GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

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“2008-2010. Bicentenario de la Independencia y Centenario de la Revolución, en la Ciudad de México”

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL Órgano del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA

3 DE MARZO DE 2010

No. 791

Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Jefatura de Gobierno ♦



Decreto que deroga al Decreto Expropiatorio a favor del Instituto de Vivienda del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los días 6 y 14 de octubre de 1999, sólo por lo que se refiere al predio ubicado en Calle Centeno número 940, Colonia Granjas México, Delegación Iztacalco, Distrito Federal

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Decreto que deroga al Decreto Expropiatorio a favor del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los días 11 y 12 de junio de 2008, sólo por lo que se refiere al predio ubicado en Héroes de Padierna número 70, Colonia Tacubaya, Delegación Miguel Hidalgo, Distrito Federal

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Sistema de Aguas de la Ciudad de México ♦

Acuerdo mediante el cual se aprueban los días inhábiles de la Oficina de Información Pública correspondientes al año 2010 y enero de 2011

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Secretaría de Salud del Distrito Federal ♦

Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios año 2010

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Servicios de Salud Pública del Distrito Federal ♦

Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios 2010

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Contraloría General del Distrito Federal ♦

Aviso CG/I/006/2010

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Sistema de Transporte Colectivo ♦

Reglas de Operación para el Otorgamiento de Becas a Prestadores de Servicio Social y/o Prácticas Profesionales

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Delegación Álvaro Obregón Acuerdo por el que se declaran como días inhábiles y en consecuencia se suspenden los términos inherentes a la tramitación de las solicitudes de acceso a la información pública, solicitudes de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales, atención a los recursos de revisión y demás actos y procedimientos administrativos competencia de la Oficina de Información Pública Delegación Cuauhtémoc Acuerdo del Programa de Refrendo de Cédulas de Empadronamiento Reglamentario 2010 denominado “Contigo en tu Mercado” Delegación Iztacalco Cuotas y Conceptos para el presente ejercicio que se manejan en los Centros Generadores dependientes de este Órgano Político Administrativo Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios año 2010 Instituto Electoral del Distrito Federal Aviso por el que se hace del conocimiento la cantidad que podrán recibir anualmente los Partidos Políticos como aportaciones de financiamiento privado directo, así como de financiamiento privado indirecto durante el año 2010 Tribunal Electoral del Distrito Federal Acuerdo 005/2010 emitido por el Pleno del Tribunal Electoral del Distrito Federal, relativo a las acciones tendientes al cumplimiento y seguimiento del Programa de Derechos Humanos para el Distrito Federal Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios ejercicio fiscal 2010 Asamblea Legislativa del Distrito Federal Decreto por el que se ratifica la designación del Consejero Presidente del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS Secretaría de Seguridad Pública.- Convocatoria: 001.- Contratación de obra pública Delegación Miguel Hidalgo.- Licitación Pública Nacional No. 30001026-005-10.- Servicio de Call Center Delegación Venustiano Carranza.- Convocatoria No. 001/10.- Contratación de trabajos en la modalidad de obra pública a precios unitarios Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal.- Convocatoria Múltiple 001/2010.- Contratación de alimentos perecederos y no perecederos, limpieza a estaciones incluyendo materiales y enceres, suministro de gas L.P., así como el mantenimiento al parque vehicular Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal.- Convocatoria: 03.- Aseguramiento integral de los bienes propiedad y/o a cargo del Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal SECCIÓN DE AVISOS Ralagar, S.A. de C.V. Impulsora Comercial ASEA, S.A. de C.V. Películas Rodríguez, S. A. de C.V. Terminal de LNG de Altamira, S. de R. L. de C. V. Edén Bioscience México, S DE R.L. de CV Chrysler de México, S.A. de C.V. Consorcio de Telecomunicaciones Cablemás, S.A. de C.V. Red Pública de Telecomunicaciones de Tulúm, S.A. de C.V. Edictos Aviso

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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

JEFATURA DE GOBIERNO DECRETO QUE DEROGA AL DECRETO EXPROPIATORIO A FAVOR DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL LOS DÍAS 6 Y 14 DE OCTUBRE DE 1999, SÓLO POR LO QUE SE REFIERE AL PREDIO UBICADO EN CALLE CENTENO NÚMERO 940, COLONIA GRANJAS MÉXICO, DELEGACIÓN IZTACALCO, DISTRITO FEDERAL (Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento) DECRETO QUE DEROGA AL DECRETO EXPROPIATORIO A FAVOR DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL LOS DÍAS 6 Y 14 DE OCTUBRE DE 1999, SÓLO POR LO QUE SE REFIERE AL PREDIO UBICADO EN CALLE CENTENO NÚMERO 940, COLONIA GRANJAS MÉXICO, DELEGACIÓN IZTACALCO, DISTRITO FEDERAL. MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, párrafos segundo y cuarto, apartado C, Base Segunda, fracción II, incisos a) y b) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 67, fracciones II y III y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5°, 14, 15, fracción I y 23 fracción XIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, y CONSIDERANDO Primero. Que mediante Decreto de cinco de octubre de mil novecientos noventa y nueve, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el seis y catorce del mismo mes y año, se expropiaron a favor del Instituto de Vivienda del Distrito Federal diversos inmuebles, entre los que se incluyó el ubicado en la fracción Oriente del predio formado por los Lotes 10 y 11 de la Manzana “F”, ubicado en calle Centeno, colonia Granjas México, Delegación Iztacalco, hoy calle Centeno número 940, colonia Granjas México, Delegación Iztacalco; Segundo. Que por escrito presentado el veintiséis de julio de dos mil uno, ante la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, el C. Efraín Hernández Gómez, demandó el amparo y protección de la Justicia Federal contra actos y autoridades del Distrito Federal, señalando como acto reclamado, entre otros, el Decreto expropiatorio antes precisado; Tercero. Que el dos de enero de dos mil nueve, el juzgado Décimo Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, dictó sentencia en los autos del juicio de amparo número 642/2001-II, determinando conceder el amparo y protección de la Justicia Federal a la parte quejosa, para que se deje insubsistente el Decreto expropiatorio publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el seis y catorce de octubre de mil novecientos noventa y nueve, sólo por lo que hace al predio ubicado en calle Centeno número 940, colonia Granjas México, Delegación Iztacalco, Distrito Federal; Cuarto. Que el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, al resolver el amparo en revisión número R.A. 109/2009, mediante sentencia de ocho de junio de dos mil nueve, confirmó la resolución referida en el considerando inmediato anterior; Quinto. Que por lo expuesto, y a fin de dar cabal cumplimiento a la sentencia de mérito, he tenido a bien expedir el siguiente: DECRETO PRIMERO. Se deroga el Decreto de cinco de octubre de mil novecientos noventa y nueve, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el seis y catorce del mismo mes y año, por el que se expropiaron a favor del Instituto de Vivienda del Distrito Federal diversos inmuebles, sólo por lo que se refiere al predio formado por los Lotes 10 y 11 de la Manzana “F”, ubicado en calle Centeno, colonia Granjas México, Delegación Iztacalco, hoy calle Centeno número 940, colonia Granjas México, Delegación Iztacalco;

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SEGUNDO. Notifíquese personalmente a la parte interesada. TERCERO. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. TRANSITORIO ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Dado en la Residencia del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los dos días del mes de marzo de dos mil diez.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, JOSÉ ÁNGEL ÁVILA PÉREZ.- FIRMA

DECRETO QUE DEROGA AL DECRETO EXPROPIATORIO A FAVOR DEL DISTRITO FEDERAL, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL LOS DÍAS 11 Y 12 DE JUNIO DE 2008, SÓLO POR LO QUE SE REFIERE AL PREDIO UBICADO EN HÉROES DE PADIERNA NÚMERO 70, COLONIA TACUBAYA, DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, DISTRITO FEDERAL. (Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento) MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, párrafos segundo y cuarto, apartado C, Base Segunda, fracción II, incisos a) y b) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 67, fracciones II y III y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5°, 14, 15, fracción I y 23 fracción XIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, y

CONSIDERANDO Primero. Que mediante Decreto de nueve de junio de dos mil ocho, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el once y doce del mismo mes y año, se expropiaron a favor del Distrito Federal diversos inmuebles, para la instalación y puesta en funcionamiento de casas de emergencia y centros de refugio para las mujeres que han sido víctimas de violencia familiar, a que se refiere la Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia para el Distrito Federal, entre los que se incluyó el ubicado en Héroes de Padierna número 70, colonia Tacubaya, Delegación Miguel Hidalgo; Segundo. Que por escrito presentado el dos de julio de dos mil ocho, ante la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, el C. Alejandro Castillo Ocampo, demandó el amparo y protección de la Justicia Federal contra actos y autoridades del Distrito Federal, señalando como acto reclamado, entre otros, el Decreto expropiatorio antes precisado; Tercero. Que el diecisiete de junio de dos mil nueve, el Juzgado Décimo Sexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, en los autos del juicio de amparo número 1379/2008, dictó sentencia, determinando conceder el amparo y protección de la Justicia Federal a la parte quejosa, para que se deje insubsistente el Decreto expropiatorio publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el once y doce de junio de dos mil ocho, sólo por lo que hace al predio ubicado en Héroes de Padierna número 70, colonia Tacubaya, Delegación Miguel Hidalgo, Distrito Federal; Cuarto. Que el Decimocuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, al resolver el amparo en revisión R.A.-315/2009, mediante sentencia de veintiuno de enero de dos mil diez, confirmó la resolución referida en el considerando inmediato anterior; Quinto. Que por lo expuesto, y a fin de dar cabal cumplimiento a la sentencia de mérito, he tenido a bien expedir el siguiente:

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DECRETO

PRIMERO. Se deroga el Decreto de nueve de junio de dos mil ocho, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el once y doce del mismo mes y año, por el que se expropiaron a favor del Distrito Federal diversos inmuebles, para la instalación y puesta en funcionamiento de casas de emergencia y centros de refugio para las mujeres que han sido víctimas de violencia familiar, a que se refiere la Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia para el Distrito Federal, sólo por lo que se refiere al predio ubicado en Héroes de Padierna número 70, colonia Tacubaya, Delegación Miguel Hidalgo;

SEGUNDO. Notifíquese personalmente a la parte interesada.

TERCERO. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

TRANSITORIO

ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Dado en la Residencia del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los dos días del mes de marzo de dos mil diez.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, JOSÉ ÁNGEL ÁVILA PÉREZ.- FIRMA

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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LOS DÍAS INHÁBILES DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA DEL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2010 Y ENERO DE 2011, PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS COMPETENCIA DE ESTA OFICINA.

ING. RAMÓN AGUIRRE DÍAZ, Director General del Sistema de Aguas de la Ciudad de México, Órgano Desconcentrado de la Administración Pública del Distrito Federal, adscrito a la Secretaría del Medio Ambiente, cuyo objeto principal es la operación de la infraestructura hidráulica y la prestación del servicio público de agua potable, drenaje y alcantarillado, así como el tratamiento y reuso de aguas residuales, que fungirá como auxiliar de la Secretaría de Finanzas en materia de servicios hidráulicos conforme a lo dispuesto por el Código Financiero del Distrito Federal, y con fundamento en los artículos 7, 12 y 13, Fracción I de la Ley de Aguas del Distrito Federal, así como de los artículos 11 y 71 fracción IX de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; y CONSIDERANDO 1.- Que de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, la Oficialía Mayor por ser un Ente Público, está obligada a contar con una Oficina de Información Pública, a fin de que las personas ejerzan su derecho de acceso a la información a través de ella. 2.- Que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, establece en su Artículo 7 que en todo lo no previsto en dicho ordenamiento, se aplicará de manera supletoria la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, y en su defecto, el Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal. 3.- Que la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, en su Artículo 29, establece que serán días de descanso obligatorio los que señale el calendario oficial y el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral. 4.- Que la Ley Federal del Trabajo en el Artículo 74, fracciones I, II, III, IV, V, VI, y VIII establecen que son días de descanso obligatorio, entre otros el 1 de enero, el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre y el 25 de diciembre. 5.- Que de conformidad con el Artículo 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, las actuaciones y diligencias en ella previstas se practicarán en días y horas hábiles, considerando, como inhábiles los días: sábados y domingos, 1 de enero, el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, el 1 de diciembre de cada seis años, el 25 de diciembre y aquellos en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores, los que se harán del conocimiento público mediante acuerdo del titular de la dependencia, entidad o delegación respectiva, que se publicará en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. 6.- Que en términos de lo dispuesto por los Artículos 47, 51, 53, 80 fracción II, 86, 90 y 91 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; 42 fracción I, 43 fracciones II, III, y IV; 45 y 47 del Reglamento de la misma Ley; 32 y 35 de la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal, se establecen plazos perentorios para la atención de las solicitudes de acceso a la información pública; y de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales; para rendir Informes de Ley; para dar cumplimiento a las resoluciones de los recursos de revisión que se promuevan ante el Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.

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7.- Que el numeral 31 de los Lineamientos que deberán observar los Entes Públicos del Distrito Federal para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales a Través del Sistema Infomex del Distrito Federal establece que serán días inhábiles, los siguientes: sábados y domingos, 1 de enero, el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, el 1 de diciembre de cada seis años, el 25 de diciembre y aquéllos en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores, o los términos relativos a los procedimientos previstos en dichos Lineamientos, mismos que se publicarán en la Gaceta Oficial del Distrito Federal o en el órgano de difusión oficial que corresponda, además de darse a conocer en el sitio de Internet de Infomex. 8.- Que durante los días declarados inhábiles se suspenderán los plazos y términos en todos aquéllos asuntos y procedimientos administrativos en general, competencia de la Oficina de Información Pública del Sistema de Aguas de la Ciudad de México aplicables en la tramitación de las solicitudes de acceso a la información pública; de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales; así como en los recursos de revisión que reciba para su atención. 9.- Que con el fin de que el presente Acuerdo produzca efectos jurídicos, se hace del conocimiento del público en general, mediante su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados de la Oficina de Información Pública del Sistema de Aguas de la Ciudad de México, en su Portal de Internet, y en el sitio de Internet de INFOMEX. Por las consideraciones y fundamentos anteriormente expuestos, en este acto se emite el siguiente: ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LOS DÍAS INHÁBILES DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA DEL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2010 Y ENERO DE 2011, PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS COMPETENCIA DE ESTA OFICINA. PRIMERO. Para efectos de la recepción, registro, trámite, resolución y notificación de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública y de Acceso o Rectificación de Datos Personales, que ingresan o que se encuentran en proceso a través del Sistema Electrónico INFOMEX, TEL-INFODF, correo electrónico de la Oficina de Información Pública ([email protected]), por escrito material o en forma personal y demás actos y procedimientos administrativos competencia de la Oficina de Información Pública del Sistema de Aguas de la Ciudad de México, se consideran inhábiles del año dos mil diez los días: 1 de febrero en conmemoración del 5 de febrero; 15 de marzo en conmemoración del 21 de marzo; 29, 30, 31 de marzo, 1 y 2 de abril, correspondientes a semana santa; 1 y 5 de mayo; 26, 27, 28, 29 y 30 de julio, 2, 3, 4, 5 y 6 de agosto, correspondientes al primer periodo vacacional; 16 de septiembre; 1 y 2 de noviembre en conmemoración de día de muertos; 15 de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; y 24, 27, 28, 29, 30 y 31 de diciembre, así como los días 3, 4, 5, 6 y 7 de enero de dos mil once, correspondientes al segundo periodo vacacional. SEGUNDO. El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

EL DIRECTOR GENERAL DEL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO (Firma) ING. RAMÓN AGUIRRE DÍAZ

SECRETARÍA DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS AÑO 2010 LIC. BERTHA MARÍA ELENA GÓMEZ CASTRO. Directora General de Administración, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, tiene a bien dar a conocer el siguiente: PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS AÑO 2010 DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL Resumen Presupuestal Importes

Capítulo Capítulo Capítulo Capítulo

1000 2000 3000 5000

Servicios Personales Materiales y Suministros Servicios Generales Bienes Muebles e Inmuebles TOTAL:

$ $ $ $ $

153,990,260.00 617,236,745.00 804,015,536.00 131,408,003.00 1,706,650,544.00

Resumen de Procedimiento de Adquisición Programados de Conformidad con la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal Artículo 1o. Artículo 30 Artículo 54 Artículo 55

Importes $ 84,304,299.58 $ 1,306,326,037.50 $ 252,603,244.91 $ 63,416,962.00 $ 1,706,650,544.00

Único. Publicarse el presente Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios en Gaceta Oficial del Distrito Federal. México, D.F. a 03 de Marzo de 2010

(Firma) DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LIC. BERTHA MARÍA ELENA GÓMEZ CASTRO

80% 20%

SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2010 El Lic. Fernando Gerardo Padilla Lezama, Director de Administración y Finanzas de los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, publica con carácter informativo y sin que éste documento implique compromiso alguno de contratación, ya que podrá ser adicionado, modificado, suspendido o cancelado sin responsabilidad alguna para la dependencia, el siguiente: Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios 2010 Resumen Presupuestal Capitulo 1000 Capitulo 2000 Capitulo 3000 Capitulo 4000

Servicios Personales Materiales y Suministros Servicios Generales Ayuda, Subsidios, Aportaciones y Transferencias TOTAL:

$ $ $ $ $

Importes 109’463,696.00 54’733,995.00 228’254,928.00 895,530.00 393’348,149.00

Resumen de Procedimientos de Adquisición Programados de Conformidad con la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal Artículo 1° Artículo 30 Artículo 54 Artículo 55 SUMAS IGUALES: Diferencia = $0.00

México, D.F. 05 de Marzo de 2010. EL DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS (Firma) LIC. FERNANDO GERARDO PADILLA LEZAMA

$ $ $ $ $

Importes 38’669,687.00 324’109,130.98 7’913,456.01 22’655,875.01 393’348,149.00

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Contraloría General del Distrito Federal 2008-2010. “Bicentenario de la Independencia y Centenario de la Revolución, en la Ciudad de México”. AVISO CG/I/006/2010.

A LAS DEPENDENCIAS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS, ÓRGANOS DESCONCENTRADOS, ÓRGANOS POLÍTICO-ADMINISTRATIVOS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.

Que el 19 de febrero de 2010, esta Contraloría General notificó el oficio CG/DGL/DRI/0099/2010, en el que se consigna la resolución del 17 de febrero de 2010, mediante la cual se determinó el plazo de impedimento para participar en licitaciones públicas, invitaciones restringidas a cuando menos tres proveedores, adjudicaciones directas y celebración de contratos en materia de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, con número de expediente CG/DRI/SPC-01/2010, a la sociedad mercantil denominada “Distribuidora Persa”, S.A. de C.V., con R.F.C. DPE-020605-E35.

Que con fundamento en los artículos 16 fracción IV y 34 fracción XLVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 2° fracción III, 39 fracción V, 80 y 81 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 104 fracción IV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contratos en las materias antes señaladas, en términos de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, con dicha sociedad mercantil, por un plazo de tres años, contados a partir del día en que se publique el presente en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

Una vez transcurrido el plazo antes señalado, concluirán los efectos del presente Aviso, sin que sea necesario algún otro comunicado.

ATENTAMENTE (FIRMA) LIC. RICARDO GARCÍA SÁINZ LAVISTA CONTRALOR GENERAL

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SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO

REGLAS DE OPERACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS A SOCIAL Y/O PRÁCTICAS PROFESIONALES, 2009.

PRESTADORES DE SERVICIO

ING. FRANCISCO BOJÓRQUEZ HERNÁNDEZ, Director General del Sistema de Transporte Colectivo Metro, con fundamento en los artículos 54 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 4º inciso B), 21 del Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte Colectivo; 44, fracción IX del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2009; 501 A y 504 del Código Financiero del Distrito Federal, y CONSIDERANDO Que los artículos 9 y 53 la Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal, establece la obligatoriedad de los estudiantes de las profesiones a que refiere el ordenamiento citado, como requisito previo para otórgales el título, la prestación del servicio social, asimismo define el servicio social como el trabajo de carácter temporal y mediante retribución que ejecuten y presten los profesionistas y estudiantes en interés de la sociedad y el Estado mismo; Que el Clasificador por Objeto de Gasto del Gobierno del Distrito Federal establece en el Capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias”, Concepto 4100 “Ayudas”, Partida 4104 “Becas” que son asignaciones destinadas a cubrir el pago de retribuciones y compensaciones a estudiantes y profesionistas de diversas carreras o especialidades técnicas que presten su servicio social en las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal. Que conforme al artículo 501 A, del Código financiero del Distrito Federal, a fin de asegurar la transparencia, eficacia, eficiencia y no discrecionalidad en el uso y otorgamiento de ayudas a la población se deberán sustentar en reglas de operación; Por lo anterior, se emiten las siguientes: REGLAS DE OPERACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS A SOCIAL Y/O PRÁCTICAS PROFESIONALES, 2009.

PRESTADORES DE SERVICIO

1. Entidad Responsable: La Dirección General del Sistema de Transporte Colectivo por conducto de la Subdirección General de Administración y Finanzas, Dirección de Administración de Personal, Gerencia de Recursos Humanos, Subgerencia de Personal y Coordinación de Prestaciones. 2. Objetivos y Alcances del Programa: Coadyuvar con las diferentes instituciones educativas públicas y privadas interesadas, a efecto de favorecer el aprovechamiento y la conclusión de la educación en los niveles técnico y licenciatura de los estudiantes que hayan cursado satisfactoriamente los créditos establecidos en Numeral 5 de las presentes Reglas. Dar cumplimiento al artículo 5° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, su Ley Reglamentaria relativos al ejercicio de las profesiones y su Reglamento. 3. Metas Físicas: Se pretende otorgar un total de 2,349 becas para prestadores de servicio social y/o prácticas profesionales de diferentes instituciones educativas a nivel técnico y profesional que presten en el presente ejercicio su servicio social y/o prácticas profesionales, así como de manera proporcional a los que lo concluyan o inicien durante el mismo.

