H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA

H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DILIGENCIARIO NON LISTA DE NOTIFICACIONES QUE SE FIJA A LAS OCHO HORA

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H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DILIGENCIARIO NON LISTA DE NOTIFICACIONES QUE SE FIJA A LAS OCHO HORAS DEL DIA 03/08/2011

ASUNTO

EN EL JUZGADO

NOTIFICACION

EXP. 697/10

Visto De Fecha Quince De Julio De Dos Mil Once Resultando Considerando Resuelve: Primero.- Se Aprueba La Liquidacion De Sentencia Formulada Por El Actor Por La Cantidad De $60,356.00 (sesenta Mil Trescientos Cincuenta Y Seis Pesos Cero Centavos Moneda Nacional) Comprendiendo Esta Hasta El Treinta De Abril De Dos Mil Once. Se Notifica Ambas Partes

EXP. 991/10

Visto De Fecha Quince De Julio De Dos Mil Once Resultando Considerando Resuelve: Unico.- Se Aprueba La Liquidacion De Sentencia Formulada Por El Actor Por La Cantidad De $452,000.00 (cuatrocientos Cincuenta Y Dos Mil Pesos Cero Centavos Moneda Nacional) Comprendiendo Estas Hasta El Mes De Mayo De Dos Mil Once. Se Notifica Ambas Partes

EXP. 357/11

Auto De Fecha Uno De Julio De Dos Mil Once Como Lo Solicita El Actor Y Tomando En Cuenta Que La Parte Demandada No Dio Contestación A La Demanda Instaurada En Su Contra, Ni Seńalo Domicilio Para Recibir Notificaciones Personales Dentro Del Termino Que Se Le Concedió Para Tal Efecto, Se Declaran Por Perdidos Los Derechos Que Pudo Haber Ejercitado; Y Se Le Tiene Por Contestada En Sentido Negativo Y En Consecuencia Se Ordena Que Las Siguientes Notificaciones Se Practiquen Conforme A Las Reglas Para Las Que No Deban Ser Personales, Es Decir Por Estrados. Y Se Admiten Como Pruebas De La Parte Actora Las Siguientes: La Documental Privada Y Publica, Y La Documental Publica De Actuaciones, La Testimonial A Cargo De Efrain Damian No Ha Lugar A Admitirla Toda Vez Que La Oferente De La Prueba No Precisa El Domicilio De Sus Testigos., La Presuncional Legal Y Humana. Se Seńalan Las Nueve Horas Del Dia Veintitres De Agosto De Dos Mil Once Para Que Tenga Lugar La Audiencia De Recepcion De Pruebas, Alegatos Y Citacion Para Sentencia. Se Notifica Ambas Partes

EXP. 427/11

Diligencia De Fecha Catorce De Julio De Dos Mil Once Como Lo Solicita Cesar Valdes Vazquez Expidasele Copia Simple De La Constancia Que Indica. Se Notifica Ambas Partes

EXP. 337/11

Auto De Fecha Catorce De Julio De Dos Mil Once Como Lo Solicita El Actor Y Tomando En Cuenta Que La Parte Demandada No Dio Contestación A La Demanda Instaurada En Su Contra, Ni Seńalo Domicilio Para Recibir Notificaciones Personales Dentro Del Termino Que Se Le Concedió Para Tal Efecto, Se Declaran Por Perdidos Los Derechos Que Pudo Haber Ejercitado; Y Se Le Tiene Por Contestada En Sentido Negativo, En Consecuencia Se Ordena Que Las Siguientes Notificaciones Se Practiquen Conforme A Las Reglas Para Las Que No Deban Ser Personales, Es Decir Por Estrados. Se Notifica Ambas Partes

