Guía para la homologación de los Sistemas de apuestas en base al Reglamento de apuestas de la Comunidad Valenciana y al Marco Técnico de Referencia

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Guía para la homologación de los Sistemas de apuestas en base al Reglamento de apuestas de la Comunidad Valenciana y al Marco Técnico de Referencia versión 2.0

TABLA DE CONTENIDOS

OBJETO DEL DOCUMENTO....................................................................................................... 3 ALCANCE DE LA HOMOLOGACIÓN ......................................................................................... 4 CONTROL DE IDENTIDAD DE LOS APOSTANTES. LIMITACIONES...................................... 6 REQUISITOS DEL RESGUARDO................................................................................................ 7 REQUISITOS DE INFORMACIÓN A LOS APOSTANTES ......................................................... 9 MODELO DE COBRO Y PAGO DE APUESTAS ...................................................................... 10 SEGURIDAD LOGICA................................................................................................................ 12 SEGURIDAD FISICA .................................................................................................................. 26 CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE .................................................................. 28 OTRAS VERIFICACIONES ........................................................................................................ 29

2

OBJETO DEL DOCUMENTO El propósito de esta guía es servir de ayuda y de orientación a los laboratorios de ensayo para los procesos de homologación de sistemas de apuestas, mediante la proposición de un conjunto de controles. Los controles propuestos en esta guía se han obtenido en base al análisis de los requerimientos establecidos en el Reglamento de Apuestas. Son controles orientativos, y no únicos de forma que podrían existir controles sustitutivos, complementarios, y diferentes a los incluidos en este documento que podrían garantizar de la misma forma el cumplimiento de lo establecido en el Reglamento de Apuestas de la Comunidad Valenciana. Así mismo existe la posibilidad que dependiendo del alcance de la homologación y de la tipología de sistemas a homologar existan controles propuestos en esta guía que no resulten de aplicación. Al informe resultante se deben adjuntar referencias externas que den soporte suficiente y complementen las pruebas efectuadas.

3

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

ALCANCE DE LA HOMOLOGACIÓN Identificación

P01

Artículo

NA

Aspecto

Identificación inequívoca del sistema ensayado

Explicación



Se debe identificar de manera inequívoca todos los elementos que componen el sistema ensayado, en particular los elementos soportados por SW.



La identificación debe permitir a la administración verificar en cualquier momento que el SW en uso coincide con el homologado. (dependiendo de las características del SW se deberá tomar una imagen completa del mismo, junto con su CRC)



Identificación inequívoca del HW de la UCA y de su réplica. Indicación de los tipos de HW, las funciones, el fabricante, modelo y número de referencia de los distintos componentes HW: componentes de red, componentes de almacenamiento, componentes de seguridad, componentes de copias de seguridad, servidores, etc.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Listado de todos los elementos SW y HW que componen el sistema de apuestas con la información indicada en apartados anteriores. Ubicación de los equipos de producción. Imagen del SW con su CRC. Comprobación de que el CRC entregado corresponde con el código fuente homologado por el laboratorio.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P02

Aspecto

Organización del equipo de trabajo destinado a labores de explotación de la UCA

Explicación

Artículo

NA

Entre otros procedimientos organizativos internos deben definirse formalmente las funciones y responsabilidades de los integrantes del Departamento de IT encargado de realizar labores de explotación de la UCA. Se debe garantizar la coherencia con las funciones asignadas a las personas del Dto. IT y las dependencias, tanto dentro del departamento de IT, como de éste en la organización.

4

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Estructura del Departamento de Explotación y Sistemas con las funciones y responsabilidades asignadas de forma coherente.

Resultado Obtenido Observacione s

5

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

CONTROL DE LIMITACIONES

IDENTIDAD

DE

Artículo

LOS

APOSTANTES.

Identificación

P03

Artículo 7; Artículo 21; Artículo 33; Artículo 38; Artículo 43

Aspecto

Limitación de acceso a menores y a personas incluidas en el Registro de Prohibidos

Explicación

El sistema de apuestas debe garantizar mediante alguno de los mecanismos establecidos en el Marco de Referencia que los menores y que las personas incluidas en el Listado de Prohibidos no puede realizar apuestas. Se debe garantizar esta limitación en los locales / zonas de apuestas con servicio de admisión, y en los medios electrónicos, telemáticos o de comunicación a.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Los mecanismos establecidos no permite el acceso a la realización de apuestas a menores ni a personas incluidas en el Listado de Prohibidos.

Resultado Obtenido Observacione s

6

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

REQUISITOS DEL RESGUARDO

Identificación

P04

Artículo

Artículo 5; Artículo 24

Aspecto

Contenido de los boletos de apuestas emitidos por Terminales de Expedición y Maquinas auxiliares

Explicación

Se debe verificar de la información que contienen y concordancia con los datos reales. Al menos debe contener la siguiente información: - Número de identificación fiscal y número de inscripción en el Registro de Entidades Operadoras de Apuestas de la Comunidad Valenciana. - Acontecimiento sobre el que se apuesta y fecha del mismo. - Modalidad e importe de la apuesta realizada. - Coeficiente de la apuesta, en su caso. - Pronóstico realizado. - Hora, día, mes y año de formalización de la apuesta. - Número o combinación alfanumérica que permita identificarlo con carácter exclusivo y único. - Identificación del medio de formalización de las apuestas utilizado. Además se deben analizar los mecanismos de seguridad incorporados al boleto para dificultar su falsificación.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Los boletos o resguardos emitidos por los Terminales de Expedición o las Maquinas Auxiliares tras la realización de la apuestas contienen toda la información exigida. Detallar los mecanismos utilizados para evitar su falsificación y garantizar su integridad.

Resultado Obtenido Observacione s

7

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

Identificación

P05

Artículo

Artículo 44

Aspecto

Contenido de los boletos electrónicos emitidos por los sistemas interactivos de apuestas o de comunicación a distancia.