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4. Programación Presupuestal: Monto programado de $ 7,999, 876 (Siete Millones novecientos noventa y nueve mil ochocientos setenta y seis pesos 00/100 M.N). 5.- Forma de pago El monto de la beca para prestadores de servicio social y/o prácticas profesionales será por un monto máximo de $3,600 (tres mil seiscientos pesos 00/100 M.N. En caso de que el servicio social y/o prácticas profesionales abarque dos años se les pagará de acuerdo al presupuesto del ejercicio fiscal que corresponda. 6. Requisitos y Procedimiento de Acceso: Requisitos. • • • • • • • •

Nivel Licenciatura: Constancia original del 70% de créditos académicos cubiertos y carta de presentación expedida por el plantel educativo. Nivel Técnico: Constancia original informando los créditos académicos cubiertos y carta de presentación expedida por el plantel educativo. 2 fotografías tamaño infantil. Copia de CURP. Comprobante de domicilio. Identificación: credencial del plantel educativo y/o credencial de elector (Original para cotejo y copia para expediente). La duración del servicio social será la que establezca la institución educativa y deberá realizarse en un lapso no menor a 6 meses y no mayor a 2 años. La duración de las prácticas profesionales será la que establezca la institución educativa hasta donde el presupuesto lo permita.

7. Procedimiento de Acceso. •

• • •

La Coordinación de Prestaciones a través de la Sección de Servicio Social difunde a las diferentes instituciones educativas públicas y privadas el Programa de Servicio Social y/o Prácticas Profesionales y recibe las solicitudes de los estudiantes interesados en realizar su servicio y/o prácticas en las distintas Unidades Administrativas del Sistema de Transporte Colectivo. Los interesados entregan la documentación requerida. La Sección de Servicio social revisa la documentación, lleva a acabo una entrevista e informa a los solicitantes, de conformidad con las necesidades, el área en donde se presentaran a realizar el servicio social. Podrán ingresar a prestar su servicio social y/o prácticas profesionales todos los estudiantes que cumplan con los requisitos establecidos y hasta donde el presupuesto lo permita.

8. Procedimientos de Instrumentación: • • • • • • •

• Recepción de las solicitudes y documentación. Revisión de la documentación. Integración de expedientes. Integración del listado de beneficiarios. Entrega de la beca de forma mensual. Apoyar al cumplimiento de las metas establecidas en los diferentes programas que se desarrollan en las distintas áreas del Sistema de Transporte Colectivo. Las áreas en donde presten el servicio social y/o prácticas profesionales los estudiantes, darán el seguimiento a los reportes de actividades mensuales. La captación de prestadores de servicio social y/o prácticas profesionales estará a cargo de la Coordinación de Prestaciones a través de la Sección de Servicio Social.

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9. Restricciones: • •

La recepción de la solicitud no garantiza la entrega de la beca, exclusivamente permite participar en el inicio del trámite. Las causales de baja del servicio social y/o prácticas profesionales, y por lo tanto del retiro de la beca son: I. II. III.

Falte continuamente de manera injustificada. Cause baja de manera voluntaria. Las demás que la Coordinación de Prestaciones considere.

10. Procedimientos de Queja o Inconformidad: Cualquier aclaración y/o queja del interesado deberá ser dirigida a la Coordinación de Prestaciones. 11. Mecanismos de Evaluación de Indicadores: Lista de prestadores de servicio social con derecho a beca y acuse de recibo de beca. 12. Formas de Participación: Los estudiantes participan de manera individual a través de sus solicitudes. TRANSITORIO Primero.- La aplicación de las presentes Reglas de Operación para el Otorgamiento de Beca a Prestadores de Servicio Social y/o Prácticas Profesionales, será a partir del 13 de noviembre de 2009. EL DIRECTOR GENERAL DEL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO (Firma)

ING. FRANCISCO BOJÒRQUEZ HERNÀNDEZ

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DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN COMO DÍAS INHÁBILES Y EN CONSECUENCIA SE SUSPENDEN LOS TÉRMINOS INHERENTES A LA TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, SOLICITUDES DE ACCESO, RECTIFICACIÓN, CANCELACIÓN Y OPOSICIÓN DE DATOS PERSONALES, ATENCIÓN A LOS RECURSOS DE REVISIÓN Y DEMÁS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS COMPETENCIA DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA EN LA DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN, LOS DÍAS QUE SE SEÑALAN. El ciudadano EDUARDO SANTILLÁN PÉREZ, Jefe Delegacional del Gobierno del Distrito Federal en Álvaro Obregón, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 122, Base Tercera, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 87 tercer párrafo, 104, 105 y 117 fracciones I, X y XI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2 párrafo tercero, 3 fracción III, 10 fracción XIII, 11 párrafo trece y 39 fracciones XLV y LXXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 120, 121, 122 fracción I, 122 Bis, fracción VI y 123 fracción XIV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 7, 50, 51 y 78 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; 1 y 53 último párrafo del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y numerales 1 y 22 de los Lineamientos que deberán observar los Entes Públicos del Distrito Federal en la Recepción, Registro, Trámite, Resolución y Notificación de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública a través del Sistema Electrónico INFOMEX, así como en los siguientes:

CONSIDERANDOS

I.- Que la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, en su artículo 29, establece que serán días de descanso obligatorio los que señale el calendario oficial y el que determinen las Leyes Federales y Locales Electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral. II.- Que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, es el ordenamiento legal que impone a los Órganos Ejecutivo, Legislativo y Judicial y Autónomos de Ley, así como aquellos Entes Públicos del Distrito Federal que ejerzan gasto público, atender en sus relaciones con los particulares, los principios de legalidad, certeza jurídica, imparcialidad, información, celeridad, veracidad, transparencia y máxima publicidad de sus actos. III.- Que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, en su artículo 7 y la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, en su artículo 4, establecen que en todas aquellas cuestiones relacionadas con el procedimiento, no previstas en dichos ordenamientos, se aplicará supletoriamente, la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, o en su caso, el Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal. IV.- Que la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, establece en su artículo 71 que las actuaciones y diligencias en ellas previstas se practicarán en días y horas hábiles, considerando en otros, como inhábiles los días en que se tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores, los que se harán del conocimiento público mediante acuerdo del titular de la dependencia, entidad o delegación respectiva, que se publicará en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. V.- Que en términos de lo dispuesto por los artículos 47, 51, 53, 80 fracción II, 86, 90 y 91 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, se establecen plazos perentorios para la atención de las solicitudes de acceso a la información pública, la sustanciación y resolución del recurso de revisión, que se promuevan ante el Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. VI.- Que el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, establece en sus artículo 53 párrafo cuarto, que se consideran días inhábiles los señalados por Ley, los señalados por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal en el ejercicio de sus atribuciones y los que publique el titular del Ente Público de la Administración Pública.

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VII.- Que el numeral 22 de los Lineamientos que deberán observar los Entes Públicos del Distrito Federal, en la Recepción, Registro, Trámite, Resolución y Notificación de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública a través del Sistema Electrónico INFOMEX, establece que serán días inhábiles los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores o los términos relativos a los procedimientos previstos en dichos lineamientos, mismos que se publicaran en la Gaceta Oficial del Distrito Federal o en el órgano de difusión oficial que corresponda, además de darse a conocer en el sitio de Internet de INFOMEX. VIII- Que la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal, establece en sus artículos 32, 35 y 40, que los términos para atender las Solicitudes de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales, así como para la interposición de los recursos de revisión inherentes a las mismas, serán considerados en días hábiles. IX.- Que con el fin de dar seguridad jurídica a los particulares, se hace del conocimiento del público en general el presente Acuerdo, mediante su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, así como en el sitio de Internet y Estrados de la Delegación Álvaro Obregón e infórmese el contenido al Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, para su publicación en el portal de Internet de INFOMEX y acciones que considere pertinentes.

X.- Que en el ejercicio de sus atribuciones, el Jefe Delegacional en Álvaro Obregón, emite el Acuerdo por el que se hacen del conocimiento del público en general, los días que serán considerados como inhábiles, para efectos de los actos y procedimientos en general atribuibles a la esfera de competencia de la Oficina de Información Publica. Finalmente, por las consideraciones y fundamentos anteriormente expuestos, en éste acto se emite el siguiente: ACUERDO PRIMERO.- Para los efectos de la tramitación de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Solicitudes de Informes, Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales, atención a los Recursos de Revisión y demás Actos y Procedimientos Administrativos en general, competencia la Oficina de Información Pública de la Delegación Álvaro Obregón, se acuerda como días inhábiles del año 2010, los siguientes: 15 de marzo; 29, 30 y 31 de marzo; 1 y 2 de abril; 5 de mayo; 26, 27, 28, 29 y 30 de julio; 2, 3, 4, 5 y 6 de agosto; 16 de septiembre; 1, 2 y 15 de noviembre; 22, 23, 24, 27, 28, 29, 30 y 31 de diciembre, así como 3, 4, 5 y 6 de enero de 2011. SEGUNDO.- En razón de lo anterior y durante los días citados, no se computarán los términos relacionados con las solicitudes y recursos referidos, competencia de la Oficina de Información Pública en la Delegación Álvaro Obregón. TERCERO.- Se instruye a la Jefa de la Unidad Departamental de Acceso a la Información Pública, realice las acciones necesarias para que el presente acuerdo sea publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y se cumpla con lo manifestado en el Considerando IX del mismo. TRANSITORIOS ÚNICO.- El presente Acuerdo surtirá efectos al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Álvaro Obregón, Distrito Federal, a 11 de Febrero de dos mil diez.

EL JEFE DELEGACIONAL EN ÁLVARO OBREGÓN.

(Firma) LIC. EDUARDO SANTILLÁN PÉREZ

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DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC ACUERDO DEL PROGRAMA DE REFRENDO DE CÉDULAS DE EMPADRONAMIENTO REGLAMENTARIO 2010 DENOMINADO “CONTIGO EN TU MERCADO”. AGUSTÍN TORRES PÉREZ, Jefe Delegacional del Órgano Político Administrativo en Cuauhtémoc, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122 BASE TERCERA fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 104, 105 y 117 fracción I, V y XI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 37, 38, 39 fracciones VIII, XXXIV, XLV y LXXXIII de La Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 120 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y 31 del Reglamento de Mercados para el Distrito Federal, y CONSIDERANDO Que en atención al mandato ciudadano que por elección popular determinó este Gobierno Delegacional, los funcionarios de esta Desconcentrada llevan a cabo sus atribuciones con eficiencia y procurando que los servicios que prestan cada una de sus áreas adscritas se distingan por la atención eficiente y apegada a derecho sustentada en la sensibilidad social. Que el Reglamento de Mercados para el Distrito Federal, establece que el empadronamiento de los comerciantes permanentes debe ser refrendado gratuitamente cada año, si subsisten las circunstancias que fundaron el empadronamiento. Que quien atiende el puesto está acreditado de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Reglamento de Mercados para el Distrito Federal. El Refrendo consiste en imprimir en la parte posterior de la Cédula de Empadronamiento Original el sello de la Unidad Departamental de Mercados y Plazas Comerciales con la fecha de Refrendo y avalado con la firma autógrafa del Jefe de dicha Unidad. El citado Refrendo, también acredita que la autoridad tuvo a la vista la Cédula de Empadronamiento Reglamentario en original y, que no existen conflictos de intereses de la citada Cédula, que el titular es mexicano por nacimiento y, que quien atiende el puesto tiene el derecho de hacerlo. Que este Órgano Político Administrativo se encuentra interesado en que los locales comerciales ubicados dentro de los treinta y ocho Mercados Públicos y un Pasaje Comercial, desarrollen sus actividades dentro del marco jurídico delineado por el Reglamento de Mercados para el Distrito Federal, garantizando la prestación del servicio de los Mercados Públicos. Derivado de lo anterior, el Gobierno Delegacional en Cuauhtémoc ha tenido a bien expedir el siguiente: PROGRAMA DE REFRENDO DE CÉDULAS DE EMPADRONAMIENTO REGLAMENTARIO DEL AÑO 2010 DENOMINADO “CONTIGO EN TU MERCADO” ARTÍCULO PRIMERO.- El Programa de Refrendo será aplicable a los 14,625 locales comerciales que integran los treinta y ocho Mercados Públicos y un Pasaje Comercial ubicados dentro de la cobertura territorial de la Delegación del Gobierno Distrito Federal en Cuauhtémoc. ARTÍCULO SEGUNDO.- El objeto de este Programa consiste en llevar a cabo el Refrendo de las Cédulas de Empadronamiento Reglamentario de los Mercados Públicos y el Pasaje Comercial antes citados, en forma ágil y oportuna, siempre que se acredite que las condiciones que fundamentaron su emisión subsisten; así como conocer la problemática que rodea cada local, y lograr que los titulares de la Cédulas cumplan con las condiciones que establece el Reglamento de Mercados para el Distrito Federal y, el Manual Administrativo de la Delegación Cuauhtémoc en su parte de procedimientos publicado el diez de marzo del dos mil ocho, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

ARTÍCULO TERCERO.- El Programa de Refrendos de Cédulas de Empadronamiento Reglamentario del año 2010 “CONTIGO EN TU MERCADO”, es totalmente gratuito, incluyendo la atención a los titulares de los locales comerciales en las consultas de orientación jurídica- administrativa relacionadas con el mismo.

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ARTÍCULO CUARTO.- Se llevará a cabo una campaña de difusión que consistirá en la repartición de trípticos, la colocación de carteles y, el perifoneo invitando a los titulares de los locales de los treinta y ocho Mercados Públicos y el pasaje comercial a cumplir con los requisitos para obtener el citado Refrendo. ARTÍCULO QUINTO.- Para la Procedencia del Refrendo se deberá cumplir con los siguientes requisitos: exhibir Cédula original de Empadronamiento correspondiente; original y copia simple de identificación oficial; copia certificada o simple del acta de nacimiento y acreditar que en los locales comerciales subsistan las condiciones en que se fundamentó el empadronamiento, es decir, que se encuentre activo y que el giro que se explota corresponde al autorizado en la Cédula ARTÍCULO SEXTO.- Quedan excluidas de este Programa las cédulas que tengan una controversia de naturaleza administrativa o jurisdiccional en trámite o juicio en contra de alguna autoridad de este órgano político administrativo pendiente de resolver e iniciado con anterioridad a la realización de Refrendo. ARTÍCULO SÉPTIMO.- Este Programa estará vigente durante los sesenta y dos días hábiles contados a partir del día siguiente hábil al de su publicación en la Gaceta oficial del Distrito Federal, dentro del horario de 11:00 a 15: 00 horas. TRANSITORIO ÚNICO. Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. JEFE DELEGACIONAL EN CUAUHTÉMOC

(Firma)

LIC. AGUSTÍN TORRES PÉREZ

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DELEGACIÓN IZTACALCO LIC. FRANCISCO JAVIER SÁNCHEZ CERVANTES JEFE DELEGACIONAL EN IZTACALCO, con base en la Regla Décima Novena, de “Las Reglas para el Control y Manejo de los Ingresos que se recauden por Concepto de Aprovechamientos y Productos que se asignen a las Dependencias, Delegaciones y Órganos Desconcentrados que lo generen, mediante Mecanismo de Aplicación Automática de Recursos, doy a conocer los MECANISMOS Y CRITERIOS PARA APLICAR REDUCCIONES EN LAS CUOTAS FIJADAS EN LOS CENTROS GENERADORES DEPENDIENTES DE ESTE ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO. CONSIDERANDO Que la población de esta Demarcación requiere de espacios donde realizar actividades sociales, deportivas y culturales que coadyuven en la elevación de su nivel de vida. Que la situación económica por la que atraviesa nuestro país no es la adecuada para que la población cubra elevados costos en su acceso a espacios públicos de esparcimiento y deportivos para su beneficio. El Gobierno de la Delegación Iztacalco como política pública promueve e impulsa el uso de los espacios públicos para bienestar de su población; y como respuesta a los altos costos de la vida y en apoyo sobretodo a la población de escasos recursos y grupos vulnerables a decidido implementar los presentes mecanismos y criterios en el marco de diversas acciones que contrarresten la crisis económica que padecemos. a) Hasta del 100% en las cuotas vigentes, en favor del alumnado y personal docente de las escuelas de nivel básico pertenecientes al sistema oficial de enseñanza, en su calidad de usuarios de espacios y de servicios prestados en los centros culturales, sociales, comunitarios, deportivos y recreativos. b) Hasta del 100% en las cuotas vigentes, en favor de adultos mayores, pensionados, jubilados, personas con capacidades diferentes y grupos vulnerables, por el uso de instalaciones y de los servicios prestados en centros culturales, sociales, comunitarios, deportivos y recreativos. c) Hasta del 75% en las cuotas vigentes, en favor de los trabajadores adscritos a las dependencias y órganos desconcentrados del Gobierno del Distrito Federal, por el uso de instalaciones y de los servicios prestados en centros culturales, sociales, comunitarios, deportivos y recreativos, siempre y cuando su uso se efectúe fuera de su horario normal de trabajo. Tratándose de salones de fiestas este beneficio sólo será aplicable una vez al año por usuario. d) Hasta del 50% en las cuotas vigentes, en favor de los usuarios que acrediten escasa capacidad económica, por el uso de instalaciones y de servicios prestados en centros sociales, comunitarios, deportivos, culturales y recreativos. e) Hasta del 50% en las cuotas vigentes, en favor de personas que acrediten escasa capacidad económica, por el acceso a los servicios de enseñanza impartidos en centros sociales, comunitarios, deportivos, culturales y recreativos. f) Hasta del 100% en las cuotas vigentes, a favor de personas que acrediten escasa capacidad económica, por el acceso a los servicios de enseñanza inicial. g) Hasta del 50% en las cuotas vigentes, en favor de las asociaciones deportivas inscritas en el Registro del Instituto del Deporte del Distrito Federal que cumplan con la normatividad establecida por el mismo, por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público para la realización de eventos deportivos (canchas). h) Hasta del 100% en las cuotas vigentes, en favor de los equipos representativos y selecciones deportivas del Distrito Federal, así como en los eventos selectivos delegacionales, de la entidad, regionales o nacionales, previa solicitud del Instituto del Deporte del Distrito Federal. i) Hasta del 30% en las cuotas vigentes, a favor de productores que propicien la generación de bienes y servicios ambientales en Suelo de Conservación. j) Hasta del 70% en las cuotas vigentes, a favor de las personas que usen o aprovechen los bienes del dominio público para la realización de ferias, colocación de juegos mecánicos, diversiones y similares, siempre que la estancia no sea mayor a 10 días naturales.

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Asimismo, podrán otorgar una reducción de hasta el 50%, en convenios celebrados con esta Demarcación, respecto de las cuotas que se cobren por el uso o aprovechamiento de los centros culturales y deportivos, en atención al estado físico del inmueble y a la calidad del servicio. Los porcentajes no serán acumulativos para efectos de su aplicación y sólo procederá la reducción si el usuario paga de manera oportuna la cuota respectiva que resulte. Las reducciones no serán transferidas por los beneficiarios a favor de otras personas. Las reducciones deberán presentarse a solicitud del interesado por escrito y con credencial vigente. TRANSITORIO Único.-Publíquense en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para su debida observancia y aplicación JEFE DELEGACIONAL EN IZTACALCO (Firma) LIC. FRANCISCO JAVIER SÁNCHEZ CERVANTES _________________________________________ CUOTAS Y CONCEPTOS PARA EL PRESENTE EJECICIO QUE SE MANEJAN EN LOS CENTROS GENERADORES DEPENDIENTES DE ESTE ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO. GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL DELEGACIÓN IZTACALCO LIC. FRANCISCO JAVIER SÁNCHEZ CERVANTES, JEFE DELEGACIONAL EN IZTACALCO, Con fundamento en la Regla Décima Sexta, primer párrafo de “Las Reglas para el Control y Manejo de los Ingresos que se Recauden por Concepto de Aprovechamientos y Productos que se Asignen a las Dependencias, Delegaciones y Órganos Desconcentrados que los generen mediante el Mecanismo de Aplicación Automática de Recursos, doy a conocer las cuotas y conceptos para el presente ejercicio que se manejan en los Centros Generadores dependientes de este Órgano Político Administrativo que a continuación se señala”. CONSIDERANDO Que la población de esta Demarcación requiere de espacios donde realizar actividades sociales, deportivas y culturales que coadyuven en la elevación de su nivel de vida. Que la situación económica por la que atraviesa nuestro país no es la adecuada para que la población cubra elevados costos en su acceso a espacios públicos de esparcimiento y deportivos para su beneficio. Que la población merece el desarrollo de actividades deportivas, culturales y sociales en espacios acondicionados, seguros y con calidad, el Gobierno de la Delegación Iztacalco como política pública ha decidido hacer un mínimo incremento a las cuotas para el presente ejercicio presupuestal 2010, con la finalidad de promover e impulsar el uso de espacios públicos en óptimo desarrollo para bienestar de su población; y como respuesta los altos costos de la vida y en apoyo sobretodo a la población de escasos recursos y grupos vulnerables. DELEGACIÓN IZTACALCO DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN CLAVE 1.1

1.1.1. 1.1.1.1 1.1.1.2

CONCEPTO SERVICIOS QUE PRESTA EL DISTRITO FEDERAL EN LOS PANTEONES DE SU PROPIEDAD, A TRAVÉS DE LAS DELEGACIONES U ÓRGANOS DESCONCENTRADOS. INHUMACIONES. A TÍTULO DE TEMPORALIDAD A SIETE AÑOS SIN DERECHO A REFRENDO. A TÍTULO DE TEMPORALIDAD MÁXIMA

TARIFA I

206.25 266.25

TARIFA II

TARIFA III

TARIFA IV

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1.1.1.3

1.1.1.4 1.1.2 1.1.2.1

1.1.2.2

1.1.3 1.1.3.1 1.1.3.2 CLAVE

CON DERECHO A CADA REFRENDO EN LOS TÉRMINOS QUE FIJE EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL. A TÍTULO DE TEMPORALIDAD PRORROGABLE EN GAVETA CON DERECHO A REFRENDO, CADA SIETE AÑOS. A TÍTULO DE PERPETUIDAD. CONSTRUCCIÓN Y ADQUISICIÓN EN: CONSTRUCIÓN A TÍTULO DE TEMPORALIDAD PRORROGABLE PARA CRIPTA. ADQUISICIÓN A TÍTULO DE TEMPORALIDAD PRORROGABLE PARA NICHO, CADA SIETE AÑOS. REFRENDOS. DE FOSA, CADA SIETE AÑOS. DE GAVETA OCUPADA, CADA SIETE AÑOS. CONCEPTO

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63.00

78.00

151.50

865.50

111.00 171.00 TARIFA I 171.00

1.1.3.4

DE CRIPTA FAMILIAR NO OCUPADA, CADA SIETE AÑOS.

