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• Compare las concepciones de Hobbes y Locke sobre: • Libertad Natural y Civil. • Límites del soberano con relación a la libertad de los súbditos. • Límites de la obligación política de los súbditos con relación al Estado. • Utilice algún ejemplo extraído del caso uruguayo, para ilustrar argumentos de Locke, de Hobbes, o de ambos a este respecto. HOBBES Tema A) Libertad natural y libertad civil Para Hobbes, el derecho natural es una libertad, la libertad que cada hombre posee de usar los recursos a su disposición para preservar la vida, de la manera que quiera y hacer todo lo que sea necesario que su razón y juicio le impongan para preservar esa vida. La libertad es la ausencia de impedimentos externos, cuando hay cosas que limitan a los seres humanos en el uso de los recursos para preservar su vida, el hombre no es libre, esto ha pasado a la historia de la Teoría Política como libertad negativa. En el estado de naturaleza los impedimentos externos son los otros y en el estado de naturaleza el hombre tiene derecho a todas las cosas, incluyendo el cuerpo de los otros, para lograr preservar su vida (disfrutar de su derecho natural) En el estado de naturaleza los hombres ejercen los derechos naturales, y éstos no son compatibles con la sociedad civil, para vivir en sociedad los hombres deben hacer la transferencia del poder, encomendándolo a un delegado, el soberano. La única manera es la renuncia por parte de todos del ejercicio de esos derechos naturales. Los que ceden sus derechos esperan también que los demás cedan los suyos, por lo tanto esta renuncia debe ser: universal, unánime y simultánea. Al renunciar a un derecho me privo de una libertad, la libertad de impedirle al otro que se prive de ese derecho. Los derechos se transfieren a un hombre (o conjunto de ellos) que serán los representantes, no hay ley obligatoria de la acción del soberano ni control de los representantes ni los representados. Al ceder mi derecho estoy realizando un PACTO al que estoy obligada a cumplir. El estado debe ser tan poderoso como para asegurar que los hombres no sean transgresores y violen el pacto, por lo tanto, debe infundar el temor de que el castigo sea mayor que el beneficio de tal violación. Un trasgresor no le tiene miedo mas que al otro hombre, si alguien planta, siembra, construye o posee algún tipo de bien, es probable que venga otro ayudado por alguien mas e intente despojarlo de lo que tiene, pro quizá no solo del fruto de su trabajo sino que también de su vida, e incluso de su libertad. Y el invasor a su vez, se encuentra en el mismo peligro con respecto a otro. Cuando los hombres viven sin un poder común que los atemorice se hallan en la condición o estado que se denomina de guerra; una guerra tal que es la de todos contra todos. Donde no hay poder común, la ley no existe: donde no hay ley no hay justicia. He aquí el concepto de libertad civil: cuando cedo mis derechos para no caer en estado de guerra y entrar en sociedad civil, transfiero mis derechos a otros y a su vez los demás hacen lo mismo mediante un pacto la libertad está en todo lo que la ley permite Aquí demuestra el concepto negativo de libertad y está de acuerdo con Locke En el estado civil, la acusación va seguida del castigo, y siendo fuerza nadie está obligado a tolerarlo sin resistencia. 1
Un hombre libre es aquella persona que no esta obstaculizada de hacer lo que desea. Los hombres para alcanzar la paz y conservación de si misma han creado el Estado han hecho cadenas artificiales (leyes civiles) que, ellos mismos, a través de pactos han fijado. Tema B) Limites del soberano con respecto a los súbditos El soberano tiene el monopolio de la fuerza física, recaudación de impuestos y control de la doctrina, debe proteger a sus súbditos, no tiene ningún lazo de obligación política con ellos, tiene que ser la cabeza de la iglesia. Su finalidad es la de ofrecer paz y defensa de todos , por lo tanto, el decide que es conveniente para la paz y defensa de los súbditos y nada de lo que haga puede ser castigado por ellos. La libertad de un súbdito radica, por tanto, en aquellas cosas que el soberano predetermina (libertad de comprar y/o vender su casa, elegir su comida, etc.) Esto no significa que con esta libertad el soberano tenga también el poder de vida y muerte. La verdadera libertad de un súbdito, no está tan dictada por el soberano porque no puede prohibirle que se mate, se hiera, que no coma, etc. Ese hombre tiene la libertad para desobedecer, tampoco está obligado a confesar un crimen hecho por él mismo o matar a otro hombre. En caso de cautiverio por el enemigo, el súbdito tiene libertad para aceptar la condición, cuando la acepta es súbdito de quien se la impuso. Pero si un hombre es retenido en prisión o encadenado no posee la libertad de su cuerpo, por lo tanto, si