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FAIR TRIALS INTERNATIONAL
Fortaleciendo el respeto de los derechos humanos, fortaleciendo Interpol.
Noviembre del año 2013
Visión de Fair Trials International: un mundo donde se respete el derecho a un juicio justo de todas las personas, independientemente de su nacionalidad y del lugar donde se realice la acusación.
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Acerca de Fair Trials International Fair Trials Internacional (“Juicios Justos”) es una organización no gubernamental con sede en Reino Unido que trabaja por los juicios justos de acuerdo con las normas internacionales de justicia. Nuestra visión es un mundo donde se respete el derecho a un juicio justo de todas las personas, independientemente de su nacionalidad y del lugar donde se realice la acusación Llevamos a cabo nuestra misión proporcionando asistencia, a través de nuestra experticia en trabajo social, a las personas arrestadas fuera de su país. También nos enfocamos a las causas fundamentales de injusticia mediante la más amplia investigación y campañas, y fomentamos la personalidad jurídica local a través de la formación específica, tutoría y actividades de redes sociales. En todo nuestro trabajo, colaboramos con nuestro Panel de Expertos Jurídicos, un grupo de más de 120 expertos en defensa penal de 28 Estados Miembros de la Unión Europea (UE). Fair Trials está activo en el ámbito de la política de justicia penal en la Unión Europea (UE) y, a través de nuestro trabajo de INTERPOL, la cooperación policial internacional, extradición y asilo. Gracias a la asistencia directa que proporcionamos a cientos de personas cada año, estamos en una posición única para ofrecer evidencia de cómo los sistemas de aplicación de la ley internacional afectan a los derechos de las personas. Reconocimiento Fair Trials agradece a todos sus colaboradores y partidarios, en particular, a Oak Foundation y Street Foundation las cuales financian nuestro trabajo de reforma legislativa. Nos gustaría también dar las gracias a nuestro Panel de Expertos Jurídicos por proporcionar información sobre las leyes y prácticas locales relacionadas con INTERPOL. Gracias también a Richard Elsen (Byfield Consultoría), Pauline Thivillier, Giovanni Bressan, Raquel Pérez, Martín Jones, Lucy Hayes, y Jemima Hartshorn por su ayuda. Durante la elaboración de este Informe, Fair Trials consultó con miembros de la Secretaría General de INTERPOL y la Comisión de Control de los Ficheros de INTERPOL y deseamos darles las gracias por corregir cualquier inexactitud en las descripciones de sus normas y actividades. Fair Trials también habló con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, y los siguientes expertos en extradición, asilo y derecho internacional: Elizabeth Wilmshurst, Anand Doobay, Hugo Keith QC, Piers Gardner QC, Rachel Barnes, Gerry Facenna, Roger Gherson, Marianne Wade (Reino Unido), Caroline Laly-Chevalier (Francia), y Carlos Gómez-Jara (España). Queremos dar las gracias a todos por sus comentarios, haciendo énfasis en que todos los puntos de vista expresados en este Informe que son de nuestra autoría. Contacto: Libby McVeigh Jefe de la Ley de Reforma +44 (0) 20 7822 2380
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Rebecca Shaeffer Oficial de la ley de Reforma +44 (0) 20 7822 2382
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Alex Tinsley Oficial de la Ley de Reforma +44 (0) 20 7822 2385
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www.fairtrials.org Organización benéfica registrada N° 1134586 Registrado con responsabilidad legal en Inglaterra y Gales no 7135273 Sede social: Temple Chambers, 3/7 Temple Avenue, Londres EC4Y 0HP, Reino Unido
3 TABLA DE CONTENIDOS Glosario de términos y abreviaturas claves Resumen Ejecutivo Introducción I - Antecedentes y contexto 1. INTERPOL 2. Notificaciones Rojas 3. Impacto humano 4. Impacto humano y a los derechos humanos II - El problema de abuso 1. Abusos políticos 2. Casos de corrupción 3. Abuso Sui generis: incumplimiento de solicitar la extradición III - Detección y prevención de abuso 1. Comprensión de INTERPOL del artículo 3 2. Revisión ex -ante por la Secretaría General 3. Materias relacionadas con i-link 4. Revisión contínua 5. Sanciones IV - Creación de recursos eficaces 1. La necesidad de un recurso eficaz 2. Comisión de Control de los Ficheros de INTERPOL (CCF) 3. Solicitudes de acceso a la información 4. Solicitudes para eliminar la información 5. Razones subyacentes para la ineficacia de la CCF 6. Hacia la reforma V - Conclusiones y recomendaciones ANEXOS 1. Estadísticas: Notificaciones Rojas, detenciones, presupuesto y estadísticas de la Comisión de Control de los Ficheros de INTERPOL sobre las solicitudes de individuos 2. Ejemplo de Notificación Roja (en forma anónima) y Difusión 3. Resúmenes breves de todos los casos de Fair Trials mencionados en el Informe 4. Perfiles breves de los miembros actuales de la Comisión para el Control de Ficheros de INTERPOL .
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Los estudios de casos han sido utilizados en todo el informe para ilustrar la necesidad de una reforma de los sistemas de INTERPOL. Fair Trials ha llevado a cabo la diligencia debida en cada caso en la medida de sus posibilidades, pero no puede certificar la exactitud de toda la información proporcionada. Si usted tiene algún comentario sobre los estudios de casos incluidos en el informe, por favor háganoslo saber a
[email protected] y, según corresponda, lo reflejaremos en publicaciones posteriores.
4 GLOSARIO DE TÉRMINOS Y ABREVIATURAS Artículo 2 del Estatuto: Establece que el mandato de INTERPOL es garantizar y promover la cooperación policial internacional ‘dentro del respeto a la “Declaración Universal de los Derechos Humanos”’. Artículo 3 del Estatuto: Establece que “está rigurosamente prohibida a la Organización toda actividad o intervención en cuestiones o asuntos de carácter político, militar, religioso o racial”; esto se refiere en el presente informe como la "normas de neutralidad". CCF: Es la Comisión de Control de los Ficheros de INTERPOL, es el organismo encargado en virtud del Estatuto de INTERPOL de asesorar a la Secretaría General de INTERPOL sobre una base horizontal, llevar a cabo revisiones de Ficheros y tramitar solicitudes para acceder o eliminar la información de los individuos. Difusión: Se refiere a una solicitud para la cooperación internacional, incluido el arresto, la detención o la restricción de movimiento de un condenado o acusado, enviada por una Oficina Central Nacional directamente a otras Oficinas Centrales Nacionales y registrada simultáneamente en una base de datos policial de INTERPOL. Borrador de Notificación Roja: este término se refiere a una abreviatura utilizada por Fair Trials para denotar el registro temporal almacenado en las bases de datos de INTERPOL cuando una Oficina Central Nacional utiliza i-link para cargar una solicitud de Notificación Roja. Este registro está marcado con la indicación “la solicitud está siendo procesada” pendiente de publicación de la Notificación Roja por la Secretaría General, la cual revisará la información dentro de las 24 horas. I-link: se refiere a una solución de tecnología de la información que permite a las Oficinas Centrales Nacionales registrar la información directamente en las bases de datos de INTERPOL. Esto incluye la presentación de la información de una Notificación Roja en forma provisional. INTERPOL: Es la Organización Internacional de Policía Criminal - INTERPOL. Alerta de INTERPOL: Se refiere a un término genérico utilizado por Fair Trials que abarca Notificaciones Rojas y Difusiones. El término se utiliza cuando no es posible especificar un tipo de alerta, por ejemplo, en la discusión de un caso en el que no se sabe con certeza a qué tipo de alerta la persona está sujeta. OCN: Se refiere a la Oficina Central Nacional, la división de las autoridades nacionales de ejecutivos que actúa como punto de contacto con INTERPOL y otras OCNs, en particular incluye, la emisión de Borradores de Notificaciones Rojas y Difusiones y que acceden y descargan información de los Ficheros de INTERPOL. RCI: Se refiere al Reglamento sobre el Control de la Información y el Acceso a los Ficheros de INTERPOL, que entraron en vigencia el 01 de enero 2005, con las enmiendas que entraron en vigencia el 1 de enero de 2010, que contienen disposiciones que regulan la labor de la Comisión de Control de los Ficheros de INTERPOL. Notificación Roja: Se refiere a las alertas electrónicas publicadas por la Secretaría General, a petición de una Oficina Central Nacional con el fin de solicitar la ubicación de una persona buscada y su detención, arresto o restricción de movimiento para efectos de extradición, entrega, o acción legal similar. RPD: Se refiere al Reglamento de INTERPOL sobre el Tratamiento de Datos, que entró en vigencia el 1 de julio de 2012, que regula el tratamiento de información de INTERPOL y las OCNs, que incluye condiciones específicas para las Notificaciones Rojas y Difusiones.
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RESUMEN EJECUTIVO I. La policía, los jueces y fiscales de todo el mundo deben trabajar juntos para combatir los delitos. Sin embargo, los mecanismos diseñados para lograr esto, deben estar protegidos del abuso para asegurar que su credibilidad no se menoscabe y para evitar violaciones injustificadas de los derechos de los individuos. Este Informe está diseñado para ayudar a INTERPOL, el organismo de cooperación policial más grande del mundo, a cumplir este desafío. II. “Notificaciones Rojas”, alertas internacionales de personas buscadas, publicadas por INTERPOL a petición de las autoridades nacionales, conllevan un considerable impacto humano: arresto, detención, libertad congelada de movimiento, problemas de empleo, y daño a la reputación y aspecto financiero. Estas interferencias con derechos básicos pueden, por supuesto, ser justificados cuando INTERPOL actúa para combatir los delitos internacionales. Sin embargo, nuestro trabajo de casos insinúa que los países están, de hecho, usando los sistemas de INTERPOL contra los opositores políticos exiliados, por lo general los refugiados, y en base a los procedimientos penales corruptos, que apuntan a un problema estructural. Hemos identificado dos áreas claves para la reforma. III. En primer lugar, las protecciones de INTERPOL contra el abuso son ineficaces. Asumen que las Notificaciones Rojas son solicitadas de buena fe y aparentemente no revisan estas peticiones con el rigor suficiente. Su interpretación de su norma sagrada sobre la exclusión de los asuntos políticos no es clara, pero al parecer no está en sintonía con el asilo internacional y el derecho de extradición. La revisión de la Secretaría General también ocurre solamente después que las autoridades nacionales han difundido las Notificaciones Rojas en forma temporal a través del mundo utilizando el sistema de “i-link” de INTERPOL, creando un peligro permanente para los individuos, incluso si la Secretaría General rechazara la Notificación Roja. Algunas Notificaciones Rojas publicadas también se mantienen, a pesar de la extradición y decisiones de asilo que reconocen el carácter político del caso. Este informe por lo tanto, recomienda que: (A) Persecución política: INTERPOL debe rechazar o eliminar las Notificaciones Rojas cuando tenga motivos sustanciales para creer que la persona está siendo procesada por razones políticas. El asilo nacional y las decisiones de extradición deberían, en los casos apropiados, ser consideradas decisivas. (B) Revisiones exhaustivas: INTERPOL debería obligar a las autoridades nacionales a proporcionar una orden de detención antes de que puedan obtener una Notificación Roja, y deberían llevar a cabo una revisión exhaustiva de las peticiones de Notificaciones Rojas y Difusiones contra los informes de derechos humanos e información pública.
(C) Borradores de Notificaciones Rojas solamente en urgencias: INTERPOL debería asegurarse que las peticiones de Notificaciones Rojas no sean visibles para otras OCNs mientras se revisan, excepto en los casos urgentes; la OCN debería justificar su uso de la excepción de urgencia e INTERPOL debería vigilar de cerca el uso de la excepción. (D) Revisión continua: INTERPOL debería hacer un seguimiento sistemático de países que hayan informado arrestos basados en Notificaciones Rojas, 6 ó 12 meses después de que sea informado de un arresto y preguntar por el resultado del procedimiento tras la detención.
IV. En segundo lugar, las personas afectadas por las Notificaciones Rojas actualmente carecen de la oportunidad de impugnar la difusión de su información a través de bases de datos de INTERPOL en un proceso justo y transparente. INTERPOL, al parecer, hasta la fecha, no ha sido sometido a la jurisdicción de ningún tribunal, debe proporcionar vías alternativas de reparación y recursos eficaces para aquellos afectados. Sin embargo, la Comisión de Control de los Ficheros de INTERPOL (CCF), su autoridad de supervisión existente, es un
6 organismo de protección de datos inadecuado para esta responsabilidad y carece de garantías procesales esenciales. La inmunidad judicial de INTERPOL es, de este modo, actualmente injustificada. Por tanto, este informe recomienda: (A) Reformar la CCF: INTERPOL debería desarrollar la competencia, experticia y los procedimientos de la CCF para garantizar que éste sea capaz de proporcionar una reparación adecuada a las personas directamente afectadas por las actividades de INTERPOL. Debería explorar la idea de la creación de una cámara separada de la CCF dedicada a la tramitación de los reclamos, dejando a la CCF existente para asesorar horizontalmente sobre cuestiones de protección de datos.
(B) Garantizar normas básicas del debido proceso: INTERPOL debería garantizar que las reformas de los procedimientos de la CCF proporcionen las siguientes medidas de protección esenciales: (i) actuaciones antagonistas de un proceso de divulgación; (ii) audiencias orales en casos en que proceda; (iii) veredictos obligatorios, congruentes, que deberían ser publicados; y (iv) el derecho a impugnar las decisiones adversas.
V. Si INTERPOL implementa estas reformas, la policía pasaría menos tiempo arrestando a los refugiados y exiliados políticos, lo cual significa un gran costo humano para los involucrados, y más tiempo arrestando criminales que enfrentando enjuiciamientos legítimos. Esto aumentará la confianza en el sistema de Notificación Roja y, por lo tanto, la credibilidad de INTERPOL con las autoridades nacionales.
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INTRODUCCIÓN 1. La policía y los fiscales necesitan mecanismos de cooperación internacional para combatir con eficacia los graves delitos transfronterizos. Como la mayor organización policial internacional con redes electrónicas que abarcan casi todos los países en el mundo, la Organización Internacional de Policía Criminal (“INTERPOL”)ofrece valiosas herramientas para llevar a cabo dicho cometido. Este informe está diseñado para ayudar a INTERPOL a identificar algunas áreas de su trabajo donde ciertas reformas moderadas podrían ayudar a detectar abusos de sus sistemas y garantizar que su labor proteja adecuadamente los derechos de las personas. Creemos que mediante la adopción de estas reformas, INTERPOL aumentaría la credibilidad de su trabajo y mejoraría su eficacia. 2. Nuestro interés en INTERPOL ha sido impulsado por Benny Wenda (Indonesia) nuestro trabajo al ayudar a las personas afectadas por las La Notificación Roja contra Benny medidas de justicia penal para defender sus derechos básicos. Wenda permaneció durante 18 En el año 2011-12, destacamos el caso de Benny Wenda. Un meses. Se destacó con la Bandera refugiado de Indonesia, Benny era el líder en exilio del 'Morning Star', el símbolo de Papúa movimiento de independencia de Papúa Occidental. Había Occidental, cuyos activistas son sido procesado por razones políticas, escapó de la cárcel, y le procesados por protestar en Indonesia fue rápidamente concedido asilo por el Reino Unido, donde él continuó haciendo campaña y desarrolló un perfil internacional. En febrero de 2011, él descubrió una página en el sitio web de INTERPOL que indicaba que él era buscado en Indonesia por crímenes violentos. Benny buscó asesoría de Fair Trials, preguntando si se arriesgaba a arresto, si podía aceptar invitaciones para viajar y hablar en eventos en el Parlamento australiano y en otros lugares, y cómo él podría conseguir que su nombre saliera de la lista y seguir adelante con su vida. 3. Además de la búsqueda de garantías de viajes para Benny, llevamos el caso a los medios. Nosotros estábamos preocupados que un fiscal en Indonesia se hubiera podido aprovechar de los sistemas de INTERPOL para restringir las actividades de campaña de una voz crítica y un refugiado político protegido por la comunidad internacional. Aunque Fair Trials finalmente tuvo éxito en la eliminación de la Notificación Roja contra Benny, la necesidad de una revisión minuciosa del trabajo de INTERPOL se hizo evidente cuando varios otros activistas y refugiados, después de haber oído hablar de nuestro trabajo en el caso de Benny, vino a nosotros en busca de ayuda. Varios habían sido detenidos en diferentes países, años sin poder visitar sus familias, o sufrido descrédito permanente al haber sido asociados públicamente con asuntos criminales en el sitio web de INTERPOL. 4. Al mismo tiempo, hemos observado la creciente preocupación internacional sobre el abuso político de los sistemas de INTERPOL. Joe Biden, ahora Vice-Presidente de los Estados Unidos, advirtió de la "manipulación" de INTERPOL en el 2000.1 El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los refugiados planteó el tema en el 2008.2 La Asamblea Parlamentaria de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (“OSCE”) tuvo preocupaciones persistentes, 3 y en su Declaración de Estambul en el 2013 llamó a _______________________________________ 1 Registro del Congreso Vol 146 No 91 (14 de julio de 2000). 2 Comentarios por Vicente Cochetel, Director Adjunto de la División de Servicios de Protección Internacional, ACNUR, 2008 (disponible en http://www.refworld.org/pdfid/4794c7ff2.pdf). 3 Véase la Declaración de Oslo de 2010 de la Asamblea Parlamentaria de la OSCE (disponible en http://www.oscepa.org/meetings/annual-sessions/2010-oslo), punto 16; Declaración de Mónaco 2012 de la OSCE.
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INTERPOL a reformar sus sistemas de detección y prevención de abusos políticos.4 El Comité de Asignaciones del Congreso de los Estados Unidos, declaró recientemente que "sigue preocupado que gobiernos extranjeros puedan fabricar cargos criminales contra activistas de la oposición y, al abusar del uso de las Notificaciones Rojas de INTERPOL, buscan su detención en los países que les han prestado asilo.5 5. Los miembros del Parlamento Europeo también han comenzado a presionar a los Altos Representantes de la UE (Unión Europea) para Asuntos Exteriores y la Comisión Europea en busca de respuestas en relación con INTERPOL y los abusos de sus sistemas dirigidos a los refugiados reconocidos, señalando que los sistemas de “[INTERPOL”] pueden haber sido mal usados para conseguir el arresto y la detención, en un Estado Miembro, de aquellos que han sido reconocidos como refugiados en otro Estado Miembro de conformidad con los estándares comunes de la Unión Europea.6 6. INTERPOL estuvo dispuesto a explicarnos su trabajo y propuso que un miembro de alto rango de su Servicio Jurídico de la Secretaría General asistiera a una reunión confidencial con nuestro Panel de Expertos Jurídicos en Estrasburgo en abril de 2012, que reunió a varios expertos en derecho penal transfronterizo. INTERPOL también nos invitó a asistir a su Sede Lyon, donde el personal proporcionó una idea básica de su funcionamiento y facilitó el contacto con la Comisión para el Control de Ficheros de INTERPOL ("CCF"), que es el organismo de supervisión de protección de datos de INTERPOL. Pudimos discutir el trabajo de la CCF en una de sus reuniones (sin discutir casos específicos), lo que proporcionó una mayor comprensión. Quisiéramos agradecer a INTERPOL por este constructivo compromiso. 7. A raíz de estas conversaciones, también solicitamos a INTERPOL poder obtener más información en la forma de una serie de preguntas a la Secretaría General y la CCF, solicitando la confirmación de la información que se nos dio confidencialmente y más información que está disponible para el dominio público. Mientras que la CCF respondió, la Secretaría General inicialmente se negó a responder nuestras preguntas. 8. Sin embargo, en septiembre de 2013, nos reunimos con el personal operativo y jurídico de la Secretaría General y la CCF para discutir un borrador de este informe. Nos agradó que la Secretaría General diera la bienvenida a nuestra “contribución constructiva" a la materia de los derechos humanos en el trabajo de INTERPOL, 7 y dimos las gracias por señalar imprecisiones en el borrador del informe y suministrar información adicional. La CCF asimismo dio la bienvenida a nuestro proyecto de informe y estamos igualmente agradecidos por sus comentarios. Hemos dejado en claro en este informe, que la información nos ha sido proporcionada directamente por la Secretaría o CCF, o que ésta ha sido solicitada, pero no proporcionada. Nuestras conversaciones y correspondencia con INTERPOL constituyen una fuente de la experticia de Fair Trials. _____________________________________________________________________________ Asamblea Parlamentaria (disponible monaco-dechtml), punto 93. 4
en
http://www.oscepa.org/meetings/annual-sessions/1374-
Declaración de Estambul 2013 de la Asamblea Parlamentaria de la OSCE (disponible en http://www.oscepa.org/meetings/annual-sessions/2013-istanbul-annual-session), los puntos 146 y 147. 5 Informes del Comité, Congreso número 113 (2013-14) House Report, p. 113-171. 6 Véase, por ejemplo, Pregunta para una Respuesta por Escrito de Judith Sargentini MEP y Barbara Lochbihler MEP “Notificaciones Rojas de INTERPOL y difusiones relativas a los refugiados reconocidos por la UE”, E-011458-13. 7 Ver INTERPOL comunicado de prensa del 20 de septiembre 2013 "Los derechos de los individuos y compartir información policial de INTERPOL y foco de INTERPOL y Encuentro Internacional Fair Trials” (disponible en http://www.interpol.int/News-and-media/Newsmedia-lanzamientos / 2013 / N20130920).
9 9. En primer lugar, nuestro conocimiento del funcionamiento de INTERPOL viene de nuestro trabajo en los casos individuales, la revisión de documentos, correspondiente a la CCF en nombre de nuestros beneficiarios o de asesorar sus abogados. Estos casos están representados en este Informe por el uso de un cuadro de texto en rojo y gris, como se ve a la derecha. Todos los interesados han estado de acuerdo en que sus historias sean presentadas. En algunos casos, hemos utilizado un seudónimo para proteger sus identidades, pero hemos suministrado los nombres reales a INTERPOL para que pueda estudiar los casos.
Caso de Fair Trials Cuadros como éste denotan casos en los que Fair Trials ha proporcionado asistencia o se ha puesto en contacto directamente con la persona en cuestión.
10. También hemos monitoreado algunas otras historias relacionadas con INTERPOL en los medios. Cuando se haga referencia a estos casos, hemos utilizado una “Captura de pantalla” de Internet para distinguirlos de los que hemos estado involucrados directamente, como se ilustra a la derecha. En estos casos, nos referimos únicamente a la información que está disponible y es de dominio público. 11. Otra información en este Informe proviene de la investigación documental, a la que hemos intentado hacer referencia en lo posible con enlaces web, para que el lector pueda seguir sus propias líneas de investigación. A partir de estas fuentes combinadas, hemos podido identificar ciertas áreas en las que el funcionamiento de INTERPOL podría mejorarse. La más importante de estas áreas, y principal enfoque de este Informe, es el sistema de publicación de “Notificaciones Rojas” y “Difusiones” – alertas que señalan a los individuos como "personas buscadas" y la búsqueda de su detención con miras a la extradición. 12. Este Informe está diseñado para exponer, en la forma más transparente posible, el punto de vista de Fair Trials del funcionamiento de INTERPOL, para evitar cualquier malentendido y para asegurar que sea lo más útil posible para INTERPOL, al mismo tiempo garantizar un amplio grado de accesibilidad. Por lo tanto, éste comienza con una visión general de INTERPOL, su sistema de Notificaciones Rojas y Difusiones, el impacto humano que estas Notificaciones pueden tener, y las razones por las cuales Fair Trials cree que estas consecuencias sitúan a INTERPOL en el deber de prevenir el abuso (Parte I). El informe describe a continuación, basado en gran parte en nuestra experiencia de trabajo de casos, qué formas de abuso hemos identificado, con el fin de explicar los problemas subyacentes para los cuales nuestras propuestas de reforma están diseñadas para hacerle frente (parte II). A continuación, el Informe pretende identificar las razones estructurales por qué este tipo de abusos se están produciendo actualmente, centrándose en la interpretación aparentemente restrictiva de INTERPOL de sus normas y los mecanismos para la circulación y publicación de Notificaciones Rojas (Parte III). Teniendo un enfoque realista y asumiendo que, sin perjuicio de las reformas, los errores siempre se producirán en cualquier sistema, el Informe considera las vías disponibles actualmente para las personas para impugnar las Notificaciones Rojas que ellas creen que son abusivas, centrándose en el procedimiento ante la CCF y las formas en que esto se podría mejorar para proporcionar una solución más satisfactoria, en consonancia con la complejidad de las publicaciones y el impacto humano de una Notificación Roja (Parte IV). 13. En todas las áreas, nuestro objetivo es ayudar a INTERPOL proponiendo reformas moderadas (descritas en la Parte V), que, de aplicarse, podría mejorar la fiabilidad de las Notificaciones Rojas, junto con la reputación de INTERPOL como organización internacional.
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I - ANTECEDENTES Y CONTEXTO 1 - INTERPOL Breve Historia8 14. INTERPOL tiene sus orígenes a principios del siglo XX, cuando altos funcionarios de policía de veinte Estados de Europa se unieron para crear una agencia de cooperación policial centralizada. En el año 1923 en el Congreso de Policía Criminal en Viena, en respuesta a la necesidad de mejorar la cooperación policial internacional para hacer frente a los delitos internacionales, se estableció la Comisión Internacional de Policía Criminal (“ICPC”), con sede en Viena y en esa etapa bajo la dirección de la Policía austríaca. Cuando la institución posteriormente quedó bajo el control de la Alemania nazi, su sede se trasladó a Berlín y la mayoría de las fuerzas de policía nacional retiraron su participación. 15. Sólo después de la Segunda Guerra Mundial los ex miembros vuelven a reunirse y establecen la predecesora a la actual INTERPOL, elaborando un Estatuto acordado en 1946. Las Oficinas Centrales estaban esta vez en Francia, y la administración fue estrechamente vinculada al Gobierno francés hasta que la organización fue reformada de nuevo en 1956. Esto siguió a la anterior retirada de la Oficina Federal de Investigación de los Estados Unidos en 1950 después de que el ICPC había ayudado a Checoslovaquia, entonces un Estado comunista, a solicitar la detención de dos disidentes que habían escapado y se les había dado asilo en Alemania Occidental. La adopción del Estatuto ICPO-INTERPOL (el "Estatuto") y el Reglamento General de 1956 marca el comienzo de INTERPOL en su forma actual, que es el objeto de este informe. Estructura y gobernabilidad 16. Con sede en Lyon, INTERPOL es la institución policial internacional más grande del mundo. Conecta las autoridades policiales de 190 países,9 permitiéndoles el intercambio de información y cooperar en la lucha contra delitos. 17. La estructura organizativa de INTERPOL está establecida por el Estatuto. Aunque hay cierto debate sobre la situación jurídica de este documento - en particular, si se compara con un tratado para los efectos de establecer a Interpol como una organización internacional - está claro que la estructura y las actividades internas de INTERPOL siguen el modelo y los procedimientos que ordena. 18. Las partes claves de INTERPOL, según lo dispuesto por el Estatuto, son las siguientes: a. La Asamblea General es la "autoridad suprema" de la organización y se compone de “delegados”, que deben ser expertos en asuntos policiales.10 INTERPOL da a conocer la participación de algunos delegados, como ministros del gobierno, pero la lista completa de los participantes es un documento restringido que no se da a conocer al público. La Asamblea General se reúne en sesión plenaria una vez al año y establece las normas que rigen las actividades de INTERPOL. Actuando por una mayoría de dos tercios, ésta adopta las normas formales en forma _______________________________ 8
Para una visión más completa, consultar Martha, R.S.J. Los fundamentos jurídicos de INTERPOL, Oxford: 2010. La información en los dos párrafos siguientes ha sido extraída de esta fuente. 9 En el momento de escribir esto. 10 Estatuto de 1956, artículos 6 y 7.
11 de anexos al Estatuto, y nombra al presidente de la organización. Actuando por mayoría simple, adopta resoluciones sobre otras políticas. 11 b. El Comité Ejecutivo supervisa la ejecución de las decisiones de la Asamblea General y supervisa el trabajo de la Secretaría General. Tiene la función, entre otras cosas, de decidir sobre un programa de trabajo anual para su aprobación en cada sesión de Asamblea General y manejar ciertas controversias que surjan en el contexto del trabajo de INTERPOL. Los miembros son elegidos por la Asamblea General12. El Comité Ejecutivo está encabezado por el Presidente de la organización, actualmente la señora Mireille Ballestrazzi, de Francia. c. La Secretaría General es el principal órgano ejecutivo, que administra las redes de INTERPOL, bases de datos y otras actividades, y actúa como el punto de contacto entre INTERPOL y las fuerzas de policía nacional.13 La Secretaría General está bajo la autoridad del Secretario General, en la actualidad el Sr. Ronald K. Noble, de los Estados Unidos. Tiene su servicio jurídico propio, la Oficina de Asuntos Jurídicos, que ofrece asesoramiento sobre el cumplimiento del trabajo de INTERPOL con los estándares jurídicos internacionales y las normas adoptadas por la Asamblea General. d. La Comisión de Control de los Ficheros de INTERPOL es un organismo encargado de la supervisión del tratamiento de información de INTERPOL. Se compone de cinco miembros seleccionados por su experiencia en protección de datos, seguridad de la información y la cooperación policial. La Asamblea General nombra a los miembros de un grupo de candidatos presentados por los Estados Miembros y seleccionados por el Comité Ejecutivo, que a continuación, elije al Presidente entre ellos.14 El actual Presidente es el Sr. Billy Hawkes, Comisionado de Irlanda para la Protección de Datos. 19. El otro elemento clave de la estructura de INTERPOL es la red de Oficinas Centrales Nacionales (“OCNs”). Las OCNs son las secciones de cada una de las autoridades policiales nacionales que actúan como el punto de contacto con INTERPOL, suministran información para sus bases de datos, y utilizan sus sistemas para la cooperación policial. Esto será abordado más adelante. Aunque no es una parte formal de INTERPOL, las OCNs son los principales usuarios de los sistemas de INTERPOL. Presupuesto 20. Los ingresos operacionales de INTERPOL para el 2012 ascendieron a 70 millones de €,15 de los cuales €50,6m provinieron de las contribuciones de miembros legales.16 Se encuentra disponible un desglose de los tipos de ingresos y gastos en el Informe Anual de INTERPOL, pero no hay cifras públicas que indiquen la cantidad exacta que cada país contribuye. En nuestra carta de septiembre de 2012, pedimos a la Secretaría General proporcionar esta información, pero se negó. Sin embargo, parte de la información puede ser estimada a partir de las cifras públicas. Las contribuciones varían de acuerdo a la capacidad de pago de los miembros, 17 y son “distribuidas _____________________________________ 11 Estatuto Apéndice 1.1, artículos 14, 42, 44. 12 Estatuto Apéndice 1.1 artículo 22. 13 Estatuto Apéndice 1.1 artículo 26. 14 Estatuto Apéndice 1-1 artículos 36 a 37. 15 Informe Anual de INTERPOL, 2012, página 47. 16 Resolución de la Asamblea General de INTERPOL aprobada en su sesión N°79, AGN / 79 / RES / 9. 17 Artículo 3 (3) del Reglamento Financiero de INTERPOL, en su versión modificada por Resolución de la Asamblea General de INTERPOL adoptada en su sesión N°70, AGN / 70 / RES / 1 (modificaciones en el apéndice).