1.1.4 1.1.4.1 1.1.4.2

EXHUMACIONES. DE RESTOS CUMPLIDOS. DE RESTOS PREMATUROS.

82.50 321.00

1.1.5 1.1.5.1 1.1.5.2

REINHUMACIONES. DE RESTOS EN FOSA, CADA VEZ. DE RESTOS PREMATUROS.

106.50 171.00

1.1.6

DEPÓSITO DE RESTOS QUE SE INTRODUZCAN EN GAVETA O NICHO EN DONDE SE ENCUENTREN DEPOSITADOS OTROS RESTOS, INCLUYENDO EL DESMONTE DE LA PLACA.

1.1.7 1.1.7.1 1.1.7.2

INCINERACIONES. DE CADAVERES. DE RESTOS O MIEMBROS HUMANOS O FETOS.

1.1.8

CERTIFICACIÓN, EXPEDICIÓN REEXPEDICIÓN, CADA VEZ.

1.1.8.2.4

MANTENIMIENTO DE FOSAS.

1.1.9 1.1.9.1 1.1.9.2 1.1.9.3

SERVICIOS. VELATORIO. CARROZA. OMNIBUS DE ACOMPAÑAMIENTO.

82.50

871.50 490.50

O

87.50

82.50 63.00 250.00

TARIFA II

TARIFA III

TARIFA IV

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1.1.1.0 1.1.10.1 1.1.10.2 1.1.10.3 1.1.10.4

1.1.11 1.1.11.1 1.1.11.2 1.1.11.3

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ENCORTINADOS DE FOSA. DE ADULTOS CON MUROS DE TABIQUE. DE MENORES CON MUROS DE TABIQUE. ESPECIAL DE ADULTOS CON MUROS DE TABIQUE. DE ADULTOS CON MUROS DE CONCRETO PRECOLADO. BOVEDAS. CON CINCO LOSAS DE CONCRETO DE 1.00 X 0.44 X 0.05M. CON CINCO LOSAS DE CONCRETO DE 0.84X 0.44 X0.05M. CON CINCO LOSAS DE CONCRETO DE 0.60X 0.30 X 0.05M.

1.1.12 1.1.12.1 1.1.12.2 1.1.12.3

CIERRE DE GAVETAS Y NICHOS. DE GAVETA GRANDE EN CRIPTA. DE GAVETA CHICA EN CRIPTA. DE NICHOS PARA RESTOS.

1.1.13

GRABADOS DE LETRAS, NÚMEROS O SIGNOS.

CLAVE

CONCEPTO

1.1.15

DESMONTE Y MONTE DE MONUMENTOS. GRANDE DE GRANITO. MEDIANO DE GRANITO. CHICO DE GRANITO. DE PIEDRA NATURAL. DE MARMOL. DE GUARNICION DE GRANITO. DE CITARILLA DE CEMENTO. DE CAPILLA SEGÚN PRESUPUESTO MINIMO.

1.1.16.3

537.00 343.50 171.00

7.50

82.50 52.50 31.50

AMPLIACIONES. DE FOSA DE ADULTO. DE FOSA DE MENOR A FOSA PARA ADULTO. PERIMETRAL DE BANQUETAS. DE

685.50

TARIFA I

TALUDES. CONSTRUCCIÓN EN FOSA. ARREGLO EN FOSA DE ADULTOS. ARREGLO EN FOSA DE MENORES.

1.1.16 1.1.16.1 1.1.16.2

343.50 171.00 427.50

253.50 171.00 82.50

1.1.14 1.1.14.1 1.1.14.2 1.1.14.3

1.1.15.1 1.1.15.2 1.1.15.3 1.1.15.4 1.1.15.5 1.1.15.6 1.1.15.7 1.1.15.8

FOSA

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1.1.17

PROFUNDIZACIÓN ADULTOS.

DE

1.2

USO O APROVECHAMIENTO DE BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO PARA LA REALIZACIÓN DE EVENTOS SOCIALES,

537.00 343.50 171.00 685.50 82.50 52.50 2,009.00

82.50 312.50 253.50 343.50

TARIFA II

TARIFA III

TARIFA IV

22

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

1.2.1 1.2.1.1 1.2.1.1.1 1.2.1.1.1.1

1.2.1.1.2 1.2.1.1.3 1.2.1.1.4

CULTURALES O DEPORTIVOS. INSTALACIONES DEPORTIVAS. CANCHAS DE FÚTBOL SOCCER. EMPASTADAS CON MEDIDAS REGLAMENTARIAS AL AIRE LIBRE. EMPASTADAS CON MEDIDAS REGLAMENTARIAS AL AIRE LIBRE. NOCTURNO. EMPASTADAS SIN MEDIDAS REGLAMENTARIAS AL AIRE LIBRE. SIN EMPASTAR CON MEDIDAS REGLAMENTARIAS AL AIRE LIBRE. SIN EMPASTAR SIN MEDIDAS REGLAMENTARIAS AL AIRE LIBRE.

1.2.1.1.5

USO DE ESPACIOS CELEBRACIÓN DE DEPORTIVOS.

1.2.1.2

CANCHAS DE FUTBOL RÁPIDO O DE SALÓN. CON MEDIDAS REGLAMENTARIAS AL AIRE LIBRE. SIN MEDIDAS REGLAMENTARIAS AL AIRE LIBRE.

1.2.1.2.1 1.2.1.2.2

CLAVE 1.2.1.2.3 1.2.1.2.4

1.2.1.3 1.2.1.3.1 1.2.1.3.2 1.2.1.3.3 1.2.1.3.4

1.2.1.4 1.2.1.4.1 1.2.1.4.2 1.2.1.4.3 1.2.1.4.4

PARA LA EVENTOS

CONCEPTO BAJO TECHO REGLAMENTARIAS. BAJO TECHO REGLAMENTARIAS.

3 de Marzo de 2010

512.44

1,023.75

1,536.20

2,047.50

1,010.06

2,021.25

3,031.30

4,042.50

322.50

527.29

790.93

1,055.71

297.50

525.00

787.50

1,050.00

102.50

183.75

275.05

367.50

118.75

196.30

295.60

393.75

51.25

86.74

130.11

173.48

TARIFA II 603.75

TARIFA III 906.20

TARIFA IV 1,207.50

75,000.00

CON

MEDIDAS

TARIFA I 360.00

SIN

MEDIDAS

187.50

315.00

472.50

630.00

483.00

892.50

1,338.75

1,785.00

354.94

708.75

1,063.70

1,417.50

300.56

630.00

945.00

1,260.00

103.69

170.05

255.65

341.25

118.75

203.95

305.99

407.90

51.25

87.43

131.14

174.85

360.00

615.05

922.51

1,230.10

187.50

320.48

480.84

641.08

CANCHAS DE BEISBOL. EMPASTADAS CON MEDIDAS REGLAMENTARIAS AL AIRE LIBRE. EMPASTADAS SIN MEDIDAS REGLAMENTARIAS AL AIRE LIBRE. SIN EMPASTAR CON MEDIDAS REGLAMENTARIAS AL AIRE LIBRE. SIN EMPASTAR SIN MEDIDAS REGLAMENTARIAS AL AIRE LIBRE. CANCHAS DE BASQUETBOL. CON MEDIDAS REGLAMENTARIAS AL AIRE LIBRE. SIN MEDIDAS REGLAMENTARIAS AL AIRE LIBRE. BAJO TECHO CON MEDIDAS REGLAMENTARIAS. BAJO TECHO SIN MEDIDAS REGLAMENTARIAS.

3 de Marzo de 2010

1.2.1.5 1.2.1.5.1 1.2.1.5.2 1.2.1.5.3 1.2.1.5.4

1.2.1.6 1.2.1.6.1 1.2.1.6.1.1 1.2.1.6.2 1.2.1.6.3 1.2.1.6.4 1.2.1.6.5 1.2.1.6.5.1 1.2.1.6.6 1.2.1.6.6.1

1.2.1.7 1.2.1.7.1 1.2.1.7.2 CLAVE 1.2.1.7.4 1.2.1.7.4.1 1.2.1.7.6 1.2.1.7.6.1

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

CANCHAS DE VOLEIBOL. CON MEDIDAS REGLAMENTARIAS AL AIRE LIBRE. SIN MEDIDAS REGLAMENTARIAS AL AIRE LIBRE. BAJO TECHO CON MEDIDAS REGLAMENTARIAS. BAJO TECHO CON MEDIDAS REGLAMENTARIAS. ESTADIOS. PARA LA PRÁCTICA DE FUTBOL SOCCER. PARA LA PRÁCTICA DE FUTBOL SOCCER. NOCTURNO. PARA LA PRÁCTICA DE BEISBOL. PARA LA PRÁCTICA DE ATLETISMO. PARA LA PRÁCTICA DE LINE HOCKEY. PARA LA PRÁCTICA DE VOLEIBOL PLAYERO. PARA LA PRÁCTICA DE VOLEIBOL PLAYERO NOCTURNO. PARA LA PRÁCTICA DE FUTBOL PLAYERO. PARA LA PRÁCTICA DE FUTBOL PLAYERO NOCTURNO. OTRO TIPO DE CANCHAS. PARA LA PRÁCTICA DE FRONTÓN, SQUASH, RAQUETBOL. PARA LA PRÁCTICA DE TENIS. CONCEPTO PARA LA PRÁCTICA DE VOLEIBOL PLAYERO. PARA LA PRÁCTICA DE VOLEIBOL PLAYERO. PARA LA PRÁCTICA DE FUTBOL PLAYERO. PARA LA PRÁCTICA DE FUTBOL PLAYERO NOCTURNO.

23

118.75

203.95

305.99

407.90

51.25

87.43

131.14

174.85

360.00

615.05

922.51

1,230.10

187.50

320.48

480.84

641.08

849.19

1,575.00

2,362.50

3,150.00

1,575.00

3,150.00

4,725.00

6,300.00

849.19 787.50

1,575.00 1,575.00

2,362.50 2,362.50

3,150.00 3,150.00

1,723.31 787.50

2,887.50 1,575.00

4,331.25 2,362.50

5,775.00 3,150.00

1,443.75

2,887.50

4,331.25

5,775.00

827.44

1,653.75

2,481.20

3,307.50

1,515.65

3,032.45

4,548.10

6,063.75

72.19

136.96

204.29

272.78

93.19 TARIFA I 78.75

165.49 TARIFA II 157.50

247.66 TARIFA III 236.25

330.98 TARIFA IV 315.00

157.50

315.00

472.50

630.00

78.75

157.50

236.25

315.00

157.50

315.00

472.50

630.00

1.2.1.8 1.2.1.8.1 1.2.1.8.2 1.2.1.8.2.1

GIMNASIO. AL AIRE LIBRE. BAJO TECHO SALA DE ARMAS. BAJO TECHO SALA DE ARMAS.

363.56 827.44 8,268.75

603.75 1,653.75 16,537.50

906.20 2,481.20 24,806.25

1,207.50 3,307.50 33,075.00

1.2.1.9 1.2.1.9.1 1.2.1.9.2 1.2.1.9.3 1.2.1.9.4 1.2.1.9.5 1.2.1.9.6

OTRO TIPO DE INSTALACIONES. PISTA DE ATLETISMO. VELÓDROMO. PISTA DE PATINAJE. PARA LA PRÁCTICA DE ARQUERÍA. PISTA DE PATINETÓDROMO. PARED DE ESCALADA.

480.00 25.00 1,707.50 1,443.75 1,536.19 656.25

866.25

1,299.95

1,732.50

3,018.75 2,887.50 3,071.25 1,312.50

4,527.55 4,331.25 4,607.45 1,968.75

6,037.50 5,775.00 6,142.50 2,625.00

24

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

1.2.1.9.7 1.2.1.9.7.1

DOMO DE BOX. DOMO DE BOX.

1.2.2 1.2.2.5 1.2.2.6

ALBERCAS. ALBERCA INSTALACIÓN. FOSA DE CLAVADOS BAJO INSTALACIÓN.

1.2.3

INSTALACIONES PARA EVENTOS DIVERSOS. EVENTOS CULTURALES, SOCIALES Y DEPORTIVOS. CINE CLUB. SALA DE EXPOSICIONES Y GALERÍAS. TEATROS, AUDITORIOS Y FOROS AL AIRE LIBRE. TEATROS, AUDITORIOS Y FOROS CERRADOS Y SALONES PARA FIESTAS.

1.2.3.1 1.2.3.1.1. 1.2.3.1.2 1.2.3.1.3 1.2.3.1.4

1.2.3.1.4.12.1 1.2.3.1.4.12.2 1.2.3.1.4.13.1

1.2.3.1.4.13.2 1.2.3.1.4.14.1 1.2.3.1.4.15.1 1.2.3.1.5

CLAVE

TECHO

1,575.00 4,607.45

2,100.00 6,142.50

3,445.60 4,499.25

6,891.20 7,560.00

10,335.65 11,340.00

13,781.25 15,120.00

TARIFA II

TARIFA III

TARIFA IV

480.00 718.75 720.00 2,924.00

CENTRO SOCIAL UNIDAD VECINAL SALÓN NO. 2. CENTRO SOCIAL LEANDRO VALLE SALÓN NO. 1. CENTRO SOCIAL ZAPATA VELA SALÓN.

3,000.00

CONCEPTO CONSULTORIOS. PARA LA ATENCIÓN MÉDICA. PARA LA ATENCIÓN ODONTOLÓGICA.

1.2.3.1.6 1.2.3.1.6

SALONES DE USOS MÚLTIPLES. SALONES DE USOS MÚLTIPLES CENTRO SOCIAL JOSEFINA DIAZ.

1.2.3.2 1.2.3.2.1 1.2.3.2.2

RELACIONADAS CON ALIMENTACIÓN. CAFETERÍAS. RESTAURANTES.

1.2.3.2.4

ACCESO Y USO DE SALÓN PARA SERVICIO DE BANQUETES. PARA ACTIVIDADES COMERCIALES. LOCALES COMERCIALES EN CENTROS RECREATIVOS. PUESTOS Y MÓDULOS.

1.2.3.3.2

1,050.00 3,071.25

4,500.00

1.2.3.1.5.4 1.2.3.1.5.4.1 1.2.3.1.5.4.2

1.2.3.3 1.2.3.3.1

525.00 1,536.19

CENTRO SOCIAL COYUYA SALÓN CIRILO MARMOLEJO CEDILLO. CENTRO SOCIAL COYUYA SALÓN NO. 2. CENTRO SOCIAL UNIDAD VECINAL SALÓN LAS ORQUIDEAS.

OTRAS ÁREAS BAJO TECHO DE USOS MÚLTIPLES.

3 de Marzo de 2010

3,200.00 4,500.00

3,500.00 3,500.00 375.00

TARIFA I 2,000.00 2,000.00 2,000.00 3,500.00

2,750.00 4,000.00 9.00

1,875.00 750.00

3 de Marzo de 2010

1.2.3.3.2.1 1.2.3.3.2.2 1.2.3.3.2.3 1.2.3.3.2.4 1.2.3.4

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

CLASE 1 LONA Y TABLONES. CLASE 2 CARPA Y TABLONES. CLASE 3 STANDS Y TABLONES BAJO TECHO. CLASE 4 CARPA, STANDS Y TABLONES.

1.2.3.4.7 1.2.3.4.8

FERIAS, JUEGOS MECÁNICOS, DIVERSIONES Y SIMILARES. REMOLQUES Y JUEGOS DE DESTREZA DE 1M2 A 19M2. JUEGOS CHICOS DE 2M2 A 75M2. JUEGOS MEDIANOS DE 76M2 A 100M2. JUEGOS GRANDES DE 101M2 EN ADELANTE. INFLABLES. BRINCOLINES.

1.2.3.5.6 1.2.3.5.6.1 1.2.3.5.6.2 1.2.3.5.6.3 1.2.3.5.6.4

ESPACIO POR METRO CUADRADO. AL AIRE LIBRE. AL AIRE LIBRE. BAJO TECHO. BAJO TECHO.

1.2.4

1.2.4.1.1 1.2.4.1.1.1 1.2.4.1.1.2 CLAVE

USO O APROVECHAMIENTO DE BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO PARA EL ESPARCIMIENTO O RECREACIÓN DE CENTROS DE EDUCACIÓN AMBIENTAL, BOSQUES, ZOOLÓGICOS PÚBLICOS Y ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS. CENTROS DE EDUCACIÓN AMBIENTAL DEPENDIENTES DE LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE. SERVICIO DE PALAPAS. DE 25 A 45 PERSONAS. DE 50 A 70 PERSONAS. CONCEPTO

1.2.4.1.1.3

DE 100 A 150 PERSONAS.

1.2.4.1.2. 1.2.4.1.3 1.2.4.1.4 1.2.4.1.5

ÁREA PARA CAMPAMENTO. CAMPAMENTO ORGANIZADO. CABAÑAS. VISITA INTERACTIVA CON ENFOQUE TEMÁTICO. SERVICIO DE CAFÉ.

1.2.3.4.1 1.2.3.4.2 1.2.3.4.3 1.2.3.4.4

1.2.4.1

1.2.4.1.6 1.4

1.4.2

AUTORIZACIONES PARA EL USO O APROVECHAMIENTO DE BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO. USO O APROVECHAMIENTO DE BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO DE

25

437.50 687.50 812.50 937.50

62.50 125.00 187.50 375.00 500.00 500.00

2.29 5.71 5.71 10.28

267.00 520.00 TARIFA I 1,112.50 242.00 170.00 92.50 32.00 39.00

5.71 10.28 10.28 20.54

7.99 15.98 15.98 31.96

10.28 20.54 20.54 42.23

TARIFA II

TARIFA III

TARIFA IV

26

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

1.4.2.1 1.4.2.1.2

DEPENDENCIAS, DELEGACIONES Y ÓRGANOS DESCONCENTRADOS. RELACIONADAS CON ALIMENTACIÓN. ESPACIO PARA LA INSTALACIÓN DE MÁQUINAS EXPENDEDORAS DE BEBIDAS Y SIMILARES.

794.00

1.4.2.5

USO DE ESPACIO PÚBLICOS.

MERCADOS

3,125.00

2

PRODUCTOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE DERECHO PRIVADO. SERVICIOS PRESTADOS EN CENTROS CULTURALES. ENSEÑANZA DE: ACTIVIDADES MUSICALES. MÚSICA. MÚSICA INFANTIL. GUITARRA. GUITARRA CLÁSICA. VIOLÍN. PIANO. FLAUTA TRASVERSA. MANDOLINA. APRECIACIÓN MUSICAL. TROMPETA. CANTO. SAXOFÓN. TROMBÓN. CONTRABAJO. VIOLA. VIOLOCELLO. PERCUSIONES. SOLFEO. CLARINETE. CONJUNTOS CORALES. INTRODUCCION MUSICAL.

100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00

2.1 2.1.1 2.1.1.1 2.1.1.1.1 2.1.1.1.2 2.1.1.1.3 2.1.1.1.4 2.1.1.1.5 2.1.1.1.6 2.1.1.1.7 2.1.1.1.8 2.1.1.1.9 2.1.1.1.10 2.1.1.1.11 2.1.1.1.12 2.1.1.1.13 2.1.1.1.14 2.1.1.1.15 2.1.1.1.16 2.1.1.1.17 2.1.1.1.18 2.1.1.1.19 2.1.1.1.20 2.1.1.1.21 2.1.1.2 2.1.1.2.1 2.1.1.2.2 CLAVE 2.1.1.2.3

EN

BAILES Y DANZAS. BALLET CLÁSICO O MODERNO. BAILES DE SALÓN, TAP-TAP SIMILARES. CONCEPTO

Y

100.00 100.00

ESPAÑOLA,

TARIFA I 100.00

2.1.1.2.4 2.1.1.2.5 2.1.1.2.6 2.1.1.2.7 2.1.1.2.8 2.1.1.2.9

DANZA REGIONAL, CLÁSICA, ÁRABE, ETC. AFROANTILLANO. FANDANGO JAROCHO. TANGO. HAWAIANO. JAZZ. RITMO VITAL.

2.1.1.3 2.1.1.3.1

ARTES PLÁSTICAS Y MANUALIDADES. ACUARELAS.

3 de Marzo de 2010

100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00

TARIFA II

TARIFA III

TARIFA IV

3 de Marzo de 2010

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

2.1.1.3.2 2.1.1.3.3 2.1.1.3.4 2.1.1.3.5 2.1.1.3.6 2.1.1.3.7 2.1.1.3.8 2.1.1.3.9 2.1.1.3.10 2.1.1.3.11 2.1.1.3.12 2.1.1.3.13 2.1.1.3.14 2.1.1.3.15 2.1.1.3.16 2.1.1.3.17 2.1.1.3.18 2.1.1.3.19 2.1.1.3.20 2.1.1.3.21 2.1.1.3.22 2.1.1.3.23 2.1.1.3.24

CARICATURA. DIBUJO, PINTURA Y ALEBRIJES. DIBUJO. DIBUJO AL DESNUDO. PINTURA. PINTURA DACTILAR. HABILIDADES ARTÍSTICAS. CREACIÓN ARTÍSTICA. BATIK (ESTAMPADO EN TELA). CERÁMICA. ESCULTURA EN MADERA. ESCULTURA Y MOLDEADO. EXPRESIÓN CREATIVA. ÓLEO. FOTOGRAFÍA. SERIGRAFÍA. TAPIZ. DISEÑO GRAFÍCO. DISEÑO DE MODAS. FRIVOLITE. VITRALES. INICIACIÓN A LAS TÉCNICAS DE DIBUJO. GRABADO.

100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 60.00 60.00 60.00 60.00 60.00 60.00 60.00 60.00 60.00 76.00 76.00 60.00 100.00 60.00 76.00

2.1.1.4 2.1.1.4.1 2.1.1.4.2 2.1.1.4.3 2.1.1.4.4 2.1.1.4.5 2.1.1.4.6

IDIOMAS. FRANCÉS. INGLÉS. INGLÉS INFANTIL. ALEMÁN. OTROS IDIOMAS. TALLER PARA SORDOMUDOS.

