FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. DE C.V. Dirección General
MANUAL ADMINISTRATIVO DE FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. DE C.V.
Septiembre 2010
1
FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. DE C.V. Dirección General
I.
INTRODUCCION
5
II. OBJETIVO
6
III. MARCO JURÍDICO
8
IV. DESCRIPCIÓN Y BIENVENIDA DE LA EMPRESA
12
IV.1 MISIÓN
13
IV.2 VISIÓN
13
IV.3 DE CALIDAD
14
IV.4 HISTORIA
14
IV.5 OBJETO SOCIAL
16
IV.6 DIRECTRICES GENERALES
19
IV.7 UBICACIÓN GEOGRÁFICA DE LAS ESCALAS NAUTICAS Y DE LAS 2 API’S DE FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. DE C.V.
20
IV.8 SITUACIÓN ACTUAL
21
IV.9 ORGANIGRAMA
25
IV.10 DIRECTORIO
29
IV.11 ASPECTOS RELEVANTES DE LA RELACIÓN LABORAL EN FONATUR OPERADORA PORTUARIA 32 V
INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE NORMAS INTERNAS 36 V.1 NORMAS DE OPERACIÓN DEL COMITÉ
36
V.2. DEL PROGRAMA PARA LA ELABORACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL ACERVO NORMATIVO INTERNO
41
V.3- LINEAMIENTOS GENERALES PARA ELABORAR O ACTUALIZAR LA NORMATIVIDAD INTERNA
41
V.4.-LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS PARA ELABORAR O ACTUALIZAR LAS NORMAS INTERNAS 43 2
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V.5.-PROCEDIMIENTO PARA ELABORAR O ACTUALIZAR EL CONJUNTO DE NORMAS 45 V.6.- DIAGRAMA DE FLUJO
48
V.7.- FORMATOS E INSTRUCTIVO DE LLENADO
49
VI INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE OBRA PÚBLICA
54
VI.1 DEFINICIONES
54
VI.2 INTEGRACIÓN DEL COMITÉ
55
VI.3 FUNCIONES DEL COMITÉ
56
VI.4 FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ
57
VI.5 DE LAS REUNIONES:
58
VI.6 TERMINOS BAJO LOS CUALES -SE CELEBRARAN LAS REUNIONES DEL COMITÉ 59 VII NORMAS PARA LA AUTORIZACIÓN DE VIÁTICOS A SERVIDORES PÚBLICOS COMISIONADOS DE FONATUR OPERADORA PORTUARIA VII.1 VIATICOS Y PASAJES
61 61
VII.2 PROCEDIMIENTO PARA EL SEGUIMIENTO DE LAS COMISIONES Y LA OBTENCIÓN DE LOS VIATICOS Y LA COMPROBACIÓN DE LOS GASTOS. 80 VII.3 DIAGRAMA DE FLUJO. VIII MANUAL PARA EL CONTROL DE FONDOS FIJOS
83 86
VIII.1 NORMAS PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL FONDO FIJO DE FOP POLÍTICAS Y/O NORMAS DE OPERACIÓN:
86
VIII.2 DE AUTORIZACIÓN
86
VIII.3 DE USO
86
VIII.4 DE REPOSICIÓN
87
VIII.5 DE FINIQUITO
87 3
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VIII.6 DE LA DOCUMENTACIÓN
88
VIII.7 DE LOS ARQUEOS
88
IX CUADRO GENERAL DE CLASIFICACIÓN ARCHIVISTICA, CATÁLOGO DE DISPOSICIÓN DOCUMENTAL Y GUIA SIMPLE IX.1 PRESENTACIÓN
89
IX.2 OBJETIVO
90
IX.3 METODOLOGÍA
91
IX.4 POLÍTICAS DE DISPOSICIÓN DOCUMENTAL
93
IX.5 MARCO LEGAL
95
IX.6 CUADRO GENERAL DE CLASIFICACIÓN
97
IX.7 CATALOGO DE DISPOSICIÓN DOCUMENTAL IX.8 GUIA SIMPLE X
89
GLOSARIO DE TÉRMINOS
-
102 105 110
XI. FIRMAS DE AUTORIZACIÓN DEL MANUAL ADMINISTRATIVO DE FONATUR OPERADORA PORTUARIA. 112
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I.
INTRODUCCION El presente Manual ha sido elaborado pensando en ti que te integras a este equipo de trabajo conocido como FONATUR Operadora Portuaria, S.A. de C.V. Este texto tiene la finalidad de que conozcas la empresa en la que laboras, con la intención de que tu conocimiento y compromiso sean el punto de partida para que te sientas parte de esta Institución y tengas las bases para el adecuado desempeño de tu trabajo. En este Manual se detalla la importancia y funcionamiento de diversos aspectos administrativos primordiales para FONATUR Operadora Portuaria, mismos que deberás observar en desempeño de tus funciones como servidor público, en los siguientes aspectos: • • • • • • •
Bases para la integración y funcionamiento del Comité Información Bienvenida a FONATUR Operadora Portuaria Integración y funcionamiento del Comité de Obra Pública Normas para Autorización de- Viáticos Control de Fondo Fijo Integración y funcionamiento del Comité de Calidad Integración y funcionamiento del Comité de Normas Internas
de
Desde ahora y durante tu estancia en ella, adquieres el compromiso de cumplir con tus obligaciones laborales y de desarrollar tu máximo esfuerzo para que, aunado al que hace la Institución, logremos un óptimo desempeño de nuestras actividades, así como tu desarrollo personal en este nuevo centro de trabajo. De esta manera te pedimos que te sientas a gusto y entusiasta, y que leas con atención y por completo el presente Manual, que constituye, tu primera capacitación para el trabajo dentro de FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. de C.V.
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II.
OBJETIVO
•
Contar con un documento que contenga los lineamientos de integración y operación de un órgano colegiado de coordinación, comunicación y control entre las unidades administrativas de FONATUR Operadora Portuaria, para la elaboración o actualización del acervo normativo interno.
•
Analizar los documentos normativos que las áreas de FONATUR Operadora Portuaria, elaboren o actualicen para contar con las Normas internas que rijan las acciones encomendadas a cada área, en cumplimiento de su objeto.
•
Contar con un órgano colegiado de coordinación, comunicación y control entre las diversas unidades administrativas de FONATUR Operadora Portuaria, para garantizar el estricto cumplimiento de la aplicación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
•
Normar el funcionamiento del Comité de Calidad de FONATUR OPERADORA PORTUARIA, el cual está enfocado a dictar y verificar el mantenimiento y mejora del Sistema de Gestión de la Calidad, así como, controlar el desarrollo de las actividades, evaluar los resultados obtenidos de su implantación y seguimiento, buscando así la mejora continua de FONATUR OPERADORA PORTUARIA.
•
Regular la actividad del Comité de Obra Pública mismo que está encaminada a dar cumplimiento a los principios de eficiencia, eficacia y honradez que se debe observar en FONATUR Operadora Portuaria, en la administración de los recursos destinados a las obras públicas y a los servicios relacionados con las mismas, así como coadyuvar al cumplimiento de metas en esta materia, y a la observancia de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.
•
Contar con las bases y lineamientos para la integración y operación del Comité de Obras Públicas, a fin de cumplir con lo establecido en el Artículo 25 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
•
Definir las guías de actuación para garantizar que el registro, liberación y comprobación de los gastos a cargo de los comisionados por FONATUR OPERADORA PORTUARIA, se efectúen con oportunidad y apegados a los requisitos administrativos, fiscales y legales establecidos en los ordenamientos correspondientes a la materia, así como, proporcionar a las áreas que lo conforman la normatividad y criterios para la autorización y comprobación de viáticos. 6
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•
Promover que los procesos para la autorización, ejercicio y comprobación de las erogaciones que se generen con motivo de las comisiones que se encomienden a los servidores públicos se efectúen con prontitud y eficiencia y de esta forma repercuta favorablemente en su desarrollo y cumplimiento.
•
Dotar de recursos en efectivo a las diferentes áreas que integran FONATUR OPERADORA PORTUARIA, a efecto de que estén en posibilidad de resolver de manera inmediata la adquisición de bienes y/o servicios urgentes y de poca cuantía, asimismo las erogaciones que se efectúen se realizarán en el marco normativo de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público (en adelante la Ley) y deberán cumplir con las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales establecidas.
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III. MARCO JURÍDICO •
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
LEYES FEDERALES •
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
•
Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos
•
Ley Federal de las Entidades Paraestatales
•
Ley Federal de Turismo
•
Ley de Información Estadística y Geografía
•
Ley Federal de Transparencia- y Acceso a la Información Pública Gubernamental
•
Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal
•
Ley de Planeación
•
Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas
•
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
•
Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal respectivo
•
Ley Federal de Procedimiento Administrativo
•
Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público
•
Código Fiscal de la Federación
•
Código Civil Federal y sus reformas 8
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REGLAMENTOS • Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal • Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales • Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental • Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas • Reglamento Hacendaria
de
la
Ley
Federal
de
Presupuesto
y
Responsabilidad
• Reglamento de la Ley de Información Estadística y Geografía • Presupuesto de Egresos de la Federación para cada ejercicio fiscal • Reglas aplicables a las Resoluciones Misceláneas fiscales para el ejercicio que se trate • Plan Nacional de Desarrollo DECRETOS •
Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal correspondiente
ACUERDOS •
Acuerdo que establece la información relativa a los procedimientos de licitación pública de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán remitir a la SECODAM, por transmisión electrónica o en medio magnético, así como la documentación que las mismas podrán requerir a los proveedores para que éstos acrediten su personalidad en los procedimientos de licitación pública. D.O.F. 11/abril/1997
•
Acuerdo por el que se establecen las reglas para la determinación y acreditación del grado de contenido nacional, tratándose de procedimientos de contratación nacional. D.O.F 03/Marzo/2000 9
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•
Acuerdo mediante el cual se dan a conocer las reglas en materia de compras del sector público para la participación de las empresas micro, pequeñas y medianas; para las reservas del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, y para la determinación del grado de integración nacional. D.O.F 24/noviembre/1994
•
Acuerdo por el que se establecen los lineamientos que regulan la participación de los testigos sociales en las contrataciones que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F 16/diciembre/2004.
•
Acuerdo por el que se emite el Clasificador por Objeto del Gasto.
NORMAS • Normas que regulan los viáticos y a pasajes para las comisiones en el desempeño de funciones en la Administración Pública Federal • Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal OFICIOS • Oficio circular UCEGP/310/264V/2002 relativo a viáticos y pasajes SISTEMAS •
Sistemas de gestión de la calidad –Fundamentos y Vocabulario
•
Norma NMX-CC-9000-IMNC, fundamentos
•
Norma NMX-CC-9001-IMNC, requisitos
•
Norma NMX-CC-9004-IMNC, directrices
•
Norma NMX-CC-19011-IMNC, orientación relativa a las auditorias
•
Norma NMX-CC-10017-IMNC, orientación sobre técnicas estadísticas
ACTAS CONSTITUTIVAS • Acta Constitutiva No. 55,608 de TERRENOS RECREO, S.A., de fecha 9 de octubre de 1969
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• Acta Constitutiva No. 103,144 de fecha 25 de junio de 2004, se reformaron sus estatutos sociales con respecto al cambio de denominación de la sociedad, de Terrenos Recreo S.A. de C.V., a Singlar, S.A. de C.V. • Acta Constitutiva No. 132,415 de fecha 8 de mayo de 2008, en la que se reformaron sus estatutos sociales con respecto al cambio de denominación de la sociedad, de Singlar, S.A. de C.V. a FONATUR Operadora Portuaria, S.A de C.V., y en la cual también se modificó su objeto social con la incorporación de las administraciones portuarias integrales.
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IV.
DESCRIPCIÓN Y BIENVENIDA DE LA EMPRESA
Somos una empresa de participación estatal mayoritaria, Filial del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR) que cuenta con vasta experiencia en la administración y operación de servicios náuticos y portuarios. Contamos con dos Títulos de Concesión para las Administraciones Portuarias Integrales (API’s) uno del puerto de Cabo San Lucas, Baja California Sur y el otro del Recinto Portuario de Bahías de Huatulco, en el estado de Oaxaca, en los cuales planeamos, programamos, desarrollamos y realizamos actos relativos a los bienes y servicios de los dos puertos turísticos que mediante concesión fueron otorgados por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para el uso, aprovechamiento y explotación de los bienes y la prestación de los servicios respectivos. También somos operadores de marinas turísticas, conocidas como escalas náuticas propiedad de FONATUR mismas que se describen a continuación: -
I. II.
Guaymas La Paz
VI. VII.
III.
Mazatlán
VIII.
IV.
San Blas
IX.
V.
San Felipe
X.
Santa Rosalía Santa Rosaliíta Puerto Escondido Puerto Peñasco Topolobampo
Contamos con franquicias de estaciones de servicios PEMEX (gasolineras) en las escalas náuticas que constituyen las puertas de entrada a las regiones turísticas integrales y son centros de prestación de servicios con instalaciones de alto impacto, de distintas capacidades de acuerdo con el mercado y las autorizaciones ambientales. Ahí se provee los servicios básicos de ayuda a la navegación y los necesarios para facilitar las gestiones de internación de turistas, embarcaciones y equipos que facilita el tránsito por la Región del Mar de Cortés.
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IV.1 MISIÓN Que la operación de las administraciones portuarias, escalas náuticas y marinas turísticas a cargo de la empresa impulse el desarrollo portuario y náutico de las regiones costeras del país, manteniendo el equilibrio ecológico, social y económico; y atraiga al turismo nacional e internacional y a inversionistas potenciales IV.2 VISIÓN Ser una empresa líder en el mercado de los servicios náuticos y portuarios para el turismo nacional e internacional.
-
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IV.3 DE CALIDAD FONATUR OPERADORA PORTUARIA mantiene un Sistema de Gestión de la Calidad (SGC) en las API’s, basado en las normas internacionales del ISO 9001:2008 donde se provee servicios que exceden las expectativas de nuestros clientes, controlando la calidad de los servicios ofrecidos, apegándonos a las expectativas establecidas mediante el conocimiento de las nuevas necesidades de nuestros clientes, con la comunicación constante con ellos para que la entidad cumpla con su misión, objetivos y programas, comunicando a nuestros empleados la importancia de satisfacer tanto los requisitos del cliente como los legales y reglamentarios a través de la implantación de las acciones de mejora continua para conservar la calidad en todas las áreas. En este sentido la política de calidad de FONATUR OPERADORA PORTUARIA, consiste en mejorar la eficacia y eficiencia en la productividad de los procesos de trabajo en el SGC para aumentar paulatinamente la satisfacción de nuestros clientes mediante el cumplimiento de sus requerimientos. -
IV.4 HISTORIA Es una sociedad anónima de capital variable de participación estatal mayoritaria, en los términos de los artículos 3 y 46 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, legalmente constituida, conforme a las leyes mexicanas, denominada originalmente TERRENOS RECREO, S.A., según consta en la Escritura Pública Nº 55,608 de fecha 9 de octubre de 1969, otorgada ante la fe del Lic. Julián Matute Vidal, Notario Público Nº 49 del Distrito Federal y cuyo testimonio se encuentra debidamente inscrito ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Federal, bajo el Folio Mercantil Nº 388, Volumen 739 bis, Libro Tercero. 14
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Mediante Escritura Pública No. 1,813, de fecha 4 de junio de 1987, otorgada ante la fe del Lic. Pascual Alberto Orozco Garibay, Notario Público No. 193 del Distrito Federal, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de Comercio del Distrito Federal bajo el Folio Mercantil No. 73,173, se hizo constar la protocolización del Acta de la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, de fecha 24 de febrero de 1987, en la que entre otros acuerdos, se tomó el de transformar la sociedad TERRENOS RECREO, S.A., a TERRENOS RECREO, S.A. de C.V. Con Escritura Pública Nº 103,144 de fecha 25 de junio de 2004, otorgada ante la fe del Lic. Cecilio González Márquez, Notario Público Nº 151 del Distrito Federal, inscrita en la Dirección General del Registro Público de Comercio bajo el Folio Mercantil Nº 73,173 de fecha 17 de agosto de 2004, se protocolizó la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, por la cual se reformaron sus estatutos sociales con respecto al cambio de denominación de la sociedad, de Terrenos Recreo S.A. de C.V., a Singlar, S.A. de C.V. Mediante Escritura Pública Nº 132,415 de fecha 8 de mayo de 2008, otorgada ante la fe del Lic. Joaquín H. Cáceres y Ferráez, Notario Público Nº 21 del Distrito Federal, inscrita en el Registro Público de Comercio bajo el Folio Mercantil Nº 73,173 de fecha 16 de mayo de 2008, se protocolizó la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, por la cual se reformaron sus estatutos sociales con respecto al cambio de denominación de la sociedad, de Singlar, S.A. de C.V. a FONATUR Operadora Portuaria, S.A. de C.V. y en la cual también se modificó su objeto social, en la que FONATUR y FONATUR CONSTRUCTORA, S.A. de C.V. (antes FONATUR-BMO, S.A. de C.V.), participan como accionistas en el capital social con el 96% y 4%, respectivamente. Asimismo, se integró, además de las escalas náuticas, las administraciones portuarias integrales de los puertos de la República Mexicana derivadas de la concesión o concesiones que el Gobierno Federal le otorgue para el uso, aprovechamiento y explotación de los bienes del dominio público de la Federación que le concesione.
