Generalidades del Derecho de Familia

Sesión 4 – Unidad 1 – Derecho de Familia Generalidades del Derecho de Familia Definiciones de Familia Del concepto de familia se puede plantear disti

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Derecho de familia
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DERECHO DE FAMILIA 1
DERECHO DE FAMILIA1 LA FAMILIA Y EL MATRIMONIO Sumario: PRIMERA PARTE: LA FAMILIA I.- GENERALIDADES SOBRE LA FAMILIA II.- EL PARENTESCO III.- EL DEREC

RAMO: DERECHO DE FAMILIA
RAMO: DERECHO DE FAMILIA UNIDAD I FAMILIA, GENERALIDADES Y MATRIMONIO 1. CONCEPTOS FUNDAMENTALES DE DERECHO DE FAMILIA La familia, como concepto so

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Sesión 4 – Unidad 1 – Derecho de Familia

Generalidades del Derecho de Familia Definiciones de Familia Del concepto de familia se puede plantear distintas definiciones, así pueden existir definiciones jurídicas, biológicas y definiciones sociológicas o sociales. Etimológicamente familia proviene de la voz latina familia, la cual deriva de famulus que a su vez procede del osco famel, que significa siervo y, más remotamente, del sanscrito vama, hogar o habitación, significando por consiguiente, el conjunto de personas y esclavos que moraban con el señor de la casa. La familia es la agrupación humana histórica y jurídicamente de más profundo arraigo en nuestra civilización, ha sido conceptualizada en distintos sentidos, por muchas disciplinas y con diversos alcances; todo concepto es importante para la disciplina que lo fórmula, así para la ciencia del Derecho es trascendental el concepto jurídico de familia, pero creemos que antes es necesario conceptualizarla en su aspecto biológico y social, ya que aquellos inciden directamente en el campo jurídico.

Definiciones biológicas "La familia como agrupación natural es un organismo con profundo arraigo biológico, que surge como consecuencia de los instintos genésico y maternal." Sara Montero considera que en su aspecto biológico la familia es un "grupo humano primario natural e irreductible, que se forma por la unión de la pareja hombre-mujer" En dicha definición se observa que los instintos de conservación y reproducción son básicamente los que impulsan a los seres humanos a convivir. Sin embargo, la unión sexual pasajera o aislada no configura familia, a menos que de esta unión surjan hijos que darán lugar a las relaciones entre padres e hijos. Para que la unión de la pareja dé origen a la relación familiar se requiere la permanencia más o menos prolongada y la cohabitación, pues aunque no existan hijos, hombre y mujer que cohabitan en forma permanente constituyen familia.

Definiciones sociales A través de la familia las personas se integran a la sociedad, y al Estado, razón por la cual, muchos autores la consideran una institución de carácter eminentemente social, que constituye la base de toda sociedad moderna a la cual el Estado debe promover y proteger. Desde una perspectiva sociológica, la familia es una institución permanente que está integrada por personas cuyos vínculos derivan de la unión intersexual, de la procreación y del parentesco. Antonio Cicú afirma que: "la familia se presenta como agregado de formación natural y necesaria y como un hecho social que la muestra como organismo anterior y superior al Estado". Zannoni, por su parte sostiene que "La familia es ante todo una institución social. En su concepción moderna puede definirse como un régimen de relaciones sociales institucionalizadas a partir de la unión sexual y la procreación, dicho en otros términos la familia se capta en la constitución de

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relaciones cuya base biológica-unión sexual y procreación constituyen objeto de reconocimiento social, valoración ética e integración en el sistema de cultura". También sostiene que “desde una perspectiva sociológica la familia es una institución permanente que está integrada por personas cuyos vinculas derivan de la unión intersexual, de la procreación y del parentesco". Josserand por su parte expresa que “la familia constituye el elemento indispensable de cohesión y equilibrio social". El contenido del mismo no se agota únicamente en el aspecto biológico ni en el social, pues es indudable que la familia necesita un reconocimiento por parte del Estado consagrando el vínculo que une a los esposos entre sí, a los hijos con sus padres y otras relaciones familiares, que dé obligatoriedad a estas relaciones, que haga surgir derechos y deberes. Por eso es que el Estado, para lograr el desenvolvimiento de la familia, reconoce a través de la ley los vínculos y relaciones familiares biológicas y sociales, dándoles relevancia jurídica.