EN CIUDAD DE PUEBLA A. 03/08/2011 C. DILIGENCIARIO

Lic. Norma Patricia Reyes Hernández

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EXP. 375/11

Diligencia De Fecha Veintitres De Junio De Dos Mil Once Con La Comparecencia De La Parte Actora Reconvencional Y El Demandado Reconvencional El Juez Proveyo: Toda Vez Que No Llegaron A Un Acuerdo Las Partes Se Ordena Su Emplazamiento A Juicio A La Parte Demandada Reconvencional Ramon Briseńo Gonzalez. Se Notifica Ambas Partes Diligencia De Fecha Veintitres De Junio De Dos Mil Once En Cumplimiento A La Actuacion Que Antecede Se Procede A Desahogar La Diligencia De Emplazamiento Ordenada En Autos Al Demandado Reconvencional. Se Notifica Ambas Partes Visto De Fecha Doce De Julio De Dos Mil Once Primero: Se Tiene A Ramon Briseńo Gonzalez En Tiempo Y Forma Legal Contestando La Demanda Reconvencional Instaurada En Su Contra Por Opuestas Las Excepciones Que De Su Escrito De Cuenta Se Desprenden; Asi Mismo Se Le Tiene Al Ocursante Seńalando Como Domicilio Particular Y Para Recibir Notificaciones Los Que Indica En Su Escrito De Cuenta, Autorizando Para Recibir Las Mismas A Los Abogados Que Indica. Segundo: Por Otra Parte, Se Le Tiene Anunciando Como Pruebas De Su Parte Las Que Cita En Su Escrito De Cuenta; En Consecuencia, Con Lo Anterior Se Ordena Dar Vista A La Parte Colitigante Para Que Dentro Del Termino De Tres Dias De Estimarlo Necesario, Objete Las Que Permita La Ley Y Ofrezca Pruebas Tendientes A Justificar Esas Objeciones. Se Tiene A Ramon Briseńo Gonzalez Nombrando Abogado Patrono Al Licenciado Martin Arguello Colula. Se Notifica Ambas Partes

EXP. 195/07

Auto De Fecha Catorce De Julio De Dos Mil Once Digasele A La Actora Que Se Este Al Acuerdo De Fecha Dieciocho De Abril De Dos Mil Siete. Se Notifica Actor

EXP. 1247/10

Auto De Fecha Uno De Agosto De Dos Mil Once Se Desecha El Escrito De Isidro Eustargio Jimenez Anlehu Toda Vez Que No Es Parte En El Juicio. Se Notifica Ambas Partes Y Ocursante

EXP. 47/06

Auto De Fecha Uno De Agosto De Dos Mil Once Digasele A Jose Luis Armenta Sanchez Que Se Desecha Su Escrito Toda Vez Que En Autos No Consta El Desistimiento De La Parte Actora. Se Notifica Ambas Partes

EXP. 401/07 Expllo. De Reposicion

Auto De Fecha Quince De Julio De Dos Mil Once Digasele A La Actora Que No Ha Lugar A Acordar De Conformidad Su Peticion Toda Vez Que El Domicilio De Los Demandados Se Ubica Fuera De Esta Jurisdiccion. Se Notifica Ambas Partes

EXP. 443/11

Auto De Fecha Catorce De Julio De Dos Mil Once Girese Oficio A Las Dependencias Que Se Indican Para Que Informen Si En Sus Archivos Se Encuentra Registrado Algun Domicilio De La Parte Demandada Para El Efecto De Estar En Posibilidades De Emplazarla A Juicio. Se Notifica Actor

EXP. 1273/01

Auto De Fecha Quince De Julio De Dos Mil Once Se Desecha El Escrito De Elisa Beatriz Carrillo Pedrosa Toda Vez Que No Es Parte En El Juicio. Se Notifica Ambas Partes Y Ocursante

EXP. 1263/10

Diligencia De Fecha Uno De Agosto De Dos Mil Once Como Lo Solicita La Compareciente Sara Rodriguez Aguilar Expidase Copias Certificadas De La Demanda, Auto Admisorio, Autos Que Tien Admitida La Contestacion Y La Audiencia Del Desahogo De Pruebas Dentro Del Presente Juicio. Se Notifica Ambas Partes EN CIUDAD DE PUEBLA A. 03/08/2011 C. DILIGENCIARIO