12 en base a una aplicación proporcional de la escala de contribuciones de la UN (Naciones Unidas).18 En el año 2011, INTERPOL Washington (la OCN de EE.UU) registró que su contribución fue de 14,9% del total (€ 7,4 millones)19. Los recursos de los países participantes también serían gastados, de una manera menos cuantificable, por el despliegue policíal y el tiempo en tribunales, arrestando y deteniendo a aquellos que son objeto de Notificaciones Rojas y Difusiones (véanse los párrafos 32, 40 abajo). Objetivos y funcionamiento 21. El Estatuto de 1956 establece en su artículo 2 que los objetivos de INTERPOL son: “(i) garantizar y promover la más amplia asistencia recíproca entre todas las autoridades de policía criminal ...; (ii) establecer y desarrollar todas las instituciones que puedan contribuir eficazmente a la prevención y represión de delitos ordinarios". Sus normas enumeran los propósitos limitados para los que se pueden utilizar sus sistemas, agrupadas bajo el epígrafe “propósitos de cooperación policial internacional”.20 22. INTERPOL realiza esta función, principalmente, al permitir el intercambio de información entre las fuerzas de policía nacional. Mantiene una serie de bases de datos que contienen, por ejemplo, la información de documentos de viajes perdidos y robados, armas de fuego, obras de arte robadas, vehículos robados y robo de documentos administrativos. Sus bases de datos también incluyen los datos nominales de los delincuentes conocidos, personas perdidas y cadáveres, incluyendo fotografías y huellas dactilares. Las bases de datos de INTERPOL para todos estos efectos están conectadas a las OCNs por medio de la red global segura llamada “I-24/7”. 23. De particular interés para este Informe es el sistema de "notificaciones": alertas formales y solicitudes para la cooperación, publicada por INTERPOL a petición de una OCN. Las notificaciones están codificados por color de acuerdo a sus funciones (el número entre paréntesis representa el número publicado en el 201221): a. Negro (141) para buscar información sobre los cuerpos no identificados; b. Púrpura (16) para proporcionar información sobre los métodos utilizados por los delincuentes; c. Azul (1085) para recopilar información sobre la identidad, la ubicación o las actividades de una persona en relación con un delito; d. Naranjo (31) para advertir de un evento, objeto o persona que carga una amenaza inminente para la seguridad pública; e. Amarillo (1.691) para localizar personas perdidas, de uso frecuente en los casos de sustracción de menores desaparecidos; f. Verde (1.477) para proporcionar advertencias sobre personas que han cometido delitos penales y es probable que repitan estos crímenes en otros países; y g. Rojo (8.136) para solicitar la ubicación de una persona buscada y solicitar su detención provisional con miras a su extradición o entrega. Estas notificaciones son el tema principal de este Informe y su funcionamiento se discutirá en su totalidad en la siguiente sección. h. Notificaciones Especiales del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (78), dirigidas a grupos e individuos que son los objetivos de las Resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU mencionando a quienes son objeto de sanciones según lo señalado por el Comité de Sanciones. _____________________________________ 18 Resolución de la Asamblea General de INTERPOL aprobada en la sesión 70, AGN / 70 / RES / 2. 19 Oficina Central Nacional de EE.UU (INTERPOL Washington) / Departamento de Justicia de Estados Unidos, Año Económico 2012. Presupuesto de Rendimiento: Presentación del Congreso. 20 Artículo 10, Reglamento de INTERPOL sobre el Tratamiento de Datos, aprobada en la Asamblea Gral. 80 OIPC-INTERPOL en Hanoi, Vietnam (AG / 2011 / RES / 7), (en adelante, "RPD") .. 21 Informe Anual de INTERPOL, 2012, páginas 32 y 33.
13 24. Las OCNs pueden también solicitar la detención de un individuo con miras a la extradición mediante la emisión de una “Difusión”, que es un mensaje estandarizado que pide a otras OCNs arrestar a la persona en cuestión. Estos se discutirán en más detalle a continuación (párrafos 38-41). Relación con la Policía Nacional y otras entidades 25. INTERPOL no es una fuerza policial en sí. No tiene poderes para arrestar a nadie, investigar o procesar delitos. Ocasionalmente despliega “Equipos de Respuesta de Incidentes” para ayudar a la policía nacional durante las operaciones transfronterizas conjuntas o eventos públicos a gran escala. Sin embargo, su función clave es proporcionar comunicaciones seguras y canales de intercambio de información para sus miembros. 26. La OCN para cada país miembro sirve como un punto de contacto para INTERPOL. Típicamente, la OCN será una división de la policía nacional responsable de delitos graves y/o cooperación transfronteriza. En Francia, por ejemplo, es una división de la Police judiciare (policía judicial). En Rusia, la OCN es una unidad llamada “Interpol de Moscú.” Ambos organismos caen dentro de la competencia global de los Ministerios del Interior de cada país. Las OCNs comparten información con INTERPOL y, a través de sus canales, otras OCNs de todo el mundo. Desde 1994, INTERPOL también ha trabajado con los tribunales penales internacionales, como el Tribunal Penal Internacional,22 emitiendo Notificaciones Rojas, solicitando la detención de las personas acusadas de delitos que sean de competencia del tribunal correspondiente. 27. Cabe señalar que, en la práctica, no es solamente la propia OCN que tendrá acceso a los ficheros de INTERPOL. Las normas de INTERPOL permiten a las OCNs autorizar a otros organismos encargados de hacer cumplir la ley dentro del país correspondiente para utilizar los sistemas. Sistemas tales como "MIND" y "FIND", diseñados para permiten consultar las bases de datos de INTERPOL desde el campo, están dirigidos específicamente a dichos usuarios. Un "usuario" clave de los sistemas de INTERPOL es el cuerpo de funcionarios de control de fronteras, a menudo agentes de las autoridades de inmigración o la policía de fronteras, quienes llevan a cabo controles de identidad y documentos de viaje y pueden hacer referencias cruzadas de nombres comparándolos con las bases de datos de INTERPOL. En este Informe, se hace referencia generalmente a la OCN misma en forma abreviada para todos los usuarios autorizados, a menos que haya una razón específica para referirse a un usuario específico. Status de INTERPOL 28. Históricamente ha habido debate sobre el estado de INTERPOL, específicamente si es una organización internacional, como la ONU, el Consejo de Europa o la Organización de Estados Americanos o algún otro tipo de entidad. De acuerdo a un resumen del encuentro llevado a cabo en Chatham House, INTERPOL se refiere a sí misma como "una organización internacional independiente y autónoma establecida por ley internacional”.23 Mientras que algunos países están de acuerdo con esto, otros no. El mismo documento señala que el Reino Unido no reconoce el status de INTERPOL como una organización Internacional. En tanto los pasaportes sean emitidos generalmente por asuntos de derecho internacional, por lo general Estados, es tal vez digno de mencionar que INTERPOL haya desarrollado recientemente una iniciativa para un “documento de viaje de INTERPOL”, actualmente reconocido por 64 países.24 __________________________________ 22 Resolución AGN / 2004 / RES / 16 autorizó al Secretario General a firmar un acuerdo de cooperación con el Tribunal Penal Internacional. Otras resoluciones (AGN / 63 / RES / 9; AGN / 66 / RES / 10; AGN / 2009 / RES / 8) proporcionan la cooperación con los otros tribunales penales internacionales. 23 Chatham House, “‘Resumen Ley Mesa Redonda Internacional: La actuación policial de INTERPOL “ p.4. Esta fuente es referida varias veces aquí en adelante como "Chatham House meeting summary". 24 Disponible en http://www.interpol.int/en/About-INTERPOL/INTERPOL-Travel-Document-initiative.
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29. Sin embargo, nosotros no abordamos el punto teórico en relación con el status de INTERPOL en este Informe. El debate sobre el status exacto de INTERPOL no es relevante para los efectos de esta discusión a menos que sea en relación con el asunto de que si INTERPOL debería beneficiarse de la inmunidad de la jurisdicción de los tribunales nacionales que por lo general se concede a las organizaciones internacionales. Esto se aborda en la Parte III. 2 - Notificaciones Rojas ¿Qué son y cómo se emiten? 30. La Notificación Roja es una alerta electrónica emitida por INTERPOL a petición de una de las OCNs u otras entidades. Su función es la de "solicitar la ubicación de una persona buscada y su detención, arresto o restricción de movimiento para efectos de extradición, entrega o acción similar legal”.25 Su propósito, por tanto, es ayudar a un país a localizar una persona buscada con el fin de extraditarla desde el país en el que la persona en cuestión es encontrada. 31. Cada Notificación Roja se basa en una orden de detención nacional expedida por las autoridades competentes del estado que lo solicita. La OCN suministra un resumen de los hechos que constituyen la base para la acusación, y especifica el delito imputado, las leyes pertinentes que crean ese delito y la pena máxima, o la sentencia impuesta si la persona ya ha sido condenada. La solicitud también debe incluir identificadores de la persona: su nombre, fotografía, nacionalidad y otros ítems, incluidos los datos biométricos, como las huellas dactilares y perfiles de ADN. 32. Si la Secretaría General considera que la solicitud de Notificación Roja cumple con las normas, dicha notificación se publicará en sus bases de datos y estará accesible a todas las demás OCNs. La OCN solicitante puede optar por pedir un breve extracto de la Notificación Roja publicada en el sitio web de INTERPOL, incluyendo identificadores y fotografía de la persona y una amplia categorización del tipo de delito alegado, pero no todo el detalle de la notificación.26 (Ver a la derecha, el extracto público de la Notificación Roja contra el refugiado periodista de la web de Sri Lanka, Chandima Withanaarachchi y una Notificación Roja completa, anónima, en el Anexo 2) 33. Una Notificación Roja no es una orden de arresto internacional. Cada país decide qué medidas tomar en base a una Notificación Roja. Algunos países, como el Reino Unido, no consideran la Notificación Roja como una base jurídica válida de detención provisional,27 pero muchos otros sí lo hacen (nuestra experiencia en trabajos de casos sugiere que Georgia, España, Italia, Polonia y el Líbano detendrán fácilmente a aquellos objeto de Notificaciones Rojas). Fair Trials no tiene conocimiento de datos que expliquen el enfoque de cada país, aunque a la Comisión Europea se le ha preguntado recientemente acerca de las políticas de los Estados Miembros de la Unión Europea.28 Un documento elaborado por la OCN de Estados Unidos afirma que "para aproximadamente un tercio de los países miembros una Notificación Roja sirve como una orden de detención provisional” _______________________________ 25 Artículo 82 RPD. 26 Las condiciones para esto se exponen en el RPD. 27 Chatham House meeting summary, p. 4. 28 Pregunta para una respuesta por escrito de Charles Tannock MEP a la Comisión, E-011705-13.
15 pero que el propio país de Estados Unidos, al igual que el Reino Unido, no le dan ese trato.29 Alguna documentación sugiere que "aumentar el valor legal de las Notificaciones Rojas” es una prioridad para INTERPOL,30 aunque el tema se encuentra actualmente a criterio de la legislación nacional. En cualquier caso, el riesgo de una persona objeto de una Notificación roja al ser arrestada, es alta (7.958 arrestos se hicieron en base a Notificaciones Rojas o Difusiones (discutido abajo) en el 201131). Incluso en países que no consideran las Notificaciones Rojas como base suficiente para la detención, los agentes en los puntos fronterizos pueden tener facultades para mantener a una persona bajo los poderes de detención de inmigración administrativa, 32 tiempo durante el cual el país requirente puede ser notificado de una detención y de una solicitud formal hecha por una orden de detención provisional. i-link 34. En el año 2009, INTERPOL lanzó “i-link”, un sistema que permite a las OCNs registrar el contenido de las Notificaciones Rojas directamente en las bases de datos de INTERPOL. El Reglamento sobre el Tratamiento de Datos33 (“RPD”) establece que, mientras las solicitudes de las Notificaciones estén siendo examinadas por la Secretaría General, ellas son temporalmente registradas en una base de datos con una "indicación" de modo que, cuando se les consulte, estas peticiones no sean confundidas con notificaciones publicadas. Este registro temporal es referido en el presente Informe como un "Borrador de Notificación roja”. 35. Fair Trials entiende desde la Secretaría General de INTERPOL que, bajo el sistema actual, una solicitud de Notificación roja cargada a través de i-link es inmediatamente visible para otras OCNs, con una indicación que dice “la solicitud está siendo procesada”, mientras que la Secretaría General la revisa. Se le informó a Fair Trials que la revisión inicial de la Secretaría General se llevará a cabo dentro de las 24 horas. Si surge alguna duda en cuanto al cumplimiento de los datos con las normas de INTERPOL, se podrían poner en marcha medidas cautelares adicionales, tales como la adición de una advertencia visible a todos los países indicando que el caso está sujeto a revisión legal o bloquear el acceso a la información pendiente de revisión. Si la Secretaría General considera que la petición de Notificación Roja cumple con las normas de INTERPOL, ésta emitirá oficialmente la notificación. La introducción de i-link coincidió con un fuerte aumento de Notificaciones Rojas emitidas: de 3.126 en el año 2008, la cifra aumentó a 5.020 en el 2009. 36. A pesar de que la información registrada a través de i-link podría técnicamente no calificar como una Notificación Roja - sería una sola vez que la Secretaría General formalmente “publica” o “emite” la notificación - esto plantea la posibilidad de que otras OCNs puedan acceder a esta información o crear copias locales de ello, creando un peligro permanente para el individuo, incluso si la Secretaría General considera que la solicitud fue contraria a las normas de INTERPOL. Esto se explora con más detalle en la Parte III, Sección 3 a continuación. Una herramienta cada vez más popular 37. Las estadísticas publicadas de INTERPOL indican que el uso de la Notificación Roja ha aumentado de forma constante durante la última década, con 8.136 emisiones en el 2012. Como se mencionó anteriormente, la introducción de i-link en el 2009 coincidió con un fuerte incremento en el número de Notificaciones Rojas emitidas. ______________________________________ 29 Oficina Central Nacional de EE.UU. de INTERPOL, Informe de Auditoría 09 a 35, septiembre de 2009, p. 11. 30 Ver los informes anuales de actividad de la CCF para el 2010, punto 5.2.8, y 2011, punto 5.2.2. 31 INTERPOL, Informe Anual, pág. 33. 32 Véase, por ejemplo, en relación con el Reino Unido, Ley de Inmigración de 1971, Anexo 2, párrafo 16. 33 Reglamento de INTERPOL sobre el Tratamiento de Datos, aprobada en la 80 ICPO-INTERPOL Asamblea General en Hanoi, Vietnam (AG / 2011 / RES / 7).
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NOTIFICACIONES ROJAS EMITIDAS
Fuente: Informes Anuales de INTERPOL, 2001-2012 Difusiones 38. Desde la década del 2000, las OCNs también han tenido la opción de distribuir ''Difusiones”: alertas electrónicas que, como una Notificación Roja, se pueden utilizar para solicitar la detención de una persona buscada. La diferencia es que estas no son “notificaciones” formales publicadas por la Secretaría General.34 Técnicamente, el "Autor" de una Difusión es la OCN, no INTERPOL. Esto es para distinguirse de un Borrador de Notificación Roja, que es el contenido de un borrador de una Notificación Roja final para ser emitida por la Secretaría General. 39. Las difusiones se distribuyen a otras OCNs, y al mismo tiempo se registran en las bases de datos de INTERPOL. Una OCN puede utilizar una Difusión para limitar la publicación de la información para OCNs individuales, grupos de OCNs (llamadas "zonas"), o todas las OCNs (conocidas como “IPCQ”). Las Difusiones se pueden emitir para solicitar la detención de una persona cuando las condiciones específicas de una Notificación Roja (por ejemplo, la sentencia mínima) no se cumplen, aunque se requiera el cumplimiento de los artículos 2 y 3 del Estatuto.35 Las Difusiones parecen estar diseñadas como una solicitud de cooperación más informal, de autoridad inferior y valor por mandato judicial que una Notificación Roja. 40. Sin embargo, esta distinción puede ser más que un tecnicismo, ya que las Notificaciones Rojas y Difusiones pueden incluir la misma información clave - una solicitud de arresto.36 La Secretaría General explicó a Fair Trials que “revisa todas las Difusiones que soliciten medidas coercitivas como el arresto”. Por lo tanto, al igual que con una Notificación Roja, existe la expectativa a nivel nacional que la Difusión contiene una solicitud válida que se ha comprobado que cumple con las normas de INTERPOL: en otras palabras, las Difusiones implícitamente llevan el sello de aprobación de INTERPOL. 41. En consecuencia, si bien corresponde a leyes nacionales de todos los países miembros de INTERPOL hacer (o no) una distinción entre las dos formas de solicitud, ambas son ampliamente tratadas como una base válida para la detención (Estadísticas públicas de INTERPOL generalmente se refieren a “arrestos basados en Notificaciones Rojas y Difusiones” bajo el mismo encabezado). De hecho, Petr Silaev, cuyo caso se discute en las partes III y IV a continuación, fue detenido en base a una Difusión (véase el anexo 2B). Tal vez por esta razón, la CCF ha _____________________________ 34 Véase el artículo 1 (14) RPD. 35 Véase el artículo 99 (2) y (3) RPD. 36 Por lo menos dentro de la UE, el mismo formulario electrónico se utiliza para enviar una solicitud de Notificación Roja y emitir una Difusión a los demás Estados Miembros. Ver nota de INTERPOL al Consejo de la UE, 01 de abril 2005 7702/05.
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dado la bienvenida a la introducción de controles de cumplimiento equivalentes para Notificaciones Rojas y Difusiones.37 Por lo tanto, este Informe asume que las Notificaciones Rojas y Difusiones que solicitan medidas coercitivas son funcionalmente equivalentes. Todos los comentarios relacionados con la revisión de las Notificaciones Rojas de la Secretaría General se aplican igualmente a la revisión de Difusiones. 3 - Impacto humano 42. INTERPOL argumenta con frecuencia que tiene poco poder y que su único rol es el intercambio de información. Los casos de Fair Trials demuestran que esto no es cierto. Al publicar información y darle el "sello de aprobación" de INTERPOL, INTERPOL tiene un considerable impacto humano. Esto no quiere decir que no podrá nunca justificarse: en muchos casos, lo será. Pero es importante tener en cuenta la naturaleza y la fuerza de los efectos que el trabajo de INTERPOL tiene sobre los individuos. De hecho, el impacto humano de una Notificación Roja pone de relieve la necesidad de INTERPOL para detectar abusos de sus sistemas, y garantizar que estos efectos surjan sólo en los casos en que estén justificados (sección 4). Arresto y detención 43. La Notificación Roja ha sido descrita como un "cartel buscado con dientes”,38 y de hecho tiene un importante impacto humano. Una Notificación Roja estará disponible para todas las OCNs y otras entidades vinculadas a la red I- 24/7, que podrá cotejar el nombre de la persona y los identificadores contra las bases de datos de INTERPOL. Como se dijo anteriormente, queda a criterio de cada país la forma en que este actúa sobre una Notificación Roja o Difusión, pero, como se ha explicado anteriormente (véanse los párrafos 33 y 41), muchos países fácilmente arrestan personas sobre cualquier base. 44. Muchas personas recién descubrirán que son objeto de una Ilya Katsnelson (Rusia) Notificación Roja o Difusión cuando son arrestados. Esto puede "habiendo pasado dos meses en una prisión extranjera de máxima seguridad, ser una experiencia devastadora, según Ilya Katsnelson, un fui liberado teniendo que enfrentar el ciudadano estadounidense, descubrió cuando él fue detenido a desafío de explicarle a mi, entonces, hijo punta de pistola en Alemania. Él pasó 50 días en prisión antes de 3 años el por qué su padre había de que se le permitiera regresar a Dinamarca. Dichos períodos estado desaparecido durante tanto de detención no son inusuales. Ciertamente, Henk Tepper, un tiempo ". agricultor de papas, canadiense, pasó un año detenido en el Líbano en condiciones espantosas, como resultado Productor de papas encarcelado en el limbo. El MINISTRO DICE QUE EL LIBANO NO HA SOLICITADO CARTA DE de una Notificacion Roja emitida por Argelia en CANADÁ. relación con una supuesta consignación deficiente Un agricultor de papas canadiense encarcelado en Beirut durante nueve meses se mantiene en el limbo diplomático, con el gobierno de papas. Un número de aquellos que Fair Trials ha federal negando reclamaciones de su abogado, que una simple ayudado, han sido detenidos en respuesta a una solicitud por escrito lo traería a casa. Notificación Roja o de Difusión (ver, por ejemplo, Abogados de Nueva Brunswick del granjero Henk Tepper dicen que el ministro de Relaciones Exteriores del Líbano les ha dicho que una carta el caso de Petr Silaev en la Parte III). de Canadá es todo lo que se necesita para lograr la liberación de Ilya Katsnelson (Rusia) Tepper. Pero Canadá dice que el Líbano no ha pedido una carta. Henk Tepper, de 44 años, ha estado tras las rejas sin cargos desde marzo. Está acusado de falsificar documentos sobre un cargamento de papas a Argelia en 2007 y fue arrestado en base a una alerta emitida por Argelia.
______________________________ 37 Informe Anual de Actividades la CCF para el año 2012, punto 62. 38 Ben Howard, Warner Center News, California, 21 de junio 2012
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Restricción a la libertad de movimiento 45. Una persona que sabe que es objeto de una Notificación Roja es probable que se abstenga de viajar por miedo a la detención y el encarcelamiento al pasar los puntos fronterizos internacionales. Incluso dentro del area Schengena, el espacio dentro de la Unión Europea en el que se suprimen los controles fronterizos, un individuo puede dudar en viajar por temor a que el contacto con las autoridades podría llevarlo a un arresto.39 46. Muchas autoridades nacionales a menudo también niegan visas a aquellos, objeto de una Notificación Roja, a veces restringen severamente la libertad de movimiento de la persona en cuestión. Magda Osipova (no es su nombre real), una ciudadana israelí y empresaria exitosa de Rusia, ha pasado varios años sin poder visitar a su hija en los EE.UU. debido a que su visa ha sido rechazada debido a una Notificación Roja, en base a acusaciones de fraude que ella mantiene son el producto de la corrupción local. Como resultado, ella se ha perdido de ver crecer a su nieta.
Magda Osipova (Rusia) "Todo lo que quiero es que mi madre pueda ver crecer a su nieta. Es difícil de explicar a una niña de 4 años de edad, por qué su abuela no puede visitarlos "La hija de Magda.
Asuntos comerciales y de empleo 47. La existencia de una Notificación Roja, con las consiguientes "Cuando me dijeron que estaba restricciones de viaje, también pueden hacer imposible un empleo. En algunos casos, la revocación de visas puede llevar siendo despedida, sólo lloré, fue directamente a la suspensión y eventual pérdida de empleo. horrible ..." Raquel, de 29 años, Por ejemplo, Rachel Baines (no es su nombre real) se convirtió perdió el trabajo de sus sueños como en blanco de una Notificación Roja a petición de un país en el asistente de vuelo después de una Medio Oriente en base a un delito de "cheque rebotado” : ella notificación roja emitida por un dió un cheque en garantía de un préstamo para un vehículo “cheque rebotado” dio lugar a su pequeño, y cuando ella no pudo mantener al día los pagos del pérdida de su visa estadounidense. cheque, fue cobrado y posteriormente rebotado - un delito criminal en algunas jurisdicciones de esa región. Como resultado de la Notificación roja, Rachel perdió su trabajo: trabajando como tripulante de cabina en vuelos transatlánticos, ella necesitaba una Visa de Estados Unidos, y esta fue revocada como consecuencia de la Notificación Roja. Ella fue suspendida del trabajo y, aunque Fair Trials obtuvo la eliminación de su Notificación Roja, esto llegó demasiado tarde ya que ella había sido despedida (seis meses después).
48. Igualmente, las Notificaciones Rojas pueden tener un efecto perjudicial serio sobre las actividades empresariales. Wadih Saghieh, un fabricante de joyas-libanes brasileño (véase más adelante en la Parte II), perdió una serie de clientes importantes como resultado de no poder viajar cuando fue objeto de una alerta de INTERPOL. Otros que se han acercado a nosotros en busca de ayuda han informado que los bancos cerraron sus cuentas inesperadamente cuando se dieron cuenta de una Notificación Roja. ___________________________ 39 Marta, R. “Recurso contra INTERPOL: rol y práctica de los abogados defensores” R., escrito entregado a la Asociación Europea Criminal, Lyon, 2007, párrafo 14.
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Daño a la reputación 49. Las Notificaciones Rojas también pueden tener un efecto serio al desacreditar a la persona en cuestión. Esto es particularmente grave cuando se ponen extractos públicos de Notificaciones Rojas a disposición del sitio web de INTERPOL, ya que estos asociaran el nombre de la persona con criminalidad. La reputación empresarial puede resultar dañada, y esto puede ser igualmente perjudicial para los periodistas como Daniel Lainé, un periodista de investigación francés y ganador del World Press Photo Award, que fue objeto de una Notificación Roja de Camboya, que fue retirada finalmente - para quien la credibilidad es una herramienta vital.
INTERPOL LAINE, DANIEL STATUS LEGAL
Acceso restringido al asilo 50. Una Notificación Roja también puede tener un impacto sobre una solicitud de asilo, siendo visto como un “motivo serio para tenerlo en cuenta” que una persona haya cometido un delito, una causa de exclusión para el asilo en virtud de la Convención de 1951 en relación al Status de los Refugiados. Un juez del Tribunal Federal de Canadá ha prevenido en contra de tratar una Notificación Roja como concluyente para este propósito,40 pero en regiones donde los procesos de asilo están menos desarrollados, el impacto potencial de una Notificación Roja sobre el acceso al asilo puede ser un tema grave.41 Efectos duraderos 51. En teoría existen vías mediante las cuales impugnar una Notificación Roja o Difusión, pero, como se explica en la Parte IV de abajo, estas son actualmente poco realistas en cuanto a su eficacia. Una persona que desee llevarlas a cabo, también debe reunir, de alguna manera, los recursos para contratar abogados expertos, de los cuales hay pocos y cuyos servicios pueden ser prohibitivamente caros. Mientras que Fair Trials ha elaborado una Nota de Asesoramiento proporcionando asesoramiento general sobre cómo impugnar Notificaciones Rojas o Difusiones, 42 esto no puede, en última instancia, proporcionar un sustituto para el asesoramiento jurídico adecuado. Como resultado, la persona puede simplemente tener que soportar los efectos anteriores, y estos pueden persistir durante muchos años si, por ejemplo, no se intenta extraditarlos o si no pueden ser extraditados debido a su status de refugiados. 52. Concluimos que las Notificaciones Rojas, a pesar de su naturaleza como simples alertas electrónicas, logran consecuencias concretas y a menudo tienen impacto humano grave, poniendo a las personas en riesgo de arresto y detención prolongada, lo que restringe la libertad de movimiento y un impacto sobre la vida privada y familiar de la persona en cuestión. __________________________________ 40 Rihan v. Ministro de Ciudadanía e Inmigración [2010] FC 123. 41 Hay especial preocupación por la restricción de acceso al asilo en los Estados de la Organización de Cooperación de Shanghai (China, Rusia, Uzbekistán, Kirguistán y Tayikistán): véase la Federación Internacional de Derechos de l'homme ", Organización de Cooperación de Shanghai: un vehículo para Violaciónes de los Derechos Humanos”. 42 Ver http://www.fairtrials.org/wp-content/uploads/Fair-Trials-International-INTERPOL-Note-ofAdvice.pdf
20 4 - Impacto humano y a los derechos humanos El trabajo de INTERPOL involucra los derechos humanos
Orden de detención [2002] ICJ Rep 52
53. Mientras que INTERPOL no es directamente responsable Un juez belga emitió una Orden de de las detenciones de individuos que son objeto de arresto para un funcionario de otro país, Notificaciones Rojas, revocar o denegar visados, o terminar y circuló a través de Canales de contratos de trabajo, sí publica Notificaciones Rojas INTERPOL como Difusión (No se emitió consciente de que pueden conducir a dichos resultados. ninguna Notificación roja). Según Rutsel Martha, ex Asesor General de INTERPOL, Mientras que él nunca fue arrestado en señala, aceptando que estas consecuencias son atribuibles a ningún país, el tribunal Internacional de INTERPOL: "el hecho es que en la práctica, los sujetos Justicia encontró que la Difusión violó la expuestos a Notificaciones Rojas, sí experimentan inmunidad del funcionario, ya que él consecuencias, porque son detenidos e interrogados en los necesitaba viajar a desempeñar sus puntos de control y son arrestados a menudo 43 funciones y la Difusión, ponerlo en riesgo provisionalmente hasta su extradiccion”. De hecho, la de detención internacionalmente, mayoría de los juicios en caso de una Orden de impidió esto. Detención/Arresto sugiere que la circulación de Información de "personas buscadas", de por sí, implica ciertos efectos jurídicos. 54. INTERPOL, cuyas redes permiten que esto suceda, no puede escapar a la responsabilidad de estas restricciones. De hecho, el Proyecto de Artículos sobre la Responsabilidad de las Organizaciones Internacionales presentado a la Asamblea General de la ONU por la Comisión de Derecho Internacional (ILC) reconoce una forma de responsabilidad indirecta de las organizaciones internacionales de “ayudas o asistencias " a un Estado en la perpetración de un hecho internacionalmente ilícito (una violación de los derechos humanos) .44 En cualquier caso, el daño a la reputación causado por una Notificación Roja, sobre todo cuando un extracto público está disponible, y la retención y la publicación de los datos personales representan interferencias con la vida familiar y privada de una persona por cual INTERPOL es directamente responsable. Justificando el impacto humano de las Notificaciones Rojas 55. Sin embargo, es preciso recordar que la función de INTERPOL es ayudar a cooperar con la policía para combatir el crimen. De hecho, si no se utiliza una Notificación Roja, las víctimas de los delitos y la sociedad de alguna manera cargarán con el impacto. En consecuencia, si las actividades de INTERPOL persiguen adecuadamente su objetivo Constitucional, el impacto humano en aquellos que son objeto de alertas normalmente no constituirá violación de los derechos humanos. Desde luego, las normas de derechos humanos reconocidas internacionalmente, permiten interferencias justificadas, 45 no menos importantes para la prevención del delito. La cooperación policial internacional representa un importante aspecto de esto. Si INTERPOL se mantiene dentro de su mandato, sus actividades y su papel en la restricción de los derechos de una persona serán justificados.
________________________________ 43 Martha, R.S.J. Los fundamentos jurídicos de INTERPOL, p. 118. 44 Proyecto de artículos sobre la responsabilidad de las organizaciones internacionales, Anuario de la Comisión de Derecho Internacional, 2011, vol. II, segunda parte. 45 Véanse los artículos 8, 9, 10, 11 de la Convención Europea de Derechos Humanos; Artículo 51 (1) de la Carta de la UE de Derechos Fundamentales; artículos 12, 18, 19, 20 y 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; artículos 20 y 21 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
21 56. Por el contrario, cuando INTERPOL se sale de su competencia, estas interferencias ya no se justifican. Las graves consecuencias humanas de las actividades de INTERPOL requiere que debe ser diligente en garantizar que el uso de sus sistemas se limite a propósitos legítimos. Es por ello importante examinar cómo INTERPOL entiende su propia función y los límites de sus actividades, en particular, su norma sagrada: la exclusión estricta de la participación en asuntos políticos. El mandato de INTERPOL La norma de la neutralidad 57. El objetivo de INTERPOL, como se define en el artículo 2 de su Estatuto, es promover la más amplia cooperación mutua entre las fuerzas policiales, en la detección y supresión de la “ley de delito ordinario”. Esto significa esencialmente los delitos que no están cubiertos por el artículo 3, que establece que “está estrictamente prohibido por la Organización llevar a cabo cualquier intervención o actividades de carácter político, religioso, racial o militar ". En resumen, las disposiciones definen las competencias de INTERPOL: ayuda a cooperar con las fuerzas policiales, pero no cuando implique asuntos políticos. 58. Sobre el papel, este parece un enfoque perfectamente sensato: INTERPOL debe ser independiente y debe, por lo tanto, mantenerse al margen de los asuntos políticos. Como se explica en la Parte II a continuación, sin embargo, el cumplimiento de INTERPOL de esta disposición es incompleto porque carece de garantías efectivas para prevenir a los países de emplear sus herramientas para perseguir a opositores políticos. El respeto de los derechos humanos 59. En virtud del artículo 2 de su Estatuto, INTERPOL suscribe “al respeto de la Declaración Universal de los Derechos Humanos”. Entendemos que INTERPOL interpreta esto para prevenir la publicación de una Notificación Roja que infrinja las normas acordadas a nivel internacional: si, por ejemplo, se basa en una sentencia de muerte emitida contra un menor, la notificación no será publicada, según ha concluido INTERPOL, que existe una norma internacionalmente acordada basada en la Convención de la ONU sobre los Derechos del Niño de 1989;46 mientras que, si la sentencia de muerte es en contra de una persona adulta, es sabido que algunos Estados extraditarán, para que la Notificación Roja sea publicada.47 60. Existe un área en la que no está claro cómo INTERPOL enfoca su deber: la tortura. La prohibición de la tortura y otros tratos inhumanos o degradantes es una norma de jus cogens, y podría surgir en el trabajo de INTERPOL de varias maneras. En primer lugar, podría surgir cuando la sentencia implica lapidación, que es por hoy ampliamente reconocida como una forma de trato inhumano o degradante.48 Fair Trials entiende que la Secretaría General de INTERPOL le avisará a una OCN que no se publicará una Notificación Roja por un delito sancionado con castigos corporales (por ejemplo, la flagelación) sin garantías de que esto no se llevará a cabo si la persona es extraditada. En segundo lugar, podría surgir cuando un Juez nacional encuentra que una persona está en riesgo de tratos prohibidos si es devuelto al país requirente, por ejemplo en el contexto de los procedimientos de extradición. Según se discutirá en la Parte III siguiente, no queda para nada claro cómo INTERPOL enfoca el tema. Por último, podría surgir cuando el procedimiento contra la persona en cuestión implica el uso de pruebas obtenidas
_____________________________ 46 Chatham House, ‘Policing INTERPOL’ Meeting Summary, p. 9. 47 Ibid. 48 Véase el Informe provisional del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes o penas, Juan Méndez, a la sesión 67 de la Asamblea General de las Naciones Unidas (A / 67/279), p. 6.