Definiciones Jurídicas Para muchos autores no es posible establecer un concepto jurídico de familia, pues a veces hay que hacer una enunciación general y a veces restringir su significación y además debe de atenderse a la naturaleza tan versátil y cambiante de esta institución jurídica. Eduardo A. Zannoni, desde la perspectiva jurídico doctrinaria, dice que: "La Familia es el conjunto de personas entre las cuales existen vínculos jurídicos, interdependientes y recíprocos, emergentes de la unión sexual y la procreación". Para Enrique Díaz de Guijarro: "La Familia es una institución social, permanente y natural compuesta por un grupo de personas ligadas por vínculos jurídicos emergentes de la relación intersexual y de la filiación". Para Sara Montero Duhalt: “Familia es el conjunto de personas unidas por lazos de matrimonio, concubinato o parentesco”. Belluccio manifiesta que Familia es una palabra a la cual pueden asignarse diversas significaciones: una amplia, una restringida y una intermedia. a. Familia en sentido amplio: Familia como parentesco, es el conjunto de personas con las cuales existe algún vínculo jurídico de orden familiar. b. Familia en sentido restringido (pequeña familia, familia conyugal, parentesco inmediato o núcleo paterno filial) En el sentido más restringido, la familia comprende sólo el núcleo paterno filial, es decir, la agrupación formada por el padre, la madre y los hijos que viven con ellos o que están bajo su potestad. c. Familia en sentido intermedio (como un orden jurídico autónomo) En el concepto intermedio, familia es el grupo social integrado por las gentes que viven en una casa, bajo la autoridad del señor de ella". Guillermo A. Borda, por su parte distingue el concepto de familia en sentido propio, limitado y en un sentido amplio.

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a. En sentido propio y limitado; la familia está constituida por el padre la madre y los hijos que viven bajo un mismo techo; b. En sentido amplio: suele incluirse en la familia a los parientes cercanos que proceden de un mismo tronco o que tienen un estrecho vínculo de afinidad. Una definición jurídica-legal la encontramos en el Código de Familia de El Salvador, donde en su art. 2 referido al concepto de familia se señala que: “La familia es el grupo social permanente, constituido por el matrimonio, la unión no matrimonial o el parentesco”. En la realidad actual dicha definición es criticable por incompleta, ya que únicamente incluye al matrimonio, este reconocido sólo entre un hombre y una mujer; la unión no matrimonial, igual que el matrimonio y al parentesco como únicas fuentes para constituir familia. Esa concepción de familia se vuelve reduccionista y anticuada para enmarcar a toda la gama de construcciones sociales reales de organizaciones familiares. Sólo piénsese en aquellos grupos no reconocidos legalmente como familia constituidos por personas del mismo sexo que-de hecho- cumplen con responsabilidades parentales-filiales respecto de un niño o niña determinada que ha quedado bajo su guarda y cuidado personal, por cualquiera circunstancia que fuera. Por ejemplo el caso de un hombre o mujer que producto de una relación anterior lleva un hijo o hija pero que construye una nueva relación de pareja con otra persona del mismo sexo; o incluso la sola relación de pareja entre ambas personas del mismo sexo queda excluida del concepto legal de familia. Esta realidad ni está reconocida legalmente en nuestra legislación de familia salvadoreña, ni se le ha dado una respuesta jurídica adecuada, y ¿hay alguna duda de si pueden constituir una familia? En los términos en que está redactado el art. 2 C.F., pues se evidencia un obstáculo insalvable si se realiza una interpretación textual de las disposiciones legales para enmarcar estas relaciones. En dicho concepto se comprende tanto la familia nuclear como la familia extensa y además establece que también constituye familia el grupo social originado de la unión no matrimonial.