Explicación

Se debe verificar de la información que contienen y concordancia con los datos reales. Al menos debe contener la siguiente información: - Número de identificación fiscal y número de inscripción en el Registro de Entidades Operadoras de Apuestas de la Comunidad Valenciana. - Acontecimiento sobre el que se apuesta y fecha del mismo. - Modalidad e importe de la apuesta realizada. - Coeficiente de la apuesta, en su caso. - Pronóstico realizado. - Hora, día, mes y año de formalización de la apuesta. - Número o combinación alfanumérica que permita identificarlo con carácter exclusivo y único. - Identificación del medio de formalización de las apuestas utilizado. Además se deben analizar los mecanismos de seguridad incorporados para garantizar su integridad y evitar su falsificación.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Los boletos o resguardos electrónicos enviados a los usuarios tras la realización de la apuestas contienen toda la información exigida. Detallar los mecanismos utilizados para evitar su falsificación y garantizar su integridad.

Resultado Obtenido Observacione s

8

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

REQUISITOS DE INFORMACIÓN A LOS APOSTANTES Identificación

P06

Aspecto

Información dada a los usuarios

Explicación

Artículo

Artículo 46; Artículo 47

Se debe proporcionar a los usuarios la siguiente información: Acontecimiento objeto de apuestas; prohibición de la participación de los menores edad; mención a que la práctica abusiva de juegos y apuestas puede producir ludopatía; los acontecimientos objeto de las apuestas; las normas de funcionamiento y organización de las apuestas; las cuantías mínimas y máximas de las apuestas; los horarios y límites de admisión de pronósticos; demás condiciones a que se sujete la formalización de las apuestas y el reparto y abono de premios; dar publicidad a los resultados validos; procedimiento para formular reclamaciones. Se debe verificar que dicha información es facilitada a los usuarios en los locales y zonas de apuestas. En el caso concreto de las Maquinas Auxiliares ubicadas en los locales especificados en el artículo 38 la información indicada debe ser transmitida mediante las propias maquinas, puesto que no está permitida la utilización de indicaciones, carteles, etc en el interior del local para facilitar cualquier tipo de información sobre la práctica de apuestas. En el caso concreto de los sistemas de comunicación a distancia la pagina principal debe mostrar la siguiente información: El nombre registrado de la entidad titular de la autorización; el domicilio social; el número y fecha de la autorización; enlaces a páginas web especializadas en la ayuda de los problemas relacionados con el juego; enlaces a las reglas del juego, las apuestas ofrecidas y los procedimientos adoptados por el titular de la autorización para el registro de los usuarios. Además ya sea en la página principal o mediante un enlace accesible desde esta, se debe indicar al usuario: Nombre del juego; restricciones del juego; instrucciones del juego, incluyendo una tabla con los premios y las características especiales del mismo y el balance de la cuenta del jugador.

Procedimiento de prueba

Resultado Esperado

En las zonas/locales de apuestas se trasmite dicha información mediante mecanismos diversos (pantallas, paneles, carteles, folletos, etc). En el caso de las maquinas auxiliares ubicadas en los establecimientos indicados en el artículo 38, la información es facilitada a través de los monitores de la propia maquina auxiliar. En el caso de sistemas de comunicación a distancia se comunica correctamente la información requerida por el Reglamento.

Resultado Obtenido Observacione s

9

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

MODELO DE COBRO Y PAGO DE APUESTAS Identificación

P07

Artículo

Aspecto

Medios de cobro y pago

Explicación

Se deben tener identificados los medios de cobro y pago establecido, y verificar que estos coinciden con los permitidos por el Reglamento para cada canal de formalización de apuestas: -

Artículo 29

Apuestas formalizadas en maquinas de apuestas (Maquinas auxiliares y terminales de expedición): el pago para la formalización de las apuestas deberá realizarse en moneda o papel moneda. El abono de los premios no podrá realizarse en las propias maquinas de apuestas en moneda o papel moneda, siendo válido cualquier otro medio de pago valido en derecho. Se debe garantizar que las apuestas formalizadas en los establecimientos determinados en el artículo 38 del Reglamento y en los salones de juego sin servicio de admisión la apuesta máxima serán de 20 euros.

-

Apuestas formalizadas por medio electrónicos, telemáticos o de comunicación a distancia: El cobro /pago podrá ser realizado mediante cualquier medio legal admitido por la empresa de apuestas.

Se debe garantizar que no supone un coste para el usuario y que no incentive a la práctica del juego de apuesta. Se prohíbe la realización de los pagos adelantados o a cuenta.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Los métodos de cobro y pago son los establecidos por el Reglamento, deben ser seguros y, al menos uno, no suponer un coste para el usuario. Se debería describir los sistemas de pago propuestos por la empresa operadora de apuestas y los establecimientos en los que el apostante podrá percibir el pago del premio.

Resultado Obtenido Observacione s

10

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

Identificación

P08

Artículo

N/A

Aspecto

Tratamiento y almacenamiento de números de tarjeta de crédito.

Explicación

En el caso de que se permitan transacciones mediante tarjeta de crédito, y siempre que se almacene, procese o transmita la información de las tarjetas, se deberá cumplir con los estándares de seguridad Payment Card Data Security Standard (PCI – DSS).

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

En el caso de cobros / pagos mediante tarjeta de crédito se cumple con el estándar de seguridad PCI DSS, realizándose al menos un test de penetración anualmente y una revisión trimestral de la red inalámbrica y de las reglas establecidas en los cortafuegos y routers.