60.00 100.00 100.00 60.00 110.00 60.00

2.1.1.5 2.1.1.5.1 2.1.1.5.2 2.1.1.5.3 2.1.1.5.4 2.1.1.5.4.1 2.1.1.5.5 2.1.1.5.6

ACTIVIDADES EDUCATIVAS. LEER Y ESCRIBIR. JUGUEMOS CANTANDO. ASESORÍA DE TAREAS. COMPUTACIÓN BASICO. AVANZADO. EDUCACIÓN PARA ADULTOS. PRIMARIA, SECUNDARIA PREPARATORIA ABIERTA. REGULARIZACIÓN DE PRIMARIA. REGULARIZACIÓN DE SECUNDARIA.

2.1.1.5.7 2.1.1.5.8

CLAVE 2.1.1.6 2.1.1.6.1 2.1.1.6.2 2.1.1.6.3 2.1.1.6.4 2.1.1.6.5 2.1.1.6.6

CONCEPTO ACTIVIDADES HISTRIÓNICAS. CINEMATOGRAFÍA. EXPRESIÓN CORPORAL. TEATRO. INFANTIL. EXPERIMENTAL. GUIÑOL.

Y

27

60.00 60.00 76.00 281.00 322.00 60.00 76.00 76.00 76.00

TARIFA I 81.00 89.00 89.00 70.00 70.00 70.00

TARIFA II

TARIFA III

TARIFA IV

28

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

2.1.1.7 2.1.1.7.1 2.1.1.7.2 2.1.1.7.3 2.1.1.7.4 2.1.1.7.5 2.1.1.7.6

ACTIVIDADES LITERARIAS. NARRACIÓN ORAL. NARRATIVA. POESÍA. BIBLIOTECA. BIBLIO LECTURA. CREACIÓN LITERARIA.

2.1.1.8 2.1.1.8.1 2.1.1.8.2 2.1.1.8.3 2.1.1.8.4 2.1.1.8.5 2.1.1.8.6 2.1.1.8.7

ARTES MARCIALES. AIKIDO. JUDO. KARATE, LIMA LAMA. KENDO. KUNG FU. TAE KWON DO. TAICHI.

100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00

2.1.1.9 2.1.1.9.1

OTRAS ACTIVIDADES. CURSO DE VERANO.

230.00

2.2

SERVICIOS PRESTADOS A TRAVÉS DE CENTROS SOCIALES Y/ O COMUNITARIOS. SERVICIOS DE ENSEÑANZA: OFICIOS. CARPINTERÍA. ELECTRICIDAD. ELECTRÓNICA. HERRERÍA. MECÁNICA AUTOMOTRIZ. PLOMERÍA. AUXILIAR DE ENFERMERÍA. COCINA Y REPOSTERÍA. CORTE Y CONFECCIÓN. CULTURA DE BELLEZA. PELUQUERÍA. SECRETARIA EN ESPAÑOL, BILINGÜE, CONTABLE. TAQUIMECANOGRAFÍA. TEJIDO Y BORDADO. PRIMEROS AUXILIOS. ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN.

2.2.1 2.2.1.1 2.2.1.1.1 2.2.1.1.2 2.2.1.1.3 2.2.1.1.4 2.2.1.1.5 2.2.1.1.6 2.2.1.1.7 2.2.1.1.8 2.2.1.1.9 2.2.1.1.10 2.2.1.1.11 2.2.1.1.12 2.2.1.1.13 2.2.1.1.14 2.2.1.1.15 2.2.1.1.16 2.2.1.2 2.2.1.2.1 2.2.1.2.2 2.2.1.2.3 CLAVE

ACTIVIDADES ARTÍSTICAS MANUALIDADES. ARREGLOS ARTÍSTICOS. DECORACIÓN. JUGUETERÍA. CONCEPTO

2.2.1.2.4 2.2.1.2.5 2.2.1.2.6 2.2.1.2.7 2.2.1.2.8

MACRAMÉ. MIGAJÓN. ORIGAMI. TAJETERÍA ESPAÑOLA. ARTESANÍAS.

3 de Marzo de 2010

38.00 38.00 38.00 38.00 38.00 38.00

46.00 60.00 60.00 46.00 60.00 46.00 60.00 90.00 76.00 90.00 24.00 90.00 76.00 63.00 63.00 63.00

Y 63.00 63.00 63.00 TARIFA I 63.00 63.00 46.00 63.00 83.00

TARIFA II

TARIFA III

TARIFA IV

3 de Marzo de 2010

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

2.2.1.2.9 2.2.1.2.10 2.2.1.2.11 2.2.1.2.12 2.2.1.2.13 2.2.1.2.14 2.2.1.2.15 2.2.1.2.18

VITRALES. CERÁMICA. FOTOGRAFÍA. MÁSCARAS, Y TÍTERES. PIROGRABADO. PINTURA EN TELA. SERIGRAFÍA. MANUALIDADES DIVERSAS.

2.2.1.3 2.2.1.3.1 2.2.1.3.2 2.2.1.3.3 2.2.1.3.4 2.2.1.3.5 2.2.1.3.6 2.2.1.3.7

ARTES MARCIALES. AIKIDO. JUDO. KARATE, LIMA LAMA. KENDO. KUNG FU. TAE KWON DO. TAICHI.

2.2.1.4

ENSEÑANZA A PERSONAS CON RETOS ESPECIALES. TERAPIA DE LENGUAJE. TERAPIA DE PSICOLOGÍA. TERAPIA DE LECTO- ESCRITURA. TALLER DE APOYO EDUCATIVO. TERAPIA FÍSICA DE FISIOTERAPIAS. TERAPIA DE TAI-CHI CHUAN. TERAPIA FÍSICA DEPORTIVA. PROGRAMA DE ATENCIÓN A LA MUJER.

41.00 41.00 41.00 41.00 41.00 41.00 41.00 24.00

2.2.2.1 2.2.2.2 2.2.2.3 2.2.2.4 2.2.2.5 2.2.2.6

SERVICIOS PROFESIONALES MEDICINA ODONTOLÓGICA. SERVICIO MÉDICO DENTAL. CURACIÓN DENTAL. LIMPIEZA. EXTRACCIÓN. AMALGAMA. RESINA.

35.00 75.00 46.00 75.00 75.00 75.00

2.2.2.7 2.2.2.7.1

TRATAMIENTO DE SEGUNDO NIVEL: RESINA FOTOCURABLE.

2.2.3

SERVICIOS PROFESIONALES MEDICINA GENERAL. SERVICIO MÉDICO GENERAL.

2.2.1.4.1 2.2.1.4.2 2.2.1.4.3 2.2.1.4.4 2.2.1.4.5 2.2.1.4.6 2.2.1.4.7 2.2.1.4.8 2.2.2

2.2.3.1 2.2.4

60.00 63.00 76.00 76.00 46.00 63.00 76.00 63.00

100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00

DE

230.00 DE

2.2.4.4 CLAVE

OTROS SERVICIOS PROFESIONALES DE MEDICINA. EXPEDICIÓN DE CERTIFICADO MÉDICO. CONSULTA DE OPTOMETRÍA (EXAMEN VISUAL). CONSULTA PSICOLÓGICA. CONCEPTO

2.2.4.4.1 2.2.4.4.2

GRUPAL. INDIVIDUAL.

2.2.4.2 2.2.4.3

29

35.00

23.00 29.00

TARIFA I 127.00 81.00

TARIFA II

TARIFA III

TARIFA IV

30

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

2.2.4.4.3 2.2.4.4.4

DE PAREJA. FAMILIAR.

98.00 109.00

2.2.15 2.2.15.1 2.2.15.2 2.2.15.3 2.2.15.4 2.2.15.5 2.2.15.6

DEPORTES ACUÁTICOS. NATACIÓN. ACUAEROBICS. POLO ACUÁTICO. NADO SINCRONIZADO. NADO CON ALETAS. BUCEO.

125.00 113.00 113.00 113.00 113.00 213.00

2.3 2.3.1 2.3.1.1 2.3.1.1.1 2.3.1.1.10 2.3.1.1.2 2.3.1.1.3 2.3.1.1.4 2.3.1.1.5 2.3.1.1.6 2.3.1.1.7 2.3.1.1.8

SERVICIOS PRESTADOS EN CENTROS DEPORTIVOS. ENSEÑANZA DE : ARTES MARCIALES. AIKIDO. KICK BOXING. JUDO. KARATE, LIMA LAMA. KENDO. KUNG FU. TAE KWON DO. TAICHI. CAPOEIRA.

100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00

2.3.1.2 2.3.1.2.1 2.3.1.2.3 2.3.1.2.5 2.3.1.2.6 2.3.1.2.7 2.3.1.2.9

DEPORTES ACUÁTICOS. BUCEO. NATACIÓN. NADO CON ALETAS. NADO CON SINCRONIZADO. CLAVADOS. ACUAREBICS.

213.00 125.00 113.00 113.00 113.00 113.00

2.3.1.3 2.3.1.3.1 2.3.1.3.2 2.3.1.3.3 2.3.1.3.3.1 2.3.1.3.4 2.3.1.3.5 2.3.1.3.5.1 2.3.1.3.8 2.3.1.3.8 2.3.1.3.9 2.3.1.4 2.3.1.4.1 2.3.1.4.2 2.3.1.4.2.1 2.3.1.4.2.2

DEPORTES EN EQUIPO. BASQUETBOL. FÚTBOL RÁPIDO O DE SALÓN. FÚTBOL SOCCER. FÚTBOL INFANTIL. HOCKEY. VOLEIBOL. VOLEIBOL DE PLAYA. POLO ACUÁTICO. BEISBOL. FÚTBOL DE PLAYA. DEPORTES DE CONTACTO. BOX. LUCHA. LUCHA OLÍMPICA GRECOROMANA. LUCHA LIBRE.

100.00 100.00 100.00 100.00

2.3.1.5 2.3.1.5.1 2.3.1.5.2 2.3.1.5.3

OTROS DEPORTES. CICLISMO. PATINAJE ARTÍSTICO. TENIS.

100.00 100.00 100.00

100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00

3 de Marzo de 2010

3 de Marzo de 2010

CLAVE

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

CONCEPTO

TARIFA I 100.00 100.00 100.00 100.00 244.00

2.3.1.5.4 2.3.1.5.5 2.3.1.5.6 2.3.1.5.7 2.3.1.5.8

PATINAJE DE VELOCIDAD. PATINETA. ESCALADA. TIRO CON ARCO. TRIATLÓN.

2.3.1.6 2.3.1.6.1 2.3.1.6.2 2.3.1.6.2.1 2.3.1.6.2.2 2.3.1.6.2.3 2.3.1.6.2.4 2.3.1.6.2.5 2.3.1.6.2.6 2.3.1.6.2.7

GIMNASIA Y AERÓBICS. AERÓBICS. GIMNASIA. OLÍMPICA. AERÓBICA. ARTÍSTICA. DE CONSERVACIÓN. RÍTMICA. GIMNASIA DE TERCERA EDAD. YOGA.

100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00

2.3.1.7 2.3.1.7.1 2.3.1.7.2 2.3.1.7.3 2.3.1.7.4 2.3.1.7.5 2.3.1.7.6 2.3.1.7.7

ACTIVIDADES ATLÉTICAS. ARCO Y TIRO AL BLANCO. BÁDMINTON. EQUITACIÓN. ESGRIMA. FISICOCULTURISMO. ATLETISMO. SPINING.

100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00

2.3.1.8 2.3.1.8.1

JUEGOS DE MESA. AJEDREZ.

100.00

2.3.1.9 2.3.1.9.1 2.3.1.9.2

OTRAS ACTIVIDADES. CURSO DE VERANO. JUEGOS INFANTILES.

230.00 100.00

2.3.2

SERVICIOS RELACIONADOS INSCRIPCIONES DEPORTIVAS. INSCRIPCIÓN O MEMBRESÍA. EXAMEN MÉDICO. REPOSICIÓN DE CREDENCIAL.

2.3.2.1 2.3.2.2 2.3.2.3

CON

2.3.5

SERVICIOS PRESTADOS A TRAVÉS DE ESPACIOS DE ENTRETENIMIENTO, DIVERSIÓN Y SIMILARES.

2.3.5.1

ACCESO A CIUDAD DE LOS NIÑOS.

2.4 2.4.1 2.4.1.1 2.4.1.3

OTROS SERVICIOS DE ENSEÑANZA. SERVICIOS DE ENSEÑANZA INICIAL. INSCRIPCIÓN. MATERNALES Y PREESCOLARES CON SERVICIO DE ALIMENTOS. MATERNALES Y PREESCOLARES SIN SERVICIO DE ALIMENTOS. SERVICIO EXTRAORDINARIO.

2.4.1.4 2.4.1.5

129.31 23.00 23.28

17.24

100.00 173.00 173.00 86.00

TARIFA II

31

TARIFA III

TARIFA IV

32

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

2.4.1.6

CLAVE 2.5 2.5.1 2.5.1.1

2.5.1.2 2.5.1.2.4 2.5.6 2.5.6.1 2.5.6.2 2.5.6.3 2.5.6.4 2.5.6.5 2.5.6.6 2.5.6.6.1 2.5.6.6.2 2.5.6.7 2.5.6.8 2.5.6.9 2.5.6.10 2.5.6.11 2.5.6.12 2.5.6.13 2.5.6.14 2.5.6.15 2.5.6.16 2.5.6.17 2.5.6.18 2.5.6.19 2.5.6.20 2.5.6.21 2.5.6.22 2.5.6.23

2.5.7

3 de Marzo de 2010

ESTIMULACIÓN TEMPRANA.

CONCEPTO SERVICIOS DIVERSOS. MEJORA Y MANTENIMIENTO DE VIVIENDAS Y COMERCIOS. DESAZOLVE, LIMPIEZA, DESINFECCIÓN, MONITOREO Y ANÁLISIS DE GRIETAS O FOSAS SÉPTICAS, CISTERNAS, ALBAÑALES, REGISTROS, ATARJEAS, POZOS DE VISTA, TRAMPAS DE GRASA, REJILLAS DE PISO Y SERVICIOS SIMILARES A PARTICULARES. SERVICIO DE DERRIBO, PODA, TRASPLANTA Y RETIRO DE ÁRBOLES. TALA DE ARBOLES INTERNOS. SERVICIO PROFESIONAL DE MEDICINA CANINA. CONSULTA VETERINARIA. ANIMAL EN OBSERVACIÓN. PENSIÓN DE MASCOTA. CAPTURA DE ANIMAL AGRESOR A DOMICILIO. MASCOTA NO DESEADA RECOGIDA A DOMICILIO. ESTERILIZACIÓN: CANINA. FELINA. CORTE DE OREJAS. CORTE DE COLA. CURACIÓN DE HERIDAS POSTQUIRÚRGICAS. NECROPSIA. SACRIFICIO DE ANIMALES. DESPARASITACIÓN. DEVOLUCIÓN DE ANIMAL CAPTURADO EN RAZZIA O REDADA. DEVOLUCIÓN DE ANIMAL AGRESOR. ALIMENTACIÓN. CIRUGÍA MAYOR. CIRUGÍA MENOR. CESÁREA CANINA Y FELINA. VACUNA TRIPLE. VACUNA PARVOVIRUS. REDUCCIÓN DE FRACTURAS. REDUCCIÓN DE FRACTURAS CON CLAVO INTRAMEDULAR. EXTIRPACIÓN DE LA GLÁNDULA DE HARDER. SERVICIOS PRESTADOS EN PARQUES,

TARIFA I

115.52 100.00

62.50 37.50 35.00 125.00 100.00

250.00 112.50 350.00 87.50 112.50 50.00 100.00 31.25 37.50 125.00 31.25 1,000.00 437.50 375.00 60.00 50.00 187.50 500.00 218.75

TARIFA II

TARIFA III

TARIFA IV

3 de Marzo de 2010

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

2.5.7.1

CENTROS ECOLÓGICOS, BOSQUES, ZOOLÓGICOS Y ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS. ACCESO.

2.5.9 2.5.9.2 CLAVE

OTROS SERVICIOS. ESTACIONAMIENTOS. CONCEPTO

2.5.9.2.3 2.5.9.2.4 2.5.9.3

DÍA. PENSIÓN. SANITARIOS EN MERCADOS Y OTROS ESPACIOS PÚBLICOS. ACCESO A CÁMARA PARA SERVICIO FOTOGRÁFICO.

2.5.9.12

4 4.1 4.1.1 4.1.1.5

4.1.1.5.1 4.1.1.5.3 4.1.1.5.5 4.1.5 4.1.5.3

4.31

TARIFA I 16.38 551.72 3.45

PRODUCTOS POR ENAJENACIÓN DE BIENES DEL DOMINIO PRIVADO. ENAJENACIÓN DE: IMPRESOS. INFORMACIÓN EN DISKETTES, DISCOS COMPACTOS, CINTAS MAGNÉTICAS Y SIMILARES. IMPRESOS. DIGITALIZACIÓN O ESCANEO. INTERNET. PRODUCTOS Y INFORMÁTICOS. DISKETTES.

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TARIFA II

TARIFA III

164.66

1.29 1.29 10.00

ACCESORIOS 4.00

Tarifa I: Dependencias Oficiales, Medios de Difusión y Ligas Deportivas (PTR) Tarifa II: Asociaciones Civiles Tarifa III: Sindicatos, Uniones, Partidos Políticos y Federaciones Deportivas Tarifa IV: Empresas

  TRANSITORIOS

Único.-Publíquense en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para su debida observancia y aplicación. JEFE DELEGACIONAL EN IZTACALCO (Firma) LIC. FRANCISCO JAVIER SÁNCHEZ CERVANTES

________________________________________

TARIFA IV

GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL DISTRITO FEDERAL El Lic. Aldo Pavón Segura, Director Administrativo del Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal, en cumplimiento a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 19 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, publica el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios correspondiente al ejercicio 2010. PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS AÑO 2010 CLAVE: 36PDIE UNIDAD COMPRADORA: INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL DISTRITO FEDERAL Resumen Presupuestal Capítulo Capítulo Capítulo

1000 2000 3000

Servicios Personales Materiales y Suministros Servicios Generales TOTAL

16,496,582.00 12,581,931.00 67,738,310.00 96,816,823.00

Resumen de Procedimientos de Adquisición Programados de Conformidad con la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal Artículo 1 Artículo 30 Artículo 54 Artículo 55 SUMAS IGUALES DIFERENCIA: 0.00

México, Distrito Federal, a 3 de marzo de 2010. (firma) Lic. Aldo Pavón Segura Director Administrativo

2,696,770.00 64,336,208.33 27,464,037.92 2,319,806.75 96,816,823.00

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INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL AVISO

A LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES EN EL DISTRITO FEDERAL, A SUS MILITANTES Y SIMPATIZANTES LA UNIDAD TÉCNICA ESPECIALIZADA DE FISCALIZACIÓN DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL HACE DE SU CONOCIMIENTO LA CANTIDAD QUE PODRÁN RECIBIR ANUALMENTE LOS PARTIDOS POLÍTICOS COMO APORTACIONES DE FINANCIAMIENTO PRIVADO DIRECTO, ASÍ COMO DE FINANCIAMIENTO PRIVADO INDIRECTO DURANTE EL AÑO 2010. CANTIDAD ANUAL DE APORTACIONES DE FINANCIAMIENTO PRIVADO DIRECTO

$ 6,888,163.53

LÍMITE ANUAL DE APORTACIONES EN DINERO POR PERSONA

$ 138,097.03

LÍMITE ANUAL DE APORTACIONES EN ESPECIE

$ 3,444,081.76

LÍMITE ANUAL DE APORTACIONES DE BIENES INMUEBLES POR PERSONA

$ 1,722,040.88

LÍMITE ANUAL DE APORTACIONES DE BIENES MUEBLES Y CONSUMIBLES POR PERSONA

$

103,322.45

DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 173, FRACCIÓN IV Y 174, FRACCIÓN VI DEL CÓDIGO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, A QUIEN VIOLE LAS DISPOSICIONES DE ESTE CÓDIGO RESPECTO DE ACEPTAR DONATIVOS O APORTACIONES ECONÓMICAS SUPERIORES A LOS LÍMITES SEÑALADOS, SE LE PODRÁ SANCIONAR CON MULTA DE HASTA EL DOBLE DEL MONTO APORTADO INDEBIDAMENTE. SI SE REINCIDE EN LA FALTA, EL MONTO DE LA MULTA PODRÁ SER AUMENTADO HASTA EN DOS TANTOS MÁS. Doy Fe (Firma) Lic. Sergio González Muñoz Secretario Ejecutivo HUIZACHES No. 25, COL. RANCHO LOS COLORINES, C.P. 14386, DELEGACIÓN TLALPAN, MÉXICO, D.F., TEL: 54 83 38 00 EXT. 5302 Y 5313 www.iedf.org.mx

