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Firmado el día 16-07-2010 por: AQUILINO GARCIA GARCIA Código Seguro de Verificación: 72C0CAFF2E8B6E64 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE RE

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      Expediente 20160526‐00328      CONDICIONES PARTICULARES PARA LA  CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE TECNOLOGÍAS DE  LA INFORMACION Y LA COMUNICACIÓN P

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Firmado el día 16-07-2010 por: AQUILINO GARCIA GARCIA Código Seguro de Verificación: 72C0CAFF2E8B6E64

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EN LOS CONTRATOS DE ACCESO A LAS REDES Y ADQUISICION DEL SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA MEDIANTE DETERMINACION DEL PRECIO POR KW/H CON DESTINO A LAS DEPENDENCIAS DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA EN CANARIAS.

Expediente: 10350104700 1.- OBJETO DEL CONTRATO 1.1.- El presente pliego tiene por objeto la adjudicación del/los contrato/s de suministro de energía eléctrica en baja o media tensión de los siguientes edificios en los que existen dependencias o instalaciones de la Agencia Tributaria:

Lote

1

2

3

Edificio

Dirección

Cups

Delegación Especial Canarias

Plaza Derechos Humanos, 1 - 35003 Las Palmas de Gran Canaria

ES0031607495747001BH0F

Admón A.E.A.T. Santa María de Guía

Calle Lomo Guillén, s/n - 35450 Santa María de Guía

ES0031601042854001RJ0F

Admón A.E.A.T. de San Bartolomé de Tirajana Admón A.E.A.T. Las Palmas Gran Canaria

Avenida Touroperador Tui, s/n - Parcela D, Lote 31 Urbanización Campo ES0031601103338001NQ0F Internacional - 35100 Maspalomas Calle Luis Doreste Silva, 6 - 35004 Las ES0031607393946001RP0F Palmas de Gran Canaria

Aduana Las Palmas Gran Canaria

Plaza Juan Bordes Claveríe, s/n 35008 Las Palmas de Gran Canaria

ES0031607498642001WP0F

Admón A.E.A.T. Lanzarote

Calle la Vargas, 6 35500 Arrecife de Lanzarote

ES0031601027487001KA0F

Aduana Arrecife de Lanzarote

Calle Muelle de los Mármoles, 7 35500 Arrecife de Lanzarote

ES0031609079997001TJ0F

Admón A.E.A.T. Fuerteventura

Avenida Primero de Mayo, 92 - 35600 Puerto del Rosario

ES0031600173398001KH0F

Aduana Puerto del Rosario

Avenida Marítima, s/n - 35600 Puerto del Rosario

ES0031600068845002MM0F

1

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Lote

4

5

Edificio

Dirección

Cups

Delegación A.E.A.T. Santa Cruz Tenerife

Avenida Marítima, 6 - 38003 Santa Cruz de Tenerife

ES0031607516349001SK0F

Admón A.E.A.T. Arona

Calle Arquitecto Gómez Cuesta, s/n 38660 Arona

ES0031607607751001YK0F

Admón A.E.A.T. La Laguna

Calle Padre Herrera, s/n - 38207 La Laguna

ES0031607240837001RF0F

Admón A.E.A.T. Puerto Polígono San Felipe, 59 - 38400 Puerto de la Cruz de La Cruz

ES0401668613543056AJ0F

Admón A.E.A.T. de La Gomera

ES0031607449209002EN0F

6

Admón A.E.A.T. La Palma

7

Admón A.E.A.T. de El Hierro

Calle Colón, 15 - 38800 San Sebatián de La Gomera

Avenida Los Indianos, 10 - 38700 Santa ES0031607480470001BD0F Cruz de La Palma Avenida Los Indianos, 10 - 38700 Santa ES0031607480471001PC0F Cruz de La Palma Avenida Dacio Darias, 105 - 38900 Valverde El Hierro

ES0031607452355003RG0F

2. - CONTRATACIÓN DE LA ENERGÍA La forma de contratación tanto de la energía como las tarifas de acceso será a través de un Comercializador Autorizado. 2.1.- Datos del consumidor o suministro Los datos que el consumidor aporta para cada uno de los puntos de suministro son:

-

Horario laboral: 24 horas:

7:30 a 16:00 horas al 100% de potencia. 16:00 a 7:30 horas al 10% de potencia.

Horarios de demanda eléctrica estimados: Horarios de ocupación diferenciando diversos tipos de días: • Laborables: Según horario laboral de 7:30 a 16:00 horas. • Sábados, domingos y festivos: 24 horas al 5 % de potencia. -

Doce últimos recibos de energía eléctrica: no ha habido circunstancias reseñables de consumo en los lotes números 1,, 3, 4, 5, 6 y 7.

2

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Respecto al lote número 2 debe tenerse en cuenta que: 1º) El edificio de la Administración A.E.A.T. de Lanzarote desde el 19 de febrero de 2010 tiene contratada una potencia de 83 kw cuando anteriormente tenía una potencia de 2,5 kw. Solamente se puede aportar dos facturas con la nueva potencia. -

La facturación de los últimos doce últimas facturas de cada edificio se resume en el Anexo I.