Resultado Obtenido Observacione s

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GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

SEGURIDAD LOGICA Identificación

P09

Artículo

Artículo 19; Artículo 20; Artículo 44; Artículo 45

Aspecto

Perfiles de acceso al sistema de apuestas

Explicación

Deben estar definidos en el sistema informático de apuestas diferentes perfiles de acceso al mismo en base a las funciones a desempeñar por cada usuario (administradores, operadores, usuarios finales de las aplicaciones, etc) Deben formalizarse procedimientos y controles para garantizar que los perfiles son correctamente asignados y revisados.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Se han definido perfiles de acceso en los diferentes entornos que componen el sistema de apuestas, los cuales han sido asignados en base a las funciones desempeñadas por el usuario. Existen procedimientos de gestión de usuarios y se han definido procedimientos periódicos de revisión de perfiles asignados.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P10

Artículo

Artículo 19; Artículo 20; Artículo 44; Artículo 45

Aspecto

Autenticación fuerte

Explicación

La autenticación fuerte requiere el uso de dos factores de entre los siguientes: 

Algo que se tiene (Certificado digital, tarjeta criptográfica, tarjeta de coordenadas, DNIe, Tokens, llave, …).



Algo que se sabe (usuario y contraseña, pin, segunda contraseña, …).



Algo que se es (factores biométricos como la huella dactilar, la retina, el iris, la voz, …).

En todos los entornos de los sistemas de apuestas se deben establecer mecanismos de acceso mediante autenticación fuerte para garantizar la integridad de la información y evitar accesos no autorizados. Procedimiento

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GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

de prueba Resultado Esperado

Todos los usuarios de los sistemas de apuestas, a excepción de los usuarios clientes/apostantes, tienen un mecanismo de autenticación fuerte en el acceso al sistema. Si la autenticación es mediante certificado digital, detallar: la Autoridad de certificación, el tipo de certificado, política del certificado y si está incluido en @firma.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P11

Artículo

Artículo 19; Artículo 20; Artículo 44; Artículo 45

Aspecto

Gestión de contraseñas

Explicación

En el caso de que se utilicen sistemas basados en “usuario y contraseña” en la autenticación de los diversos perfiles de usuarios del sistema (incluyendo los usuarios clientes / apostantes), éstas deben reunir características que las hagan suficientemente robustas.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Las contraseñas utilizadas en el control de acceso a los sistemas de apuestas, incluyendo el acceso por parte de los usuarios/clientes, son robustas, teniendo las siguientes características: -

Longitud mínima: 8 caracteres

-

Como mínimo compuesta por dos de los siguientes conjuntos de caracteres: o

Letras Mayúsculas (A-Z)

o

Letras Minúsculas (a-z)

o

Números (0-9)

o

Signos de puntuación (.,_-&%$)

-

No posible repetir las últimas cuatro contraseñas. Los apostantes no tendrán histórico.

-

No posible utilizar datos del nombre y apellidos.

-

Caducidad (máximo 45 días) exceptuando a los apostantes, a quienes no les caducará.

-

Limitar el número de reintentos fallidos a tres.

-

En caso de contraseñas generadas por el sistema, exigir que ésta se cambie

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GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

en el primer acceso al sistema. Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P12

Artículo

Artículo 19; Artículo 20; Artículo 44; Artículo 45

Aspecto

Seguridad de las comunicaciones entre la UCA y el apostante. Garantía de la confidencialidad e integridad de las comunicaciones.

Explicación

Es necesario contemplar varios tramos: Comunicación Operador – Terminal de Expedición. La seguridad viene garantizada por el uso de autenticación fuerte. Comunicación Maquina Auxiliar / Terminal de Expedición – UCA. Ver control P33. La conexión entre los sistemas de comunicación a distancia deben utilizar protocolos de comunicaciones seguros que garanticen la integridad y la confidencialidad de la comunicación.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Las comunicaciones realizadas entre la UCA y el apostante utilizan protocolos de comunicaciones seguros que cifran la información garantizando la integridad y confidencialidad de esta.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P13

Artículo

Artículo 19; Artículo 20; Artículo 44; Artículo 45

Aspecto

Seguridad de las comunicaciones entre los componentes del sistema técnico.

Explicación

Para garantizar la integridad y confidencialidad entre los distintos elementos del sistema pueden usarse distintos métodos en función de si se tiene un control total

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GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

sobre el entorno de las comunicaciones. Si no se tiene dicho control, es decir, cuando las comunicaciones salen fuera de las instalaciones donde se ubica la UCA, las comunicaciones deberán ir cifradas, mientras que si se tiene el entorno controlado, dentro de las instalaciones donde se ubica la UCA, otras medidas físicas serán suficientes. Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Las conexiones que están bajo el control de la empresa titular de la autorización (por ejemplo Comunicaciones en el interior de los locales o zonas de apuestas, Comunicaciones en el interior de la UCA, etc) disponen de mecanismos de seguridad físicos y otros que garantizan su integridad y confidencialidad. Las comunicaciones que están fuera del control de la empresa (por ejemplo Comunicaciones Apostante – UCAs, Comunicaciones UCA Principal – UCA de Respaldo, Comunicaciones UCAs – Oficinas centrales de la empresa, Comunicaciones UCAs – Locales/Zonas de apuestas, etc) se realizan mediante protocolos de comunicación seguros que garantizan la integridad y confidencialidad de la información transmitida.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P14

Artículo

Aspecto

Existencia de una conexión segura, confidencial e integra compatible con los sistemas de la Generalitat Valenciana que permita conocer en tiempo real el estado de las apuestas realizadas y anuladas, cantidades apostadas y premios otorgados.

Explicación

El Reglamento indica que debe existir un Registro acumulado de las operaciones de apuestas que contenga al menos la siguiente información: •

Apuestas realizadas



Apuestas anuladas



Cantidades apostadas



Cantidades totales devueltas



Cantidades totales pagadas

Artículo 19; Artículo 20; Artículo 44; Artículo 45; Articulo 50

Este registro debe ser actualizado, entre otros: o

Cuando se alcanzan 10.000 registros

o

Transcurrido 5 minutos desde la generación anterior

o

Cuando se produzca un paso de un días a otro, según hora española.