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ACUERDO 005/2010 EMITIDO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, RELATIVO A LAS ACCIONES TENDIENTES AL CUMPLIMIENTO Y SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA DE DERECHOS HUMANOS PARA EL DISTRITO FEDERAL. México, Distrito Federal a dieciséis de febrero de dos mil diez. EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE LOS ARTÍCULOS 182, FRACCIÓN III, INCISOS a), m) y n) DEL CÓDIGO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, ASÍ COMO 6, FRACCIONES I, II y V DEL REGLAMENTO INTERIOR DE ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL, CON FECHA DOS DEL MES Y AÑO EN CURSO, EMITIÓ EL ACUERDO 005/2010 POR EL CUAL SE APRUEBAN LAS ACCIONES TENDIENTES AL CUMPLIMIENTO Y SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA DE DERECHOS HUMANOS PARA EL DISTRITO FEDERAL, CUYO CONTENIDO ES DEL TENOR SIGUIENTE: ACUERDO PLENARIO México, Distrito Federal, dos de febrero de dos mil diez.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------CONSIDERANDO------------------------------------------------------------I. Que el artículo 122, Apartado C, BASE PRIMERA, fracción V, inciso f), en relación con el 116, fracción IV, incisos b) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y la ley en materia electoral, deben garantizar que las autoridades que tengan a su cargo la organización de las elecciones y las jurisdiccionales que resuelvan las controversias en la materia, gocen de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones; --------------------------------------------------------------------------II. Que acorde con las disposiciones constitucionales, los artículos 128, 130 y 131 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, disponen que este Tribunal Electoral es órgano autónomo y máxima autoridad jurisdiccional en esta materia; su organización, competencia y procedimientos para la resolución de los asuntos que son de su conocimiento, los mecanismos para fijar criterios de jurisprudencia obligatorios, así como las normas relativas para la administración, vigilancia y disciplina en el Tribunal, serán los que determinen el Estatuto y la ley; ------------------------III. Que la ley a que se refiere el Estatuto de Gobierno en cita, es el Código Electoral del Distrito Federal, publicado el diez de enero de dos mil ocho en la Gaceta Oficial de esta entidad, en cuyo artículo 1, párrafos primero y segundo, fracción VI, establece que las disposiciones contenidas en ese cuerpo normativo son de orden público y de observancia general en el territorio de esta entidad, para lo cual dicho ordenamiento reglamenta las normas de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, relacionadas entre otras cuestiones, con la organización y competencia del Tribunal Electoral del Distrito Federal; ----------------------IV. Que el artículo 2, párrafos primero y tercero del Código Electoral invocado, dispone que la aplicación de las normas contenidas en dicho ordenamiento corresponde, entre otros órganos, al Tribunal Electoral del Distrito Federal, en su respectivo ámbito de competencia, teniendo la obligación de preservar su estricta observancia y cumplimiento. Asimismo, señala que las autoridades electorales, para el debido cumplimiento de sus funciones, se regirán por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad, equidad y publicidad procesal;----------------V. Que el artículo 176, párrafo segundo del Código Electoral del Distrito Federal, reitera que este Tribunal es órgano autónomo y máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral, dotado de plena jurisdicción, el cual tiene a su cargo garantizar que todos los actos y resoluciones electorales en el Distrito Federal se sujeten al principio de legalidad;-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------VI. Que la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver las Controversias constitucionales 31/2006 y 12/2007, reconoció las cualidades del Tribunal Electoral del Distrito Federal en su calidad de órgano constitucional autónomo en la que en esencia señaló respecto de esta clase de entes que: a) Están establecidos directamente por la Constitución Federal; b) Mantienen con los otros órganos del Estado relaciones de coordinación; c) Cuentan con autonomía e independencia funcional y financiera; y d) Atienden funciones primarias u originarias del Estado que requieran ser eficazmente atendidas en beneficio de la sociedad;------------------------------------------------------------------VII. Que en ese tenor, la autonomía se entiende como aquella potestad constitucional de la que dentro del Estado, gozan ciertas instituciones para regir los intereses peculiares de su vida interior, mediante normas y órganos propios, sin excluir la subordinación a las normas emitidas por el poder público superior, esto es, el acatamiento estricto a las disposiciones del órgano revisor constitucional. En esos términos lo expresó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en la tesis relevante de rubro: “INSTITUTOS U ORGANISMOS ELECTORALES. GOZAN DE PLENA AUTONOMÍA CONSTITUCIONAL”;-------------------------------------------------VIII. Que atento a lo anterior, la autonomía consagrada constitucionalmente a favor del Tribunal Electoral del Distrito Federal y reiterada en el Estatuto de Gobierno y en el Código de la materia, en principio y por definición,

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implica la posibilidad de autorregularse, lo que debe entenderse y ejercitarse en congruencia con las disposiciones legales que le son aplicables;------------------------------------------------------------------------------------------------------------IX. Que así lo corrobora el artículo 177 del Código Electoral local, según el cual este Órgano de Decisión cuenta con patrimonio propio, el cual es inembargable y se integra con los bienes muebles e inmuebles que se destinen al cumplimiento de su objeto y las partidas del presupuesto que anualmente apruebe la Asamblea Legislativa. Asimismo, que esta Institución se rige para su organización, funcionamiento y control, por las disposiciones constitucionales relativas, de los instrumentos internacionales de derechos humanos suscritos y ratificados por el Gobierno Mexicano, del Estatuto de Gobierno, las del propio Código, de la Ley Procesal Electoral, las de su Reglamento Interior y, sin vulnerar su autonomía, por las del Código Financiero local;------------------------------------------------------------------------X. Que el artículo 178 del Código Electoral del Distrito Federal, dispone que este Órgano Colegiado funcionará en forma permanente en Pleno y se integrará por cinco Magistrados Electorales, uno de los cuales fungirá como su Presidente. Los Magistrados serán electos, de manera escalonada y sucesivamente, por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a propuesta del Tribunal Superior de Justicia de esta entidad. Durarán en su encargo ocho años y no podrán ser reelectos. En la elección de Magistrados Electorales se deberá observar el principio de equidad de género;-----------------------------------------------------------------XI. Que de conformidad con el artículo 181 del Código Electoral local, para que el Tribunal pueda sesionar válidamente, se requiere la presencia de por lo menos tres de sus integrantes o cuatro en proceso electoral. Adoptarán sus determinaciones con el voto de la mayoría simple de los magistrados presentes. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad; -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------XII. Que el Pleno del Tribunal Electoral del Distrito Federal, en términos de los artículos 182, fracción III, incisos a), k), m), n), ñ) y o) del Código Electoral de esta entidad y 6, fracciones I, II y V del Reglamento Interior, tiene entre otras facultades administrativas, las relativas a aprobar y, en su caso, modificar el Reglamento Interior; los procedimientos, manuales, lineamientos y demás normatividad necesaria para el buen funcionamiento del Tribunal; conocer los informes trimestrales que rindan los órganos del Tribunal; realizar tareas de capacitación, investigación y difusión en materia electoral o disciplinas afines; celebrar convenios de colaboración con otros Tribunales, organismos y autoridades, sean nacionales o internacionales; tomar las medidas necesarias para la instalación y funcionamiento del Centro de Capacitación Judicial Electoral; y vigilar la oportuna integración y adecuado funcionamiento de los órganos y áreas del Tribunal;---------------------------------------------------------------------------------XIII. Que dentro de la estructura orgánica del Tribunal se encuentra la Dirección General Jurídica, que en términos de las fracciones I, II, III, VI y VII del artículo 56, del Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Distrito Federal, tiene entre otras atribuciones: atender los procedimientos que se siguen ante las Comisiones de Derechos Humanos; coadyuvar con el Presidente en la representación legal del Tribunal, ante autoridades administrativas, laborales o judiciales, ya sea locales o federales, a excepción de los asuntos relacionados con la materia electoral o de participación ciudadana; coadyuvar con el Presidente en los procedimientos en que el Tribunal sea parte o tenga interés jurídico, en términos del poder que le sea otorgado para tal efecto; asesorar y desahogar consultas en materia jurídica a las áreas del Tribunal, para el debido ejercicio de sus atribuciones; realizar los estudios que determine el Pleno o el Presidente sobre asuntos concretos del organismo, no relacionados con cuestiones jurisdiccionales electorales o de participación ciudadana; así como formular, revisar y validar conforme a las disposiciones legales aplicables, los proyectos de contratos, convenios, acuerdos, bases de coordinación y demás actos jurídicos que celebre el Tribunal; así como llevar un registro para su control;-----------------------------------------------------------------------------XIV. Que en atención a diversos instrumentos y compromisos internacionales asumidos por el Estado mexicano en materia de derechos humanos, el veintinueve de agosto de dos mil ocho, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Programa Nacional de Derechos Humanos 2008-2012, como un documento de política pública transversal, al que están sujetas las dependencias y entidades que integran la Administración Pública Federal, para la promoción y el respeto de los derechos humanos en nuestro país;------------------------------------------------------------------XV. Que en esta entidad federativa, con un fin semejante, se conformó un Comité Coordinador para la Elaboración del Diagnóstico y Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, el cual quedó instalado el tres de mayo de dos mil siete, a partir de la Carta Compromiso firmada en esa fecha por los titulares y/o representantes del Gobierno del Distrito Federal, el Tribunal Superior de Justicia de esta entidad, la Asamblea Legislativa local y la Comisión de Derechos Humanos de la entidad, entre otros;-------------------------------------------------------------------------XVI. Que el Comité Coordinador realizó el Diagnóstico de Derechos Humanos del Distrito Federal, el cual fue presentado el siete de mayo de dos mil ocho, como resultado de un ejercicio amplio de consulta a instituciones públicas y sociedad civil; lo anterior con la finalidad de identificar los obstáculos en esta materia y diseñar un Programa de Derechos Humanos para la generación de políticas públicas con el objeto de proponer soluciones, establecer estrategias, líneas de acción, plazos y unidades responsables, a partir del enfoque de derechos humanos en la legislación, las políticas públicas y el presupuesto;------------------------------------------------------------------------------

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---XVII. Que el Comité Coordinador para la Elaboración del Diagnóstico y Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal identificó nueve estrategias transversales a considerar en el Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, las cuales, señaló: “pueden tener en sí mismas líneas de acción específicas que serían un aporte importante para lograr la plena realización de los derechos humanos en la Ciudad de México”; asimismo, indicó que dichas estrategias transversales deben ser prioritarias, consideradas en los presupuestos públicos que respaldan los programas y las instituciones, y fundamento del ciclo de políticas públicas en general, desde su concepción, diseño, implementación, y evaluación. Su implementación, a juicio del Comité, es responsabilidad de todas las instituciones públicas competentes en el Distrito Federal, en el ámbito de sus responsabilidades;--------------------------------------------XVIII. Que el Comité Coordinador para la Elaboración del Diagnóstico y Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal elaboró el Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, desde el siete de mayo de dos mil ocho, día en que se presentó el Diagnóstico, hasta el veinticinco de agosto de dos mil nueve, fecha en que la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, en su calidad de Secretaria Técnica del Comité citado presentó el documento final, resultado de un esfuerzo plural, intersectorial e institucional, en presencia de la Representante Adjunta de la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, entre otros.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------XIX. Que del análisis del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, se desprende que: a) los sujetos activos deberán integrar en su anteproyecto de presupuesto de egresos, los recursos para el eficaz cumplimiento de los objetivos y metas; b) deberán contemplar en su Programa Operativo Anual 2010 metas, programas y proyectos, especificando actividades sustantivas y estrategias transversales a corto plazo sobre participación de la sociedad civil, cultura de derechos humanos, transparencia, sustentabilidad y exigibilidad con el necesario nivel de detalle que permita presupuestarlas y darles seguimiento y cumplimiento; c) se proponen algunas características a considerar en la implementación del esquema de monitoreo y evaluación, como la posibilidad de rendir informes quinquenales, trianuales, anuales y semestrales; valorar la contribución de cada resultado y subresultado, indicadores de derechos humanos; así como valorar la contribución de cada actividad institucional en los resultados, entre otras; d) establece claramente los derechos humanos a proteger, entre los cuales se destaca el de no discriminación, acceso a la justicia, democracia, debido proceso, al trabajo, acceso a la información, entre otros; e) se establecen diversas líneas de acción, señalando la estrategia, responsable, corresponsable y plazo sobre diversos temas centrales, focalizando algunas líneas de acción a cargo de los organismos públicos autónomos y otras bajo la responsabilidad específica de este Tribunal Electoral del Distrito Federal;-----------------------------------------------------------------------------------------------------------XX. Que el Programa se compone de cuatro partes: en la Parte I se exponen los antecedentes del proceso, el marco conceptual, el enfoque de derechos humanos y las estrategias transversales. En la Parte II se presenta el segmento toral del Programa, donde por grupo y derecho se hacen las propuestas de política pública y legislación para solucionar los obstáculos detectados en el Diagnóstico. La Parte III contiene las acciones legislativas en materia de derechos humanos. Finalmente, la Parte IV presenta lo relativo al mecanismo de seguimiento y evaluación del Programa, donde se proponen los criterios para la composición y cumplimiento de dicho mecanismo, la metodología de elaboración de los indicadores de derechos humanos que contiene el Programa, así como los retos frente a su implementación; asimismo se expresa que las líneas de acción y estrategias estarán a cargo de las instituciones públicas del Distrito Federal, las que tendrán que hacer del Programa una herramienta efectiva para el diseño y elaboración de políticas públicas y presupuestos con enfoque de derechos humanos, acorde con los estándares internacionales, regionales y nacionales; para lo cual deberán contar con suficiencia presupuestal;---------------------------XXI. Que la promoción y protección de los derechos humanos son el eje central de cualquier sistema democrático, así como indicadores de bienestar y de gobernabilidad. El respeto total a los derechos humanos es indispensable para una consolidación real de la democracia, el fortalecimiento del Estado de Derecho y el aumento de la cohesión social. Debido a su naturaleza, los derechos humanos están presentes en todas las actividades del Estado y en todos los ámbitos en los que éste tiene injerencia. Por esto, un programa de derechos humanos no puede ni debe estar desvinculado o aislado del resto de la planeación del Estado, sino que debe ubicarse en relación con el resto de sus programas y políticas públicas;----------------------------------------------------------------------------------------------------------XXII. Que el dieciséis de junio de dos mil nueve, el Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal aprobó mediante Acuerdo 6-34/2009, la suscripción de un convenio específico de colaboración institucional con la Comisión de Derechos Humanos de la entidad, a efecto de dar seguimiento al Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal;-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------XXIII. Que el veintiséis de agosto de dos mil nueve, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal emitió y publicó en la Gaceta Oficial de esta entidad el “Acuerdo por el que se establece la Obligatoriedad del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal para las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades del Distrito Federal”;-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

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---XXIV. Que en términos de lo dispuesto en el artículo tercero del Acuerdo citado en el considerando que antecede, los órganos autónomos locales podrán celebrar convenios con el Gobierno del Distrito Federal a efecto de dar seguimiento al Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal y su evaluación;----------------------------------------XXV. Que el once de noviembre de dos mil nueve, se presentó el Programa de Derechos Humanos para el Distrito Federal a los órganos autónomos de esta entidad; acto al cual asistieron los Magistrados integrantes del Pleno y el Director General Jurídico de este Órgano Jurisdiccional, en atención a la atenta invitación realizada por el Doctor Luis González Placencia, Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. En ese evento, se hizo entrega a este Tribunal, de un ejemplar del documento referido; así como una relación de las sesenta y un líneas de acción que la mencionada Comisión considera están a cargo de este Órgano Jurisdiccional;-----------------------------------XXVI. Que el treinta de noviembre de dos mil nueve, el Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, solicitó a este Órgano Jurisdiccional designara a una persona encargada de establecer el enlace con el Comité Coordinador para la Elaboración del Diagnóstico y Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, para que informe de los avances en su implementación y se incorpore a las tareas de seguimiento y evaluación;-----------XXVII. Que mediante oficio TEDF-PRES/305/2009 de primero de diciembre de dos mil nueve, el Magistrado Presidente del Tribunal designó al Director General Jurídico como enlace ante el Comité Coordinador para la Elaboración del Diagnóstico y Programa de Derechos Humanos en representación de este Órgano Jurisdiccional;-------XXVIII. Que en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2010, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el treinta y uno de diciembre de dos mil nueve, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó recursos por $8´000,000.00 (Ocho millones de pesos 00/100 M.N.), para la operación del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, el cual contará con un Comité integrado por la Asamblea Legislativa, el Gobierno del Distrito Federal, el Tribunal Superior de Justicia de esta entidad, tres instituciones académicas y cuatro organizaciones de la sociedad civil, un equipo técnico operativo y espacios de participación ciudadana; dicha cantidad será administrada por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal;-----------------------------------------------------------------------------------------------------------XXIX. Que en atención al contenido del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, a las líneas de acción sugeridas a este Órgano Jurisdiccional y principalmente, a la obligación que tiene el Tribunal de respetar los Derechos Humanos, los Magistrados integrantes del Pleno determinan lo siguiente:-----------------------------------------1.- Aprobar la celebración de un convenio específico de colaboración con la Comisión de Derechos Humanos de esta entidad, a efecto de dar seguimiento y evaluación al Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal;-----------2.- Instruir al Director General Jurídico a efecto de que, en ejercicio de sus atribuciones, formule, revise, valide y someta a consideración del Pleno el proyecto de convenio específico de colaboración con la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, para que, en su caso, dicho instrumento sea signado por el Magistrado Presidente en representación del Tribunal Electoral del Distrito Federal;-----------------------------------------------------------------------3.- Instruir al Director General Jurídico a efecto de que, con el apoyo de las áreas del Tribunal, analice la viabilidad jurídica y presupuestal de cada una de las sesenta y un líneas de acción que, a juicio de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, están a cargo de este Órgano Jurisdiccional;---------------------------------------------------4.- Instruir al Director General Jurídico a efecto de que identifique los mecanismos necesarios para que cada una de las áreas, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, realicen las acciones tendientes al cumplimiento de las estrategias y líneas de acción contenidas en el Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, que después de examinar su viabilidad jurídica y presupuestal, resulten a cargo de este Tribunal y los proponga al Pleno para que, en su caso, sean aprobados;---------------------------------------------------------------------------------------------------------------5.- Instruir al Director General Jurídico para que al interior del Tribunal, dé seguimiento a la observancia y cumplimiento del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal;-----------------------------------------------------6.- Instruir al Director General Jurídico para que mediante oficio comunique esta determinación a la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; adjuntando copia certificada de ella;------------------------------------------------7.- Instruir al Director General Jurídico a efecto de que publique esta determinación plenaria en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en el sitio de internet institucional; y--------------------------------------------------------------------------8.- Instruir al Secretario General a fin de que, por su conducto, comunique el contenido de la presente determinación a los titulares de todas las áreas del Tribunal, para los efectos precisados en el presente Considerando.---------------------Por lo antes expuesto y fundado, el Pleno emite el siguiente -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ACUERDO: -----------------------------------------------------------------------ÚNICO. Se aprueban las acciones tendientes al cumplimiento y seguimiento del Programa de Derechos Humanos para el Distrito Federal, en los términos indicados en el Considerando XXIX del presente Acuerdo.-----------------------Así, por unanimidad de votos lo acordaron y firman los Magistrados integrantes del Pleno del Tribunal Electoral del Distrito Federal, ante el Secretario General, quien autoriza y da fe. -----------------------------------------------------------------------------

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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

3 de Marzo de 2010

Gregorio Galván Rivera, Secretario General del Tribunal Electoral del Distrito Federal. C E R T I F I C A: Que el presente documento constante de dos fojas útiles, sin incluir la presente, concuerdan con el acuerdo 005/2010 de dos de febrero del año en curso, emitido por el Pleno del Tribunal Electoral del Distrito Federal. Lo que certifico en ejercicio de la facultad prevista en los artículos 188, incisos k) y m) del Código Electoral del Distrito Federal, y 28, fracción XVI del Reglamento Interior de este Tribunal. México, Distrito Federal, a dieciséis de febrero de dos mil diez. DOY FE.

EL SECRETARIO GENERAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) GREGORIO GALVÁN RIVERA

HEROICO CUERPO DE BOMBEROS DEL DISTRITO FEDERAL PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACION DE SERVICIOS EJERCICIO FISCAL 2010.

Lic. Manuel Assad Ávila, Director Administrativo del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto en el Articulo 19 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, tengo a bien dar a conocer el siguiente: PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS EJERCICIO 2010. CLAVE: UNIDAD COMPRADORA:

34PDHB HEROICO CUERPO DE BOMBEROS DEL DISTRITO FEDERAL RESUMEN PRESUPUESTAL

Capitulo Capitulo Capitulo Capitulo

1000 2000 3000 4000

IMPORTES $21´606,055.00 $37´599,241.00 $42´505,408.00 $160,000.00

Servicios Personales Materiales y Suministros Servicios Generales Ayudas, Subsidios, Aportaciones y Transferencias TOTAL: Resumen de Procedimientos de Adquisición Programados de conformidad con la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

$101´870,776.00

IMPORTES $239,272.00 $79´573,008.12 14´801,113.88 7´257,382.00

Articulo 1° Articulo 30 Articulo 54 Articulo 55

$101´870,776.00 TRANSITORIO Único: Publíquese el presente Programa en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

México D.F. a los 03 días del mes de Marzo de 2010 El Director Administrativo (Firma) LIC. MANUEL ASSAD ÀVILA.

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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

3 de Marzo de 2010

DECRETO POR EL QUE SE RATIFICA LA DESIGNACIÓN DEL CONSEJERO PRESIDENTE DEL INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL (Al margen superior izquierdo el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL.- V LEGISLATURA)

ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL V LEGISLATURA.

DECRETA DECRETO POR EL QUE SE RATIFICA LA DESIGNACIÓN DEL CONSEJERO PRESIDENTE DEL INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL.

PRIMERO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal ratifica la designación del Ingeniero Mario Klip Gervitz como Consejero Presidente del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal por un periodo de cuatro años a partir del día 25 de febrero de 2010. Recinto de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a los veinticuatro días del mes de febrero del año dos mil diez.