22 por tortura. Mientras que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (ECHR) ha declarado, "fundamentalmente, ningún sistema legal basado en la ley puede permitir la admisión de evidencia aunque sean fiables - que hayan sido obtenidas mediante esta práctica bárbara como la tortura”.49 Si una persona pudiera establecer esto, no debería haber duda de los sistemas usados por INTERPOL para garantizar el retorno de una persona condenada sobre esa base. Esta es una de las razones importantes por las que personas afectadas por una Notificación Roja deberían poder presentar pruebas y argumentos en apoyo de eliminar una Notificación Roja y en respuesta que se realice una revisión a fondo (véase la Parte IV). Reglamento sobre el Tratamiento de los Datos 61. El 1 de julio 2012 marcó la entrada en vigencia de un nuevo conjunto de normas, (Reglamento sobre el Tratamiento de datos (“RPD”)) que rige el Tratamiento de datos de INTERPOL. Estas normas fueron redactadas en años anteriores con el asesoramiento de la CCF, como lo exige el Estatuto. Las normas incluyen un número de disposiciones que deberán ser acogidas según su eficacia. Condiciones específicas para Notificaciones Rojas - Artículo 83 RPD, vigente desde el 01 de julio 2012 Notificación Roja excluida por -
Delitos que plantean cuestiones controvertidas en relación al comportamiento o con las normas culturales Delitos relativos a la familia / asuntos privados Delitos procedentes de violaciones de las leyes administrativas o derivados de controversias privadas La Notificación Roja debe cumplir con umbrales mínimos de sentencia
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Delito con cargos sancionables con privación de libertad máxima de al menos dos años. Persona condenada a por lo menos seis meses de prisión Datos mínimos Nombre, identificadores, etc Resumen de hechos “descripción, breve, clara de las actividades delictivas de la persona buscada” “Referencia” para una orden de arresto válida o decisión judicial equivalente
Delitos graves 62. La norma de minimis antes mencionada parece apropiada. El impacto humano y costos operacionales asociados con Notificaciones Rojas deberían, por supuesto, estar reservados para los casos de acusaciones graves. De hecho, la presencia de umbrales mínimos de sentencia en los tratados50 de extradición refleja el deseo común de los Estados para el uso de los mecanismos de cooperación que consumen muchos recursos sólo en los casos que justifican el costo y esfuerzo, y la misma lógica se aplica a la cooperación policial a través de INTERPOL. 63. Sin embargo, un umbral mínimo de sentencia es una herramienta contundente, que no siempre tiene éxito en excluir delitos menores. De hecho, ciertas acusaciones pueden ser en realidad de orden menor a pesar de la máxima teórica por el delito que cumple la condición mínima. _____________________________ 49 Othman (Abu Qatada) v. Reino Unido App. no 8139/09 (sentencia de 17 de enero de 2012), párrafo 264. 50 Véase, por ejemplo, todos los tratados mencionados en la nota 48 infra.
23 64. Casos como el del ciudadano letón Toms Klutsis (no es su verdadero nombre) demuestra esto. Arrestado a la edad de 17 años en Rusia por pasar píldoras de éxtasis que contenían 0,72g de sustancia controlada a un amigo, fue detenido durante tres horas y luego liberado sin que se tomara ninguna otra acción. Seis años más tarde, cuando él ya había cambiado de vida, fue detenido en España y fue detenido por dos semanas con costas al contribuyente, antes que un tribunal español se negara a la extradición ya que el delito era tan antiguo que ya no podría ser enjuiciado. Es dudoso ya que los sistemas de INTERPOL están realmente diseñados para este tipo de caso.
Toms Klutsis (Rusia) "Yo era sólo un niño. Un tonto. Pero todo está en el pasado ahora. Sólo quiero superarlo ". Toms, un ciudadano de Letonia, no pudo de salir de España para visitar a su madre discapacitada y dos hermanos en el Reino Unido, por temor a ser detenido en base a una alerta de INTERPOL.
65. A pesar de estas limitaciones, el umbral mínimo de sentencia asegura, en un nivel básico, seguridad jurídica y coherencia de trato entre los casos. Sin embargo, es importante que INTERPOL aplique el umbral mínimo de sentencia terminantemente. Estábamos preocupados al ver que la Notificación Roja de Rachel Baines se basa en una acusación que conlleva una sentencia máxima de sólo ocho meses, por debajo de la norma de minimis (véase el anexo 2). Entendemos que esto se debió a que INTERPOL consideraba válidas las Notificaciones Rojas emitidas antes de la entrada en vigencia del RPD, independientemente de su incumplimiento de las restricciones establecidas recientemente. La Secretaría General informó a Fair Trials que el RPD “no tiene efecto retroactivo”, pero que "el procedimiento relativo a la renovación de las Notificaciones Rojas emitidas antes de la entrada en vigencia del RPD está bajo revisión”. Fair Trials diría que la nueva norma representa el reconocimiento de que la cooperación de la policía no debe ser utilizada en casos de menor importancia, y confirma implícitamente que las protecciones anteriores fueron insuficientes. No es apropiado preservar una situación insatisfactoria. Propósitos limitados 66. Las normas de INTERPOL también proporcionan una lista exhaustiva de los "propósitos de cooperación de la policía internacional”51 para los cuales se puede utilizar el sistema de notificaciones. Esto incluye la solicitud de la ubicación y detención de una persona con miras a la extradición, y otros objetivos reflejados en los diferentes tipos de notificación. Una vez más, todos estos propósitos parecen razonables y, de ser cumplidas por las OCNs, proporcionarían un grado razonable de garantía de que los sistemas de INTERPOL fueron usados únicamente para legitimar fines relacionados con el propósito constitucional de INTERPOL: la cooperación policial internacional. El problema, según se explica a continuación, es que muchas OCNs utilizan los sistemas de INTERPOL para razones totalmente diferentes, en particular, la persecución de los activistas exiliados y refugiados. 67. En general, llegamos a la conclusión de que las normas de INTERPOL buscan excluir adecuadamente los usos inapropiados de sus sistemas. Buscan restringir el impacto humano asociado a Notificaciones Rojas sólo para los casos que recaen dentro de la competencia de INTERPOL, asegurando que las restricciones de los derechos humanos causadas por INTERPOL sean justificadas y equilibradas. Sin embargo esta conclusión está restringida a las normas mismas, a diferencia de su aplicación en la práctica.
_______________________ 51 artículo 10 (1) RPD.
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II - EL PROBLEMA DE ABUSO 1 - Abusos Políticos 68. Si bien las normas de INTERPOL parecen generalmente en teoría satisfactorias, la experiencia de trabajo de casos de Fair Trials revela que su aplicación en la práctica es una causa de preocupación. El principal problema es la aplicación del artículo 3 del Estatuto de INTERPOL, que establece que: " Está rigurosamente prohibida a la Organización toda actividad o intervención en cuestiones o asuntos de carácter político, militar, religioso o racial." 69. Desafortunadamente, los sistemas de INTERPOL se están utilizando en casos en que las autoridades nacionales han identificado previamente persecución política, y la interpretación y aplicación actual de INTERPOL de sus normas no parecen estar previniendo esto. Se destacan un número de subcategorías. Notificaciones Rojas públicas como un instrumento de relaciones públicas 70. Al igual que el caso de Benny Wenda, donde la Notificación Sueco kurdos (Irán) En 2009, poco Roja parecía ser utilizada como un dispositivo para interferir antes de las elecciones presidenciales con sus actividades políticas, ha habido otros casos en los que en Irán, en medio de una represión los fiscales parecen haber utilizado Notificaciones Rojas como generalizada en la oposición de todos una forma de participar en batallas de relaciones públicas con el los colores, funcionarios de Irán individuo en cuestión. Así, en el año 2009, mientras que los habían publicado 12 Notificaciones activistas dentro de Irán estaban siendo procesados y con Rojas en el sitio web de INTERPOL frecuencia sometidos a juicios televisados, las autoridades contra un grupo de activistas de iraníes solicitaron y obtuvieron Notificaciones Rojas en contra refugiados que habían vivido en de un grupo de 12 activistas exiliados del grupo “Hekmatist”, Suecia durante 20 años. todos los cuales habían vivido en Suecia y Alemania como refugiados por más de 20 años, y que habían seguido influyendo en la política iraní a través de la TV satelital y emisiones de radio de onda corta. La persecución extraterritorial de los refugiados 71. Muchos de los que habíamos ayudado habían huido de la persecución en sus países de origen, y se les había dado asilo en virtud de la Convención de 1951 relacionado con el Status de Refugiados. Las mismas autoridades de quienes habían huido, obtuvieron Notificaciones Rojas colocando a los refugiados en riesgo de detención y, en última instancia, extradición. Así, en el 2012, dos activistas turcos reconocidos como refugiados en Alemania, Basak Sahin Duman y Vicdan Özerdem, fueron detenidos en los puntos fronterizos en Croacia como resultado de Notificaciones Rojas emitidas a petición de Turquía, lo que provocó indignación entre la comunidad turca y kurdos en Europa. Ambos fueron detenidos a la espera de los procedimientos de extradición, con graves efectos en su salud mental y física.
Ex dirigente estudiantil turco encarcelada en Croacia (una información del coordinador principal ICOR), 03 de junio 2012 La Sra Basak Sahin Duman, residente de Alemania, se enfrenta a la deportación a Turquía. En Turquía una pena de prisión a largo plazo le espera, debido a sus actividades políticas como estudiante. En la mañana del 29 de mayo de 2012, Basak Sahin Duman viajó en avión de Alemania a Zagreb, Croacia. Cuando arribó al aeropuerto de Zagreb, fue detenida por la policía. Para su gran sorpresa, la policía croata afirmó que se había emitido una orden de arresto internacional en su contra. Ahora, ella está bajo custodia en espera de ser deportada a Turquía, uno de los regímenes más represivos, con miles de presos políticos, con tortura regular de los presos de acuerdo con las organizaciones internacionales de derechos humanos como Amnistía Internacional, Human Rights Watch, e incluso el Consejo de Europa.
25 72. Fair Trials también ayudó a Ali Caglayan, un ciudadano alemán naturalizado que era un activista estudiantil en Turquía y huyó después que fuera acusado de delitos de orden público siguientes a una Manifestación de May Day. Después de haberles dicho a las autoridades alemanas acerca de estas acusaciones, se le concedió el asilo y siguió con su vida, sólo para ser arrestado después de muchos años en Polonia. Después de haber estado detenido durante dos semanas, durante las cuales el Consulado alemán expresó su preocupación con las autoridades polacas, Ali fue liberado finalmente cuando Turquía indicó que no tenía ningún interés en él. A Ali se le dijo que fue detenido en base a una alerta de INTERPOL. Fair Trials escribió a CCF para confirmar esto y si es que aún permanece una alerta en el sistema.
Ali Caglayan (Turquía) "Sé de unos 250 activistas turcos y kurdos que viven en Europa como refugiados, y muchos tienen problemas con INTERPOL. Esto tiene que parar." Ali, refugiado turco en Alemania, pasó dos semanas detenidos en Polonia a petición de Turquía.
73. Si bien no existen estadísticas que permitan una estimación precisa de la magnitud de este problema, es suficientemente preponderante haber causado la preocupación del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), la agencia que ayuda a los refugiados en todo el mundo. En el 2008 – anterior al máximo uso de Notificación Roja tras la introducción de i-link – al debatir materias que debilitaron la protección internacional, el ACNUR describió una de sus “principales preocupaciones:”
"ACNUR también se enfrenta [con] situaciones en las que los refugiados ... cuando viajan fuera de su país de asilo ... son aprehendidos o detenidos, debido a peticiones motivadas por política, formuladas por sus países de origen, que están abusando del “Sistema de Notificaciones Rojas” de Interpol. Estas personas a menudo se les deja sin acceso debido al procedimiento legal, y podrían estar en riesgo de devolución o encontrarse a sí mismos en “el limbo” si no pueden regresar a su país de asilo "- ACNUR, 2008 52 Casos de motivación política 74. Los casos en que hay buenas razones para creer que la persona que está siendo procesada por sus opiniones políticas son referidas como "casos de motivación política". El problema de los abusos políticos se vuelve más evidente en casos en que, incluso cuando un tribunal de extradición nacional o autoridad de asilo identifica un caso de motivación política, INTERPOL consciente de ello, considera que el mismo caso recae fuera del alcance del artículo 3 de su Estatuto. 75. En efecto, Fair Trials ha ayudado en varios casos en que la extradición de la persona ha sido rechazada en base a que la acusación fue motivada políticamente, aun cuando la alerta de INTERPOL se ha mantenido en su lugar. El caso de Akhmed Zakaev ilustra el punto. El líder
Akhmed Zakaev (Rusia) Un tribunal Inglés negó a Akhmed la extradición en base a que el caso contra él era de motivación política después de haber sido acusado de haber asesinado a un sacerdote, quien resultó estar vivo y el principal testigo de la acusación apareció inesperadamente para revelar que había hecho su declaración bajo tortura. El Reino Unido, entonces rápidamente le concedió asilo. La Notificación Roja permanece en el sitio web de INTERPOL.
_______________________________________ 52 Palabras de Vicente Cochetel, Director Adjunto de la División de Servicios de Protección Internacional, ACNUR, 2008, (disponible en http://www.refworld.org/pdfid/4794c7ff2.pdf).
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de la República chechena de Ichkeria (el gobierno secesionista no reconocido de Chechenia) fue reconocido como refugiado en el Reino Unido después de que la solicitud de extradición de Rusia fuera públicamente negada por razones de motivación política. Sin embargo, la Notificación Roja se mantuvo en su lugar. 76. Estos casos requieren una revisión exhaustiva de los sistemas de INTERPOL para la detección de los abusos políticos. Ellos se relacionan con personas que son objeto de un proceso penal que son motivados políticamente, y que han sido reconocidos de estar en riesgo de persecución por esa razón. El uso de la Notificación Roja contra ellos parece extender la persecución política nacional a la internacional. Sin embargo, la normal sagrada de INTERPOL - su principio de neutralidad - no está funcionando ya que debería evitar que estas personas sean objeto de la cooperación policial internacional. El resultado es que INTERPOL, a pesar de sus mejores intenciones, es llevada a facilitar la persecución de las personas de la comunidad internacional que ha optado por proteger. 77. Concluimos que, en la práctica, las Notificaciones Rojas de INTERPOL están siendo utilizadas como herramientas políticas por las OCNs y están siendo emitidas y mantenidas en base a casos penales que han sido reconocidos por estar motivados políticamente por los tribunales de extradición y las autoridades de asilo. 78. Por supuesto, es cierto que hay algunos casos de alto perfil en los que INTERPOL no ha permitido que sus sistemas sean usados cuando han habido razones de peso para sospechar que la acusación está motivada políticamente. Por ejemplo, en el 2013, INTERPOL destacó que se había negado a permitir que Rusia utilizara sus sistemas para perseguir a William Browder, el activista responsable de la aprobación de la “Ley de Magnitsky” en los EE.UU., que impuso sanciones a funcionarios rusos responsable de la muerte de Sergei Magnitsky. Sin embargo, pocas personas tienen el perfil internacional y los recursos para poder generar el mismo nivel de apoyo político como el Sr. Browder. Del mismo modo, en el 2012, INTERPOL anunció que había eliminado las Difusiones relativas a representantes de Freedom House y otras organizaciones no gubernamentales con sede en Estados Unidos que trabajan en Egipto, sin embargo, de nuevo, cabe señalar que las personas gozaban de un apoyo político significativo dentro de los EE.UU. 79. En primer lugar, estos casos también son preocupantes porque muestran que las OCNs no se abstendrán de emitir alertas de Anastasia Rybachenko (Rusia) INTERPOL en contra de opositores políticos, incumpliendo las "La Estatuto de INTERPOL prohíbe normas de INTERPOL. De hecho, en otro caso reciente, las ayudar a la búsqueda autoridades rusas iniciaron medidas para solicitar una alerta de de oponentes políticos. Veamos si INTERPOL en contra de Anastasia Rybachenko, una respetada las tarifas son mejores en activista de 22 años de edad, acusada de su participación en democracia Europa que en Rusia. "disturbios masivos" en relación con importantes manifestaciones a "Anastasia, 22 años, ganó el favor de la democracia que tuvieron lugar en la Plaza Bolotnaya, apoyo de muchos políticos Moscú, el 6 de mayo de 2012 en respuesta al resultado de elección alemanes y estonios en su Presidencial. Fair Trials escribió a INTERPOL invitándolo a no campaña para prevenir la involucrarse en este caso político. Una vez más, hay que destacar publicación de INTERPOL de una que las Difusiones emitidas relativas a otra persona acusada en notificación roja en su contra. relación con los acontecimientos de la plaza Bolotnaya, Georgia MP Givi Targamadze, fueron aparentemente borradas sólo después de la intervención del entonces Presidente de Georgia, Mkiheil Saakashvili. . Como se esperaba, Anastasia Rybachenko pidió el apoyo de Políticos estonios en su caso, un reflejo de la necesidad percibida del respaldo del peso político con el fin de beneficiarse de la protección de una alerta de INTERPOL.
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2 - Casos de corrupción 80. A través de nuestra experiencia de trabajo de casos, también nos hemos dado cuenta de la utilización de Notificaciones Rojas para otros procedimientos penales, que son en realidad, el resultado de personas bien conectadas usando su influencia para presionar a fiscales y jueces a la emisión de procedimientos penales infundados. Nos referimos a este tipo de casos como "casos de corrupción.” 81. Esto fue afirmado por ser un factor en el caso del Principe Saudi, Abdulaziz bin Mishal Al-Saud, quien, según informes de The Guardian y Financial Times, causó que Fiscales saudíes emitieran una Notificación Roja contra el empresario Faisal Almhairat. También se informó que las autoridades jordanas, al parecer además de la presión del príncipe Abdulaziz, utilizaron canales de INTERPOL para solicitar la extradición de Almhairat o deportación a Jordan.53
Príncipe saudí presiona a Jordán para hacer un arresto, según demanda judicial Un príncipe saudí presiona a Jordania para organizar la detención a través de Interpol de un ex socio de negocios jordano con quien está involucrado en una disputa legal de Londres, de acuerdo con una demanda judicial por ex socio. El príncipe Abdulaziz bin Mishal al-Saud presionó al rey Abdullah de Jordania a solicitar la extradición de Faisal Almhairat del Reino Unido por cargos de fraude que el empresario niega, según demanda judicial. .
82. Otro caso que parece ser de este tipo es el de Wadih Saghieh . Wadih Saghieh (Emiratos Árabes Unidos) (“Woody”) un comerciante libanés que tenía un negocio exitoso Woody, un exitoso comerciante de joyas, vendiendo piedras preciosas y joyas. Una de sus transacciones perdió varios clientes claves de la involucraba entrega de joyas de un valor de USD 150 .000 para competencia. Después que una persona una persona poderosa en los Emiratos Árabes Unidos, quien poderosa de Abu Dhabi provocara que un posteriormente se negó a pagar la suma convenida. Cuando corrupto fiscal iniciara un caso criminal y Woody tomó acciones civiles para recuperar la suma, su solicitara una Notificación Roja, que hermano fue encarcelado de forma inesperada en Abu Dhabi y se imposibilitó a Woody para viajar y también hizo circular una alerta internacional (emitida por la “Oficina de lo llevó a su expulsión de Tailandia, donde Interpol" de la policía judicial de Abu Dhabi) en contra de él vivía. Woody, en relación con una acusación de fraude no especificada. Como resultado, Woody no pudo viajar y, al no poder mantener relaciones con los clientes, él perdió varios clientes claves de la competencia, causando perjuicio significativo para su negocio. También se le ordenó salir de Tailandia, donde vivía con su esposa, después de que su visa fue revocada debido a la Notificación Roja. Posteriormente descubrió que el fiscal involucrado tenía una participación del 50% en la empresa que le debía a él, y presentó una querella criminal contra el fiscal, poco después de que el Fiscal General de Abu Dhabi Fiscal retirara la alerta. 83. El artículo 83 del RPD, en vigencia desde julio de 2012, deja en claro que las Notificaciones Rojas no pueden ser emitidas en delitos que “se derivan de conflictos privados”. Estos casos ponen de relieve la importancia de adherencia a esta norma, y la exigencia de la organización para actuar dentro del respeto de la Declaración Universal de Derechos Humanos como exige el artículo 2 del Estatuto, ya que la presencia de la corrupción judicial necesariamente provoca procedimientos penales injustos y conduce a una infracción de esta disposición. _________________________ 53 Financial Times “príncipe saudí presionó a Jordan para hacer arresto, demanda judicial” del 19 de mayo de 2013; The Guardian “Príncipes saudíes pierden batalla para mantener documentos secretos del tribunal”, 16 de Mayo de 2013 (disponible enhttp://www.theguardian.com/world/2013/may/16/saudiprinces-court-documents-secret).
28 84. Siendo realistas, no será posible que INTERPOL pueda detectar este tipo de abusos al revisar una petición de Notificación de la Red o una Difusión: puede haber poca o ninguna información de dominio público, lo que hace imposible que INTERPOL pueda identificar cuando surge un problema de corrupción. Sin embargo, los casos de corrupción enfatizan la necesidad de que el individuo pueda presentar información relevante ante una autoridad imparcial y explicar su caso en un procedimiento justo y transparente.(Véase la Parte IV a continuación en la CCF). 85. Concluimos que los sistemas de INTERPOL también se están utilizando en los casos penales que surgen como resultado de la corrupción fiscal y judicial, a veces derivados de controversias privadas con individuos poderosos. No se espera necesariamente que INTERPOL pueda detectar dichos abusos ab initio, pero los afectados necesitan la oportunidad de presentar su denuncia ante una autoridad independiente. 3 – Abuso Sui generis: Incumplimiento de solicitar la extradición 86. En muchos casos que tratamos, las personas han quedado sujetas a Notificaciones Rojas durante períodos prolongados, sufriendo perjuicio significativo, pero su extradición nunca fue solicitada. Esto puede ser un tema en virtud del RPD, que establece que el propósito de una Notificación Roja es para solicitar la ubicación de una persona “con miras a su extradición”. Se requiere que las OCNs puedan proporcionar garantías de que solicitarán la extradición sobre la detención de la persona (en virtud del artículo 84 (b) del RPD). 87. Sin embargo, un arresto podría simplemente no suceder. Esto puede ser porque no hay acuerdo de extradición entre los países interesados, significando que podría no ocurrir un procedimiento de extradición. Igualmente, si hay un arresto, el país emisor podría no solicitar la extradición de la persona, asumiendo que esto sería un incumplimiento por la falta de un acuerdo bilateral, la política del país solicitante de no extraditar a sus propios ciudadanos, o una falta de reciprocidad. En ambos escenarios, la Notificación Roja sigue siendo, técnicamente, utilizada para los fines previstos; simplemente no es posible hacer efectivo dicho propósito en el caso particular. 88. Sin embargo, cuando un país está en condiciones de solicitar la extradición de una persona, y no hay impedimento legal claro, tal como la ausencia de un acuerdo de extradición, el hecho de no solicitar la extradición de la persona se convierte en una violación de las normas de INTERPOL. De hecho, en este punto, la Secretaría General puede concluir razonablemente que la OCN requirente se contenta con causar los efectos coercitivos de una Notificación Roja sobre la persona y no está en realidad usando la notificación "con miras a su extradición". El uso de la Notificación Roja, con otros fines distintos a los previstos, representa un abuso, ya que las normas de INTERPOL permiten el uso de sus sistemas sólo con fines limitados. 89. Por ejemplo, las autoridades canadienses solicitaron y obtuvieron una Notificación Roja contra Lorraine Davies, una ciudadana británica que había sido objeto de una alerta de INTERPOL durante más de 20 años, lo que resultó en que se le niegue empleo en el Reino Unido, donde ella vive, y tiene que depender de la seguridad social a costa del contribuyente. Las autoridades canadienses le dijeron a Lorena que tendría que pagar sus propios pasajes para ir a Canadá para hacer frente a los cargos, negándose a solicitar su extradición.
Buscada Por Interpol por 20 años mientras vivía a minutos del cuartel de policía. Una madre pasó 20 años en la lista de los más buscados por INTERPOL - mientras vivía a menos de dos millas de la sede de la policía.
.
29 90. Esta forma de abuso es particularmente grave ya que puede dar lugar a detenciones inútiles, haciendo innecesario el impacto y perdida de costos para el país que realiza la detención. Esto se ilustra con el caso de Ali Caglayan, abordado anteriormente. Tras su detención en Polonia, las autoridades turcas indicaron a las autoridades polacas que no tenían ningún interés en él, lo que significa que fue innecesariamente detenido durante dos semanas. Fair Trials ha escrito a la CCF señalando que, si el arresto fue el resultado de una alerta de INTERPOL, esto constituiría un abuso ya que queda claro que Turquía no tenía intención de solicitar su extradición. 91. El hecho de no solicitar la extradición también puede proporcionar una prueba más de motivación política, sobre todo cuando la OCN ha optado por un extracto público de la Notificación Roja para ser puesto a disposición en el sitio web de INTERPOL. Por ejemplo, en los casos de Benny Wenda y los kurdos suecos, ni Indonesia ni Irán hicieron ningún esfuerzo para solicitar la extradición, y el uso de notificaciones públicas sugieren que el objetivo real era, de hecho, perjudicar la imagen de los opositores políticos. 92. El artículo 81 (d) del RPD establece que, cuando una OCN obtiene datos que le permitan llevar a cabo la acción solicitada, pero no ha tomado medidas en este sentido y, al ser consultada, no proporciona motivos razonables para esta falta de acceso, la Secretaría General deberá eliminar una notificación. Fair Trials comprende que la Secretaría General interpreta esta norma como la exigencia de eliminación de una Notificación Roja cuando el país está en condiciones de solicitar la extradición y no lo hace, y no consigue justificar esto. 93. Concluimos que, en algunos casos, los países están fallando en solicitar la extradición, siendo esto posible. Esto representa un mal uso de una Notificación Roja y vulnera las normas de INTERPOL, y podría proporcionar evidencia de abuso político. INTERPOL reconoce esto como un abuso.
30 III - DETECCIÓN Y PREVENCIÓN DE ABUSO 94. Los abusos anteriores se deben a que la policía, los fiscales y los jueces a nivel nacional permiten o destinan el mal uso de las herramientas de aplicación de la ley penal en ciertos casos, ya sea por motivos políticos o influencia indebida. El problema para INTERPOL es que estos abusos se extienden después al ámbito internacional cuando se obtienen las Notificaciones Rojas en base a procedimientos penales así iniciados. La siguiente sección identifica las razones por qué, como están las cosas, los Sistemas de INTERPOL son presa fácil de tales abusos. 95. Hay cinco razones principales: (1) la interpretación de INTERPOL del artículo 3, aunque ante la necesidad de aclaración, parece no estar en sintonía con la extradición internacional y la ley de asilo; (2) los mecanismos de revisión práctico de la Secretaría General no son lo suficientemente rigurosos; (3) el uso del Borrador de Notificaciones Rojas a través de i-link crea riesgos para aquellos señalados por abusos incluso cuando INTERPOL en última instancia, se niegue a publicar una Notificación Roja; (4) La información sale a la luz después de la publicación de la Notificación Roja, en particular, otorgamientos de asilo y rechazos de extradición, no se le está dando la importancia suficiente; y (5), mientras haya un sistema de sanciones por el abuso en las normas, no está claro cuán efectivo es. 96. Hacer frente a estos problemas es fundamental para la fiabilidad de alertas de INTERPOL. En su discurso ante la Asamblea General de INTERPOL en el 2013, el Presidente de la CCF, Billy Hawkes, declaró que "si han de concederse Notificaciones Rojas al status mejorado que la organización aspira, es esencial que las OCNs puedan asegurarse que cada Notificación haya sido objeto de rigurosos controles de calidad antes de la emisión. Nuestras inspecciones en el 2012, sugirieron que se requiere una mejora adicional en esta area”.54 1 - Comprensión de INTERPOL del artículo 3 La comprensión de INTERPOL del artículo 3 Resumen del tema 97. Fair Trials se ha esforzado en analizar el marco legal para establecer exactamente cómo INTERPOL interpreta y aplica el artículo 3 de su Estatuto. La conclusión general es que - principalmente porque no hay un organismo de decisiones congruentes que interpreten la disposición - simplemente no está claro. Sin embargo, a partir de la información disponible, Fair Trials cree que INTERPOL está aplicando un enfoque a la evaluación de motivación política que no tiene equivalente en otras partes de la ley internacional. Fair Trials considera que este enfoque es defectuoso, ya que permite la retención de información de los ficheros de INTERPOL, incluso cuando una autoridad nacional ha determinado legítimamente, en el contexto de un procedimiento de asilo o extradición, que los procedimientos que forman la base para la Notificación Roja o Difusión están políticamente motivados. Antecedentes: motivos de rechazo político en la ley de extradición 98. Con el fin de poner las normas de INTERPOL en contexto, es necesario revisar brevemente los dos principales conceptos de la ley de extradición relativos a casos políticos: _______________________________ 54 Discurso del Sr. Billy Hawkes en la Asamblea General N°82 en Cartagena, Colombia, octubre 21-24 2013 (Disponible en http://www.interpol.int/en/About-INTERPOL/Structure-and-go
31 a. El "delito político": 55 Este concepto se refleja en, por ejemplo, el artículo 3 (1) del Convenio Europeo sobre Extradición de 1957, y el artículo 3 (a) del Modelo de Naciones Unidas Tratado de Extradición. Cubre delitos políticos "puros" como la traición o espionaje que son políticos por su naturaleza. También cubre los delitos políticos “relativos” - delitos contra la ley penal ordinaria que se consideran políticos en razón de su contexto y el motivo por el que fueron cometidos. El enfoque de la autoridad es la “Prueba de predominio” establecida por Swiss Bundesgericht (Tribunal Federal). De acuerdo a este análisis, un delito podría adquirir carácter político si se comete en el contexto de una lucha por el poder, y si el daño privado hecho es proporcional al interés político en juego.56 El Francés Conseil d'État plantea un enfoque similar, por ejemplo, al permitir la extradición a España de una persona acusada de participación en los asesinatos de grupos armados organizados, señalando el hecho que los actos fueron presuntamente cometidos en el contexto de la lucha por la independencia del País Vasco, a la luz de la gravedad del delito, podría no significar que debieran ser considerados como politicos.57 Los tribunales en Estados Unidos, Canadá y el Reino Unido desarrollaron un enfoque diferente pero análogo basado en el concepto de "incidencia", negándose a considerar delitos de atentados que matan a civiles como políticos, incluso si se cometen en el contexto de luchas políticas, puesto que tal daño no puede ser visto como “Incidental” para la lucha (“para la política son sobre el gobierno”). 58 Estos son análisis sustanciales de presuntos hechos – no así el motivo de la autoridad del procesamiento. Sin embargo, el concepto de “delito político”, ha perdido valor con el tiempo, ya que el concepto de que el daño privado podrá justificarse por fines políticos ha perdido validez. Incluso en 1996, la prueba fue descrita por la Cámara de los Lores británica como "Caduca”.59 b. "cláusula de discriminación": 60 Este concepto se refleja en, por ejemplo, el artículo 3 (2) del Convenio Europeo sobre Extradición de 1957 (el "ECE") y en el artículo 3 (b) Tratado Modelo de Extradición de las Naciones sobre Extradición (el “UNMTE”), que proporciona la denegación de la extradición cuando existan “motivos fundados para creer que la solicitud de extradición por un delito ordinario se hace con el fin de enjuiciar o castigar a la persona a causa de su raza, religión, nacionalidad u opinión política, o que la posición de la persona pueda ser perjudicada por esta razón”. Siguiendo este enfoque, Swiss Bundesgericht negó una solicitud de extradición de Zaire basado en la malversación de fondos, cargos incoados contra una figura política por el Presidente de Zaire, acusación que había estado acompañada de declaraciones de prensa de oficiales agresivos que llamaron al acusado traidor.61 Esto implica un análisis probatorio del motivo de la acusación - no la naturaleza de la acusación y lo grave que es. El tribunal de extradición está esencialmente llamado a establecer si la acusación podría estar políticamente motivada. Dichos resultados a menudo se expresan como una constatación de que la condición de la persona estaría perjudicada por ___________________________ 55 Para un análisis a fondo, véase Kapferer, S. La interfaz entre la extradición y la Ley de Asilo, ACNUR, PPLA/2003/05, noviembre de 2003 (disponible en http://www.acnur.org/3fe84fad4.html) párrafos 72 a 87. 56 ATF 90 I 298, Sentencia de 07 de octubre 1964 Watin v. Oficina del Fiscal Federal (Bundesgericht Suiza).; ATF 87 I 134, Sentencia de 17 de mayo 1961 Ktir v. Oficina del Fiscal Federal (Bundesgericht, Suiza). 57 Resolución de 25 de septiembre 1984 Galdeano (Conseil d'État, Francia). 58 Véase Gil v Canadá (Ministro de Trabajo e Inmigración) [1995] 1 FC 508 y las autoridades estadounidenses citadas. 59 T. v Oficial de Inmigración [1996] AC 472, en 753, C. La excepción del delito político no ha existido en las leyes Inglesas que implementen los tratados de extradición desde la aprobación de la Ley de Extradición 2003. 60 Para un análisis a fondo, ver Kapferer, op. cit., párrafos 88-101. 61 ATF 99 la 547, Sentencia del 11 de julio 1973 Losembe v. Oficina del Fiscal Federal (Bundesgericht, Suiza).
