Enmiendas a la ley 100 Lcda. Irlanda Ruiz Aguirre

Enmiendas a la ley 100 Lcda. Irlanda Ruiz Aguirre AGENDA  DEFINIENDO  LEGISLACIONES QUE INCIDEN EN LA ORIENTACIÓN SEXUAL  ORIENTACIÓN SEXUAL

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Irlanda
Turismo # Location. Cultural characteristic. Doublin. Airland lines. Visits. Tour

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Enmiendas a la ley 100 Lcda. Irlanda Ruiz Aguirre

AGENDA 

DEFINIENDO



LEGISLACIONES QUE INCIDEN EN LA ORIENTACIÓN SEXUAL



ORIENTACIÓN SEXUAL Y EL AMBIENTE DE TRABAJO

ORIENTACION SEXUAL La orientación sexual es una atracción emocional, romántica, sexual o afectiva duradera hacia otros.  Se distingue fácilmente de otros componentes de la sexualidad que incluyen sexo biológico, identidad sexual (el sentido psicológico de ser hombre o mujer) y el rol social del sexo (respeto de las normas culturales de conducta femenina y masculina). 

DISCRIMEN



La palabra "discriminar" proviene del latín discriminare y en su primera acepción alude a seleccionar algo o a alguien excluyendo a los demás.



La discriminación es hacer distinción en el trato por motivos arbitrarios como el origen racial, el sexo, el nivel socioeconómico, etc. Generalmente se le da a este término una connotación negativa, en la medida en que se trata despectivamente o se perjudica a determinados grupos sin mediar justificativo racional.



Discrimen por orientación sexual

LEGISLACIONES

QUE INCIDEN EN LA ORIENTACIÓN SEXUAL

CONSTITUCION ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 

Sección 1. Dignidad e igualdad humano; discrimen, prohibido



La dignidad del ser humano es inviolable. Todos los hombres son iguales ante la Ley. No podrá establecerse discrimen alguno por motivo de raza, color, sexo, nacimiento, origen o condición social, ni ideas políticas o religiosas. Tanto las leyes como el sistema de instrucción pública encarnarán estos principios de esencial igualdad humana.

del

ser

Sección 8. Protección contra ataques a la honra, a la reputación y a la vida privada.  Toda

persona tiene derecho a protección de ley contra ataques abusivos a su honra, a su reputación y a su vida privada o familiar.

Sección 16. Derechos de los empleados 

Se reconoce el derecho de todo trabajador a escoger libremente su ocupación y a renunciar a ella, a recibir igual paga por igual trabajo, a un salario mínimo razonable, a protección contra riesgos para su salud o integridad personal en su trabajo o empleo, y a una jornada ordinaria que no exceda de ocho horas de trabajo. Sólo podrá trabajarse en exceso de este límite diario, mediante compensación extraordinaria que nunca será menor de una vez y media el tipo de salario ordinario, según se disponga por ley.

Sección 19. Interpretación liberal de los derechos del ser humano y facultades de la Asamblea Legislativa 

La enumeración de derechos que antecede no se entenderá en forma restrictiva ni supone la exclusión de otros derechos pertenecientes al pueblo en una democracia, y no mencionados específicamente.  Tampoco se entenderá como restrictiva de la facultad de la Asamblea Legislativa para aprobar leyes en protección de la vida, la salud y el bienestar del pueblo.

Art. 103 Sodomía (33 L.P.R.A. Sec. 4065) Codigo Penal 2004

Estuvo en el Código Penal hasta el año 2012 

Toda persona que sostuviere relaciones sexuales con una persona de su mismo sexo o cometiere el crimen contra natura con un ser humano será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de diez (10) años. De mediar circunstancias agravantes, la pena fija establecida podrá ser aumentada hasta un máximo de doce (12) años; de mediar circunstancias atenuantes, podrá ser reducida hasta un mínimo de seis (6) años.

Art. 68. Definición, validez y disolución del matrimonio. (31 L.P.R.A. sec. 221) 



El matrimonio es una institución civil que procede de un contrato civil en virtud del cual un hombre y una mujer se obligan mutuamente a ser esposo y esposa, y a cumplir el uno para con el otro los deberes que la Ley les impone. Será válido solamente cuando se celebre y solemnice con arreglo a las prescripciones de aquélla, y sólo podrá disolverse antes de la muerte de cualquiera de los dos cónyuges, en los casos expresamente previstos en este título. Cualquier matrimonio entre personas del mismo sexo o transexuales contraído en otras jurisdicciones, no será válido ni reconocido en derecho en Puerto Rico. (Enmendada en el 1999, ley 94)

DEFENSE OF MARRIAGE ACT (DOMA)







En decisión de cinco a cuatro, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos declaró inconstitucional a DOMA (Defense Of Marriage Act), una ley federal que prohíbe se reconozcan los derechos de los matrimonios entre parejas del mismo sexo. Las persona del mismo sexo casadas legalmente en cualquiera de los estados que reconocen el matrimonio entre personas del mismo sexo, pueden disfrutar de los derechos que se conceden a las personas casadas heterosexuales.

