PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES: EXPLOTACIÓN DEL EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO BAR ( Establecimiento Grupo 1) EN LAS PISICNAS EXTERIORES DE OCIO Y RECREACIÓN DE HERNANI POR PROCEDIMIENTO ABIERTO. I. CONTENIDO DEL CONTRATO 1.- OBJETO DEL CONTRATO.El contrato que en base al presente pliego se realice tendrá por objeto la explotación del servicio de bar (establecimiento grupo 1) en las pisicinas exteriores de ocio y recreación de Hernani , de conformidad con el pliego de condiciones técnicas y el de prevención de riesgos que figuran en el expediente que forma parte integrante del mismo. 2.- DURACIÓN DEL CONTRATO.La duración del contrato será de 1 temporada (26 junio 2015 a 20 septiembre 2015), prorrogable de mutuo acuerdo por otra temporada más ( junio 2016 a septiembre 2016), En caso de no prorrogar el contrato, las partes deberán comunicarse de forma fehaciente antes del día 1 de febrero de 2016 su voluntad de darlo por finalizado. Transcurrido el plazo de vigencia, y en su caso la prórroga, quedará automáticamente terminado el contrato y el adjudicatario cesará en la prestación del servicio. 3.- PRECIO DE LICITACIÓN.El precio mínimo de licitación : 1.200,00 euros (más IVA) para la temporada 2015 . El licitador deberá pagar la totalidad del precio ofertado al Ayuntamiento por la explotación del servicio antes del día 15 del mes de agosto del año en curso. En las proposiciones presentadas, además del precio se incluirán también las tasas y gastos de cualquier tipo. El adjudicatario deberá hacerse cargo de los gastos de publicidad de la licitación.
4.- GARANTÍAS.4.1.- Provisional. No se exige. 4.2.- Definitiva.El adjudicatario del contrato deberá, constituir una fianza definitiva, por importe de 1.000 euros, para garantizar del cumplimiento de las obligaciones asumidas.
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El plazo para la constitución de la citada garantía será de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación de la adjudicación del contrato, será depositada en las oficinas del Ayuntamiento de Hernani y podrá constituirse bien en metálico o bien en cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. (ANEXO II) La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, y 65.2 y 3 del RGLCSP, una vez cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales. 5.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO.5.1. Previo a la iniciación de la prestación del servicio, se levantará la correspondiente acta de inventario de equipos, instalaciones, mobiliario y cuantos enseres se ponen a disposición de la empresa adjudicataria. , en donde se refleje su estado de funcionalidad, prestando si así se estimara su conformidad a ello. De igual manera, en el momento de la resolución/conclusión del contrato, se procederá a levantar acta, estando obligada la empresa adjudicataria a reponer y dejar en perfectas condiciones de uso, cuantos bienes fueron puestos a su disposición al inicio de la prestación del servicio. Caso contrario el Ayuntamiento procederá a las reparaciones o reposiciones a que hubiera lugar con cargo a la garantía. 5.2.- En cuanto a la fecha de garantía de contrato, el adjudicatario deberá responder en el plazo de dos meses a la obligación de dejar los bienes en buen estado o sustituirlos. 5.3.- El contratista asumirá los riesgos del cumplimiento del contrato. 5.4.- El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y, en su caso, a las especificaciones técnicas unidas al expediente, bajo la dirección, inspección y control de la Administración , quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente. Cuando por actos u omisiones imputables al contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, la Administración podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo. 6.- OBLIGACIONES LABORALES DEL ADJUDICATARIO. El adjudicatario tendrá las siguientes obligaciones: a) Cumplir las disposiciones legales vigentes en materia laboral, seguridad social, seguridad e higiene en el trabajo y prevención de riesgos laborales. ANEXO IV. b) Ejecutar el contrato en la forma prevista en este Pliego de Cláusulas EconómicoAdministrativas y Técnicas y en los demás documentos que constituyan el contenido del mismo. c) Respetar el objeto del contrato y los límites establecidos en el mismo, debiendo con la diligencia debida, garantizando en todo momento su correcta ejecución. d) La observancia de las directrices emitidas por esta Administración permitiendo al mismo o al personal que designe al efecto, la inspección de la ejecución del contrato. A tal efecto deberá presentar la documentación referente a la gestión del servicio que el Ayuntamiento le requiera por escrito, en el plazo de 15 días desde el requerimiento. e) Deberá presentar mensualmente al Ayuntamiento los datos económicos de la explotación (ingresos y gastos), en el plazo de los quince días siguientes al mes vencido. f) Poner en todo momento a disposición del servicio todo el personal preciso para su correcta ejecución y para cubrir todas las ausencias, incluidas bajas y vacaciones, que se produzcan en el mismo.
