I. Principado de Asturias

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS núm. 62 de 15-iii-2016 1/9 I. Principado de Asturias •• Otras Disposiciones Universidad de Oviedo Resoluc

2 downloads 98 Views 594KB Size

Story Transcript

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS núm. 62 de 15-iii-2016

1/9

I. Principado de Asturias •• Otras Disposiciones Universidad de Oviedo Resolución de 11 de marzo de 2016, de la Gerente de la Universidad de Oviedo, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de ayudas sociales destinadas al personal de la Universidad de Oviedo para la matrícula de estudios universitarios y otras subvenciones de matrícula para el curso académico 2015/2016. Vista la Resolución de 16 de febrero de 2016 por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión de las ayudas sociales destinadas al personal de la Universidad de Oviedo para la matrícula de estudios universitarios y otras subvenciones de matrícula (BOPA n.º 51 de 2 de marzo de 2016), conforme a lo previsto en los artículos 12.5 y 41 de sus Bases de Ejecución Presupuestaria para el ejercicio 2016 y existiendo crédito adecuado y suficiente en las aplicaciones 12.02.313E de Acción Social y 12.02.313-E.481 de Subvenciones para personal jubilado, huérfanos y viudos de personal vinculado a la Universidad de Oviedo, procede convocar el procedimiento de concesión de dichas ayudas y subvenciones, dictando las disposiciones que resulten precisas para la adecuada tramitación y resolución de las solicitudes. Fundamentos de derecho Primero.—Visto lo dispuesto en el Decreto 14/1999, de 11 de marzo, sobre régimen de publicidad de los actos y acuerdos normativos de la Universidad de Oviedo, por orden del Rector u órgano en quien delegue expresamente al efecto, serán objeto de publicación formal en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, para producir efectos jurídicos, “las convocatorias de concesión de becas o ayudas en régimen de concurrencia competitiva”. Segundo.—De acuerdo con lo establecido en las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Universidad de Oviedo “toda subvención, beca o ayuda para las que exista crédito comprendido en el presupuesto se otorgará según los principios de publicidad, concurrencia y objetividad, con respecto a las bases reguladoras de la concesión que se establezcan”. Tercero.—Conforme a la Resolución de 9 de abril de 2010, de la Universidad de Oviedo, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones, publicada en el BOPA de 28 de abril de 2010; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, del Principado de Asturias, por el que se regula el régimen general de Concesión de Subvenciones, modificado por el Decreto 14/2000; y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cuarto.—En aplicación de lo previsto en la Resolución del Rector de la Universidad de Oviedo, de fecha 16 de febrero de 2016, por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión de las ayudas sociales destinadas al personal de la Universidad de Oviedo para la matrícula de estudios universitarios y otras subvenciones de matrícula (BOPA n.º 51 de 2 de marzo de 2016). En consecuencia, previa negociación en la Comisión de Ayudas al Estudio, en la sesión celebrada el 11 de marzo de 2016 y en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 64 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo, aprobados por el Decreto 12/2010, de 3 de febrero, del Principado de Asturias y de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.2 j) de las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Universidad de Oviedo, sobre autorización y disposición de gastos la Gerente de la Universidad de Oviedo RES U E L VE Primero.—Autorización del gasto. 1. Autorizar un gasto por importe de ciento sesenta mil euros (160.000 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 12.02.313E de Acción Social de la Universidad de Oviedo del ejercicio 2016, para la financiación de los Ayudas de Matrícula recogidas en cláusula seis de la citada Resolución conforme a la siguiente distribución: 12.02.313E.171.01.—Personal docente e investigador. Dotación disponible: 80.000 €.

Cód. 2016-02623

12.02.313E.171.02.—Personal funcionario de administración y servicios. Dotación disponible: 42.740 €. 12.02.313E.171.03.—Personal laboral de administración y servicios. Dotación disponible: 37.260 €. 2. Autorizar un gasto por importe de seis mil euros (6.000 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 12.02.313E.481.62 de Subvenciones para personal jubilado, huérfanos y viudos del ejercicio 2016, para la financiación de los Subvenciones recogidas en la cláusula siete de la citada Resolución. Segundo.—Aprobación del procedimiento de concesión de ayudas y subvenciones. Aprobar la convocatoria de ayudas de matrícula para estudios universitarios oficiales y validez en todo el territorio nacional para el curso académico 2015-2016, destinadas al personal de la Universidad de Oviedo en activo, y otras subhttp://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 2/9

