; con discapacidades significativas y otros con discapacidades moderadas. Además, se utilizaron documentos legales y literatura relacionada al tema de la investigación. Procedimiento de la Investigación Durante el proceso de realización de la investigación documental la investigadora utilizó diferentes recursos que facilitaron la recopilación de la información relacionada a

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la revisión de literatura. La investigadora realizó una búsqueda exhaustiva y estructurada de las diferentes fuentes bibliográficas de información primaria, secundaria y terciaria. Se comenzó la búsqueda de documentos utilizando la Internet y se localizaron varios artículos con información pertinente al tema de la investigación. En la búsqueda de documentos se redactaron palabras claves utilizando los siguientes términos: Ley NCLB, educación del niño con discapacidad, investigación documental, investigación educativa y ley de educación especial, entre otros; la investigadora consideró que las revisiones literarias tenían cinco años de publicación en la Internet. Además, se utilizaron bases de datos en línea, como: Altavista, Yahoo, Google, Eric, Wilson, Pro Quest, Lycos, Lex Juris, entre otros. Ciento de documentos aparecieron, pero la mayoría no tenían la validez requerida para ser utilizados en este estudio. Además, la investigadora realizó una búsqueda en diferentes catálogos de revistas profesionales, localizando y revisando los artículos pertinentes al tema. Otra fuente de información utilizada fueron las tesis, las cuales sirvieron de guía y de referencia al igual que los libros. La investigadora diseñó un esquema de trabajo diario orientado a la recopilación de la información sobre el tema central, el instrumento, el diseño, el metodológico y la población. Una vez recopilado los documentos de interés para la investigadora, se procedió a realizar un análisis de los mismos mediante el uso de una rúbrica y una planilla, para recolectar los datos localizados; también se revisaron las citas bibliográficas de algunos artículos de investigación. Se realizó una lectura minuciosa, se señalaron los datos de mayor relevancia al respecto y se tabularon los datos utilizado en el Programa de Microsoft Excel.

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Descripción del Instrumento de Investigación Según Creswell (2005), el instrumento de investigación es una sección en la cual se describe detalladamente que el investigador utilizará para la recopilación de los datos obtenidos. En esta investigación el instrumento a utilizar fue una “rúbrica” para evaluar y tabular la información encontrada en los artículos investigativos. La misma consistió de seis criterios: tema del documento, años de los estudios, metodología utilizada, pertinencia, argumentos sustentados y recomendaciones y/o conclusiones. Con una escala “Licker”, en los cuales contiene las puntuaciones del 1 al 5, el 5 es excelente, 4 es bueno, 3 es regular, 2 es deficiente, 1 es pobre, el documento fue preparado por la investigadora, validado por la profesora mentora. En los cuales al tabular los criterios se utilizó la siguiente información de: 50-40 la información cumple con todos los criterios establecidos; 39-29 la información cumple con la mayoría de los criterios establecidos; 28-18 la información cumple con algunos criterios establecidos; 17-07 la información cumple con pocos de los criterios establecidos; 06- 0 la información no cumple con los criterios establecidos. Al final se suman los puntos obtenidos y se utilizan aquellos documentos que cumplen con 27 puntos. Una vez construida la rúbrica se sometió la misma a la evaluación de la profesora mentora de la universidad. La profesora validó el instrumento el cual era uno completo y que cumplía con los propósitos establecidos en la investigación tipo documental. Luego la investigadora realizó un análisis de los datos recolectados y clasificó la información de acuerdo al orden a utilizarse. La mayoría de la documentación utilizada proviene de revistas profesionales.

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Análisis de Datos Los resultados de esta investigación documental fueron detalladamente analizados, tabulados e interpretados utilizando distribuciones de frecuencia (f) y de por ciento (%). Éstos son presentados de forma descriptiva, mediante tablas y gráficas. Dichas representaciones son evidencia de los hallazgos obtenidos para determinar un análisis de forma cualitativa, exploratoria y descriptiva de tipo documental del impacto de la “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades. Limitaciones del Estudio Esta investigación documental se limita a analizar y describir el impacto de la Ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades. Además este estudio se concreta en la medida de hallar la información necesaria para analizar los estudios de investigación ya que es posible que algunos de los estudios no se encuentre disponible en los documentos antes mencionado. Delimitaciones del Estudio Este estudio se delimita a la disponibilidad de encontrar la información necesaria para evaluar y analizar los estudios de investigación, desde los inicios de la implantación de la Ley NCLB desde el año 2001 hasta el 2009. Resumen del capítulo En este capítulo la investigadora, discutió la metodología utilizada en la investigación utilizando los resultados obtenidos de los artículos encontrados. Entre los temas desarrollados se encuentran el tipo de diseño de la investigación, la descripción de