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g) Suscribir y mantener en vigor durante la ejecución del contrato una póliza de seguros de responsabilidad civil de daños a terceros (personas o cosas), previamente a la formalización del contrato, por la cuantía de 300.000 euros. 7.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del TRLCSP. 8.- MODIFICACIONES Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. El contrato solo podrá ser reformado por razones de interés público en los casos y en la forma previstos en titulo V del libro I del TRLCSP, y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 108 y 211 del TRLCSP. En estos casos las modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para el contratista. Las modificaciones del contrato deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en eel artículo 156 del mismo texto. Cuando por causas imputables al adjudicatario, no pueda formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, perderá la garantía e indemnizará por los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario. El contrato podrá resolverse en las situaciones recogidas en el presente pliego de condiciones y en los artículos 223 y 308 del TRLCSP, en las condiciones y con las consecuencias recogidas en los artículos 224, 225 y 309 de la citada ley. Cuando el contrato se resuelva por causas imputables al adjudicatario le será incautada la garantía definitiva y, en su caso, deberá indemnizar los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada. 9.- OBLIGACIONES BÁSICAS DEL ADJUDICATARIO: Serán obligaciones básicas del adjudicatario las siguientes: a) Prestar el servicio objeto del contrato poniendo para ello en funcionamiento los locales e instalaciones como mínimo del día 26 de junio de 2015 al 20 de septiembre de este mismo año. b) Conservar las construcciones e instalaciones que sean inherentes y necesarias para la adecuada prestación del servicio, y mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene hasta que, por conclusión de la concesión, deban entregarse. c)
Admitir el uso del servicio a toda persona que cumpla los requisitos reglamentarios.
d) La obligación establecida en la cláusula 6.f (Poner en todo momento a disposición del servicio todo el personal preciso para su correcta ejecución y para cubrir todas las ausencias, incluidas bajas y vacaciones, que se produzcan en el mismo) 10.- DERECHOS DEL ADJUDICATARIO Son derechos del adjudicatario: a) Utilizar los bienes del Ayuntamiento necesarios para el servicio.
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b) Percibir los ingresos correspondientes por la explotación del servicio. 11.-
INFRACCIONES
El adjudicatario será sancionado por el incumplimiento de las obligaciones previstas en el Pliego de Cláusulas Administrativas y en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Las infracciones del adjudicatario se clasifican en muy graves, graves y leves. a) Tendrán consideración de infracciones muy graves: 1.- La demora en el comienzo de la prestación del servicio, salvo causa de fuerza mayor. 2.- La no intervención inmediata tras la denuncia del Concejal Delegado o del Director Deportivo. 3.- La prestación manifiestamente defectuosa o irregular del servicio. 4.- Desobediencia de las órdenes oficiales del Delegado de deportes o del Director Deportivo. 5.- El incumplimiento de las obligaciones esenciales establecidas en la cláusula 9ª de este pliego b) Tendrán consideración de infracciones graves: 1.- Los incidentes del personal afecto al contratista con el ciudadano, tanto por trato incorrecto como por deficiencia de la prestación del servicio. 2.- El incumplimiento de la obligación establecida en la cláusula 6-d (no presentar en el plazo concedido la documentación referente a la gestión del servicio requerida por la administración) 3.- El incumplimiento de la obligación establecida en la cláusula 6-e (presentar mensualmente al Ayuntamiento los datos económicos de la explotación (ingresos y gastos), en el plazo de los quince días siguientes al mes vencido) 4.- La reiteración en la comisión de faltas leves (dos faltas en plazo de un año). c) Leves Todas las demás no previstas anteriormente y que de algún modo signifiquen detrimento de las condiciones establecidas en este Pliego y en el de condiciones técnicas, con prejuicio no grave de los servicios. 12.- SANCIONES El Ayuntamiento de Hernán podrá imponer al adjudicatario las siguientes sanciones: a) Multa de entre 301-500 euros por la comisión de infracciones muy graves. La comisión de infracciones graves podrá ser sancionada con la rescisión de contrato, pérdida de fianza e indemnización por daños y perjuicios. b) Multa de entre 151-300 euros por la comisión de infracciones graves. La comisión de tres infracciones graves podrá ser sancionada con la rescisión del contrato, pérdida de fianza e indemnización por daños y perjuicios. c) Multa de hasta 150 euros por la comisión de infracciones leves. d) La no prestación absoluta del servicio se podrá sancionar de la siguiente manera: o 50 euros por día los diez primeros días naturales. o 30 euros por día a partir del undécimo día. salvo en casos de fuerza mayor, cuya prueba compete al Contratista. 13. CESIÓN DEL CONTRATO El adjudicatario no podrá sin previa autorización expresa del Ayuntamiento, ceder ni traspasar los derechos y obligaciones derivadas del contrato, o a otra persona o entidad. En todo caso la cesión se haría de conformidad con lo dispuesto en Art. 226. del TRLCSP.
