Story Transcript
H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA JUZGADO OCTAVO ESPECIALIZADO EN MATERIA MERCANTIL DILIGENCIARIO PAR LISTA DE NOTIFICACIONES QUE SE FIJA A LAS OCHO HORAS DEL DIA
ASUNTO EXP. 200/2011 Act Ordinario Mercantil Gabriel Lopez Arellano Vinageras
EXP. 464/11 Act Ordinario Mercantil Miguel Angel Macias Sanchez Por Su Representacion
16/06/2015
EN EL JUZGADO
NOTIFICACION Ocho De Junio De Dos Mil Quince, Se Ordena Girar Oficio Al Director Del Archivo Judicial Del Estado Para Que A La Brevedad Posible Remita A Este Juzgado La Pieza De Autos Del Expediente Numero 200/2011, A Fin De Continuar Con El Procedimiento, Por Lo Que Se Ordena Reservar El Escrito De Cuenta Para Su Acuerdo Correspondiente.
VS Laura Adriana Mendoza Tapia
VS Comercial Quimica Poblana Sociedad Aninima De Capital Variable A Traves De Squien Legalmente La Represente
Diez De Junio Del Año Dos Mil Quince, Se Reserva El Oficio De Cuenta Para Acordarse En Su Oportunidad Toda Vez Que El Expediente Principal Numero 464/2011, Fue Enviado A La Oficialia Comun De Partes Del Tribunal Superior De Justicia En El Estado.
EXP. 398/2014/8m Ejecutivo Mercantil Jose Luis Hernandez VS ---------------Muñoz, Josefina Lozano Espinosa
Diez De Junio De Dos Mil Quince, Digase Al Ocursante Que No Ha Lugar A Acordar De Conformidad Su Peticion, En Virtud De Que No Es Parte Dentro Del Presente Juicio.
EXP. 742/2013/8m Rec De Apelacion Ejecutivo Mercantil Jose Alfonso Enrique VS Jdhp Cimentaciones Gonzalez Sosa Por S.a. De C.v. A Traves Su Representacion De Su Representante Legal, Jesus De Hilario Perez
Nueve De Junio Del Año Dos Mil Quince, Se Tiene Al Ocursante Dando Contestacion A Los Agravios Expresados Por El Apelante, En Los Terminos Que De Su Escrito Se Desprenden. Por Lo Anterior Resulta Procedente Remitir Las Constancias Necesarias A La Oficialia Comun De Partes, A Efecto De Que Las Turne A La Sala Que Corresponda, Para La Substanciacion Del Recurso De Apelacion.
EXP. 288/2014/8m Recurso De Apelacion Ejecutivo Mercantil VS Adan Seth Calixto Jose Luis Perez Sanchez Guerra
Ocho De Junio Del Año Dos Mil Quince, Se Tiene Al Ocursante Dando Contestacion A Los Agravios Expresados Por El Apelante, En Los Terminos Que De Su Escrito Se Desprenden. Por Lo Anterior Resulta Procedente Remitir Las Constancias Necesarias Ala Oficialia Comun De Partes, A Efecto De Que Las Turne A La Sala Que Corresponda, Para La Substanciacion Del Recurso De Apelacion.
EXP. 334/2015/8m Ejecutivo Mercantil Alma Lidia Leon Gonzalez Por Su Representacion
Diez De Junio Del Año Dos Mil Quince, Se Tiene Al Funcionario Ocursante, Rindiendo Informe A Esta Autoridad En Los Terminos Que De Su Oficio Se Desprende, Con El Cual Se Ordena Dar Vista La Parte Actora Para Que Manifieste Lo Que A Su Interes Convenga.
