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“Acuerdo por el que se da a conocer
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la campaña y las medidas zoosanitarias que deberán aplicarse para el diagnóstico, prevención, control y erradicación de la influenza aviar notificable.”
Agosto de 2011
Cuadro Comparativo NOM-044-ZOO-1995
ACUERDO PARA INFLUENZA AVIAR NOTIFICABLE
Objetivo: Prevención, control y erradicación de todos los subtipos de Influenza aviar de alta y baja patogenicidad.
Objetivo: Cualquier virus de la influenza “A”, cuyo índice de patogenicidad intravenosa (IPIV) sea igual o superior a 1.2 en pollitos de 6 semanas de edad, o cualquier infección provocada por virus del subtipo H5 o H7 de la influenza “A” o cuya secuenciación de nucleótidos haya demostrado la presencia de múltiples aminoácidos básicos en el punto de corte de la hemaglutinina.
Fases de Campaña: Control Erradicación Libre.
Estatus zoosanitario: Zona de escasa prevalencia Zona en erradicación Zona libre Compartimento libre
En la Fase de erradicación está permitida la vacunación, y puede existir circulación viral.
En la zona en erradicación no está permitida la vacunación, no hay circulación viral y funcionará como un preámbulo para ingreso a zona libre por 12 meses y es acorde a lo establecido en la LFSA.
No considera requisitos de Buenas prácticas de producción pecuaria.
Se consideran buenas prácticas de producción pecuaria como parte de las medidas de Bioseguridad.
Constatación de parvadas y granjas libres.
Reconocimiento de Unidades de producción como “Compartimentos libres” aún en zonas de escasa prevalencia, esto permitirá la movilización y en su caso realizar gestiones para la exportación de aves y productos.
Las pruebas diagnósticas de laboratorio oficiales no son equivalentes en su mayoría a pruebas Internacionales.
Las pruebas diagnósticas de laboratorio están homologadas a criterios internacionales que permiten el reconocimiento por otros países.
Cuadro Comparativo NOM-044-ZOO-1995
ACUERDO PARA INFLUENZA AVIAR NOTIFICABLE
Movilización: a) El certificado Zoosanitario de Movilización es obligatorio para la movilización de aves, productos, subproductos e implementos avícolas. b) Las parvadas y granjas de zonas libres, se movilizan con la Constancia de granjas libres y deben presentarlos en los PVI. c) Se prohíbe la movilización de huevo para consumo humano, carne fresca o congelada y vísceras comerciales de granjas donde se vacuna (erradicación y control) hacia zonas libres. d) Regulación en la movilización de productos enlatados. e) Regulación de la movilización de productos cárnicos cocidos, precocidos y embutidos, así como el huevo industrializado.
Movilización: a) El Certificado Zoosanitario de Movilización se sustituye por el “Aviso de Movilización” para Zonas Libres y Compartimentos libres. b) Las Unidades de Producción originarias zonas libres, no requieren presentar constancias en los PVI, solamente aviso de movilización. c) Se permite la movilización de huevo para consumo humano, carne fresca o congelada y vísceras comerciales desde zonas donde se vacuna (escasa prevalencia) hacia zonas en erradicación y libres, bajo medidas de mitigación. d) Desregulación de productos enlatados. e) Los productos cárnicos cocidos, precocidos y embutidos así como el huevo industrializado, solo requiere el aviso de movilización y se hace la recomendación de observar los tiempos y temperaturas recomendados por la OIE.
Los trámites excesivos en cada movilización representan un aumento en los costos.
La desregulación y la apertura en la movilización de productos avícolas (carne y huevo), representa una reducción de costos y trámites para el usuario.
No se apega en su totalidad a la LFSA.
Procedimientos apegados completamente a la LFSA y en concordancia con normas internacionales (OIE).
Antecedentes LFSA: Disposiciones de sanidad animal y de reducción de riesgos de contaminación (Acuerdos, normas oficiales mexicanas, normas mexicanas, circulares, reglas, lineamientos o manuales en materia de sanidad animal) Estrategia del Gobierno Federal para la mejora regulatoria que coadyuve en la productividad y competitividad y facilitar el flujo de mercancías , reduciendo los trámites y costos al usuario. Elaboración del Análisis de Riesgo SENASICA y ANECA (Abril, 2008) Huevo para plato Carne fresca o congelada Vísceras comerciales (molleja, corazón e hígado)
Antecedentes Desregulación en materia sanitaria: aves Norma Oficial Mexicana
Reforma Regulatoria
NOM-044-ZOO-1995
Acuerdo para la prevención, control y erradicación de la influenza aviar
NOM-005-ZOO-1993
Acuerdo para la vigilancia epidemiológica de salmonelosis aviar
NOM-013-ZOO-1994
Acuerdo para la vigilancia epidemiológica de la enfermedad de Newcastle
NOM-046-ZOO-1995
Acuerdo sobre la vigilancia epidemiológica, regionalización, compartimentación y análisis de riesgo
Conceptos básicos Aves de Corral Son las aves domesticadas, incluidas las de traspatio, que se utilizan para la producción de carne y huevo destinados al consumo, la producción de otros productos comerciales o la reproducción de este tipo de aves, incluyendo aves de pelea.