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La entidad adjudicataria tampoco podrá subcontratar con terceros la realización parcial de la prestación, salvo que se le autorice expresamente. 14.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Corresponden Al Ayuntamiento de Hernani las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el TRLCSP. Los acuerdos que dicte el órgano de contratación en el ejercicio de sus prerrogativas pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. 15.- REVERSIÓN DE LAS INSTALACIONES: Terminada el contrato el adjudicatario deberá devolver a la Administración los bienes afectos al servicio (ver clausula 7 del pliego de condiciones técnicas). II PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR 16.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del presente contrato se realizará por procedimiento abierto, de conformidad con el artículo 138.2 del TRLCSP. Los criterios de valoración son los indicados en el apartado G del cuadro anexo a este pliego. Los servicios técnicos razonarán la propuesta de adjudicación más favorable para la administración. 17.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP. La solvencia se acreditará y evaluará de acuerdo con los medios establecidos en la cláusula 18. Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas. Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones este comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. La Administración podrá, igualmente, contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, de conformidad con lo dispuesto en el art. 59 y ss del TRLCSP. No podrán tomar parte en este procedimiento las comunidades de bienes. 18.- PRESENTACION DE PROPOSICIONES
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El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo podrá ser examinado en: LUGAR: Departamento.de Contratación del Ayuntamiento de Hernani (Gudarien plaza,1 , 2ª planta, 20120 Hernani) HORARIO: 09:00 - 14:00 h, en días laborables (excluidos sábados) PLAZO: desde el día siguiente a la publicación del anuncio de esta licitación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa hasta expirar el plazo de presentación de proposiciones. Las proposiciones se presentaran en: LUGAR: Departamento.de Contratación del Ayuntamiento de Hernani (Gudarien plaza,1 , 2ª planta, 20120 Hernani) HORARIO: 09:00 - 14:00 h. PLAZO:QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la publicación en el BOG del citado anuncio (en caso de que coincida en sábado, el último día será el siguiente día laboral). El anuncio y los Pliegos se publicará así mismo en el perfil del contratante y podrá consultarse visitando la página web del Ayuntamiento: www.hernani.eus Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. No se podrá presentar ninguna propuesta en unión temporal con otros si se ha efectuado individualmente, o figurar en más de una unión temporal. Las proposiciones deberán presentarse redactadas en cualquiera de los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Las proposiciones presentadas con posterioridad no serán admitidas aunque conste que se entregaron en Correos antes de la finalización del plazo, salvo que se remita al Órgano de Contratación por telex o telegrama, la justificación de la fecha de remisión de la oferta en el mismo día que se envió por correo. El envío del anuncio por correo electrónico se ajustará a lo establecido en cuanto a su validez en el artículo 80.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en el de Condiciones Técnicas. Los licitadores presentarán tres sobres cerrados (A, B y C). En cada sobre se indicará: PROPOSICIÓN PARA PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA CONTRATAR LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE BAR( Establecimiento Grupo 1) EN LAS PISCINAS EXTERIORES DE OCIO Y RECREACIÓN DE HERNANI. En cada sobre se indicarán la denominación de la empresa así como el nombre y apellidos de la persona que firma la proposición, y en calidad de qué lo hace. Ambos sobres estarán firmados. SOBRE A- “CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR “ El sobre "A" tendrá el subtítulo siguiente: “CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR “ Debe contener la siguiente documentación (incluido el índice de documentos): a) Cuando el licitador actúe en su nombre, documento nacional de identidad. En el caso de que actúe en representación de otra persona o entidad: documento nacional de identidad y poder notarial. b) Cuando el ofertante sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal. Cuando se
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trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo. c)
Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del TRLCAP que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias. (ANEXO I).
