ESTRUCTURAS FAMILIARES Y SISTEMAS SUCESORIOS EN NAVARRA: ljna APROXIMACION CRITICA DESDE LAS CIENCIAS SOCIALES A LAS PERSPECTIVAS TRADICIONALES

FERNANDO MIKELARENA PENA Doctor en Historia. Universidad Pública de Navarra ESTRUCTURAS FAMILIARES Y SISTEMAS SUCESORIOS EN NAVARRA: lJNA APROXIMACIO

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FERNANDO MIKELARENA PENA Doctor en Historia. Universidad Pública de Navarra

ESTRUCTURAS FAMILIARES Y SISTEMAS SUCESORIOS EN NAVARRA: lJNA APROXIMACION CRITICA DESDE LAS CIENCIAS SOCIALES A LAS

PERSPECTIVAS TRADICIONALES.

SUMARIO l. 11.

1.

INTRODUCCION. ESTRUCTURAS FAMILIARES Y SISTEMAS SUCESORIOS EN NAVARRA.

INTRODUCCION. CONTRADICCIONES E IDEOLOGIA EN LAS PERSPECTIVAS TRADICIONALES SOBRE LAS ESTRUCTURAS FAMILIARES Y LOS SISTEMAS SUCESORIOS EN NAVARRA.

Lo primero que advierte el historiador, el antropólogo o el sociólogo que íntenta profundizar en la cuestión de la familia y del régimen de herencia en la Navarra tradi­ cional a tra vés de la bibliografía escrita por los especialistas en derecho civil navarro, especialmente de la posterior a la guerra civil, es el confusionismo provocado por el énfasis, de índole esencialista. en «lo foral». De esta forma, se reconoce, por un lado. la existencia dentro del territorio navarro de dos tipos de familia y de sistema sucesorio -la familia nuclear ligada con el sistema sucesorio de reparto a partes iguales y la familia troncal relacionada con el régimen de transmisión indivisa- y se cataloga únicamente a la segunda de ellas como «foral», tildando a la otra explícitamente como de «no fora),>, cuando al fin y a la postre ambas son configuradas a partir de un mismo cuerpo legisla­ tivo, el civil navarro. Diversos autores han incurrido en esa contradicción. Así por ejemplo, lino de ellos, SALINAS QUIJADA en un artículo titulado «La familia foral nava­ rra» aseveraba lo siguienle: a) en Navarra hay una familia foral y una familia no foral: «En Navarra, hoy día, y desde hace mucho tiempo existen familias forales y familias que no responden al tipo foral sobre el cual se ordenó nuestro Derecho, yen contempla­ ción de las cuales se elaboró nuestro sistema privativo»'; b) la familia foral es la familia

I Francisco SALlN. S QUIJADA. «La familia foral navarra», en Anuario de Derecho Foral. 1, Pampluna. 1975, p. 219.