Influenza aviar notificable La infección de las aves de corral producida por cualquier virus de la influenza “A”, cuyo índice de patogenicidad intravenosa es igual o superior a 1.2 en pollitos de 6 semanas de edad o cuya secuenciación de nucleótidos haya demostrado la presencia de múltiples aminoácidos básicos en el punto de corte de la hemaglutinina.
Conceptos básicos
Predio de traspatio Vivienda familiar delimitada o no, en la cual se explotan aves en confinamiento o libertad, las cuales se utilizan para el autoconsumo de sus productos y subproductos
Unidad de producción tecnificada Aquel espacio físico o instalaciones especializadas, en las que se explotan aves de corral para su cría, producción, reproducción, con el propósito de utilizarlas para abasto o comercialización, por lo que quedan excluidas las de traspatio y autoconsumo
Conceptos básicos Compartimento Delimitación de una subpoblación de aves existentes en una Unidad de Producción Tecnificada, a la que se le reconoce un estatus zoosanitario determinada respecto a la influenza aviar notificable contra la que se han aplicado medidas de vigilancia, prevención, control, bioseguridad, trazabilidad y buenas prácticas pecuarias
Vacuna autógena Aquel producto biológico designado para estimular la inmunización activa de los animales en contra del virus de influenza aviar, preparado a partir de un aislamiento de este virus, originario de algún foco en una unidad de producción avícola en México, el cual será producido por un laboratorio autorizado por el SENASICA, debiendo cumplir las pruebas requeridas para su constatación oficial y que podrá ser aplicada de manera local o regional
Aviso de movilización
Aplicación WEB del SENASICA
Aplicación web disponible desde cualquier computadora con acceso a internet. El acceso a la consulta para los requisitos para la movilización estará abierta a cualquier interesado.
Registro de las unidades de producción tecnificadas ante la Secretaría. El aviso de movilización se podrá realizar desde cualquier computadora con acceso a internet una vez que se tenga el registro de la unidad de producción
Módulo de Consulta
Módulo de consulta de movilización nacional de aves, sus productos y subproductos
El usuario ingresa la información de la mercancía que va a movilizar, el origen y el destino, así como las zonas que transitará y el sistema muestra los requisitos para movilización.
Descripción del Proceso Módulo de Consulta A través de Internet, se busca la información en la base de datos
Movilización Prohibida
Indica que el tipo de movilización solicitada, no esta permitida
Ingresa parámetros de movilización
Tipo Origen Destino Tránsito Motivo de movilización
Posibles Resultados
Requiere Certificado
Indica que se requiere un certificado de movilización nacional y muestra información para que se dirijan a su Delegación
Publico en general
Requiere Aviso
Indica que sólo se requiere el Aviso de movilización. Se muestran los requisitos para poder emitir el aviso
Registro de Unidades Tecnificadas
Proceso de Registro de las Unidades de Producción
Unidad de Producción
El interesado debe llenar las formas incluidas en los anexos del acuerdo dependiendo del trámite a realizar
Delegación estatal
Representante Gestiona alta en Sistema en Delegación SAGARPA por una única ocasión
La unidad de producción queda registrada en los sistemas de SENASICA
Todas las unidades de producción tecnificadas deberán registrarse por única vez
Aviso de movilización
Emisión del Aviso de Movilización Nacional
¿Usuario Registrado?