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la muestra, el procedimiento utilizado, análisis y limitaciones de la investigación. Por lo tanto, la investigación documentada realizada por la investigadora se delimita a analizar los estudios de investigación relacionados con el impacto de la ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades. Además, la investigadora describió los procedimientos realizados durante los procesos de la recopilación de documentos. La limitación del estudio, la cual fue por disponibilidad de las investigaciones antes mencionadas.

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Capítulo IV Análisis e Interpretación de los Hallazgos Introducción Es esencial conocer el impacto de la ley”Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades, debido a que la ley ha incorporado cambios significativos en dichos servicios. En el siguiente capítulo la investigadora presenta el análisis de los hallazgos, el cuál fue obtenido a través de la rúbrica que se utilizó para recopilar la información relevante. Con los datos obtenidos de las 28 revisiones de literaturas, la investigadora realizó una distribución porcentual con el propósito de contestar las preguntas de investigación que dirigen este trabajo. Análisis e Interpretación de los Hallazgos A continuación se indican a modo de resumen el análisis de hallazgos del impacto de la Ley NCLB en los servicios educativos que reciben los estudiantes con discapacidades, según los artículos recopilados y la revisión de literatura utilizada.

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Pregunta de Investigación 1 ¿Cuáles son las disposiciones, relacionadas a los estudiantes con discapacidades, que estipula la Ley “Que ningún niño quede rezagado”? Tabla 1 Distribución porcentual de las disposiciones relacionadas a los estudiantes con discapacidades, que estipula la Ley “Que ningún niño quede rezagado”. Descripción

f

%

Acomodos Razonables

5

18%

Integración

7

25%

Alineación a los Estándares

7

25%

Derechos de los estudiantes con discapacidades

9

32%

n=28 Gráfica 1

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Según los datos de la Tabla 1 y la Gráfica 1 muestran las disposiciones que enfatiza la Ley NCLB relacionadas a los estudiantes con discapacidades. En donde el 32% de los datos dan mayor énfasis a los derechos de los estudiantes con discapacidades; el 25% se le otorga a la integración y alineación de los estándares y el 18% a los acomodos razonables que están estipulados en el Plan Educativo Individualizado del estudiante con discapacidad. Pregunta de Investigación 2 ¿Cuál ha sido el impacto de la Ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades? Tabla 2 Distribución porcentual localizada en la literatura, relacionada al impacto de la Ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades. Descripción

f

%

Métodos de enseñanza a los estudiantes con discapacidades

14

50%

Coordinación entre los maestros de sala regular y maestros de educación especial

5

18%

7

25%

2

7%

Participación de los estudiantes con discapacidades en: -

Programa de Medición Regular

-

Programa de Medición Alterna

n=28

50

Gráfica 2

Según los datos de la Tabla 2 y la Gráfica 2 muestran el impacto de la Ley NCLB en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades. En las áreas en donde mayor estudios se han realizado fue en los métodos de enseñanza con un 50%; en la participación de los estudiantes con discapacidades en Programa de Medición Regular, con un 25%; en la coordinación entre los maestros de la sala regular y maestros de educación especial, con un 18%; y en la participación de los estudiantes con discapacidades en Programa de Medición Alterna con un 7%.

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Pregunta de Investigación 3 ¿Cómo se estará aplicando la ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos que reciben los estudiantes con discapacidades? Tabla 3 Distribución porcentual de las aplicaciones de la Ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos que reciben los estudiantes con discapacidades. Descripción

Libros

Artículos de Investigación

Estudios de Caso

f 6

% 21%

F 4

% 14%

f 3

% 11%

Modificaciones a los Currículos

3

11%

3

11%

0

0%

Creación de programas para fortalecimiento de destrezas académicas de los estudiantes con discapacidades.