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EXP. 1195/09

Auto De Fecha Uno De Agosto De Dos Mil Once Tengase A Las Demandadas Realizando Las Manifestaciones Que De Su Escrito Se Cuenta Se Desprenden En El Sentido De Que Se Inconforman Con La Actualizacion De Liquidacion De Sentencia Que Formulo La Parte Actora Y Sin Que Haya Lugar A La Admision De Las Pruebas Que Ofrecen, Toda Vez Que Las Mismas Tienen Como Finalidad La Modificacion De La Condena Decretada En Sentencia Definitiva Lo Cual Es Improcedente Dado Que Ya Fueron Oidas Y Vencidas En Juicio. Se Notifica Ambas Partes

EXP. 845/11

Visto De Fecha Quince De Julio De Dos Mil Once Digasele Al Actor Que Se Desecha De Plano La Demanda Que Plantea Por Su Representacion Toda Vez Que La Misma No Fue Firmada Por El Abogado Patrono Que Nombro Sin Que Sea Obstaculo A Lo Anterior El Hecho De Que El Promovente Manifieste Ser Abogado Con Cedula Profesional En Atencion A Que No Justifico Su Dicho En El Sentido De Que Su Titulo De Abogado Se Encuentra En Tramite De Registro Ante El Honorable Tribunal Superior De Justicia Del Estado. En Consecuencia De Causar Ejecutoria Esta Resolucion Devuelvasele Al Actor Los Documentos Que Exhibio En Un Horario De Ocho Treinta A Diez Horas En Dias Habiles. Se Notifica Actor

EXP. 851/11

Auto De Fecha Quince De Julio De Dos Mil Once Digasele A La Actora Que Se Desecha Por Incongruente Su Escrito De Demanda Toda Vez Que En El Primer Punto Del Capitulo De Hechos Refiere Que El Titulo De Credito En Que Funda Su Accion Vencio El Quince De Febrero De Dos Mil Nueve Sin Embargo De La Literalidad De Dicho Documento, Solamente Se Establecio Que El Vencimiento Del Mismo Acontecio El Quince De Febrero Sin Precisar El Ańo De Ahi Que Su Demanda Es Incongruente. En Consecuencia De Causar Ejecutoria Esta Resolucion Devuelvasele Al Actor Los Documentos Que Exhibio En Un Horario De Ocho Treinta A Diez Horas En Dias Habiles. Se Notifica Actor

EXP. 849/11

Auto De Fecha Quince De Julio De Dos Mil Once Digasele Al Actor Que No Ha Lugar A Admitir A Tramite La Demanda Que Plantea Por Incongruente Toda Vez Que Reclama El Pago De La Cantidad De Quinientos Mil Pesos Cero Centavos Moneda Nacional Por Concepto De Suerte Principal E Intereses Moratorios A Razon Del Seis Por Ciento Anual Sin Embargo Como El Propio Promovente Lo Refiere En La Parte Final Del Cpaitulo De Prestaciones Y En El Primer Punto Del Capitulo De Hechos Que El Quince De Mayo De Dos Mil Once La Parte Demandada Le Dio Cuenta De Intereses Y Parte De La Suerte Principal La Cantidad De Cuatrocientos Noventa Y Un Mil Pesos Cero Centavos Moneda Nacional Quedando Un Remanente De Ciento Ochenta Y Nueve Mil Pesos Cero Centavos Moneda Nacional, Sin Embargo En El Caso A Estudio Reclama El Pago De La Totalidad Del Documento Fundatorio De La Accion Con Sus Respectivos Intereses Asi Como Tambien Omitio Precisar Que Cantidad Del Abono Que Recibio Se Aplico A Suerte Principal Y Que Cantidad Se Aplico A Intereses Moratorios. En Consecuencia De Causar Ejecutoria Esta Resolucion Devuelvasele Al Actor Los Documentos Que Exhibio En Un Horario De Ocho Treinta A Diez Horas En Dias Habiles. Se

EXP. 1265/10

Auto De Fecha Quince De Julio De Dos Mil Once Como Lo Solicita El Luis Raul Tela Corona Se Ordena Pasar Al Periodo De Alegatos Por El Termino De Dos Días Común A Las Partes El Cual Empezara A Transcurrir A Partir Del Día Siguiente Hábil En Que Surta Efectos La Notificación De Este Auto. Se Notifica Ambas Partes