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Es así que FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. de C.V., con fecha primero de noviembre de 2008, obtuvo por parte el C. Secretario de Comunicaciones y Transportes, la Resolución Definitiva de la cesión total de los derechos y obligaciones derivados de los Títulos de Concesión para la Administración Portuaria Integral del puerto de Cabo San Lucas, B.C.S. y del recinto portuario de Bahías de Huatulco en el Estado de Oaxaca, de fechas 10 de abril de 1997 y el 24 de diciembre de 1999, respectivamente, ambos con el objeto de que la empresa use, aproveche y explote las instalaciones, áreas de agua y terrenos de dominio público de la Federación, así como para que preste servicios de construcción, mantenimiento, operación y servicios portuarios. IV.5 OBJETO SOCIAL a)
El objeto principal de la sociedad será la comercialización de gasolinas y diesel suministrados por PEMEX Refinación, así como la comercialización de aceites lubricantes marca PEMEX. La sociedad observará lo dispuesto en la Ley Mexicana en Materia de - la Propiedad Industrial, respecto a los Inversión Extranjera y la Ley de capítulos Secreto Industrial, Marcas y Nombres Comerciales, Licencia y Transmisión de derechos, así como políticas y lineamientos de operación en la franquicia PEMEX, para los siguientes objetos:
b)
Promover, administrar, operar e impulsar así como realizar todos aquellos actos necesarios para llevar a cabo Proyectos Integrales de Desarrollo Regional, Turístico y Sustentable, mediante la prestación de todo tipo de servicios, así como la realización de toda clase de actividades de promoción del desarrollo social y regional del país.
c)
Contratar y/o prestar servicios de consultoría técnica o administrativa en relación con sus actividades.
d)
Tramitar y obtener, en su caso, los registros para el uso de marcas, nombres comerciales, modelos de utilidad, diseños industriales u otros derechos de propiedad industrial e intelectual.
e)
Negociar bajo cualquier título, licencias de cualquier tipo de derechos, así como tramitar y obtener ante las autoridades competentes, tanto federales, estatales o municipales, los permisos, licencias, autorizaciones o concesiones que sean necesarios para el cumplimiento de su objeto. 16
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f)
Franquiciar y ser Franquiciante.
g)
Asimismo la sociedad tendrá por objeto lo siguiente:
h)
Comprar, vender, tomar o dar en arrendamiento, o adquirir por cualquier título de propiedad, el uso o goce y en general realizar cualquier tipo de enajenación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, incluyendo aquellos dedicados a actividades náuticas y/o turísticas y/o inmobiliarias.
i)
Las administraciones portuarias integrales de los puertos de la República Mexicana, mediante el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la concesión o concesiones que el Gobierno Federal le otorgue para el uso, aprovechamiento y explotación de los bienes del dominio público de la Federación. A tal efecto la sociedad podrá conforme a la Ley de Puertos y los títulos de concesión, siempre que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, deriven o sean consecuencia del mismo o resulten convenientes: -
1) Planear, programar y ejecutar las acciones necesarias para la operación y desarrollo de los puertos bajo su administración, a fin de lograr la mayor eficiencia y competitividad. 2) Construir, instalar, operar, administrar y explotar todo tipo de infraestructura e instalaciones náuticas (terrestres y móviles), entre las que se encuentran, de manera enunciativa, administraciones portuarias integrales, marinas, embarcaciones, terminales y muelles, por si o por conducto de terceros. 3) Prestar servicios portuarios, marítimos y conexos, por sí o por conducto de terceros, mediante el contrato respectivo en términos de los permisos que para tales efectos obtenga de las autoridades competentes. 4) Formular las reglas de operación de los puertos que administre, que incluirán entre otros, los horarios y requisitos que deben cumplir los prestadores de servicios portuarios, y que, previa opinión del Comité de Operación respectivo, serán sometidas a la autorización de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. 5) Asignar las posiciones de atraque. 17
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6) Operar los servicios de vigilancia, así como el control de los accesos y tránsito de personas, vehículos y bienes en los recintos portuarios, sin perjuicio de las facultades de las autoridades competentes. 7)
Percibir ingresos por la prestación de servicios, o el uso, aprovechamiento y explotación directo o por conducto de terceros de la infraestructura portuaria, terminales, marina, áreas e instalaciones; la celebración de contratos; y las demás actividades comerciales que realice.
j) Tramitar y obtener ante todo tipo de autoridades, tanto federales, estatales o municipales, los permisos, licencias, autorizaciones o concesiones que sean necesarios para el cumplimiento de su objeto. k) Gestionar la obtención de todo tipo de créditos, tanto de instituciones públicas como privadas para cumplir con los fines sociales, así como otorgar garantías. l) Suscribir toda clase de títulos de crédito. -
m) Operar, administrar y explotar todo tipo de instalaciones turísticas y/o inmobiliarias, para lo cual celebrará toda clase de actos jurídicos que permitan cumplir con dicha finalidad. n) Adquirir acciones, partes sociales u obligaciones de otras sociedades, así como participar en fideicomisos y/o coinversiones con fines turísticos. o) Realizar todo tipo de actividades y actos jurídicos de promoción al Turismo con personas físicas o morales, dentro de las que se encuentran, de manera enunciativa, prestar servicios de operación turística y hotelera, tales como reservaciones, otorgar cursos de capacitación, llevar a cabo tours o paseos turísticos, entre otros por sí o por conducto de terceros; privilegiando la participación de terceros. p) Venta de todo tipo de artículos, insumos para el mantenimiento y accesorios marinos, en general venta de productos y servicios relacionados con embarcaciones y equipos de navegación, por sí o por conducto de terceros; privilegiando la participación de terceros. q) En general la celebración y ejecución de todos los actos, actividades u operaciones análogas o similares, ya sea por sí o a través de terceros, que se relacionen directa o indirectamente con los objetos antes señalados. 18
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IV.6 DIRECTRICES GENERALES Contar con instalaciones náuticas y portuarias de primer nivel. Operar administraciones portuarias, escalas náuticas turísticas garantizando servicios de primera calidad.
y
marinas
Contar con sistemas de comercialización y promoción de las administraciones portuarias y escalas náuticas para hacerlas atractivas a la inversión. Ofrecer precios competitivos de los bienes y servicios que se ofrecen. Ofrecer sistemas confiables de protección en las administraciones portuarias, manteniendo la Declaración de Cumplimiento de la Instalación Portuaria para dar seguridad a turistas e inversionistas. Establecer y mantener enlaces con los tres niveles de gobierno y con dependencias y entidades que sean necesarios para la atención de asuntos relacionados con su operación. -
Ser una empresa de servicios confiables tanto para FONATUR como para otros clientes potenciales. El cumplimiento de estos objetivos hace de la Empresa una organización sólida, capaz de afrontar los cambios estructurales que se puedan presentar, financieramente estables para soportar posibles restricciones crediticias y presupuestales, y técnicamente preparada para continuar sirviendo y apoyando a las escalas Náuticas y las Administraciones Portuarias Integrales de FONATUR OPERADORA PORTUARIA y a las comunidades en donde se encuentra operando. Para ello, FONATUR OPERADORA PORTUARIA cuenta con un grupo interdisciplinario de profesionales especialistas, consultores y asesores de la más alta calificación profesional, dado que la Empresa se preocupa por cumplir sus compromisos en tiempo y calidad, buscando día a día la excelencia en sus servicios.
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IV.7 UBICACIÓN GEOGRÁFICA DE LAS ESCALAS NAUTICAS Y DE LAS API’S DE FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. DE C.V.
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IV.8 SITUACIÓN ACTUAL Organización La organización está integrada por un Corporativo con sede en el Distrito Federal, cuya función es la de dirigir, normar, coordinar, supervisar y orientar las operaciones, así como de controlar y vigilar la función de carácter operativo y consolidar la información y documentación relevante. Cuenta además, con ocho escalas náuticas operando así como dos API’s encargadas de desarrollar, explotar y otorgar los servicios portuarios que sean necesarios para cumplir debidamente con las concesiones otorgadas por la SCT. De esta manera, la empresa cuenta con diez centros de trabajo para el cumplimiento de su objeto social para la que fue creada. Servicios y Aspectos Comerciales ӌ
Las actividades de FONATUR OPERADORA PORTUARIA, están orientadas primordialmente a la satisfacción de las necesidades de sus clientes. Además, la empresa proporciona ciertos servicios afines navegación que requieren las líneas navieras y particulares.
a
la
Presentamos a continuación nuestra cartera de servicios:
+ brindar una oferta integral de servicios de apoyo a la navegación, con estrictas normas de diseño y operación que permitan garantizar la calidad de servicios turísticos a la altura de los mejores del mundo.
API Cabo San Lucas 21
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+ Venta de combustible a las embarcaciones
-
+ Servicio de atraque para las embarcaciones.
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+ Servicio de rampa de botado, grúa de pórtico y marina seca.
ᔠӍ
+ Servicio de restaurante y tienda de avituallamiento.
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+ Muelle para cruceros en la API Bahías de Huatulco
ᔠӍ + Zona de fondeo y muelle para tenders en API Los Cabos.
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IV.9 ORGANIGRAMA
ᔠӍ
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a) CORPORATIVO
ᔠӍ
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b)
SUBDIRECCIÓN DE ESCALAS NAUTICAS
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c)
ADMINISTRACIONES PORTUARIAS INTEGRALES
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IV.10
DIRECTORIO EN EL CORPORATIVO: Principales Funcionarios: Director General Analista “E” de Soporte Normativo Analista “E” de Soporte Administrativo Subdirector de Escalas Náuticas Gerente de Diseño de Proyecto Subgerente de Promoción de Negocios -
Analista “E” de Franquicias Gerente de Representación Regional Subgerentes de Escalas Náuticas Subdirector de Administraciones Portuarias Integrales Analista “E” Domicilio: Calle Tecoyotitla #100, 1er. Piso Col. Florida, Delegación Álvaro Obregón C.P. 01030, México D.F., Teléfono: (55) 5090 42 00 Página web: www.fonaturoperadoraportuaria.gob.mx
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ESCALAS NÁUTICAS Y API’S
GUAYMAS
SAN BLAS
MAZATLAN
Subgerente
Subgerente
Subgerente
Av. Serdan 200 entre calle 27 y 29 Col. Centro C.P. 85400 Guaymas, Sonora 01(622)2243640/3000
Calle 5 Sur No. 1 Col. Parque Industrial C.P. 63740 San Blas, Nayarit 01(323)2850022/33
Av. Marina Mazatlán 2201 Col. Marina Mazatlán C.P. 82110 Mazatlán, Sinaloa 01(669)9133720/30
PUERTO PEÑASCO
PUERTO ESCONDIDO
LA PAZ
Subgerente Calle 3ra y Recinto Portuario No. 51 Col. Recinto Portuario C.P. 83550 Puerto Peñasco Sonora 01((638)3886143/5599
Subgerente Lt. 1 Mz. 15 Secc. B Calle λ y Bahía de las San Carlos Palmas, Puerto Pichilingue y Puerto Refugio Municipio de Loreto C.P. 23880 01(613)1330985/0189
Subgerente Recinto Calle Portuario No. 110 Col. San Antonio el Zacatal, La Paz, B.C.S. 01(612)1242206/215 3
SANTA ROSALIA
SAN FELIPE
Subgerente Carretera Transpeninsular S/N a un costado del API Dársena del Puerto de Santa Rosalia. Col. Centro C.P. 23920 01(615)1521768/1769
Subgerente Calle Central Norte Esq. con Av. 1 Sur No. 51 Col. Parque Industrial Portuario C.P. 21850 San Felipe, B.C. 01(686)5776394/2931
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API CABO SAN LUCAS
API HUATULCO
Gerente de Operación
Gerente de Operación Tehuantepec Mz. 12 Lote 6 Sector A C.P. 70989 Bahías de Huatulco, Oax. 01(958)5871410/71591
Blv Paseo de la Marina No. 853 Col. Marina C.P. 23410 Cabo San Lucas, B.C.S. 01(624)1434721/34722
Para cualquier aclaración o información que requieras estamos a tus órdenes en la Dirección General del Corporativo, o bien, en las áreas de la Subdirecciones de Administraciones Portuarias o de Escalas Náuticas o en los Centros de Trabajo que tenemos establecidos dentro de la República Mexicana. -
31
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V
INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE NORMAS INTERNAS
V.1
NORMAS DE OPERACIÓN DEL COMITÉ
a) Disposiciones generales ARTÍCULO 1°. Para los efectos de este Manual se denominará: • "FONATUR-Operadora Portuaria", a FONATUR Operadora Portuaria, S.A. de C.V. • “Comité”, al Comité de Normas Internas de FONATUR Operadora Portuaria. • “Integración”, Integración y Funcionamiento del Comité Normas Internas de FONATUR Operadora Portuaria. • “El Programa”, al Programa para la Elaboración y Actualización del 䔰ӄ Acervo Normativo Interno de FONATUR Operadora Portuaria. • “Correo electrónico”, herramienta informática institucional mediante la cual el Secretario Ejecutivo administra y opera las sesiones del mismo.
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b) De la integración del Comité ARTÍCULO 2°. El Comité estará integrado por: MIEMBROS Director General
CALIDAD Presidente
Subdirector de APIs
Presidente Suplente
Soporte Administrativo
Secretario Ejecutivo
Subdirector de Escalas Náuticas y Gerentes de API’s Cabo San Lucas y de Bahías de Huatulco
Vocal
Titular de la Dirección Adjunta jurídica Titular del Órgano Interno de Control en el FONATUR y Empresas de Participación Accionaria
Asesor
Así como Invitados Especiales 䔰ӄque Considere el Comité necesarios. ARTÍCULO 3°. Los Vocales podrán nombrar un representante que los supla en su ausencia. Dichos suplentes deberán tener facultad de decisión. c) De las funciones del Comité ARTÍCULO 4°. El Comité tendrá las siguientes funciones: •
Analizar y, en su caso, aprobar el Programa presentado por la Dirección General.
•
Analizar y, en su caso, aprobar las políticas, lineamientos y normativa que la Dirección General presente a su consideración para la elaboración y actualización del acervo normativo interno.
•
Identific ar la situa ción y neces ida des de la elaborac ión o actualización del acervo normativo interno.
•
Promover mecanismos para la coordinación entre administrativas de FONATUR Operadora Portuaria.
las
unidades
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•
Promover y normar la elaboración y actualización del acervo normativo interno.
•
Conocer la situación que guarda la actualización del acervo normativo interno.
•
Promover el uso del acervo normativo interno entre las unidades administrativas de FONATUR Operadora Portuaria.
•
Las demás que le encomiende el Director General de FONATUR Operadora Portuaria.
d) De las Sesiones del Comité ARTÍCULO 5°. El Comité se reunirá en sesiones ordinarias cada tres meses y en sesiones extraordinarias cuando las convoque su Presidente por medio del Secretario Ejecutivo o a solicitud de por lo menos la mitad más uno de sus miembros, debiendo informar por correo electrónico, con 2 días de anticipación el asunto y la justificación que amerite la urgencia para celebrar tal sesión. Cuando por alguna razón una sesión ordinaria no se 䔰ӄ vaya a realizar o se posponga, de igual forma se informará a los Miembros de tal hecho. ARTÍCULO 6°. En la primera sesión del ejercicio fiscal que efectúe el Comité, deberá presentarse el calendario anual de reuniones ordinarias, para su aprobación. ARTÍCULO 7°. Las convocatorias y Orden del Día de las sesiones ordinarias se comunicarán con tres días mínimo de anticipación mediante correo electrónico del Presidente, del Presidente Suplente o el Secretario Ejecutivo; en caso de sesiones extraordinarias se podrá convocar con un plazo mínimo de 24 horas antes de la sesión indicando la fecha, hora y lugar donde se llevará a cabo la sesión, que irá acompañada de la documentación correspondiente. ARTÍCULO 8°. Las actas de acuerdos y las minutas de las sesiones serán firmadas por el Presidente Suplente y el Secretario Ejecutivo. En caso de empate en la votación que emitan los integrantes del Comité de Normatividad, que tengan derecho a voto, el Presidente o el Presidente suplente, en su caso, tendrán voto de calidad. 38
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e) De las facultades y responsabilidades de los Miembros ARTÍCULO 9º. El Presidente tendrá las siguientes atribuciones: • Presidir el Comité. • Emitir el voto de calidad en caso de empate. • Convocar a las sesiones del Comité. • Someter a la autorización de los integrantes del Comité el Orden del Día que se proponga en cada sesión, y ratificar los acuerdos tomados. • Someter para aprobación del Comité, el Manual de Integración y Funcionamiento. • Presentar el Programa a consideración del Comité • Dar a conocer a todas las áreas del corporativo el acervo normativo interno, sus actualizaciones e inclusiones 䔰ӄ
• Las demás que se deriven de la naturaleza de su cargo. ARTÍCULO 10º. El Presidente Suplente tendrá las siguientes atribuciones. • Asistir a las sesiones de Comité con derecho a voz y voto. • Suplir al Presidente del Comité en sus ausencias. ARTÍCULO 11°. El Secretario Ejecutivo tendrá las siguientes atribuciones: •
Asistir a las sesiones del Comité con derecho a voz y voto.
•
Conformar el Programa y someterlo a consideración del Presidente Suplente.
•
Proporcionar las normas y lineamientos generales en materia de elaboración y actualización del acervo normativo interno.
•
Preparar el Orden del Día y ponerlo a la consideración del Presidente, así como integrar los documentos correspondientes.
•
Levantar las actas y minutas de las sesiones del Comité.
•
Entregar al Presidente los informes semestrales de los avances del Programa. 39
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•
Dar seguimiento a los acuerdos y resoluciones del Comité y hacer el seguimiento para su cumplimiento.
•
Formular informes que permitan conocer el estado operativo del Comité.
•
Las demás que se deriven de la naturaleza de su cargo y aquéllas que le sean señaladas por el Presidente.
•
Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité, por instrucciones del Presidente Suplente.