DEFENSE OF MARRIAGE ACT

http://www.huffingtonpost.com/2013/06/26/supreme-court-domadecision_n_3454811.html

Art. 133 Número de adoptantes; adopción conjunta o individual en casos de matrimonio. (31 L.P.R.A. sec. 534)



Nadie podrá ser adoptado por más de una persona, salvo que los adoptantes estuvieren casados entre sí, en cuyo caso se deberá adoptar conjuntamente.

http://puertorico.univision.com/ultima-hora/puertorico/video/2013-02-20/critican-las-expresiones-de-los 





http://www.wapa.tv/noticias/locales/no-del-supremo-aadopcion-de-parejas-del-mismosexo_20130220152121.html http://www.wapa.tv/noticias/locales/-no-fue-prejuiciadala-decision-del-supremo-_20130222150251.html http://www.wapa.tv/noticias/politica/confiado-en-laaprobacion-de-un-nuevo-codigocivil_20130221152932.html

DISCRIMEN EN EL LUGAR DE TRABAJO

Datos 

Una investigación del Instituto Williams de la UCLA School of Law, resume los estudios académicos y otras pruebas documentadas de la discriminación en el empleo basada en la orientación sexual e identidad de género, y el impacto negativo de este tipo de discriminación tiene en las personas LGBT.

Datos 

Los resultados de la encuesta 2008 proporcionan la evidencia reciente de la discriminación en relación con la orientación sexual. Entre los encuestados LGB a la encuesta, el 42 por ciento había experimentado discriminación en el empleo en algún momento de sus vidas, y el 27 por ciento había experimentado discriminación en el empleo durante el período de 5 años antes de la encuesta.



Los datos de la Encuesta Social General también encontraron que la discriminación laboral es más común entre los empleados LGB que están abiertos sobre su orientación sexual en el lugar de trabajo que entre los que no lo son - el 38 por ciento de los empleados que se encontraban en el lugar de trabajo había experimentado discriminación en el 5 período de años antes de la encuesta, en comparación con el 10 por ciento de los que no lo eran.

Datos Comisión de Derechos Civiles 

  



El 64% de los encuestados de la comunidad LGBTT indicaron haber sido insultados verbalmente en alguna ocasión por su orientación ante diversas agencias de gobierno. Entre estas agencias sobresale la Policía de Puerto Rico. El 43% indicó haber recibido algún tipo de rechazo por parte de funcionarios de alguna agencia de gobierno. El estudio destaca la intolerancia de las agencias hacia la comunidad LGBT. Las instituciones sociales en Puerto Rico manifiestan enorme resistencia a los cambios sociales y a la aceptación de la diversidad humana. Dos terceras partes de los participantes piensan que las personas LGBT no tienen el mismo espacio social y la misma aceptación que las personas.

Norton v. Macy 417 F.2d 1161, 1167 (D.C. Cir. 1969). 

El Tribunal de Circuito de Columbia implantó, mediante su decisión en Norton v. Macy, una norma general que establece que si la orientación sexual de un empleado homosexual no afecta directamente el funcionamiento eficiente del servicio de la agencia, el despido de ese empleado por razón de su homosexualidad está prohibido.

JUSTA CAUSA PARA DESPIDO Ley Núm. 80 de 30 de mayo de 1976, según enmendada 29 L.P.R.A. sec. 185b) 

Art. 2. - Justa causa para el despido.



Que el obrero siga un patrón de conducta impropia o desordenada



La actitud del empleado de no rendir su trabajo en forma eficiente o de hacerlo tardía y negligentemente o en violación de las normas de calidad del producto que se produce o maneja por el establecimiento



Violación reiterada por el empleado de las reglas y reglamentos razonables establecidas para el funcionamiento del establecimiento siempre que copia escrita de los mismos se haya suministrado oportunamente al empleado

Ley 22 del 2013 , en contra del discrimen por Orientación Sexual o Identidad de Género en el Empleo, Público o Privado 

Proyecto del Senado 238

Ley para establecer la Política Pública del Gobierno de Puerto Rico en contra del discrimen por Orientación Sexual o Identidad de Género en el Empleo, Público o Privado y Enmendar la Ley Núm. 45 del 1998; Ley Núm. 184 del 2004; Ley Núm. 115 del 1965; Ley Núm. 81 del 1991 y Ley Núm. 100 del 1959.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

http://www.youtube.com/watch?v=UUBsqZnaDp4



http://www.metro.pr/locales/radican-medida-paraimpedir-discrimen-por-orientacionsexual/pGXmao!N8PCXy3B8hsg/

http://puertorico.univision.com/ultima-hora/puerto-rico/video/2013-05-13/unidosdefender-derechos-todos

Definiendo 

Orientación sexual – Significa la capacidad de cada persona de sentir una atracción emocional, afectiva o sexual por personas de un género diferente al suyo, o de su mismo género, o de más de un género. A los fines de alcanzar los propósitos dispuestos en este estatuto, esta definición será interpretada tan ampliamente como sea necesario para extender sus beneficios a todo ciudadano expuesto a un episodio o patrón de discrimen.