puede tiene derecho a escapar por cualquier medio que se le ofrezca. Si un monarca renuncia a la soberanía, para si mismo, y para sus herederos, sus súbditos vuelven a la libertad absoluta de la naturaleza. Si el soberano destierra a sus súbditos, durante el mismo no es súbdito suyo, pero si se envía como mensajero o está autorizado para hacer un viaje lo sigue siendo. Si un monarca, pierde una guerra, se hace el mismo súbdito del vencedor, sus súbditos quedan liberados de ser súbditos de el y pasan a ser del vencedor. La palabra del rey es suficiente para arrebatar cualquier cosa a cualquier súbdito. El rey es juez de su necesidad. Tema C) Límites de la obligación política de los súbditos con respecto al Estado Los imites de la obligación de los súbditos radican en la obediencia absoluta a cambio de protección Debe autorizar todas las acciones o juicios de este hombre o asamblea de hombres. Lo mismo que si fuera suyos con la finalidad de vivir en paz entre si y ser protegido contra otros hombres. Puede negarse a obedecer cuando su vida está en riesgo o cuando se pierde o limita la libertad corporal de movimiento, como, por ejemplo cuando se es esclavo, aquí no hay un pacto voluntario por lo cual tiene derecho a rebelarse Los limites de la obligación de los súbditos radican en la obediencia absoluta a cambio de protección
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El súbdito puede negarse a: matarse, mutilarse, herirse, no resistir a quienes lo ataquen: la ley natural le prohíbe hacer algo que destruya su vida o omitir algo mediante lo cual su vida estará mejor preservada, por eso mismo no puede ser obligado a confesar un crimen que cometió ni pelear en una guerra a menos que se halla sumado a ella voluntariamente, esta característica de este límite se compara con la del límite del soberano frente a la libertad de un súbdito, pero, si se lo mira desde el punto de vista del súbdito, apreciamos que también queda como límite a las ordenes del soberano, o sea está mas allá de ser una obligación política. Es por la conservación de la vida que un hombre se hace súbdito de otro, cada hombre promete obediencia al que tiene poder para protegerlo o aniquilarlo. Locke A) Libertad natural y civil Para Locke el estado de naturaleza es el estado de perfecta libertad e igualdad que tienen los hombres para actuar y poseer dentro de los límites de la ley natural , este estado es armónico, pacífico, la convivencia es deseable entre los hombres y procuran tanto el bienestar propio como el general. En el estado de naturaleza y por la ley que me protege tengo la libertad de castigar hasta con la muerte , puede ejecutar porque el trasgresor de la ley natural está violando el pacto, es irracional, pueden ser tratados como animales salvajes porque se declararon fuera del estado de naturaleza. Para Locke la libertad es inalienable, por eso el pacto voluntario debe preservarla, al igual que la vida y la propiedad, por eso cualquier esclavitud (donde el amo es dueño del esclavo) implica un Estado de Guerra. Considerado globalmente el estado de naturaleza es un estado negativo, porque alberga la posibilidad de derivar en un estado de guerra. Pero Locke, sin argumentar que el estado de naturaleza es tan horrendo como lo pintaba Hobbes, dirá que hay que salir de él, pero no puede ser tan espantoso como para justificar el poder absoluto como única solución (porque estaría coincidiendo con Hobbes) Este estado de naturaleza es de perfecta libertad e igualdad, por lo cual los hombres actúan y poseen dentro de los límites de esa ley natural. Al mismo tiempo, esa libertad que goza el individuo en este estado no le permite destruirse a si mismo, ni a sus propiedades; de la misma manera no puede destruir ni la vida ni las propiedades de sus semejantes. Este Estado de Naturaleza es armónico, pacífico, la convivencia es deseable entre los hombres y procuran tanto el bienestar propio como el general. La armonía en este Estado se pierde cuando un individuo, transgrede la Ley de la Naturaleza. Quien queda en tales circunstancias, queda bajo la libre determinación de otro individuo, que tendrá la doble potestad de juzgar y ejecutar la falta que aquel ha cometido. De modo de ejemplificar tal acción para que otros no cometan la misma falta. En el estado de naturaleza los hombres pueden ser jueces y verdugos de sus propias causas. Al transgredir la ley de la naturaleza, el individuo pone en peligro su libertad. Cada vez que en el Estado de Naturaleza, se arrebata la libertad de un hombre, se deja a un lado ese estado, para pasar al Estado de Guerra, según Locke. Con respecto a la libertad de los súbditos, ésta es parte esencial de la vida, es un derecho natural. Los hombres no pueden enajenar su libertad porque se enajenan su vida, por ello no pueden haber leyes positivas que vayan contra la libertad de los súbditos. Para Locke aún cuando un ciudadano decida enajenar su libertad para salvar su vida, esto no debe tomarse como un consentimiento voluntario. En estado de naturaleza, el individuo, según Locke tiene libertad completa, con los límites que le impone la ley natural. Como ley natural, el autor, entiende la conservación del genero humano. Con dicho fin, el hombre dispone de sus actos, propiedades y de su persona como mejor le parezca. A este último estado se llega, cuando los hombres utilizan arbitraria y parcialmente las atribuciones que se 3