ARTÍCULO 12º. Los Vocales tendrán las siguientes atribuciones: • Asistir a las sesiones del Comité. • Participar en el análisis y discusión de los asuntos a tratar en las sesiones. • Asistir a las sesiones del Comité con derecho a voz y voto. • Proponer asuntos a tratar en el seno del Comité en materia de elaboración y actualización del acervo normativo interno. 䔰ӄ
• Analizar el universo del acervo normativo interno aplicable a su unidad administrativa. • Coordinar la elaboración y actualización del acervo normativo interno aplicable a su unidad administrativa. • Entregar al Presidente las propuestas en materia de elaboración y actualización del acervo normativo interno. • Participar activamente, así como realizar las tareas que el Comité le encomiende. • Informar del desarrollo y avance de las comisiones que le hayan sido conferidas. • Analizar con anticipación los asuntos y documentos que serán tratados en las sesiones. • Las demás que determine el Comité. ARTÍCULO 13º. atribuciones:
Los
invitados
especiales
tendrán
las
siguientes
• Asistir a las reuniones del Comité cuando así sean convocados. 40
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• Participar con voz, pero sin voto, en el análisis y discusión de los asuntos a tratar en las sesiones, emitir su opinión técnica. f)
De las suplencias
ARTÍCULO 14 º . El Presidente será suplido por el Presidente Suplente cuando no pueda asistir a las sesiones. ARTÍCULO 15°. Los vocales designarán a sus suplentes mediante escrito dirigido al presidente del Comité. V.2. DEL PROGRAMA PARA LA ELABORACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL ACERVO NORMATIVO INTERNO ARTÍCULO 16°. El Programa será elaborado por el Secretario Ejecutivo y sometido a la aprobación del Presidente y al Comité en la Primera Sesión Ordinaria Anual. ARTÍCULO 17°. El objetivo general del Programa será establecer una adecuada planeación en el desarrollo de la elaboración y actualización del acervo normativo interno. 䔰ӄ
ARTÍCULO 18°. Para la elaboración y aprobación del Programa, deberán tomarse en consideración los siguientes aspectos: 1.- El universo del acervo normativo interno existente. 2.- Las necesidades específicas de actualizar o elaborar el acervo normativo. 3.- Que la elaboración y actualización del acervo normativo sea acorde con las leyes, reglamentos, acuerdos, oficios y circulares que emitan las autoridades competentes. 4.- Que la aplicación o actualización del acervo normativo interno sea acorde con las funciones y responsabilidades de las unidades administrativas. ARTÍCULO 19°. Las modificaciones al Programa aprobado por el Comité se discutirán en sesión extraordinaria. V.3- LINEAMIENTOS GENERALES PARA ELABORAR O ACTUALIZAR LA NORMATIVIDAD INTERNA 1.- El Secretario Ejecutivo será el encargado de coordinar los trabajos para la elaboración y actualización de la normatividad interna institucional a través del Comité, así como difundir los lineamientos, procedimientos de ejecución y formatos del presente manual. 41
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2.- Con base en un programa previamente predeterminado por el Secretario Ejecutivo y aprobado por el Comité, la normatividad interna será elaborada por las Subdirecciones, a través de sus coordinadores de enlace designados. 3.- Las Subdirecciones deberán elaborar y revisar las normas, funciones y procedimientos que requieran para el adecuado desempeño de sus responsabilidades. 4.- Todo documento normativo para su validez y aplicación deberá contar con la hoja de firma del Subdirector responsable de la elaboración del documento, y con la firma del Secretario Ejecutivo, así como las referencias de la sesión del Comité en el cual fue aprobado, en el caso de disposición legal, se deberá someter a la autorización del Órgano de Gobierno. 5.- En caso de requerirse la elaboración de guías técnicas o documentos operativos necesarios para aplicar adecuadamente los contenidos de los manuales, sólo se requerirá la autorización del Subdirector responsable de la elaboración, de acuerdo a su ámbito de 䔰ӄ competencia. 6.- Una vez que se cuente con la normatividad interna debidamente elaborada, El Secretario Ejecutivo, en coordinación con las Subdirecciones y a través del Comité, semestralmente llevará a cabo la revisión de los documentos, calendarizando dichas revisiones mediante un programa de trabajo. 7.- La normatividad interna autorizada, deberá quedar registrada y bajo custodia del Secretario Ejecutivo, el cual facilitará su consulta en sus archivos o en la página institucional de Internet. 8.- Respecto a los documentos modificados, estos serán retirados de los puntos de utilización y sustituidos por la versión vigente. 9.-
De igual forma, las Subdirecciones deberán contar con la normatividad interna para su análisis y consulta, y serán las responsables de la difusión y capacitación del personal involucrado con los documentos elaborados en el área de su competencia.
10.- Para unificar la presentación de la normatividad interna, será necesario elaborar los documentos con el formato que el Comité designe, integrando su contenido con tipografía Verdana 12 en altas y bajas, con títulos señalados en mayúsculas y negrillas. 42
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V.4.-LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS PARA ELABORAR O ACTUALIZAR LAS NORMAS INTERNAS 1. Las Subdirecciones deberán presentar al Comité, a través del Secretario Ejecutivo, sus propuestas de documentos normativos, utilizando el formato denominado Justificación Regulatoria. 2. El Secretario Ejecutivo, una para elaborar o actualizar, Comité, quien convocará involucradas para el análisis
vez que reciba la solicitud de documentos presentará el asunto a consideración del a reuniones de trabajo con las áreas del mismo.
3. Una vez que se cuente con la elaboración de las normas internas y de acuerdo con un programa, al menos en dos ocasiones de cada año calendario, las Subdirecciones enviarán sus proyectos de actualización de documentos normativos al Secretario Ejecutivo, para someterlos a consideración del Comité. 4. En casos excepcionales, si 䔰existieren cambios relevantes a los ӄ documentos normativos, el Secretario Ejecutivo, por instrucciones del Comité, coordinará los trabajos para el análisis y en su caso aprobación. 5. La Subdirección de las API’s y de las escalas Náuticas, redactarán, corregirán, ampliarán o modificarán los documentos normativos del área de su responsabilidad, con base en las disposiciones legales y administrativas vigentes y de acuerdo a las necesidades que permitan regular el adecuado desempeño de sus funciones. 6. Todo documento normativo deberá estar integrado, cuando menos, por el siguiente contenido: •
Presentación. Exposición de motivos que originan la elaboración del documento.
•
Objetivo. Fin que persigue la elaboración del documento.
•
Marco Normativo. Disposiciones legales y administrativas que sustentan el contenido de las normas y procedimientos.
•
Glosario de términos. Significado de palabras o aspectos técnicos de difícil comprensión. 43
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•
Normas. Criterios, políticas y lineamientos internos que delimitan las acciones y responsabilidades dentro del proceso.
•
Procedimientos. Secuencia adecuada de actividades para realizar una función, así como designación de responsables para ejecutarlas.
•
Diagrama de flujo. Esquematización del procedimiento.
•
Formatos e instructivos de llenado. Documentos aplicables de control utilizados dentro del procedimiento.
•
Estado de revisión. Ficha técnica la cual contiene el código de identificación, revisión y modificaciones efectuadas (anexo 1).
•
Autorización. Firmas de los responsables de su elaboración o actualización.
7. No obstante que el acervo normativo haya sido elaborado por el área responsable de la función, será tarea de las áreas que participan dentro del Comité la revisión y aprobación del documento, a fin de no contravenir las funciones en que colateralmente participan en el desarrollo de la función. 8. El Órgano Interno de Control podrá emitir sus comentarios sugerencias a los documentos normativos elaborados o modificados.
y
9. La Subdirección responsable de la elaboración o actualización del documento será la encargada de su difusión a las áreas que estén involucradas en el cumplimiento de la norma o en la operación del o de los procedimientos. 10. El Comité resolverá acerca de los documentos normativos elaborados o actualizados que requieran la autorización expresa del H. Consejo de Administración. 11. El Comité informará semestralmente al H. Consejo de Administración, en las sesiones respectivas, la relación de los documentos normativos internos aprobados en el seno del mismo.
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V.5.-PROCEDIMIENTO PARA CONJUNTO DE NORMAS
RESPONSABLE
ELABORAR
NO. DE ACTIVIDAD
Con base en el calendario establecido o en casos excepcionales, en cualquier tiempo, solicita mediante formato justificación regulatoria por correo electrónico al Secretario Ejecutivo la necesidad de elaborar y/o actualizar el acervo normativo de su competencia.
䱀ӄ
4
Secretario 5
Miembros del Comité
6
EL
Analiza relación de normatividad y determina la necesidad de elaborar y/o actualizar el acervo normativo de su competencia.
2
3
ACTUALIZAR
DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
1
Área normativa interesada
O
Envía oficio de solicitud, documento a dictaminar y formato "Dice" "Debe decir" debidamente llenado y firmado por el titular del área. Recibe el formato justificación regulatoria debidamente requisitado y analiza los documentos a revisar. Convoca a través de correo electrónico a una sesión de trabajo a los miembros del Comité, o integra la propuesta para la siguiente sesión ordinaria. Reciben correo electrónico y documento sujeto a la aprobación, acudiendo a la sesión de trabajo el día y fecha señalados en el mismo.
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RESPONSABLE
NO. DE ACTIVIDAD
DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD Se lleva a Comité, en documentos u opiniones,
Miembros del Comité
7
cabo la sesión de trabajo del la cual se analizan el o los y proporcionan los comentarios procediendo:
a) En caso de observaciones de forma y no de fondo, se autoriza el documento sometido a la aprobación, con el compromiso del área normativa interesada de efectuar las correcciones respectivas y remitirlo en original al Secretario Ejecutivo para su archivo y custodia. b) En caso de observaciones de fondo se informa al Área normativa interesada para que sean consideradas en la elaboración de nuevo documento y su posterior 矐ӏ un presentación a los miembros del Comité para su aprobación.
Secretario
8
Área Normativa interesada
9
Elabora minuta de la sesión asentando los comentarios y acuerdos tomados en la misma. Elabora o actualiza el documento normativo, con base en los comentarios u observaciones realizadas en la sesión, procediendo:
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RESPONSABLE
NO. DE ACTIVIDAD
DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
䔰ӄ
Secretario
Área Normativa Interesada
10
11
a) En caso de observaciones de forma y no de fondo, a remitir el documento original y hoja de firmas de las personas que intervinieron en su elaboración de manera impresa y electrónica, revisión y autorización del Secretario Ejecutivo para su archivo y custodia. b) En caso de observaciones de fondo a presentarlo de nueva cuenta al Comité de Normatividad de acuerdo al punto No. 3 Recibe el documento normativo definitivo, debidamente firmado por el Titular del área interesada de manera impresa y electrónica. Procede a llenar la Cédula de Registro Interno para que el documento normativo forme parte integrante del Acervo Normativo de FONATUR Operadora Portuaria. Remite al Área normativa interesada, un tanto de la Cédula de Registro Interno, firmada para su difusión y capacitación al personal involucrado en la aplicación del documento normativo autorizado. Recibe el documento normativo autorizado y la Cédula de Registro Interno Procede a difundir el documento a las áreas que deban atender las normas y procedimientos que integran el documento.
FIN DEL PROCEDIMIENTO.
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V.6.- DIAGRAMA DE FLUJO
-
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V.7.- FORMATOS E INSTRUCTIVO DE LLENADO
矐ӏ
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-
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Notas Generales •
Es responsabilidad del área generadora la difusión y supervisión de la aplicación del documento en la entidad.
•
Es responsabilidad del área generadora la revisión y actualización periódica del documento normativo.
•
El original del documento normativo se encuentra para su consulta en la Dirección General de Operadora Portuaria.
矐ӏ
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CEDULA DE REGISTRO DE NORMATIVIDAD INTERNA
Código de Identificación 1 ______ Información General Nombre del documento
2
No. De Sesión del Comité de Normatividad
3 4
No. De Acuerdo Fecha de Autorización
5
Inicio de Vigencia
6
Número de Hojas
-
7
Número de Revisión del Documento
8
Área Generadora del Documento
9
Nombre del Documento que quedo Derogado
10
Secretario Ejecutivo Cuadro de Revisión Revisión 11
Descripción de la Revisión o Modificación 12
F-DG-CC-001 52
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Instructivo de llenado del formato F-DG-CC-001 Cedula de registro de normatividad interna •
Código de Identificación: Este será llenado de acuerdo a las claves del anexo No. 1 Lineamientos de Codificación.
•
Nombre del Documento: Nombre del documento el cual es emitido por el área correspondiente.
•
No. de Sesión del Comité de Normatividad: Número de Sesión del Comité de Normatividad en el cual fue presentado el documento para su aprobación.
•
Número de Acuerdo: Número de acuerdo con el que se acepta como aprobado el documento en la sesión correspondiente, ya sea: OR/ en caso de ser sesión ordinaria, EX/ en caso de ser extraordinaria, número de acuerdo consecutivo si es más de un documento y el año de la sesión.
•
Fecha de Autorización: Fecha de la sesión en la cual fue autorizado 矐ӏ el documento.
•
Inicio de Vigencia: Fecha en la cual entrará en vigor el nuevo documento y será fijada en la Sesión del Comité.
•
Número de Hojas: Número de hojas que integran el documento.
•
Número de Revisión del Documento: Será el número de veces que se actualice el documento y será en forma consecutiva.
•
Área Generadora del Documento: Área responsable de la elaboración del documento.
•
Nombre del Documento que quedó Derogado: Nombre documento derogado de acuerdo a la actualización del mismo.
•
Revisión: Número de revisiones que se han llevado a cabo en el documento.
•
Descripción de la Revisión o Modificación: Descripción de los cambios hechos al documento en consecuencia de una revisión o modificación.
del
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VI
INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE OBRA PÚBLICA
VI.1 DEFINICIONES ARTÍCULO 1°.Para los efectos de este manual se denominaran: •
Comité: Comité de Obras Públicas de FONATUR Operadora Portuaria, S.A. de C. V.
•
Ley: Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
•
Reglamento: Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
•
Fop: FONATUR Operadora Portuaria, S.A. de C.V.
•
Obras Públicas: Las obras públicas relativas a los trabajos que tengan por objeto construir, instalar, ampliar, adecuar, remodelar, restaurar, conservar, mantener, modificar y demoler bienes inmuebles; asimismo quedan comprendidos dentro 䶰de las obras públicas los conceptos ӄ señalados en las fracciones mencionadas en el artículo 3 de la Ley.
•
Servicios: Los servicios relacionados con las obras públicas, los cuales se consideran los trabajos que tengan por objeto concebir, diseñar y calcular los elementos que integran un proyecto de obra pública, las investigaciones, estudios, asesorías y consultorías que se vinculen con las acciones que regula la Ley; la dirección o supervisión de la ejecución de las obras y los estudios que tengan por objeto rehabilitar, corregir o incrementar la eficiencia de las instalaciones. Asimismo quedan comprendidos dentro de los servicios relacionados con las obras públicas los conceptos señalados en las fracciones mencionadas en el artículo 4 de la Ley.
•
SFP: Secretaría de la Función Pública.
•
Sucursales: Administraciones Portuarias Integrales y Escalas Náuticas de FONATUR Operadora Portuaria, S.A. de C.v.
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VI.2 INTEGRACIÓN DEL COMITÉ ARTÍCULO 2°. El Comité estará integrado por: MIEMBROS Director General
CALIDAD Presidente
Subdirector de APIs
Presidente Suplente
Soporte Normativo
Secretario Ejecutivo
Subdirector de Escalas Náuticas, Gerentes de API’s, Cabo San Lucas y de Bahías de Huatulco
Vocal
Representante de la Unidad de Normatividad de Adquisiciones, Obras Públicas, Servicios y Patrimonio Federal de la Secretaría de la Función Pública. Representante Órgano Interno de Control en el 矐ӏ FONATUR y Empresas de Participación Accionaria
ASESOR
Representante de la Dirección Adjunta Jurídica del FONATUR Tanto el presidente, el secretario y los vocales tendrán derecho a voz y voto, el presidente tendrá además el voto de calidad, los asesores únicamente tendrán derecho a voz. Se podrá invitar a especialistas considerando la magnitud, complejidad o especialidad técnica de las obras o servicios que se pretendan contratar. Dichas personas deberán guardar absoluta confidencialidad de la información a que tengan acceso y tendrán únicamente derecho a voz. En la primera reunión de cada ejercicio, o cuando exista algún cambio, los integrantes Titulares del Comité con derecho a voz y voto, podrán designar por escrito a sus respectivos suplentes, los que deberán contar con un nivel jerárquico inmediato inferior al del Titular. El presidente suplente será el Subdirector de Administraciones Portuarias.
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FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. DE C.V. Dirección General
VI.3 FUNCIONES DEL COMITÉ ARTICULO 3°. El comité tendrá las siguientes funciones: •
Revisar los programas y presupuestos de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, así como formular las observaciones y recomendaciones convenientes;
•
Proponer las políticas, bases y lineamientos en materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, así como autorizar los supuestos no previstos en éstos, sometiéndolas a consideración del Consejo de Administración de FOP.
•
Dictaminar, previamente a la iniciación del procedimiento, sobre la procedencia de no celebrar licitaciones públicas por encontrarse en alguno de los supuestos de excepción previstos en el artículo 42 de la Ley;
•
Autorizar, cuando se justifique, la creación de subcomités de obras públicas, y como aprobar la integración, operación y funcionamiento de los mismos, así como la forma一ӄy los términos en que informaran al propio comité.
•
Elaborar y aprobar el manual de integración y funcionamiento del comité.
•
Coadyuvar al cumplimiento de la Ley y demás disposiciones aplicables.
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VI.4
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ ARTICULO 4°. Tendrán, entre otras, las siguientes funciones:
•
Presidente: autorizar las órdenes del día de las reuniones ordinarias y extraordinarias, presidir las reuniones del comité y convocar a sus miembros;
•
Secretario ejecutivo: vigilar la elaboración y expedición de las convocatorias, contenido de las órdenes del día y de los listados de los asuntos que se tratarán, incluyendo los soportes documentales necesarios, así como remitirlos a cada integrante del comité;
•
Asimismo, deberá cuidar que los acuerdos del comité se asienten correctamente, y levantar el acta de cada una de las sesiones, vigilando que el archivo de documentos esté completo y actualizado, debiendo conservarlos en custodia;
•
ARTÍCULO 5°.Informará trimestralmente al Comité, lo siguiente:
•
La referencia de las inconformidades recibidas, a fin de que el comité cuente con elementos para proponer medidas tendientes a subsanar las deficiencias que, en su caso, estuvieren ocurriendo en las áreas encargadas de realizar los procedimientos de contratación, con el propósito de evitar se susciten otras. Para ello, será necesario precisar el acto en contra del cual se presenta la inconformidad, las áreas involucradas, los motivos que la generaron, y el sentido de la resolución;
•
El estado que guarden los procedimientos de aplicación de garantías por la rescisión de los contratos o por el no reintegro de anticipos.
•
Los resultados de la gestión del comité y de la contratación de obras y servicios realizados por FOP.
•
Vocales: en su caso, enviar al secretario ejecutivo con la suficiente anticipación, los documentos de los asuntos que se deban someter a la consideración del comité; analizar el orden del día y los documentos sobre los asuntos a tratar, así como pronunciar los comentarios que estime pertinentes;
•
De los Asesores: Proporcionar la orientación necesaria en torno a los asuntos que se traten, de acuerdo con las facultades que tenga conferidas el área que lo haya designado.
矐ӏ
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•
Invitados o especialistas: los que tendrán participación en los casos en que el presidente o el secretario ejecutivo considere necesaria su intervención, para aclarar aspectos técnicos o administrativos, relacionados con los asuntos sometidos a la consideración del comité.