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GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

Se debe proporcionar un modo de acceder en tiempo real a la información indicada desde la sede del organismo competente de la Generalitat Valenciana. El sistema de acceso debe garantizar que se observa el estado del sistema real (conexión segura), sin posibilidad de que terceros puedan acceder a la información, y sin posibilidad de que se transmita o se valide información errónea (integridad). Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Se dispone de un Registro con la información exigida que puede ser facilitado / accedido en todo momento por los órganos competentes en materia de juego de la Generalitat Valenciana. Dicho acceso o transmisión de información es realizado mediante protocolos de comunicaciones seguros que garantizan la integridad y disponibilidad de la información. Para la elaboración del Registro, se podrá tomar como referencia el documento: “Modelo de datos de monitorización de operadores del juego en España” que publica la Dirección General de Ordenación del Juego en su web.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P15

Artículo

Artículo 19; Artículo 20; Artículo 44.8

Aspecto

Capacidad de auditoría de operaciones sobre apuestas. Seguridad de los registros ante manipulación.

Explicación

Se debe poder reconstruir en cualquier momento las transacciones (apuestas y resultados en particular) realizados contra la UCA. Para ello se debe de proceder al registro de las siguientes operaciones y disponer de procedimientos/mecanismos de reconstrucción de las transacciones: 

Apuestas aceptadas/confirmadas con confirmación entregada al apostante.



Apuestas anuladas/canceladas por la empresa.



Apuestas denegadas



Pago/reembolso de apuestas por la empresa.

Además de otra información indicada en el Marco de Referencia, se debe incluir en cada transacción la fecha y la hora, procedente de una fuente no manipulable. Deben existir medidas de seguridad para evitar la manipulación del registro de transacciones.

16

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Los sistemas de apuestas disponen de registros de las operaciones de apuestas y de los resultados de estas. Concretamente se registra las siguientes operaciones: Apuestas aceptadas/confirmadas con confirmación entregada al apostante; Apuestas anuladas/canceladas por la empresa; Apuestas denegadas; Pago/reembolso de apuestas por la empresa. De dichas operaciones se guarda información que permite garantizar su asociación temporal a fuentes de tiempo fiables, y que permita reconstruir completamente la operación. Se dispone de procedimientos de reconstrucción de transacciones. Se han establecido medidas de seguridad que garantizan la integridad de dichos registros. Para la elaboración de los registros, se podrá tomar como referencia el documento: “Modelo de datos de monitorización de operadores del juego en España” que publica la Dirección General de Ordenación del Juego en su web.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P16

Artículo

Artículo 19; Artículo 20

Aspecto

Capacidad de auditoría sobre eventos de apuestas. Seguridad de los registros ante manipulación.

Explicación

Se debe poder reconstruir en cualquier momento las transacciones (eventos de apuestas) realizados en la UCA. Para ello se debe de proceder al registro de las siguientes operaciones y disponer de procedimientos/mecanismos de reconstrucción de las transacciones: 

Alta del evento sobre el que se apuesta.



Modificación de parámetros del evento sobre el que se apuesta.



Eventos cancelados/anulados por parte de la empresa.



Resultado del evento sobre el que se apuesta.

Además de otra información indicada en el Marco de Referencia, se debe incluir en cada transacción la fecha y la hora, procedente de una fuente no manipulable. Deben existir medidas de seguridad para evitar la manipulación del registro de transacciones. Procedimiento de prueba

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GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

Resultado Esperado

Los sistemas de apuestas disponen de registros de las operaciones sobre eventos de apuestas. De dichas operaciones se guarda información que permite garantizar su asociación temporal a fuentes de tiempo fiables, y que permita reconstruir completamente la operación. Se han establecido medidas de seguridad que garantizan la integridad de dichos registros. Para la elaboración de los registros, se podrá tomar como referencia el documento: “Modelo de datos de monitorización de operadores del juego en España” que publica la Dirección General de Ordenación del Juego en su web.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P17

Artículo

Artículo 19; Artículo 20

Aspecto

Capacidad de auditoría sobre operaciones de reparto de premios. Seguridad de los registros ante manipulación.

Explicación

Se debe poder reconstruir en cualquier momento las transacciones de repartos de premios realizadas en la UCA. Además de otra información indicada en el Marco de Referencia, se debe incluir en cada transacción la fecha y la hora, procedente de una fuente no manipulable. Deben existir medidas de seguridad para evitar la manipulación del registro de transacciones.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Los sistemas de apuestas disponen de registros de las operaciones sobre las operaciones de reparto de premios. De dichas operaciones se guarda información que permite garantizar su asociación temporal a fuentes de tiempo fiables, y que permita reconstruir completamente la operación. Se han establecido medidas de seguridad que garantizan la integridad de dichos registros. Para la elaboración de los registros, se podrá tomar como referencia el documento: “Modelo de datos de monitorización de operadores del juego en España” que publica la Dirección General de Ordenación del Juego en su web.

Resultado Obtenido

18

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

Observacione s

Identificación

P18

Artículo

Artículo 19; Artículo 20

Aspecto

Registro de operaciones sobre la UCA

Explicación

La UCA debe disponer de un registro de todas las acciones u operaciones realizadas en ella. Deben existir medidas de seguridad para evitar la manipulación del registro de operaciones.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

El sistema de apuestas dispone de un registro de todas las acciones u operaciones realizadas en el entorno de producción de la UCA. Dicho registro contempla las siguientes operaciones: Accesos autorizados incluyendo: -

El identificador del usuario.

-

Terminal o dispositivo desde el que se realiza el acceso.

-

La fecha y hora del acceso.

-

Tipo de evento.

-

Fichero accedido.

-

Programas o aplicaciones usadas.

Intentos de acceso no autorizados: -

El identificador del usuario.

-

Terminal o dispositivo desde el que se realiza el acceso.

-

La fecha y hora del acceso.

-

Acciones del usuario rechazadas.

-

Violaciones de políticas de acceso.

Operaciones con privilegio realizadas: -

Uso de cuentas con privilegios.

Además se han establecido mecanismos de seguridad que garantizan la integridad de estos registros. Para la elaboración de los Registros, se podrá tomar como referencia el documento: “Modelo de datos de monitorización de operadores del juego en España” que publica la Dirección General de Ordenación del Juego en su web.