POR LA MESA DIRECTIVA (Firma) DIP. MAXIMILIANO REYES ZUÑIGA PRESIDENTE

SECRETARIA

SECRETARIO

(Firma)

(Firma)

DIP. MARICELA CONTRERAS JULIÁN

DIP. FEDERICO MANZO SARQUIS

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Secretaría de Seguridad Pública Convocatoria: 001 por Licitación Pública Nacional LIC. RICARDO MARTÍNEZ DE CASTRO BARONA, Director General de Mantenimiento y Servicios, en observancia a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con el artículo 24 inciso “A” y 25 inciso “A” fracción I de la Ley de Obras Públicas para el Distrito Federal, se convoca a las personas físicas y morales interesadas en participar en la licitación de carácter nacional para la contratación de obra pública, de conformidad con lo siguiente: Clave FSC (CCAOP)

Descripción general de la obra

Fecha de inicio

MEJORAMIENTO A LAS INSTALACIONES DE LA 35 UNIDAD DE 30/03/2010 PROTECCION CIUDADANA “NARVARTE” COORDINACION TERRITORIAL BENITO JUÁREZ 3. Fecha límite Visita al lugar Número de Plazo de Junta de Costo de las bases para adquirir de la obra o licitación ejecución aclaraciones bases los trabajos Directo SSP $1,500.00 150 días 12/03/2010 08/03/2010 05/03/2010 30001135-001-10 Compranet: $1,400.00 calendario 11:00 horas 10:00 horas 00000

Clave FSC (CCAOP)

Descripción general de la obra

Fecha de inicio

MEJORAMIENTO A LAS INSTALACIONES DEL CUARTEL DEL 30/03/2010 AGRUPAMIENTO “BETA” Fecha límite Visita al lugar Número de Plazo de Junta de Costo de las bases para adquirir de la obra o licitación ejecución aclaraciones bases los trabajos Directo SSP $1,500.00 90 días 12/03/2010 08/03/2010 05/03/2010 30001135-002-10 Compranet: $1,400.00 calendario 13:30 horas 10:00 horas 00000

Clave FSC (CCAOP)

Descripción general de la obra

Fecha de inicio

MEJORAMIENTO A LAS INSTALACIONES DE LA UNIDAD DE POLICIA 30/03/2010 METROPOLITANA GRANADEROS ORIENTE Fecha límite Visita al lugar Número de Plazo de Junta de Costo de las bases para adquirir de la obra o licitación ejecución aclaraciones bases los trabajos Directo SSP $1,500.00 120 días 12/03/2010 08/03/2010 05/03/2010 30001135-003-10 Compranet: $1,400.00 calendario 16:00 horas 10:00 horas 00000

Fecha de terminación

Capital contable requerido

26/08/2010

$2´300,000.00

Presentación y apertura del sobre único 18/03/2010 11:00 horas

24/03/2010 11:00 horas

Fecha de terminación

Capital contable requerido

27/06/2010

$700,000.00

Fallo

Presentación y apertura del sobre único 18/03/2010 13:30 horas

24/03/2010 13:30 horas

Fecha de terminación

Capital contable requerido

27/07/2010

$800,000.00

Presentación y apertura del sobre único 18/03/2010 16:00 horas

Fallo

Fallo 24/03/2010 16:00 horas

Los recursos fueron autorizados con Oficio No. SFDF/SE/0011/2010, de fecha 4 de enero del 2010, para el ejercicio fiscal 2010, de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal; afectación presupuestal con Oficio No. DGRF/OM/SSP/_0277_/2010, de fecha 17 de febrero del 2010 de la Dirección General de Recursos Financieros. Las bases de licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en la Jefatura de Unidad Departamental de Contratos de la Subdirección de Obras ubicada en Av. José María Izazaga Núm. 89, piso 3, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal, C.P. 06080, teléfono 57 16 70 00 Ext. 7152, a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria, de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas, en días hábiles. Para la compra de bases por Compranet el pago se realizará mediante el recibo generado por el sistema (pago no reembolsable) para compra directa de bases se hará a través de cheque certificado o de caja, expedido a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal con cargo a una institución de crédito autorizada para operar en el Distrito Federal. Los requisitos generales que deberán acreditar los interesados para adquirir las bases son: Por adquisición directa y por Compranet, deberán entregar copia legible de los siguientes documentos, presentando los originales para cotejar: 1.- Solicitud por escrito para participar en el concurso deseado en papel membretado de la empresa, indicando datos generales actualizados del participante. 2.- Registro de Concursante emitido por la Secretaría de Obras y Servicios del Gobierno del Distrito Federal, o Constancia de registro en trámite acompañado de la siguiente documentación: Declaración escrita bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse, en los supuestos del artículo 37 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, así como del articulo 47 fracción XXIII de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos; en el caso de personas físicas se anexará a los requisitos anteriores; acta de nacimiento y alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y en el de las personas morales, presentación de escritura constitutiva y modificaciones en su caso, poderes del representante legal y alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, curriculum empresarial y curriculum del personal técnico en cuanto a experiencia técnica según la especialidad en el registro y en trabajos similares. 3.- Listado de obligaciones sustantivas y formales a las que están sujetos correspondientes a los últimos cinco ejercicios fiscales; a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 464 del Código Financiero para el Distrito Federal; asimismo, deberán presentar la constancia de adeudos de las contribuciones que se relacionan a continuación, expedida por la Administración Tributaria que le corresponda o en su caso por el Sistema de Aguas de la ciudad de México, indicando al efecto el listado de obligaciones sustantivas y formales a las que están sujetos; siendo como mínimo los siguientes: Impuesto Predial, Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles; Impuesto Sobre Nóminas; Impuesto Sobre Tenencias o Uso de Vehículos; Impuesto Sobre la Adquisición de Vehículos Automotores; Impuesto por la Prestación de Servicios de Hospedaje, y Derechos por el Suministro de Agua. 4.- Comprobatorios del capital contable mínimo mediante Declaración Anual de Impuestos del último ejercicio fiscal (2009), así como de las declaraciones parciales (de diciembre 2009 a febrero de 2010) a un mes anterior a la celebración del concurso; Estados Financieros (de enero 2009 a diciembre 2009), firmados por Contador Público externo a la empresa, anexando copia de su cédula profesional. 5.- Deberá entregarse a la “CONVOCANTE” copia del recibo de compra de bases mediante el sistema Compranet, así como de los documentos solicitados en los puntos anteriores, la no-presentación de estos documentos previamente al acto de presentación y apertura del sobre único, será motivo de descalificación. 6.- Los documentos que no puedan obtenerse mediante el sistema Compranet, se entregarán a los interesados previo cumplimiento de los puntos anteriores, en la Subdirección de Obras en la Jefatura de Unidad Departamental de Contratos ubicada en Av. José María Izazaga Núm. 89 piso 3, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal, C.P. 06080, será requisito indispensable contar con experiencia en: “REHABILITACIÓN Y REMODELACIÓN DE INMUEBLES”.y sus tiempos de ejecución serán conforme los marcados en los cuadros de tiempos por caso. • El lugar de reunión para la visita de obra será en la Subdirección de Obras ubicada en Av. José María Izazaga Núm. 89 piso 3, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal, C.P. 06080, deberá asistir personal calificado, que se acreditará mediante escrito en hoja membretada de “EL CONCURSANTE” firmado por el representante legal de “EL CONCURSANTE”, escrito original que deberá presentar al momento de la visita de obra, anexando cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante, los días y horas indicados anteriormente. • La junta de aclaraciones deberá asistir personal calificado, que se acreditará mediante escrito en hoja membretada de “EL CONCURSANTE” firmado por el representante legal de “EL CONCURSANTE”, escrito original que deberá presentar al momento de la Junta de Aclaraciones anexando cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante, ésta se realizará en la sala de juntas de la Dirección de Construcción y Mantenimiento, ubicada en Av. José María Izazaga Núm. 89 piso 3, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal, C.P. 06080, los días y horas indicados anteriormente.



El acto de presentación y apertura del sobre único, se llevará a cabo en la sala de juntas de la Dirección de Construcción y Mantenimiento, ubicada en Av. José María Izazaga Núm. 89 piso 3, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal, C.P. 06080, los días y horas indicados anteriormente.

NO SE OTORGARAN ANTICIPOS La ubicación de los trabajos para la licitación núm. 30001135-001-10 será en el inmueble ubicado en: Obrero Mundial esq. Av. Cuauhtémoc, Col. Narvarte, Delegación Benito Juárez, en México Distrito Federal; para la licitación núm. 30001135-002-10 será en: el inmueble ubicado en: Eje Central Lázaro Cárdenas Núm. 711, Col. Narvarte, Delegación Benito Juárez en México Distrito Federal; para la licitación núm. 30001135-003-10 será en: el inmueble ubicado en: Calle Cecilio Robelo y Sur 103, Col. Aeronáutica Militar, Delegación Venustiano Carranza en México Distrito Federal. Las proposiciones deberán presentarse en idioma español. Las proposiciones deberán presentarse en carpeta lefort. La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: en pesos mexicanos. No se autorizará subcontrato en la ejecución de la obra. Los criterios generales para la adjudicación del contrato serán: “LA CONVOCANTE”; con base en los artículos 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, efectuará el análisis comparativo de las proposiciones admitidas, formulará el dictamen y emitirá el fallo mediante el cual se adjudicará el contrato al concursante, que reuniendo las condiciones establecidas en la Ley y su Reglamento, y que haya presentado la postura legal técnica, económica, financiera administrativa y solvente más baja que garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato. Las condiciones de pago son: mediante estimaciones, las que deberán realizarse por períodos máximos mensuales por concepto de trabajos terminados, así mismo el plazo de pago de dichas estimaciones, será dentro de un término no mayor de 20 días hábiles, contados a partir de la fecha en que hayan sido ingresadas debidamente firmadas por el contratista y entregadas a la Residencia de Obra (Jefatura de Unidad Departamental de Supervisión). La forma de garantía de cumplimiento del contrato será del 10 % (diez por ciento) del monto total del contrato sin incluir I.V.A., a favor de la: Secretaría de Finanzas del Distrito Federal; mediante póliza de fianza expedida por institución legalmente autorizada y de conformidad con la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal. TRANSITORIO ÚNICO, PUBLÍQUESE EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

México, D. F., a 03 de marzo del 2010. Director General de Mantenimiento y Servicios (Firma) LIC. RICARDO MARTÍNEZ DE CASTRO BARONA

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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

3 de Marzo de 2010

CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Delegación Miguel Hidalgo Licitación Pública Nacional LIC. SANTIAGO GARCIA CASAURANC, DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 32 DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL, PUBLICA LA SIGUIENTE: CONVOCATORIA En observancia con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y de conformidad con los artículos 27 inciso a), 30 fracción I y 32 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, se convoca a los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional No. 30001026-005-10 “SERVICIO DE CALL CENTER”, de conformidad con lo siguiente: Licitación Pública Nacional No. 30001026-005-10 “SERVICIO DE CALL CENTER” Partida

CABMS

01

C810800354

Costo de las bases en la: CONVOCANTE $ 1,000.00

Aclaración de bases 9 de marzo de 2010 11:00 hrs.

Acto de Presentación y Apertura de Propuestas 12 de marzo de 2010 11:00 hrs.

Descripción SERVICIO DE CALL CENTER

Acto de Fallo

Prestación del Servicio

16 de marzo de 2010 11:00 hrs.

Anual

Cantidad

Unidad de medida CONTRATO ABIERTO

1

1.- Las Bases de esta Licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en la Subdirección de Recursos Materiales, ubicada en General José Méndez No. 47, entre General Rincón Gallardo y General José Morán, Colonia Ampliación Daniel Garza, C.P. 11840, Miguel Hidalgo, Distrito Federal, teléfono 5516-2634. 2.- La venta de Bases en “La Convocante”, será los días: 4, 5 y 8 de marzo del 2010, de 9:00 a 14:00 hrs. 3.- La forma de pago en “La Convocante” es, mediante cheque certificado o de caja a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, expedido por institución bancaria establecida en el Distrito Federal o área metropolitana (Tlalnepantla, Ecatepec, Naucalpan o Nezahualcóyotl), en la Unidad Departamental de Tesorería de la Delegación Miguel Hidalgo, de 9:00 a 14:00 horas, ubicada en el domicilio precitado. 4.- La Junta de Aclaración de Bases, la Presentación y Apertura de Propuestas y el Fallo, se llevarán a cabo en los horarios y fechas señaladas en la licitación, en el Auditorio de esta Delegación, ubicado en Avenida Parque Lira No. 94, Colonia Ampliación Daniel Garza, C.P. 11840, Miguel Hidalgo, Distrito Federal. 5.- El idioma en que deberán presentarse las propuestas será: en español. 6.- La moneda en que deberán cotizarse las propuestas será: en pesos mexicanos. 7.- El lugar de prestación de los servicios: el indicado en las Bases de Licitación. 8.- Las condiciones de pago serán: 20 días posteriores a la aceptación formal y satisfactoria del servicio. 9.- No podrán participar, los proveedores que se encuentren en algunos de los supuestos del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y artículo 47, fracciones XIII y XXIII de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

3 de Marzo de 2010

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

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10.- En esta Licitación no se otorgarán anticipos. 11.- Esta Licitación no se realizará bajo la cobertura de ningún tratado. 12.- Los interesados podrán remitir sus cuestionamientos a las siguientes direcciones de correo electrónico [email protected] y [email protected] 13.- Los responsables de la Licitación: Lic. Santiago García Casauranc, Director General Administración, Lic. Guillermo Rosell Gutiérrez, Director de Recursos Materiales y Servicios Generales, Lic. Jorge Burgos Backhoff, Subdirector de Servicios Generales, Lic. Mario Raphael Franco, Subdirector de Recursos Materiales y Lic. Rodrigo Fernández Olmedo, Jefe de la Unidad Departamental de Adquisiciones.

(Firma) México, Distrito Federal a 4 de marzo de 2010. Director General de Administración Lic. Santiago García Casauranc

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL DELEGACIÓN VENUSTIANO CARRANZA Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano Licitación Pública Nacional Convocatoria No. 001/10 El Arq. Emilio Zúñiga García, Director General de Obras y Desarrollo Urbano, por conducto de la Delegación Venustiano Carranza en cumplimiento del Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los Artículos 24 y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, convoca a las personas físicas y morales interesadas en participar en la Licitación Pública de carácter Nacional para la contratación en la modalidad de Obra Pública a Precios Unitarios, los siguientes trabajos: No. de licitación 3000-1061-001-10

Costo de las bases

Fecha límite para adquirir bases 05 de marzo de 2010

$1,000.00 Costo en compra NET Sin costo Descripción y ubicación de la obra

Visita al lugar de la obra o los trabajos 10-marzo-2010 10:00 hrs

Junta de Aclaraciones 15-marzo-2010 10:00 hrs

Fecha de inicio

Presentación de proposiciones 22-marzo-2010 10:00 hrs

Fecha de terminación

CONSERVACION Y MANTENIMIENTO A 11 ESCUELAS DE NIVEL PRIMARIA: REPUBLICA DE YUGOSLAVIA, REPUBLICA DE ECUADOR, PARTICIPACION SOCIAL No.2, MTRO. JOSE MARIANO PONTON, MACHTITEOPAN, RAFAEL VALENZUELA, 24-marzo-2010 24-noviembre-2010 NORUEGA, REPUBLICA DE NIGERIA, ERASMO CASTELLANOS QUINTO, CEYLAN Y CIUDAD PROCER DE GUANAJUATO UBICADOS DENTRO DEL PERIMETRO DELEGACIONAL No. de licitación 3000-1061-002-10

Costo de las bases

Fecha límite para adquirir bases 05 de marzo de 2010

$1,000.00 Costo en compra NET Sin costo Descripción y ubicación de la obra

Visita al lugar de la obra o los trabajos 10-marzo-2010 12:00 hrs

Junta de Aclaraciones 15-marzo-2010 12:00 hrs

Fecha de inicio

Capital Contable Requerido

$ 2,400,000.00

Presentación de proposiciones

Fecha de terminación

CONSERVACION Y MANTENIMIENTO A 4 ESCUELAS PRIMARIAS TEZIUTLAN, PROF. J. VICTORIANO GONZALEZ GARZON, PRESIDENTE MIGUEL ALEMAN Y MARGARITA GORTARI DE SALINAS, 5 SECUNDARIAS ESC. SEC. No.88 DR. NABOR 24-marzo-2010 24-noviembre-2010 CARRILLO, ESC. SEC. No.75 DIONICIA ZAMORA PALLARES, ESC. SEC. No.36 MANUEL MORENO, ESC. SEC. No.159 ELPIDIO LOPEZ LOPEZ Y LA ESC. SEC. No.237 UBICADAS DENTRO DEL PERIMETRO DELEGACIONAL.

22-marzo-2010 12:00 hrs Capital Contable Requerido

$2,100,000.00

No. de licitación 3000-1061-003-10

Costo de las bases

Fecha límite para adquirir bases 05 de marzo de 2010

$1,000.00 Costo en compra NET Sin costo Descripción y ubicación de la obra

Visita al lugar de la obra o los trabajos 10-marzo-2010 14:00 hrs

Junta de Aclaraciones 15-marzo-2010 14:00 hrs

Fecha de inicio

Presentación de proposiciones

Fecha de terminación

22-marzo-2010 14:00 hrs Capital Contable Requerido

CONSERVACION Y MANTENIMIENTO A 2 JARDINES DE NIÑOS HERMANOS GRIMM, EDO. DE AGUAS CALIENTES, 7 ESCUELAS DE NIVEL PRIMARIA EDO. DE MEXICO, HEROES DE 1914, 24 DE FEBRERO, ANAHUAXOCHITL, DEFENSORES DE VERACRUZ, 24-marzo-2010 24-noviembre-2010 $ 1,800,000.00 FRANCISCO SARABIA Y TINOCO Y REPUBLICA DE PERU, UBICADOS DENTRO DEL PERIMETRO DELEGACIONAL. No. de licitación Costo de las bases Fecha límite para Visita al lugar de la obra Junta de Presentación de proposiciones adquirir bases o los trabajos Aclaraciones 3000-1061-004-10 $1,000.00 05 de marzo de 2010 10-marzo-2010 15-marzo-2010 22-marzo-2010 Costo en compra NET 18:00 hrs 18:00 hrs 18:00 hrs Sin costo Descripción y ubicación de la obra Fecha de inicio Fecha de Capital Contable terminación Requerido CONSERVACION Y MANTENIMIENTO A 2 PRIMARIAS DR. MIGUEL SILVA, INTERNADO No.17 FRANCISCO I. MADERO, 6 ESCUELAS DE NIVEL SECUNDARIA ESC. SEC. TECNICA No.69, ESC. SEC. No.40 MELCHOR OCAMPO, ESC. SEC. No.70 24-marzo-2010 24-noviembre-2010 $1,800,000.00 MAHATMA MOHANDAS GANDHI, ESC. SEC. No.156 PABLO NERUDA, ESC. SEC. No.297 OSCAR SANCHEZ SANCHEZ, ESC. SEC. No.89 REPUBLICA DE ECUADOR UBICADAS DENTRO DEL PERIMETRO DELEGACIONAL. Requisitos para adquirir bases: 1.- Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Internet: http://compranet.gob.mx, o bien en: Unidad Departamental de Concursos Contratos y Estimaciones sita en Francisco del Paso y Troncoso Nº 219, Colonia Jardín Balbuena, Código Posta 15900, Distrito Federal; a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria, con el siguiente horario: de 10:00 a 15:00 horas. 2.- No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del Art. 37 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal. 3.- Los requisitos generales que deberán ser cubiertos son: solicitud de inscripción a las licitaciones que interesen, en papel membretado de la empresa, con datos actualizados (Domicilio, Teléfono, Fax, Representante legal, etc.) y copia del registro de concursantes definitivo o en tramite, expedido por la Secretaria de Obras y Servicios. Se presentaran originales de la documentación antes descrita, para su cotejo y una copia simple; previa revisión de los documentos solicitados, y pago en su caso la Delegación entregara las bases y documentos de la(s) Licitación(es) que se adquiera(n). 4.- En caso de consulta de la presente Convocatoria, se encuentra disponible en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. 4.1. Los documentos indicados en el punto 3, se anexaran en la propuesta técnica dentro del apartado A. I. (Se deberán presentar por duplicado) 4.2 Los planos, especificaciones u otros documentos que no se puedan obtener mediante el sistema CompraNET, se entregaran a los interesados en la Unidad

4.3 Departamental de Concursos, Contratos y Estimaciones de esta Delegación, previa presentación del recibo pagado que genera el sistema. 5.- La forma de pago de las bases será: 5.1. En caso de adquisición directa en las oficinas de la Unidad Departamental de Concursos, Contratos y Estimaciones, mediante cheque certificado o de caja expedido a favor de la Secretaria de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal, con cargo a una institución de crédito autorizada para operar en el D.F., cheque que se entregara por el solicitante, después de obtener volante de autorización para comprar bases, en la caja de la Sede Delegacional, sita en Francisco del Paso y Troncoso Nº 219, Colonia Jardín Balbuena, Código Postal 15900, Distrito federal. 5.2. En caso de adquisición por el sistema CompraNET, mediante los recibos que genera el sistema. 6.- La reunión para la visita al lugar de la obra será en la Unidad Departamental de Concursos, Contratos y Estimaciones, sita en Francisco del Paso y Troncoso Nº 219, Colonia Jardín Balbuena, Código Postal 15900, Distrito federal. 7.- La junta de aclaraciones, el acto de presentación de propuestas y apertura de sobres de proposiciones técnicas y económicas se llevarán a cabo los días y horarios indicados en la Sala de Juntas perteneciente a la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, ubicada en Francisco del Paso y Troncoso Nº 219, Colonia Jardín Balbuena, Código Postal 15900, Distrito federal. 8.- Todas las Licitaciones son Nacionales y el idioma en que deberán presentarse las proposiciones será el español, cotizándose en peso mexicano. 9.- No se subcontratará, ni asociará ninguna de las partes de la obra. Ninguna de las condiciones contenida s en las bases y proposiciones podrá ser negociada 10.-.No se otorgará anticipo. 11.-La Delegación Venustiano Carranza con base en los Artículos 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, efectuará los análisis comparativos de las proposiciones admitidas, formulará los dictámenes y emitirá los fallos, mediante los cuales se adjudicarán los contratos a los concursantes que, reuniendo las condiciones necesarias, hayan presentado la postura solvente que garantice satisfactoriamente el cumplimiento de los contratos. 12.- Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno. 13.- Las personas Físicas y Morales que no cumplan con la promoción de cumplimiento con los requisitos a que se refieren los Artículos 537 y 539 del Código Financiero del Distrito Federal, no podrán celebrar, contrato alguno con esta Dependencia. (Reglas de carácter Legal aplicables al Articulo 393-E, del Código Financiero del Distrito Federal) 14.- Se informa a los interesado a participar en estas licitaciones, que en caso de presentarse alguna contingencia ajena a la Delegación, que impida cumplir con las fechas de los eventos de estos concursos, dichas fechas se prorrogaran en igual tiempo al que dure la contingencia mencionada. México, D.F., a 03 de marzo de 2010 (Firma) ARQ. EMILIO ZUÑIGA GARCIA DIRECTOR GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO

GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL HEROICO CUERPO DE BOMBEROS DEL DISTRITO FEDERAL CONVOCATORIA MÚLTIPLE 001/2010. Con fundamento en el articulo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con lo establecido en los artículos. 27 Inciso a), 28, 30 fracción I, y 32 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, convoca a los interesados en participar en las Licitaciones Públicas Nacionales para la Contratación de Alimentos Perecederos y no Perecederos, Limpieza a Estaciones incluyendo Materiales y Enceres, Suministro de Gas L.P., así como el Mantenimiento al Parque Vehicular de este Organismo, de conformidad con lo siguiente: No. de licitación

