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ESPACIOS PROTEGIDOS
PATRIMONIO HISTÓRICO
ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS
ESPACIOS PROTEGIDOS: Espacios naturales protegidos
ESPACIOS PROTEGIDOS
ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS
1. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL FACTOR. 2. NORMATIVA BÁSICA DE APLICACIÓN. 2.1
INTERNACIONAL.
2.2
EUROPEA.
2.3
ESTATAL.
2.4
AUTONÓMICA.
3. METODOLOGÍA DE TRABAJO. TABLA “ASPECTO / PRESENTACIÓN DE DATOS”. 4. DESCRIPCIÓN DE ASPECTOS ESPECÍFICOS. 4.1 ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS SEGÚN LAS LEYES 2/89 Y 4/89. MAPA DE LOCALIZACIÓN. 4.2 ESPACIOS PROTEGIDOS SEGÚN EL PLAN DE PROTECCIÓN DEL MEDIO FÍSICO. MAPA DE LOCALIZACIÓN. 4.3 ESPACIOS PROTEGIDOS POR CONVENIOS INTERNACIONALES. MAPA DE LOCALIZACIÓN. 4.4 ESPACIOS VALIOSOS SIN PROTECCIÓN. 4.5 INVENTARIO Y ESTADO DE VÍAS PECUARIAS. MAPA DE LOCALIZACIÓN.
5. PRINCIPALES PLANES Y PROYECTOS, ACTUALES Y FUTUROS.
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1. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL FACTOR Las estrategias internacionales de conservación de la naturaleza se han desarrollado en una triple dirección: protección de ecosistemas amenazados (Convenio RAMSAR), protección de ecosistemas representativos de cada bioregión (Diploma Europeo, Patrimonio de la Humanidad, etc) y conservación de espacios ecoculturales (Reservas de la Biosfera). La evolución histórica dominante de la tarea conservacionista ha integrado progresivamente conceptos tales como la visión integral de los ecosistemas ecológicos, el valor del hombre y la diversidad social, las economías de los recursos naturales, etc, hasta conformar el escenario del desarrollo sostenible consagrado en la Cumbre de la Tierra de Río de Janeiro (1992). Espacio natural protegido es, según la Unión Internacional de Conservación de la Naturaleza: “Una zona de tierra y/o mar especialmente dedicada a la protección de la diversidad biológica y de los recursos naturales y culturales asociados, y gestionada legalmente o por otros medios eficaces”. Los primeros espacios naturales protegidos se declararon en Estados Unidos en la segunda mitad del siglo XIX; el pionero fue el Parque Nacional de Yellowstone creado en 1872, y entre las motivaciones de sus impulsores destacaba la conservación para las generaciones futuras de paisajes únicos de gran belleza. Junto con razones de índole paisajística, en las primeras designaciones de espacio natural protegido subyacía también el interés de conservar un recurso natural útil para el hombre y así asegurar su disponibilidad para generaciones futuras. A nivel europeo y a pesar de la indudable importancia de las iniciativas legislativas adoptadas en materia ambiental por la antigua Comunidad Económica Europea en los años setenta y ochenta, no es hasta el Acta Única Europea cuando el medio ambiente se incorpora de forma explícita en el Tratado de Roma. El Tratado de Maastrich completó lo dispuesto por el Acta Única añadiendo varios principios de actuación; “Prevención”, “Corrección en la fuente”, “Quien contamina paga” y “Subsidiariedad” los de “Cautela” y “Desarrollo Sostenible”, convirtiendo el medio ambiente en una auténtica política común. Los espacios naturales protegidos deben contribuir decididamente al mantenimiento del pulso vital de las actividades económicas tradicionales y a la vez, deben considerarse como una herramienta útil en la conservación de la diversidad biológica ya que está constatado que de no haberse declarado muchos de los espacios naturales protegidos actuales se habrían perdido irremediablemente espacios de gran valor ecológico. La normativa básica española de protección de espacios naturales es la Ley 4/89 de conservación de los espacios naturales y la flora y fauna silvestre. Esta ley establece cuatro categorías de espacios naturales protegidos: Parques, Reservas Naturales, Monumentos Naturales y Paisajes protegidos. Estas categorías tratan de agrupar las diversas figuras de protección, con referencia territorial concreta, en el marco de una cierta concepción jerárquica de los espacios naturales protegidos, ya sea en función de sus valores o de sus tamaños. También existe una cierta diferenciación entre los espacios de dominante natural, Parques y Reservas, y aquellos otros donde el valor natural convive con singularidades históricoculturales. En España existen 465 Espacios Naturales Protegidos que comprenden una superficie total de 2.904.489, 13 ha, que supone el 5,75% del territorio español.