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1FI_f---------------------­ troncal y la no foral la no troncal: «Por regla general, coincide la familia foral con la troncal, y la no foral con la no troncal»'; c) geográficamente, la familia foral o troncal se extiende por la Montaña y la Zona Media, y la no foral por la Ribera: «esta familia troncal en Navarra se da en d Norte, mientras que en el Sur 00 suele existir esa forma de familia. Por tanto, se dan las familias troncales en todos los pueblos que hoy corres­ ponden a las merindades de Pamplona y de Aoiz, toda la parte septentrional de la merindad de Estella, y también la parte más al Norte de Tafalla. Sin embargo, acierta Caro Baraja al hacer excepción en esta determinación geográfica de algunos pueblos de la Bunmda»\ d) pese a la identificación entre familia troncal y familia foral, el Derecho Foral Navarro posibilita la conformación de familias trancales y no troncales: «dentro del ámbito de libertad civil de nuestro Derecho, cabe constituir un tipo de familia tron­ calo de familia no troncal, sin limitación alguna»" En realidad, el corpus jurídico foral navarro no implica la existencia de un tipo concreto de familia o de un sistema sucesorio específico. De hecho, Hilaría Yaben, autor dd, en mi opinión, mejor trabajo sobre el sistema sucesorio indiviso y sobre la familia troncal en Navarra por su cuidadoso empeño en hablar de la práctica jurídica y en no limitarse a la norma, nunca cometió el error de identificar de forma explícita derecho foral y troncalidad, sino que desde el principio de su discurso dejó claro que la "legislación foral concede a todo navarro la más amplia y absoluta libertad para dispo­ ner de sus bienes. Puede distribuirlos entre los hijos a partes iguales o desiguales, puede dejar toda la hacienda a un solo hijo con exclusión de e los demás, puede dejarlo a su mujer o a un extraño prescindiendo de los hijoS»5 No obstante, paradójicamente sí que se puede considerar a Yaben como el inspirador de la clara «foralización» posterior de la familia troncal al hablar de ella como la «costumbre navarra» de una forma fácil de detectar en su discurso. Llegados a este punto, la pregunta que hay que responder es la de a qué se debe el afán por foralizar parcial y equivocadamente a un tipo de familia y de sistema heredi­ tario, eliminando de paso el componente foral de la otra variedad familiar y sucesoria vigente en nuestro suelo. En mi opinión, la motivación subyacente es fundamental­ mente ideológica. La ídeologización de la realidad concerniente a la familia y a los sistemas suce­ sorios no es, desde luego, un fenómeno exclusivo de la Navarra más contemporánea. Como veremos en los párrafos siguientes, ha sido una tendencia patente en Vasconga­ das y en Navarra desde hace más de un siglo. En rigor, la génesis de la visión ideologizada de la familia troncal y del régimen de herencia indivisa se retrotrae hasta Le Play, el primer investigador que indagó en cuestiones relacionadas con estructuras familiares y con sistemas sucesorios. Guiado por un afán de reforma social de tintes reaccionarios y antiliberales en cuanto que su proyecto intelectual se encaminó al restablecimiento del orden destruido por las convul­ siones revolucionarias de la primera mitad del siglo XIX, Le Play captó que la familia constituye «el principal órgano de socialización y de control social»" y que de entre los tres tipos de familia que él distinguió -la patriarcal o comunitaria, la inestable o nuclear y la troncal o estable-, la última, la familia troncal, servía a la perfección para sus fines, en última instancia, de práctica política. Tal y como afirma Sierra Alvarez, la «capaci­

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Ibidem, pp. 219-220. lbidem, p. 220. Ibidem, p. 221.

5 Hj]nrio YAREN, Los conrralOS mardmoniales en Navarra y su influencia en la esrabilidad de {a/ami­ lia, Madrid, 1916, p. 33. 6 lR. Pítts, "Frédéric Le Play» en Enciclopedia internacional de las ciencias sociales, Madrid, 1975, VI, p. 562