32 motivos políticos si fuera extraditada. Esto es análogo a que una autoridad de asilo considere que una persona está en riesgo de persecución en base a un riesgo de persecución políticamente motivado. En efecto, la cláusula de no discriminación se superpone con la definición de un refugiado en la Convención de 1951, y se cree que pretende reflejarlo.62 Cabe señalar que dichas consideraciones a menudo serán hechas cuando las personas dicen que ellas no han hecho nada incorrecto y que están siendo procesadas por cargos falsos a causa de quienes son. Claramente, la consideración en su favor puede apoyar esto. Sin embargo, el único criterio jurídico que se aplica es si hay buenas razones para creer que la persona está siendo procesada por razones políticas. Este enfoque está en lo cierto en derecho internacional y ha sido aplicado por ambos tribunales de extradición y autoridades de asilo en los casos de Akhmed Zakaev, Dmitrij Radkovich y Petr Silaev (véase el anexo 3). Sin embargo, en todos estos casos, las alertas de INTERPOL permanecieron en su lugar a pesar de las consideraciones nacionales. Como se explica a continuación, esto parece ser, al menos en parte porque INTERPOL está aplicando un poco enfoque jurídico ortodoxo. El enfoque de INTERPOL 99. El Estatuto de INTERPOL, como se mencionó anteriormente, establece que queda terminantemente prohibido para la organización llevar a cabo cualquier intervención o actividades de carácter político. Esta disposición es interpretada de acuerdo con una resolución de la Asamblea General63, que prohíbe el uso de Sistemas de INTERPOL para delitos de “carácter predominantemente político ... “. El Repositorio de práctica de INTERPOL sobre el artículo 364 (el "Repositorio de Prácticas”) afirma que esta resolución “aplicó la prueba de predominio bajo la ley65 internacional de extradición”. Por lo tanto, el punto de partida parece ser que INTERPOL aprobó la prueba en el artículo 3 (a) de la UNMTE y el artículo 3 (1) de la ECE, interpretado en consonancia con la "prueba de predominio" discutido anteriormente. De hecho, el Repositorio de Práctica incluye un número de ejemplos de análisis sustanciales de patrones de hechos suministrados por la OCN: por ejemplo, algunos activistas asaltaron a otros activistas y destruyeron una cabina de votación para impedir una campaña electoral; este daño privado se considera desproporcionado y por lo tanto el delito es considerado principalmente de naturaleza penal.66 100. En el 2008, INTERPOL también adoptó posteriormente una norma67 ahora reflejada en el artículo 34 (3) del RPD, que especifica las materias que deben tenerse en cuenta para determinar si se aplica el artículo 3. Estas incluyen la naturaleza del delito (los cargos y hechos subyacentes), el status de la persona en cuestión, la identidad de la fuente de información, y el "contexto general del caso". Esta disposición al parecer permitir una amplia y suficiente investigación de hechos para que INTERPOL aplique una prueba de motivación política directa del tipo descrito en el párrafo b. anteriormente. Sólo que no parece ser el enfoque actual de INTERPOL. __________________________ 62 Goodwin-Gill, G. El Refugiado en Derecho Internacional, segundo Ed, Oxford: 1996, p. 148. 63 AGN / 20 / RES / 11. 64 INTERPOL Repositorio de Prácticas: Aplicación del artículo 3 del Estatuto de INTERPOL en el contexto del tratamiento de información a través de los canales de INTERPOL (en adelante “Repositorio de Prácticas”). 65 Repositorio de prácticas, en la página 5. 66 Repositorio de prácticas, en la página 17, ejemplo de caso 1. 67 Norma 40 (a) de las normas de aplicación para el Reglamento sobre el Tratamiento de Información para los fines de Cooperación Policial Internacional (AGN / 2007 / RES / 9). Estas normas fueron reemplazadas por el RPD desde 1 de julio de 2012.
33 101. Al revisar un borrador de este Informe, la Secretaría General ha declarado que aunque una prueba de motivación política "no se menciona explícitamente en las normas, se evalúa regularmente como parte de una revisión del artículo 3 en aplicación de factores tales como "el contexto general del caso". Si bien esto podría inicialmente ser considerado alentador, la CCF explicó que – "El hecho de que pudiera haber un elemento de motivación política detrás de un cargo de conducta criminal, en sí, no invalidará una solicitud de extradición; es algo a tener en cuenta en la prueba de "predominio" general llevada a cabo por la Secretaría General y la CCF"- Comisión de Control de Ficheros de INTERPOL, 2013. 102. La última afirmación de la CCF indica cierta confusión ya que sugiere que INTERPOL está aplicando un enfoque híbrido mediante el cual se aplica una “prueba de predominio", pero donde la "motivación política” es uno de los elementos ponderados. La dificultad con el enfoque de INTERPOL 103. Hay varias dificultades con este enfoque. En primer lugar, no tiene equivalente en derecho internacional, y lo por tanto, no hay un organismo de jurisprudencia autorizada para orientar su aplicación. Cada prueba de la ley de extradición tiene decisiones judiciales autorizadas asociadas a la misma, sobre todo de los tribunales68 Suizos, Estados Unidos e Ingleses, aún si se combinan las dos pruebas, según la CCF sugiere que lo están, la eficacia de estas decisiones desaparecen. En segundo lugar, sea cual sea el enfoque actual, es muy confuso para ser entendido con certeza por cualquier persona externa a INTERPOL. Las declaraciones anteriores de la CCF y la Secretaría General son totalmente nuevas y no hay otras fuentes públicas que indican cómo INTERPOL considera la motivación política. De hecho, el Repositorio de prácticas se refiere explícitamente al Artículo 3 (a) de la UNMTE (delito político), pero curiosamente no menciona el artículo 3 (b) de ese documento (prueba de motivación política). Los recursos públicos de la CCF hablan de su equilibrio de los “aspectos ordinarios de ley” del caso contra los “aspectos políticos”, pero no existe un organismo que haya publicado decisiones de lo cual se pueda inferir el significado de estas expresiones. 104. Además, el enfoque aparente "híbrido" de INTERPOL es problemático desde el punto de vista de la ley internacional. Se requiere por su Estatuto que INTERPOL actúe “Dentro del respeto de la Declaración Universal de los Derechos Humanos”, artículo 14 el cual protege el derecho a solicitar y disfrutar asilo. Además, hay estudios autorizados que indican que las organizaciones internacionales están obligadas por el derecho69 internacional consuetudinario, y la protección consagrada de la Convención de 1951 es vista cada vez más como un derecho internacional consuetudinario.70 Desde cualquiera de los puntos de vista, es claro que INTERPOL debe considerarse obligado a garantizar coherencia con el derecho internacional de proteger a las personas de la persecución. 105. Por último, y lo más fundamental, el enfoque actual de INTERPOL parece significar – según explícitamente reconocido por la CCF en su sugerencia que la presencia de motivación política no invalida la solicitud - que una alerta puede permanecer en su lugar, incluso cuando un tribunal nacional ha encontrado ________________________________________________ 68 Véase más arriba y la otra jurisprudencia cubiertos en Kapferer, op. cit., párrafos 72-101. 69 De Schutter, O. “Derechos Humanos y el surgimiento de organizaciones internacionales: la lógica de las escalas móviles en el derecho de la responsabilidad internacional”, documento de trabajo, la gobernabilidad democrática y la teoría de la acción colectiva, 2008. 70 Véase Messineo, F. “obligación de no devolución en Derecho Internacional Público: Hacia un nuevo status de Protección”, Compañía de Investigación de Politica y Teoría de Migracion, Ashgate 2011.
34 la acusación de estar políticamente motivada, como en los casos de Akhmed Zakaev, Dmitrij Radkovich y Petr Silaev. Esto es insatisfactorio. Según Sybille Kapferer, un experto en materia de extradición y ley de asilo, escribe en un documento de ACNUR: "Las situaciones en las que una solicitud de detención y la posterior entrega de un refugiado es rechazada por uno o más Estados, pero donde la "Notificación Roja" de INTERPOL permanece en vigencia son particularmente preocupantes. En tales casos, las personas en cuestión siguen en riesgo de devolución cada vez que viajan a otro país”.71 106. La deficiencia es la más importante, ya que, en los tiempos modernos, es una práctica común utilizar un proceso penal por cargos inventados de delitos graves como el vehículo para persecución política. Según Margaret Sekaggya señaló a la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2012: "Los defensores de los derechos humanos han sido detenidos, arrestados, enjuiciados, condenados, sentenciados y acosados por los gobiernos bajo la apariencia de la aplicación de la legislación antiterrorista y otra legislación relativa a la seguridad nacional. En los últimos años, los defensores que ejercen sus derechos a la libertad de expresión, la libertad de asociación y de ... libertad de reunión pacífica han estado en riesgo especial "- Relator Especial de la ONU sobre Defensores de Derechos Humanos.72 107. Los tribunales nacionales y autoridades de todo el mundo están conscientes de este desafío y, a pesar del legado de la excepción "delito político", conceden asilo, o rechazan la extradición de aquellos acusados de delitos en la certeza de que los cargos son políticamente motivados. No hay una buena razón para que INTERPOL no siga su ejemplo. En efecto, dado que el artículo 3 pretende explícitamente, según el Repositorio de Prácticas explica, "reflejar la ley de extradición" y "proteger a los individuos de la persecución", 73 se deduce que INTERPOL debe seguir el enfoque del artículo 3 (b) de la UNMTE y el artículo 3 (2) de la ECE. 108. Puede haber razones pragmáticas las cuales no son recomendables para INTERPOL: ya que en esencia cuestiona la legitimidad de un proceso judicial, una prueba de motivación política implica un juicio de valor sobre el estado que enjuicia y sus prácticas, e INTERPOL se basa en la confianza de sus miembros. Sin embargo, otras organizaciones internacionales fundadas en valores comunes, tales como la Unión Europea, el Consejo de Europa o la Organización de Estados Americanos, todos tienen organismos independientes que pesquisan a los Estados miembros cuando infringen esos valores. La Secretaría General podrá también sentir que no siempre posee las pruebas necesarias para hacer la evaluación requerida; sin embargo, si el veredicto ya ha sido dictado por un tribunal de extradición nacional o autoridad de asilo, y toma conocimiento de esto, su trabajo debería ser fácil. La CCF, por su parte, puede ser informada de los veredictos nacionales y podrá examinar las pruebas presentadas por la persona en cuestión. Mientras que la CCF ha declarado en repetidas ocasiones que "no es un tribunal de extradición", en términos del Artículo 3, Fair Trials considera que hasta el momento no ha señalado alguna razón verdadera legal o institucional de por qué la CCF debería enfocar las acusaciones de motivación política diferentes a las de un tribunal de extradición. 109. Concluimos que la interpretación de INTERPOL y la aplicación del Artículo 3, no está claro. Recomendamos a INTERPOL proporcionar información detallada sobre cómo evalúa la motivación política y la importancia que le atribuye a las denegaciones de extradición y concesiones de asilo. _____________________________ 71 nota de Kapferer, párrafo 311. 72 Sekaggya, M., Relator Especial de la ONU sobre Defensores de Derechos Humanos, Informe de la Asamblea General de 2012, A / 67/292, párrafo 14. 73 Repositorio de Prácticas, p. 6.
35 110. Concluimos que, en base a la información disponible, al parecer INTERPOL está aplicando una prueba en virtud del artículo 3, que no está en sintonía con el asilo internacional y la ley de extradición. Recomendamos a INTERPOL adoptar la prueba del artículo 3 (b) de la UNMTE según sea aplicada por los tribunales de extradición. Como primer paso, INTERPOL podría encargar y publicar un estudio de expertos analizando la extradición internacional pertinente y el derecho de asilo y de sus propias obligaciones. 2 – Revisión Ex ante por la Secretaría General Observaciones generales 111. La protección primaria contra los abusos políticos de INTERPOL es la Secretaría General, la cual es responsable de publicar formalmente Notificaciones Rojas y mantenerlas bajo revisión después de su publicación. INTERPOL ha afirmado74 que revisa cada Notificación Roja (8.136 en el 2011) y cada Difusión (20.130 en total en el año 2011, aunque no se sabe qué proporción de éstas solicitaron medidas coercitivas). En respuesta a una declaración de Fair Trials sobre que no estaba claro qué abarcaban estas revisiones,75 INTERPOL respondió afirmando que "la revisión incluye una evaluación de la información proporcionada por el país solicitante del formulario de la Notificación, además de información adicional relevante de los antecedentes del caso”.76 112. Estábamos interesados en saber más acerca de los tipos de materiales que se consideran antecedentes pertinentes, así como más información general sobre los recursos humanos dedicados a esta labor, la capacitación del personal y la orientación proporcionada a aquellos que revisan las solicitudes de Notificaciones Rojas y Difusiones. En Septiembre de 2012 hicimos a la Secretaría General una serie de preguntas en este sentido, pero la Secretaría General citó razones operacionales para no proporcionar ninguna respuesta. 113. Desde entonces se ha informado que INTERPOL mantiene una "lista de vigilancia", actualizada de una base regular, y de vez en cuando ésta volvería al país en cuestión para obtener más información acerca de una solicitud de Notificación Roja.77 A Fair Trials también se le ha proporcionado más información con respecto al “Proceso de Aseguramiento de la Calidad”, que involucra revisiones humanas de solicitudes de Notificación Roja por personal especialmente entrenado, aspectos específicos los cuales se discuten con más detalle en el contexto de abajo. Sin embargo, queda algo en la incógnita y nos lleva a creer que se necesita más claridad. Secretaría General – Claves Incógnitas: Recursos humanos: . el número de personal responsable de revisar las solicitudes de Notificación Roja y Difusiones . si se emplean expertos nacionales o regionales para asesorar los casos individuales Normas y orientación: . contenido de la orientación interna y manuales sobre la aplicación del Estatuto . los criterios sobre la base que se establece y es mantenida la “lista de vigilancia"
___________________________ 74 “El Poder de la Notificación Roja de INTERPOL: Comentarios de INTERPOL, International Enforcement Law Reporter, Vol 28 (10), octubre de 2012. 75 “El Poder de la Notificación Roja de INTERPOL, Internacional Enforcement Law Reporter, Vol 28 (9), septiembre 2012. 76 “El Poder de la Notificacion Roja de INTERPOL: Comentarios de INTERPOL ", op. cit. 77 Chatham House, "Policing INTERPOL: resumen del Encuentro", p. 7.
36 114. Un Asesor Senior de INTERPOL ha escrito académicamente sobre cómo la Secretaría General se enfoca en su tarea. Por ejemplo, en relación al criterio “contexto general del caso” , se estableció que esto podría conducir a INTERPOL a rechazar una solicitud de Notificación Roja cuando resultara ser similar a otros casos en que se hubiera concluido que eran “intentos de persecución ... bajo una apariencia de “delitos ordinario” 78. La pregunta crucial, en nuestra opinión, es precisamente cómo la Secretaría General detecta un intento de "persecución encubierta", como la de casos de motivación política. Como se indica más arriba, el enfoque de INTERPOL para la motivación política no parece corresponder a establecer un punto de vista, por lo que este problema no está claro. 115. Concluimos que no hay suficiente información disponible para entender cómo INTERPOL enfoca la tarea de revisar las solicitudes de Notificaciones Rojas y Difusiones después de que hayan sido publicadas. Recomendamos que INTERPOL otorgue públicamente más información sobre esto, dentro de límites razonables. Aspectos específicos de la revisión de la Secretaría General La investigación de antecedentes 116. En la medida en que INTERPOL investigue los antecedentes de casos individuales antes de su publicación - en particular, el perfil de la persona en cuestión, y situación legal del país que solicita la Notificación Roja - es, a nuestro juicio, importante. Hay dos razones principales para ello. 117. En primer lugar, la aplicación de la "prueba de predominio" es, o debería ser, sensible al contexto: en el enfoque de Swiss Bundesgericht, considerado anteriormente, ningún delito puede ser considerado “Proporcionado” en un Estado democrático, ya que la acción penal se presume innecesaria para efectos de lograr el cambio.79 En cambio, cuando la represión estatal es intensa, cometer el mismo delito podría considerarse proporcionado. 118. En segundo lugar, en el supuesto que el artículo 3 incluyera una prueba de motivación política, los informes sobre derechos humanos producidos por organizaciones independientes y organismos internacionales de vigilancia llegarán a ser cruciales. Por ejemplo, dichos informes documentarán el uso de los delitos de derecho común amplio y vagamente definido, con el fin de criminalizar la disidencia política. Además, el material de dominio público es importante para establecer el “status de la persona”, lo cual INTERPOL debe tener en cuenta. El hecho de que una persona sea, por ejemplo, el ex presidente de un país puede ser de conocimiento común pero, en algunos casos, la investigación básica puede revelar no sólo el perfil político de la persona, sino también detalles importantes respecto al antagonismo histórico con su país, el hecho de que se les haya concedido el asilo, y así sucesivamente. 119. Fair Trials entiende desde la Secretaría General que, como parte de su “Proceso de Aseguramiento de la Calidad”, tomará en cuenta los informes de derechos humanos si estos son pertinentes, afirmando que "cuando los informes emitidos por un Relator Especial de la ONU abordan el caso concreto objeto de revisión, fueron determinantes en la decisión de denegar la publicación. En otros casos, y donde los informes fueron más general, sus conclusiones fueron tomadas en cuenta como parte de la revisión general”. INTERPOL __________________________________________ 78 Gottlieb, Y. “Artículo 3 del Estatuto de INTERPOL: el equilibrio de la cooperación policial internacional con la prohibición de participar en actividades política, militar, religioso o racial, 23 Florida Journal of International Law, p. 135. 79 Véase Kapferer, op. cit., párrafo 79.
37 también controla los medios de comunicación para asegurarse de que estén familiarizados con la información pertinente, presumiblemente a través de su Centro de Mando y Coordinación, que funciona durante todo el día. 120. Estos son alentadoras declaraciones, aunque también Patricia Poleo (Venezuela) "Es como pareciera que algunos casos han caído en manos de los salir de prisión después años de mecanismos existentes. Por ejemplo, Patrica Poleo, una cautiverio". Patricia, una galardonada periodista, había sido llevada ante los galardonada periodista que vivía tribunales militares y amenazada por sus reportajes sobre como refugiada en los Estados la participación del gobierno con los rebeldes colombianos, Unidos, reacciona a la noticia que incitando al tribunal Interamericano de Derechos Humanos INTERPOL había eliminado alertas para emitir las decisiones públicas ordenando medidas contra ella y su marido, Nixon cautelares para salvaguardar su seguridad. Su perfil como Moreno, dirigidas por Venezuela periodista radical estaba bien establecido en el momento bajo el gobierno de Hugo Chávez que la Notificación Roja fue emitida. Medios de prensa nacional también habían informado el colapso de una acusación penal anterior que implicaba a Patricia y a otros opositores. 121. Desde luego, no se espera que la Secretaría General sepa ciertos hechos sobre el caso, ni está en condiciones de oír al interesado antes de la publicación de la Notificación Roja. Pero puede identificar este tipo de material ya que está disponible en el dominio público. Teniendo en cuenta que la Secretaría General es la principal protección contra el abuso, debería ser proactiva en la gestión de este tipo de controles a fin de garantizar que realiza algo más que simplemente “dar el visto bueno”a la solicitud. 122. Concluimos que la investigación proactiva de antecedentes en materia de derechos humanos en el país requirente y las circunstancias del caso son esenciales para la detección de casos de motivación política. Nosotros recomendamos a INTERPOL más divulgación acerca del alcance de su gestión. Escrutinio de las órdenes de detención 123. El RPD requiere que haya una "referencia" en una solicitud de Notificación Roja para una orden de detención o decisión equivalente, es decir, una simple declaración de que existe alguna con detalles básicos (fecha, el nombre del tribunal, etc). Fair Trials cree que sería más prudente solicitar a la OCN proporcionar la orden de detención actual. 124. Por un lado, la obligación de aportar la prueba de acusaciones podría evitar la información inexacta, con potencialmente peores efectos para el individuo, de ser registrados en los sistemas de INTERPOL. Por ejemplo, en el año 2013, los medios de comunicación australianos dieron alarma después que Sayed Abdellatif, que había reclamado asilo y estaba viviendo en un centro de recepción de asilo de familia, se encontró que era objeto de una Notificación Roja declarando que había sido condenado en Egipto de asesinato y crímenes violentos. Sin embargo, tras mayor investigación de sus abogados, se descubrió que esas condenas nunca habían existido, e INTERPOL actualizó la Notificación Roja para reflejar esto, dejando en su lugar otras acusaciones por pertenecer a una organización ilegal. 125. Al analizar el texto de una acusación penal también puede ayudar a identificar los problemas de cumplimiento del Artículo 3. Según el actual ministro de Justicia de la República Federal de Alemania declaró en un Informe del 2009 al Consejo de la Asamblea Parlamentaria de Europa:
38 "Las acusaciones poco claras, ya sea en términos de clasificación jurídica del delito que se le imputa a una persona o en términos de los actos u otros hechos que una persona presuntamente cometió ... son indicios típicos de motivaciones por el lado de la acusación que van más allá de la aplicación neutral de la justicia penal "- Sabine Leuthesser- Scharrenberger, 200980 126. Dichos defectos serían de gran importancia para la evaluación de la Secretaría General de si fueran contrario al artículo 3 del Estatuto de INTERPOL para publicar la información en base a que la solicitud se refiere a un caso de motivación política. Sin embargo, también es cierto que la información en las órdenes de detención podría simplemente reproducir el resumen de hechos proporcionados en la solicitud de INTERPOL. 127. No obstante, en su informe81 anual de actividades del 2011, la CCF señaló sus dificultades en la obtención de copias de las órdenes de detención al procesar las denuncias82 de los individuos, planteando que consideraba esto valioso para su análisis. Por supuesto, se debe reconocer que pueden ser dificultades prácticas en proporcionar órdenes de detención, y puede haber casos en los que la urgencia no les permite ser elaborados inmediatamente. También surgirían problemas en cuanto a costos de traducir órdenes de detención. Sin embargo, parece recomendable para la Secretaría General solicitar las órdenes de detención en general, y al menos insistir en información fáctica detallada en la solicitud o Notificación Roja o Difusión. 128. Concluimos que el suministro de órdenes de arresto puede ayudar a detectar los casos de abuso. Le recomendamos a INTERPOL pedir a las OCNs que suministren órdenes de arresto, ya sea en el momento de solicitar un notificación o inmediatamente después, si el asunto es urgente. INTERPOL también debería insistir en completar las circunstancias de hechos que se proporcionan en las solicitudes de Notificaciones Rojas y difusiones. 129. El caso de Petr Silaev reúne todas estas circunstancias. Petr es un joven activista y escritor que participó en una manifestación en contra del desarrollo de una polémica autopista a través del bosque Khimki en Moscú. Después de que Petr escapó de la represión policial, la policía de Moscú emitió una Difusión (véase el Anexo 2B) solicitando su arresto por un delito de "vandalismo", omitiendo especificar en la vaga y breve descripción de los hechos cómo Petr presuntamente había cometido alguna acción delictiva. 130. Fair Trials no tiene conocimiento cómo INTERPOL enfoca los delitos de "vandalismo" o si estos aparecen en su "lista de vigilancia". En respuesta a nuestras preguntas en este sentido, INTERPOL explicó que verifica delitos basados en vandalismo contra los artículos 2 y 3 del Estatuto, aunque sin proporcionar detalles específicos o ejemplos. En el caso de Petr, no sabemos si INTERPOL solicitó más información a la OCN de Rusia al revisar la Difusión, el grado en que se tuvo en cuenta los informes de derechos humanos disponibles señalando las preocupaciones sobre el movimiento por el bosque Khimki y los procesamientos relacionados, o si se consultó a expertos con conocimiento del caso. En cualquier caso, Petr fue reconocido como refugiado por Finlandia (después que se emitió la Difusión), pero fue arrestado posteriormente en España, donde fue detenido, ante un tribunal español que negó su extradición, determinando que había motivos claros para creer que la acusación contra él fue motivada políticamente. A pesar de ello, una vez en conocimiento tanto de las decisiones finlandesas y españolas, _____________________________ 80 Consejo de la Asamblea Parlamentaria de Europa, denuncias de abusos por motivos políticos del sistema de justicia penal en el Consejo de los Estados miembros de Europa, Doc 1193, agosto de 2009, p. 37. 81 Informe anual de actividades de la CCF para el 2011, (disponible en: http://www.interpol.int/content/download/19070/169143/version/1/file/ccf2011.pdf). 82 párrafos 71 a 74.
39 la CCF consideró que la alerta podría ser retenida en los sistemas de INTERPOL. Específicamente qué es lo que se aplicó en la prueba para llegar a este resultado, no está claro, porque no se dió ninguna razón.(Para una descripción completa del proceso en el caso de Petr, véase el párrafo 222 de la Parte IV abajo). Petr Silaev (Rusia) Asunto: Conocido activista civil, escritor y músico de Moscú Cargo: “vandalismo” - el delito por el que fue juzgado Pussy Riot Detalles: Ayudó a convocar a un grupo de 150 personas para apoyar a los Defensores de los bosques Khimki. El grupo interrumpió el orden público disparando pelotas de goma y lanzando piedras en el edificio de ayuntamiento, causando alrededor de € 9.000 en daños. Asilo: Concedido en Abril 2012 por Finlandia (informado en la televisión rusa). La toma de decisión tuvo en cuenta, entre otras cosas, el material siguiente, que estaba a disposición de INTERPOL: . Información de la Procuraduría de los Derechos Humanos de Rusia . Informe de Amnistía Internacional sobre el enjuiciamiento de otros activistas forestales de Khimki . Informes contemporáneos de la protesta, información del país de origen Extradición negada en febrero de 2013 por España, en base a que la solicitud fue políticamente motivada. Señaló: . La acusación parecía estar dirigida por la policía sin supervisión judicial . Omisión de las autoridades rusas para proporcionar cualquier acusación justificada . La decisión de asilo de Finlandia y los antecedentes considerados en ello. INTERPOL : se negó a quitar la Difusión de los ficheros de INTERPOL - no hay razones dadas
3 – Materias relacionadas con i-link Información general sobre el tema
i-link "A través de I-link, las OCNs pueden ahora emitir directamente Notificaciones Rojas en lugar de solicitarlas a través de la Secretaría General ". Informe Anual de INTERPOL, 2009
131. La utilidad de la revisión aparentemente limitada de la Secretaría General, se ha visto disminuida por la introducción del sistema de “i-link” en 2009. Este coloca a las OCNs a cargo de la emisión de notificaciones en forma temporal, con la Secretaría General revisándolas y formalmente publicándolas después. Según explica el sitio web de INTERPOL: "En cuestión de segundos, los países miembros pueden redactar y enviar una alerta solicitando la detención de un criminal buscado, con la información registrada al instante ... e inmediatamente accesible a la policía de todo el mundo "- INTERPOL, 201383 132. Por tanto, i-link permite a las OCNs registrar directamente información de personas buscadas en la base de datos de INTERPOL. Esto estará entonces de inmediato a disposición de otras OCNs.84 Como se señaló anteriormente, este "Borrador de Notificación Roja” es revisado por la Secretaría General y, mientras esté en curso, llevará la ______________________________ 83 http://www.interpol.int/INTERPOL-expertise/Data-exchange/I-link (consultado el 06 de noviembre 2011). 84 Artículo 76 (3) RPD.
40 indicación “la solicitud está siendo procesada”. Está claro que este sistema, según se concibió inicialmente, plantea riesgos. El desarrollo se basa esencialmente en una reasignación de responsabilidades, con las OCNs convirtiéndose en los primeros guardianes del cumplimiento de las normas de INTERPOL. 133. Esta “inversión de roles”85 en la publicación de Notificaciones Rojas se refleja además en las disposiciones de RPD del artículo 3 del Estatuto. Las antiguas normas más de Notificaciones Rojas emitidas requerían que la Secretaría General considerara ciertos en el 2009, el año que i-link se puso criterios al evaluar la aplicación del artículo 3: el "status de en marcha, que en el 2008. la persona en cuestión", el "contexto general del caso” y otros factores.83 En virtud de las normas revisadas, aplicables desde 2012, los mismos criterios siguen siendo pertinentes - sólo que ahora se enmarcan según los factores relevantes sobre los cuales la Secretaría General establece un repositorio de prácticas,87 a pesar de que éstas se aplican por igual a INTERPOL. Esta delegación de responsabilidades a las OCNs plantea materias no menos importantes, porque la apertura del sistema lo hizo más popular, con un aumento del 60% al año siguiente de su introducción.
60%
134. Teniendo en cuenta que muchos de los países cuyas autoridades utilizan Notificaciones Rojas la mayoría también sufre de graves problemas de corrupción y son conocidos por abusos políticos de la justicia, esta dependencia de conocimiento de las OCNs implicaba riesgo significativo. Por ejemplo, en el 2010, un estudio encargado por el Consortium of Investigative Journalists88 examinó el número de Notificaciones Rojas públicas emitidas por cada país. En primer lugar estuvo Estados Unidos (710), con Rusia (456) y Bielorrusia (411) en cuarto y quinto lugar respectively.89 En el mismo año, el Índice de Percepción de la Corrupción y Transparencia Internacional colocaron a Rusia 154, y a Bielorrusia en el lugar 127 en un estudio aplicado a 178 países. Al mismo tiempo, el Consejo de Europa expresó su preocupación por los abusos políticos de la justicia en Rusia,90 y el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas nombró un Relator Especial para vigilar la situación en Bielorrusia91 en respuesta a las preocupaciones constantes sobre los presos políticos, desapariciones forzosas, tortura y discriminación planteada por muchos organismos de la ONU en años92 anteriores. Quizás fue poco realista esperar que los países se abstuvieran de abusar de las herramientas de INTERPOL cuando no es observado el estado de derecho a nivel nacional. La innovación i-link iba en contra de esta realidad. 135. A modo de ejemplo, la Federación de Rusia aplica sus responsabilidades delegadas por un conjunto de instrucciones para los agentes judiciales acordadas por diversos organismos, entre ellos el Servicio Seguridad Federal (FSB), antigua KGB, que simplemente reitera que “No se realiza la búsqueda internacional de personas __________________________ 85 La expresión es la del informe del Centro de Investigación de la Información, Derecho y Sociedad, Notre Dame de la Universidad la Paix, Namur: Protección de Datos en ICPO-INTERPOL: Evaluación, Problemas y Perspectivas, 29 de Abril de 2011, se enumeran a continuación en la Parte IV. 86 Artículo 40 de las normas de desarrollo para el Reglamento sobre el Tratamiento de Información para propósitos de Cooperación Policial Internacional (AG / 2007 / RES / 9 modificado por AG / 2008 / RES / 14). 87 Artículo 34 (3) RPD. 88 Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación, “bandera roja de INTERPOL”, disponible en www.icij.org. 89 Ver El Proyecto Ujima, Notificaciones Rojas de INTERPOL al 10 de diciembre de 2010 (la referencia es para Notificaciones Rojas públicas), disponible en http://ujima.tumblr.com/post/6373804693/interpolred-notices-as-of-dec-10-2010. 90 Consejo de la Asamblea Parlamentaria de Europa, Denuncias de abusos por motivos políticos del Sistema de justicia penal en el Consejo de los Estados miembros de Europa, Doc 1193, agosto de 2009. 91 Resolución 20/12 del Consejo de Derechos Humanos. 92 Una lista completa de todos los informes de Órganos de Tratados relativos a la situación de los derechos humanos en Bielorrusia está disponible en http://ap.ohchr.org/documents/dpage_e.aspx?c=18&su=29.
41 acusadas de haber cometido delitos de carácter político, militar, religioso o racial.”93 Como se señaló anteriormente, esto no ha detenido a Rusia abusar de los sistemas de INTERPOL. 136. Por supuesto, INTERPOL procesa la información y, al confiar en que las OCNs respetan el Estatuto, asume la responsabilidad en las ocasiones en las que no lo hacen. De hecho, los datos existen en las propias bases de datos de INTERPOL, y la acción es tomada por otras OCNs porque los datos llevan el visto bueno implícito de INTERPOL. 137. Sin embargo, Fair Trials reconoce que i-link tiene la ventaja de canalizar más información a través del sistema de Notificación Roja, posiblemente desviando el tráfico fuera de las Difusiones que igualmente parece llevar la aprobación de INTERPOL pero no pueden ser revisadas antes de la emisión formal. Adicionalmente, en algunas circunstancias una OCN puede tener que actuar con rapidez - por ejemplo, si una persona está a punto de abordar un avión para huir de una jurisdicción - y un borrador de Notificación Roja podría mostrar la intención de una OCN de perseguir a la persona.