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La norma básica en cuanto a protección de espacios naturales en Andalucía lo constituye la Ley 2/89 por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía. En base a esta norma la comunidad autónoma andaluza ha creado la Red Andaluza de Espacios Naturales Protegidos (RENPA) que engloba todos aquellos territorios autonómicos bajo régimen de protección establecidos en la ley 2/89. En esta ley autonómica se contempla además de las figuras de protección definidas en la ley estatal 4/89 las siguientes: Parajes Naturales, Parques Periurbanos y Reservas Naturales Concertadas de Andalucía. Además de estas dos leyes fundamentales para la protección del medio natural, la figura del Plan Especial de Protección del Medio Físico, prevista en la legislación urbanística, supone una aportación de particular trascendencia no sólo por el carácter de normativa urbanística sino por la propia orientación y planteamiento del Plan. No se hace en él un intento más de acotar y salvaguardar determinados espacios de la naturaleza sino que el objetivo del Plan Especial de Protección del Medio Físico (PEPMF) de la provincia de Jaén es el de ajustar las necesidades derivadas del desarrollo social con la capacidad de acogida del medio y su estabilidad ecológica. La política de Ordenación del Territorio de Andalucía determina el presente y el futuro de estos espacios naturales dignos de protección. El Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA) que nace con la Ley 1/94 de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma Andaluza, es el marco de referencia general para las actividades de planificación con incidencia territorial, así como para la acción pública en general y en cuyas Bases y Estrategias, aprobadas en mayo de 1999, se establecen medidas concretas en relación a la gestión de los recursos naturales y del paisaje. El POTA plantea como estrategia la configuración de un Sistema Regional de Protección de los recursos naturales y culturales de interés territorial. Para la configuración de este sistema se incorporan los espacios y elementos que actualmente están enmarcados en otras planificaciones de carácter regional, particularmente en la Red de Espacios Naturales Protegidos (RENPA) y los lugares y bienes protegidos por la legislación de Patrimonio Histórico. Junto a ellos se han incluido, como recursos de interés para la construcción integrada del sistema regional de recursos naturales, otros elementos y ámbitos. En primer lugar, una serie de elementos lineales; las vías pecuarias, las principales vías fluviales y otras vías verdes, cuya función se considera prioritaria en la construcción de un sistema físicamente interrelacionado. En segundo lugar han de ser tomados en consideración otros espacios tales como los catalogados por la Consejería de Medio Ambiente de la Red Europea Natura 2000 y también aquellos espacios protegidos por la planificación urbanística. Mencionar además los Planes de Desarrollo Sostenible que contempla la legislación andaluza con un contenido esencialmente económico y que pretenden implementar, desde iniciativas de promoción pública o privada, todas las potencialidades de desarrollo endógeno compatibles con la conservación en los Espacios Naturales. El Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural de Sierra Mágina 2001-2006 elaborado por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía ha servido de referencia para este estudio.
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Esta serie de instrumentos legislativos y de planificación reflejan un cambio en la conciencia social hacia los espacios naturales y contribuyen al uso sostenible del medio y sus recursos, permitiendo que las generaciones venideras puedan disfrutar de su beneficio. Otro de los espacios merecedores de protección, e incluido en el presente documento de diagnóstico por sus valores naturales y culturales, son las Vías Pecuarias. Se entiende por Vías Pecuarias, según la Ley 3/95 de la Comunidad Autónoma Andaluza, “las rutas o itinerarios por donde discurre o ha venido discurriendo tradicionalmente el tránsito ganadero”. Se trata de bienes de dominio público de las Comunidades Autónomas y, en consecuencia, inalienables, imprescriptibles e inembargables.
POTENCIALIDADES • • •
• •
Presencia de uno de los tres parajes naturales de la provincia. Parte del municipio se encuentra protegido por el Plan Especial se Protección del Medio Físico de la provincia de Jaén. El Paraje Natural del Alto Guadalquivir está declarado en Andalucía como Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y propuesto como Lugar de Interés Comunitario (LIC). Biodiversidad en ecosistemas elevada. Puesta en marcha de planes y programas de sostenibilidad ambiental.
DEBILIDADES • •
Necesidad de un conocimiento exhaustivo y puesta en valor de los recursos naturales (biodiversidad, paisaje, etc) de los Espacios Naturales Protegidos. Especies en peligro de extinción.
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2. NORMATIVA BÁSICA DE APLICACIÓN 2.1 INTERNACIONAL Convenios •
Convenio de Diversidad Biológica, de 5 de junio de 1992, de Río de Janeiro.
•
Convenio de RAMSAR (Irán), de 2 de febrero de 1971, relativo a los Humedales de Importancia Internacional Especialmente como hábitat de Aves Acuáticas.
Programas •
Programa UNESCO Hombre y Biosfera; Reservas de la Biosfera 1968.
2.2 EUROPEA Directivas •
Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo, relativa de los hábitats Naturales y de la Flora y Fauna Silvestre.
•
Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril, relativa a la Conservación de Aves Silvestres. Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPAS).
Convenios •
Convenio de Berna, de 19 de septiembre de 1979, relativo a la conservación de la vida silvestre y del Medio Natural en Europa.
2.3 ESTATAL Leyes •
Ley 40/1997, de 5 de noviembre, sobre reforma de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres.
•
Ley 41/1997, de 5 de noviembre, sobre reforma de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres.
•
Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.
•
Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres.
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Reales Decretos •
Real Decreto 1193/1998, por el que se modifica el RD 1997/1995.
•
Real Decreto 1538/1996, de 21 de junio, por el que se precisan las competencias del Ministerio de Medio Ambiente en materia de conservación de la naturaleza y parques nacionales.
•
Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y mediante la conservación de la fauna y flora silvestres.
•
Real Decreto 2.488/1994, de 23 de diciembre, por el que se determinan las funciones de la comisión nacional de protección de la naturaleza, de dictan las normas que regulan su funcionamiento y se establecen los comités especializados adscritos a la misma
2.4 AUTONÓMICA Leyes •
Ley 2/1995, de 1 de junio, sobre modificación de la Ley 2/1989 de 18 de julio, por la que se aprueba el inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección.
•
Ley 2/1989 de 18 de julio, por la que se aprueba el inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección.
Decretos
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•
Decreto 63/1994, de 15 de marzo, que aprueba el Plan de Ordenación de Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Sierra Mágina.
•
Decreto 225/1999, de 9 de noviembre, de regulación y desarrollo de la figura de Monumento Natural de Andalucía.
•
Decreto 213/1999, de 13 de octubre, por el que se crea el Comité de Reservas de la Biosfera de Andalucía.
•
Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
•
Decreto 239/1997, de 15 de octubre, por el que se regula la constitución, composición y funciones de las Juntas Rectoras de los Parques Naturales.
•
Decreto 11/1990, de 30 de enero, por el que se crean las Juntas Rectoras de los Parques Naturales declarados en la Ley 2/1989, de 18 de julio, se establece el régimen jurídico de las mismas y se fijan las líneas básicas de los PRUG para Parques Naturales.