habían otorgado en el Estado de Naturaleza. Para evitar dichos vicios, debe aparecer la sociedad política y civil. La cual se presenta cuando los hombres, al reunirse, renuncian al poder de ejecutar la ley natural cediéndolo a la comunidad. Lo que saca a los hombres de un estado de naturaleza y los coloca dentro de un sociedad civil es el hecho de establecer un juez con autoridad para decidir las disputas y reparar los daños que pueda sufrir uno de sus miembros. Ese juez es el poder legislativo o lo son los magistrados. A su vez, renuncia simultáneamente al poder de hacer cumplir las decisiones del poder legislativo a favor de un poder ejecutivo distinto del antes explicitado. La finalidad de la ley no es suprimir o restringir la libertad, sino por el contrario, protegerla y ampliarla. Protegerla de los vicios y arbitrios del estado de naturaleza. De lo que se trata es que cada cual tenga la libertad para disponer de sus actos, bienes y de todo cuanto le pertenece, sometiéndose a lo que ordenan las leyes bajo las que vive. Esto alcanza a aquellos que han llegado a determinada edad, esto se asocia a un desarrollo mínimo de la razón y de la conciencia. La libertad del hombre se fundamenta en el hecho de que esta dotado de razón, y en que esta puede instruirlo en la ley por la que ha de gobernarse, haciéndole saber las cosas que quedan a la libertad de su propio arbitrio. Los hijos son libres, en la medida que le padre lo es, pero, están sometidos, hasta esa edad, al juicio de sus progenitores. Luego de esto se convierten en seres libres y pueden elegir el cuerpo político que deseen. A parir de aquí, los hombres son perfectamente iguales, y son pasibles de la aplicación, tanto de las leyes naturales o civiles. Esto no se aplica cuando por naturaleza, una persona nunca alcanza un grado de razón suficiente par considerarle capaz de entender la ley. Estas nunca serán libre de disponer de ellos mismos o sus bienes. Aquí podemos individualizar a los locos o a los retrasados, que nunca deben ser librados de sus padres, que tienen obligación de mantenerlos. La libertad del hombre en estado natural, es no someterse a otro hombre u otro poder superior. Y no encontrarse bajo la voluntad y autoridad legislativa de ningún hombre, no reconociendo otra ley más que la natural. La libertad del hombre en sociedad, consiste en no estar sometido a otro poder legislativo, que aquel que se establece por consentimiento propio, ni al dominio de voluntad alguna, ni a las limitaciones de ley alguna, fuera de las que ese poder legislativo dicte. La libertad del hombre sometido a un poder civil consiste en disponer de una regla fija para acomodar a ella su vida. Esas leyes restringen en varios aspectos la libertad que la ley naturaleza le otorgaba. B)Límites del soberano respecto a la libertad de sus súbditos Al entrar en sociedad el hombre renuncia a la igualdad, libertad y poder ejecutivo de que disponía en el estado de naturaleza. El poder de la sociedad política , los legisladores instituidos por ella, no pretenden otra cosa que el bien común, hallándose obligado a salvaguardar las propiedades de todos mediante leyes, que superen los defectos del estado de naturaleza. Esas leyes deben ser fijas y establecidas promulgadas y conocidas por el pueblo además debe establecer jueces que se encargan de resolver lo diferendos mediante aquellas leyes. El estado debe mantener el orden interno y la seguridad de peligros exteriores la comunidad. El Estado tiene el poder de hacer las leyes y castigar los transgresores. Dispone del poder de castigar cualquier daño hecho a uno de sus miembros por alguien que no lo es, el hombre que entra formar parte de la sociedad renuncia su poder natural de castigar Los atropellos cometidos en contra de la Ley de naturaleza siguiendo su juicio personal y renuncia por el poder legislativo. El poder legislativo y ejecutivo tiene que juzgar de cuerdo las leyes establecidas. C) Límites de la obligación política de los súbditos con respecto al Estado EL hombre renuncia al poder de castigar y ejecutar la ley natural según creía conveniente, poniéndola en 4