138. Además, se debería tener en cuenta que la CCF, que asesora a la Secretaría General ha recomendado controles mejorados para contrarrestar los riesgos asociados con el sistema (ver más adelante en la Parte IV). Como resultado, Fair Trials entiende que el borrador de Notificaciones Rojas son revisadas rápidamente: la CCF nos dijo que las revisiones humanas ocurren dentro de 24 horas. Esto reduce al mínimo la posibilidad de que una persona objeto de una solicitud de Notificación Roja abusiva, sea arrestada en base a un borrador de Notificación Roja. Sin embargo, otros problemas que surgen del sistema i-link parecen mantenerse al día. El problema de "pérdida de control" 139. El uso de Borradores de Notificaciones Rojas todavía significa que la información es visible para las demás OCNs. Durante este lapso, por breve que sea, se puede acceder a la información y crear una copia local en la base de datos de policía nacional. Por lo tanto, incluso si la solicitud de Notificación Roja es finalmente rechazada por la Secretaria General, este registro local puede seguir existiendo. Aunque es posible que INTERPOL emita un mensaje a otras OCNs para informarles de su decisión de negarse a publicar una notificación, INTERPOL no posee el poder para obligarlos a modificar sus registros. 140. Los riesgos que esto conlleva son ilustrados en el caso de Ales Michalevic, uno de los políticos que estaba en contra del Ales Michalevic (Bielorrusia) Ales fue Presidente Lukashenko en las elecciones de diciembre de 2010 detenido en Polonia y los Estados en Bielorrusia. Fue uno de varios líderes de la oposición Unidos, a pesar que INTERPOL encarcelado por las principales manifestaciones en contra del rechazó una petición de Notificación fraude electoral, pero pudo salir de Bielorrusia y fue Roja. Fair Trials ha pedido al CCF inmediatamente reconocido como refugiado por la Republica explicar lo que pasó con la Checa. Sin embargo, poco después, según los informes, en abril información sobre Ales que fue de 2011, Bielorrusia pidió una Notificación Roja. INTERPOL enviada a INTERPOL. Un año después, negó esto (de acuerdo a las fuentes públicas, en julio de 2011). aún se espera la respuesta. No obstante ello, en Diciembre de 2011, Ales fue detenido en el aeropuerto de Varsovia, aparentemente porque su nombre apareció en bases de datos locales junto con los datos de personas buscadas procedente de INTERPOL.93 ____________________________ 93 Orden que aprueba las instrucciones para la Organización de Cooperación de Seguridad de la Información a través de INTERPOL. (Disponible en: http://www.businesspravo.ru/Docum/DocumShow_DocumID_118103.html).
42 Así pues, al parecer Bielorrusia había podido utilizar los sistemas de INTERPOL para crear una desgracia permanente en la vida Ales, a pesar que INTERPOL reconoce que aplicó el artículo 3 y eliminó el Borrador de Notificaciones Rojas de sus propias bases de datos. 141. El arresto de Ales de Michalevic en Varsovia fue también una vergüenza para Polonia: el Ministerio de Relaciones Exteriores le compró a Ales un nuevo boleto de avión, y el ministro del Interior Jacek Cichocki pidió públicamente reformas a INTERPOL. Del mismo modo, las autoridades italianas expresaron recientemente sus disculpas a Rafael Poleo, periodista y padre de Patricia Poleo, después de que lo arrestaron a él en un hotel y lo mantuvieron durante toda la noche en una celda de la policía en base a una Notificación Roja que ellos no se habían dado cuenta que había sido eliminado. Este tipo de incidentes debería evitarse mediante la prevención de Información cargada a través de i-link en casos de abusos y que estuviera disponible para otras OCNs. 142. Un estudio de 2011 por la Universidad de Namur,94 encargado por la CCF (el "Informe CRIDS '), expresó preocupación por los riesgos inherentes al hacer que la información esté disponible para su descarga por otras OCNs sin ningún tipo de mecanismo de INTERPOL para retener la propiedad de la información. Según señaló el informe CRIDS, este problema es especialmente grave debido al riesgo vinculado a la información de personas buscadas. 143. Evidentemente, solicitar a las autoridades nacionales eliminar la información de sus bases de datos policiales no será una tarea fácil, sobre todo para alguien que no puede pagar los servicios legales. Por lo tanto, existe una necesidad de minimizar el acceso de otras OCNs a Borradores de Notificaciones Rojas según se define en el presente informe. 144. Concluimos que el sistema i-link al permitir a las OCNs emitir Borradores de Notificaciones Rojas, asumió en forma poco realista que todas las OCNs respetarían las normas de INTERPOL. Dicho esto, las revisiones humanas en 24 horas minimizan el riesgo de arresto en base a los Borradores abusivos de Notificaciones Rojas. Sin embargo, sigue existiendo un riesgo de acceso y copia de los Borradores de Notificaciones Rojas de las OCNs, que puede crear un peligro permanente para la persona en cuestión, incluso si INTERPOL finalmente niega la solicitud de Notificación Roja. Un modelo alternativo 145. Fair Trials entiende de la Secretaría General que, en principio, un borrador de Notificación Roja estará a disposición de otros países en la forma estándar, con la indicación “la solicitud está siendo procesada”, a menos que la Secretaría General agregue una advertencia al Fichero indicando que está bajo revisión legal o con acceso bloqueado a la información mientras que la revisión se lleva a cabo. Esto supone que sería necesario, para que la información esté disponible de inmediato en todos los casos. Mientras que, por supuesto, podría haber casos en que una persona está a punto de cruzar una frontera y se necesite claridad provisional, pareciera difícil de imaginar que suceda excepto en una minoría de casos. 146. Por lo tanto, Fair Trials cree que tendría sentido para las OCNs cargar la información como un Borrador de Notificación Roja, pero para que dicha información en principio, no esté automáticamente visible a otras OCNs. Si la urgencia de la situación lo justifica, la OCN debería poder poner la notificación visible inmediatamente en casos individuales, siempre que proporcionen una declaración de las circunstancias de los hechos que requiere acción95 urgente. La Secretaría General y CCF entonces podrían ___________________________ 94 Centro de Información Recherche, Droit et Société, Notre Dame de la Paix Universidad, Namur: Protección de datos en ICPO-INTERPOL: Evaluación, Problemas y Perspectivas 29 de abril de 2011. 95 Esto podría ser descrito en términos simples como una opción “anulación de emergencia”.
43 evaluar si esta función estaba siendo utilizado adecuadamente (si se utiliza en todos los casos, esto sería mostrar una falta de respeto al criterio de urgencia). Dicho sistema aseguraría que menos Borradores de Notificaciones Rojas estuvieran disponibles a través de i-link, dejando a menos personas objeto de solicitudes abusivas, enfrentadas a la dura batalla de conseguir que sus datos sean eliminados de las bases de datos de la policía nacional. 147. Recomendamos que INTERPOL cambie el proceso estándar del sistema i-link para que el Borrador de Notificaciones Rojas no sea, por defecto, visible para otras OCNs mientras esté bajo revisión de la Secretaría General. En casos de urgencia, la OCN debería poder presionar el botón de “anulación”, proporcionando una explicación de las circunstancias que justifiquen esto. Sería necesario que la Secretaría General y la CCF evaluaran cuidadosamente si este poder fue utilizado adecuadamente. 4 - Revisión contínua 148. El artículo 3 impone una prohibición “estricta” a INTERPOL, emprender cualquier actividad o intervención en casos de carácter político. Se desprende de la naturaleza general de esta prohibición que INTERPOL está obligado a vigilar el cumplimiento de sus normas, no sólo en el momento de la aprobación de una notificación o Difusión, sino que de forma contínua a partir de entonces. Esto es significativo ya que la Secretaría General podrá tomar conocimiento de la información que pueda revelar una violación de las normas de INTERPOL, en particular una concesión de asilo o denegación de extradición. Denegaciones de extradición y concesiones de asilo 149. El RPD solicita que las OCNs informen a la Secretaría General cuando una persona objeto de una notificación es encontrada, por lo que la Secretaría General está en condiciones de saber sobre el resultado de cualquier procedimiento de extradición. La Secretaría General también podrá averiguar que a una persona se le ha concedido asilo. Esto no sucederá de forma sistemática, ya que los Estados están obligados a respetar la confidencialidad de una solicitud de asilo, pero sin embargo, la Secretaría General podrá tomar conocimiento de una concesión de asilo cuando, por ejemplo, las autoridades nacionales informen directamente que a una persona se le ha concedido asilo, o la persona puede informar a la Secretaría General. La práctica actual: uso de “Adenda” 150. A partir del material disponible, al parecer la respuesta habitual a una negativa de extradición o concesión de asilo es agregar una “adenda” al Fichero, que refleja el hecho.96 Se entiende que, al menos en parte, de la interpretación restrictiva del artículo 3 discutido anteriormente: el Repositorio de Prácticas se refiere a la resolución de 1984 de la Asamblea General que reitera la "prueba de predominio" y establece que “las negativas de uno o más países para actuar sobre una solicitud ... no significa que la petición llega de forma automática en virtud del artículo 3; más bien, será reportado a otras OCNs en un adendum”.97 La lógica es que otras autoridades podrán tomar en cuenta esta información si encuentran a una persona objeto de una Notificación Roja.98 El enfoque también es congruente con el concepto de "soberanía nacional" de INTERPOL, ya que significa que puede reflejar decisiones de ambos países en sus Ficheross, tratando a cada uno como válido. También evita a INTERPOL tener que decidir si la Notificación Roja está o no sujeta al artículo 3, reconociendo en cambio, que puede tener "dudas" en cuanto al cumplimiento de las normas de INTERPOL y atribuir a las OCNs la carga de la toma de decisión. _____________________ 96 Informe Anual de Actividades de la Comisión de Control de los Ficheros de INTERPOL, 2011, párrafo 79. 97 AGN / 53 / RES / 7; Repositorio de Prácticas sobre el artículo 3, p. 5. 98 Martha, R., op. cit; CCF Informe Anual de Actividades 2010 y 2011.
44 151. La Secretaría General ha expresado reservas sobre el uso de adendas. La CCF explica en su informe de 2010 que “la Secretaría General expresó su preocupación de primera línea nacional (Sobre todo en los puntos fronterizos) de estar "contaminada" por la información que probablemente sea una fuente de confusión y que dificulta la cooperación99 policial internacional.” 152. Sin embargo, al parecer la opinión de las CCFs es que esa adenda debiese ser utilizada para reflejar el status de refugiado político o las negaciones100 de extradición. Esto no es un enfoque satisfactorio. De hecho, la persona podría todavía ser arrestada, y posiblemente detenida durante varios días, antes de que se le dé al asunto alguna consideración importante por parte de las autoridades competentes. Ya sea que este daño esté justificado, o se trate de un uso persecutorio, prohibido por el artículo 3. INTERPOL debería decidir de una manera u otra si tiene la información disponible para esto. Los profesionales con los que hablamos expresaron la opinión de que una adenda es al menos "mejor que nada”, y se debería incluir cuando no sea posible concluir que se ha infringido el artículo 3. Este puede ser el caso (aunque, en ausencia de datos en cuanto a cómo las políticas de detención de los países difieren cuando un fichero está marcado por una adenda, Fair Trials se reserva el juicio sobre ese punto). Sin embargo, es importante que, según explicó101 la CCF, las adendas no debieran ser vistas como una alternativa para borrar la notificación. Esto es particularmente el caso de ciertas concesiones de asilo y denegaciones de extradición que establecen que el proceso penal específico, que subyace a la Notificación Roja está políticamente motivado. Denegaciones de extradición y concesiones de asilo, lo cual significa que debiese aplicarse el artículo 3 153. Si un tribunal niega la extradición en base a que el procedimiento está políticamente motivado, si estos son los mismos procedimientos que dan lugar a la Notificación Roja, esto debería gatillar la prohibición establecida en el artículo 3. Del mismo modo, si el asilo se concede a pesar de una acusación penal pendiente conocida, si esa acusación es la misma que subyace a la Notificación Roja, esto también debería establecer la Notificación Roja por ser contraria al artículo 3. Esto se debe a que la Convención de 1951, en el artículo 1F, excluye de asilo a aquellos en los cuales hay "motivos fundados para considerar” que han cometido un “delito grave no político” (artículo 1F (b)), u otra actividad criminal grave (artículo 1F (a) y (c)). Si se concede el asilo, esto significa que la acusación es de naturaleza política, o que ha sido considerada como una incidencia de persecución, no persecución legítima. El Artículo 3 requiere que INTERPOL “proteja a los individuos de la persecución”, por lo que dicha concesión de asilo debería conducir a la eliminación de la Notificación Roja. 154. La aplicación de una norma clara en este sentido, tendría la ventaja de garantizar un proceso simple y sencillo por el cual los refugiados podrían obtener el retiro de la Notificación Roja. También evitaría posibles problemas de confidencialidad: según ha señalado el ACNUR, los riesgos significativos adjuntos a los procesos mediante los cuales la información relativa a las concesiones de asilo, está a disposición del país de origen.102 Exigir a un refugiado demostrar motivación política a INTERPOL les obliga a revelar información sensible, incompatible con el criterio de precaución propuesto por ACNUR. Si INTERPOL se consideraba obligado por el asilo y las decisiones de extradición de sus países miembros, la necesidad de intercambio de información se reduce al mínimo. __________________________ 99 CCF Informe Anual de Actividades de 2011. 100 CCF informes anuales de actividad de 2010 y 2011. 101 Informe Anual de Actividades de CCF para el año 2010, párrafo 84. 102 Véase, por ejemplo, la opinión consultiva de la Representación de ACNUR en Japón, de 31 de marzo de 2005 sobre las normas de confidencialidad respecto a la información de asilo (disponible en http://www.refworld.org/pdfid/42b9190e4.pdf).
45 155. Por supuesto, existen casos en que se concede el asilo de manera diplomática y se usa la etiqueta "asilo político”, pero en realidad esto no es una aplicación fiel de la Convención de 1951. Igualmente, las personas pueden obtener protección bajo formas constitucionales nacionales de asilo que son separadas de la Convención de 1951. Un estado que pide una Notificación Roja legítimamente podría pedir a INTERPOL tener en cuenta esto. Igualmente, la extradición podrá denegarse simplemente porque no existe tratado, y / o porque la persona buscada es ciudadano del Estado requerido y no puede ser entregado. En principio, esas denegaciones no tienen relación alguna con la aplicación del artículo 3. Sin embargo, si no hay duda de que la concesión de asilo es una aplicación fiel de la Convención de 1951 o que la negativa de extradición se basa en un "delito político" o "cláusula de discriminación” de un tratado de extradición, esto debería conducir a la eliminación de la Notificación Roja ya que establece motivos razonables para creer que el procedimiento penal está políticamente motivado. 156. Igualmente, el país que concede asilo puede haber sido advertido de ciertas acusaciones, y haber otorgado asilo en base a que éstas eran un pretexto para la persecución, mientras la Notificación Roja se preocupa de las acusaciones separadas. Sin embargo, es poco probable que otros procedimientos contra la misma persona no serían perjudicados, a la luz de los resultados de otros, sobre todo teniendo en cuenta que la prueba existe si hay "motivos razonables” para creer esto. 157. En el proceso de determinar qué medidas tomar al enterarse de una concesión, está claro que puede ser útil para INTERPOL colaborar con el país de asilo, no sólo para fines de verificar la autenticidad del status de refugiado, si necesita confirmación, sino también en cuanto al contenido de esa decisión. De hecho, algunos países pueden estar dispuestos a explicar con más detalle el fundamento para la decisión y hacer comentarios sobre la validez de la Notificación Roja. Sin embargo, con el fin de garantizar que el tratamiento de los casos no dependa de la política de cada país - muchos países pueden ser reacios, por razones diplomáticas, para "defender" sus concesiones de asilo de esta manera - es más conveniente para INTERPOL aplicar una norma clara aplicable de igual manera en todos los casos. Las mismas consideraciones se aplicarían a los procedimientos ante la CCF, que también debería estar obligado por una norma clara que le permita tratar cada caso de manera indiscriminada. 158. Recomendamos la adopción de una norma clara que demande la eliminación de una Notificación Roja o Difusión, cuando (a) una solicitud de extradición basada en los procedimientos que dan lugar a la Notificación Roja/Difusión haya sido rechazada por razones de motivación política o (b) el asilo haya sido concedido en virtud de la Convención de 1951 en base a aquellos procedimientos penales que dieron lugar a la Notificación Roja / Difusión. 159. 254. Recomendamos que, cuando la denegación de extradición o concesión de asilo se haga en base a las denuncias penales que no son las mismas que aquellas que originaron la Notificación Roja, esto debería dar lugar a una fuerte presunción a favor de la eliminación de la Notificación Roja. 160. En cualquier caso, la OCN en cuestión, debería tener la oportunidad de presentar información para la consideración de INTERPOL con el fin de mantener la Notificación Roja. Sin embargo, la responsabilidad debería recaer en la OCN para justificar por qué ninguna de las normas anteriores debería aplicarse.
46 La negativa de extradición y concesiones de protección internacional involucrarían el artículo 2 del Estatuto. 161. Como se mencionó en la introducción de este Informe, no está claro qué importancia atribuye INTERPOL a la decisión de que una persona no pueda ser llevada a un Estado debido al riesgo de tratos inhumanos o degradantes a los que se enfrentaría al retornar. Una vez más, la Secretaria General podrá tomar conocimiento de ese riesgo a través de una concesión de asilo o la denegación de extradición. Para ejemplo, los tribunales en el Reino Unido y Francia han negado recientemente las extradiciones a Rusia en base al riesgo de tratos inhumanos o degradantes en detención preventiva103. Igualmente, las autoridades nacionales pueden conceder protección internacional en virtud de otras normas internacionales. Por ejemplo, en los EE.UU., a personas que se les negó asilo en virtud de la Convención de 1951 todavía podrían calificar para protección en virtud de la Convención contra la Tortura, 104 en el Consejo de países de Europa, la eliminación podría estar prohibida en virtud del artículo 3 del ECHR,105 y dentro de la UE ellos podrían calificar para la “protección subsidiaria”.106 Igualmente, una concesión de asilo en virtud de la Convención de 1951 podría establecer que dichos riesgos existen, ya que el reconocimiento que una persona se enfrenta a un riesgo de "persecución" significa que se enfrentan a graves daños, que a menudo equivalen a un trato inhumano o degradante (por ejemplo, la violencia física). 162. Como se ha indicado anteriormente (párrafo 59), INTERPOL se considera obligado a respetar las normas de derechos humanos compartidas universalmente, que incluyen la prohibición de la devolución. Por lo tanto, puede servir de argumento que la concesión de cualquier forma de asilo de reconocimiento internacional, o la denegación de extradición por motivos de derechos humanos, significa que una Notificación Roja no puede ser publicada, o mantenida. Esta es un área donde la comprensión de INTERPOL del artículo 2 del Estatuto no es del todo clara. De hecho, el respetado abogado francés William Bourdon, ex Secretario General de la Federación Internacional des droits de l'homme, enfatizó esto en una carta al diario The Telegraph, señalando que Francia le había concedido protección subsidiaria a uno de sus clientes, pero que “INTERPOL continúa ayudando [a Rusia) a perseguirlo ... todas nuestras apelaciones a INTERPOL han fallado”.107INTERPOL podría abordar provechosamente este problema proporcionando ejemplos de la forma en que enfoca este tema en la actualidad, como lo ha hecho en relación con el artículo 3 con su Repositorio de Prácticas. Esto también ayudaría a la comunidad jurídica a entender cómo INTERPOL enfoca la tarea de identificar una "norma internacional" por la cual se considera obligado en virtud del Artículo 2 de su Estatuto. 163. Concluimos que no está claro cómo INTERPOL entiende el significado de una concesión de protección internacional o una denegación de extradición por motivos de derechos humanos para la validez de una Notificación Roja o Difusión. Recomendamos a INTERPOL publicar un Repositorio de Prácticas sobre la interpretación y aplicación del artículo 2 de su Estatuto.
______________________________ 103 Véase la Decisión del Juez de Distrito Superior Howard Riddle del 21 de marzo 2013 señalando que los tribunales del Reino Unido no extraditarían a Rusia pruebas ausentes de una mejora significativa en las condiciones carcelarias. 104 La base de este Tratado es el artículo 3 (1) de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Tratos o Penas Degradantes. 105 Entre muchos otros, ver Ahmed v. Austria App. sin 25964/94 (sentencia de 17 de diciembre de 1996). 106 En el momento de escribir, el fundamento jurídico de esto es el Consejo Directivo 2004/83 / CE. 107 The Telegraph, cartas, 30 de mayo 2013, el papel de INTERPOL en la búsqueda de los disidentes políticos, (disponible en http://www.telegraph.co.uk/comment/letters/10087494/Interpols-role-intracking-down-politicaldissidents.html).
47 Informarse sobre las concesiones de asilo y denegaciones de extradición 164. Casos como el de Dmitrij Radkovich (no es su nombre real) ponen en relieve la necesidad de sistemas efectivos de supervisión y reglas claras que requieren la eliminación de alertas en casos específicos. INTERPOL se enteró del status de refugiado de Dmitrij y estaba en condiciones de preguntar a las autoridades italianas en cuanto a los resultados tras su primer arresto. Por lo tanto, estaba en condiciones de saber que el tribunal italiano había ordenado su libertad porque él había sido anteriormente reconocido como refugiado en necesidad de protección debido a los procedimientos penales específicos que ahora forman la base para la alerta de INTERPOL. No se sabe qué acción tomó INTERPOL en su momento. En cualquier caso, fue insuficiente para evitar la posterior detención de Dmitrij en Bulgaria, produciendo angustia en Dmitrij y su familia y gastos innecesarios para el tribunal de Bulgaria, que, como era previsible, llegó a la conclusión de que él no podía ser extraditado. La aplicación de una simple norma habría llevado a la eliminación de la alerta, sin necesidad de que Fair Trials impugnara la alerta posteriormente, desencadenando un intercambio no recomendable de información con Bielorrusia en el marco de los procedimientos de CCF. Dmitrij Radkovich (Bielorrusia) "Ahora he sido arrestado tres veces en presencia de mi familia. Cada vez, les digo que soy un refugiado, pero sigue sucediendo "- Dmitrij Resumen: empresario bielorruso independiente y financista de los dos principales candidatos de la oposición del Presidente Lukashenko en las elecciones de diciembre de 2010 en Bielorrusia, Nikolaj Statkevich y Andrei Sannikov, así como los medios de comunicación independientes de Bielorrusia, detenido en varias ocasiones a pesar de que INTERPOL sabe, de su status de refugiado y estar en condiciones de saber acerca de las denegaciones de extradición. Septiembre 2009: Dmitrij huye de Bielorrusia a Lituania después de la búsqueda en su apartamento. Septiembre 2010: Durante el período previo a las elecciones, Bielorrusia emite una alerta a INTERPOL contra Dmitrij acusándolo de delitos financieros. Julio 2011: Lituania reconoce a Dmitrij como refugiado bajo la Convención de 1951 . La evidencia confirma que está siendo procesado por sus actividades políticas . Cita orden de arresto distribuida a través de INTERPOL, como prueba de riesgo de persecución Enero 2012 Dmitrij es detenido en Italia el día de Año Nuevo en presencia de su familia después de revisar en un hotel y sus datos del pasaporte fueron enviados a la policía, quienes revisaron los Ficheros de INTERPOL. . Autoridades italianas suministran a INTERPOL una copia del documento de refugiado de Dmitrij. . INTERPOL confirma que consultará con Lituania en cuanto a su autenticidad. . La Embajada de Lituania confirma el status de refugiado de Dmitry a las autoridades italianas . El tribunal italiano libera a Dmitrij, citando el artículo 33 de la Convención de 1951 Junio 2012: Dmitrij es arrestado de nuevo en Bulgaria en base a la alerta de INTERPOL . Pasa dos meses bajo el toque de queda, mientras que la solicitud de extradición es considerada . el Tribunal niega la extradición en base a que el caso está políticamente motivado. . Se refiere expresamente a las decisiones previas de las autoridades lituanas e italianos Diciembre 2012: Fair Trials pide a CCF solicitar borrar el fichero y pregunta qué acción fue tomada en enero de 2012 después que INTERPOL se enteró del status de refugiado de Dmitrij. Sin respuesta. Septiembre 2013: Fair Trials pide a CCF la eliminación del fichero, después de no haber tenido respuesta, señalando que la extradición de Dmitrij sería contraria a la Convención de 1951.
48 165. Hay que reconocer que la Secretaría General de INTERPOL, no siempre podrá saber que a una persona se le ha concedido asilo o incluso que se le ha negado su extradición. En efecto, los países en general, consideran que una concesión de asilo, o incluso una solicitud de asilo, deberían mantenerse confidencial. Del mismo modo, pese a que se les pide a las OCNs que informen a INTERPOL sobre cualquier información que ponga en duda la validez de los datos registrados en los ficheros de INTERPOL, 108 no hay ninguna garantía de que efectivamente lo harán. Debería ser INTERPOL que solicitara esta información, de manera sistemática y que no signifique una carga. 166. En sus informes anuales de los últimos años, INTERPOL ha puesto de manifiesto el número de detenciones realizadas por las autoridades nacionales en base a Alertas Rojas y Difusiones. Esto significa que las OCNs están informando a la Secretaría General de arrestos, como en los casos de Dmitrij Radkovich y Petr Silaev. Esto, a su vez, pone a la Secretaría General en condiciones de preguntar por el resultado del procedimiento. En consecuencia, puede que sea informado de una omisión en solicitar la extradición por el país que haya expedido la alerta de INTERPOL, lo que le permite detectar el abuso sui generis. En su defecto, puede que sea informado que una solicitud de extradición se hizo pero que ésta fue negada y por qué se negó. Las decisiones de extradición que Fair Trials ha visto en los casos mencionados en el presente informe mencionan explícitamente el hecho de que se el asilo se concederá en otro país. INTERPOL puede por tanto, también saber de las concesiones de asilo. Siempre que esto no se convierta en una carga desproporcionada, INTERPOL debería asumir la responsabilidad de llevar a cabo investigaciones sistemáticas en este sentido. 167. Recomendamos que INTERPOL instaure una práctica mediante la cual la Secretaría General, cuando sea informada de un arresto, sistemáticamente haga seguimiento a la OCN del país que hace el arresto, durante 6 ó 12 meses después del evento, y haga preguntas estándar en cuanto a si se hizo una solicitud de extradición y si ésta fue aceptada o rechazada, y por qué motivos. INTERPOL a continuación, debería revisar la validez de la información sobre sus sistemas a la luz de la información obtenida. 5 - Sanciones La suspensión de los derechos de acceso 168. Si una OCN no cumple con sus obligaciones en virtud del RPD, la Secretaría General puede supervisar que el tratamiento de información de la OCN por un período de tres meses, despache un equipo de evaluación a la OCN, o suspenda los “derechos de acceso” otorgados a los usuarios de las OCNs. Para ello, la Secretaría General debe presentar una propuesta al Comité Ejecutivo.109 169. Fair Trials no tiene conocimiento si este poder se ha ejercido, o precisamente qué prueba se ha aplicado para determinar si un usuario de una OCN u otro usuario ha infringido las normas de INTERPOL. Tampoco se sabe si los “derechos de acceso” incluye “acceso directo”, el derecho a registrar información directamente en las bases de datos de INTERPOL, y “acceso indirecto”, al derecho a entrar y obtener datos en los de Sistemas de INTERPOL con la ayuda110 de la Secretaría General. ________________________ 108 Artículo 79 (1) (c) RPD. 109 Artículo 131 RPD. 110 Las definiciones aparecen en el artículo 1 (16) y (17) RPD.
49 170. El problema de las sanciones salió a la luz en el 2013, cuando se informó que las autoridades rusas habían utilizado los sistemas de INTERPOL para perseguir al empresario británico William Browder (Véase párrafo 78 supra). En respuesta, se prohibió a Rusia usar INTERPOL,111 esto, como una solución al problema del abuso político.
La policía rusa desconcertada por la negativa de interpol para ayudar en la detención de Browder aunque Fair Trials no está de acuerdo con
171. La presencia de sanciones dentro del RPD refleja el propio reconocimiento de INTERPOL que las OCNs no pueden necesariamente estar confiadas a la policía. Sin embargo, éstas se aplican solamente cuando surgen dudas, y la presunción es que la información suministrada por las OCNs es exacta y pertinente. De manera importante, el sistema de sanciones actuales proporciona cierta supervisión después del evento, pero no puede prevenir el abuso. Dado el impacto humano involucrado, esto no es satisfactorio. La responsabilidad primaria para prevenir el abuso depende de INTERPOL y por lo tanto debería concentrarse en la mejora de sus procesos de revisión ex ante y continuos. 172. Concluimos que las sanciones por el mal uso de los sistemas de INTERPOL pueden desempeñar un rol en la prevención de abusos futuros. Le recomendamos a INTERPOL explicar qué criterios se aplican para determinar que una OCN no ha cumplido sus obligaciones, y cuántas veces este poder se ha utilizado. _______________________ 111 Ley y el Orden en Rusia “Rusia Ignora las leyes de Interpol y vuelve a Solicitar a Interpol una Notificación Roja para William Browder para bloquear la Campaña de Justicia Magnitsky”, 5 de Junio de 2013.
50 IV - CREACIÓN DE RECURSOS EFICACES 1 - La necesidad de recursos eficaces 173. Si bien creemos que hay más que INTERPOL podría hacer para detectar y prevenir el intento de abuso de sus sistemas, sería poco realista esperar que nunca se produjeran errores. Cuando esto sucede, los afectados por el impacto humano significativo de este tipo de errores deben tener un mecanismo disponible para obtener reparación en los casos apropiados: "Sin la disponibilidad de los titulares de derechos de vías para solicitar y obtener recursos eficaces y la reparación de violaciones, las garantías de derechos humanos podrían resultar ilusorias y frustradas"- Comisión Internacional de Juristas, 2012112 174. Concluimos que, dado el impacto humano de Notificaciones y Difusiones, los afectados deben tener acceso a recursos eficaces para obtener reparación cuando las OCNs abusan de los sistemas de INTERPOL. La ausencia de recursos eficaces a nivel nacional 175. La CCF ha señalado a Fair Trials que “un mecanismo primario de un individuo para recurrir es el gobierno nacional que esta solicitándolo. El problema de raíz es la actuación del organismo nacional, y No INTERPOL.” Si bien esto es técnicamente cierto, parece poco realista esperar que personas refugiadas reconocidas, sabido que están en peligro de persecución, impugnen el procedimiento penal contra ellos desde el exilio, sobre todo si el procedimiento penal es la razón por la que se les dió asilo. 176. INTERPOL ha sugerido también que es posible que un individuo solicite a su país (de ciudadanía o residencia) objetar una Notificación Roja.113 Claramente, si la persona es un refugiado, no puede apelar a su país de origen, a pesar de que potencialmente podría solicitar la asistencia de su país de asilo. En otros casos, es cierto que una persona podría apelar a su país de ciudadanía. Sin embargo, Fair Trials ha visto ejemplos de casos en los que el gobierno británico, por ejemplo, ha declarado explícitamente que no va a ayudar con los asuntos de INTERPOL, y por lo tanto no creemos que la dependencia de este tipo de apoyo represente una opción satisfactoria. 177. Además, los recursos nacionales no pueden ser considerados adecuadas, ya que mientras una Notificación Roja siempre tiene el mismo impacto potencial sobre la persona, la disponibilidad y la idoneidad del recursos nacional variará de acuerdo con la política del gobierno del país en cuestión, y esa desigualdad no es el sello distintivo de un sistema regido por el estado de de derecho. La ausencia de supervisión judicial externa de INTERPOL 178. Hasta la fecha, a nuestra entender las decisiones de INTERPOL no han sido escudriñadas por los tribunales nacionales. De hecho, INTERPOL no tiene una presencia física dentro de la mayoría de los países, y las impugnaciones interpuestas contra las OCNs han fracasado por falta de conexión entre la OCN e INTERPOL.114
__________________________-
112 Declaración de ICJ sobre el Acceso a la Justicia, diciembre de 2012, Ginebra. 113 Ver Noble, R. Fuertes Protecciones sustentan la misión de Interpol por un mundo más seguro, Observador de la UE 30 de agosto de 2013. 114 Véase Marta, R. “Actos de impugnaciones de INTERPOL en los tribunales nacionales”., en Hechos de impugnación de Orgnizaciones Internacionales ante los tribunales nacionales, Reinish (Ed.), Oxford, 2010.