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Resoluciones •
Resolución de 7 de julio de 1986 de aprobación definitiva del Plan Especial de Protección del Medio Físico (PEPMF) y Catálogo de bienes y espacios protegidos de la provincia de Jaén.
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3. METODOLOGÍA DE TRABAJO. PRESENTACIÓN DE DATOS” Metodología de trabajo
TABLA
“ASPECTO
/
Para el análisis del factor se han descrito y situado los distintos Espacios Naturales Protegidos según la figura de protección y se han inventariado las vías pecuarias que atraviesan el municipio de Úbeda.
Aspecto
Presentación
Espacios Naturales Protegidos según las leyes 2/89 y 4/89. Texto, tabla, gráfico, mapa. Mapa de localización. Espacios protegidos según el Plan de Protección del Medio Texto, tabla, mapa. Físico. Mapa de localización. Espacios protegidos por Convenios Internacionales. Mapa de Texto, mapa. localización Inventario de espacios valiosos sin protección.
Texto.
Inventario y estado de vías pecuarias. Mapa de localización
Texto, tabla, gráfico mapa.
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4. DESCRIPCIÓN DE ASPECTOS ESPECÍFICOS
4.1 ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS SEGÚN LAS LEYES 4/89 Y 2/89. MAPA DE LOCALIZACIÓN En Úbeda se encuentra el Paraje Natural Alto Guadalquivir con una superficie total protegida de 663 ha. Son Parajes Naturales, según la Ley 2/89, “aquellos espacios que se declaren como tales por Ley del Parlamento Andaluz, en atención a las excepcionales exigencias cualificadoras de sus singulares valores, y con la finalidad de atender a la conservación de su flora, fauna, constitución geomorfológica, especial belleza u otros componentes de muy destacado rango natural” Espacios naturales protegidos en Úbeda según la Ley 2/89 Figura de Protección
Nombre
Paraje Natural
Alto Guadalquivir
Tabla 1
Superficie total del P.N.
Superficie del P.N. perteneciente a Úbeda
663 ha
663 ha
Porcentaje de P.N. en el total municipal
Fuente: Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía, 2002.
Descripción del Paraje Natural Alto Guadalquivir: El río Guadalquivir al sur de la localidad de Úbeda, fue represado en los años cincuenta en una sucesión de tres pequeños embalses: Doña Aldonza (301 hectáreas), Pedro Marín (240 hectáreas) y Puente de la Cerrada (122 hectáreas). Todo el área de esta zona húmeda artificial -con un cinturón de vegetación acuática cada vez más importante- se encuentra rodeada de cultivos. La vegetación palustre está formada básicamente por eneas y cañas, acompañadas de bayuncos y tarays y en sus riberas se desarrollan principalmente los álamos. En tanto que, en lo que se refiere a la fauna, una abundante y variada comunidad de aves acuáticas se concentra en estos embalses del Alto Guadalquivir, destacando la colonia de calamones (especie catalogada como amenazada a nivel comunitario), patos reales y cucharas, así como porrones y garzas imperiales.
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Paraje Natural Alto Guadalquivir
Mapa 1
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Fuente: Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía, 2000.
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4.2 ESPACIOS PROTEGIDOS SEGÚN EL PLAN DE PROTECCIÓN DEL MEDIO FISICO La figura del Plan Especial del Medio Físico, prevista en la legislación urbanística, supone una aportación de particular trascendencia, sobre todo, por la propia orientación y planteamiento del plan. El objetivo del Plan Especial de Protección del Medio Físico (PEPMF) de la provincia de Jaén es el de equilibrar las necesidades derivadas del desarrollo social con la capacidad de acogida del medio y su estabilidad ecológica. El Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos de la provincia incluido en el PEPMF diferencia y delimita distintas tipos básicos de zonas de interés en función tanto de sus características naturales como del grado de protección que se les otorga. Así aparecen 3 tipologías básicas que son: -
-
-
Espacios naturales y paisajes: son espacios susceptibles de una identificación territorial inequívoca destacable desde el punto de vista de la conservación e interés de sus medios vivos o inertes. Se dividen en: Parajes Naturales Excepcionales; Zonas húmedas; Complejos Serranos de Interés ambiental; Paisajes Sobresalientes; Complejos Ribereños de Interés Ambiental y Espacios Forestales de Interés Recreativo Paisajes agrarios: En esta categoría se incluyen áreas representativas, normalmente dehesas, vegas, regadíos de paisajes agrarios de gran calidad paisajístico y /o productiva. Son espacios de particular importancia como articuladores de la actividad agraria circundante. Yacimientos de interés científico: Incluyen áreas de interés ecológico y geomorfológico así como yacimientos arqueológicos o paleontológicos. Normalmente son zonas afectadas por procesos de destrucción y expolio en caso de los yacimientos arqueológicos. En el término municipal de Úbeda está catalogado el siguiente espacio: Espacios protegidos según el PEPMF en Úbeda Tipo
Código
Denominación
Complejo serrano de interés ambiental
CS14
Loma de los Donceles y Miradores
Complejo serrano de interés ambiental
CS16
Pico de Nando
Tabla 2
Fuente: Plan Especial de Protección del Medio Físico, 1986.
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Espacios protegidos según el PEPMF y las Leyes 4/89 y 2/89 en Úbeda
Mapa 2
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Fuente: Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, Plan Especial de Protección del Medio Físico. Elaboración propia, 2003.
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Complejo Serrano de Interés Ambiental (CS14)
“Loma de los Donceles y Miradores”.