VS Victoriano Concepcion Xicali Solis, Maria Trinidad Martha Coeto Garcia
EN CIUDAD JUDICIAL SIGLO XXI,PUEBLA A
16/06/2015
C. DILIGENCIARIO
Lic. Jose Enrique Cruz Perez
Página 1
H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA JUZGADO OCTAVO ESPECIALIZADO EN MATERIA MERCANTIL DILIGENCIARIO PAR LISTA DE NOTIFICACIONES QUE SE FIJA A LAS OCHO HORAS DEL DIA
ASUNTO
16/06/2015
EN EL JUZGADO
NOTIFICACION
EXP. 114/2015/8m Ejecutivo Mercantil Atabel Omar Martinez VS Renato Camacho Garcia Por Su Tejeda Representacion
Nueve De Junio Del Año Dos Mil Quince, Se Tiene Al Funcionario Ocursante Devolviendo Debidamente Diligenciado El Exhorto De Fecha Doce De Febrero Del Dos Mil Quince, Con Su Contenido Dese Vista A La Parte Interesada Para Que Manifieste Lo Que A Su Derecho E Interes Convenga.
EXP. 500/2015/8m Ejecutivo Mercantil Karina Ramirez Martinez
Diez De Junio Del Año Dos Mil Quince, Digase Al Ocursante Que No Ha Lugar A Acordar De Conformidad Lo Solicitado En Su Escrito De Cuenta, Toda Vez Que No Es Parte En El Presente Juicio.
VS Ma. Carmen Leon Garfias
EXP. 128/2012 Ejecutivo Mercantil Julio Cesar Barrientos VS Adolfo Martinez Jimenez Villalba
Nueve De Junio Del Año Dos Mil Quince, Se Tiene Al Ocursante Autorizando A Los Letrados, Para Que En Su Nombre Y Representacion Reciban Todo Tipo De Notificaciones.
EXP. 398/2015/8m Ejecutivo Mercantil Bertha Aguilar Varela VS Alta Gracia Vaquero Vega
Ocho De Junio Del Año Dos Mil Quince, Se Tiene A La Ocursante En Tiempo Y Forma Legal Dando Contestacion A La Demanda Instaurada En Su Contra Y Expresando Las Excepciones Que De Su Escrito De Contestacion Se Desprenden, Con Las Que Se Ordena Dar Vista A La Parte Actora Por El Termino De Tres Dias Para Que Manifieste Y Ofrezca Las Pruebas Que A Su Derecho Convenga; Respecto De Las Pruebas Ofrecidas Las Mismas Se Acordaran En El Momento Procesal Oportuno, Con Excepcion De La Prueba Pericial Que Anuncia, Con La Que Se Da Vista A La Contraria Por El Termino De Tres Dias Para El Efecto De Que Manifieste Sobre La Pertinencia De Las Misma, Y Para Que Proponga La Ampliacion De Otros Puntos Y Cuestiones Ademas De Las Formuladas Por El Oferente Para Que Los Peritos Dictaminen. Asimismo Tengase A La Ocursante Señalando Como Domicilio Para Recibir Notificaciones Personales El Que Indica En El Escrito De Cuenta Y Autorizando Al Letrado Que Menciona Para Recibirlas.
EXP. 800/2014/8m Ejecutivo Mercantil Mariano Pereda Lopez Por Su Representacion
Cuatro De Junio Del Dos Mil Quince, Vistos Para Dictar Sentencia Definitiva, Por Lo Anteriormente Expuesto Y Fundado Es De Resolverse Y Se Resuelve: Primero.- Esta Autoridad Es Competente Para Conocer Y Fallar En Primera Instancia Del Presente Juicio Ejecutivo Mercantil Segundo.La Parte Actora En Su Caracter De Apoderado General Para Actos De Administracion, Pleitos Y Cobranzas, Probo Su Accion Cambiaria Directa En Contra De La Parte Demandada, En Su Caracter De Suscriptor Y Aval,
VS Alejandro Tentle Coyopol, Maria Del Carmen Tentle Coyopol
EN CIUDAD JUDICIAL SIGLO XXI,PUEBLA A
16/06/2015
C. DILIGENCIARIO
Lic. Jose Enrique Cruz Perez
Página 2
H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA JUZGADO OCTAVO ESPECIALIZADO EN MATERIA MERCANTIL DILIGENCIARIO PAR LISTA DE NOTIFICACIONES QUE SE FIJA A LAS OCHO HORAS DEL DIA
ASUNTO
16/06/2015
EN EL JUZGADO