- El sistema de aire acondicionado en todos los edificios utiliza la energía eléctrica. -

La previsión de consumo y precios máximos para los próximos 24 meses se resume en el siguiente cuadro.

Resumen por lotes Lote

1

Precio medio máximo céntimos/Kwh LOTE

Importe euros dos años completos

Edificio

Cups

Delegación Especial Canarias

ES0031607495747001BH0F

1.042.027

15,2409

158.814,39

Admón A.E.A.T. Santa María de Guía

ES0031601042854001RJ0F

59.430

18,4523

10.966,28

Admón A.E.A.T. de San Bartolomé de Tirajana

ES0031601103338001NQ0F

386.128

20,0968

77.599,37

ES0031607393946001RP0F

229.858

15,5106

35.652,33

ES0031607498642001WP0F

205.254

15,1314

31.057,84

Total Lote 1 …

1.922.697

Admón A.E.A.T. Lanzarote

ES0031601027487001K0F

138.111

17,7492

24.513,68

Aduana Arrecife de Lanzarote

ES0031609079997001TJ0F

20.378

18,7884

3.828,66

Total Lote 2 …

158.489

Admón A.E.A.T. Las Palmas Gran Canaria Aduana Las Palmas Gran Canaria

2

Consumo kwh estimado dos años

3

16,3359

17,8828

314.090,21

28.342,33

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Lote

3

4

Edificio

Consumo Precio medio kwh máximo estimado céntimos/Kwh dos años LOTE

Cups

Admón A.E.A.T. Fuerteventura

ES0031600173398001KH0F

69.938

19,2386

13.455,18

Aduana Puerto del Rosario

ES0031600068845002MM0F

15.356

22,4016

3.440,00

Total Lote 3 …

85.295

19,8081

16.895,18

Delegación A.E.A.T. Santa Cruz ES0031607516349001SK0F Tenerife

1.927.825

14,8769

286.800,65

Admón A.E.A.T. Arona

ES0031607607751001YK0F

161.202

16,3271

26.319,62

Admón A.E.A.T. La Laguna

ES0031607240837001RF0F

263.337

14,8304

39.053,97

Admón A.E.A.T. Puerto de la Cruz

ES0401668613543056AJ0F

109.539

15,3322

16.794,67

Total Lote 4 … 2.461.903

5

6

7

Importe euros dos años completos

Admón A.E.A.T. de La Gomera

Admón A.E.A.T. La Palma

Admón A.E.A.T. de El Hierro

14,9871

368.968,92

ES0031607449209002EN0F

25.214

18,6008

Total Lote 5 …

25.214

18,6008

ES0031607480470001BD0F

37.810

17,1323

6.477,78

ES0031607480471001PC0F

119.388

16,1624

19.295,98

Total Lote 6 …

157.198

ES0031607452355003RG0F

24.408

18,1425

Total Lote 7 …

24.408

18,1425

4.428,16

Total General … 4.835.204

15,7840

763.188,49

4

16,3957

4.689,94

4.689,94

25.773,76

4.428,16

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Este precio reflejado es el precio medio máximo del Kw en cada punto de suministro, incluyendo todos los elementos del coste de la energía eléctrica situada en sus puntos de suministro, potencia facturada, consumos facturado, Impuesto sobre la electricidad e Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.). Dicho precio no podrá ser variado durante la vigencia del contrato, salvo en los supuestos contemplados en la cláusula 2.3 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Queda fuera de este precio tanto la energía reactiva como los complementos por exceso de potencias y alquiler de contadores que se facturarán de acuerdo con lo establecido en el R.D. 1164/2001 o la legislación vigente en cada momento. Se ofertará la modalidad de PRECIO BINÓMICO, estableciendo un precio para la Potencia Contratada y un Precio para los Consumos de Energía en cada uno de los periodos de la Tarifa de Acceso (3 ó 6 periodos definidos en la legislación vigente). En estos precios estará incluido el Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.).

3.- CONDICIONES TÉCNICAS DE LA OFERTA. 3.1.- Volumen de contratación Se estima que los consumos de cada suministro serán similares a los que figuran en el cuadro contenido en la cláusula 2.1 de este pliego, teniendo en cuenta las circunstancias reseñadas en la misma respecto al edificio de la Administración A.E.A.T. de Lanzarote en el lote 1. 3.2.- Garantía de Suministro Se deberá garantizar el suministro de energía demandada en cada instalación durante el período ofertado, aunque difiera de la cantidad expresada como consumo anual de cada suministro, estableciéndose en la oferta los límites de consumo dentro de los cuales regirán los precios ofertados, así como las desviaciones admisibles en la curva de la demanda eléctrica. 3.3.- Calidad de Suministro Los índices de calidad del suministro para cada punto de suministro, serán los fijados por la reglamentación vigente en cada momento. Ante cualquier deficiencia en la calidad del suministro, instalación, mantenimiento y verificación, la Agencia Tributaria se dirigirá al Comercializador para que le represente en la reclamación a la empresa distribuidora a fin de solucionar el problema. La calidad del servicio viene configurada por el siguiente contenido:

5

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a) Continuidad del suministro La determinación de la continuidad del suministro, por las interrupciones de suministro, se basa en dos parámetros: ∗

El tiempo de interrupción, igual al tiempo transcurrido desde que la misma se inicia hasta que finaliza, medido en horas. El tiempo de interrupción total será la suma de todos los tiempos de interrupción durante un año.