Descripción

Costo de las bases

30120001-001-2010

“Alimentos perecederos y no perecederos”

$1,500.00 Costo en compraNET: $1,300.00

No. de requisición 028/2010

No. de licitación

30120001-002-2010

No. de requisición 025/2010

No. de licitación 30120001-003-2010

Grupo No. 01 02 03 04 05

Fecha límite para adquirir bases

Junta de aclaraciones

Presentación de propuestas y apertura de sobres

Fallo

05/03/2010

08/03/2010 10:00 am

10/03/2010 10:00 am

16/03/2010 10:00 am

Descripción

U.M. Contrato Contrato Contrato Contrato Contrato

Abarrotes Frutas y Legumbres Cárnicos Lácteos y Embutidos Tortillas empaquetadas

Descripción

Costo de las bases

Fecha límite para adquirir bases

Junta de aclaraciones

Presentación de propuestas y apertura de sobre

“Servicio de Limpieza con $1,500.00 Suministro de Materiales, Costo en 08/03/2010 para las Estaciones de compraNET: 05/03/2010 18:00 pm Bomberos del Distrito $1,300.00 Federal ” No. de partida Descripción 01 Servicio de Limpieza con Materiales y Enceres Incluidos en las 15 estaciones

Descripción

Costo de las bases

“Suministro de Gas L.P. ”

$1,500.00 Costo en compraNET: $1,300.00

10/03/2010 18:00 pm

Cantidad 1 1 1 1 1

Fallo 16/03/2010 18:00 pm

U.M. Contrato

Cantidad 1

Fecha límite para adquirir bases

Junta de aclaraciones

Presentación de propuestas y apertura de sobre

Fallo

08/03/2010

09/03/2010 18:00 pm

11/03/2010 18:00 pm

17/03/2009 18:00 pm

  No. de requisición 026/2010

• • •

• • • • • • • • • •

No. de partida 01

Descripción Suministro de gas L.P. para uso en las cocinas y regaderas en las 15 estaciones

No. de licitación

Descripción

Costo de las bases

30120001-004-2010

“Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo al Parque Vehicular

$1,500.00 Costo en compraNET: $1,300.00

No. de requisición 29/2010

No. de partida 01

U.M. Contrato

Cantidad 1

Fecha límite para adquirir bases

Junta de aclaraciones

Presentación de propuestas y apertura de sobre

Fallo

08/03/2010

09/03/2010 10:00 am

11/03/2010 10:00 am

17/03/2010 10:00 am

Descripción U.M. Cantidad Mantenimiento Preventivo y Correctivo a el parque vehicular del Heroico Cuerpo de Contrato 1 Bomberos del D.F., No podrán participar los proveedores que se encuentren en cualquiera de los supuestos del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. El importe de los bienes será cubierto con recursos fiscales, asignados para este propósito al Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal. Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Internet: http://compranet.gob.mx, o bien en la Unidad de Adquisiciones ubicada en Av. San Antonio Abad No. 122, 6o. piso, Col. Tránsito, C.P. 06820, Delegación Cuauhtémoc, D.F., Tel. 5741-37-52, a partir del día de su publicación y hasta un día hábil antes de la Junta de Aclaración de Bases, de 9:00 a 14:00 horas. La forma de pago es: en convocante mediante cheque certificado o de caja a favor del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal, En compraNET, mediante los recibos que genera el sistema. Los eventos antes mencionados se llevarán a cabo en la sala de juntas de la Dirección General, ubicada en Av. San Antonio Abad número 122, 6º. Piso, Colonia Tránsito Código Postal 06820, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal. El responsable de llevar a cabo la Licitación Pública Nacional es el C. Martín Hernández Vega, Subdirector de Recursos Materiales y Servicios Generales del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal. Los plazos señalados en esta convocatoria se computarán a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. No se otorgará anticipo. Se convoca a distribuidores mayoristas, productores, empresas especializadas en el ramo de la distribución de alimentos, empresarios, prestadores de servicios especializados, en el país, así como Sociedades Cooperativas constituidas legalmente y establecidas dentro del Distrito Federal. El idioma en que deberán presentarse las propuestas será: español. La moneda en que deberán cotizarse las propuestas será: pesos mexicanos. Los alimentos, el gas y el servicio de limpieza se entregarán y/o se llevará a cabo en las 15 estaciones de bomberos del Distrito Federal, los demás Servicios se entregaran en los puntos señalados en las bases. Ninguna de las condiciones contenidas en las Bases de Licitación, así como las propuestas presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas. Las condiciones de pago son: 20 días naturales posteriores a la fecha de presentación de las facturas debidamente requisitadas, según calendario de pagos en la Subdirección de Recursos Financieros. MÉXICO, D.F., A 03 DE MARZO DE 2010 DIRECTOR ADMINISTRATIVO (Firma) LIC. MANUEL ASSAD ÀVILA.

SERVICIO DE TRANSPORTES ELÉCTRICOS DEL DISTRITO FEDERAL GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES

Convocatoria: 03 Lic. Miguel Ángel Izquierdo Espinal, Gerente de Recursos Materiales del Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal, en observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y lo dispuesto en los artículos 26, 27 inciso a), 28, 30 fracción I y 63 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, convoca a los interesados en participar en la licitación pública nacional para la contratación del servicio de conformidad con lo siguiente:

• • • • • •

• • • • •

No. de licitación

Costo de las bases

30101001-003-10

$ 5,000.00 Costo en compranet: $ 4,500.00

Partida 1 2 3

Clave CABMS 0000000000 0000000000 0000000000

Fecha límite para adquirir bases

Visita Física a instalaciones

Junta de Aclaraciones

Presentación y apertura de propuestas

Dictamen y fallo

05/03/10

NO APLICA

08/03/10 9:30

10/03/10 12:00

11/03/10 13:00

Descripción: Aseguramiento integral de los bienes propiedad y/o a cargo del STEDF Aseguramiento integral contra todo riesgo a primer riesgo Aseguramiento de equipo rodante propiedad y/o a cargo del STEDF Administración de perdidas de automóviles y camiones propiedad y/o a cargo del STEDF

Cantidad 1 1 1

Unidad de medida Servicio Servicio Servicio

Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en: Municipio Libre número 402 Oriente, 3er piso, Colonia San Andrés Tetepilco, Delegación Iztapalapa, Distrito Federal, C.P. 09440, teléfono: 25-95-00-18, del miércoles 3 al viernes 5 de marzo del presente año de 9:00 a 14:00 horas. La forma de pago es: Efectivo en la Caja General del Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal ó en compranet, en la cuenta número 4035576800 del Banco HSBC México, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC. Moneda en que deberán cotizarse las propuestas: Peso Mexicano. No se otorgará anticipo Idioma en que deberán presentar las propuestas: Español. Plazo y lugar de la prestación del servicio: Será el indicado en las bases. Los participantes deberán presentar, de conformidad con lo establecido en la Circular SF/CG/14 1111/2007, emitida por la Secretaría de Finanzas y la Contraloría General del Distrito Federal, constancias de adeudo de los 5 últimos ejercicios 2005-2009 (en lo que les resulte aplicable) de: Impuesto Predial, Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles, Impuesto sobre Nóminas, Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, Impuesto por la Prestación de Servicios de Hospedaje y Derechos por el Suministro de Agua, conforme a lo dispuesto en el artículo 464 del Código Financiero del Distrito Federal, expedidas por la Tesorería del Distrito Federal o por la Administración Tributaria que les corresponda, o en su caso, por el Sistema de Aguas de la Ciudad de México. El pago se realizará dentro de los 20 días hábiles posteriores a la presentación de las facturas correspondientes debidamente requisitadas. Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de la licitación podrán ser negociadas. No podrán participar las personas que se encuentren en alguno de los supuestos de impedimento establecidos en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal o en el artículo 47, fracción XXIII de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Los eventos correspondientes se llevarán a cabo en la Sala de Juntas de la Subgerencia de Almacenes, ubicada en Municipio Libre número 402 Oriente, Colonia San Andrés Tetepilco, Delegación Iztapalapa, Distrito Federal, C.P. 09440. Los servidores públicos designados como responsables de la licitación son: el Lic. Miguel Ángel Izquierdo Espinal, Gerente de Recursos Materiales, el Ing. Alejandro Bojórquez Ortiz, Subgerente de Concursos y Contratos y Enrique Garrido González, Subgerente de Adquisiciones. MÉXICO, D.F., A 3 DE MARZO DEL 2010 (Firma) LIC. MIGUEL ÁNGEL IZQUIERDO ESPINAL GERENTE DE RECURSOS MATERIALES

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3 de Marzo de 2010

SECCION DE AVISOS   RALAGAR, S.A. DE C.V. NOTA ACLARATORIA AL AVISO DE FUSION DE RALAGAR, S.A. DE C.V. EL PASADO 17 DE FEBRERO DEL AÑO EN CURSO SE PUBLICO, EN LA GACETA No 781 EN LAS PAGINAS 14 Y 15 EL AVISO DE FUSION DE LA EMPRESA RALAGAR, S.A. DE C.V. Y QUE DICHO TEXTO SE HACEN LAS SIGUIENTES CORRECCIONES EN LOS SIGUIENTES PARRAFOS QUE A CONTINUACION SE MENCIONAN: PAGINA 14: Párrafo 1, 2 y 8. DICE “…INMOBILIARIA VENUS, S.A. DE C.V.,….” DEBE DECIR: “…INMUEBLES VENUS, S.A. DE C.V.,…” PAGINA 15: Párrafo 1. DICE “…INMOBILIARIA VENUS, S.A. DE C.V.,….” DEBE DECIR: “…INMUEBLES VENUS, S.A. DE C.V.,…” (Firma) Representadas por el Sr. José Guadalupe Gutiérrez Méndez

  IMPULSORA COMERCIAL ASEA, S.A. DE C.V. PRIMERA CONVOCATORIA De conformidad con lo dispuesto en los artículos 180, 181, 183, 186 y 187 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y lo estipulado en el artículo 12 fracciones I, III y IV de los estatutos sociales, se convoca a los accionistas de IMPULSORA COMERCIAL ASEA, S.A. de C.V., a la Asamblea General Ordinaria que se celebrará el día 18 de Marzo de 2010, a las 10:00 hrs., en el domicilio de la sociedad, ubicado en Nicolás San Juan No. 343, Colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, D.F., C.P. 03100 y durante la cual se tratarán los asuntos contenidos en el siguiente: ORDEN DEL DIA I.- Instalación de la Asamblea. II.- Suscripción de acciones depositadas en la tesorería de la sociedad. III.- Designación de Delegado Especial.

(Firma) MARÍA ELOISA PANDO ESCUDERO Comisario de la Sociedad

3 de Marzo de 2010

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PELICULAS RODRIGUEZ, S. A. DE C.V. México, D. F., a 23 de noviembre de 2009. ISMAEL RODRIGUEZ VEGA, en mi carácter de Administrador Único de la Sociedad Mercantil denominada PELICULAS RODRIGUEZ, S. A. DE C. V., me permito informar: 1º.- Por Asamblea General Ordinaria de Accionistas celebrada el día 23 de noviembre de 2009, se acordó entre otros puntos el aumento de capital social de la Sociedad en su parte variable, de la cantidad de TRES MILLONES SETECIENTOS VEINTICINCO MIL PESOS, Moneda Nacional, a la suma de OCHO MILLONES CIENTO TRES MIL SEISCIENTOS QUINCE PESOS, Moneda Nacional, emitiendo las acciones correspondientes, mismas que una vez suscritas deberán ser pagadas en un término de tres meses contados a partir de la fecha de la asamblea, de conformidad con lo establecido en la cláusula octava de los Estatutos Sociales. 2º.- Se acordó que los accionistas de la sociedad de conformidad con el artículo 132 de la Ley General de Sociedades Mercantiles cuentan con un término de 15 días para ejercitar su derecho de preferencia para la suscripción, en la proporción del número de sus acciones, para suscribir las acciones emitidas en virtud del aumento de capital antes mencionado. 3º.- Para el caso de que los accionistas no ejerciten su derecho de preferencia para suscribir las acciones emitidas en virtud del aumento de capital social variable de la sociedad de PELICULAS RODRIGUEZ, S. A. DE C. V., el señor ISMAEL RODRIGUEZ VEGA, suscribirá las acciones emitidas en virtud del aumento de capital antes mencionado.

Atentamente (Firma) Ismael Rodríguez Vega Administrador Único de la Sociedad

         

     

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3 de Marzo de 2010

TERMINAL DE LNG DE ALTAMIRA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE

Con fundamento y para los efectos de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se informa que por UN ACTA DE RESOLUCIONES UNANIMES POR ESCRITO ADOPTADAS FUERA DE ASAMBLEA POR LOS SOCIOS

DE LA SOCIEDAD denominada “TERMINAL DE LNG DE

ALTAMIRA”, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE de fecha 21 de Abril del año 2009, aprobó, entre otros puntos, la reducción del capital en la parte variable del capital social de la Sociedad en la cantidad de $21,400,000.00 (Veintiún Millones Cuatrocientos Mil Dólares 00/100 Moneda de los Estados Unidos de América) que al tipo de cambio $13.1558 pesos por cada dólar, equivale a $281,534,120

(Doscientos Ochenta y Un

Millones, Quinientos Treinta y Cuatro Mil Ciento Veinte Pesos 00/100M.N) y como consecuencia de la reducción de capital previamente aprobado, a partir de esa fecha el capital de la Sociedad quedó integrado de la siguiente manera:

Socios

Partes

Serie A

Serie B

Total

1

$ 7,100,564

$ 200,633,340

$ 207,733,904

1

$ 7,100,564

$ 200,633,340

$ 207,733,904

1

$ 7,100,564

$ 200,633,340

$ 207,733,904

1

$ 7,100,564

$ 200,633,340

$ 207,733,904

$ 28,402,256

$ 802,533,360

$ 830,935,616

Sociales Cactus Energy Investment B.V. Total Gas & Power Mexico B.V. Shell Gas Developments (V) B.V. Shell Gas B.V. Subtotal Total

4

$ 830,935,616

(Firma) LIC. EDGAR ERIC GARZON ZUÑIGA NOTARIO PÚBLICO No.143 DEL ESTADO DE MÉXICO

 

3 de Marzo de 2010

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  EDEN BIOSCIENCE MÉXICO, S DE RL DE CV AVISO DE DISOLUCION Y DE LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD. Para los efectos del artículo 246, 247 y demás disposiciones aplicables de los Estatutos Sociales de la Sociedad y de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se comunica que en la asamblea general extraordinaria de socios de EDEN BIOSCIENCE MÉXICO, S DE RL DE CV., celebrada el 16 de octubre de 2009, se aprobó la disolución y liquidación de la sociedad, designándose liquidador único al L.C.C. Pablo Alejandro Limón Mestre, con todas las facultades y obligaciones que establece la Ley General de Sociedades Mercantiles y los Estatutos Sociales de la sociedad. Para constancia y para los efectos de la publicación correspondiente se transcriben a continuación los balances de EDEN BIOSCIENCE MÉXICO, S DE RL DE CV., debidamente aprobados por la asamblea general extraordinaria de socios del 30 de diciembre de 2009, correspondiente al periodo que concluye en esa misma fecha.

BALANCE GENERAL FINAL DE LIQUIDACION AL 30 DE DICIEMBRE DE 2009. cifras en pesos 0.00

Activo

Total del Activo

0.00 0.00

Pasivo Total del Pasivo

0.00

Capital Contable Capital Social Pérdidas por amortizar

3,000.00 -3,000.00

Total del Capital Contable

0.00

Total Pasivo y Capital

0.00

México, D.F. a 25 de Enero de 2010. Liquidador (Firma) L.C.C. Pablo Alejandro Limón Mestre R.F.C. LIMP6101283H0

 

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3 de Marzo de 2010

CHRYSLER DE MÉXICO, S.A. DE C.V. INMUEBLES CHRYSLER DE MÉXICO, S.A. DE C.V. AVISO DE FUSION Mediante acuerdos adoptados en las asambleas generales extraordinarias de accionistas de fecha 11 de febrero de 2010, de Chrysler de México, S.A. de C.V., y de Inmuebles Chrysler de México, S.A. de C.V., y en el convenio de fusión celebrado por ambas en dicha fecha, dichas sociedades resolvieron fusionarse, desapareciendo la segunda como sociedad fusionada, y subsistiendo la primera, Chrysler de México, S.A. de C.V., como sociedad fusionante, de conformidad con lo siguiente: 1. Entre las partes y sus accionistas, la fusión surtirá sus efectos y se llevara a cabo con cifras al 30 de noviembre de 2009, y ante terceros surtirá sus efectos tres meses después de que se hayan inscrito los acuerdos de fusión en el Registro Público de Comercio y haber transcurrido tres meses a partir de dicha inscripción sin que se haya formulado oposición de tercero. 2. Al surtir efectos la fusión, todos los activos, bienes y derechos, así como todos los pasivos, obligaciones y responsabilidades de toda índole, y en general todo el patrimonio sin reserva ni limitación alguna de Inmuebles Chrysler de México, S.A. de C.V., pasarán a título universal a Chrysler de México, S.A. de C.V. 3. Una vez que surta efectos legales la fusión, Chrysler de México, S.A. de C.V., asumirá todas y cada una de las obligaciones pendientes de Inmuebles Chrysler de México, S.A. de C.V., en la forma, términos y condiciones pactados. Se publica este aviso de fusión conjuntamente con los últimos balances generales de de México, S.A. de C.V., y de Inmuebles Chrysler de México, S.A. de C.V., en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. México, D.F., a 11 de febrero de 2010. Delegado Especial de las Asambleas de Accionistas María Cristina Alcalá Rosete Rúbrica.

3 de Marzo de 2010

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INMUEBLES CHRYSLER DE MEXICO, S. A. DE C. V. Balance General internos 30 de Noviembre de 2009 (Miles de pesos mexicanos)

Activo

2009

Activo circulante: Efectivo y equivalentes

$

339

Chrysler México Holding S. de R. L. de C. V. compañía tenedora

343,992

Total del activo circulante

344,331

Impuesto al Valor Agregado por Cobrar

870

Impuestos a la utilidad

12,222 $

357,423

Pasivo y Capital Contable

Capital contable : Capital social

275,540

Utilidades retenidas Efecto acumulado de impuestos a la utilidad diferidos

81,883

Total del capital contable

357,423

Compromisos y pasivos contingentes $ Delegado Especial de las Asambleas de Accionistas María Cristina Alcalá Rosete (Firma)

357,423

CHRYSLER DE MEXICO, S. A. DE C. V. Balances Generales Internos 30 de noviembre de 2009 (Miles de millones de Pesos mexicanos) Activo Activo circulante: Efectivo y equivalentes Clientes

Pasivo y Capital Contable Pasivo circulante:

2009 $

Compañías relacionadas Otras cuentas por cobrar Inventarios, neto Pagos anticipados

156,656 2,427,933 4,615,282 942,317 6,199,254 780,497

Total del activo circulante

2009

$ Proveedores Pasivos acumulados Provisiones Impuestos a la utilidad Participación de los trabajadores en la utilidad Compañías relacionadas

6,331,772 1,520,143 6,153,328 115,231 7,710,558

15,121,940 Total del pasivo circulante

otros activos

21,831,031

19,703

Inmuebles, maquinaria y equipo, neto

26,506,489 Pensiones, primas de antigüedad y otros beneficios por retiro

706,173

Impuesto a la utilidad a largo plazo Impuestos a la utilidad y participación de los trabajadores en la utilidad, diferidos

153,524

Total del pasivo

22,690,729

Capital contable Capital social Utilidades retenidas

9,619,976 9,337,427

Total del capital contable Compromisos y pasivos contingentes $

41,648,132 Delegado Especial de las Asambleas de Accionistas María Cristina Alcalá Rosete

18,957,403

$

41,648,132

CONSORCIO DE TELECOMUNICACIONES CABLEMÁS, S.A. DE C.V. Balance Final de Liquidación Al 31 de Diciembre de 2009. (Cifras expresadas en pesos históricos)

ACTIVO:

PASIVO:

Total Pasivo

0

CAPITAL:

Capital social Capital social suscrito no exhibido

Total Activo

0

(Firma) Lic. Rafael Lira Oaxaca Dirección de finanzas Liquidador

50,000 (50,000)

Total de Capital Contable

0

Total Pasivo y Capital

0

RED PÚBLICA DE TELECOMUNICACIONES DE TULUM, S.A. DE C.V. Balance Final de Liquidación Al 31 de Diciembre de 2009. (Cifras expresadas en pesos históricos)

ACTIVO:

PASIVO:

Total Pasivo

0

CAPITAL:

Capital social Capital social suscrito no exhibido

Total Activo

0

(Firma) Lic. Rafael Lira Oaxaca Dirección de finanzas Liquidador

50,000 (50,000)

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EDICTOS AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL – MEXICO – JUZGADO DECIMO QUINTO DE LO CIVIL “A” SECRETARIA EXP 147/2009. EDICTO En los autos del Juicio EJECUTIVO MERCANTIL seguido por BANCO J.P. MORGAN, S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, J.P. MORGAN GRUPO FINANCIERO DIVISION FIDUCIARIA en contra de ROBERTO RAMIREZ RAMIREZ, expediente número 147/2009, el C. Juez Décimo Quinto de lo Civil, ordeno mediante acuerdo de fecha tres de Febrero de dos mil diez, se emplazara a la parte demandada en el presente Juicio señor Roberto Ramírez Ramírez, por medio de edictos, haciendo de su conocimiento que en la Secretaria de Acuerdos “A” de este Juzgado Décimo Quinto de lo Civil, se encuentran las copias simples de traslado, así mismo se le informa que tiene un termino de SESENTA DIAS, para contestar la demanda entablada en su contra, lo anterior con fundamento por lo establecido por el artículo 1070 del Código de Comercio. México, D.F., a 11 de Febrero de 2010 LA C. SECRETARIA DE ACUERDO “A” LIC. HERMELINDA MORAN RESENDIS RUBRICA Para su publicación por TRES VECES CONSECUTIVAS, en la “GACETA DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL” 

EDICTO EMPLAZAMIENTO A: GESPROCONSVIV S.A. DE C.V. EN LOS AUTOS DEL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL PROMOVIDO POR FRAGOSO MARTINEZ GERARDO EN CONTRA DE USTED, EXPEDIENTE NUMERO 525/2008, EL C. JUEZ CUADRAGESIMO SEXTO DE LO CIVIL, ORDENO POR UATO DE FECHA CINCO DE FEBRERO DE DOS MIL NUEVE EMPLAZARLE A JUICIO POR MEDIO DEL PRESENTE, HACIENDOLES SABER QUE DEBEN PRESENTARSE A CONTESTAR LA DEMANDA DENTRO DEL TERMINO DE NUEVE DIAS HABILES CONTADOS A PARTIR DE LA ULTIMA PUBLICACION DE LOS EDICTOS CON EL APRECIBIMIENTO DE LEY RESPECTIVO PARA EL CASO DE NO HACERLO, QUEDANDO LAS COPIAS DE TRASLADO RESPETIVAS A SU DISPOCISION EN LA SECRETARIA “A” DEL JUZGADO. LO QUE HAGO DE SU CONOCIMIENTO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. México, D.F. a 9 de Febrero del 2009. LA. C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A” (Firma) LIC. ANDREA AMANTE NAPOLES PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES CONSECUTIVAS EN EL BOLETIN JUDICIAL, EN EL DIARIO DE MEXICO Y EN LA GACETA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL.