NOTIFICACION Respectivamente, Quienes No Comparecieron A Juicio. Tercero.- Como Consecuencia De Lo Anterior, Se Condena A La Parte Demandada A Pagar A Favor De La Parte Actora, Por Conducto De Su Apoderado General Para Actos De Administracion, Pleitos Y Cobranzas La Cantidad De Trescientos Mil Pesos Cero Centavos Moneda Nacional, Por Concepto De Suerte Principal. Cuarto.- Se Condena A La Parte Demandada En Su Caracter De Suscriptor Y Aval Respectivamente, A Pagar Intereses Moratorios A Razon Del Seis Por Ciento Anual, Desde Que Incurrio En Mora, Es Decir, A Partir Del Dia Siguiente Al Vencimiento Del Pagare, Que Es El Treinta Y Uno De Julio De Dos Mil Trece, Mas Los Que Se Sigan Generando Hasta La Total Solucion Del Adeudo, Cuya Cuantificacion Sera Motivo De Liquidacion De Sentencia Que Al Respecto Se Formule. Pagos Que Debera Realizar La Demandada Dentro Del Termino De Tres Dias Siguientes A Aquel En Que Cause Ejecutoria Esta Sentencia, Con El Apercibimiento De Que En Caso De No Hacerlo Se Procedera Al Trance Y Remate De Los Bienes Que En Su Momento Sean Embargados, Para Que Con Su Producto Se Haga Pago Al Acreedor. Quinto.- Se Condena A La Parte Demandada A Pagar A Favor De La Parte Actora Los Gastos Y Costas Originados Con Motivo De La Tramitacion Del Presente Juicio, Previa Regulacion Que De Los Mismos Realice La Parte Actora.
EXP. 496/2014/8m Ejecutivo Mercantil Leobardo Leon Moreno
VS Leticia Hernandez Caballero
Cuatro De Junio Del Dos Mil Quince, Vistos Para Dictar Sentencia Definitiva, Por Lo Anteriormente Expuesto Y Fundado Es De Resolverse Y Se Resuelve: Primero.- Esta Autoridad Es Competente Para Conocer Y Fallar En Primera Instancia Del Presente Juicio Ejecutivo Mercantil Segundo.La Parte Actora Por Su Propio Derecho, Probo Su Accion Cambiaria Directa En Contra De La Parte Demandada, En Su Caracter De Deudora Principal, No Comparecio A Juicio. Tercero.- Como Consecuencia De Lo Anterior, Se Condena A La Parte Demandada A Pagar A Favor De La Parte Actora, Por Su Propio Derecho, La Cantidad Setenta Mil Pesos Cero Centavos Moneda Nacional, Por Concepto E Suerte Principal Cuarto.- Se Condena A La Parte Demandada En Su Caracter De Deudor Principal, A Pagar Intereses Moratorios A Razon Del Doce Por Ciento Anual, Desde Que Incurrio En Mora, Es Decir, A Partir Del Dia Siguiente Al Vencimiento Del Pagare, Que Es El Catorce De Septiembre De Dos Mil Trece, Mas Los Que Se Sigan Generando Hasta La Total Solucion Del Adeudo, Cuya Cuantificacion Sera Motivo De Liquidacion De Sentencia Que Al Respecto Se Formule. Pagos Que Debera Realizar La Demandada Dentro Del Termino De Tres Dias Siguientes A Aquel En Que Cause Ejecutoria Esta Sentencia, Con El Apercibimiento De Que En Caso De No Hacerlo Se Procedera Al Trance Y Remate De Los Bienes Que En Su Momento Sean Embargados, Para Que Con Su Producto Se Haga Pago Al Acreedor. Quinto.- Se Condena A La Parte Demandada A Pagar A Favor De La Parte Actora Los Gastos Y Costas Originados Con Motivo De La Tramitacion
EN CIUDAD JUDICIAL SIGLO XXI,PUEBLA A
16/06/2015
C. DILIGENCIARIO
Lic. Jose Enrique Cruz Perez
Página 3
H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA JUZGADO OCTAVO ESPECIALIZADO EN MATERIA MERCANTIL DILIGENCIARIO PAR LISTA DE NOTIFICACIONES QUE SE FIJA A LAS OCHO HORAS DEL DIA
ASUNTO
16/06/2015
EN EL JUZGADO
NOTIFICACION Del Presente Juicio, Previa Regulacion Que De Los Mismos Realice La Parte Actora.