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EXP. 701/10

Auto De Fecha Quince De Julio De Dos Mil Once V I S T O El Estado Que Guardan Los Presentes Autos, El Juez Resuelve: A. Con Fundamento En Lo Dispuesto Por El Artículo 1076 Del Código De Comercio, Que Textualmente Dispone: "la Caducidad De La Instancia Opera De Pleno Derecho, Sea Porque Se Decrete De Oficio O A Petición De Parte, Cualquiera Que Sea El Estado Del Juicio, Desde El Primer Auto Que Se Dicte En El Mismo Y Hasta La Citación Para Oír Sentencia, En Aquellos Casos En Que Concurran Las Siguientes Circunstancias: A) Que Hayan Transcurrido Ciento Veinte Días Contados A Partir Del Día Siguiente A Aquél En Que Surtió Efectos La Notificación De La Última Resolución Judicial Dictada, Y; B) Que No Hubiere Promoción De Cualquiera De Las Partes, Dando Impulso Al Procedimiento Para Su Trámite, Solicitando La Continuación Para La Conclusión Del Mismo". Resultando Legalmente Aplicable Tal Precepto, Según Lo Determinado Por El Artículo Primero Transitorio Del Decreto Que Reformó, Adicionó Y Derogó Diversas Disposiciones Del Código De Comercio Publicado En El Diario Oficial De La Federación El Veinticuatro De Mayo De Mil Novecientos Noventa Y Seis Y Que Entraron En Vigor El Veintiséis De Julio Del Mismo Ańo, Y Tomando En Consideración Que Tal Ordenamiento Legal, No Admite Otra Interpretación Sino La Literal, En El Sentido De Que Dentro De Un Juicio Mercantil, La Caducidad De La Instancia Opera De Oficio O A La Petición De Parte, Cualquiera Que Sea El Estado Del Mismo Hasta La Citación Para Oír Sentencia, Cuando Hayan Transcurrido Ciento Veinte Días Contados A Partir Del Día Siguiente A Aquél En Que Surtió Efectos La Notificación De La Última Resolución Judicial Dictada, Y Cuando No Hubiere Promoción De Cualquiera De Las Partes, Dando Impulso Al Procedimiento Para La Conclusión Del Juicio. Advirtiéndose De Las Constancias De Autos Que Ha Transcurrido Con Exceso El Termino De Ciento Veinte Días Contados A Partir Del Día Siguiente A Aquél En Que Surtió Efectos La Notificación De La Última Resolución Judicial Dictada, Dado Que Esta Se Realizó Con Fecha Ocho De Diciembre De Dos Mil Ocho Y Se Notifico El Día Catorce De Diciembre De Dos Mil Diez, Y Que Dentro De Ese Termino, No Existe Promoción De Ninguna De Las Partes Que De Impulso Al Procedimiento, Además De Que Aun No Se Ha Pronunciado La Sentencia Definitiva Correspondiente. En Consecuencia, Esta Autoridad Declara La Caducidad De La Instancia, Pero No De La Acción Dentro Del Presente Juicio, Volviendo Las Cosas Al Estado Que Tenían Antes De La Presentación De La Demanda, Siendo Ineficaz Las Actuaciones Hasta Ahora Practicadas. Por Lo Que Una Vez Que Cause Estado La Presente Resolución Se Ordena Devolver A La Parte Actora, La Documental Exhibida Como Fundadora De La Acción, Y Por Asi Permitirlo Las Labores Del Juzgado, Dicho Tramite Se Debera Iniciar En El Horarario De Ocho Treinta A Diez Horas En Días Habiles, Previa Identificación Y Toma De Razon Que Se Asiente En Autos, Autorizando Para Recibirlos A Quien Indica En El Escrito De Cuenta, Con El Apercibimiento De Que De No Hacerlo Se Remitirán Los Autos Al Archivo Judicial Del Estado. Asimismo, Atento A Lo Seńalado En El Artículo 1076 Inciso B) Fracción Viii Del Ordenamiento Legal En Cita, Las Costas Causadas Con Motivo De La Tramitación De Este Juicio, Son A Cargo De La Parte Actora. En Su Oportunidad Archívese Éste Expediente Como Asunto Totalmente Concluido. B. En Su Oportunidada Archivese Este Expediente Como Asunto Totalmente Concluido. C. Finalmente, Digase Al Promovente Que Se Este A Lo Acordado En Lineas Que Anteceden. Se Notifica Ambas Partes