d) Justificantes de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional del licitador. Se deberá acreditar comformea lo dipsuesto en el apartado C del cuadro anexo. e) Documento de elección de medio preferente para notificaciones, conforme al modelo que se adjunta (ANEXO III) Las circunstancias señaladas en las anteriores letras a) y b) podrán acreditarse mediante una certificación del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma Vasca, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el art. 73 de la LCSP. En este caso, deberá acompañarse a la referida certificación una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. Si, por una razón justificada, el empresario no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación. SOBRE B- PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y CAPACITACIÓN PROFESIONAL El Sobre “B” tendrá el subtítulo de “PROPOSICIÓN ECONÓMICA ”. Se incluirán en el sobre “B” la siguiente documentación: 1.- Proposición económica ajustada al siguiente modelo: PROPOSICIÓN ECONÓMICA Datos del licitador: Nombre y apellidos………………………………………………………………………………. Dirección:……………………………………………………………………………………………. Código postal:……………………………………………………………………………………… DNI o NIF (en el caso de ser persona jurídica)…………………………………………….. Teléfono:……………………………………………………………………………………………. Datos del representante (en su caso): Nombre y apellidos………………………………………………………………………………. Dirección:……………………………………………………………………………………………. Código postal:……………………………………………………………………………………… DNI:………………………………………………………………………………………………….. Teléfono:……………………………………………………………………………………………. En plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, enterado del pliego y demás condiciones facultativas que han de regir el procedimiento abierto convocado por el Ayuntamiento de Hernani para la EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DEL SERVICIO DE BAR (Establecimiento Grupo 1) EN LAS PISICNAS EXTERIORES DE OCIO Y RECREACIÓN DE HERNANI DECLARO:
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1) Que me comprometo a abonar al Ayuntamiento de Hernani, un precio de ………………€+ IVA…………= …………….€ por temporada. Estando comprendidos en el precio todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal al igual que el beneficio industrial del contratista. 2) Que conozco el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, pliego de prescripciones técnicas y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad. 3) Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento. 4) Que, asimismo, me obligo al cumplimiento de lo legislado o reglamentado en materia laboral y tributaria. 5) Que en caso de resultar adjudicatario, realizará los citados trabajos con sujeción en todo caso a los requisitos y condiciones dispuestos en el Pliego aprobado, así como al resto de las condiciones facultativas fijadas en el expediente. ...........................................20....(e)ko........................(a)ren......................(a). (sinadura) 2.- Capacitación Profesional: Deberá contener la documentación necesaria para valorar conforme al criterio 2º establecido en el apartado F del cuadro anexo. SOBRE C.- PROYECTO DE EXPLOTACIÓN Deberá contener : Proyecto de explotación del servicio, (documentación necesaria para valorar conforme al 3º criterio indicado en le apartado F de cuadro anexo): -Productos y servicios a prestar, ampliación de horarios respecto al mínimo exigido, etc. -Propuesta de colaboración con la dirección de las instalaciones en relación a paquetes de precios especiales para grupos y eventos especiales. -Mejoras de equipamiento, medios técnicos, etc. que se vayan a dotar para el impulso del negocio. -Organización de las labores obligatorias en relación con la limpieza de las instalaciones que se especifican en los diferentes pliegos. -Organización del personal. 19.- ADJUDICACION Y FORMALIZACION 1.- La calificación de la documentación presentada a que se refiere el artículo 130.1 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público, se efectuará por la mesa de contratación constituida al efecto. El Presidente ordenará la apertura de los sobres que la contengan, y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. 2.- Si la Mesa de contratación observase defectos u omisiones subsanables en la documentación que se incluye en el sobre nº 1, lo comunicará a los interesados concediéndoles un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia mesa de contratación. De lo actuado se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse. 3.- Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada la mesa declarará admitidos a la licitación a los licitadores que hayan