4

14%

4

14%

1

4%

Participación de los estudiantes con discapacidades en evaluaciones estandarizadas

n=28 Gráfica 3

52

En la Tabla 3 y la Gráfica 3 muestra la distribución porcentual de las aplicaciones de la Ley NCLB en los servicios educativos que reciben los estudiantes con discapacidades. En la información utilizada se encuentran libros, artículos de investigación y estudios de casos. En la literatura concerniente a los libros, se localizó con un 21% la participación de los estudiantes con discapacidades en las evaluaciones estandarizadas; en los artículos de investigación con un 14% y en los estudios de caso con un 11%; con un total localizado de 46%. En las áreas de creaciones de programas para el fortalecimiento de destrezas académicas de los estudiantes con discapacidades en los libros un 14%, en los artículos de investigación con un 14% y en los estudios de caso con un 4%; con un total localizado de 32%. En las áreas de modificaciones en los currículos de enseñanza para los estudiantes con discapacidades en los libros con un 11%, en los artículos de investigación con un 11% y en los estudios de caso con un 0%, con un total localizado de 22%.

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Tabla 4 Distribución porcentual de los años de publicación de la literatura localizada en los servicios educativos que reciben los estudiantes con discapacidades.

n=28

Año de Publicación

f

%

2009

2

7%

2008

6

21%

2007

2

7%

2006

8

28%

2005

5

18%

2004

2

7%

2003

1

4%

2002

1

4%

2001

1

4%

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Gráfica 4

De los hallazgos encontrados en la Tabla 4 y la Gráfica 4 muestran la distribución porcentual de los años de publicación localizados en la literatura relacionada a los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades. El año donde se localizó mayor información fue en el 2006 con un 28%; seguido por el año 2008 con un 21%; luego el año 2005 con un 18%; después en los años 2004, 2007, 2009 se obtuvo un 7%; y además durante los años 2001, 2002 y 2003 se obtuvo un 4% de la información localizada en los artículos de investigación y en la revisión de literatura.

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Discusión de Hallazgos Los hallazgos que se presentan en el Capítulo fueron el resultado del análisis de la información revisada sobre el impacto de la Ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades. Los hallazgos están basados en las tres preguntas de investigación. Cada pregunta fue contestada previamente y representada por tablas o gráficas. La investigadora se dirigió a contestar las preguntas de investigación y compararla con la información presentada en la revisión de literatura del Capítulo II. Las siguientes preguntas fueron la guía para dirigir este estudio. 1) ¿Cuáles son las disposiciones, relacionadas a los estudiantes con discapacidades, que estipula la Ley “Que ningún niño quede rezagado”? La Ley NCLB cuenta con varias disposiciones que benefician a los estudiantes con discapacidades. Al realizar la revisión de literatura la investigadora localizó con mayor énfasis los derechos que protegen a los estudiantes con discapacidades con un 32%, porque es la disposición más relevante que estipula cuáles son los deberes, derechos y responsabilidades de los estudiantes con discapacidad. Además esta disposición incluye a los padres o encargados de estos estudiantes (Law NCLB, 2001; Schrag, 2003 & Salend, 2008). Además, dentro de la información encontrada, se obtiene con un 25% la integración de los estudiantes con discapacidades, de acuerdo a Weinfeld (2008), es fundamental involucrar al estudiante con discapacidad en el ambiente menos restrictivo para que logren desarrollarse e involucrarse con estudiantes sin discapacidad. También se encontró que al ser integrado los estudiantes con discapacidades se tienen que realizar alineaciones en

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los estándares (NCLB, 2001) en los cuales se localizó con un 25%. Por último, los acomodos razonables se hallaron con un 18%, los mismos son para beneficiar al estudiante con discapacidades y mejorar su rendimiento académico (Salend, 2008 & Rothstein & Johnson, 2009). 2) ¿Cuál ha sido el impacto de la ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades? El impacto significativo que ha tenido la Ley NCLB en los servicios educativos que reciben los estudiantes con discapacidades. En cuanto a la restructuración de los métodos de enseñanza a los estudiantes con discapacidades la investigadora lo localizó con un 50%, permitiendo que estos estudiantes tengan igual acceso para una educación de excelencia al igual que los estudiantes sin discapacidad (Pizón, 2003). La participación de los estudiantes con discapacidad en el Programa de Medición Regular fue encontrada con un 25%, cuyo propósito es que los estudiantes con discapacidad puedan ser evaluados con los mismos instrumentos (pruebas) que los estudiantes sin discapacidad (NCLB, 2001). Es de suma importancia la coordinación entre los maestros de sala regular y maestros de educación especial por lo que se halló un 18%, porque la ley estipula la integración del estudiante con discapacidad en salones de clases regulares, en los cuales al ser integrado el estudiante tiene la oportunidad de compartir con sus pares en el ambiente menos restrictivo (Departamento de Educación, 2008 & Ley NCLB, 2001). Los maestros deben establecer planes de trabajo para conocer, identificar y fortalecer las destrezas estudiadas (Collins, Hawkins, Galyon, McLaren, Schuster, Slevin & Spoelker, 2005). Por último, la participación de los