51 Donde sí tiene una presencia física, por ejemplo, en Francia y Estados Unidos, está protegido de la jurisdicción de los tribunales nacionales por acuerdo de inmunidad oficial.115 179. Su Acuerdo de la Oficina Central con el Gobierno francés116 hace que sea inmune a los juicios civiles en ese país. En 1991, se interpuso un caso contra INTERPOL ante el Tribunal de Grande Instancia de Lyon, que lo desestimó en la etapa de admisibilidad. El tribunal, basándose en parte en el Acuerdo de la Oficina Central en vigencia en ese momento, encontró que INTERPOL era una organización internacional “que no tiene jurisdicción en las leyes internas de Estado, así como sus tribunales”.117 Ausencia de supervisión externa de la protección de datos 180. El Acuerdo de Oficina Central también hace “inviolable” los ficheros de INTERPOL. Este término, bien conocido en derecho internacional, se puede entender como el descarte a cualquier intervención de las autoridades nacionales en relación con esos ficheros. En 1978, Francia aprobó su ley de concepto básico sobre la protección de datos, creando la Comisión Nacional de Informática y Libertades, (Commission nationale de l’informatique et des libertés “CNIL”), una autoridad de supervisión independiente, con el poder para otorgar acceso a las personas a los Ficheross de las autoridades públicas que se relacionan con ellos. Los ficheros de INTERPOL no son de la competencia de este órgano. Como condición para esta exención, INTERPOL creó su propio mecanismo de protección de datos, la Comisión para el Control de Ficheros de INTERPOL (originalmente conocido como el "Organismo de Supervisión”). 118 Requisito para las recursos alternativos 181. Actualmente está bien establecido, que los organismos internacionales que no están sujetos a la jurisdicción de las autoridades nacionales o regionales deben proporcionar sus propios recursos, con el fin de no dejar al individuo en un vacío de protección legal. Por ejemplo, a raíz de la guerra en los Balcanes y el consiguiente colapso de agentes judiciales y administración de justicia en Kosovo, la Misión de las Naciones Unidas en Kosovo (“UNMIK”) recibió el mandato de cumplir funciones esenciales de ley y orden. Ya que no había sistema judicial del Estado capaz de juzgar denuncias contra la UNMIK, se creó un Grupo Consultivo de Derechos Humanos para tramitar denuncias de individuos contra la UNMIK, por ejemplo en relación con el incumplimiento de investigar en forma efectiva muertes según lo solicitado en virtud de tratados internacional de los derechos humanos.119 182. El mismo principio - que una persona debe tener acceso a un recurso ante violaciones de derechos – ha llevado a la aceptación de que los tribunales nacionales sólo pueden negarse a juzgar denuncias contra organizaciones internacionales si el individuo afectado tiene acceso a un recurso dentro de la organización. Este principio ha sido elaborado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (el "ECHR”), que sostuvo que las inmunidades concedidas a las organizaciones internacionales son permisibles bajo la Convención sobre los Derechos Humanos (la "ECHR") sólo si el interesado tiene a su disposición los medios alternativos razonables para proteger eficazmente sus derechos en virtud de la Convención”.120 Sin embargo, el tribunal local no puede negarse a pronunciarse si hay una “deficiencia manifiesta” en el _______________________________ 115 Ver Acuerdo de Oficina Central y la Orden Ejecutiva 13524, que modifica la Orden Ejecutiva 12425. 116 Acuerdo entre INTERPOL y el Gobierno de la República de Francia, vuelto a firmar en abril de 2008. 117 Balkir v. INTERPOL, Decisión de 17 de marzo de 1993, TGI de Lyon, disponible en la Secretaría del Tribunal. 118 Véase Marta, “Recursos contra INTERPOL R., op. cit. 119 Un reciente Dictamen de la Comisión Consultiva de Derechos Humanos encontró que la UNMIK había incumplido en investigar una muerte correctamente y recomendó a la UNMIK que reconozca públicamente su responsabilidad y tomara una serie de medidas reparatorias. 120 Waite y Kennedy v. Alemania, App no. 26083/94 (Sentencia de 18 de febrero de 1999).
52 sistema de aplicación de los derechos fundamentales dentro de la organisación121internacional. Aplicando estos principios, ECHR ha encontrado que fueron aceptables las negativas de tribunales nacionales para acoger casos de empleo dirigidos a las organizaciones internacionales (NATO y la Agencia Espacial Europea), ya que los procedimientos internos de controversia laboral existían dentro de estos organismos. 122 Sin embargo, se debe considerar un caso en que la demanda se refiere a una medida con efectos tan graves como los de una Notificación Roja.123 183. Se han desarrollado principios análogos por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ("CJEU")en sus sentencias relativas a las medidas de la UE que implementa Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (“UNSC”) que imponen sanciones contra las personas. La problemática ante el CJEU en el famoso caso Kadi124 era si el CJEU podría revisar judicialmente una medida de aplicación que en principio, impone una obligación legal primordial. El CJEU se vio obligado a revisar la medida: en la Comunidad Europea (como se llamaba entonces), el derecho a la protección judicial y el derecho a ser oído eran derechos fundamentales que el CJEU tuvo que garantizar, ya que las personas en cuestión no tenían forma de reparación efectiva dentro del UNSC en contra de su “lista” como persona cuyos activos debían ser congelados. De hecho, en el momento, estas personas sólo tenían acceso a procesos muy básicos para pedir su "Exclusión de la lista", sin derecho de petición ante el UNSC directamente y sin posibilidad de recibir razones ante una decisión adversa. Según el TJUE ha explicado, el procedimiento de exclusión de la lista previsto a nivel de la UN “[no] ofrecía las garantías de protección judicial”', era “en esencia diplomático e intergubernamental”, no se le pidió al Comité de Sanciones que “comunicara al solicitante las razones y pruebas que justifiquen su aparición en la…. lista”, y no estaba bajo “ninguna obligación de dar razones” ante estas decisiones125 adversas. Por lo tanto, la divulgación, imparcialidad, la obligación y las decisiones congruentes son vistas por el CJEU como elementos esenciales del derecho a un recurso, la ausencia de éstas en el ámbito de las Naciones Unidas para justificar la intervención de la “en principio revisión completa” de las medidas de aplicación en el ámbito municipal. 184. Tras la sentencia Kadi, NU asumió las reformas creando un Defensor de las NU, 126 quien puede ser abordado directamente por los individuos afectados y puede ver ciertas pruebas aportadas para apoyar un listado, con sujeción a los Estados que la suministran. Sin embargo, el Defensor de NU no puede emitir decisiones obligatorias y, mientras elabora un informe en el que comenta la evidencia, el informe no es comunicado al demandante.127 En su reciente juicio “Kadi II” 128, el TJUE encontró que la revisión judicial de la aplicación de medidas por los tribunales de la UE fue necesario, afirmando que se trataba de "todo lo más esencial, ya que, pese a las mejoras ... [al] procedimiento de ___________________________ 121 Ver Gasparini v. Italia y Bélgica App no. 10750/03 (decisión de admisibilidad de mayo 12, 2009); el prueba de “deficiencia manifiesta” se deriva del Bósforo Hava Yollari Turizm Ve Ticaret Anonim Sirketi v. Irlanda App no. 45036/98 (Sentencia de 30 de junio de 2005). 122 Waite y Kennedy; Chapman v. Bélgica App. no (decisión de admisibilidad de 5 de marzo de 2013) 39619/06. 123 Se debe señalar que el Tribunal toma en serio restricciones a largo plazo sobre la libertad de movimiento resultante de las medidas adoptadas por las organizaciones internacionales: ver Nada v Suiza App no.. 10593/08 (Juicio de 12 de septiembre de 2012). 124 Casos acumulados C-402/05 P y C-415/05 P Yassin Abdullah Kadi y Al Barakaat International Foundation v. Consejo y la Comisión [2008] ECR I-6351. 125 Párrafos 322-325. 126 Véase la Resolución S/RES/1904 (2009), aprobada por el Consejo de Seguridad en su reunión numero 6247, el 17 de diciembre 2009. 127 El procedimiento seguido por el Defensor se describe en el Anexo II de la Resolución S / RES / 2083 (2012), Aprobada por el Consejo de Seguridad en su reunión 6890, el 17 de diciembre de 2012. 128 Casos acumulados C-584/10 P, C-593/10 P y C-595/10 P Comisión v. Kadi [2013] ECR I-0000.
53 de exclusión ... a nivel de NU ellos que no proporciona a la persona cuyo nombre aparece en la lista ... las garantías de protección judicial efectiva” , señalando que este punto de vista también fue respaldado por el ECHR.129 Los comentaristas interpretan que esto significa que hasta el momento en que existe un sistema de protección judicial independiente a nivel de las Naciones Unidas, los tribunales seguirán considerándose obligados a solicitar una revisión judicial completa.130 Al aplicar este enfoque en este contexto por analogía, la conclusión debería ser que la inmunidad de INTERPOL de la jurisdicción municipal sólo debería ser aplicada si el recurso dentro de INTERPOL ofrece garantías que cubra la protección judicial efectiva. 185. Sin embargo el juicio de los CJEU’s cobra aún más relevancia para INTERPOL. El CJEU especifica lo que se requiere a nivel de la UE para garantizar la protección judicial efectiva: los tribunales de la UE deben revisar la medida de aplicación basándose únicamente en las pruebas que se ha dado a conocer a la persona en cuestión. Si existen razones de seguridad que militan contra la divulgación de las pruebas de la persona en cuestión, estas deberían tener cabida al revelar un resumen de la evidencia. Los tribunales de la UE deben tener en cuenta la imposibilidad de que la persona haga comentarios sobre la evidencia al considerar su valor131 probatorio. De esta manera la sentencia Kadi II muestra que, incluso ante las más altas demandas de paz y seguridad internacional, las organizaciones internacionales que suscriben a los principios de derechos humanos deben hacer todo lo posible para garantizar que los mecanismos de reparación individuales cumplan las garantías esenciales de equidad procesal. INTERPOL está comprometida mediante el artículo 2 de su Estatuto a defender los derechos fundamentales y asimismo deberá esforzarse por garantizar una reparación equitativa. Como se explica más adelante, los procedimientos actuales ante la CCF son inadecuados. 186. Hemos concluido que, en tanto INTERPOL actualmente escapa a la jurisdicción de los tribunales nacionales, está bajo la responsabilidad, de conformidad con el artículo 2 de su Estatuto, para proporcionar recursos efectivos dentro de su propia estructura interna. Esta es también una condición de su inmunidad judicial. 2 – La Comisión de Control de los Ficheros de INTERPOL (CCF) 187. La respuesta de INTERPOL a la exigencia de las organizaciones internacionales para proporcionar vías internas de reparación es la CCF. De hecho, como se señaló anteriormente, su creación siguió a la adopción de las leyes de protección de datos del Gobierno Francés proporcionando a las personas el derecho de acceso a información personal a través de la CNIL, que INTERPOL creía que no deberían tener acceso a sus Ficheros los cuales pertenecía a los Estados y no a INTEPROL. La solución fue el Acuerdo de la Oficina Central, lo que hizo “inviolable” los ficheros de INTERPOL e INTERPOL creó la CCF dentro de su propia estructura132 interna. La CCF como organismo asesor de protección de datos 188. Mientras que la función de las CCFs de tramitar solicitudes de los individuos es de importancia clave para este Informe, es importante tener en cuenta que también tiene una función de asesoramiento, centrado en la protección de datos. Por ejemplo, cada vez que la Secretaría General desea establecer una nueva base de datos ________________________________ 129 Kadi II, párrafo 133. 130 Véase De Wet, E. “De Kadi a Nada: Técnicas Judiciales que favorecen los derechos humanos sobre Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas”, artículo aceptado para su publicación en (2013) 12 Chinese Journal of International Law, párrafos 29 y 30. 131 Kadi II, párrafos 123-129. 132 “Reparaciones contra INTERPOL” Rutsel M., op. cit., párrafos 21-29.
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o sistema de cooperación, o cada vez que elabora nuevas normas para su presentación al Comité Ejecutivo y la Asamblea General de INTERPOL, deben obtener la opinión de la CCF. Esto es, desde luego un trabajo importante, y al parecer la CCF está realizando esta tarea con mucha responsabilidad.
Orientación pedagógica de la CCF a INTERPOL en relación con i-link 2009: Enfatiza a la Secretaría General la importancia de “revisiones automáticas inmediatas" y “Reducir el tiempo entre un país que registra información en el sistema de INTERPOL y su validación por parte de la Secretaría General; 134 2010: insta a la Secretaría General que "rápidamente se lleven a efecto” dichas revisiones, haciendo hincapié en que las revisiones automáticas formales deben ser seguidas por revisiones manuales sustanciales134 189. Concluimos que la CCF, en su papel más amplio de asesorar a INTERPOL sobre una base horizontal, parece estar funcionando de manera responsable. Sin embargo esta conclusión, es sin perjuicio de nuestra evaluación de su función de tramitar demandas particulares. La CCF como una vía de reparación 190. El rol de la CCF de tramitar las solicitudes individuales es una fuente de gran preocupación. En la tramitación de estas solicitudes, la CCF tiene que cumplir con un doble desafío. Aparentemente, su propósito es proporcionar una vía independiente para los afectados para las actividades de INTERPOL para tener acceso y solicitar la eliminación de la información acerca de ellos, la cual es almacenada en ficheros de INTERPOL. 191. Al mismo tiempo, está claro que, al ofrecer una vía interna de reparación, la CCF también tiene el propósito de fortalecer la posición de INTERPOL en relación a la jurisdicción de los tribunales nacionales. Según el ex Presidente de la CCF explicó en un discurso de 2006 para la Asamblea General de INTERPOL, la CCF es esencialmente “una herramienta estratégica para preservar la inmunidad judicial de INTERPOL.” De hecho, en el estudio antes mencionado encargado por CCF, la Universidad de Namur declaró que "de conformidad a nuestro contrato, se prestó especial atención a los mecanismos que permitirían la inmunidad de la Organización que se debe preservar", según la CCF había pedido que se considerara que sus obligaciones estaban bajo el derecho internacional y si deberían considerar acontecimientos para proteger la inmunidad de INTERPOL de procesos legales a nivel nacional135. Es por lo tanto, importante examinar cómo la CCF se desempeña como una vía de recurso, ya que INTERPOL ve claramente la CCF como pilar fundamental de sus pretensiones a la inmunidad ante los tribunales nacionales. 192. Los ARIOs consideran la propuesta básica de que una organización internacional debería proporcionar recursos, afirmando que una organización internacional responsable de un hecho ilícito está “bajo una obligación de cesar ese acto, si continua”, y ofrecer "garantías de no repetición”.136 Sin embargo, los ARIOs no especifican requisitos procesales para que el mecanismo puesto en marcha cumpla con esta obligación, lo que refleja el hecho de que la ley aún está en desarrollo en esta área. 193. Más útil para una evaluación de los requisitos procesales de un sistema de recursos internos de una organización internacional es el estudio del Dr. Bardo Fassbender encargado por la Oficina de las Naciones Unidas de _________________________________ 133 Informe anual de actividades de CCF en 2009, párrafo 15. 134 Informe anual de actividades de CCF en 2010, párrafo 46. 135 Centre de Recherche Information, Droit et Société, Notre Dame de la Paix Universidad, Namur: Protección de Datos en ICPO-INTERPOL: Assessment, Issues and Outlook 29 de abril de 2011. 136 ARIOs, op. cit., artículo 30.
55 asuntos Jurídicos, 137 que se derivan de un análisis exhaustivo de un conjunto de criterios de derecho internacional de acuerdo a los cuales la eficacia de estos sistemas se pueden evaluar: (i) la accesibilidad, (ii) rapidez y eficiencia, (iii) poder para proporcionar medidas provisionales, (iv) debido proceso, (v) calidad de la toma de decisiones (vi) cumplimiento de la decisión y (vii) el seguimiento. 194. El mismo estudio se refiere a los "Principios Básicos relativos a la independencia de la judicatura", de acuerdo con lo cual “el poder judicial resolverá los asuntos ante ellos con imparcialidad, basándose en los hechos y de conformidad con la ley, sin ningún tipo de restricciones, influencias, alicientes, presiones, amenazas o intromisiones indebidas, sean directas o indirectas, de cualesquiera sectores o por cualquier reason”'.138 Estos criterios y la descripción sucinta del concepto de independencia proporcionan una medida adecuada que permita evaluar la eficacia de la CCF. En la aplicación de estos a continuación, separamos la tramitación de los CCFs de los dos tipos de solicitud: las solicitudes simples para el acceso a la información, y las solicitudes de eliminación de la información. No aplicamos cada criterio sistemáticamente, pero elegimos a aquellos más relevantes. 3 - Solicitudes de acceso a la información Accesibilidad 195. El Reglamento sobre el Control de Información ("RCI") y RPD proporcionan una vía clara para las personas para solicitar el acceso a la información. Estas solicitudes deben hacerse por carta original, pero esto no es una barrera significativa y una solicitud para acceder al Ficheros puede ser de una página. Esto también es tramitable para un individuo sin los servicios de un abogado. Esto es importante ya que muchas personas experimentarán breves detenciones en los aeropuertos, lo que los deja en una incertidumbre en cuanto a la información que puede haber sobre ellas. Estas personas, al menos, tienen una forma simple, directa y de bajo costo para preguntar a INTERPOL si hay información sobre ellas. El debido proceso: el principio de la soberanía nacional 196. La divulgación por la CCF no es automática. La CCF, como órgano de INTERPOL, está obligada por el principio de "soberanía nacional". De acuerdo con este concepto, INTERPOL no posee ninguna de la información almacenada en sus bases de datos, la cual permanece bajo el control de la OCN que la suministró. Por lo tanto, con el fin de divulgar la información en el Ficheros, INTERPOL necesita la autorización de las OCNs. En algunos casos, las autoridades nacionales podrán permitir esto. En otros, negarán el permiso a INTERPOL para confirmar o negar incluso si existe alguna información sobre la persona. Así, una persona puede recibir una respuesta como esta: “De hecho, en la aplicación de los principios de soberanía nacional e indirecto acceso a la información, sobre lo cual se basan las normas aplicables de INTERPOL para el tratamiento de la información, la Comisión no está autorizada a revelar si hay o no alguna información en los Ficheros de INTERPOL acerca de la persona objeto de la solicitud o permitir el acceso a dicha información si existiera, a menos que obtenga la autorización necesaria de las autoridades competentes de los países referidos en la solicitud. _____________________________________ 137 Fassbender, B Targeted Sanctions and Due Process, Universidad Humbolt, 20 de marzo de 2006 (final); véase el punto 12.10. 138 Ibid, punto 12.11.
56 Sin embargo, la Comisión no ha sido autorizada por la OCN para revelarle a usted si hay alguna información acerca de su cliente registrado en los Ficheros de INTERPOL.” 197. Aunque esto es sin duda una respuesta frustrante para el individuo, reconocemos que las fuerzas policiales nacionales pueden legítimamente negarse a permitir que una persona sepa si está siendo perseguida, ya que por su naturaleza es información sensible. El debido proceso: excepciones al principio de la soberanía nacional 198. A lo largo de los años la CCF ha desarrollado una serie de excepciones al principio de soberanía nacional y reclamó para sí la autoridad para divulgar la información de los ficheros de INTERPOL incluso sin el consentimiento del Estado interesado por la solicitud. Si la OCN optara por tener un extracto de la Notificación Roja colocada en el sitio web, la CCF, en principio, revelará a la persona copias de todos los documentos incluidos en el fichero, a menos que la OCN pueda elaborar argumentos convincentes de por qué no se debería hacer. La CCF también extendió esta práctica para los casos cuando las personas pueden demostrar que saben que hay información sobre ellas en los Ficheros.139 Fair Trials considera que esto es un enfoque sólido, pero sólo ha visto que se ha aplicado en sólo un caso; en otros – donde la Notificaciones Rojas eran públicas - la divulgación no se ha proporcionado después de varios meses. 199. Además, Fair Trials considera que es lamentable que la disponibilidad de esta excepción debe depender de proporcionar pruebas concretas de la existencia de información sobre los ficheros de INTERPOL. Si una persona es arrestada y obtiene un documento judicial menciona a “INTERPOL”, la persona insistiría en la divulgación, pero si el documento del tribunal utiliza una referencia genérica a una “Orden internacional de detención”, puede que no invoque la excepción. Si la persona ha sido arrestada y no ha sido extraditada es posible que tengan un caso de eliminación de la alerta, y sin embargo, su capacidad para una efectiva impugnación depende del borrador de los documentos que tengan. Una persona en esta condición debería poder insistir en la divulgación. Rapidez y eficiencia Dolkun Isa (China) 200. La eficiencia del procedimiento de acceso 24 meses, es proporcionado por la CCF se vio empañada por los retrasos. el tiempo que se tomó la CCF para Desde el 2005, la CCF ha desarrollado una práctica, ahora responder a la solicitud de acceso reflejada en sus normas formales, mediante la cual indica los hecha en nombre de Dolkun. China plazos que da a la OCN para responder a una solicitud de no autorizó al CCF para decir si había permiso para revelar información. Si la OCN no cumple, la o no un fichero relativo a Dolkun. CCF presume que la OCN no tiene ninguna objeción para la divulgación de la existencia o ausencia de información.140 Sin embargo, al parecer desde nuestro trabajo de casos que, pese a esta práctica, las solicitudes puede tomar mucho tiempo para procesarlas, a costa de la prolongada incertidumbre para el interesado y honorarios de gastos incurridos en seguimiento por correspondencia. ________________________________ 139 Informe Anual de actividades de CCF en 2009, párrafo 35 (segundo guión). 140 Informe Anual de Actividades de CCF de 2006, párrafo 5.5.
57 201. La CCF ha declarado a Fair Trials que "el incumplimiento de una OCN para responder con prontitud a las solicitudes de información, es el resultado de la recomendación de la CCF que la información sea bloqueada y eliminada si ésta no se proporciona dentro de un período determinado (generalmente un mes)”. Fair Trials encontró esto sorprendente ya que, en el momento en que se hizo este comentario, dos de las solicitudes de Fair Trials habían estado pendientes durante más de un año - a costa de una prolongada DMourad Dhina (Argelia) incertidumbre de la persona. De hecho, Mourad Dhina, 14 meses es el tiempo que Mourad director de la Fundación Alkarama en Ginebra, había pasado ha seis meses detenido en Francia como consecuencia de una estado esperando una respuesta a “Orden internacional de detención” emitida por Argelia. Él una solicitud de acceso de CCF de fue liberado después que el tribunal de París afirmó que Fair Trials. Mientras tanto, él no está tuvo una "opinión completamente desfavorable” sobre la seguro si está en riesgo de otro solicitud de extradición y la rechazó. Fair Trials luego arresto, ya que un Tribunal francés escribió a CCF en agosto de 2012 para preguntar si su que ya negó su extradición una vez arresto había sido causado por una alerta de INTERPOL. En el momento de escribir este informe en noviembre de 2013, esta petición sigue sin respuesta. Al parecer es muy importante establecer la norma de “un mes” mencionado por la CCF como una norma clara, que se debe cumplir estrictamente, para evitar que personas en la situación de Mourad vivan en incertidumbre si se enfrentan a nuevas detenciones en otros países a pesar del rechazo de una solicitud de extradición. 202. Concluimos que la capacidad de retener una divulgación no es inherentemente objetable, siempre que las excepciones reconocidas por la CCF sean interpretadas en términos generales con el fin de permitir a una persona que ha sido arrestada, acceder a su expediente, incluso si no posee documentos que mencionen a INTERPOL. Sin embargo, el proceso de acceso funciona con demasiada lentitud, debido a que las OCNs no responden con rapidez suficiente a las preguntas de las CCFs. 203. Recomendamos que la CCF y/o INTERPOL establezcan una norma clara que requiera que las OCNs respondan a las solicitudes de acceso dentro de un mes calendario. El incumplimiento de este plazo debería dar lugar a la divulgación del expediente completo y, a partir de entonces, a la eliminación de la información. 4 – Solicitudes para eliminar la información 204. En relación con el procedimiento de las CCFs ante las denuncias, cuando las personas tratan de impugnar la información que ellas saben que está en los ficheros de INTERPOL, es importante tener en cuenta desde el principio que la analogía con la CNIL deja de ser relevante. En este contexto, la CCF está llamada a pronunciarse sobre una cuestión de contenido: si la información registrada en los ficheros de INTERPOL está de conformidad con sus normas, incluido el artículo 3 de la Estatuto. 205. Esto establece al CCF como el árbitro de las complejas materias de hecho y de derecho que puedan surgir en virtud de dicha disposición. Así pues, tiene jurisdicción mucho más amplia que la CNIL o el Organismo de Supervisión Conjunta (“JSB”), que supervisa el equivalente de INTERPOL de Unión Europea, Europol, que no tiene equivalente del artículo 3 con lo cual garantice el cumplimiento. La CCF también está llamada, potencialmente con carácter de urgencia, a proporcionar una reparación a un individuo que sufre grave impacto humano concreto. A raíz de esta amplia responsabilidad es que los procedimientos de denuncias de las CCFs deben ser evaluados.
58 206. Los Informes Anuales de Actividades de las CCFs también sugieren que la CCF se esfuerza en cumplir este desafío dentro de los límites de sus recursos y competencia. Por ejemplo, se ha observado que el suministro de una orden de arresto es "esencial" a fin de “proporcionar un veredicto serio, independiente e informado sobre un expediente”, y que busca trabajar con las OCNs para obtener éstas en los casos en que no han sido requeridas previamente por la Secretaria General141. Sin embargo, a pesar de sus mejores intenciones, el procedimiento de CCF necesita mejoras. 207. En términos generales, el procedimiento por el que deben atravesar las personas que buscan una reparación contra las Notificaciones Rojas carece de transparencia e indicadores esenciales de equidad procesal. También hay dudas en cuanto a si este procedimiento está equipado para realizar la tarea que le incumbe, sobre todo cuando se alega abuso político. En respuesta a una pregunta reciente del senador Benjamin Cardin en 2013, Jeh Johnson, un candidato al Departamento de Secretaría de Seguridad Nacional, evocó un caso individual en el que se sospechó abuso político de INTERPOL, declarando: "La burocracia parecía impenetrable y desinteresada, y quedé anonadado por lo ínfimo que el viajero y yo podríamos hacer para lograr la eliminación de la notificación... Debería haber mayor flexibilidad para hacer frente a una notificación de INTERPOL que ha sido provocada por una acción subyacente que está "políticamente motivada" - Departamento de Secretaría de Seguridad Nacional, candidato Jeh Johnson, 2013142 Accesibilidad 208. Ni el RCI ni el RPD contienen una disposición explícita que proporcione el derecho de un individuo a impugnar la información de los ficheros de INTERPOL que les concierne, aunque la CCF asume esta función, previa solicitud, dado su rol de asegurar el cumplimiento de las normas de INTERPOL. De hecho, la Sección de CCF en el sitio web de INTERPOL, bajo el título “¿Cuáles son sus derechos?”, se refiere a "Acceso a los Ficheros de [INTERPOL]”, pero no menciona ningún derecho a pedir la eliminación de información. Hay una sección de “Preguntas frecuentes”, que contiene alguna limitada orientación sobre la información cuestionable y la evaluación de los argumentos en virtud del artículo 3. Esto es para ser acogido como un paso hacia una mayor transparencia, sin embargo, como se explicó anteriormente en la Parte III, el enfoque de INTERPOL para el artículo 3 parece complicado, por lo que la eficacia final del documento no es tan loable como el espíritu con el que fue creado. Medidas provisionales 209. Al momento que la CCF recepciona una solicitud que plantea dudas sobre el cumplimiento de la información de las normas de INTERPOL, puede recomendar a la Secretaría General que, como medida provisional en espera de la conclusión de la revisión de CCF, bloquee el acceso a la información para que llegue a ser invisible a otras OCNs (aunque por supuesto, pueden haber creado registros nacionales de su propiedad). La CCF adoptó este enfoque al tratar con solicitudes de Fair Trials en nombre de Benny Wenda y Petr Silaev. Los abogados también nos informaron que los extractos públicos de Notificaciones Rojas en el sitio web de INTERPOL han sido retirados, pendiente de revisión de la solicitud. 210. La disponibilidad de un mecanismo para solicitar ayuda urgente podría permitir evitar el daño irreparable y conservar la eficacia de la decisión final, por lo que este enfoque de _________________________ 141 Ibid; véase también artículo 14 (5) de las Normas de Operación de la CCF. 142 pregunta post-audiencia aprobada el 18 de noviembre de 2013.
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la CCF es positivo. Sin embargo, el Reglamento Operativo de la CCF no contiene disposiciones claras que una persona pueda invocar, a fin de solicitar que se adopten medidas provisionales. El debido proceso 211. En la evaluación de las normas del debido proceso del trabajo de las CCFs, la amplitud del análisis requerido por las normas de INTERPOL, y en particular el artículo 3 del Estatuto, sobre lo cual se basarán muchas denuncias, se vuelve crucial. En efecto, el artículo 3, que refleja los principios de asilo y la ley de extradición, requiere que la CCF examine las órdenes de detención, materiales de antecedentes, la propia evidencia del demandante y / o la importancia de las decisiones de asilo y extradición. El cumplimiento de la CCF de las normas del debido proceso debe ser juzgado por su capacidad para llevar a cabo este análisis en forma eficaz. 212. Por desgracia, la eficacia de la CCF en tramitar las denuncias se ve comprometida por una grave falta de transparencia. Cuando se presenta una solicitud, la CCF invita a la parte solicitante a presentar toda la información pertinente. Claramente, si el solicitante no conoce los pormenores de la acusación porque nunca ha visto la Notificación Roja o documentos subyacentes, entonces no podrá detallarlos. Esto deja a la persona en una posición muy débil al impugnar la Notificación Roja. 213. De hecho, a menos que haya documentación disponible de los procedimientos de extradición anteriores, Fair Trials generalmente adopta el enfoque de pedir acceso a la información, a fin de saber precisamente qué responder. Esto es necesario ya que las normas de las CCFs establecen que tratarán un caso como cerrado después de responder a la primera solicitud a menos que surja un hecho nuevo143 Esto efectivamente requiere que la persona dé argumentos basados en gran parte en la especulación, sabiendo que al final no va a tener la oportunidad de hacer presentaciones complementarias. En tanto la CCF deberá consultar a la OCN, varias veces si es necesario, o no habrá "diálogo" directo entre el demandante y la OCN. En cambio, la CCF actúa como mediador, yendo y viniendo de aquí para allá a medida que lo considere necesario. 214. La mayoría de las personas que deseen impugnar la información de los ficheros de INTERPOL sabrán que existe información sobre ellas en el expediente que: podría ser una notificación pública, o podrían haber sido arrestados y haberles dicho que era consecuencia de una Notificación Roja o Difusión. Chea Wui Ling, un ex oficial jurídico en INTERPOL, ha sugerido que, como hemos dicho, una persona en esta situación puede beneficiarse de la exención del requisito de la fuente de la información (por ejemplo, la OCN correspondiente) para autorizar la divulgación.144 De hecho, no hay ninguna razón por la cual, si la persona sabe que es objeto de una Notificación Roja o Difusión, no se le debiera proporcionar la divulgación suficiente para permitirle impugnar el caso en su contra. Sin embargo, este no es el caso en nuestra experiencia (ver el caso de Petr Silaev, descrito a continuación.) 215. El proceso de intercambio de información entre el solicitante y la OCN también tiene que ser evaluado a la luz de las consideraciones de confidencialidad. Como se mencionó anteriormente (párrafo 154), un refugiado reconocido puede comprensiblemente oponerse a la información confidencial que se da a conocer a la OCN. Aunque las Normas de Operación de la CCF, en principio, protejan la confidencialidad de una petición, también reconocen que cierta información puede ser revelada a la ___________________________ 143 Artículo 19 (1) de las Normas de Operación de la Comisión de Control de Ficheros de INTERPOL. 144 Cheah Wui Ling, “Policía de INTERPOL: la Comisión de Control de Ficheros de INTERPOL y el derecho a Reparacion “, Organizaciones Internacionales Law Review 7 (2010) 375, p. 399.