manos del poder ejecutivo, además tiene que renunciar la búsqueda de las ventajas personales , la parte de su libertad natural que exige el bien, prosperidad y la seguridad de la sociedad. Eso es justo y que todos los demás miembros renuncian igualmente. Cada hombre tiene la propiedad de su propia persona. Además, el esfuerzo de su cuerpo y la obra de sus manos son también suyos. Por eso, siempre que alguien saca alguna cosa del estado de naturaleza en que se produjo, ha puesto algo de él en ella, y por ello la ha convertido en su propiedad. Además, en caso de superar sus necesidades, y estándole prohibido el desperdicio, debe elegir de que manera disponer de esos recursos superavitarios. La monarquía es incompatible con la sociedad civil es por eso que no se considera un forma de poder civil. La sociedad civil tiene por cometido corregir y evitar los inconvenientes del estado de naturaleza, los cuales son causados cuando cada hombre es juez en su propio caso. Los miembros de la sociedad una vez que consienten formar pare del cuerpo político con un gobierno dado aceptan la obligación de estar sometido a las resoluciones del mayoría y dejarse guiar por ellas. Si eso no fuera si no tendría validez el pacto inicial que origino esa sociedad. La pacto no existiría si cada miembro de esa sociedad siguiese siendo libre y sin mas limitaciones que las que tenia en estado de naturaleza. Si se quiere gozar de propiedad en los dominios territoriales de un gobierno se debe someter las leyes ese gobierno mientras usufructúen de esos bienes. El que consciente por acuerdo expreso formar parte de un estado, se encuentra en la obligación de seguir perteneciendo ese estado y no para volver a la libertad que gozaba en el estado de naturaleza, excepto que ese gobierno desaparezca. Todo hombre que pase a residir en determinado país esta obligado a cumplir sus leyes y sometido gobierno del mismo un hombre es súbdito o miembro de un estado cuando ingresa en el por compromiso positivo, promesa expresa y pacto. La obligación del poder supremo de no atentar contra la propiedad privada de los súbditos. Eso no debe suceder en estados donde el poder legislativo lo detenta asamblea sucesivas, cuyos miembros una vez disuelta la asamblea, quedan sometidos a la ley en igualdad con los demás. COMPARACIÓN Hobbes y Locke A)Libertad natural y civil Para Hobbes, en el estado de naturaleza la libertad es natural y no es limitada para nada pero en cuanto se realiza el pacto (ceden los derechos a un soberano absoluto) esa libertad para a ser una libertad civil por el hecho que ahora está acotada por diversas reglas que impone el soberano. En el estado civil el soberano tiene que ser lo suficientemente poderoso y temido como para que los transgresores piensen dos veces antes de actuar porque no le conviene por ejemplo robar, si el beneficio que obtiene va a ser menor que el castigo, en Locke notamos una gran diferencia porque cuando hay estado civil hay un poco mas de flexibilidad, cuando estando en libertad civil este pacto se rompe y alguien toma a otro como esclavo inmediatamente se pasa a un estado de guerra. B)Limite del soberano con respecto a la libertad de los súbditos Para Hobbes, el soberano absoluto tiene el monopolio de la fuerza física, y la finalidad es garantizar la paz y seguridad, para ello tiene el poder de decisión acerca de lo que conviene o no para conseguirlas. Nada de lo que haga puede ser castigado por los súbditos, la libertad del súbdito es lo que el soberano diga, y hasta el punto que el quiera, pero no tiene en sus manos el poder de la vida y la muerte. A todo esto Locke parece estar de acuerdo porque dice que el súbdito es protegido por el soberano manteniendo de esta manera el orden y la 5
seguridad del mismo. C)Limite de la obligación política de los súbditos con respecto al Estado En Hobbes el límite del súbdito radica en la obediencia a cambio de protección, se puede negar a obedecer si algo le impide cumplir con la ley natural que es la que preserva la vida, es lo más importante para cada uno. La conservación de la vida es el detonante para que un hombre se haga súbdito de otro porque siempre se va hacer súbdito de alguien para que lo proteja, o sea, que tenga el poder de aniquilarlo, sin embargo, para Locke, el hombre siendo súbdito renuncia a la ley natural, por lo tanto si obedece a todos los mandatos y los límites serán los que el Estado le indique. _________________________________________________________________________ PARTE 2 Para el caso Uruguayo : La inviolabilidad del Hogar. Según Hobbes el soberano absoluto tenía el poder de dudar de que había un sedicioso que tenía el germen de la revolución en cierta casa, y por mas que fuera de noche estaba permitido , pero en Locke no pueden violar tu propiedad, ni tus bienes, o sea que no estaba permitido. En nuestro país la cosa es igual que en Locke, no se puede violar el hogar sin una orden del juez, y en el caso de haber una orden, no se puede efectuar un allanamiento en horas de la noche. 8
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