EXP. 1362/2014/8m Ejecutivo Mercantil Jose Guillermo Flores VS Jose Victor Quintero Rodriguez Gutierrez, Victor Daniel Quintero Gonzales
Ocho De Junio De Dos Mil Quince, Tengase A Los Ocursante Dando Contestacion A La Demanda Instaurada En Su Contra Y Expresando Las Excepciones Que De Sus Escritos De Contestacion Se Desprenden, Con Las Que Se Ordena Dar Vista A La Parte Actora Por El Termino De Tres Dias, Para Que Manifieste Y Ofrezca Las Pruebas Que A Su Derecho Convenga. Respecto De Las Pruebas Ofrecidas, Las Mismas Se Acordaran En El Momento Procesal Oportuno; Con Excepcion De Las Pruebas Periciales En Grafoscopia Y Documentoscopia Con Las Que Se Da Vista A La Contraria Por El Termino De Tres Dias Para El Efecto De Que Manifieste Sobre La Pertinencia De La Prueba, Y Para Que Proponga La Ampliacion De Otros Puntos Y Cuestiones Ademas De Las Formuladas Por El Oferente Para Qie Los Peritos Dictaminen. Asimismo, Tengase Señalando Como Domicilio Para Recibir Notificaciones Y Autorizando Para Que En Su Nombre Y Representacion Las Reciba, Los Que Indica Respectivamente En Su Escrito De Cuenta.
EXP. 52/2015/8m Ejecutivo Mercantil Marly Uriselda Cordova Solis
Nueve De Junio De Año Dos Mil Quince, Como Lo Solicita La Ocursante Y Tomando En Cuenta Que El Demandado, No Dio Contestacion A La Demanda Instaurada En Su Contra Dentro Del Termino Que Se Le Concedio Para Tal Efecto, Se Le Tiene Por Perdidos Los Derechos Que Tuvo Para Hacerlo Y Las Notificaciones Subsecuentes Aun Las De Caracter Personal Se Le Haran Pr Lista, Asimismo Y Por Ser Procedente, Se Admiten Y Mandan A Preparar Las Pruebas Que Procedan De Acuerdo A La Ley, Por Lo Que Hace A Las Anunciadas Por La Parte Actora, Con Fundamento En El Articulo 1205 Del Codigo De Comercio. Se Admiten Con Citacion De La Contraria: 1.- La Confesional.- A Cargo Del Demandado, Para Que Comparezca Ante Las Instalaciones De Este Juzgado En Forma Personal, Debidamente Identificado A Absolver Posiciones Que En Sobre Cerrado Presento El Oferente Dela Prueba Y Que En E Momento Del Desahogo De La Misma Sean Calificadas De Legales; Bajo El Apercibimiento De Que En Caso De No Comparecer Sin Causa Justificada El Absolvente De Esta Prueba, Sera Declarado Confeso Respecto De Aquellas Que Resulten Calificadas De Legales. 2.- La Testimonial.- Que Estara A Cargo De Lorena Juarez Villegas Y Abraham Ramirez Talavera, Al Efecto Entreguese A La Parte Demandada La Cedula De Notificacion, Los Testigos Deberan Comparecer Ante Este Juzgado Debidamente Identificados Y Seran Examinados Verbal Y Directamente Por Las Partes, Lo Cual Se Determinarauna Vezs Que Se Lleve Acabo El Computo Y Certificacion Por
VS Norberto Calderon Rodriguez
EN CIUDAD JUDICIAL SIGLO XXI,PUEBLA A
16/06/2015
C. DILIGENCIARIO
Lic. Jose Enrique Cruz Perez
Página 4