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dad de regulación del riesgo de anomía y del cambio social que para Le Play representa este último tipo familiar, "a mitad de camino entre la idealización fourierista y saintsi­ moniana de la comunidad y el individualismo burgués", no debe ser subestimada: entre la familia patriarcal, característica de los pueblos nómadas y sen1in6madas de la Europa central y oriental, y la familia inestable, síntoma mórbido de desorganización social de los pueblos agrícolas e industriales de la Europa occidental, la familia troncal, con su régimen forzoso de emigración estructural (que asegura la estabilidad social sin poner en peligro la fecundidad familiar natural), constituye para Le Play el instrumento esen­ cial y privilegiado de control social». «y ello hasta tal punto de que sobre una analogía con ella funda Le Play su doctrina de la regulación social de conjunto. Del mismo modo que el padre de familia agrupa en torno a sí a sus hijos, al tiempo que regula sus relacio­ nes y decide acerca de sus destinos, así el patrón, ese "jefe de familia que mantiene agrupadas bajo su autoridad c...) a varias familias", se erige en instancia mediadora de control social suprafamiliar. A esa instancia es a la que Le Play denomina "patro­ nazgo"»7. Le Play, además, realizó un panegírico idealizado de la familia troncal y del sis­ tema sucesorio indiviso vigentes en Vascongadas y en NavalTa, basándose en parte en su relación intelectual con Antonio Trueba, un vizcaíno discípulo y colaborador suyo, y en parte en sus propias observaciones. De esta forma, en el tomo IV de la segunda edi­ ción de «Les ouvriers européens» (1877-1879) y con anterioridad en el tomo r de «Les ouvriers des deux mondes» (1857-1862), al hablar de los «Excelentes caracteres de estabilidad en los países vascos de España» Le Play escribirá los siguientes párrafos: «Tras varios viajes estivales realizados a partir de l829 y continuados en cierto modo en invierno a través de los informes periódicos de los viajeros que llegan a París, no he encontrado, ni en Europa ni en Asia, ninguna raza en la que la paz social reine en más alto grado que entre los vascos. En ninguna parte existe una tan completa sumisión a las instituciones fundamentales de la humanidad. Desde tiempos inmemoriales, estas insti­ tuciones conservan aquí su vigor, al tiempo que producen sus naturales efectos. La sumisión al Decálogo y a la autoridad del padre de familia asienta sobre bases inque­ brantables el poder de la ley moral y de sus ministros. El respeto a la religión ya la soberanía fundamenta el acuerdo entre fuerzas espirituales y temporales. Orienta coti­ dianamente hacia sus deberes a los individuos, los cules, bajo la única inspiración del vicio original. tenderían a sublevarse contra los diez mandamientos. Finalmente, la cos­ tumbre que preside e[ inteligente reparto de las producciones espontáneas, así como una sólida organización de la comunidad, de la propiedad individual y del patronazgo, ase­ guran a cada uno el pan cotidiano». «Asentados bajo un clima duro y sobre un suelo rebelde al cultivo, en medio de montañas en las que las vías comerciales son escasas, los vascos no se encuentran en modo alguno en situación de acumular grandes fortunas. Consagran casi todo su tiempo a los trabajos manuales necesarios para la conquista del pan cotidiano. No disponen en absoluto, pues, de los recursos que permitan a otras razas prósperas entregarse a la pereza, madre de los vicios sensuales. Por los mismos motivos, se ven privados del tiempo libre necesario para dedicarse al cultivo de las ciencias, de las letras y de las artes liberales y, en consecuencia, preservados del orgullo que demasiado a menudo lleva a los adeptos de estas culturas intelectuales a rebelarse contra el Decálogo y la autoridad paterna. Repartidos en número de 420.000 sobre un territorio de 700.000 hectáreas de fácil defensa, han poclido resistir las ag]'esiones de sus poderosos vecinos, al tiempo que raramente han cedido al deseo de oprimirlos o incluso de extenderse por las llanuras próximas. Los obstáculos físicos opuestos al reíno del mal por la naturaleza del terreno han estado siempre secundados por la pre­

7 José Sierra Alvarez. «Introducóón: la obra social de de Le Play" en Campesinos y pescadores del norte de Espaiia, Madrid, 1990, pp. 40-4 J.