VI.5 DE LAS REUNIONES: ARTÍCULO 6°. Para la realización de sus reuniones, se deberá considerar lo siguiente: •
Los integrantes del comité con derecho a voz y voto podrán designar por escrito a sus respectivos suplentes, los que deberán contar con un nivel jerárquico inmediato inferior, y sólo podrán participar en ausencia del titular;
•
Los asesores y los invitados que asistan para orientar o aclarar la información de los asuntos a tratar, deberán firmar el acta de la reunión como constancia de su participación;
•
El formato del asunto que se someta a la consideración del comité, deberá estar firmado por el secretario ejecutivo, responsabilizándose de que la información contenida᷀Ӎ en el mismo, corresponda a la proporcionada por las áreas solicitantes;
•
Las especificaciones y justificaciones técnicas y económicas, deberán ser firmadas por el titular del área responsable del asunto que se someta a la consideración del comité;
•
La responsabilidad de cada integrante del comité quedará limitada al voto o comentario que emita u omita, en fo particular, respecto al asunto sometido a su consideración, con base en la documentación que le sea presentada. En este sentido, las determinaciones y opiniones de los miembros del comité, no comprenden las acciones u omisiones que posteriormente se generen durante el desarrollo de los procedimientos de contratación o en el cumplimiento de los contratos, y
•
El comité no podrá opinar sobre hechos consumados
La información y documentación que se someta a la consideración del comité, serán de la exclusiva responsabilidad del área que las formule. Tratándose de las fracciones II, IV y V del artículo 42 de la Ley, no será necesario contar, previamente al inicio del procedimiento de contratación, con el dictamen para no celebrar licitaciones públicas, por lo que la Subdirección de APIS deberá informar al propio comité, una vez que se concluya la contratación respectiva. 58
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VI.6 TERMINOS BAJO LOS CUALES SE CELEBRARAN LAS REUNIONES DEL COMITÉ ARTÍCULO 7° Para los términos de sus reuniones, considerar lo siguiente: •
Las ordinarias tendrán verificativo cada tres meses, salvo que no existan asuntos 'a tratar, en cuyo caso deberá darse aviso oportunamente a los miembros del comité. Sólo en casos debidamente justificados, se podrán realizar reuniones extraordinarias;
•
Se llevarán a cabo cuando asistan como mínimo la mitad más uno de los miembros con derecho a voto, y las decisiones se tomarán por mayoría de votos, debiendo indicarse en el acta de la reunión quien emite el voto y el sentido de éste, excepto en los casos en que la decisión sea unánime. En caso de empate, quien presida tendrá voto de calidad para tomar la determinación correspondiente;
•
En ausencia del presidente del comité o de su suplente, las reuniones no podrán llevarse a cabo;
•
El orden del día, junto con los 䔰documentos correspondientes de cada ӄ reunión, se entregarán a los integrantes del comité, de forma impresa o a través de medios de comunicación electrónica previamente acordados o establecidos por el Comité, cuando menos con dos días hábiles de anticipación al día de las reuniones ordinarias y con un día hábil de anticipación para las extraordinarias. En caso de no cumplir estos plazos, la sesión no podrá llevarse a cabo;
•
Los asuntos que se sometan a consideración del comité, deberán presentarse a través de un documento, cualquiera que sea la forma que adopte, éste invariablemente deberá contener los datos siguientes: a) La información resumida del asunto que se propone sea analizada, o bien, la descripción genérica de las obras o servicios que pretendan contratar, así como su monto estimado; b) La justificación y la fundamentación legal para llevar a cabo el procedimiento de contratación, debiendo anexar el escrito a que hace referencia el segundo párrafo del artículo 41 de la Ley; c) La indicación de la documentación soporte que se adjunte para cada asunto, dentro de la cual deberá considerarse la que acredite la existencia de suficiencia presupuestaria, o bien, el señalamiento de que la adjudicación o contratación quedará condicionada a la existencia de esta última, y 59
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d) Los demás que se consideren relevantes; •
Una vez que el asunto sea analizado y dictaminado por el comité, el documento a que se refiere la fracción anterior, deberá ser firmado por cada asistente con derecho a voto;
•
De cada reunión se levantará acta que será firmada por todos los que hubieran intervenido en ella, misma que se aprobará, a más tardar, en la reunión ordinaria inmediata posterior, en dicha acta se deberán señalar el sentido de los acuerdos tomados por los miembros con derecho a voto y los comentarios relevantes de cada caso;
•
Invariablemente deberá incluirse en el orden del día, un apartado correspondiente al seguimiento de acuerdos emitidos en las reuniones anteriores. En el punto correspondiente a asuntos generales, sólo podrán incluirse asuntos de carácter informativo, y
•
En la primera reunión de cada ejercicio fiscal se presentará a consideración del comité el calendario de reuniones ordinarias, el presupuesto autorizado para realizar obras públicas y servicios y los montos máximos a que alude el artículo 43 de la Ley. ᷀Ӎ
El presente Manual entrará en vigor una vez que haya sido autorizado por el Comité de Obras Públicas de FOP y será emitido por la Subdirección APIS.
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VII NORMAS PARA LA AUTORIZACIÓN DE VIÁTICOS A SERVIDORES PÚBLICOS COMISIONADOS DE FONATUR OPERADORA PORTUARIA VII.1 VIÁTICOS Y PASAJES Para los efectos de estas Normas y Políticas se denominará: 1. Operadora Portuaria: a FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. de C.V. 2. Centros de Trabajo: a Oficinas Centrales y diferentes centros de negocio de FONATUR Operadora Portuaria, S.A. de C.V., tales como Administraciones Portuarias Integrales (API’s) API Cabo San Lucas y API Bahías de Huatulco; Escalas Náuticas: Puerto Escondido, Guaymas, La Paz, Mazatlán, Puerto Peñasco, San Blas, San Felipe, Santa Rosalía, Santa Rosaliita, Topolobampo; Campos de Golf Litibú, Nayarit, Palma Real en Ixtapa y Tangolunda en Huatulco, Tráiler Park y Paradero de Autobuses las Garzas en Ixtapa, Parque recreativo Copalita y todos aquellos que se ӏ integren a la Operación a partir 矐 de la fecha de autorización del presente manual. A. Disposiciones Generales. 1. Son materia de estas disposiciones las asignaciones por concepto de viáticos y pasajes nacionales e internacionales, así como la ministración de recursos para este fin y su comprobación, autorizadas a los Servidores Públicos (SP) de FONATUR OPERADORA PORTUARIA, en el desempeño de comisiones oficiales. 2. Solo se otorgarán fondos para estos conceptos de gasto cuando los SP deban trasladarse a lugares cuya distancia del lugar de adscripción sea superior a 50 kilómetros y que tengan por objeto el cumplimiento de objetivos de sus programas o para el desempeño de las funciones que tienen encomendadas. De conformidad con la disposición vigente el responsable de autorizar la comisión deberá tomar en consideración que no podrán autorizarse comisiones que tengan por objeto realizar tareas o funciones que puedan ser efectuadas por el personal de los Centros de Trabajos.
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3. Los recursos solicitados para viáticos y pasajes estarán sujetos a las restricciones y cuotas máximas que se mencionan en el apartado C Tarifas y Cuotas de esta Política1 deberán estar justificados para su otorgamiento, serán ejercidos por el SP de forma transparente e invariablemente tendrán que ser comprobados por el SP comisionado2. El SP comisionado deberá obtener el visto bueno del SP que lo comisionó de haber cumplido satisfactoriamente con el objeto de la comisión. 4. El SP comisionado deberá presentar la Solicitud de Gastos de Viaje en la Subgerencia de Egresos de FONATUR con 48 horas de anticipación a la fecha de inicio de la comisión, para estar en condiciones de otorgar anticipo de gastos; en caso de que solicite alguno de los paquetes disponibles en la localidad destino de la comisión, la solicitud de referencia se deberá tramitar con 5 días hábiles de anticipación. 5. Las reservaciones y adquisición de boletos o paquetes, se efectuarán por conducto de la Subgerencia de egresos de FONATUR, por lo que, tanto en viajes nacionales como internacionales, el SP comisionado deberá anotar en la solicitud de gastos de viaje el itinerario correspondiente, a fin de que la tarifa calculada se apegue al ᷀Ӎ mismo. En casos excepcionales, los Subdirectores podrán solicitar de forma directa boletos de avión, los cuales serán regularizados a la comprobación de la comisión. 6. En el caso de que el boleto de avión o paquete no sea utilizado debido a cancelación de la comisión, cambio de línea aérea o cualquier otra causa, la Subgerencia de Egresos de FONATUR deberá solicitar a la agencia de viajes la nota de crédito correspondiente. 7. Para efectos de validar las comprobaciones de gastos de viaje, así como su importe, el SP comisionado someterá a revisión de la Subgerencia de Egresos de FONATUR dentro de los primeros 5 días hábiles después que terminó la comisión, los comprobantes que darán soporte al gasto y que deberán reunir los requisitos fiscales que establece el Código Fiscal de la Federación anexos al formato de "Comprobación de Gastos de Viaje". 8. La Subgerencia de Egresos de FONATUR resolverá lo procedente sobre las comprobaciones recibidas para revisión en un plazo que no excederá de dos días hábiles, contados a partir del día de su recepción 1
Montos máximos establecidos de conformidad con las “Normas que regulan los viáticos y pasajes para las comisiones en el desempeño de funciones en la Administración Pública Federal. Publicadas por la SHCP.
2
El Servidor Público enviado a desempeñar una comisión oficial temporal, dentro o fuera del territorio nacional, con motivo de las funciones que tiene asignadas, susceptible de recibir gastos de viaje sujetos a comprobación.
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9. El paquete se deberá adquirir en la agencia con la que se tenga celebrado convenio; en caso de cancelación por causas imputables al SP comisionado la penalización será a su cargo. 10.
En el período de la comisión se deberá evitar, en la medida de lo posible que se incluyan sábados, domingos y días festivos.
11.
En el caso de que el período de la comisión se hubiere modificado, el SP comisionado deberá especificar en el formato de "Comprobación de Gastos de Viaje" el motivo de la modificación, a efecto de que la Subgerencia de Egresos de FONATUR determine los ajustes procedentes a los recursos otorgados.
12.
Las comprobaciones de los gastos devengados por los comisionados deberán presentarse dentro del mismo ejercicio fiscal en que fueron autorizados.
13.
La duración máxima de las comisiones en que se autorice el pago de 䔰ӄ de 24 días naturales para las realizadas viáticos y pasajes no podrá exceder en territorio nacional y de 20 para las realizadas en el extranjero. La realización de dos o más comisiones en un mismo ejercicio fiscal no podrá rebasar un máximo acumulado de 48 días naturales.
B. De las Autorizaciones 1. Las comisiones al interior de la República deberán ser autorizadas por el Director o los Subdirectores. 2. Las comisiones al extranjero tendrán que ser autorizadas por el Director General de Operadora Portuaria. 3. Como caso excepcional, cuando un SP acompañe a un superior jerárquico a la misma comisión oficial nacional y/o internacional, el que autorizó la comisión, podrá solicitar al Director General de Operadora Portuaria, se otorgue al acompañante la tarifa que se asigne a dicho superior. 4. El Director General de Operadora Portuaria podrá autorizar excepcionalmente, montos distintos a las tarifas de viáticos nacionales e internacionales establecidos, siempre y cuando los gastos, motivo del incremento en las tarifas, se encuentren plenamente justificados. 63
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5. Cuando por necesidades de la comisión deban otorgarse recursos para viáticos y pasajes en grupo, el SP que autorizó la comisión deberá designar a un responsable para la recepción y comprobación del total de los mismos, así como para responder ante cualquier requerimiento. 6. El Director General de Operadora Portuaria podrá autorizar el otorgamiento de viáticos y pasajes para comisiones que requieran mayor duración de la establecida en el numeral 13 capítulo A, siempre y cuando dichos períodos se encuentren justificados. C. Tarifas y Cuotas 1. Viáticos Nacionales: La tarifa asignada se otorgará al SP comisionado en función: del Estado de la República Mexicana en que se deba realizar la comisión, del nivel jerárquico y del tipo de viático que le corresponda, de conformidad con las “Normas que regulan los viáticos y pasajes para las comisiones en el desempeño de funciones en la Administración Pública Federal”, publicadas por la SHCP y la SFP, y considerando las cuotas máximas, y que incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y cualquier otro impuesto o derecho a que se᷀Ӎ haga acreedor el SP comisionado, en el ejercicio de los gastos que realice en el desempeño de su comisión. a. Viáticos sin Pernocta: Esta tarifa se aplicará cuando la comisión se realice en el mismo día, la cual cubre los gastos de alimentación, transportación local, servicio de Internet, fax, fotocopiado, llamadas telefónicas y propinas. b. Viáticos con Pernocta: Cuando la duración de una comisión sea mayor a 24 horas, se aplicará esta tarifa, la cual cubre los gastos de transporte local, alimentación, hospedaje, servicio de Internet, fax, fotocopiado, llamadas telefónicas, propinas, lavandería y tintorería, en el entendido que el SP comisionado pernoctó en el lugar de la comisión y dispone del comprobante o documento que así lo avala o en el que consta su permanencia. En caso de que la duración de la comisión fuere menor a 24 horas y se pueda demostrar la pernocta se otorgará la tarifa que describe este numeral. Para el otorgamiento de viáticos y pasajes podrán contratarse paquetes de viaje conforme a lo siguiente:
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c. Paquete con hospedaje y alimentos: En razón de que estas promociones dentro de su costo incluyen el hospedaje y la alimentación, la cantidad que se otorga es para la transportación Aeropuerto-Hotel, Hotel-Aeropuerto, transporte local, servicio de Internet, fax, fotocopiado, llamadas telefónicas, propinas, lavandería y tintorería tomando en consideración el destino de la Comisión. d. Paquete con hospedaje y transporte: En razón de que estas promociones dentro de su costo incluyen el hospedaje, la transportación Aeropuerto-Hotel, Hotel-Aeropuerto, la cantidad que se otorga es para alimentos, transporte local, servicio de Internet, fax, fotocopiado, llamadas telefónicas, propinas, lavandería y tintorería tomando en consideración el destino de la Comisión. e. Paquete con hospedaje, transporte y alimentos: En virtud de que estos paquetes dentro de su costo incluyen el hospedaje, la alimentación y la transportación Aeropuerto-Hotel, Hotel-Aeropuerto, la cantidad que se otorga es para, servicio de Internet, fax, fotocopiado, llamadas ᷀Ӎ y tintorería. telefónicas, propinas, lavandería 2. Viáticos Internacionales: La tarifa asignada se otorgará a los SP comisionados, según sea el caso, en dólares americanos y/o euros de conformidad con las “Normas que regulan los viáticos y pasajes para las comisiones en el desempeño de funciones en la Administración Pública Federal”, publicadas por la SHCP y SFP, y considerando las cuotas máximas, se incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y cualquier otro impuesto o derecho a cargo del SP comisionado, en el ejercicio de los gastos que realice en el desempeño de su comisión, ya sean nacionales o Internacionales. a. Normal: La dotación de viáticos cubre hospedaje, alimentación y transportación local, servicio de Internet, fax, fotocopiado, llamadas telefónicas, propinas, lavandería y tintorería debiendo relacionar cada uno de los gastos efectuados. b. Paquete con todo incluido: Se otorgará una cuota para los traslados locales, servicio de Internet, fax, fotocopiado, llamadas telefónicas, propinas, lavandería y tintorería, debiendo relacionar cada uno de los gastos efectuados.
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c. Paquete con transporte y hotel incluido: Se otorgarán viáticos destinados para alimentación, transportación local, servicio de Internet, fax, fotocopiado, llamadas telefónicas, propinas, lavandería y tintorería, debiendo relacionar cada uno de los gastos efectuados. D. Pasajes Nacionales e Internacionales 1.
Nacionales a. Pre-compra de Boletos o Paquete de Viaje: Los SP que deban realizar una comisión deberán hacer uso de los mecanismos de pre compra, que permitan obtener precios preferenciales, por este motivo la adquisición de los boletos o paquete de viaje se efectuarán únicamente a través de la agencia de viajes con la que se tenga el convenio para este fin; sólo en caso de alguna urgencia plenamente justificada se podrán adquirir boletos o paquete de viaje por otros medios. b. Categoría de Pasaje: No podrán adquirirse pasajes con categoría de negocios (business class) o superior (primera clase) para vuelos nacionales; excepto cuando por 䔰ӄlas condiciones físicas o de salud del SP comisionado, se justifique como plenamente necesario el viaje en cualquiera de las categorías antes mencionadas. Para este fin deberá contar, previo al viaje, con el justificante Médico que deberá ser integrado en la comprobación. c. Gastos de Transportación: Con el fin de sufragar las erogaciones que se generan con motivo de los siguientes traslados del SP comisionado: • Domicilio particular - Aeropuerto o Terminal de Autobuses, •
Aeropuerto o Terminal de Autobuses - Hotel,
• Hotel - Aeropuerto o Terminal de Autobuses • Aeropuerto o Terminal de Autobuses - Domicilio particular, se otorgará el equivalente a 20 salarios mínimos (salario mínimo diario vigente en el D.F.) con carácter de Gastos a Comprobar; los cuales deberán ser plenamente comprobados con documentos como son: factura de transporte, y/o estacionamientos en el Aeropuerto que reúnan, en su totalidad, los requisitos fiscales. Si el importe erogado por este concepto es diferente al monto otorgado, se liquidarán las diferencias a favor del SP comisionado o se cobraran las que resulten a cargo del mismo. 66
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En el caso de que el SP comisionado viaje en cualquiera de las modalidades de Paquete, se le otorgarán el equivalente a 10 salarios mínimos (salario mínimo diario vigente en el D.F.) con carácter de Gastos a Comprobar, con el fin de sufragar las erogaciones que se generan con motivo de los siguientes traslados: • Domicilio Particular-Aeropuerto • Aeropuerto-Domicilio Particular, Para efectos de su comprobación se estará a lo mencionado en el párrafo anterior. El gasto de estacionamiento en el Aeropuerto, solamente se cubrirá en comisiones hasta con una pernocta. d. Renta de automóvil y/o de vehículos especiales: Tanto en comisiones nacionales como en internacionales solo se asignarán recursos para este tipo de gastos con la autorización previa del Director General de Operadora Portuaria, ante quien el SP comisionado deberá ᷀Ӎ justificar que por necesidades de la comisión y las condiciones del lugar al que ha sido comisionado, es indispensable la renta de automóvil, de lancha o de vehículos aéreos especiales. Esta situación deberá especificarse en la solicitud de gastos de viaje. Se cubrirán los gastos por concepto de gasolina, lubricantes, estacionamiento y peaje que se generen como si se tratara de un vehículo oficial. e. Vehículo Propio: Para que el SP comisionado utilice automóvil propio, deberá contar con la autorización previa del SP que autoriza la comisión y no deberá tener asignado vehículo oficial para el desempeño de sus funciones; para hacer frente a las erogaciones por concepto de gasolina, lubricantes y peajes, se le otorgará, como Gastos a Comprobar, la cantidad que resulte de multiplicar la distancia a recorrer al lugar del destino y viceversa, más 10 kilómetros diarios por concepto de recorridos locales, por una cuota de 3.00 pesos por kilómetro, además de una cuota por demérito del vehículo equivalente a 3.00 pesos por kilómetro de acuerdo con la distancia del recorrido únicamente al lugar de destino y viceversa, comprobable con un recibo firmado por el SP comisionado y este deberá ser presentado en la comprobación de gasto. Dicho importe se considerará para efectos del impuesto sobre la renta a cargo del comisionado.