Constituye un relieve elevado sobre el entorno más abrupto y con cotas más altas (650-750 m) en la mitad noroccidental y sur y alomado en el este. El sustrato lo conforman dolomías y margas que desarrollan suelos de moderada calidad y vocación agrícola y forestal. La red de drenaje es paralela. Los niveles de susceptibilidad a la erosión son elevados. Entre las especies arbóreas destacan la encina y las repoblaciones de pino carrasco. El estrato herbáceo está dominado por gramíneas y leguminosas. La fauna es la típica asociada al matorral, pastizal y pinares: zorro, gineta, escribano, carbonero, águila calzada, paloma torcaz, topillo, etc. El uso principal es el agrícola (olivar y labor intensiva). El aprovechamiento ganadero (ovino y caprino) aparece asociado principalmente al pastizal-matorral. Tiene importancia, además el uso cinegético. Las zonas repobladas con pino carrasco no han entrado aún en producción. El principal interés se justifica por el relieve elevado (Loma de los Donceles Miradores) en un área de campiña cultivada y la presencia de manchas de vegetación natural pero degradadas. Municipios afectados: Úbeda y Arquillos. Complejo Serrano de Interés Ambiental (CS16)
“Pico de Nando”.
Morfológicamente aparece como un relieve abrupto y residual sobre una topografía más llana (campiña triásicas). La altitud va desde los 935 m, hasta los 640 m. El sustrato está conformado por calizas y margas en los relieves culminantes y por margas arcillosas en las zonas más bajas. Los primeros desarrollan suelos de vocación predominantemente forestal y agrícola los segundos. Los niveles de susceptibilidad a la erosión son altos. La flora se caracteriza por su escasa singularidad, destacando en los pastizales o especies herbáceas de las familias gramíneas y leguminosas. La fauna es la propia del matorral (ciervo, jabalí, conejo, perdiz, jineta, zorro, tejón, etc. El aprovechamiento principal es el pastizal asociado a matorral (ganado ovino y caprino). El uso agrícola se restringe a pequeñas manchas de labor intensiva y olivar. Otro uso de interés es el cinegético. El interés principal del espacio está en función de los valores topográficos en un entorno llano, y florísticos (pastizales de alta montaña). Municipios afectados: Úbeda y Jódar.
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Características y usos de los Complejos Serranos de Interés Ambiental Complejos ambiental
serranos
Usos prohibidos
de
interés Espacios relativamente extensos y/o de caracteres diversificados, con utilización y/o vocación principalmente forestal, en general importantes valores paisajísticos y en ocasiones valores faunísticos destacados.
La tala de árboles que impliquen transformación del uso forestal del suelo. Las construcciones y edificaciones industriales excepto las de almacén de productos asociados a las actividades agrarias o similares. Los parques de atracciones. Aeropuertos y helipuertos. Viviendas aisladas de nueva planta no vinculadas a actividades productivas directas, o de servicio público, o las de guardería. Instalaciones publicitarias y símbolos e imágenes conmemorativas.
Usos compatibles.
La tala de árboles integrado en las labores de mantenimiento debidamente autorizadas por el organismo competente. Las actividades, instalaciones y construcciones relacionadas con la explotación de los recursos vivos. En el caso de obras de desmontes, aterrazamientos y rellenos, estabulación de ganado según características del anejo 1 y piscifactorías será requisito indispensable la aportación de un proyecto con estudio de impacto ambiental. Las actuaciones relacionadas con la explotación de recursos mineros, que deberán constar siempre con la declaración de utilidad pública y con estudio de impacto ambiental. Los vertederos de residuos sólidos de cualquier clase que ineludiblemente deban localizarse en estas zonas, previo proyecto y realización de estudio de impacto ambiental. Las adecuaciones naturalísticas y recreativas y los parques rurales, de acuerdo a lo dispuesto en la norma 26. Los campamentos de turismo, albergues sociales e instalaciones deportivas aisladas de acuerdo con las siguientes limitaciones. •
No situarse a distancias mayores de 1km del núcleo de población más próximo.
•
No afectar a una superficie superior al 5% del espacio protegido.
• •
No deberá implicar ninguna alteración de la cobertura arbórea ni la topografía originaria de los terrenos. Que no suponga una restitución el disfrute público del resto del espacio protegido.
La construcción de instalaciones hoteleras de nueva planta y los usos turísticos recreativos y residenciales en edificaciones legales existentes según lo dispuesto en la norma 26. Las viviendas familiares aisladas ligadas a la explotación de recursos agrarios, al entretenimiento de obras pública y la guardería de complejos situados en medio rural. La licencia deberá ser denegada cuando se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias: •
La explotación a la que esta vinculada se sitúa a menos de 2km de un núcleo de población.
•
El promotor no demostrara inequívocamente la condición imprescindible vivienda agraria para la atención de la necesidades normales de la explotación.
de la
Las actuaciones de carácter infraestructural que ineludiblemente deban localizarse en estos espacios de acuerdo espacios de acuerdo a los establecido en la norma 22. Cuando se trate de infraestructuras viarias, energéticas, hidráulicas, de saneamiento o abastecimiento o vinculadas al sistema general de telecomunicaciones será preceptiva la aportación de un estudio de impacto ambiental.. Tabla 3
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Fuente: Plan Especial de Protección del Medio Físico, 1986.