19

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

Resultado Obtenido

Observacione s

Identificación

P19

Artículo

Artículo 19; Artículo 20

Aspecto

Tiempo de almacenamiento de los Registros de operaciones sobre apuestas, eventos y reparto de premios.

Explicación

Según lo establecido en el artículo 30 del código de comercio, los registros relativos a la actividad del negocio, deben ser conservados durante un plazo mínimo de 6 años: -

Registro de operaciones sobre apuestas

-

Registro de operaciones sobre eventos

-

Registros de reparto de premios

-

Registro acumulado de operaciones de apuestas (destinado a la Generalitat Valenciana)

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Los registros de las distintas operaciones de apuestas, eventos y reparto de premios, así como el registro acumulado son almacenados durante un periodo mínimo de 6 años.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P20

Artículo

Artículo 19

Aspecto

Realización de pruebas periódicas de intrusión.

Explicación

La empresa debe realizar con una periodicidad mínima anual simulaciones de ataques externos a los sistemas de apuestas con el objeto de detectar posibles

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GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

vulnerabilidades de seguridad y tomar acciones correctoras para subsanarlas. Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Verificar la existencia de una planificación de seguridad de la información que contemple la realización de pruebas periódicas de intrusión. Además de detallarán las pruebas que se van a realizar.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P21

Artículo

Artículo 19

Aspecto

Plan de contingencias tecnológico

Explicación

Se debe disponer de un Plan de contingencias Tecnológicas preparado para la indisponibilidad de la UCA principal y las máquinas de apuestas. Debe existir una planificación de pruebas periódicas a realizar. La unidad central debe estar respaldada por al menos otra equivalente, capaz de tomar el control en caso de fallo de la principal. Se garantizar que el tiempo en el que la réplica asume el control esta dentro de los límites establecidos. Los datos de las apuestas debe ser enviados de forma simultánea tanto a la UCA principal como a la réplica, es decir, que los datos deben estar on-line en las dos UCAs.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Se dispone de un Plan de Contingencias formalizado, preparado para la indisponibilidad de la UCA principal y las máquinas de apuestas, así como una planificación de pruebas periódicas a realizar. El Plan de Contingencias contemplará las medias técnicas, humanas y organizativas necesarias para garantizar la continuidad del servicio. Ante diferentes incidencias que dejan inoperativa la UCA principal, la UCA réplica toma el control y está completamente operativa en un tiempo inferior a 45 minutos. Por otro lado, los datos de las apuestas son copiados simultáneamente en la UCA principal y en la réplica, disponiendo de la información replicada en tiempo real, garantizando que, en ningún caso se pierdan datos o transacciones que afecten a los derechos de los participantes. Se detallarán todos los supuestos en los que se considerará que la UCA está indisponible. Resultado del comportamiento de la UCA cuando se ha reproducido cada una de los

21

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

supuestos. Método de detección de indisponibilidad de la UCA y procedimiento de actuación en cada caso. También se detallará los supuestos, el resultado del comportamiento y los métodos de detección ante indisponibilidad de las máquinas de apuestas o de componentes de las máquinas de apuesta.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P22

Artículo

Artículo 19, Artículo 20

Aspecto

Existencia de políticas y procedimientos de Backup y de recuperación de datos.

Explicación

Para evitar posibles contingencias, se deben realizar copias de seguridad periódicas de los sistemas de apuestas (incluyendo información del sistema, bases de datos, registros, etc). Se debe disponer de procedimientos documentados de copias de seguridad y de recuperación de datos, así como procedimientos y planes de pruebas para verificar el correcto funcionamiento de estos.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Se realizan copias de seguridad de los datos de los sistemas de apuestas de forma periódica. La existencia y descripción detallada de los procedimientos operativos de realización de copias de seguridad así como de procedimientos de recuperación de datos. La existencia y descripción detallada de una planificación de pruebas periódicas de recuperación de datos para verificar que se puede restaurar correctamente la información

Resultado Obtenido Observaciones

Identificación

P23

Artículo

Artículo 19, Artículo 20

22

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

Aspecto Explicación

Existencia de mecanismos de Seguridad perimetral Se debe disponer de soluciones de seguridad perimetral (por ejemplo Firewalls o Sistemas de Detección de Intrusos) con el objeto de proteger las redes de la empresa ante posibles intrusiones. Las políticas definidas en dichas soluciones deben garantizar que se registran y detectan correctamente los intentos de acceso a los sistemas de juego. Dichos registros deben ser revisados periódicamente.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Se disponen de Firewalls e IDS correctamente configurados para proteger las redes de la empresa frente a ataques externos. Los intentos de acceso son monitorizados y registrados. Esquema de la arquitectura de red y descripción de los filtros configurados para la protección de los ataques externos e internos. Procedimiento para inspeccionar, por parte de la conselleria, de los intentos de acceso.

Resultado Obtenido Observaciones

Identificación

P24

Artículo

Artículo 19, Artículo 20

Aspecto

Existencia de mecanismos de control frente al Software malicioso

Explicación

Se debe disponer de antivirus actualizados para la protección de los servidores, ordenadores, y otros elementos que componen el sistema de juego frente a software malicioso.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Se dispone de Software antivirus actualizado en todos los servidores y equipos que componen el sistema de apuestas.

Resultado Obtenido Observaciones

23

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

Identificación

P25

Artículo

Artículo 19, Artículo 20

Aspecto

Separación de entornos entre desarrollo y producción

Explicación

Con el fin de evitar errores accidentales o accesos no autorizados a datos, debe existir una adecuada separación entre los entornos de desarrollo, pruebas y producción, debiéndose garantizar que los desarrolladores no tienen acceso al entorno productivo.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Los usuarios desarrolladores no tienen acceso al entorno de producción. El paso de un nuevo desarrollo / funcionalidad es traspasado al entorno de producción por personal de explotación tras haberse realizado las pruebas correspondientes. Esquema de la arquitectura de red donde aparezcan la ubicación y conexión de los equipos de desarrollo.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P26

Aspecto

Medidas de seguridad contra peligros del entorno (inundaciones, explosiones, incendios, etc)

Explicación

Artículo

Artículo 19, Artículo 20

Las instalaciones donde se ubiquen la UCA principal y su réplica deben cumplir una serie de requerimientos de de seguridad ambiental para minimizar el impacto de amenazas y peligros del entorno: -

Techo / Suelo técnico

-

Sistema automático de extinción y detección de incendios

-

UPS o SAI

-

Detectores de humedad

-

Ubicación no señalizada y sin ventanas.