H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA JUZGADO OCTAVO ESPECIALIZADO EN MATERIA MERCANTIL DILIGENCIARIO PAR LISTA DE NOTIFICACIONES QUE SE FIJA A LAS OCHO HORAS DEL DIA
ASUNTO
16/06/2015
EN EL JUZGADO
NOTIFICACION Conducto De La Secretaria Del Juzgado. 3.- La Documental Privada.- Consistente En Los Titulos De Credito Denominados Pagares (cincuenta Y Ocho Pagares) Y Que Fueron Exhibidos En El Escrito Inicial De Demanda. 4.- La Instrumental Publica De Actuaciones.- Consiustente En Todas Y Cada 7una De Las Actuaciones Practicadas Dentro Del Presente Juicio Y Aquellas Que Beneficien Al Oferente De La Prueba. 5.- La Presuncional.- Mo Ha Lugar A Admitirla, Toda Vez Que No La Relaciona Con Los Hechos De Su Demanda, Lo Anterior Con Fundamento En Lo Dispuesto Por El Articulo 1399 Del Codigo De Comercio. Por Lo Anterior Se Ordena Abrir El Juicio A Desahogo De Prueba Por El Termino De Quince Dias Dentro Del Cual Deberan Realizarse Todas Las Diligencias Necesarias Para Su Desahogo, Señalandose La Fecha Necesaria Para Su Recepcion, Previo Computo Y Certificacion Que Realice La Secretaria De Este Juzgado.
EXP. 1094/2014/8m Ejecutivo Mercantil Maria Luisa Sanchez VS Maria Del Carmen Castola Jimenez Olmedo, Martina Monica Silva Hernandez
Ocho De Junio Del Año Dos Mil Quince, Se Tiene A La Funcionaria Ocursante Devolviendo Debidamente Diligenciado El Exhorto De Fecha Seis De Abril Del Año En Curso, Con Su Contenido Dese Vista A La Parte Actora Para Que Manifieste Lo Que A Su Derecho E Interes Convenga.
EXP. 1142/2014/8m Ejecutivo Mercantil Prisciliano Tobon Rangel, Maria De Lourdes Ramos Rodriguez Por Su Representacion
Ocho De Junio De Dos Mil Quince, Tomando En Cuenta Que La Demandada, No Dio Contestacion A La Demanda Instaurada En Su Contra Dentro Del Termino Que Se Le Concedio Para Tal Efecto, Se Le Tienen Por Perdidos Los Derechpos Que Tuvo Para Hacerlo Y Las Notificaciones Subsecuentes Aun Las De Caracter Personal Se Le Haran Por Lista; Luego Entonces Como El Estado De Los Autos Lo Permite, Se Procede A Admitir Y Mandar Preparar Las Pruebas Que Procedan De Acuerdo A La Ley, Por Lo Que Hace A Las Anunciadas Por La Parte Actora Con Fundamento En Los Articulos 1205, 1237, 1238 Y 1277 Del Codigo De Comercio, Se Admiten Las Siguientes: 1.- La Documental Privada.- Consistente En El Pagare Fundatorio De La Accion, El Cual Se Acompaño Al Escrito Inicial De Demanda. 2.- La Instrumental Publica.- Consistente En Las Actuaciones Judiciales Del Presente Juicio. 3.- La Presuncional Legal Y Humana.- No Se Admite, En Virtud De Que No La Relaciona Con Los Hechos Controvertidos, Con Fundamento En El Articulo 1399 Del Codigo De Comercio. Por Lo Anterior Se Ordena Abrir El Juicio A Desahogo De Prueba Por El Termino De Cinco Dias Dentro Del Cual Deberan Realizarse Todas Las Diligencias Necesarias Para Su Desahogo, Señalandose La Fecha Necesaria Para Su Recepcion, Previo Computo Y Certificacion Que Realice La Secretaria De Este Juzgado.