El número de interrupciones. El número de interrupciones total será la suma de todas las interrupciones habidas durante un año.

Ti = Tiempo de interrupción no programada del punto de suministro al año. Para todos los suministros, el coeficiente Ti será inferior a 4 horas, con independencia de su zona de ubicación y tensión de suministro. Ni = Número de interrupciones no programadas al año. Para todos los puntos de suministro, el coeficiente Ni será inferior a 8 con independencia de su ubicación.

b) Calidad de la onda La calidad del suministro hace referencia al conjunto de características de la onda de tensión. Para determinar la calidad se tomarán en cuenta, entre otros, las variaciones del valor eficaz de la tensión y de la frecuencia y las interrupciones de servicio y huecos de tensión de duración inferior a un minuto. Para la determinación de los aspectos de calidad de la onda se seguirán los criterios establecidos en la norma UNE-EN 50160 y las instrucciones técnicas complementarias que se dicten por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, en el desarrollo del Reglamento de Transporte, Distribución, Comercialización, Suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, o aquel que reglamentariamente le sustituya. Los límites máximos de variación de la tensión de alimentación serán de +/- 7% de la tensión de alimentación declarada. No obstante, si este límite fuera modificado por el Ministerio correspondiente en función de la evolución de la normativa en lo relativo a la normalización de tensiones, la empresa distribuidora deberá comunicárselo anticipadamente a la Agencia Tributaria, para que tome las medidas oportunas, teniendo en cuenta que cualquier modificación necesaria en la instalación del consumidor, consecuencia de dicho cambio en la variación de la tensión de alimentación, correrá a cargo de la empresa distribuidora. La frecuencia nominal de la tensión suministrada será de 50 Hz. Los límites máximos de variación de esta frecuencia serán los establecidos en la norma UNEEN 50.160 c) Calidad de la atención al cliente. La calidad de la atención y relación con el consumidor se determinará atendiendo a las características del servicio ofertado, entre las que se encuentran el conjunto de

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aspectos referidos al asesoramiento al consumidor en materia de contratación, facturación, cobro, medida de consumos y demás aspectos derivados del contrato suscrito. El Comercializador asesorará al Consumidor sobre las potencias contratadas en cada período con objeto de minimizar el coste de acceso a la red, así como de otros parámetros con incidencia en el coste del Kwh. A estos efectos la Agencia Tributaria podrá solicitar un informe por escrito de estas circunstancias en las que se detallen y cuantifíquenlos posibles ahorros en función de la adopción de las medidas que la empresa comercializadora proponga. Dicho informe deberá presentarse en un plazo no mayor de 15 días desde que sea solicitado por escrito, bien por carta, bien vía fax o correo electrónico.

4.- EQUIPOS DE MEDIDA 4.1.- Instalación, mantenimiento y verificación: La instalación de los equipos de medida se realizará por el Distribuidor, a su cargo, siendo los equipos de su propiedad y las líneas de comunicación del consumidor. El mantenimiento del equipo de medida, líneas y sistemas de comunicación de medidas correrá a cargo del Comercializador, sin coste alguno para el consumidor. El Comercializador será el responsable de su funcionamiento y de las reparaciones que fueran necesarias para su buen funcionamiento. El Comercializador correrá con los gastos correspondientes a la utilización de la línea telefónica instalada para la telemedida. El adjudicatario del suministro se comprometerá a realizar sin coste adicional alguno, las verificaciones sistemáticas obligatorias de los equipos de medida que determine el Operador del Sistema, de acuerdo con el artículo 11 del R.D. 2018/1997 de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Puntos de Medida de los Consumos y Tránsitos de Energía Eléctrica, modificado por RD 385/2002 de 26 abril. 4.2.- Lectura de consumo y facturación Se realizará, sin cargo alguno adicional, la lectura y validación de los registros horarios de consumo, y su envío al Operador del Sistema Eléctrico, en cumplimiento de lo previsto en el reglamento de Puntos de Medida. Los datos para la facturación mensual se obtendrán de acuerdo con los datos acumulados en el concentrador secundario del sistema de telemedida a las 24 horas del último día del mes, de forma que se eviten las lecturas visuales de los contadores. Asimismo el Comercializador facilitará al consumidor el acceso a dichas medidas, para su mejor conocimiento y gestión de su consumo.

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4.3.- Autocontrol e Inspección El Comercializador efectuará un riguroso autocontrol sobre la calidad del suministro. El Comercializador resolverá las incidencias del servicio con prontitud, asegurando su calidad. El comercializador proporcionará al Cliente la relación de cortes de suministro habidos en cada punto de suministro, de forma que sirva de base para calcular los parámetros de calidad del servicio.

Las Palmas de Gran Canaria a

EL JEFE UNIDAD REGIONAL ECONÓMICO FINANCIERA

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