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acreditado el cumplimiento de los requisitos previos indicados en el artículo 130 de la Ley procediéndose, en su caso, al examen y valoración de la solvencia, conforme se prevé en el artículo 82 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, haciendo declaración expresa de los rechazados y de las causas de su rechazo. 4.- Una vez realizadas estas actuaciones, el acto público de apertura de las proposiciones se celebrará en el lugar y día que previamente será comunicado a los licitadores. Cuando en la adjudicación deban tenerse en cuenta varios criterios de valoración de las ofertas, antes de comenzar el acto público en que se abran las ofertas económicas (Sobre B-criterios valorables mediante fórmulas automáticas) se abrirán los sobres C (criterios valorables mediante jucio de valor) y una vez que esté realizada la valoración del mismo, se abrirá los sobres B. La Mesa de Contratación, tras solicitar, los informes técnicos que estime convenientes, propondrá al organo de contratación la adjudicación del contrato al ofertante que presente la oferta que resulte más ventajosa. La adjudicación del mismo, se realizará por el Órgano de Contratación en el plazo máximo de tres meses a contar desde el día siguiente al de la apertura de las proposiciones económicas. El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel, en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:: a) Constituir la garantía definitiva. (ANEXO II) b) Pagar los gastos de los anuncios publicados tanto en los boletines oficiales como en los periódicos. c) Presentar certificados administrativos de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (si no se han presentado junto a la proposición). Presentar acreditación de estar dado de alta en el impuesto de actividades económicas. Acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto. d) Póliza de seguro responsabilidad civil. Con un capital asegurado de al menos 300.000 euros. e) Comparecer en las oficinas del Ayuntamiento de Hernani para formalizar el contrato en documento administrativo. f) Si el adjudicatario fuera una agrupación de empresas, deberá, antes de la firma del contrato, acreditar su constitución legal como Unión Temporal de Empresas y el CIF de la misma. g) Cumplimentar el pliego de condiciones sobre prevención de riesgos laborales para empresas. (ANEXO IV) En el caso de falta de formalización del contrato por causas imputables al contratista, la Administración puede acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado, con indemnización de daños y perjuicios. Cuando no proceda la adjudicación por no cumplir éste adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, antes de proceder a una nueva convocatoria la Administración podrá efectuar una nueva adjudicación al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de diez días hábiles para cumplimentar lo señalado anteriormente. Al amparo de lo previsto en el art. 155 del TRLCSP, en caso de renuncia a la celebración del contrato o desistimiento de este procedimiento acordado por el órgano de contratación antes de la adjudicación, la compensación de los gastos que la licitación haya ocasionado a los licitadores será fijada por esta Administración previa audiencia y justificación de aquellos.
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Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Transcurrido el plazo de 1 mes desde que dicha documentación quede a disposición de los/las interesados/as, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por las personas o empresas licitadoras cuando éstas no hayan procedido a su retirada. El contrato se formalizará en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, debiendo comparecer en el Ayuntamiento para ello. En el caso de falta de formalización del contrato por causas imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
III.-NATURALEZA, REGIMEN JURIDICO Y JURISDICCION COMPETENTE 20.- NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO El contrato que en base a este pliego se realice, tendrá carácter administrativo especial y en todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en las normas aplicables a la contratación de las Administraciones Públicas. En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego. 21.- JURISDICCIÓN COMPETENTE Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa no obstante lo cual, las partes pueden acordar el sometimiento de sus litigios a arbitraje, conforme a lo establecido en la legislación vigente. 22.- REQUISITOS LINGÜISTICOS Requisitos lingüísticos Este contrato se halla sujeto al régimen de doble oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Vasco en su artículo 6° y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, entre otros los Criterios lingüísticos para la normalización del uso del euskera en el Ayuntamiento y en el municipio de Hernani. El Decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en su artículo 18 establece las determinaciones que los planes de normalización del uso del euskera deben recoger, entre ellas la siguiente: "18 d) Medidas contempladas en materia de contratación, en particular, las tendentes a garantizar que aquellos servicios públicos que conlleven una relación directa con el usuario y se ejecuten por terceros sean prestados a los ciudadanos en condiciones lingüísticas similares a las que sean exigibles para la administración correspondiente". Las características específicas de la prestación objeto del contrato exigen que el contrato se materialice en euskera, cuestión que queda suficientemente razonada teniendo en cuenta que la administración es la encargada de garantizar los derechos lingüísticos de la ciudadanía. Así pues, la