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estudiantes con discapacidades en Programas de Medición Alterna, se localizó con un 7%, ya que los estudiantes con discapacidades significativas no pueden ser evaluados con los mismos instrumentos porque los programa de medición regular no son apropiados (Departamento de Educación, 2008). Las disposiciones antes mencionadas tienen un impacto significativo en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidades. 3) ¿Cómo se estará aplicando la ley “Que ningún niño quede rezagado” en los servicios educativos que reciben los estudiantes con discapacidades? La aplicación de la Ley NCLB en los servicios educativos que reciben los estudiantes con discapacidades se está aplicando de varias maneras, pero siendo importante el hacer partícipes a los estudiantes con discapacidades en las evaluaciones estandarizadas (Luft, 2008). Las áreas en las cuales se está aplicando la ley NCLB son las siguientes: participación de los estudiantes en evaluaciones estandarizadas, modificaciones en los currículos y creación de programas para fortalecimiento de destrezas académicas de los estudiantes con discapacidades. La mismas se hallaron a través de libros, artículos de investigación y estudios de caso, las cuales se discutirán a continuación. En cuanto a los libros que utilizó la investigadora el 21% trataban sobre la participación de los estudiantes con discapacidades en las evaluaciones estandarizadas ( Bowen & Rude, 2006). Además, el 14% localizado fue sobre la creación de programas de fortalecimiento de destrezas académicas de los estudiantes con discapacidades (Philip, 2008). También, el 11% localizado fue

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sobre las modificaciones realizadas a los currículos de enseñanza (Harriman, 2005 & Cortiella, 2008). En cuanto a los artículos de investigación, el 14% de ellos destacaron la participación de los estudiantes con discapacidades en las evaluaciones estandarizadas (Weishaar, 2006). Al igual que un 14% fue la creación de programas para fortalecimiento de destrezas académicas de los estudiantes con discapacidades (Henley, Ramsey & Algozzine, 2006; Russo & Osborne, 2008) . Y un 11% en las modificaciones realizadas a los currículos de enseñanza (Mitchem, Kossar & Ludlow, 2006). Finalmente en los estudios de casos, el 11% se localizó en la participación de los estudiantes con discapacidades en las evaluaciones estandarizadas (Philip, 2008). El 4% fue localizado en la creación de programas de fortalecimiento de destrezas académicas de los estudiantes con discapacidades (Collins, Hawkins, Galyon, McLaren, Schuster, Slevin & Spoelker, 2005). Y un 0% trabajó con las modificaciones realizadas a los currículos de enseñanza. Durante la realización de esta investigación cualitativa tipo documental la investigadora consideró fundamentalmente los temas relacionados al impacto, las disposiciones y las aplicaciones de la ley NCLB, se debe considerar los años de publicación de la revisión de literatura utilizada para la realización de la investigación documental. Los mismos fueron tomados en cuenta porque las leyes son enmendadas periódicamente y para este tipo de investigación es requisito tener información actualizada. La mayor información localizada fue en el año 2006 con un 28%; en el año

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2008 con un 21%; en el año 2005 con un 18%; en los años 2004, 2007 y 2009 con un 7%; y en los años 2001, 2002 y 2003 con un 4%. Resumen del Capítulo En este Capítulo se explican, por medio de tablas y gráficas, los resultados que se obtuvieron del análisis de la literatura. Basado en tres preguntas que dirigían la investigación tipo documental. Las mismas fueron analizadas y discutidas para hallar contestación a las preguntas planteadas ya que la ley NCLB ha modificado y estructurado el estilo, métodos y enseñanza para beneficiar a los estudiantes con discapacidades (Luft, 2008). Aún así la ley ha tenido grandes controversias entre las disposiciones y la manera que se ejecutan las mismas (Hardman & Dawson, 2008).

