EL RÉGIMEN FISCAL ESPECIAL PARA LAS PYMES

EL RÉGIMEN É FISCAL ESPECIAL PARA LAS PYMES DOMINGO CARBAJO J VASCO INSPECTOR DE HACIENDA DEL ESTADO. ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ASESORES FINANCIEROS Y TR

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EL RÉGIMEN É FISCAL ESPECIAL PARA LAS PYMES DOMINGO CARBAJO J VASCO INSPECTOR DE HACIENDA DEL ESTADO. ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ASESORES FINANCIEROS Y TRIBUTARIOS. Madrid, 2 de jjunio de 2011.

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CARACTERÍSTICAS GENERALES (I) y Los regímenes fiscales especiales en el IS. TÍTULO VII TRLIS. y Rasgos generales de estos regímenes. y Su relación con el régimen general IS (aplicación supletoria

normativa general). general) y Las relaciones entre regímenes fiscales especiales en el IS: compatibilidad Consecuencias. compatibilidad. Consecuencias

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CARACTERÍSTICAS GENERALES (II) y El régimen de incentivos fiscales (= beneficios

tributarios), y Para las empresas de reducida dimensión (no es PYME). y ¿Existe una definición tributaria de PYME?. y ¿Qué caracteriza a una PYME: volumen de negocios, personalidad lid d jurídica, j ídi número ú dde trabajadores, bjd etc.

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CARACTERÍSTICAS GENERALES (III) y Regulado en el Capítulo XII Título VII TRLIS, artículos

108 a 114,, ambos inclusive. y Algunas otras referencias, vgr. compatibilidad régimen especial arrendamiento financiero financiero, artículo 115 115.6, 6 “in in fine”. y Cambios C bi legislativos l i l ti ffrecuentes.---aumento t t de d llos sujetos incluidos en el mismo. y APARICIÓN DEL CONCEPTO DE “MICROEMPRESA”. 4

DELIMITACIÓN DEL RÉGIMEN (I) y Sujeción: importe neto cifra de negocios período

impositivo p anterior < 10 millones de €. y Delimitación del concepto de “cifra de negocios”: normativa mercantil, art. 191 TRLSA, Resolución ICAC 1991. Incidencia nueva normativa contable. y Supuestos específicos: entidades nueva creación / ejercicios con plazo inferior a 1 año. y Medidas anti-fraude y anti-fraccionamiento: efectos del grupo económico, artículo 42 Cco. 5

DELIMITACIÓN DEL RÉGIMEN (II) y ¿Se lo puede aplicar cualquier empresa con cualquier

actividad?: El TRLIS no distingue. y Compatibilidad con otros regímenes especiales. y La tesis del TEAC: ni sociedades de tenencia de valores, ni sociedades inactivas, ni sociedades de mera tenencia de bienes. Crítica.

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DELIMITACIÓN DEL RÉGIMEN (III) y Otra excepción: el control por la persona física/círculo

familiar. Problemas interpretativos importantes…¡0jo---cada vez más inspección al respecto¡. y Dos D nuevos supuestos t dde prórroga ó ddell régimen: é i y Casos de reorganización empresarial. y Pérdida de cifra de negocios en algunos ejercicios. ejercicios

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LOS BENEFICIOS FISCALES DEL RÉGIMEN (I) y Libertad de amortización (art. 109 TRLIS). y Condiciones: bienes inmovilizado nuevos con aumento

plantilla media total y conservación en 24 meses siguientes. siguientes y El concepto de “elemento de inmovilizado” tras la reforma f contable. t bl La L inclusión i l ió ddell activo ti iinmobiliario. bili i y La necesidad de que el bien sea “nuevo”. y El concepto de “plantilla media total” y su cálculo 8

LOS BENEFICIOS FISCALES DEL RÉGIMEN (II) y Cuantía de la inversión beneficiada: 120.000 € x

incremento pplantilla,, dos decimales. y Compatibilidad con libertad de amortización con conservación de empleo 2009/2015. 2009/2015 y Recordatorio: libertad de amortización. Diferencias entre amortización fiscal y contable. contable Ajuste extracontable y reversión. y Casos C específicos: íf ejecuciones dde obra, b arrendamiento d financiero y autoconstrucción. 9

LOS BENEFICIOS FISCALES DEL RÉGIMEN (III) y Incompatibilidades del beneficio fiscal. y Obligaciones formales. y Pérdida del beneficio fiscal.

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LOS BENEFICIOS FISCALES DEL RÉGIMEN (IV) y Libertad de amortización bienes de escaso valor (artículo 110

TRLIS): ) -bienes inmovilizado material. nuevos. -nuevos -valor unitario < 601,10 € -límite límite máximo: máximo 12 12.020,24 020 24 €. €

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LOS BENEFICIOS FISCALES DEL RÉGIMEN (V) y Amortización acelerada (artículo 111 TRLIS). y Para bienes inmovilizado material e intangible g nuevos. y Aplicación coeficiente 2 sobre % amortización lineal según

tablas. -Supuestos específicos. -Compatibilidad con otros beneficios fiscales.

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LOS BENEFICIOS FISCALES DEL RÉGIMEN (VI) y Dotación por insolvencias deudores, artículo 112. y El régimen contable de los deterioros por insolvencias de

deudores. y El régimen fiscal general en esta materia materia, artículo 12 12.22 TRLIS. Rasgos generales y diferencias con este sistema. Sus relaciones con este régimen g especial. p

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LOS BENEFICIOS FISCALES DEL RÉGIMEN (VII) y La dotación fiscal: máx. 1% saldo deudores del período. y Otras cuestiones. y El ajuste contable- fiscal.

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LOS BENEFICIOS FISCALES DEL RÉGIMEN (VIII) y Amortización elementos patrimoniales objeto de

reinversión, artículo 113 TRLIS. y Elementos inmovilizado material afectos a activids. económicas, pproblema del concepto p de “afectación”. y En los que se materialice reinversión, art. 42 TRLIS. Recordatorio. y Incentivo: aplicación 3 coeficiente lineal de amortización. y Reglas particulares. 15

LOS BENEFICIOS FISCALES (IX) y Tipo de gravamen, artículo 114 TRLIS. y Alícuota fraccionada (RDL 13/2010): y Base imponible entre 0 y 300.000 euros al 25%. y Resto esto al a 30 30%.. y Norma anti-elusión: períodos de duración inferior a 1 año. y Interpretación p en caso de fraccionamiento.

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LA MICROEMPRESA (1) y La nueva Disposición Adicional 12ª TRLIS. y Contenido: y Delimitación. y Más Má de d 1 de d trabajador b j d y menos de d 25 25, y Cifra de negocios (2009,2010 y 2011) inferior a 5 millones de euros. euros y Tipo de gravamen: entre 0 y 300.000 euros (2011), al 20%; resto al 25%.. y Otros comentarios. 17

CONCLUSIONES. y Los efectos del régimen. y Los datos estadísticos del IS. y El caos de los regímenes. y El futuro. futuro y PREGUNTAS. PREGUNTAS ¡GRACIAS! GRACIAS!

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