Identidad de género – Se refiere a la manera en la que se identifica la persona, como se reconoce a sí misma, en cuanto al género, que puede corresponder o no a su sexo biológico o asignado en su nacimiento. A los fines de alcanzar los propósitos dispuestos en este estatuto, esta definición será interpretada tan ampliamente como sea necesario para extender sus beneficios a todo ciudadano expuesto a un episodio o patrón de discrimen y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal Matthew Shepard and James Byrd, Jr. Hate Crimes Prevention Act, Public Law No. 111-84 (2009).

ENMIENDAS Ley

Ley Ley

Ley Ley

Núm. 45 del 1998 Núm. 184 del 2004 Núm. 115 del 1965 Núm. 81 del 1991 Núm. 100 del 1959

¿Cómo se supone se vea un hombre o una mujer? 

La ley 22 hace claro que el género no es solo con el sexo con que que nací, sino con el que me siento.  Price Waterhouse vs Hopkins 490 U.S. 228 (1989)  Hopkins laboraba en Pricewaterhouse y sus ascenso s quedó en suspenso después de que fue evaluada por varios compañeros varones por ser demasiado "macho" y en la necesidad de una "escuela de modales" Uno de ellos le aconsejó: "caminar más femeninamente, hablar más femeninamente, vestirse más femeninamente y, usar maquillaje, cambiar su estilo de pelo y llevar joyas." Hopkins en vez de seguir las sugerencias dejó la empresa y presentó una demanda en virtud del Título VII del Acta de Derechos Civiles de 1964, que prohíbe la discriminación laboral por razón de sexo de una persona.  El Tribunal le dio la razón a Hopkins y entre a discutir el discrimen por sexo, por razón de estereotipo.

Uso del baño 

http://www.outfront.org/library/wgcase



November, 2001, the Minnesota Supreme Court ruled in a case called Goins v. West Group (635 N.W.2d 717 (Minn. 2001)) that an employer could legally assign restrooms based on an employee's physical anatomy. The court held that this was a distinction based on sex, not on sexual orientation/gender identity. In particular, the court held that the employer could require an employee it believed to be anatomically male to use the men's restroom, regardless of the fact that the employee lived and worked full-time as a woman. However, the court also ruled that the law did not require employers to do this; employers may permit workers to use the restroom that matches their gender presentation, irrespective of anatomy.

Caso niño transgénero 

http://edition.cnn.com/2013/06/24/us/colorado-transgendergirl-school

Violencia domestica en el lugar del trabajo Ley 23 del 2013 

Para enmendar los Artículos 1.2, 1.3, 2.1, 3.1, 3.2, 3.3, 3.4, 3.5, 3.6, 3.10, 4.3 y 5.3 de la Ley Núm. 54 del 15 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como “Ley de Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica”, a fin de brindar la protección que ésta ofrece a todas las personas sin importar estado civil, orientación sexual, identidad de género o estatus migratorio, y para enmendar la Ley 284-1999, según enmendada, conocida como “Ley Contra el Acecho”, en su Artículo cuatro (4), añadiendo un inciso ocho (8), y su Artículo cinco (5), añadiendo un inciso cinco (5) para extender las protecciones de dicha ley a todas las personas que sostengan una relación afectiva o intrafamiliar de convivencia domiciliaria en la que no exista una relación de pareja.

Responsabilidad que impone la Ley 217 a todos los patronos (as) de Puerto Rico 

Según el Artículo 2 de la Ley 217 del 29 de septiembre de 2006 es responsabilidad de toda agencia, departamento, oficina, o lugar de trabajo del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y del sector privado establecer e implantar un Protocolo para Manejar Situaciones de Violencia Doméstica en el lugar de trabajo . 34

http://waloradio.com/noticias/encuentran-causa-por-incidente-de-

/

violencia-domestica-entre-mujeres-en-el-barrio-catano-de-humacao 

Encuentran causa por incidente de violencia doméstica entre mujeres en el Barrio Cataño de Humacao



Una juez del Tribunal de Humacao encontró causa la tarde de ayer martes contra una mujer que fue acusada por agredir a su compañera consensual, informaron las autoridades. De acuerdo con el informe de novedades, Nilsa Ruiz Flores, de 30 años enfrenta cargos por violación del el artículo 3.1 de la Ley de 54 de Violencia Doméstica.



Los hechos ocurrieron la madrugada del martes en una residencia del barrio Cataño del mencionado pueblo, cuando la imputada sostuvo una discusión y agredió con sus manos a la perjudicada, quien era su pareja consensual. La víctima no fue identificada.



La agente Ibis Astacio consultó este caso con el fiscal Jaime Perea y presentó la prueba ante la juez Jeanine Meaux bajo la nueva enmienda a la Ley de Violencia Doméstica que extiende las protecciones de la mencionada ley a parejas del mismo sexo.

¡Gracias!

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