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Capítulo V Conclusiones, Implicaciones y Recomendaciones Introducción En este capítulo la investigadora explica las conclusiones, implicaciones y recomendaciones de la investigación documental sobre el impacto de la ley “Que ningún niño se quede rezagado” en los servicios educativos que reciben los estudiantes con discapacidades. La investigación estuvo dirigida a analizar los cambios que trae la ley NCLB específicamente a los estudiantes con discapacidades. El interés de la investigadora fue estudiar a través de las revisiones literarias el impacto que ha tenido la ley NCLB con relación con los estudiantes con discapacidades. El instrumento utilizado consistió de una rúbrica construida por la investigadora y validada por la profesora mentora. La muestra consistió de 11 artículos de investigación, 13 libros y 4 estudios de casos sobre las estipulaciones de la ley NCLB en relación a los estudiantes con discapacidades. A través de la revisión de literatura se recopiló la información concerniente para contestar las preguntas de la investigación y poder presentar las conclusiones, implicaciones y recomendaciones. Todo ello sustentado en la literatura consultada para la investigación de este tema presentado en el Capítulo II. Conclusiones Luego de haber concluido y examinado la revisión de literatura sobre el impacto de la ley NCLB en los servicios educativos que reciben los estudiantes con discapacidades; la investigadora expone las conclusiones de este estudio. Las

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conclusiones están fundamentadas en las interrogantes que dirigieron esta investigación las cuales son: las disposiciones de la ley NCLB, el impacto de la ley NCLB y la aplicación de la ley NCLB en los servicios educativos que reciben los estudiantes con discapacidades. Una vez examinada las disposiciones que estipula la ley NCLB en la revisión de literatura, la investigadora presenta los datos más relevantes, los cuales son: • El sistema educativo debe asegurar y garantizar los servicios educativos que reciben todos los estudiantes con discapacidades; con el propósito de que estos estudiantes tengan una oportunidad justa y equitativa en los procesos de enseñanza que reciben al igual que los estudiantes sin discapacidad. • La ley es explícita en la inclusión de los estudiantes con discapacidades en los procesos de evaluaciones académicas estandarizadas, para que estos estudiantes puedan recibir una enseñanza apropiada y significativa y de esta manera logren obtener una educación de alta calidad. • La ley requiere que las escuelas reporten los progresos de aprendizaje de los estudiantes con discapacidades por lo menos una vez al año. De esta manera las escuelas tienen que utilizar pruebas estandarizadas para evaluar los procesos de enseñanza que reciben los estudiantes con discapacidades. • El estudiante con discapacidad tiene que estar ubicado en la alternativa que resulte menos restrictiva y de acuerdo a lo estipulado en el PEI, para que el estudiante pueda ser evaluado bajo los mismos criterios que son utilizados para los estudiantes sin discapacidad.

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• La ley NCLB, enfatiza que dependiendo de la discapacidad del estudiante y de acuerdos a las indicaciones en el PEI, el estudiante pueda realizar las pruebas anuales estandarizadas con los acomodos razonables estipulados en el PEI. De acuerdo a la revisión de literatura revisada, la investigadora concluye que las aplicaciones de la ley NCLB en los servicios educativos que reciben los estudiantes con discapacidad, se enfatizan en los siguientes aspectos: • Enfatiza la responsabilidad de las escuelas en el mejoramiento de los logros académicos de los estudiantes con discapacidad; con el propósito de cumplir con las expectativas y destrezas del grado académico. • Establece variadas alternativas de ubicación para evaluar el progreso académico de los estudiantes con discapacidad; éstas son: - El estudiante puede realizar el examen regular de la misma manera que los estudiantes sin discapacidad. - El estudiante puede ejecutar la evaluación regular con los acomodos razonables que estén estipulados en el PEI. - La evaluación alterna será utilizada para evaluar a los estudiantes con discapacidades significativas. Por lo tanto la Ley NCLB, 2001 estipula que los procesos educativos que reciben los estudiantes con discapacidad deben ser evaluados por lo menos una vez al año. Con el propósito de que todos los estudiantes sean evaluados utilizando pruebas