núm. 62 de 15-iii-2016

venciones destinadas a personal con vinculación laboral con la Universidad (jubilado funcionario de carrera o contrato laboral indefinido, los huérfanos y los viudos de personal funcionario de carrera o contratado laboral indefinido), conforme a lo previsto en la Resolución de 16 de febrero de 2016 por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión de las ayudas sociales destinadas al personal de la Universidad de Oviedo para la matrícula de estudios universitarios y otras subvenciones de matrícula. Tercero.—Importe de las ayudas y subvenciones. Las ayudas y subvenciones se devengarán por asignaturas, en primera y segunda matrícula y su cuantía máxima no superará, en ningún caso, el precio establecido en la Universidad de Oviedo para sesenta créditos del grado experimental de que se trate, fijando el importe máximo de las ayudas y subvenciones para el curso 2015/2016 en el importe de sesenta créditos en primera matrícula del grado de experimentalidad más elevado con el límite de 1.592,40 €. (Decreto 41/2015, de 10 de junio, por el que se fijan los precios públicos que regirán para los estudios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en la Universidad de Oviedo durante el curso 2015-2016, BOPA de 13 de junio). Tipo de enseñanza

RENOVADA

GRADO MÁSTER DOCTORADO

Experimentalidad Grado 1 Grado 2 Grado 3 Grado 4 Grado 5 Grado 6 Grado 7 Grado 1 Grado 2 Grado 3 Para el ejercicio de profesiones reguladas en España Matrícula y tutela académica

Cuantía máxima 1.083,00 1.050,00 1.011,60 892,80 810,00 692,40 682,20 1.321,80 1.035,60 726,60 1.592,40 200,00

Cuarto.—Destinatarios. 1. Las solicitudes de las ayudas sociales a que hace referencia la cláusula seis de las Bases Reguladoras podrán ser formalizadas por el personal docente o de administración y servicios de la Universidad en servicio activo, pudiendo optar por presentarlas telemáticamente o en formato papel a través de los Registros oficiales de la Universidad (Anexo I). 2. Las subvenciones a que hace referencia la cláusula siete de las Bases Reguladoras podrán ser solicitadas por el personal jubilado para él y sus hijos o, en su caso, por los viudos y los hijos del personal fallecido de la Universidad de Oviedo pudiendo optar por hacerlo telemáticamente o en formato papel (Anexo II). Quinto.—Lugar y forma de presentación. 1. Solicitudes telemáticas. Se formalizarán en la dirección siguiente: https://euniovi.uniovi.es/PresentarSolicitudes/ En esa dirección aparecerá un listado con todos los trámites activos en ese momento. Entre ellos aparecerán dos entradas diferentes: una para las Ayudas Sociales a la matrícula y otra para otras Subvenciones a la matrícula. En ambos tipos de ayudas los usuarios no tendrán que rellenar ningún dato que esté en manos de la Universidad (Hominis y SIES como fuentes de información). Cuando acceden a cada una aparecerán dos secciones: en una de ellas tendrán los detalles de la solicitud donde aparece toda la información relacionada con la solicitud que van a realizar (descripción, fechas de presentación, requisitos, normativa, organismo tramitador, documentación a aportar...). Cualquier duda se podrá consultar en la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected] En la otra sección “Presentar solicitud” es donde realizarán la solicitud propiamente dicha. En el caso de las Ayudas Sociales tendrán que acceder con sus credenciales de acceso habituales de la Universidad y en el caso de las Subvenciones no necesitarán ningún usuario.

Cód. 2016-02623

2. Solicitudes en formato papel. Cuando las ayudas se formalicen en formato papel se solicitarán en los impresos normalizados que figuran como anexos I (Ayudas) o II (Subvenciones) de esta Resolución, dirigidas al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Oviedo, y serán presentadas en el Registro General de la Universidad de Oviedo, Plaza del Riego, n.º 4, planta baja; en los registros auxiliares que se encuentran ubicados en Oviedo: Campus del Cristo A, Aulario de Ciencias Jurídico Sociales, módulo Adolfo Posada, planta baja, calle Catedrático Valentín Andrés Álvarez s/n, y en el Milán, Campus de Humanidades-edificio de Administración, 1.ª planta, calle Teniente Alfonso Martínez s/n; en Gijón: Campus de Gijón-Viesques, Sección de Asuntos Generales, Aulario Sur, Planta baja; en Mieres: Campus de Mieres, Edificio Científico Tecnológico, calle Gonzalo Gutiérrez Quirós, s/n; en Avilés: Centro de Servicios Universitarios, calle La Ferrería n.º 7-9, planta baja; o en la forma que establece el párrafo cuarto del art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS núm. 62 de 15-iii-2016