Funciones de la familia Hablar de las funciones de la familia es simplemente responderse para qué sirve la familia, a esta interrogante se dará respuesta a continuación. Para la jurista mexicana Sara Montero Duhalt, las funciones propias de la familia no son exclusivas, pues pueden cumplirse por otras formas e instituciones sociales, sin embargo resalta la importancia del papel que desempeña la familia en el desarrollo de la comunidad, ella enuncia las funciones de la familia así:

Función reguladora de las relaciones sexuales La familia es la reguladora por excelencia de las relaciones sexuales, en base a esta idea la mayoría de legislaciones consagran el matrimonio como el fundamento legal de la familia. y el hecho de que existan relaciones sexuales al margen del matrimonio no le quita a la familia su función reguladora de dichas relaciones.

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Función de reproducción de la especie Procreación y familia generalmente actúan como sinónimos, pero es indudable que puede haber familia sin que exista reproducción, como el caso de la pareja sin hijos, también es cierto que a veces se da la reproducción sin que se creen lazos familiares, por ejemplo cuando una madre soltera abandona a su hijo, por ello la reproducción, más que función de la familia, se convierte en fuente de la misma.

Función económica Esta función presenta un doble aspecto, la familia actúa como productora de bienes y servicios y como unidad de consumo, este doble aspecto se dio mucho en el pasado, en la actualidad se da más que todo en el medio rural, en el medio urbano la familia actúa más que todo como unidad de consumo.

Función educativa Esta es quizás la función más importante por su universalidad y trascendencia social, el papel que desempeña la familia como socializadora y educadora es importantísimo, pues como bien se ha señalado, es dentro de la familia donde se moldea el carácter y donde se adquieren las normas éticas básicas.

Función afectiva La familia es la que de una forma natural proporciona al ser humano el afecto que es imprescindible para su equilibro mental y emocional, es decir que dentro de la gama de afecciones humanas nada puede compararse con la satisfacción que proporciona el cariño de una familia bien integrada. Respecto a la funciones de la familia podemos decir que el ideal de toda sociedad es que la familia pueda desempeñarlas de la mejor forma posible, ya que la experiencia ha demostrado que cuando alguna función propia de la familia es trasladada a otras instituciones sociales, tal cambio no ha producido los resultados esperados lo que nos lleva a afirmar que las funciones, roles o fines de la familia dentro del contexto social son intransferibles.

Importancia jurídica de la familia La familia es determinante en el desarrollo de las personas y de la sociedad, de ahí su importancia jurídica ya que las normas que regulan las relaciones familiares inciden en lo más íntimo del ser humano, como son sus relaciones conyugales y filiales por lo tanto el Derecho de Familia necesariamente debe comprender valores éticos, morales y jurídicos tratando de armonizarlos sin excluir ninguno. El hecho de que la familia se base principalmente en el amor, que es la causa del matrimonio y de las uniones no matrimoniales, que asimismo se manifiesta en las relaciones paterno filiales y en las demás relaciones familiares, hacen que esta rama del derecho sea especial y que deba ser regulado por cada país de acuerdo a la realidad de su propia familia nacional, a fin de que pueda lograse la protección social y jurídica de la familia, reglamentando los derechos y obligaciones familiares, y estableciendo los derechos del Estado hacia la familia, todo ello en función de la promoción y bienestar familiar.

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Recursos complementarios Recurso: La familia en el marco de la sociedad global venezolana Sitio: www.clases.ugb.edu.sv Accede al sitio a través de este enlace>>>

Actividad de evaluación Nombre de la actividad Tipo de actividad Objetivo Instrucciones

Foro de discusión: Las funciones y los retos de las familias contemporáneas frente a la globalización Individual Fomentar la investigación y el pensamiento crítico Antes de comentar en el foro sobre los retos de las familias contemporáneas deberá: 1. Realizar una pequeña investigación sobre artículos que hablen sobre el tema 2. A continuación, en un párrafo de máximo 500 palabras explique su opinión al respecto dándole respuesta a la interrogante siguiente: ¿cuáles son los perjuicios y beneficios para las familias ante a la globalización? 3. Deberá dejar constancia de la información pertinente de las fuentes consultadas: nombre del artículo, autor, institución, ciudad, enlace o link consultado, fecha de consulta.

Fecha de entrega Criterios de evaluación

4. Su aporte será enviado a través del foro correspondiente a la presente semana. La fecha límite de participación será el día domingo al final de la semana 4 a las 11:55 pm.  Originalidad  Capacidad de síntesis y análisis.  Uso de lenguaje crítico.

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