Unidad de Producció n
Si
Emite Aviso de Movilización obteniendo comprobante
N o
Gestiona alta en Sistema en Delegación SAGARPA
Se valida la información sobre: •Origen/destino •Reconocimiento compartimento libre •Tránsito •Tipo de mercancía
PVIFs
Oficial Verifica en el Sistema la información de Aviso de Movilización
Compartimento libre
Proceso de solicitud de reconocimiento de compartimento libre o registro bajo esquema de vacunación
Representante Gestiona tramite en Delegación SAGARPA
Interesado o representante de unidad de producción
Registro de la Delegación Estatal N
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cto ____ Lada Dir ___ ____ ___ ___ 4. Tel.: Lada ( ) _________________________________________ du ____ ____ Fax: ______________________________ ( ___ ____ ____ ___ Corr ___ pro ____ ___ ) ____ ____ ____ eo al: Re ___ ___ Leg ____ elec ____ ____ ] te ____ ___ electrónico de contacto: ___ : ___ ____ trón )Correo to: ____ [ ____ ____ tan ico 5. Nom ____ : ipio tac ____ ____ de cont ____ sen nja nic ____ bre con ____ ____ a( ____ pre ____ Mu acto del 5. del Propietario Legal: deNombreRe ____ ____ / Grao Representante ____ Lad ____ Prop : 6. Nom o : ico ____ ón .: ____ ____ ____ io ieta ón ón cci Tel ____ __Es bre ____ rio ne tar ____ cci : ctr 4. tado o Rep ____ de la 6. Nombre pro de du la Unidaddu de producción / Granja: ____ pie ar) ____ : ____ 7.pro __ o ele Unid ] Car rese ____ dic Pro ____ Folio rre ntan d de ____ _ Fax: [ ad de ____ del de regi o (in Co d de te Lega ida de registro ____ re prod ____ 7. Folio de producción: ____ ida 8.de la Unidad Un stro ] Otr ____ mb ucci _ l: Un ____ la Espe de la No ____ ón / : la [ Unid de ____ cie 5. ar) ____ Gran avíc re ____ o de 8. Especie avícola: ): dic ___ s:ad de ja: ola: mb 9. Func ____ ras (in istr ora No prod o ito ____ evo ión reg 6. uct ucci ____ zoot gen de ] Otr[ ] Hu ón: rod 9. Función zootécnica: [ ] Huevo ] Carne [ ] Reproductoras a: io __ écni [ col o pro Fol ca: [ [ o rep 7. [ as a: ): ] Prog ras e aví ras nic ] Hue ras [ cto (indicar): [ ] Progenitoras ] Otro eci sad ito enit 10. téc du itovo oras ipe Esp Paragen pro 8. gen ras n zoo Sem pro el caso ]progenitoras proo reproductoras: ito ció 10. Para as parvadas a (Re [ de de parvo [ gen el caso Fun vad vad ras ] Lige [ 9. s par adas par ] Pro cto ] ras Carn la prog de du [ ]oLigeras [ada ] Pesadas [ ] Semipesadas [ ] Otro (indicar): [ e 11. de pro [ enit Iden ] Pes cas ]ia [ oras tifica enc Pesadas a (Re [ a el ] Otro o repr ción ced de parvada (Reproductoras o progenitoras): vad Par 11. Identificación 12. o: (ind s odu [ [ Gran pro de parv par 10. icar) cas ctor ] Sem era ] Rep de ja de as: : ada de de orig n ipes rodu ] Lig ar (Rep ros 12. Granja y lugar de derodu la parvada (Reproductoras o progenitoras): ció de adas 13.origen ctor enprocedencia y lug Raza me [ as fica y luga [ ctor nú de las nti gen r de ] Otro as o Ide ori aves o los proc 14. 13. Raza las aves: prog s): (ind de de 11. Edad : eden enit end s: icar) nja oras de las ana cia as: luy : ave de semaves ): Gra inc 15.las aves : las de (en semanas): stic la parv n, 12. 14. Edad Num (en s (en ada gnó ció ada a de sem tal ave ero de (Rep liza Raz s dia ins anas lasde casetas: rodu 16. rea s: case ): 13.15. Numero eba tas: dad ctor de eta d de Cantidad pru as o aci ha cas Eda las prog decap fec de 17. aves o capacidad 16. Cantidad de avess o 14. enit roLabo lizóinstalada: y o capa oras das me rea ave rato ): liza Nu cida rio que 18. ad deoficial l ofici rea d insta diagnósticas: 15. Laboratorio 17. Espe ciaque realizó al ques las pruebas tid lada eba real cificofi Can s: : io ar últim s pru 19. torúltimas 16. adoizó las 18. Especificar pruebas realizadas y fecha de realización, incluyendo los números de caso: Ane as prue ima ult ora xar prue res bas Lab bas r últ copi diag los real fica deas de 19.17. Anexar eci copias los resultados: nóst de izad los icas: as y ias resu Esp fech ltad 18. r cop a de os: exa real An izaci ón, 19. inclu yend o los núm eros de caso :
3.