3/9

Sexto.—Documentación. Necesariamente, las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación: a) Justificante detallado de la liquidación de la matrícula en los estudios reglados que esté cursando el beneficiario expedido por la Universidad Pública española correspondiente, incluyendo los justificantes de haber realizado el total de los pagos, siendo las cuantías acreditadas las únicas que se tendrán en cuenta para efectuar el reintegro de las ayudas. b) Además, los alumnos matriculados en Universidades distintas a la de Oviedo, deberán acreditar el grado de experimentalidad de sus estudios, los datos académicos y los económicos de su matrícula (conceptos de gasto y sus cuantías, número de créditos y número de veces matriculados e importe por asignatura; así como el importe total de las tasas académicas). c) En el caso de hijos con derecho a ayuda, se aportará la fotocopia del Libro de Familia donde figuren inscritas las personas para quienes se solicita la ayuda (salvo que ya obre en esta Universidad) y Declaración acreditativa de su dependencia económica (Anexo III). d) Certificado de matrimonio, expedido por el Registro Civil, cuando la solicitud se realice a favor del cónyuge. En el caso de parejas estables se acreditará el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley del Principado de Asturias 4/2002, de 23 de mayo, de Parejas Estables. e) Declaración responsable en la que se indiquen las ayudas solicitadas por el beneficiario para la misma finalidad (Anexo IV). f) Los hijos de personal fallecido además, deberán adjuntar a la solicitud, certificado de defunción (salvo que ya obre en esta Universidad) y Declaración Jurada acreditativa de los recursos anuales brutos (Anexo V). g) El personal jubilado, así como los viudos y los huérfanos adjuntarán el impreso de datos bancarios (Anexo VI) siempre que no obre en la Universidad, acompañado de una copia del NIF actualizado. Séptimo.—Plazo de presentación de solicitudes. En todo caso la solicitud deberá presentarse en el plazo comprendido entre el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y hasta el 15 de abril de 2016. No serán tenidas en cuenta las solicitudes presentadas fuera de este plazo. Octavo.—Entrada en vigor. La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. Noveno.—Recursos. Contra la presente Resolución se podrá presentar recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Previamente, y con carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a tenor del artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cód. 2016-02623

Oviedo, 11 de marzo de 2016.—La Gerente.—Cód. 2016-02623.

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 4/9

núm. 62 de 15-iii-2016

ANEXO I AYUDAS SOCIALES DE MATRÍCULA UNIVERSITARIA CURSO ACADÉMICO 2015-2016 DATOS DEL SOLICITANTE (Titular de la ayuda.- Personal en activo)

Primer Apellido

Segundo Apellido

Domicilio (calle, plaza, nº portal, piso, letra) Cuerpo/Categoría

Localidad

Centro/Departamento/Servicio

Nombre

Provincia

Código Postal

Correo Electrónico

N.I.F.

Teléfono Particular

Teléfono Trabajo

1.1. DATOS DEL BENEFICIARIO (Titular, sus hijos y cónyuges o parejas de hecho) Incluir en el mismo impreso a todos los miembros de la unidad familiar para los que se solicita ayuda. Apellidos y Nombre

1 ESTUDIOS 2

N.I.F.

CENTRO

Apellidos y Nombre

ESTUDIOS 3 ESTUDIOS 4 ESTUDIOS

CENTRO

Parentesco

Edad

Localidad N.I.F.

CENTRO Apellidos y Nombre

Edad

Localidad N.I.F.

Apellidos y Nombre

Parentesco

Parentesco

Edad

Localidad N.I.F.

CENTRO

Parentesco

Edad

Localidad

S O L I C I T A, le sea concedida la ayuda económica correspondiente a la finalidad expuesta, a cuyo efecto declara ser ciertos todos y cada uno de los datos consignados en la presente solicitud. En Oviedo, _________ de _______________ de 201

Fdo.

Cód. 2016-02623

RECTOR MAGFCO. DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 5/9

núm. 62 de 15-iii-2016

ANEXO II SUBVENCIÓN PARA EL PAGO DE MATRÍCULA UNIVERSITARIA CURSO ACADÉMICO 2015-2016 DATOS DEL SOLICITANTE (Jubilado e hijos, Viudo o Huérfano de personal vinculado a la Universidad de Oviedo, siempre que el fallecido no hubiera podido alcanzar la edad forzosa de jubilación). Primer Apellido

Domicilio (calle, plaza, nº portal, piso, letra)

Segundo Apellido

Nombre

Localidad

Tipo de vinculación (PDI/PAS funcionario/PAS Laboral)

Código Postal

Provincia

Nombre y Apellidos de la persona vinculada a la Universidad

N.I.F.