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ponderancia de IJS fuerzas morales que actúan sobre la población en su conjunto. Entre éstJs, es preciso colocar en primer lugar a la perpetuación de la familia troncal, asegu­ rada de antiguo por la autoridad del padre, la abnegación de la madre y la ley testamen­ taria)' . Concordia social, respeto racial a los valores tradicionales y al estado de cosas vigente, identificación entre los valores tradicionales y los religiosos, familia troncal como correa de transmisión de esos valores, igualilarismo económico y social entre la población, laboriosidad extrema, resistencia secular a las agresiones foráneas, etc. Estos argumentos serán parafraseados repetidamente a lo largo de los cien años posteriores por autores representantes de tres doctrinas políticas -el fuerismo de finales del siglo diecinueve, el nacionalismo vasco y el foralismo regionalista navarro del siglo XX- no idénticas en su teleología -puesto que sólo es rupturista con el Estado español la segunda de ellas-, pero sí con una similitud de fondo dados su común posicionamiento dentro de la derecha confesional en el espectro político y su compartida vocación de subrayar la especificidad vasca o navarra respecto del Estado español, a la que la última de ellas añade la de remarcar la especificidad navarra respecto de las Provincias Vas­ congadas con el fin de argumentar su negativa a participar en el proyecto nacionalista vasco. Tal y como afirma Elorza refiriéndose en rigor al fuerismo vasconavarro y al nJcionalismo vasco, pero pudiéndose ampliar sus aserciones también al navarrismo foral que surge en el primer tercio de nuestro siglo. «En el juego de simplificaciones a que procederán las ideologías políticas vascas de fines del XIX, la función central desempeñada por la familia en el caserío, será transformada en símbolo de la morali­ dad, mientras que la coherencia de las formas culturales agrarias (... ), sirve de base a un nuevo proceso de extrapolación ideológica, en que la coherencia aludida del modo rural se presenta como orden natural, estable, exento de conflictos, susceptible de proyec­ tarse como referente crítico ante los enfrentamientos y la degradación que en todos los niveles (económico, político, moral. cultural) acompaña a la revolución industrial. El ruralismo se ofrecía como eje en potencia de unos planteamientos ideológicos que habían de surgir con la urbanización y el de pegue en el país de las relaciones de tipo capitalista, en el último cuarto del XIX»? Tal y como han mostrado diversos trabajoslO el movimiento fuerista surgido en 1876 y fenecido antes de terminar el siglo X1X -en sus dos vertientes, la vizcaína de la Sociedad Euskalherria presidida por Sagarrnínaga y la navarra de la Asociación Eus­ kara pamplonesa encabezada por Juan Iturralde y Suit, Nicasio Landa, Estanislao de Aranzadi y Arturo Campión- conformó una visión ideologizada de 1'1 sociedad en la que se ubicaban, así como de su historia anterior. La visión ideologizada de la propia historia subraYJ una serie de dogmas tales como la independencia y libertad originarias, la naturJleza pactista de la relación con el Estado español, la hidalguía universal, el ígualitarismo, la democracia, la excelencia moral y religiosJ de la población, etc., algu­ nos de ellos preexistentes desde la Edad Moderna o desde el siglo XVIII. Por otra parte, la visión ideologizada de la propia sociedad se fundamentará en la apología de una sociedad rural idealizada, arcádica y carente de conflictos gracias a los fueros y a la organización familiar troncal, en línea con el párrafo antes citado de Le Play. Esta ten­ dencia a la idealización ruralista de los fueristas hinca sus raíces en autores inmediata­

8 Frédéric Le Play. «Familia pescadora de San Sebastián (Guipúzcoa), 1856>" en el volumen de compi­ lación de tres monografías familiares de la cornisa cantábrica Campesinos v pescadores del norte de Espolia. Madrid, 1990. pp. 155-157. 9 Antonio ELORZA, Nacionalismo vasco, /876-/936, Historia General del País Vasco, volumen XI. San Sebastián. 1981. p. 91. 10. Antonio ELORZA. op. cil.: Javier CORCUERA, Origenes, ideología y organización del nacionalismo I'O.I'CO. Madrid. 1979; Jan Juaristi, Ellin('~je de Ailor. La invención de la tradición vasca, Madrid, 1987.