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administración debe garantizar que la empresa adjudicataria está capacitada para ofrecer sus servicios también en euskera. Los requerimientos lingüísticos recogidos aquí constituyen una obligación esencial del contrato, siendo su incumplimiento causa de resolución del contrato (art.223 del TRLCSP). a) Capacitación lingüística: Los trabajadores o trabajadoras que la empresa adjudicataria designe para llevar a cabo su trabajo de relación directa con la ciudadanía/personas usuarias del servicio deberán estar capacitados para trabajar en las dos lenguas oficiales, y para poder llevar a cabo la adjudicación deberán justificar obligatoriamente el nivel B2 o equivalente a nivel oral del Marco Europeo de Referencia (PL2 de IVAP o nivel 2 de HABE, a nivel oral). Previa a la adjudicación, la empresa propuesta para ello deberá verificar en el plazo concedido para ello, que las personas encargadas de prestar el servicio poseen la competencia lingüística precisa. Modo de acreditación: La competencia lingüística podrá ser acreditada documentalmente, mediante títulos reglados por la administración, HABE, títulos de la Escuela Oficial de Idiomas o títulos expedidos por el Departamento de Educación. En caso de no tener título, se tendrán en cuenta los siguientes documentos: En el caso de las personas candidatas matriculadas en un euskaltegi, se admitirán los certificados expedidos por el euskaltegi, en los que se certificará el nivel de euskera de la persona candidata a esta contratación. Desde el año 2006 el Ayuntamiento está realizando pruebas para evaluar el nivel de euskera para contratar servicios. En el caso de que la persona candidata haya realizado alguna de estas pruebas, se tendrá en cuenta el nivel conseguido en las mismas. Se tendrán en cuenta los resultados obtenidos en pruebas realizadas por otras instituciones públicas de la Comunidad Autónoma Vasca. Ello se certificará por escrito realizado por la institución correspondiente. La persona candidata que haya realizado los estudios en el modelo D de enseñanza tiene probada la competencia lingüística equivalente al Marco de Referencia Europeo B1 y B2 tanto a nivel escrito como oral. Ello se certificará mediante certificado realizado por el centro escolar. El Ayuntamiento realizará pruebas para medir el nivel de euskera a las personas de la empresa propuesta como adjudicataria, en el caso de que no tengan acreditado el nivel de euskera exigido para esta contratación. Las pruebas se realizarán el día, hora y lugar concretados por el Ayuntamiento. El Servicio de Euskera del Ayuntamiento será el encargado de organizar las pruebas oportunas para evaluar el nivel de euskera de dichas personas. Para ello el Servicio de Euskera se pondrá en contacto con la empresa. La empresa se hará cargo de los gastos que puedan ocasionar dichas pruebas. La contratación no se podrá formalizar hasta que el Servicio de Euskera emita informe favorable. Si la empresa propuesta como adjudicataria no acredita los requisitos lingüísticos exigidos para este servicio, no podrá ser adjudicataria. En ese caso el Ayuntamiento se dirigirá al siguiente licitador, por el orden que hayan quedado clasificadas las ofertas, a fin de que valore la competencia lingüística. Y así sucesivamente.
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Una vez realizada la contratación, en el caso de que alguno de los trabajadores o trabajadoras con el nivel de euskera acreditado sea sustituido o una nueva persona se incorpore al servicio, quien lo sustituya o quien se incorpore deberá cumplir los requisitos lingüísticos recogidos en este texto. Cada vez que se incorpore al servicio una nueva persona, la empresa comunicará al Ayuntamiento el nombre y apellidos del mismo y el nivel de euskera que tiene acreditado. No podrá comenzar a ejercer su trabajo hasta que el Ayuntamiento emita informe favorable. b) Lengua a utilizar en el servicio La empresa adjudicataria a la hora de ofrecer el servicio actuará de conformidad con las normas lingüísticas del Ayuntamiento: 1) Paisaje lingüístico Los rótulos, señalización, notas, carteles y demás comunicaciones generales que instale la empresa adjudicataria al prestar el servicio, se hará en euskera en los siguientes casos: b) Cuando la grafía de las palabras sea similar en euskera y en castellano. c) Cuando los mensajes vayan acompañados de pictogramas que los hagan comprensibles. d) Cuando se trate de palabras de uso extendido (udaletxea, musika eskola, kultur etxea…) Si los tres casos anteriores no son posibles, se hará de forma bilingüe, dando prioridad al euskera, previa conformidad del Ayuntamiento. 2) Lengua a utilizar en la relación con la ciudadanía/usuarios del servicio: La atención verbal de la empresa adjudicataria con la ciudadanía/usuarios del servicio (atención inicial, telefónica, contestador automático, presencial, megafonía, reuniones...) será en euskera. Esta podrá ejercitar en cualquier momento su derecho a elección de lengua. La comunicación escrita entre la empresa adjudicataria y la ciudadanía/usuarios de servicio (impresos, notas, avisos, horarios...) será en euskera. En los casos en los que se precise utilizar otra lengua se dará prioridad al euskera. 