VS Lucero Avigail Maya Silva
EN CIUDAD JUDICIAL SIGLO XXI,PUEBLA A
16/06/2015
C. DILIGENCIARIO
Lic. Jose Enrique Cruz Perez
Página 5
H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA JUZGADO OCTAVO ESPECIALIZADO EN MATERIA MERCANTIL DILIGENCIARIO PAR LISTA DE NOTIFICACIONES QUE SE FIJA A LAS OCHO HORAS DEL DIA
ASUNTO
EXP. 1348/2014/8m Ejecutivo Mercantil Oscar Gonzalez Hernandez Pir Su Representacion
EXP. 1004/2014/8m Ejecutivo Mercantil Maria Luisa Badillo Ramos Por Su Representacion
16/06/2015
EN EL JUZGADO
NOTIFICACION
Ocho De Junio Del Año Dos Mil Quince, Se Tiene Al Funcionario Ocursante Rindiendo Informe En Los Terminos Que D Esu Oficio Se Desprenden, El Cual Se Ordena Agregar A Los Autos Para Sus Efectos Legales Procedentes, Con Lo Anterior Se Ordena Dar Vista A La Parte Actora, Para Que Manifieste Lo Que A Su Derecho E Interes Convenga. Por Loque Hace Al Escrito De La Parte Actora, Se Tiene Al Ocursante Solicitando Se Le Expida Copia Certificada De Las Constancias Que Indica, Y En Virtud De Que No Requiere Copia De Todo Lo Actuado, Con Dicha Solicitud Se Ordena Dar Vista A Su Contraria Para Que Dentro Del Termino De Tres Dias Manifieste Lo Que A Su Derecho E Interes Convenga Y Transcurrido Dicho Termino En Caso De Que No Exista Respuesta De La Contraparte Expidasele Las Copias Certificadas Conducentes, Previa Identificacion Y Toma De Razon Que Obre En Autos.
VS ---------------
VS Josefina Guadalupe Mota Rodriguez
EXP. 1020/2006 Inc Prescripcion Ejecutivo Mercantil Jose Enrique Carrillo VS Grupo Ventas Bernal, Teresa Ingenieria Xicotencatl Lopez Construccion Y Servicio Social Anonima De Capital
Diez De Junio De Dos Mil Quince, Como Lo Solicita La Ocursante Y Como El Estado De Los Autos Lo Permite, Se Procede A Admitir Y Mandar Preparar Las Pruebas Que Procedan De Acuerdo A La Ley, Por Loq Ue Hace A Las Anunciadas Por La Parte Actora Con Fundamento En Los Articulos 1205, 1237, 1238 Y 1277 Del Codigo De Comercio, Se Admiten Las Siguientes: 1.- La Documental Privada.Consistente En El Pagare Fundatorio De La Accion, El Cual De Acompaño Al Escrito Inicial De Demanda. 2 Y 4.- La Instrumental Publica.- Consistente En Las Actuaciones Judiciales Del Presente Juicio. Se Desecha: 3.- La Presuncional Legal Y Humana.- No Se Admite En Virtud De Que No La Relaciona Con Lo Hechos Controvertidos Ni Manifiesta Que Pretende Probar Con La Misma, De Conformidad Con Los Artiuclos 1198 Y 1399 Del Codigo De Comercio. Por Lo Anterior Se Ordena Abrir El Juicio A Desahogo De Prueba Por El Termino De Cinco Dias Dentro Del Cual Deberan Realizarse Todas Las Diligencias Necesarias Para Su Desahogo, Señalandose La Fecha Necesaria Para Su Recepcion, Previo Computo Y Certificacion Que Realice La Secretaria De Este Juzgado.
Ocho De Junio Del Año Dos Mil Quince, Se Tiene Al Funcionario Ocursante Rindiendo Informe En Los Terminos Que De Su Oficio Se Desprenden, El Cual Se Ordena Agregar A Los Autos Para Sus Efectos Legales Procedentes, Con Lo Anterior Se Ordena Darvista A La Parte Actora, Para Que Manifieste Lo Que A Su Derecho E Interes Convenga.