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mente anteriores como el ya mencionado Antonio Trueba de cuyos protagonistas de ficciones literarias dirá Unamuno que parecían «aldeanitos de nacimiento ele cartón, cándidos como corderos»!! y en cuya obra más científica, el Bosquejo de la organiza­ ción s()cial de Vizcaya, editada en 1870, se fijan «los rasgos positivos elel régimen agra­ rio en el momento anterior a la transición: Vizcaya es presentada como una sociedad agraria progresiva de base igualitaria que, a la vista del reciente incremento de las rela­ ciones industriales y mercantiles, puede soportar sin dificultades llna transformaciÓn capitalista)), consistiendo «el sentido moral del campesino (...) la clave de la construc­ ción. explicándose a partir de él la pureza de las costumbres vascas. incluso el bienestar relativo de los labradores, habida cuenta de los «pequeños elementos de riqueza» de que disponen. En la base de aquel sentido moral figura el sentimiento religioso, com­ pletando el cuadro las libertades seculares reconocidas por el Fuero"!'. Para hacernos una idea de la importancia de la familia troncal en el discurso fuerista. podemos dirigir­ nos a una conferencia leída por Arturo Campión en el Centro Basko de Bilbao en 1901 y titulada «La personalidad eúskara en la historia, el derecho y la literatura»". En ella Campión sostiene que el «signo distintivo» de la personalidad eúskara, \9. «En resumen, la transmisión indi­ visa del patrimonio familiar es en el orden social la base insustituible de una amplia y bien entendida democracia, que nunca podrá ser una realidad en el orden político y administrativo mientras no esté basada en la independencia económica de los más, o al menos en una clase muy numerosa de labradores bien acomodados»·o. Asimismo, 'la familia troncal y el régimen de herencia inigualitario a ella asociado contribuyen «poderosamente a acrecentar la prosperidad general y a hacer dichosa la vida de los individuos. Conservando la integridad del patrimonio familiar, las familias navarras propietarias viven de ordinario con relativa prosperidad y no sienten los apuros ni las necesidades que la partición hace inevitables en otras partes»". Incluso más allá de la prosperidad económica, la familia troncal «realiza perfectamente el ideal de la felici­ dad»42 Ya para finalizar, aún cuando, como veremos más adelante, Yaben discierne en el interior de Navarra comportamientos geográficos y sociales diferenciales en el segui­ miento de la organización familiar troncal, al igual que Campión no duda en señalar la existencia de un trasfondo étnico vasco puesto que «Realmente, la transmisión íntegra del patrimonio familiar se acomoda mucho mejor que otros sistemas sucesorios, a la manera de ser y al espíritu del pueblo vascongado, amante fervoroso de la tradición y, por tanto, también, de los medios aptos para conservarla»4) Tras todo este repaso a los discursos fuerista, nacionalista y navarrista acerca de la familia troncal y del sistema sucesorio indiviso pueden deducirse dos conclusiones. La primera es la de que en los tres discursos se contempla a la organización familiar troncal y al régimen de herencia inigualitario no sólo como el sistema familiar y el sis­ tema sucesorio autóctonos, sino además como instituciones que se corresponden con la esencia étnica c1iferenciadora de Navarra y de Vascongadas, al mismo nivel que otras instituciones (entre ellas el derecho civil foral, la estructura política foral, la lengua -esta última sobre todo en el fue·rismo y en el nacionalismo, más ambiguamente en el navarrismo- etc.). La segunda conclusión consiste en que la familia troncal y el sistema sucesorio inigualítario se convierten en las piedras angulares de una realidad social idea­ lizada que, al servicio de un discurso político propio de la derecha confesional, plantea un referente rural en el que imperan el igualitarismo socioeconómico, los valores cristia­ nos, el respeto a la autoridad y a la jerarquía y la ausencia de conflictividad social, refe­ rente rural del que también se predica su naturaleza autóctona. Es decir, no sólo se viene a afirmar que la familia troncal equivale a la propiamente vasca o navarra, sino que ade­ más se integran en esta identificación esencialista los valores del universo rural que han sido mencionados y que poseen una clara funcionalidad ideológica. No hace falta insistir en la falsedad y en el escaso rigor de esos dos aspectos, realmente programáticos, relativos a la familia troncal. En primer lugar, tal y como no dejaron de reconocer CAMPION y y ABEN, en el ámbito geográfico de Navarra la familia troncal y la transmisión indivisa no es el único tipo de organización familiar y sucesoria existente. Asimismo, el derecho navarro -al igual que, como veremos más adelante, las demás estructuras jurídicas vigentes en España- no presupone un tipo de familia ni de régimen de herencia concretos. En segundo lugar, la historia económica de los últimos decenios ha probado la inconsistencia del pretendido igualitarismo socioeconómico imperante en Vascongadas y Navarra, así como la de la ausencia de conflictividad

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lbidem. p. Ibídem, p. Ibídem. p. Ibídem, p. Ibídem, p. Ibidem, p.

203. 204, 207 236. 237. 235.