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4.3 ESPACIOS PROTEGIDOS POR CONVENIOS INTERNACIONALES La denominada red Natura 2000 se configura como una red ecológica europea de Zonas Especiales de Conservación (ZEC) y su creación viene establecida en la Directiva 92/43/CEE del Consejo, relativa a la conservación de hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, conocida como Directiva hábitats. El objeto de esta Directiva es contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres calificados de interés comunitario, en el territorio europeo de los estados miembros, mediante el mantenimiento o restablecimiento de los mismos en un estado de conservación favorable. En la Directiva se recoge expresamente que se integran en esta red las Zonas Especiales de Protección para Aves (ZEPA) ya clasificadas como tal o las que se clasifiquen en un futuro en virtud de la Directiva 79/409/CEE del Consejo, relativa a la conservación de las aves silvestres, conocida con Directiva Aves. La Directiva 92/43/CEE se traspuso al ordenamiento jurídico interno mediante el Real Decreto 1997/1995, en el que se atribuye a las Comunidades Autónomas la designación de los lugares y la declaración de las ZEC. La creación de la red se efectúa y consolida mediante la declaración como ZEC o ZEPA de los territorios que se consideren de interés. La aplicación y desarrollo de las Directivas Hábitats y Aves en Andalucía ha supuesto que, en el territorio andaluz, la red Natura 2000 cuente actualmente con zonas declaradas ZEPA y con zonas propuestas como Lugares de Interés Comunitario, fase inicial de las ZEC's. En cuanto a las ZEPA, en estos momentos Andalucía cuenta con 22 zonas declaradas, y ha abierto el proceso de información pública para la designación de determinados Espacios Naturales Protegidos como ZEPA. En este último caso se pretenden declarar 39 nuevas ZEPA, entre las que se encuentra Sierra Mágina, Sierra de Andújar y Despeñaperros. En cuanto a las ZEC, cabe decir que la región biogeográfica mediterránea, en la que se encuentra ubicada completamente la región andaluza, está en la primera fase del proceso, es decir, ha aportado la lista de lugares obtenida de la evaluación del territorio para que se integre en la Lista Nacional de lugares. Esta lista, denominada propuesta de Lugares de Interés Comunitario (LIC) de Andalucía, ha quedado configurada en enero de 2001. La propuesta de Lugares de Interés Comunitario de Andalucía consta de 193 lugares, encontrándose entre ellos el Paraje Natural Alto Guadalquivir. El Lugar de Interés Comunitario de Úbeda ocupa 663 ha del municipio. Este LIC, determinado por la administración autonómica para formar parte de la futura Red Natura 2000, es el ES6160002. La riqueza biológica de este espacio es muy elevada debido a la variada y numerosa representación de aves ligadas a los medios acuáticos entre los que destaca el calamón con mas de 300 parejas reproductoras. Áreas de embalses y vegetación palustre con importante población nidificante de calamón común, Aguilucho Lagunero, Avoceta común y presencia de Malvasía en invernada y en paso. El Paraje Natural es especialmente vulnerable a las prácticas de cultivo de las zonas agrícolas colindantes (olivar y regadío), producen por un lado, una elevada erosión y pérdida de suelos que contribuyen a la colmatación de los embalses que forman el Paraje
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Natural y por otro, a la contaminación y eutrofización de las aguas como consecuencia del lavado por aguas de escorrentía de los productos fitosanitarios que se acumulan en los suelos agrícolas circundantes. El 38% tiene un grado de vulnerabilidad muy alto y un 35% alto. El terreno ocupado por el Paraje Natural del alto Guadalquivir pertenece a la Compañía Sevillana de Electricidad, en un 25% y al Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, en un 75%
4.5 INVENTARIO DE ESPACIOS VALIOSOS SIN PROTECCIÓN Se realiza un inventario de algunos espacios dignos de protección por sus valores naturales que en su mayoría no se encuentran protegidos por ley. Se trata de propuestas presentadas por el ayuntamiento de la localidad. Se trata de espacios naturales que podrían ser susceptibles de protección por sus valores ambientales, la tipología engloba desde enclaves naturales ricos en flora y fauna, cursos fluviales o nacimientos de agua, puntos de interés paisajístico, zonas de esparcimiento publico, formaciones geomorfológicas hasta elementos etnológicos. Se establece una serie espacios naturales valiosos sin protección legislativa que por sus valores naturales y ecológicos deben ser mencionados como patrimonio natural del municipio de Úbeda. Espacios naturales valiosos sin protección legislativa Denominación
Emplazamiento
Distancia
Descripción
El Paso
Al nordeste de la ciudad, en el límite con el término municipal de Torreperogil
5,5 Km
La Cañada Real del Paso ha sido transformada en un área recreativa con aparcamientos, zonas de sombra, instalaciones para el disfrute de los niños, barbacoas donde preparar comidas, mesas, etc. También dispone de un establecimiento que sirve comidas y bebidas.
Monte Palomarejo
Al norte de la ciudad, junto al arroyo del Villarejo
7 Km
Este monte, que ronda los 700 m. de altitud, está constituido por la ladera sur del arroyo del Villarejo y la norte del arroyo de Guadalupe, presentando una alta diversidad de especies arborescentes de porte alto (coscoja, encinas, lentiscos, chaparros, etc.)
Vega de los Lobos y Azoreros
Al norte de las ciudad, muy cerca del río Guadalimar
13 Km
Este ecosistema, caracterizado por la presencia de matorral y monte mediterráneo (encinas, coscojas, retamas, tomillo, cardos), presenta una indudable belleza paisajística.
El Chaparral
Al noroeste de la ciudad
13,5 Km.
Lo delimita al norte y este el arroyote Guadalupe y la ladera norte del monte Atalaya, al oeste el arroyo Valdecanales y al sur la ladera norte de monte Atalaya. Se trata de una loma caliza de laderas escarpadas, excepto al sur, que han favorecido la permanencia de una vegetación autóctona. Presenta restos de encinar empobrecidos en diversidad de especies y distintas etapas de sustitución-degradación de este bosque esclerófilo mediterráneo. Retama, tomillar, pastizal.En los márgenes
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del arroyo de Guadalupe representa una chopera de álamo blanco, adelfas, zarzamora, etc. Las Palomas
Al norte de la ciudad, entre el Chaparral y la Loma de Azoreros. Pasando el Santuario de la Virgen de Guadalupe.