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EXP. 769/11

Auto De Fecha Doce De Julio De Dos Mil Once No Ha Lugar A Tener Por Admitida La Demanda Planteada Por El Actor Debido A Que Dicho Actor Promueve Juicio Oral Mercantil Mismo Procedimiento Que Aun No Se Encuentra Vigente Dentro De La Legislacion Mercantil Motivo Por El Cual Se Desecha De Plano El Escrito De Cuenta Por Improcedente. En Consecuencia De Causar Ejecutoria Esta Resolucion Devuelvasele Al Actor Los Documentos Que Exhibio En Un Horario De Ocho Treinta A Diez Horas En Dias Habiles. Se Notifica Actor

EXP. 809/11

Visto De Fecha Seis De Julio De Dos Mil Once Digasele Al Actor Que No Ha Lugar A Admitir A Tramite Su Escrito De Demanda Toda Vez Que No Acompańo A La Misma Copia Certificada Y Simple Para Los Traslados Correspondientes Del Acta De Asamblea De Fecha Nueve De Noviembre De Dos Mil Nueve Cuya Nulidad Demanda Aunado A Que La Via Que Promueve No Es La Procedentye Con Base En El Numeral Invocado. En Consecuencia De Causar Ejecutoria Esta Resolucion Devuelvasele Al Actor Los Documentos Que Exhibio En Un Horario De Ocho Treinta A Diez Horas En Dias Habiles. Se Notifica Actor

EXP. 839/11

Auto De Fecha Trece De Julio De Dos Mil Once Digasele Al Actor Que No Ha Lugar A Admitir A Tramite Su Escrito De Demanda Toda Vez Que En El Punto Uno Del Capitulo De Hechos Refiere Que Se Suscribio El Pagare Base De Su Accion Con Fecha Treinta De Junio De Dos Mil Diez Sin Embargo De La Lietralidad De Dicho Documento Se Observa Que Fue Suscrito El Siete De Diciembre De Dos Mil Diez. En Consecuencia De Causar Ejecutoria Esta Resolucion Devuelvasele Al Actor Los Documentos Que Exhibio En Un Horario De Ocho Treinta A Diez Horas En Dias Habiles. Se Notifica Actor

EXP. 533/11

Auto De Fecha Catorce De Julio De Dos Mil Once Se Tiene A La Actora Seńalando Como Nuevo Domicilio De La Demandada El Ubicado En Su Escrito; En Consecuencia Toda Vez Que Dicho Domicilio Se Encuentra Ubicado Fuera De Esta Jurisidiccion Se Ordena Girar Atento Exhorto Al Juez De Lo Civil De Tepeaca, Puebla Para Que De Cumplimiento A Lo Ordenando En Autos. Se Notifica Actor

EXP. 577/11

Auto De Fecha Catorce De Julio De Dos Mil Once Se Tiene A La Actora Autorizando Para Recibir Notificaciones , Documentos E Imponerse De Los Autos A Quien Indica En Su Escrito. Se Notifica Ambas Partes

EXP. 537/11

Auto De Fecha Doce De Julio De Dos Mil Once Se Seńalan Nuevamente Las Diez Horas Del Dia Diecinueve De Agosto Del Ańo Dos Mil Once Para Que Se Cumplimiento A Lo Ordenado En El Proveido De Fecha Diez De Junio Del Ańo En Curso. Y Se Tiene Al Promovente Dando Contestación A La Vista Que Le Fue Dada En Auto De Fecha Treinta De Junio Del Ańo En Curso En Los Terminos Que De Su Escrito Se Desprenden. Se Notifica Ambas Partes