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social. En el caso concreto de Vascongadas, autores como FERNANDEZ DE PINEDO y FERNANDEZ ALBADALEJO han mostrado las desigualdades socioeconómicas existentes en el seno de la sociedad rural y han interpretado como claros conflictos sociales los motines populares de los siglos XVII y XVIII Y las mismas guerras carlistas"". Respecto a Navarra, apuntaré algunas informaciones que desmienten cualquier perspectiva igua­ litaria y arcádica. Considerando los datos acerca del número de propietarios, arrendata­ rios y jornaleros que facilita el censo de 1860, resulta que: en el pattido judicial de Aoiz los porcentajes de cada uno de esos tres sectores eran, por aquel mismo orden, de 39'7, 14'4 Y 45'9; en el de Estella de 38'1,10'4 Y51'S; en el de Pamplona de 33'0,18'4 Y 48'S; en el de Tafalla de 30' 1, 8'9 Y61 'O; y, por último, en el de Tudela de 22'2, 19'3 Y 58'4. Es decir, en ninguno de los cinco distritos la proporción de propietarios superaba el 40 por ciento. En concordancia con esas conclusiones, en mi tesis doctoral concluí a partir del análisis de diversos catastros, elaborados por mí o por los miembros del Equipo de Trabajo de la Tien'a del Instituto GERONIMO DE UZTARlZ, lo siguiente acerca de las estructuras de la propiedad de la tierra de las comarcas navarras: en la Navarra cantábrica más de la mitad de las familias carecía de tierra propia, accediendo a ella mediante arriendo; en los valles pirenaicos y en la cuenca de Pamplona un tercio de las unidades familiares era ajena a la propiedad de la tierra, las familias con pequeños patrimonios inviables eran mayoría, Jos medianos propietarios poseían dos tercios de la tierra y los grandes un quinto; en la Navarra Media un 15 por ciento no poseía tierra, los propietarios de menos de cinco hectáreas sumaban dos tercios del total de patrimonios con el 20 por ciento de la tierra y la mediana propiedad -una cuarta parte del total de propietarios- aglutina el 60 por ciento de la tierra; en la Ribera, por último, el 42 por ciento de las familias se quedaba fuera del reparto de la propiedad de la tierra y un 0'8 por ciento de los propietarios acumulaba el 60'7 por ciento de la tierra';. Por otra parte, en lo que hace al grado de conflictividad existente en el campo navarro, lo tardío de la aparición del móvil foral en la primera guerra carlista y la bastante definida adscripción social de cada sector en liza en las dos guenas carlistas demuestra que éstas deben ser interpretadas sobre todo como conflicto social 46 • Para finalizar, creo que es preciso señalar que entre 1860 y 1930, según mis cálculos, más de 150.000 navarros abandona­ ron el campo de nuestra provincia y que entre 1877 y 1910 Navarra fue la cuarta pro­ vincia española con más emigración relativa, lo que desde luego contradice rotunda­ mente cualquier imagen de prosperidad rural. Después de este largo, pero necesario, apartado dedicado a subrayar los errores y sesgos de las visiones tradicionales referentes a la familia y a los sistemas sucesorios en Navarra y en Vascongadas, así como a analizar sus causas, me centraré en.la segunda parte de este artículo a desctibir los tipos de familia y de regímenes de herencia existen­ tes en Navarra, enmarcándolos dentro de la geografía familiar y sucesoria española, y a responder asimismo a sus causas de fondo. A lo largo de mi argumentación demostraré de paso que las estructuras jurídicas en España no son un condicionante de las formas de organizaciones familiar ni de los sistemas sucesorios.

44 Emiliano Fernández de Pinedo, Crecimien/(> económico y tramfonnaciones socia/es del País Vasco. 1100-1850, Madrid. 1974; PABLO fERNI\NDEZ DE ALBADALEJO, La crisis del Antiguo Régimen en GuipÚzcoa. /766-1833: cambio económico e historia. Madrid, 1975. 45 FERNANDO MIKELARENA PENA. La evolución de /0 población. regímenes demográficos y eSlructuras janiiliares en la Navarra tradicional. 1553-1900. tesis doctoral inédita leída en la Facultad de Geografía e Historia de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, 1992, pp. 49-93. 46 Cfr. MARIA CRUZ MINA APA'!', Fueros y revolución liberal en Navarra, Madrid, 1981: JAVI.ER DONÉ­ ZAR DIEZ DE ULZURRUN,

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