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f. Vehículo Oficial: Cuando se utilicen vehículos oficiales, asignados a las, Centros de Trabajo, se podrá otorgar un anticipo para gastos por consumos de gasolina y de peaje, siempre y cuando se hagan constar en la solicitud de gastos de viaje. El SP comisionado deberá proporcionar el costo aproximado de éstos y tendrán que ser comprobados con comprobantes fiscales debidamente requisitados: en el caso de la gasolina se deberá solicitar la factura en la gasolinera; por lo que respecta al peaje, con los comprobantes que emiten las propias casetas de peaje y de estacionamiento la factura correspondiente. En caso de que el SP ejerza recursos propios, estos podrán ser reembolsados presentando la documentación comprobatoria que se mencionó anteriormente. g. Transporte Terrestre: Se autorizará este tipo de gastos cuando no exista la posibilidad de realizar el viaje por avión, cuando el cumplimiento de la comisión requiera realizar escalas para visitar diferentes lugares cercanos entre sí, o bien que por alguna circunstancia no sea posible realizar el traslado en avión. 2.
Internacionales
᷀Ӎ
a. Pre-compra de Boletos o Paquete de Viaje: Los SP que deban realizar una comisión deberán hacer uso de los mecanismos de pre compra, que permitan obtener precios preferenciales, por este motivo la adquisición de los boletos o paquete de viaje se efectuarán únicamente a través de la agencia de viajes con la que se tenga el convenio para este fin; sólo en caso de alguna urgencia plenamente justificada se podrán adquirir boletos o paquete de viaje por otros medios. b. Categoría de Pasaje: En vuelos Internacionales se podrán autorizar, adquirir pasajes con categoría de negocios (Business Class) en los siguientes casos: 1.
Cuando por tramo sencillo, el vuelo tenga duración superior a 6 horas, se podrán adquirir pasajes con categoría de negocios (Business Class) o sus equivalentes para el Director General y/o los Subdirectores de Operadora Portuaria.
2.
Cuando por las condiciones físicas o de salud del SP comisionado, se justifique como plenamente necesario y se cuente con el justificante medico previo al viaje, el cual deberá ser integrado en la comprobación. 68
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c. Gastos de Transportación: Con el fin de sufragar las erogaciones que se generan con motivo de los siguientes traslados del SP comisionado: • Domicilio particular - Aeropuerto o Terminal de Autobuses, •
Aeropuerto o Terminal de Autobuses - Hotel,
• Hotel - Aeropuerto o Terminal de Autobuses • Aeropuerto o Terminal de Autobuses - Domicilio particular, se otorgará el equivalente a 20 salarios mínimos (salario mínimo diario vigente en el D.F.) con carácter de Gastos a Comprobar; los cuales deberán ser plenamente comprobados con documentos como son: factura de transporte, y/o estacionamientos en el Aeropuerto que reúnan, en su totalidad, los requisitos fiscales. Si el importe erogado por este concepto es diferente al monto otorgado, se liquidarán las diferencias a favor del SP comisionado o se cobraran las que resulten a cargo del mismo. En el caso de que el SP comisionado viaje en cualquiera de las modalidades de Paquete, se le䔰ӄotorgarán el equivalente a 10 salarios mínimos (salario mínimo diario vigente en el D.F.) con carácter de Gastos a Comprobar, con el fin de sufragar las erogaciones que se generan con motivo de los siguientes traslados: • Domicilio Particular-Aeropuerto • Aeropuerto-Domicilio Particular, Para efectos de su comprobación se estará a lo mencionado en el párrafo anterior. El gasto de estacionamiento en el Aeropuerto, solamente se cubrirá en comisiones hasta con una pernocta. d. Renta de automóvil y/o de vehículos especiales: Tanto en comisiones nacionales como en internacionales solo se asignarán recursos para este tipo de gastos con la autorización previa del Director General de Operadora Portuaria, ante quien el SP comisionado deberá justificar que por necesidades de la comisión y las condiciones del lugar al que ha sido comisionado, es indispensable la renta de automóvil, de lancha o de vehículos aéreos especiales. Esta situación deberá especificarse en la solicitud de gastos de viaje. Se cubrirán los gastos por concepto de gasolina, lubricantes, estacionamiento y peaje que se generen como si se tratara de un vehículo oficial. 69
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e. Vehículo Propio: Para que el SP comisionado utilice automóvil propio, deberá contar con la autorización previa del SP que autoriza la comisión y no deberá tener asignado vehículo oficial para el desempeño de sus funciones; para hacer frente a las erogaciones por concepto de gasolina, lubricantes y peajes, se le otorgará, como Gastos a Comprobar, la cantidad que resulte de multiplicar la distancia a recorrer al lugar del destino y viceversa, más 10 kilómetros diarios por concepto de recorridos locales, por una cuota de 3.00 pesos por kilómetro, además de una cuota por demérito del vehículo equivalente a 3.00 pesos por kilómetro de acuerdo con la distancia del recorrido únicamente al lugar de destino y viceversa, comprobable con un recibo firmado por el SP comisionado y este deberá ser presentado en la comprobación de gasto. Dicho importe se considerará para efectos del impuesto sobre la renta a cargo del comisionado. f. Vehículo Oficial: Cuando se utilicen vehículos oficiales, asignados a las, Centros de Trabajo, se podrá otorgar un anticipo para gastos por consumos de gasolina y de peaje, siempre y cuando se hagan constar en la solicitud de gastos de viaje. El SP comisionado deberá proporcionar el ᷀Ӎ costo aproximado de éstos y tendrán que ser comprobados con comprobantes fiscales debidamente requisitados: en el caso de la gasolina se deberá solicitar la factura en la gasolinera; por lo que respecta al peaje, con los comprobantes que emiten las propias casetas de peaje y de estacionamiento la factura correspondiente. En caso de que el SP ejerza recursos propios, estos podrán ser reembolsados presentando la documentación comprobatoria que se mencionó anteriormente. E. De la Comprobación 1. Plazo para la presentación de la comprobación: Una vez que la Subgerencia de Egresos de FONATUR avaló la comprobación de gastos del SP comisionado y obtenido el visto bueno del SP que lo comisionó, de conformidad con los numerales 2 y 3 del capítulo A de las presentes disposiciones, ésta deberá presentarse en forma definitiva a la Subgerencia de egresos de FONATUR, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de terminación de la comisión, anexando facturas y/o boleto de avión, si existiera importe de anticipo no ejercido dos copias del recibo oficial de la Subgerencia de Ingresos o del área correspondiente en los Centros de Trabajo, que ampare el ingreso del anticipo no ejercido, asimismo, si fuere el caso, los intereses respectivos por la comprobación extemporánea.
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En caso de que el periodo del viaje se hubiere ampliado, reducido o modificado, el comisionado deberá especificar el motivo en el formato de Comprobación de Gastos de Viaje, recabando la firma de autorización del servidor público que autorizó el viaje, a efecto de que el área de Soporte Normativo o las Gerencias o Subgerencias de los Centros de Trabajo procedan a autorizar el incremento en cada uno de los gastos o, a gestionar el cobro por devolución del importe por los días en que se redujo el periodo autorizado. 2. Procedimiento para presentar la comprobación: El servidor público comisionado deberá rendir un informe de la comisión realizada al titular del área a la que se encuentre adscrito, dentro de los diez días hábiles siguientes a la realización de dicha comisión. Dicho informe deberá contener: a) El nombre, cargo y adscripción del servidor público que realizó la comisión; b) Lugar y período de la comisión; c) Objeto de la comisión, detallando el propósito de la misma, un breve ᷀Ӎ resumen de las actividades realizadas, conclusiones, resultados obtenidos y contribuciones para la dependencia o entidad de la que forma parte, y d) La firma autógrafa del servidor público que fue comisionado. El Servidor Público que autorizó la comisión, deberá establecer en el formato de Comprobación de Gastos que este informe ya fue entregado y que se encuentra en poder del área. 3. Importe límite a comprobar: Los comprobantes de gastos respaldarán hasta el importe marcado en éstos y en caso de que el importe de ellos fuere superior a los viáticos autorizados, dichos comprobantes respaldarán hasta el límite de la tarifa. 4. Gastos de transportación en vehículo particular: La comprobación de los gastos de transportación en vehículo particular se realizará con comprobantes que reúnan los requisitos fiscales, cuya fecha esté comprendida dentro del período de la comisión y sean por los conceptos de gasolina, lubricantes, peajes y estacionamiento, hasta por el monto de los kilómetros autorizados, además, de una cuota por concepto de demérito del vehículo equivalente a 3.00 pesos por kilómetro, de acuerdo con la distancia del recorrido únicamente al lugar de destino y viceversa, comprobable con un recibo firmado por SP comisionado. 71
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5. Penalización por comprobación extemporánea: En el caso de que el SP comisionado presente la comprobación después de los diez días hábiles a la conclusión de la comisión, se aplicará la tasa de interés mínima legal anual (6%), sobre el importe de la documentación presentada y, el costo de la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) a 28 días, sobre el importe de los saldos en contra, vigente al día de la liquidación, más el lVA correspondiente. 6. Nuevos anticipos de recursos para viáticos y pasajes: No podrán autorizarse nuevos anticipos de recursos para viáticos y pasajes mientras exista alguna comprobación vencida y/o pendiente de presentar a la Subgerencia de egresos de FONATUR; por lo que las nuevas solicitudes que se presenten permanecerán pendientes de autorización hasta que el SP compruebe la ministración anterior. Esto no significa que el SP comisionado queda imposibilitado para realizar la nueva comisión conferida y éstas no serán reembolsadas hasta que el comisionado regularice dichas ministraciones. 7. Comprobación de viáticos internacionales: Se realizará con la 䔰ӄ comisionado y que ampare el gasto documentación que recabe el SP realizado con motivo de la comisión, debiendo relacionar cada uno de los gastos efectuados incluyendo fecha, concepto y monto, dichos pagos deberán ser detallados tanto en moneda nacional como extranjera. Para efectos de comprobación y en caso de que parte de la documentación venga expedida en diferente moneda a la ministrada para el desempeño de la comisión, los montos deberán convertirse a dicha moneda al tipo de cambio del día en que se otorgó la ministración; en caso de existir saldo en contra del SP comisionado este deberá ser liquidado al mismo tipo de cambio mencionado. 8. Gastos no permitidos: No se autorizarán como comprobación de los viáticos, tanto Nacionales como Internacionales, gastos por los siguientes conceptos: Atenciones a terceros, material fotográfico, convenciones, gastos médicos y personales y consumo de bebidas alcohólicas. 9. Aclaraciones y/o justificaciones: Los comentarios adicionales respecto a los viáticos y pasajes deberán presentarse por escrito y avalados por el SP que autorizó la comisión, turnándose a la Subgerencia de Egresos de FONATUR para su revisión.
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10.
Promociones de las agencias de viajes: En el caso de que por la compra de boletos de avión o paquetes de viaje, se obtengan promociones se aplicarán a beneficio de la entidad para comisiones oficiales.
11.
Gastos nacionales sin comprobante: Estas erogaciones serán hasta por un 10% del total de viáticos recibidos en cada ocasión, sin que en ningún caso el monto que no se compruebe exceda de $15,000.00 en el ejercicio fiscal de que se trate, este importe se considerará para efectos del impuesto sobre la renta a cargo del comisionado. Para poder realizar este reembolso es necesario que el SP presente un recibo relacionando cada uno de los conceptos de gastos efectuados y con firma autógrafa.
12.
Exceso de equipaje: Esta erogación será cubierta con el comprobante que reúna los requisitos Fiscales, siempre y cuando éstos sean por equipo, material o artículos necesarios para el desarrollo de la comisión, lo cual deberá justificarse en la solicitud de gastos.
FORMATOS ᷀Ӎ
OP-01
Contra-recibo
OP-02
Solicitud de gastos de viaje
OP-03
Comprobación de gastos de viaje
73
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Contra-recibo
Formato
BENEFICIARIO:
3
CONCEPTO:
OP-01
CONTRARECIBO
1
FECHA
2
FECHA ESTIMADA DE PAGO:
4
TOTAL
6
5
᷀Ӎ
ENTREGÓ 7
Nombre y firma Área de Soporte Normativo
RECIBI 8
Nombre y firma Comisionado
74
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Instructivo de llenado del formato OP-01 Contra-recibo 1.-
Número de contra-recibo.
2.-
Fecha de expedición
3.-
Nombre del beneficiario del pago
4.-
Fecha estimada del pago.
5.-
Concepto del pago que se realiza.
6.-
Importe total del pago. 䔰ӄ
7.-
Nombre y firma del que realiza el pago.
8.-
Nombre y firma del que recibe el pago.
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Solicitud de gastos de viaje Formato
1
SOLICITUD DE GASTOS DE VIAJE No.
LUGAR Y FECHA DE LA SOLICITUD
OP-02
2
DESTINO (S)
ZONA
3
4
MOTIVO 5
PERIODO
6
DATOS DEL COMISIONADO Y/O GRUPO DE TRABAJO Y PROGRAMA DEL VIAJE SALIDA
NÚMERO DE NOMINA
NOMBRE
MES
᷀Ӎ
IMPORTE DE CADA BOLETO
HORA
DÍA
MES
9
8
7
REGRESO LINEA AÉREA
DÍA
HORA
11
10
12
GASTOS EXTRAS CONCEPTO
IMPORTE
13
14
OBSERVACIONES 15
AUTORIZACIÓN DEL SERVIDOR PÚBLICO Y/O PROMOTOR NOMBRE Y FIRMA DEL COMISIONADO Y/O NOMBRE Y FIRMA DEL SERVIDOR PÚBLICO Y/O RESPONSABLE DEL GRUPO DE TRABAJO No. DE PROMOTOR NOMINA 17 16
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Instructivo de llenado del formato OP-02 Solicitud de gastos de viaje 1.-
Número consecutivo de la solicitud de gastos de viaje, (debe llenarse por sucursal)
2.-
Lugar y fecha de la solicitud.
3.-
Lugar que se visita durante la comisión.
4.-
Zona a la que pertenece el destino.
5.-
Descripción de la causa que origino la comisión.
6.-
Periodo que dura la comisión.
7.-
Nombre de cada comisionado.
8.-
Número de nomina asignado por Recursos Humanos. 䖀Ӎ
9.-
Día, mes y hora de salida.
10.-
Día, mes y hora del retorno.
11.-
Línea aérea que presta el servicio.
12.-
Importe del boleto.
13.-
Descripción del concepto que origina gastos extras si se da el caso.
14.-
Importe de gastos extras por concepto.
15.-
Observaciones.
16.-
Nombre, puesto y firma del comisionado o responsable del grupo de trabajo y número de nómina.
17.-
Nombre, puesto y firma del servidor público que autoriza la comisión.
77
FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. DE C.V. Dirección General
Comprobación de gastos de viaje.
FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. DE C.V. Formato OP-03
COMPROBACIÓN DE GASTOS DE VIAJE 1
LUGAR Y FECHA DE LA COMPROBACION:
2
DESTINO:
3
NOMBRE DE QUIEN COMPRUEBA:
4
ADSCRIPCIÓN:
SOLICITUD DE GASTOS DE VIAJE No. PAGADA CON:
CHEQUE No.
6
5 TRANSFER. BANCARIA No.
6
DE FECHA:
7
8
FECHA DE LA COMISIÓN SEGÚN SOLICITUD:
9
FECHA "REAL" DE LA COMISIÓN:
垐ӈ ANALISIS DE LOS COMPROBANTES DE GASTOS QUE SE PRESENTAN TOTAL A COMPROBAR
CONCEPTO 3817 3817 3811 2603 3407 3811
-
VIATICOS PROPINAS GTOS DE TRANSPORT. AEROPUERTO (5.2.5.1) COMBUSTIBLE CASETAS COMISION POR EXPEDICION DE BOLETO
COSTO
COM P ROBACION I.V.A. 11% I.V.A. 16% TOTAL
DIFERENCIA
10
OTROS GASTOS SIN COMPROBANTE 3817 - PROPINAS 3413 - COPIAS 3103 - FAX 3109- INTERNET SUMAS 11
DEVOLUCION A CAJA:
12
SALDO A FAVOR:
JUSTIFICACION DE OTROS GASTOS A COMPROBAR
13
COMPROBÓ
Vo.Bo.
AUTORIZA
14 15
16
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Instructivo de llenado del formato OP-03 Comprobante de gastos de viaje 1.-
Lugar y fecha de la comprobación de gastos.
2.-
Destino de la comisión.
3.-
Nombre de quien comprueba.
4.-
Área de adscripción a la que pertenece el comisionado.
5.-
Número de la solicitud de viaje que se está comprobando.
6.-
Especificar el tipo de moneda que se pago para la comisión.
7.-
Fecha de la solicitud de gastos.
8.-
Periodo de la comisión según la solicitud de gastos
9.-
Periodo real de la comisión, especificando si hubo movimientos respecto al programa original. 䚰ς
10.-
Análisis y desglose de los comprobantes de gastos (facturas, notas de consumo, o boletos de transporte foráneo).
11.-
Importe de la devolución a caja en caso de haber remanente o mediante depósito bancario a la cuenta que para esos efectos tenga la entidad.
12.-
Importe del saldo a favor en caso de que la suma de los comprobantes exceda el monto asignado en la comisión, el cual procederá su reembolso con el visto bueno del Director General o del Subdirector correspondiente.
13.
Descripción de la justificación de otros gastos a comprobar, en caso de que por necesidades del servicio existan comprobantes no especificados en la presente comprobación.
14.