60 Secretaría, que puede registrar la información en los ficheros de INTERPOL utilizados para la cooperación policíal.145 En la actualidad, no está claro en qué medida una persona afectada por una Notificación Roja puede insistir en que la información no sea dada a conocer a la Secretaría General o a la OCN. Fair Trials ha obtenido garantías explícitas de la CCF en relación a la no divulgación de documentos de identidad, pero no existe una orientación clara en cuanto a, qué información es y que no sea divulgada. A diferencia de la OCN, al refugiado no se le puede decir implícitamente que estuvo de acuerdo en la divulgación de su información. 216. Además, si bien las normas de la CCF crean un poder para que cumpla con el demandante,146 la CCF nos ha confirmado que este poder nunca se ha utilizado, debido a que "dado el rol limitado de INTERPOL y el hecho de que no es competente para cuestionar las órdenes de detención nacional, es difícil ver qué beneficio podría ser suministrado en una audiencia”. No estamos de acuerdo: correctamente interpretado, el Artículo 3 debería incluir una prueba de motivación política, que requiera una evaluación más completa de los antecedentes del caso, los perfiles de la personas y el país solicitante, la evidencia de la persona, y el análisis de las decisiones de extradición y asilo. Un debate abierto podría ser conducente a todo esto. Por supuesto, la celebración de audiencias de manera sistemática arriesgaría procedimientos lentos, pero con exclusión de la posibilidad innecesaria de eliminar una opción útil. La calidad de la toma de decisiones 217. Del mismo modo, el requisito de evaluaciones sensibles al contexto, la consideración de asilo y juicios de extradición, y los argumentos de derechos humanos significa que los miembros de la CCF deberían poseer la pericia necesaria para poder hacer juicios complejos sobre procedimientos políticamente motivados, decisiones de asilo y extradición. Si bien es claro que las formas de protección de datos parte de la disciplina general de los derechos humanos, la materia cubierta por el artículo 3 es altamente especializada y se espera ver en la Comisión reconocidos especialistas en extradición, asilo y derecho penal. Por ejemplo, en Francia, las Comisiones que determinan las solicitudes de asilo incluyen “asesores” nombrados por el ACNUR, 147 quienes ayudan a garantizar la confiabilidad en los procesos de determinación de asilo.148 218. El RCI especifica que los miembros de la CCF deberían incluir un Presidente que "tenga o ha tenido un alto cargo judicial o un cargo de protección de datos", dos "expertos en protección de datos”, un “experto con experiencia internacional reconocida en asuntos policiales”.149 No hay duda de que la CCF son expertos en estas áreas. Según Fair Trials ha reconocido anteriormente, ellos desempeñan un rol importante en el asesoramiento a la Secretaría General sobre una base horizontal, con capacidad pedagógica. Dicho esto, se hace hincapié en la protección de datos y, en cierta medida, los asuntos policiales. Por lo tanto, a pesar que el artículo 3 del Estatuto está diseñado para reflejar la ley de extradición y asilo, no es necesario que la CCF posea ningún conocimiento reconocido precisamente en esas áreas. Esto se refleja en los perfiles de los actuales miembros de la CCF, se detalla a continuación. ___________________________ 145 Véanse los artículos 20 (1) y 20 (2) y (3) respectivamente. 146 Artículo 22 de las Normas de Operación de la CCF. 147 El Conseil Constitutionnel, en el Veredicto no. 98-399 de 05 de mayo 1998 declaró que la presencia de la Comisión de un miembro designado por el ACNUR no infringió el principio de la soberanía nacional, y señaló que el rol del tribunal de asilo era garantizar el cumplimiento de las obligaciones internacionales de Francia en materia de protección de los refugiados. 148 CIMADE, un respetado organismo de control de asilo francés, aprueba varias veces la contribución de éstas Comisiones en el Voyage au centre informe de l'asile: enquête sur la procédure de determinación d'asile (2010). 149 Artículo 2 (a) RCI.
61 El actual CCF (véase anexo 4) Billy Hawkes, Comisario de Protección de Datos de Irlanda - 20 años en el Servicio Exterior de Irlanda - Experiencia en Finanzas y Empresa, Departamentos de Comercio y Empleo Drudeisha Madhub, Comisión de Protección de Datos de Mauricio - LLM en Derecho de los derechos humanos de la Universidad de Essex, Reino Unido - seis años trabajando por el Fiscal General de Mauricio Jean Frayssinet, Profesor Emérito de la Facultad de Derecho de Aix-en-Provence, Francia - Muchas publicaciones sobre protección de datos (incluso en el contexto de la cooperación policial) - supervisó varias tesis doctorales sobre la ley de protección de datos e información Andrew Patrick, I.T. Analista de Investigación, Oficina del Comisario de Privacidad de Canadá - Profesor adjunto de Ciencias de la Computación en la Universidad de Carleton - 20 años de experiencia en el trabajo sobre la privacidad y la seguridad en el sector público y privado Sharif Al-Omari, Director de Planificación y Organización, Dirección de Seguridad Pública, Jordania - Ex director de la OCN de Jordania, la Corrección y Departamentos de Información Criminal Corrección y Rehabilitación, Dirección de Seguridad Pública, Jordania. - Publicaciones de UNMIK, Misión de la ONU en Haití y la Misión de Apoyo de las Naciones Unidas en Libia.
219. Además, a pesar de la complejidad de su tarea, y el impacto significativo de las decisiones de la CCF sobre los derechos de los individuos, la CCF no tiene el beneficio de la revisión judicial externa (por el contrario, en Francia, el Conseil d'État (Consejo de Estado) tiene la capacidad de controlar la legalidad de las decisiones de la CNIL contra las normas imperativas del derecho administrativo, respetando la independencia de la CNIL). No existe ninguna autoridad capaz de garantizar que el estado de derecho es acatado por la CCF, incluso en términos del debido proceso, cuando se encarga de las denuncias individuales. 220. Otro factor clave de la buena práctica es la obligación de dar razones. Los tribunales más respetados en el mundo reconocen la importancia de esto. Según ha señalado la Corte Suprema: "Las Razones ... fomentan una mejor toma de decisiones, garantizando que las materias y el razonamiento estén bien articulados y, por lo tanto, más cuidadosamente pensadas. El proceso de redactar razones de la decisión por sí mismo, puede ser una garantía de una mejor decisión. Las razones también permiten a las partes ver que las materias pertinentes han sido consideradas cuidadosamente, y son imponderables si una decisión debe ser apelada, cuestionada, o considerada en revisión judicial ... Los afectados pueden estar más propensos a sentirse que fueron tratados de manera justa y apropiada si se dan razones”- Corte Suprema de Canadá, 1999150 221. Este requisito no se cumple por la CCF, por lo que es imposible evaluar la calidad de su toma de decisiones. En efecto, la correspondencia de CCF que Fair Trials ha visto rara vez es más de una página o dos, y no explica cómo interpreta las disposiciones fundamentales del Estatuto o RPD. 222. Como resultado de las deficiencias discutidas anteriormente, es muy difícil tener confianza en el proceso de toma de decisiones de la CCF. Esto se pone de manifiesto por la decisión en el caso de Petr Silaev, que se hizo de una forma incompatible con los principios reconocidos por el CJEU en su jurisprudencia mencionada anteriormente. La CCF confiaba en el material que no fue revelado a Petr, _____________________________ 150 de Baker v Canadá (Ministro de Ciudadanía e Inmigración) [1999] 2 SCR 817, párrafo 39.
62 y proporcionó una escueta carta de una página sin abordar ninguno de los hechos del caso o de los argumentos hechos por Fair Trials, y no cumplió con proporcionar motivos suficientes que justificaran su decisión. Incluso si la CCF fuera dotada de personal, jueces de derecho penal y derecho de asilo y extradición respetados internacionalmente, la confianza en el sistema todavía carecería de estas circunstancias. Por otra parte, el hecho de que la decisión fuese redactada sólo dos días después de que el veredicto fuera anunciado públicamente por la OCN de Rusia, (Mientras que a Petr se le había informado que la información había sido bloqueada, y podría haberse arriesgado a viajar sobre esta base) sólo muestra que no hubo gran consideración a los derechos de los individuos. Petr Silaev (Rusia) Hechos: Activista de Moscú. Huyó de un operativo policial después de una manifestación en contra de un proyecto controversial de autopista. Reconocido como refugiado por Finlandia. Arrestado en España además de una Difusión de INTERPOL emitida por la OCN rusa. El tribunal español negó la extradición en base a que el caso fue políticamente motivado, expresando fuertes sospecha de la policía rusa. Enero 2013: Fair Trials demanda solicitud de acceso en nombre de Petr Mayo 2013: Fair Trials, no habiendo recibido respuesta, interpone una demanda de 28 páginas: - Señala que las acusaciones de la Difusión son vagas y sin fundamento - Destaca la concesión de asilo por parte de Finlandia y la negativa de extradición española - Extensos argumentos sobre la motivación política y la confianza de los materiales de ACNUR Junio 2013: CCF responde: - Proporciona copia de la orden de detención contra Petr - Afirma que se le pedirá a la OCN Rusa aclarar las acusaciones - Información bloqueada pendiente para revisión Julio 7 2013 Fair Trials responde: - Orden de detención también vaga y sin fundamento - confirma los argumentos anteriores - Orden de detención a una decisión de "visto bueno", sin señales de supervisión judicial adecuada Solicita divulgación de preguntas hechas de la OCN Rusa y respuestas de las OCNs 21 de octubre 2013: El Ministerio del Interior de Rusia anunció públicamente que se reintegra la alerta contra Petr. 23 de octubre 2013: A petición urgente de Fair Trials , CCF suministra carta de una página de fecha 23 de octubre 2013: - No se hace mención de los hechos específicos del caso - Confianza depositada en el material presentado por la OCN de Rusia – que no es visto por Fair Trials 24 de octubre 2013 Fair Trials responde a CCF: - Expresa sorpresa que la carta de CCF redactada dos días después de que Rusia anunció el resultado - Demanda acceso al material suministrado por la OCN Rusa con el fin de hacer comentarios al respecto Noviembre 2013: No se ha recibido ninguna respuesta aún. No existe mecanismo disponible para impugnar la decisión de la CCF.
223. Además, las decisiones de CCF no son publicadas. Esto se puede contrastar con, por ejemplo, la JSB de Europol o la Comisión Consultiva de Derechos Humanos, que proporcionan mecanismos de denuncia para Europol y la UNMIK, ambos publican sus decisiones. La publicidad de las decisiones ayuda a crear confianza en estos sistemas. El enfoque de la CCF ha sido hasta ahora incluir
63 declaraciones separadas en sus Informes Anuales de Actividad, que describen en términos generales y sin referencia a hechos específicos, la manera en que enfocan su tarea. Sin embargo, siempre y cuando las decisiones no se hagan públicas, la interpretación de las normas de INTERPOL seguirán siendo no claras y las actividades de la CCF, inevitablemente, estarán rodeadas de signos de interrogación. Aunque las personas pueden oponerse razonablemente a todos los detalles de los casos disponibles, podría aplicarse un equilibrio, en particular haciendo anónimas las decisiones en la medida de lo necesario. La rapidez y la eficiencia 224. La tramitación de las solicitudes para eliminar información es lenta. Recordando el impacto humano de una Notificación Roja - problemas de empleo, daños a la reputación, libertad restringida de movimiento, privacidad e interferencias en la vida familiar - estos retrasos pueden provocar daños irreversibles, como en el caso de Rachel Baines. La pena máxima por la acusación en cuestión era de ocho meses, muy por debajo del umbral mínimo, por lo que la Notificación Roja debería haber sido borrada automáticamente. Sin embargo, al momento que la CCF había tomado su decisión, Rachel ya había perdido su trabajo como consecuencia de la Notificación Roja. Rachel Baines (Medio Oriente) Mayo 2012: la visa de Rachel es revocada debido a una Notificación Roja, lo que lleva a su suspensión del trabajo. Julio de 2012: FTI solicita a CCF, pidiendo la divulgación urgente con el fin de impugnar la notificación. Octubre 2012: Rachel es despedida por su empleador, por haber sido imposible resolver la situación. Diciembre 2012: CCF responde, indicando que la información ha sido eliminada. Para entonces, ya era demasiado tarde.
225. La CCF ha declarado que estas demoras son atribuibles a las OCNs, señalando problemas con la obtención de respuestas a sus pregguntas.151 Esto no es satisfactorio. Cabe recordar que la introducción de i-link seguido del deseo de las OCNs para el intercambio de información ultra rápido, ya las OCNs parecían no mostrar la misma urgencia cuando los derechos de las personas están en juego. Esto reduce drásticamente la eficacia de la reparación ofrecida por la CCF. En los tribunales nacionales, la falta de una autoridad pública para responder rápidamente a las solicitudes judiciales podría ser sancionada con penas concretas - por ejemplo, el despido de una persona en los procedimientos de extradición. No parece haber ninguna sanción eficaz para garantizar rapidez y eficiencia en el procedimiento de CCF. Independencia 226. La última interrogante importante en la evaluación de si la CCF satisface las demandas de estándares de eficacia básica de los sistemas internos de reparación es, si es suficientemente independiente. Las decisiones de la CCF no son obligatorias. En vez de tomar de decisiones, hace "recomendaciones". La Secretaria General puede pedirle que reconsidere si no está de acuerdo con una recomendación, aunque entendemos que, como cuestión de práctica, la Secretaría General cumplirá con una recomendación. Sin embargo, es difícil ver a la CCF como reparación sólida cuando no tiene el poder de emitir decisiones obligatorias. __________________________ 151 Informe Anual de Actividades de la CCF en 2009, sección 6.13.
64 227. En efecto, la posibilidad para la Secretaría General de refutar las decisiones de la CCF, se presume que llevará a la CCF a abordar su tarea consciente de la posibilidad de conflicto. La práctica de utilizar “adendas” para “equilibrar” las necesidades de la cooperación policial con el artículo 3 (discutido anteriormente) crea una posibilidad de acomodar opiniones contradictorias hacia una solución de compromiso, en lugar de ordenar un veredicto de manera independiente. La presencia de dichas provocaciones y presiones sólo podrían operar para restarle valor a la independencia de la CCF. 228. También cabe destacar a este respecto que la CCF ha declarado en sus Informes Anuales de Actividad que ha solicitado - aunque no está vinculado por esto - la asesoría jurídica de la Oficina de Asuntos Jurídicos ("OLA") de la Secretaría General. Al comentar sobre el borrador de este Informe, la CCF indicó que “la Comisión no tiene que confiar en la asesoría de la [OLA] pero necesita consultarle cuando surjan temas de aplicabilidad general de las Normas (por ejemplo, si una organización es juzgada de “Terrorista”) ... La consulta de la Comisión de la Secretaría General sobre los procedimientos y las normas de aplicación ... no pueden interpretarse como una pérdida de independencia". Nosotros no entendemos completamente estos comentarios pero remarcaríamos que, en otros contextos, parecerían sorprendentes. Por ejemplo, no esperaríamos que el CJEU pidiera asesoría legal a la Comisión Europea sobre la interpretación de la ley de UE, salvo para oír sus presentaciones como parte en un caso. 229. Concluimos que la CCF, en la tramitación de las denuncias que solicitan la eliminación de información, está muy por debajo de los estándares básicos de equidad, eficacia e independencia. A la luz de estas deficiencias, actualmente la inmunidad judicial de INTERPOL es injustificable. 5 - Razones subyacentes para la ineficacia de la CCF Sobrecargada y poco apreciada 230. Nada de esto quiere decir que la CCF no se esfuerza en su desempeño lo mejor que pueda. De hecho, creemos que las razones de la ineficacia actual de la CCF es el resultado en gran parte de los problemas estructurales y sus recursos sobrecargados. De hecho, la demanda de los recursos de la CCF ha ido en aumento de manera constante con el aumento del uso de INTERPOL en la última década. Nuevas solicitudes de CCF
Fuente: Informes Anual de Actividad de la CCF, 2001 – 2012
65 Estructura y Personal 231. Sin embargo, la CCF parece estar en general un tanto infravalorada por INTERPOL. Estuvimos sorprendidos al € 70.000.000 saber que, entre 2010 y 2012, sólo aproximadamente el 0,2% del presupuesto anual de INTERPOL se asignó a la La utilidad de operación de CCF. Esto se traduce en dificultades prácticas significativas INTERPOL, 2012 para la CCF: se nos dijo que pasa en promedio un día de € 120 000 sus tres reuniones anuales de dos días en la tramitación de demandas individuales, y que en sus últimas sesiones, se Presupuesto anual de la CCF (max), habían tramitado entre 57 y 82 demandas. Esto parecería 2010-12 destinar preocupantemente poco tiempo en cada sesión para examinar las solicitudes individuales, a pesar de que Fair Trials fue informado por la CCF que el Relator trabajará en las solicitudes entre las sesiones y que los expedientes contenciosos probablemente sean el foco en las sesiones mismas. 232. Como se mencionó anteriormente, la CCF se compone de cinco miembros voluntarios, cada uno con otros compromisos, que asisten a tres sesiones anuales. La CCF tiene una Secretaría con sede en la Oficina Central de INTERPOL en Lyon, pero ésta parece ser limitada en tamaño. Toda la correspondencia de casos de CCF, Fair Trials ha visto que lleva la misma firma. Además, no parece contar con el apoyo legal adecuado propio, como se refleja en la práctica de buscar asesoría legal de OLA sobre cuestiones jurídicas aparentemente importantes. 233. Concluimos que la CCF no cumple los estándares básicos en la tramitación de las denuncias de personas, lo cual es el resultado de su posición relativamente débil dentro de INTERPOL, en particular, sus escasos recursos y la excesiva dependencia de la Secretaría General en cuanto a finanzas y experticia jurídica. También, esencialmente es un organismo de protección de datos necesario para llevar a cabo el rol de un tribunal especializado en derechos humanos. 6 - Hacia una reforma 234. En el Informe CRIDS de la Universidad de Namur concluyó que, a la luz de la evolución de la jurisprudencia en relación a la responsabilidad de las organizaciones internacionales para proporcionar reparación alternativa (que el Informe CRIDS se refirió como el “principio de contrapeso”), INTERPOL debería explorar dos áreas posibles: (i) proporcionar a la CCF la facultad de emitir decisiones obligatorias, y (ii) la reparación del daño hecho. 235. Esta conclusión se basa en la falta de claridad, fundamentada en la jurisprudencia existente, en cuanto a, hasta qué punto se requiere que las organizaciones internacionales proporcionen garantías del debido proceso dentro de sus reparaciones internas. De hecho, como se mencionó anteriormente, el foco del CJEU en las características procesales del recurso disponible dentro de la organización internacional está en desarrollo reciente, por lo que es difícil identificar una norma internacional exacta. 236. Fair Trials cree que, si bien la jurisprudencia puede seguir evolucionando, las vías alternativas dentro de una organización internacional no pueden cumplir con los requisitos de derecho internacional o justificar la inmunidad de INTERPOL de la jurisdicción de los tribunales nacionales, a menos que proporcionan a la persona afectada la posibilidad real de presentar la violación de sus derechos para un fin. Dado el ámbito real de análisis implícito en los artículos 2 y 3 de su Estatuto - en particular, el
66 requisito para considerar la evidencia de apoyo a las acusaciones de motivación política – es esencial un proceso transparente y antagónico. 237. Si bien la propuesta del Informe CRIDS de un sistema de reparaciones por violaciones sería, sin duda, un conductor de buenas prácticas, sería de uso limitado si los afectados no pudieran obtener dicha reparación a causa de la falta del debido proceso dentro de la CCF, lo que les impide demostrar la presencia de una violación. Además, a menos que las obligaciones compensatorias se pasaran al Estado responsable (que es poco probable que sea acordado por los países miembros de INTERPOL), los recursos de INTERPOL serían mejor gastados en mejorar y desarrollar los procedimientos existentes, en línea con las recomendaciones formuladas en el presente Informe. 238. Como una organización que ha ayudado a muchas personas cuyas vidas se han visto seriamente afectadas por Notificaciones Rojas, Fair Trials cree que la prioridad debe ser desarrollar la competencia y la experticia de la CCF y mejorar la rapidez y la transparencia de sus procedimientos, a fin de proporcionar una vía a través de la cual las violaciones puedan ser concluidas con prontitud. Teniendo en cuenta que la actual CCF opera razonablemente como asesor de protección de datos para la Secretaría General, Fair Trials observa un valor considerable en INTERPOL de explorar la posibilidad de crear una cámara separada de la CCF, compuesta por personal más especializado, responsable de la tramitación de las denuncias. 239. En resumen, pareciera conveniente que este organismo posea la facultad de emitir decisiones obligatorias. El Presidente de la CCF declaró recientemente en su discurso ante la Asamblea General de INTERPOL que “La Comisión ... tiene conocimiento de la imputación que se confabula [Uso inadecuado de INTERPOL] al no haber adoptado un enfoque más desafiante en los casos que vengan después de este. El hecho de que las decisiones de la CCF son formalmente sólo recomendaciones, contribuye a esta percepción negativa. Puesto que la Secretaría General acepta constantemente nuestras recomendaciones, claramente existe un caso para formalizar esta posición.152 240. Si bien la declaración de que la Secretaría General “constantemente” acepta la recomendaciones de las CCFs es incompatible con el hecho señalado en el Informe Anual de Actividades de las CCFs del 2012 que sólo 36 de sus 37 recomendaciones para la eliminación de la información fueron aplicadas, 153 está claro que las decisiones obligatorias podrían permitir que la CCF se enfocara en su tarea con más confianza. Sin embargo, una facultad para emitir decisiones obligatorias debería concederse de forma concomitante con la creación de garantías procesales en la tramitación de las solicitudes, para asegurarse de que INTERPOL esté ligado solamente por decisiones cualitativamente fiables alcanzadas de manera procesalmente justa. 241. Recomendamos que INTERPOL busque mejorar la competencia y el rol de experticia de la CCF, y desarrollar sus procedimientos para que sean más transparentes, antagonistas y eficaces. Sugerimos a INTERPOL explorar la idea de crear una cámara separada de la CCF, responsable de la tramitación de las denuncias. Las reformas del procedimiento de denuncias deberían garantizar, como mínimo, (i) un sistema de funcionamiento de divulgación, (ii) el derecho a ser oído en los casos apropiados, (iii) decisiones obligatorias y congruentes, que deberían ser publicadas en el sitio web de INTERPOL sujetos al anonimato necesario y (iv) el requisito para las OCNs de cooperar a fin de lograr un tiempo razonable para los procedimientos. __________________________ 152 Discurso pronunciado por el Sr. Billy Hawkes, Presidente de la Comisión, a la Asamblea General de INTERPOL N°82a, Octubre de 2013, (disponible en http://www.interpol.int/About-INTERPOL/Structureandgovernance/ CCF / Publicaciones). 153 CCF Informe Anual de Actividades para el año 2012, Apéndice, p. 22.
67 V - CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES Conclusiones Generales 218 Las Notificaciones Rojas, a pesar de su naturaleza de alertas electrónicas simples, provocan consecuencias concretas y con frecuencia tienen serio impacto humano, ponen a las personas en riesgo de arresto y detención prolongada, restringiendo la libertad de movimiento y afectando a la vida privada y familiar de la persona en cuestión. 242. Las normas de INTERPOL buscan excluir adecuadamente los usos inapropiados de sus sistemas. Buscan restringir el impacto humano asociado a Notificaciones Rojas sólo para los casos que recaen dentro de la competencia de INTERPOL, asegurando que las restricciones de los derechos humanos causadas por INTERPOL sean justificadas y equilibradas. Sin embargo esta conclusión está restringida a las normas mismas, a diferencia de su aplicación en la práctica. El problema de abuso 243. En la práctica, las Notificaciones Rojas de INTERPOL están siendo utilizados como instrumentos políticos por las OCNs, y están siendo emitidas y mantenidas en base a casos criminales que han sido reconocidos por estar políticamente motivados por los tribunales de extradición y las autoridades de asilo. 244. Los sistemas de INTERPOL también se están utilizando en los casos penales que surgen como resultado de la corrupción fiscal y judicial, a veces derivados de controversias privadas con individuos poderosos. No se espera necesariamente que INTERPOL pueda detectar dichos abusos ab initio, pero los afectados necesitan la oportunidad de presentar su denuncia ante una autoridad independiente. 245. En algunos casos, los países no cumplen en solicitar la extradición, siendo esto posible. Esto representa un mal uso de una Notificación Roja y vulnera las normas de INTERPOL, y podría proporcionar evidencia de abuso político. INTERPOL reconoce esto como un abuso.
Detección y Prevención de Abuso 246. La interpretación de INTERPOL y la aplicación del Artículo 3, no está claro. Recomendamos a INTERPOL proporcionar información detallada sobre cómo evalúa la motivación política y la importancia que le atribuye a las denegaciones de extradición y concesiones de asilo. 247. En base a la información disponible, al parecer INTERPOL estaría aplicando una prueba en virtud del Artículo 3, que no está en sintonía con el asilo internacional y el derecho de extradición. Le recomendamos a INTERPOL adoptar la prueba del artículo 3 (b) del Tratado Modelo de Extradición de las Naciones Unidas, según sea aplicado por tribunales de extradición. Como primer paso, INTERPOL podría encargar y publicar un estudio de expertos que analice la extradición internacional pertinente y el derecho de asilo y de sus propias obligaciones. 248. No hay suficiente información disponible para entender cómo INTERPOL aborda la tarea de revisar las solicitudes de Notificaciones Rojas y Difusiones después de que hayan sido publicadas. Nosotros recomendamos que INTERPOL proporcione públicamente más información disponible sobre esto, dentro de límites razonables. 249. La investigación proactiva de antecedentes en materia de derechos humanos en el país requirente y las circunstancias del caso son esenciales para la detección de casos de motivación política. Nosotros recomendamos a INTERPOL más divulgación acerca del alcance de su gestión.
68 250. El suministro de órdenes de arresto puede ayudar a detectar los casos de abuso. Le recomendamos a INTERPOL pedir a las OCNs que suministren órdenes de arresto, ya sea en el momento de solicitar una Notificación o inmediatamente después, si el asunto es urgente. INTERPOL también debería insistir en completar las circunstancias de hechos que se proporcionan en las solicitudes de Notificaciones Rojas y difusiones. 251. El sistema i-link al permitir a las OCNs emitir Borradores de Notificaciones Rojas, asumió en forma poco realista que todas las OCNs respetarían las normas de INTERPOL. Dicho esto, las revisiones humanas en 24 horas minimizan el riesgo de arresto en base a los Borradores abusivos de Notificaciones Rojas. Sin embargo, sigue existiendo un riesgo de acceso y copia de los Borradores de Notificaciones Rojas de las OCNs, que puede crear un peligro permanente para la persona en cuestión, incluso si INTERPOL finalmente niega la solicitud de Notificación Roja. 252. Recomendamos que INTERPOL cambie el proceso estándar del sistema i-link para que el Borrador de Notificaciones Rojas no sea, por defecto, visible para otras OCNs mientras esté bajo revisión de la Secretaría General. En casos de urgencia, la OCN debería poder presionar el botón de “anulación”, proporcionando una explicación de las circunstancias que justifiquen esto. Sería necesario que la Secretaría General y la CCF evaluaran cuidadosamente si este poder fue utilizado adecuadamente. 253. Recomendamos la adopción de una norma clara que demande la eliminación de una Notificación Roja o Difusión, cuando (a) una solicitud de extradición basada en los procedimientos que dan lugar a la Notificación Roja / Difusión haya sido rechazada por razones de motivación política o (b) el asilo haya sido concedido en virtud de la Convención de 1951 en base a aquellos procedimientos penales que dieron lugar a la Notificación Roja / Difusión. 254. Recomendamos que, cuando la denegación de extradición o concesión de asilo se haga en base a las denuncias penales que no son las mismas que aquellas que originaron la Notificación Roja, esto debería dar lugar a una fuerte presunción a favor de la eliminación de la Notificación Roja. 255. En cualquier caso, la OCN en cuestión, debería tener la oportunidad de presentar información para la consideración de INTERPOL con el fin de mantener la Notificación Roja. Sin embargo, la responsabilidad debería recaer en la OCN para justificar por qué ninguna de las normas anteriores debería aplicarse. 256. No está claro cómo INTERPOL entiende el significado de una concesión de protección internacional o una denegación de extradición por motivos de derechos humanos para la validez de una Notificación Roja o Difusión. Recomendamos a INTERPOL publicar un Repositorio de Prácticas sobre la interpretación y aplicación del artículo 2 de su Estatuto. 257. Recomendamos que INTERPOL instaure una práctica mediante la cual la Secretaría General, cuando sea informada de un arresto, sistemáticamente haga seguimiento a la OCN del país que hace el arresto, durante 6 ó 12 meses después del evento, y haga preguntas estándar en cuanto a si se hizo una solicitud de extradición y si ésta fue aceptada o rechazada, y por qué motivos. 258. Las sanciones por el sistemas de INTERPOL pueden desempeñar un rol en la prevención de abusos futuros. Le recomendamos a INTERPOL explicar qué criterios se aplican para determinar que una OCN no ha cumplido sus obligaciones, y cuántas veces este poder se ha utilizado.
69 Creación de Recursos Efectivos 259. Teniendo en cuenta el impacto humano de las Notificaciones Rojas y Difusiones, los afectados deben tener acceso a recursos efectivos para obtener una reparación cuando las OCNs abusan de los sistemas de INTERPOL.
260. Hemos concluido que, en tanto INTERPOL actualmente escapa a la jurisdicción de los tribunales nacionales, está bajo la responsabilidad, de conformidad con el artículo 2 de su Estatuto, para proporcionar recursos efectivos dentro de su propia estructura interna. Esta es también una condición de su inmunidad judicial. 261. La CCF, en su rol más amplio de asesorar a INTERPOL sobre una base horizontal, parece estar funcionando con responsabilidad. Sin embargo esta conclusión es sin perjuicio de nuestra evaluación de su función de tramitación de denuncias individuales. 262. La capacidad de retener una divulgación no es inherentemente objetable, siempre que las excepciones reconocidas por la CCF sean interpretadas en términos generales con el fin de permitir a una persona que ha sido arrestada, acceder a su expediente, incluso si no posee documentos que mencionen INTERPOL. Sin embargo, el proceso de acceso funciona con demasiada lentitud, debido a que las OCNs no responden con rapidez suficiente a las preguntas de los CCFs. 263. Recomendamos que la CCF y/o INTERPOL establezcan una norma clara que requiera que las OCNs respondan a las solicitudes de acceso dentro de un mes calendario. El incumplimiento de este plazo debería dar lugar a la divulgación del expediente completo y, a partir de entonces, a la eliminación de la información. 264. La CCF cuando tramita denuncias que solicitan la eliminación de información, está muy por debajo de los estándares básicos de equidad, eficacia e independencia. A la luz de estas deficiencias, actualmente la inmunidad judicial de INTERPOL es injustificable. 265. Concluimos que la CCF no cumple los estándares básicos en la tramitación de las denuncias de personas, lo cual es el resultado de su posición relativamente débil dentro de INTERPOL, en particular, sus escasos recursos y la excesiva dependencia de la Secretaría General en cuanto a finanzas y experticia jurídica. También, esencialmente es un organismo de protección de datos necesario para llevar a cabo el rol de un tribunal especializado en derechos humanos. 266. Recomendamos que INTERPOL busque mejorar la competencia y el rol de experticia de la CCF, y desarrollar sus procedimientos para que sean más transparentes, antagonistas y eficaces. Sugerimos a INTERPOL explorar la idea de crear una cámara separada de la CCF, responsable de la tramitación de las denuncias. Las reformas del procedimiento de denuncias deberían garantizar, como mínimo, (i) un sistema de funcionamiento de divulgación, (ii) el derecho a ser oído en los casos apropiados, (iii) decisiones obligatorias y congruentes, que deberían ser publicadas en el sitio web de INTERPOL sujetos al anonimato necesario y (iv) el requisito para las OCNs de cooperar a fin de lograr un tiempo razonable para los procedimientos
70 ANEXO 1 - INFORMACIÓN ESTADÍSTICA PARTE A - Presupuesto, Notificaciones Rojas, Detenciones basadas en Notificaciones Rojas y Difusiones Ingresos Operativos de INTERPOL (millones de Euros)
Los ingresos operativos de INTERPOL han aumentado consistentemente durante la última década (NB – el gráfico no está ajustado según la inflación). Las contribuciones de los Miembros Estatutarios (la curva inferior, se muestra en rojo) han representado la mayoría de estos ingresos en el mismo período. Fuente: Informes Anuales de INTERPOL, 2002-2012
Notificaciones Rojas Emitidas
El número de Notificaciones Rojas emitidas ha crecido considerablemente en la última década. La cifra aumentó un 62% en el 2009, coincidiendo con la introducción del sistema i-link, permitiendo a las OCNs emitir Borradores de Notificaciones Rojas por sí mismas. Fuente: Informe Anual de INTERPOL, 2002-2012.
Arrestos en base a Notificaciones Rojas /Difusiones El número de arrestos realizados en base a Notificaciones Rojas o Difusiones ha aumentado consistentemente en la última década. No hay datos que indiquen el resultado en cada caso (es decir, si el arresto condujo a la extradición, y si fue así, cuáles fueron las razones). Fuente: Informes Anuales de INTERPOL, 2.002 a 20.121 (no hay datos disponibles para el año 2009 ó 2010). _______________________________ 1 La cifra para 2012 se basa en un artículo escrito en el Observador de la UE por el Secretario General de INTERPOL Sr. Ronald K. Noble, afirmando que “Más de 9.000 detenciones se registraron en el año 2012 a través de los canales de Interpol” (ver http://euobserver.com/opinion/121262).