3) Lengua a utilizar en la relación entre el Ayuntamiento y la empresa: La comunicación verbal —reuniones, consultas...— y escrita —facturas, informes...— que mantenga la empresa adjudicataria y el Ayuntamiento será en euskera, de conformidad con las normas lingüísticas del Ayuntamiento. c) Seguimiento de los requisitos lingüísticos e incumplimiento Será responsabilidad del departamento municipal que ha impulsado la contratación el seguimiento para la verificación del cumplimiento de los requisitos lingüísticos. El incumplimiento de los requisitos lingüísticos podrá dar lugar a la aplicación del sistema penal, de conformidad con el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y su incumplimiento continuado a la resolución del contrato, de conformidad con el artículo 223.f del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. ANEXO
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A) OBJETO DEL CONTRATO Explotación del servicio del servicio de bar (establecimiento grupo 1) en las Piscinas exteriores de ocio y recreación de Hernani. B) PRESUPUESTO MÍNIMO DE LA LICITACIÓN El presupuesto mínimo de licitación es de : 1.200,00 euros + IVA, por temporada . El licitador deberá pagar la totalidad del precio ofertado al Ayuntamiento por la explotación del servicio antes del día 15 del mes de agosto del año en curso. Los licitadores podrán mejorar esta cantidad.
c) DOCUMENTACIÓN PARA ACREDITAR LA SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL - La solvencia económica y financiera se acreditará por informe de entidades financieras o, en su caso, por justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. - La solvencia técnica o profesional se deberá acreditar presentando una relación de los principales trabajos realizados en hostelería en los últimos cinco años, ya sea como empleado o como empresario. Los servicios o trabajos se acreditarán mediante certificados expedidos por órgano competente, cuando se trate de entidad del sector público o mediante certificados o declaraciones del empresario cuando se trate del sector privado. -Será requisito mínimo de solvencia: - Acreditar como mínimo haber realizado trabajos similares en hostelería, ya sea como empleado o como empresario durante al menos 12 meses en los últimos cinco años. - Los trabajadores o trabajadoras que la empresa adjudicataria designe para llevar a cabo su trabajo de relación directa con la ciudadanía/personas usuarias del servicio deberán estar capacitados para trabajar en las dos lenguas oficiales, y para poder llevar a cabo la adjudicación deberán justificar obligatoriamente el nivel B2 o equivalente a nivel oral del Marco Europeo de Referencia (PL2 de IVAP o nivel 2 de HABE, a nivel oral). d) LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Lugar: Departamento de Contratación del Ayuntamiento de Hernani (Gudarien Plaza 1, 2º planta20120 Hernani) HORARIO: 09:00 - 14:00 h. PLAZO: QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la publicación en el BOG del citado anuncio (en caso de que coincida en sábado, el último día será el siguiente día laboral). E) MESA DE CONTRATACIÓN SI F) CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN Criterios en los que se fundamentará la adjudicación del contrato: 1.- PRECIO: Hasta 30 puntos Se puntuará con 10 puntos por cada 50 euros de aumento respecto al precio mínimo. 2.- CAPACITACIÓN PROFESIONAL. ( hasta 30 puntos), mediante certificados acreditativos del pesonal a asignar a la ejecución del trabajo. 2.1 Titulaciones acádemicas, hasta 10 puntos
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- Titulación de Iniciación Profesional o Básico en Cocina o Restauraciópn o de operario de cocina-camarero , o superior, 3 puntos. -Por cursillos realizados de Cocina o Restauración , 1 punto por cada uno de ellos con una duración mínima de 25 horas. 2.2 Experiencia profesional, hasta 20 puntos Hasta 12 puntos en trabajos realizados en tareas de gerencia en establecimientos hosteleros de bara,y cafeteria o similar categoria a razón de 3 puntos por año completo trabajado. Hasta 8 puntos, en trabajos realizados del personal asignado en tareas de camarero, cocinero, barman o similar en establecimientos hosteleros de bar , cafeteria o similar categoria a razón de 2 puntos por año completo trabajado. 3.