EN CIUDAD JUDICIAL SIGLO XXI,PUEBLA A
16/06/2015
C. DILIGENCIARIO
Lic. Jose Enrique Cruz Perez
Página 6
H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA JUZGADO OCTAVO ESPECIALIZADO EN MATERIA MERCANTIL DILIGENCIARIO PAR LISTA DE NOTIFICACIONES QUE SE FIJA A LAS OCHO HORAS DEL DIA
ASUNTO
16/06/2015
EN EL JUZGADO
NOTIFICACION
Variable A Traves De Su Representante Legal EXP. 390/2015/8m Ejecutivo Mercantil Atabel Omar Martinez VS Camerino Pestaño Garcia Por Su Peralta, Jose Representacion Magdaleno Jorge Victoria Alducin, Petra Zambrano Sandoval
Nueve De Junio De Dos Mil Quince, Tengase Al Funcionario Ocursante Devolviendo Debidamente Diligenciado El Exhorto Que Le Fue Enviado, Mismo Que S Emanda Agregar A Lso Presentes Autos Para Que Surta Sus Efectos Legales Correspondientes, Con La Llegada Del Mismo Dese Vista Al Actor Para Que Manifieste Lo Que A Su Derecho E Interes Convenga.
EXP. 382/2015/8m Ejecutivo Mercantil Juan Carlos Gonzalez VS Dominga Jimenez Picazo Sanchez
Nueve De Junio De Dos Mil Quince, Tengase Al Funcionario De Referencia Devolviendo Debidamente Diligenciado El Exhorto De Cuenta, Con El Contenido Del Mismo Dese Vista Al Actor Para Que Manifieste Lo Que A Su Interes Convenga.
EXP. 330/2014/8m Ejecutivo Mercantil Maria Del Rosario Rosas Bravo
Nueve De Junio De Dos Mil Quince, Se Ordena Turnar Los Presentes Autos A La Vista Del Suscrito Juez A Efecto De Dictar La Sentencia Definitiva Correspondiente.
VS Ana Ruth Campos Gutierrez
EXP. 1104/14/8m Ejecutivo Mercantil Juan Valadez Tejeda VS Isacc Lecona Hernandez Y/o Isac Lecona Hernandez Y/o Isaac Lecona Hernandez
Cinco De Junio De Dos Mil Quince, Vistos Para Resolver En Relacion A La Liquidacion De Sentencia Formulada Por El Actor, Por Lo Expuesto Y Fundado, Es De Resolverse Y Se Resuelve: Unico.- Se Aprueba La Liquidacion De Sentencia Presentada Por El Ejecutante Hasta Por La Suma De Cuarenta Y Siete Mil Quinientos Veinte Pesos, Cero Centavos Moneda Nacional, Con Numeros Al Dieciseis De Abril Del Dos Mil Quince, Mandandose A Ejecutar Hasta Por Dicho Importe.
EXP. 32/2004 Ejecutivo Mercantil Gerardo Asuncion Mendez Orosio Por Su Representacion
Ocho de junio de dos mil quince, Vistos Para Resolver En Relacion A La Planilla De Liquidacion De Sentencia Presentada Por El Representante Legal De La Cesionaria De Credito, Por Lo Expuesto Y Fundado, Se Falla: Primero.Resulto Improcedente La Liquidacion De Sentencia Formulada Por La Parte Actora, Segundo.- Se Deja A Salvo Los Derechos De La Parte Actora, Para Formular Nuevamente Su Liquidacion De Sentencia, La Cual Debera Ajustarse A Los Parametros Establecidos En La Sentencia Definitiva Y En La Resolucion De Liquidacion De Sentencia Que Obra En Autos.
VS Angel Vega Garcia, Hilda Soto Suarez
EN CIUDAD JUDICIAL SIGLO XXI,PUEBLA A
16/06/2015
C. DILIGENCIARIO
Lic. Jose Enrique Cruz Perez
Página 7
H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA JUZGADO OCTAVO ESPECIALIZADO EN MATERIA MERCANTIL DILIGENCIARIO PAR LISTA DE NOTIFICACIONES QUE SE FIJA A LAS OCHO HORAS DEL DIA
ASUNTO
16/06/2015
EN EL JUZGADO
NOTIFICACION
EN CIUDAD JUDICIAL SIGLO XXI,PUEBLA A
16/06/2015
C. DILIGENCIARIO
Lic. Jose Enrique Cruz Perez
Página 8