71 ANEXO 1 - INFORMACIÓN ESTADÍSTICA PARTE B – Solicitudes de la CCF Nuevas solicitudes de CCF El término “solicitudes” incluye, peticiones simples para el acceso a los ficheros de INTERPOL, y denuncias que piden la eliminación o modificación de información. Fuente: Informes anuales de actividad de CCF, 2002-2012.
Proporción de Denuncias, 2005-2012 La CCF desde 2005, tiene disponibles cifras que muestran cuántas solicitudes recibidas fueron denuncias (la cifra de 2011 incluye un número de denuncias interconectadas). Fuente: Informe Anual de Actividades de la CCF, 2002-2012.
Solicitudes
Denuncias
Denuncias que dan lugar al Artículo 3, 2005 – 2012
La CCF en el mismo período, registró el número de denuncias “dando lugar al artículo 3” (no se sabe si esto significa que el artículo 3 surge por la aplicación, o si el Artículo 3 se considera que surge por la CCF). Fuente: Reporte Anual de Actividades, 2002-2012.
Denuncias
Dan lugar al Articule 3
72 ANEXO 1 - INFORMACIÓN ESTADÍSTICA PARTE B – Solicitudes (continuación ) Países relacionados con el mayor número de solicitudes.
Desde el año 2010, la CCF ha puesto a disposición un desglose de los países con los que relacionan las solicitudes. El gráfico anterior muestra solamente los países que destacaron dos veces durante el período 2010-2012. Al parecer esto cubre el total de solicitudes (tanto las solicitudes de acceso simples y las denuncias), ya que las cifras combinadas de cada año exceden al número de denuncias en cada año. También hay que señalar que estas cifras no confirman en cada caso si hubo información sobre los ficheros de INTERPOL o si esta información fue encontrada por la CCF de conformidad o no con las normas de INTERPOL, incluido el artículo 3 de la Estatuto. Para completar, el siguiente gráfico muestra los otros países que destacaron en un único año en el período 2010-2012. Una vez más, las estadísticas no necesariamente implican que la solicitud (si denuncia o solicitud de acceso) resultó en la eliminación de la información. Otros países con los que se relacionan las solicitudes en los distintos años, 2010-2012.
73 ANEXO 1 - INFORMACIÓN ESTADÍSTICA PARTE B - solicitudes de la CCF (continuación) En su Informe Anual de Actividades 2012, la CCF proporcionó información estadística más completa de lo que tiene en informes anteriores, incluyendo un desglose de los resultados que hizo en los 112 casos que examinó durante sus sesiones. Conclusiones de la CCF sobre 112 Ficheros examinados en las sesiones de 2012
Denuncia Sin - Denuncia
Las cifras son difíciles de interpretar: al parecer 47 Ficheros fueron encontrados como no conforme (como se muestra arriba), pero que la CCF recomendó destrucción de sólo 37 Ficheros (como se muestra abajo). Agregando a estos los ocho Ficheros en los que la información se bloqueó, esto sugeriría que había dos Ficheros en los cuales la CCF encontró la información como no conforme, y sin embargo, no recomendó ni bloqueo ni destrucción de la información. NB - la categoría de "no acción" en la tabla de abajo no se indica expresamente en el informe de las CCFs ; la cifra se alcanza restando las otras del 112. Recomendaciones finales de la CCF sobre los Ficheros examinados en la sesión, 2012
Destruido Actualizado Adenda Bloqueado Sin acción
Las cifras también muestran que de los 37 casos en los que la CCF recomendó destrucción del Fichero, sólo 36 fueron implementados. En el otro caso, la recomendación de la CCF “dio lugar a comentarios” de la Secretaría General, haciendo que la CCF reconsiderara su posición. El conjunto completo de cifras está disponible en el Informe Anual de Actividades de la CCF, 2012, Apéndice, pp. 21 y 22.
74 ANEXO 2 A – NOTIFICACIÓN ROJA ANÓNIMA
[APELLIDO, Nombre]
N° de Control
País Solicitante: N° de Fichero: Fecha de Publicación:
DISTRIBUCIÓN MEDIOS(INTERNET (INTERNET INCLUSIVE) LA VERSIÓN EXTRAÍDA DE LA NOTIFICACIÓN ROJA DISTRIBUCIÓNAA LOS LOS MEDIOS INCLUSIVE) DE DE LA VERSIÓN EXTRAÍDA DE L NOTIFICACIÓN ROJA PUBLICADA EN LA PÁGINA WEB PÚBLICA DE LA INTERPOL: NO PUBLICADA EN LA PÁGINA WEB PÚBLICA DE INTERPOL: NO
FUGITIVO BUSCADO PARA SER PROCESADO 1.
DETALLES DE IDENTIDAD [Fotografía
Fotografía: Esto permite que la policía, funcionarios de inmigración y otras autoridades puedan identificar a la persona. Hemos editado este ejemplo por motivos de confidencialidad.
aparece aquí]
Apellido: Apellido en Escritura Original o Código Telegráfico Chino: Apellido al Nacer: N/D Nombres: Nombres en Escritura Original o Código Telegráfico Chino: Fecha y Lugar de Nacimiento: Sexo: Femenino Nacionalidad: BRITANICA (CONFIRMADA) También conocido como/Otras Fechas de Nacimiento Usadas: N/D Estado Civil: N/D Apellido y Nombres del Padre: N/D Apellido de Soltera y Nombres de la Madre: N/D Ocupación: Azafata Idiomas hablados: N/D Regiones/Países probables de visitar: N/D Información Adicional: N/D Documentos de Identificación: Pasaporte británico N° emitido el en ) Código ADN: N/D Descripción: N/D Marcas Distintivas y Características: N/D 2.
Tipo de notificación: en este caso, roja. Otras Notificaciones en contra de personas incluyen Notificaciones verdes, identificando potenciales amenazas Publicación: Esta barra refleja la elección de la OCN para tener un extracto de la amenazas. Notificación Roja publicada en el sitio web de la Interpol o no.
Resumen de los hechos: Esta es la información de los hechos para explicar cuál es el delito que se le imputa a la persona. En este caso, sólo hay dos líneas. en el Reino Unido (vence
INORMACIÓN JUDICIAL El resumen de los hechos y la información judicial refleja la petición inicial de OCN y no son modificadas por la General
Resúmen de los Hechos del Caso: Hacer un cheque sin fondos por
: El 000 en el curso de una operación comercial
_______________________________________________________________________________________________ CONFIDENCIAL
PROPORCIONADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA POLICÍA Y LAS AUTORIDADES JUDICIALES
Secretaría
75
Pena máxima: el límite aplicable ahora es de dos años, donde la persona es acusada de un delito. Esta Notificación Roja sigue en su lugar a pesar de este umbral.
Hechos Adicionales del Caso: N/D Cómplices: N/D FUGITIVO BUSCADO PARA SER PROCESADO ÓRDEN DE DETENCIÓN O DECISIÓN JUDICIAL 1 Cargo: Emitir un cheque sin fondos Ley que Contempla el Delito: Artículo modificaciones hasta el 2006
Código Penal
y sus
Penalidad Máxima Posible: 8 meses de presidio Tiempo Límite para Tratamiento o Vencimiento de la Fecha de la Orden de Arresto: N/D Orden de Arresto o Decisión Judicial que tiene el Mismo Efecto: N° , emitida el por la oficina del Fiscal Nombre del Signatario: N/D Copia de la Orden de Arresto Disponible en la Secretaría General en el Idioma Utilizado en el País Solicitante: No
3.
ACCIONES A SEGUIR EN CASO DE SER UBICADO
LOCALIZAR Y ARRESTAR CON MIRAS A EXTRADICIÓN El país a petición del cual la presente notificación ha sido publicada, ha dado garantías de que se solicitará la extradición al momento del arresto de la persona, de conformidad con sus leyes nacionales y/o los tratados bilaterales y multilaterales aplicables ARRESTO PROVISIONAL A petición del país que la presente notificación se haya publicado, esta notificación roja debe ser tratada como una solicitud formal de arresto provisional. Por favor aplicar arresto provisional, de conformidad con las leyes nacionales y/o los tratados bilaterales y multilaterales disponibles. Informar inmediatamente a la OCN (Referencia OCN y a la Secretaría General de la ICPO_INTERPOL que el fugitivo ha sido encontrado.
Propósito: Este campo especifica que la Notificación existe para facilitar la extradición. Establece que el país ha dado garantías de que se solicitará la extradición en el momento de la detención de la persona. Solicitud de detención: Se solicita arresto provisional, de conformidad con la legislación nacional y los tratados de extradición.
Fichero N°
de
2012)
Orden de Detención: Este campo contiene la referencia requerida para la orden de arresto en la que se basa la Notificación Roja, y se les informa a las autoridades si la Secretaría General tiene una copia en el fichero. En este caso, no hay ninguna. Notificación: El país que realiza el arresto debe informar a INTERPOL de dicho arresto , permitiendo a la Secretaría General monitorear la situación.
Control N°
76 ANEXO 2B- IMPRESIÓN DE UNA DIFUSIÓN CONCERNIENTE A PETR SILAEV 21. AGO. 2012
De: Enviado el : Para: Asunto:
00 34 915822980
Autor: la Difusión es la OCN de la Federación Rusa (conocida como Interpol Moscú)
OCNmoscow [
[email protected]] martes, 28 de abril de 2011 15:18 ZONE2 (ZONE2) 278/14845
N° 4419
P.
3
Destinatarios: la Difusión fue enviada a todos los países en Europa – Zona 2
.IP MOSCÚ 11014845 FECHADO 26.04.2011 Cargo: La Difusión especifica que Petr es buscado por NUESTRA REFERENCIA: 49172/FF/118/10 NO URGENTE “vandalismo”, en virtud del Artículo 213 (2) del Código OFICIAL: 118 Penal de Rusia - el mismo delito con el que fueron PARA: IP INTERPOL acusadas las “Pussy Riot” y los activistas "Arctic 30' de ----------------[texto]-----------------ZONA2 Greenpeace. SU REF. NUEVA Esp. IP La Haya IP BRUSELAS SU REF. PP/ASL11/0.22031-11-1- IP VILNA SU REF.: IP/1231/69/RU/11 IP WIESBADEN SU REF.:SO52-1 – 177 Ref: 2011-0001435619 IP RIGA SU REF.:5240/11 (11/5104)IP MINSK SU REF.: IP/1617/IS/32/2011 IP LISBOA SU Ref: 3344.11.SC.POP IP FRANCIA SU REF: DCPJ/ OCLCO/ BANDITISME / 2011 / 2066 IP COPENHAGE SU MENSAJE SV: 279/5691 FECHADO 21.02.2011 ANTE CUALQUIER RESPUESTA, FAVOR MENCIONAR NUESTRA REF. SUJETO: Fugitivo buscado para ser procesado Silzev (Silayev) f/n Petr s/o Yury, nacido 31.01.1985 Fotografías: disponibles tomadas el 2008 Resumen de los hechos: esta vaga acusación no especifica ninguna Huellas digitales: no disponibles conducta delictiva por parte de Petr. Se refiere explícitamente a la Apellido actual: Silzev (Silayev) controversia del bosque Khimki, permitiendo a la INTERPOL Nombre: Petr investigar el trasfondo de la situación. El segundo cuadro nombra a Fecha de Nacimiento: 31.01.1985 Lugar de nacimiento: Moscú los supuestos cómplices. Varios informes públicos detallan la Sexo: masculino absolución de uno por falta de pruebas. Nacionalidad: Federación Rusa También conocido como: n/d Apellido y nombre del padre: f/n Yury Apellido de soltera y nombre de la madre: Silaeva (Silayeva) f/n d/o , nacido. . 1956 Documentos de identidad: Pasaporte de viaje Ruso 70 nr 126 Descripción: 165-170 de altura, contextura normal, cabello oscuro corto, frente amplia Marcas distintivas: n/d Código ADN: n/d Ocupación: n/d Idiomas hablados: usual – Ruso, otros - n/d Regiones/países probables de visitar: Ucrania, Bielorrusia, Dinamarca, Portugal, Alemania, Francia, Lituania, Letvia, Bélgica, Holanda. 2. Información judicial Resumen de los hechos del caso Fecha: 28.07.2010 Lugar: Xhimki, Moscú región/Rusia Eventos, circunstancias, modus operandi, etc: el sujeto junto a sus cómplices reunieron a un grupo de 150personas con el pretexto de apoyar a los defensores del bosque Khimki que había sido cortado para que el metro pudiese pasar. El grupo llegó al edificio municipal y afectó al orden público al disparar armas con balines y lanzar bombas de humo a las ventanas y la puerta principal. El daño ocasionado al edificio de la municipalidad se avaluó en 395.000 rublos Cómplices (nombre, apellido, comentarios) : Solopov n/ Denis Victor, nacido el 17.12.1987, Solo´pov M.V. , Gaskarov A.V. Para el fugitivo buscado para ser procesado: Cargo: vandalismo con uso de armas y otros elementos usados como armas cometido por un grupo organizado Penalidad máxima posible: 5 años de prisión Ley que contempla el delito: sección 2, articulo 213 del Código Penal Ruso Tiempo límite de procesamiento: de acuerdo a nuestra legislación, el tiempo límite para el procesamiento por tal delito es de 5 años, pero su curso se puede suspender
77 puesto que el acusado se esconda de la investigación. Orden de arresto (número, fecha y lugar de emisión): sin número (caso criminal número 91938) emitida el 11/08/2010 por el tribunal del pueblo de Khimki en Moscú región / Rusia Nombre del signatario: juez Zepalova N.N Nuestras autoridades policiales tienen información que: el sujeto abandonó Rusia al extranjero. De acuerdo a la información de la IP de Mink, Vilna y Wiesbaden el sujeto cruzó la frontera de los estados de Bielorrusia, Lituania, Holanda, Alemania y Bélgica entre Agosto y Noviembre del 2011. 4. Acciones a seguir en caso de ser ubicado: En este sentido se le solicita que tome las medidas apropiadas a fin de determinar el paradero del sujeto. Por favor verifique sus registros penales y de inmigración para entregarnos cualquier información útil que tenga sobre el tema. En el caso de que la persona buscada se encuentre en su país, se lo solicita formalmente su detención provisional en espera de la extradición. En caso de ocurrir la detención, los documentos de extradición serán enviados a través de los canales correspondientes dentro del plazo prescrito. Se solicitará la extradición de cualquier país con el que el país solicitante esté vinculado a través de un tratado bilateral de extradición; un convenio de extradición o a través de cualquier otro convenio existente entre países sobre la base de la reciprocidad. Si en su país no es posible realizar la búsqueda del sujeto con el objetivo de efectuar la detención y extradición hacia Rusia, se le solicita formalmente buscar al sujeto para establecer su paradero. Si, en lugar de la extradición, las autoridades pudieran excluir, expulsar, deportar, o en caso contrario, retirar de circulación a este prófugo, por favor háganoslo saber. Si este prófugo se encuentra en un país que no puede extraditar o en caso contrario, retirar al fugitivo directamente a la Federación Rusa, por favor registre sus movimientos e inmediatamente notifique a INTERPOL Moscú, citando el número de referencia que aparece más arriba.
Gracias por su cooperación Saludos IP Moscú
Orden de Detención: Fair Trials recibió una copia de la "orden de detención", por parte de la CCF. No contenía nada más específico que el resumen de los hechos en la primera página de la Difusión, y puede ser descrita como una decisión "de visto bueno". Fue emitida en virtud del Artículo 108 (5) del Código de Procedimiento Penal de la Federación Rusa, que entrega órdenes de detención "in absentia", la condición previa para iniciar una búsqueda internacional a través de INTERPOL. En el momento de la publicación de este informe, la decisión recién había sido tomada con respecto a la activista política Anastasia Rybachenko, de 22 años, quien vive en el exilio en la Unión Europea, y está acusada en relación con otra manifestación en Moscú.
78 ANEXO 3 – RESÚMENES BREVES DE CASOS FAIR TRIALS (en el orden que aparecen en el informe)
NOMBRE Benny Wenda
VIVE EN
BUSCADO(A) POR
Reino Unido
Indonesia
Chandima Withana
Ilya Katsnelson
Israel
Rusia
Alemania
Ciudadano de los EE.UU y ex ejecutivo del Grupo Volgotanker, compañía naviera conectada a la empresa petrolera Yukos de Mikhail Khodorkovskiy. Dinamarca denegó su extradición debido a que las autoridades rusas no habían presentado pruebas suficientes de algún acto ilícito. Detenido a punta de pistola en Alemania a partir de la Notificación Roja de INTERPOL y detenido en una prisión de alta seguridad por 50 días antes de ser devuelto a Dinamarca. CCF consideró la negativa danesa como un "addendum" en la Notificación Roja.
Rusia
Rachel Baines
Sri Lanka
Ciudadano del Reino Unido originalmente reconocido como refugiado de Sri Lanka. Se desempeñaba anteriormente como abogado en Sri Lanka; actuó en casos de alto perfil. Editor del sitio Lanka News, que está prohibido en Sri Lanka. La Notificación Roja se relaciona a una denuncia por falsificación que se remonta a 1999. Fair Trials solicitó acceso a su expediente, el cual fue concedido con premura. A pesar que su ubicación es conocida, y que la legislación del Reino Unido permitiera un acuerdo de extradición ad-hoc, Sri Lanka no ha solicitado su extradición.
Dinamarca/EEUU
Magda Osipova *
Ciudadano del Reino Unido originalmente reconocido como refugiado de Indonesia. Líder en el exilio del movimiento para la independencia de Papúa Occidental, provincia de Indonesia. Notificación Roja Pública en vigencia por de 18 meses, con una fotografía tomada de su sitio web de la campaña, asociando su trabajo con actos delictuales. Tuvo que realizar una video conferencia en el Parlamento australiano debido a que no podía viajar y asistir en persona por temor a ser detenido.
Reino Unido
ARRESTADO(A) EN
Reino Unido
Ciudadana rusa/israelí y empresaria exitosa de Rusia. Durante una visita a Israel, se enteró que estaba siendo enjuiciada en Rusia en lo que sostiene que se trata de cargos falsos derivados de la corrupción en dicho país. Israel señaló que se podría considerar una solicitud de extradición si Rusia permitiera tener observadores que garantizaran un juicio justo. Nunca se presentó ninguna solicitud. Se le ha negado la visa para entrar a Estados Unidos, donde vive su hija con su familia. Su estado de salud se ha visto afectado considerablemente a causa de su aislamiento Oriente Medio Ciudadana del Reino Unido que perdió su trabajo después que su visa de los EE.UU, necesaria para los vuelos transatlánticos, fuera revocada debido a la Notificación Roja La Notificación Roja se basó en un delito de "dar un cheque sin fondos”, no cumpliendo con los pagos de un préstamo. La Notificación Roja era de un delito con una pena de ocho meses de duración, muy por debajo del umbral de dos años que entró en vigencia en julio del 2012. La Notificación Roja fue eliminada de forma posterior a la aplicación de Fair Trials, pero sólo después que Rachel perdiera su empleo a causa de esta Notificación.
ANEXO 3 – RESÚMENES BREVES DE CASOS FAIR TRIALS (en el orden que aparecen en el informe)
79 NOMBRE Toms Klutsis*
VIVE EN
BUSCADO(A) POR
España
Rusia
Kurdos Suecos
Iran
Grupo de 12 ciudadanos nacionalizados estado unidenses (la mayoría suecos). Activistas con 'Hekmatist', un partido de oposición izquierdista, que habían huido a Irán a fines de la década de los 90’s y vivieron como refugiados políticos en la Unión Europea durante más de 20 años. Continuo activismo desde el exilio político en la Difusión de mensajes políticos en Irán, a través radio de onda corta y televisión satelital. Poco antes de las elecciones del 2009, Irán originó que INTERPOL publicara simultáneamente Notificación Rojas contra los 12 activistas, por los delitos de "terrorismo". Fair Trials prestó asistencia a tres miembros del grupo: Khalid Haji Mohammadi, Assad Golchini y Rahman Hossienzadeh - con aplicaciones a la CCF. La foto es de otro de los miembros, Koorosh Modaresi. Las Notificación Rojas fueron finalmente eliminadas en marzo del 2013 - dos años y medio después que los abogados que actuaran para el grupo hayan contactado a INTERPOL y que los medios de comunicación hayan informado del caso.
Alemania
Akhmed Zakaev
España
Ciudadano letón/ruso que, con 17 años, fue arrestado por vender pastillas de éxtasis que contenían 0,72 gr de sustancias controladas a un amigo en Moscú. A los 23 años, fue detenido en España a raíz de una alerta de INTERPOL y detenido durante dos semanas, mientras se consideraba una solicitud de extradición. El tribunal español negó su extradición, señalando que el delito era demasiado antiguo para ser procesado tanto para la ley rusa como española. Fair Trials ha escrito a la CCF para averiguar sobre el estado de la alerta y consultar por la negativa de la extradición.
Suecia
Ali Caglayan
ARRESTADO(A) EN
Polonia
Ciudadano alemán originalmente reconocido como refugiado de Turquía. Participó en las manifestaciones del Primero de Mayo en Estambul en 1994. Reconocido como refugiado en 1995 por el gobierno alemán. Detenido en Polonia en el 2012, como consecuencia de una alerta internacional. Pasó dos semanas detenido antes de que Turquía negara solicitar su extradición. Fair Trials ha solicitado a la CCF si su nombre está en los ficheros de INTERPOL, sugiriendo que cualquier alerta sería probablemente abusiva.
Reino Unido
Turquía
Rusia
Reino Unido, Polonia, Dinamarca
Ciudadano checheno, líder de los separatistas del gobierno checheno en el exilio. Desempeñó un papel importante en las negociaciones de paz en las guerras de Chechenia. Detenido en Dinamarca a raíz de una Notificación Roja. Después de un mes en prisión preventiva, fue liberado por falta de pruebas (un sacerdote a quien presuntamente había asesinado resultó estar vivo). Detenido de nuevo a su regreso al Reino Unido debido a una Notificación Roja. El tribunal de Magistrados de Bow Street denegó su extradición sobre la base que el caso fue motivado políticamente. El Reino Unido le concedió posteriormente asilo político en el 2003. Detenido de nuevo en Polonia debido a una Notificación Roja; obtuvo su libertad al cabo de unas horas y regresó al Reino Unido. Fair Trials ha solicitado acceso a su expediente, confiando en la política de acceso establecida por la CCF en donde se publica la Notificación Roja a través del sitio web de INTERPOL. Sin embargo, seis meses después, aún no se ha recibido respuesta. ANEXO 3 – RESÚMENES BREVES DE CASOS FAIR TRIALS (en el orden que aparecen en el informe)
NOMBRE Anastasia Rybachenko
VIVE EN
BUSCADO(A) POR
Estonia
ARRESTADO(A) EN
Rusia
Ciudadana rusa, miembro activo de larga data del movimiento "Solidarnost", partido de oposición dominante en Rusia. Participante habitual en las protestas políticas públicas, incluyendo las manifestaciones postelectorales en la Plaza Bolotnaya, Moscú, el 6 de mayo de 2012. Acusada de "participación en los disturbios masivos” después de las manifestaciones. Fair Trials solicitó a la Secretaría General de INTERPOL que no se permitiera el uso de sus sistemas en el caso, resaltando su carácter político.
80
Wadih Saghieh
Tailandia/ Líbano
Patricia Poleo
Petr Silaev
Ciudadano libanés, comerciante de piedras preciosas y joyas. Celebró un contrato de venta de joyas con una persona poderosa en Abu Dhabi. Cuando inició acciones legales para recuperar las cantidades debidas, su hermano fue detenido y se emitió una orden de arresto internacional contra él. La imposibilidad de viajar lo dejó incapaz de mantener contacto con sus clientes. La orden de detención fue retirada después de que él tuvo actuaciones contra el fiscal.
Estados Unidos
Finlandia
EAU
Venezuela
Ciudadana venezolana, periodista, ganadora del Premio Rey de España en el 2001. Varias veces citada ante los tribunales por su labor periodística, suscita la preocupación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Poco después de ser reconocida como refugiada por los EE.UU en el 2009, Venezuela emitió una alerta en INTERPOL contra ella. Detenida en Perú en el 2010. Después de su solicitud en marzo del 2011, la CCF finalmente respondió en agosto del 2012 afirmando que la información había sido eliminada.
Rusia
Perú
España
Ciudadano ruso, activista anti-fascista y escritor de Moscú. Participó en una manifestación en Moscú en el 2010 contra una polémica construcción de una carretera que atravesaba el bosque protegido Khimki. Huyó a Rusia después que la policía comenzara a arrestar a otros activistas que involucrados. Reconocido como refugiado político en Finlandia, dicho país se encontraba informado de las denuncias pendientes contra él. Detenido en España en una Difusión basada en un delito de "vandalismo". Pasó nueve días en una prisión de alta seguridad a las afueras de Madrid, y seis meses impedido de salir de España y en libertad bajo fianza mientras que el tribunal de justicia considerara la solicitud de extradición por parte de Rusia. El tribunal español denegó su extradición en base a que el caso en su contra presentaba una motivación política, tomando en cuenta que la solicitud sólo contenía acusaciones sin fundamento formuladas por la policía. Fair Trials envió una solicitud detallada de 28 páginas a la CCF con el objetivo de que se destruyera la Difusión, que se encuentra disponible para consulta en http://www.fairtrials.org/cases/petrsilaev/. Finalmente la CCF respondió con una carta de una página, que no abordaba los hechos del caso, explicando que había encontrado una razón para recomendar la destrucción de la alerta. La carta de la CCF fue redactada sólo dos días después que las autoridades rusas comenzaran a anunciar el veredicto, y sólo después de una petición urgente de Fair Trials.
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ANEXO 3 – RESÚMENES BREVES DE CASOS FAIR TRIALS (en el orden que aparecen en el informe)
NOMBRE
VIVE EN
Ales Michalevic
BUSCADO(A) POR
República Checa
Dmitrij Radkovich*
Bielorrusia
Alemania
Italia, Bulgaria, Letonia
Empresario bielorruso que financió a los candidatos de la oposición en las elecciones del 2010, Andrei Sannikov y Nikolaj Statkevich. Huyó de Bielorrusia y fue reconocido como refugiado por la República de Lituania sobre la base que enfrentaba persecuciones políticas en Bielorrusia. Detenido en Italia el Día de Año Nuevo en presencia de su familia a causa de una alerta de INTERPOL en relacionada con el mismo proceso penal. Las autoridades italianas entregaron una copia de su documento de viaje para refugiados a INTERPOL, quien contactó a las autoridades de Lituania para comprobar esto. Las autoridades italianas suspendieron los procedimientos luego que las autoridades lituanas confirmaran que le habían concedido asilo sobre la base de los procesos penales subyacentes a la alerta de INTERPOL. Detenido de nuevo en Bulgaria, pasó cuatro meses bajo arresto domiciliario antes que el tribunal denegara la solicitud de extradición Bielorrusa puesto que el caso contra Dmitrij fuese por motivos políticos. Fair Trials solicitó a la CCF acceso al Fichero de Dmitrij, pero -casi un año más tarde, no se ha proporcionado dicho acceso. Fair Trials también solicitó que se eliminara la alerta desde los Ficheros de INTERPOL. China
Mourad Dhina
Polonia, Estados Unidos
Ciudadano bielorruso, miembro de la oposición política. Se levantó contra el Presidente Lukashenko en las elecciones presidenciales del 2010. Encarcelado, junto con otros opositores, a raíz de las elecciones. Dejó Bielorrusia y fue reconocido como refugiado por la República Checa. Bielorrusia pidió una Notificación Roja, pero INTERPOL se rehusó. Sin embargo, fue detenido y encarcelado durante un breve tiempo tanto en Polonia como en Estados Unidos mientras la solicitud bielorrusa estaba siendo copiada en las bases de datos locales.
Lituania
Dolkun Isa
Bielorrusia
ARRESTADO(A) EN
Suiza
Ciudadano alemán originalmente reconocido como refugiado de China. Líder en el exilio del movimiento para la emancipación de la población Uigur de Turkestán Oriental, provincia de China. Se mostró un fax desde INTERPOL por la policía alemana en 1999 y se recomendó no viajar a Asia Central. En enero de 2010 se solicitó acceso a su expediente. En enero del 2012 la CCF respondió, rehusándose a confirmar o negar si existía información en el Fichero. Algeria
Francia
Ciudadano argelino, director de la Fundación Alkarama en Ginebra. Fundador de Rachad, organización benéfica que defiende la revolución pacífica en Argelia. Detenido en Francia a causa de una "orden de arresto internacional” emitida por Argelia, y permaneció seis meses en el centro de detención La Santé. Tribunal de París denegó su extradición en una opinión "totalmente desfavorable”. Fair Trials solicitó, en agosto del 2012, acceso a su Fichero con el fin de aclarar si su detención en París se basó en una alerta de INTERPOL. No se ha recibido aún ninguna respuesta, 14 meses después de que la realizara solicitud.
* Indica que se ha usado un seudónimo para proteger la identidad de la persona. Los nombres verdaderos han sido entregados a INTERPOL para que pueda estudiar los Ficheros pertinentes.
82 ANEXO 4 PERFILES BREVES DE LOS MIEMBROS DE LA ACTUAL CCF
Sr. Billy Hawkes El Sr. Billy Hawkes ha sido el Comisario de Protección de Datos de Irlanda desde EL 2005; fue reelegido por un período de 5 años en el 2010. Antes de este nombramiento, trabajó en la administración pública irlandesa en numerosos departamentos gubernamentales incluyendo el Servicio de Relaciones Exteriores en el que trabajó durante 20 años. También trabajó en el Departamento de Finanzas y en el Departamente de la Empresa, Comercio y Empleo.
Sra. Drudeisha Madhub La Sra. Drudeisha Madhub es la Comisaria de Protección de Datos de Mauricio. Ella se incorporó a la Oficina del Primer Ministro en el 2007, donde creó la Oficina de Protección de Datos. La Sra. Madhub completó su licenciatura de estudios de derecho en la Universidad de Mauricio en 1998. De los 7 candidatos que ingresaron a la oficina de abogados en 1999, fue galardonada con el primer premio. En el 2001 se unió a la oficina del Fiscal General, en la que trabajó durante más de 6 años. Durante este periodo se llevó a cabo una MAESTRIA Internacional en Derechos Humanos, Universidad de Essex. Sus estudios fueron financiados por una beca Chevening. Recientemente publicó un artículo en una revista sobre la labor de la Comisión de Protección de Datos de Mauricio.
Sr. Jean Frayssinet El Profesor Jean Frayssinet es Profesor emérito de la Facultad de Derecho de la Universidad de Aix-Marseille en Francia. Como académico en distintas universidades francesas se ha centrado en leyes administrativos, comunicacionales y de protección de datos y en el impacto de las nuevas tecnologías, publicando varios artículos y libros recopilatorios, además de supervisar tesis doctorales sobre estos temas.
Andrew Patrick El Dr. Andrew Patrick es un Analista de Investigación Informática y trabaja para la Oficina del Comisario de Privacidad de Canadá. Además, trabaja como profesor adjunto de Investigación en Ciencias de la Computación en la Universidad de Carleton. En los últimos 20 años el Dr. Patrick ha trabajado en los sectores de la industria, gobierno y académico en áreas como la privacidad y la seguridad. Trabaja en numerosos proyectos fundamentalmente investigando la conducta de la gente con el fin de mejorar el diseño y el desarrollo de nuevas tecnologías. Frecuentemente publica y habla sobre estos y otros asuntos relacionados con la Informática. Obtuvo su doctorado en Psicología Cognitiva en 1987 en la Universidad de Western Ontario.
Sr. Sharif Al-Omari El Sr. Sharif Al-Omari tiene el grado militar de General (Coronel) en el Reino de Jordania, donde anteriormente había trabajado como Director del Departamento de Organización y Planificación, en la Dirección de Seguridad Pública, como Director de Centros Penitenciarios y Rehabilitación en el Departamento de Seguridad Pública y Director del Departamento de Información Criminal. También fue ex Director de INTERPOL Ammán, el OCN de Jordania. Anteriormente, trabajó como Asesor Superior de la Policía en la Misión de Apoyo de las Naciones Unidas en Libia (UNSMIL), encabezando un grupo de 9 policías de la ONU especialistas expertos en tecnología. También formó parte de la Misión de las Naciones Unidas en Kosovo (UNMIK).
83 Yo, certifico que la precedente (ochenta y dos páginas) es una traducción fiel y exacta de los documentos originales. Nótese, que no voy a dar fe de la exactitud ni contenido de cualquier otro que no sea la traducción original establecida aquí, exceptuando las copias que se hacen por mí y que contengan mi firma original solamente. Fecha: 25 de Junio 2015
Marianella Peña Muñoz Rut: 11.907.163-1 Perito Judicial Corte de Apelaciones Santiago, Valparaíso y Rancagua Rol 2924-2007 y 2603-2007 Teléfono + 56 (2) 225 562 4 11 Telef.Celular (9) 79 01 797