-

Monitorización de las condiciones ambientales de la UCA

-

Etc.

Procedimiento de prueba

24

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

Resultado Esperado

La sala donde se ubica la UCA principal y la sala donde se ubica la UCA réplica, dispone de adecuadas medidas de seguridad ambiental. Se dispone de una planificación de pruebas a realizar para verificar el correcto funcionamiento de los mecanismos de control ambiental.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P27

Artículo

Artículo 20

Aspecto

Ubicación de la UCA, y su réplica.

Explicación

La unidad central y su réplica deben estar situadas en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana, bajo el control y la vigilancia de la empresa titular, y a una distancia razonable para minimizar el riesgo de que una amenaza afecte a ambas.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

LA UCA y su réplica están situadas dentro de la Comunidad Valenciana a una distancia suficiente para reducir el impacto de una amenaza que pueda afectar a ambas.

Resultado Obtenido Observacione s

25

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

SEGURIDAD FISICA Identificación

P28

Artículo

Artículo 20

Aspecto

Control de Acceso (tanto a la UCA principal como a su Réplica)

Explicación

El acceso a la unidad central debe ser restringido mediante un mecanismo que ofrezca suficientes garantías de seguridad. Además deben existir procedimientos de autorización de acceso que definan quien puede y quien no puede acceder a la UCA.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Existencia y descripción detallada del mecanismo robusto de control de acceso físico a las instalaciones donde se ubica la UCA (y su réplica). Los accesos a las instalaciones son debidamente autorizados y registrados.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P29

Artículo

Artículo 20

Aspecto

Ubicación de la UCA en un tercero

Explicación

En el caso de que la UCA se encuentre ubicada en las dependencias de un tercero, el contrato entre la empresa titular y la empresa que realiza el “hosting” contendrá los clausulados y los acuerdos necesarios que permitan garantizar las medidas de seguridad física y ambientes definidas en el Marco de Referencia.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Si se subcontratan servicios de alojamiento, operación, mantenimiento tanto en equipos, software o comunicaciones con terceros, confirmar que existe un contrato (incluir las cláusulas que recogen las medidas de seguridad) con la empresa que alberga la UCA, donde se garantizan las medidas de seguridad mínimas requeridas.

Resultado Obtenido

26

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

Observacione s

Identificación

P30

Artículo

Artículo 19, Artículo 20

Aspecto

Seguridad física de las maquinas de apuestas

Explicación

Las maquinas auxiliares / terminales de expedición deberán disponer de mecanismos físicos que impidan el acceso a los datos y sistema que alojan.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Las maquinas auxiliares están convenientemente protegidas mediante mecanismos físicos (estructuras herméticas, cerraduras especiales, ubicación controlada, etc) para evitar el acceso a los datos y sistemas que alojan. Los terminales de expedición están adecuadamente protegidos mediante mecanismos físicos (mamparas de protección, ubicación controlada, etc) para evitar los accesos no autorizados.

Resultado Obtenido Observacione s

27

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE Identificación

P31

Artículo

Artículo 17; Artículo 44

Aspecto

Garantizar el cumplimiento de la legislación y normativa de aplicación

Explicación

Las empresas titulares de la autorización debido a la actividad que desempeñan, los datos que tratan y los canales de comunicación que utilizan están sujetos a diferentes normativas de obligado cumplimiento. Se debe verificar el grado de cumplimiento de las diferentes normativas que resulten de aplicación, en especial las relativas a la protección de datos de carácter personal (Ley 15/1999 y RD 1720/2007).

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

La empresa titular esta adecuada a la LOPD: ha declarado sus ficheros a la AEPD, se dispone de Documento de Seguridad y se ha realizado la auditoría LOPD bi-anual obligatoria.

Resultado Obtenido Observacione s

28

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

OTRAS VERIFICACIONES

Identificación

P32

Artículo

Artículo 20

Aspecto

Capacidad de Gestionar todos los equipos y usuarios

Explicación

La Unidad Central debe estar preparada para gestionar un número definido de equipos y usuarios (totales y simultáneos) garantizando el correcto funcionamiento de las apuestas. Se debe conocer el comportamiento del sistema en caso de que se supere dicho máximo mediante intentos de saturación.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

La UCA soporta de forma adecuada el número de equipos y usuarios para los que está definida, garantizando el correcto funcionamiento de las apuestas para todos los usuarios para los que se ha solicitado autorización.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P33

Artículo

Artículo 22; Artículo 23

Aspecto

Funcionalidades y dependencia de la Unidad Central

Explicación

Los terminales de apuestas y las maquinas auxiliares deben permitir la realización de apuestas y la emisión del boleto. Su funcionamiento debe quedar condicionado por su conexión con la UCA.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Los Terminales de apuestas y maquinas auxiliares permiten fundamentalmente la definición de apuestas, la petición de aceptación y expedición de boleto y la verificación de si un boleto incluye una apuesta ganadora. Los Terminales de expedición y maquinas auxiliares funcionan siempre mediante conexión con al UCA, no permitiendo la emisión de apuestas si la conexión no está activa.