EXP. 1053/10

Visto De Fecha Catorce De Julio De Dos Mil Once Se Tiene A La Funcionaria Oficiante Rindiendo El Informe Que Se Le Solicito Con Lo Que Se Ordena Dar Vista A La Parte Actora Para Que En El Termino De Tres Dias Manifieste Lo Que A Su Derecho E Interes Convenga. Se Notifica Actor

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EXP. 397/11

Auto De Fecha Catorce De Julio De Dos Mil Once Se Tiene A La Actora Seńalando Como Nuevo Domicilio De La Demandada Marina Juarez Bonilla A El Ubicado En Su Escrito; En Consecuencia Toda Vez Que Dicho Domicilio Se Encuentra Ubicado Fuera De Esta Jurisidiccion Se Ordena Girar Atento Exhorto Al Juez De Lo Civil De Tepeaca, Puebla Para Que De Cumplimiento A Lo Ordenando En Autos. Turnense Los Presentes Autos A La Diligenciaria Para Que Se Constituya En El Domiclio De Los Demandados Y De Cumplimiento A Lo Ordenado En Autos. Se Notifica Actor

EXP. 291/11

Auto De Fecha Catorce De Julio De Dos Mil Once Tengase A La Actora Dando Contestación En Tiempo Y Forma Legal A La Vista Que Se Le Dio En Auto De Fecha Veintiocho De Junio De Dos Mil Once, Asi Como Tambien Se Le Tiene Nombrando Como Perito En Caligrafia Y Grafoscopio A Leonardop Parente Contreras. Se Notifica Ambas Partes

EXP. 249/10

Auto De Fecha Catorce De Julio De Dos Mil Once Digase A Juan Alberto Vargas Martinez Que No Ha Lugar A Acordar De Conformidad Sus Peticiones Toda Vez Que Quienes Tienen Personalidad Reconocida En Autos Son: Graciela Miranda Blumenkron Y Jose Arturo Lopez Sanchez En Su Carácter De Endosatarios En Procuración De Tractores Agrícolas De Puebla Sa A Quienes No Les Ha Sido Revocado El Endoso Que La Les Fue Conferido. Se Notifica Ambas Partes

EXP. 137/11 Exhorto

Auto De Fecha Quince De Julio De Dos Mil Once Requierase Al Actor Para Que Dentro Del Termino De Tres Dias Exhiba Copia Del Proveido A Cumplimentar De No Hacerlo Se Devolvera El Exhorto Sin Diligenciar. Se Notifica Actor

EXP. 135/11 Exhorto

Auto De Fecha Quince De Julio De Dos Mil Once Requierase Al Actor Para Que Dentro Del Termino De Tres Dias Exhiba Copia Del Proveido A Cumplimentar De No Hacerlo Se Devolvera El Exhorto Sin Diligenciar. Se Notifica Actor

EXP. 449/11

Auto De Fecha Uno De Agosto De Dos Mil Once Como Lo Solicita El Actor Y Tomando En Cuenta Que La Parte Demandada No Dio Contestación A La Demanda Instaurada En Su Contra, Ni Seńalo Domicilio Para Recibir Notificaciones Personales Dentro Del Termino Que Se Le Concedió Para Tal Efecto, Se Declaran Por Perdidos Los Derechos Que Pudo Haber Ejercitado; En Consecuencia Se Ordena Que Las Siguientes Notificaciones Se Practiquen Conforme A Las Reglas Para Las Que No Deban Ser Personales, Es Decir Por Estrados. Ahora Bien Por Ser El Momento Procesal Oportuno, Se Procede A Preparar El Juicio A Prueba; En Consecuencia Se Admiten Como Pruebas De La Parte Actora Con Citación De La Contraria Las Siguientes: La Documental Privada, La Intrumental Pública De Actuaciones Y La Presuncional Legal Y Humana. Tomando En Consideración Que Las Pruebas Admitidas Se Desahogan Por Su Propia Naturaleza, No Se Ordena Abrir El Juicio A Desahogo De Pruebas De Conformidad Con Lo Establecido En El Párrafo Tercero Del Último Numeral En Cita. Se Notifica Ambas Partes