Nombre y firma del comisionado.
15.-
Nombre y firma del servidor público del área administrativa que da el visto bueno de la comprobación.
16.
Nombre y firma comprobación.
del
servidor
público
que
autoriza
la
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VII.2
PROCEDIMIENTO PARA EL SEGUIMIENTO DE LAS COMISIONES Y LA OBTENCIÓN DE LOS VIATICOS Y LA COMPROBACIÓN DE LOS GASTOS.
RESPONSABLES
NO. DE ACTIVIDAD 1
Obtiene firma de autorización del servidor público que lo comisiona.
2
Entrega a la Dirección General y/o Subdirección correspondiente del Corporativo o a l as Ge re nci as o Su b ge re nci a s de l o s Ce n tr os de T rab aj o , se gún se a e l caso , l a Solicitud de Gastos de Viaje, para su revisión y aplicación de las tarifas autorizadas a las áreas correspondientes.
3
Recibe la Solicitud de Gastos de Viaje debidamente requisitada y la turna al área de Soporte Normativo para su revisión.
4
Recibe la Solicitud de Gastos de Viaje en original y una copia, cuando menos 24 horas antes de la salida.
5
Verifica que la solicitud esté debidamente requisitada y autorizada por el servidor público (Director General a Gerentes).
6
Verifica que exista suficiencia presupuestal y determina el importe de gastos conforme a las tarifas autorizadas por concepto de gasto y zonificación.
7
En caso䚰de ς que no se cuente con suficiencia presupuestal, realizará lo siguiente: 1.-Devuelve el original de la Solicitud de Gastos de Viaje al Comisionado 2.-Recaba firma de recibido del Comisionado en la copia de la Solicitud 3.-Fin del procedimiento
8
Recibe el original de la solicitud de gastos de viaje y firma de enterado y finaliza el proceso hasta nuevo aviso.
9
Si existe suficiencia presupuestal, recaba el original y copia de la Solicitud para la expedición del contra-recibo y tramita la reservación y compra del boleto de avión.
10
Entrega contra- recibo y copia de la Solicitud de Gastos de Viaje al Comisionado, indicándole la fecha en que le será entregado el cheque y/o t ransferencia interbancaria con el importe presupuestado para la comisión.
11
Recaba firma del Comisionado al momento de entregarle cheque y/o transferencia interbancaria en el recibo correspondiente.
12
El área de Soporte Normativo resguarda y custodia la Solicitud original y contra-recibo, con el sello de pagado.
13
Archiva el original de la Solicitud de Gastos de Viaje en el expediente del Comisionado, adjuntando el original del contrarecibo con el acuse de recibo.
14
En caso de que no exista disponibilidad de vuelos se hace lo siguiente: Reserva el vuelo más cercano a la hora y fecha solicitada y procede a informarle al Comisionado.
15
Si hay disponibilidad de vuelo le entrega bole to de avión y/o pase de abordaje al comisionado, recaba la firma como constancia de entrega en la copia del boleto.
COMISIONADO
DIRECCIÓN GENERAL, SUBDIRECCIÓN Y/O GERENCIA
ÁREA DE SOPORTE NORMATIVO
COMISIONADO
ÁREA DE SOPORTE NORMATIVO
ÁREA ESPECIFICA P A R A L A RESERVACIÓN Y COMPRA DEL BOLETO DE AVIÓN
ACTIVIDAD
80
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NO. DE ACTIVIDAD
ACTIVIDAD
16
Recibe comunicado del área específica para la reservación y compra de boletos.
17
Recibe cheque y/o depósito de gastos, boleto de avión y procede a llevar a cabo la comisión de trabajo.
18
Al término de la comisión, elabora Formato de Comprobación de Gastos, con el informe resumido y las firmas autógrafas tanto del servidor públic o que autorizó la comisión como del propio Comisionado, narrando los pormenores de la comisión y anexando los comprobantes de los gastos en original y copia.
19
Las comprobaciones de Gastos de Viaje deberán ser entregados al 100% y en original, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de terminación de la comisión en el área de Soporte Normativo.
20
Recibe la Comprobación de Gastos de Viaje y verifica que el número de comprobantes sea igual al señalado en el Formato.
21
Procede a revisar que los comprobantes cumplan con las políticas establecidas y los requisitos fiscales y administrativos, contemplados en la Política de Solicitud y Comprobación de Viáticos y Pasajes. 䚰ς
22
En caso de que alguno de los documentos no cumpla con los requisitos: Lo informa al Comisionado y le entrega la documentación para que realice el ajuste a la Comprobación debiendo devolverla dentro de los dos días hábiles siguientes.
23
Si cumple el comisionado con los requisitos, registra el gasto y procede a realizar la póliza contable respectiva.
24
Cuando el saldo a favor sea por ampliación a la comisión y esté debidamente autorizado por el servidor público respectivo, procederá el reembolso. Por ningún motivo se cubrirán importes superio res a las tarifas autorizadas por día.
25
En caso de ser saldos en contra del Comisionado se le informará la cantidad a rembolsar, solicitándole pase a la Caja a realizar el trámite de devolución.
COMISIONADO
26
Recibe la documentación y realiza los ajustes pertinentes a la comprobación, se presenta al área de Soporte Normativo para realizar el cobro o el pago correspondiente según sea el caso a fin de que le elaboren el recibo por concepto de reembolso y en caso de no haber presentado la comprobación en el tiempo establecido, solicita a la Caja él cálculo de los intereses generados.
ÁREA DE SOPORTE NORMATIVO
27
Calcula, en su caso, los intereses generados con base lo establecido en la Política de Solicitud y Comprobación de Viáticos y Pasajes, y elabora recibo (original y copia).
COMISIONADO
28
Al efectuar el pago recibe original y copia del recibo de la Caja, modifica el Formato de Comprobación de Gastos de Viaje, incluyendo el importe del reembolso, y anexa copia del recibo y guarda el original para futuras aclaraciones.
RESPONSABLES
COMISIONADO
ÁREA DE SOPORTE NORMATIVO
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RESPONSABLES
NO. DE ACTIVIDAD
ACTIVIDAD
Mensualmente realiza: Informe de anticipos no comprobados de servidores públicos que después de 10 días naturales a la fecha de comprobación no presentaron los comprobantes y/o no efectúo el pago de la diferencia por saldo en contra. 29 Entrega el informe de anticipos no comprobados e informa del presupuesto ejercido por cada una de las áreas al Gerente de Control Financiero en el Corporativo y/o a la Gerencia Administrativa en la Sucursal, a fin de llevar a cabo las acciones necesarias para su regularización. Igualmente informa al titular de cada área, mensualmente, el avance del ejercicio de las partidas de viáticos y pasajes. ÁREA DE SOPORTE NORMATIVO 30
En caso de que el Comisionado no llegue a efectuar el viaje y cuente con el boleto de avión y los recursos para ello, éste deberá elaborar oficio al Gerente de Control Financiero del Corporativo y/o al Gerente Administrativo de la Sucursal, notificando de esta situación, anexando el cheque por los gastos otorgados.
31
Entrega e boleto de avión al área encargada de la reservación y compra boletos, para su cancelación.
32
Si el Comisionado no recogió el boleto de avión y el cheque de gastos, con el oficio de referencia, las áreas de Contabilidad y Presupuesto, Caja y el área específica para la reservación y compra del mismo, procederán a realizar las cancelaciones respectivas.
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VII.3
DIAGRAMA DE FLUJO.
䚰ς
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䚰ς
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䚰ς
85
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VIII MANUAL PARA EL CONTROL DE FONDOS FIJOS VIII.1 NORMAS PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL FONDO FIJO DE FOP POLÍTICAS Y/O NORMAS DE OPERACIÓN: Las siguientes normas son de observancia obligatoria para los servidores públicos de FONATUR OPERADORA PORTUARIA que dispongan de fondo fijo. VIII.2
DE AUTORIZACIÓN
1. El fondo fijo será autorizado por los Subdirectores de Administraciones Portuarias y de Escalas Náuticas, mismo que se encargará de asignar su monto, previa solicitud fundada y motivada por parte del responsable del área interesada. 2. Los recursos del fondo fijo se entregarán a nombre de la unidad responsable y de quien se haya nombrado como responsable de su custodia y administración. 3. La administración del fondo será responsabilidad del servidor público que firme el oficio de solicitud, el cual debe verificar que las erogaciones se ajusten al presupuesto y calendario autorizado, asimismo que cumplan con la 䚰ς Ley, y demás disposiciones normativas aplicables. VIII.3
DE USO
1. El fondo fijo será utilizado exclusivamente para realizar gastos urgentes, para la adquisición de bienes o prestación de servicios de manera urgente y de poca cuantía, que sean para consumo o utilización inmediatos y que dichas erogaciones se ajusten a los conceptos de gasto corriente establecidos en el Clasificador por Objeto del Gasto, no mayores a $2,000.00 pesos (Dos mil pesos 00/100 MN). 2. El fondo fijo se destinará exclusivamente en los términos en que se haya autorizado el oficio de solicitud, además no se podrá utilizar para préstamos personales, pagos o anticipos al personal, proveedores o prestadores de servicio con los que se tengan suscritos pedidos o contratos, operaciones ajenas por retenciones a terceros, ni podrán destinarse a regularizar compromisos de ejercicios fiscales anteriores, mayores a $2,000.00 (Dos mil pesos 00/100 MN). 3. Cuando se ejerza la partida 3808, para cubrir los gastos de transportación a servidores públicos, que requieran trasladarse de su lugar de adscripción a otro diferente para realizar funciones de entrega de información y documentación y otros autorizados, deberán cumplir con los lineamientos establecidos en el Clasificador por Objeto del Gasto. 86
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VIII.4
DE REPOSICIÓN
1. El fondo fijo se renovará preferentemente una vez que se haya erogado más del 50% del monto total del fondo asignado, a fin de que su recuperación se tramite en forma inmediata a la realización de los gastos y resuelva efectivamente las necesidades de liquidez. 2. Los comprobantes de pago con cargo al fondo fijo, deberán elaborarse en el formato establecido, contar con la firma de autorización del Director General o Subdirector respectivo del área que solicite el pago y el visto bueno del Enlace Administrativo, así como la firma del responsable del fondo que efectúe el pago. 3. El comprobante de gastos de pasajes y otros gastos menores deberán contar con las firmas del área solicitante y del Subdirector respectivo. 4. En cada comprobante deberá anotarse el concepto y justificación del gasto. 5. La reposición del fondo fijo se 䚰ς realizará en base a los documentos comprobatorios y conteniendo las claves presupuéstales correspondientes a los gastos realizados. 6. Los documentos comprobatorios a que se refiere el numeral anterior deberán cumplir con los mismos requisitos presupuéstales y fiscales (Código Fiscal de la Federación) establecidos para el ejercicio del gasto público. 7. Los cheques de reembolso deberán expedirse solo a nombre del responsable del fondo. 8. Los comprobantes de gastos deberán quedar inutilizados con la leyenda de “pagado”. VIII.5
DE FINIQUITO
1. La comprobación de los recursos asignados para el fondo fijo, se efectuará a más tardar en los primeros cinco días hábiles de enero del año siguiente, el área responsable reintegrará el fondo fijo no gastado que comprenderá el efectivo y la documentación comprobatoria de gastos en su poder, cuyos importes serán iguales a la suma del fondo asignado; comprobantes que deberán contener únicamente la fecha de hasta el 31 de diciembre de cada año.
87
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DEL CONTROL: VIII.6
DE LA DOCUMENTACIÓN
1. La documentación original deberá quedar bajo el resguardo del área de responsable del Fondo Fijo en el caso de las oficinas centrales. 2. Para las Escalas Náuticas y APIS la documentación deberá de resguardarse en cada una de estas para evitar que se pierdan los documentos originales y remitir copia al área del enlace administrativo para solicitar las revolvencias. VIII.7
DE LOS ARQUEOS
1. El enlace administrativo de FONATUR OPERADORA PORTUARIA deberá aplicar cuando menos una vez al año un arqueo a cada uno de los fondos fijos asignados a las diferentes unidades administrativas.
鐰ӈ
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IX CUADRO GENERAL DE CLASIFICACIÓN ARCHIVISTICA, CATÁLOGO DE DISPOSICIÓN DOCUMENTAL Y GUIA SIMPLE IX.1
PRESENTACIÓN
Con el propósito de cumplir con los Lineamientos Generales para la Organización y Conservación de Archivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales en coordinación con las Unidades Administrativas que la integran, ha elaborado y actualizado el presente Catálogo de Disposición Documental, en el cual se establecen los criterios para la valoración y disposición documental, los cuales permitirán garantizar una mayor eficiencia en el control y manejo de documentos, que permitirá garantizar una mayor eficiencia en el control y manejo sobre la producción, circulación, organización, conservación, transferencia, depuración y uso de los mismos. El Catálogo de Disposición Documental es el instrumento que establece los valores documentales administrativo, fiscal, legal, jurídico, informativo, 䔰ӄ evidencial y testimonial que por su naturaleza poseen los documentos; la clasificación de la información en reservada, confidencial y pública; los plazos de conservación de la documentación y el destino final de los documentos una vez concluido su ciclo vital.
89
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IX.2
OBJETIVO
Contar con un instrumento de control y seguimiento, que permita la identificación de vigencias de guarda y custodia de los documentos que integran el archivo de Fonatur Operadora Portuaria, así como garantizar la recuperación, transferencia e intercambio de la información, en apego a los Lineamientos generales para la organización y conservación de los archivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Objetivos Específicos: •
Conocer los tiempos de utilización y guarda de los expedientes documentales.
•
Identificar la información relativa a los valores secundarios de los documentos, así como aquélla a la que se refiere a reservada o confidencial.
•
Facilitar la depuración parcia o total y,
•
数ς Evitar la aglomeración de documentos, expedientes y cajas en las unidades administrativas.
90
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IX.3
METODOLOGÍA
La elaboración del Catálogo de Disposición Documental se realizo de la siguiente manera: 1. Se llevo a cabo una identificación, el cual consistió en primera instancia en una investigación preliminar sobre los antecedentes de la CDI, con el objeto de identificar el origen de las unidades administrativas. Para la realización de este proceso, se siguieron los siguientes pasos: •
Se compilo la información institucional.
•
Se reunió las disposiciones que regulan sus competencias, así como las normas y procedimientos.
•
Se identifico la estructura interna y las funciones de la CDI, mediante el análisis de organigramas, de su estatuto orgánico y de un levantamiento de cuestionario a los responsables de las unidades 数ς administrativas.
•
Se entrevisto a los productores de los documentos en el ámbito institucional; es decir, a las personas que producen y tramitan los documentos.
•
Se ubico la procedencia de la documentación mediante un examen de la unidad administrativa que la género y en consecuencia, de la función de la cual se derivo.
•
Y se efectúo una descripción que comprenda el contenido informativo de los grupos documentales, es decir de las series documentales.
Los resultados de este proceso, permitió: •
Conocer la estructura orgánica actual de la FONATUR OPERADORA PORTUARIA
•
Identificar las funciones del organismo y de cada una de las unidades administrativas productoras.
•
Identificar las series documentales con base a las funciones sustantivas y comunes, y por ende la elaboración del Cuadro General de Clasificación Archivística. 91
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•
Efectuar la valoración primaria de las series documentales.
Es importante mencionar que las series que componen las funciones comunes se tomaron de base del “Cuadro General de Clasificación Archivística de Funciones Comunes” que emitió el Archivo General de la Nación, con el fin de que existan criterios homogéneos en todas las dependencias y entidades de la Administración Federal.
数ς
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IX.4
POLÍTICAS DE DISPOSICIÓN DOCUMENTAL
1. Los archivos de trámite deberán ajustarse a los tiempos establecidos en el Catálogo de Disposición Documental; por tal motivo, se requiere que dentro de lo posible se abran expedientes al inicio de cada año, con el fin de tener un mayor control sobre las vigencias de las series documentales. 2. Los archivos de trámite deberán informar en el mes de enero de cada año a través del titular de la unidad administrativa, al archivo de concentración dependiente de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales sobre las series documentales que ya no son útiles o en su defecto las que deban insertarse al Catálogo de Disposición Documental, con el fin de mantener este instrumento actualizado. 3. La Coordinación de Archivos, deberá actualizar cada año el presente instrumento ante el Archivo General de la Nación, según el lineamiento decimoséptimo de los Lineamientos generales para la conservación y organización de los archivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. 数ς
4. Los archivos de trámite solicitarán las transferencias primarias de sus expedientes semi-activos al archivo de concentración, los cuales deberán ser entregados perfectamente depurados, clasificados e inventariados, conforme a las disposiciones vigentes. 5. Para la valoración de las series establecidas en el Catálogo, se han considerado únicamente originales, por lo que las copias se resguardarán por un período de seis meses a un año, procediendo posteriormente a la baja definitiva. 6. La Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, a través del archivo de concentración será la única instancia mediante cual se tramitarán los dictámenes de bajas documentales ante el Archivo General de la Nación. 7. De conformidad con el lineamiento vigésimo primero de los referidos Lineamientos, los inventarios de baja documental autorizados por el Archivo General de la Nación, deberán conservarse en el archivo de concentración por un plazo de cinco años, contados a partir de la fecha en que se haya autorizado la baja correspondiente.
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8. Que a partir de la desclasificación de los expedientes reservados, al plazo de conservación se adicionará un periodo igual al de reserva o al que establezca el catálogo de disposición documental, si éste fuera mayor al primero. 9. Que los documentos que hayan sido objeto de solicitudes de acceso a la información, deberán de conservarse por dos años más a la conclusión de su vigencia documental.
数ς
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IX.5
MARCO LEGAL
Ley Federal de Gubernamental
Transparencia
y
acceso
a
la
Información
Pública
Artículo 32: Corresponderá al Archivo General de la Nación elaborar, en coordinación con el Instituto, los criterios para la catalogación, clasificación y conservación de los documentos administrativos, así como la organización de los archivos de las dependencias y entidades.
Acuerdo por el que se establecen los lineamientos a que se sujetará la guarda, custodia y plazo de conservación del Archivo Contable Gubernamental. DOF 25 de agosto de 1998.