29

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

Resultado Obtenido Observaciones

Identificación

P34

Artículo

Artículo 22; Artículo 23;Artículo 44

Aspecto

Funcionalidades y dependencia de la Unidad Central (medios electrónicos, telemáticos o de comunicación a distancia)

Explicación

Los medios electrónicos, telemáticos o de comunicación a distancia deben permitir la realización de apuestas y la emisión del boleto. Su funcionamiento debe quedar condicionado por su conexión con la UCA.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Los medios electrónicos, telemáticos o de comunicación a distancia permiten fundamentalmente la definición de apuestas, la petición de aceptación y expedición de boleto y la verificación de si un boleto incluye una apuesta ganadora. Se estudiarán las alternativa que ofrece el operador para que el apostante pueda guardar el boleto en su ordenador personal, en un fichero PDF o algún otro formato que garantice la integridad del contenido. No se permite la emisión de apuestas si la conexión no está activa.

Resultado Obtenido Observaciones

Identificación

P35

Artículo

Artículo 21

Aspecto

Posibilidad de incorporan marcas de fabrica

Explicación

Los terminales y maquinas de apuestas deben permitir la incorporación de marcas de fabrica. Estas pueden ser mediante impresión mecánica o informática, pero en cualquier caso deben ser inviolables y permitir su fácil lectura directa por parte de los órganos competentes de la Administración.

30

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Los terminales de expedición y maquinas auxiliares disponen del espacio necesario para incorporar en su exterior una pegatina o chapa identificativa.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P36

Artículo

Artículo 21

Aspecto

Advertencia en maquinas auxiliares de la prohibición a menores de edad.

Explicación

En las maquinas auxiliares se debe hacer constar con claridad y de forma visible la prohibición de la participación en las apuestas de menores.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Las maquinas auxiliares disponen de pegatinas/carteles/chapas/otros advirtiendo la prohibición a menores. También se incluye esta advertencia en el monitor de la máquina de la auxiliar.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P37

Artículo

Artículo 22; Artículo 23; Artículo 44

Aspecto

Formalización y Validación de la apuesta

Explicación

La validación de la apuesta debe ir pareja a la emisión del boleto o documento electrónico equivalente. Si no se acepta la apuesta, no se debe emitir boleto.

Procedimiento de prueba

31

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

Resultado Esperado

Se produce la correcta emisión del boleto una vez se ha aceptado la apuesta por la maquina auxiliar / terminal de expedición. Si se producen incidencias durante el proceso (fallo en la impresión, error de conexión, etc) en el terminal o maquina auxiliar o en el equipo de comunicación a distancia y no se acepta la apuesta por la UCA, no se imprime/envía el boleto y la apuesta no queda registrada en la BD de la UCA.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P38

Artículo

Artículo 23

Aspecto

Aplazamiento o anulación de eventos

Explicación

La empresa debe tener establecida una procedimiento que regule la operación del sistema en caso de aplazamiento de apuestas o anulación de un evento que forme parte de una apuesta múltiple.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Existe una normativa que regula la operación del sistema en caso de aplazamiento o anulación de apuestas.

Resultado Obtenido Observaciones

Identificación

P39

Artículo

Artículo 23

Aspecto

Devolución del importe en caso de anulación de la apuesta

Explicación

En caso de que la apuesta se anule por cualquier causa se debe devolver el importe integro de la misma mediante los mecanismos de pago establecidos en el Reglamento.

Procedimiento de prueba

32

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

Resultado Esperado

Se devuelve el importe integro por mecanismos de pago permitidos por el Reglamento tras la anulación de una apuesta.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P40

Artículo

Artículo 23

Aspecto

Inalterabilidad del coeficiente de la apuesta en las apuestas de contrapartida

Explicación

Las apuestas de contrapartida deben mantener invariable el coeficiente una vez formalizada y validada la apuesta.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

El coeficiente no puede ser manipulado ni modificado, además este coincide con el impreso en el boleto.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P41

Artículo

Artículo 23; Artículo 29

Aspecto

Validez del boleto como documento acreditar de la apuesta

Explicación

El boleto o resguardo (ya sea físico o electrónico) debe permitir acreditar la apuesta, para ello debe incluir un código identificativo (código de barras, numérico, etc) que pueda ser reconocido por el sistema para identificar la apuesta.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

El boleto incluye un código identificativo que permite ser reconocido por la UCA para identificar la apuesta.

33

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P42

Artículo

Artículo 23

Aspecto

Posibilidad de formalizar apuestas mientras se encuentre operativos los terminales o maquinas auxiliares.

Explicación

Las apuestas formalizadas sobre el Terminal o maquina auxiliar deben ser validas si este las admite, aun no estando operativo algún otro elemento del sistema. El Terminal o maquina debe de quedar “No operativo” si por algún motivo no pueden formalizarse apuestas

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

El terminal de expedición / maquina auxiliar queda “no operativo” si no pueden formalizarse apuestas.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P43

Artículo

Artículo 23

Aspecto

Bloqueo automático e independiente de cada una de las apuestas en el momento del cierre (tipo mutuo, compartida y cruzada). Garantías de que es antes del comienzo de los eventos objeto de apuestas en el caso de tipo mutuo; y antes del fin de los eventos en el caso de las de tipo contrapartida y cruzada.

Explicación

El cierre de la apuesta debe originar el bloqueo automático e instantáneo de dicha apuesta en los terminales y máquinas auxiliares. En las apuestas mutuas se debe garantizar que el cierre de las apuestas es anterior al comienzo de los eventos. En el caso de las puestas de contrapartida y cruzadas se debe garantizar que el cierre de las apuestas es anterior al fin de los eventos.

Procedimiento

34

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

de prueba Resultado Esperado

Se produce el bloqueo automático e instantáneo de las apuestas cerradas en los terminales y maquinas auxiliares.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P44

Artículo

Artículo 26

Aspecto

Información de los resultados

Explicación

Los resultados deben darse a conocer tanto en los locales y zonas de apuestas como en los sistemas de comunicación a distancia. Se debe garantizar la correcta y simultanea difusión de los resultados en todos los medios y canales considerados.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Los resultados de las apuestas son difundidos de forma instantánea por los diferentes medios técnicos establecidos.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P45

Aspecto

Premios en las apuesta mutuas

Explicación

Artículo

Artículo 28

De los ingresos por ventas se deberá retraer las cantidades destinadas a impuestos. El fondo destinado a premios no será inferior al 70 por 100 del fondo repartible. El dividendo por unidad de apuesta será la cantidad resultante de dividir el fondo destinado a premios entre las unidades de apuesta acertadas. Los resultados para el premio por unidad de apuesta deben ser redondeados a céntimos de EURO. En caso de no acertantes el fondo de premios se acumulará a la siguiente apuesta mutua sobre acontecimiento similar a fijar por la empresa. No obstante, se ofrecerá siempre al apostante la opción de recuperar íntegramente el importe de su apuesta.