EXP. 767/11

Auto De Fecha Quince De Julio De Dos Mil Once Digase Al Actor Que No Ha Lugar A Tenerlo Por Presentado Dando Cumplimiento A Lo Ordenado Toda Vez Que Su Escrito Fue Presentado Extemporáneamente. En Consecuencia Se Hace Efectivo El Apercibimiento Y 03/08/2011 EN CIUDAD DEDigasele PUEBLAQue A. No Ha Lugar A Dar Tramite A Su Demanda. En Consecuencia De Causar Ejecutoria Esta Resolucion C. DILIGENCIARIO Devuelvasele A La Parte Actora La Documentacion Que Exhibio En UnHernández Horario De Ocho Treinta A Diez Horas Página En Lic. Norma Patricia Reyes 6 Dias Habiles. Se Notifica Parte Actora

EXP. 133/11 Exhorto

Visto De Fecha Trece De Julio De Dos Mil Once Requierase Al Actor Para Que Dentro Del Termino De Tres Dias Exhiba Copia Del Proveido A Cumplimentar De No Hacerlo Se Devolvera El Exhorto Sin Diligenciar. Se Notifica Actor

EXP. 99/11 Exhorto

Visto De Fecha Catorce De Julio De Dos Mil Once Se Tiene A La Funcionaria Oficiante Rindiendo El Informe Que Se Le Solicito Con Lo Que Se Ordena Dar Vista A La Parte Actora Para Que En El Termino De Tres Dias Manifieste Lo Que A Su Derecho E Interes Convenga. Se Notifica Actor

EXP. 43/11

Auto De Fecha Catorce De Julio De Dos Mil Once Tomando En Consideracion Que La Demandada No Realizo Manifestacion Alguna Con Relacion A La Vista Que Se Le Dio Es Por Lo Que Se Tiene Al Actor Por Desistida De La Instancia Mas No De La Accion Volviendo Las Cosas Al Estado Que Tenian Hasta Antes De La Presentacion De La Demanda Ordenandose La Devolucion Del Documento Fundatorio De La Accion En Un Horario De Ocho Treinta A Diez Horas En Dias Habiles Y En Su Oportunidad Archivese Este Expedientillo Como Asunto Totalmente Concluido. Se Notifica Ambas Partes

EXP. 289/11 Recurso De Reclamacion

Auto De Fecha Doce De Julio De Dos Mil Once Se Admite A Tramite El Recurso De Reclamacion Promovido Por Sara Flores Guarneros En Contra Del Auto De Fecha Dieciseis De Junio De Dos Mil Once En Consecuencia Se Ordena Dar Vista A La Parte Contraria Para Que En El Termino De Dos Dias Manifieste Lo Que A Su Derecho Importe. Se Notifica Ambas Partes

EXP. 01/11 Pruebas Actor

Diligencia De Fecha Trece De Julio De Dos Mil Once Dia Y Hora Seńalado En Autos Para El Desahogo De La Prueba Confesional A Cargo De Ricardo Ramirez Arenas Y Con Su Comparecencia Personal , No Ha Lugar Al Desahogo De La Prueba Confesional. Se Notifica Ambas Partes Diligencia De Fecha Trece De Julio De Dos Mil Once Dia Y Hora Seńalado En Autos Para El Desahogo De La Prueba Confesional A Cargo De Ricardo Ramirez Perez Y Con Su Comparecencia Personal , No Ha Lugar Al Desahogo De La Prueba Confesional. Se Notifica Ambas Partes