DNI

Cuerpo/Categoría

Teléfono Particular

Parentesco

Fecha del cese

DATOS ACADÉMICOS ESTUDIOS

CENTRO

Localidad

ESTUDIOS

CENTRO

Localidad

ESTUDIOS

CENTRO

Localidad

ESTUDIOS

CENTRO

Localidad

S O L I C I T A, le sea concedida la subvención para la finalidad expuesta, a cuyo efecto declara ser ciertos todos y cada uno de los datos consignados en la presente solicitud, cumpliendo los requisitos establecidos en la Convocatoria y sus Bases Reguladoras. En Oviedo, _________ de _______________ de 2016

Cód. 2016-02623

Fdo. RECTOR MAGFCO. DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6/9

núm. 62 de 15-iii-2016

ANEXO III AYUDAS SOCIALES DE MATRÍCULA UNIVERSITARIA CURSO ACADÉMICO 2015-2016 DECLARACIÓN DE DEPENDENCIA ECONÓMICA DATOS PERSONALES (DEL TITULAR DE LA AYUDA) Primer Apellido Segundo Apellido N.I.F.

Teléfono

Cuerpo / Categoría

Nombre Centro/Departamento/Servicio

DECLARO que los beneficiarios relacionados a continuación, para los que se solicita una ayuda de matrícula de estudios reglados, son dependientes económicamente del interesado: Apellidos y Nombre

N.I.F.

Parentesco

Edad

Apellidos y Nombre

N.I.F.

Parentesco

Edad

Apellidos y Nombre

N.I.F.

Parentesco

Edad

Apellidos y Nombre

N.I.F.

Parentesco

Edad

Y para que conste, a efectos de concesión de la ayuda solicitada, firmo la presente Declaración Jurada. En Oviedo, _________ de _______________ de 2016

Fdo.

Cód. 2016-02623

SR. RECTOR MAGFCO. DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 7/9

núm. 62 de 15-iii-2016

ANEXO IV AYUDAS SOCIALES DE MATRÍCULA UNIVERSITARIA CURSO ACADÉMICO 2015-2016 DECLARACIÓN DE COMPATIBILIDAD DE LA AYUDA DATOS PERSONALES (DEL TITULAR DE LA AYUDA) Primer Apellido

N.I.F.

Teléfono

Segundo Apellido

Cuerpo / Categoría

Nombre

Centro / Departamento / Servicio

DECLARO que además de la ayuda que se solicita al amparo de las bases de ejecución del Presupuesto de la Universidad de Oviedo, los beneficiarios relacionados a continuación, tienen solicitadas las siguientes ayudas: D.N.I. Apellidos y Nombre

Otras ayudas solicitadas

D.N.I. Apellidos y Nombre

Otras ayudas solicitadas

D.N.I. Apellidos y Nombre

Otras ayudas solicitadas

D.N.I. Apellidos y Nombre

Otras ayudas solicitadas

Ç

ME COMPROMETO a comunicar a la Gerencia de la Universidad de Oviedo la estimación o desestimación de las ayudas solicitadas, para la misma finalidad, en otras entidades públicas o privadas, a los efectos de no incurrir en las incompatibilidades que se indican en la convocatoria. En Oviedo, _________ de _______________ de 2016

Fdo.

Cód. 2016-02623

SR. RECTOR MAGFCO. DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 8/9

núm. 62 de 15-iii-2016

ANEXO V SUBVENCIONES PARA MATRÍCULA UNIVERSITARIA CURSO 2015/2016 DECLARACIÓN JURADA DATOS PERSONALES (huérfanos y viudos de personal funcionario de carrera y personal contratado laboral indefinido de la Universidad de Oviedo) Primer Apellido

Segundo Apellido

Nombre

Apellidos y Nombre de la persona vinculada a la Universidad

N.I.F. Parentesco

DECLARO cumplir los requisitos establecidos en la cláusula 7.2 de las Bases que regulan esta convocatoria al no disponer de unos recursos anuales brutos superiores a 8.000 euros. Y para que conste, a efectos de concesión de la subvención solicitada, firmo la presente Declaración Jurada. En Oviedo, _________ de _______________ de 2016

Fdo.

Cód. 2016-02623

SR. RECTOR MAGFCO. DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 9/9

núm. 62 de 15-iii-2016

ANEXO VI SUBVENCIÓN PARA MATRÍCULA UNIVERSITARIA DATOS BANCARIOS (A cumplimentar por el personal jubilado, viudos e hijos de personal fallecido) Se deberá adjuntar copia del D.N.I. actualizado DATOS PERSONALES (Beneficiario de la Ayuda) Apellidos y Nombre

N.I.F.

DATOS BANCARIOS PARA CUENTA NACIONAL Nombre de la entidad bancaria : Sucursal : Código IBAN (4 dígitos)

Localidad, Fecha y Firma

Fdo.:_________________________________________________

Cód. 2016-02623

SR. RECTOR MAGFCO. DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO

http://www.asturias.es/bopa

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.