- PROYECTO DE EXPLOTACIÓN, Hasta 40 puntos, se tendrá en cuenta para esta valoración: -Productos y servicios a prestar, ampliación de horarios respecto al mínimo exigido, etc., máximo 8 puntos. -Propuesta de colaboración con la dirección de las instalaciones en relación a paquetes de precios especiales para grupos y eventos especiales, máximo 8 puntos -Mejoras de equipamiento, medios técnicos, etc. que se vayan a dotar para el impulso del negocio, máximo 8 puntos . -Organización de las labores obligatorias en relación con la limpieza de las instalaciones que se especifican en los diferentes pliegos, máximo 8 puntos. - Organización del personal, máximo 8 puntos G) DURACIÓN DEL CONTRATO La duración del contrato será de 1 temporada ( junio 2015 a septiembre 2015), prorrogable de mutuo acuerdo por otra temporada más ( junio 2016 a septiembre 2016), En caso de no prorrogar el contrato, las partes deberán comunicarse de forma fehaciente antes del día 1 de febrero de 2016 su voluntad de darlo por finalizado. H) GARANTÍA Y PLAZO DE GARANTÍA Definitiva El adjudicatario del contrato deberá constituir una fianza definitiva, por importe de 1.000 euros, para garantizar del cumplimiento de las obligaciones asumidas. Plazo de garantía : 2 meses desde la finalización del contrato. Hernani, 27 de abril de 2015. ANEXO I MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE - de no estar incurso en incapacidad para contratar, - de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la SS, y - de Formalizar o Tener formalizada una póliza de responsabilidad civil,
“EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO
DEL SERVICIO DE BAR ( Establecimiento Grupo 1)EN LAS PISICNAS EXTERIORES DE OCIO Y RECREACIÓN DE HERNANI”. Don.................................................................................................................................. mayor de edad, con D.N.I. nº............................................................................................................. y domicilio en.....................................................................................................................................
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en representación de .......................................................................................................................... con C.I.F..................................y domicilio social en .......................................................................... DECLARA Documento a.d).- Que tanto él como la empresa a que representa están facultados para contratar con la Administración Pública, ya que teniendo plena capacidad de obrar, no se hallan incursos en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 73 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre. por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Documento a.e) Que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes , sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito en caso de resultar adjudicatario la presentará en el plazo de 5 días desde la notificación de su requerimiento. Documento a.f) Que en el caso de resultar adjudicatario se compromete a formalizar o tener formalizada una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra cualquier daño que se pueda ocasionar a las personas o instalaciones, incluida la defunción, por un importe mínimo de 300.000 Euros. La copia de esta póliza, en caso de resultar adjudicatario, la presentará en el plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la adjudicación (Lugar, fecha y firma)
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ANEXO II a.
MODELO DE AVAL
La entidad (denominación), NIF, con domicilio (a efectos de notificaciones) en ______ con poderes suficientes para obligarle en este acto, AVALA: A (nombre y apellidos o razón social del avalado),NIF, en virtud de lo dispuesto en (norma y articulo que impone la constitución de esta garantía) para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto de la obligación) ante (contratante) por importe de (en letra y en cifra) La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el art. 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Administración, con sujeción a la legislación contractual pública,,en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la caja general de depósitos. El presente aval estará en vigor hasta que el Ayuntamiento o quien en su nombre esté habilitado legalmente Autorice su cancelación o devolución de acuerdo a lo establecido en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas. (Lugar, fecha y firma)
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ANEXO III MEDIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES ....................... ....................... D./Dña. .........................., mayor de edad, con DNI nº..........................actuando en nombre propio o en representación de la(s) empresa(s) .............................................., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la LRJAP-PAC, señala medio como preferente a efectos de cualquier notificación que el Ayuntamiento deba realizar con motivo de esta licitación (título.:...............) el siguiente: Correo electrónico
…………………………………………….
Se indican, además, lo siguientes datos: Teléfono(s): ……………………………………………………….. Fax: ……………………………………………… (Empresas) – NIF de la(s) empresa(s): ……………………………………………. (Personas físicas) – DNI del licitador: ..............................................
Nota: la dirección de correo electrónico será totalmente válida para las notificaciones. .................En.............................., a...............de..........................................de 2015 Fdo.:
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