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(Al margen izquierdo y superior dice: JUZGADO 7º CIVIL.- SEC.”B”.- EXP. 172/2010.- “2010 Bicentenario de la Independencia de México y Centenario de la Revolución Mexicana”.- EXP. 172/2010) EDICTO. NOTIFICACIÓN A LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN AFECTADOS, TERCEROS, VICTIMAS U OFENDIDOS RESPECTO DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN CALZADA IGNACIO ZARAGOZA NÚMERO 491, ESQUINA CON CALLE TREINTA Y CINCO, COLONIA GÓMEZ FARIAS, DELEGACIÓN VENUSTIANO CARRANZA, cuyo giro o actividad comercial es la de HOSPITAL, denominado “HOSPITAL DE ORIENTE”, SIN CONTRAPRESTACION NI COMPENSACION ALGUNA PARA LA PARTE AFECTADA. En cumplimiento a lo ordenado en auto de fecha ocho de febrero del año dos mil diez dictado en los autos del juicio ESPECIAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO con numero de expediente 172/2010, de la Secretaria “B “seguido por el GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL en contra de INMOBILIARIA MEDICA ZARAGOZA S.A., la C. Juez Séptimo de lo Civil de Primera Instancia del H. Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, en cumplimiento con lo dispuesto por los artículos 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 4, 5, 22, 31, 32 fracción VII y VIII, 35, 40 fracciones IV y V de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, ordeno hacer del conocimiento de todas aquellas personas que se crean con derechos respecto del inmueble y objetos accesorios que lo conforman para su función, ubicado en CALZADA IGNACIO ZARAGOZA NÚMERO 491, ESQUINA CON CALLE TREINTA Y CINCO, COLONIA GÓMEZ FARIAS, DELEGACIÓN VENUSTIANO CARRANZA, cuyo giro o actividad comercial es la de HOSPITAL, denominado “HOSPITAL DE ORIENTE”, para que dentro del termino de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir de la ultima publicación del presente edicto, comparezcan por escrito, por si o por conducto de su Representante Legal a manifestar lo que a su derecho convenga y para que ofrezcan las pruebas con las que consideren se acreditara su dicho, apercibidos que, en caso de no comparecer y de no ofrecer pruebas dentro del termino antes concedido, precluira su derecho para hacerlo con posterioridad en este juicio, con fundamento en la fracción V del Articulo 40 de la Ley de Extinción de Dominio.--

A T E N T A M E N T E. MÉXICO D. F. A 08 de febrero del año 2010. LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS. (Firma) LIC. MARIA PATRICIA ORTEGA DIAZ. (Al margen inferior izquierdo un sello legible) Para su publicación por TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS HÁBILES, DEBIENDO MEDIAR ENTRE CADA PUBLICACIÓN DOS DÍAS HÁBILES, EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL.

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(Al margen superior izquierdo el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.- MEXICO.- “2010 BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA DE MÉXICO Y CENTENARIO DE LA REVOLUCIÓN MEXICANA”) E D I C T O. NOTIFICACION A LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN AFECTADOS, TERCEROS, VICTIMAS U OFENDIDOS RESPECTO DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN CALLE SAN HERMILO MANZANA 866, LOTE 3, COLONIA SANTA URSULA COAPA, DELEGACIÓN COYOACAN, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL IDENTIFICADO DE ACUERDO CON EL FOLIO REAL 00543177 COMO LOTE 3, MANZANA 866, ZONA 01, COLONIA SANTA URSULA COAPA, DELEGACIÓN COYOACÁN, D.F., SUPERFICIE EN M2: 249 M2. EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO EN AUTO DE FECHA DOS DE FEBRERO DE DOS MIL DIEZ, EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL DE EXTINCION DE DOMINIO, EXPEDIENTE NUMERO 144/2010, SEGUIDO POR EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL EN CONTRA DE VICENTA GAUDENCIA HERNANDEZ SALGADO TAMBIÉN CONOCIDA COMO VICENTA HERNANDEZ DE DOMINGUEZ EN SU CARÁCTER DE PARTE AFECTADA, PROPIETARIA DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN CALLE SAN HERMILO MANZANA 866, LOTE 3, COLONIA SANTA URSULA COAPA, DELEGACIÓN COYOACAN, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL IDENTIFICADO DE ACUERDO CON EL FOLIO REAL 00543177 COMO LOTE 3, MANZANA 866, ZONA 01, COLONIA SANTA URSULA COAPA, DELEGACIÓN COYOACÁN, D.F., SUPERFICIE EN M2: 249 M2………………………………………………………………………………………………………………………………. LA C. JUEZ SEXTO DE LO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, EN CUMPLIMIENTO CON LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 22 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS 4, 5, 22, 31, 32 FRACCION VII Y VIII, 35, 40 FRACCIONES IV Y V DE LA LEY DE EXTINCION DE DOMINIO PARA EL DISTRITO FEDERAL, ORDENÓ HACER DEL CONOCIMIENTO DE TODAS AQUELLAS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHOS RESPECTO DEL INMUEBLE UBICADO EN CALLE SAN HERMILO MANZANA 866, LOTE 3, COLONIA SANTA URSULA COAPA, DELEGACIÓN COYOACAN, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL IDENTIFICADO DE ACUERDO CON EL FOLIO REAL 00543177 COMO LOTE 3, MANZANA 866, ZONA 01, COLONIA SANTA URSULA COAPA, DELEGACIÓN COYOACÁN, D.F., SUPERFICIE EN M2: 249 M2, PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE DIEZ DIAS HABILES CONTADOS A PARTIR DE LA ULTIMA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO, COMPAREZCAN POR ESCRITO, POR SI O POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL A MANIFESTAR LO QUE A SU DERECHO CONVENGA Y PARA QUE OFREZCAN LAS PRUEBAS CON LAS QUE CONSIDEREN SE ACREDITARA SU DICHO, APERCIBIDOS QUE, EN CASO DE NO COMPARECER Y DE NO OFRECER PRUEBAS DENTRO DEL TERMINO ANTES CONCEDIDO, PRECLUIRÁ SU DERECHO PARA HACERLO CON POSTERIORIDAD EN ESTE JUICIO, CON FUNDAMENTO EN LA FRACCION V DEL ARTICULO 40 DE LA LEY DE EXTINCION DE DOMINIO.------------------------------------------------------------------------------------------------------------México, D.F. A 2 de febrero del 2010. EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B” (Firma) LIC. GABRIELA DELGADILLO ARRIAGA. (Al margen inferior izquierdo un sello que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.- MEXICO.- JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL) PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE TRES EN TRES DIAS HABILES, DEBIENDO MEDIAR ENTRE CADA PUBLICACIÓN DOS DÍAS HÁBILES, EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, EN EL BOLETIN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, EN EL PERIODICO EL SOL DE MÉXICO. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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(Al margen superior izquierdo un sello que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.- MEXICO.- JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL) EDICTO EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO TRAMITADO EN EL JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL CON EL NÚMERO DE EXPEDIENTE 184/2010, PROMOVIDO POR EL AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO ESPECIALIZADO EN EL PROCEDIMIENTO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, EN REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, EN CONTRA DE CONCEPCIÓN SANCHEZ ARRIAGA SE DICTO UN AUTO QUE A LA LETRA DICE: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - México, Distrito Federal, diez de febrero de dos mil diez. -------------------------------------------------------------------------------Con el escrito de cuenta suscrito por el licenciado ATILANO DAMIAN RAMIREZ, su carácter de Agente del Ministerio Público Especializado en el Procedimiento de Extinción de Dominio de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, en representación del GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL; fórmese expediente y regístrese en el Libro de Gobierno bajo el número 184/2010. En términos del escrito de cuenta se tiene por reconocida la personalidad al ocursante de conformidad con las copias certificadas del oficio número 100.061/09 de fecha uno de abril de dos mil nueve, acuerdo número A/005/09, que se acompaña, del que se advierte la calidad con la que se ostenta, el que se manda agregar a los autos para que surta los efectos legales correspondientes; asimismo, se tiene por reconocido el carácter de C. Agentes del Ministerio Público a los Licenciados que indica en términos de los nombramientos que precisa, así como por autorizadas a las personas que indica en términos del séptimo párrafo del artículo 112 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal; se tiene por señalado el domicilio que indica para oír y recibir notificaciones y documentos. Visto el contenido del escrito de cuenta, mediante el cual ejercita ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO en contra de CONCEPCIÓN SÁNCHEZ ARRIAGA en su carácter de afectada como propietaria del inmueble ubicado en CALLE LÁZARO CÁRDENAS, MANZANA DIECINUEVE, LOTE OCHO, GUION “F”, COLONIA LA CASILDA, BARRIO ALTO EN CUAUTEPEC, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL; acción que se ejercita con base en las actuaciones ministeriales que se contienen en las copias certificadas que acompañan de la Averiguación Previa número FRVT/ORIENTEII/T2/00392/09-06, en el expediente FPC/ED/T1/002/10-01, así como en las razones y consideraciones legales que se expresan en el escrito de cuenta, por lo que de conformidad con el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 3, 4, 5, 24, 32, 34, 35, 36, 37, 39, 40 y demás relativos y aplicables de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, 114, 116, 117 y relativos del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, de aplicación supletoria a la Ley especial citada, conforme al artículo 3, fracción II del citado ordenamiento, SE ADMITE A TRÁMITE la demanda planteada en la VÍA ESPECIAL DE JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, por lo que, con las copias simples que se acompañan del escrito de cuenta y de los anexos exhibidos, POR MEDIO DE NOTIFICACIÓN PERSONAL emplácese a CONCEPCIÓN SÁNCHEZ ARRIAGA en su carácter de parte afectada como propietaria del inmueble ubicado en CALLE LÁZARO CÁRDENAS, MANZANA 19, LOTE 8-F, COLONIA LA CASILDA, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, BARRIO ALTO EN CUAUTEPEC, CÓDIGO POSTAL 07150, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, para que en el término de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente a la notificación, comparezcan por escrito, por sí o por sus representantes legales a manifestar lo que a su derecho convenga, así como para que ofrezcan las pruebas que las justifiquen, apercibida la afectada que en caso de no comparecer a este procedimiento y de no ofrecer pruebas dentro del término otorgado, se declarará precluido su derecho para tal efecto. En consecuencia, a efecto de notificar de manera personal a la afectada, y toda vez que su domicilio se encuentra fuera de la jurisdicción de este Juzgado, con los insertos necesarios gírese atento exhorto al C. Juez competente de ZINAPECUARO, ESTADO DE MICHOACÁN, para que en auxilio de las labores de este Juzgado se sirva notificar y emplazar a la parte afectada CONCEPCIÓN SÁNCHEZ ARRIAGA, en el domicilio ubicado en RINCÓN DE JERAHUARO, SIN NÚMERO, LOCALIDAD RINCÓN DE JERAHUARO 58963, COLONIA HUAJUMBARO, ZINAPECUARO, ESTADO DE MICHOACÁN, para lo cual se conceden a la parte afectada DOS DÍAS MÁS en razón de la distancia para que de contestación; quedando el juez exhortado facultado para acordar todo tipo de promociones, girar oficios, habilitar días y horas inhábiles, y demás diligencias permitidas por la ley tendientes a dar cumplimiento a la diligencia aquí ordenada; se previene a la parte afectada para que señale domicilio dentro de la jurisdicción de este Juzgado para oír y recibir notificaciones con el apercibimiento que de no hacerlo las notificaciones posteriores, incluso las de carácter personal le surtirán sus efectos a través de boletín judicial.

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Proceda la encargada del turno a elaborar el exhorto antes ordenado de manera inmediata a efecto de ponerlo a disposición de la parte actora para que proceda a la diligenciación del mismo. ------------------------------------------------Por otra parte, de conformidad con el artículo 35 en relación con el artículo 40 de la Ley de Extinción de Dominio, publíquese el presente proveído por tres veces, de tres en tres días, debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en el Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, así como en el Periódico “EL SOL DE MÉXICO.”, llamando a las personas que se consideren afectadas, terceros, víctimas u ofendidos para que comparezcan a este procedimiento en el término de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente de la última publicación a manifestar lo que a su interés convenga, quedando los edictos respectivos a partir de esta fecha, a disposición del Agente del Ministerio Público ocursante para su debida tramitación y exhibición oportuna de las correspondientes publicaciones. ------------------------------------------------------------------------------------------Por lo que respecta a las pruebas que se ofrecen en el escrito de cuenta, de conformidad con el artículo 41 de la Ley de Extinción de Dominio del Distrito Federal, se provee sobre su admisión en los términos siguientes: Se admiten las pruebas ofrecidas consistentes en: LA DOCUMENTAL PÚBLICA relativas a las copias certificadas de la Averiguación Previa número FRVT/ORIENTEII/T2/00392/09-06, de la Fiscalía Central de Investigación de Robo de Vehículos de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal por hechos que se consideran constitutivos de delito por el delito de Robo de Vehículo ofrecidas en los apartados uno, dos y cuatro, del capitulo de pruebas del escrito de cuenta, se admite la DOCUMENTAL PÚBLICA consistente en las copias certificadas del expediente número FPC/ED/T1/002/10-01, mediante el cual el C. Agente del Ministerio Público Especializado en el Procedimiento de Extinción llevo a cabo las diligencias para la integración del expediente sobre extinción de dominio; asimismo, se admite LA PRUEBA CONFESIONAL a cargo de la parte afectada CONCEPCIÓN SÁNCHEZ ARRIAGA propietaria del inmueble ubicado en CALLE LÁZARO CÁRDENAS, MANZANA 19, LOTE 8-F, COLONIA LA CASILDA, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, BARRIO ALTO EN CUAUTEPEC, CÓDIGO POSTAL 07150, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, al tenor de las posiciones que en su oportunidad sean formuladas por la parte actora, a quien en su momento procesal oportuno se deberá citar para que comparezcan personalmente y no por conducto de apoderado el día y hora que se señale para la audiencia de ley, apercibida que de no comparecer sin justa causa, se le tendrá por confesa de las posiciones, que en su caso, sean calificadas de legales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 322 y 323 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, supletorio de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, de conformidad con el artículo 3º fracción II de este último ordenamiento. Se admite la prueba de ratificación, ofrecida en el apartado seis a cargo de los CC. Policías Judiciales ERICK ESTEBAN LEÓN CHAVEZ, JUAN CARLOS DÍAZ MENDEZ, OSCAR JUVENTINO GARCÍA GARCÍA Y CARLOS ALDANA GONZÁLEZ, personas a quienes se ordena citar en forma personal a través del C. Actuario de este Juzgado, para que comparezcan el día y hora que se señale en su momento procesal oportuno a efecto de ratificar las declaraciones rendidas en la averiguación previa número FRVT/ORIENTEII/T2/00392/09-06, apercibidos que de no comparecer sin justa causa, se les impondrá una multa hasta por el equivalente a CIEN DÍAS de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 44 del ordenamiento especial en consulta, para lo cual en su oportunidad constitúyase el C. Actuario en el domicilio indicado por el actor. Para el caso de resultar falso o inexacto el domicilio que se proporciona se apercibe a la parte actora que se declarará desierta la prueba. Se admite la testimonial a cargo de SUSANA ANGÉLICA OLLOQUI SOTELO Y JUAN JOSE ESPINOZA NAVA, personas a quienes se ordena citar en forma personal a través del C. Actuario de este Juzgado, para que comparezcan el día y hora que se señale en su momento procesal oportuno a rendir testimonio sobre los hechos precisados en el escrito de cuenta, apercibidos que de no comparecer sin justa causa, se les impondrá una multa hasta por el equivalente a CIEN DÍAS de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, para el caso de resultar falso o inexacto el domicilio que se proporciona como de sus testigos, se apercibe a la parte actora que se declarará desierta la prueba de conformidad con lo dispuesto por el artículo 44 de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, Se admite la instrumental de actuaciones y presuncional en su doble aspecto legal y humana.-----------------------------------------Por cuanto a las MEDIDAS CAUTELARES que se solicitan consistente en la prohibición para enajenar y gravar el bien inmueble ubicado en CALLE LÁZARO CÁRDENAS, MANZANA 19, LOTE 8-F, COLONIA LA CASILDA, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, BARRIO ALTO EN CUAUTEPEC, CÓDIGO POSTAL 07150, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, identificado de acuerdo con el folio real 678927 como LOTE 25, MANZANA 71, ZONA 11, COLONIA CUAUTEPEC, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, así como el aseguramiento de dicho inmueble y del menaje de casa que lo conforma, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 y 15 de la Ley de Extinción de Dominio del Distrito Federal, se conceden dichas medidas mismas que surten efectos desde luego, por lo tanto

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gírese atento oficio al C. Director del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Federal para que haga la anotación correspondiente en el sentido de la prohibición para enajenar y gravar el bien inmueble indicado y se anote a costa de la parte actora en los antecedentes registrales del citado inmueble que obran en el folio real 678927, y así quede perfeccionada dicha medida. Asimismo, mediante atento oficio que se gire al C. Oficial Mayor del Gobierno del Distrito Federal, hágase de su conocimiento esta medida para los efectos de las responsabilidades que como depositario del bien inmueble que se hace mención y menaje que se encuentre en el interior del inmueble, contrae, el que de inmediato queda bajo su responsabilidad debiendo realizar las diligencias necesarias para su debida conservación; para lo cual se le previene para que dentro del termino de tres días comparezca al local de este Juzgado a aceptar y protestar el cargo como depositario judicial, para los efectos legales a que haya lugar. En la inteligencia de que dichas medidas cautelares decretadas deberán alcanzar a los propietarios, poseedores, quienes se ostenten como dueños, depositarios, interventores, administradores, albaceas o a cualquier otro que tenga algún derecho sobre dicho bien, lo anterior con fundamento en el artículo 12 de la Ley de Extinción de Dominio de esta localidad. Proceda el C. Secretario a despachar los oficios que aquí se ordenan por conducto del personal del Juzgado en forma inmediata y pónganse los mismos a disposición de la parte actora para su debida tramitación. NOTIFÍQUESE. Así lo acordó y firma la C. Juez Octavo de lo Civil, quien actúa ante el C. Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe. Doy fe. - - ----------------------------------------------------------------------------------------------LO QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO DE TODAS AQUELLAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN AFECTADOS, TERCEROS, VICTIMAS U OFENDIDOS QUE PUEDEN COMPARECER A ESTE PROCEDIMIENTO EN EL TÉRMINO DE DIEZ DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN A MANIFESTAR LO QUE A SU INTERÉS CONVENGA EN RELACIÓN A DICHO INMUEBLE.- - -------------MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, FEBRERO 11 DE 2010. EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B” (Firma) LIC. SILVIA GELOVER BERNABÉ (Al margen inferior derecho un sello legible) Para su publicación por tres veces, de tres en tres días, debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en el Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, así como en el Periódico “El Sol de México”

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AVISO PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que la Gaceta Oficial del Distrito Federal será publicada de lunes a viernes y los demás días que se requieran a consideración de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos. No se efectuarán publicaciones en días de descanso obligatorio. SEGUNDO. Las solicitudes de publicación y/o inserción en la Gaceta Oficial del Distrito Federal se sujetarán al siguiente procedimiento: I. El documento a publicar deberá presentarse ante la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, en la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios para su revisión, autorización y, en su caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera que aparezca la publicación, en el horario de 9:00 a 13:30 horas; II. El documento a publicar deberá ser acompañado de la solicitud de inserción dirigida a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, y en su caso, el comprobante de pago expedido por la Tesorería del Distrito Federal. III. El documento a publicar se presentará en original legible y debidamente firmado (nombre y cargo) por quien lo emita. TERCERO. La cancelación de publicaciones en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, procederá cuando se solicite por escrito a más tardar, el día siguiente a aquél en que se hubiera presentado la solicitud, en el horario de 9:00 a 13:30 horas. CUARTO. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como publicaciones se requieran. QUINTO. La información a publicar deberá ser grabada en disco flexible 3.5 o Disco Compacto, en procesador de texto Microsoft Word en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones: I. II. III. IV. V. VI. VII. VIII.

Página tamaño carta; Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2; Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3; Tipo de letra CG Times, tamaño 10; Dejar un renglón como espacio entre párrafos; No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento; Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas de Word ocultas; y Etiquetar el disco con el título que llevará el documento.

SEXTO. La ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal son de estricta responsabilidad de los solicitantes.

AVISO IMPORTANTE Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados, por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.

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DIRECTORIO Jefe de Gobierno del Distrito Federal MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON Consejera Jurídica y de Servicios Legales LETICIA BONIFAZ ALFONZO Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos LIC. REBECA ALBERT DEL CASTILLO INSERCIONES Plana entera........................................................................... $ 1,404.00 Media plana ................................................................................ 755.00 Un cuarto de plana ...................................................................... 470.00

Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo, C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza. Consulta en Internet http://www.consejeria.df.gob.mx/gaceta/index.

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V., CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA No. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860. TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80 (Costo por ejemplar $42.00)

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