11 K m
Espacio en proceso de degradación por la sequía, el pastoreo intensivo y las practicas agrícolas .en marzo de 1999 se detectó la plantación de olivos en una superficie de 1,8 hectáreas, los hechos fueron denunciados, en la actualidad los olivos continúan plantados
El Rejón
Al norte de la ciudad, pasando el río Guadalimar.
15 Km.
El espacio ha sido reforestado hace 8 años
La Torrecilla del Monsalve
Al norte de la ciudad, junto al arroyo del Marqués.
11 Km.
Aparecen encinas aisladas. Terreno dedicado al pastoreo
El Quejigal
Al este de la ciudad, junto al arroyo del Val
7 Km.
Existe una comunidad de quejigos.
Santo Domingo
Al oeste de la ciudad, al norte de la vía BaezaUtiel.
4 Km
Bosquete con encinas y ejemplares aislados de pinos y cipreses, lentisco, coscoja majoletos, zarzas, jara etc...Existe una fuerte actividad cinegética.
Tabla 4
Fuente: Ayuntamiento de Úbeda.2004
La propiedad de estos espacios es privada, excepto un tramo de la finca El Rejón (la que es atravesada por la Cañada Real El Paso).
ACTUACIONES ANTROPICAS Y APROVECHAMIENTOS
1. Las distintas zonas de estudio pertenecen a fincas agrícolas, por lo que uno de sus aprovechamientos más tradicionales es el pastoreo, principalmente de ganado ovino y caprino. 2. Las prácticas cinegéticas es otra de las presiones ejercidas sobre la zona, al ser uno de los pocos espacios seminaturales que perduran en la comarca de Úbeda. 3. La presión o actuación más peligrosa que se ejerce sobre estos territorios la implantación de cultivos (olivos y secano), puesto que supone la destrucción total de grandes extensiones de cubierta vegetal. En ocasiones estas roturaciones, realizadas para implantación de cultivos, son abandonadas por determinadas circunstancias; ya que en la zona aparece en ocasiones la vegetación sobre terrenos de fuerte afloramiento rocoso suelto, síntoma, del que se puede deducir una roturación anterior y posterior abandono. 4. La explotación de canteras, es otra de las prácticas observadas en la zona, que no solamente destruye la cubierta vegetal sino el suelo; siendo una de las utilizaciones del territorio de consecuencias más drásticas. 5. Vertidos de basuras y escombros, que aceleran los procesos de nitrificación del medio. 6. Por último, dado el carácter calizo del terreno, un uso antiguo que parece estar abandonado es la obtención de cal con construcciones de caleras rudimentarias.
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PROBLEMÁTICA
1. Uno de los problemas a tener en cuenta, es el carácter privado de las distintas localidades tratadas. Circunstancia que puede restringir, en ocasiones, la aplicación de una regulación en el uso y aprovechamiento apropiado del territorio; además, de facilitar en cierta medida un uso incorrecto del terreno, normalmente involuntario por desconocimiento de los graves daños que de éste se pueden derivar. 2. La práctica de incendios es frecuente en la zona. Acción que acelera la degradación de la vegetación existente, siendo sustituida por otra más seca, de menor entidad y pobre en su diversidad. 3. Avance de los procesos erosivos. Generados por el uso incorrecto del territorio ó por explotaciones drásticas: roturación para implantación de cultivos en laderas de fuerte pendiente, deforestación masiva para obtener terrenos de pasto, incendios, creación de canteras.... 4. Nitrificación del suelo debido a un aporte de materia orgánica descompensada: pastoreo intenso en la misma zona, roturación del terreno, vertidos de escombros y basuras... que facilita la colonización masiva de especies llamadas nitrófilas de menor valor ecológico. 5. Pérdida de la diversidad en la flora y fauna. Todas las acciones que determinan una sustitución drástica de la cubierta vegetal como pueden ser la deforestación indiscriminada, roturación incendios, etc... rompen el equilibrio ecológico allí establecido, cambiando el microclima y los factores ecológicos primitivos. Las circunstancias ambientales existentes en la zona de estudio (lluvias escasas, xericidad estival, influencia térmica, procesos erosivos que disminuyen la potencia del suelo etc....), imposibilitan la restauración del bosque maduro primitivo, estableciéndose el rango climático en estadios inferiores, por lo que la flora primitiva no volverán a desarrollarse (es sustituida por otra más degradada).
RECOMENDACIONES
1. Los restos de vegetación que aún perduran intentar salvaguardarlos. 2. Evitar los procesos erosivos derivados de la explotación de canteras restaurando y reforestando la zona afectada, una vez abandonada la práctica. 3. Control de la actividad ganadera, la práctica indiscriminada y masiva de ésta acelera el proceso de nitrificación, favoreciendo monoespecíficas, derivándose en un empobrecimiento alimenticio y deterioro ó agotamiento progresivo del pastizal apropiado. 4. Protección de la ladera norte del MONTE PALOMAREJO que representa un verdadero monumento natural, aislado por un extenso medio agrícola, que representa especies de interés ecológico, didáctico etc... como son los madroños, durillos, quejigos, allí presentes. Ladera que ha quedado de manera
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ESPACIOS PROTEGIDOS: Espacios naturales protegidos
incomprensible como soporte de una comunidad interesante (coscojal) y de otra mucho más interesante (madroñal). 5. Unificación de los territorios estudiados (mancha vegetal resultante y delimitada en mapa) para proceder a su PROTECCIÓN. Para ello sería necesario realizar una revisión y delimitación exacta del terreno que aún soporta una cubierta vegetal autóctona. Puesto que la mancha se ha delimitado con fotografías aéreas de Marzo del 85, indudablemente, con posterioridad a esta fecha, se habrá acondicionado terreno para el cultivo, disminuyendo considerablemente esta mancha de vegetación natural. Para ello la fórmula más rápida sería el cartografiado con fotografías recientes. De no ser así, se cartografiaría con las fotografías mencionadas sobre el terreno, práctica engorrosa y lenta. La mancha resultante no puede ser discontinua, para no crear un isleo del terreno, que dificultaría su protección. Por esta razón, en esta delimitación previa, existe una zona de transición (mezcla de cultivos con vegetación natural) que nos permite unificarla con el Monte Herrera (término municipal de Sabiote) consiguiendo una mayor extensión e identidad del territorio a proteger. El territorio, que se protegería, se extiende por cuatro términos municipales (ver mapa). Se podría incluir en la lista de PARAJES NATURALES: “espacios de excepcionales valores naturales dignos de un régimen de protección especial, en el que se contempla la continuidad de aquellos usos tradicionales compatibles con la conservación del espacio y actividades científicas y educacionales “. La importancia que se deriva de este territorio es, además de la existencia de especies vegetales con interés ecológico y soporte de la fauna, “la escasez de zonas naturales con identidad territorial que queda en la Loma de Úbeda “. De hacerse esto realidad el término de Úbeda contaría con dos espacios naturales protegidos: -
Uno de carácter húmedo interesante por su avifauna “Paraje Natural Alto Guadalquivir “
- Otro por constituir la vegetación y flora típica de la zona en que vivimos y futuro habitáculo de una fauna mediterránea regenerada propia y más diversa que la existente en la actualidad. 6. Utilización de la zona con fines didácticas y de recreo.