Ley General de Bienes Nacionales Articulo 2. Son bienes del dominio público: VI. Los monumentos históricos o artísticos, muebles e inmuebles de propiedad federal. 数ς
XI. Los muebles de propiedad federal que por su naturaleza no sean normalmente substituibles, como los documentos y expedientes de oficinas; los manuscritos, incunables, ediciones, libros, documentos, publicaciones periódicas, mapas, planos fotograbados importantes o raros, así como las colecciones de estos bienes; las piezas etnológicas y paleontológicas, las colecciones científicas o técnicas, de armas, numismáticas y filatélicas, los archivos, las fono grabaciones, películas, archivos fotográficos, cintas magnetofónicas y cualquier otro objeto que contenga imágenes y sonidos, y las piezas artísticas o históricas de los museos.
Ley Federal sobre Monumentos Históricos.
y Zonas
Arqueológicas, Artísticos
e
Art. 36, Fracciones II, III y IV II. Los documentos y expedientes que pertenezcan o hayan pertenecido a las oficinas y archivos de la Federación, de los Estados o de los Municipios y de las casas curiales. III. Los documentos originales manuscritos relacionados con la historia de México y los libros, folletos y otros impresos en México o en el 95
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extranjero, durante los siglos XVI y XX que por su rareza importancia para la historia mexicana, merezcan ser conservados en el país. IV. Las colecciones científicas y técnicas podrán elevarse a esta categoría, mediante declaratoria correspondiente.
Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos Fracción 8. Todo servidor público tendrá las siguientes obligaciones: Fracción V. Custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su empleo, cargo o comisión, tenga bajo su responsabilidad, e impedir o evitar su uso, sustracción, destrucción, ocultamiento o inutilización indebidos.
Lineamientos Generales para la organización y conservación de los archivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, DOF. 20-II-2004.
Acuerdo por el que se dispone que el Archivo General de la Nación, será la 数ς entidad central y de consulta del Ejecutivo Federal en el manejo de los archivos administrativos e históricos de la Administración Pública Federal. DOF 14-VII-80.
Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos a que se sujetará la guarda, custodia y plazo de conservación del Archivo Contable Gubernamental DOF. 25-VIII-1998.
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IX.6
CUADRO GENERAL DE CLASIFICACIÓN FONATUR OPERADORA PORTUARIA CUADRO GENERAL DE CLASIFICACIÓN
SERIE DOCUMENTAL
CÓDIGO DE CLASIFICACIÓN SECCIÓN 02C: ASUNTOS JURÍDICOS 02.1
DISPOSICIONES JURÍDICAS EN LA MATERIA
02.6
ASISTENCIA, CONSULTAS Y ASESORÍAS
02.7
ESTUDIOS, DICTÁMENES E INFORMES
02.8
JUICIOS CONTRA LA ENTIDAD
02.9
JUICIOS DE LA ENTIDAD
02.10
AMAPROS
02.11
INTERPOSICIONES DE RECUROS ADMINISTRATIVOS
02.15
NOTIFICACIONES
02.16
INCONFORMIDADES Y PETICIONES
02.18
DERECHOS HUMANOS数ς
02.19
LIBROS CORPORATIVOS
02.20
ACTAS
02.21
PODRES NOTARIALES
02.22
CONVENIOS
02.23
CONTRATOS
SECCIÓN 03C: PROGRAMACIÓN, ORGANIZACIÓN Y PRESUPUESTACIÓN 03.1
DISPOSICIONES EN MATERIA DE PROGRAMACIÓN
03.3
PROCESOS DE PROGRAMACIÓN
03.4
PROGRAMA ANUAL DE INVERSIONES
03.5
REGISTRO PROGRAMÁTICO DE PROYECTOS INSTITUCIONALES
03.6
REGISTRO PROGRAMÁTICO DE PROYECTOS ESPECIALES
03.7
PROGRAMAS OPERATIVOS ANUALES
03.8
DISPOSICIONES EN MATERIA DE ORGANIZACIÓN
03.9
PROGRAMAS Y PROYECTOS EN MATERIA DE ORGANIZACIÓN
03.10
DICTAMINACIÓN TÉCNICA DE ESTRUCTURAS
03.11
INTEGRACIÓN Y DICTAMINACIÓN DE MANUALES DE ORGANIZACIÓN
03.12
INTEGRACIÓN Y DICTAMINACIÓN DE MANUALES, NORMAS Y LINEAMIENTOS DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS
03.13
ACCIONES DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA
03.14
CERTIFICACIÓN DE CALIDAD DE PROCESOS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
03.17
DISPOSICIONES EN MATERIA DE PRESUPUESTACIÓN
03.18
DISPOSICIONES EN MATERIA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
03.19
PROGRAMA Y PROYECTOS EN MATERIA DE PRESUPUESTACIÓN
03.20
ANÁLISIS FINANCIEROS Y CONTROL DEL EJERCICIO PRESUPUESTAL
97
FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. DE C.V. Dirección General
SECCIÓN 04C: RECURSOS HUMANOS 04.3
EXPEDIENTE ÚNICO DE PERSONAL
04.4
REGISTRO Y CONTROL DE PUESTOS Y PLAZAS
04.5
NOMINAS
04.6
RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN DE PERSONAL
04.7
IDENTIFICACIÓN Y ACREDITACIÓN DE PERSONAL
04.8
CONTROL DE ASISTENCIA (VACACIONES, DESCANSOS Y LICENCIAS)
04.10
DESCUENTOS
04.15
FILIACIONES AL IMSS
04.16
CONTROL DE PRESTACIONES EN MATERIA ECONÓMICA. (FONAC, SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO, SEGUROS, ETC.)
04.17
JUBILACIONES Y PENSIONES
04.18
PROGRAMA DE RETIRO VOLUNTARIO
CAPACITACIÓN CONTINUA Y DESARROLLO PROFESIONAL DEL PERSONAL DE ÁREAS ADMINISTRATIVAS SECCIÓN 05C: RECURSOS FINANCIEROS 04.22
05.1
DISPOSICIONES EN MATERIA DE RECURSOS FINANCIEROS
05.3
GASTOS O EGRESOS POR PARTIDA PRESUPUESTAL
05.4
INGRESOS
05.5
LIBROS CONTABLES
05.6
REGISTROS CONTABLES (GLOSA)
05.7
VALORES FINANCIEROS
05.8
APORTACIONES A CAPITAL
05.12
ASIGNACIONES Y OPTIMIZACIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS
05.14
CUENTA POR LIQUIDAR CERTIFICADAS
05.17
REGISTRO Y CONTROL DE PÓLIZAS DE EGRESOS
05.18
REGISTRO Y CONTROL DE PÓLIZAS DE INGRESOS
05.19
PÓLIZAS DE DIARIO
05.22
CONTROL DE CHEQUES
05.23
CONCILIACIONES
05.24
ESTADOS FINANCIEROS
05.26
ESTADO DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO
05.27
FONDO ROTATORIO
05.29
INVERSIONES FINANCIERAS
瓐ς
98
FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. DE C.V. Dirección General
SECCIÓN 06C: RECURSOS MATERIALESY OBRA PUBLICA 06.1
DISPOSICIONES EN MATERIA DE RECURSOS MATERIALES, OBRA PÚBLICA, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO
06.3
LICITACIONES
06.4
ADQUISICIONES
06.6
CONTRATOS
06.7
SEGUROS Y FIANZAS
06.14
CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA
06.15
REGISTRO DE PROVEEDORES Y CONTRASTISTAS
06.16
ARRENDAMIENTOS
06.18
INVENTARIO FÍSICO Y CONTROL DE BIENES MUEBLES (CONTROL DE BIENES).
06.19
INVENTARIO FÍSICO DE BIENES INMUEBLES
06.20
ALMACENAMIENTO, CONTROL Y DISTRIBUCION DE BIENES MUEBLES
06.21
DISPOSICIONES Y SISTEMAS DE ABASTECIMIENTO Y ALMACENES
06.23
CONTROL Y SEGUIMIENTO DE OBRAS Y REMODELACIONES
SECCIÓN 07 C: SERVICIOS GENEALES 07.17
PROTECCIÓN CIVIL
-
SECCIÓN 08 C: TECNOLOGIA Y SERVICIOS DE LA INFORMACION 08.16
ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE CORRESPONDENCIA
SECCIÓN 10 C: CONTROL Y AUDITORIA DE ACTIVIDADES PUBLICA 10.3
AUDITORIAS
10.15
ACTAS DE ENTREGA RECEPCIÓN
10.16
RENDICIÓN DE CUENTAS
10.17
EVALUACIÓN DE CONTROL INTERNO INSTITUCIONAL
SECCIÓN 11 C: PLAENACION, INFORMACION, EVALUACION Y POLITICAS 11.16
INFORME DE AUTOEVALUACIÓN INSTITUCIONAL
SECCIÓN 12 C: 12.4
UNIDADES DE ENLACE
12.5
SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
12.6
CLASIFICACIÓN DE INFORMACIÓN RESERVADA
12.7
CLASIFICACIÓN DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL
12.8
SISTEMA DE DATOS PERSONALES
12.10
PORTAL DE TRANSPARENCIA
99
FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. DE C.V. Dirección General
SECCIÓN 01S: ESCALAS NÁUTICAS 01S.1
OPERACIÓN DE ESTACIONES DE SERVICIO
01S.2
ATENCIÓN A ESTACIONES DE SERVICIO
01S.3
CALIBRACIONES PROFECO
01S.4
GESTIÓN DE PEMEX PARA OBTENCIÓN DE FRANQUICIAS
01S.5
REEMBOLSOS DE FONDOS FIJOS FONATUR Y OPERADORA PORTUARIA
01S.6
VIÁTICOS
01S.7
BITÁCORAS
SECCIÓN 02S: SERVICIOS NÁUTICOS 02S.1
ATRAQUE A MUELLE
02S.2
MARINA SECA
02S.3
GRÚA SECA
02S.4
RAMPA BOTADO
02S.5
SERVICIOS (BAÑOS, LAVANDERÍA)
02S.6
AMARRE A BOYAS
02S.7
BASURA
02S.8
ESTACIONAMIENTO
02S.9
ARRENDAMIENTO DE LOCALES
02S.10
MUELLAJE
甠ς
SECCIÓN 03S: API’S (SERVICIOS PORTUARIOS) 03S.1
TARIFA DE PUERTO
03S.2
TARIFA DE EMBARQUE Y DESEMBARQUE DE PASAJEROS
03S.3
AMARRE DE CABOS
03S.4
VENTA DE AGUA POTABLE
03S.5
PAGO POR SERVICIOS DE MANTENIMIENTO
03S.6
PAGO Y SEGUIMIENTO DE CONTRATOS POR CESIONES PARCIALES DE DERECHOS
03S.7
COBRO DE CASETAS
03S.8
PAGO DE VIGILANCIA
03S.9
PAGO DE PROVEEDORES
03S.10
SOLICITUDES DE CESIONES PARCIALES DE DERECHOS
100
FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. DE C.V. Dirección General
SECCION 04S: ORGANOS DE GOBIERNO 04S.1
CONSEJO DE ADMINISTRACION
04S.2
ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS
04S.3
COMITE DE INFORMACION
04S.4
COMITÉ DE ARRENDAMIENTO Y ADQUISICIONES
04S.5
COMITÉ DE CALIDAD
04S.6
COMITÉ DE NORMAS INTERNAS
04S.7
COMITÉ DE OPERACIÓN DEL PUERTO
04S.8
COMITÉ DE BIENES MUEBLES
04S.9
COMITÉ DE OBRA PÚBLICA
04S.10
COMITÉ DE CONTROL Y AUDITORIA
SECCIÓN 05S: ESTUDIOS Y PROYECTOS ESCALAS NÁUTICAS 05S.1
ASESORÍAS TÉCNICAS
05S.2
GESTIÓN DE PROYECTOS
SECCIÓN 06S: ADMINISTRACIÓN Y DESINCORPORACIÓN DE ACTIVOS
-
6S.1
DESINCORPORACIÓN
101
FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. DE C.V. Dirección General
IX.7
CATALOGO DE DISPOSICIÓN DOCUMENTAL FONATUR OPERADORA PORTUARIA CATÁLOGO DE DISPOSICIÓN DOCUMENTAL
VALORACIÓN PLAZOS DE DOCUMENTAL CONSERVACIÓN CÓDIGO DE CLASIFICACIÓN
SERIE DOCUMENTAL A
1 SECCIÓN
L
2 02C:
C
AT
TÉCNICAS DE SELECCIÓN DOCUMENTAL
INFORMACIÓN
HISTÓRICO PERIODO DE CONFIDENCIAL AC TOTAL CONSERVACIÓ ELIMINACIÓN MUESTREO RESERVA N TOTAL
ASUNTOS JURÍDICOS
3
4
5
6
7
8
SECCIÓN 03C: PROGRAMACIÓN, ORGANIZACIÓN Y PRESUPUESTACIÓN
SECCIÓN 04C: RECURSOS HUMANOS
SECCIÓN 05C: RECURSOS FINANCIEROS
SECCIÓN 06C: RECURSOS MATERIALESY OBRA PUBLICA
異ς SECCIÓN 07C: SERVICIOS GENERALES
SECCIÓN 08C: TECNOLOGIA Y SERVICIOS DE LA INFORMACION
SECCIÓN 10C: CONTROL Y AUDITORIA DE ACTIVIDADES PUBLICAS
SECCIÓN 11C: PLANEACION, INFORMACION, EVALUACION Y POLITICAS
SECCIÓN 12C: TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION
SECCIÓN 01S: ESCALAS NÁUTICAS
SECCIÓN 02S: SERVICIOS NÁUTICOS
SECCIÓN 03S: API’S (SERVICIOS PORTUARIOS)
SECCIÓN 04S: ÓRGANOS DE GOBIERNO
SECCIÓN 05S: ESTUDIOS Y PROYECTOS ESCALAS NÁUTICAS
SECCIÓN 06S: ADMINISTRACIÓN Y DESINCORPORACIÓN DE ACTIVOS
102
FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. DE C.V. Dirección General
INSTRUCTIVO DE USO El Catálogo de Disposición Documental, es el registro general y sistemático que establece los valores documentales, los plazos de conservación, la vigencia documental, la clasificación reservada o confidencial y el destino final de la documentación. El presente instructivo permite conocer cada elemento que integra el Catálogo de Disposición Documental del Instituto Mexicano de la Juventud, a fin de contar con una guía para su mejor comprensión. El Catálogo de Disposición Documental se integra con los siguientes elementos: 1.
Sección
2.
Clave del Área
3.
Código de Clasificación
4.
Serie Documental
5.
Valoración Documental
6.
Plazos de Conservación:
7.
Técnicas de selección documental
8.
Información
閐ς
1. Sección: Es la división del Fondo denominado “Fonatur Operadora Portuaria” y Se encontrará consignado en el Cuadro General de Clasificación Archivística. 2. Clave del Área: Se encontrará el número de clave asignada para la Unidad Administrativa. 3. Código de Clasificación: Pertenece al número de la serie que pertenece a la sección asignada según el Cuadro General de Clasificación Archivística. 4. Serie Documental: Es el nombre que se asigna al conjunto de expedientes producidos en el desarrollo de las funciones de las Unidades Administrativas de la CDI, y se encuentra registrada en el Cuadro General de Clasificación Archivística. 103
FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. DE C.V. Dirección General
5. Valoración Documental: a) Valoración Primaria Se encontrará marcado con una “X” el valor del documento y puede ser valor administrativo (A), legal (L) o contable (C). 6. Plazos de conservación: En este apartado se establece en años el tiempo que los documentos originales tendrán que conservarse en el archivo de trámite de la unidad administrativa generadora y en el archivo de concentración de la FONATUR OPERADORA PORTUARIA 7. Técnicas de Selección Documental: Son las técnicas que se utilizan de aquellos expedientes cuyo plazo de conservación o uso haya prescrito. b) Histórico Conservación Total: Señalar si la documentación se conservará en su totalidad o en su caso si solo se guarda un porcentaje de acuerdo a su importancia se señalará en el rubro de Muestreo. -
c) Eliminación Señalar si son documentos a eliminar definitivamente. 8. Clasificación de la Información: Se establece la clasificación de la información ya sea reservada o confidencial, si no se registra nada se entiende que la documentación perteneciente a esa serie es pública, de acuerdo al índice de expedientes reservados y confidenciales de FONATUR Operadora Portuaria
104
FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. DE C.V. Dirección General
IX.8
GUIA SIMPLE FONATUR OPERADORA PORTUARIA GUIA SIMPLE
DATOS GENERALES UNIDAD ADMINISTRATIVA:
FONATUR OPERADORA PORTUARIA
ARCHIVO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA:
FONATUR OPERADORA PORTUARIA
DIRECCIÓN:
TECOYOTITLA NO.100 COL. FLORIDA C.P.01030
NOMBRE DEL RESPONSABLE:
LUIS ALFONSO LUGO PLATT
CARGO:
DIRECTOR GENERAL
TELEFONO
50-90-42-72
PERIODO
EXT.4270
2000-2009
-
CORREO ELECTRONICO
VOLUMEN
[email protected]
20 mts.