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estandarizadas. Los resultados obtenidos en la pruebas se deben tener en consideración las fortalezas y debilidades para ofrecerle la ayuda individualiza necesaria enfatizando las áreas académicas en las cuales evidenciaron mayor rezago. Además, en términos generales y partiendo de los datos obtenidos de este estudio, todos los sistemas educativos han tenido que realizar varios cambios, los cuales son: - Informar el desempeño académico que han obtenido los estudiantes con discapacidades. - Responsabilidad que tienen las escuelas para establecer y mantener los niveles académicos adecuados. - Involucración de los estudiantes con discapacidad con otros estudiantes sin discapacidad. Estos cambios han provocado un impacto significativo para beneficiar a los estudiantes con discapacidades; con el propósito de garantizar una educación efectiva, de calidad y en igualdad de condiciones que los estudiantes sin discapacidad. Implicaciones Luego de llevado a cabo el estudio se demostraron las siguientes implicaciones: • La ley NCLB, estipula que los estudiantes con discapacidades tienen que estar incluidos en la corriente regular, esto a su vez implica que los maestros de educación especial y los maestros de sala regular tienen que coordinar los procesos de enseñanza que serán llevados a cabo para beneficiar a estos

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estudiantes (Salend, 2008). El 18% de la literatura localizada indica que es esencial llevar a cabo esta coordinación entre los maestros, porque de esta manera se garantiza el desempeño académico que va adquiriendo el estudiante. • El estudiante con discapacidad recibe grandes beneficios al ser integrado con estudiantes sin discapacidad. Esto implica que el estudiante al estar integrado se siente parte de un grupo social y adquieren motivación e interés por los procesos de enseñanza (Hardman & Dawson, 2008). El 25% de la literatura localizada indica la pertinencia que tiene la inclusión del estudiante con discapacidad y el aprovechamiento académico adquirido por estos estudiantes, el cual resulta uno favorable. • La ley NCLB, estipula que todos los estudiantes con discapacidad y sin discapacidad tienen que realizar pruebas estandarizadas evaluadas anualmente, con el propósito de garantizar una educación de excelencia (Philip, 2008). El 24% de la literatura localizada indica que los estudiantes con discapacidad participan de pruebas de medición regular y que el 7% de los estudiantes con discapacidad significativa realiza las pruebas de medición alterna. Esto implica que se tienen que tomar en consideración los resultados obtenidos por estos estudiantes para reforzar las destrezas en las que evidenciaron algún rezago académico.

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Recomendaciones Luego de haber presentado las conclusiones de esta investigación son varias las recomendaciones que la investigadora presenta a continuación: • La Ley NCLB debe establecer estudios rigurosos en los resultados obtenidos en las pruebas estandarizadas en relación a los estudiantes con discapacidad. Para que de esta manera se puedan realizar los ajustes necesarios en los currículos, proceso de enseñanza y en los materiales de aprendizaje; con el propósito de satisfacer las necesidades educativas individualizadas de los estudiantes con discapacidades. • Realizar enmiendas a la ley NCLB, que permitan la creación de diversos programas académicos que sirvan de beneficio para los estudiantes con discapacidad con el propósito de fortalecer sus destrezas académicas. • Deben ser pertinentes las pruebas estandarizadas con la realidad de cada estudiante. Por lo tanto la ley NCLB debería considerar las necesidades reales de la comunidad y sociedad en las cuales se involucra el estudiante con discapacidad.

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Recomendaciones para futuras investigaciones Las enmiendas actuales de la ley NCLB resultan muy abarcadora y se debería explorar e indagar las siguientes áreas: • La efectividad de las evaluaciones estandarizadas en los estudiantes con discapacidades. • La percepción de los padres de estudiantes con discapacidad sobre la ley en el proceso de enseñanza. •

¿Cómo el sistema educativo de Puerto Rico ha implementado esta ley en los servicios que reciben los estudiantes con discapacidad?



Efectividad de la ley NCLB en; o ¿Cuáles han sido los resultados de las pruebas estandarizadas en los estudiantes con discapacidades? o ¿Cuántos estudios cuantitativos han sido dirigidos a los servicios educativos que reciben los estudiantes con discapacidades?

Resumen del Capítulo En este Capítulo V la investigadora presentó de forma detallada las conclusiones de esta investigación sobre el impacto de la ley NCLB en los servicios educativos de los estudiantes con discapacidad. El sistema educativo de cada estado tiene la responsabilidad de vigilar y proteger los derechos de los estudiantes con discapacidad para que reciban una educación en igualdad de condiciones que los estudiantes sin discapacidad. Por último se incluyen las implicaciones de esta ley en la educación, recomendaciones y las recomendaciones para futuras investigaciones.

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