FAUNA La degradación de la cubierta vegetal va en detrimento de diversidad faunística. La presencia de un bosque climácico, conformado en estratos es el soporte ideal y básico para el establecimiento de una fauna diversa y propia de una localidad; donde se mantiene el equilibrio ecológico-alimenticio. Cuando esta masa vegetal es alterada o sustituida, las
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especies animales con estrecho margen ecológico desaparecen o buscan refugio en formaciones similares cercanas. Permaneciendo las de amplio margen ecológico o colonizando la zona especies animales nuevas adaptadas a vivir en las degradadas formaciones vegetales que se suceden. En definitiva se pierde diversidad específica. La agresión ha que ha sido sometida la zona de estudio ha mermado considerablemente su estratificación faunística. Posiblemente en la actualidad sea utilizada como vía de paso en sus desplazamientos por numerosas especies de ágil movilidad y de mayor porte que en otro tiempo permanecerían por el territorio. Quedando en la zona una fauna básica empobrecida y de tamaño pequeño a mediano.
4.6 INVENTARIO Y ESTADO DE VÍAS PECUARIAS La Red Española de Vías Pecuarias es un patrimonio público único que por su magnitud y por sus valores ecológicos, históricos y culturales, debe ser preservado para las generaciones futuras. Además de constituir un elemento patrimonial valioso las vías pecuarias juegan un importante papel en la conservación de la naturaleza como elementos de contraste y ecotonía entre espacios limítrofes, posibles corredores ecológicos y como rasgos singulares del paisaje. La extraordinaria extensión y singular configuración de la red es el resultado de la interacción de factores físicos y culturales: la complejidad del territorio, el clima mediterráneo y el manejo humano a través de variadas vicisitudes históricas. Las vías pecuarias, además de tener un intrínseco valor cultural, pueden satisfacer una creciente demanda social para el desarrollo de actividades de ocio, acercando la naturaleza y la cultura rural a los ciudadanos. La Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, competente en materia de vías pecuarias, ha venido desarrollando hasta la fecha, una importante labor en cuanto a la recuperación de las vías pecuarias de Andalucía, consolidándose esta trayectoria con la aprobación en marzo del 2002 del Plan de Recuperación y Ordenación de las Vías pecuarias de Andalucía. El objeto del mismo es el mantenimiento y la protección de este bien patrimonial. La Ley 3/95 determina las actuaciones y engloba un Plan de Recuperación que consiste en: la clasificación, deslinde, amojonamiento y en algunos casos recuperación de las vías pecuarias. Según el art. 1 de la Ley las vías pecuarias podrán ser destinadas a otros usos compatibles y complementarios en términos acordes con su naturaleza y sus fines, dando prioridad al tránsito ganadero y otros usos rurales, e inspirándose en el desarrollo sostenible y el respeto al medio ambiente, al paisaje y al patrimonio natural y cultural. La Ley 3/1995, además, protege las vías pecuarias y establece su tipología, mantenimiento, usos y prohibiciones, así las vías pecuarias se denominan, con carácter general: cañadas, cordeles y veredas y se definen como:
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−
Cañadas son “aquellas vías cuya anchura no exceda de los 75 metros.”
−
Cordeles, “cuando su anchura no sobrepase los 37,5 metros.”
ESPACIOS PROTEGIDOS: Espacios naturales protegidos
−
Veredas, “las vías que tienen una anchura no superior a los 20 metros”.
Estas denominaciones son compatibles con otras de índole consuetudinaria, tales como coladas, padrones... El municipio de Úbeda es cruzado por cuatro tipos de vías pecuarias, a saber: -
Cañada Real: Aparecen una cañada real en el municipio
-
Colada: Aparecen dos coladas en el término municipal
-
Cordel: Aparecen cinco en el término municipal
-
Vereda: Cuatro veredas atraviesan el término de Úbeda. Vías pecuarias
Mapa 3
Fuente: Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía, 2002.
El mapa presenta la red de vías pecuarias que recorren el municipio incluyendo descansaderos y abrevaderos.
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El Plan de Recuperación que establece la normativa plantea una serie de actuaciones como son; la clasificación, deslinde, amojonamiento y en algunos casos la recuperación de las vías pecuarias •
Clasificación: Acto administrativo para determinar la existencia, la anchura, el trazado y las demás características físicas de cada vía pecuaria.