UNIDAD ADMINISTRATIVA
UBICACIÓN FISICA
OFICINAS CENTRALES
DESCRIPCIÓN
SECCIÓN 02 C: ASUNTOS JURIDICOS
02.1
Disposiciones Jurídicas en la Materia
Normas y lineamientos en materia jurídica
02.6
Asistencia, Consultas y Asesorías
Servicio que el área jurídica presta a las distintas unidades administrativas de la entidad
02.7
Estudios, Dictámenes e Informes
Exposiciones y opiniones que versan conceptos jurídicos
02.8
Juicios Contra la Entidad
Acto procesal público en el que Fonatur es parte demandada
02.9
Juicios de la Entidad
Acto procesal público en el que Fonatur es parte actora
02.10
Amparos
Acto procesal público contra los actos de autoridad presentados por un particular que se ven afectados sus intereses o garantías
02.11
Interposición de Recursos Administrativos
Acto procesal publico contra una sentencia dictada en contra de una entidad
02.15
Notificaciones
Comunicación de un acto jurídico
02.16
Inconformidades y Peticiones
Presentación de algún requerimiento de orden jurídico así como la negativa de los mismos
02.18
Derechos Humanos
Asuntos inherentes al ser humano en el marco de la Constitución
02.19
Libros Corporativos
Registro de Escrituras Públicas
02.20
Actas
Documento en el que se establecen los acuerdos tomados en actos jurídicos
02.21
Poderes Notariales
Nombramiento emitido por Notario Público
02.22
Convenios
Acuerdo para la realización de una actividad en particular
02.23
Contratos
Instrumento administrativo jurídico que regula una actividad entre dos partes
105
FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. DE C.V. Dirección General
SECCIÓN 03 C: PORGRAMACION, ORGANIZACIÓN Y PRESUPUESTACION 03.1
Disposiciones en Materia de Programación Normas y lineamientos en materia de programación
03.3
Procesos de Programación
Programas de inversiones y cedulas de aplicación de los mismos
03.4
Programa Anual de Inversiones
Información que se recibe acerca de los montos autorizados para su aplicación en el ejercicio
03.5 03.6
Registro Programático Institucionales Registro Programático Especiales
de
Proyectos
de
Proyectos
Metas institucionales Reporte de los programas de inversión
03.7
Programas Operativos Anuales
Reporte de aplicación en los programas operativos anuales de la entidad y sus seguimientos
03.8
Disposiciones en Materia de Organización
Normas en materia de organización
03.9
Programas y Proyectos en Materia de Planes, y estrategias en materia de organización Organización
03.10
Dictaminación Técnica de Estructuras
03.11 03.12
Estructuras vigentes y aprobadas
Integración y Dictaminación de Manuales de Visto bueno y autorización de los manuales de organización Organización Integración y Dictaminación de Manuales, Visto bueno y autorización de los manuales de normas y procedimientos Normas y Procedimientos
Medidas que se adoptan para la mejora de la gestión administrativa
03.13
Acciones de Modernización Administrativa
03.14
Certificación de Calidad de Procesos y Se lleva a cabo autorización de los procesos en las áreas en las que se sigue un procedimiento. Servicios
03.15
Descentralización de Funciones
Reingeniería de fusiones
03.16
Descentralización
Funciones encomendadas a los centros de trabajo
03.17 03.18 03.19 03.20
ς
Disposiciones en Materia de Presupuestación Disposiciones en Materia de Contabilidad Gubernamental Programa y Proyectos en Materia de Presupuestación Análisis Financieros y Control del Ejercicio Presupuestal
Normas y lineamientos en materia de presupuestación Normas y procedimientos de registro en la contabilidad de la Entidad. Planes, y estrategias en materia del ejercicio presupuestal Autorización de la partida presupuestal y afectaciones presupuestales
SECCIÓN 04 C: RECURSOS HUMANOS Documentos de identificación, formación académica, experiencia laboral y seguimiento de puesto y plazas Listados de plazas vacantes y ocupadas; empleados sindicalizados, base, jubilados, pensionados y honorarios Cheques, conciliaciones bancarias, constancias de pago de sueldos, control y constancias de manejo de cheques, productos de nómina, solicitud de recursos para pago de nómina, pago de aguinaldo y listados de nómina, así como listado de percepciones y deducciones de los empleados
04.3
Expediente Único de Personal
04.4
Registro y Control de Puestos y Plazas
04.5
Nominas
04.6
Reclutamiento y Selección de Personal
Copias de documentos oficiales de evaluación, calificación y reportes de selección de empleados
04.7
Identificación y Acreditación de Personal
Registros de emisión y entrega de credenciales a empleados
04.8
Control de Asistencia Descansos y Licencias)
Reportes de asistencia , control de vacaciones, incapacidades, personal comisionado y licencia
04.10
Descuentos
Registros de descuentos para los empleados
04.15
Filiaciones al IMSS
Cédula de filiaciones del personal: alta, baja o modificaciones del salario del trabajador
04.16
Control de Prestaciones en Materia Reportes quincenales de aportaciones Económica. (Fonac, Sistema de Ahorro
04.17
Jubilaciones y Pensiones
Autorización de la jubilación y liberación de responsabilidades del trabajador
04.18
Programa de Retiro Voluntario
Lineamientos del programa de retiro voluntario
04.22
Capacitación Continua y Profesional del Personal Administrativas
(Vacaciones,
Desarrollo Invitación para la capacitación, detección de necesidades de capacitación, oficio de invitación para de Áreas la elaboración del programa anual de capacitación, solicitudes de autorización por parte del subcomité de capacitación técnico administrativo. Metas presidenciales
106
FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. DE C.V. Dirección General
SECCIÓN 05 C: RECURSOS FINANCIEROS 05.1 05.3
Disposiciones en Materia de Recursos Normas y lineamientos en materia recursos financieros Financieros Solicitudes de pago, copias de recibos, copias de pólizas de liquidación , validación de partidas Gastos o Egresos por Partida Presupuestal presupuestales, cálculos y pago de impuestos Reintegros de recursos financieros
05.4
Ingresos
05.5
Libros Contables
Libros de la cuenta de hacienda pública, cuenta pública, balance, diario, inversión, mayor sociales
05.6
Registros Contables (Glosa)
Afectación o asiento realizado en los libros de contabilidad, con objeto de proporcionar los elementos necesarios para elaborar la información financiera del mismo
05.7
Valores Financieros
Valor o Importe que sirve para interpretar cifras de estados financieros
05.8
Aportaciones a Capital
Cifras de resultados que se protocolizan
05.12 05.14
Asignaciones y Optimización de Recursos Adecuado control de la utilización de los recursos Financieros Solicitud de pago de devolución por la cuenta por liquidar. Este procedimiento es valido en la Cuenta por Liquidar Certificadas expedición para pago a proveedores, prestadores de servicio, contratistas por anticipos, Póliza de egresos y comprobantes
05.17
Registro y Control de Pólizas de Egresos
05.18
Registro y Control de Pólizas de Ingresos
05.19
Pólizas de Diario
05.22
Control de Cheques
Cedula de trabajo donde se enlistan los cheques emitidos
05.23
Conciliaciones
Conciliaciones bancarias, informe mensual del fondo revolvente.
05.24
Estados Financieros
Reportes de información financiera.
05.26
Estado del Ejercicio del Presupuesto
Listado del ejercicio del presupuesto, movimientos, adecuaciones presupuestarias.
05.27
Fondo Rotatorio
Documentos de los recursos monetarios para cubrir las necesidades de la unidad
05.29
Inversiones Financieras
Acciones de optimizar y obtener un rendimientos de los recursos que no se utilizaran en un periodo próximo
Póliza de ingresos y comprobante (cuentas por liquidar anexando comprobantes (facturas, contratos, recibos) Señalamiento cuando se tiene que realizar algún ajuste, cancelación o cuando hubo error en la emisión de cheques.
ⵠӆ
SECCIÓN 06 C: RECURSOS MATERIALES Y OBRA PUBLICA 06.1
06.3
06.4
Disposiciones en Materia de Recursos Normas y lineamientos en materia de recursos materiales, obra pública y mantenimiento Materiales, Obra Pública, Conservación y Bases de licitación, invitaciones, actas de aclaraciones de bases, convocatorias publicadas, acta de prestación de propuestas y apertura de ofertas técnicas, cotizaciones, dictamen económico, Licitaciones acta de fallo de licitaciones, contrato o pedido, aviso de fallo de licitación, recibo de pago, garantía de cumplimiento Expedientes de las adquisiciones que haya realizado por adjudicación directa, invitación restringida Adquisiciones o licitación pública
06.6
Contratos
Acuerdo hecho con la entidad para ejecutar una obra o prestar un servicio
06.7
Seguros y Fianzas
Aseguramiento del patrimonio
06.14
Conservación y Mantenimiento Infraestructura Física
06.15
Registro de Proveedores y Contratistas
Búsqueda de proveedores
06.16
Arrendamientos
Recibos de pago por el arrendamiento
06.18
Inventario Físico y Control de Bienes Registro y control de los bienes muebles de la entidad Muebles (Control de Bienes).
06.19
Inventario Físico de Bienes Inmuebles
06.20 06.21 06.23
de
la
Contratos con terceros
Registro y control de los bienes inmuebles de la entidad
Almacenamiento, Control y Distribución de Asignación, baja y entrada de bienes muebles Bienes Muebles Disposiciones y Sistemas de Normas y lineamientos en materia control de bienes de consumo Abastecimiento y Almacenes Control y Seguimiento de Obras y Documentación de avances de obra Remodelaciones
107
FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. DE C.V. Dirección General
SECCIÓN 07 C: SERVICIOS GENERALES 07.17
Servicios de auxilio al personal y a los usuarios de las instituciones náuticas y portuarias
Protección Civil
SECCIÓN 08 C: TECNOIGIA Y SERVICIOS DE LA TECNOLOGIA 08.16
Administración Correspondencia
y
Servicios
de
Contratos de terceros, archivo de evidencia documental
SECCIÓN 10 C: CONTROL Y AUDITORIA DE ACTIVIDADES PUBLICA Auditorias
Revisión al control interno y a las operaciones financieras y administrativas de las entidades en las que es propietaria o tiene participación accionaria el Fonatur
10.15
Actas de Entrega Recepción
Proceso de documentación generada en el proceso de entrega – recepción.
10.16
Rendición de Cuentas
Proceso de documentación generada en un sexenio presidencial
10.17
Evaluación de Control Interno Institucional
Documentos para establecer, fomentar y mantener controles internos
10.3
SECCIÓN 11 C: PLANEACION, INFORMACION, EVALUACION Y POLITICAS 11.16
Informe de Autoevaluación Institucional
Reporte de actividades
SECCIÓN 12 C: TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION
12.4
Unidades de Enlace
Documentación de las distintas unidades administrativas para difundir y poner a disposición del público de acuerdo al artículo 7 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica Gubernamental
12.5
Solicitudes de Acceso a la Información
Expedientes de las solicitudes de información, realizadas a la Unidad de Enlace para su trámite y cuotas de acceso por pagos de derechos y productos que realizan los particulares para obtener la información
12.6
Clasificación de Información Reservada
12.7
Clasificación de Información Confidencial
12.8
Sistema de Datos Personales
12.10
Portal de Transparencia
Documentación que se encuentra temporalmente sujeta a alguna de las excepciones previstas en los artículos 13 y 14 de Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica Gubernamental Documentación entregada por los particulares de conformidad en lo establecido en el articulo 18 y 19 de Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica Gubernamental 毐ӆ Conjunto ordenado y sistematizado de datos personales que se encuentran en posesión de la entidad Documentación publica que se presente en cumplimiento el artículo 7 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica Gubernamental
SECCIÓN 01 S: ESCALAS NAUTICAS 01.1
Operación de Estaciones de Servicio
La administración de los servicios de las gasolineras
01.2
Atención a Estaciones de Servicio
Venta de gasolina y combustibles (gasolinera)
01.3
Calibraciones PROFECO
Calibraciones, dispensarios donde se despachen cantidades correctas
01.4 01.5
Gestión de PEMEX para Obtención de Obtención de trámite para franquicias Franquicias Reembolsos de Fondos Fijos FONATUR y Comprobantes de gastos de montos menores de acuerdo a la normatividad Operadora Portuaria
01.6
Viáticos
Pago de gastos de viajes
01.7
Bitácoras
Registros de eventos, hechos
SECCIÓN 02 S: SERVICIOS NAUTICOS 02.1
Atraque a Muelle
Documentación relativa al cobro de esta tarifa, por el amarre de un barco a muelle
02.2
Marina Seca
Estacionamiento de barcos fuera del agua
02.3
Grúa Seca
Equipo para izar y botarbarcos
02.4
Rampa Botado
Plataforma reclinada para arrastre de barcos
02.5
Servicios (Baños, Lavandería)
Sanitarios, regaderas, maquinas lavadoras
02.6
Amarre a Boyas
Dispositivo flotante atado por una cadena a un lastre del fondo del mar
02.7
Basura
Recolección
02.8
Estacionamiento
Cobro de estacionamiento
02.9
Arrendamiento de Locales
Renta de locales, bodegas, talleres y aéreas
Muellaje
Cargo en el precio de la gasolina debido al uso de muelles de combustibles
02.10
108
FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. DE C.V. Dirección General
SECCIÓN 03 S: API'S (SERVICIOS PORTUARIOS) 03.1
Tarifa de Puerto
03.2
Tarifa de Embarque y Desembarque de Documentación soporte relativa al cobro de esta tarifa Pasajeros
Documentación soporte relativa al cobro de esta tarifa
03.3
Amarre de Cabos
Documentación soporte relativa al cobro de esta tarifa
03.4
Venta de Agua Potable
Documentación soporte relativa al cobro de esta tarifa
03.5
Pago por Servicios de Mantenimiento
Documentación soporte relativa al cobro de esta tarifa
03.6
Pago y Seguimiento de Contratos por Documentación que avala el seguimiento Cesiones Parciales de Derechos
03.7
Cobro de Casetas
Documentación administrativa y financiera
03.8
Pago de Vigilancia
Contratos relativos a la seguridad del puerto y sus instalaciones
03.9
Pago de Proveedores
Documentación soporte
03.10
Solicitudes de Cesiones Parciales de Documentos que integran la solicitud y soporte del proceso de atención Derechos
SECCIÓN 04 S: ORGANOS DE GOBIERNO
Carpeta de integración por cada sesión ordinaria o extraordinaria de los asuntos y acuerdos asumidos
04.1
Consejo de Administración
04.2
Asamblea General de Accionistas
04.3
Comité de Información
04.4
Comité de Adquisiciones
04.5
Comité de Calidad
04.6
Comité de Normas Internas
Carpeta de trabajo donde se pueden encontrar la evaluación de normas y procedimientos de control interno que rigen las operaciones que lleva a cabo FONATUR, y las actas de sesiones
04.7
Comité de Operación del Puerto
extraordinarias que se requieran para la autorización de manuales y/o procedimientos Carpeta de integración por cada sesión de los asuntos y acuerdos asumidos
04.8
Comité de Bienes Muebles
04.9
Comité de Obra Pública
04.10
Comité de Control y Auditoria
Arrendamiento
y
Documentación relativa de envíos de documentación Carpeta de trabajo con acuerdos de la coordinación y supervisión de las acciones en materia de transparencia, y acceso a la Información de la Administración Pública Federal a fin de garantizar el ӆ acceso a la毐 información y la protección de los datos que se encuentran bajo su custodia Carpetas con acuerdos en los que se muestra el cumplimientos de sus objetivosque consisten en de vigilar que se cumplan con los principios de eficiencia eficacia y honradez en la administración de los recursos económicos dedicados a la adquisición y arrendamientos de bienes y servicios, este comité es el responsable de actualizar las bases, políticas y lineamientos en materia de adquisiciones Carpeta del Comité y documentación comprobatoria de seguimiento y atención
Acuerdos de seguimiento en sus funciones de vigilanciade la gestión y transparencia para obtener una adecuada administración de bienes muebles con los criterios de racionalidad simplificación y racionalidad,en estos acuerdos vigila el seguimiento al Programa Anual de destino final de bienes muebles, así como la donación de bienes que no rebasen los montos autorizados. Acuerdos de las acciones que se toman para optimizar los recursos destinados a la obra pública de acuerdo a la Ley de obra Pública y Servicios y así obtener condiciones de economía y calidad y tener los elementos para cumplir con transparencia los procesos de obra pública Actas de seguimiento de acuerdo en los que incluyen la evaluación la suficiencia y evaluación del control interno, propuestas al Órgano Internode Control de intervencionesen materia de evaluación y control, planear, coordinar, integrary proponer el programa anual de trabajo de Órgano Internode Control
SECCIÓN 05 S: ESTUIDOS Y PROYECTOS DE ESCALAS NAUTICAS 05.1
Asesorías Técnicas
Prestación de un servicio especial para el desarrollo de proyectos
05.2
Gestión de Proyectos
Realización de trámites para obtener permisos, autorizaciones, licencias
SECCIÓN 06 S: ADMINISTRACION Y DESINCORPORACION DE ACTIVOS
06.1
Desincorporación
ELABORÓ ALEJANDRO VILLAFRANCO OLIVOS
Venta de bienes muebles e inmuebles; cesión de derechos y obligaciones de concesiones
VALIDÓ LUIS ALFONSO LUGO PLATT
109
FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. DE C.V. Dirección General
X
GLOSARIO DE TÉRMINOS
Adscripción.- Lugar en que se encuentre ubicada la unidad administrativa o el centro de trabajo, y cuyo ámbito geográfico delimita el desempeño de la función del servidor público. Comisión oficial.- Es la tarea o función de carácter extraordinario conferida a los servidores públicos, para que realicen alguna actividad en un lugar distinto al de su centro de trabajo. Cuota fija.- Cantidad de dinero que se determina para gastos, por pertenecer a un grupo, asociación u Entidad. Destino de la comisión.- Lugar al que se dirige el servidor público fuera de su centro cotidiano de trabajo. Solicitud de gastos de viaje.- Formato oficial en el que se consigna la tarifa diaria, temporalidad, lugar de la comisión y autorizaciones correspondientes. Pasajes nacionales.- Las asignaciones monetarias que se otorgan al 帀Ӓ personal en activo, por concepto de transportación en comisiones oficiales que deban trasladarse a una población distinta a la de su adscripción en cumplimiento a las funciones inherentes a su cargo. Pasajes internacionales.- Las asignaciones monetarias que se otorgan al personal en activo, por concepto de transportación cuando en cumplimiento de sus funciones o comisiones oficiales se deban trasladar de la República Mexicana al extranjero y viceversa, o bien de una ciudad a otra en el extranjero. Servidor público.-Persona que presta servicios profesionales para desempeñar una comisión oficial y temporal con motivo de las funciones que tiene asignadas, dentro y fuera del territorio nacional, susceptible de recibir gastos de viaje sujetos a comprobación. Tarifa.- Tabla que consigna los montos máximos diarios por nivel y zona, que se otorgan por concepto de viáticos. Transportación local.- Gastos ejercidos por concepto de transporte del lugar de adscripción al aeropuerto y de éste, al destino de la comisión y viceversa.
110
FONATUR OPERADORA PORTUARIA, S.A. DE C.V. Dirección General
Transporte aéreo.- Servicio de transporte por aire de una ciudad que puede ser utilizado por cualquier persona para trasladarse de un lugar a otro a cambio de una cantidad de dinero. Transporte terrestre.- Servicio de transporte por tierra de una ciudad que puede ser utilizado por cualquier persona para trasladarse de un lugar a otro a cambio de una cantidad de dinero. Unidad administrativa.- Es el elemento de la clave presupuestaria que identifica y clasifica el gasto público por oficina según la organización interna de cada organismo. Viáticos.- Asignación monetaria destinada a cubrir los gastos por hospedaje, alimentación, transporte local, tintorería, lavandería, propinas y cualquier otro similar o conexo a estos, cuando el desempeño de una comisión temporal lo requiera, siempre y cuando en lugar distinto al de su adscripción.
蹰ӆ
111