EXP. 843/11

Auto De Fecha Catorce De Julio De Dos Mil Once Digasele A La Actora Que Se Desecha Por Incongruente Su Escrito De Demanda Toda Vez Que Reclama El Pago De Entre Otras Prestaciones El De Intereses Legales A Razon Del Siete Por Ciento Por Referir Haber Pactado El Pago De Dichos Intereses Con El Demandado Segun Se Advierte En Los Puntos Uno Y Cuatro Del Capitulo De Hechos Cuyas Afirmaciones Son Incongruentes Con El Contenido Literal Del Documento Fundatorio De Su Accion Dado Que En El Mismo Se Aprecia Que Fue Pactado El Pago De Intereses Ordinarios A Razon Del Seis Por Ciento Mensual. En Consecuencia De Causar Ejecutoria Esta Resolucion Devuelvasele Al Actor Los Documentos Que Exhibio En Un Horario De Ocho Treinta A Diez Horas En Dias Habiles. Se Notifica Actor

EXP. 847/11

Auto De Fecha Catorce De Julio De Dos Mil Once Digasele Al Promovente Javier Sanchez Flores Que No Ha Lugar A Admitir La Demanda Que Plantea Toda Vez Que No Justifica En Forma Fehaciente Su Interes Juridico Y Kegitimacion Activa Para Promover Como Endosatario En Procuracion De La Empresa Productos Quimicos Mardupol S.a. De C.v. Toda Vez Que Quien Endoso Los Documentos Base De La Accion Es Una Persona Fisica De La Cual Se Desconoce Si Tiene Alguna Representacion En Favor De La Titular De Los Documentos En Mencion. En Consecuencia De Causar Ejecutoria Esta Resolucion 03/08/2011 EN CIUDAD DEDevuelvasele PUEBLA A. Al Actor Los Documentos Que Exhibio En Un Horario De Ocho Treinta A Diez Horas En Dias Habiles. Se C. DILIGENCIARIO Notifica Actor Lic. Norma Patricia Reyes Hernández Página 7

EXP. 857/11

Visto De Fecha Quince De Julio De Dos Mil Once Digasele A La Actora Que Se Desecha La Demanda De Rescision De Contrato De Arrendamiento Que Promueve En La Via Oral Sumarisima, En Virtud De Que Del Documento En Que Funda Su Accion Consistente En El Contrato De Arrendamiento De Fecha Primero De Julio De Dos Mil Diez Se Advierte Que Este Se Encuentra Vencido Y Solo Son Susceptibles De Rescindirse Los Contrato Vigentes. En Consecuencia De Causar Ejecutoria Esta Resolucion Devuelvasele Al Actor Los Documentos Que Exhibio En Un Horario De Ocho Treinta A Diez Horas En Dias Habiles. Se Notifica Actor

EXP. 1099/08

Auto De Fecha Catorce De Julio De Dos Mil Once Digasele Al Actor Que Una Vez Que Precise El Domicilio Donde Deben Entregarse Los Bienes Embargados Al Depositario Pedro Martinez Martinez Se Estara En Posibilidad De Acordar Lo Procedente. Se Notifica Ambas Partes

EXP. 685/11

Auto De Fecha Trece De Julio De Dos Mil Once Por Ser Procedente A Admitir Como Pruebas De La Parte Actora Las Siguientes: La Documental Privada, La Documental Publica De Actuaciones Y La Presuncional Legal Y Humana. Por Otra Parte Se Tiene Por Admitidas De La Demandada Las Siguientes: La Documentale Publica Y La Presuncional Legal Y Humana. Probanzas Que Se Desahigan Por Su Propia Naturaleza Por Lo Que No Resulta Necesario Abrir El Juicio A Desahoga De Pruebas. Como Lo Solicita El Actor Se Ordena Pasar Al Periodo De Alegatos Por El Termino De Dos Días Común A Las Partes El Cual Empezara A Transcurrir A Partir Del Día Siguiente Hábil En Que Surta Efectos La Notificación De Este Auto. Se Notifica Ambas Partes

EXP. 457/11

Auto De Fecha Quince De Julio De Dos Mil Once Tengase A Dulce Daniela Acevedo Fernandez Apersonandose Al Presente Juicio En Su Caracter De Apoderada Legal Del Infonavit Personalidad Que Acredita Y Se Le Reconoce. Digasele A La Ocursante Que Debe Estarse A Lo Acordado En Auto De Fecha Ocho De Junio De Dos Mil Once. Se Notifica Actor

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