El interesado presenta las formas incluidas en los anexos del acuerdo, dependiendo del trámite a realizar
La Delegación SAGARPA registra y emite la resolución, generando el comprobante utilizando la información de la clave de la unidad de producción
La información queda almacenada en el sistema
Estatus zoosanitarios
Influenza Aviar 2011 (NOM-044)
Libre Erradicación
1° Junio 2011
Acuerdo Influenza Aviar Notificable 2011
Libre Erradicación Escasa prevalencia
Estatus zoosanitarios LIBRE ERRADICACIÓN
ESCASA PREVALENCIA
COMPARTIMENTO LIBRE
Conceptos básicos
Zonificación (Estatus zoosanitarios): Escasa prevalencia Erradicación Libre
Reconocimientos de zonas: Requisitos sanitarios por estatus zoosanitario
Mantenimiento, pérdida y recuperación del estatus zoosanitario Responsabilidad de gobiernos estatales o de los servicios veterinarios extranjeros, según corresponda para mantener las condiciones del estatus zoosanitario obtenido Eliminación de focos en un plazo máximo de seis meses Incorporación por pérdida de condición zoosanitaria, al estatus inmediato anterior La presentación de un foco en zona libre, no representa la pérdida de condición, si este es eliminado dentro de los seis meses
Conceptos básicos
Compartimentos Reconocimiento en zonas de escasa prevalencia y erradicación Contar con MVZ responsable, dictamen de laboratorio oficial, sistema de gestión de bioseguridad Vigencia de dos años Muestreo, remuestreo y diagnóstico oficial
Reconocimiento de países Cumplimiento de requisitos zoosanitarios establecidos en el presente Acuerdo
Diagnóstico
Conceptos básicos
Diagnóstico oficial Inhibición de la hemoaglutinación Inmunodifusión en gel agar Aislamiento viral con pruebas de patogenicidad RT-PCR
Diagnóstico en Laboratorios autorizados con fines de centinelización, aves de combate y vigilancia epidemiológica en aves importadas: Inhibición de la hemoaglutinación Inmunodifusión en gel agar RT-PCR Aislamiento viral
Movilización
Movilización
CERTIFICADO ZOOSANITARIO DE MOVILIZACIÓN (Art. 69) •Zonas en escasa prevalencia, cuando aplique la movilización.
Libre Erradicación Escasa prevalencia
Movilización AVISO DE MOVILIZACIÓN (Art. 68) •Zonas Libres •Zonas en Erradicación •Huevo procesado, carne cocida, precocida y embutidos de cualquier zona. (Art. 71) AVISO DE MOVILIZACIÓN + RECONOCIMIENTO •Compartimentos libres
Libre Erradicación Escasa prevalencia
Conceptos básicos
Movilización Aves vivas Productos y subproductos avícolas
En ningún caso los PVIF y PVII podrán solicitar: Documentación adicional Requerir cobros o pagos por servicios de movilización
Los instrumentos para la movilización serán: Certificado zoosanitario de movilización Aviso de movilización Reconocimiento de compartimento libre
Conceptos básicos
En zonas libres sólo se utilizará el aviso de movilización
Los compartimentos libres requerirán sólo el aviso de movilización y copia del compartimento libre En escasa prevalencia se utilizará exclusivamente el CZM, obtenido con los requisitos zoosanitarios establecidos para cada caso
Procedimiento de Verificación e Inspección conforme al Acuerdo IAN •FLEJADO •REGISTRO Y SELLADO DE DOCUMENTOS
•LIBERACIÓN
• DOCUMENTACIÓN CORRECTA • CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD • NO SE DETECTAN IRREGULARIDADES
ALTO EN EL PVIF
SE SOLICITA LA DOCUMENTACIÓN
Aviso de Movilización CZM Reconocimiento de Compartimento Libre Flejado Autorizado
INSPECCIÓN Y VERIFICACIÓN DOCUMENTAL Y FÍSICA
DETECCIÓN DE IRREGULARIDADES
SENASI CA-DGIF
SENASI CA-DGIF
SENASI CA-DGIF
MOVILI ZACIO N 01 01 2007
MOVILI ZACIO N
MOVILI ZACIO N
01 01 2007
01 01 2007
PVIF: __1_________
PVIF: Santa Adelaida, Camp.
PVIF: Santa Adelaida, Camp.