•
Deslinde: Acto administrativo por el que se definen los limites de la vía pecuaria. El deslinde aprobado declara la titularidad demanial a favor de la Comunidad Autónoma dando lugar al amojonamiento.
•
Amojonamiento: Es el procedimiento administrativo en virtud del cual y una vez aprobado el deslinde se determinan los limites de la vía pecuaria y se señalizan con carácter permanente sobre el terreno.
•
Recuperación: Se aplica en aquellos casos en los que por cualquier circunstancia sea necesario recuperar la posesión de vías pecuarias indebidamente ocupadas por terceros. Estado de las vías pecuarias que atraviesan el municipio Tipo
Nombre
Estado administrativo
CR
Cañada Real del Paso
Deslindada
CD
Cordel del Camino de Cabra
Clasificada
CD
Cordel del Príncipe
Clasificada
VE
Vereda del camino de Granada
Deslindada
VE
Vereda del camino viejo de Villacarrillo
Clasificada
VE
Vereda del camino de Santo Tome
Clasificada
VE
Vereda del Puente de la Reina
Clasificada
CO
Colada de los Ibreños
Clasificada
CO
Colada del puente de Mazuecos
Clasificada
CO
Colada del camino del Regajo
Clasificada
CO
Colada de San Bartolomé
Clasificada
CO
Colada del Carril
Clasificada
Tabla 5
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Fuente: Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía, 2002.
ESPACIOS PROTEGIDOS: Espacios naturales protegidos
Estado de vías pecuarias
1
2
En Trámite Deslindada Clasificada
10
Gráfico 1
Fuente: Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía, 2002.
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ESPACIOS PROTEGIDOS: Espacios naturales protegidos
5. PRINCIPALES PLANES Y PROYECTOS ACTUALES Y FUTUROS PROYECTO/PLAN: Proyecto ITER. AMBITO DE ACTUACIÓN: Europeo. ENTIDAD PROMOTORA: CDTI (Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial). ESTADO DE EJECUCIÓN: En ejecución. DESCRIPCIÓN/OBJETIVOS: Se trata de una iniciativa de la Unión Europea y se concibe como una propuesta de viaje en la naturaleza que, a modo de camino, interconecta la red de parques naturales andaluces a través de los equipamientos de uso público y la gran variedad de las vías de comunicación verdes existentes: vías pecuarias, senderos señalizados, vías de ferrocarril abandonadas, etc., intentando conseguir, así, la promoción y potenciación de los equipamientos de uso público (centros de visitantes, puntos de información, etc.), y con ello, fomentar la concienciación y el respeto por la conservación de los espacios naturales protegidos. Se ha tomado un trazado principal que reúne los requisitos de las condiciones previas. Este trazado alcanza una longitud aproximada de 2.500 km Además de este recorrido principal se han diseñado otras rutas alternativas con una longitud de 2.050 km. PROYECTO/PLAN: Proyecto de adaptación de empresas al desarrollo en los parques naturales andaluces. AMBITO DE ACTUACIÓN: Europeo. ENTIDAD PROMOTORA: Fondo Social Europeo. ESTADO DE EJECUCIÓN: En ejecución. DESCRIPCIÓN/OBJETIVOS: Proyecto de la Unión Europea que se encuentra incluido en la iniciativa comunitaria ADAPT del Fondo Social Europeo. Las acciones llevadas a cabo durante el año 2000 por este proyecto se agrupan en tres áreas: •
Programa formativo.
•
Creación de estructuras de apoyo e intercambio entre empresas.
•
Estudio de capacidad de acogida de visitantes en la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía.
PROYECTO/PLAN: Proyecto Marca Parque Natural de Andalucía AMBITO DE ACTUACIÓN: Autonómico. ENTIDAD PROMOTORA: Junta de Andalucía. ESTADO DE EJECUCIÓN: En ejecución. DESCRIPCIÓN/OBJETIVOS: Compartir con la población y las empresas implantadas en los Espacios Naturales Protegidos los beneficios de una valorización del territorio, mediante el refuerzo de su identidad y el apoyo a iniciativas empresariales acordes con los principios del desarrollo sostenible. También pretende ofrecer al visitante unos productos y servicios diferenciados, asociados a los valores medioambientales de los parques, que potencien la imagen de un producto natural, artesanal y auténtico.
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PROYECTO/PLAN: Recuperación de bosques de galería o ribera y fomento de setos y linderos. Proyecto nº 127 del Plan Estratégico de la provincia de Jaén. AMBITO DE ACTUACIÓN: Provincial ENTIDAD PROMOTORA: Fundación “Estrategias para el desarrollo económico y social de la provincia de Jaén”. Agentes implicados:, Ministerio de Medio Ambiente, Junta de Andalucía, asociaciones para el desarrollo rural y Confederación Hidrográfica del Guadalquivir. ESTADO DE EJECUCIÓN: No iniciado, a marzo de 2002. DESCRIPCIÓN/OBJETIVOS: Contar con financiación para recuperar los bosques de ribera de los principales ríos de la provincia y con planes de subvención e incentivación para la creación de setos en los terrenos agrícolas. El objetivo es la mejora del paisaje agrícola con fines tanto productivos como recreativos. PROYECTO/PLAN: Realización de un plan de medio ambiente provincial. Proyecto nº 150 del Plan Estratégico de la provincia de Jaén. AMBITO DE ACTUACIÓN: Provincial ENTIDAD PROMOTORA: Diputación Provincial de Jaén. ESTADO DE EJECUCIÓN: En ejecución. DESCRIPCIÓN/OBJETIVOS: Los objetivos son mejorar la eficacia de las políticas de conservación del medio ambiente y provocar cambios sustanciales en las tendencias y prácticas ambientales, haciendo partícipes a todos los sectores de la sociedad y compartiendo plenamente las responsabilidades.
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