35

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

Las cantidades calculadas por el sistema y el porcentaje para el cálculo de los premios deben disponer de medidas de seguridad para impedir su manipulación. Procedimiento de prueba Resultado Esperado

El cálculo del premio en las apuestas mutuas se realiza según el método establecido en el Reglamento. Existencia y descripción del mecanismo utilizado por la empresa para garantizar el artículo 28.4 (ofrecerá siempre al apostante la opción de recuperar íntegramente el importe de su apuesta).

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P46

Artículo

Artículo 28

Aspecto

Premios en las apuesta de contrapartida

Explicación

En las apuestas de contrapartida, el premio por apuesta unitaria se obtendrá multiplicando el coeficiente validado previamente por la empresa autorizada por cada unidad de apuesta acertada.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

El cálculo del premio en las apuestas de contrapartida se realiza según el método establecido en el Reglamento.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P47

Artículo

Aspecto

Premios en las apuesta cruzadas

Artículo 28

36

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

Explicación

El premio por apuesta será la cantidad apostada por el jugador menos la comisión de empresa organizadora ( máximo 10% de las cantidades apostadas a apuestas ganadoras)

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

El cálculo del premio en las apuestas cruzadas se realiza según el método establecido en el Reglamento.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P48

Aspecto

Abono de premios en Terminales y maquinas auxiliares

Explicación

Artículo

Artículo 29

El cálculo de las cantidades implicadas en el reparto de premios no excederá de las 24 horas desde la validez del resultado del evento, realizándose por cualquier medio legal de pago (excepto en metálico) y sin coste para el usuario. Se debe garantizar el correcto funcionamiento del sistema en caso de incidencias (falta de fluido eléctrico, fallo en las comunicaciones, etc)

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Se disponen de los medios técnicos necesarios para admitir el cobro de las apuestas en un tiempo inferior a 24 horas. Existencia y descripción detallada de los mecanismos para garantizar el pago en caso de incidencia.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P49

Artículo

Artículo 29

Aspecto

Plazo de reparto de premios en apuestas realizadas por sistemas de comunicación a distancia

37

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

Explicación

El reparto de premios será de manera automática en el instante de terminar el cálculo de las operaciones de reparto mediante los medios de pago permitidos por el Reglamento.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Se disponen de los medios técnicos necesarios para admitir el cobro de las apuestas en un tiempo inferior a 24 horas. Así mismo se disponen de mecanismos para garantizar el pago en caso de incidencias.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P50

Aspecto

Caducidad del derecho al cobro

Explicación

Artículo

Artículo 30

El sistema de apuestas debe garantizar que el derecho al cobro caducará antes de los 3 meses de la fecha de puesta a disposición. El sistema dispondrá de adecuadas medidas de seguridad para garantizar la no manipulación de los tiempos de caducidad de las apuestas realizadas y no realizadas.

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

El sistema calcula correctamente el tiempo de caducidad del cobro de las apuestas. Existen medidas para evitar la manipulación de este cálculo.

Resultado Obtenido Observacione s

Identificación

P51

Artículo

Artículo 29

Aspecto

Gestión de premios de cuantía superior a 3005,06 euros

Explicación

Los premios de cuantía superior a 3005,06 euros deben ser comunicados al organismo competente en materia de tributación del juego de la Generalitat Valenciana.

38

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

El sistema, en el caso de premios con cuantía superior a 3005,06 informa al afectado de que sus datos personales (nombre, apellidos, y NIF) serán enviados a la Generalitat Valenciana.

Resultado Obtenido Observaciones

Identificación

P52

Aspecto

Abono de premios y la gestión de premios de cuantía superior a 3005,06 euros en maquinas auxiliares.

Explicación

Artículo

Artículo 29

El abono de las apuestas acertadas no podrá realizarse por la propia terminal o máquina auxiliar de apuestas en moneda metálica o papel moneda. Cuando se obtenga un premio de cuantía superior a 3005,06 euros identificado el apostante.

debe ser

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

En ningún caso los premios se podrán abonar en la propia terminal o máquina auxiliar de apuestas en moneda metálica o papel moneda. Detallar el mecanismo por el que se informa al afectado indicándole los locales a los que puede acudir con el boleto para proceder a su cobro. Esos locales deberán disponer de personal para poder identificar a la persona que cobra el premio. Detallar el contenido y los mecanismos por los que se realizará la comunicación trimestral de los premios abonados cuya cuantía sea superior a 3.005,06 Euros.

Resultado Obtenido Observaciones

Identificación

P53

Artículo

NA

Aspecto

El sistema deberá estar dotado de mecanismos que permitan garantizar que el ámbito de desarrollo, celebración o comercialización de las apuestas no exceda del territorio de la Comunidad Valenciana cuando estas se formalicen por

39

GUIA PARA LA HOMOGACIÓN DE LOS SISTEMAS DE APUESTAS

medios electrónicos, telemáticos o de comunicación a distancia. Explicación

El sistema deberá estar dotado de mecanismos que permitan establecer el ámbito de desarrollo, celebración o comercialización de las apuestas cuando estas se lleven a cabo mediante medios electrónicos, telemáticos o de comunicación a distancia, sea cual sea este (Internet, teléfono, TDT, etc).

Procedimiento de prueba Resultado Esperado

Existencia y descripción detallada de los mecanismos establecidos que permitan garantizar que el apostante se encuentra dentro del ámbito territorial de la Comunidad Valenciana.

Resultado Obtenido Observacione s

40

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