OSF: ______2_____ ___
OSF: JAVM
OSF: JAVM
Procedimiento de Verificación e Inspección conforme al Acuerdo IAN
RETENCIÓN
RETORNO
REACONDICIONAMIENTO DE LA MERCANCÍA
LEVANTAMIENTO DEL AC
LIBERACIÓN
Producción de vacunas
Conceptos básicos Elaboración y aplicación de vacunas Cambio de semilla vacunal al menos cada dos años Prohibición de producción, comercialización, importación y aplicación de vacunas vivas Las vacunas inactivadas con virus completo y emulsionadas, deben utilizar semilla vacunal oficial Verificación anua y oficial a cada laboratorio productor de vacuna Registro mensual de producción y comercialización de vacunas emulsionadas y recombinantes Prohibición de producción, comercialización y/o distribución en zonas en erradicación, libres y en compartimentos libres En caso de incumplimiento, revocación de la autorización del producto o del establecimiento Registro de avicultores usuarios de vacuna y de laboratorios productores Productos nacionales e importados deberán elaborarse con una cepa inactiva de baja patogenicidad de semilla nacional o autógena No deberán interferir con las actividades de vigilancia epidemiológica Demostrar que aumentan la resistencia a la infección y reducen la excreción
Conceptos básicos
Elaboración y aplicación de vacunas autógenas Notificación al SIVE del aislamiento propuesto, dentro de las 24 hrs Registro mensual de producción y comercialización (trazabilidad) Cumplir con las pruebas de pureza, potencia, esterilidad, inocuidad e inactivación Demostrar oficialmente la resistencia a la infección y reducción de la excreción
Otros conceptos del Acuerdo
Conceptos básicos Aplicación de medidas contraepidémicas Cuarentena Despoblación Disposición sanitaria Vacio sanitario (21 días) Posible vacunación en zonas de alto riesgo Repoblación Investigación epidemiológica Limpieza, lavado y desinfección Inactivación de desechos orgánicos e inorgánicos Vigilancia epidemiológica específica (30 sueros y 30 órganos o hisopos) Requisitos sanitarios previo análisis epidemiológico en la aplicación de cuarentenas movilización de mercancías avícolas
Medidas de bioseguridad y buenas prácticas pecuarias Unidades de producción Establecimientos avícolas
Conceptos básicos
Vigilancia epidemiológica Activa y pasiva Muestreos epidemiológicos Notificación, seguimiento y cierre de focos Muestreo en UPT, compartimentos libres, establecimientos TIF, centros de acopio, centros de distribución de aves, y otros establecimientos relacionados con el consumo o distribución de aves Verificar ausencia de infección del virus de IAN Celebración de acuerdos o convenios orientados a desarrollar proyectos de investigación científica, programas de capacitación o intercambio de tecnología
Conceptos básicos
Trazabilidad Operación de sistemas de trazabilidad
Impacto de las medidas zoosanitarias Evaluación anual de objetivos planteados Valorar cumplimiento y avances
Importación Cumplimiento del módulo de consulta de requisitos zoosanitarios
Conceptos básicos
Equivalencia Principio de equivalencia de la OMC: compartimentos, zonas o país Obtención del nivel adecuado de protección zoosanitaria para México
Conclusión de la campaña Ausencia del virus de IAN en aves de corral
Conceptos básicos
Inspección y verificación Actividades realizadas por el SENASICA Verificación periódica de PVIs y OASAs Laboratorios de diagnóstico y productores de vacuna Verificación apoyada mediante Unidades de Verificación: •UPT •Laboratorio de Dx •PVIs •Otras determinadas por la Secretaría
Transitorios
Conceptos básicos Transitorios I.
Entrada en vigor al día siguiente de su publicación
II.
Módulo de consulta 60 días posteriores a su publicación
III.
Registro de UPT hasta 30 días posteriores a la entrada en funcionamiento del Módulo de Consulta
IV.
Reconocimiento de compartimentos libres 60 días posteriores a la entrada en vigor del Acuerdo
V.
Parvadas y granjas libres movilizarán con CZM, copia de constancia y remuestreos oficiales hasta el funcionamiento del aviso de movilización (AM)
VI.
Evaluación del estatus zoosanitario dentro de 60 días de entrada en vigor del Acuerdo
VII. El Aviso de Movilización entrará en vigor 60 días de publicado el Acuerdo
VIII. Requisitos de importación vigentes 60 días y en su caso adecuación del Módulo de Consulta de Requisitos Zoosanitarios IX.
Laboratorios productores de vacuna tendrán hasta 6 meses para el cumplimiento del presente Acuerdo
X.
Médicos responsables, laboratorios de pruebas autorizados y unidades de verificación, tendrán hasta 6 meses para el cumplimiento del Acuerdo
GRACIAS
Dirección General de Salud Animal Dirección General de Administración e Informática Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria